CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO PARA CAPACITACIÓN INICIAL que celebran por
una parte_(nombre del patrón)_______ a quien en lo sucesivo se le
denominará "El Patrón", y por la otra el señor (a) _____(nombre del
trabajador)_____, a quien en lo sucesivo se le denominará como "El
Trabajador", al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S
"El Patrón" manifiesta bajo protesta de decir verdad:
I.- Llamarse como ha quedado escrito, ser de nacionalidad _____,
sexo_____mayor de edad, estado civil _____ con número de CURP ________ y
RFC _____________.
II.- Tener la fuente de trabajo su domicilio en _______________________.
"El Trabajador" declara bajo protesta de decir verdad:
I.- Llamarse como ha quedado escrito, ser de nacionalidad _____, sexo _____
tener _____ años de edad, estado civil _____, CURP ______, RFC _________y
con domicilio particular en _____.
II.- Que tiene los conocimientos y las aptitudes necesarias para
desarrollar el trabajo motivo de este contrato y no cuenta con incapacidad
alguna para su desempeño.
III.- Estar de acuerdo en desempeñar su actividad conforme a las
condiciones establecidas en este contrato.
Por lo anterior, las partes han convenido celebrar el presente contrato al
tenor de las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIMERA.- "El Trabajador" se obliga a prestar a "El Patrón" bajo su
subordinación, dirección y dependencia, únicamente durante la duración del
presente contrato para capacitación inicial de trabajo y con el fin de que
adquiera las habilidades y conocimientos necesarios para las actividades
propias del puesto al que podría ser contratado, sus servicios personales
como "(anotar NOMBRE DEL PUESTO). los cuales consisten en :( especificar lo
más detalladamente posible las actividades a desarrollar y que tengan como
fin la capacitación), así como cualquier otra actividad conexa o
relacionada que le encomiende el patrón, compatible con el fin de su
capacitación, debiendo acatar además todas las disposiciones o
instrucciones de carácter administrativo o de organización que el patrón
a través sus representantes le lleguen a dictar tanto directamente al
trabajador como de carácter general.
"El Trabajador" se obliga a prestar sus servicios en el domicilio de la
fuente de trabajo o en cualquier otro lugar que "El Patrón" de acuerdo a
sus necesidades, le indique.
"El patrón" podrá cambiar de puesto al trabajador a cualquier otro
compatible con la capacitación que está adquiriendo, respetando siempre su
salario ya que este no podrá reducirse, sin que por ello se entiendan
modificadas las condiciones de la capacitación inicial para el trabajo, ya
que desde este mismo acto, "El Trabajador" manifiesta su conformidad con lo
anterior.
SEGUNDA.- El presente contrato para capacitación se celebra por una
duración de tres meses, comenzando a surtir sus efectos exactamente el
día______del mes de____________ del año _____, y terminando la relación
laboral exactamente el día______del mes de____________ del año _____.
TERCERA.- Durante ese tiempo el trabajador disfrutará del salario, la
garantía de la seguridad social y de las prestaciones de la categoría o
puesto que desempeñe.
CUARTA.- Al término de la capacitación inicial, de no acreditar competencia
el trabajador, a juicio del patrón, tomando en cuenta la opinión de la
comisión a que se refiere el artículo 39-B de la Ley Federal del Trabajo,
así como a la naturaleza de la categoría o puesto, se dará por terminada la
relación de trabajo sin responsabilidad para "El Patrón".
QUINTA.- Si al concluir la capacitación inicial, a juicio de "El Patrón",
"El Trabajador" demostró habilidades, conocimientos y aptitudes adecuadas
para el desempeño del puesto durante la capacitación, le reconocerá la
antigüedad del presente contrato y celebrará con "El Trabajador" un nuevo y
definitivo contrato de trabajo. En caso de no celebrar otro contrato, y si
subsiste la relación de trabajo, conforme a lo establecido en el artículo
39-E, de la Ley Federal del Trabajo se considerará al presente como por
tiempo indeterminado.
SEXTA- El horario de labores de "El Trabajador" será de las ___ horas, a
las ____ horas del día __________ al día _____________ de cada semana,
conviniendo éste con "El Patrón" que en cualquier momento el mismo puede
ser modificado de acuerdo con las necesidades de la misma, pudiendo "El
Patrón" establecer dicho horario bajo cualquiera de las modalidades
señaladas en el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo, o cualquier otra
modalidad equivalente.
SEPTIMA.- "El Trabajador" disfrutará de un salario (especificar si será
semanal, quincenal, mensual o por hora) de $ (Escribir el importe en número
y en letra, pactado en moneda nacional)___, y el cual le será cubierto los
días _____ de cada _________ en el domicilio de "El Patrón", (O especificar
si el pago será mediante deposito bancario a una cuenta a su nombre) y el
cual ya incluye la proporción correspondiente a los séptimos días y a los
días de descanso obligatorio.
"El Patrón" hará por cuenta de "El Trabajador" las deducciones legales
correspondientes, particularmente las que se refieren al Impuesto sobre la
Renta, cuotas Sindicales y aportaciones de seguridad social (IMSS,
Infonavit y SAR), efectuando las inscripciones correspondientes ante dichas
instituciones, en los términos de las legislaciones respectivas.
OCTAVA.- "El Trabajador" disfrutará de un día de descanso con goce de
salario integro por cada seis de trabajo, el cual será el día _________ de
cada semana. "El Patrón" podrá, previo acuerdo con "El Trabajador", variar
el descanso semanal conforme a las necesidades de trabajo.
NOVENA.- "El Trabajador" no podrá laborar horas extras, sin existir previa
autorización por escrito de "El Patrón" o sus representantes.
DECIMA.- "El Trabajador" disfrutará como mínimo de un periodo anual de
vacaciones en los términos de lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley
Federal del Trabajo. Asimismo, percibirá una prima vacacional del 25%,
sobre la cantidad que le corresponda por el lapso en cuestión, el cual se
cubrirá de manera proporcional al tiempo de los servicios prestados a "El
Patrón".
DECIMA PRIMERA.- "El Trabajador" percibirá un aguinaldo anual de 15 días de
salario, el cual se cubrirá de manera proporcional al tiempo de los
servicios prestados a "El Patrón" durante dicho periodo.
DECIMA SEGUNDA.- "El Trabajador" se obliga en términos de la fracción X del
artículo 134 de la Ley Federal del Trabajo, a someterse a los
reconocimientos y exámenes médicos que "El Patrón" le indique.
DECIMA TERCERA.- "El Trabajador" se obliga a participar en los cursos de
capacitación y adiestramiento que "El Patrón" le indique para el mejor
conocimiento y desarrollo de sus aptitudes, mismos que podrán impartirse
dentro y/o fuera de la jornada de labores.
DECIMA CUARTA.- "El Trabajador" se obliga a observar todas las
disposiciones y medidas de seguridad e higiene respectivas, así como en su
caso a formar parte de las comisiones mixtas que sean necesarias, y
participar en los cursos que se impartan sobre esta materia.
DECIMA QUINTA.- "El Trabajador" se obliga a observar y respetar las
disposiciones del Contrato Colectivo y del Reglamento Interior de Trabajo
que rigen en la fuente de trabajo, recibiendo un ejemplar de este último.
DECIMA SEXTA.- Los conocimientos que se le revelen a "El Trabajador", a los
que tenga acceso o que llegue a obtener por cualquier medio, en el
desempeño de las actividades derivadas del presente contrato se
considerarán como información confidencial.
"El Trabajador" por este medio se obliga y compromete a abstenerse de
explotar o divulgar en forma alguna ni a utilizar en forma directa o por
medio de terceras personas la información confidencial que obtenga en el
desempeño de su trabajo, haciéndose sabedor de las responsabilidades tanto
civiles, administrativas y penales en que se incurre en caso de violar lo
anterior por tratarse de información confidencial, secretos industriales y
profesionales que tiene obligación de guardar. Dichas obligaciones y
responsabilidades estarán vigentes durante y después de la conclusión del
presente contrato.
DECIMA SEPTIMA.- "El Trabajador" cede en forma exclusiva y definitiva a
favor de " EL Patrón", la titularidad de los derechos de autor y de
propiedad industrial que se generen con motivo de la actividad laboral
desarrollada. Igualmente el trabajador cede a favor de " El Patrón" la
propiedad de las invenciones que realice en el desempeño de su actividad
laboral, independientemente de que haya sido por encargo o no. En caso de
que el trabajador tenga derecho a una compensación complementaria, como se
establece en el artículos 163 fracción II de la Ley Federal del Trabajo, la
misma se fija convencionalmente en la cantidad equivalente a 30 días de
salario.
DECIMA OCTAVA.- "El Trabajador" por este medio se obliga y compromete a
abstenerse de utilizar los medios o equipos electrónicos de la empresa,
tales como computadoras, fax, cámaras de video o de fotografía para usos
personales. Igualmente, no podrá ingresar a dichos equipos o sistemas ni
utilizar en los mismos discos ópticos, mensajes de datos, usos de Internet,
disketes o por cualquier otro medio, información o programas con fines
distintos a los necesarios para la operación, uso y destino de los mismos
que no le hayan sido proporcionados o autorizados expresamente y por
escrito por la empresa. La violación de lo antes expuesto será motivo de
rescisión del contrato de trabajo sin responsabilidad para la empresa, sin
perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y o penales en
que se pudiese incurrir.
DECIMA NOVENA.- Lo no previsto por este contrato se regirá por las
disposiciones previstas en la Ley Federal del Trabajo o el Contrato
Colectivo de Trabajo, así como por el Reglamento Interior de Trabajo que
rige en la fuente de trabajo.
Leído que fue el presente contrato por quienes en él intervienen, lo
ratifican en todas y cada una de sus partes, lo suscriben al calce así como
en cada una de sus anteriores hojas a su más entera conformidad, por
triplicado, entregándose copia del mismo a "El Trabajador" par los fines
legales que a éste convengan, en la ciudad de (lugar donde se firma el
contrato)____, el _____(día)_____ de _____(mes)____ del año ____.
VIGÉSIMA.- Las Partes reconocen que con motivo de la celebración de este
Contrato pueden llegar a intercambiar datos personales, según dicho término
se define en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión
de los Particulares, como Responsables directos o como Encargados por
cuenta de la Parte opuesta, por lo que en virtud de este acto consienten
recíprocamente la obtención, uso, divulgación, almacenamiento, manejo y
tratamiento en cualquier forma de dichos datos por la Parte opuesta,
únicamente para los fines y efectos que se deriven de este Contrato.
Las Partes están de acuerdo en que esta cláusula constituye el Aviso de
Privacidad a que se refiere la Ley Federal de Protección de Datos
Personales en Posesión de Particulares, por lo que renuncian expresamente
al ejercicio de cualquier acción legal derivada de la falta de dicho aviso.
"El Trabajador" "El Patrón"
__________________________ ______________________________
(Nombre del empleado) (Nombre del representante
legal)
TESTIGOS
___________________________ _______________________________
(Nombre del testigo) (Nombre del
testigo)