Código Internacional de Instalaciones Mecánicas 2006™
Primera impresión en español basada en la primera impresión en inglés: Agosto 2007
ISBN: 978-1-58001-661-2
COPYRIGHT© 2007 por INTERNATIONAL CODE COUNCIL, INC.
DERECHOS RESERVADOS. Este Código Internacional de Instalaciones Mecánicas 2006™ es un trabajo con derechos registrados y es propiedad del International Code Council, Inc (ICC). Sin el consentimiento escrito previo del dueño de estos derechos registrados, ninguna parte de este libro puede ser reproducida, distribuida, o transmitida en forma alguna, incluyendo, sin que esto sea limitante, medios electrónicos, ópticos o mecánicos (como por ejemplo, y sin que sea limitante, fotocopiado, o grabado en cualquier tipo de sistema de grabación). Para información sobre permisos de copiado de material másallá de su uso adecuado, favor dirigirse a: Publications, 4051 West Flossmoor Road, Country Club Hills, IL 60478-5795, U.S.A. (Teléfono en Estados Unidos: 1-888-ICC-SAFE (422-7233). Marcas registradas: Tanto “International Code Council,” el logotipo de “International Code Council,” “International Mechanical Code,” así como “Código Internacional de Instalaciones Mecánicas”son marcas registradasdel International Code Council, Inc.
IMPRESO EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
PREFACIO Introducción Internacionalmente, las autoridades competentes reconocen la necesidad de un código mecánico moderno, que esté al día con respecto al diseño e instalación de sistemas mecánicos con énfasis en el desempeño. El Código Internacional de Instalaciones Mecánicas® (IMC), en esta edición 2006, ha sido diseñado para cubrir estas necesidades por medio de reglamentos modelo que salvaguarden la salud y seguridad públicas de todo tipo de comunidades, tanto grandes como pequeñas. Este código integral establece reglas mínimas para sistemas mecánicos utilizando disposiciones preceptivas y de desempeño. El código se fundamenta en amplios principios que hacen posible el uso de nuevos materiales y diseños. Esta edición 2006 es plenamente compatible con todos los Códigos Internacionales™ (I-Codes®) publicados por el International Code Council (ICC), incluyendo el Código Internacional dela Edificación (International Building Code IBC), el Código Eléctrico del ICC (ICCElectrical Code ICC EC), el Código Internacional de Conservación de Energía (International Energy Conservation Code IECC), el Código Internacional de Edificaciones Existentes (International Existing Building Code IEBC), el Código Internacional de Protección contra Incendios (International Fire Code IFC), Código Internacional de Instalaciones de Gas Combustible™ (International Fuel Gas Code® – IFGC®), Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias™ (International Plumbing Code® – IPC®), el Código de Desempeño del ICC™ (ICC Performance Code® – ICCPC®), Código Internacional para Instalaciones Particulares de Desagües Sanitarios™ (International Private Sewage Disposal Code® – IPSDC®), Código Internacional de Mantenimiento de la Propiedad™ (International Property Maintenence Code® – IPMC®), Código Internacional Residencial™ (International Residential Code® – IRC®), Código Internacional de Interface Urbano-Agreste™ (International Urban-Wildland Interface Code® – IUWIC®) y el Código Internacional de Zonificación™ (International Zoning Code® – IZC®). Las disposiciones del Código Internacional de Instalaciones Mecánicas (IMC) proveen muchos beneficios, entre ellos se encuentra la presentación del proceso de desarrollo de un código modelo que ofrece un foro internacional para profesionales en instalaciones mecánicas, en el que se discuten los requerimientos preceptivos y de desempeño del código. El foro provee una plataforma excelente para el debate respecto a las revisiones propuestas. Este modelo también alienta la coherencia internacional en la aplicación de las disposiciones.
Desarrollo La primera edición del Código Internacional de Instalaciones Mecánicas (IMC) (1996, edición en inglés) fue la culminación de un esfuerzo iniciado en el año 1995 por un comité de desarrollo nombrado por International Code Council (ICC), y formado por representantes de los tres miembros estatutorios del ICC: el Building Officials and Code Administrators International, Inc. (BOCA), International Conference of Building Officials (ICBO) y Southern Building Code Congress International (SBCCI) . La intención fue elaborar un borrador de un conjunto integral de reglamentos para sistemas mecánicos ICC coherente y que incluya el alcance de los códigos modelo existentes. El contenido técnico de los últimos códigos modelo promulgados por BOCA (“BOCA Nacional Codes”), ICBO (“Uniform Codes”) y SBCCI (“ Standard Codes”) fue utilizado como base para su desarrollo. Esta edición del 2006 presenta el código como srcinalmente fue diseñado, con los cambios reflejados en las ediciones sucesivas a lo largo del 2003, y con los cambios aprobados a través del Proceso de Desarrollo de Códigos del ICC a lo largo del 2005. Una nueva edición como ésta es promulgada cada tres años. Este código está fundado sobre principios cuya intención es establecer disposiciones consistentes con el alcance de un código de instalaciones mecánicas que proteja adecuadamente la salud, la seguridad y el bienestar público; disposiciones que no incrementen el costo de la construcción innecesariamente; disposiciones que no restrinjan el uso de nuevos materiales, productos o métodos de construcción; y disposiciones que no den tratamiento preferencial a ciertas clases o tipos de materiales, productos o métodos de construcción.
Adopción El Código Internacional de Instalaciones Mecánicas (IMC) está disponible para ser adoptado y utilizado por jurisdicciones a nivel internacional. La intención es que su utilización dentro de una jurisdicción gubernamental se logre a través de su adopción como referencia conforme a los procedimientos que establezcan las leyes jurisdiccionales. En el momento de la adopción, las jurisdicciones deberían insertar la información apropiada en las disposiciones que requieran información local específica, tal como el nombre de la jurisdicción que lo adopta. Estos espacios se muestran en pequeñas letras mayúsculas entre corchetes en el cuerpo del código y en la ordenanza modelo. La ordenanza modelo para la adopción de la página vii hace referencia a varios elementos que son clave para una ordenanza de adopción, incluyendo la información requerida para la inserción en el texto del código.
Mantenimiento El Código Internacional de Instalaciones Mecánicas (IMC) se mantieneactua lizado a través de la revisión de cambios propues- tos por funcionarios públicos a cargo de los códigos, representantes de la industria, profesionales de diseño y otras partes interesadas. CÓDIGOINTERNACIONAL DEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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Los cambios propuestos son cuidadosamente considerados a través de un proceso abierto de desarrollo del código en el que pueden participar todas las partes interesadas y afectadas. Los contenidos de esta obra están sujetos a cambios a través de los ciclos de desarrollo de códigos y de los cuerpos de gobierno que promulgan el código en ley. Para mayor información respecto al proceso de desarrollo del código, contacte al Code and Standard Development Department del International Code Council (ICC). Mientras el proceso de desarrollo del Código Internacional de Instalaciones Mecánicas (IMC) asegura el más alto grado de cuidado, el ICC, sus miembros, y aquellos que participan en el desarrollo del código no aceptan ninguna responsabilidad resultante del cumplimientoo no cumplimientocon las disposiciones porque el ICCy sus miembrosfunda dores no tienen el poder o autoridad de supervisión o para obligar al cumplimiento de las disposiciones de este código. Sólo el cuerpo gubernamental que promulga el código en ley tiene dicha autoridad.
Letras al frente de Números de Secciones En cada ciclo de desarrollo de código, cambios propuestos a este código son considerados en las Audiencias Públicas para el Desarrollo de Código por el Comité de Desarrollo del Código Internacional de Instalaciones Mecánicas ® (IMC), cuya acción constituye una recomendación a los miembros votantes para una acción final sobre el cambio propuesto. Los cambios propuestos a una sección de un código cuyonúmero comienza con una letra entre paréntesis son considerados por un comité de desarrollo de código diferente. Porejem plo, loscambi os propuestos a lassecci ones de código que tengan la letra [B]al inicio(por ejemplo, [B]601.2 ) son considerados por el Comité de desarrollo del Código Internacional de la Edificación (IBC) en la Audiencia para el desarrollo del Código. El contenido de lassecciones en estecódigoquecomienzan conunadesignaciónde letra sonmantenidosporotrocomitéde desarrollo de código de acuerdo con las siguientes: [B]= Comité de desarrollo del Código Internacional de la Edificación (IBC) ; [EC] = Comité de desarrollo del Código Internacional de Conservación de la Energía (IECC) ; [FG] = Comité de desarrollo del Código Internacional de Gas Combustible (IFGC) ; [F] = Comité de desarrollo del Código Internacional de Protección contra Incendios (IFGC).
Marcas en el margen
En la edición en inglés las líneas verticales continuas en los márgenes del cuerpo del código indican un cambio técnico de los requisitos con respecto a la edición del año 2003. Los indicadores de texto eliminado en forma de una flecha (<) se colocan en el margen donde se ha borrado una sección completa, párrafo, excepción o tabla, o un ítem en una lista de ítems o en una tabla.
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CÓDIGOINTERNACIONAL DEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
Prólogo a la Edición en Español del Código Internacional de Instalaciones Mecánicas Introducción Existen diferencias entre códigos y reglamentos de edificación y protección de incendios en todo el mundo, aún entre jurisdicciones de un mismo estado o provincia en un determinado país. La consecuencia de esto es la variedad en el diseño y métodos de construcción relacionados con los sistemas de seguridad, la tecnología y métodos de construcción usados en cada jurisdicción, estado, o país. La escasez de recursos en ciertas jurisdicciones muchas veces limita el desarrollo y la actualización de códigos de la edificación existentes evitando que éstos reflejen los últimos avances tecnológicos. Los Códigos Internacionales del Code Council (ICC) [conocidos como I-Codes en inglés] permiten sobrellevar este problema proveyendo a los usuarios una serie de códigos de la edificación exhaustivos y consistentes y un sistema completo para adopción, implementación y vigilancia del cumplimiento de los códigos. El Código Internacional de Instalaciones Mecánicas (IMC) es parte de esta serie de códigos modelo y comprende el diseño e instalación de sistemas mecánicos de acuerdo con las tecnologías más avanzadas disponi bles. El ICC también ofrece importantes servicios y programas educativos e informativos que ayudan a los gobiernos locales a lograr sus objetivos en el uso e instalación de sistemas mecánicos seguros, lo que a su vez reduce riesgos y aumenta la seguridad pública en el ámbito de la edificación.
Los Códigos Internacionales del ICC ( I-Codes) Los Códigos Internacionales son una serie de 14 códigos extensos y coordinados entre sí que comprenden el Código Internacional de la Edificación (IBC), Código Eléctrico del ICC (ICC EC), Código Internacional de Conservación de Energía (IECC), Código Internacional de Edificaciones Existentes (IEBC), Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC), Código Internacional de Gas Combustible (IFGC), Código de Desempeño del ICC (ICCPC), Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC), Código Internacional para Instalaciones Particulares de Desagües Sanitarios (IPSDC) Código
Internacional de Mantenimiento de la Propiedad (IPMC),Código Internacional Residencial (IRC), Código Internacional de Interface Urbano-Agreste (IUWIC) y Código Internacional de Zonificación (IZC) .
Los I-Codes en Español Dada la demanda de la comunidad hispano parlante en los Estados Unidos de América y otras partesdel mundo, el ICCha traducido al español el conjunto central de los Códigos Internacionales que comprenden el IBC, IRC, IFC, IPC, IMC, IFGC, IECC, IEBC, e IPMC. Estos códigos modelo pueden ser adaptados a las condiciones locales (geografía, clima, riesgos naturales, y otras condiciones) para países latinoamericanos que deseen usar lo mas avanzado en códigos de la edificación y seguridad contra incendios.
Terminología usada Las traducciones utilizan un glosario de términos que cubren las cada una de las disciplinas de la serie de Códigos Internacionales. Un sistema de revisión cruzada hecho por especialistas en las áreas apropiadas, así como una segunda revisión fueron usadas para asegurar la consistencia en el uso de los términos técnicos.
El Sistema Métrico y el Sistema Inglés Las unidades aparecen primero en el sistema de unidades inglés seguido de su equivalente en el sistema métrico según ha sido acordado por los Comités de Desarrollo de Códigos del ICC (ICC Code Development Committees). En las tablas las conversiones son presentadas al pie de éstas.
Nombres de Instituciones y Documentos Los nombres de las instituciones y documentos han sido conservados en su srcinal en inglés para tener consistencia y evitar confusiones. La mayoría de las normas citadas no han sido traducidas al español, y si alguna versión existe, el ICC no respalda por este conducto esatradu cción ni se hace responsable de cualquier interpretación errónea que de ésase haga. Sin embargo, ofrecemos al usuario una traducción de los títulos de las normas referenciadas para propósitos informativos. Una lista completa de estas normas citadas se encuentra en el capítulo correspondiente con la traducción [entre corchetes].
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Uso de Estos Documentos en Latinoamérica Si una jurisdicción a cualquier nivel (país, estado, municipio) adopta un código modelo, la entidad adoptadora debe considerar las tecnologías y condiciones locales (mencionadas anteriormente) y la terminología usada por esa jurisdicción para que refleje apropiadamente las necesidades locales.
Declinación de responsabilidades Esta edición del Código Internacional del Instalaciones Mecánicas (IMC) ha sido traducida directamente de la versión srcinal publicada en inglés. Aún cuando todos los esfuerzos razonables han sido realizados para asegurar la precisión de la traducción, solo la versión en inglés ha sido desarrollada a través del Proceso de Desarrollo de Códigos de ICC (ICC Code Development Process), y la traducción no ha sido revisada por ningún comité técnico del ICC. Porlo tanto, si hubiera alguna discrepancia entre las versiones en inglés y en español, la versión en inglés debe ser consultada y tiene precedencia.
Editor en Jefe: Alberto Herrera, ICC International Services Coordinador del Proyecto: Alberto Iezzi, ICC Argentina Coordinador Asistente: Alejandro D’Amanzo ICC Argentina
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ORDENANZA Los Códigos Internacionales están diseñados y promulgados para ser adoptados por referencia por medio de una ordenanza. Se sugiere que las jurisdicciones que deseen adoptar el Código Internacional de Instalaciones Mecánicas 2006 como una regulación obligatoria que regule los sistemas mecánicos se aseguren de que cierta información mínima se incluya en la ordenanza de adopción, durante su estudio por parte del cuerpo gubernamental indicado. El siguiente ejemplo de ordenanza abarca varios elementos importantes de una ordenanza de adopción de código, incluyendo la información que se debe insertar dentro del texto del código.
EJEMPLO DE ORD ENANZA PARA ADOPCIÓN DEL CÓDIGO DE INSTALACIONES MECÁNICAS ORDENANZA Nº_______ Ordenanza de [JURISDICCIÓN] para adoptar la edición 2006 del Código Internacional de Instalaciones Mecánicas, para regular el diseño, construcción, calidad de materiales, erección, instalación, modificación, reparación, ubicación, reubicación, remplazo, agregado, uso, o mantenimiento de sistemas mecánicos en la localidad de [JURISDICCIÓN]; para permitir el otorgamiento de permisos, y el cobro de aranceles asociados; para derogar la Ordenanza Nº _______ de [JURISDICCIÓN] y todas otras ordenanzas y partes de ordenanzas que estén en conflicto. El [CUERPO GUBERNAMENTAL] de [JURISDICCIÓN] decreta lo siguiente:
Sección 1. Que un documento, tres (3) copias de los cuales, están archivadas la oficina de [TÍTULO DEL ARCHIVO DE LA JURISDICCIÓN] de [NOMBRE DE JURISDICCIÓN] , con el nombre de Código Internacional de Instalaciones Mecánicas, edición 2006, incluyendo Capítulos de los Apéndices [INDICAR CAPÍTULOS DE APÉNDICES A ADOPTAR] (ver Sección 101.2.1 del Código Internacional de Instalaciones Mecánicas, edición 2006), tal y como lo publica el International Code Council, es por este medio adoptado como el Código Mecánico de [JURISDICCIÓN], en el Departamento o Provincia de [DEPARTAMENTO O PROVINCIA] para regular lo concerniente al diseño, construcción, calidad de materiales, erección, instalación, modificación, reparación, ubicación, reubicación, reemplazo, agregado, uso, o mantenimiento de sistemas mecánicos; el cual da la potestad de otorgar permisos y de cobrar los aranceles respectivos; y que todas y cada una de las regulaciones, disposiciones, penas, condiciones y términos de dicho Código Mecánico en poder de la oficina de [JURISDICCIÓN] son por este medio citados, adoptados, e incorporados como si fueran parte de esta ordenanza, y agregando, cambiando y suprimiendo, si existieran, lo indicado en la Sección 2 de esta ordenanza.
Sección 2. Las siguientes secciones son revisadas: Sección 101.1. Incluya: [NOMBRE DE LA JURISDICCI ÓN] Sección 106.5.2. Incluya: [TABLA] Sección 106.5.3. Incluya: [PORCENTAJES EN DOS LUGARES] Sección 108.4. Incluya: [INFRACCIÓN, CANTIDAD EN DINERO, NÚMERO DE DÍAS] Sección 108.5. Incluya: [CANTIDA D DE DINERO EN DOS LUGARES]
Sección 3. Las Ordenanzas Nº ______ de [JURISDICCIÓN] con el título de [LLENAR AQUÍ CON EL TÍTULO COM PLETO DE LA(S) ORDENANZA(S) EN VIGENCIA PARA SER DEROGADAS] y toda otra ordenanza o partes de ordenanzas que estén en conflicto quedan por este medio derogadas.
Sección 4. Que si cualquier sección, subsección, cláusula, o frase de esta ordenanza es, por cualquier razón, declarada inconstitucional, tal decisión no debe afectar la validez de las partes remanentes de esta ordenanza. El [AGENCIA DE GOBIERNO] por este mediodel declara ordenanza, cada sección, cláusulas subsección, cláusula frase de la inconstitucionales. misma, independientemente hechoque de habría que unapasado o más esta de las secciones,y subsecciones, y frases seano declaradas
Sección 5. Que nada en esta ordenanza o en el Código Mecánico aquí adoptado debe ser interpretado para afectar cualquier demanda o proceso inminente en cualquier corte, o cualquier derecho adquirido, o responsabilidad contraida, o cualquier causa o causas de acción adquiridas o existentes, bajo cualquier ley u ordenanza por la presente derogada según lo indica la Sección 2 de esta ordenanza; ni debe ningún derecho o reparación justa o legal de ningún carácter perderse, menoscabarse o afectarse por esta ordenanza.
Sección 6. Que se ordena e instruye a [TÍTULO DEL ADMINISTRADOR DE ARCHIVOS DE LA JURISDICCIÓN] que publique esta ordenanza. (Podría requerirse una disposición adicional para indicar el número de veces que la ordenanza debe publicarse, y para especificar que ha de ser en un medio escrito de circulación general. También podría ser necesario anunciarlo.)
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Sección 7. Que esta ordenanza y las reglas, regulaciones, disposiciones, requisitos, órdenes y asuntos establecidos y adoptados por este medio deben tener efecto y ser plenamente válidos [PLAZO] a partir de la fecha de su ejecución y adopción.
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TABLA DE CONTENIDOS CAPÍTULO 1 ADMINISTRACIÓN. . . . . . . . . . . . . . . 1
CAPÍ TULO 5
Sección
Sección
101
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
501
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39
102
Aplicabilidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
502
Sistemas Requeridos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39
103 104
Departamento de I nspección Mecánica . . . . . . . . . 2 Deberes y Potestades de la Autoridad
503 504
Motores y Ventiladores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46 Extracción de Secadoras de R opas. . . . . . . . . . . . 47
105
Aprobaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
505
Equipos de Extracción de Cocinas Domésticas . . 48
106
Permisos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
506
107
Inspecciones y Pru ebas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
Conductos y Equipos de Extracción para Sistemas de Ventilación de Campanas de Cocinas Come rciales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48
108
Violaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
507
Campanas para Cocinas Comerciales. . . . . . . . . . 52
109
Medios de Ap elación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7
508
Reposición de Aire de Cocinas Comerciales . . . . 55
Competente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
SISTEMAS DE EXT RAC CI ÓN . . . 39
509
Sistemas de S upresión de I ncendios. . . . . . . . . . . 55
CAPÍTULO 2 DEFINICIONES. . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
510
Sistemas de E xtracción Pe ligrosos . . . . . . . . . . . . 55
Sección
511
Sistemas de Transporte de Polvo, y para Almacenamiento y Descarga. . . . . . . . . . . . . . . 57
512
Sistemas de Extracción de Gases del Suelo Debajo de Losa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58
513
Sistemas de C ontrol de H umo. . . . . . . . . . . . . . . . 58
514
Sistemas de Ventilac de Energía . . . . . . ión . . . .para . . . . Recuperación . . . . . . . . . . . . . . . 63
201
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
202
Definiciones Gene rales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
CAPÍTU LO 3
ESTIP ULACIO NES GENERALES.................... 23
Sección 301
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
302
Protección d e la Est ructura . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
303
Ubicación de Equipos y Artefactos . . . . . . . . . . . 25
Sección
304
Instalación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
601
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65
305
Soportes de Tuberías . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
602
Plenos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65
306
Espacio de Ac ceso y Ser vicio . . . . . . . . . . . . . . . . 27
603
Construcción e Instalación de Conductos . . . . . . 67
307
Drenaje d e Condensados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29
604
Aislamiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 68
Disminución de Espacios Libres . . . . . . . . . . . . . 30
605
Filtros de Air e . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69
309
Control de Temperatura. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
606
Control de Sistemas de Detección de Humo . . . . 69
310
Control de E xplosiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
607
Aberturas para Conductos y Transferencia
311
Respiraderos de Hu mo y Calor. . . . . . . . . . . . . . . 31
312
Cálculos de Cargas de Calefacción y Enfriamiento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
308
CA PÍTULO 6
SISTEMAS DE CO NDUC TOS . . . . 65
de Aire . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70
CA PÍTULO 7
AI RE DE COMBUS TI ÓN . . . . . . . . 77
Sección
C A PÍ T U L O 4 V E N T I L A C I Ó N . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 3
701
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77
Sección
702
Aire Inte rior . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77
401
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
703
Aire Exte rior . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78
402
Ventilación Na tural . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
704
403
Ventilación Me cánica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34
Uso Combinado de Aire Interior y Exterior (Cond ición 1) . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78
404
Garajes de Estacionamiento C errados . . . . . . . . . 35
705
Uso Combinado de Aire Interior y Exterior (Cond ición 2) . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78
405
Control de S istemas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
706
Suministro de Aire de Combustión Forzado . . . . 78
406
Ventilación de Espacios No Ha bitados. . . . . . . . . 35
C ÓD I G OI NT E R NA C I ON A L D EI N STAL AC I ON ESM E CÁ N I C AS2 0 0 6 ™
ix
TABLA DE CONTE NIDOS
707
Conexión Dire cta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79
708
Conductos de A ire de Combustión. . . . . . . . . . . . 79
709
Obstrucciones en las A berturas . . . . . . . . . . . . . . 79
710
Ubicación y Pr otección d e Aberturas. . . . . . . . . . 79
CAPÍTU LO 8 CHIME NEAS Y R E SP I R A D E R O S . . . . . . . . . . . . . . . . 8 1
924 925
Plantas Generadoras de Celdas Combustibles Estacionaria s . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 91 Calefactores de Mampostería. . . . . . . . . . . . . . . . 91
926
Sistemas de H idrógeno Gaseoso. . . . . . . . . . . . . . 91
CAPÍTU LO 10 CALDER AS, CA LENTADORES DE AG UA Y RECI PIENTE S A PRESIÓN .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. ..9 3
Sección 801
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 81
Sección 1001 Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 93
802
Respiraderos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 82
1002
Calentadores de Agua . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 93
803
Conectores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 83
1003
Recipientes a Presió n. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 93
804
Sistemas de Ventilac ión Directa, Ventilac ión Integra l y Ventilaci ón Mecánica de Aire . . . . . 85
1004
Calderas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 93
1005
Conexiones de Ca lderas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 94
1006
Válvula s de Seguridad y Alivio de Presión y Controles. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 94
1007
Corte por Ba jo Nive l de Agua de Ca lderas . . . . . 95
1008
Válvula de De scarga de Vapor . . . . . . . . . . . . . . . 95
1009
Tanque de Expansión en Calderas de Agua
805
Chimeneas Hechas en F ábrica . . . . . . . . . . . . . . . 86
806
Chimeneas Metálicas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 86
CAPÍTULO 9 ARTEFACTOS ESP ECÍFICOS, HOGARES Y EQUIP OS DE COMBUS TI ÓN DE SÓLI DOS . . . . . 87
Caliente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95
Sección 901
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 87
1010
Medidores. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95
902
Hogares de Mampostería. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 87
1011
Pruebas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 96
903
Hogares Hechos en Fáb rica. . . . . . . . . . . . . . . . . . 87
904
Artefactos de Qu emado de P eletas . . . . . . . . . . . . 87
905
Hogares Tipo Estufa y Calefactores de Cuartos . 87
906
Artefactos para Barbacoa Hechos en Fábrica . . . 87
907
Incineradores y Cr ematorios. . . . . . . . . . . . . . . . . 87
908
Torres de Enfriamiento, Condens adores Evapora tivos y Enfriadores de Fluídos
. . . . . . 87
CAPÍTULO 11 REFRIGERACIÓN . . . . . . . . . . . . . 97 Sección 1101
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 97
1102
Requisitos de Si stemas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 97
1103
Clasificación de Sistemas de Ref rigeración. . . . . 98
1104
Requisitos de Apli cación de Sistemas . . . . . . . . 103
909
Calefactores de P ared con Ventilación. . . . . . . . . 88
1105
Cuarto d e Máquina s, Requis itos Gene rales . . . . 104
910
Calefactores de P iso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 88
1106
Cuarto de Máquinas, Requisitos Especial es . . . 105
911
Calefactores de C onducto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 89
1107
Tubería de Refrig eración. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 106
912
Calefactores Radiantes Infrarrojos . . . . . . . . . . . . 89
1108
Pruebas e n el Siti o . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 107
913
Secadoras de Ro pa. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 89
1109
Pruebas Peri ódicas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 107
914
Calentadores para Baños Saunas . . . . . . . . . . . . . 89
915
Equipos y Artefactos Movidos por Motores y Turbinas de Gas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 89
916
Calentadores de P iscinas y Spa s . . . . . . . . . . . . . . 89
917
Artefactos de Co cina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 90
918
Calefactores de Aire Forzado de Mediana Temperatura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 90
CAPÍT ULO 12 SISTE MAS HIDRÓ NICOS DE TUBERÍ AS . . . . . . . . . . . . . . . . 10 9 Sección 1201 1202
Generalidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 109 Materiales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 109
1203
Juntas y Cone xiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 10
919
Quemadores de C onversión . . . . . . . . . . . . . . . . . 91
1204
920
Calefactores Uni tarios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 91
1205
921
Calefactores de C uarto con Ventilación . . . . . . . . 91
1206
Instalación de Tub erías . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 112
922
Estufas de Combustión de Keroseno y Aceite Combustible. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 91
1207
Fluidos de T ransferencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 112
1208
Pruebas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 112
923
Hornos Pe queños de Ce rámica . . . . . . . . . . . . . . . 91
1209
Tuberías Em bebidas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 113
x
Aislamiento de Tub erías . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 111 Válvulas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 1
C ÓD I G OI N T ER N A C IO NA L DEI NS TA L A C I ON ESM EC Á N I CA S2 0 0 6™
TABLA DE CONTENIDOS
CAPÍTU LO 13 TUBERÍ AS Y ALMACE NAMI ENTO DE G ASÓLEO . . . . . . . . 115 Sección 1301
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 115
1302
Materiales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 115
1303
Juntas y Cone xiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 5
1304
Soporte s de Tuberí as . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 116
1305 1306
Instalación de Sis temas de Ga sóleo . . . . . . . . . . 116 Medición. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117
1307
Válvulas pa ra Gas óleo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117
1308
Pruebas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117
CAPÍTU LO 14 SISTE MAS DE ENERGÍA SOLAR. . . . . . . . . . . . . . 119 Sección 1401
Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 119
1402
Instalación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 119
1403
Fluídos de T ransfer encia de Calo r . . . . . . . . . . . 120
1404
Materiales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 120
CAPÍTULO 15 NO RMAS CI TADAS. . . . . . . . . . . . 12 1 APÉ NDI CE A ABERTURA S PARA AIRE DE COMBUS TIÓN Y PENETR ACIONES DE CONECTORES DE C HI M E N E A S . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 31 APÉ NDI CE B TABL A DE REC OME NDA CIONES P ARA ARANCEL ES D E P ER M I S O S . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 3 5 ÍNDIC E
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1 37
GLOSARIOS .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. 143
C ÓD I G OI NT E R NA C I ON A L D EI N STAL AC I ON ESM E CÁ N I C AS2 0 0 6 ™
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C ÓD I G OI N T ER N AC I ON A L D EI N S TA L A C IO NE SM EC Á NI C A S2 0 06 ™
CAPÍTULO 1
ADMINISTRACIÓN SECCIÓN 101 GENERALIDADES
101.1 Título. Estas estipulaciones deben ser reconocidas como el Código de Instalaciones Mecánicas de [NOMBRE DE JURISDICCIÓN], y de aquí en adelante serán referidas en este documento como “este código”. 101.2 Alcance. Este código debe regular el diseño, instalación, mantenimiento, modificación e inspección de sistemas mecánicos que sean instalados permanentemente, y sean utilizados para controlar las condiciones ambientales y procesos relacionados dentro de las edificaciones. Este código también debe regular aquellos sistemas mecánicos, componentes de sistemas, equipo y artefactos específicamente contemplados en este código. La instalación de tubería de distribución de gas combustible y equipo, artefactos de gas, y sistemas de ventilación de artefactos de gasdebe estar regulado por el Código Internacional de Instalaciones de Gas Combustible (IFGC). Excepciones: 1. Las viviendas separadas de una o dos familias, y viviendas unifamiliares múltiples que no tengan más de tres pisos con medios de salidas separados, y sus estructuras accesorias, deben cumplir con el Código . Internacional Residencial (IRC)
2. Se debe permitir que los sistemas mecánicos en edificaciones existentes que estén en proceso de reparación, modificación o ampliación, y que su uso o destino ha cambiado, cumplan con el Código Internacional de Edificaciones Existentes (IEBC). 101.2.1 Apéndices. Las disposiciones en los apéndices no deben aplicarse a menos que sean específicamente adoptadas. 101.3 Propósito. El propósito de este código es proporcionar las reglas mínimas para salvaguardar la vida humana, la salud, la propiedad, y el bienestar público regulando y controlando el diseño, construcción, instalación, calidad de materiales, localización, operación, y mantenimiento o el uso de sistemas mecánicos. 101.4 Divisibilidad. Si una sección, subsección, enunciado, cláusula o frase de este código es, por alguna razón, declarada inconstitucional, la decisión no debe afectar la validez de las otras partes de este código. SECCIÓN 102 APLICABILIDAD
102.1 Generalidades. Las disposiciones de este código deben aplicarse a todos los asuntos que afectan o están relacionados a estructurasysitios,talycomoseindicaenlaSección101.Sien un caso dado existieran secciones diferentes de este código que especifiquen materiales diferentes, métodos de construcción diferentes u otros requisitos, los más exigentes deben regir. C Ó D I G O I N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S ME C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
102.2 Instalaciones existentes. A menos que se indique lo contrario en este capítulo, una disposición en este código no debe exigir la remoción, modificación o abandono de un sistema mecánico existente que cumpla con las leyes al momento de adoptarse este código, ni impedir que dicho sistema mecánico siga en uso y recibiendo mantenimiento. 102.3 Mantenimiento. Los sistemas mecánicos, tanto existentes como nuevos, y sus partes, deben mantenerse en buena condición funcional de acuerdo con el diseño srcinal, y en condiciones de seguridad y salubridad. Los dispositivos y salvaguardas que sean requeridos por este código deben seguir cumpliendo con la edición del código en que fueron establecidos. El dueño o el representante del dueño deben ser responsables del mantenimiento de los sistemas mecánicos. Para evaluar el cumplimiento con estas disposiciones, la autoridad competente debe tener la potestad necesaria para reinspeccionar un sistema mecánico. 102.4 Ampliaciones, modificaciones o reparaciones. Las ampliaciones, modificaciones, renovaciones o reparaciones de un sistema mecánico deben cumplir con lo requerido para un sistema mecánico nuevo sin que esto signifique que el sistema mecánico existente deba cumplir con todos los requisitos de este código.hacer Las ampliaciones, o reparaciones no pueden que un sistemamodificaciones mecánico existente sea inseguro, peligroso o esté sobrecargado. Tanto ampliaciones, modificaciones, renovaciones como reparaciones menores a sistemas mecánicos existentes deben cumplir con las disposiciones para construcciones nuevas, a menosquetalesobrasseanhechosdelamismamaneraydisposición que en las del sistema existente, y no sean peligrosos y sean aprobados.
102.5 Cambio en el uso. Se considera ilegal hacer un cambio en el uso de cualquier estructura si ello ocasiona que la estructura esté sujeta sin aprobación a otras estipulaciones de este código en razón de su nuevo uso. La autoridad competente debe certificar que tal estructura cumple con el propósito de las disposiciones de las leyes que rigen la construcción de edificacionesalasquesedaráelnuevouso,yquetalcambiode uso no representa un peligro para la salud, la seguridad o el bienestar públicos. disposiciones de este 102.6 códigoEdificaciones relativas a la históricas. construcción,Las modificación, reparación, ampliación, restauración, reubicación o traslado de edificaciones o estructuras no deben ser obligatorias para edificaciones existentes o estructuras que hayan sido identificadas y clasificadascomo edificaciones históricaspor el estado o jurisdicción local, cuando tales edificaciones o estructuras sean consideradas por la autoridad competente como seguras y en el interés público por salud, seguridad y bienestar común en relación con cualquier propuesta de construcción, modificación, reparación, ampliación, restauración, reubicación o traslado de edificaciones. 1
ADMINISTRACIÓN
102.7 Edificaciones reubicadas. A excepción de lo estipulado en la Sección 102.2, todo sistema mecánico que sea parte de edificaciones o estructuras reubicadas hacia una jurisdicción, o reubicados dentro de la misma, debe cumplir con las disposiciones de este código para instalaciones nuevas. 102.8 Códigos y normas citados. Los códigos y normas invocados en este código son aquellos enlistados en el Capítulo 15, y tales códigos y normas deben considerarse como parte integral de los requisitos de este código según el alcance correspondiente a cada uno de ellos. 102.9 Requisitos no contemplados en este código. Encasode omisión por parte de este código, la autoridad competente debe determinar aquellos requisitos que sean necesarios para la resistencia, estabilidad, o funcionamiento adecuado de un sistema mecánico existente o propuesto, o bien que sean necesarios considerando la seguridad pública, salud y el bien común.
SECCIÓN 104 DEBERES Y POTESTADES DE LA AUTORIDAD COMPETENTE
104.1 Generalidades. La autoridad competente debe hacer valer las estipulaciones de este código y debe actuar en toda cuestión referente a la instalación, modificación, reparación, mantenimiento o funcionamiento de sistemas mecánicos, a excepción de lo que sea indicado por requisitos reglamentarios, o lo que está indicado de las Secciones 104.2 a 104.8.
103.4 Responsabilidad legal. La autoridad competente, oficiales, o empleados encargados de la aplicación de este código, actuando para la jurisdicción, no deben ser respon- sables legalmente en forma personal, y quedan eximidos de toda responsabilidad personal por cualquier daño sobre personas o propiedades como resultado de actos requeridos o permitidos en el desempeño de sus deberes oficiales. En caso de demanda contra cualquier oficial o empleado
104.2 Autoridad para reglamentar. La autoridad competente debe tener la autoridad necesaria, cuidando de los intereses de salud pública, seguridad y bienestar común, para adoptar y promulgar reglas y regulaciones, para interpretar e implementar las disposiciones de este código, para resguardar el propósito de las mismas, y para establecer requisitos adicionales debido a condiciones climáticas particulares y demás condiciones. Tales regulaciones no pueden tener como consecuencia la suspensión de requisitos relativos a características estructurales o de protección contra incendios que estén específicamente estipulados en este código, o la violación de métodos aceptados de ingeniería concernientes a la seguridad pública. 104.3 Solicitudes y permisos. La autoridad competente debe recibir las solicitudes y emitir los permisos para la instalación y modificación de sistemas mecánicos, inspeccionar los sitios en los que dichos permisos han sigo otorgados, y hacer cumplir las disposiciones de este código. 104.4 Inspecciones. La autoridad competente debe efectuar todas las inspecciones requeridas, o aceptar reportes de inspección hechos por representantes o individuos aprobados. Todos los reportes de inspecciones deben ser presentados por escrito y estar certificados por un oficial responsable de dicho representante aprobado, o por el individuo responsable. La autoridad competente queda autorizada para utilizar dichas opiniones de expertos según lo considere necesario con el fin de reportar acerca de asuntos técnicos particulares, sujeto a la aprobación de la autoridad designante. 104.5 Derecho de entrada. Toda vez que sea necesario efectuar una inspección para la aplicación de este código, o cuando la autoridad competente tenga una sospecha razonable de que existe en una edificación o sitio alguna condición o violación de este código que haga que dicha edificación o sitio sea inseguro, insalubre, o peligroso, la autoridad competente debe tener la autoridad para entrar a la edificación o sitio, a cualquier hora razonable, para inspeccionar o cumplir con los deberes impuestos sobre la autoridad competente por este código. Si tal edificación o sitio
debidoaactosquehayanrealizadoeneldesempeñolegaldesus deberes y obedeciendo las estipulaciones de este código, estos funcionarios deben contar con el representante legal de la jurisdicción como su defensor hasta la finalización de los procesos. La autoridad competente o cualquier subalterno no deben ser responsables por costos en una demanda o proceso legal que sean establecidos en cumplimiento de las estipulaciones de este código. Todo oficial del departamento de inspección mecánica, actuando de buena fe y sin mala intención, debe ser eximido de toda responsabilidad legal por actos realizados en concordancia con disposiciones de estecódi go, o por todo acto u omisión enel desempeño de sus deberes oficiales.
está ocupado,allaocupante autoridad competente debe presentar las credenciales y solicitar el ingreso. Si tal edificación o sitio está desocupado, la autoridad competente debe primero hacer un esfuerzo razonable de ubicar el dueño u otra persona a cargo o en control de la edificación o sitio, y solicitar el ingreso. Si el ingreso es denegado, la autoridad competente puede tomar las medidas permitidas por la ley para lograr el ingreso. Cuando la autoridad competente haya primero obtenido una orden de inspección apropiada u otro remedio provisto por la ley para hacer ingreso, el dueño u ocupante o persona a cargo, o en control de la edificación o sitio, no puede, después de
SECCIÓN 103 DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN MECÁNICA
103.1 Generalidades. Por medio de esta disposición se crea el departamento de inspección mecánica, y el oficial ejecutivo a cargo del mismo debe ser conocido como la autoridad competente. 103.2 Nombramiento. La autoridad competente debe ser nombrada por la autoridad superior designante de la jurisdicción, y la autoridad competente no puede ser desplazada de su cargo excepto con una razón justificada y después de tener la oportunidad pertinente de ser escuchada por la autoridad designante sobre los cargos específicos que se le imputen. 103.3 Delegados. De acuerdo con los procedimientos establecidos en la jurisdicción, y con la aprobación de la autoridad designante, la autoridad competente debe tener la autoridad para nombrar a un delegado, así como otras autoridades técnicas, inspectores y otros subalternos.
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C Ó D I G OI N T E R N A C I ON A L D E I N S T A L A C I ON E S M E C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
ADMINISTRACIÓN
recibir la comunicación pertinente, denegar el ingreso de la autoridad competente con el objeto de inspeccionar y examinar según lo establece este código. 104.6 Identificación. La autoridad competente debe portar la identificación adecuada cuando se encuentre inspeccionando estructuras o sitios en cumplimiento de los deberes de este código. 104.7 Notificaciones y órdenes. La autoridad competente debe emitir todas las notificaciones y órdenes necesarias para velar por el cumplimiento de este código. 104.8 Registros del departamento. La autoridad competente debe mantener registros oficiales de las solicitudes recibidas, de los permisos y certificados otorgados, de los aranceles recibidos, de los reportes de inspección, y de las notificaciones y órdenes emitidas. Tales registros deben permanecer en los registros oficiales en tanto que la edificación o estructura a la que se refieren exista, a menos que otras disposiciones indiquen lo contrario. SECCIÓN 105 APROBACIONES
105.1 Modificaciones al código. Si existieran dificultades prácticas para llevar a cabo las disposiciones de este código, la autoridad competente debe tener la autoridad para otorgar modificaciones a este código para casos individuales, siempre y cuando la autoridad competente encuentre que una razón particular haga que el apego estricto al código sea impráctico, y que la modificación al código no viol e la intención y propósito de este código y no vaya en detrimento de requisitos de salud, vida y características de protección contra incendios. Los detalles del otorgamiento de tales modificaciones al código deben quedar en el registro, y ser archivados en el departamento de inspección mecánica. 105.2 Materiales, métodos, equipos y artefactos alternativos. Las disposiciones de este código no tienen como intención el impedir la instalación de ningún material o de prohibir ningún método de construcción a menos que sea específicamente vedado en este código, siempre y cuando tal alternativa haya sido aprobada. Un material o método de construcción alternativos deben ser aprobados si la autoridad competente encontrara que el diseño propuesto es satisfactorio y cumple con la intención de las disposiciones de este código, y que el material, método o trabajo ofrecido es, para el propósito del caso, al menos equivalente a lo prescrito por este código en cuanto a calidad, resistencia, efectividad, resistencia al fuego, durabilidad y seguridad. 105.3 Pruebas requeridas. Toda vez que exista evidencia insuficiente sobre el cumplimiento de las disposiciones de este código, o evidencia deque un materialo método no cumplecon los requisitos de este código, o con el objeto de probar aseve raciones sobre materiales o métodos alternativos, la autoridad competente debe tener la autoridad para ordenar la realización de pruebas como evidencia de cumplimiento, sin costo alguno para la jurisdicción. 105.3.1 Métodos de pruebas. Los métodos de pruebas deben hacerse tal y como se indican en este código o por otras normas reconocidas de pruebas. En ausencia de C Ó D I G O I N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S ME C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
métodos de pruebas reconocidos y aceptados, la autoridad competente debe aprobar los procedimientos de pruebas. 105.3.2 Agencia de pruebas. Todas las pruebas deben ser realizados por una agencia aprobada. 105.3.3 Reportes de pruebas. Los reportes de pruebas deberán ser guardados por la autoridad competente por un período igual al período aplicable a registros públicos. No se 105.4 Reuso de materiales, equipo y artefactos. reuso de materiales, equipo,sido artefactos y dispositivos apermite menoselque tales elementos hayan reacondicionados, probados y puestos en buenas y apropiadas condiciones de trabajo y hayan sido aprobados. SECCIÓN 106 PERMISOS
106.1 Sobre cuando se requieren permisos. Un propietario, representante autorizado, o contratista que desee construir, instalar, ampliar, modificar, reparar, remover, convertir, o remplazar un sistema mecánico, estando la instalación del mismo regulado por este código, o bien que desee que dicha obra sea ejecutada, debe primero hacer la solicitud a la autoridad competente, y obtener el permiso requerido para la obra. Excepción: Cuando se deba remplazar o reparar un equipo o artefacto en una situación de emergencia la solicitud de permiso se debe procesar a más tardar un día hábil después de ser aceptado por el departamento de inspección mecánica. 106.2 Permisos no requeridos. No se requieren permisos para lo siguiente: 1. Artefactos portátiles de calefacción; 2. Artefactos y equipos portátiles de ventilación; 3. Unidades portátiles de enfriamiento; 4. Tubería de vapor, agua caliente o agua helada, que son parte de cualquier equipo o artefacto de calefacción o enfriamiento regulados por este código; 5. Remplazo de cualquier parte de menor importancia que no altera la aprobación de un equipo o artefacto, o que no haga que dicho equipo o artefacto sea inseguro; 6. Enfriadores evaporativos portátiles; y 7. Sistemas autocontenidos de refrigeración que tienen 10 libras (4.5 kilogramos) o menos de refrigerante, o que tienen motores de 1 caballo de fuerza (0.75 kW ) o menos. 8. Artefacto portátil de celdas combus tibles que no estén conectados a un sistema de tuberías fijo, y que no estén conectados a una red eléctrica. Exención de los requisitos de permisos no debe interpretarse como autorización alguna para realizar obras en violación a las disposiciones de este código, u otras leyes y reglamentos de esta jurisdicción. 106.3 Solicitud de permiso. Toda solicitud de permiso, con su respectivo arancel, debe ser presentada ante la autoridad competente, usando un formulario desarrollado para tal fin, y 3
ADMINISTRACIÓN
debe contener una descripción general de la obra propuesta y su localización. La solicitud debe estar firmada por el propietario o un representante autorizado. La solicitud de permiso debe indicar el uso propuesto de todas las partes de la edificación, y partes del sitio o lote que no estén ocupadas por la edificación o estructura y debe contener cualquier otra información requerida por la autoridad competente.
106.3.1 Documentos constructivos. Con cada solicitud de permiso se deben presentar, en al menos dos copias, documentos constructivos, cálculos de ingeniería, diagramas y cualquier otra información necesaria. La autoridad competente debe requerir que documentos constructivos, cálculos y especificaciones sean preparados y diseñados por un profesional registrado de diseño cuando así sea requerido por las leyes del estado. Donde existan condiciones especiales, la autoridad competente está autorizada para requerir que el profesional registrado de diseño prepare documentos constructivos adicionales. Los documentos constructivos deben estar proyectados a escala, y deben tener la claridad suficiente como para indicar la localización, naturaleza y alcance de la obra propuesta, y mostrar en detalle que la obra cumple con las disposiciones de este código. En el caso de edificaciones de más de dos pisos de altura, los documentos construc tivos deben indicar los lugares donde los sistemas mecánicos penetrarán otros elementos, así como los materiales y métodos que se usan para mantener la seguridad estructural requerida, la clasificación de resistencia al fuego, y el bloqueado antifuego. Excepción : La autoridad competente debe tener la autoridad para eximir la entrega de documentos constructivos, cálculos, u otros datos, si la naturaleza de la obra es tal que no hace falta revisar los documentos constructivos para determinar si cumplen con este código. 106.4 Otorgamiento del permiso. Lasolicituddepermiso,los documentos constructivos, y demás datos deben ser revisados por la autoridad competente. La autoridad competente debe emitir el permiso si determina que la obra propuesta cumple con los requisitos de este código y de todas las leyes y reglamentos vigentes, y ha comprobado que se han pagado los aranceles indicados en la Sección 106.5. 106.4.1 Documentos constructivos aprobados. Al aprobar el permiso, la autoridad competente debe sancionar por escrito los documentos constructivos, y ponerle un sello de “APROBADO”, si tales documentos fueron requeridos. Tales documentos constructivos no deben modificados, o alterados de ninguna forma ser sin cambiados, la autorización de la autoridad competente. La obra debe hacerse de acuerdo con los documentos constructivos aprobados. La autoridad competente debe tener la autoridad para emitir un permiso para la construcción de una parte de un sistema mecánico, antes de que los documentos constructivos del sistema completo hayan sido presentados o aprobados, siempre que se tenga la información adecuada y las declaraciones detalladas que cumplan con todos los requisitos pertinentes de este código. El poseedor de tal permiso puede continuar bajo su propio riesgo, sin que esto implique 4
que se va a otorgar posteriormente el permiso para todo el sistema mecánico completo. 106.4.2 Validez. El otorgamiento de un permiso o una aprobación de construcción no debe ser tomado como un permiso para incumplimiento alguno, ni como una aprobación del incumplimiento, de ninguna de las disposiciones de este código, o de otras leyes de la jurisdicción. Todo permiso que pretenda autorizar un incumplimiento o contracción de las disposiciones de este código debe ser inválido. El otorgamiento de un permiso basado en documentos constructivos u otra información no debe impedir que la autoridad competente ordene la corrección de errores a posteriori en tales documentos constructivos o información, o que ordene la suspensión del funcionamiento de la construcción cuando se incumpla este código u otras leyes de la jurisdicción. 106.4.3 Vencimiento. Todo permiso emitido por la autoridad competente,bajo las disposiciones de este código, debe expirar por limitación de tiempo y ser considerado nulo si la obra autorizada por dicho permiso no comienza 180 días después de la fecha del permiso, o si la obra autorizada por dicho permiso es suspendida o abandonada, después de iniciado el trabajo, por un período de 180 días o más. Para poder continuar con la obra, se debe obtener un permiso nuevo y el arancel a pagar debe ser igual a la mitad del arancel requerido para una obra nueva de tal tipo, siempre y cuando no se hayan realizado ni se vayan a realizar cambios enylos constructivos nales para tal obra, quedocumentos la suspensión o abandonosrcide la obra no sobrepase un año. 106.4.4 Ampliaciones de plazo. El poseedor de un permiso válido de una obra debe tener el derecho de solicitar una ampliación delplazo para empezar dicha obra cuando se vea imposibilitado por razones válidas y satisfactorias. La autoridad competente debe ampliarle el plazo por un período no mayor a 180 días si existe una causa razonable. Un permiso no puede ser ampliado más de una vez. El arancel para la ampliación debe ser igual a la mitad del arancel requerido para una obra nueva de tal tipo. 106.4.5 Suspensión o revocación del permiso. La autoridad competente debe revocar un permiso o aprobación dada bajo las disposiciones de este código en caso de cualquier declaración falsa, o tergiversación en la solicitud del permiso o en los documentos constructivos en los que fue basado el permiso o aprobación. 106.4.6 Retención de documentos constructivos. Laautoridad competente debe retener un juego de documentos constructivos hasta la aprobación final de las obras contenidas en dichos documentos. Se debe devolver un juego de los documentos constructivos aprobados al solicitante, y dicho juego debe permanecer en el sitio de construcción o edificio mientras la obra se ejecute. 106.5 Aranceles. No se debe emitir un permiso hasta que se hayan pagado los aranceles indicados en la Sección 106.5.2, ni se debe emitir una enmienda al permiso hasta que se paguen los aranceles adicionales, si estos aplican, debido a un aumento en el sistema mecánico. C Ó D I G OI N T E R N A C I ON A L D E I N S T A L A C I ON E S M E C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
ADMINISTRACIÓN
106.5.1 Comienzo de obra antes de que se otorgue un permiso. Toda persona que empiece un trabajo sobre un sistema mecánico antes de obtener los permisos necesarios debe pagar un 100 por ciento del arancel normal además de los aranceles requeridos. 106.5.2 Tabla de aranceles. Los aranceles deben ser como se indica en la siguiente tabla. [INSERTAR TABLA DE ARANCELES DE LA JURIS DICCIÓN] 106.5.3 Reembolso de aranceles. La autoridad competente debe autorizar la devolución de aranceles según se detalla a continuación. 1. El monto completo de todo arancel pagado o cobrado por error. 2. No másde [INDICAR PORCENTAJE] por ciento del arancel del permiso por obras no realizadas bajo un permiso emitido en acuerdo con este código. 3. No másde [INDICAR PORCENTAJE] por ciento del arancel pagado por revisión de planos si se retira o cancela la solicitud del permiso antes de que se proceda a revisar los planos. La autoridad competente no debe autorizar la devolución de arancel alguno a menos que exista una solicitud escrita planteada por el solicitante srcinal después de 180 días de pagado el arancel.
SECCIÓN 107 INSPECCIONES Y PRUEBAS
107.1 Inspección y pruebas requeridas. La autoridad competente, bajo notificación del portador del permiso o de un representante del mismo, debe realizar las siguientes inspecciones, y otras según sea necesario, y debe aprobar dicha parte de la construcción o por el contrario notificar al portador del permiso o de un representante del mismo sobre violaciones que deben ser corregidas. El portador del permiso debe ser el responsable de programar tales inspecciones. 1. La inspección de elementos sote rrados debe hacerse cuandolastrincherasozanjasesténabiertas,consucama de material de apoyo, con las tuberías instaladas, y antes de que el relleno sea colocado. En caso de que la excavación contenga rocas, trozos de hormigón, trozos congelados, u otros escombros que puedan dañar o quebrar la tubería o causar corrosión, se debe tener relleno libre de escombro en el sitio de obra. 2. Se debe hacer una inspec ción inicial después de que el techo, estructura, bloqueado antifuego, y apoyos estén instalados, y los conductos y otros componentes ocultos estén terminados, y antes de que se instalen las membranas de paredes o cielorrasos. 3. Se debe hacer una ins pección final al terminar el sistema mecánico. Excepción: Para sistemas de bombas geotérmicas, probados según la Sección 1208.1.1, se debe permitir que se entierren las tuberías antes de la inspección. C Ó D I G O I N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S ME C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
No se permite considerar que los requisitos de esta sección prohiben el funcionamiento de ningún equipo o artefacto de calefacción que haya sido instalado para remplazarun equipo o artefacto de calefacción existentes que dan servicio una sección ocupada de una estructura, siempre y cuando se haya solicitado una inspección de tal equipo o artefacto a más tardar 48 horas después de remplazado, y antes de que cualquier parte de tal equipo o artefacto sea cubierto por cualquier parte permanente de la estructura. autoridad 107.1.1 Agencias de inspección aprobadas. competente debe aceptar informes de agenciasLaaprobadas, siempre que tales agencias cumplan con los requisitos de idoneidad y confiabilidad. 107.1.2 Servicios de evaluación e inspección de seguimiento. Antes de aprobar un sistema de construcción prefabricado con elementos mecánicos ocultos, y de otorgar el permiso para la instalación mecánica, la autoridad competente debe requerir la presentación de un informe de evaluación de cada uno de los sistemas de construcción prefabricados, indicando los detalles completos del sistema mecánico; incluyendo una descripción del sistema y sus componentes, las bases para la evaluación del sistema, los resultados de las pruebas e información similar, y cualquier otra información necesaria para que la autoridad competente determine el cumplimiento de este código. 107.1.2.1 Servicios de evaluación. La autoridad competente debe designar el servicio de evaluación de una agencia aprobada como agencia de evaluación, y revisar el informe de evaluación de dicha agencia determinar su idoneidad y cumplimiento con estepara código. 107.1.2.2 Inspección de seguimiento. Excepto cuando se tenga un acceso fácil en el sitio a sistemas mecánicos, equipos de servicio, y accesorios para que se puedan inspeccionar plenamente sin tener que desarmarlos o desmantelarlos, la autoridad competente debe efectuar inspecciones en la fábrica tan frecuentemente como sea necesario, para verificar el cumplimiento del informe de evaluación aprobado, o debe designar a una agencia de inspección aprobada e independiente, para efectuar tales inspecciones. La agencia de inspección debe suministrar a la autoridad competente el manual de inspecciones de seguimiento, y un informe de inspecciones cuando así lo solicite. Se debe colocar sobre el sistema mecánico, en la fábrica, una etiqueta permanente de identificación que indique que la inspección ya fue realizada. 107.1.2.3 Registros de pruebas e inspecciones. Los registros de pruebas e inspecciones requeridas deben estar a disposición de la autoridad competente durante la fabricación del sistema mecánico y durante la construcción de la edificación, o éstos deben ser archivados según lo ordene la autoridad competente. 107.2 Pruebas. Los sistemas mecánicos deben someterse a pruebas tal y como lo requiere este código, y de acuerdo con lo dispuesto en las Secciones 107.2.1 a 107.2.3. Las pruebas deben ser efectuadas por el portador del permiso, y bajo observación de la autoridad competente. 107.2.1 Sistemas nuevos, modificados, ampliados o reparados. Los sistemas mecánicos nuevos, así como las 5
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partes de sistemas existentes, que hayan sido modificados, ampliados, renovados o reparados deben someterse a pruebas para detectar fugas y defectos. 107.2.2 Artefactos, materiales y mano de obra para pruebas. Los artefactos, materiales, y la mano de obra requerida para probar un sistema mecánico, o sus partes, deben ser suministrados por el portador del permiso. 107.2.3 Reinspección y pruebas. Si una obra o instalación no pasa la prueba o inspección iniciales, se deben hacer las correcciones necesarias para cumplir con este código. La obra o instalación debe volver a ser sujeto de una nueva inspección o prueba para consideración de la autoridad competente. 107.3 Aprobación. Una vez que las pruebas e inspecciones requeridas indiquen que la obra cumple con este código, la autoridad competente debe emitir una nota de aprobación. 107.4 Conexión temporal. La autoridad competente debe tener la potestad para autorizar la conexión temporal de un sistema mecánico a fuentes de energía con el fin de probar los sistemas mecánicos, o para efectos de un certificado temporal de uso. SECCIÓN 108 VIOLACIONES
108.1 Actos ilícitos. Es ilícito que una persona, firma o corporación erija, construya, modifique, repare, remueva, demuela o utilice un sistema mecánico,o que provoque lo anterior, si contradice o viola alguna de las disposiciones de este código. 108.2 Notificación de violación. La autoridad competente debe notificar a la persona que sea responsable de la construcción, instalación, modificación, ampliación, reparación, remoción o demolición de un sistema mecánico que esté en violación a las disposiciones de este código o en violación a los documentos constructivos aprobados, o en violación a un permiso o certificado emitido según las disposiciones de este código. Tal notificación debe suspender el acto ilícito o condición ilícita, y ordenar remediar la violación. 108.3 Procesamiento legal de la violación. Si la notificación de violación no es atendida expeditamente, la autoridad competente debe solicitar al abogado de la jurisdicción que se plantee el debido proceso legal, o que se corrija o elimine tal violación, o que cese la ocupación de la estructura que no cumplelas disposiciones de este código o directrices relativasa la misma. 108.4 Pena por violación. Las personas que violen una disposición de este código, o desobedezcan cualquiera de los requisitos asociados con este código, o que construyan, instalen, modifiquen o reparen una obra mecánica en violación a los documentos constructivos aprobados o indicaciones de la autoridad competente, o a los permisos y certificados emitidos bajo las disposiciones de este código deben ser declaradas culpables de un(a) [INDICAR VIOLACIÓN], castigable con una multadenomásde[ INDICAR CANTIDAD]de[ INDICARUNIDAD MONETARIA] o con prisión con un máximo de [ INDICAR NúMERODEDÍAS ],odeambasprisiónymulta.Cadadíaenque 6
la violación continúe después de haberse hecha la notificación debe ser considerada como una nueva violación. 108.5 Órdenes de suspensión de obras. Una vez que la autoridad competente notifique que la obra mecánica contraviene lasdispos iciones de este código o que la obra es peligrosa o insegura, la obra debe ser suspendida inmediatamente.Dicha notificación debe ser por escrito y debe ser entregada al propietario de la edificación, al representante del pro- pietario, o la persona que realice la obra. La notificación debe indicar las condiciones necesarias la obra pueda proseguir. caso de emergencia, no para debeque ser necesario que la autoridadEn competente comunique la notificación por escrito para detener la obra. Toda persona que continúe con la obra después de recibir la orden de suspensión, a excepción de obras que se ordenen para remediar una violación o condición insegura, debe ser responsable de una multa de no menos de [ INDICAR CANTIDAD] de [INDICAR UNIDAD MONETARIA], y no más de [INDICAR CANTIDAD] de [INDICAR UNIDAD MONETARIA]. 108.6 Eliminación de la violación. La imposición de laspenas aquí impuestas no deben ser obstáculo para que el abogado de la jurisdicción plantee el debido proceso legal para impedir la construcción ilegal, o limitar, corregir o eliminar la violación, o para impedir el uso ilegal de una edificación, estructura o sitio, o para detener un acto, conducta, o actividad ilegales, o para detener el uso ilegal de un sistema mecánico dentro o en las cercanías de un sitio. 108.7 Sistemas mecánicos inseguros. Un sistema mecánico queesinseguro,queconstituyeunriesgodeincendio,unriesgo para la salud, o es peligroso para la vida humana, según lo regulado en este código se declara por este medio como sistema mecánico inseguro. El uso de un sistema mecánico regula do por este código que constituye un peligro para la salud, la seguridad, o el bienestar general, en razón de mantenimiento inadecuado, peligro de incendio, desastre, daño o abandono se declara por este medio como uso inseguro. Tales equipos y artefactos inseguros se declaran por este medio como una molestia pública, y deben ser subsanados por medio de reparación, reacondicionamiento, demolición o eliminación. 108.7.1 Autoridad para condenar sistemas mecánicos. Toda vez que la autoridad competente determine que un sistema mecánico regulado por este código, o una parte del mismo sistema, se ha tornado peligroso para la vida, salud, propiedad, o se ha tornado insalubre, la autoridad competente debe ordenar por escrito que dicho sistema sea eliminado o restaurado a una condición segura. Se debe establecer por escrito una fecha límite para el cumplimiento de dicha orden. Queda prohibido usar o mantener un sistema mecánico defectuoso después de recibida la notificación. Si dicho sistema mecánico ha de ser desconectado, se debe comunicar por escrito tal y como se prescribe en la Sección 108.2. En caso de peligro inminente a la vida o propiedad, la desconexión debe hacerse inmediatamente sin necesidad de notificación. 108.7.2 Autoridad para ordenar desconexión de fuentes de energía. La autoridad competente debe tener la autoridad para ordenar desconexión de fuentes de energía que alimenten a edificios, estructuras o sistemas mecánicos regulados por este código, toda vez que se determine que el C Ó D I G OI N T E R N A C I ON A L D E I N S T A L A C I ON E S M E C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
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sistema mecánico, o cualquier parte del mismo, se ha tornado peligroso o inseguro. Se debe entregar una notificación por escrito al propietario y ocupantes del edificio, estructura o sitio, dentro de un plazo de 24 horas, para la desconexión del servicio. Sin embargo, en caso de peligro inminente para la vida o propiedad, la desconexión debe hacerse inmediatamente sin necesidad de notificación. Cuando las fuentes de energía son provistas por una compañía de servicios públicos, la autoridad competente debe notificar por escrito de inmediato a dicha compañía acerca de la orden de desconexión emitida. 108.7.3 Conexión después de orden de desconexión. Ninguna persona debe conectar las fuentes de energía a sistemas mecánicos regulados por este código que hayan sido desconectados por, o bajo las órdenes de, la autoridad competente, o que su uso haya sido descontinuado por orden de la autoridad competente, hasta que la autoridad competente autorice la reconexión y el uso de dichos sistemas mecánicos. Cuando un sistema mecánico se mantiene en violación a este código, y en violación a una notificación conforme a las disposiciones de este código, la autoridad competente debe tomar las acciones debidas para impedir, reducir, corregir o eliminar la violación. SECCIÓN 109 MEDIOS DE APELACIÓN
2. Un profesional de diseño registrado con experiencia en ingeniería estructural o arquitectura. 3. Un profesional de diseño registrado con experiencia en ingeniería mecánica e instalaciones hidráulicas; o un contratista mecánico con al menos diez años de experiencia, de los cuales cinco deben ser en un cargo responsable de obra. 4. Un profesional de diseño registrado con experiencia en ingeniería eléctrica; o un contratista eléctrico con al menos diez años de experiencia, de los cuales cinco deben ser en un cargo responsable de obra. 5. Un profesional de diseño registrado con experiencia en ingeniería en protección contra incendios; o un contratista en protección contra incendios con al menos diez años de experiencia, de los cuales cinco deben ser en un cargo responsable de obra. 109.2.2 Miembros suplentes. La principal autoridad designante debe nombrar dos miembros suplentes quienes deben ser convocados por el presidente del consejo para atender apelaciones en caso de que un miembro se ausente o sea descalificado. Los miembros suplentes deben tener las cualidades requeridas para ser miembro del consejo, y deben ser designados por un período de cinco años, o hasta que un remplazo sea designado. 109.2.3 Presidente. El consejo debe escoger anualmente a uno de sus miembros como presidente. 109.2.4 Descalificación de un miembro. Un miembro no
109.1 Solicitud de apelación. Cualquier persona debe tener el derecho de apelar una decisión de la autoridad competente ante el consejo de apelaciones. Una solicitud de apelación debe estar basada en un reclamo referente a que se ha interpretado incorrectamente la intención de este código y de las reglas conexas legalmente adoptadas, o que las disposiciones de este código no rigen plenamente, o que se está proponiendo una forma de construir igualmente buena o mejor. La solicitud debe ser planteada usando un formulario preparado por la autoridad competente, en un plazo de 20 días después de que la notificación ha sido comunicada. 109.1.1 Restricción de la autoridad. El consejo de apelaciones no debe tener la autoridad para interpretar la administración de este código, ni se le debe dar la potestad de descartar requisitos de este código. 109.2 Miembros del consejo. El consejo de apelaciones debe consistir de cinco miembros nombrados por la autoridad designante, como sigue: uno por cinco años, uno por cuatro
puede participar en elprofesionales estudio de una apelación de si por tiene intereses personales, o financieros medio. 109.2.5 Secretario. La principal autoridad administrativa debe designar a un funcionario calificado como secretario(a) del consejo. El(la) secretario(a) debe llevar las minutas de las sesiones en la oficina de la principal autoridad administrativa. 109.2.6 Remuneración de los miembros. La remuneración de los miembros se debe de hacer según la ley. 109.3 Convocatoria a sesión. El consejo debe sesionar bajo convocatoria del presidente, dentro de un plazo no mayor a diez días después de presentada una apelación, o según reuniones periódicas acordadas de antemano. 109.4 Audiencias públicas. Todas las audiencias del consejo deben ser abiertas al público. Se debe dar la oportunidad de ser escuchados a quienes interponen una apelación, o sus representantes, a la autoridad competente, y a cualquier otra
años, uno por trescada años, uno pornuevo dos años, uno porpor uncinco año. Posteriormente, miembro debey servir años, o hasta que se nombre un sucesor.
persona cuyos intereses se vean afectados. 109.4.1 Procedimiento. Los procedimientos de las sesiones deben ser adoptados por el consejo, y dados a conocer al público a través del secretario. Los procedimientos no deben requerir el uso de reglas estrictas referentes a la presentación de pruebas, pero se debe requerir que solo se presente información relevante a discusión. 109.5 Posposición de audiencias. Si no se llegase a tener cinco miembros para atender una audiencia, la persona que apele o su representante debe tener el derecho de solicitar que se posponga la audiencia.
109.2.1 Cualificaciones. El consejo de apelaciones debe consistir en cinco individuos, siendo cada uno de una de las siguientes profesiones o disciplinas: 1. Un profesional de diseño registrado que sea un arquitecto registrado; o un constructor o supervisor de construcción con al menos diez años de experiencia, de los cuales cinco deben ser en un cargo responsable de obra. C Ó D I G O I N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S ME C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
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109.6 Decisiones del consejo. Un consejo puede modificar o contradecir una decisión de la autoridad competente con el voto concurrente de tres miembros. 109.6.1 Resoluciones. Lasdecis iones del consejo deben ser resoluciones. Se deben entregar copias certificadas de las resoluciones a la parte que apela y a la autoridad competente. 109.6.2 Administración. La autoridad competente debe obedecer de inmediato las decisiones del consejo. 109.7 Revisión por parte de la corte. Toda persona, sea parte involucrada de la apelación o no, debe tener el derecho de apelar una resolución del consejo ante la corte respectiva, para solicitar una declaración de certeza con el fin de enmendar errores de la ley. La solicitud de revisión debe hacerse en la manera y momento que indique la ley, y después de que la resolución del consejo haya sido archivada en la oficina de la principal autoridad administrativa.
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CAPÍTULO 2
DEFINICIONES SECCIÓN 201 GENERALIDADES
AIRE (AIR). Todo aire suministrado a equipos mecánicos y
201.1 Alcance. A menos que se indique lo contrario, las
artefactos para la combustión, ventilación, enfriamiento, etc. Aire estándar es aire a una temperatura y presión estándar, a saber, 70°F (21 C) y 29.92 pulgadas de mercurio (101.3 kPa).
siguientes palabras y términos los código. significados indicados en este capítulo, para deben efectostener de este
AIRE ACONDICIONADO
201.2 Intercambiabilidad. Las palabras usadas en tiempo presente son intercambiablescon las palabras en tiempo futuro; las palabr as en el género mascu lino incluy en el género femenino y neutro; los números en singular incluyen los plurales y viceversa.
201.3 Términos definidos en otros códigos. Cuando se usen términos que no estén definidos en este código pero que están definidos en el Código Internacional de la Edificación (IBC), Código Eléctrico del ICC(ICC EC), Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC), Código Internacional de Instalaciones de Gas Combustible (IFGC) o el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC ), estos términos deben tener el significado que se les da en esos códigos.
201.4 Términos sin definición. Cuando se usen términos que no estén definidos por medio de los métodos autorizados en esta sección, estos términos deben tener el signi ficad o normalmente aceptado para los mismos, tal y como lo implica el contexto. SECCIÓN 202 DEFINICIONES GENERALES
ABERTURA EXTERIOR (OUTDOOR OPENING). Una puerta, ventana, celosía, o claraboya que se puede abrir a la atmósfera exterior
ACCESO (A) [ACCESS (TO) ] Lo que permite que un dispositivo, artefactoo equipo pueda seratend ido por medio de un acceso fácil, o a través de quitar o mover un panel, puerta u obstrucción similar [véase también “Acceso fácil” (Ready access (to)].
ACCESO DIRECTO (A)
[READY ACCESS (TO)] . Aquello que permite un acceso directo a un dispositivo, artefacto, o equipo, sin requerir la remoción de ningún panel, puerta, u obstrucción similar [vea “Acceso (a)” (Access (to)].
ACCESORIOS DE TRANSICIÓN, PLÁSTICO A ACERO (TRANSI TION FITTIN GS, PLASTIC TO STEEL). Un adaptador para unir una tubería rígida plástica a una tubería rígida de acero. El propósito de este accesorio es crear una conexión permanente y estanca a presión entre dos materiales que no se pueden unir directamente.
AGENCIA APROBADA (APPROVED AGENCY) . Una agencia establecida y reconocida aprobada por la autoridad competente, normalmente se ocupa de realizar ensayos y proporcionar servicios de inspección. C Ó D I G O I N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S ME C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
(AIR CONDITI ONING) . El tratamiento del aire para controlar simultáne amente su temperatura, humedad, limpieza, y distribución del aire para cumplir con los requisitos del espacio a acondicionarse.
AIRE AMBIENTAL (ENVIROMENTAL AIR). Aire que se conduce hacia o desde áreas ocupadas a través de conductos que no son parte del sistema de calefacción o aire acond iciona do, como ventilació n para uso hum ano, exctracción de cocinas económicas domésticas en cocinas, extracción de baños y extracción de secadoras de ropa domésticas.
AIRE DE COMBUSTIÓN (COMBUSTION AIR) . Aire necesario para la combustión completa de un combustible, incluyendo la cantidad de aire teórico y el aire en exceso.
AIRE DE EXTRACCIÓN (AIR, EXHAUST). Aire que es eliminado de cualquier espacio, artefacto o pieza de equipo y que se conduce directamente a la atmósfera exterior por medio de aberturas o conductos.
AIRE DE REPOSICIÓN (AIR, MAKEUP ). Aire que se suministra para remplazar aire que fue extraído.
AIREDERETORNO (RETURN AIR). Aire eliminadode un espacio o lugar acondicionado aprobado, y que se recircula o descarga.
AIRE DE SUMINISTRO (SUPPLY AIR) . El aire entregado a cad a o cua lqu ier espa cio servi do por el sis tem a de distribución de aire, o el total de aire entregado a todos los espacios servidos por el sistema de distribución de aire, para efectos de ventilar, calentar, enfriar, humidificar, deshumidificar, u otros propósitos afines.
AIRE DE VENTILACIÓN (VENTILATION AIR). La parte del aire de suministro que viene del exterior, más todo aire recirculado que ha sido tratado para mantener la calidad deseada dentro de un espacio dado.
AIRE EN EXCESO (EXCESS AIR) . La cantidad de aire provista adicionalmente al aire teórico para alcanzar la combustión completa de un combustible, y que impide la formación de productos nocivos de combustión.
AIRE EXTERIOR (OUTDOOR AIR). Aire tomado desde el exterior, y que por lo tanto no ha sido previamente recirculado por el sistema.
AIRE RECIRCULADO (RECIRCULATED AIR) . Aire eliminado de un espacio acondicionado y que se reutiliza como aire de suministro.
AIRE TEÓRICO (THEORETIC AL AIR) . La cantidad exacta de aire requerida para suministrar oxígeno para lograr 9
DEFINICIONES
una combustión completa de una cantidad dada de un combustible específico.
APROBADO (APPROVED). Aceptable para la autoridad competente u otra autoridad que tenga jurisdicción.
ÁREA NETA DE PISO (FLOOR AREA, NET). El área real ocupada, sin incluir áreas accesorias desocupadas o espesores de muros.
ARTEFACTO (APPLIANCE) . Un dispositivo o aparato fabricado y diseñado para utilizar energía, y para el cual este código tiene requisitos específicos.
(APPLIANCE, ARTEFACTO CON VENTILACIÓN VENTED). Un artefacto diseñado e instalado de forma tal que todos los productos de combustión son llevados directamente desde el artefacto a la atmósfera exterior por medio de una chimenea aprobada o un sistema de ventilación aprobado.
ARTEFACTO DE COCINA (COOKING APPLIANCE) . Vea “Artefactos de cocina comercial” (Commercial cooking appliances).
ARTEFACTO DE COMBUSTIÓN CERRADA DE SÓLIDOS (CLOSED COMBUSTION SOLID-FUELBU RN IN G AP PL IA NC E) . Un artefacto generador de calor que utiliza una cámara de combustión que no tenga aberturas excepto el collar del conducto de humo, la puerta de carga de combustible, o aberturas ajustables para controlar la cantidad de aire de combustión que ingresa a la cámara de combustión.
ARTEFACTO DE COMBUSTIÓN DE PELETAS (PELLET FUEL-BURNING APPLIANCE) . Un artefacto de combustión cerrada y con ventilación equipado con un mecanismo de alimentación de combustible para quemar peletas procesadas de combustible sólido de un tamaño y composición especificados ARTEFACTO ELÉCTRICO DE CALEFACCIÓN
(ELECTRIC HEATING APPLIANCE). Un artefacto que produce calor para crear un ambiente templado por medio del suministro de energía eléctrica a elementos resistores, refrigerantes, compresores, o empalmes de materiales disímiles.
ARTEFACTO EXISTENTE (APPLIANCE, EXISTING). Cualquiera de los artefactos regulados por este código instalado legalmente antes de la entrada en vigencia de este código, o para el que se ha emitido un permiso para instalarlo.
ARTEFACTO GENERADOR DE HIDRÓGENO
(HYDROGEN GENERATING APPLIANCE). Un paquete autoco ntenid o o paquet es ensambla dos en fábri ca de sistemas integrados para la generación de hidrógeno gaseoso. Los artefactos de generación de hidrógeno usan electrólisis, refor mac ión, quím icos u otros procesos para gener ar hidrógeno.
ARTEFACTO PARA COCINAR DE USO LIGERO (LIGHT-DUTY COOKING APPLIANCE ) . Los artefactos para cocinar de uso ligero abarcan hornos eléctricos y de gas (incluyendo hornos corrientes, de panadería, tostadores, giratorios, de convección, de combinación convección/vaporizador, de faja transportadora, para pizza, y para pastelería), marmitas de vapor eléctricas o de gas o, vaporeras eléctricas o de gas, y derretidores de queso eléctricos y de gas. 10
ARTEFACTO PARA COCINAR DE USO MEDIO
(MEDIUM-DUTY COOKING APPLIANCE). Los artefactos para cocinar de uso medio incluyen cocinas eléctricas con elementos discretos (con o sin horno), cocinas eléctricas y de gas con quemadores superiores, parrillas eléctricas y de gas, parrillas dobles eléctricas y de gas, freidores eléctricos y de gas (incluyendo freidores de donas, freidores de pailas, y freidores a presión), cocinas eléctricas y de gas para pasta, fajas móviles eléctr icas y de gas para pizza, cacerolas reclinables eléctricas y de gas, y spiedos eléctricos y de gas.
ARTEFACTO PARA COCINAR DE USO MUY PESADO (EXT RA-H EA VY -DUT Y COO KING APPLIANCE). Losartef actos para cocinar de uso muy pesado abarcan artefactos de combustibles sólidos como madera, carbón, aglomeradosde carbón, y mezquitecomo única fuente de calor para cocción o como parte de la misma.
ARTEFACTO PARA COCINAR DE USO PESADO
(HEAVY DUTY COOKING APPLIANCE). Los artefactos de cocina de uso pesado abarcan asadores eléctricos con el calor por debajo, asadores eléc tric os de faja transportadora, asadores de gas con el calor por debajo, asadores de gas de faja transportadora, cocinas económicas de gas de quemador abierto (con y sin horno), cocinas económicas eléctricas y de gas para saltear, asadores eléctricos y de gas con el calor por encima, y salamandras.
ARTEFACTO PORTÁTIL DE CELDAS COMBUSTIBLES (PORTABLE FUEL CELL APPLIANCE) . Un generador de electricidad de celdas combustibles que no está fijo en un lugar . Un artefacto portátil de celdas combustibles utiliza una conexión de cable y enchufe a una carga de red aislada y tiene un suministro integral de combustible.
AR TE F AC TO S DE
COC INA
COM ERC IAL
(COMMERCIAL COOKING APPLIANCES). Los artefactos usados en un establecimiento comercial de servicio de comidas para calentar o cocinar comida, y que producen vapores de grasa, vapor de agua, humos, y olores que deben ser eliminados por medio de un sistema de ventilación de extracción local. Tales artefactos incluyen freidores, parrillas, planchas, marmitas de vapor, estufas, hornos, asadores, spiedo, y artefactos similares. Para los propósitos de esta definición, un establecimientode servicio de comidas debe incluir toda edificación, o una parte de la misma, usada para la preparación y distribución de comida.
ARTEFACTOS DE VENTILACIÓN DIRECTA
(DIRECT -VENT APP LIANCES) . Artefactos que se construyen e instalan de forma tal que todo el aire de combustión se toma de la atmósfera exterior, y todos los gases de la combustión se descargan a la atmósfera exterior.
AUTORIDAD COMPETENTE (CODE OFFICIAL). El funcionario u otra autorid ad designada, encargada de la administración y el cumplimiento de este código, o su representante debidamente autorizado.
BAÑO (BATHROOM). Un cuarto que contenga una bañera, regadera, spa o un artefacto de baño similar.
BOCA DE SALIDA (OUTLET). Una conexión roscada o brida atornillada en un sistema de tubería a la que se conecta un artefacto de combustión de gas. C Ó D I G OI N T E R N A C I ON A L D E I N S T A L A C I ON E S M E C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
DEFINICIONES
BOMBA DE CALOR (HEAT PUMP) . Un sistema de refrigeración que extrae calor de una sustancia y lo transfiere a otra porción de la misma sustancia, o a otra sustancia a una mayor temperatura, para un propósito útil.
Btu. Abreviatura para “unidad térmica Británica”, que es la cantidad de calor requerida para elevarla temperatura de 1 libra (454 g) de agua en 1°F (0.56 °C) (1 Btu = 1055 J).
CALDERA (BOILER) . Un artefacto cerrado calefactor proyectado suministrar agua calienteo opotencia. vapor para de calefacción para de espacios, procesamiento, Lasusos calderas de baja presión operan a presiones menores o iguales a 15 libras por pulgada cuadrada (psi) (103 kPa) para vapor, y 160 psi (1103 kPa) para agua. Las calderas de alta presión operan a presiones mayores.
CALDERA AUTOMÁTICA (AUTOMATIC BOILER) . Toda clase de caldera equipada con los controles y dispositivos limitadores especificados en el Capítulo 10.
CALDERA DE BAJA PRESIÓN PARA CALEFACCIÓN POR AGUA CALIENTE (LOW-PRESSURE HOT WATER-HEATING BOILER). Una caldera que provee agua caliente a presiones no mayores que 160 psi (1103 kPa), y a temperaturas no mayores que 250°F (121 C).
CALDERA DE BAJA PRESIÓN PARA CALEFACCIÓN POR VAPOR (LOW-PRESSURE STEAM-HEATING BOILE R) Una caldera que genera vapor a presiones no mayores que 15 psig (103 kPa).
CALDERA MODULAR (MODULAR BOILER). Un con-
junto para calefacción, por vapor o agua caliente, consistente en un grupo de calderas individuales llamadas módulos proyectadas para ser instaladas como una sola unidad y sin que medien válvulas de cierre. Los módulos están bajo una camisa o están individualm ente encamisadas. Los módulos individuales deben limitarse a una capacidad máxima de entrada de 400,000 Btu/h (117 228 W) para gas, 3 galones por hora (gph) (11.4 L/h) para aceite, ó 115 kW (para electricidad).
CALDERA PARA CALEFACCIÓN POR VAPOR (STEAM-HEATING BOILER). Una caldera que funciona a una presión no superior a 15 psi (103 kPa) para vapor.
CALEFACCIÓN DE PANEL RADIANTE (PANEL HEATING). Un método de calefacción radiante de un espacio en el que el calor se suministra por áreas grandes calentadas de las superficies del cuarto. El elemento calefactor normalmente consiste en tubería con agua templada, conduc tos de aire templado, o elementos de resistencia eléctrica empotrados o colocados detrás de superficies de cielorrasos, muros o pisos. CALEFACTOR (FURNACE). Una unidad de calefacción completamente autocontenida diseñada para suministrar aire caliente a espacios alejados o adyacentes a la localización del artefacto.
CALEFACTOR DE CONDUCTO (DUCT FURNACE). Un calefactor de aire normalmente instalado en un conducto de distr ibución de aire para suministra r aire caliente para calefacción. Esta definición debe aplicarse sólo para un artefacto calefactor de aire que, para efectuar la circulación de aire, depende de un ventilador queno es parte integral delcalef actor. C Ó D I G O I N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S ME C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
CALEFACTOR DE CUARTO CON VENTILACIÓN
(ROOM HEATER VENTED). Una unidad de calefacción no empotrada, que quema un sólido o líquido, para calefacción directa del espacio en el que está colocado, y de espacios adyacentes.
CALEFACTOR DE PISO (FLOOR FURNACE). Un calefactor completamente autocontenido suspendido del piso del espacio a calefaccionar, que toma aire de combustión desde fuera de dicho espacio, y que tiene medios para verificar la presencia de llama y encender el artefacto desde dicho espacio. CALEFACTOR RADIANTE (RADIANT HEATER) . Un calefactordiseñado para transferir calorpor radiación directa.
CALEFACTOR UNITARIO (UNIT HEATER) . Un artefacto autocontenido con ventilador, diseñado para entregar aire templado directamente al espacio en el que está ubicado.
CALENTADOR DE AGUA (WATER HEATER) . Todo artefacto o equipo de calentamiento que caliente agua potable y entregue dicha agua al sistema de distribución de agua potable caliente.
CÁMA RA DE COMB USTI ÓN (COMBUSTION CHAMBER). La parte de un artefacto en la que ocurre la combustión
CAMPANA (HOOD). Un dispositivo de toma de aire usado para capturar por atrapamiento, choque, adhesión u otros medios similares, la grasa y contaminantes similares antes de que entren al sistema de conductos.
(Type I).con Unagrasa campana de cocina para recoger y reTipo moverI vapores y humo.
Tipo II (Type II) . Una campana general de cocina para recoger y remover vapor de agua, otros vapores, calor y olores.
CAMPANAS COMPENSADORAS (COMPENSATING HOODS). Las campanas compensadoras son aquellas que tie nen un sum inis tro inte gra l (em potr ado) de aire de reposición. El aire de reposición de tales campanas se obtiene generalmente de: aire inyectado desde adentro de la misma campana, una cortina de aire proveniente de la parte inferior de la cara frontal, y aire descargado frontalmente desde el panel frontal exterior de la campana. El gasto compensador de aire de reposición también puede provenir de las partes trasera o lateral de la campana, o de las partes traseras, frontales o laterales del equipo de cocción. El aire de reposición puede ser de uno o varios de estos métodos.
C AM PAN AS
DE
C OC IN A
CO M E RC I AL
(COMMERCIAL KITCHEN HOODS)
Campana baja (Pass-over hood) Es una campana trasera no empotrada, construida lo suficientementebaja para pasar comida por encima de su parte superior.
Campana de doble isla (Doubleislandcanopyhood) . Una campana de doble isla se coloca sobre artefactos o filas de artefactos que están espalda con espalda. Está abierta en sus cuatro costados, y sobresale por los frentes y lados del(de los) artefacto(s). Puede tener un panel divisor en la línea central entre los artefactos (El hecho de que se tome el aire de extracción de ambos lados de la campana causa que esta campana se parezca a una campana de muro, y por tanto 11
DEFINICIONES
funciona con o sin un panel divisor en la línea central entre los artefactos).
utilizar el sistema empleado por la organización certificadora para identificar un producto certificado.
Campana de isla única (Single island canopy hood) . Una
CERRAMIENTO DE RECINTO (SHAFT ENCLOSURE).
campana de isla única se coloca sobre un artefacto o sobre una fila de artefactos. Está abierta en todos sus lados por sus cuatrocosta dos y sobresalepor lasparte s frontal, posterior y laterales del(de los) artefacto(s). Una campana de isla simple es más susceptible a corrientes cruzadas y requiere un gasto de aire de extracción mayor comparada con una campana de muro de un tam año similar para poder capturar y contener el efluente generado por la(s) operación(es) de cocción.
Losmuro s o construcción queforma n loslímit esde un recinto.
Campana de muro (Wall canopy hood). Una campana de
Chimenea de metal (Metal chimney). Una chimenea de
murose monta en un muro por encimade un artefacto o una fila de artefactos, o puede no estar empotrada pero con un panel trasero desde la parte posterior de los artefactos hasta la campana. Esta campana sobresale sobre los artefactos en el frente y los lados. El muro funciona comoun panel trasero, causa que el aire de reposición haga un barrido a través del frente de los equipos de cocina, y hace que aumente la eficiencia de la campana para capturar y contener el efluente generado por la(s) operación(es) de cocción.
metal construida en el sitio.
Campana de tipo ceja (Eyebrow hood). Una campana de
CHIMENEA (CHIMNEY). Una estructura primordialmente vertical que contenga uno o más conductos de humo, con el propósito de transportar productos gaseosos de combustión y aire desde un artefacto de combustión hasta la atmósfera exterior.
Chimenea de mampostería (Masonry chimney). Una chimenea construida en el sitio, compuesta de unidades macizas de mampostería, ladrillos, piedras u hormigón.
Chimenea prefabricada (Factory built chimney). Una chimenea certificada y sellada, compuesta de componentes hechos en fábrica, y ensamblada en obra de acuerdo con las instrucciones del fabricante y las condiciones de su certificación.
CLASIFICACIÓN DE CAPACIDAD DE REFRIGERACIÓN (REFRIGERATION CAPACITY RATING) . Expresada como 1 caballo de potencia (0.75 kW), 1 ton ó 12,000 Btu/h (3.5 kW) deben significar la misma cantidad .
CL AS IF IC AC IÓ N
DE
IN FL AM AB IL ID AD
tipo ceja se monta directamente sobre la cara frontal del artefacto, tal y como en hornos y lavadoras de platos, encima de la(s) abertura(s) o puerta(s) por donde se despi-
(FLAMMABILITY CLASSIFICATION). Los refrigerantes deben asignarse a una de las tres clases – 1, 2 ó 3 – de acuerdo
den los efluentes, y se extiende ligeramente a ambos lados para asegurar la captura de dichos efluentes.
con Para las Clases 2 yproductos 3, el calor de de combustión debeASHRAE calcularse34. suponiendo que los combustión están en estado gaseoso y en su estado más estable.
Campana trasera (Backshelf hood). Una campana trasera se conoce también como una campana de baja proximidad, o como una campana de muro si está montada sobre muro. Su labio frontal inferior se acerca al (a los) artefacto(s) y está "retirado" respecto de la parte frontal del (de los) artefacto(s). Está siempre próxima a la parte posterior del artefacto por medio de un panel si no está empotrada, o por medio de un panel o muro si está montada sobre el muro, y su altura sobre la superficie de cocción varía. (Este estilo de campana puede construirse con paneles laterales parciales para aumentar su efectividad para capturar el efluente generado por la operación de cocción).
CERTIFICADO (LISTED). Equipos, artefactos, o materi-
Clase 1 (Class 1) . Refrigerantes que no muestran propagación de llama cuando se prueban en aire a 14.7 psia (101 kPa) y 70°F (21°C).
Clase 2 (Class 2) . Refrigerantes con un límite inferior de inflamabilidad (LFL) de más de 0.00625 libras por pie cúbico (0.10 kg/ m 3) a 70°F (21 C) y 14.7 psia (101 kPa), y con un calor de combustión de menos de 8.174 Btu/lb (19 000 kJ/kg).
Clase 3 (Class 3) . Refrigerantes que son altamente inflamables, con un LFLigual o menor a 0.00625 libras por pie cúbico (0.10 kg/ m3 ) a 70°F (21°C) y 14.7 psia (101 kPa), o con un calor de combustión mayor o igual a 8.174 Btu/lb (19 000 kJ/kg).
ales incluidos en una lista publicada por un laboratorio de ensayos reconocido nacionalmente, una agencia de inspección, u otra organización involucrada en la evaluación de
CL AS IF IC AC IO NE S DE SE GU RI DA D DE REFRIGERANTES (REFR IGE RAN T SAFE TY CLASSIFICATIONS). Grupos que indica n las clases de
productos, que efectúen inspecciones periódicas de la producción de los equipos, artefactos, o materiales certificados, y cuya certificación establece ya sea que el equipo, artefacto, o material cumple con estándares reconocidos nacionalmente o bien que ha sido sometido a ensayos y se ha determinado que es adecuado para ser usado de una manera específica. No todos los laboratorios de ensayos, agencias de inspección, u otras organizaciones involucradas en la evaluación de productos, usan los mismos medios para identificar como certificados los equipos, artefactos, o materiales. Algunos no reconocen equipos, artefactos, o materiales como certificados, a menos que también estén sellados. La autoridad con jurisdicción debe
toxicidad e inflamabilidad de acuerdo con la Sección 1103.1. Los grupos de clasificación seindi can con una letra (Ao B)que indicala clase de toxicidad, seguida deun número(1, 2 ó 3)que indica la clase de inflamabilidad. Las mezclas de refrigerantes se clasifican de forma similar, basadas en las composiciones en los peores casos de fraccionamiento, determinadas separadamente según su toxicidad y su inflamabilidad. En algunos casos, el peor caso de fraccionamiento es la formulación srcinal.
12
Inflamabilidad (Flammability). La Clase 1 indica refrigerantes que no muestran propagación de llama en el aire C Ó D I G OI N T E R N A C I ON A L D E I N S T A L A C I ON E S M E C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
DEFINICIONES
cuando se ensayan por métodos prescritos en condiciones especificadas. Las Clases 2 y 3 son para refrigerantes con “menor inflamabilidad” y “mayor inflamabilidad” respectivamente; la diferencia depende del LFL y el calor de combustión.
Toxicidad (Toxicity). Las Clases A y B son para refrigerantes con “menor toxicidad” y “mayor toxicidad” respectivamente, basadas en medidas prescritas de toxicidad crónica (a largo plazo y exposiciones repetidas).
CONDENSADOS (CONDENSATE) . El líquido que se condensa a partir de un gas (incluyendo gases de conductos de humo) debido a una disminución de su temperatura.
CONDUCTO (DUCT). Un tubo o tubería utilizado para conducir aire. Los pasajes de aire de sistemas autocontenidos no se consideran como conductos de aire.
CONDUCTO DE HUMO (FLUE). Un conducto dentro de una chimenea o respiradero a través del cual pasan los productos gaseosos de combustión.
C L AS I FI C A CI Ó N D E S I ST EM A D E R EFRIGERACIÓN (REFRI GER A TION SYSTE M CLASSIFICATION) . Los sist emas de refrige ración se
CO NE CT OR DE CH IM EN EA (CHIMNEY CONNECTOR). Una tubería rígida que conecta un artefacto de combustión a una chimenea.
clasifican de acuerdo con el grado de probabilidad de que una fuga de refrigerante, proveniente de una falla en una conexión, sello o componente, entre en un área ocupada. La diferenciación se basa en el diseño básico o en la ubicación de componentes.
CO NE CT OR DE RE SP IR AD ER O (VENT CONNECTOR). La tubería rígida que conecta un artefacto aprobado de combustión a un respiradero.
(TOXICITY CLASIFICACIÓN DE TOXICIDAD CLASSIFICATION). Los refrigerantes deben clasificarse por toxicidaden unade lasdos clasesestab lecidas en ASHRAE34:
Clase A (Class A). Refrigerantes cuya toxicidad no ha sido
CONEXIÓN DE CONDUCTO DE HUMO (HUMERO) [FLUE CONNECTION (BREECHING)]. Un pasadizo para conducir los productos de combustión de un artefacto de combustión a su respi rader o o chimenea [V ea también “Conector de chimenea” (Chimney connector) y “Conector de respiradero” (Vent connector)].
identificada a concentraciones iguales o menores que 400 partes por millón (ppm), basada en datos usados para determinar el Promedio de Concentración Mínima Límite Ponderado en el Tiempo (TLV-TWA) o índices consistentes.
CONJUNT O COMBUSTIB LE (COMBUSTIBLE ASSEMBLY). Todo muro, piso, cielorraso u otro conjunto construido de uno o más materiales componentes que no sean definidos como no combustibles.
B) . Refrigerantes que dan evidencia Clastoxicidad e B (Clas de a sconcentraciones menores que 400 ppm, basada en datos usados para determinar el TLV-TWA o índices consistentes.
C T Iconjunto V E A S Sno EM B LY ( R E que D U Cesté ED CLEARANCE) Todo combustible CIDO) [ P R O].T E sellado o construido de acuerdo con la Tabla 308.6 y esté ubicado entre materiales o conjuntos combustibles y artefactos, dispositivos, o equipos mecánicos, con el fin de reducir los espacios libres requeridos de aire. Los conjuntos protectores fijados directamente a un conjunto combustible no deben considerarse como parte del conjunto combustible.
CÓDIGO (CODE) . Estos regla ment os, subse cuente s enmiendas o cualquier regla o reglamento de urgencia que la autoridad administrativa que tenga jurisdicción haya adoptado legalmente.
COLECTOR (DRIP). El contenedor colocado en un punto bajo de un sistema de tuberías para recoger el condensado, y del cual se puede eliminar el condensado.
COMBUSTIBLE SÓLIDO (PARA COCCIÓN) [SOLID FUEL (COOKING APPLICATIONS)] . Válido solo para operaciones de cocción comercial, un combustible sólido es todo materialtal como leña, mezquite,carbó n, o aglomerado de carbón que se quema para producir calor para cocinar.
COMBUSTIÓN (COMBUSTION). En el contexto de este código, se refiere a la oxidación rápida de un combustible acompañada con la producción de calor, o de calor y luz.
COMPRESOR (COMPRESSOR). Una máquina específica, con o sin accesorios, para comprimir gas.
COMPRESOR DE DESPLAZAMIENTO POSITIVO
(COMPRE SSOR, POSITIVE DISPLACE MENT) . Un compresor en el que el aumento de presión se logra cambiando el volumen interno de la cámara de compresión.
CONJUNTO PROTECTOR (ESPACIO LIBRE REDU-
CONSTRUCCIÓN EXCEPCIONALMENTE ESTANCA (UNUSUALL Y TIGHT CONSTRUCTI ON). Toda construcción que cumpla con los siguientes requisitos: 1. Los muros expue stos a la atmósfera exterior tienen un retardador de vapor de agua continuo con una clasificación de 1 perm (57 ng/s · m 2 · Pa) o menos, con las aberturas selladas o con empaque; 2. Las ventanas y puertas que se pueden abrir cumplen con los requisitos de fuga de aire del Código Internacional de Conservación de la Energía (IECC), Sección 402.4.2; y 3. Se aplica un sellado o calafateado a todas las áreas tales como juntas alrededor de marcos puertas y ventanas, entre placas de base y pisos, entre juntas de muro a cielorraso, entre paneles de muros, en las perforaciones para instalaciones hidráulicas y sanitarias, eléctricas y de gas, y otras aberturas.
CONTROL(CONTROL). Un dispositivo manual o auto-
CONDENSADOR (CONDENSER). Un intercambiador de
mático diseñado para regular el suministro de gas, aire, agua, o electricidad a un sistema mecánico, o la operación de éste.
calor diseñado para licuar vapor refrigerante por remoción de calor.
positivo que responde a cambios en la presión, temperatura, o
C Ó D I G O I N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S ME C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
CONTROL DE LÍMITES (LIMIT CONTROL) . Un dis13
DEFINICIONES
nivel para encender, apagar, o restringir el suministro de gas a un artefacto.
CUARTO DE CALDERA (BOILER ROOM) . Un cuarto utilizado primordialmente para la instalación de una caldera.
CUARTO DE EQUIPOS/ARTEFACTOS MECÁNICOS (MECHANICAL EQUIPMENT/APPLIANCE ROOM). Un cuarto o espacio que alberga equipos y artefactos mecánicos sin combustión.
CUARTO DE TION MAQUINARIA DE REFRIGERACIÓN. (REFRIGERA MACHINERY ROOM). [vea “Cuarto de Máquinas” (Machinery room)]. CUARTO DE MÁQUINAS (MACHINERY ROOM). Un cuarto que cumple con los requisitos de seguridad prescritos, y en el cual se localizan sistemas o componentes de refrigeración (vea Secciones 1105 y 1106).
CUARTO DEL CALEFACTOR (FURNACE ROOM). Un cuarto usado principalmente para la instalación de artefactos de combustión calefactores de espacio o calefactores de agua, exceptuando calderas. [vea también “Cuarto de Caldera” (Boiler room)].
C U A RT O
O
E S PA C I O
REFRIGERADO
(REFRIGERATED ROOM OR SPACE). Un cuarto o espacio en el que se coloca un evaporador o serpentín de salmuera con el propósito de reducir o controlar la temperatura dentro del cuarto o espacio por debajo de 68°F (20 C).
DESPLAZAMIENTO (RESPIRADERO)
[OFFSET
(VENT)] curvas aprobadas que hacen . Unadecombinación dos cambios dirección, de desalineando una sección de respiradero pero poniéndola en una línea paralela a la otra sección.
DESTINO (OCCUPANCY). El propósito para el cual la edificación, o parte de ésta es utilizada u ocupada.
DISPOSITIVO DE ALIVIO DE PRESIÓN (PRESSURE RELIEF DEVICE). Una válvula accionada a presión o un miembro que se rompe diseñado para aliviar automáticamente la presión excesiva.
DI SP OS IT IV O LI MI TAD OR DE PR ES IÓ N (PRESSURE -LIMITIN G DEVICE) . Un mecanismo que responde a la presión diseñado para detener automáticamente la ope- ración del elemento que ejerce la presión, a un valor predeterminado de la misma.
DISPOSITIVO REGULADOR DE VENTILACIÓN, AUTOMÁTICO (VEN T DA MP ER DE VI CE , AUTOMATIC). Un dispositivo ideado para instalarse en el sistema de ventilación, en la salida de un artefacto automático de combustión diseñado para abrir el sistema de ventilación automáticamente cuando el artefacto esté en operación, y para cerrar el sistema de ventilación automáticamente cuando el artefacto se apague.
DOCUMENTOS
DE
CONSTRUCCIÓN
(CONSTRUCTION DOCUMENTS) . La totalidad de los documentos, escritos, gráficos y pictóricos, preparados o ensam blados para descr ibir el diseño , ubicac ión, y caracterí stica s físic as de los elementos de un proye cto necesarios para obtener un permiso de construcción. Los planos de construcción deben dibujarse a una escala apropiada. 14
EDIFICACIÓN (BUILDING). Cualquier estructura ocupada, proyectada para soportar o albergar cualquier tipo de destino.
ELEVACIÓN DE LA INUNDACIÓN DE DISEÑO
(DESIG N FLOOD ELEVATION) . La elevación de una “inundación de diseño”, incluyendo el alto de las olas, relativa al dato especificado en el mapa de riesgo de inundación designado legalmente por la comunidad.
ENFRIADOR EVAPORATIVO (EVAPORATIVE COOLER). Un dispositivo usado para reducir el calor sensible del aire para enfriar por un proceso de evaporación de agua, en una corriente de aire.
EQUIPO (EQUIPMENT). Toda tubería, conductos, respiraderos, dispositivos de control y otros componentes de sistemas, excepto artefactos, que están permanentemente instalados e integrados para dar control a las condiciones ambientales de edificaciones. Esta definición debe también abarcar otros sistemas que están específicamente regulados en este código.
EQUIPO AUTOCONTENIDO (SELF-CONTAINED EQUIPMENT). Un equipo completo de calefacción, aire acondicionado o refrigeración, hecho y probado en fábrica, instalado como una sola unidad, y que tiene todas las partes necesarias para funcionar incluyendo la potencia motriz dentro de la misma unidad cerrada. EQUIPO EXISTENTE (EQUIPMENT, EXISTING). Todo equipo regulado por este código instalado legalmente antes de la fecha de entrada en vigencia de este código, o para el cual se ha emitido un permiso de instalación.
ESPACIO ACONDICIONADO (CONDITIONED SPACE). Un área, cuarto o espacio que es calentado o enfriado por cualquier equipo o artefacto.
ESPACIOS CONFINADOS (CONFINED SPACES) . Un espacio con un volumen menor a 50 pies cúbicos por 1,000 unidades térmicas Británicas por hora (Btu/h) (4.8 m3/kW ) de capacidad total de entrada de todos los artefactos instalados en dicho espacio.
ESPACIO HABITADO (LIVING SPACE) . Un espacio dentro de una unidad de vivienda que se utiliza para estar, dormir, comer, cocinar, bañarse, lavar, o propósitos de higiene.
ESPACIO LIBRE (CLEARANCE). La distancia mínima de aire medida entre la superficie generadora de calor de un artefacto, dispositivo o equipo mecánico y la superficie de un material o conjunto combustible.
ESPACIO NO CONFINADO (UNCONFINED SPACE) . Un espacio con un volumen no menor de 50 pies cúbicos por 1,000 Btu/h (4.8 m 3/kW) de capacidad de entrada combinada de todos los artefactos instalados en dicho espacio. Se consideran parte del espacio no confinado los cuartos que comuniquen directamente con el espacio que alberga los artefactos a través de aberturas sin puertas.
EVAPORADOR (EVAPORATOR). Aquella parte de un sistema en donde un líquido refrigerante se evapora para producir refrigeración.
ESCUSADO (TOILET ROOM). Un cuarto que alberga un inodoro y, frecuentemente, un lavabo, pero no una tina, ducha, spa, o algún mueble sanitario similar. C Ó D I G OI N T E R N A C I ON A L D E I N S T A L A C I ON E S M E C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
DEFINICIONES
FUENTE DE IGNICIÓN (IGNITIO N SOURC E) . Una llama, chispao superficie caliente capaces de causarla ignición de vapo res o gases inflamables. Tales fuentes abarcan quemadores de artefactos, encendedores de quemadores, y conmutadores eléctricos.
GAS COMBUSTIBLE (FUEL GAS). Un gas natural, o un gas fabricado artificialmente, o un gas licuado de petróleo, o una mezcla de éstos.
GASES DE COMBUSTIÓN (FLUE GASES). Productos de combustión y aire en exceso.
GASÓLEO (FUEL OIL) . Keroseno o cualquier otro hidrocarburo líquido con un punto de ignición no menor que 100°F (38 C).
HOGAR (FIREPLACE). Un conjunto consis tente en un fogón y una cámarade combustión de materialno combustible, y que está equipado con una chimenea, para uso con combustibles sólidos.
Hogar de mampostería (Masonry fireplace). Un hogar construido en obra compuesto de unidades de mampostería maciza, ladrillos, piedras u hormigón.
Hogarprefabricado (Factorybuilt fireplace). Un sistema de hogar y chimenea, certificado y sellado, compuesto de componentes hechos en fábrica, y que es ensamblado en obra de acuerdo con las instrucciones del fabricante y las condiciones de su certificación.
HOGAR TIPO ESTUFA
(FIREPLAC E STOVE) .U n calentador no embutido,conec tado a una chimenea, que quema combustibles sólidos, y que está diseñado para funcionar con las puert as de la cámara de combustión ya sea abier tas o cerradas. (SMOKEÍNDICE DE GENERACIÓN DE HUMO DEVELOPED INDEX). Un valor numérico asignado a un material ensayado de acuerdo con ASTM E 84.
ÍNDICE DE PROPAGACIÓN DE LLAMA (FLAME SPREAD INDEX). El valor numérico asignado a un material sometido a ensayo según ASTM E 84. IN TE RC AM BI AD OR DE CA LO R (HEAT EXCHANGER). Un dispositivo que transfiere calor de un medio a otro. JUNTA ABOCINADA (JOINT, FLARED) . Una junta de compresión de metal a metal en la que se hace un ensanchamiento cónico en el extremo de uno de los tubos, y se comprime por medio de una tuerca acampanada contra otra parte acampanada.
JUNTA BRIDADA (JOINT, FLANGED). Una junta que se obtiene atornillando un par de extremos bridados
JUNTA DE ADHESIVO PLÁSTICO (JOINT, PLASTIC ADHESIVE). Una junta hecha en tubería plástica termoendurecida con el uso de una sustancia adhesiva, la cual forma una unión continua entre las superficies en contacto sin llegar a disolver ninguna de ellas. JUNTA, MECÁNICA (JOINT, MECHANICAL) . Una forma general de junta, estanca al gas, que se obtiene con la unión de partes de metal a través de una construcción mecánica C Ó D I G O I N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S ME C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
de sujeción positiva, tal como juntas bridadas, atornilladas, o acampanadas.
JUNTA MECÁNICA (MECHANICAL JOINT). Una conexión entre tuberías rígidas, accesorios, o tuberías rígidas y accesorios, que no es atornillada, calafateada,, roscada, soldada, con cemento solvente, soldada en fuerte, ni soldada por fusión. También, una junta en la que la compresión se ejerce a lo largo del ejecentr al de laspieza s a unirse. Algunas juntasson parte de un acople, accesorio o adaptador.
JUNTA PLÁSTICA CON CEMENTO SOLVENTE
(JOINT, PLASTIC SOLVENT CEMENT). Una junta hecha en tubería termoplástica obtenida aplicand o un solvente o cemento solvente, el cual forma una unión continua entre las superficies en contacto.
JUNTA PLÁSTICA POR TERMOFUSIÓN (JOINT, PLASTIC-HEAT FUSION). Una junta hecha en tubería termoplástica por el calentamiento suficiente de las partes para permitir la fusión de los materiales cuando hacen contacto bajo presión.
JUNTA SOLDADA (JOINT, SOLDERED) . Una junta estanca al gas que se obtiene al unir partes metálicas con mezclas o aleaciones metálicas que se funden a temperaturas entre 400°F (204 C) y 1,000°F (538 C).
JUNTA SOLDADA EN FUERTE (BRAZED, JOINT). Una junta a prueba de fuga de gas que se obtiene al unir partes metálicas usando mezclas o aleaciones metálicas que se funden a una temperatura superior a 1,000 F(538°C), pero menor que la temperatura de fusión de las partes a soldar.
JUNTA SOLDADA POR FUSIÓN (JOINT, WELDED) . Una junta estan ca al gas obte nida por la unión de partes metálicas en estado fundido.
LADO DE ALTA PRESIÓN (HIGH-SIDE PRESSURE). Lasparte s de un sistema de refrigeración que están sometidasa la presión del condensador.
LADODEBAJAPRESIÓN (LOW-SIDE PRESSURE). Las partes de un sistema de refrigeración sometidas a la presión del evaporador.
LÍMITE EXPLOSIVO INFERIOR (LEL) [ LO WER EXPLOSIVE LIMIT (LEL)]. [Vea “LFL”.] LÍMITE INFERIOR DE INFLAMABILIDAD (LFL) [LOWER FLAMMABILITY LIMIT (LFL)] . La concentración mínima de refrigerante que sea capaz de propagar una llamaa travésde unamezcl a homogéneade refrigerantey aire.
LÍQUIDO DE TRANSFERENCIA DE CALOR (HEAT TRANSFER LIQUID). El líquido de funcionamiento o de almacenamiento de calor en un sistema mecánico, incluyendo agua u otro líquido base, y aditivos a la concentración existente durante las condiciones de operación, que se usa para transferir calor de un lugar a otro. Los refrigerantes no se consideran líquidos de transferencia de calor. LÍQUIDO S COMBUSTI BLES (COMBUSTIBLE LIQUIDS). Todo líquido que tenga un punto de inflamación igual o mayor a 100 F (38°C), y que se clasifica según lo siguiente:
15
DEFINICIONES
Clase II (Class II). Líquidos con puntos de inflamación igual o mayor a 100 F (38°C) y menor a 140 F ( 60°C).
Clase IIIA (Class IIIA). Líquidos con puntos de inflamaciónigualomayora140 F(60°C)ymenora200 F (93°C).
Clase IIIB (Class IIIB). Líquidos con puntos de inflamación igual o mayor a 200 F (93°C).
LÍQUIDO DE TRANSFERENCIA DE CALOR (HEAT TRANSFER LIQUID). El líquido de funcionamiento o de almacenamiento de calor en un sistema mecánico, incluyendo agua u otro líquido base, y aditivos a la concentración existente durante las condiciones de operación, que se usa para transferir calor de un lugar a otro. Los refrigerantes no se consideran líquidos de transferencia de calor.
LÍQUIDOS INFLAMABLES (FLAMMABLE LIQUIDS). Todo líquido que tenga un punto de ignición por debajo de 100°F (38 C), y que tenga una presión de vapor que no supere los 40 psia (276 kPa)a 100°F (38 C). Los líquidos inflamables deben clasificarse como líquidos Clase I, y deben tener las siguientes subclasificaciones:
Clase IA (Class 1A). Líquidos con un punto de inflamación por debajo de 73°F (23 C) y un punto de ebullición por debajo de 100°F (38 C).
Clase IB (Class IB). Líquidos con un punto de inflamación por debajo de 73°F (23 C) y un punto de ebullición igual o mayor a 100°F (38 C).
Clase IC (Class IC). Líquidos con un punto de inflamación
igual o mayor a 73°F (23 C) y menor a 100°F (38 C).
LOCALIZACIÓN OCULTA (CONCEALED LOCATION). Una localización que no es accesible sin daño permanente a partes de la estructura de una edificación o superficies acabadas. Los espacios encima, debajo o detrás de paneles o puertas fácilmente removibles no deben ser considerados como ocultos.
LOCALIZ ACIÓN PELIGROSA (HAZARDOUS LOCATION). Toda localización que presente un peligro de fuego debido a vapores o polvos inflamables, fibras combustibles, así como otras sustancias altamente combustibles. La localización no está necesariamente clasificada dentro de los usos de alto peligro en el Código Internacional de la Edificación (IBC). MA TERIAL COMBUSTIB LE (COMBUSTIBLE MATERIAL). Todo material que no esté definido como no combustible.
M AT E R I A L E S
NO
COMBUSTIBLES
(NONCOMB USTIBLE MATERIALS) . Materia les que, cuando se someten a ensayos según ASTM E 136, tienen al menos tres o cuatro especímenes probados que cumplen todos los siguientes criterios: 1. La temperatura regist rada de las termocuplas en la superficie y en el interior no debe en ningún momento durante el ensayo subir más de 54°F (30 C) por encima de la temperatura del calefactor al inicio del ensayo.
2. No debe haber llama en el especímen después de los primeros 30 segundos. 3. Si la pérdida de peso del especímen durante el ensayo supera el 50 por ciento, la temperatura registrada en las termocuplas en la superficie y en el interior no debe en ningún momento durante el ensayo superar la temperatura del aire del calefactor al inicio del ensayo, y no debe haber llama en el especímen.
MODIFICACIÓN (ALTERATION) . Un cambio en un sistema mecánico que involucre una extensión, ampliación, o cambio en la disposición, tipo o propósito de la instalación srcinal.
PELIGRO INMINENTE PARA LA VIDA O LA SALUD (IDLH) (IMMEDIATELY DANG EROU S TO LIFE OR HEALTH). La concentración de contaminantes en el aire que son una amenaza de muerte, ya sea inmediata o de efectos permanentes retrasados nocivos para la salud, o de efectos que puedan impedir el escape de dicho ambiente. Este nivel de concentración del contaminante está establecido en el National Institute of Occupational Safety and Health (NIOSH) basado en toxicidad e inflamabilidad. La concentración se expresa generalmente en partes por millón en volumen (ppm v/v) o en miligramos por metro cúbico (mg/m3).
PISO(STORY). Aquella parte de una edificación comprendida entre la superficie superior de un piso y la superficie superior del piso inmediato superior, excepto que para el piso más alto de una edificación, el piso debe ser aquella parte comprendida entre la superficie superior del piso más alto y el cielorraso de techo arriba.
PLANTA GENERADORA ESTACIONARIA DE CELDAS COMBUSTIBLES (STATIONAR Y FUEL CELL POWER PLANT). Un paquete autocontenido, o un conjunto de paquetes ensamblados de fábrica, que forman un conjunto de sistemas integrados que funcionan automáticamente para generar energía eléctrica útil y energía térmica recuperable, y que está conectado e instalado permanentemente.
MATERIALES ABRASIVOS (ABRASIVE MATERIALS).
PLÁSTICO
Partíc ulas moder adam ente abrasi vas con altas con centraciones, y partículas altamente abrasivas con concentraciones moderadas y altas, tales como alúmina, bauxita, silicato de hierro, arena y escoria.
THERMOSETTING). Un plástico capaz de convertirse en un producto sustancialmente infundible o insoluble cuando se fragua al calor o por medios químicos.
MATERIALES NO ABRASIVOS / ABRASIVOS (N ON AB RA SI VE MA TE RI AL S/ AB RA SI VE M AT E R I A L S ) . Par tícu las no abra siva s en alta s concentr aciones, partícu las moderadamente abrasiv as en concentraciones bajas y moderadas, y partículas altamente abrasivas en concentraciones bajas, tales como alfalfa, asfalto, revoque, yeso y sal. 16
TERMOEND URECIDO
(PLASTIC,
PLÁ STI CO
TE RMO PLÁ STI CO (PLASTIC, THERMOPLASTIC) . Un plá sti co sus cep tib le de ser repetidamente ablandado por aumento de temperatura, y endurecido por disminución de temperatura. PLENO (PLENUM). Unapartecerra da de la estructura de una edificación, excepto los espacios habitables acondicionados, queestá diseñada para permitir el movimiento de aire, y quepor tanto funciona como parte del sistema de distribución de aire. C Ó D I G OI N T E R N A C I ON A L D E I N S T A L A C I ON E S M E C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
DEFINICIONES
PRESIÓN DE TRABAJO DE DISEÑO (DESIGN WORKING PRESSURE). La máxima presión de trabajo admisible para la que se diseña una parte específica de un sistema. PRESIÓN, PRUEBA EN OBRA (PRESSU RE, FIELD TEST). Una prueba realizada en obra para verificar la estanqueidad de un sistema. PRODUCTOS DE COMBUSTIÓN (COMBUSTION PRODUCTS). Los componentes resultantes de la combustión de un combustible con el oxígeno del aire, incluyendo los gases inertes, pero excluyendo el aire en exceso. PRO FES ION AL REG IST RA DO DE DI SEÑ O
(REGISTERED DESIGN PROFESSIONAL). Un individuo que está registrado o tiene licencia para practicar su respectiva profesión de diseño tal y como lo definen los requisitos de las leyes de registro profesional del estado o jurisdicción en el que el proyecto se construirá.
PUNTO DE IGNICIÓN (FLASH POINT). La temperatura mínima, corregida a una presión de 14.7 psia (101 kPa) a la que, la aplicación de una llama de prueba, causa la ignición de los vapores de una parte de la muestra bajo las condiciones especificadas por los procedimientos y aparatos de ensayo. El punto de ignición de un líquido debe determinarse de acuerdo con ASTM D 56, ASTM D 93 o ASTM D 3278.
PURGAR (PURGE). Eliminar aire, agua, u otras sustancias que no corresponden.
QUEMADOR DE CONVERSIÓN (CONVERSION BURNER). Un quemador diseñado para suministrar combustible gaseoso a un artefacto srcinalmente diseñado para usar otro combustible.
RECEPTOR DE LÍQUIDO (RECEIVER, LIQUID). Un recipient e para almacenamiento de refrigera nte líquid o, conectado permanentemente a un sistema de refrigeración por medio de tubería rígida de entrada y salida.
RECINTO (SHAFT). Un espacio cerrado que se extiende a través de uno o más pisos de una edificación, conectando aberturas verticales entre pisos contiguos, o entre pisos y el techo.
RECIPIENTES A PRESIÓN (PRESSURE VESSELS) . Contenedores, tanques o recipientes cerrados que están diseñados para contener líquidos o gases, o ambos, bajo presión.
RECIPIENTES A PRESIÓN—REFRIGERANTES
(PRESSURE VESSELS—RE FRIGERA NT) . Todo recipiente que contenga refrigerante en un sistema de refrigeración. Esto no incluye evaporadores si cada3 sección por separado no supera los 0.5pies cúbicos (0.014 m ) de volumen de contención de refrigerante, sin considerar las dimensiones interiores máximas, serpentines de evaporador, controles, cabezales, bombas y tuberías.
REFRIGERANTES (REFRIGERANT) . Una sustan cia usada para producir refrig vaporización.
eraci ón por su expan sión o
eliminación de gases no condensables, y pasos únicos o múltiplesa travésde dispositivosque reducen la humedad, acidezy partículas tales como filtros secadores de cartucho cambiable. Estos procedimientos normalmente se hacen en obra o en un taller de servicio.
REFRIGERANTES RECUPERADOS (RECOVERED REFRIGERANTS). Refrigerantes eliminados de un sistema en cualquier condición sin ser necesariamente procesados o ensayados. REFRIGERANTES REGENERADOS (RECLAIMED REFRIGERANTS). Refrigerantes a las mismas especificaciones de refrigerantes nuevos, por medios que incluyen destilación. Tales refrigerantes se analizan químicamente para verificar que cumplen con las especificaciones. La regeneración implica normalmente el uso de procesos o procedemientos que solo están disponibles en instalaciones de fabricación o reprocesamiento.
REGULADOR DE TIRO (DAMPER). Un dispositivo controlado manual o automáticamente para regular el tiro o la velocidad del flujo de aire o gases de combustión.
Regulador de tiro de volumen (Volume damper) . Un dispositivo que, una vez instalado, restringe, retarda o direcciona el flujo de aire en un conducto, o losprodu ctos de combustión de un artefacto de calor, o su conector de ventilación, o su chimenea.
REGULADOR DE TIRO DE HUMO (SMOKE DAMPER). Un dispositivo certificado diseñado para resistir el paso de aire y humo. El dis vo puede dedetección acc ionarse automáticamente, controlado porpositi un sistema de humo, y cuando se requiere se puede controlar manualmente desde una estación remota de control.
RE SI ST EN CI A TÉ RM IC A (R ) (THERMAL RESISTANCE)(R). Una medidade la capacidad de retardo del flujo de calor. El valor de R es el recíproco de la conductancia térmica. RESISTENCIA ÚLTIMA (STRENGTH, ULTIMATE). El nivel más alto de esfuerzo que el componente puede tolerar sin rotura.
RESPIRADERO (VENT). Una tubería rígida u otro conducto compuesto de componentes hechos en fábrica, que contiene un paso para conducir productos de combustión y aire a la atmósfera, certificado y sellado para ser usado con un tipo o clase específico de artefacto.
Respiradero de peletas (Pellet vent). Un respiradero certificado y sellado para ser usado con artefactos certificados de combustión de peletas. Respiradero Tipo L (Type L vent) . Un respiradero certificado y sellado para ser usado con lo siguiente: 1. Artefactos de combustión de petróleo que están certificados para ser usados con respiraderos de Tipo L. 2. Artefactos de combustión de gas que están certifi cados para ser usados con respiraderos de Tipo B.
REFRIGERAN TES RECICLADOS (RECYCLED REFRIGERANTS). Refrigerantes a los que se les reduce el
REVESTIMIENTO DE CONDUCTO DE HUMO (REVESTIMIENTO INTERIOR) [FLUE LINER (LINING)] . Un sistema o material usado para formar la
nivel de contaminantes por medio de separación de aceite,
superficie interna de un conducto de humo en una chimenea o
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DEFINICIONES
respira- dero, con el propósito de proteger la estructura circundante de losefect os de losprodu ctos de combustión, y de conducir los productos de combustión sin fugas hasta la atmósfera exterior.
con el propósito de transportar un líquido de transferencia de calor desde y hacia una bomba de calor. Esta definición abarca sistemas cerrados en los que el líquido se recircula, y sistemas abiertosen los que ellíqu ido setomade un pozou otrafue nte.
SALVAGUARDA DE LLAMA (FLAME SAFEGUARD).
SISTEMA DE CONDUCTOS (DUCT SYSTEM). Un con-
Un dispositivo que corta automáticamente la alimentación de combustible a un quemador principal o un grupo de quemadores cuando el medio de ignición de dichos quemadores no funcione, y cuando se apague la llama en el
ducto de humos continuo para la transmisión de aire que, además de los conductos, incluye accesorios, reguladores, plenos, ventiladores, y equipos y artefactos accesorios para manejo de aire.
quemador o grupo de quemadores. SECADORA DE ROPA (CLOTHES DRYER). Un artefacto usado para secar ropa lavada por medio de calor. Las clasificaciones de secadoras de ropa son:
(AIR SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE AIRE DISTRIBUTION SYSTEM ). Todo sistema de conductos, plenos y equipo de manejo de aire que hace que circule el aire dentro de un espacio o espacios, y que incluye sistemas con una o varias unidades manejadoras de aire.
Tipo 1 (Type 1). Un paquete prefabricado, de producción múltiple. Usado primordialmente en ambientes familiares. Normalmente es la más pequeña en tamaño físico y en producción.
Tipo 2 (Type 2). Un paquete hecho en fábrica, de producción múltiple. Usado en el comercio para atender al público. No está diseñada para ser usada en ambientes familiares individuales.
SELLADO (LABELED). Dispositivos, equipos, artefactos o materiales a los que se les ha colocado una etiqueta, sello, símbolo u otra marca identificatoria de un laboratorio de ensayos reconocido nacionalmente, una agencia de inspección, u otra organización involucrada en la evaluación de productos que efectúen inspecciones periódicas de la producción de los asegura mencionados artículos, y arespectivos través de cuyo sello el fabricante cumplir con los estándar es reconocidos nacionalmente.
SISTEMA DE ABSORCIÓN (ABSORPTION SYSTEM). Un sistema de refrigeración en que el refrigerante es presurizado por medio del bombeo de una solución química de refrigerante en un absorbente, y luego es separado con la inye cción de calor en un generador, condensado (para rechazar el calor), expandido, evaporado (para proveer el efecto refrigerante), y reabsorbido en un absorbedor para repetir el ciclo. El sistema puede ser de efecto sencillo o múltiple, y en este último se usan múltiples etapas o calor en cascada para mejorar la eficiencia.
SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO (AIRCONDITIONING SYSTEM). Un sistema que consiste en intercambiadores de calor, ventiladores, filtros, conductos de suministro, extracción y retorno, así como todo aparato instalado asociado. SISTEMA DE CAPTURA EN LA FUENTE (SOURCE CAPTURE SYSTEM) . Un sistema de extracción mecánica diseñado y construido para capturar contaminantes del aire en su fuente, y extraer talescontamina ntes a la atmósferaexterior. SISTEMA DE CARGA LIMITADA (LIMITED CHARGE SYSTEM). Un sistema en el que, con el compresor sin carga, no se llegará a exceder la presión de diseño aún cuando la carga de refrigerante llegue a evaporarse completamente. SISTEMA DE CIRCUITO DE BOMBAS DE CALOR GEOTÉRMICAS (GROUND SOURCE HEAT PUMP LOOP SYST EM). La tubería enterrada en excavaciones horizontales o verticales, o sumergidas en un cuerpo de agua, 18
SISTEMA DE ENFRIAMIENTO EVAPORATIVO
(EVAPORATIVE COOLING SYSTEM). El equipo y artefactos proyectados o instalados con el propósito de enfriar los ambientespor medio de un enfriador evaporativo, desde el cual el aire acondicionado se distribuye al área acondicionada a través de conductos o plenos .
SISTEMA DE EXTRACCIÓN (EXHAUST SYSTEM). Un conjunto de conductos, plenos, accesorios, registros, rejillas y campanas interconectados, a través del cual el aire se conduce desde el espacio o espacios y es expulsado a la atmósfera exterior.
SI ST EM A
DE
EX TR AC CI ÓN
ME CÁ NI CA
(MECHANICAL EXHAUST SYSTEM) . Un sistema para eliminar aire de un cuarto o espacio por medios mecánicos.
SISTEMA DE RECIRCULACIÓN DE COCINA COMERCIAL (COM ME RC IA L CO OK IN G RECIRCULATING SYSTEM). Un sistema autocontenido consistente de una campana de extracción, el equipo de cocina, los filtros, y el sistema de supresión de fuego. El sistema se diseña para capturar los vapores de la cocción y los residuos generados por el equipo comercial de cocina. El sistema elimina contaminantes del aire extraído y recircula el aire al espacio de donde fue tomado.
SISTEMA DE REFRIGERACIÓN (REFRIGERATING SYSTEM). Una combinación de partes interconectadas que contienen refrigerantes, que forman un circuito cerrado en el que el refrigerante circula con el objeto de extraer calor.
SISTEMA DE REFRIGERACIÓN AUTOCONTENIDO
(REFRIGERATION SYSTEM, SELF-CONTAINED). Un sistema completo, hecho y probado en fábrica, que se envía en una o más secciones, y no tiene partes que contienen refrigerante, las cuales se unen en obra sin usar válvulas compañeras o de bloque. SISTEMA DE REFRIGERACIÓN DIRECTA (DIRECT REFRIGERATION SYSTEM) . Un sistema en el que el evaporador o condensador de un sistema de refrigeración está en contacto directo con el aire u otras sustancias a ser enfriadas o calentadas.
SISTEMA DE REFRIGERACIÓN INDIRECTA (INDIRECT REFRIGERATION SYSTEM). Un sistema en que se hace circul ar un refrigerante secundario, que es enfriado o calentado por el sistema de refrigeración, a través del aire u otra sustancia a ser enfriada o calentada. Los sistemas C Ó D I G OI N T E R N A C I ON A L D E I N S T A L A C I ON E S M E C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
DEFINICIONES
indirectos se distinguen porel métodode recirculación como se indica a continuación:
Sistema cerrado (Closed system). Un sistema en el que el fluido secundario es enfriado o calentado por el sistema de refrigeración y luego recirculado en un circuito cerrado con contacto indirecto entre el aire u otra sustancia a serenfr iada o calentada.
Sistema cerrado ventilado (Vented closed system) . Un sistema en el que el medio enfriador secundario es enfriado o calentado por el sistema de refrigeración y luego pasado por un circuito cerrado en el aire u otra sustancia a ser enfriada o calentada, excepto que el evaporador o condensador está colocado en un tanque abierto o adecuadamente ventilado.
Sistema de rociado abierto (Open-spray system) . Un sistema en el que el medio enfriador secundario es enfriado o calentado por el sistema de refrigeración y luego recirculado en contacto directo con el aire u otra sustancia a ser enfriada o calentada.
Sistema indirecto doble de rociado abierto (Doubleindirect open-spray system) . Un sis tema en el que la sustancia secundaria en un sistema indirecto de rociado abierto es calentada o enfriada por una sustancia enfriadora intermedia quese recirculadesde un segundo recinto.
SISTEMA DE TIRO MECÁNICO (MECHANICAL DRAFT SYSTEM) . Un sistema de ventilación diseñado para eliminar gases de combustión o de respiraderos por medios mecánicos, que consiste en una sección de tiro inducido bajo presión estática no positiva o una sección de tiro forzado bajo presión estática positiva. Sistema de ventilación de tiro forzado (Forced-draft venting system). Una sección de un sistema de ventilación que usa un ventilador u otro medio mecánico para eliminar gases de combustión o de respiraderos bajo presión estática positiva.
Sistema de ventilación de tiro inducido (Induced- draft venting system). Una sección de un sistema de ventilación que usa un ventilador u otro medio mecánico para eliminar de gases de combustión o de respiraderos bajo presión estática no positiva.
Sistema de ventilación mecánica (Power venting system). Una sección de un sistema de ventilación que usa un ventilador u otro medio mecánico para eliminar gases de combustión o de respiraderos bajo presión estática positiva.
SISTEMA DE TIRO NATURAL (NATURAL DRAFT SYSTEM). Un sistema de ventilación diseñado para eliminar gases de combustión o de respiraderos bajo pres ión está tica no positiva, usando exclusivamente tiro natural.
SISTEMA DE REFRIGERACIÓN MECÁNICA
SISTEMA DE TUBERÍA DE GASÓLEO (FUEL-OIL PIPING SYSTEM). Un sistema cerrado de tubería queconec ta una fuente de suministro de combustible líquido a un artefacto
refrigerante, querecircula constituyen en el que el refrigerante se conun elcircuito objeto cerrado, de extraer calor, y en el que un compresor se usa para comprimir el vapor refrigerante.
de combustión de petróleo.
(REFRIG ERA TION SYSTEM, MECHANI CAL) . Una combinación de partes interconectadas que contienen
SISTEMA DE REFRIGERACIÓN POR ABSORCIÓN
(REFRIGERATION SYSTEM, ABSORPTION). Un ciclo de refrigeración cerrado, accionado por calor, en el que un fluido secundario (el absorbente) absorbe un fluido principal (el refrigerante) que se ha vaporizado en el evaporador.
Sistema directo (Direct system). Un sistema en el que el evaporador está en contacto directo con el material o espacio refrigerado, o está ubicado en conductos de circulación de aire que comunican con tal espacio.
Sistema indirecto (Indirect system). Un sistema en el que un serpentín de salmuera enfriadora por un refrigerante es circulado al material o espacio refrigerado, o es utilizado para enfriar el aire. Los sistemas indirectos se distinguen por el tipo o método de aplicación.
SISTEMA DE RETORNO DE AIRE
(RETU RN AIR SYSTEM). Un conjunto de conductos, plenos, accesorios, registros y rejillas conectados, a través del cual el aire proveniente del (de los) espacio(s) a calentar o enfriar se conduce de vuelta a la unidad de suministro [vea también “Sistema de suministro de aire”(Supply air system)].
SISTEMA DE SUMINISTRO DE AIRE (SUPPLY AIR SYSTEM). Un conjunto de conductos, plenos, accesorios, registro y rejillas conectados a través del cual el aire, calentado o enfriado, se conduce desde la unidad de suministro al(a los) espacio(s) a calentar o enfriar [vea también “Sistema de retorno de aire” (Return air system)]. C Ó D I G O I N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S ME C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
SISTEMA DE VENTILACIÓN (VENTING SYSTEM). Un paso abierto y continuo desde el collar del conducto de humos de un artefacto hasta la atmósfera exterior, con el propósito de eliminar gases de combustión o de ventilación. Un sistema de ventilación está normalmente compuesto de un respiradero o una chimen ea y un conector de respiradero, si existiera, ensamblados para formar el paso abierto.
SISTEMA DE VENTILACIÓN DE RECUPERACIÓN DE ENERGÍA (ENERGY RECOVERY VENTILATION SYSTEM). Sistemas que emplean intercambiadores de calor de aire a aire para recuperar energía de, o rechazar energía a, aire de extracción con el propósito de precalentar, preenfriar, humidificar o deshumidificar aire de ventilación exterior, antes de suministrar dicho aire a un espacio, ya sea directamente o como parte de un sistema de HVAC.
SISTEMA MECÁNI CO (MECHANIC AL SYSTEM) . Un sistema específic amente cubierto y regulado en este código, y compuesto de componentes, dispositivos, artefactos y equipos. SISTEMAS DE ALTA PROBABILIDAD (HIGHPROBABILITY SYST EMS). Un sistema de refrigeración en el que el diseño básico o la colocación de los componentes sea tal que una fuga de refrigerante en una conex ión, sello o componente defectuoso, llegue a entrara un área clasificada de destino, con la excepción de cuartos de máquinas.
SISTEMAS DE BAJA PROBABILIDAD (LOWPROBABILITY SYST EMS). Un sistema de refrigeración en el que el diseño básico o la colocación de los componentes sea tal que una fuga de refrigerante en una conexión defectuo sa, 19
DEFINICIONES
sello o componente defectuoso, no llegue a entrar a un área clasificada de destino, con la excepción de cuartos de máquinas.
que se encuentra entre el artefacto y la chimenea o terminación de respiradero.
SISTEMAS DE LIMPIEZA EN SECO (DRY CLEANING SYSTEMS). Las plantas o sistemas de lavado en seco se
creada por un respiradero o chimenea debido a su altura y la diferencia de temperatura entre los gases de combustión y la atmósfera.
clasifican como sigue:
Tipo I (Type I) . Aquellos sistemas que usan solventes líquidos inflamables con un punto de ignición por debajo de 100 F (38°C) de Clase I.
Tiro natural (Natural draft) . La diferencia de presión
TLV-TWA (PROMEDIO DE CONCENTRACIÓN MÍNIMA LÍMITE PONDERADO EN EL TIEMPO)
líquidos inflamables con un punto de inflamación igual o mayor a 140°F (60 C) de Clase III.
[ T LV - T WA ( T H R E S H O L D L I M I T VA L U E - T I M E WEIGHTED AVERAGE)] . La concen traci ón promedio ponderada en el tiempo de un refrigerante u otro químico en el aire, paraun día normalde trabajo de 8 horas y una semananormal de trabajo de 40 horas, a la que casi todos los trabajadores se exponen repetidamente, día tras día, sin efectos negativos, según lo establece el American Conference of Government Industrial Hygienists (ACGIH).
Tipos IV y V (Type IV and V) . Aquellos sistemas que usan
TUBERÍA (PIPING). Cuando se useen este código, “tubería”
líquidos solventes no inflamables Clase IV.
se refiere a tubería rígida o semirrígida, o ambos.
Tipo II (Type II). Aquellos sistemas que usan solventes líquidos inflamables con un punto de ignición igual o mayor a 100°F (38 C)y por debajode 140°F ( 60 C)deClaseII.
Tipo III (Type III). Aquellos sistemas que usan solventes
SITIO O LOCAL (PREMISES) . Un lote, porción de
Tubería rígida (Pipe). Un conducto rígido de hierro, acero,
terreno, o parcela, incluyendo cualquier estructura en su interior.
cobre, latón o plástico.
SOLDADURA EN FUERTE (BRAZING). Un proceso de unión metálica donde la fusión se produce por el uso de un metal de aporte no ferroso que tiene un punto de fusión por encimade 1,000°F (538 C), pero menor que el del metal base a ser unido. El metal de aporte se distribuye entre las piezas por atracción capilar.
TAPÓN FUSIBLE (FUSIBLE PLUG). Un dispositivo que alivia presión por acción de un elemento fusible a una temperatura determinada.
TIPO DE ARTEFACTO (APPLIANCE TYPE). Artefacto de alto calor (High-heat appliance) . Todo artefacto cuyos productos de combustión en el punto de entrada a los conductos de humo bajo condiciones normales de operación tienen una temperatura mayor a 2000°F (1093 C).
Artefacto de bajo calor (artefacto residencial) [Lowheat appliance (residential appliance)] . Todo artefacto cuyos productos de combustión en el punto de entrada a los conductos de humo bajo condiciones normales de operación tienen una temperatura igual o menor a 1,000°F (538 C).
Artefacto de mediano calor (Medium-heat appliance). Todo artefacto cuyos productos de combustión en el punto de entrada a los conductos de humo bajo condiciones normales de operación tienen una temperatura mayor a 1,000°F (538 C), pero igual o menor a 2,000°F (1093 C).
TIRO (DRAFT). La diferencia de presión existente entre el
Tubería semirrígida (Tubing). Un conducto semirrígido de cobre, aluminio, plástico o acero.
UNIDAD COMPRESORA (COMPRESSOR UNIT) . Un compresor con su motor primario y sus accesorios.
UNIDAD CONDENSADORA (CONDENS ING UNIT) . Una combinación de máquinas refrigerantes específica para un refrigerante dado, que consiste en uno o varios compresores, condensadores, receptores de líquido (cuando se requieran), y los accesorios usuales.
UNIDAD DE DORMITORIO (SLEEPING UNIT) . Un cuarto o espacio en el cual duermen personas, quepuede incluir pr ov is io ne s pe rm an en te s pa ra vi vi r,co me r, y ya se a instalaciones de cocina e higiene, pero no ambas. Los cuartos o espacios que cumplen las condiciones dadas pero son parte de una unidad de vivienda no son consid erados unidad de dormitorio.
UNIDAD DE MANEJO DE AIRE (AIR-HANDLING UNIT). Un soplador o ventilador usado para distribuir aire a un cuarto, espacio, o área. UNIDAD DE VIVIENDA (DWELLING UNIT). Una unidad única que provee instalaciones completas e independientes para vivir, para una o más personas, incluyendo disposiciones permanentes para estar, dormir, comer, cocinar, e higiene.
(PRESSURE VÁLVULA DE ALIVIO DE PRESIÓN RELIEF VALVE) . Una válvula accionada a presión que se mantiene cerrada por medio de un resorte u otro medio, y diseñada para aliviar automáticamente la presión en exceso de la establecida para el dispositivo.
artefacto o cualquier parte componente del mismo y la atmósfera exterior, que causa un flujo continuo de aire y productos de combustión a través de conductos de gas desde el artefacto a la atmósfera.
VÁLVULA DE APERTURA RÁPIDA (QUICKOPENING VALVE). Una válvula que se abre completamente
Tiro inducido (Induced draft). La diferencia de presión
VÁLVULA DE CIERRE (STOP VALVE). Una válvula de
creada por la acción de un ventilador, eyector o soplador,
cierre para controlar el flujo de líquidos o gases.
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en una acción rápida, ya sea manualmente o controlada automáticamente. Una válvula que requiera un cuarto de vuelta o menos se considera de apertura rápida.
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DEFINICIONES
VÁLVULA DE SEGURIDAD (SAFETY VALVE) . Una válvula que alivia presión en una caldera de vapor al abrir completamente a la presión de descarga especificada. La válvula es de disparo de resorte. VAPORES O GASES INFLAMABLES (FLAMMABLE VAPOR OR FUMES). Mezclas de gases en el aire con una concentración igual o mayor que el LFL, y menor o igual que el límite superior de inflamabilidad (UFL). VENTILACIÓN (VENTILATION). El proceso natural o mecánico de suministrar aire acondicionado o no acondicionado a un espacio, o de sacarlo del mismo. VE NT IL AC IÓ N NA TU RA L (NATURAL VENTILATION). El movimiento de aire hacia o desde un espacio a través de aberturas dispuestas intencionalmente, tal como ventanas y puertas, o a través de ventiladores no motorizados.
VIVIENDA (DWELLING). Una edificación o una parte de la misma que contiene no más de dos unidades de vivienda.
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CAPÍTULO 3
ESTIPULACIONES GENERALES SECCIÓN 301 GENERALIDADES 301.1 Alcance. Las disposiciones de este capítulo deben regular la aprobación e instalación de todo equipo y artefacto que forme parte de un sistema mecánico de edificaciones que esté regulado por este código de acuerdo con la Sección 101.2.
301.2 Uso de la energía. Los sistemas de calefacción, ventilación y aire acondi cionado de toda estruc tura deben ser diseñados e instalados para que hagan un uso eficiente de la energía, de acuerdo con el Código Internacional de Conservación de la Energía (IECC).
301.3 Artefactos y equipos de gas combustible. La aprobación e instalación de tubería de distribución y equipos de gas combustible, artefactos de combustión de gas, y sistemas de evacuación de artefactos de combustión de gas debe sujetarseal Código Internacional de Gas Combustible (IFGC) .
301.4 Certificado y sellado. Todos los artefactos regulados por este códi go debe n estar certificados y sellado s para la aplicación en la que serán instalados y utilizados, a menos que sean aprobados de acuerdo con la Sección 105.
Excepción: La certificación y el sellado de equipo y artefactos usados para refrigeración debe estar de acuerdo con la Sección 1101.2. 301.5 Sellado. El sellado debe estar de acuerdo con los procedimientos establecidos en las Secciones desde 301.5.1 hasta 301.5.2.3.
301.5.1 Ensayos. Una agencia aprobada debe hacer el ensayo sobre una muestra representativa del sistema mecánico y sobre artefactos que se deseen sellar, de acuerdo con normas relevantes. La agencia aprobada debe mantener un registro de todos los ensayos realizados. El registro debe suministrar información suficientemente detallada para verificar el cumplimiento con la norma de prueba.
301.5.2 Inspección e identificación. La agencia aprobada debe inspeccionar periódicamente los sistemas mecánicos y artefactos que se deseen sellar, y tales inspecciones deben darse en la fábrica de ser necesario. La inspección debe verificar que el equipo mecánico sellado, y los artefactos sellados, sean representativos de los equipos mecánicos y artefactos bajo ensayo.
301.5.2.1 Independiente. La agencia que va a ser aprobada debe ser objetiva y competente. Para confirmar su objetividad, la agencia debe revelar todo posible conflicto de interés.
301.5.2.2 Equipo. Una agencia aprobada debe tener el equ ipo ade cua do par a rea liz ar tod os los ens ayo s requeridos. El equipo debe ser calibrado periódicamente.
301.5.2.3 Personal. La agencia aprobada debe emplear personal con experiencia, y preparado para efectuar, supervisar y evaluar pruebas. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
301.6 Información en el sello. Se debe colocar en la fábrica una placa permanente sobre los artefactos. Dicha placa debe mostrar en letras legibles el nombre del fabricante o la marca, el número de modelo, el número de serie, y el sello o marca de la agencia aprobada. Un sello también debe incluir lo siguiente: 1. Equipo y artefactos eléctricos: Clasificación eléctrica en voltios, amperios y fases del motor; identificación de componen tes eléctricos individuales en voltios, amperios o watts, y fases del motor; potencia de salida en (Btu/h) (W); y espacios libres requeridos alrededor del equipo o artefacto. 2. Unida des de absorción: Potencia en (Btu/h) (W), capacidad mínima para unidades con controles por etapas o controles modulantes, tipo de combustible, tipo de refrigerante, capacidad de enfriamiento en (Btu/h) (W), y espacios libres requeridos alrededor. 3. Unidades con combustión: Capacidad en watts (Btu/h) (W), tipo de combustible aprobado para ser usado en el artefacto, y espacios libres requeridos alrededor. 4. Artefactos de calefacción eléctrica de confort: Nombre y marca del fabricante, número de modelo o su equivalente, clasificación eléctrica en voltios, amperios y fases, capacidad de salida en (Btu/h) (W), información individual sobre cada componenteeléctrico en amperios o watts, voltios y fases, espacios libres requeridos de materiales combustibles, y un sello que indique que ha sido aprobado por una agencia aprobada.
301.7 Aspectos eléctricos. El alambrado eléctrico,controles y conexiones a equipos y artefactos regulados por este código deben cumplir con el Código Eléctrico del ICC (ICC EC).
301.8 Conexiones de plomería. Las conexiones a suministros de agua potable y sistemas de drenajes de edificaciones, a equipos y artefactos que sean regulados por este código, deben cumplir con el Código Internacional de Instala ciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC).
301.9 Tipos de combustibles. Los artefactos de combustión de gas deben ser diseñados para usar el tipo de combustible que les será suministrado, y para la elevación sobre el nivel de maral que serán instalados. No se permite convertir artefactos que formen parte de un sistema mecánico de una edificación para usar un combustible diferente, excepto cuando esto sea aprobado y convertido según las instrucciones del fabricante. No se permite aumentar ni reducir la capacidad de entrada de combustible más allá del límite establec ido para la altura en que el artefacto va a instalarse.
301.10 Aisladores de vibración. Cuando se utilicen aisladores de vibración en equipos y artefactos, se deben usar sujetador es suplementarios como medios apropiad os de anclaje. 23
ESTIPULACIONES GENERALES
301.11 Reparaciones. Los materiales o partes defectuosos se deben remplazar o reparar de tal manera que se preserve la aprobación o certificación srcinal.
301.12 Resistencia al viento.
Los equipos, artefacto s o soportes mecánicos que estén expuestos al viento deben ser diseñados e instalados para resistir las presiones de viento calculadas de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC).
[B] 302.3 Cortes, ranuras y agujeros en estructuras de madera. Los cortes, ranuras, y agujeros en miembros de estructuras de madera deben cumplir con lo estipulado desde las Secciones 302.3.1 hasta 302.3.4.
[B] 302.3.1 Ranuras en viguetas.
Las ranuras en los extremos de viguetas americanas no deben sobrepasar un cuarto de la altur a de la vigueta. Las perforaciones en viguetasno deben estar a menos de 2 pulgadas(51 mm) dela parte superior o inferior de las viguetas, y el diámetro de
Para estructuras ubicadas [B] 301.13 en áreas conRiesgo riesgode de inundación. inundación, los sistemas mecánicos, equipos y artefactos, se deben colocar a una altura igual o mayor a la elevación de inundación de diseño.
tales huecos no debe sobrepasar un tercio de la altura de la vigueta.Las ranuras en la parte superior o inferior de viguetas no deben sobrepasar un sexto de la altura de la vigueta, y no deben hacerse en el tercio central de la luz.
Excepción: Se permite que sistemas, equipos y artefactos
[B] 302.3.2 Cortes y ranuras en parantes. En paredes
mecánicos estén ubicados por debajo de la elevación de inundación de diseño, siempre y cuando estos se diseñen e instalen de forma tal que se impidala entrada o acumulación de agua dentro de los componentes, y resistan las fuerzas y esfuerzos hidrostáticos e hidrodinámicos, incluyendo los efectos de flotamiento, mientras ocurre una inundación con una elevación de diseño, de acuerdo con los requisitos de construcción con resistencia a la inundación del Código Internacional de la Edificaci ón (IBC).
[B] 301.13.1 Olas de alta velocidad. En áreas con riesgo de inundación sujetas a olas de alta velocidad, no se permite apoyar los sistemas y equipos mecánicos en paredes hechas para ceder en caso de inundación, ni penetrar dichas paredes.
301.14 Construcción a prueba de roedores. Las edificaciones o estructuras, así como las paredes que conformen cuartos o espacios habitables en donde las personas vivan, duerman o trabajen, o en donde se almacenen, preparen, procesen, sirvan o vendan alimentos, deben construirse para impedir la entrada de roedores, de acuerdo con el Código Internacional de la Edificaci ón (IBC).
301.15 Resistencia sísmica. En aquellos lugares en donde puedan ocurrir cargas sísmicas, de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC) , los soportes de los sistemas mecánicos deben diseñarse e instalarse para resistir dichas fuerzas según dicho código.
SECCIÓN 302 PROTECCIÓN DE LA ESTRUCTURA 302.1 Seguridad estructural. La instalación de un sistema mecánico no debe debilitar una edificación o estructura. Si se hace necesario modificar o remp lazar pisos, parede s, cielorrasos, o cualquier otra parte de una edificación o estructura, como parte del proceso de instalar o reparar un sistema, la edificación o estructura debe quedar en una condición estructural segura, de acuerdo con el Código Internacional de la Edificaci ón (IBC).
302.2 Penetración de conjuntos piso/cielorraso y conjuntos resistentes al fuego. Se deben proteger las penetrac ione s a conj unto s de piso /ci elor ras o, y conj unto s resistentes al fuego, según el Código Internacional de la Edificación (IBC). 24
exteriores y tabiques con carga, se pueden hacer cortes o ranuras en parantes de madera que no sobrepasen un 25 por ciento de la profundidad del parante. Se pueden hacer cortes o ranuras en parantes de no más del 40 por ciento de la profundidad, en tabiques que no lleven más carga que su propio peso.
[B] 302.3.3 Perforaciones. Está permitido perforar huecos con un diámetrono mayor al 40 por ciento de la profundidad de un parante de madera. El hueco no podrá ser mayor al 60 por ciento en particiones sin carga, o en cualquier pared en que todo parante perforado sea doble, siempre y cuando no más se tengan no más de dos parantes dobles contiguos con dicha perforación. En ningún caso se permite que el agujero quede a menos de 0.625 pulgadas (15.9 mm) del borde. No se permite ningún agujero en la misma sección del parante en donde exista un corte o ranura.
[B] 302.3.4 Productos diseñadosde madera. Se prohíbe la presencia de cortes, ranuras y perforaciones en armaduras, madera de construcción compuesta para revestimiento, elementos estructurales laminados encolados, y viguetas I, excepto donde sean permitidos por lasrecom endaciones del fabricante o donde los efectos de tales modificaciones sean considerados específicamente en el diseño del elemento.
[B] 302.4 Modificaciones a armaduras. No se permite cortar, perforar, ranurar, empalmar o modificar de ninguna manera los miembros y componentes de una armadura sin la aprobación escrita de un profesional de diseño registra do. No se permite ninguna modificaciónque resulte en mayores cargas(comopor ejemplo un equipo HVAC o un calentador de agua) a un miembro sin antes verificar que la capacidad soportante de la armadura es adecuada.
[B] 302.5 Cortes, ranuras y agujeros en estructuras de Los cortes , ranuras, y agujeros en miembros de acero. estructuras de acero deben cumplir con lo estipulado desde las Secciones 302.5.1 hasta 302.5.3.
[B] 302.5.1 Cortes, ranuras y agujeros en marcos estructurales de acero. Los cortes, ranuras y perforaciones en miembros de marcos estructurales de acero deben ser como lo indique el profesional registrado de diseño.
[B] 302.5.2 Corte s, ranuras y agujeros en estructuras de acero formadas en frío. No deben hacerse cortes o ranuras en los patines y labios de miembros de estructuras de acero formadas en frío que lleven cargas. Se deben permitir CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
ESTIPULACIONES GENERALES
agujeros en el alma de miembros de estructuras de acero formadas en frío que lleven cargas, siempre y cuando se hagan en la línea central del alma del miembro estructural, y respete las limitaciones dimensionales, espaciamiento entre huecos, o distancia mínim a entre borde de huecos que indique el profesional registrado de diseño. Los cortes, ranuras y agujeros en cubiertas de acero de piso o techo deben ser como lo indique el profesional registrado de diseño.
[B] 302.5.de .3 acero Cortesno , ran uras y agujer os en estruc de paredes estructurales formadas en tur fríoas . No deben hacerse cortes o ranuras en los patines y labios de los parantes de paredes de acero no estructurales formados en frío. Se deben permitir agujeros en el alma de losparan tes de paredes de acero no estructurales formados en frío, siempre y cuando se hagan en la línea central del alma del miembro estructural, y no sean mayores a 1.5 pulgadas (38 mm) de ancho, o 4 pulgadas (102 mm) de largo, y no estén espaciados a menos de 24 pulgadas (610 mm) entre centros de huecos, o a menos de 10 pulgadas (254 mm) del extremo de soporte.
SECCIÓN 303 UBICACIÓN DE EQUIPOS Y ARTEFACTOS 303.1 Generalidades. Losequipo s y artefactos deben ubicarse según lo estipulado en esta sección, en requisitos específicos de otras partes de este código, en las condiciones del equipo, y en
servación de la Energía (IECC), y que tenga un dispositivo aprobado de cierre automático. 303.4 Protección contra daño . Los artefactos no deben instalarseen un lugar en el que estén sujetos a daño mecánico, a menos que estén protegidos con barreras aprobadas.
303.5 Lugares interiores. Los calefactores y calderas de combustión que se instalen en armarios y nichos deben estar certificados para tal instalación. Para los propósitos de esta sección, un armario o nicho se define como un recinto o espacio con un volumen menor a 12 veces el volumen total de artefactos de combustión que no sean calderas, y menor a 16 veces el volumen total de calderas.El volumen del recinto debe calcularse usando el área de piso bruta y la altura real del cielorraso hasta un máximo de 8 pies (2438 mm).
303.6 Lugares exteriores. Los artefactos que sean instalados en un lugar que no sea interior deben estar certificados para instalación exterior.
303.7 Ubicación de fosas. Los artefactos que sean instalados en fosas o excavaciones no deben estar en contacto directo con el suelo. Los lados de la fosa o excavación deben quedar a un mínimo de 12 pulgada s (305 mm) del artef acto. Si la profundidad es mayor que 12 pulgadas (305 mm) por debajo del suelo adyacente, se deben revestir las paredes de la fosa o excavación con hormigón o mampostería. Este revestimiento debe extenderse un mínimo de 4 pulgadas (102 mm) por encima del suelo adyacente, y tener suficiente capacidad de carga lateral para resistir el colapso. El artefacto debe estar protegido contra inundación de una manera aprobada.
la certificación del artefacto.
[B] 303.8 Recinto de ascensor. Los sistemas mecánicos no
colocarse en una localización peligrosa a menos que sea certificado y aprobado para la instalación específica.
deben ser colocados dentro de un recinto de ascensor.
303.3 Lugares prohibidos. Los artefactos de combustión no
SECCIÓN 304 INSTALACIÓN 304.1 Generalidades. Los equipos y artefactos deben ser
303.2 Localizaciones peligrosas. Los artefactos no deben
deben ser coloca dos dentro de ninguno de los siguie ntes cuartos o espacios, ni obtener aire de combustión de los mismos: 1. Cuartos para dormir. 2. Baños. 3. Escusados. 4. Armarios de almacenamiento. 5. Quirófanos.
Excepción: Esta sección no rige para los siguientes artefactos: 1. Artefactos de ventilación directa que obtienen todo el aire de combustión del exterior. 2. Artef actos de combustión de sólidos, siempre y cuando el cuarto no sea un espacio confinado y que el edificio no sea una construcción excepcionalmente estanca. 3. Artefactos instalados en un cerramiento dedicado en el que todo el aire de combustión es tomado directamente del exterior, de acuerdo con la Sección 703. Se debe tener acceso a dicho cerramiento por medio de una puerta maciza, con burletes a prueba de intemperie de acuerdo con los requisitos de pérdidas de aire al exterior del Código Internacional de ConCÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
instalados según los términos de su aprobación, de acuerdo con las condi ciones de su certificación, y de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante, y este código. Las instrucciones de instalación del fabricante deben estar disponibles en el sitio de obra en el momento de inspección.
304.2 Conflictos. En caso de conflicto entre este código y las condiciones de certificación o las instrucciones de instalación del fabricante, las disposiciones de este código deben regir.
Excepción: Si una disposición de este código es menos restrictiva que las condiciones de certificación del equipo o artefacto o las instrucciones de instalación del fabricante, las condiciones de certificación y las instrucciones de instalación del fabricante deben regir.
304.3 Altura de fuente de ignición. Los equipos y artefactos que tengan una fuente de ignición y estén ubicados en localizaciones peligrosas, garajes públicos, garajes privados, talleres automotrices, estaciones de combustible automotriz, y garajes de estacionamiento, deben tener la fuente de ignición a no menos de 18 pulgadas (457 mm) sobre el nivel de piso en donde el equipo o artefacto descanse. Dichos equipos y artefactos no debe instalarse en destinos de uso del Grupo H, o en áreas abiertas en donde se tenga el uso abierto, manejo o 25
ESTIPULACIONES GENERALES
distribuc ión de mater iales combustibles , inflam ables o exp los ivos . Par a el pro pós ito de est a sec ció n deb en considerarse como partes del garaje privado los cuartos o espacios que no sean parte de un espacio habitable de una vivienda, y que comuniq uen directamente con un garaje privado a través de aberturas.
bre especificada. Si el área de diseño y el área libre no son conocidos, se debe suponer que las celosías de madera tienen un 25 por ciento de área libre, y que las rejillas y las celosíasde metal tienen un 75 por ciento de área libre. Las celosías y rejillas deben quedar fijas en la posición abierta.
304.3.1 Garajes de estacionamiento. La conexión de un
[FG] 304.4.2 Ventilación mecánica. Los lugares inte-
garaje de estacionamiento con cualquier cuarto en el cual hay un artefacto de combustión se debe realizar por medio
riores que se usen para la generación y carga de hidrógeno deben estar ventilados de acuerdo con la
de un vestíbulo con un camino de dos puertas de separación, pero se permite una única puerta si las fuentes de ignición del artefacto están elevadas de acuerdo con la Sección 304.3.
Sección 502.16. En dichos lugares, el equipo y artefactos que tengan una fuente de ignición deben estar ubicados de modo que la misma esté debajo de la(s) boca(s) de salida de la ventilación mecánica.
Excepción: Esta sección no debe aplicarse a instala-
[FG] 304.4.3 Instalaciones especialmente diseñadas.
ciones de artefactos que cumplen con la Sección 304.5.
Com o una alt ern ati va a las dis pos ici one s de las Secci one s 304 .4. 1 y 304 .4. 2, se pue de dot ar del suministro necesario de aire para ventilación y dilución de gases inflamables utilizando un sistema calculado según la ingeniería y aprobado.
[FG] 304.4 Operaciones de generación y carga de hidrógeno. Se debe tener ventilación de acuerdo con las
Secciones 304.4.1, 304.4.2 ó 304.4.3 en garajes públicos, garajes privados, garajes de reparación, estaciones de combustible automotriz, y garajes de estacionamientou otras áreasque alberguen artefactos que generen o carguen hidrógeno. Para el propósito de esta sección deben considerarse como partes del garaje privado los cuartos o espacios que no sean parte de un espa cio habi tabl e de una viviend a, y que comuniq uen directamente con un garaje privado a través de aberturas.
[FG] 304.4.1 Ventilación natural. Los lugares interiores dedicados a la generación o carga de hidrógeno deben tener un área de piso limitada a un máximode 850 pies cuadrados (79 m2), y deben comunicar con el exterior, de acuerdo con las Secciones 304.4.1.1 y 304.4.1.2. La capacidad nominal de producción máxima de los artefactos que generan hidrógeno no debe exceder los 4 pies cúbicos estándar por minuto (0.00189 m 3/s) de hidrógeno por cada 250 pies cuadrados (23.2 m2) de área de piso de dichos espacios. El área transversal de las aberturas debe tener un tamaño mínimo de 3 pulgadas (76 mm). Si se usan conductos, estos deben tener un área transversal igual al área libre de las aberturasa las que se conectan. En tales lugares, los equipos y artefactos que tengan fuentes de ignición deben estar ubicados de forma tal que la fuente de ignición no quede dentro de las 12 pulgadas (305 mm) del cielorraso.
públicos, estaciones de combustible automotriz, garajes de repar ación, u otras áreas frecuenta das por vehículos motorizados, deben quedar a una alturamínim a de 8 pies (2438 mm) sobre el piso. Donde sea posible que un vehículo de más de 6 pies (1829 mm) de alto pasen por debajo del artefacto, los artefactos deben ser instalados a un mínimode 2 pies (610 mm) más arriba que el vehículo más alto.
Excepción: Los requisitos de esta sección no deben regir si los artefactos están protegidos del impacto de vehículos automotores, e instalados de acuerdo con la Sección 304.3 y NFPA 30A.
304.6 Garajes privados. Los artefactos ubicados en garajes privados deben quedar instalados a una altura mínima de 6 pies (1829 mm) sobre el nivel de piso.
Excepción: Los requisitos de esta sección no deben regir si los artefactos están protegidos del impacto de vehículos automotores,e instalados de acuerdo conla Sección 304.3.
304.7 Construcción y protección. Los cuartos de calderas y cuartos de calefactoresdeben estar protegidos según lo estipula el Código Internacional de la Edificaci ón (IBC).
[FG] 304.4.1.1 Dos aberturas. Se deben tener dos
304.8 Espacio libre de construcción combustible.
aberturas permanentes dentro del garaje. La abertura superior debe ubicarse enteramente dentro de las 12 pulgadas (305 mm) del cielorraso del garaje. La abertura inferior debe estar ubicada completamente dentro de las 12 pulgadas (305 mm) del piso del garaje. Ambas aberturas deben estar colocadas en el mismo muro exterior. Las aberturas deben comunicar directamente con el exterior y deben tener un área libre mínima de 1/2 pie cuadrado por cada 1,000 pies cúbicos (1 m 2/610m3) de volumen de garaje.
304.9 Espacios libres a partir del suelo. Los equipos y arte-
[FG] 304.4.1.2 Celosías y rejillas. Para calcular el área libre requerida por la Sección 304.4.1, los tamaños requeridos de las aberturas deben basarse en el área libre neta de cada abertura. Si el área libre a través de una celosía es conocida, ésta debe ser usada para calcular el tamaño de abertura requerida para cumplir con el área li26
304.5 Garajes públicos. Los artefactos instalados en garajes
Los equipos y artefactos productores de calor deben ser instalados cumpliendo con la espacio libre de construcción combustible según se especifique en su certificación y en las instrucciones del fabricante. Tales espacios pueden ser reducidos solamente de acuerdo con la Sección 308. Los espacios libres a materiales combustibles debe incluir consideraciones como la apertura de puertas, gavetas, ventanas, per-sianas y cortinas. No se permite usar dispositivos que limiten tales movimientos como medios para asegurar los espacios libres requeridos. factos instalados a nivel del suelo deben quedar apoyados en una losa de concreto nivelada u otro material aprobado que se extienda sobre el nivel del suelo, o quedarcolg ado a un mínimo de 6 pulgadas (152 mm) por encima del suelo.
[B] 304.10 Barandas. Se deben colocar barandas cuando los artefactos, equipos, ventiladores u otros componentes que CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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necesiten reparación y aberturas de techo tipo escotilla deben ubicarse ameno s de 10 pies (3048 mm) del borde de un techo o del lado abierto de una superficie transitable, y si tal borde o lado abierto queda a más de 30 pulgadas (762 mm) de altura sobre el piso, techo o nivel de terreno por debajo. La baranda debe extenderse al menos 30 pulgadas (762 mm) a ambos lados del artefacto, equipo, ventilador, componente y abertura de techo tipo escotilla, y tener una altur a de al menos 42 pulgadas (1067 mm). La baranda debe ser construida de forma que no deje pasar una esfera de 21 pulgadas (533 mm), y debe cumplir con los requisitos de carga de barandas especificada en el Código Internacional de la Edificaci ón (IBC).
304.11 Área servida. Se deben marcar permanentemente las áreas de una edificación a las que da servicio un artefacto, si tales van más allá del área en que el artefacto está instalado. La marca debe hacerse de una manera aprobada que identifique claramente el artefacto y el área a la que da servicio.
TABLA 305.4 SEPARACIONES ENTRE SOPORTES DE TUBERIASa MÁXIMA
MÁXIMA
SEPARACIÓN
SEPARACIÓN
HORIZONTAL
VERTICAL
(pies)
(pies)
MATERIAL DE TUBERÍA Tubería rígida ABS
4
Tubería rígida y tubería semirrígida de aluminio
10
Tubería rígida de latón
mecánicos deben quedar apoyadas de acuerdo con esta sección.
305.2 Materiales.Los colgadores y apoyos de tuberías deben tener suficiente resistencia para resistir todas las condiciones de car ga, tant o está tica s anti cipa das com o diná mic as especificadas, asociadas con el uso que se les va a dar. Los colgaderos y apoyos que estén en contacto directo con la tubería deben ser construidos con materiales aprobados que sean compatibles con la tubería, y que no vayan a promover la acción galvánica.
305.3 Conexión a la estructura. Los colgadores y anclajes
10 6
Tubería semirrígida de latón, 1 1 /2 pulgada y mayor
10
01
10 5
Tubería rígida de cobre o sus 12 b aleaciones
15 10
Tubería semirrígida de cobre 1 o sus aleaciones, 1 /4 y más pequeño
6
Tubería semirrígida de cobre 1 o sus aleaciones, 1 /2 y mayor
10
Tubería rígida o semirrígida de CPVC, 1 pulgada y más pequeño Tubería rígida o semirrígida 1 de CPVC, 1 /4 y mayor Tubería rígida de acero
15
10
Tubería semirrígida de latón, 1 1 /4 pulgada y más pequeño
Tubería rígida de hierro b colado
SECCIÓN 305 APOYOS DE TUBERÍAS 305.1 Generalidades. Todas las tubería s de sistem as
c
10
10
10
4
10
12 8
Tubería rígida de plomo
305.4 Espaciamiento de los soportes. La tubería debe quedar
Tubería rígida o semirrígida de PB
2 /3 (32 pulgadas)
Tubería semirrígida de PEX
2 /3 (32 pulgadas)
En localizaciones ocultas donde una tuber ía, que no sea de hierro colado o acero, quede instaladaa travésde huecosen parantes, viguetas, cabios o miembros similares, a menos de 1.5 pulgadas (38 mm) del borde más cercano del elemento, la tubería debe quedar protegida por medio de placas protectoras. Las placas deben tener un mínimode 0.062 pulgadas (1.6 mm) de espesor, ser de acero, y cubrir el área del tubería rígida que pasa a través del elemento y extenderse un mínimo de 2 pulgadas (51 mm).
SECCIÓN 306 ESPACIO DE ACCESO Y SERVICIO 306.1 Espacios libres para mantenimiento y remplazo. Los espacios libres alrededor de artefactos a elementos permanentes de la construcción, incluyendo otros equipos y artefactos instalados, deben ser suficientes para permitir la inspección, servicio, reparación o remplazo sin tener que remover dichos elementos o sin tener que deshabilitar la función de un conjunto requerido resistente al fuego. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
Tubería rígida de PVC
c
15
Tubería semirrígida de acero
305.5 Protección contra daño físico.
c
3
deben sujetarse a la edificación de una manera aprobada. apoyada a distancias que no superen las separaciones indicadas en la Tabla 305.4, o de acuerdo con MSS SP-69.
10
Continuo
10 4
2
4
2
10
c
4
10
c
Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm, 1 pie = 304.8 mm a. Vea Sección 301.15. b. El máximo espaciamiento horizontal de colgaderos de tubería rígida de hierro colado debe aumentarse a 10 pies si se usan segmentos de tubería rígida de 10 pies. c. Guía a media altura entre pisos.
306.1.1 Calefactores de tipo central. Los calefactores de tipo central ubicados dentro de compartimentos o nichos deben tener un espacio libre de trabajo minímo de 3 pulgadas (76 mm) a ambos lados, en la parte trasera, y arriba, y el ancho total del encierro debe ser al menos 12 pulgadas (305 mm) más ancho que el calefactor. Los calefactores que tengan una cámara de combustión abierta a la atmósfera deben tener al menos 6 pulgadas (152 mm) de 27
ESTIPULACIONES GENERALES
espacio libre frente a dicha cámara. Las aberturas para el aire de combustión en la parte lateral o trasera deben cumplir con los requisitos del Capítulo 7.
Excepción: Esta sección no debe regir para aquellos artefactos que remplazan otros, y que sean instalados en compartimentos y nichos existentes en dond e los espacios libres de trabajo ya dispuestos cumplen con las instrucciones de instalación del fabricante del equipo o artefacto.
306.2 Artefactos dentro de cuartos.
Los cuartos que contengan artefactos que requieran acceso deben tener una puerta. Además deben tener un pasillo de acceso sin obstrucciones con al menos 36 pulgadas (914 mm) de ancho y 80 pulgadas (2032 mm) de altura.
Excepción: Dentro de unidades de vivienda, se debe tener acceso a artefactos instalados en compartimientos, nichos, sótanos o espacios similares por medio de una abertura o puerta y un pasillo de al menos 24 pulgadas (610 mm) de ancho y suficientemente grande como para poder sacar el artefacto más grande existente adentro. Además, se debe tener un espacio nivelado de servicio en el lado frontal o de servicio delartef acto, que con la puerta abierta cuente con al menos 30 pulgadas (762 mm) de profundidad, y del mismo alto que el artefacto pero no menor que 30 pulgadas (762 mm).
306.3 Artefactos dentro de áticos. Todo ático que albergue artefactos que requieran acceso debe tener una abertura y un pasillo sin obstrucciones, ambos suficientemente grandes para permitir sacar el artefacto máslogrande. El pasillo debe ser de al menos 30 pulgadas (762 mm) de alto, y 22 pulgadas (559 mm) de ancho, y no más de 20 pies (6096 mm) de largo medido sobre la línea central del mismoa partirde la abertura de acceso al artefacto. El pasillo debe tener un piso macizo continuo de no menos de 24 pulgadas(610mm)de ancho. En elladofron tal o de servicio del artefacto se debe tener un espacio nivelado de servicio de al menos 30 pulgadas (762 mm) de profundidad y 30 pulgadas (762 mm) de ancho. La abertura de acceso debe tener las dimensiones libres mínimas para sacar el artefacto más grande, pero nunca menos de 20 pulgadas (508 mm) por 30 pulgadas (762 mm).
Excepciones: 1. El pasillo y el espacio nivelado de servicio no son necesarios si se puede dar servicio al artefacto y sacarlo a través de la abertura requerida. 2. Donde el pasillo no tiene obstrucciones y en toda su longitud tiene no menos de 6 pies (1829 mm) de alto y 22 pulgadas de ancho, la longitud de dicho pasillo no debe superar los 50 pies (15 250 mm).
306.3.1 Requisitos eléctricos. Se debe tener una unidad de iluminación controlada por un interruptor ubicado en la abertura requerida del pasillo y una toma de receptáculo junto o cerca de la ubicación del artefacto, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Eléctrico del ICC (ICC EC).
pasillo debe ser de al menos 30 pulgadas (762 mm) de alto y 22 pulgadas (559 mm) de ancho, y no más de 20 pies (6096 mm) de largo medido sobre su línea central a partir de la abertura de acceso al artefacto. En el lado frontal o de servicio del artefacto se debe tener un espacio nivelado de servicio de al menos 30 pulgadas (762 mm) de profundidad y 30 pulgadas (762mm) de ancho. Si la profundidad del pasilloo del espacio de servicio es mayor que 12 pulgadas (305 mm) por debajo del nivel de terreno adyacente se deben revestir los muros del mismo con concreto o mampostería. Este revestimiento debe extenderse un mínimo de 4 pulgadas (102 mm) por encima del nivel de terreno adyacente, y tener suficiente capacidad de carga lateral para resistir el colapso. La abertura de acceso debe tener las dimensiones libres mínimas necesarias para sacar el artefacto másgrande, pero nunca menos de 22 pulgadas (559 mm) por 30 pulgadas (762 mm).
Excepciones: 1. El pasillo no es necesario si se tiene un espacio nivelado de servicio cuando el acceso está abierto y se puede dar servicio al artefacto y sacarlo a través de la abertura requerida. 2. Donde el pasillo no tiene obstrucciones y en toda su longitud tiene no menos de 6 pies (1929 mm) de alto y 22 pulgadas de ancho, dicha longitud no debe ser limitada.
306.4.1 Requisitos eléctricos. Se debe tener una unidad de iluminación controlada por un interruptor ubicado en la abertura requerida del pasillo y una toma de receptáculo junto o cerca de la ubicación del artefacto, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Eléctrico del ICC (ICC EC).
306.5 Equipos y artefactos sobre el techo o en estructuras elevadas. Cuando el equipo y los artefactos que requieran acceso sean instalados sobre el techo o en estructuras elevadas a una altura superior a 16 pies (4877 mm) se debe tener un medio de acceso permanente aprobado que vaya desde el suelo o nivel de piso hasta el espacio nivelado de servicio del equipo y artefactos. Dicho acceso no debe hacer que se tenga que escalar sobre obstáculos de más de 30 pulgadas (762 mm) de alto, o caminar sobre techos inclinados con una pendiente de másde 4 unidades verticales por cada 12 unidades horizontales (pendiente del 33 por ciento). Las escaleras permanentes que se instalen como medio de acceso requerido deben cumplir con los siguientes criterios mínimos de diseño: 1. La baranda debe sobrep asar por encima del parapet o o borde del techo por lo menos 30 pulgadas (762 mm). 2. Las gradas de la escalera no deben estar a más de 14 pulgadas (356 mm) entre centros. 3. Las gradas individuales deben tener una profundidad de al menos 6 pulgadas (152 mm). 4. Las barandas deben tener una separación de al menos 18 pulgadas (457 mm).
306.4 Artefactos debajo de pisos . Los espacios debajo del
5. Las agarraderas deben tener un diámetro mínimode 0.75 pulgadas (19 mm) y ser capaz de soportar una carga de 300 libras (136.1 kg).
pisos que alberguen artefactos que requieran acceso deben tener una abertura de acceso y un pasillo sin obstrucciones lo suficientemente grande para sacar el artefacto más grande. El
6. Las escaleras con más de 30 pies (9144 mm) de alto deben estar provistas con descansos capaz de soportar 100 libras (488.2 kg/m2).
28
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ESTIPULACIONES GENERALES
7. Las escaleras deben estar protegidas contra la corrosión por medios aprobados. Si se usan pasarelaseleva dascomo acceso, estas deben tener un ancho mínimo de 24 pulgadas (610 mm) y deben tener barandas según lo requerido para plataformas de servicio.
Excepción: Esta sección no debe regir para destinos de uso del Grupo R-3.
306.5.1 Techos con pendiente. Si los artefactos, equipos, ventiladores u otros componentes que requieren servicio son instalados sobre un techo con una pendiente igual o mayor que tres unidades verticales por cada 12 unidades horizontales (pendiente del 25 por ciento) y con un borde a más de 30 pulgadas (762 mm) sobre el nivel de terreno bajo dicho borde, se debe instalar una plataforma nivelada a cada lado del artefacto que requiera acceso, ya sea para servicio, reparación o mantenimiento. La plataforma no debe tener menos de 30 pulgadas (762 mm) en ninguna dimensión y debe contar con barandas. Las barandas deben extenderse no menos que 42 pulgadas (1067 mm) sobre la plataforma, deben estar construidas de modo de impedir el pasaje de una esfera de 21 pulgadas (533 mm) de diámetro y deben cumplir con los requisitos de carga para barandas del Código Internacional de la Edificación (IBC).
306.5.2 Requisitos eléctricos. Se debe proveer una tomade receptáculo junto a la ubicación del equipo o cerca de la misma, de acuerdo con el Código Eléctrico del ICC (ICC EC).
SECCIÓN 307 DRENAJE DE CONDENSADOS 307.1 Artefactos de combustión. Todo producto de combustión líquido que emane de artefactos que condensen debe ser recogido y descargado a un mueble sanitario aprobado o un área de descarga aprobada de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. La tubería de condensados debe ser de un material resistente a la corrosión y no debe tener un tamaño menor a la conexión de drenaje del artefacto. Esta tubería debe mantener una pendiente mínima de una unidad vertical por cada 12 unidades horizontales (pendiente del 1 por ciento).
307.2 Evaporadores y serpentines de enfriamiento.
Se deben instalar sistemas de drenaje de condensados en equipos y artef actos que tengan evaporad ores o serp entine s de enfriamiento. Lossiste masde drenaje de condensado deben ser diseñados, construidos e instalados de acuerdo con las Secciones desde 307.2.1 hasta 307.2.4.
307.2.1 Descarga de condensados. Los condensados de todo serpentín de enfriamiento y evaporador deben ser transportados desde la salida de la bandeja de condensados hasta un lugar aprobado de descarga. Los condensados no deben descargarse a la calle, callejón u otras áreas en que causen molestia.
307.2.2 Materiales y tamaños de tubería de drenaje. Los componentes de los sistemas de drenaje de condensados deben ser de tubería rígida o tubería semirrígida de hierro colado, hierro galvanizado, cobre, polietileno de enlace cruzado, polibutileno, polietileno, ABS, CPVC, o PVC. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
Todos los componentes deben serescog idos de acuerdo con la clasificación de presión y temperatura de la instalación. Las líneas de drenaje de condensado deben ser de al menos 3 /4 pulgada (19 mm) de diámetro interno y no deben reducir su tamaño desde la conexión de la bandeja de condensados hasta el punto de descarga. En caso de que unan dos o más líneas de drenaje la tubería rígida o la tubería semirrígida deben dimensionarse de acuerdo con un método aprobado. Todas las secciones horizonta les de tuberías de drenaje deben instalarse uniformemente a una misma pendiente.
307.2.3 Sistemas de drenajes auxiliares y secundarios. Además de los requisitos de la Sección 307.2.1, se debe proveer una bandeja de drenaje auxiliar o un drenaje secundario debajo de todo serpentín de enfriamiento o evaporador o de cada artefacto a combustión que pueda producir condensado, en donde pueda dañarse cualquier componente de la edificación si ocurriera un desborde de la bandeja del equipo o se obstruyera la tubería de drenaje de condensado. Se debe usar uno de los siguientes métodos: 1. Se debe instala r una bandeja de drenaje auxiliar con drenaje propio debajo de los serpentines en donde va a ocurrir la condensación. Esta bandeja auxiliar debe drenar a un punto visible de descarga para alerta a los ocupantes en el caso de una obstrucción del drenaje primario. La bandeja debe tener una profundidad mínimade 1.5 pulgadas (38mm),un tamañoal menos 3 pulgadas (76 mm) mayor que el ancho y largo de la unidad o serpentín, y estar construida de un material resistente a la corrosión. Las bandejas metálicas deben tener un espesor mínimo de 0.0276 pulgadas (0.7 mm). Las bandejas no metálicas deben tener un espesor mínimo de 0.0625 pulgadas (1.6 mm). 2. Se debe conectar una línea apar te de drenaje de desborde a la bandeja de drenaje provista con el equipo. Esta línea debe drenar a un punto de descarga evidente para alertar a los ocupantes en el caso de taponamiento del drenaje primario. La línea de drenaje de desborde se debe conectar a la bandeja de drenaje a un nivel más alto que la conexión del drenaje primario. 3. Se debe proveer una bandeja de drenaje auxili ar sin línea independiente de drenaje debajo de los serpentines en donde va a ocurrir la condensación. Esta bandeja debe estar equipada con un dispositivo de detección del nivel del agua que cumplacon UL508 y que apague el equipo servido antes de que la bandeja se desborde. La bandeja de drenaje auxiliar debe construirse de acuerdo conel punto 1 de esta sección. 4. Se debe proveer un dispositivo de detección del nivel del agua que cumpla con UL 508 y que apague el equipo servido antes de que el drenaje primario se bloquee. Este dispositivo debe instalarse en la línea de drenaje primario, la línea de drenaje de desborde, o en la bandeja de drenaje provista con el equipo, y debeubic arseen un punto más alto que lacone xión de la línea de drenaje primario y debajo de la pestaña de desborde de dicha bandeja. Excepción: Artefactos a combustión que cortan su 29
ESTIPULACIONES GENERALES
operación automáticamente en caso de taponamiento en el sistema de drenaje de condensado.
prohibido obtener espacios libres reducidos por extrapolación por debajo del rango de la tabla.
307.2.3.1 Dispositivos de monitoreo de nivel de agua.
308.7 Artefactos de combustión de sólidos. Los métodos de
En unidades de flujo descendente y en todos los otros serpentines que no tienen un drenaje secundario y no tienen los medios para instalar una bandeja de drenaje auxiliar, se debe instalar un dispositivo de monitoreo de nivel de agua dentro de la bandeja de drenaje primario. Este dispositivo debe apagar el equipo servido cuando el
reducción de espacios libres contenidos en la Tabla 308.6 no deben utilizarse para reducir el espacio libre requerido para artefactos de combustión de sólidos que estén sellados para ser instalados con espacio libr e de (12 pulg adas (305 mm) o menos. Cuando los artefactos estén sellados para ser instalados con espacios libres de más de 12 pulgadas (305 mm), los
drenaje primario queda restringido. No senideben permitir dispositivos instalados externamente dispositivos instalados en la línea de drenaje.
métodos de reducción de espacios libres de la Tabla 308.6 no deben reducir el espacio libre a menos de 12 pulgadas (305 mm).
307.2.4 Trampas. Los drenajes de condensado deben tener
308.8 Chimeneas de mampostería. Los métodos de reduc-
una trampa según lo requiera el fabricante del equipo o artefacto.
SECCIÓN 308 DISMINUCIÓN DE LOS ESPACIOS LIBRES 308.1 Alcance. Esta sección debe regir la disminución de los espacio s libres requerido s a mater iales combustib les y conjuntos combustibles para chimeneas, respiraderos, equipos de extracción de cocinas, artefactos mecánicos, y dispositivos y equipos mecánicos.
308.2 Artefactos y equipos certificados. La reducción de los espacios libres requeridos a materiales combustibl es para artefactos y equipos certificados debe darse de acuerdo con los requisitos de esta sección, con la excepción de que tales espacios libres no deben reducirse cuando sea específicamente prohibido por los términos de la certificación del artefacto o equipo.
308.3 Construcción e instalación de conjuntos protectores. Los conjuntos protectores de espacios libres reducidos, inclu yendo element os de apoyos y estructur ales, deben construirse de materiales no combustibles. Los espaciadores que se utilizan para mantener un espacio de aire entre el conjunto protector y el material o conjunto a protegerse deben ser no combustibles. Cuando se especifique un espacio entre el conjunto protector y un material o conjunto a protegerse, este espacio debe respetarse a todo alrededor del conjunto protector, y los espaciadores deben colocarse de modo que permitan la convección del aire en dicho espacio. Los conjun tos protectores no deben colocarse a menos de 1 pulgada (25 mm) de artefactos mecánicos, dispositivos, o equipos, aún cuando se permita menos.
ción de espacio libre contenidos en la Tabla 308.6 no deben utilizarse para reducir el espacio libre requerido para chimeneas de mampostería, como se indica en el Capítulo 8 y en el Código Internacional de la Edificaci ón (IBC).
308.9 Pasantes de conectores de chimeneas. Los métodos de reducción de espacio libre contenidos en la Tabla 308.6 no deben utilizarse para reducir el espacio libre requerido para pasantes de conectores de chimeneas, como se indica en la Sección 803.10.4.
308.10 Hogares de mampostería. Los métodos de reducción de espacio libre contenidos en la Tabla 308.6 no deben utilizarse para reducir el espacio libre requerido para hogares de mampostería,com o se indica en el Capítulo 8 y en el Código Internacional de la Edificaci ón (IBC).
308.11 Conductos de extracción de cocina. Los métodos de reducción de espacio libre contenidos en la Tabla 308.6 no deben utilizarse para reducir el espacio libre requerido por la Sección 506.3.10 para conductos de extracción de cocinas encerrados en un conducto mecánico.
[B]SECCIÓN 309 CONTROL DE TEMPERATURA [B] 309.1 Sistemas de calefacción de espacios. Los espacios interiores para uso humano deben estar provistos de sistemas de calefacción activos o pasivos capaces de mantener una temperatura interior de 68 F (20 C) en un punto a 3 pies (914 mm) sobre el piso en un día de calefacción de diseño. No se permite instalar calefactores portátiles para cumplir con esta sección.
308.4 Reducción permitida. La disminución de los espacios
Excepción: Espacios interiores cuyo propósito primordial
libres requeridos a materiales o conjuntos combustibles debe basarse en el uso de conjuntos protectores con espacios libres reducidos, de acuerdo con la Sección 308.5 y 308.6.
no está relacionado con el confort humano.
308.5 Conjuntos sellados. La disminución de los espacios libres permitida debe basarse en un conjunto protector con separación reducida aprobada que haya sido probado y porte el sello de una agencia reconocida.
308.6 Tabla de reducciones. La disminución de espacios libres permitida debe basarse en uno de los métodos indicados en la Tabla 308.6. Cuando esta tabla no muestre los espacios libres requeridos, éstos deben determinarse por interpolación linea l entre las distanc ias indicad as en la tabla. Queda 30
[F]SECCIÓN 310 CONTROL DE EXPLOSIONES [F]310.1 Requerido . Las estructuras utilizadas para fines relativos a peligros de explosiones deben tener control de explosiones según lo indique el Código Internacional de Protección Contra Incendios (IFC). Los sistemasde control de explosión deben diseñarse e instalarse de acuerdo con la Sección 911 del Código Internacional de Protección Contra Incendios (IFC). CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
ESTIPULACIONES GENERALES
TABLA 308.6 MÉTODOS DE REDUCCIÓN DE ESPACIOS LIBRES a
ESPACIO LIBRE REDUCIDO CON PROTECCIÓN (pulgadas) Conjuntos combustibles Conjuntos combustibles horizontales ubicados debajo horizontales ubicados encima de la fuente de calor, y todos de la fuente de calor
los conjuntos combustibles verticales
Espacio libre requerido a Espacio libre requerido a materiales combustibles sinmateriales combustibles sin a a protección (pulgadas) protección (pulgadas) a
36 18
TIPO DE CONJUNTO PROTECTOR
Chapa de hierro galvanizado, espesor nominal mínimo de 0.024 pulgadas (Calibre N° 24), montado sobre manta de lana mineral de 1 pulgada reforzado con alambre en la parte de atrás, a 1 pulgada del conjunto combustible
18
Chapa de hierro galvanizado, espesor nominal mínimo de 0.024 pulgadas (Calibre 18 N° 24), separado a 1 pulgada del conjunto combustible
9
9
9
6
5
5
3
3
36 12
12
18 6
6
9 6
6
6 3
2
Dos capas de hierro galvanizado, espesor nominal mínimo de 0.024 pulgadas (Cali bre N° 24), con 1 pulgada. de espacio de aire entre capas, separado a 1 pulgada del conjunto combustible
18
9
5
3
12
6
6
3
Dos capas de chapa de hierro galvanizado, espesor nominal mínimo de 0.024 pulgadas (Calibre N° 24), con 1 pulgada de aislación de fibra de vidrio entre capas, separado a 1 pulgada del conjunto combustible
18
9
5
3
12
6
6
3
Panel de aislamiento inorgánico de 0.5 pulgada, sobre 1 pulgada. de fibra de vidrio 24 12 o manta de lana mineral, contra el conjunto combustible Muro de ladrillo de 3.5 pulgadas, separado a 1 pulgada del muro combustible Muro de ladrillode 3.5 pulgadas, contra el murocombustible
-
6
-
4
18
-
-
9 12 24
5
3
6 12
6 6
6 5
Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm, °C= [(°F) – 32]/1.8, 1 libra por pie cúbico = 16.02 kg/ m 3, 1.0 Btu · in/ft 2 · h · °F = 0.144 W/ m 2 · K a.Las mantaso paneles delanaminer alo fibra devidri o debenteneruna densidad mínimade8 libraspor piecúbicoy unpunt o mínimodefusió n de1,500 F. El material aislante que se utilice como parte delsiste ma de reducción delespac io libre debe tener unacond uctividad térmica de 1.0Btu · pulgada./(ft 2 · h · F) o menos. Los paneles aislantes deben ser de material no combustible.
[F]SECCIÓN 311 RESPIRADEROS DE HUMO Y CALOR [F]311.1 Requerido. Los respir aderos de humo y calor aprobados deben ser instalados en los techos de las edificaciones de un piso según lo indique el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC). Los respiraderos de humo y calor deben ser dis eñados e instalados de acuerdo con el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC) . CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
SECCIÓN 312 CÁLCULOS DE CARGAS DE CALEFACCIÓN Y ENFRIAMIENTO 312.1 Cálculos de cargas. El cálculo de las cargas de sistemas de calefacción y enfriamiento para efectos de dimensionar sistemas, artefactos y equipos deben determinarse según los procedimientos contenidos en el ASHRAE Handbook of Fundamentals. Lascargas de calefacción y enfriamiento deben 31
ESTIPULACIONES GENERALES
ajustarse para tomar en cuenta las reducciones de cargas que se obtienen por medio de sistemas de recuperación de energía, de acuerdo con el ASHRAE Handbook - HVAC Systems and Equipment. De otra forma,el cálculo de cargasse debe efectuar usando un procedimiento de cálculo equivalente aprobado, usando los parámetros indicados en el Capítulo 3 del Código Internacional de Conservación de la Energía (IECC).
32
CÓDIGOINTERNCIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
CAPÍTULO 4
VENTILACIÓN SECCIÓN 401 GENERALIDADES 401.1 Alcance. Las disposiciones de este capítulo deben regu -
quelovarelativo lar a ser ocupado. a la ventilación Este capítulo de espacios no regula dentro losde requisitos un edificio de sistemas de control de humo. 401.2 Ventilación requerida. Todo espacio ocupado debe ser ventilado por medios naturales de acuerdo con la Sección 402, o por medios mecánicos de acuerdo con la Sección 403. 401.3 Sobre cuando se requiere. Se debe tener ventilación durante los períodos en que el cuarto o espacio está ocupado. 401.4 Ubicación de aberturas. Las aberturas exteriores para extracción deairey tomade aire deben ubicarsea un mínimode 10 pies (3048 mm) de líneas de propiedad u otras edificaciones dentro de la misma propiedad. Cuando las aberturas den hacia una calle o vía pública, la distancia debe medirse a la línea de centro de la calle o vía pública. Excepciones: 1. Grupo R-3. 2. Las bocas de salida de extracció n para aberturas de extracción de aire ambiental deben ubicarse a no menosde3pies(914mm)delaslíneasdepropiedady no menos de 3 pies (914 mm) de aberturas dentro del edificio. 401.4.1 Aberturas de toma de aire. Las aberturas para tomas de aire exterior mecánicas o por gravedad deben ubicarse a un mínimo de 10 pies (3048 mm) medidos horizontalmente, de cualquier contaminante peligroso o nocivo para la salud, tales como respiraderos, chimeneas, respiraderos sanitarios, calles, callejones, garajes, y plataformas de carga y descarga, exceptuando cuando lo especifique de otra manera este código. Cuando una fuente de contaminación esté ubicada a menos de 10 pies (3048 mm) medidos horizontalmente de una abertura de toma de aire, esta abertura debe ubicarse a un mínimo de 2 pies (610 mm) por debajo de la fuente de contaminación. La extracción de un baño o cocina en una vivienda residencial no se debe considerar contaminante peligroso o nocivo. 401.4.2 Aberturas de extracción. Las aberturas de extracción de aire al exterior deben ubicarse de forma que no causen molestia. El aire de extracción no debe dirigirse sobre caminos. [B] 401.4.3 Riesgo de inundación. Para estructuras ubicadas en áreas con riesgo de inundación, las aberturas de extracción de aire al exterior deben quedar a un nivel igual o mayor a la elevación de inundación de diseño. 401.5 Protección de aberturas exteriores . Las aberturas exteriores de extracción o toma de aire deben estar protegidas con pantallas resistentes a la corrosión, celosías o rejillas. Las aberturas en celosías, rejillas y pantallas deben dimensionarse CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
de acuerdo con la Tabla 401.5, y deben estar protegidas contra condiciones del clima local. Las aberturas exteriores de extracción o toma de aire deben cumplir con las disposiciones de protección de aberturas en paredes exteriores de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC). TABLA 401.5 TAMAÑOS DE ABERTURAS EN CELOSÍAS, REJILLAS Y PANTALLAS QUE PROTEGEN ABERTURAS EXTERIORES DE EXTRACCIÓN Y TOMA DE AIRE TAMAÑOS MÍNIMOS Y MÁXIMOS DE ABERTURAS EN CELOSÍAS, TIPO DE ABERTURA EXTERIORREJILLAS Y PANTALLAS, MEDIDAS EN CUALQUIER DIRECCIÓN
Aberturas de extracción Aberturas de toma de aire en usos residenciales Aberturas de toma de aire en usos no residenciales
No < de ¼ pulgada y no > de ½ pulgada No < de ¼ pulgada y no > de ½ pulgada > de ¼ pulgada y no más de 1 pulgada
Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm
401.6 Fuentes de contaminación.Toda fuente local estacionaria que produzca partículas en el aire, calor, olores, vapores, humosogasesencantidadestales,queseanirritantesodañinos a la salud debe estar provist a de un sistema de extracci ón de acuerdo con el Capítulo 5 o de un medio de recolección y remoción de los contaminantes. Dicha extracción debe descargarse directamente a un lugar aprobado en el exterior de la edificación.
[B] SECCIÓN 402 VENTILACIÓN NATURAL 402.1 Ventilación natural. La ventilación de un espacio ocupado debe ser a través de ventanas, puertas, celosías u otras aberturas al exterior. El mecanismo de operación de dichas aberturas debe ser de fácil acceso de modo que las aberturas sean fácilmente controlables por los ocupantes de la edificación. 402.2 Área de ventilación requerida. El área mínima que se puede abrir al exterior debe ser de un 4 por ciento del área de piso a ser ventilada.
402.3 Espacios adjuntos. Cuando cuartos y espacios sin aberturas al exterior sean ventilados a través de un cuarto adjunto, la abertura a los cuartos adjuntos debe ser sin obstrucciones y debe tener un área no menor al 8 por ciento del área de piso del cuarto o espacio interior, pero no menos de 25 pies cuadrados (2.3 m 2). El área mínima que se puede abrir al exterior debe basarse en el área total de piso a ser ventilada. 33
VENTILACIÓN
Excepción: Se debe permitir que las aberturas exteriores requeridas para ventilación abran hacia dentro de un jardín de invierno adjunto o cubierta de patio térmicamente aislados, siempre que el área que se puede abrir entre los mismos y el cuarto interior tenga un valor de no menos del 8 por ciento del área de piso del cuarto o espacio interior, pero no menos que 20 pies cuadrados (1.86 m2). El área mínima que se puede abrir debe basarse en el área total de piso a ventilar.
3. Si la Nota b de la Tabla 403.3 requiere el uso de extracción mecánica, la recirculación de aire desde dichos espacios debe ser prohibida. Todo el aire suministrado a tales espacios debe extraerse, incluyendo todo aire en exceso del que requiere la Tabla 403.3. 4. Donde la Nota h de la Tabla 403.3 requiera el uso de extracción mecánica, la misma será requerida y se prohíbe la recirculación donde el 10 por ciento o más
. Cuando la ventilación sea .4 Abe ras bajobajo tierra a402 través dertu aberturas tierra, el espacio exterior natural libre horizontal medido perpendicular a la abertura debe ser una vez y media la altura de la abertura. La altura de la abertura debe ser medida desde el nivel promedio del terreno alrededor al fondo de la abertura.
de la corriente de espacios. suministro consista en aireresultante recirculadodedeaire estos 403.2.2 Aire de transferencia. Excepto por lo indicado en la Tabla 403.3 en donde la recirculación de aire de los espacios indicados está expresamente prohibida, es permitida la transferencia de aire desde espacios ocupados para ser usado como aire de reposición en sistemas de extracción tales como cocinas, baños, escusados, elevadores y áreas de fumado. La cantidad de aire de transferencia y de extracción debe ser suficiente para proveer los caudales especificados en las Secciones 403.3 y 403.3.1. El caudal de aire exterior especificado en la Tabla 403.3 debe introducirse directamente a estos espacios, o a los espacios ocupados desde donde el aire es luego transferido, o una combinación de ambos. 403.3 Caudal de ventilación. Los sistemas de ventilación deben ser diseñados para tener la capacidad de suplir el caudal mínimo de aire exterior determinado según la Tabla 403.3, y basado en el uso del espacio y el número de ocupantes o algún
SECCIÓN 403 VENTILACIÓN MECÁNICA 403.1 Sistema de ventilación. La ventilación mecánica debe proveerse por un método de suministro de aire, y retorno o extracción de aire. La cantidad de aire de suministro debe ser aproximadamente igual a la cantidad de retorno o extracción. No se puede prohibir que el sistema produzca presiones negativas o positivas. El sistema de transporte de aire de ventilación debe ser diseñado e instalado de acuerdo con el Capítulo 6. Los sistemas de suministro de ventilación deben ser diseñados entregar el caudal de aire deLa suministro la zonapara ocupada dentro de unrequerido espacio ocupado. zona a ocupada debe tener límites medidos a 3 pulgadas (76 mm) y 72 pulgadas (1829 mm) sobre el piso, y 24 pulgadas (610 mm) de las paredes. 403.2 Aire exterior requerido. El gasto mínimode ventilación de aire exterior requerido debe determinarse de acuerdo con la Sección 403.3. Excepción: Donde el profesional registrado de diseño demuestre que un diseño de ingeniería de un sistema de ventilación va a impedir que la máxima concentración de contaminantes exceda la obtenible por el gasto mínimo requerido de aire exterior determinado de acuerdo con la Sección 403.3, el gasto mínimo requerido de aire exterior debe ser reducido de acuerdo con dicho diseño de ingeniería del sistema. 403.2.1 Aire de recirculación. El aire requerido por la Sección 403.3 no debe ser recirculado. No se debe prohibir que el exceso de aire respecto al requerido por la Sección 403.3 sea recirculado como un componente de aire de suministro de espacios de la edificación, excepto que: 1. El aire de ventilación no debe recircularse desde una vivienda a otra, o a espacios de destino diferente. 2. El aire desumi nistro a una piscina y áreas asociadas no debe recircularse a menos que dicho aire sea deshumidificado para mantener la humedad relativa del área a 60 por ciento o menos. El aire de esta área no debe recircularse a otros espacios donde el 10 por ciento o más de la corriente resultante de aire de suministro consista en aire recirculado de estos espacios. 34
otro parámetro indiquedel en sistema dicha Tabla. El númeronode ocupantes usadoque en se el diseño de ventilación debe ser menor que el número determinado por la máxima carga estimada de personas de la Tabla 403.3. Los caudales de ventilación para usos no indicados en la Tabla 403.3 deben ser determinados por un análisis de ingeniería aprobado. El sistema de ventilación debe diseñarse para suplir continuamente el caudal requerido de ventilación durante el período en que la edificación esté ocupada, a menos que se estipule lo contrario en otras disposiciones de este código. Excepción: No se requiere queel número de ocupantes sea determinada con base en el número máximo estimado de ocupantes indicada en la Tabla 403.3 si existen datos estadísticos aprobados que documenten la exactitud de una densidad anticipada de ocupantes alternativa. 403.3.1 Operación del sistema. Se debe permitir que el caudalmínimode aire exterior que el sistema de ventilación deba ser capaz de suplir durante su operación este basado en el caudal por persona indicado en la Tabla 403.3 y el número real de ocupantes presentes. 403.3.2 Sistema común de ventilación. Si se usa un sistema de ventilación común para servir varios espacios con requisitos de caudales de ventilación diferentes, la razón del aire exterior al aire total de suministro para el sistemadebedeterminarsebasadaenelespacioquetengael mayor requerimiento de aire exterior, o debe determinarse según la siguiente fórmula: (Ecuación 4-1) Y
X
(1 X Z )
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
VENTILACIÓN
donde: Y = V ot /V st = Fracción corregida de aire exterior en suministro del sistema X = Von /Vst = Fracción sin corregir de aire exterior en suministro del sistema Z = Voc /Vsc = Fracción de air e exterior en el espacio crítico. El espacio crítico es el espacio con la mayor fracción requerida de aire exterior en el suministro a dicho espacio. Vot = Caudal total corregido de aire exterior. Vst = Caudal total de suministro, o sea, la suma de los sumi-
nistros de todos los ramales del sistema.
Von = Sumadecaudalesdeaireexteriordetodoslosramales
del sistema.
Voc = Caudalde aire exterior requerido en el espacio crítico. Vsc = Caudal de suministro en el espacio crítico.
403.3.3 Control en sistemas de volumen de aire variable. Los sistemas de volumen de aire variable, a excepción de aquellos diseñados para 100 por ciento de aire exterior, deben tener controles para regular el caudal de aire exterior. Tales controles deben ser diseñados para mantener un caudaldeaireexteriornomenoralrequeridoporlaSección403 en todo el rango de suministro de aire. 403.3.4 Balance. Los sistemas de ventilación deben ser balanceados con un método aprobado. Dicho balance debe verificar que el sistema de ventilación sea capaz de suministrar los caudales de aire requeridos por la Sección 403.
SECCIÓN 404 GARAJES DE ESTACIONAMIENTO CERRADOS 404.1 Garajes de estacionamiento cerrados. Se debe permitir que los sistemas de ventilación mecánica de garajes de estacionamiento cerrados operen intermitentemente donde el sistema es adaptado para operar automáticamente al detectar operación de vehículos o presencia de ocupantes por medio de dispositivos automáticos de detección aprobados. 404.2 Ventilación mínima. La operación automática del sistema no debe reducir el caudal de ventilación por debajo de 0.05 cfmpor piecuadra do (0.00025 m3/s m2)deáreadepiso,y el sistema debe ser capaz de producir un caudal de ventilación de1.5cfmporpiecuadrado(0.0076m 3/s m2)deáreadepiso. 404.3 Espacios ocupados conexos a garajes públicos. Espacios conexos a un garaje público, tales como oficinas, cuartos de espera, venta de tiquets, y usos similares, deben mantenerse a una presión positiva y deben tener ventilació n según la Sección 403.3.
dichos sistemas cuando los espacios estén ocupados. Los sistemas de aire acondicionado que aporten los caudales requeridos de ventilación deben tener controles diseñados para mantener automáticamente el caudal requerido de aire exterior mientras el espacio esté ocupado.
SECCIÓN 406 VENTILACIÓN DE ESPACIOS NO HABITADOS 406.1 Generalidades. Los espacios no habitados, tales como áticos, deben tener aberturas de ventilación natural como se indica en el Código Internacional de la Edificación (IBC) o deben tener un sistema mecánico de suministro y extracción. El caudal de extracción no debe ser meno r de 0.02 cfm por pie cuadrado (0.00001 m3/s · m 2) de área horizontal y debe estar controlado para operar automáticamente cuando la humedad relativa en el espacio exceda el 60 por ciento.
TABLA 403.3 VENTILACIÓN REQUERIDA DE AIRE EXTERIOR CARGA MÁXIMA AIRE EXTERIOR, ESTIMADA DE litros por OCUPANTES, segundo por PERSONAS POR persona (cfm por CADA 1,000 PIES persona), A
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
MENOS QUE SE INDIQUEe
Centros correccionales Celdas 20
sin artefactos sanitarios con artefactos sanitarios Salones comedores
20
g,h
20
20
100
15 04
Estaciones de guardias
15
Lavanderías de ropa Lavadoenseco,máquinasde 20 monedas
15
Lavanderías, máquinas de monedas
15
20
Lavado en seco comercial
30
Lavanderías comerciales
10
30 25 03
Almacenamiento, retiro
35
Educación Auditorios
SECCIÓN 405 CONTROL DE SISTEMAS 405.1 Generalidades. Los sistemas de ventilación mecánicos deben tener controles manuales o automáticos que operen
a CUADRADOS
CLASIFICACIÓN DE DESTINO
Salón de clases
150
15
50
15
(continúa)
35
VENTILACIÓN
TABLA 403.3 - continuación VENTILACIÓN REQUERIDA DE AIRE EXTERIOR
TABLA 403.3 - continuación VENTILACIÓN REQUERIDA DE AIRE EXTERIOR
MCARGA MÁXIMA AIRE EXTERIOR, ESTIMADA DE litros por OCUPANTES, segundo por PERSONAS POR persona (cfm por CADA 1,000 PIES persona), A a CUADRADOS MENOS QUE SE INDIQUEe
CLASIFICACIÓN DE DESTINO Educación - continuación
2
Corredores
-
Laboratorios
30
Bibliotecas
20
Salones de fumado
0.50cfm/ft
50 b,g
30
Talleres
50
Cuartos de conferencias 60
30
Cafeterías, comidas rápidas
100
20
Comedores
70
20
Cocinas (lugares para f,g cocinar)
20
15
60
15 20
Viviendas privadas, una unidad o múltiples Garajes, común para unidades b múltiples
1.5 cfm/ft
Garajes separados para cada vivienda
Hospitales y hogares de ancianos -
0.50cfm/ft
Cuartos de procedimientos 20 médicos
15
Quirófanos
20
30
Encamados
10
25
Terapia física
20
15
Recuperación y unidades de ciudados intensivos
20
2
100 cfm por coche
-
100 cfm intermitente ó 25 cfm por persona
Basado en número de dormitorios. Primer cuarto: 2; cada cuarto adicional: 1
El mayor de 0.35 cambios a por hora ó 15 cfm por persona
-
Extracción mecánica de 50 cfm intermitente ó 20 cfm continuos
Cocinas
Salas de estar
c
Escusados y baños
g,h
15
Hoteles, moteles y dormitorios 120
g, h
15
Baños
-
Cuartos dormitorios
-
Salas de conferencias Áreas de dormitorios de universidades Casinos
50 20 120
Espacios públicos 35 30 cfm por cuarto
20 15 30
2
-
g
b
Cuartos de reuniones
20
Centros de telecomumicación y 60 digitación de datos
Áreas de recepción
100
20 7
Espacios de oficinas
20
Bares, salones de cocteles
15
Oficinas
Servicios de comida y bebida
Cuartos de autopsia
30
2
15 70
30 cfm por cuarto
-
Vestíbulos
-
Salones de música
Hoteles, moteles y dormitorios continuación Salas de estar
15
h
CLASIFICACIÓN DE DESTINO
0.10cfm/ft 20
Vestuarios
CARGA MÁXIMA AIRE EXTERIOR, ESTIMADA DE litros por OCUPANTES, segundo por PERSONAS POR persona (cfm por CADA 1,000 PIES persona), A aa CUADRADOS MENOS QUE SE INDIQUEe
-
0.05 cfm/ft
2
-
1.00 cfm/ft
2
Vestuarios
-
0.05 cfm/ft
2
Cuartos de duchas (por cada g,h ducha)
-
50 cfm intermitente ó 20 cfm continuos
Corredores Cabinas de ascensores
g
h
(continúa)
(continúa)
36
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
VENTILACIÓN
TABLA 403.3 - continuación VENTILACIÓN REQUERIDA DE AIRE EXTERIOR
TABLA 403.3 - continuación VENTILACIÓN REQUERIDA DE AIRE EXTERIOR CARGA MÁXIMA AIRE EXTERIOR, ESTIMADA DE litros por OCUPANTES, segundo por PERSONAS POR persona (cfm por CADA 1,000 PIES persona), A a CUADRADOS MENOS QUE SE INDIQUEe
CLASIFICACIÓN DE DESTINO
70
60
g,h
75 cfm por cada sanitario u orinal
70 70
2
-
0.30 cfm/ft
Cuartos de vestirse
-
0.20 cfm/ft
-
Galería para peatones, centros comerciales
-
Zona de carga y descarga
-
b
0.20cfm/ft
0.15 cfm/ft
2
Pisos superiores
-
0.20 cfm/ft
2
Bodegas
-
0.05 cfm/ft
2
Tiendas de especialidades -
Talleres automotrices 25
15
25
Salón de belleza
2
0.15cfm/ft
25
Mueblerías
2
b
2.0 cfm/ft
15
Vestíbulos
150
20
Escenarios, estudios
20
100
15
150
15
Salas de espera Cuartos de trabajo
-
50 cfm intermitente ó 20 cfm continuos por estación 1.00 cfm/ft
2
15 8
2
15
60
Vehículos
15
Supermercados
70
Plataformas
15
-
2
0.05 cfm/ft
150
8
20
-
Auditorios
8
Tiendas para mascotas
1.5cfm/ft
Teatros
Ferreterías, farmacias, telas b,i
2
0.50 cfm/ft
-
Bodegas
Floristerías
Salón de embalsamado
-
Transporte 2
0.30 cfm/ft
Cuartos de embalsamamiento
15
Almacenamiento
Venta de tiquets
-
20
150
Talleres de reparación, garajes d cerrados
60
-
Bodegas de almacenamiento
2
Piscinas (zona acuática y alrededores)
2
0.15 cfm/ft
70
Graderías
2
0.50 cfm/ft
30
Salas de juegos (gimnasios)
2
25 25
Pistas de hielo
Sótano y nivel de calle
Centros de estética y spa
25
Salones de boliche (área de sillas) Salas de juegos
Tiendas de ventas al detalle, salones de ventas y salones de exhibiciones
Barbería
100
Discotecas y salones de baile
b,h
Escusados
Salones de fumado
CLASIFICACIÓN DE DESTINO Deportes y entretenimiento
Espacios públicos - continuación Salones de fumado
CARGA MÁXIMA AIRE EXTERIOR, ESTIMADA DE litros por OCUPANTES, segundo por PERSONAS POR persona (cfm por CADA 1,000 PIES persona), A a CUADRADOS MENOS QUE SE INDIQUEe
Bóvedasdebancos
(continúa)
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
15
5
15
Cuartos oscuros
-
0.5 cfm/ft
2
Duplicado, imprentas
-
0.5 cfm/ft
2
01
Procesamiento de carne Farmacias
15
100
Estudios fotográficos
20
15 15
10
15
(continúa)
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VENTILACIÓN
TABLA403.3 - continuación VENTILACIÓN REQUERIDA DE AIRE EXTERIOR Para SI: 1 pie cúbico por minuto = 0.0004719 m /s, 1 ton = 908 kg, 1 pie cúbico por minuto por pie cuadrado = 0.00508 m 3/(s m2), °C = [(°F) – 32]/1.8, 1 pie cuadrado = 0.0929 m2. a. Basada en el área neta de piso. b. Se requiere extracción mecánica, y se prohíbe la recirculación de aire de este espacio permitida en la Sección 403.2.1. (vea Sección 403.2.1, Ítems 1 y 3) c. Estos requisitos no cubren los espacios sin calefacción o que se mantienen por debajo de 50 F, a menos que la ocupación sea continua. d. Los sistemas de ventilación de garajes cerrados de estacionamiento deben cumplir con la Sección 404. e. Cuando el caudal de ventilación esté expresado en cfm/ft 2, dicho caudal debe basarse en el área de piso que se ventila. f. La suma del aire exterior y aire de transferencia de espacios adyacentes debe ser suficiente para proveer un caudal de extracción de no menos de 1.5 cfm/ft 2. g. Se permite el aire de transferencia de acuerdo con la Sección 403.2.2. h. Se requiere extracción mecánica y se prohíbe la recirculación, excepto quedicharecir culación se debe permitir donde la corrienteresul tante de aire de suministro consista en no más del 10 por ciento del aire recirculado de esos espacios (vea Sección 403.2.1, Ítems 2 y 4) i. El sistema de extracción requerido debe capturar los contaminantes y olores en su srcen. 3
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CAPÍTULO 5
SISTEMAS DE EXTRACCIÓN SECCIÓN 501 GENERALIDADES 501.1 Alcance. Las disposiciones de este capítulo deben regu lar extracción lo relativo almecánica, diseño, construcción instalación de sistemas de incluyendo epolvo, sistemas de fajas transportadoras de almacenamiento y descarga, sistemas de extracción que dan servicio a artefactos de cocina comercial, y sistemas de ventilación de recuperación de energía. 501.2 Descarga de extracción. El aire extraído por todo sistema de extracción mecánica debe descargarse al exterior, en un lugar en donde no cause molestias, y a distancias no menores que las especificadas en la Sección 502.1. El aire se debe descargar en una ubicación de donde no pueda ser aspirado de nuevo fácilmente por un sistema de ventilación. El aire no debe descargarse a un ático, o un espacio angosto o sótano de baja altura. Excepciones: 1. Se debe permitir que los ventiladores de áticos que ventilan toda una casa descarguen en el espacio del ático de unidades de vivienda con áticos privados. Se debe permitir que los ventiladores de áticos que ventilan toda una de casa descarguen en el privados. espacio del ático de unidades vivienda con áticos 2. Sistemas recirculadores de cocción comercial. 501.2.1 Ubicación de las bocas de salida de extracción. El punto terminal de las bocas de salida de extracción y conductos que descargan al exterior debe estar ubicado cumpliendo las siguientes distancias mínimas: 1. Para conductos que conducen vapores, humos o polvos inflamables o explosivos: 30 pies (9144 mm) desde las líneas de propiedad; 10 pies (3048 mm) desde aberturas operables dentro de edificaciones; 6 pies (1829 mm) desde muros y techos exteriores; 30 pies (9144 mm) desde muros combustibles y aberturas operablesdentro de edificaciones que están en la dirección de la descarga de extracción; 10 pies (3048 mm) sobre el nivel de terreno circundante. 2. Para bocas de salida que conducen otros productos: 10 pies (3048 mm) desde las líneas de propiedad; 3 pies (914 mm) desde muros y techos exteriores; 10 pies (3048 mm) desde aberturas operables dentro de edificaciones; 10 pies (3048 mm) sobre el nivel de terreno circundante. 3. Paraextraccióndeconductosdeaireambiental:3pies (914 mm) desde líneas de propiedad; 3 pies (914 mm) desde aberturas operables dentro de edificaciones para todos los destinos que no sean del Grupo U, y 10 pies (3048 mm) para tomas de aire mecánicas. 4. Para sistemas específicos: Para extracción de secadoras de ropa, veala Sección 504.4; para campanas de cocina, vea la Sección 506.3; y para sistemas de CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
extracción del suelo debajo de losa, vea la Sección 512.4. 501.3 Ecualización de presión. Los sistemas de extracción mecánica deben dimensionarse para eliminar la cantidad de aire que debe evacuarse de conformidad con este capítulo. El sistema debe funcionar toda vezque se requiera evacuar el aire. Cuando se requiera de extracción mecánica en un recinto o espacio que no sea de destino de uso del Grupo R3, dicho espacio debe mantenerse con una presión neutral o negativa. Si un sistema de ventilación mecánica suministra más aire que el que es extraído por un sistema de extracción mecánica de un recinto, deben proveerse medios adecuados para la extracción natural o mecánica del exceso de aire de suministro. Si se instala sólo un sistema de extracción mecánica para un recinto, o si un sistema de extracción mecánica retira más aire del que suministra un sistema de ventilación mecánica de suministro en un recinto, se debe proveer aire de reposición adecuado que consista en aire de suministro, aire de transferencia o aire exterior para satisfacer la deficiencia. No se debe utilizar el gasto calculado de infiltración de la edificación para satisfacer los requisitos de esta sección.
501.4 Conductos. Si la construcción de conductos de extracción no se especifica en este capítulo, la construcción debe cumplir con lo establecido en el Capítulo 6.
SECCIÓN 502 SISTEMAS REQUERIDOS 502.1 Generalidades. Todo sistema de extracción debe instalarse, mantenerse y operarse de conformidad con lo requerido por esta sección. Este sistema se requiere para toda área ocupada en donde máquinas, tanques, calefactores, forjas, salamandras, así como otros artefactos, equipos y procesos en dichas áreas, produzcan o liberen polvo o partículas ligeras que floten en el aire, o que emitan calor, olores, vapores, gases o humo, en cantidades tales que sean irritantes o dañinos para la salud o la seguridad. 502.1.1 Ubicación de extracción. Latomadeunsistemade extracción debe colocarse en el área de mayor concentración de contaminantes. [F] 502.1.2 Áreas de distribución de combustibles. La parte inferior de una toma de aire de una abertura de extracción en áreas de distribución de combustible debe estar a no más de 18 pulgadas (457 mm) sobre el nivel de piso. 502.1.3 Cuartos de equipos, artefactos y de servicio. Los cuartos de equipos, artefactos, y de servicio de sistemas que alberguen fuentes de olores, vapores, gases nocivos, humo, vapor de agua, polvo u otros contaminantes deben diseñarse y construirse de forma que impidan la diseminación de dichos contaminantes a otras partes ocupadas de la edificación. 39
SISTEMAS DE EXTRACCIÓN
[F] 502.1.4 Extracción peligrosa. La extracción mecánica de altas concentraciones de polvo o vapores peligrosos debe cumplir con los requisitos de la Sección 510. [F] 502.2 Carga y descarga de combustible de naves aéreas. Los compartimientos que alberguen tuberías, bombas, eliminadores de aire, separadores de agua, carretes de mangueras, y equipos similares usados en operaciones de carga y descarga de combustible de naves aéreas deben estar debidamente ventilados a nivel de piso o dentro del mismo piso.
minuto por cada pie cuadrado (1cfm/ft2) [0.00508 m 3/(s · m2)] de área de piso en cuartos de lavado en seco y cuartos de secado. El sistema de ventilación debe operar automáticamente cuando el equipo de lavado en seco esté funcionando, y debe tener controles manuales en un lugar aprobado. [F] 502.6.2 Sistemas Tipo IV y V.Los sistemas de lavado en seco del Tipo IV y V deben tener un sistema de venti lación mecánica que se active automáticamentey sea capaz
[F] 502.3 Áreas de carga de baterías para camiones y equipos industriales de potencia. Se debe proveer ventilación adecuada en áreas de carga de baterías para camiones y equipo industrial de potencia a fin de prevenir una acumulación peligrosa de gases inflamables. [F] 502.4 Sistemas de baterías de almacenamiento estacionario. Los sistemas de baterías de almacenamiento estacionario, de acuerdo con la Sección 608 del Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC) , deben proveerse de ventilación de acuerdo con este capítulo y la Sección 502.4.1 ó 502.4.2. Excepción: Las baterías de ion de litio no deben requerir ventilación. [F] 502.4.1 Límite de hidrógeno en cuartos. Para baterías de inundación de ácido de plomo, de inundación de níquel cadmio y baterías VRLA, el sistema de ventilación debe ser diseñado para limitar la concentración máximade hidrógeno al 1.0 por ciento del volumen total del cuarto.
de mantener una velocidad mínima de 100 pies por minuto (0.5 m/s) a través dedelaaire puerta de carga y descarga cuando la misma esté abierta. Excepción: No se requiere que las unidades de lavado en seco tengan ventilación mecánica cuando se instale una campana de extracción inmediatamente encima y afuera de la puerta de carga y descarga. El caudal de aire debe diseñarse según:
[F] 502.4.2 Gasto de ventilación en cuartos. Debe proveerseventilacióncontinuaaungastonomenorde1piecúbico por minuto por pie cuadrado (1cfm/ft 2)(0.00508 m3/s · m 2) de área de piso del cuarto. [F]502.5Bateríasdeácidodeplomoreguladaspormediode válvula en gabinetes. Lasbateríasdeácidodeplomoreguladas por medio de válvula (VRLA) instaladas en gabinetes, como lo regula la Sección 608.6.2 del Código Intern acional de Protección contra Incendios (IFC), deben tener ventilación de acuerdo con la Sección 502.5.1 ó 502.5.2. [F] 502.5.1 Límite de hidrógeno en gabinetes. El sistema de ventilación del gabinete debe diseñarse para limitar la concentración máxima de hidrógeno a 1.0 por ciento del volumen total del gabinete, en caso más desfavorable de refuerzo de carga simultánea de todas las baterías en el gabinete. [F] 502.5.2 Gasto de ventilación en gabinetes. Debe proveerse un gasto de ventilación continua de no menos de un 2) [0.00508 pie cúbico porde minuto porpiso piecub cuadrado (cfm/ft m3 /(s · m 2)] área de ierta por el gabine te. El cuarto en el cual se ubica el gabinete también debe ser ventilado como lo requiere la Sección 502.4.1 ó 502.4.2. [F] 502.6 Plantas de lavado en seco. Las plantas de lavado en seco deben tener ventilación adecuada para proteger los trabajadores y el público de acuerdo con esta sección y DOL 29 CFR Parte 1910.1000, en los casos en que sea aplicable. [F] 502.6.1 Sistemas Tipo II. Los sistemas de lavado en seco del Tipo II deben contar con un sistema de ventilación mecánica diseñado para extraer 1 pie cúbico de aire por
lladolos o tratamiento de manchas ubicarse dey elimiforma que vapores de los solventesdeben sean atrapados nados por el sistema de ventilación. F] 502.7 Uso de acabados inflamables . En donde se tengan operaciones de uso de acabados inflamables debe instalarse un sistema de extracción mecánica de conformidad con esta sección. [F] 502.7.1 Durante la construcción . Debe proveerse ventilación durante trabajos de construcción, modificación o demolición de una estructura si se hace uso de materiales con solventes inflamables. [F] 502.7.2 Espacios limitados para rociado. En espacios limitados con rociadores debe contarse con ventilación mecánica positiva a una razón mínima de 6 cambios completos de aire por hora. Dicho sistema debe cumplir con los requisitos del Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC) para el manejo de vapores inflamables. No es necesaria la ventilación para control de explosión. [F] 502.7.3 Áreas de rociado. La ventilació n mecánica de áreas de rociado debe cumplir con las Secciones 502.7.3.1 hasta 502.7.3.6. [F] 502.7.3.1 Funcionamiento.Se debe contar con un sistema de ventilación mecánica que funcione en todo momento mientras se realicen procesos de rociado, y que siga funcionando posteriormente por un tiempo suficiente para lograr que los vapores de artículos que se están secando así como los residuos de materiales de acabado puedan ser eliminados. El equipo de rociado debeestarenclavadoconlaventilacióndeláreadevapor inflamable de forma que los procesos de rociado no
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(Ecuación 5-1) donde: Q = Caudal de aire extraído por la campana, pies cúbicos por minuto ALD = Área de la puerta de carga y descarga, pies cuadrados [F] 502.6.3 Tratamiento de manchas y pretratamiento. Las tinas de fregado, y las operaciones de fregado, cepiQ = 100 × A LD
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puedan conducirse a menos que el sistema de ventilación esté funcionando.
[F] 502.7.3.2 Recirculación. El aire extraído de lugares con procesos de rociado no debe recircularse. Excepciones: 1. El aire extraído de procesos de rociado puede recircularse como aire de reposición en operaciones de rociado en donde no existan personas, siempre y cuando: 1.1. No se extraigan partículas sólidas. 1.2. La concentración de vapor es menor que 25 por ciento del límite inferior de inflamabilidad (LFL). 1.3. Se tien e equi po apro bado para monitorear la concentración de vapor. 1.4. Se activ e una alar ma sonor a, y las operaciones de rociado se detengan automáticamente, si la concentración de vapor supera el 25 por ciento del LFL. 1.5. A nt e un a in te rr up ci ón en el func iona mien to del moni tor de concentración de vapor, es extraído automáticamente el 100 por ciento del volumen de aire especificado en la Sección 510. 2. Debe permitirse que el aire extraíd o de operaciones de rociado sea recirculado como de reposición en operaciones de rociado enaire donde existan personas, si todas las condiciones indicadas en la Excepción 1 se cumplen en la instalación y si se preparan documentos que muestren que la instalación no representa un peligro para la vida del personal dentro de cabinas de rociado, los espacios donde se realiza el rociado o los cuartos de rociado. [F] 502.7.3.3 Velocidad del aire. Los sistemas de ventilación deben diseñarse, instalarse y mantenerse de forma que la velocidad promedio de aire a través de la cara abierta de la cabina, o a través de la sección transversal de la cabina en la dirección de flujo de aire durante el rociado, sea no menor de 100 pies por minuto (0.51 m/s). [F] 502.7.3.4 Obstrucción a la ventilación. Los artículos que se estén rociando deben colocarse de forma que no obstruyan la captura del exceso de rociado. Cada cabina de [F] 502.7.3.5 Conductos independientes. rociado y cuarto de rociado debe tener un sistema de conductos de extracción independientes, y que descarguen al exterior.
Excepciones: 1. Sepermitequeseuseunsoloconductocomúnsise tienen múltiples cabinas de rociado con un área frontal combinada de 18 pies cuadrados (1.67 m2) o menos, y si se usa un material de acabado idéntico en todas las cabinas. Si se tiene más de un ventilador por cabina, los ventiladores deben estar CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
interconectados de forma que todos los ventiladores funcionen simultáneamente. 2. Si se hace necesario el tratamiento de la extracción para el control de la contaminación del aire o conservación de la energía, debe permitirse quelos conductosseunanenuncabezalcomúnsitodaslas siguientes condiciones se cumplen: 2.1. Los materiales de rociado son compatibles y no reaccionarán o se inflamarán con los residuos dentro de los conductos. 2.2. Está prohibido usar materiales de acabado a base de nitrocelulosa. 2.3. Debe tenerse un sistema de filtración que reduzca la entrada de exceso de material rociado hacia el cabezal del conducto. 2.4. Debe tenerse un sist ema de rocia dores automáticos contra incendio que proteja la conexión del conducto de cada cabina al cabezal, además de la protección requerida en este capítulo. [F] 502.7.3.6 Motores y correas de ventilador. No se permite colocar motores eléctricos de ventiladores dentro de cabinas o conductos. Los elementos rotatorios de los ventiladores deben ser no ferrosos o que no causen chispa, o el espacio cerrado del ventilador, o su revestimiento interno, deben ser de tales materiales. Las correas no deben penetrar el conducto o la cabina, a menos que las correas y poleas estén selladas herméticamente.
[F] 502.7.4 Procesos con sumersión. En donde se tengan vapores producto de procesos de sumersión en tanques, debe contarse con un sistema adecuado de ventilación mecánica para impedir la acumulación peligrosa de tales vapores. Los sistemas de ventilación requerid os deben apagar automáticamenteel sistema de fajas de sumersión en caso de que se detengan los ventiladores. [F] 502.7.5 Aparatos electrostáticos. En procesos de acabado con rociadores con aparatos electrostáticos, el área de rociado debe ventilarse de conformidad con la Sección 502.7.3. [F] 502.7.6 Recubrimiento a base de polvo. La ventilación de extracción para operaciones de recubrimiento a base de polvo debe ser lo suficiente para mantener la atmósfera a menos de la mitad de la mínima concentración explosiva del material que se está aplicando. El polvo en suspensión que no ha sido depositado debe eliminarse a través de conductos eliminación de polvo.de extracción hacia un sistema de
[F] 502.7.7 Procesos de recubrimiento de pisos. En procesos de recubrimiento de pisos, para impedir la acumulación de vapores inflamables, debe tenerse ventilación mecánica con un caudal mínimo de 1 cfm/ft. 2 [0.00508 m3/(s·m 2)] de área de piso. Dicha extracción debe darse por medios temporales o portátiles aprobados. Los vapores deben evacuarse al exterior de la edificación. [F] 502.8 Materiales peligrosos—requisitos generales. Para estr uctu ras que albe rgue n mate rial es pelig rosos debe 41
SISTEMAS DE EXTRACCIÓN
proveerse un sistema de ventilación de extracción, de conformidad con las Secciones 502.8.1 hasta 502.8.5.
[F] 502.8.1 Almacenamiento en cantidades superiores al máximo permitido.Las áreas interiores de almacenamiento y bodegas que alberguen materiales peligrosos en cantidades superiores al máximo permitido por unidad de área de control deben tener ventilación mecánica de extracción, o ventilación natural si se demuestra que la misma es aceptable para los materiales almacenados. Excepción: Áreas de bodegas para sólidos inflamables que cumplan con la Sección 3604 del Código Internacion al de Protecció n contra Incendios (IFC).
[F] 502.8.1.1 Requisitos para sistemas. Los sistemas de ventilación de extracción deben cumplir con todas las siguientes condiciones: 1. La instalación debe hacerse de acuerdo con este código. 2. El gasto de ventilación mecánica provisto debe ser de al menos 1 cfm por pie cuadrado [0,00508 m3/(s·m 2)]deáreadepisosobreel área de almacenamiento. 3. Los sistemas deben funcionar continuamente a menos que se aprueben diseños alternativos. 4. Debe proveerse control de aapagado manual fuera deluncuarto junto la puerta de acceso o en otra ubicación aprobada. El interruptor debe estar detrás de un vidrio que se pueda quebrar en caso necesario, o debe ser de otro tipo aprobado,y portar la leyenda APAGADO DE EMERGENCIA DE SI ST EM A DE VE NTI LA CIÓ N (VENTILATION SYSTEM EMERGENCY SHUTOFF).
5. El sistema de ventilación de extracción debe diseñarse considerando la densidad de los potenciales humos o vapores. Para humos o vapores más pesados que el aire, la extracción debe tomarse a no más de 12 pulgadas (305 mm) del piso. Para humos o vapores más livianos que el aire, la extracción debe tomarse a un punto dentro de las 12 pulgadas (305 mm) del punto más alto del cuarto. 6. Laubicacióndelasaberturasdesuministroy extracción de aire deben diseñarse de forma que hagan circular el aire a través de todas las partes del piso o cuarto para impedir la acumulación de vapores. 7. El aire de extracció n no debe recircular se a áreas ocupadas si los materiales almacenados pueden emitirvapor es peligrososy los contaminantes no han sido eliminados. No se debe recircular el aire contaminado con vapores, humos o polvos explosivos o infla42
mables; gasesinflamable s, altamente tóxicos o tóxicos; o materiales radioactivos. [F] 502.8.2 Cuartos de gas, cerramientos ventilados y gabinetes de gas. En cuartos de gas, espacios cerrados ventilados, y gabinetes de gas el sistema de ventilación debe diseñarse para funcionar con una presión negativa con respecto a las áreas adyacentes, para cualquier cantidad de material peligroso. Los gases tóxicos y los altamente tóxicos también deben cumplir con las Secciones 502.9.7.1, 502.9.7.2 y 502.9.8.4.
[F] 502.8.3 Distribución y uso interiores. Las áreas para distribución y uso de materiales peligrosos, en cantidades que superen la máxima permitida por área de control, deben tener extracción de conformidad con la Sección 502.7.1. Excepción: La ventilación no es obligatoria para el caso de consumo y uso de sólidos inflamables, con excepción de partículas finas. [F] 502.8.4 Distribución y uso interiores—fuentes puntuales. En los lugares donde se tenga distribución y uso de gases, líquidos o sólidos en cantidades superiores al máximo permisible por área decontrol,yquetenganunaclasificacióndepeligrode3ó4según NFPA 704, debe tenerse un sistema de ventilación mecánica de extracción para atrapar gases, humos, nieblas o vapores en el punto de generación. Excepción: Si se puede demostrar que los gases, líquidos o sólidos no creen gases, nieblas o vapores peligrosos. [F] 502.8.5 Sistemas cerrados. En caso de que sistemas cerrados de manejo de materiales peligr osos en cantidades superiores al máximo permisible por área de control estén diseñados para ser abiertos como parte de su funcionamiento normal, éstos deben contar con ventilación de conformidad con la Sección 502.8.4. [F] 502.9 Materiales peligrosos—requisitos para materiales específicos. Debe tenerse sistemas de ventilación de extracción para materiales peligrosos específicos, según se indica en la Sección 502.8, y desde 502.9.1 hasta 502.9.11. [F] 502.9.1.Gases comprimidos—sistemas de gases médicos. Los cuartos para el almacenamiento de gases médicos comprimidos en cantidades que excedan el máximopermit ido exento por área de control, y que no tengan una pared exterior, deben tener extracción a través de un conducto y hasta el exterior de la edificación. Ambas corrientes de aire separadas deben encerrarse en un cerramiento de recinto para 1 hora, desde el cuarto hasta el exterior. La ventilación mecánica debe ser aprobada y tener un caudal mínimo de 1 cfm/ft. 2 [0.00508 m 3/(s · m 2)] de área del cuarto. Los gabinetes de gas para guardar gases médicos comprimidos en cantidades superiores al máximo permitido por área de control deben conectarse a un sistema de extracción. Esta ventilación debe diseñarse para una velocidad promedio en la cara de puertas o ventanas de acceso de no menos de 200 pies por minuto (1.02 m/s), y con una velocidad mínima de 150 pies por minuto (0.76 m/s) en cualquier punto de la puerta o ventana de acceso.
[F] 502.9.2 Materiales corrosivos. En caso de que se distribuyan o usen materiales corrosivos en cantidades que superen el máximo permisible por área de control, debe tenerse ventilación de extracción mecánica de conformidad con la Sección 502.8.4. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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[F] 502.9.3 Criogénicos. Las bodegas para contenedores estacionarios o portátiles de cualquier cantidad de fluidos criogénicos deben ventilarse de acuerdo con la Sección 502.8. Las áreas interiores en donde se distribuya cualquier cantidad de fluidos criogénicos deben ventilarse de conformidad con los requisitos de la Sección 502.8.4 y de forma que se atrapen todos los vapores en el punto de generación. Excepción: La ventilación en áreas interiores de distribución no se requiere si se puede demostrar que los fluidos criogénicos no generan vapores peligrosos.
[F] 502.9.4 Explosivos. No deben usarse ventiladores de jaula de ardilla para extraer humos, vapores o gases peligrosos en edificaciones y cuartos para la manufactura, ensamblaje o pruebas de explosivos. Sólo deben usarse álabes no ferrosos en ventiladores que estén dentro de conductos y por los cualesfluyen materiales peligrosos. Los motores deben colocarse fuera del conducto. [F] 502.9.5 Líquidos inflamables y combustibles. Deben proveerse sistemas de ventilación de extracción de conformidad con las Secciones 502.9.5. 1 hasta 502.9.5.5 para el almacenamiento, uso, distribución, mezclados y manejo de líquidos inflamables y combustibles. A menos que se indique lo contrario, esta sección debe regir para cualquier cantidad de líquidos inflamablesy combustibles. Excepción: Esta sección no debe regir para líquidos inflamables y combustibles que no estén sujetos al Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
[F] 502.9.5.1 Bóvedas. Las bóvedas que alberguen tanques de líquidos de Clase I deben contar con venti2 lación continua a un caudal mínimo de 1 cfm/ft. [0.00508 m3/(s · m2)] de área de piso, pero nunca menor que 150 cfm (4 m 3/min). En caso de falla del flujo de extracción, el sistema de distribución debe apagarse automáticamente. El sistema de extracción debe diseñarse para forzar el movimiento del aire a través de todas las partes de la bóveda. Los conductos de suministro y extracción deben quedar a no más de 12 pulgadas (305 mm) y no menos de 3 pulgadas(76 mm) sobre elniv elde piso. El sistema de extracción debe quedar instalado de conformidad con las disposiciones del NFPA 91. Debe contarse con medios para detectar automáticamente cualquier vapor inflamable, y apagar automáticamenteel sistema de distribución en caso de detección de tales vapores inflamables dentro del conducto de extracción a una concentración de 25 por ciento del límite inferior de inflamabilidad LFL.
[F] 502.9.5.2 Cuartos de almacenamientos y bodegas. Los cuartos y edificaciones que sirvan como bodegas de cantidades de líquidos que superen lo especificado en el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC) deben ventilarse de acuerdo con la Sección
502.8.1.
[F] 502.9.5.3 Máquinas de limpieza . Las áreas que alberguen máquinas para la limpieza de partes de conformidad con el Código Internacional de Protección CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
contra Incendios (IFC) deben ventilarse adecuadamente
para impedir la acumulación de vapores.
[F] 502.9.5.4 Uso, distribución y mezcla. Debe proveerse ventilación mecánica continua en donde se tengan sistemas cerrados o abiertos para el uso, distribución y mezcla de líquidos inflamables y combustibles, en cantidades que superen el máximo permitido por área de control, y para operaciones de trasvasado al por mayor y de transferencia de procesos. El caudal de ventilación debe ser de al menos 1 cfm/ft2 [0.00508 m3(/s m2)] de área de piso sobre el área de diseño. Deben tomarse las medidas para la introducción de aire de reposición a todas las áreas de piso o fosas en donde los vapores se puedan acumular. Si es necesario, debe tenerse ventilación local o focalizada para impedir la acumulación de vapores peligrosos. Excepción: Si se demuestraque la ventilación natural es efectiva para los materiales usados, distribuidos o mezclados. [F] 502.9.5.5 Plantas o terminales a granel. Debe proveerse ventilación en las partes de propiedades en donde tanques, tuberías, o vehículos con tanques reciben líquidos inflamables y combustibles, y en los que los líquidos se almacenan o mezclan al por mayor con el fin de distribuirlos por medio de tanques, tuberías, vehículos con tanques o contenedores de conformidad con las Secciones 502.9.5.5.1 hasta 502.9.5.5.3. [F] 502.9.5.5.1 Generalidades. Debe tenerse ventilación en cuartos, edificaciones y cerramientos en los que se bombeen, usen o trasvasen líquidos de Clase I. El diseño de los sistemas de ventilación debe considerar el peso específico relativamente alto de los vapores. Si se usa ventilación natural, debe contarse con aberturas adecuadas a nivel de piso en las paredes exteriores, siendo estas aberturas libres de obstrucciones excepto por celosías o cedazos gruesos. Si la ventilación natural es insuficiente, debe recurrirse a ventilación mecánica. [F] 502.9.5.5.2 Sótanos y fosas. Los líquidos de Clase I no deben guardarse o usarse dentro de una edificación con un sótano o fosa en donde pueden acumularse vapores inflamables, a menos que dicha área tenga ventilación capaz de impedir la acumulaciónde vapores inflamablesen tales espacios bajos. [F] 502.9.5.5.3 Distribución de líquidos d e Clase I. No deben vaciarse o llenarse contenedo res de líquidos de Clase I dentro de edificaciones a menos que se tomen precauciones para impedir la acumulación de vapores inflamables en concentraciones peligrosas. De requerirse ventilación mecánica, ésta debe estar en funcionamiento toda vez que puedan existir vapores inflamables. [F] 502.9.6 Líquidos tóxicos y altamente tóxicos. Debe contarse con ventilación de extracción en presencia de líquidos tóxicos y altamente tóxicos, de acuerdo con las Secciones 502.9.6.1 y 502.9.6.2. 43
SISTEMAS DE EXTRACCIÓN
[F] 502.9.6.1 Sistemas de tratamiento. La presente disposición rige toda vez que se almacene y use líquidos tóxicos y altamente tóxicos en cantidades que superen el máximo permitido por área de control. Si es posible que ocurra un derrame o fuga accidental de líquidos altamente tóxicos, que produzcan vapores altamente tóxicos a temperaturas y presiones normales, debe tenerse un sistema de limpieza de la corriente de extracción o algún otrosiste ma queproce se losvapor es
altamente tóxicos, en cantidades que superen el máximo permitido por área de control, de acuerdo con las Secciones 502.9.8.1 hasta 502.9.8.6.
[F] 502.9.6.2 Sistemas abiertos y cerrados. Cuando se usen líquidos tóxicos y altamente tóxicos en sistemas abiertos, debe contarse con ventilación mecánica de extracción de acuerdo con la Sección 502.8.4. Cuando se usen líquidos tóxicos y altamente tóxicos en sistemas cerrados, debe contarse con ventilación mecánica de extracción de acuerdo con la Sección 502.8.5. Excepción: Líquidos o sólidos que no generen gases, nieblas o vapores tóxicos o altamente tóxicos. [F] 502.9.7 Gases comprimidos tóxicos y altamente tóxicos—en cualquier cantidad. Debe contarse con ventilación de extracción en presencia de gases comprimidos tóxicos y altamente tóxicos, de acuerdo con las Secciones 502.9.7.1 y 502.9.7.2.
[F] 502.9.8.2 Extracción local para tanques portátiles. Toda fuga de tanques portátiles, ya sea bajo techo o en el exterior, debe extraerse de forma local. Esta extracción local debe consistir de conductos o sistemas de recolección portátiles que se acerquen a una fuga en una válvula o accesorio del tanque. El sistema de extracción local debe estar guardado en un cuarto de gas. Laextraccióndebellevarseaunsistemadetratamientosi así lo dispone el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
[F] 502.9.7.1 Gabinetes de gas. Todo gabinete de gas que contenga gases comprimidos tóxicos o altamente tóxicos en cualquier cantidad debe cumplir con la Sección 502.8.2 y los siguientes requisitos: 1. La velocidad promedio de ventilación en la fachada de puertas o ventanas de acceso del gabinete de gas debe ser de al menos 200 pies por minuto (1.02 m/s), y con una velocidad mínima de 150 pies por minuto (0.76 m/s) en cualquier punto de la puerta o ventana de acceso. 2. Los gabinetes de gas deben conectarse a un sistema de extracción. 3. Los gabinetes de gas no deben usarse como la única vía de extracción de un cuarto o área. [F] 502.9.7.2 Cerramientos con extracción. Todo cerramiento con extracción que contenga gases comprimidos tóxicos o altamente tóxicos en cualquier cantidad debe cumplir con la Sección 502.8.2 y los siguientes requisitos: 1. La velocidad promedio de ventilación en la cara de puertas o ventanas de acceso del cerramiento debe ser de al menos 200 pies por minuto (1.02 m/s), y con velocidad mínima de 150 pies por minuto (0.76una m/s). 2. Los cerramientos con extracción deben conectarse a un sistema de extracción. 3. Los cerramientos con extracción no deben usarse como la única vía de extracción de un cuarto o área. [F] 502.9.8 Gases comprimidos tóxicos y altamente tóxicos—en cantidades que superen el máximo permitido por área de control. Debe proveerse ventilación de extracción en presencia de gases comprimidos tóxicos y 44
[F] 502.9.8.1 Áreas ventiladas. El cuarto o área que albergue gabinetes de gas o cerramientos con extracción bajo techo deben tener ventilación de extracción. Los gabinetes de gas o los cerramientos con extracción no deben usarse como la única vía de extracción de un cuarto o área.
[F] 502.9.8.3 Tubería y controles—tanques estacionarios. Las conexiones de entrada y salida de gases de todo tanque estacionario bajo techo deben tener un medio de extracción local. Esta extracción debe estar diseñada para atrapar gases y vapores. La extracción debe llevarse a un sistema de tratamiento si asílo dispone el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC). sistema de ventilación [F] 502.9.8.4 Cuartos de gas. Elpara de cuartos de gas debe diseñarse funcionar bajo una presión negativa con respecto a las áreas adyacentes. La ventilación de extracción de cuartos de gas debe dirigirse a un sistema de extracción.
[F] 502.9.8.5 Sistema de tratamiento. Laventilaciónde extracción de gabinetes de gas, espacios cerrados con extracción y cuartos de gas, así como de los sistemas de extracción local indicados en las Secciones 502.9.8.2 y 502.9.8.3 deben dirigirse a un sistema de tratamiento si así lo dispone el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC). [F] 502.9.8.6 Equipo de proceso. El efluente de equipos de proceso que estén bajo techo o en el exterior que contenga gases comprimidos tóxicos o altamente tóxicos, y que puede llegar a descargarse a la atmósfera, debe ser procesado por un sistema de limpieza o algún otro sistema de procesamiento. Estos sistemas deben cumplir con el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC). [F] 502.9.9 Generadores de ozono. Todo gabinete de ozono o cuarto de generador de ozono que alberguen sistemas con una capacidad máxima de generación de ozono de media libra (0.23 kg) o más en un lapso de 24 horas debe tenerunaventilaciónmecánicaqueproduzcauncaudaldeal menos seis cambios de aire por hora. En el caso de los gabinetes, la velocidad promedio de ventilación en las aberturas de reposición de aire, con las puertas del gabinete cerradas, debe ser de al menos 200 pies por minuto (1.02 m/s). CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
SISTEMAS DE EXTRACCIÓN
[F] 502.9.10 Instalaciones de di stribución de gas LP. Las instalaciones de distribución de gas LP deben contar con ventilación de acuerdo con NFPA 58. [F] 502.9.10.1 Uso de contenedores portátiles. Todo espacio bajo pisos falsos y sótanos en los que se usen contenedores portátiles de gas LP, o en donde se guarden en espera de uso o reventa, debe tener ventilación aprobada. Excepción: Cilindros que cumplen con la especificación del Departamento de Transporte (DOT), con una capacidad máxima de agua de 2.5 libras (1 kg), para ser usados en antorchas manuales autocontenidas, y aplicaciones similares. La cantidad de gas LP no debe superar las 20 libras (9 kg). [F] 502.9.11 Gas silano. Los cerramientos con extracción y los gabinetes de gases que guarden gas silano bajo techo en cantidades que superen el máximo permitido por área de control deben cumplir con esta sección. 1. Los cerramientos con extracción y los gabinetes de gases deben cumplir con la Sección 502.8.2. 2. La velocidad de ventilación sobre juntas y uniones no soldadas del sistema de tuberías debe ser de al menos 200 pies por minuto (1.02 m/s). 3. La velocidad promedio en la cara de puertas o ventanas de acceso del gabinete de gas debe ser de al menos 200 pies por minuto (1.02 m/s), y con una velocidad mínima de 150 pies por minuto (0.76 m/s) en cualquier punto de la puerta o ventana de acceso. [F] 502.10 Materiales de producción peligrosa (HPM). Los sistemas de ventilación de extracción y los materiales de conductos utilizados para la extracción de HPM deben cumplir con esta sección, otras disposiciones relevantes de este código, el Código Internacional de la Edificación (IBC) y el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC). [F] 502.10.1 Sobre donde se requieren. Deben proveerse sistemas de ventilación de extracción en los siguientes lugares de acuerdo con los requisitos de esta sección y el Código Internacional de la Edificación (IBC) : 1. Áreas de fabricación: La ventilación de extracción en áreas de fabricación debe cumplir con lo dispuesto en el Código Internacional de la Edificación (IBC). Deben colocarse interruptores manuales de control adicionales en donde lo indique la autoridad competente. 2. Estaciones de trabajo: Debe tenerse un sistema de ventilación para atrapar y evacuar los gases, humos, nieblas o vapores peligrosos. 3. Cuartos de almacenamiento de líquidos: La ventilación de extracción en cuartos de almacenamiento de líquidos debe cumplir con lo dispuesto en la Sección 502.8.1.1 y el Código Internacional de la Edificación (IBC). 4. Cuartos de HPM: La ventilación de extracción en cuartos de HPM debe cumplir con lo dispuesto en la Sección 502.8.1.1 y el Código Internacional de la Edificación (IBC). CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
5. Gabinetes de gas: La ventilación de extracción en gabinetes de gas debe cumplir con lo dispuesto en la Sección 502.8.2. El sistema de ventilación de los gabinetes de gas puede conectarse con el sistema de ventilación de las estaciones de trabajo. La ventilación de extracción de gabinetes de gas que contengan gases tóxicos o altamente tóxicos debe adicionalmente cumplir con las Secciones 502.9.7 y 502.9.8. 6. Cerramientos La ventilación con extracción: extracción de cerramientos con extracción debede cumplir con la Sección 502.7.2. La ventilación de extracción de cerramientos con extracción que contengan gases tóxicos o altamente tóxicos debe cumplir con las Secciones 502.9.7 y 502.9.8. 7. Cuartos de gas: La ventilación de extracción de cuartos de gas debe cumplir con la Sección 502.8.2. La ventilación de extracción de gabinetes de gas que contengan gases tóxicos o altamente tóxicos debe cumplir con las Secciones 502.9.7 y 502.9.8. [F] 502.10.2 Penetraciones. Todo conducto de extracción que penetre un conjunto resistente al fuego debe tener un recinto con una construcción de resistencia al fuego equivalente. Los conductos de extracción no deben penetrar paredes que separen dos edificaciones. Está prohibido instalar reguladores de tiro antifuego en conductos de extracción. [F] 502.10.3 Sistemas de tratamiento. Los sistemas de tratamiento de gases tóxicos y altamente tóxicos deben
cumplir con lo estipulado en el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
502.11 Proyectores de películas. Los proyectores de películas deben tener extracción de conformidad con la Sección 502.11.1 ó 502.11.2. 502.11.1 Proyectores con descarga de extracción. Los proyectores que vengan con una descarga de extracción deben conectarse directamente a un sistema de extracción mecánica. El sistema de extracción debe funcionar con el caudal indicado en las instrucciones de instalación del fabricante. 502.11.2 Proyectores sin conexión de extracción. Los proyectores que vengan sin prevista de extracción deben tener un sistema de extracción mecánica que remueva los contaminantes. Para proyectores de arco eléctrico el caudal deextr acción debe ser deun mínimode 200 piescúbi cos por minuto (cfm) (0.09 m3/s) por lámpara. Para proyectores de xenón el caudal de extracción debe ser de un mínimode 300 cfm (0.14 m 3/s) por lámpara. La extracción de un proyector de xenón debe asegurar que la temperatura exterior del cobertor de la lámpara no supere los 130°F (54°C). Los sistemas de extracción de la lámpara y del cuarto de pro yección, ya sea que vayan independientes o combinados, no deben conectarse con ningún otro sistema de extracción o retorno dentro de la edificación. [F] 502.12 Procesos de recubrimiento orgánico. Las estructuras cerradas que alberguen procesos de recubrimiento orgánico en donde se manejen o procesen líquidos de Clase I deben ventilarse con un caudal mínimo de 1 cfm/ft.2 [0.00508 45
SISTEMAS DE EXTRACCIÓN
m3/(s·m 2)] de área maciza de piso. La ventilación debe producirseconventiladoresdeextracciónquetomenelaireanivelde piso y descarguen el aire a un lugar seguro fuera de la estructura. Para reponer la extracción debe tomarse aire no contaminado y circularse de forma que todas laspartesde áreas macizas de piso tengan un movimiento continuo de aire distribuido uniformemente. 502.13 Garajes públicos. Los sistemas de extracción mecánica para garajes públicos, tal y como lo establece el Capítulo
carga de combustible en caso de falla del siste ma de ventilación. El gasto de ventilación debe ser de al menos 12 pies cúbicos [0.00138 m3/(s m3 )] de volumen del cuarto. [F] 502.16.2 Funcionamiento. El sistema mecánico de ventilación debe funcionar continuamente. Excepciones: 1. Sistemas de ventilación mecánica que están encla-
4, deben funcionar continuamente o de acuerdo con la Sección 404. 502.14 Áreas con circulación de vehículos motorizados. En áreas de circulación de vehículos motorizados debe contarse con ventilación mecánica de conformidad con la Sección 403. Asimismo, en las áreas en donde se operen vehículos motorizados estacionarios debe contarse conun sistema que atrapelas emisiones en su fuente que se conecte directamente con los sistemas de descarga de los vehículos motorizados. Excepciones: 1. Esta sección no es válida si los vehículos motorizados en uso o reparación son eléctricos. 2. Esta sección no es válida para viviendas de una y dos familias. 3. Esta sección no es válida para áreas de servicio de vehículos motorizados en losque losmotore s están en operación dentro de la edificación sólo mientras los vehículos entran o salen.
vados condeunacuerdo sistemacon deeldetección de gases diseñado Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
[F] 502.15 Talleres de reparación. Si una edificación alberga líquidos de Clase I o gas LP y cuenta con un sótano o fosa en donde se pueden acumular vapores inflamables, el sótano o fosa debe tener ventilación capaz de impedir la acumulación de los vapores inflamables en su interior. [F] 502.16 Talleres de reparación para vehículos de gas natural y de hidrógeno. Los talleres de reparación de vehículos a base de gas natural o de hidrógeno deben tener un sistema de ventilación mecánica aprobado. El sistema de ventilación mecánica debe cumplir con las Secciones 502.16.1 y 502.16.2. Excepción: Si se cuenta con la aprobación de la autoridad competente, debe permitirse el uso de ventilación natural en lugar de ventilación mecánica. [F] 502.16.1 Diseño. Las ubicaciones interiores deben ventilarse usando entradas de aire de suministro y salidas de extracción colocadas de forma que produzcan un movimiento uniforme de aire en la medida en que sea posible. Las entradas deben uniformemente sobre muros exteriores cerca del colocarse nivel de piso. Las salidas deben ubicarse en el punto alto del cuarto, en muros exteriores o en el techo. La ventilación debe obtenerse por medio de un sistema de ventilación mecánica continua, o un sistema de ventilación mecánica activado por un sistema de detección de gas natural de monitoreo continuo, o para hidrógeno, un sistema de detección de gas inflamable de monitoreo continuo, ambos queseactivenalllegaraunaconcentracióndegasdel25por ciento del límite inferior de inflamabilidad LFL. En cualquier circunstancia, el sistema debe apagar el sistema de 46
2. Sistemas de ventilación mecánica en garajes usados solamente para la reparación de vehículos de combustibles líquidos o gases odoríferos, tales como el GNC, y en donde el sistema de ventilación está enclavado eléctricamente con el circuito de iluminación. 502.17 Reparación y recauchutajede llantas. Todocuartoen donde se usen o mezclen pegamentos para hule, o en donde se apliquen solventes inflamableso combustibles, debe ventilarse deconformidadconlasdisposicionesrelevantesdelNFPA91. 502.17.1 Máquinas de pulido. Toda máquina de pulido debe estar conectada a un sistema colector de polvo que impida la acumulación del polvo producido por el proceso de pulido. 502.18 Cuartos específicos. Cuartos específicos, incluyendo baños, vestidores, salas de fumar y escusados, deben tener extracción de acuerdo con los requisitos de ventilación del Capítulo 4. 502.19 Cocinas económicas de fogón en interiores. Se debe proveer ventilación de manera aprobada en los interiores que albergan una cocina económica con fogón. Dicha ventilación sedebedise ñar a finde proteger a los empleados y al público de acuerdo con OSHA 259 CFR 1910.1025 donde sea aplicable.
SECCIÓN 503 MOTORES Y VENTILADORES 503.1 Generalidades. Los motores y ventiladores deben tener el tamaño adecuado para dar el movimiento requerido del aire. Los motores inmersos en áreas con vapores o polvos inflamables deben ser de un tipo aprobado para dichos ambientes. En sistemas con vapores o polvosinflam ables debe instalarse un control remoto manual en un lugar aprobado que permita apagar los ventiladores o sopladores. Todo equipo o artefacto eléctrico que sea usado en procesos que produzcan vapores, humos o polvos explosivos o inflamables debe estar enclavado con el sistema de ventilación de tal forma que los equipos y artefactos no se puedan usar a menos que los ventiladores instalados estén funcionando. Los motores de ventiladores usados para transportar vapores o polvos inflamables deben colocarse afuera del conducto, o deben protegerse con escudos o protecciones contra polvo aprobados. Los motores y ventiladores deben contar con un medio de acceso para labores de servicio y mantenimiento. 503.2 Ventiladores. Las partes de ventiladores que estén en contacto con vapores, humos o polvos explosivos o CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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inflamables deben ser de materiales no ferrosos o que no levanten chispas, o la carcaza del ventilador, o su revestimiento interno, deben ser de tales materiales. Cuando el tamaño y la dureza de los materiales impulsados por el ventilador sean capaces de producir chispas, tanto el ventilador como su carcaza deben ser de materiales que no levanten chispas. Si se requiere que un ventilador no produzca chispas, los cojinetes deben estar fuera de la corriente de aire, y todas las partes del ventilador deben estar puestas a tierra. Todo ventilador para manejo de materiales que puedan congestionar los álabes, así como ventiladores en sistemas de extracción de máquinas de pulido o de desechos de madera, debe ser de álabes radiales o del tipo axial tubular. 503.3 Placa de identificación de equipos y artefactos. Los equipos y artefactos que se usen en la extracción de vapores, humos y polvos explosivos o inflamables deben portar una placa de identificación que indique el caudal para el cual fueron diseñados. 503.4 Ventiladores resistentes a la corrosión. Todo ventilador instalado en un sistema que transporte sustancias corrosivas debe estar hecho de materiales resistentes al corrosivo, o deben recubrirse con materiales resistentes a la corrosión.
SECCIÓN 504 EXTRACCIÓN DE SECADORAS DE ROPA 504.1 Instalación. Las secadoras de ropa deben tener extracción de conformidad con las instrucciones del fabricante. Los sistemas de extracción de secadoras independientes de cualquier otro sistema, y deben deben evacuarserla humedad y cualquier producto de combustión al exterior de la edificación. Excepción: Esta sección no es válida para secadoras de ropa condensantes (sin conducto) certificadas y selladas. 504.2 Penetraciones de extracción. Los conductos de extracción de secadoras de ropa no deben penetrar o estar dentro de ningún bloqueo antifuego, barreras contra corriente de aire, o paredes, conjuntos de piso/cielorraso u otros conjuntos que deben tener clasificación de resistencia al fuego según el Código Internacional de la Edificación (IBC) , a menos que los conductos sean construido de hierro galvanizado o aluminio con el espesor especificado en la Sección 603.4 y su clasificación de resistencia al fuego cumpla con el Código Internacional de la Edificación (IBC). Los reguladores de tiro antifuego, reguladores de tiro combinados antifuego/antihumo, y cualesquiera otros dispositivos similares que obstruyan el flujo de extracción deben prohibirse en los conductos de extracción de secadoras de ropa. 504.3 Acceso de limpieza. Todo conducto vertical debe tener un acceso para limpieza interna. 504.4 Instalación de extracción. Los conductos de extracción para secadoras de ropa deben terminar fuera de la edificación y deben estar equipados con un regulador de tiro de contraflujo. No deben instalarse cedazos en el extremo del conducto. Los conductos no deben unirse o instalarse con tornillos para metal u otros medios de sujeción que puedan obstruir el flujo de extracción. Los conductos de extracción para secadoras de ropa no deben conectarse con un conector de respiradero, un CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
respiradero o una chimenea. Los conductos de extracción para secadoras de ropa no deben pasar a través de conductos o plenos.
504.5 Aire de reposición. Las instalaciones que extraigan más de 200 cfm (0.09 m3/s) deben contar con aire de reposición. Si una secadora de ropa queda instalada dentro un armario, el cerramiento del armario debe tener una abertura con un área mínima de 100 pulgadas cuadradas (0.0645 m2). Los 504.6 Conductos para secadoras de ropa domésticas. conductos de extracción para secadoras de ropa domésticas deben construirse de metal y tener un acabado interior liso. El conducto de extracción debe ser de al menos de 4 pulgadas (102 mm) de diámetro nominal. El sistema completo de extracción debe estar soportado y fijado en su lugar. En las juntas traslapadas de conductos el extremo macho debe entrar en la dirección de flujo del aire. Los conductos de transición de secadoras de ropa que se usan para conectar el artefacto con el sistema de conductos de extracción deben limitarsea tramosde un máximo de 8 pies (2438 mm) y deben estar certificados y sellados para la aplicación. Los conductos de transición no deben quedar ocultos detrás de elementos de construcción.
504.6.1 Largo máximo. El largo máximo de conductos de secadoras de ropa no debe superar los 25 pies (7620 mm) desde el secador hasta el extremo de salida. Este largo máximo de conducto debe reducirse 2½ pies (762 mm) metros por cada curva de 45 grados (0,79 rad) y 5 pies (1524 mm) por cada curva de 90 grados (1.6 rad). El largo máximo del conducto de extracción no incluye el conducto de transición.
Excepción: Si se conocen la marca y modelo de la secadora de ropa a instalarse y se entregan lasinstr ucciones de instalación del fabricante de la secadora a la autoridad competente, debe permitirse que el largo máximo del conducto de extracción, incluyendo cualquier conducto de transición, sea determinado según lo indiquen las instrucciones de instalación del fabricante. 504.6.2 Instalacion en obra gruesa requerida. Si se tiene dispuesto un compartimiento o espacio para una se-cadora de ropa doméstica, debe instalarse un sistema de conductos de extracción de acuerdo con lo indicado en las Secciones 504.6 y 504.6.1. 504.7 Secadoras de ropa comerciales. La instalación de conductos de extracción para secadoras de ropa delTipo 2 debe hacerse obedeciendo las instrucciones de instalación del fabricante del artefacto. Todo motor de ventilador de extracción forme parte de de extracción múltiples, debe quedar fueraque de la corriente de sistemas aire. En instalaciones el ventilador debe operar continuamente o estar enclavado para operar cuando cualquier unidad individual se encienda. Los conductos deben tener un espacio libre mínimo de 6 pulgadas (152 mm) a materiales combustibles. Los conductos de transición de secadoras de ropa, que sirven para conectar el artefacto con el sistema de conductos de extracción, deben limitarse a tramos de 8 pies (2438 mm) o menos de largo, y deben estar certificados y sellados para la aplicación. Los conductos de transición no pueden quedar ocultos dentro de construcción alguna. 47
SISTEMAS DE EXTRACCIÓN
SECCIÓN 505 EQUIPOS DE EXTRACCIÓN DE COCINAS DOMÉSTICAS 505.1 Sistemas domésticos. Siempre que en unidades de vivienda se tengan campanas sobre cocinas domésticas, o artefactos domésticos con extracción de tiro descendente, tales campanas y artefactos deben descargar al exterior por medio de conductos de lámina metálica de acero galvanizado, acero inoxidable, aluminio o cobre. Estos conductos deben ser herméticosdey tiro conde lascontraflujo. paredes interiores lisas, y contar con un regulador
Excepciones: 1. Se permite que campanas sin conductos para cocinas no descarguen al exterior, si están certificadas y selladas, si se instalan de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante, y si existe ventilación mecánica o natural de conformidad con el Capítulo 4. 2. Debe permitirse el uso de tubería rígida de PVC de Schedule 40 como conductos para artefactos domésticos de cocina que cuenten con sistemas de extracción hacia abajo, siempre y cuando la instalación cumpla con todo lo siguiente: 2.1. El conducto debe instalarse debajo de una losa de hormigón colada sobre el suelo. 2.2. La zanja enterrada en la qu e se instala el conducto debe rellenarse completamente con arena o grava. 2.3 El conducto de PVC no debe sobresalir más de 1 pulgada (25 mm) sobre la superficie interior del piso de hormigón. 2.4. El conducto de PVC no debe sobresalir más de 1 pulgada (25 mm) sobre el nivel de terreno afuera de la edificación. 2.5. Los conductos de PVC deben pegarse con cemento solvente.
SECCIÓN 506 CONDUCTOS Y EQUIPOS DE EXTRACCIÓN PARA SISTEMAS DE VENTILACIÓN DE CAMPANAS DE COCINAS COMERCIALES 506.1 Generalidades. Los conductos y equipos de extracción para ventilación de campanas de cocinas comerciales deben cumplir con los requisitos de esta sección. Los conductos de extracción de cocinas comerciales deben para el tipode de grasa campanas y artefactos de cocina que diseñarse atienden.
506.2 Protección contra la corrosión. Todo conducto expuesto a la intemperie o que esté sujeto a ambientes corrosivos debe protegerse contra la corrosión de una manera aprobada. 506.3 Conductos que dan servicio a campanas del Tipo I. Los conductos de extracción del Tipo I deben ser independientes de todos los demás sistemas de extracción, con excepción de lo indicado en la Sección 506.3.5. Los sistemas de conductos de cocinas comerciales que den servicio a 48
campanas del Tipo I deben diseñarse, construirse, e instalarse de conformidad con las Secciones 506.3.1 hasta 506.3.12.3. 506.3.1 Materiales de conductos. Los conductos para campanas del Tipo I deben construirse usando los materiales indicados en las Secciones 506.3.1.1 y 506.3.1.2. 506.3.1.1 Materiales para conductos de extracción de grasa. Los conductos de grasa para campanas del Tipo I deben construirse de acero de al menos 0.055 pulgadas (1.4 mm) (Calibre N°16) de espesor, o acero inoxidable de al menos 0.044 pulgadas (1.1 mm) (Calibre N°18) de espesor. Excepción: Los conductos hechos en fábrica, certificados y sellados, para cocinas comerciales, deben instalarse de conformidad con la Sección 304.1. 506.3.1.2 Conductos de reposición de aire. Los conductos de reposición de aire que conecten directamente a una campana del Tipo I, o estén a 18 pulgadas (457 mm) o menos de la misma, deben construirse e instalarse según lo indicado en las Secciones 603.1, 603.3, 603.4, 603.9, 603.10 y 603.12. El aislamiento del conducto que quede a 18 pulgadas (457 mm) o menos de una campana del Tipo I debe ser no combustible o debe estar certificado para dicho uso. 506.3.2 Juntas, costuras y penetraciones de conductos de grasa. Las juntas, costuras y penetraciones de conductos para grasa deben hacerse con soldadura o soldadura en fuerte, estanca al líquido, en la cara externa del sistema de conductos. Excepciones: 1. No se requiere que las penetraciones sean soldadas ni soldadas en fuerte si se sellan con dispositivos certificados para tal aplicación. 2. No debe prohibirse la soldadura o soldadura en fuerte interna si la junta se forma o pule hasta quedar lisa, y tenga un acceso directo para su inspección. 3. Conductos de grasa prefabricados para cocinas comerciales, certificados y sellados según UL 1978, instalados de acuerdo conla Sección 304.1. 506.3.2.1 Tipos de juntas de conductos. Las juntas de conductos deben ser juntas de tope, o juntas traslapadas ya sea telescópicas o abocinadas. Las juntas traslapadas deben instalarse quedando sin filos ni obstrucciones que puedan acumular grasa o interferir con el escurrimiento por gravedad hasta los puntos de recolección. La diferencia entretraslapados las dimensiones de conductos no debeseccionales ser mayor deinternas 0.25 pulgadas (6 mm). El largo del traslape para juntas traslapadas deconductosnodebesermayorde2pulgadas(51mm). 506.3.2.2 Juntas entre el conducto y la campana. Las juntas entre el conducto y la campana deben hacerse con soldadura continua interna o externa, y que impida la fuga de líquidos. Las juntas deben quedar lisas, accesibles para inspección, y sin trampas de grasa. Excepciones: Esta sección no es válida para lo siguiente: CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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1. Una conexión vertical entre el conduc to y la campana, hecha en el plano superior de la campana, y que cumpla con todo lo siguiente: 1.1. La abertura de la campana para el conducto tiene una brida de 1 pulgada (25 mm) de profundidad, a todo su alrededor, para soldar, doblada a un ángulo de 90 grados hacia el interior con respecto al plano de la abertura.
incluyendo la conexión campana-conducto. El sistema de conductos debe ser tal que permita ser ensayado en secciones, siempre que todas las juntas sean ensayadas.
1.2. El conducto debe tene r una brida de 1 pulgada (25 mm), compuesta de angular deacerode1pulgadax1pulgada(25mm x 25 mm), soldado en todo el perímetro del conducto al menos a 1 pulgada (25 mm) sobre el extremo inferior del conducto. 1.3. Debe tener se un empaque clasif icado para al menos 1,500°F (815°C), colocado entre la brida del conducto y la parte superior de la campana. 1.4. La junta entre el conducto y la campana debe fijarse con pernos de al menos 0.25 pulgadas (6.4 mm) de diámetro, soldados a la campana, a un espaciamiento no mayor de 4 pulgadas (102 mm) entre centros, en todo el perímetro de la abertura. Todos los pernos y tuercas deben asegurarse con arandelas de seguridad.
aislantes que impiden que elensistema de conductos inspeccionado visualmente todas sus caras. El sea portador del permiso debe ser responsable de proveer el equipo necesario y realizar el ensayo de fugas en el conducto de grasa. Se debe realizar un ensayo de luz u otro método aprobado de ensayo equivalente para determinar que todas las juntas soldadas y soldadas en fuerte son estancas a los líquidos. El ensayo de luz se debe realizar pasando una lámpara que tenga una clasificación de potencia mínima de 100 vatios a través de todas las secciones del sistema de conductos a ensayar. La lámpara debe ser abierta de modo de emitir luz igualmente en todas las direcciones perpendiculares a las paredes del conducto. Se debe realizar un ensayo para la totalidad del sistema de conductos, incluyendo la conexión campanaconducto. Se debe permitir que dicho sistema sea ensayado por secciones, siempre que todas las juntas sean sometidas a ensayo.
2. Conexiones de conductos a campana certificados y sellados, instalados de acuerdo con lo indicado en la Sección 304.1. 506.3.2.3 Conexiones del conducto al ventilador de extracción. Las conexiones del conducto al ventilador de extracción deben ser con brida y empaque en la base del ventilador para ventiladores de descarga vertical; deben ser con brida, empaque y pernos a la toma del ventilador para ventiladores centrífugos multipropósito de succión lateral; y deben ser con brida, empaque y pernos a las conexiones de entrada y salida para ventiladores en línea. 506.3.2.4 Aislador de vibración. Para conectar un conducto a un ventilador, el aislador de vibración debe consistir en una junta con mangas metálicas y con un empaque no combustible, o en un conector de conducto de tela flexible recubierta que debe tener la certificación y sello para la aplicación. Los aisladores de vibración deben colocarse solo en la conexión de un conducto a un ventilador o descarga. 506.3.3 Soportes de conductos para grasa. Los soportes y arriostramientos de conductos para grasa deben ser un de un material no combustible y estar fijados en forma segura a la estructura. Además deben estar diseñados para llevar las cargas gravitatorias y sísmicas dentro de las limitaciones de esfuerzo indicadas en el Código Internacional de la Edificación (IBC) . Los pernos, tornillos, remaches y otros sujetadores mecánicos no deben penetrar la pared de los conductos. Se debe ensayar el sistema completo de conductos
Los sistemas conductos de 506.3.4 delaaire. grasa queVelocidad dan servicio campanas del Tipode I deben diseñarse e instalarse para proveer una velocidad de aire dentro del sistema de conductos de al menos 500 pies por minuto (2.5 m/s).
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506.3.3.1 Ensayo de conductos de grasa. Previamente al uso u ocultamiento de cualquier partede un sistema de conductos de grasa, se debe realizar un ensayo de fugas en presencia de la autoridad competente. Se debe considerar que los conductos están ocultos cuando se instalan en recintos, o son cubiertos por recubrimientos o cintas
Excepción: Laslimitacionesdevelocidadnosonválidas dentro de transiciones de conductos que se usen para conectar conductos a aberturas en campanas y ventiladores de diferentes tamaños o formas, siempre y cuando tales transiciones no superen los 3 pies (914 mm) de largo y estén diseñadas para impedir que se forme una trampa de grasa. 506.3.5 Separación de sistemas de conductos para grasa. Debe tenerse un sistema separado de conductos de grasa para cada campana del Tipo I. No se requiere un sistema separado de conductos de grasa si se cumplen todas las siguientes condiciones: 1. Todas las campanas interconectadas están en el mismolas piso. 2. Todas campanas interconectadas están en el mismo cuarto o en cuartos contiguos. 3. Los conductos de interconexión no penetran conjuntos que deben tener una clasificación de resistencia al fuego. 4. El sistema de conductos para grasa no daserv icio a artefactos de combustión de sólidos. 506.3.6 Espacios libres para conductos de grasa. Los sistemas de conductos y equipos de extracción para manejo de grasa que dan servicio a campanas del Tipo I deben 49
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cumplir con un espacio libre a construcción combustible de al menos 18 pulgadas (457 mm), y un espacio libre a construcción no combustible y paredes de yeso montadas sobre estructuras no combustibles de al menos 3 pulgadas (76 mm).
Excepción: Los conductos y equipos de extracción para grasa, hechos en fábrica, certificados y sellados, y para cocinas comerciales, instalados de acuerdo con la Sección 304.1. 506.3.7 Prevención de acumulación de grasa en conductos para grasa. Los sistemas de conductos que den servicio a campanas delTipo I deben construirse e instalarse de forma que la grasa no se acumule en ninguna parte. Además, el sistema debe tener una pendiente de al menos un cuarto de una unidad vertical por cada 12 unidades horizontales (pendiente del 2 por ciento) hacia la campana o hacia un depósito de grasa aprobado. Si un conducto horizontal tienemásde75pies(22860mm)delargo,lapendientedebe ser de al menos una unidad vertical por cada 12 unidades horizontales (pendiente del 8.3 por ciento). 506.3.8 Registros de limpieza de conductos de grasa y otras aberturas. Los sistemas de conductos para manejode grasa no deben tener aberturas además de las requeridas al adecuado funcionamiento y mantenimiento del sistema. Cualquier tramo de estos sistemas que no tengan acceso desde la entrada al conducto o la descarga debe tener aberturas de registro. Deben colocarse registros de limpieza con puertas herméticas, fabricadas conacero con un espesor igual o mayor al requerido para el conducto. Las puertas deben estar equipadas con un método sustancial de retención, que sea suficiente para mantenerlas herméticamente cerradas. Las puertas deben diseñarse para que se puedan abrir sin necesidad de usar una herramienta. Los conjuntos hechos en fábrica de puertas, que incluyen marcos y empaques deben estar aprobados para tal propósito, y no pueden tener medios de sujeción que penetren el conducto. Los conjuntos de puertas de acceso certificados y sellados deben instalarse de acuerdo con los términos de su certificación. 506.3.8.1 Entrada del personal. Si un conducto es lo suficientemente grande para permitir la entrada del personal, debe tenerse al menos una abertura aprobada o certificada con dimensiones mínimas de 20 pulgadas por 20 pulgadas (508 mm por 508 mm) en los tramos horizontales, y en la parte superior de tramos verticales. En donde se tengan dichas entradas, el conducto y su soporte deben tener la capacidad de resistir la carga adicional, y no se hacen necesarios los registros de limpieza especificados en la Sección 506.3.8. 506.3.9 Registros de limpieza en conductos horizontales de grasa. Los registros de limpieza en tramos horizontales de conductos deben colocarse a no más de 20 pies (6096 mm) entre si. Los registros de limpieza deben ubicarse en el costado del conducto, con la abertura al menos a 1.5 pulgadas (38 mm) del fondo del conducto, y al menos a 1 pulgada (25 mm) de la parte superior del mismo. El tamaño mínimo de cada abertura debe ser de 12 pulgadas (305 mm) de lado. Si el tamaño de los costados del conducto impiden 50
colocar el registro de limpieza como se ha descrito, las aberturas deben estar en la parte superior o inferior del conducto. Si se colocan en la parte superior del conducto, los registros de limpieza deben quedar al menos a 1 pulgada (25 mm) de los costados del conducto. Si se colocan en la parte inferior del conducto, los registros de limpieza deben diseñarse con un dique alrededor del registro, deben tener un empaque para evitar la salida de grasa, deben permitir el drenaje de grasa a lo largo del conducto alrededor del dique, y deben ser aprobados para la aplicación. Si lasdimens iones de los costados y las partes superior e inferior del conducto impiden que se coloquen los registros de limpieza con los tamaños mínimos indicados, el registro de limpieza debe ubicarse en la cara del conducto que permita el mayor tamaño de la abertura, y debe instalarse a las distancias especificadas de los bordes del conducto como se estipuló previamente.
506.3.10 Cerramiento para conductos de grasa. Todo conducto de grasa que de servicio a una campana del Tipo I que penetre un cielorraso, pared o piso debe encerrarse desde el punto de penetración hasta el extremo final de salida. Un conducto debe penetrar paredes exteriores solamente en los lugares donde el Código Internacional de la Edificación (IBC) permita aberturas desprotegidas. Los conductos deben encerrarse de acuerdo con los requisitos del Código Internacional de la Edificación (IBC) para construcción de recintos. El cerramiento de conducto debe sellarse a todo su alrededor en el punto de penetración, y descargar al exterior de la edificación usando una abertura apta para la intemperie. El espacio libre desde el conducto hasta la superficie interior de un cerramiento de construcción combustible debe ser de al menos 18 pulgadas (457 mm). El espacio libre desde el conducto hasta la superficie interior de un cerramiento de construcción no combustible o paredes de yeso fijadas sobre estructuras no combustibles debe ser de al menos 6 pulgadas (152). El cerramiento de conducto debe ser solamente para un sistema de conductos de extracción de grasa, y no puede albergar otros conductos, tuberías, alambrados o sistemas. Excepciones: 1. Las disposiciones de esta sección para el cerramiento de recinto no son requeridas si una penetración de conducto se protege con un sistema de bloqueos antifuego que atraviesa dicha penetración, clasificado de conformidad con ASTM E 814,quetengaunaclasificación"F"y"T"igualala clasificación de resistencia al fuego del conjunto que secontinuamente penetra, y si la en superficie conducto cubre todas susdelcaras desde se el punto de penetración al cielorraso, muro o piso hasta el extremo final de salida con un material, sistema, método de construcción, o producto clasificado y sellado y evaluado específicamente para dicho propósito, de acuerdo con ASTM E 2336. Los sistemas expuestos de revestimiento con cinta aislante deben protegerse si están sujetos a daño físico. 2. Las disposiciones de esta sección para el cerramiento de recinto no son requeridas donde una CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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penetración de conducto se protege con un sistema de bloqueo antifuego que atraviesa dicha penetración, clasificado de conformidad con ASTM E 814,quetengaunaclasificación"F"y"T"igualala clasificación de resistencia al fuego del conjunto que se penetra, y donde un sistema de cerramiento de conductos de grasa prefabricado es protegido en todas sus caras desde el punto de penetración al cielorraso, muro o piso hasta el extremo final de salida con un sistema prefabricado clasificado y sellado y evaluado específicamente para dicho propósito, de acuerdo con UL 2221. 3. No debe requerirse un cerramiento de conducto para un conducto de grasa que penetre sólo un conjunto de techo/cielorraso clasificado como no resistente al fuego. 506.3.11 Abertura de acceso resistente al fuego para conductos de grasa. Si se colocan registros de limpieza en conductos con un cerramiento con clasificación de resistencia al fuego, deben colocarse aberturas de acceso en el cerramiento en donde se encuentren los registros. Las aberturas de acceso deben tener puertas corredizas o abisagradas que cierren ajustadamente y que sean iguales en su capacidad de protección al fuego del recinto o espacio cerrado. Debe colocarse un rótulo aprobado en los paneles de las aberturas de acceso con las palabras: “PANEL DE ACCESO, NO OBSTRUYA.”(ACCESS PANEL. DO NOT OBSTRUCT)
506.3.12 Salidas de extracción para campanas I. Las salidas de extracción para conductos de grasadel queTipo dan servicio a campanas del Tipo I deben cumplir con los requisitos de las Secciones 506.3.12.1 hasta 506.3.12.3. 506.3.12.1 Terminación sobre el techo. Las salidas de extracción que terminen sobre el techo deben tener la abertura de descarga al menos a 40 pulgadas (1016 mm) sobre la superficie del techo. 506.3.12.2 Terminación a través de una pared exterior. Debe permitirse que las salidas de extracción terminen a través de paredes exteriores si el humo, grasa, gases, vapores, y olores en la descarga de dichas terminaciones no provoquen una molestia pública o un riesgo de incendio. Dichas terminaciones no deben colocarseen lugares donde el Código Internacional de la Edificación (IBC) exija aberturas protegidas. No se permite colocar otras aberturas exteriores a menos de 3 pies (914 mm) de tales terminaciones. 506.3.12.3 Ubicación de terminación. . Las bocas de salida de extracción deben ubicarse a no menos de 10 pies (3048 mm) horizontalmente de partes de la misma edificación o edificaciones contiguas, edificaciones adyacentes, líneas de propiedad adyacentes, y tomas de aire de edificaciones, y deben ubicarse al menos a 10 pies (3048 mm) sobre el nivel de terreno adyacente. Excepción: Las salidas de extracción deben terminar al menos a 5 pies (1524 mm) de partes de la misma edificación o edificaciones contiguas, una edificación adyacente, línea de propiedad adyacente, y aberturas de entrada de aire dentro de una edificación donde el CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
airedelasbocasdesalidadeextraccióndescargalejos de estas ubicaciones. 506.4 Conductos para campanas del Tipo II. Los sistemas de extracción individuales o combinados del Tipo II para operaciones de procesamiento de alimentos deben ser independientes de los demás sistemas de extracción. Los sistemas de extracción para cocinas comerciales que dan servicio a campanas del Tipo II deben cumplir con las Secciones 506.4.1 y 506.4.2.
506.4.1 Salidas de extracción del Tipo II. Las salidas de extracción para conductos que dan servicio a campanas del Tipo II deben cumplir con las Secciones 401.4 y 401.4.2. Dichas salidas deben ser aptas para las condiciones locales del clima y deben cumplir con las disposiciones para protecciones de aberturas en paredes exteriores contenidas en el Código Internacional de la Edificación (IBC). 506.4.2 Conductos. Los conductos y plenos que dan servicio a campanas del Tipo II deben construirse con materiales metálicos rígidos. La construcción, instalación, soporte y arriostramiento de conductos debe cumplir con lo dispuesto en el Capítulo 6. Todo conducto sujeto a presión positiva, así como todo conducto que transporte aire cargado de humedad o calor, debe construirse, unirse y sellarse de una manera aprobada. 506.5 Equipo de extracción. Todo equipo de extracción, incluyendo ventiladores y depósitos de grasa, debe cumplir conlas Secciones 506.5.1 hasta 506.5.5, y debe tener un diseño aprobado o estar certificado para la aplicación. 506.5.1 Ventiladores de extracción. Las envolturas de ventiladores de extracción que dan servicio a una campana del Tipo I deben construirse siguiendo los mismos requisitos para conductos de grasa de acuerdo con la Sección 506.3.1.1.
Excepción: Ventiladores certificados y sellados de acuerdo con UL 762. 506.5.1.1 Motor de ventilador. Los motores de ventiladores de extracción deben estar fuera de la corriente de aire de extracción. 506.5.2 Descarga de ventiladores de extracción. Los ventiladores de extracción deben colocarse de forma que la descarga no sea arrojada sobre el techo, otros equipos y artefactos, o partes de la estructura. 506.5.3 Montaje de ventilador de extracción. Un ventilador de descarga hacia arriba debe estar abisagrado y tener un cable eléctrico flexibleEl para intemperie que permitan la inspección y limpieza. sistema de conductos debe sobresalir al menos 18 pulgadas (457 mm) sobre la superficie del techo.
506.5.4 Espacios libres. Todo equipo de extracción que de servicio a una campana del Tipo I debe tener un espacio libre de al menos 18 pulgadas (457 mm)a construcción combustible. Excepción: Equipos de extracción hechos en fábrica instalados de conformidad con la Sección 304.1 y que estén clasificados para un espacio libre menor. 51
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506.5.5 Ubicación de terminación. La boca de salida de equipos de extracción que dan servicio a campanas del Tipo I debe cumplir con la Sección 506.3.12. Excepción: La distancia horizontal mínima entre ventiladores de descarga vertical y estructuras de la edificación tipo parapeto debe ser de 2 pies(610 mm),siem pre y cuando dichas estructuras no queden más altas que la parte superior de la abertura de descarga del ventilador.
SECCIÓN 507 CAMPANAS PARA COCINAS COMERCIALES 507.1 Generalidades. Las campanas de extracción para cocinas comerciales deben cumplir con los requisitos de esta sección. Las campanas deben ser de los Tipos I y II y deben diseñarse para atrapar y confinar los vapores y residuos producto de la cocción. Los sistemas de campanas de extracción de cocinas comerciales deben funcionar durante las operaciones de cocina. Excepciones: 1. No se requiere que las campanas de extracción prefabricadas de uso comercial cumplan con las Secciones507.4, 507.7, 507.11, 507.12, 507.13, 507.14 y 507.15 si las mismas son ensayadas de acuerdo con UL 710, y están certificadas, selladas, e instaladas de acuerdo con la Sección 304.1 2. No se requiere que los sistemas de recirculación prefabricados para cocinas cumplan con las Secciones 507.4, 507.5,comerciales 507.7, 507.12, 507.13, 507.14 y 507.15 si son ensayados de acuerdo con UL 710B, y están certificadas, selladas, e instaladas de acuerdo con la Sección 304.1. 3. Debe permitirse que se reduzca el volumen neto de extracción de las campanas durant e los períodos en que no hay cocción, si existen controles automáticos certificados de velocidad múltiple o variable, o diseñados según los métodos de la ingeniería, que operan automáticamenteel sistema de extracción para mantener la captura y eliminación de los efluentes de lacoccióndeacuerdoalosrequisitosdeestasección. 507.2 Donde se requieren. Debe instalarse una campana del Tipo I o Tipo II en todos los artefactos de cocción comercial de acuerdo con las Secciones 507.2.1 y 507.2.2. Debe instalarse una campana individual del Tipo I sobre todo artefacto de cocción que así lo requiera. Si se requiere una campana del Tipo II, debe instalarse una campana del Tipo I o II.
507.2.1 Campanas del Tipo I. Deben instalarse campanas del Tipo I en artefactos de cocina que produzcan grasa o humo, tal y como ocurre en planchas, freidoras, asadores, hornos, y cocinas. 507.2.1.1 Funcionamiento. Los sistemas de campanas Tipo I se deben diseñar e instalar para activar automá ticamente el ventilador de extracción siempre que se realicen tareas de cocina. La activación del ventilador de extracción debe estar enclavada con los artefactos de cocina, por medio de sensores de calor u otros métodos aprobados. 52
507.2.2 Campanas del Tipo II. Deben instalarse campanas del Tipo II en artefactos de cocina o de lavado de platos que produzcan calor o vapor pero no produzcan grasa o humo, talycomoocurreenbañomaría,marmitas,cocinasdepasta, y lavavajillas. Excepciones: 1. Lavavajillas comerciales que se colocan por debajo del mostrador de cocina. 2. No se requiere una campana del Tipo II para lavavajillas y ollas que tengan sistemas de extracción de calor y vapor de agua que vengan de fábrica, y se instalen de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. 3. Un horno único de uso liviano eléctrico a convección, de pan, de calentamiento o microondas. Las cargas adicionales de calor y de humedad generadas por dichos artefactos deben ser tenidas en cuenta en el diseño del sistema HVAC. 4. No se requiere una campana Tipo II para los siguientes artefactos calentados eléctricamente: tostadores, mesas térmicas a vapor para comida, máquinas de palomitas de maíz, máquinas de cocinar salchichas, huevos o arroz, cafeteras, hornos de calentamiento o de mantenimiento de temperatura. Las cargas adicionales de calor y de humedad generadas por dichos artefactos se deben tener en cuenta en el diseño del sistema HVAC. 507.2.3 Artefactos de cocina doméstica para propósitos comerciales. Los artefactos de usados cocina doméstica que se usen para propósitos comerciales deben tener campanas del Tipo I o Tipo II según se requiera para los tipos de artefactos y procesos de conformidad con las Secciones 507.2, 507.2.1 y 507.2.2. 507.2.4 Uso muy pesado. Las campanas Tipo I usadas sobre artefactos de cocina de uso muy pesado no deben cubrir otros artefactos que requieran equipo de extinción de incendios, y tales campanas deben descargar a un sistema de extracción independiente de otros sistemas de extracción. 507.3 Artefactos de combustión. En donde se tengan artefactos de combustión con ventilación en el mismo cuarto o espacio que una campana, deben tomarse precauciones para impedir que el sistema de campana interfiera con el funcionamiento normal de los respiraderos de los aparatos. 507.4 Materiales para campanas del Tipo I. Las campanas del Tipo I deben construirse con acero de al menos 0.043 pulgadas (1.09 mm) (Nº 18 MSG) de espesor, o acero inoxidable de al menos 0.037 pulgadas (0.94 mm) (Nº 20 MSG) de espesor. 507.5 Materiales para campanas del Tipo II. Las campanas del Tipo II deben construirse con acero de al menos 0.030 pulgadas (0.76 mm) (Calibre Nº 22) de espesor, acero inoxidable de almeno s 0.024 pulgadas (0.61 mm) (Calibre Nº 24) de espesor, lámina de cobre con un peso mínimo de 24 onzas por pie cuadrado (7.3 kg/m2), u otro material aprobado con un espesor aprobado. 507.6 Soportes. Las campanas del Tipo I deben fijarse en su lugar usando elementos soporte no combustible. Todos los CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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elementos de soporte para campanas del Tipo I y del Tipo II deben ser adecuados para la carga aplicada de la campana, los sistemas de conductos sin soportes, la carga del efluente, y el posible peso de personal trabajando dentro o sobre la campana. 507.7 Juntas, costuras y penetraciones de campanas. Las juntas, costuras y penetraciones de campanas deben cumplir con las Secciones 507.7.1 y 507.7.2. 507.7.1 Campanas del Tipo I. Las juntas, costuras y penetraciones extern as de campanas del Tipo I deben hacerse con soldadu ra de acero o soldadura fuerte de cobre, que sea continua y no permitafug a de líquido, y llegue hasta el perímetro exterior de la campana. No debe requerirse soldadura en las juntas, costuras, penetraciones, marcos para filtros, y otros accesorios, que estén del lado interior, pero deben sellarse para impedir la fuga de grasa. Excepciones: 1. No se requiere soldadura de acero o soldadura fuerte de cobre en penetraciones que estén selladas con dispositivos certificados para tal uso. 2. No debe prohibirse el uso de soldadura interna de acero, o soldadura interna fuerte de cobre, en costuras, juntas y penetraciones de la campana, siempre y cuando la junta se haga lisa o se esmerile de forma que no retenga grasa y se pueda limpiar fácilmente. 507.7.2 Campanas del Tipo II. Las juntas, costuras y penetraciones de campanas del Tipo II deben construirse según lo indicado en el Capítulo 6, deben sellarsepor el lado interior, y deben quedar como una superficie lisa que se pueda limpiar fácilmente y no permita fuga de agua. 507.8 Limpieza y canal recolector de grasa. Toda campana debe diseñarse para que pueda limpiarse completamente. Los canales recolectores de grasa deben drenar a un contenedor aprobado que se fabrique, diseñe, e instale pensando en su fácil acceso para limpieza. 507.9 Espacios libres para campanas del Tipo I. Toda campana del Tipo I debe instalarse con un espacio libre mínimo de 18 pulgadas (457 mm) a materiales combustibles. Excepción: No debe requerirse este espacio libre para paredes de yeso fijadas sobre estructuras no combustibles, siempre y cuando se tenga un material no combustible liso, limpiable, no absorbente y no combustible entre la campana y la pared de yeso en un área que sobresalga al menos 18 pulgadas (457 mm) en todas las direcciones con respecto a la campana. 507.10 Campanas que penetren el cielorraso. Las campanas del Tipo I, o sus partes, que penetren un cielorraso, pared, o espacios enrasillados deben cumplir con los requisitos de la Sección 506.3.10. 507.11 Filtros de grasa. Las campanas del Tipo I deben estar equipadas con filtros de grasa certificados y diseñados para tal uso específico. Debe contarse con equipos de recolección de grasa que sean accesibles para limpieza.El borde inferior de un filtro de grasa debe quedar a una distancia mínima sobre la superficie de cocción según se especifica en la Tabla 507.11. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
TABLA 507.11 DISTANCIA MÍNIMA ENTRE EL BORDE INFERIOR DE UN FILTRO DE GRASA Y LA SUPERFICIE DE COCCIÓN O CALENTAMIENTO TIPO DE ARTEFACTO DE COCINA
ALTURA SOBRE SUPERFICIE DE COCCIÓN (pie)
Sin llama expuesta Llamayquemadorexpuesto De carbón expuesto y parrillas a carbón
0.5 2 3.5
Para SI: 1 pie = 304.8 mm
507.11.1 Criterios. Los filtros deben tener un tamaño, tipo y arreglo que permitan el paso de la cantidad requerida de aire a través de dichas unidades a un caudal que no supere los valores para los cuales los filtros o unidades fueron diseñados o aprobados. Las unidades de filtros deben instalarse en marcos o monturas de modo que puedan quitarse fácilmente sin necesidad de herramientas, a menos que estén diseñadas e instaladas para ser limpiadas en su lugar y el sistema esté dispuesto para tal limpieza en el sitio. Las unidades de filtros desmontables deben ser de un tamaño que permitan ser lavados en una máquina lavadora de platos o en un fregadero. Las unidades de filtros deben tener dispositivos de recolección de goteo de grasa que impidan que dicha grasa u otros condensados caigan sobre losalimentosoenlassuperficiesdepreparacióndecomida. 507.11.2 Posición de montaje. Los filtros deben instalarse a un ángulo no menor de45 grados (0.79 rad) de la horizontal, y deben tener una bandeja de goteo debajo del borde inferior. 507.12 Tamaño y ubicación del toldo. El borde interno más bajo de campanas en toldo comerciales Tipo I y II deben sobresalir o extenderse a una distancia horizontal no menor a 6 pulgadas (152 mm) más allá del borde de la superficie superior horizontal del artefacto en todos sus lados abiertos. La distancia vertical entre el labio del borde frontal más bajo de la campana y dicha superficie no debe exceder los 4 pies (1219 mm). Excepción: Se debe permitir que la campana esté alineada con el borde exterior de la superficie de cocción donde la campana está unida a ese lado del artefacto por medio de un muro o panel no combustible. 507.13 Capacidad de campanas. Las campanas para servicio de comida comercial deben extraer una cantidad mínima neta de aire determinada de acuerdo con esta sección y las Secciones 507.13.1 hasta 507.13.4. La cantidad neta de aire de extracción debe calcularse restando cualquier flujo de aire suministradodirect amentea la cavidad de la campana del gasto total de aire de la campana. Donde se utilice cualquier combinación de artefactos de cocina de uso pesado, medio y ligero bajo una campana única, se debe usar para la toda la campana el 53
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gasto de extracción requerido por esta sección para el artefacto de uso más pesado cubierto por la campana.
507.13.1 Artefactos de cocina de uso extra pesado. El gasto de aire mínimo para campanas del Tipo I que den servicio a artefactos de cocina de uso muy pesado debe determinarse como sigue:
507.13.4 Artefactos de cocina de uso ligero. El gasto de aire mínimo para campanas del Tipo I que den servicio a artefactos de cocinade uso ligero, y serviciosde preparación de alimentos y operaciones de cocción de uso ligero aprobados para uso bajo una campana del Tipo II, debe determinarse como sigue: TIPO DE CAMPANA
CF M p or pi e li n ea l d e la campana
TIPO DE CAMPANA
Campana (toldo) de tipo isla
700
Campana (toldo) de doble isla (cada lado)
550
Campana (toldo) montada sobre muro
550
Muro Trasero
No se permite
TipoCeja
Nosepermite
Para SI: 1 cfm por pie lineal = 1.55 L/s por metro lineal.
507.13.2 Artefactos de cocina de uso pesado. El gasto de aire mínimo para campanas del Tipo I que den servicio a artefactos de cocina de uso pesado debe determinarse como sigue: TIPO DE CAMPANA
C F M po r p ie li ne al de la campana
Campana (toldo) de tipo isla
600
Campana (toldo) de doble isla (cada lado)
400
Campana (toldo) montada sobre muro
400
Muro Trasero
No se permite
TipoCeja
Nosepermite
Para SI: 1 cfm por pie lineal = 1.55 L/s por metro lineal.
507.13.3 Artefactos de cocina de uso medio. El gasto de aire mínimo para campanas del Tipo I que den servicio a artefactos de cocina de uso medio debe determinarse como sigue: TIPO DE CAMPANA
CFM por pie lineal de la campana
Campana (toldo) de tipo isla
500
Campana (toldo) de doble isla (cada lado)
300
Campana (toldo) montada sobre muro
300
Muro Trasero TipoCeja
300 250
Para SI: 1 cfm por pie lineal = 1.55 L/s por metro lineal.
54
CFM por pie lineal de la campana
Campana (toldo) de tipo isla
400
Campana (toldo) de doble isla (cada lado)
250
Campana (toldo) montada sobre muro
200
MuroTrasero TipoCeja
250 250
Para SI: 1 cfm por pie lineal = 1.55 L/s por metro lineal.
507.13.5 Artefactos lavavajillas. El gasto mínimo neto de aire para campanas Tipo II usadas para artefactos lavavajillas debe ser 100 CFM por pie lineal de largo de campana. Excepción: Artefactos lavavajillas y equipo instalado de acuerdo con la Sección 507.2.2, Excepción 2. 507.14 Tamaño y ubicación de campanas (excepto tipo toldo). Las campanas que no sean del tipo toldo deben colocarse a un máximo de 3 pies (914 mm) sobre la superficie de cocción. El borde de la campana debe estar recesado un máximo de 1 pie (305 mm) del borde de la superficie de cocción. 507.15 Salidas de extracción. Las salidas de extracción dentro de la campana deben ubicarse de modo que optimicen la captura de partículas. Cada salida debe cubrir una sección máxima de 12 pies (3658 mm) de la campana. 507.16 Ensayo de rendimiento. Una vez que se termine de instalar un sistema de ventilación para artefactos de cocina comercial, y antes de que se emita la aprobación final, debe realizarse un ensayo de rendimiento. El ensayo debe verificar que el caudal de extracción de aire cumpla con lo establecido la Sección 507.13, que el caudal de reposición de aire cumpla con la Sección 508, y que la operación sea adecuada de conformidad con este capítulo. El portador del permiso debe proveer losequipo s y dispositivos de pruebas necesarios para realizar el ensayo. 507.16.1 Ensayo de captura y contención. El permiso debe verificar el comportamiento delportador sistema del de extracción en lo que respecta a captura y contención. Este ensayo de campo se debe conducir con todos los artefactos bajo la campana a las temperaturas de operación, con todas las fuentes de aire exterior entregando aire de reposición para la operación de la campana y con todas las fuentes de aire recirculado proporcionando acondicionamiento para el espacio en el que la campana está ubicada y operando. La captura y contención se deben verificar visualmente mediante la observación del vapor y humo producido por cocción real o simulada, como por velas de humo, etc. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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SECCIÓN 508 REPOSICIÓN DE AIRE DE COCINAS COMERCIALES 508.1 Aire de reposición. Debe suministrarse aire de reposición durante el funcionamiento de los sistemas de extracción de cocinas comerciales que dan servicio a artefactos de cocinas comerciales. La cantidad de aire de reposición suministrada debe ser aproximadamente igual a la cantidad de extracción. No debe permitirse que el aire de reposición disminuya la
ParalosfinesdelasdisposicionesdelaSección510,unlaboratorio debe definirse como una instalación donde el uso de productos químicos está relacionado a ensayos, análisis, enseñanza, investigación o actividades de desarrollo. Los productos químicos se usan o sintetizan sobre una base de no producción, más que en un proceso de fabricación. 510.2 Donde se requieren. Un sistema de extracción peligroso debe requerirse en donde las operaciones de manejo o procesamiento de materiales peligrosos, en ausencia de tales
efectividad del sistema de extracción. El airemecánicos, de reposición debe entregarse por gravedad o por medios o ambos. Para sistemas mecánicos de aire de reposición, los sistemas de extracción y reposición de aire deben estar eléctricamente enclavados para asegurarse de que se proporciona aire de reposición siempre que el sistema de extracción está en funcionamiento. Las aberturas de toma de aire de reposición deben estar ubicadas de conformidad con lasSeccio nes401.4 y 401.4.1. 508.1.1 Temperatura del aire de reposición. La diferencia de temperatura entre el aire de reposición y el aire en el espacio acondicionado no puede exceder los10ºF (6° C). Excepciones: 1. Aire de reposición que es parte del sistema de aire acondicionado. 2. Aire de reposición que no menoscabe las condiciones de confort del cuarto ocupado. 508.2 Campanas compensadas. Los fabricantes de campa-
sistemas de extracción, y bajo condiciones de funcionamiento, tienen el potencial de crearnormales una de las siguientes condiciones: 1. Un vapor, gas, humo, niebla o polvo inflamable está presente en concentraciones superiores al 25 por ciento del límite inferior de inflamabilidad de la sustancia a la temperatura esperada del recinto. 2. Un vapor, gas, humo, niebla o polvo con una clasificación de riesgo para la salud de 4 está presente en cualquier concentración. 3. Un vapor, gas, humo, niebla o polvo con una clasificación de riesgo para la salud de 1, 2 ó 3 está presente en concentraciones que superan el 1 por ciento de la concentración letal media de la sustancia bajo toxicidad de inhalación aguda. Excepción: Los laboratorios, según se definió en la Sección 510.1, excepto donde se exceden las concentraciones listadas en el Ítem 1, o está presente un vapor,
nas mínimo compensadas deben poner etiqueta que indique el caudal de extracción y/o una el caudal máximo de aire de reposición, de forma que se genere la captura de los efluentes de extracción.
SECCIÓN 510 SISTEMAS DE EXTRACCIÓN PELIGROSOS 510.1 Generalidades. Esta sección debe regular lo relativo
gas,para humo, niebladeo 1, polvo unaconcentraciones clasificación deque peligro la salud 2, 3 con ó 4 en exceden el 1 por cientode la concentración media letal de la sustancia para toxicidad por inhalación aguda. [F] 510.2.1 Aserraderos e instalaciones de procesamiento de madera. Los equipos o máquinas que estén ubicados dentro de edificaciones en aserraderos e instalaciones de procesamiento de madera, que produzcan o emitan polvos combustibles, deben tener un sistema aprobado de recolección de polvo instalado de conformidad con estasecciónyel Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC). Los equipos y sistemas que se usen para recoger, procesar o transportar polvos combustibles deben tener un sistema aprobado de control de explosión. [F] 510.2.2 Fibras combustibles. Los equipos o máquinas que estén ubicados dentro de edificaciones y que produzcan o emitan fibras combustibles deben tener un sistema aprobado de recolección de polvo y de extracción. Dichos sistemas deben cumplir con este código y el Código Inter-
al diseño y construcción dedeterminar sistemas de dónde conductos paratales extracciones peligrosas, y debe es que sistemas son requeridos. Los sistemas de extracción peligrosos son aquellos sistemas diseñados para atrapar y controlar emisiones peligrosas generadas por procesos o manejos de productos, y que transportan dichas emisiones al exterior. Las emisiones peligrosas incluyen vapores, gases, humos,nieblas o polvos inflamables, y materiales volátiles o suspendidos en el aire que sean nocivos para la salud, tales como materiales tóxicos o corrosivos. Para los efectos de esta sección, la clasificación de materiales peligrosos para la salud es la que se especifica en el NFPA 704.
nacional de Protección contra Incendios (IFC) . 510.3 Diseño y operación. El diseño y operación del sistema de extracción debe ser capaz de diluir los contaminantes inflamables en aire no contaminado con el fin de mantener las concentraciones en el flujo de extracción por debajo del 25 por ciento de límite inferior de inflamabilidad del contaminante. 510.4 Sistemas independientes. Los sistemas de extracción peligrosos deben ser independientes de los otros tipos de sistemas de extracción. Los materiales incompatibles, según se definen en el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC), no deben evacuarse a través de un mismo
SECCIÓN 509 SISTEMAS DE SUPRESIÓN DE INCENDIOS 509.1 Donde se requieren. Los artefactos de cocina comercial que deben tener una campana del Tipo I según lo estipula la Sección 507.2 deben tener un sistema automático aprobado de supresión de incendios que cumpla con el Código Internacional de la Edificación (IBC) yconel Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
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sistema de extracción peligroso. Los sistemas de extracción peligrosos no pueden compartir recintos comunes con otros sistemas de conductos, excepto si tales sistemas son sistemas de extracción peligrosos que se srcinan en la misma área de protección contra incendio. Excepción:La disposición de esta sección no debe aplicarse en sistemas de extracción de laboratorio donde se aplican todas las siguientes condiciones: 1. Todos los sistemas de conductos de extracción peli grosos y otras extraccionesde laboratorio dentro tanto de espacios ocupados como de recintos están bajo presión negativa mientras dura la operación. 2. Todo el sistema de conductos de extracción peligrosos unidos en un mismo colector dentro del espacio ocupado se debe srcinar dentro de la misma área de incendio. 3. Cada ramal de control tiene un dispositivo de regulación de flujo. 4. Se debe prohibir que las campanas de ácido perclórico y las extracciones conectadassean derivadas a un colector. 5. Las campanas de radioisótopos están equipadas con lechosfiltra ntes y/o de carbón donde lo requiera el profesional registrado de diseño. 6. Los gabinetes de seguridad biológica son filtrados. 7. Se toman recaudos para el mantenimiento continuo de la presión estática negativa en el sistema de conductos. El aire contaminado no debe recircularse a áreas ocupadas a menos que loscon contaminantes hayan sido eliminados. aire contaminado vapores, humos o polvos inflamables;Elgases inflamables, altamente tóxicos o tóxicos; o material radioactivo, no debe ser recirculado. 510.5 Diseño. Los sistemas para la remoción de vapores, gases o humos deben diseñarse por el método de velocidad constante o fricción constante. Los sistemas que transporten partículas deben diseñarse con el método de velocidad constante. 510.5.1 Balance. Los sistemas que transporten materiales explosivos o radioactivos deben prebalancearse usando el tamaño de los conductos. Los otros sistemas deben balancearse usando el tamañode los conductos y con dispositivos de balance, tales como reguladores de tiro. Los regulado res de tiro que se pongan para balancear el flujo de aire deben contar con dispositivos de fijación que aseguren una posición mínima de forma que no permitan que el flujo se estrangule por debajo del caudal o velocidad requeridos. 510.5.2 Control de emisiones. El diseño del sistema debe hacerse para que las emisiones queden contenidas dentro del área en donde se producen usando corrientes de aire, campanas, o cerramientos. Además deben tener una extracción por medio de un sistema de conductos que descargue a un lugar seguro o que tenga un tratamiento para eliminar los contaminantes. 510.5.3 Campanas requeridas. Deben emplearse campanas o cerramientos donde los contaminantes se srcinen en un área limitadade un espacio. El diseño de la campana o cerramiento debe hacer que las corrientes de aire creadas por los sistemas de extracción atrapen los contaminantes y los conduzcan al conducto de extracción. 56
510.5.4 Captura y dilución de contaminantes. La velocidad y circulación del aire en áreas de trabajo deben hacer que los contaminantes sean capturados por una corriente de aire en el área donde se generan las emisiones, y sean transportados a un sistema de conductos para el producto. El aire contaminado en áreas de trabajo donde se generan contaminantes peligrosos debe diluirse por debajo de los valores límites especificados en la Sección 510.2 empleando aire que no tenga otros contaminantes peligrosos. Debe suministrase aire de 510.5.5 Aire reposición. reposición a undecaudal aproximadamente igual al caudal de extracción del sistema de extracción peligroso. Las tomas de aire de reposición deben colocarse de forma que impidan la recirculación de aire contaminado. 510.5.6. Espacios libres. El mínimo espacio libre entre campanas y toda construcción combustible debe ser el espacio libre requerido por el sistema de conductos. 510.5.7 Conductos. Los sistemas de conductos de extracción peligrosos deben extenderse directamente al exterior de la edificación, y no debe pasar a través de conductos o plenos. 510.6 Penetraciones. Las penetraciones a elementos estructurales causadas por un sistema de extracción peligroso deben cumplir conlo indicado en lasSecci ones 510.6.1 hasta 510.6.4. Excepción: El Código Internacional de la Edificación (IBC) permite las penetraciones de conductos en destinos de uso H-5.
510.6.1 Reguladores de tiro antifuego. Se prohíben los reguladores de tiro antifuego en conductos de extracción peligrosos. 510.6.2 Pisos Los sistemas de extracción peligrosos que penetren un conjunto de piso/cielorraso deben encerrarse en un recinto con clasificado resistente al fuego construido de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC).
510.6.3 Conjuntos de muros Los sistemas de conductos de extracción peligrosos que penetren conjuntos de muros clasificados resistentes al fuego deben encerrarse en construcción clasificada resistente al fuego desde el punto de penetración hasta el extremo de salida, excepto donde el interior del conducto cuente con un sistema aprobado automático de supresión de incendios. Los conductos deben encerrarse de conformidad con los requisitos del Código Internacional de la Edificación (IBC) para construcción de recintos, y dicho cerramiento debe tener una clasificación mínima de resistencia al fuego al menos igual a la máxima clasificación de resistencia al fuego que se penetre. 510.6.4 Muros antifuego. Losconductosnodebenpenetrar un muro antifuego. 510.7 Requisitos de supresión. Los conductos deben protegerse con un sistema automático aprobado de supresión contra incendios instalado según el Código Internacional de la Edificación (IBC). Excepciones: 1. No se requiere de un sistema automático aprobado de supresión de incendios en conductos que transporten CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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materiales, humos, nieblas y vapores que sean no inflamables y no combustibles bajo toda condición y a cualquier concentración. 2. No se requiere de un sistema automático aprobado de supresión de incendios en conductos si el diámetro máximo del conducto es menor que 10 pulgadas (254 mm). 3. Para laboratorios, como se definen en la Sección 510.1, no se deben requerir sistemas automáticos de protección contra incendios en campanas o sistemas de extracción de laboratorios. 510.8 Construcción del conducto. Los conductos que se empleen para extracción peligrosa deben construirse con hierro (acero) galvanizado G90 aprobado, conun espesor nominal mínimo según se especifica en la Tabla 510.8. Los conductos no metálicos que se usen en sistemas de extracción de vapores o humos corrosivos no inflamables deben ser certificados y sellados. Los conductos no metálicos debenteneruníndicedepropagacióndellamade25omenos,y un índice de generación de humo de 50 o menos, según el ensayo de ASTM E 84. Los conductos deben estar aprobados para ser instalados en tales sistemas de extracción. Si los productos que se extraen son dañinos al material del conducto, los conductos deben construirse con otro material que sea compatible con la extracción.
510.8.1 Juntas de conductos. Los conductos deben ser herméticos con juntas traslapadas con un traslape mínimo de 1 pulgada (25 mm). 510.8.2 Espacio libre a materiales combustibles. Los conductos deben tener un espacio libre a materiales combustibles de acuerdo con lo indicado en la Tabla 510.8.2. Los gases de extracción con temperaturas superiores a 600°F (316ºC) deben transportarse a una chimenea de acuerdo con la Sección 511.2.
510.8.3 Alivio de explosión. Todo sistema que extraiga mezclas potencialmente explosivas debe protegerse con un sistema aprobado de alivio de explosión, o con un sistema aprobado de prevención de explosión diseñado e instalado de acuerdo con NFPA 69. Todo siste ma de alivio de explosión debe diseñarse para minimizarel daño estructural y mecánico que resulte de una explosión o deflagración dentro del sistema de extracción. Todo sistema de prevención de explosión debe diseñarse para impedir que ocurra una explosión o deflagración. 510.9 Soportes. Los conductos deben estar soportados a intervalos de 10nopies (3048 mm). El soporte debe construirsemáximos con material combustible.
SECCIÓN 511 SISTEMAS DE TRANSPORTE DE POLVO, Y PARA ALMACENAMIENTO Y DESCARGA 511.1 Sistemas de transporte de polvo, y para almacenamiento y descarga. Sistemas de transporte de polvo, y para almacenamiento y descarga. Los sistemas de transporte de polvo, y para almacenamiento y descarga, deben cumplir con CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
las disposiciones de la Sección 510 y las Secciones 511.1.1 hasta 511.2. TABLA 510.8 ESPESOR MÍNIMO DE CONDUCTOS
ESPESOR NOMINAL MÍNIMO
DIÁMETRO DE CONDUCTO O LADO MÁXIMO
Materiales no abrasivos
Materiales abrasivos /no abrasivod
Materiales abrasivos
0-8 pulgadas
0.028 pulgadas (Calibre Nº 24)
0.034 pulgadas (Calibre Nº 22)
0.040 pulgadas (Calibre Nº 20)
9-18 pulgadas
0.034 pulgadas (Calibre Nº 22)
0.040 pulgadas (Calibre Nº 20)
0.052 pulgadas (Calibre Nº 18)
19-30 pulgadas
0.040 pulgadas (Calibre Nº20)
0.052 pulgadas (Calibre Nº18)
0.064 pulgadas (Calibre Nº 16)
Más de 30 pulgadas
0.052 pulgadas (Calibre Nº 18)
0.064 pulgadas (Calibre Nº 16)
0.079 pulgadas (Calibre Nº 14)
Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm.
TABLA 510.8.2 ESPACIOS LIBRES A MATERIALES COMBUSTIBLES TIPO DE EXTRACCIÓN O TEMPERATURA ESPACIOS LIBRES A MATEDE EXTRACCIÓN (°F) RIALES COMBUSTIBLES (Pulgadas)
Menos de 100
1
100-600
12
Vaporesinflamables
6
Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm, ºC = [(ºF)- 32]/1.8.
511.1.1 Colectores y separadores.Los colectores y separadores incluyendo los sistemas tales como separadores centrífugos, sistemas de filtros de bolsa y dispositivos similares, y sus soportes asociados, deben construirse de materiales no combustibles y deben ubicarse en el exterior de la edificación o estructura. Un colector o separador no puede colocarse a menos de 10 pies (3048 mm) de construcción combustible, o de una abertura desprotegida en un muro o piso, a menos que el colector tenga una tubería metálica de respiradero que sobresalga por encima de la parte más alta de cualquier techo a una distancia de 30 pies (9144 mm). Excepciones: 1. Se debe permitir que los colectores del tipo "Punto de Uso", colectores cortos de humo de soldadura 57
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de extracción, cabinas de terminación de rociado, mesas moledoras estacionarias, cabinas de arenado, y colectores integrados o montados conla máquina se instalen en el interior siempr e que la instalación cumpla los requisitos del Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC) y el Código Eléctrico del ICC (ICC EC).
2. Se debe permitir que los colectores en sistemas de extracción independientes que manipulan polvos combustibles se instalen en interiores siempre que la instalación de los mismos cumpla con el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC) y el Código Eléctrico del ICC (ICC EC).
511.1.2 Tubería de descarga.La tubería de descarga debe cumplir con los requisitos para conductos, incluyendo los espacios libres requeridos para artefactos de calor alto, tal y comose indicaen estecódi go. Seproh íbe que una tuberíade entrega de un colector de ciclón descargue directamentea la cámara de combustión de una caldera, calentador, parrilla de acero para asar, quemador de desechos, incinerador, u otro artefacto. 511.1.3 Descarga de extracción de un sistema de transporte. Un sistema de extracción debe descargar fuera de la edificación, ya sea directamente usando un conducto de humo, o indirectamente a través de una tolva o bóveda dentro de la cual descargue el sistema, excepto donde los contaminantes hayan sido eliminados. Se debe permitir que la descarga del sistema de extracción sea recirculada siempre que las partículas sólidas hayan sido eliminadas con una eficiencia mínima del 99.9 por ciento a 10 micrones, las concentraciones de vapor sean menos del 25 por ciento del LFL, y se use un equipo aprobado para monitorear la concentración de vapor. 511.1.4 Protección contra chispas. La descarga al aire libre de una extracción debe protegerse con una malla de un material metálico aprobado, u otro material no combustible, para impedir la entrada de chispas. 511.1.5 Respiradero para alivio de explosión. Todos los sistemas de transporte que manejen materiales combustibles de naturaleza explosiva deben tener un respiradero de seguridad o para alivio de explosión, de acuerdo con los requisitos del Código Internacional de la Edificación (IBC). 511.1.5.1 Mallas. Cuando se tenga una malla en un respiradero de alivio de seguridad, la malla debe fijarse de forma que pueda despenderse fácilmente bajo la acción de una explosión. 511.1.5.2 Campanas. El respiradero de aliviodebe tener un sombrerete aprobado o una campana aprobada no combustible, o una válvula o cobertor de alivio de cierre por gravedad, dispuestas de tal modo que impidan el escape de materiales, gases o líquidos peligrosos. 511.2 Salidas de extracción. Las salidas de extracción con temperaturas que superen los 600°F (315ºC) debe diseñarse una chimenea de conformidad con la Tabla 511.2.
como
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SECCIÓN 512 SISTEMAS DE EXTRACCIÓN DE GASES DEL SUELO DEBAJO DE LOSA 512.1 Generalidades. Cuando se tenga un sistema de extracción de gases del suelo debajo de losa, el conducto debe cumplir con los requisitos de esta sección. 512.2 Materiales. El material de conductos para sistemas de extracción de gases del suelo debajo de losa debe ser material para conducto de aire, certificado y sellado de acuerdo con los requisitos de UL 181 para conductos de aire de Clase 0, o cualquiera de los siguientes materiales de tubería que cumplan con el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC) para tubería rígida de drenaje sanitario de edificaciones y tubería rígida de respiradero: hierro fundido; acero galvanizado; tubería rígida de cobre o latón; tubo de cobre con un peso al menos igual al del tubo de cobre para drenaje, Tipo DWV; y tubería plástica. 512.3 Pendiente. Los conductos del sistema de extracción no deben formar trampas, y deben tener una pendiente mínima de un octavo de unidad vertical en 12 unidades horizontales (1 por ciento de pendiente). 512.4 Extremo final. Los conductos de un sistema de extracción de gases del suelo debajo de losa deben sobresalir por el techo y terminar al menos 6 pulgadas (152 mm) sobre el techo, y al menos a 10 pies (3048 mm) de cualquier abertura que se pueda abrir o toma de aire. 512.5 Identificación. Los conductos de extracción de gases del sueloendebajo de losa permanentemente identificados cada piso por deben medio estar de una etiqueta u otra marca aprobada.
SECCIÓN 513 SISTEMAS DE CONTROL DE HUMO [F] 513.1 Alcance y propósito. Esta sección se refiere a sistemas mecánicos y pasivos de control de humo que son requeridos por el Código Internacional de la Edificación (IBC). El propósito de esta sección es establecer requisitos mínimos para el diseño, instalación, y ensayos de aceptación, de sistemas de control de humo utilizados para crear un ambiente sostenible para la evacuación o movilización de ocupantes. Estas disposiciones no tienen como propósito la preservación de contenidos, el volver a la normalidad, o ayudar en actividades de supresión de fuego. Los sistemas de control de humo regulados por esta sección tienen un propósito diferente de las disposiciones de alivio de humo y calor que se encuentran en la Sección 910 del Código Internacional de la Edificación (IBC). [F] 513.2 Requisitos generales de diseño. Las edificaciones, estructuras, o sus partes, que deban tener un sistema de control de humo según lo ordene este código, deben tener tal sistema diseñado de acuerdo con los requisitos aplicables de la Sección 909 del Código Internacional de la Edificación (IBC) y los principios de ingeniería generalmente aceptados y establecidos usados en el diseño. Los documentos constructivos deben incluir suficiente información y detalle para describir adecuadamente los elementos de diseño necesarios, de forma que permitan la implementación adecuada de los sistemas de CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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TABLA 511.2 REQUISITOS DE CONSTRUCCIÓN, ESPACIOS LIBRES Y EXTREMO FINAL PARA CHIMENEAS METÁLICAS DE PARED SENCILLA ESPESOR MÍNIMO Muros Revesti(pulgadas) miento CHIMENEAS QUE DAN
E X T RE M OF I N A L Sobre Sobre cualquier parte de edificación en abertura de radio de (pie) techo (pie)
SERVICIO A
Artefactos de calor bajo (Operación normal 1,000°F)
E S P A C I OL I B RE
0.127 (Nº10 MSG)
Ninguno
Artefactos de calor medio (Máximo 2,000°F)b
0.127 (Nº10 MSG)
Hasta 18” diámetro 2 ½” Más de 18” 4 ½” sobre cama de 4 ½”
10
Artefactos de calor alto (Más de 2,000°F)a
0.127 (Nº10 MSG)
4 ½” sobre cama de 4 ½”
20
3
10
25
2
--
50
Construcción combustible (pulgadas)
Inst. Interior
--
Inst. Exterior
18
Construcción no combustible
Inst. Interior
Inst. Exterior
6 Hasta 18” de diámetro, 2” Más de 18” de diámetro, 4”
--
--
--
10
--
20
63
24
VeaNotac
Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm, 1 pie = 304.8 mm, °C = [(°F)- 32]/1.8 a. El revestimiento debe cubrir toda la chimenea. b. El revestimiento debe extenderse desde 24 pulgadas por debajo del conector hasta 24 pies por encima. c. El espacio libre debe ser según lo especifique el ingeniero de diseño, y debe ser suficiente a edificaciones y estructuras para evitar sobrecalentar materiales combustibles (160°F máximo).
control de humo. Estos documentos deben venir acompañados con suficiente información y análisis para demostrar que cumplen con estas disposiciones.
[F] 513.3 Inspección y requisitos de pruebas especiales. Además de la inspección y requisitos de pruebas normales que se dan para edificaciones, estructuras, y sus partes, los sistemas de control de humo sujetos a las disposiciones de la Sección 909 del Código Internacional de la Edificación (IBC) deben someterse a inspecciones y pruebas especiales para verificar la correcta validación del diseño de control de humo, y su condición instalada final. La propuesta de diseño que acompañe los documentos constructivos debe detallar claramente los procedimientos y métodos a usarse, y los elementos que deben inspeccionarse y probarse. Dicha validación debe ejecutarse de conformidad con la práctica de ingeniería generalmente aceptada, y, donde sea posible, debe basarse en normas publicadas para la prueba específica. La inspección y pruebas especiales que ordena esta sección deben realizarse bajo los mismos términos de la Sección 1704 del Código Internacional de la Edificación (IBC). [F] 513.4 Análisis. Los documentos constructivos enviados deben estar acompañados de un análisis racional que justifique CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
los tipos de sistemas de control de humo a ser usados, sus métodos de operación, sus sistemas de apoyo, y los métodos de construcción. Los documentos deben incluir, pero no estar limitados a, los elementos indicados en las Secciones 513.4.1 hasta 513.4.6. [F] 513.4.1 Efecto chimenea. El sistema debe diseñarse de forma que los efectos de chimenea máximos probables, tanto normales como invertidos, no interfieran con la capacidad del sistema. Para determinar los efectos de chimenea máximos probables, debe considerarse la altitud, elevación, patrones del clima, y temperaturas interiores.
[F] 513.4.el 2 efecto Efectoboyante de tem atura deldel fueincendio go. Debe analizarse y per de expansión de diseño, de acuerdo con la Sección 513.9. El sistema debe diseñarse de forma que estos efectos no interfieran con su capacidad. [F] 513.4.3 Eec to del viento. El diseño debe considerar los efectos adversos del viento. Tales consideraciones deben ser consistentes con las disposiciones referentes a las cargas devientodel Código Internacional de la Edificación (IBC). [F] 513.4.4 Sistemas HVAC. El diseño debe tomar en cuenta los efectos de los sistemas de calefacción, venti59
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lación y aire acondicionado (HVAC) en el transporte del humo y el fuego. El análisis debe incluir todas las permutaciones de condiciones del sistema. El diseño debe considerar el efecto del fuego en los sistemas HVAC.
[F] 513.4.5 Clima. El diseño debe considerar los efectos de las bajas temperaturas en los sistemas, la propiedad, y los ocupantes. Lastomasy descargasde aire deben colocarsede forma que no sean obstruidas por la nieve o el hielo. [F] 513.4.6 Duración de funcionamiento. Todas las partes de los sistemas activos o pasivos de control de humo deben ser capaces de funcionar en forma continua después de que se detecte un evento de incendio durante un período de no menos de 20 minutos ó 1.5 veces el tiempo de salida calculado, el menor de los dos. [F] 513.5 Construcción de barreras antihumo. Las barreras antihumo deben cumplir con el Código Internacional de la Edificación (IBC). Las barreras antihumo deben construirse y sellarse para limitar las áreas de fugas. El área de fuga máxima permisible debe ser el área compuesta que se calcule usando las siguientes razones de áreas de fuga: 1. Paredes: A/Aw = 0.00100 2. Cerramientos de salida: A/Aw = 0.00035 3. Cualquier otro recinto: A/Aw = 0.00150 4. Pisos y techos: A/AF = 0.00050 donde: A = Área total de fuga, pie cuadrado (m 2). AF =Áreadebarreradepisootechodelaunidad,pie cuadrado (m2). Aw = Área de barrera de pared de la unidad, pie cuadrado (m2). Las razones de áreas de fuga mostradas no incluyen aberturas debido a puertas, ventanas que se pueden abrir, o similares. Éstas deben incluirse en el cálculo del área total de fuga.
[F] 513.5.1 Área de fuga El área to tal de fug a de una barrera se obtiene multiplicando el área bruta de la barrera antihumo por la razón de área de fuga permisible, más el área de otras aberturas como rendijas y ventanas operables. Para sistemas mecánicos de control de humo se debe determinar el cumplimiento de esta indicación logrando la diferencia mínima de presión de aire a través de la barrera con el sistema en modo de control de humo. Los sistemas pasivos de control de humo que se ensayen usando otros medios taleslacomo pruebasdecon ventiladores de puertas,aprobados, deben recibir aprobación la autoridad competente
[F] 513.5.2 Protección de aberturas. Las aberturas en barreras antihumo deben protegerse con dispositivos de cierre automático, operados por los controles requeridos para el sistema mecánico de control de humo. Las aberturas de puertas deben protegerse con conjuntos de puertas que cumplan con los requisitos para puertas en barreras antihumodel Código Internacional de la Edificación (IBC). Excepciones: 60
1. Sistemas pasivos de control de humo con dispositivos de cierre automático operados por detectores de humo de localización puntual certificados para liberar e instalados de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC). 2. Aberturas fijas entre zonas de humo que están protegidas usando el método de flujo de aire. 3. En destinos de uso del Grupo I-2 donde tales puertas están instaladas a través de corredores, debe instalarse un par de puertas de barrido opuesto, sin larguero central, con paneles de visión con encristalado aprobado resistente al fuego, en marcos aprobados resistentes al fuego, y cuya área no supere lo usado en el ensayo. Las puertas deben cerrar herméticamente dentro de las tolerancias operacionales, y no pueden tener recortes en su parte inferior, celosías, o rejillas. Las puertas deben tener topes en el dintel y en la jamba o quicial, astrágalos o muescas en los bordes que se enfrentan, y dispositivos de cierre automático. No se requieren dispositivos de traba. 4. Grupos I-3. 5. Aberturas entre zonas de humo con alturas libres de cielorraso de 14 pies (4267 mm) o más y capacidad de retención de más de 20 minutos según lo determine el tamaño del incendio de diseño. [F] 513.5.2.1 Aberturas para conductos y transferencias de aire. Las aberturas para conductos y transferencias de aire deben protegerse con un regulador de tiro antihumo de al menos Clase II y 250ºF (121°C) según el Código Internacional de la Edificación (IBC) . [F] 513.6 Método de presurización. El medio mecánico primario para controlar el humo debe ser el uso de diferencias de presión a través de barreras antihumo. No es necesario crear un ambiente sostenible en la zona de control de humo donde se srcinó el fuego. [F] 513.6.1 Diferencia mínima de presión. La diferencia mínimadepresiónatravésdeunabarreraantihumodebeser de 0.05 pulgadas. w.g. (12.4 Pa) en edificaciones con cobertura completa de rociadores. En edificaciones donde se permita que no se tenga una cobertura completa de rociadores, el sistema de control de humo debe diseñarse para crear diferencias de presión de al menos el doble la diferencia de presión máxima calculada producida por un incendio de diseño. [F] 513.6.2 Diferencia máxima de presión . La diferencia máxima de presión de aire a través de una barrera antihumo debe determinarse a partir de las fuerzas requeridas para abrir o cerrar puertas. La fuerza real necesaria para abrir puertas de salida cuando el sistema está en modo de control de humo debe ser acorde al Código Internacional de la Edificación (IBC). Las fuerzas para abrir y cerrar otras puertas deben determinarse por métodos estándares de ingeniería, considerando las fuerzas y reacciones. La fuerza calculada para iniciar el movimiento de una puerta abisagrada en uno de sus lados debe determinarse según: (Ecuación 5-2) F = Fdc+K(WAAP)/2(W-d) CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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donde: A = Área de puerta, pie cuadrado (m 2). d = Distancia desde agarradera al lado del cerrojo de la
puerta, pie (m).
F = Fuerza total para apertura de puerta, libras (N). Fdc = Fuerza requerida para vencer mecanismo de cierre,
libras (N).
K = Coeficiente 5.2 (1.0). W = Ancho de puerta, pies (m).
AP = Diferencia de presión de diseño, pulgadas de agua (Pa). [F] 513.7 Método de diseño de flujo de aire. Cuando así lo apruebe la autoridad competente, debe permitirse la migración de humo a través de aberturas fijas permanentemente abiertas, colocadas entre zonas de control de humo, por el uso del método de flujo de aire. Los flujos de aire deben calcularse de acuerdo con esta sección. El flujo de aire debe dirigirse para limitar la migración de humo desde la zona de fuego. La geometría de las aberturas debe considerarse para impedir el flujo invertido debido a efectos de turbulencia.
[F] 513.7.1 Velocidad. La velocidad promedio mínima a través de una abertura fija debe ser de al menos: v =217.2[ h (Tf - To)/(Tf +460)] 1/2
(Ecuación 5-3)
Para SI: v = 119.9 [ h (Tf - To)/Tf]1/2 donde: H = Altura de abertura, pie (m). T f = Temperatura del humo, °F (K). T o = Temperatura del aire ambiente, °F (K). v = Velocidad del aire, pie por minuto (m/minuto). [B] 513.7.2 Condiciones prohibidas. Este método no puede usarse si la cantidad de aire o su velocidad van a afectar adversamente otras partes del sistema de control de humo, intensificar indebidamente el fuego, afectar la dinámica de la pluma de humo, o interferir con la evacuación. Bajo ninguna circunstancia el flujo de aire hacia el fuego debe superar los 200 pies por minuto (1.02 m/s). Si la fórmula en la Sección 513.7.1 requiriera que el flujo de aire supereestelímite,elmétododeflujodeairenoespermitido. [B] 513.8 Método de extracción. . Cuando así lo apruebe la autoridad competente, debe permitirse el uso del método de extracción para control mecánico de humo de volúmenes cerrados grandes, tales como atrios o galerías comerciales. Los sistemas de control de humo que usen el método de extracción deben diseñarse de acuerdo con NFPA 92B. [F] 513.8.1 Gasto de extracción. La altura de la superficie horizontal más baja de la capa de acumulación de humo debe mantenerse al menos a 6 pies (1829 mm) sobre cualquier superficie transitable que forme parte del sistema de salida requerido dentro de la zona de humo. [F] 513.9 Incendio de diseño. El incendio de diseño debe basarse en un análisis racional realizado por un profesional registrado de diseño, y aprobado por la autoridad competente. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
El incendio de diseño debe basarse en el análisis indicado en la Sección 513.4 y esta sección. [F] 513.9.1 Factores a considerar. El análisis de ingeniería debe incluir las características del combustible, cargas de combustible,efectosincluidosporelincendio,ysiesprobable que el fuego sea continuo o intermitente. [F] 513.9.2 Combustible del incendio de diseño. La determinación del incendio de diseño debe incluir consideraciones como el tipo de combustible, la separación entre combustibles, y la configuración. [F] 513.9.3 Hipótesis de producción de calor. El análisis debe hacer uso de la mejor información disponible de fuentes aprobadas, y no debe basarse en limitaciones excesivamente estrictas de materiales combustibles. [F] 513.9.4 Suposiciones de efectividad de rociadores. Debe hacerse un análisis de ingeniería debidamente documentado de las condiciones que suponen que el crecimiento del incendio se interrumpe al activarse el sistema de rociadores. [F] 513.10 Equipos. Los equipos tales como ventiladores, conductos, reguladores de tiro automáticos, y reguladores de tiro de balance deben ser adecuados para su uso planeado, deben ser adecuados para las temperaturas probables que indique el análisis racional, y deben ser aprobados por la autoridad competente. [F] 513.10.1 Vent iladores de extracción. Las partes de los ventiladores de extracción deben estar clasificadas y certificadas por el fabricante para el aumento probable de temperaturas a los que se van a exponer. Este aumento de la temperatura debe calcularse según: ón 5-4) (Ecuaci Ts = (Qc/mc) + (Ta) donde: C = Calor específicodel humoa latemp eratura dela capade humo, Btu/lb°F(kJ/kg × K). m = Razón de extracción, libras por segundo (kg/s). Qc= Producción de calor convectivo del incendio, Btu/s (kW). T a = Temperatura ambiente, °F (K). T s = Temperatura del humo, °F (K). Excepción: Ts reducida si se calcula con la certeza de que hay suficiente aire de dilución. [F] 513.10.2 Conductos. Los materiales de conductos y sus juntas deben ser capaces de soportar las temperaturas y presiones probables a las Los que conductos se exponen, según lo especificala Sección 513.10.1. deben construirse y soportarse de acuerdo con el Capítulo 6. Los conductos deben someterse a ensayos de fugas, a una presión de 1.5 veces la presión máxima de diseño, de acuerdo con prácticas nacionalmente aceptadas. Las fugas registradas no deben superar el 5 por ciento del flujo de diseño. Los resultados de dichos ensayos deben ser parte del procedimiento de documentación. El sistema de conductos debe estar soportado directamente desde elementos estructurales de la edificación clasificados con resistencia al fuego, usando elementos sustanciales y no combustibles. 61
SISTEMAS DE EXTRACCIÓN
Excepción: Conexiones flexibles, que se usen para aislar la vibración, y que sean construida s con materiales aprobados clasificados con resistencia al fuego. [F] 513.10.3 Equipos, tomas y salidas. Los equipos deben ubicarse de forma que no expongan partes ajenas de la edificación a un riesgo adicional de incendio. Las tomas de aire exterior deben ubicarse de modo que se minimice el riesgo de introducir humo o llamas hacia dentro de la edificación. Las salidas de extracción deben ubicarse de formaque minimicela reintroducción humo a laoedificación, y seserestrinja la exposición de la de edificación de edificaciones adyacentesa un riesgo adicional de incendio. [F] 513.10.4 Reguladores de tiro automáticos. Los reguladores de tiro automáticos, independientemente de su función dentro del sistema de control de humo, deben estar certificados y cumplir con los requisitos de normas reconocidas aprobadas. [F] 513.10.5 Ventiladores. Además de otros requisitos, los ventiladores con correa de transmisión deben tener 1.5 veces la cantidad de correas requeridas para la carga de diseño, con un número mínimo de dos correas. Los ventiladores deben seleccionarse para un funcionamiento estable basado en temperaturas normales, y, en los casos debidos, temperaturas elevadas. Los procedimientos de documentacióndeben incluir loscálcu losy lascurva s de ventiladores del fabricante. Los ventiladores deben estar soportados y anclarse con dispositivos no combustibles de acuerdo con los requisitos de diseño estructural del Código Internacional de la Edificación (IBC) . Los motores de los ventiladores no deben funcionar a una demanda mayor que su potencia de placa, según se determine del consumo real de corriente. Los motores de los ventiladores deben tener un factor de servicio mínimo de 1.15. [F] 513.11 Sistemas de alimentación de pot encia. El sistema de control de humo debe tener dos fuentes de alimentación de potencia. La potencia primaria debe provenir de los sistemas de potencia normal de la edificación. La potencia secundaria debe provenir de fuentes de respaldo aprobadas que cumplan con el Código Eléctrico de ICC(ICC EC). La fuente de respaldo y sus interruptores de transferencia debe estar en un cuarto separado del que albergue los transformadores y paneles principales de potencia normal, y debe estar en un cuarto construido con barreras antifuego con clasificación de resistencia al fuego de al menos 1 hora. Ademásel cuarto debe estar ventilado directamente desde y hacia el exterior. La distribución de potencia desde ambas fuentes debe ir en rutas independientes. La transferencia a la potencia de respaldo debe ser automática y hacerse antes de 60 segundos después de la falla de la potencia primaria. Los sistemas deben cumplir con el Código Eléctrico de ICC (ICC EC)
[F] 513.11.1.Fuentes de potencia y fluctuaciones eléctricas. Los elementos del sistema de manejo de humo que dependan de memoria volátil o similar deben estar alimentados con fuentes de potencia ininterrumpibles con una autonomía de al menos 15 minutos. Los elementos del sistema de manejo de humo que sean susceptibles a fluctuaciones eléctricas deben estar adecuadamente protegidos por acondicionadores, supresores, u otros medios aprobados. 62
[F] 513.12 Sistemas de detección y control. Los sistemas de detección de incendio que generen señales de control de entrada o salidaa sistemas mecánicosde control de humo, o sus componentes, deben cumplir con los requisitos del Capítulo 9 del Código Internacional de la Edificación (IBC) y NFPA 72. Estos sistemas deben contar con una unidad de control según UL864yqueestécertificadacomoequipodecontroldehumo. Los sistemas de control para sistemas de control mecánico de humo deben tener medios para su verificación. La verificación debe incluir una de confirmación positivapresencia de accionamiento, prueba, control comando manual, de potencia después de todos los desconectores y, a través de un reporte impreso de secuencias de pruebas preprogramadas semanalmente, existencia de condiciones anormales, en forma auditiva y visual. [F] 513.12.1 Alambrado. Además de cumplir con los requisitos del Código Eléctrico de ICC (ICC EC) todo el alambrado debe estar completamente encerrado en conductos continuos, independientemente del voltaje. [F] 513.12.2 Activación. Los sistemas de control de humo deben activarse de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC). [F] 513.12.3 Control automático. En donde se requiera o useun controlcomple tamente automático, lassecue ncias de control automático deben iniciarse a partir de un sistema automático de rociadores, debidamente zonificado, que cumpla con la Sección 903.3.1.1 del Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC),oapartirdecontroles manuales que sean fácilmente accesibles para los bomberos, y a partir de cualquier detector de humo requerido por un análisis de ingeniería. [F] 513.13 Tubería semirrígida de aire de control. La tubería semirrígidadeairedecontroldebenserdeuntamañosuficiente para cumplir con los tiempos de respuesta. La tubería semirrígida debe limpiarse internamente y secarse antes de hacer su conexión final. tubería semirrígida debe estar soportada adecuadamente, y protegerse contra daños. La tubería semirrígida que pase a través de hormigón o mampostería deben tener mangas, y protegerse contra la abrasión y la acción electrolítica. [F] 513.13.1 Materiales. La tubería semirrígida de aire de control deben ser de cobre endurecido por estiramiento, Tipo L, ACR de acuerdo con ASTM B 42, ASTM B 43, ASTM B 68, ASTM B 88, ASTM B 251 y ASTM B 280. Los accesorios deben ser de cobre o latón forjado, de tipo soldado de acuerdo con ASME B16.18 ó ASME B16.22. Todo cambio de dirección debe hacerse con las herramientas apropiadas de doblado. Deben usarse accesorios de latón de compresión en conexiones finales a dispositivos; las demás juntas deben hacerse con soldadura fuerte usando aleación de soldadura fuerte BCuP5 con sólidos por encima de 1,100°F (593 ºC) y líquidos por debajo 1,500°F (816 ºC). Debe usarse fundente solamente para las juntas de cobre a latón. Excepción: Tubería semirrígida no metálica que se usen en paneles de control y en las conexiones finales a dispositivos, siempre y cuando todas las siguientes condiciones se cumplan: CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
SISTEMAS DE EXTRACCIÓN
1. La tubería semirrígida debe estar certificada por una agencia aprobada en cuanto a sus características de llama y humo. 2. La tubería semirrígida y sus accesorios deben estar completamente encerrados dentro de un espacio cerrado de hierro galvanizado o pintado, con un espesor no menor de 0.030 pulgadas (0.76 mm) (Calibre Nº 22 galvanizado). Las entradas a espacios cerrados deben hacerse con tubería semirrí-
[F] 513.19 Aceptación del sistema. Para aceptar el sistema de control de humo debe acatarse lo dispuesto en el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
gida deocobre, protegidos con ojales dedientes neopreno teflón, con adaptadores machos con de o compresión de latón adecuados. 3. La tubería semirrígidas debe estar identificada con códigos debidamente documentados. 4. La tubería semirrígida debe estar ordenadamente amarrada y soportada dentro del espacio cerrado. La tubería semirrígida que interconecte gabinetes y puertas o dispositivos móviles deben ser de un largo suficiente para que sufran tensión o esfuerzos excesivos. Las tuberías semirrígidas deben tener protección para que no sufran abrasión. La tuberías semirrígidas que conecten a dispositivos montados sobre las puertas deben estar fija das a lo largo de las bisagras. [F] 513.13.2 Independencia de otras funciones. La tubería semirrígida de control que no sean para funciones de control de humo deben aislarse con válvulas de corte automáticas, o deben constituir un sistema independiente.
peración Sideseenergía deben acuerdo con esta sección. requieren para instalarse efectos de de conservación de la energía, los sistemas de ventilación para recuperación de energía deben cumplir también con el Código Internacional de Conservación de la Energía (IECC). 514.2 Aplicaciones prohibidas. No se permite el uso de sistemas de ventilación para recuperación de energía en los siguientes sistemas: 1. Sistemas de extracción peligrosos comprendidos en la Sección 510. 2. Sistemas de transporte para almacenamiento,descarga, y polvo que manejen vapores, humos, o polvos explosivos o inflamables. 3. Sistemas de control de humo comprendidos en la Sección 513. 4. Sistemas de extracción de cocinas comerciales que tienen campanas del Tipo I y Tipo II. 5. Sistemas de extracción de secadoras de ropa com-
[F] 513.13.3 Ensayos. Antes de su conexión final a los aparatos, la tubería semirrígida de aire de control debe probarse a tres veces la presión de operación, por un lapso de al menos 30 minutos sin que se observe ninguna pérdida de presión.
prendidos en la Sección 504. 514.3 Acceso. Debe contarse con un medio de acceso al intercambiador de calor y otros componentes del sistema, según se requiera para labores de servicio, mantenimiento, reparación o reemplazo.
SECCIÓN 514 SISTEMAS DE VENTILACIÓN PARA RECUPERACIÓN DE ENERGÍA 514.1 Generalidades. Los sistemas de ventilación para recu-
[F] 513.14 Marcado e Identificación. Los sistemas de detección y control deben quedar claramente identificados en todas las juntas, accesos, y extremos finales. [F] 513.15 Diagramas de control. Deben mantenerse varias copias idénticas del diagrama de control, según lo indica el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC) . [F] 513.16 Panel de control de sistema de detección de humo para bomberos. Se debe contar con un panel de control del sistema de detección de humo para uso exclusivo en emergencias por parte del departamento de bomberos, de conformidad con el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC). [F] 513.17 Tiempo de respuesta del sistema. La activación del sistema de control de humo debe cumplir con lo especificado en el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
[F] 513.18 Pruebas de aceptación. Los dispositivos, equipos, componentes, y secuencias deben someterse a pruebas de acuerdo con el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
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CAPÍTULO 6
SISTEMAS DE CONDUCTOS SECCIÓN 601 GENERALIDADES 601.1 Alcance . Los siste mas de conductos usados para el movimiento de aire en sistemas de aire acondicionado, calefacción, ventilación y extracción deben cumplir con las disposiciones de este capítulo a menos que se indique lo contrario en los Capítulos 5 y 7. Excepción: Los conductos que descarguen material combustible directamente a cualquier tipo de cámara de combustión deben cumplir con los requerimientos de NFPA 82.
[B] 601.2 Movimiento de aire en elementos de salida. Los corredores no deben utilizarse como conductos de aire de suministro, retorno, extracción, alivio o ventilación.
Excepciones: 1. Debe permitirse el uso de un corredor como fuente de aire de reposición para sistemas de extracción en cuartos que abren directamente hacia dichos corredores, incluyendo escusados, baños, cuartos de vestirse, salones de fumado y cuartos de limpieza, siempre yde cuando cada uno de estos corredores tenga suministro aire exterior a un gasto mayor que el caudal de aire de reposición que se toma del corredor.
[B] 601.3 Salidas. El equipo y los sistemas de conductos para ventilación de cerramientos de salida debe cumplir con una de las siguientes condiciones: 1. El equipo y sistema de conductos debe estar ubicado exteri or a la edif icac ión y debe estar dire ctam ente conectado al cerramiento de salida por medio de un sistema de conductos cerrado en construcción tal como la requerida por el Código Internacional de la Edificación (IBC). 2. Dond e dicho equipo y sistema de conductos estén localizados dentro del cerramiento de salida, el aire introducido debe tomarse directamente del exterior y debe descargarse directamente hacia el exterior, o el mismo debe ser conducido a través de conductos cerrados en construcción tal como la requerida por el Código Internacional de la Edificación (IBC). 3. En caso de estar dentro de la edificación, dicho equipo y sistema de conductos deben ser separados del resto de la edificación, incluyendo otro equipo mecánico, con construcción tal como la requiere el Código Internacional de la Edificación (IBC).
3. Se permite el uso de corredores para conducir el aire de retorno en espacios de inquilinos de 1,000 pies cuadrados ( 93 m2) de área o menos.
En cada caso, se deben limitar las aberturas en construcción clasificada como resistente al fuego a aquellas necesarias para el mantenimiento y operación, y deben ser protegidas por dispositivos de auto-cierre clasificados como resistentes al fuego de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC) para protección de aberturas en muros de cerramiento. Los sistemas de ventilación del cerramiento de sal ida debe n ser ind epe ndie nte s de otr os sis tem as de ventilación de la edificación.
[B] 601.2.1 Cielorraso de corredor. Se permite el uso del
601.4 Prevención de la contaminación. Los conductos de
espacio entre el cielorraso corredor y el piso o la estructura de techo arriba como pleno de retorno de aire si se da una o más de las siguientes condiciones:
extracción bajo presión positiva, las chimeneas y los respiraderos no deben extenderse dentro ni atravesar conductos o plenos.
2. Nose debeproh ibirel uso decorr edoresde una unidadde vivienda para transportar aire de retorno.
1. No se requiere que el corredor tenga construcción clasificada con resistencia al fuego; 2. El corredor está separado del pleno con construcción clasificada con resistencia al fuego; 3. Se apaga el sistema de manejo de aire que sirve al corredor si se activan los detectores de humo dentro del siste ma de manejo de aire requerido por este código; 4. Se apaga el sistema de manejo de aire que sirve al corredor si se detecta flujo de agua en un sistema de rociadores en una edificación equipada íntegramente con un sistema automático de rociadores; o 5. Elespa cio entre elciel orrasodel corredor y elpisoo la estructura de techo arriba del corredor se usa como un componente de un sistema diseñado y aprobado de control de humo. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
SECCIÓN 602 PLENOS 602.1 Generalidades . Los plenos de suministro, retorno, extracción, alivio y ventilación de aire deben limitarse a cavidades inhabitadas, áreas sobre cielorrasos o debajo de pisos, áticos y cuartos de equipos mecánicos. Los plenos deben limitarse a una sola área de fuego. No se permite instalar artefactos que quemen combustibles dentro de un pleno.
602.2 Construcción. Los cerramientos de pleno deben ser construidos de materiales permitidos para el tipo de clasificación de construcción de la edificación. El uso de láminas de yeso para hacer plenos debe limitarsea sistemas donde la temperatura de aire no exceda los 125ºF (52 C) y las condiciones de diseño de la edificación y del sistema mecánico sean tales que las temperaturas superficiales
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SISTEMAS DE CONDUCTOS
de las láminas de yeso se mantengan por encima del punto de rocío de la corriente de aire. No se permite usar láminas de yeso para hacer plenos de aire en sistemas de manejo de aire que usen enfriadores evaporativos.
una densidad óptica promedio no mayor de 0.15 según la prueba UL 2043. Todo equipo eléctrico combustible debe ser certificado y sellado.
602.2.1 Materiales expuestos dentro de plenos. A excepción de lo requerido desde la Sección 6.2.2.1.1 hasta 602.2.1.5, los materiales dentro de plenos deben ser no combustibles o deben tener un índice de propagación de llama de no más de25, y un índicede generación dehum o no mayor a
aislamiento de espuma plástica usado como acabado de paredes y cielorraso en plenos debe exhibir un índice de propagación de llama de 75 ó menos, y un índice de generación de humo de 450 ó menos, según la prueba ASTM E 84, y deb e cumpli r con las Sec cio nes
50, según la prueba ASTM E 84.
602.2.1.5.1, 602.2.1.5.2 y 602.2.1.5.3.
Excepciones:
1. Los conductos rígidos y flexibles y conectores deben cumplir con la Sección 603. 2. Los revestimientos externos e internos para conductos, cintas adhesivas y conectores debe cumplir con las Secciones 603 y 604. 3. Esta sección no rige para materiales expuestos dentro de plenos en viviendas de una y dos familias. 4. Esta sección no rige para detectores de humo. 5. Materiales combustibles encerrados en conductos eléctricos o para tuberías o cerramientos no combustibles, conjuntos aprobados de lámina de yeso, o encerrados en materiales certificados y sellados para tal aplicación.
602.2.1.1 Alambrado eléctrico Los materiales combustibles y métodos combustibles de alambrado eléctrico o electrónico, cables de fibra óptica, y conductos de fibra óptica expuestos dentro de un pleno deben tener una densidad óptica pico no mayor de 0.50, una densidad óptica promedio no mayor de 0.15, y una propagación de llama no mayor de 5 pies (1524 mm) según la prueba NFPA 262. Sólo se pueden instalar conductos para fibra óptica clasificadas para pleno del tipo OFNP (cable de fibra óptica no conductiva clasificada para pleno). El alambrado, cableado, y conductos mencionados en esta secc ión debe n esta r cert ifica dos y sella dos como clasificadospara pleno, y deben serinsta lados de acuerdo con el Código Eléctrico del ICC (ICC EC).
602.2.1.2 Tubería de rociadores contra incendios
. Toda tubería plástica de rociadores contra incendio, expuesta dentro de un pleno, debe ser usada solo en sistemas húmedos de tuberías, y debe tener una densidad óptica pico no mayor de 0.50, una densi dad óptica promedio no mayor de 0.15, y una propagación de llama no mayor de 5 pies (1524 mm) según la prueba UL 1887. Toda tubería debe ser certificada y sellada.
602.2.1.3 Tubería semirrígida neumática. Toda tubería semirrígida neumática combustible expuesta dentro de un pleno debe tener una densidad ópticapicono mayor de 0.50, una densidad óptica promedio no mayor de 0.15, y una propagación de llama no mayor de 5 pies (1524 mm) según la prueba UL 1820. Toda tubería semirrígida neumática combustible debe ser certificada y sellada.
602.2.1.4 Equipo eléctrico combustible. Todo equipo eléctrico combustible expuesto dentro de un pleno debe tener una tasa pico de liberación de calor no mayor a 100 kilowatts, una densidad óptica pico no mayor de 0.50, y 66
602.2.1.5 Aislamiento de espuma plástica . Todo
602.2.1.5.1 Separación requerida. El aislamiento de espuma plástica debe quedar separado del pleno por una barrera térmica que cumpla con la Sección 2603.4 del Código Internacional de la Edificación (IBC). 602.2.1.5.2 Aprobaciones. El aislamiento de espuma plástica debe ser aprobado con base en pruebas efectuadas de acuerdo con la Sección 2603.8 del Código Internacional de la Edificación (IBC) . 602.2.1 .5.3 Revest imiento s . El aislamiento de espuma plástica debe estar revestido con acero resistente a la corrosión, conun espesor base de metal no menor de 0.0160 pulgadas (0.4 mm).
602.2.1.6 Áreas de fabricación de semiconductores. Las áreas de fabricación de Grupo H División 5 y las áreas por encima o por deba jo de las mismas que comparten un camino común de aire de recirculación con dicha área de fabricación no deben estar sujetas a las disposiciones de la Sección 602.2.1
602.3 Cavidad de parantes y plenos hechos por viguetas . Toda cavidad entre parantes de pared, y los espacios entre pisos armados con viguetas sólidas a ser utilizados como plenos de aire deben cumplir con las siguientes condiciones: 1. Tales cavidades y espacios no deben ser utilizados como un pleno para el suministro de aire. 2. Tales cavidades y espacios no deben ser parte de un conjunto clasificado con resistencia al fuego. 3. Las cavidades entre parantes de pared no deben transportar aire para más de un nivel de piso. 4. Las cavidades entre parantes de pared y los plenos de pisos armados con viguetas sólidas deben cumplir con los requisitos de protección de penetración de pisos del Código Internacional de la Edificación (IBC) . 5. Las cavidades entre parantes de pared y los plenos de pisos armados con viguetas deben estar separados de espacios ocultos adyacentes medio de antifuego aprobado, como sepor especifica enbloqueado el Código Internacional de la Edificación (IBC).
[B] 602.4 Riesgo de inundación. Para estructuras ubicadas en áreas con riesgo de inundación, los espacios de pleno debe ubicarse más arriba de la elevación de inundación de diseño, o deben estar diseñados y construidos para impedir que el agua ingrese o se acumule dentro de los plenos durante inundaciones con una elevación igual o menor a la de diseño. Si los espacios de plenos están ubicados por debajo de la elevación de inundación de diseño, éstos deben sercapac es de resistir las cargas y esfuerzos hidrostáticos e hidrodinámicos asociados, CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
SISTEMAS DE CONDUCTOS
incluyendo los efectos de flotación, durante la ocurrencia de una inundación con la elevación de diseño.
SECCIÓN 603 CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE CONDUCTOS 603.1 Generalidades. Un sistema de distribución de aire debe diseñarse e instalarse para distribuir la cantidad requerida de aire. La instalación de un sistema de distribución de aire no debe afecta r los de proteccióndecontra incendio especificados en elrequisitos Código Internacional la Edificación (IBC). Los conductos deben ser construidos, arriostrados, reforzados e instalados para tener resistencia estructural y durabilidad.
603.2 Dimensionamiento de conductos . Los conductos instalados en una unidad de vivienda unifamiliar deben ser dimensionados de acuerdo con ACCA Manual D , u otros métodos aprobados. Los conductos instalados en cualquier otro tipo de edificación deben ser dimensionados de acuerdo con ASHRAE Handbook of Fundamentals , u otro procedimiento de cálculo equivalente.
603.3 Clasificación de conductos . Los conduc tos deben clasificarse basados en la máxima presión de operación del conducto, a presiones de 0.5, 1.0, 2.0 ,3.0 ,4.0 ,6.0 ó 10.0 pulgadas de columna de agua. La clasificación de presión del conducto debe ser igual o mayor a la presión de diseño del sistema de distribución de aire al que el conducto ha de funcionar.
603.4 Conductos metálicos . Todo conducto metálico debe construirse tal y como se especifica en SMACNA HVAC Duct Construction Standards—Metal and Flexible. Excepción: Los conductos instalados en una unidad de vivienda deben tener un espesor mínimo como se indica en la Tabla 603.4. TABLA603.4 ESPESOR MÍNIMO DE LÁMINA METÁLICA PARACONSTRUCCIÓN DE CONDUCTOS EN UNA UNIDAD DE VIVIENDA UNIFAMILIAR HIERRO GALVANIZADO Espesor Galvanizado DE ALUMINIO equivalente APROXIMADO TAMAÑO DEL CONDUCTO mínimo (pulgadas) Nº de calibre CALIBRE B&S Conductos redondos y conductos rectangulares encerrados
1, según UL 181. La construcción de conductos de fibra debe cu mp li r co n SM AC NA Fib rou s Gl as s Du ct Construci on Standar ds o NAI MA Fibrous Glas s Duct Construction Standards. La máximatemp eratura de aire dentro de conductos no metálicos no debe sobrepasar los 250 F (121ºC).
603.5.1 Conductos de lámina de yeso. El uso de láminas de yeso para formar conductos de aire debe limitarse a sistemas de retorno de aire donde las temperaturas no
excedan 125 F (52ºC), y la temperatura de la superficie de la lámina de yeso se mantenga por encima de la temperatura de punto de rocío del aire. Los conductos de aire hechos con láminas de yeso no deben usarse en sistemas de manejo de aire que tengan enfriadores evaporativos.
603.6 Conductos de aire flexibles
y conectores de aire flexibles. Los conductos de aire flexibles, tanto metálicos como no metálicos, deben cumplir con las Secciones 603.6.1, 603.6.1.1, 603.6.3 y 603.6.4. Los conectores de aire flexibles, tanto metálicos como no metálicos, deben cumplir con las Secciones 603.6.2 hasta 603.6.4.
603.6.1 Conductos de aire flexibles. Los conductos de aire flexibles, tanto metálicos como no metálicos, deben ser sometidos a pruebas de acuerdo con UL 181. Tales conductos deben estar certificados y sellados como conductos de aire flexibles Clase 0 ó Clase 1, y deben instalarse de acuerdo con la Sección 304.1.
603.6.1.1 Largo de conducto . Los conductos de aire flexibles no deben tener un largo limitado.
603.6.2 Conectores flexibles de aire. Los conectores de aire flexibles, tanto metálicos como no metálicos, deben ser sometidos a pruebas de acuerdo con UL 181. Dichos conectores deben estar certificados y sellados como conectores de aire flexibles Clase 0 ó Clase 1, y deben instalarse de acuerdo con la Sección 304.1.
603.6.2.1 Largo de conector . Los conectores de aire flexibles deben estar limitados en largo a 14 pies (4267 mm).
603.6.2.2 Restricciones de penetración de conectores. Los conectores de aire flexibles no deben pasar a través de ninguna pared, piso o cielorraso.
603.6.3 Temperatura de aire. La temperatura de diseñodel aire en conductos de aire flexibles y conectores de aire flexibles debe ser menor de 250 F (121ºC).
14" ó menos
0.013
30
26
Más de 14"
0.016
28
24
14" ó menos
0.016
28
24
Más de 14"
0.019
26
22
Conductos rectangulares expuestos
603.6.4 Espacios libres para conductos y conectores de aire flexibles. Los conductos de aire flexibles y los conectores de aire flexibles deben instalarse con un espacio libre mínimo a un artefacto, según se especifique en las instrucciones de instalación del fabricante del artefacto.
603.7 Penetraciones de conductos rígidos. Las penetraciones
Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm
603.5 Conductos no metálicos. Los conductos no metálicos deben construirse con materiales de conducto Clase 0 ó Clase CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
de sis tem as de con duc tos a tra vés de par ede s, pis os, cielorrasos, y techos, y las aberturas para transferencia de aire en dichos componentes de una edificación, deben protegerse como lo indica la Sección 607.
603.8 Conductos enterrados . Estos conductos deben ser aprobados para uso enterrado. Los conductos metálicos que no posean un recubrimiento protector aprobado deben estar 67
SISTEMAS DE CONDUCTOS
completamente forrados en un mínimo de 2 pulgadas (51 mm) de hormigón.
603.8.1 Pendiente. Los conductos deben tener una pendiente para permitir el drenaje en un cierto punto, y en donde debe tener un acceso.
603.8.2 Sellado. Se debe aplicar un sello a los conductos, y fijarse adecuadamente, antes de ser revestidos con hormigón vaciado.
603.8.3 Conductos y sus accesori os plásticos . Los con-
[B] 603.13 Áreas con riesgo de inundación . En estructuras ubicadas en áreas con riesgo de inundación, los conductos deben ubicarse arriba de la elevación de inundación de diseño, o deben estar diseñados y construidos para impedir que el agua ingrese o se acumule dentro de los conductos durante inundaciones con unaeleva ción igual o menor a la de diseño. Si los conductos están ubicados por debajo de la elevación de inundación de diseño, éstos deben ser capaces de resistir las cargas y esfuerzos hidrostáticos e hidrodinámicos asociados, incluyendo los efectos de flotación, durante la ocurrencia de una inundación con la elevación de diseño.
ductos plásticos deben ser construidos de PVC con una rigidez mínimade tubería de 8 psi (55 KPa) a una deflexión de 5 por ciento en una prueba que cumpla con ASTM D 2412. Los accesorios de los conductos plásticos deben ser construidos ya sea de PVC o polietileno de alta densidad. Los conductos plásticos y sus accesorios se deben usar sólo en instalaciones enterradas. La temperatura máxima de aire de diseño para sistemas que usen conductos plásticos y sus accesorios es de 150 F (66º C).
603.14 Ubicación. Los conductos no deben instalarse a menos
603.9 Juntas, costuras y conexiones . Todas las juntas,
instalados en el exterior de una edificación, incluyendo sus revestimientos, recubrimientos, y aisladores de vibración, deben protegerse contra la intemperie.
costuras y conexiones longitudinal es y transversales, en conductos metálicos y no metálicos deben construirse como se especifica en SMACNA HVAC Duct Construction Stanards— Metal and Flexible y NAIMA Fibrous Glass Duct Construction Standars Fibrous Glass Duct Construction Standars. Todas las juntas, costuras longitudinales y transversales, y conexiones en sistemas de conductos deben ser fijadas y selladas en forma segura con soldadura, empaquetadura, mastiques (adhesivos), sistemas de género embebido más mastique, o cintas. Las cintas y mastiques usados para sellar sistemas de conductos certificados y sellados de acuerdo con UL 181 A deben ser marcados como “181 A-P” para cinta sensible a la presión; “181A-M” para mastique; o “181 A-H” para cintas sensibles al calor. Las cintas y mastiques usados para sellar conductos flexibles de aire y conectores flexibles de aire deben cumplir con UL181 B y deben estar marcadoscom o “181 B –FX” para cinta sensible a presión, y “181 B-M” para mastique. Las conexiones de conductos a bridas de equipo de sistemas de distribución de aire deben sellarse y fijarse mecánicamente. Los fijadores mecánicos para usar en conductos de aire no metálicos flexibles deben cumplir con UL 181 B y deben ser marcados como 181 B-C. No se permite el uso de cinta de conductos no certificada para sellar ningún conducto metálico.
de 4 pulgadas (102 mm) de la tierra, excepto cuando los conductos cumplan con la Sección 603.8.
603.15 Protección mecánica. Cuando los conductos queden insta lados en luga res donde quede n expue stos a daño mecánico, por vehículos u otras causas, deben tener protección por medio de barreras aprobadas.
603.16 Protección contra la intemperie. Todos los conductos
603.17 Registros, rejillas y difusores. Los registros, rejillas y difusores de conductos deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. Se deben proveer reguladores de tiro de volumen u otros medios de ajustedel aire de suministro en los conductos derivados, o en cada registro, rejilla o difusor de conducto individual. Todos los reguladores de tiro de volumen u otros medios de ajuste del aire de suministro utilizados en el balance deben ser accesibles.
603.17.1 Registros de piso. Los registros de piso deben ser capaces de resistir, sin sufrir una falla estructural, una carga de 90.8 kg (200 libras) concentrada en un disco de 2 pulgadas (51 mm) de diámetro aplicado sobre la parte más crítica de la cara expuesta.
603.17.2 Ubicaciones prohibidas. Se deben prohibir los difusores, registros y rejillas en el piso o en la zona que se extiende sobre del mismoen pisos de escusados y cuartos de baño en los que se requieren superficies lisas, duras y no absorbentes según el Código Internacional de la Edificación (IBC).
Excepción: Unidades de vivienda.
603.10 Soporte . Los conduc tos deben tener elementos de soporte con colgaderos aprobados a una separación no mayor de 10 pies (3048 mms), o deben estar soportados con otros sistemas aprobados de soporte de conductos según el Código Internacional de la Edificación (IBC). Los conductos flexibles y otros conductos hechos en fábrica deben estar soportados de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante.
603.11 Conexiones a un calefactor de aire . Los conductos que se conecten a un calefactor de aire deben tener un espacio libre a materiales combustibles de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante.
SECCIÓN 604 AISLAMIENTO 604.1 Generalidades . El aislam iento de conducto debe
cumplir con los requisitos de las Secciones 604.2 a la 604.13 y el Código Internacional de Conservación de la Energía (IECC).
604.2 Temperatura superficial. Los conductos que operen a temperaturas superiores a 120 F (49ºC) deben tener suficiente aislamiento térmico de modo que se limit e la temperatura de la superficie expuesta a 120 F (49ºC).
603.12 Condensación. Se deben tomar medidas para prevenir
604.3 Revestimientos exteriores e interiores . Los revesti-
la formación de condensación en el exterior de cualquier conducto.
mientos exteriores e interiores, incluyendo cintas adhesivas cuando las mism as sean usadas, deben tener un índice de
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propagación de llama de no más de 25, y un índice de generación de humode no más de 50, según el ensayo ASTM E 84, usando la preparación de especímenes y procedimientos de montaje de ASTM E 2231. Los revestimientos exteriores e interiores no deben producir llama, resplandecer, arder sin llama, o emitir humo cuando se sometan a ensayos según ASTM C 411 a una temperatura igual a la que estarán sometidos bajo condiciones de uso. La temperatura de ensayo no debe ser menor de 250 F (121ºC).
604.10 Aberturas de servicio. Las aberturas de servicio no
espuma plástica 604.4 Aislamiento de espum a plásti ca. Toda usada como revestimiento exterior e interior de conductos debe cumplir con los requisitos de la Sección 604.
milipulgadas (0.051 mm). No se requiere recubrimiento para aislamientoscon una permeabilidad de 0.05 perm [2.87 ng/(Pa· s · m2)] o menor. Todas las juntas y costuras deben sellarse para mantener la continuidad de la barrera de vapor.
604.5 Aislamiento de artefactos. Se debe considerar que todo artefacto certificado y sellado y que tenga aislamiento interno cumple con los requisitos de la Sección 604.
604.6 Penetración de conjuntos protectores . Los revestimientos de conductos no deben penetrar una pared o piso, si estos tienen una capacidad de resistencia al fuego, o si funcionan como bloque antifuego.
[EC] 604.7 Identificación . Todo aislamiento externo de conducto, así como conductos flexibles aislados en fábrica, deben tener una leyenda legible impresa cada 36 pulgadas (914 mm) como máximo, con el nombre del fabricante, el valor R de resistencia térmica para el espesor especificado de instalación, y los índices de propagación de llama y de ge- neración de humo de los materiales compuestos. Todos los valores de R de los productos de aislamiento de conducto deben basarse en el aislamiento exclusivamente, y deben excluircomponentes las capas límites de aire, retardadores de vapor, y otros de conducto, y deben basarse en valores C probados a 75 F (24º C) para el espesor instalado, de acuerdo con procedimientos reconocidos por la industria. El espesor instalado de aislamiento de conducto, para efectos de determinar su valor de R, debe determinarse como sigue:
1. Para láminarígidade conducto, revestimiento interior de conducto, y conducto rígido hecho en fábrica que no normalmente no sufre compresión, se debe usar el espesor nominal de aislamiento. 2. Para forro exterior de conducto, el espesor insta lado se debe considerar como 75 por ciento (25 por ciento de compresión) del espesor nominal. 3. Para conductos flexibles hechos en fábrica, el espesor instalado se debe determinar dividiendo entre dos la diferencia entre el diámetro exterior real y el diámetro nominal interno
604.8 Instalación de revestimiento interior. El revestimiento interior debe interrumpirse en el área de operación de un regulador de tiro antifuego, y a un mínimo de 6 pulgadas (152 mm) aguas arriba y 6 pulgadas (152 mm) aguas debajo de calefactores en conductos basados en resistencias eléctricas y quemadores de combustible. Se deben instalar bordes o mangas metálicas para proteger bordes expuestos de revestimientos que queden viendo en dirección opuesta al flujo de aire.
604.9 Continuidad térmica. Si un revestimiento interior de conducto ha quedado interrumpido, se debe proveer un recubrimiento exterior de conducto de igual rendimiento térmico. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
deben quedaroculta s porrecub rimientosde conductos a menos que la ubicación exacta de la abertura sea adecuadamente indicada.
604.11 Retardadores de vapor. Si los conductos usados para enfriamiento tienen aislam iento exter no, el aisla mient o debe estar recubierto con un retardador de vapor con una permeabilidad máxima de 0.05 perm [2.87 ng/(Pa·s·m 2)], o recubierto con película de aluminio con un espesor mínimo de 2
604.12 Barreras a prueba de intemperie . Los conductos aislados instalados en el exterior deben estar protegidos con una barrera a prueba de intemperie aprobada.
604.13 Aislamiento interno . Los materiales usados como aislamiento interno en conductos y expuestos a la corriente de aire deben demostrar su durabilidad al someterse a pruebas según UL181. No se permite usar aislamiento interno expuesto al aire para revestir conductos o plenos, desde la salida del serpentín de enfriamiento hasta el extremo final de la bandeja de drenaje, si dicho aislamiento no es impermeable al agua.
SECCIÓN 605 FILTROS DE AIRE 605.1 Generalidades. Todo sistema de calefacción y aire acondicionado de tipo central debe tener filtros de aire aprobados. Los filtros deben instalarse en el sistema de retorno de aire, aguas arriba de cualquier intercambiador de calor o serpentín, en un lugar conveniente y aprobado. Los recubrimientos a base de adhesivo líquido que se usan sobre filtros deben tener unpunt o deigni ciónno menor de325 F (163ºC).
605.2 Aprobaciones. Todo filtro basado en medio de filtración o del tipo electrostático debe estar certificado y sellado. Los filtros con medio de filtración deben cumplir con UL 900. Los filtros de partículas de alta eficiencia deben cumplir con UL 586. Los filtros del tipo electrostático deben cumplir con UL 867. Los filtros de aire usados en unidades de viviendas deben estar diseñados para tal aplicación y no se requiere que sean certificados y sellados.
605.3 Caudal de aire sobre un filtro . Los conductos deben construirse de modo que permitan una distribución uniforme del aire sobre la cara entera del filtro.
SECCIÓN 606 CONTROL DE SISTEMAS DE DETECCIÓN DE HUMO 606.1 Controles requeridos. Los sistemas de distribución de aire deben estar equipados con detectores de humo certificados y sellados para su instalación en sistemas de distribución de aire, tal y como lo requiere esta sección. Los detectores de humo de conductos deben cumplir con UL268 A. Otros detectores de humo deben cumplir con UL 268. 69
SISTEMAS DE CONDUCTOS
606.2 Sobre dónde se requieren. Los detectores de humo deben ser instalados donde lo indican las Secciones 606.2.1 hasta la 606.2.3.
Excepción: No se requieren detectores de humo si el
606.4 Funcionamiento de los controles. Al activarse, los
sistema de distribución de aire no es capaz de diseminar humo más allá de las pare des, piso y cielorrasos que encierran el cuarto o espacio dentro del que se genera el humo.
606.2.1 Sistemas de retorno de aire. Se deben instalar
detectores de humo deben apagar todas las operaciones de funcionamiento que puede realizar el sistema de distribución de aire de acuerdo con la certificación y sellado de los artefactos utilizados en el sistema. Cuando se active un detector, los sistemas de distribución de aire que sean parte de un sistema
detectores de humo en sistemas de retorno de aire con una capacidad de diseño mayor de 2,000 cfm (0.9 m 3/s), y éstos deben ser instalados en el conducto o pleno de retorno, aguas arriba de cualquierfiltr o, conexiones de extracción de aire, conexiones de aire exterior, o equipos y artefactos de descontaminación.
de control de humo deben pasar al modo de control de humo. 606.4.1 Supervisión. Los detectores de humo en conductos deben estar conectados a un sistema de alarma contra incendio. Cuando se active un detector de humo de conducto se debe emitiruna señal de alarmavisi ble y audible en un lugar que tenga atención permanente.
Excepción: Los detectores de humo no son requeridos en el sistema de retorno si todas las partes de la edificación servida porel sistema de distribución de aire están protegidas por detectores de humo por área, los cuales deben estar conectados a un sistema de alarma contra incendio de acuerdo con el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC) . El sistema de detectores de humo por área debe cumplir con la Sección 606.4.
606.2.2 Sistemas comunes de suministro y retorno de aire. Si varios sistemas de manejo de aire comparten conductos o plenos comunes para suministro o retorno, con una capacidad combinada de diseño mayor de 2,000 cfm (0.9 m3/s), el sistema de retorno de aire debe tener detectores de humo de acuerdo con la Sección 606.2.1.
Excepción: No se requiere el uso de detectores de humo individuales para cada unidad terminal con ventilador si cada unidad no tiene una capacidad de diseño mayor de 2,000 cfm (0.9 m3/s), y si seapa ga por activaciónde uno de los siguientes elementos: 1. Detectores de humo requeridos por las Secciones 606.2.1 y 606.2.3. 2. Un sistema aprobado de detección de humo por área, colocado en el pleno de retorno de aire que da servicio a dichas unidades. 3. Un sistema de detección de humopor área comose indica en la Excepción de la Sección 606.2.1. En todos los casos, los detectores de humo deben cumplir con las Secciones 606.4 y 606.4.1.
606.2.3 Conductos verticales de retorno. Si existen conductos verticales de retorno que dan servicio a dos o más pisos y son parte de un sistema de retorno de aire que tiene una capacidad de diseño mayor de 15,000 cfm (7.1 m3/s), se deben instalar detectores de humo en cada piso. Dichos detectores de humo deben ubicarse aguas arriba de la conexión entre el conducto vertical y cualquier otro conducto o pleno.
606.3 Instalación. Los detectores de humo requeridos por esta sección deben ser instalados de acuerdo con NFPA 72. Los detectores de humo requeridos deben ser instalados para monitorear la corriente de aire completa conducida por el 70
sistema incluyendo el aire de retorno y el aire de extracción o de alivio. Se debe proveer acceso a los detectores de humo para inspección y mantenimiento.
Excepciones: 1. La alarma visible y audib le en un lugar que tenga atención permanente no es requerida si el detector de humo de conducto activa los dispositivos indicadores de alarma de la edificación. 2. En usos de edificaciones que no requieran tener un sistema de alarma contra incendio, la activación de un detector de humo debe activar una alarma visible y audible en un lugar aprobado. Si el detector de humo de conducto indicara que tiene un problema, se debe activar una señal visible y audible en lugar aprobado, y se debe alertar acerca de dicho problema.
[B] SECCIÓN 607 ABERTURAS PARA CONDUCTOS Y TRANSFERENCIAS DE AIRE [B] 607.1 Generalidades. Las disposiciones de esta sección deben regular lo relativo a la protección de penetraciones de conductos y aberturas para transferencia de aire en conjuntos para los que se requiere protección.
607.1.1 Conductos sin reguladores de tiro. Los conductos que penetran sistemas clasificados como resistentes al fuego y que de acuerdo con esta sección no es necesario que tengan reguladores de tiro, deben cumplir con los requisitos de la Sección 712 del Código Internacional de la Edifi cación (IBC).
[B] 607.2 Instalación. Los reguladores de tiro antifuego, reguladores de tiro antihumo, reguladores de tiro combinados antifuego/antihumo, y reguladores de tiro de radiación de cielorraso ubicados dentro de sistemas de distribución de aire y control de humo deben instalarse de acuerdo con los requisitos de esta sección, las instrucciones de instalación del fabricante, y las condiciones de su certificación.
607.2.1 Sistemas de control de humo Si la instalación de un regulador de tiro antifuego va a interferir con el funcionamiento de un sistema requerido de control de humo de acuerdo con la Sección 513, se debe usar una protección alternativa aprobada. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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607.2.2 Conductos de extracción peligrosos. Los regu-
607.3.2 Clasificación de reguladores de tiro antihumo.
ladores de tiro antifuego para sistemas de conductos de extracción peligrosos deben cumplir con la Sección 510.
La clasificación de fuga de aire de un regulador de tiro antihumo no debe ser menor de Clase II. Las temperaturas altas no deben ser menores de 250 F (121ºC).
607.3 Ensayos y clasificación de reguladores de tiro . Los reguladores de tiro antifuego y antihumo deben estar certificados y portar el sellode una agencia aprobada de ensayos para indicar que cumple con las norma s de esta sección. Los reguladores de tiro antifuego deben cumplir con los requisitos de UL 555. Sólo reguladores de tiro antifuego que estén sellados para ser usados en sistemas dinámicos deben instalarse en sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado que funcionen con el ventilador encendido durante un fuego. Los reguladores de tiro antihumo deben cumplir con los requisitos de UL 555S. Los reguladores de tiro combinados antifuego/antihumo deben cumplir con los requisitos de UL 555 y UL 555S. Los reguladores de tiro de cielorraso deben cumplir con los requisitos de UL 555C.
607.3.1 Clasificación de protección contra incendio. Los reguladores de tiro antifuego deben tener la clasificación mínima de protección contra incendios especific ada en la Tabla 607.3.1 y según el tipo de penetración. TABLA607.3.1 CLASIFICACIÓN DE REGULADORES DE TIRO ANTIFUEGO TI PO DE PE NE TRAC IÓN
Conjuntos clasificados con
MÍ NI MA CL AS IF IC ACIÓN DE L REGULADOR (HORAS) 1
resist encia al
1 /2
resist encia al
3
fuego de menos de 3 horas Conjuntos clasificados con fuego de 3 horas o más
607.3.1.1 Dispositivo de activación de reguladores de tiro antifuego. Los dispositivos de activación de reguladores de tiro antifuego deben cumplir con uno de los siguientes requisitos: 1. La temperatura de operación debe estar aproximadamente 50 F (27.8ºC) por encima de la temperatura normal dentro del sistema de conductos, pero no menos de 160 F (71ºC).
2. La temperatura de operación debe ser de no más de 286 F (141 C) si se trata de un sistema de control
de humo que cumple con la Sección 513. 3. Si se tien e un regulad or de tiro combina do antifuego/antihumo colocado en un sistema de control de humo que cumple con la Sección 513, la temperatura de operación debe estar aproximadamente 50 F (27.8ºC) por encima de la temperatura máxima de operación de diseño del sistema de control de humo, o una temperatura máxima de 350ºF (177 C).La temperatura no debe sobrepasar la temperatura de ensayo de degradación de UL 555S para un regulador de tiro combinado antifuego/antihumo.
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[B] 607.3.2.1 Métodos de activación de reguladores de tiro antihumo. Un regulador de tiro antihumo debe cerrarse al activarseun detector de humo certificado, o al activarse detectores que han sido instalados de acuerdo con la Sección 607 de este código y las Secciones 907.10 y 907.11 del Código Internacional de la Edificación (IBC), e instalados siguie ndo uno de los siguie ntes métodos según corresponda: 1. Si se instala un regulador de tiro dentro de un conducto, se debe instalar un detector de humo dentro del conducto a una distancia no mayor de 5 pies (1524 mm) del regulador de tiro, sin que existan salidas o entradas de aire entre el detector y el regulador de tiro. El detector debe estar certificado para las condiciones de velocidad, temperatura y humedad del aire que se anticipen para el punto donde está instalado. Excepto en sistemas mecánicos de control de humo, los reguladores de tiro deben cerrarse cuando el ventilador se apague si los detectores de humo locales necesitan de una velocidad mínima para funcionar. 2. Si un regulador de tiro se instala encimade puertas que son barreras contra humo que forman parte de barreras contra humo, se debe instalar un detector de localización puntual certificado para liberar en cualquier lado de la barrera contra humo. 3. Si un regulador de tiro es instalado dent ro de una abertura sin conducto en una pared, se debe inst alar un dete ctor de local izac ión punt ual certificado para liberar, y ubicado a no más de 5 pies (1524 mm) del regulador de tiro medidos horizontalmente. 4. Si se instala un regulador de tiro en un muro o cielorraso de un corredor, se debe permitir que el mismo sea controlado por un sistema de detección de humo instalado en el corredor. 5. Siun sistema HVAC da servicio a un área en donde se tiene un sistema de detección de humo de cobertura total, se debe permitir que los reguladores de tiro sean controlados por el sistema de detección de humo. . Los reguladores de tiro [B] 607.4 Acceso e identificación antifuego y antihumo deben tener un medio de acceso aprobado, con un tamaño suficiente para permitir la inspección y mantenimiento del regu lador y sus part es opera bles. El acceso no debe afectar la integridad de conjuntos clasificados como resistentes al fuego. Las aberturas de acceso no deben reducir la clasificación de resistencia al fuego del conjunto. Los puntos de acceso deben estar permanentemente identificados por el exterior con una etiqueta con letras de no menos de 0.5 pulgadas (12.7 mm) dealtoy que digan: REGULADOR DE TIRO ANTIH UMO/A NTIFU EGO (FIRE/SMOKE DAM PER) , o REGULADOR DE TIRO ANTIHUMO 71
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(SMOKE DAMPER) o REGULADOR DE TIRO ANTIFUEGO (FIRE DAMPER). Laspuer tasde accesoen conductos deben cerrar herméticamente y ser aptas para la construcción de conducto requerida.
[B] 607.5 Donde se requieren. Se deben proveer reguladores de tiro antifuego, reguladores de tiro antihumo, reguladores de tiro combinados antifuego/antihumo, y reguladores de tiro de cielorraso de radiación en las ubicaciones dispuestas en las Secciones 607.5.1 hasta 607.5.5. Cuando se requiere que un conjunto tenga tanto reguladores de tiro antifue go como reguladores de tiro antihumo, se debe requerir que se use un regulad or de tiro combina do antifuego/ anti humo, o un regulador de tiro antifuego y un regulador de tiro antihumo.
[B] 607.5.1 Muros antifuego. Las aberturas para conductos y transferencia de aire que se permitan en muros antifuego de acuerdo con la Sección 705.11 del Código Internacional de la Edificación (IBC) deben estar protegidas con reguladores de tiro antifuego certificados e instalados de acuerdo con su certificación.
[B] 607.5.2 Barreras cortafuego . Las aberturas para conductos y transferencia de aire que penetran barreras antifuego deben estar protegidas con reguladores de tiro antifuego certificadose instalados de acuerdo con su certificación. Los conductos y las aberturas de transferencia de aire no deben penetrar cerramientos y pasillos de salida excepto como lo permitan las Secciones 1019.1.2 y 1020.5, respectivamente, del Código Internacional de la Edificación (IBC).
Excepción:No se requieren reguladores de tiro antifuego en penetraciones a barreras antifuego si una de las siguientes condiciones es válida: 1. Las penetraciones son sometidas a ensayo de acuerdo con ASTM E 119 como parte de un conjunto clasificado como resistente al fuego. 2. Los conductos se usan comopar te de un sistema aprobado de control de humo de acuerdo con la Sección 513 y donde el regulador de tiro antifuego interferiría con la operación del sistema de control de humo. 3. Existen sistemas HVAC con conductos que penetran dichos muros, los muros tienen una clasificación de resistencia al fuego de 1 hora o menos, los muros están en áreas con uso que no son del Grupo H, y la edificación posee un sistema automático de rociadores con cobertura total de acuerdo con la Sección 903.3.1.1 ó 903.3.1.2 del Código Internacional de la Edificación (IBC). Para los efectos de esta excepción, un sistema HVAC con conductos debe entenderse como un sistema de conductos que es parte del sistema HVAC de la estructura. Este sistem a de conductos debe construirse con láminametál icade no menos de calibre 26 (0.0217 pulgadas [0.55 mm]) de espesor, y debe ser conti nuo desde el artefacto o equipo de manejo de aire hasta las salidas y entradas de aire.
[B] 607.5.3 Tabiques antifuego. Loscondu ctos y aberturas de transferencia de aire que penetran tabiques antifuego
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deben estar protegidos con reguladores de tiro antifuego certificados e instalados de acuerdo con su certificación.
Excepciones: No se requieren reguladores de tiro antifuego en penetraciones a barreras cortafuego si una de las siguientes condiciones es válida: 1. Los tabiques constituyen separa ciones entre inquilinos o muros de corredores en edificaciones que poseen un sistema automático de rociadores con cober tura total de acuerdo con la Sección 903.3.1.1 ó 903.3.1.2 del Código Internacional de la Edificación (IBC) y la penetración del conducto está protegida de acuerdo con la Sección 712 del Código Internacional de la Edificación (IBC) . 2. Los tabiques son tabiques de inquilinos en centros comerciales cubiertos donde no se requiere en ninguna disposición del Código Internacional de la Edificación (IBC) que los muros se extiendan hasta el lado inferior del piso o cubierta de techo por encima. 3. El sistema de conductos está construido con materiales aprobados de acuerdo con la Sección 603 y los conduc tos que penetran los muros cumplen todos los siguientes requisitos: 3.1.
El con ducto no deb e tener más de 100 pulgadas cuadradas (0.06 m2).
3.2.
El conducto debe estar construido de acero con un espesor mínimo de 0.0217 pulgadas
3.3.
(0.55 mm). El conducto no debe ten er aberturas que comuniquen el corredor con espacios o cuartos adyacentes.
3.4.
El conducto debe estar instalado arriba del cielorraso.
3.5.
El conducto no debe terminar en un registro de muro en el muro clas ific ado como resistente al fuego.
3.6.
Se debe tener una camisa de acero con un mínimo de 12 pulgadas (305 mm) de largo por 0.060 pulgadas (1.52 mm) de espesor, y la camisa debe estar centrada en cada abertura del conducto. La camisa debe estar fijada a ambos lados del muroy en los cuatro lados con angularesde retención de acero de 1½ pulgadas por 1½ pulgadas por 0.060 pulgadas (38 mm por 38 mm por 1.52 mm). Los angulares deben fijarse a la manga y al mur o usa ndo tor nill os Nº1 0 (M5 ). El espacio anular entre la camisa y el muro debe llenarse con lana mineral en todos sus lados.
[B] 607.5.4 Corredores y barreras cortafuego. Se debe proveer un regulador de tiro antihumo certificado y diseñado para resistir el paso de humo en cada punto en que un conducto o una abertura de transferencia de aire penetren una pared barrera antihumo o un muro de corredor que requiera tener puertas de control de humo y aire de acuerdo
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con el Código Internacional de la Edificación (IBC) . Los reguladores de tiro antihumo y sus métodos de activación deben cumplir con la Sección 607.5.4.1.
Excepciones: 1. No se requieren reguladores de tiro antihumo en penetraciones a corredores si la edificación está equipada completamente con un sistema de control de humo aprobado de acuerdo con la Sección 513, y
reguladores de tiro antifuego y antihumo certificados e instalados de acuerdo con su certificación.
Excepciones: 1. No se requieren reguladores de tiro antifuego en penetraciones a recintos si: 1.1.
Se tienen subconductos de extra cción de acero que se extiendan verticalmente al menos 22 pulgadas (559 mm) dentro de recintos de extracción, siempre y cuando exista un flujo continuo ascendente al exterior, o
1.2.
Las penetraciones se someten a ensayos de acuerdo con ASTM E 119 como parte de un conjunto clasificado como resistente al fuego, o
1.3.
Los conductos se usan como parte de un sistema de control de humo aprobado de acuerdo con la Sección 909 del Código Internacional de la Edificación (IBC), y en donde el regulador de tiro antifuego va a interferir con el funcionamiento del sistema de control de humo, o
1.4.
Las penetraciones se dan en reci ntos de extr acci ón o suminist ro de gara jes de estacionamiento, y que están separadas de otros recintos de la edificación usando construcción de al menos 2 horas de
reguladores de tiro antihumo no son necesarios para el funcionamiento y control del sistema. 2. No se requierenregul adores de tiro antihumo en penetraciones a barreras cortahumo si las aberturas se limitan a un solo compartimiento de humo y los conductos están fabricados en acero. 3 No se requierenregul adores de tiro antihumo en penetraciones a corredores si el conducto está fabricado en acero de no menos de 0.019 pulgadas (0.48 mm) de espesor, y no hay aberturas para servir al corredor.
607.5.4.1 Reguladores de tiro antihumo. El regulador de tiro antihumo debe cerrarse en caso de activarseun detector de humo certificado, o al activarse detectores que han sido instalados de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC) e instalados siguiendo uno de los siguientes métodos según corresponda: 1. Si se instala un regulador de tiro dentro de un conducto, se debe instalar un detector de humo dentro del conducto a una distancia no mayor de 5 pies (1524 mm) del regulador de tiro, sin que existan salidas o entradas de aire entre el detector y el regulador. El detector debe estar certificado para las condiciones de velocid ad, tempe ratura y humedad del aire que se anticipen para el punto donde está instalado. 2. Si un regulador de tiro se instala encima de puertas que son barreras contra humo que forman parte de barreras contra humo, se debe instalar un detector de localización puntual certificado para liberar en cualquier lado de la puerta barrera contra humo. 3. Si un regulador de tiro es instalado dentro de una abertura sin conduc to en una pared, se debe instalar un detector de localización puntual certificado para liberar, y ubicado a no más de 5 pies (1524 mm) del regulador de tiro medidos horizontalmente. 4. Si un regulador de tiro es instalado en una pared de un corredor, se debe permitir que el regulador de tiro sea controlado por un sistema de detección de humo instalado en el corredor.
5. Si un sistema HVAC da servicio a un área en donde se tiene un sistema de detección de humo de cobertura total, se debe permitir que los reguladores de tiro sean controlados por el sistema de detección de humo.
[B] 607.5.5 Cerramientos de recintos. Los cerramientos de recintos cuya penetración por conductos y aberturas de transferencia de aire es permitida deben ser protegidos con CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
clasificación de resistencia al fuego 2. En destinos del Grupo B y R equipados con un sistema automático de rociadores de cobertura completa de acuerdo con la Sección 903.3.1.1 del Código Internacional de la Edificación (IBC), no se requieren reguladores de tiro antihumo en las penetraciones de recintos donde las aberturas de extracción de cocinas, secadoras de ropa, baños y escusados con subconductos de extracción de acero, con un espesor de pared de al menos 0.019 pulgadas (0.48 mm) se extienden verticalmente como mínimo 22 pulgadas (559 mm ) y el venti lad or de ext rac ció n en el ext remo sup eri or funcione continuamente de acuerdo con las disposiciones de la Sección 909.11 del Código Internacional de la Edificación (IBC) , y mantenga un flujo de aire ascendente al exterior. 3. Los reguladores de tiro antihumo no se requieren en penetraciones de recintos de extracción o suministro de garajes de estacionamiento que están separados de otros recintos de la edificación por medio de una construcción de al menos 2 horas de clasificación de resistencia al fuego. 4. Los reguladores de tiro antihumo no son requeridos en penetraciones de recintos donde los conductos se usan como parte de un sistema mecánico de control de humo aprobado diseñado de acuerdo con la Sección 909 del Código Internacion al de la Edi fica ción (IBC) y donde el regulador de tiro antihumo interferirá con la operación del sistema de control de humo. 73
SISTEMAS DE CONDUCTOS
607.6 Conjuntos horizontales . Las penetraciones de conductos de aire a pisos, conjuntos de piso/cielorraso, o membra na s de ci el or ra so qu e so n par te de un co nj unt o techo/cielorraso, deben estar protegidas por un cerramiento de recinto que cumpla con la Sección 707 y las Secciones 716.6.1 hasta 716.6.3 del Código Internacional de la Edificación (IBC), o deben cumplir con las Secciones 607.6.1 hasta 607.6.3.
607.6.1 Penetraciones de varios pisos. En destinos que no sean de los Grupos I-2 e I-3, un conducto construido de materiales aprobados de acuerdo con la Sección 603 que penetra un conjunto de piso/cielorraso clasificado como resistente al fuego, y que conecta no más de dos pisos, se permite que no tenga un cerramiento de conducto siempre y cuando se instale un regulador de tiro antifuego certificado en la línea de piso o el conducto sea protegido de acuerdo con la Sección 712.4 del Código Internacional de la Edificación (IBC). Para aberturas de transferencia de aire, vea la Excepción 7 a la Sección 702.2 del Código Internacional de la Edificación (IBC).
Excepción: Se permite que un conducto penetre tres pisos o menos sin reguladores de tiro antifuego en cada piso si cumple con todos los siguientes requisitos. 1. El conducto debe estar contenido y ubicado dentro de la cavidad de un muro y debe estar construido con acero con un espesor no menor de 0.019 pulgadas (0.48 mm) (Calibre 26). 2. El conducto debe abrir sólo dentr o de una unidad de vivienda o de dormitorio y el sistema de conductos debe ser continuo desde la unidad hasta el exterior de la edificación. 3. El conducto no debe tener un diámetro nominal mayor de 4 pulgadas (102 mm), y el área total de dichos conductos no debe exceder 100 pulgadas cuadr adas (0.06 5 mm 2 ) por cada 100 pies cuadrados (9.3 m2) de área de piso. 4. El espacio anular alrededor del conducto debe protegerse con materiales que impidan el paso de fueg o o gase s calie ntes capace s de quemar desperdicio de algodón cuando se sometan a las condiciones de tiempo-temperatura de ASTM E 119, con una presión diferencial positiva mínima de 0.01 pulgadas (2.49 Pa) en el lugar de la penetración porun tiempoequiv alente a la clasificación de resistencia al fuego de la construcción penetrada. 5. Las aberturasde rejilla ubicadaso en el cielorraso de un conjunto piso/cielorraso techo/cielorraso clasificado como resistente al fuego deben protegerse con un regulador de tiro de cielorraso de radiación certificado instalado de acuerdo con la Sección 607.6.2.
607.6.2 Penetraciones de membranas . Los conductos y aberturas de transferencia de aire construidos de materiales aprobados, de acuerdo con la Sección 603, que penetran la membrana de cielorraso de un conjunto piso/cielorraso o techo/cielorraso clasificado como resistente al fuego deben protegerse de una de las siguiente maneras: 74
1. Un cerramiento de recinto de acuerdo con las Secciones 707 del Código Internacional de la Edificación (IBC). 2. Un regulador de tiro de cielorraso de radiación certificado instalado en la línea del cielorraso donde el cond ucto penetr a el ciel orraso del conj unto piso/cielorraso o techo/cielorraso clasificado como resistente al fuego. 3. Un regulador de tiro de cielorraso de radiación certificado instalado en la línea del cielorraso donde un difusor sin conducto fijado penetra el cielorraso de un conjunt o piso/c ielor raso o techo/ cielor raso clasificado como resistente al fuego.
607.6.2.1 Reguladores de tiro de cielorraso de radiación. Los regul adores de tiro de cielorraso de radiación deben ser ensayados de acuerdo con UL 555C y deben ser instalados de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante y con su certificación. Los reguladores de tiro de cielorraso de radiación no son requeridos donde se aplique alguna de las siguientes condiciones: 1. Ensayos realizados de acuerdo con ASTM E119 hayan demostrado que los reguladores de tiro de cielorraso de radiación no son necesarios para mantener la clasificación de resistencia al fuego del conjunto. 2. Donde las penetraciones de conductos de extracción son protegid as de acuerdo con la Sección 712.4.2 del Código Internacional de la Edificación (IBC) y los conductos de extracción se ubican dentro de la cavidad de un muro, y no pasan a través de otra unidad de vivienda o espacio de alquiler
607.6.3 Sistemas de piso clasificados como no resistentes al fuego. Los sistemas de conductos construidos de materiales aprobados de acuerdo con la Sección 603 que penetran conjuntos de piso clasificados como no resistentes al fuego se deben proteger por uno de los siguientes métodos: 1. Un cerramiento de recinto de acuerdo con la Sección 707 del Código Internacional de la Edificación (IBC). 2. El conducto conecta no más de dos pisos, y el espacio anu lar alr eded or del cond uct o que pene tra es protegido con un material aprobado no combustible que resiste el pasaje libre de la llama y los productos de la combustión. 3. El conducto conecta no más de tres pisos, y el espacio anu lar alr eded or del cond uct o que pene tra es protegido con un material aprobado no combustible que resiste el pasaje libre de la llama y los productos de la combustión, y se instala un regulador de tiro antifuego certificado en cada línea de piso.
Excepción: No se req uie ren reg ula dor es de tir o antifuego en conductos dentro de unidades de vivienda residenciales individuales. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
SISTEMAS DE CONDUCTOS
607.7 Conductos y conectores flexibles de aire. Los conductos y conectores de aire flexibles no deben pasar a través de ningún conjunto clasificado como resistente al fuego.
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CAPÍTULO 7
AIRE DE COMBUSTIÓN SECCIÓN 701 GENERALIDADES 701.1 Alcance. Las disposiciones de este capítulo deben regular lo relativo a los requisitos para el aire de combustión y dilución, para artefactos de combustión que no sean artefactos quemadores de gas. Los requisitos para el aire de combustión y dilución para artefactos quemadores de gas deben cumplir con lo estipulado en el Código Internacional de Gas Combustible (IFGC).
701.2 Aire requerido de combustión y dilución. Todo cuarto o espacio que albergue artefactos de combustión deben tener aire de combustión y dilución como lo especifica este código. El aire de combustión y dilución debe suministrarse de acuerdo con la Sección 702, 703, 704, 705, 706 ó 707, o debe suministrarse por medio de un sistema diseñado según la ingeniería y aprobado. No es necesario considerar los artefactos de ventilación directa, o los equipos que no tomen aire de combustión desde el interior de la edificación, para efectos de determinar los requisitos de aire de combustión y dilución. Los requisitos de aire de combustión se deben determinar con base en la operación simultánea de todos los artefactos que hagan combustión y que toman aire de combustión y dilución del cuarto o espacio.
701.3 Circulación de aire. Los equipos y artefactos dentro de todo cuarto que albergue artefactos de combustión se deben instalar de modo que permitan la libre circulación del aire. Se deben tomar medidas que permitan la operación simultánea de sistemas de extracción mecánica, hogares, u otros equipos y artefactos que funcionan en el mismo cuarto o espacio y de donde toman aire de combustión y dilución. Tales medidas deben impedir que la operación de dichos artefactos, equipos y sistemas afecten el suministro de aire de combustión y dilución.
701.4 Espacios angostos y áticos. Para los efectos de este capítulo, una abertura a un espacio angosto o ático que está ventilado naturalmente debe considerarse como una abertura al exterior.
701.4.1 Espacios angostos. En un espacio angosto, si se tienen aberturas de aire de combustión ubicadas a un nivel bajo, se deben tener aberturas al exterior libres de obstáculos con al menos el doble de tamaño de lo requerido para aberturasdebe de cumplir aire de con combustión. La del altura del Internaespacio angosto los requisitos Código cional de la Edificación (IBC), y debe estar libre de obstrucciones para el libre flujo del aire.
701.4.2 Áticos. Si el aire de combustión se obtiene de un ático, las aberturas de ventilación en el ático no deben tener la posibilidad de ser obstruidas por hielo o nieve, y el ático debe tener no menos de 30 pulgadas (762 mm) de luz vertical en su punto más alto. Las aberturas de ventilación en áticos deben ser suficientes para proveer el volumen requerido de aire de combustión, y la ventilación requerida por el Código Internacional de la Edificación CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
(IBC). Las aberturas de aire de combustión deben tener una manga de hierro galvanizado de no menos de 0.019 pulgadas (0.5 mm) (Calibre Nº 26), u otro material aprobado, y la manga debe extenderse desde el cerramiento del artefacto hasta al menos 6 pulgadas (152 mm) por encima de la vigueta del cielo rraso y el aislamiento.
701.5 Fuentes prohibidas. No se permite tener aberturas o conductos que conecten cerramientos de artefactos con espacios en donde la operación de algún ventilador vaya a afectar adversamente el flujo del aire de combustión. El aire de combustión no debe obtenerse desde una localización peligrosa, excepto donde los artefactos de combustión estén ubicados dentro de localizaciones peligrosas y sean instalados según este código. El aire de combustión no debe tomarse de un cuartode máquinas de refrigeración, excepto donde se tenga un sistema de detección de vapor de refrigerante que apague automáticamente el proceso de combustión en caso de fuga de refrigerante. El aire de combustión no debe obtenerse de lugares situados por debajo de la elevación de inundación de diseño.
SECCIÓN 702 AIRE INTERIOR 702.1 Tomar todo el aire del interior. Se debe permiti r tomar tod o el air e de combus tió n y dil uci ón del inter ior en edificaciones que no son de construcción excepcionalmente estanca. En edificaciones de construcción excepcionalmente estanca, el aire de combustión debe tomarse del exterior de acuerdo con la Sección 703, 705, 706 ó 707.
702.2 Tomar aire del mismo cuarto o espacio. Para poder albergar artefactos de combustión, un cuarto o espacio debe ser abierto, como se define en la Sección 202.
702.3 Tomar aire de espacios adyacentes. Si el volumen de un cuarto en el que se tienen artefactos de combustión no cumple con la Sección 702.2, se debe tomar aire interior adicional de combustión y dilución abriendo el cuarto a espacios adyacentes de modo que el volumen combinado de todos los espacios comunicados entre sí cumpla con el requerimiento de volumen de la Sección 702.2 Las aberturas que comuniquen los espacios deben cumplir con las Secciones 702.3.1 y 702.3.2. 702.3.1 Número y ubicación de aberturas. Se deben proveer dos aberturas, una a menos de 1 pie (305 mm) del cielorraso, y la otra a menos de 1 pie (305 mm) del piso.
702.3.2 Tamaño de aberturas. El área libre neta de cada abertura, calculada según la Sección 708, debe tener un mínimo de 1 pulgada cuadrada por 1,000 Btu/h (2201mm 2/ kW) de capacidad de entrada de los artefactos de combustión que demandan aire de combustión y dilución de los espacios comunicados. En ningún caso el área libre neta podrá ser menor de 100 pulgadas cuadradas (64 516 mm2 ). 77
AIRE DE COMBUSTIÓN
SECCIÓN 703 AIRE EXTERIOR 703.1 Tomar todo el aire del exterior. Si todo el aire de combustión y dilución ha de tomarse del exterior, el aire requerido de combustión y dilución debe obtenerse a través de una abertura delcuart o al exterior. Lasabert uras queconec tenel cuartoal exterior deben cumplir conlas Secciones703.1 .1 hasta 703.1.4.
703.1.1 Número y ubicación de aberturas. Se deben
directas al exterior de acuerdo con la Sección 703.1, la razón de aberturas directas debe ser la suma de las áreas libres netas de ambas aberturas directas al exterior, dividida entre la suma de las áreas requeridas para ambas aberturas según lo requiere la Sección 703.1.2.
704.1.3 Razón de aberturas horizontales. Si se usan aberturas al exterior con conductos horizontales de acuerdo con la Sección 703.1, la razón de aberturas hori-
proveer dos aberturas, una a menos de 1 pie (305 mm) del cielorraso, y la otra a menos de 1 pie (305 mm ) del piso.
zontales debe ser la suma de las áreas libres netas de ambas aberturas, dividida entre la suma de las áreas requeridas para ambas aberturas según lo requiere la Sección 703.1.3.
703.1.2 Tamaño de aberturas directas al exterior. El área
704.1.4 Razón de aberturas verticales. Si se usan aber-
libre neta de cada abertura directa al exterior, calculada según la Sección 709, debe tener un mínimo de 1 pulgada cuadrada por 4,000 Btu/h (550 mm 2/kW) de capacidad combinada de entrada de los artefactos de combustión que demandan aire de combustión y dilución del cuarto.
703.1.3 Tamaño de aberturas horizontales. El área libre neta de cada abertura, calculada según la Sección 709 y que conecta al exterior por medio de un conducto horizontal, debe tener un mínimode 1 pulgada cuadrada por 2,000 Btu/h (1100 mm2/kW) de capacidad combinada de entrada de los artefactos de combustión que demandan aire de combustión y dilución del cuarto. El área seccional del conducto debe ser igual o mayor que el tamaño requerido de la abertura.
703.1.4 Tamaño de aberturas verticales. El área libre neta de cada abertura, calculada según la Sección 709 y que conecta al exterior por medio de un conducto vertical, debe tener un mínimode 1 pulgada cuadrada por cada 4,000 Btu/h (550 mm2/kW) de capacidad combinada de entrada de los artefactos de combustión que demandan aire de combustión y dilución del cuarto. El área seccional del conducto debe ser igual o mayor que el tamaño requerido de la abertura.
SECCIÓN 704 USO COMBIN ADO DE AIRE INTERIOR Y EXTERIOR (CONDICIÓN 1) 704.1 Combinación de aire del interior y del exterior. Esta sección debe regir solo para aquellos artefactos ubicados en espacios cerrados en edificaciones que no tienen una construcción excepcionalmente estanca. Si los volúmenes de varios cuartos y espacios se suman con el propósito de proveer el aire de combustión del interior, dichos cuartos y espacios deben estar permanentemente comunicados entre si por medio de aberturas de acuerdo con las Secciones 702.3.1 y 702.3.2. El aire requer ido de combustión y dilución debe obtenerse abriendo el cuarto al exterior, usando una combinación de aire del interior y del exterior, y haciendo un prorrateo de acuerdo con la Sección 704.1.6. La razón de espacios interiores debe cumplir con la Sección 704.1.5. La cantidad, ubicación y razón de aberturas que conectan el espacio con el aire exterior debe cumplir con las Secciones 704.1.1 hasta 704.1.4.
704.1.1 Cantidad y ubicación de aberturas. Se deben proveer al menos dos aberturas, una a menos de 1 pie (305 mm) del cielorraso, y la otra a menos de 1 pie (305 mm) del piso. 78
704.1.2 Razón de aberturas directas. Si se usan aberturas
turas al exterior con conductos verticales de acuerdo con la Sección 703.1, la razón de aberturas verticales debe ser la suma de las áreas libres netas de ambas aberturas, dividida entre la suma de las áreas requeridas para ambas aberturas según lo requiere la Sección 703.1.4.
704.1.5 Razón de espacios interiores. La razón de espacios interiores debe ser el volumen disponible de todos los espacios intercomunicados dividido entre el volumen requerido especificado en las Secciones 702.2 y 702.3.
704.1.6 Prorrateo de aire interior y exterior. En espacios que usen una combinación de aire interior y exterior, la suma de las razones de todas las aberturas directas, aberturas horizontales, aberturas verticales y espacios interiores debe ser igual o mayor de 1.
SECCIÓN 705 USO COMBINADO DE AIRE INTERIOR Y EXTERIOR (CONDICIÓN 2) 705.1 Generalidades. Esta sección debe regir solo para aquellos artefactos ubicados en espacios abiertos en edificaciones que tienen una construcción excepcionalmente estanca. El aire que se suministra para combustión por medio de una combinación de aire interior y exterior debe suministrarse a través de aberturas y conductos, los cuales deben extenderse hasta el cuarto donde está el artefacto o hasta las cercanías del artefacto.
705.1.1 Aberturas y conductos de suministro. Se deben proveer aberturas, y estas deben estar ubicadas y dimensionadas de acuerdo con las Secciones 702.3.1 y 702.3.2; además, debe existir una abertura al exterior con un área lib re de al menos 1 pulgada cuadrada por cada 5,000 Btu/h (440 mm 2/kW) de capacidad total de entrada de todos los artefactos en el espacio.
SECCIÓN 706 SUMINISTRO DE AIRE DE COMBUSTIÓN FORZADO 706.1 Generalidades. Si todo el aire de combustión y dilución se suministra por medio de un sistema mecánico de aire forzado, se debe suministrar el aire a una razón mínima de 1 cfm por 2,400 Btu/h [0.00067 m 3/(s · Kw)] de capacidad combinada de entrada de todos los artefactos de combustión servidos. Cada uno de los artefactos servidos deben estar CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
AIRE DE COMBUSTIÓN
eléctricamente intercon ectados al sistema mecánico de aire forzado, de modo que los artefactos no puedan operar si el sistema de suministro no está funcionando. Si el aire de combustión y dilución se suministra por medio del sistema mecánico de ventilación de la edificación, el sistema debe proveer el caudal de aire de combustión y dilución además del caudal para ventilación. SECCIÓN 707 CONEXIÓN DIRECTA 707.1 Generalidades. Los artefactos de combustión que sean
certificados y sellados para funcionar con conexión directa al exterior para tomar el aire de combustión deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. SECCIÓN 708 CONDUCTOS DE AIRE DE COMBUSTIÓN 708.1 Generalidades. Los conductos de aire de combustión deben:
1. Ser de hierro galvanizado que cumpla con el Capítulo 6, o de un material equivalente resistente a la corrosión aprobado para esta aplicación. Excepción: En unidades de vivienda, no se puede prohibir que se transporte el aire de combustión a través de espacios entre parantes y viguetas, siempre y cuando no se elimine más de un bloque antifuego requerido.
tienen un área libre neta de 25 por cientodel áreade laaber tura. Se deben fijar las celosías y rejillas en su posición abierta. Excepción: Las celosías incorporadas al artefacto, en que se debe verificar que están completamente abiertas antes de encender el quemador y durante la operación del quemador principal. En este caso, se debe tener un medio que impida que el quemador principal se encienda si las celosías no abren en el arranque, y que también apague el quemador principal si las celosías se cierran durante la operación. 709.2 Aberturas con reguladores de tiro. Si las aberturas de aire de combustión tienen reguladores de tiro de volumen, antihumo o antifuego, los reguladores de tiro deben estar eléctricamente interconectados con el ciclo de encendido de los artefactos servidos, de modo que ningún artefacto que tome aire de combustión y dilución del cuarto pueda funcionar si alguno de los reguladores de tiro está cerrado. No se permite instalar reguladores de tiro manuales en aberturas de aire de combustión.
SECCIÓN 710 UBICACIÓN Y PROTECCIÓN DE ABERTURAS 710.1 Generalidades. Las aberturas al exterior de aire de combustión deben cumplir con las disposiciones relativas a su ubicación y protección de las Secciones 401.4 y 401.5 que tengan que ver con aberturas para tomas de aire al exterior.
2. Tener unadimen sión seccionalmínim a de 3 pulgadas (76 mm). 3. Terminar en un espacio abierto que permita la libre circulación del aire de combustión hacia los artefactos. 4. Tener la misma área seccional que el área libre de las aberturas a las que están conectados. 5. Dar servicio a un único cer ramiento del artefacto. 6. No deben servir las aberturas superior e inferior de aire de combustión al mismo tiempo, si ambas aberturas se están usando. La separaciónde los conductos conectados a las aberturas superior e inferior debe mantenerse hasta la fuente de aire de combustión. 7. No deben tener un cedazocuand o terminen en un ático. 8. No deben tener pendiente hacia abajo en dirección de la fuente de aire de combustión, en caso de estar conectado a la abertura superior de aire de combustión. SECCIÓN 709 OBSTRUCCIONES EN LAS ABERTURAS 709.1 Generalidades. Los tamaños requeridos de aberturas de aire de combustión y dilución deben estar basados en el área libre neta de cada abertura. El área libre neta de una abertura debe ser aquella que especifique el fabricante del dispositivo que cubre la abertura. En ausencia de dicha información, se debe considerar que las aberturas cubiertas con celosías de metal tienen un área libre neta de 75 por ciento del área de la abertura, y que las aberturas cubiertas con celosías de madera C Ó D I G O I N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S ME C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
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CAPÍTULO 8
CHIMENEAS Y RESPIRADEROS SECCIÓN 801 GENERALIDADES 801.1 Alcance. Las disposiciones de este capítulo deben regular lo relativo a la instalación, mantenimiento, reparación, y aprobación de chimeneas, revestimiento s de chimeneas, respiraderos y conectores hechos en fábrica. Este capítulo también debe regular lo relativo al uso de chimeneas de mampostería. Los artefactos de combustión de gas deben ventilarse de acuerdo con el Código Internacional de Gas
Combustible (IFGC). 801.2 Generalidades. Todo artefacto de combustión debe descargar los productos de combustión a un respiradero, chimenea hecha en fábrica, o chimenea de mampostería, excepto en el caso de artefactos ventilados de acuerdo con la Sección 804. La chimenea o respiradero debe serdiseñ ada para el tipo específico de artefacto que se está ventilando. 801.2.1 Artefactos de combustión de líquido. Los artefactos de combustión de líquido deben ventilarse de acuerdo con este código y NFPA 31. 801.3 Chim eneas de mamp osterí a. Las chimene as de mampostería deben construirse de acuerdo con el Código
Internacional de la Edificación (IBC). 801.4 Flujo positivo. Los sistemas de ventilación deben ser diseñados y construidos de modo que desarrollen un flujo positivo y adecuado para transportar todos los productos de combustión a la atmósfera exterior. 801.5 Diseño. Los sistemas de ventilación deben diseñarse de acuerdo con este capítulo o con métodos aprobados de diseño de ingeniería. 801.6 Tamañ o mín imo de chim enea s o res pirad eros . Excepto que se indique lo contrario en este capítulo, la chimenea o respiradero que dé servicio a un único artefacto, a excepción de los sistemas diseñados según la ingeniería, debe tener un área mínimaigua l al área de la conexión delartef acto.
hogares deben cumplir con las Secciones 801.10.1 hasta 801.10.3. 801.10.1 Sello y acceso. Para impedir la entrada de aire del cuarto al conducto de humo, se debe usar un sello no combustible por debajo del punto de conexión. Se deben dejar previsiones para que se tenga acceso al conducto de humo para inspección y limpieza. 801.10.2 Conexión a conducto de humo de hogar hecho en fábrica. No se permite conectar un artefacto a un conducto de humo que da servicio a un hogar hecho en fábrica a menos que el artefacto esté específicamente certificado para talinsta lación. La conexión debe hacerse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante del artefacto. 801.10.3 Conexión a conducto de humo de hogar de mampostería. Se debe tener un conector que se extienda desde el artefacto hasta el conducto de humo que da servicio a un hogar de mampostería, de modo que los gases de combustión sean evacuados directamente al conducto de humo. El conector debe tener un acceso o debe ser removible para inspección y servicio de tanto el conector
como el conducto de humo. Se deben instalar accesorios certificadosde conexión directa, en la forma indicada porsu certificación. 801.11 Prohibición de artefactos múltiples de combustibles sólidos. No se permite conectar un artefacto u hogar que queme combustibles sólidos a la chimenea que da servicio a otro artefacto. 801.12 Entrada a chimenea . Los conectores deben conectar al conducto de humeo de la ch imenea en un punto al meno s 12 pulgadas (305 mm) por arriba del punto más bajo del interior del conducto de hmo de la chimenea.
801.7 Conductos de humo de artefactos de combustión de sólidos. El área seccional de un conducto de humo que dé servicio a un artefacto de combustión de sólidos debe ser no mayor a tres veces el área seccional del collar del artefacto o de
801.13 Registros de limpieza. Los conductos de humo dentro de chimeneas de mampostería deben tener una abertura de limpieza con una altura mínima de 6 pulgadas (152 mm). El borde superior de la abertura debe estar a no menos de 6 pulgadas (152 mm) por debajo de la abertura inferior de entrada a la chimenea. El registro de lim-pieza debe tener una tapa no combustible que cierre herméticamente.
la salida para el conducto de humo. 801.8 Aberturas de entrada abandonadas. Las aberturas de entrada en chimeneas y respiraderos que estén abandonadas deben cerrarse con un método aprobado.
Excepción: No se requieren registros de limpieza para conductos de humo en chimeneas que dan servicio a hogares de mampostería, si tales conductos tienen acceso a través de la boca del hogar.
801.9 Presión positiva. Cuando un artefacto equipado con un sistema forzado o inducido de movimiento de aire cause presión positiva en el sistema de ventilación, éste debe diseña rse espec íficam ente para aplica ciones de presió n positiva y estar certificado para ello. 801.10 Conexión a hogar. Las conexiones de artefactos a conductos de humo de las chim eneas que den servicio a CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMETÁLICAS2006™
801.14 Conexiones a extractores. Todas las conexiones de artefactos a una chimenea o respiradero equipado con un extractor motorizado deben hacerse en el lado de succión del extractor. Todas lasjuntasy tuberías en el lado de presión positiva del extractor deben estar certificadas para aplicaciones de presión positiva según se especifique en las instrucciones de instalación del fabricante del extractor. 81
CHIMENEAS Y RESPIRADEROS
801.15 Artefactos de combustión. Se deben ubicar, construir y dimensionar las chimeneas de mampostería utilizadas para vent ila r art efa ctos de com bus tión de acu erd o con las instrucciones de instalación del fabricante para los artefactos ventilados. 801.16 Revestimiento de conductos de humo. Las chimeneas de mampostería debe n estar revestidas . El material de revestimiento debe ser compatible con el tipo de artefacto conectado, de acuerdo con la certificación del artefacto y las
instrucciones de instalación del fabricante. Se deben instalar materialescertific ados para uso como revestimiento interior de chimeneas, y la instalación debe realizarse de acuerdo con su certificación y las instrucciones de instalación del fabricante. 801.16.1 Artefactos residenciales y de bajo calor (generalidades). Se debe limitar el uso de sistemas de revestimientointer ior de conductos de humo para uso en artefactos de tipo residencial y de bajo calor a lo siguiente:
1. Revestimiento de arcilla, que cumpla con los requisitos de ASTM C 315 o su equivalente. El revestimiento de arcilla debe instalarse según el Código Internacional de la Edificación (IBC). 2. Sistemas certificados de revestimiento de chimeneas que cumplan con UL 1777. 3. Otro s materiale s aprob ados que resis tan gases de combustión y condensados a temperaturas de hasta 1,800 F (982ºC) sin agrietarse, suavizarse o corroerse. 801.17 Espa cio alre dedor de
reve stimi ento. Queda prohibido usar el espacio alrededor de un sistema de revestimiento de conductos de humo, o de otro respiradero instalado dentro de una chimenea de mampostería, para ventilar otro artefacto. Esto no debe impedir que se instale otro revestimiento de conducto de humo de acuerdo con lasinstr ucciones de instalación del fabricante y este código. 801.18 Chimeneas y respiraderos existentes. Si un artefacto es perm anen teme nte desc onec tado de una chim enea o respiradero existente, o si un artefacto se conecta a una chimenea o respiradero existente en el proceso de una nueva instalación, la chimenea o respiradero debe cumplir con las Secciones 801.18.1 hasta 801.18.4. 801.18.1 Tamaño. La chimenea o respiradero debe redimensionarse según sea necesario para controlar la condensación de gases de combustión en el interior de la chimenea o respiradero, y para producir la diferencia de presión requerida para el funcionamiento de los artefactos conectados. Para la ventilación de artefactos que usan aceite combustible en chimeneas de mampostería, el redimensionamiento debe hacerse según NFPA 31. 801.18.2 Conducto de humo. El conducto de humo debe estar libre de obstrucciones y depósitos de combustible, y debe ser limpiado si anteriormente fue usado para ventilar artefactos u hogares de combustión de sólidos y líquidos. El revestimiento del conducto de humo, la pared interna de la chimenea o la pared interna del respiradero debe ser continuo y libre de grietas, boquetes, perforaciones u otros daños o deterioros que permitan el escape de productos de combustión, incluyendo gases, humedad y creosota. Cuando un artefactoque usaaceit e combustible se conecte a 82
una chimenea existente de mampostería, el conducto de humo la chimeneay su revestimiento deben serrepar ados de acuerdo con NFPA 31. 801.18.3 Registro de limpieza. Las chimeneas de mam postería deben tener una abertura de limpieza que cumpla con la Sección 801.13. 801.18.4 Espacios libres. Las chimeneas y respiraderos deben tener un espacio de aire que sirva de espacio libre a materiales combustibles de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC) y con las instrucciones de instalación del fabricante de la chimenea o respiradero. Excepción: No se requiere el espacio libre entre materiales combustibles y superficies exteriores de chimeneas de mampostería en el caso de chimeneas de mampostería equipadas con un sistema de revestimiento de chimenea que han sido probadas y certificadas para instalación en chimeneas en contacto con combustibles de acuerdo con UL 1777. Se deben instalar bloques antifuegos no combustibles de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC). 801.19 Prohibición en varios pisos. Está prohibido el uso de sistemas de ventilación común para artefactos ubicados en más de un piso, excepto cuando todos los artefactos servidos por el respiradero común estén en cuartos o espacios que se acceden solo desde afuera. Los cerramientos de los artefactos no deben comunicar con las áreas ocupables de la edificación. 801.20 Juntas plásticas de respiraderos. Los tuberías rígidas
y accesorios plásticos usados para ventilar artefactos deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante del tubo y del artefacto. Se deben limpiar las juntas de tubos y accesorios de ABS pegadas con solvente. Se deben imprimar las juntas de tubería rígida y accesorios de CPVC y PVC. La sustancia para imprim ar debe tener un color contrastante. Excepción: Cuando existe un conflicto entre esta sección y las instrucciones de instalacióndel fabricante del artefacto.
SECCIÓN 802 RESPIRADEROS 802.1 Generalidades. Todos los sistemas de ventilación deben ser certificados y sellados. Los respiraderos de Tipo L y para quemado de peletas deben someterse a prueba de acuerdo con UL 641. 802.2 Aplicación de respiraderos. La aplicación de respira-
deros debe darse según la Tabla 802.2. 802.3 Instalación. Los sistem as de venti laci ón deben dimensionarse, instalarse y terminar de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante del respiradero y del artefacto. 802.4 Terminación requerida de respiradero con casquete. Los respiraderos de Tipo L deben terminar con un casquete certificado y sellado de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante del respiradero. 802.5 Terminaciones de respiradero de Tipo L. Los respiraderos de Tipo L deben terminarpor lo menos 2 pies(610 mm) CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
CHIMENEAS Y RESPIRADEROS
TABLA 802.2 APLICACIÓN DE RESPIRADEROS TI POS DE RE SP IRAD EROS
TI POS DE ARTE FA CT OS
Respiradero Tipo L de aceite combustible
Artefactos de aceite combustible, certificados y sellados para respiraderos de Tipo L; artefactos de gas certificados y sellados para respiradero de Tipo B
Respiradero para quemado de peletas
Artefactos para quemado de peletas, certificados y sellados para respiradero de tipo peleta
por encima del punto superior de la penetración del techo, y no menos de 2 pies (610 mm) por encima de toda parte de la edificación en un radio de 10 pies (3048 mm). 802. 6 Altura mínima del respiradero. Los respiraderos deben terminar por lo menos 5 pies (1524 mm) en altura vertical por encima del collar más alto del conducto de humo del artefacto conectado. Excepciones:
1. Los sistemas de ventilación de artefactos ventilados directamente se deben instalar de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante del respiradero y del artefacto. 2. Los artefactos certificados para instalación exterior y con ventilación integral se deben instalar de acuerdo con su certificación y las instrucciones de instalación del fabricante. 3. Los respiraderos para quemado de peletas se deben instalar de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante del respiradero y del artefacto. 802.7 Soporte de respiraderos. Todas las partes del respiradero deben estar adecuadamente soportadas para el diseño y peso de los materiales usados. 802.8 Escudo aislante. En donde los respiraderos pasen por conjuntos aislados, se debe instalar un escudo aislante hecho de láminade metal de al menos calibre Nº 26 para dar el espacio libre entre el respiradero y el material aislante. El espacio libre no debe ser menor que el espacio libre a mate-riales combustibles especificado por las instrucciones de instalación del fabricante del respiradero. En donde los respiraderos pasen a través de áticos, el escudo debe terminar al menos 2 pulgadas
(51mm) porencim a de materialesLos aislantesy fijarseque en su sitio para impedir su los movimiento. escudosdebe aislantes se pongan como parte de un sistema de ventilación certificado deben instalarsede acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante.
SECCIÓN 803 CONECTORES 803.1 Conectores requeridos. Se deben usar conectores para conectar artefactos a una chimenea o respiradero vertical, CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
excepto cuando la chimenea o respiradero estén directamente fijados al artefacto. 803.2 Localiz ación. Los conectores deben ubicarse por completo dentro del cuarto en donde está el artefacto, excepto según seindi ca en la Sección 803.10.4. Si sepasaa travésde un espacio sincalef acción, el conector no debe construirse de tubo de pared sencilla. 803.3 Tamaño. El conector no debe ser menor que el tamaño del collar del conducto de humo provisto por el fabricante del artefacto. Si el artefacto tiene más de una salida de conducto de humo, y a falta de instrucciones específicas del fabricante, el área del conector no debe ser menor que el área combinada de las salidas para las que se pone un conector común. 803. 4 Conexiones de ramales . Todas las conexiones de ramales al conector del respiradero deben de hacerse de acuerdo con las instrucciones del fabricante del respiradero. 803.5 Regulad or de tiro manual. No se permite instalar regulador es de tiro manuales en conectores excepto en conectores de chimenea que dan servicio a artefactos de combustión de sólidos. 803.6 Reguladores de tiro automáticos. Los reguladores de tiro automáticos deben estar certificados y sellados de acuerdo con UL 17 para artefactos que usan aceite combustible. Los reguladores de tiro deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. Un regulador de tiro automático de respiradero no debe instalarse en un artefacto existente a menos que el artefacto sea certificado y sellado y el dispositivo sea instalado según los términos de su certificación. El nombredel instalador y la fecha de instalación deben indicarse en un sello pegado al dispositivo regulador de tiro. 803.7 Conector es para dos o más artefacto s. Si dos o más conectores ingresan a un respiradero o chimenea común, el conector más pequeño debe entrar en el punto más alto tomando en cuenta el espacio disponible o espacio libre a materiales combustibles. 803. 8 Construc ción de conectores de respiradero. Los conectores de respiradero se deben construir de metal. El espesor nomin al mínimo del conector debe ser de 0.019 pulgadas (0.5 mm) (Calibre Nº 28) para hierro galvanizado, 0.022 pulgadas (0.6 mm) (Calibre Nº 26 B & S) para cobre, y 0.020 pulgadas (0.5 mm) (Calibre Nº 24 B & S) para aluminio. 803.9 Construcció n de conectores de chime nea. Los conectores de chimeneas para artefactos de bajo calor deben ser de tubería rígida de lámina de acero, con resistencia a la
corrosión y alcalo r, y con un espesor no menor que el del hierro galvanizado especificado en la Tabla 803.9(1). Los conectores para artefactos de mediano y alto calor deben ser de acero en láminacon un espesor no menorque el especificado en la Tabla 803.9.(2). 803.10 Instalaci ón. Los conectores deben instalarse de acuerdo con las Secciones 803.10.1 hasta 803.10.6. 803.10.1 Soportes y juntas. Los conectores deben estar soportados de una manera aprobada, y las juntas deben asegurarse con tornillos para hojalatería, remaches u otros medios aprobados. 83
CHIMENEAS Y RESPIRADEROS
TABLA 803.9(1) ESPESOR MÍNIMO DE CONECTOR DE CHIMENEA PARA ARTEFACTOS DE BAJO CALOR DIÁMETRO DE CONECTOR
ESPESOR NOMINAL MÍNIMO
(pulgadas )
(galvanizado) (pulgadas )
5 y menor
0.022 (Calibre Nº 26)
Mayor de 5 y hasta 10
0.028 (Calibre Nº 24)
Mayor de 10 y hasta 16
0.034 (Calibre Nº 22)
Mayor de 16
0.064 (Calibre Nº 16)
3. El conec tor tenga un diámetro no mayor de 10 pulgadas (254 mm) y sea instalado según uno de los métodos de la Tabla 803.10.4. Las partes metálicas ocultas a la vista, y que estén en contacto con los gases de combustión, deben ser de acero inoxidable o de un material equivalente que no se corroa, suavice, o agriete a temperaturas de hasta 1,800ºF (980C). TABLA 803.10.4 SISTEMAS DE CONECTORES A CHIMENEAS Y ESPACIOS LIBRES A MA TERIALES COMBUSTIBLES DE PAREDES PARAARTEFACTOS DE CALEFACCIÓN DOMÉSTICAa,b,c,d Se debe poner en la pared una sección de ladri llo, de 3.5
Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm
pulgadas de espesor. En el centro de la pared de ladrillo se debe
Sistema A
TABLA803.9(2) ESPESOR MÍNIMO DE CONECTOR DE CHIMENEA PARA ARTEFACTOS DE MEDIANO Y ALTO CALOR
ÁREA (pulgadas cuadradas)
DIÁMETRO EQUIVALENTE (pulgadas)
(espacio libre de 12 pulgadas)
0-154
0-14
0.060(CalibreNº16)
15-16
0.075 (Calibre Nº14)
202 - 254
17-18
0.105 (Calibre Nº12)
Mayor de 254
Mayor de 18
0.135 (Calibre Nº10)
e
C315o equivalente) , y sedebemante nerun espacio librede 12 pulgadas a materiales combustibles. La arcilla debe extenderse desde la superficie exterior del ladrillo hasta la superficie interior del revestimiento de la chimenea. Se debe encamisar el conector con una sección del mismo
ESPESOR NOMINAL MÍNIMO (pulgadas)
155 -201
tener un revestimiento de 0.625 pulgadas de arcilla (ASTM
diámetro de chimenea hecha en
fábr ica, sellad a, y con
aislamiento sólido. Se deben usar soportes de lámina de acero, para mantener un espacio libre de 9 pulgadas a materiales combustibles,y estos deben anclarsea la superficie dela pared y
Sistema B la sección de chimenea. Los anclajes no deben penetrar el (espacio libre de 9 revestimiento del conductode humode la chimenea. El largode pulgadas) la chimenea debe quedar al ras con el revestimiento de la chimenea de mampostería y sellado con la chimenea con cemento refractario insoluble al agua. Se deben usar piezas
hechas por el fabricante de la chimenea para anclar el conec tor de la chimenea a la sección de la chimenea
Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm, 1 pulgada cuadrada = 645.16 mm2
Se debeinstala r conel conectorde chimeneade lámina metálica (Calibre mínimo Nº 24) una sec ción de manga ventilada de lámina metálica (Calibre mínimo Nº24), que tenga dos canales
803.10.2 Largo. El largo horizontal máximode un conector de pared sencilla debe ser el 75 por ciento de la altura de la chimenea o respiradero.
Sistema C
de aire de 1 pulgada. Se deben usar soportes de lámina de acero
(espacio libre de 6 (Calibre mínimo Nº 24) para mantener un espacio libre de 6 pulgadas entre la manga y materiales combustibles. Unlado del pulgadas) soporte debe anclarse a la pared a todo alrededor. Se debe
803.10.3 Conexión. El conector debe extenderse hasta la cara interior del revestimiento de la chimeneao respiradero, pero no más debe ir más allá. Un conector que entre a una chimenea de mampostería debe cementarse a la mampostería de una manera aprobada. En donde se usen mangas para hacer más fácil el desarme del conector de la chimenea de mampostería, la manga debe quedar permanentemente cementada en su lugar con cemento para alta temperatura. 803.10.4 Penetración de conectores. Los conectores de
chimenea de no deben ningún piso o cielorraso, ni conjuntos paredespenetrar con resistencia al fuego. Los conectores de chimenea para artefactos de tipo doméstico no deben pasar a través de paredes o tabiques construidos de material combustible para llegar a chimeneas de mampostería, a menos que:
rellenar el espacio de 6 pulgadas entre la manga y los soportes con aislamiento de fibra de vidrio. Se debeinstala r conel conectorde chimeneade lámina metálica (Calibre mínimo Nº24) una secciónde chimen ea hecha en fábrica, sellada, y conaislamie nto sólido 1 pulg, y con diámetro 2 pulgadas mayor al conector de chimenea. Se deben colocar
Sistema D
soportes de lámina metálicapara mantenerun espacio librede 2
(espacio libre de 2 pulg. a materiales combustibles, y para sostener el conector de chimenea de forma que se tenga un espacio anular de 1 pulg. pulgadas) alrededor del conector de chimenea. Los soportes de acero deben anclarse a la pared a todo alrededor y la sección de chimenea debe anclarse a los soportes. Los anclajes no deben penetrar el revestimiento de la sección de chime nea.
Para SI: 1 pulg. = 25.4 mm, 1.0 Btu × pulg/pie h F = 0.144 W/m K a. El material aislante que es parte del sistema que pasa a través de la pared debe ser no combustible y con una conductividad térmica de 1.0 Btu × pulg/pie h °F o menor. b. Todos los espacios libres y espesores son requisitos mínimos. c. Los materiales usados para sellar penetraciones para el conector deben ser no combustibles. d. Los conectores para todos los sistemas excepto el Sistema B deben extenderse a través del sistema que penetra la pared y hasta la cara interna del revestimiento del conducto de humo. e. ASTM C315 2
1. El conector sea sellado para pasar a través de paredes y sea instalado de acuerdo con las instrucciones del fabricante; o 2. El conector tenga un accesorio sellado para pasar a través de paredes; o 84
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
CHIMENEAS Y RESPIRADEROS
803.10.5 Pendiente. Los conectores deben tener una pendiente subiendo a la chimenea o respiradero 12 unidades horizontales (2 % de la pendiente). 803.10.6 Espacios libres. Los conectores deben tener un espacio libre mínimo a materiales combustibles de acuerdo con la Tabla 803.10.6. Los espacios libres especificados en la Tabla 803.10.6 deben regir excepto cuando la certificación y sello de un artefacto indique otro valor, en cuyo caso se debe tomar este último. Los espac ios libres a
materiales combustibles para conectores deben reducirse solo de acuerdo con la Sección 308. TABLA803.10.6 ESPACIOS LIBRES DE CONECTORES A MATERIALES COMBUSTIBLES TIPO DE ARTEFACTO
ESPACIO LIBRE MÍNIMO (pulgadas)
Artefactos de tipo doméstico Conectores de chimeneas y respiraderos Incineradores eléctricos y de aceite combustible
Artefactos de combustible sólido y de aceite combustible Artefactos de aceite combustible sellados para ventilarse con respiraderos de Tipo L
18 18
9
9
804.2 Artefactos con respiraderos integrales. Los artefactos que tengan medios de respiradero integral deben instalarse de acuerdo con su certificación y las instrucciones de instalación del fabricante. 804.2.1 Espacios libres de las terminales. Los artefactos diseñados para ventilación por tiro natural y que tengan medios de ventilación integral deben ubicarse para mantener un espacio libre mínimo de 9 pulgadas (229 mm) entre las terminales del respiradero y cualquier abertura por
donde los produ ctos de combustión pueda n entrar a la edificación. Los artefactos que tengan ventilación forzada deben ubicarse para mantener un espacio libre mínimo de 12 pulgadas (305 mm) entre las terminales del respiradero y cualquier abertura por donde los productos de combustión puedan entrar a la edificación. 804.3 Sistemas de tiro mecánic o. Los sistemas de tiro mecánico, ya seade tipo forzado o inducido, deben cumplir con las Secciones 804.3.1 hasta 804.3.7. 804.3.1 Sistemas de tiro forzado. Se deben diseñar e instalar los sistemas de tiro forzado y todas las partes de sistemas de tipo inducido bajo presión positiva durante la operación, de forma que sean herméticos e impidan la fuga de productos de combustión al interior de una edificación. 804.3.2 Apagado automático. Los extractores mecánicos que dan servicio a artefactos con encendido automático deben estar eléctricamente conectados a cada artefacto de modo que ningún artefacto pueda funcionar cuando el extractor mecánico no esté funcionando.
Artefactos de tipo comercial e industrial Artefactos de bajo calor
Conectores de chimenea Calderas de combustible sólido y de aceite combustible, calefactores y calentadores de agua. Calentadores unitarios de aceite combustible Otros artefactos industriales de bajo calor
18
18 18
Artefactos de mediano calor
Conectores de chimenea Todos los artefactos de combustible sólido y de aceite combustible
36
Artefactos de alto calor
Conectores de mampostería o metálicos Todos los artefactos de combustible sólido y de aceite combustible
(Según lo determine la autoridad competente)
Para SI: 1 pulg ada = 25.4 mm
SECCIÓN 804 SISTEMAS DE VENTILACIÓN DIRECTA, DE VENTILACIÓN INTEGRAL Y DE TIRO MECÁNICO 804.1 Terminación de respiradero directo. Las terminales de respirade ros de artef actos de respirade ro direc to deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
804.3.3 Terminaciones. Las terminales de chimeneas o respiraderos equipados con extractores mecánicos deben ubicarse a un mínimo de 10 pies (3048 mm) del límite de propiedad o de edificios adyacentes. La extracción debe descargar alejándose de la edificación. 804.3.4 Terminaciones horizontales. Las terminaciones horizontales deben cumplir con los siguientes requisitos:
1. Sise ubicancercade aceras, lastermi nales de sistemasde tiro mecánico deben quedar a no menos de 7 pies (2134 mm) sobre el nivel de la acera. 2. Los respiraderos deben terminar al menos 3 pies (914 mm) por encima de cualquier entrada de aire forzado en un radio de 10 pies (3048 mm). 3. El sistema de ventilación debe terminar al menos 4 pies (1219 mm)por debajo, 4 pies (1219 mm)horiz ontales, ó 1 pie (305 mm) por encima de cualquier puerta, ventana o toma de aire por gravedad de la edificación. 4. La terminal de respiradero no debe quedar a menos de 3 pies (914 mm) de una esquina interior formada por dos paredes perpendiculares entre si. 5. No se permite colocar la termin al de respiradero direc tamente encima, o a 3 pies (914 mm) horizontales, de un respiradero de un tanque de aceit e combustible o medidor de gas. 6. Se debe ubicar el punto inferior de la terminal de respiradero almeno s a 12 pulgadas (305 mm) sobre elnive l de piso. 85
CHIMENEAS Y RESPIRADEROS
804.3.5 Terminaciones verticales. Las terminaciones verticales deben cumplir con los siguientes requisitos:
1. Si se ubicancercade aceras, lasterm inalesde sistemas de tiro mecánico deben quedar a no menos de 7 pies (2134 mm) sobre el nivel de la acera. 2. Los respiraderos deben terminar al menos 3 pies (914 mm) por encima de cualquier entrada de aire forzado ubicada dentro de los 10 pies (3048 mm) horizontalmente. 3. Si la terminal del respir adero queda debajo de una estructura de techo adyacen te, la terminación debe quedar al menos a 3 pies (914 mm) de tal estructura. 4. El respiradero debe terminar al menos 4 pies (1219 mm) por debajo, 4 pies (1219 mm) horizontales, o 1 pie (305 mm) por encima de cualquier puerta, ventana o toma de aire por gravedad de la edificación. 5. Se debe poner un casquete para impedir que la lluvia entre al sistema de ventilación. 6. La terminal del respiradero debe ubicarse al menos a 3 pies (914 mm) horizontales de cualquier parte de la estructura del techo. 804.3.6 Conexiones al extractor. No debe conectarse un artefacto ventilado por tiro natural a un respiradero, chimenea o conector de respiradero en el lado de descarga de un extractor mecánico de un conducto de humo. 804.3.7 Tamaño del extractor. Se deben dimensionar e
instalar los extractores mecánicos de conductos de humo, el sistema de ventilación asociado, de acuerdo con lasy instrucciones de instalación del fabricante. 804.3.8 Sistemas de tiro mecánico para artefactos y hogares encendidos manualmente. Se debe permitir el uso de un sistema de tiro mecánico con artefactos y hogares encendidos manualmente en donde dicho sistema cumpla con todos los siguientes requisitos:
1. El dispositivo de tiro mecánico debe estar certificado, y ser instalado de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. 2. Se debe instalar un dispositivo que produzca una alarma visible y audible cuando falle el dispositivo de tiro mecánico o falte la electricidad, cuando el dispositivo de tiro mecánico esté encendido. Este dispositivo debe estar equipado con una batería de respaldo si recibe alimentación eléctrica de la edificación. 3. Se debe instalar un detector de humo en el cuarto que
805.2 Artefactos de combustión de sólidos. Las chimeneas prefa bricadas instaladas en unidades de vivienda con artefactos de combustión de sólidos deben cumplir con los requisitos Tipo HT de UL 103 y deben poseer una etiqueta con la leyenda “Tipo HT (Type HT”) y “Chimenea para Artefacto Calefactor de Edificación y Tipo Residencial (Residential Type
and Building Heating Appliance Chimney)”. Excepciónes:
1. Las chimeneas para hogares con cámara de combustión abierta deben cumplir con los requisitos de UL 103 y deben poseer una etiqueta con la leyenda “Chimenea para Art efa cto Calefac tor de Edifi cación y Tipo Residencial (Resisdential Type and Builfinh Heating Appliance Chimney)”. 2. Las chimeneas para artefactos con cámara de combustión abierta instalados en edificaciones diferentes a unidades de vivienda deben cumplir con los requisitos de UL 103 y deben poseer una etiqueta con la leyenda “Chimenea para Artefacto Calefactor de Edificación (Building heating Appliance Chimney)” o “Chimenea para Artefacto Calefactor de Edificación y Tipo Residencial (Resisdenti al Type and Builfinh Heating Appliance Chimney)”. 805.3 Hogares hechos en fábrica . Las chimeneas que se usen con hogares hechos en fábrica deben cumplir con los requisitos
de UL 127. 805.4 Soporte. En donde laschime neas hechasen fábrica estén soportadas por miembros estructurales, tales como viguetas y cabios, dichos elementos deben diseñarse para resistir la carga adicional. 805.5 Artefactos de mediano calor. Las chimeneas hechas en fábrica para usarse con artefa ctos de mediano calor que produzcan gases de combustión con una temperatura superior a los 1,000 F (538 C) medida a la entrada de la chimenea deben cumplir con UL 959. 805.6 Pantallas decorativas. No se permite instalar pantallas decorativas en la terminación de chimeneas hechas en fábrica a menos que dichas pantallas sean certificadasy selladas para ser usadas específicamente con tal sistema de chimenea hecha en fábrica, y sean instaladas de acuerdo con la Sección 304.1.
alberga el con artefacto u hogar. dispositivo debe estar equipado una batería de Este respaldo si recibe alimentación eléctrica de la edificación.
SECCIÓN 805 CHIMENEAS HECHAS EN FÁBRICA 805.1 Certificación. Las chimeneas hechas en fábrica deben estar certificadas y selladas, y deben estar instaladas y terminadas de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. 86
SECCIÓN 806 CHIMENEAS METÁLICAS 806.1 Generalidad es. Las chim enea s metálic as debe n construirse e instalarse de acuerdo con NFPA 211. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
CAPÍTULO 9
ARTEFACTOS ESPECÍFI COS, HOGARES Y EQUIPOS DE COMBUSTIÓN DE SÓLIDOS
SECCIÓN 901 GENERALIDADES 901.1 Alcance. Las disposiciones de este capítulo deben regu lar la aprobación, diseño, instalación, construcción, mantenimiento, modificación y reparación de los artefactos y equipos específicamente señalados en esta sección, y también de los hogares hechos en fábrica. La aprobación, diseño, instalación, construcción, mantenimiento, modificación y reparación de artefactos de combustión de gas quedan regulados por el Código Internacional de Gas Combustible (IFGC).
901.2 Generalidades. Los requisitos de este capítulo deben regular los equipos y artefactos mecánicos abarcados en este capítulo, además de los otros requisitos de este código. 901.3 Localizaciones peligrosas. Los hogares y los artefactos de combustión de sólidos no deben instalarse en localizaciones peligrosos. 901.4 Accesorios de hogares. Se deben instalar solo accesorios certificados para hogares, y de acuerdo con las condiciones de su certificación y las instrucciones de instalación del fabricante. SECCIÓN 902 HOGARES DE MAMPOSTERÍA
SECCIÓN 904 ARTEFACTOS DE QUEMADO DE PELETAS 904.1 Generalidades. Los artefactos de quemado de peletas deben estar certificados y sellados de acuerdo con ASME E 1509 y deben instalarse según lo indican las condiciones de su certificación. SECCIÓN 905 HOGARES TIPO ESTUFA Y CALEFACTORES DE CUARTOS 905.1 Generalidades. Los hogares tipo estufa y calefactores de cuartos por combustión de sólidos deben estar certificados y sellados, y deben instalarse de acuerdo con los términos de su certificación. Los hogares tipo estufa deben ser sometidos a pruebas según UL 737. Los calefactores de cuartos por combustión de sólidos deben ser sometidos a pruebas según UL 1482. Las inserciones de hogares hechos específicamente para uso en hogares deben estar certificadas y sellados de acuerdo con los requisitos de UL 1482, y deben instalarse de
acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. 905 2 Conexión a hogar. La conexión de artefactos de combustión de sólidos a conductos de humo de chimeneas que dan servicio a hogares debe cumplir con las Secciones 801.7 y 801.10.
SECCIÓN 903 HOGARES HECHOS EN FÁBRICA
SECCIÓN 906 ARTEFACTOS PARA BARBACOA HECHOS EN FÁBRICA 906.1 Generalidades. Los artefactos para barbacoa hechos en fábrica deben ser de un tipo aprobado y deben instalarse de acuerdo con lasinstru cciones de instalación delfabric ante, este capítulo, los Capítulos 3, 5, 7 y 8, y el Código Internacional de Gas Combustible (IFGC).
903.1 Generalidades. Loshogareshechosenfábricadebenser certificados y sellados, e instalados de acuerdo con las condiciones de su certificación. Los hogares hechos en fábrica
SECCIÓN 907 INCINERADORES Y CREMATORIOS
902.1 Generalidades. Los hogares de mampostería deben construirse de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC).
deben ser sometidos a ensayos de acuerdo con UL 127. 903.2 Extensiones para hogares. Las extensiones para hogares de hogares hechos en fábrica aprobados y en hogares tipo estufa deben instalarse de acuerdo con la certificación del hogar. Las extensiones para hogares deben ser fácilmente distinguibles del área de piso circundante.
907.1 Generalidades. Los incineradores y crematorios deben ser certificados y sellados de acuerdo con UL 791, y deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante.
903.3 Calefactores de leña a gas y sin ventilación. Un calefactor de leña a base de gas y sin ventilación no debe ser instalado en un hogar hecho en fábrica a menos que el sistema de hogar haya sido específicamente probado, certificado y sellado para tal uso de acuerdo con UL 127.
SECCIÓN 908 TORRES DE ENFRIAMIENTO, CONDENSADORES EVAPORATIVOS Y ENFRIADORES DE FLUIDOS
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
908 1 Generalidades. Una torre de enfriamiento usada en conjunto con un artefacto de aire acondicionado debe 87
ARTEFACTOS ESPECÍFICOS, HOGARES Y EQUIPOS DE COMBUSTIÓN DE SÓLIDOS
instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. 908.2 Acceso. Las torres de enfriamiento, condensadores evaporativos y enfriadores de fluidos deben tener un acceso directo. 908.3 Localización. Las torres de enfriamiento, condensadores evaporativos y enfriadores de fluidos deben ubicarse de forma que se impida que la descarga de vapores entre en espacios habitados. Los chorros de descarga no deben quedar a menos de 5 pies (1524 mm) por encima o a menos de 20 pies (6096 mm) de una toma de ventilación de una edificación. La ubicación del límite de propiedad debe hallarse según lo requiere el Código Internacional de la Edificación (IBC). 908.4 Soporte y anclaje. Los soportes para torres de enfriamiento, condensadores evaporativos y enfriadores de fluidos deben diseñarse de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC). Los arriostres sísmicos deben ser según lo requiere el Código Internacional de la Edificación (IBC).
908.5 Suministro de agua. Los suministros de agua y su protección deben cumplir con lo requerido por el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC). 908.6 Drenaje. Los medios previstos para drenaje, rebalse y purga deben conectarse indirectamente a un lugar de desecho aprobado. La descarga de desechos químicos debe ser aprobada por la autoridad reguladora apropiada. 908.7 Refrigerantes y fluidos peligrosos. Todo equipo de intercambio de calor que contenga un refrigerante y que sea parte de un sistema cerrado de refrigeración debe cumplir con el Capítulo 11. Los equipos de intercambio de calor que contengan fluidos de transferencia de calor que sean inflamables, combustibles o peligrosos deben cumplir con el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
SECCIÓN 909 CALEFACTORES DE PARED CON VENTILACIÓN 909.1 Generalidades. Los calefactores de pared con ventilación deben instalarse de acuerdo con su certificación y las instrucciones de instalación del fabricante. Los calefactores que usan aceite combustible deben someterse a pruebas según UL 730. 909.2 Localización. Los calefactores de pared con ventilación deben colocarse de forma que no provoquen un peligro de incendio a paredes, pisos, mobiliario combustible, y puertas. Los calefactores de pared con ventilación que se instalen entre baños y cuartos adyacentes no deben recircular el aire del baño a otras partes de la edificación. 909.3 Área de barrido de puertas. Los calefactores de pared con ventilación deben ubicarse de forma que el barrido de una puerta no quede dentro de 12 pulgadas (305 mm) de una entrada o salida de aire del calefactor, medido perpendicularmente a la abertura. No se permite usar topes ni mecanismosde cierre de puertas para obtener dicho espacio libre. 909.4 Conductos prohibidos. No se permite sujetar conductos a calefactores de pared. No se permite instalar extensiones a menos que sean accesorios certificados del artefacto. 88
909.5 Válvula de cierre manual. Se debe instalar una válvula de cierre manual antes o aguas arriba de todos los controles. 909.6 Acceso. Los calefactores de pared con ventilación deben estar provistos de suficiente acceso para la limpieza de las superficies calientes, desarme de los quemadores, cambio de secciones, motores, controles, filtros y otras partes, y para el ajuste y lubricación de las partes que lo necesiten. Los paneles, rejillas y puertas de acceso que deben quitarse durante los trabajos normales de servicio no deben quedar sujetados a la construcción de la edificación.
SECCIÓN 910 CALEFACTORES DE PISO
910.1 Generalidades. Los calefactores de piso deben instalarse de acuerdo con su certificación y las instrucciones de instalación del fabricante. Los calefactores que usan aceite combustible deben someterse a pruebas según UL 729. 910.2 Localización. Los calefactores de piso no deben instalarse en el piso del pasillo de ningún auditorio, salón público, lugar de reuniones, o dentro del elemento de salida de tales cuartos o espacios. Con la excepción de modelos con registros de pared, un calefactor de piso no debe colocarse a menos de 6 pulgadas (152 mm)nodedeben la pared más cercana, y los con(152 registros de pared colocarse a menos demodelos 6 pulgadas mm) de una esquina. El calefactor debe colocarse de forma que cortinas u objetos combustiblessimil ares no queden a menos de 12 pulgadas (305 mm) de cualquier parte del registro del calefactor. Los calefactoresde piso no deben instalarse en pisos construídos en hormigón sobre tierra. El termostato que controla un calefactor de piso debe ubicarse dentro del mismo cuarto o espacio en que estáel calefactor depiso , o debeubic arseen un cuarto o espacio adyacente que esté permanentemente abierto al cuarto o espacio que albergue el calefactor de piso.
910.3 Arriostramiento . El piso alrededor del calefactor debe estar adecuadamente reforzado y con un marco de soporte diseñado de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC). 910.4 Espacio libre. La parte inferior del calefactor de piso debe un espacio libre de no menoslibre de 6mínimo pulgadasdebe (152 mm) tener del nivel de tierra. Este espacio reducirse a no menos de 2 pulgadas (51 mm) excepto cuando las 6 pulgadas (152 mm) inferiores del calefactor de piso estén sellados de fábrica para impedir la entrada de agua. Si no se tienen estos espacios libres, el suelo debajo y a los lados debe excavarse para formar una fosa por debajo del calefactor que permita que se cumplan los espacios libres requeridos. En este caso, se debe tener un espacio libre mínimo de 12 pulgadas (305 mm) en todos los lados excepto en el lado de control, en donde el espacio libre mínimo debe ser de 18 pulgadas (457 mm).
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ARTEFACTOS ESPECÍFICOS, HOGARES Y EQUIPOS DE COMBUSTIÓN DE SÓLIDOS
SECCIÓN 911 CALEFACTORES DE CONDUCTO 911.1 Generalidades. Los calefactores de conducto deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. Los calefactores eléctricos deben someterse a prueba según UL 1995. SECCIÓN 912 CALEF ACTORES RADIANTES INFRARROJOS 912.1 Soportes. Los calefactores radiantes infrarrojos deben estar fijados en una posición independiente de las líneas de suministro eléctrico y de combustible. Los colgaderos y ménsulas deben ser de material no combustible. 912.2 Espacio libre. Los calefactores deben instalarse con espacio libre a materiales combustibles de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. SECCIÓN 913 SECADORAS DE ROPA 913.1 Generalidades. Las secadoras de ropa deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. Las secadoras eléctricas de ropa para uso doméstico deben someterse a ensayo de acuerdo con alguna norma aprobada de ensayos. Las secadoras eléctricas de ropa para uso comercial deben someterse a prueba de acuerdo con UL 1240. Las secadoras eléctricas de ropa que funcionan con monedas deben
someterse a pruebas según UL 2158. 913.2 Extracción requerida. Las secadoras de ropa deben tener extracción de acuerdo con la Sección 504. 913.3 Espacio libre. Las secadoras de ropa deben instalarse con espacio libre a materiales combustibles de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. SECCIÓN 914 CALENTADORES PARA BAÑOS SAUNAS 914.1 Localización y protección. Los calentadores para baños saunas deben colocarse de forma que minimicen la posibilidad de un contacto accidental con una persona en el cuarto. 914.1.1 Baranda. Los calentadores para baños saunas deben estar protegidos para evitar un contacto accidental por medio de una baranda o barrera aprobada hecha de un material de bajo coeficiente de conductividad térmica. La baranda no debe afectar sustancialmente la transferencia de
calor del calentador al cuarto. 914.2 Instalación. Los calentadores para baños saunas deben estar certificados y sellados, y deben de instalarse de acuerdo con su certificación y las instrucciones de instalación del fabricante. 914.3 Acceso. Los paneles, rejillas y puertas de acceso que se tengan que quitar para los trabajos normales de servicio no deben fijarse a la edificación. 914.4 Controles de calor y tiempo. Los calentadores para baños saunas deben estar provistos con un termostato que limite la temperatura del cuarto a 194 F (90 C). Si el termostato CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
no fuera parte integral del calentador del sauna, el elemento sensor del calor debe colocarse a menos de 6 pulgadas (152 mm) del cielorraso. Si el elemento sensor de calor es un tubo capilar y bulbo, el conjunto debe fijarse a la pared u otro apoyo, y debe estar protegido contra daño físico. 914.4.1 Temporizador.Si para controlar el quemador principal se usare un temporizador, éste debe tener un lapso máximo de operación de 1 hora. El control para el temporizador debe colocarse fuera del cuarto de sauna.
914.5 Cuarto de sauna. El cuarto de sauna debe tener una abertura de ventilación hacia el cuarto. La abertura debe ser de no menos de 4 pulgadas por 8 pulgadas(10 2 mmpor 203 mm), y estar ubicada cerca de la partesup erior de la puerta de entrada al cuarto de sauna. 914.5.1 Señal de advertencia. Se debe tener el siguiente letrero permanente, construido con un material aprobado, y mecánicamente fijado al cuarto de sauna en su parte exterior: ADVERTENCIA: NO EXCEDA LOS 30 MINUTOS EN EL BAÑO SAUNA. LA EXPOSICIÓN EXCESIVA PUEDE SER DAÑINA PARA LA SALUD. TODA PERSONA CON SALUD FRÁGIL DEBERÍA CONSULTAR A UN MÉDICO ANTES DE USAR EL SAUNA. (WARNING: DO NOT EXCEE D 30 MINUTES IN SAUNA EXCESSIVE EXPOSURE CAN BE HARMFUL TO HEALTH. ANY PERSON WITH POOR HEALTH SHOULD SAUNA) CONSULT A PHYSICIAN BEFORE USING
Estas palabras deben contrastar conel fondo delletre ro, y las letras deben tener al menos 0.25 pulgadas (6.4 mm) de altura. Excepción: Esta sección no debe regir para viviendas de una y dos familias. SECCIÓN 915 EQUIPOS Y ARTEFACTOS MOVIDOS POR MOTORES Y TURBINAS DE GAS 915.1 Generalidades. La instalación de motores de combustión interna estacionarios por combustión de líquidos y de turbinas de gas, incluyendo el depósito y tuberías de combustible, debe cumplir con los requisitos de NFPA 37. 915.2 Equipos y artefactos. Los equipos y artefactos permanentemente instalados y alimentados por motores de
combustión interna turbinas deben instalarseydeNFPA acuerdo las instrucciones deoinstalación del fabricante 37. con SECCIÓN 916 CALENTADORES DE PISCINAS Y SPAS 916.1 Generalidades. Los calentadores de piscinas y spas deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. Los calentadores de piscinas y spas que usan aceite combustible deben someterse a pruebas según UL 726. Los calentadores eléctricos de piscinas y spas deben someterse a pruebas según UL 1261. 89
ARTEFACTOS ESPECÍFICOS, HOGARES Y EQUIPOS DE COMBUSTIÓN DE SÓLIDOS
SECCIÓN 917 ARTEFACTOS DE COCINA 917.1 Artefactos de cocina. Los artefactos de cocinaque estén diseñados para ser instalados permanentemente, incluyendo cocinas económicas, hornos, estufas, parrillas, asadores, planchas y barbacoas, deben estar certificados, sellados e instalados de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. Las cocinas que usan aceite deben someterse a pruebas según UL 896. Los hornos de combustión de sólidos
918.4 Reguladores de tiro. No se permite colocar reguladores de tiro de volumen en la entrada de aire de un calefactor que puedan reducir el flujo de aire requerida al calefactor. 918.5 Conductos de circulación de aire para calefactoresde aire forzado de mediana temperatura. Se deben usar conductos herméticos continuos para conducir el aire de circulación para calefactores por combustión, de aire forzado, de mediana temperatura, a la envoltura del ventilador desde el exterior del cerramiento del calefactor.
deben someterse a pruebas según UL 2162. 917.2 Localizaciones prohibidas. Los artefactos de cocina que han sido diseñados, probados, certificados, y sellados para uso comercial no deben ser instalados en unidades de vivienda, o dentro de áreas donde se realicen operaciones de cocción doméstica.
918.6 Fuentesprohibidas . No se permite tomar el aire exterior o de retorno para un sistema de calefacción de aire forzado de los siguientes lugares: 1. A una distancia menor de 10 pies (3048 mm) de la salida de respiradero de un artefacto, una salida de respiradero de un sistema de desagüe sanitario, o la salida de descarga de un ventilador de extracción, a menos que la salida esté a 3 pies (914 mm) por encima de la toma de aire. 2. Donde exista la presencia de olores, humos o vapores inflamables objetables; o donde se esté a menos de 10 pies (3048 mm) por encima de la superficie de cualquier vía pública o calle colindante; o donde se esté a nivel de piso en una acera, calle, o callejón. 3. Una localización peligrosa o insalubre o un cuarto de máquinas de refrigeración según se define en este código. 4. Un cuarto o espacio que tenga un volumen menor al 25
917.3 Artefactos domésticos. Los artefactos de cocina instalados dentro de unidades de vivienda y donde se tengan operaciones de cocción doméstica deben estar certificados y sellados como artefactos de tipo residencial y para uso doméstico. SECCIÓN 918 CALEFACTORES DE AIRE FORZADO DE MEDIANA TEMPERATURA 918.1 Calefactores de aire forzado. Los calefactores de aire forzado que usan aceite combustible deben someterse a
pruebas UL 727. eléctricos de deben sometersesegún a pruebas segúnLos UL calefactores 1995. Los calefactores combustión de sólidos deben someterse a ensayos según UL 391. Los calefactores de aire forzado deben instalarse de acuerdo con su certificación y las instrucciones de instalación del fabricante.
918.2 Tamaños mínimos de conductos. Los conductos o aberturas de aire exterior y de retorno a calefactores de aire forzado de mediana temperatura deben tener un área mínima total libre no menor a 2 pulgadas cuadradas por cada 1,000 Btu/h (4 402 mm 2/kW) de capacidad de nominal salida del calefactor,y no menos quelo especificadopor lasinstr ucciones de instalación del fabricante del mismo. Los conductos de suministro de un calentador de aire forzado de mediana temperatura deben tener una área libre mínima de 2 pulgadas cuadradas por cada 1,000 Btu/h (4 402 mm2/kW) de capacidad nominal de salida del calefactor, y no menos que lo especificado por las instrucciones de instalación del fabricante del calefactor. Excepción: No se requiere que el área total de los conductos de aire de suministro y de aire exterior y de retorno sea mayor al tamaño mínimo requerido por las instrucciones de instalación del fabricante del calefactor. 918.3 Bombas de calor. Los conductos o aberturas a bombas de calor de aire exterior y de retorno deben tener una área mínimalibr e no menor de 6 pulgadas cuadradas por cada 1,000 Btu/h (13 208 mm 2/kW) de capacidad de salida, o como se indique en las condiciones de certificación de la bomba de calor. Las bombas de calor eléctricas deben someterse a pruebas según UL 1995. 90
porconectan ciento delpor volumen al que sirve dicho se medio total de una abertura con unsistema. área deSi acuerdo con las Secciones 918.2 y 918.3, los cuartos o espacios adyacentes deben considerarse como un solo cuarto o espacio para efectos de determinar el volumen de tales cuartos o espacios. Excepción: El requisito de volumen mínimo no debe regir cuando la cantidad de aire de retorno tomada de un cuartooespacioseaigualomenoralacantidaddeairede suministro entregada a dicho cuarto o espacio. 5. Un ropero, baño, escusado, cocina, garaje, cuarto mecánico, cuarto de calderas o cuarto de calefactores. 6. Un cuarto o espacio que albe rgue un artefacto de combustión donde dicho cuarto o espacio sirva como la única fuente de aire de retorno. Excepciones: 1. Esto no debe regir cuando el artefacto de combustión es un artefacto de ventilación directa. 2. Esto no debe regir cuando el cuarto o espacio cumpla con los siguientes requisitos: 2.1. El aire de retorno debe tomarse desde un cuarto o espacio que tenga un volumen superior a 1 pie cúbico por cada 10 Btu/h (9.6 L/W) de capacidad combinada de entrada de todos los artefactos de combustión albergados. 2.2. El volum en de aire de suministro que se descarga de vuelta al mismo espacio debe ser aproximadamente igual al volumen del aire de retorno tomado del espacio. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS 2006™
ARTEFACTOS ESPECÍFICOS, HOGARES Y EQUIPOS DE COMBUSTIÓN DE SÓLIDOS
2.3. Las tomas de aire de retorno no deben ubicarse a menos de 10 pies (3048 mm) de la cámara de combustión o de la campana de tiro de un artefacto en el mismo cuarto o espacio. 3. Esto no debe regir para cuartos o espacios que alberguen artefactos de combustión de sólidos, siempre y cuando las tomas de retorno de aire queden a no menos de 10 pies (3048 mm) de la cámara de combustión de dichos artefactos.
combustión de keroseno y de aceite combustible deben cumplir con NFPA 31. Las estufas de aceite combustible deben someterse a pruebas de acuerdo con UL 896.
918 .7 Protección de aberturas de aire exterior. Las aberturas de toma de aire exterior deben protegerse de acuerdo con la Sección 401.5. 918.8 Limitación de retorno de aire. El aire deret orno deuna unidad de vivienda no debe descargarse dentro de otra unidad de vivienda.
volumen máximo de 20 piesycúbicos (0.566 m ), y se usan parainterior propósitos de aficionados no comerciales. 923.1.1 Instalación. Los hornos deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante y las disposiciones de este código.
SECCIÓN 919 QUEMADORES DE CONVERSIÓN 919.1 Quemadores de conversión. La instalación de quemadores de conversión debe cumplir con ANSI Z21.8. SECCIÓN 920 CALEFACTORES UNITARIOS 920.1 Genera lidade s. Los calefactores unitarios deben
instalarse acuerdo con suLos certificación y las instrucciones de instalacióndedel fabricante. calefactores unitarios que usan aceite cumbustible deben someterse a pruebas de acuerdo con UL 731. 920.2 Soportes. Los calefactores unitarios de tipo suspendido deben estar soportados con elementos que estén diseñados y construidos para resistir el peso y las cargas dinámicas. Los colgaderos y ménsulas deben ser de material no combustible. Los calefactores unitarios que usan aceite combustible del tipo suspendidos deben instalarse de acuerdo con NFPA 31. 920.3 Sistema de conductos. Un calefactor unitario no debe ser fijado a un sistema de conductos de mediana temperatura, a menos que esté certificado para tal instalación.
SECCIÓN 923 HORNOS PEQUEÑOS DE CERÁMICA 923.1 Generalidades. Las disposiciones de esta sección deben regir sobre hornos que se usan para cerámicas, tienen un 3
SECCIÓN 924 PLANTAS GENERADORAS DE CELDAS COMBUSTIBLES ESTACIONARIAS 924.1 Generalidades. Las plantas generadoras de celdas combustibles estacionarias que tengan una producción de potencia que no exceda los 10 MW deben someterse a ensayos de acuerdo con CSA América FC 1, y deben instalarse de acuerdo conlas instrucciones de instalación delfabric ante y NFPA853. SECCIÓN 925 CALEFACTORES DE MAMPOSTERÍA
Los el calefactores de mampostería 925.1 Generalidades. construirse de acuerdo con Código Internacional de la deben Edifi-
cación (IBC).
SECCIÓN 926 SISTEMAS DE HIDRÓGENO GASEOSO 926.1 Instalación. La instalación de sistemas de hidrógeno gaseoso debe cumplir con los requisitos aplicables de este código, el Código Inte rnac iona l de Protec ción cont ra Incendios (IFC), el Código Internacional de Gas Combustible (IFGC) y el Código Internacional de la Edificación (IBC) .
SECCIÓN 921 CALEFACTORES DE CUARTO CON VENTILACIÓN 921.1 Generalidades. Los calefactores de cuartos con ventilación deben estar certificados y sellados, y deben instalarse de acuerdo con su certificación y las instrucciones de instalación del fabricante. SECCIÓN 922 ESTUFAS DE COMBUSTIÓN DE KEROSEN O Y DE ACEITE COMBUSTIBLE 922.1 Generalidades. Las estufas de combustión de keroseno y de aceite combustible deben estar certificadas y selladas, y deben instalarse de acuerdo con su certificación y las instrucciones de instalación del fabricante. Las estufas de CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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CAPÍTULO 10
CALDERAS, CALENTADORES DE AGUA Y RECIPIENTES A PRESIÓN SECCIÓN 1001 GENERALIDADES 1001.1 Alcance. Las disposiciones de este capítulo deben regir todo lo relativo a la instalación, modificación y reparación de calderas, calentadores de agua y recipientes a presión. Excepciones:
1. Reci pientes a presión para suministro de agua sin calentar. 2. Reci pientes a presión portátiles sin combustión, y contenedores de la Comisión de Comercio Interestatal. 3. Recipientes para gases médicos y oxígeno. 4. Recipientes a presión sin combustion con un volumen de 5 pies cúbicos (0.14 m 3) ó menos, que operan a una presión no mayor de 250 libras por pulgadas cuadradas (psi) (1724 kPa) y que estén colocadosdentr o de destinos de uso de los Grupos B, F, H, M, R, S y U. 5. Recipientes a presión usados en sistemas de refrigeración que estén regulados por el Capítulo 11 de este código. 6. Tanques a presión usados en conju nto con cables coaxiales, cables telefónicos, cables de potencia, y otros sistemas similares de control de humedad. 7. Toda caldera o recipiente a presión sujetos a inspección por parte de inspectores estatales o federales.
SECCIÓN 1002 CALENTADORES DE AGUA 1002.1 Generalidades. Los calentadores de agua potable y tanques de almacenamiento de agua caliente deben estar certificados y sellados, y ser instalados de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante, el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC) , y este código. Todos los calentadores de agua deben poder ser desmontados sin tener que remover una parte permanente de la estructura de la edificación. Las conexiones de agua potable y las válvu las de alivio para todo calentador de agua debe cumplir con los requisitos delCódigo Internacional de Instala-
ciones Hidráulic as y Sanitarias (IPC). Los calentadores eléctricos de agua para uso doméstico deben cumplir con UL 174 ó UL 1453. Los calentadores eléctricos de agua para uso comercial deben cumplir con UL 1453. Los calentadores que usan aceite combustible deben cumplir con UL 732. 1002.2 Calentadores de agua usados para calefacción de espacios. Los calentadores de agua usados para producir agua pot ab le ca lie nt e y tam bién par a cal ef acc ión de be n estar certificados y sellados para tales aplicaciones por el fabricante, y deben instalarse de acuerdo con las instrucciones
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de instalación del fabricante, y el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC). 1002.2.1 Dimensionamiento. Los calentadores de agua usados para producir agua potable caliente y también para calefacción deben dimensionarse para prevenir que la carga de calefacción reduzca la capacidad requerida de calentamiento de agua potable. 1002.2.2 Limitación de temperatura. Donde un sistema que combine la producción de agua potable caliente y agua para calefacción requiera que el agua para calefacción tenga una temperatura mayor de 140 ºF (60 C), se debe colocar una válvula de mezclado que actúe por temperatura según ASSE 1017 para limitar la temperatura del agua suministrada al sistema de distribución de agua potable caliente a una temperatura 140 ºF (60C) o menos. 1002.3 Dispositivos suplementarios para calentamiento de agua. Los dispositivos para calentamiento de agua potable a base de intercambiadores de calor refrigerante-agua deben estar aprobados y ser instalados de acuerdo con el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC), y las instrucciones de instalación del fabricante.
SECCIÓN 1003 RECIPIENTES A PRESIÓN 1003.1 Normas. Todo recipiente a presión debe tener el sello de una agencia aprobada y debe instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. 1003.2 Tuberías. Todos los materiales, accesorios, juntas y conexiones de tuberías, y los dispositivos asociados con los sistemas usados en conjunto con recipientes a presión deben estar diseñados para la aplicación específica del caso, y deben ser aprobados. 1003.3 Soldadura. La soldadura en reci pientes a presión debe ser hecha por técnicos soldadores aprobados de acuerdo con normas nacionalmente reconocidas.
SECCIÓN 1004 CALDERAS 1004.1 Normas. Las calderas que usan aceite combustible y sus sistemas de control deben estar certificadas y selladas de acuerdo con UL 726. Las calderas eléctricas y sus sistemas de control deben estar certificados y sellados de acuerdo con UL 834. Lascalde rasdeben diseñarse y construirse de acuerdo con los requisitos de ASME CSD-1, y según sea aplicable, con el ASME Boiler and Pressure Vessel Code (Código de Calderas y
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CALDERAS, CALENTADORES DE AGUA Y RECIPIENTES A PRESIÓN
Recipientes a Presión de ASME), Secciones, I o IV; NFPA 8501; NFPA 8502 o NFPA 8504. 1004.2 Instalación. Además de losrequi sitos de este código, la instalación de calderas debe cumplir con las instrucciones del fabricante. Las instrucciones de operación deben fijarse a la caldera de una maneraperma nente. El instalador debe ajustar y probar todos los controles de las calderas. Los datos de rendimiento delfabri cante y la placa deben fijarse a la caldera. 1004.3 Espacios libres de trabajcalentadores, o. Los espacios libres alrededor de calderas, generadores, tanques y equipos y artefactos relacionados deben cumplirse, de modo que permitan la inspección, servicio, reparación cambio y visibilidad de todos los medidores. Cuando una caldera sea instalada o cambiada, los espacios libres deben obedecerse de modo que se tenga acceso para inspección, mantenimiento y reparación. Se deben tener pasillos en todos los lados de una caldera, y éstos deben tener un ancho libre de 18 pulgadas (457 mm) a menos que se aprueb e algo diferente. 1004.3.1 Espacios libres por encima. Las calderas de alta presión con una capacidad de generación de vapor de más de 5,000 libras por hora (2268 kg/h), o que tengan una superficie de calentamiento de másde 1,000 pies cuadrados (93 m2), o una capacidad de entrada de más 5,000,000 Btu/h (1465 kW), deben tener un espacio libre mínimo de 7 pies (2134 mm) del punto superior de la caldera al cielorraso. Las calderas de vapor, y de agua caliente para calefacción, que superen uno de los siguientes límites: 5,000,000 Btu/h (1465 kW), 5,000 libras de vapor por hora (2268 kg/h) ó 1,000 pies cuadrados (93 m2) de superficie de calentamiento; y calderasde vapor de alta presión que no superen uno de los siguientes límites: 5,000,000 Btu/h (1465 kW), 5,000 libras de vapor por hora (2268 kg/h) ó 1,000 pies cuadrados (93 m2) de superficie de calentamiento; y todas las calderas con accesos para personas en la parte superior, deben tener un espacio libre mínimode 3 pies (914 mm) del punto superior de la caldera al cielorraso. Las calderas de paquete, calderas de vapor, y calderas de agua caliente para calefacción sin accesos para personas en la parte superior, y que no excedan uno de los límites de esta sección deben tener un espacio libre mínimo de 2 pies (610 mm) del cielorraso. 1004.4 Montaje. El equipo debe montarse sobre una base nivelada capaz de soportar el peso y distribuirlo. Las calderas, tanques y equipos deben anclarse de acuerdo con las instrucciones de instalación de fabricante. 1004.5 Pisos. Las calderas deben montarse sobre pisos de construcción no combustible, a menos que estén certificadas
para montaje sobre piso combustibles. 1004.6 Cuartos y cerramientos de calderas. Los cuartos y cerramientos de calderas, así como sus accesos, deben cumplir con el Código Internacional de la Edificación (IBC) , y el Capítulo 3 de este código. Los cuartos de calderas deben estar equipados con un drenaje de piso u otros medios aprobados para desaguar desechos líquidos. 1004.7 Ajustes de operación e instrucciones. El contratista instalador debe ajustar y probar todos los controles de operación y seguridad de las calderas de agua cal iente y de vapor. El instalador debe suministrar para cada instalación un juego 94
completo de diagramasde control e instrucciones de operación de la caldera.
SECCIÓN 1005 CONEXIONES DE CALDERAS 1005.1 Válvulas. Toda caldera o caldera modular debe tener una válvula de corte en la tubería de suministro y retorno. En instalaciones de calderas múltiples, o de múltiples calderas
modulares, cada caldera o caldera modular debe tener válvulas de corte en su tubería de suministro y retorno. Excepción: No se requieren válvulas de corte en sistemas con una caldera de vapor de baja presión. 1005.2 Suministro de agua potable. El suministro de agua a todas las calderas debe conectarse de acuerdo con el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC).
SECCIÓN 1006 VÁLVULAS DE SEGURIDAD Y ALIVIO DE PRESIÓN Y CONTROLES 1006.1 Válvulas de seguridad para calderas de vapor. Todas las calderas de vapor deben protegerse con una válvula de seguridad. 1006 .2 Válv ula s de seg uri dad par a cald eras de agua caliente. Todas las calderas de agua caliente deben protegerse con una válvula de alivio de seguridad. 1006.3 Alivio de presión para recipientes a presión. Todo recipiente a presión debe protegerse con una válvula de alivio de presión o un dispositivo limitador de presión según sea requerido por las instrucciones de fabricación del fabricante del recipiente a presión. 1006.4 Aprobación de válvulas de seguridad y alivio de presión. Las válvulas de seguridad y alivio de presión deben estar certificadas y selladas, y deben tener una capacidad mínima de acuerdo con el equipo o artefacto al que dan servicio. Las válvulas de seguridad y alivio de presión deben ajustarse a un máximo de acuerdo con el dato de presión de placa de la caldera o recipiente a presión. 1006.5 Instalación. Las válvulas de seguridad y alivio de presión deben instalarse directamente en la salida para la válvula de seguridad o alivio de presión de la caldera o recipiente a presión. Las válvulas no deben colocarse en los lados de la conexión para la válvula de seguridad o alivio de presión. Las válvulas de alivio deben descargar por gravedad. 1006.6 Desc arga de válvula de seguridad y alivio . Los tubos de descarga de las válvulas de seguridad y alivio deben ser de tubería rígida aprobada para la temperatura del sistema. El tubo de descarga debe ser del mismo diámetro que la salida para la válvula de seguridad o alivio. Las válvulas de seguridad y alivio no deben descargar de forma que sean un peligro, una causa potencial de daño, o una molestia. Las válvulas de seguridad de vapor a alta presión deben ventilarse al exterior de la estructura. Si una válvula de seguridad o alivio de vapor a baja presión descarga al sistema de drenaje, la instalación debe cumplir con el Código Inte rnaci onal de Inst alaci ones Hidráulicas y Sanitarias (IPC).
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CALDERAS, CALENTADORES DE AGUA Y RECIPIENTES A PRESIÓN
1006.7 Dispositivos de seguridad de calderas. Las calderas deben estar provistas con controles y dispositivos limitadores según sea requerido en las instrucciones de instalación del fabricante y las condiciones de su certificación. 1006.8 Requisitos eléctricos. La alimentación eléctrica al sistema de control eléctrico debe provenir de un circuito ramal de dos hilos que tenga un conductor conectado a tierra, o de un transformador de aislamiento con un secundario de dos hilos. Cuando se tenga un transformador de aislamiento, uno de los
hilos del devanado secundario debe estar conectado a tierra. El voltaje de control no debe exceder los 150 voltios nominales, de línea a línea. Se deben tener dispositivos de control y límite que corten el lado del circuito que no está a tierra. Se debe tener un medio de desconexión manual del circuito de control, y los controles deben configurarse de tal forma que cuando se pierda el flujo eléctrico el quemador quede inhabilitado. Dichos medios de descone-xión deben tener una manera de asegurarse en la posición de apagado (off), y deben tener acceso directo.
SECCIÓN 1007 CORTE POR BAJ O NIVEL DE CALDERAS 1007.1 Generalidades. Todas las calderas de vapor y agua caliente deben tener un control de protección por bajo nivel de agua. 1007.2 Operación. El control de bajo nivel de agua debe detener automáticamente la operación de combustión del artefacto cuando el nivel de agua caiga por debajo del mínimo
nivel seguro establecido por el fabricante.
SECCIÓN 1008 VÁLVULA DE DESCARGA DE VAPOR 1008.1 Generalidades.Toda caldera de vapor debe tener una válvula de descarga de vapor de apertura rápida. Dicha válvula debe instalarse en el lugar previsto para ello en la caldera. El tamaño mínimo de la válvula debe estar especificado por el fabricante de la caldera, o por el tamaño de la conexión en la caldera para la válvula de descarga. 1008.2 Descarga. Las válvulas de descarga deben descargar a un lugar seguro. En caso de descargar a un sistema de drenaje, la instalación debe cumplir con el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC).
en la capacidad del sistema de agua caliente para calefacción. El tamaño mínimo del tanque debe determinarse de acuerdo con la siguiente ecuación: (Ecuación 10-1)
Vt
.( 000 041.T )00466 Vs
P P P P a
a
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Para SI: . ( 000 0738 . )T 003348 Vs Vt Pa Pa Pf Po donde: Vt = Tamaño mínimo de tanque, (galones) (L) Vs = Volumen del sistema, sin incluir tanques de expansión, (galones) (L) T = Temperatura promedio de operación, (ºF) (ºC) Pa = Presión atmosférica, (psi) (kPa) P = Presión de llenado, (psi) (kPa) f
Po = Máxima presión de operación, (psi) (kPa) 1009.3 Tanq ues de expansión abiertos. Los tanques de expansión abiertos deben colocarse a un mínimo de 4 pies (1219 mm) sobre el elemento de calentamiento más alto. El tanque debe estar adecuadamente dimensionado para el sistema de agua caliente. Se debe instalar un rebalse de un tamaño mínimo de 1 pulgada (25 mm) en la parte superior del tanque. El rebalse debe descargar al sistema de drenaje de acue rdo con el Código Internaci onal de Instalacio nes
Hidráulicas y Sanitarias (IPC).
SECCIÓN 1010 MEDIDORES
SECCIÓN 1009 TANQUE DE EXPANSIÓN EN CALDERAS
1010.1 Generalidad es. Medidores en calderas de agua caliente. Toda caldera de agua caliente debe tener un medidor
DE AGUA CALIENTE
de presión medidor de temperatura,o combinado de presiónyyun temperatura. Los medidoresmedidor deben indicar la temperatura y presión dentro del rango normal de funcionamiento del sistema.
1009.1 En donde se requiere. Se debe instalar un tanque de expansión en todo sistema de agua caliente.En instalaciones de calderas múltiples, se requiere de un mínimo de un tanque de expansión. Lostanqu es de expansión deben serdel tipo cerrado o abierto. Los tanques deben estar diseñados para la presión del sistema de agua caliente. 1009.2 Tanques de expansión cerrados. Los tanques de expansión cerrados deben instalarse de acuerdo con las instrucciones delfabri cante. El tamañodel tanque debe basarse CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
1010.2 Medidores en calderas de vapor. Toda caldera de vapor debe tener un tubo indicador de nivel de agua y un medidor de presión. El medidor de presión debe indicar la presión dentro del rango normal de funcionamiento del sistema. 1010.2.1 Tubo indicador de nivel de agua. El tubo indicador debe instalarse de modo que su punto medio quede en el nivel normal de agua de la caldera. 95
CALDERAS, CALENTADORES DE AGUA Y RECIPIENTES A PRESIÓN
SECCIÓN 1011 PRUEBAS 1011.1 Pruebas. Una vez terminado el ensamblaje e instalación de calderas y recipientes a presión, se deben hacer pruebas de acuerdo con los requisitos del ASME Boiler and Pressure Vessel Code. En caso de ser necesario el ensamblaje en sitio de recipientes a presión, se debe presentar a la autoridad competente una copia debidamente llena del Reporte de Datos del Fabricante U-1, el cual es un requisito del ASME Boiler and
Pressure Vessel Code.
1011.2 Medidores de pruebas. Se debe conectar directamente un medidor de prueba a la caldera o recipiente a presión en un lugar visible al operador durante toda la prueba. La escala del medidor de presión debe tener un rango no menor de una vez y media y no mayor de 4 veces la presión máxima de prueba. Todos los medidor es usad os en la prue ba debe n esta r calibrados y certificados por el operador de la prueba
96
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
CAPÍTULO 11
REFRIGERACIÓN
SECCIÓN 1101 GENERALIDADES 1101.1 Alcance. Las disposiciones de este capítulo deben re-
gular lo relativo al diseño, instalación, construcción y reparación de sistemas de refrigeración que evaporen y condensen un fluido durante el ciclo de refrigeración. El diseño de la tubería de refrigeración así como su instalación, incluyendo recipientes a presión y dispositivos de alivio de presión, deben cumplir con este código. Los sistemas instalados permanentemente de almacenamiento de refrigerante y otros componentes deben considerarse como parte del sistema de refrigeración al que están asociados. 1101.2 Equipos y artefactos hechos en fábrica. Los equipos
y artefactos autocontenidos y hechos en fábrica que estén certificados y sellados deben someterse a pruebas de acuerdo con UL 207, 412, 471 o 1995. Se debe considerar que tales equipos y artefactos cumplen con los requisitos de diseño, fabricación y pruebas de fábrica si se instalan de acuerdo consu certificación y las instrucciones de instalación del fabricante.
1101.3 Cualquier un sistema de de refrigeraciónProtección. que esté sujeta a dañoparte físicodedebe protegerse una
manera aprobada. Las conexiones de suministro y descarga de agua asociados con sistemas de refrigeración deben hacerse de acuerdo con este código y el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC) . 1101.4 Conexión de agua.
Los dispositivos, equipos y artefactos de gascombu stibleque se usen en sistemas de refrigeración deben instalarse de acuerdo con el Código Internacional de Gas Combustible (IFGC). 1101.5 Cone xión de gas combustible.
Los sistemas de refrigeración deben cumplir con los requisitos de este código y, excepto según se enmiende en este código, con ASHRAE 15. Los sistemas de refrigeración de amoníaco deben cumplir con este código y, excepto según se enmiende en este código, con ASHRAE 15 y IIAR 2. 1101.6 Generalidades.
Los sistemas de refrigeración mecánica deben mantenerse en una buena condición funcional, libres de acumulaciones de aceite, suciedad, basura, corrosión excesiva, así como de otros escombros y fugas. 1101. 7 Mantenimie nto.
1101.8 Cambio de tipo de refrigerante. El tipo de refrigerante
en sistemas de refrigeración que tengan un circuito de refrigeración con más de 220 libras del Grupo A1, ó 30 libras de cualquier otro grupo de refrigerante, no debe cambiarse sin antes notificar a la autoridad competente, y todo cambio debe cumplir con las disposiciones de códigos aplicables para el nuevo tipo de refrigerante.
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
Toda descarga de refrigerante debe notificarse de acuerdo con el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC). 1101.9 Descarga de refrigerante.
SECCIÓN 1102 REQUISITOS DE SISTEMAS 1102.1 Generalidades. La clasificación del sistema, refrigerantes permitidos, cantidad máxima, requisitos de cerramientos, limitaciones de ubicación, y requisitos de pruebas de presión en el sitio, deben determinarse como sigue: 1. Determine la clasificación del sistema de refrigeración de acuerdo con la Sección 1103.3. 2. Determine la clasificación del refrigerante de acuerdo con la Sección 1103.1. 3. Determine la cantidad máxima permitida de refrigerante de acuerdo con la Sección 1104, basándose en el tipo de refrigerante, la clasificación del sistema, y el destino de uso. 4. Determine los requisitos de cerramientos del sistema de acuerdo con la Sección 1104. 5. La ubicación e instalación de equipos y artefactos de refrigeración debe regirse por las limitaciones del Capítulo 3. 6. Los equipos y artefactos que no sean probados en fábrica yqueseanarmadosensitiodebensometerseapruebasde presión de acuerdo con la Sección 1108. 1102.2 Refrigerantes. El refrigerante a usarse debe ser aquel para el cual el equipo o artefacto fue diseñado o convertido.Los refrigerantes que no se incluyan en la Tabla 1103.1 deben ser aprobados antes de usarse. 1102.2.1 Mezclas. No se permite mezclar en un sistema refrigerante con designaciones diferentes en ASHRAE 34, incluyendo refrigerantes mezclados. Excepción: Se permite agregar un segundo refrigerante si el fabricante del equipo o artefacto lo permite para mejorar el retorno de aceite a bajas temperaturas. El tipo de refrigerante a agregarse, así como su cantidad, deben cumplir con las instrucciones del fabricante. 1102.2.2 Pureza. Los refrigerantes usados en sistemas de refrigeración deben ser refrigerantes nuevos, recuperados o reprocesados de acuerdo con las Secciones 1102.2.2.1, 1102.2.2.2 o 1102.2.2.3. Si lo requiriera el propietario del equipo o artefacto, o la autoridad competente, el instalador debe suministrar una declaración escrita de que el refrigerante usado cumple con los requisitos de las Secciones 1102.2.2.1, 1102.2.2.2 o 1102.2.2.3. Excepción: El refrigerante usado debe cumplir con las especificaciones de pureza establecidas por el fabricante 97
REFRIGERACIÓN
del equipo o artefacto en que ha de usarse dicho refrigerante si tales especificaciones son diferentes de las indicadas en las Secciones 1102.2.2.1, 1102.2.2.2 y 1102.2.2.3. 1102.2.2.1 Refrigeran tes nuevos. Los refrigerantes deben tener el nivel de pureza especificado por el fabricante del equipo o artefacto. 1102.2.2.2 Refrigerantes recuperados. Los refrigerantes que sean recuperados de sistemas de refrigeración o aire acondicionado no deben reusarse en otros sistemas que no sean el sistema del cual fueron recuperados y otros sistemas del mismo propietario. Los refrigerantes recuperados deben filtrarse y deshidratarse antes de reusarse. Los refrigerantes recuperados que tengan signos claros de contaminación no deben reusarse a menos que se reprocesen de acuerdo con la Sección 1102.2.2.3. 1102.2.2.3 Refrigerantes reprocesados. Los refrigerantes usados no debe reusarse en equipos o artefactos diferentes del propietario a menos que se sometan a pruebas y se determine que cumplen con los requisitos de ARI 700. Los refrigerantes contaminados no deben usarseamenosqueseanreprocesadosysedetermineque cumplen con los requisitos de ARI 700.
SECCIÓN 1103 CLASIFICACIÓN DE SISTEMAS DE REFRIGERACIÓN
Los refrigerantes deben clasificarsede acuerdo con ASHRAE 34 según se indica en la Tabla 1103.1. 1103.1 Clasi ficac ión de refrigera ntes .
La ubicación de sistemas de refrigeración se describe por las clasificaciones de destino de uso, las cuales toman en cuenta la habilidad de las personas para responder a la exposición potencial a los refrigerantes. Cuando los equipos o artefactos, a excepción de las tuberías, se ubiquen fuera de una edificación y a menos de 20 pies (6096 mm) de cualquier abertura de una edificación, tales equipos o artefactos deben regirse por la clasificación de destino de uso de la edificación. Las clasificaciones de destino de uso deben definirse como se indica a continuación: 1103.2 Clasificación de destino de uso.
1. Destino de uso institucional es aquella parte de una propiedad de la que, debido a que están discapacitados, debilitados o encerrados, los ocupantes no pueden salir rápidamente sin la ayuda de otras personas. Los destinos de usodeinstitucional entre hospitales, casas retiro, asilos,incluyen, y espacios conotros, celdasa bajo llave. 2. Destino de uso de reunión pública esaque lla parte de una propiedad donde grandes cantidades de personas se congregan, y de la cual los ocupantes no pueden salir rápidamente. Los destinos de uso de reunión pública incluyen, entre otros, a auditorios, salones de baile, salones de clase, terminales de pasajeros, restaurantes y teatros.
98
3. Destino de uso residencial es aquella parte de una propiedad que ofrece a los ocupantes viviendas independientes, incluyendo medidas permanentes para descansar, dormir, comer, cocinar y limpieza. Los destinos de uso residencial incluyen, entre otros, a dormitorios, hoteles, complejos de apartamentos, y residencias privadas. 4. Destino de uso comercial es aquella parte de una propiedad en donde las personas realizan transacciones comerciales, servicios adquieren alimentos ureciben otros bienes. Lospersonales, destinos deouso comercial incluyen, entre otros, a oficinas, mercados (con excepción de grandes usos mercantiles), y áreas de trabajo o almacenamiento que no califiquen como destinos de uso industrial. 5. Los grandes destinos de uso mercantil son aquellas partes de una propiedad en donde más de 100 personas se congreguen en nivel por encima o por debajo del nivel de la calle para comprar mercancías personales. 6. Destino de uso industrial es aquella parte de una propiedad que no está abierta al público, en donde el acceso a personas autorizadas está controlado, y que se usa para la fabricación, procesamiento o almacenamiento de bienes talescomo químicos, alimentos,hielo, carnes o petróleo. 7. El destino de uso mixto ocurre donde dos o más destinos de uso se ubiquen dentro de la misma edificación. Cuando cada tipo de destino de uso esté aislado del resto de la edificación por medio de paredes, pisos y cielorrasos cerrados, y de destino puertas de de uso cierre automático, requisitos para cada deben exigirselos sólo para su parte de la edificación. Si los diferentes destinos de uso no están separados entre si, el destino de uso con los requisitos más exigentes debe regir para el resto. 1103.3Clasificación del sistema. Los sistemas de refrigeración deben clasificarse de acuerdo con el grado de probabilidad de que una fuga de refrigerante proveniente de una falla de una conexión, sello o componente entre a un área ocupada. La diferenciación se basa en el diseño básico o la ubicación de los componentes. Los sistemas dobles indirectos y de rociadores abiertos, sistemas cerrados indirectos, y sistemas cerrados de ventilación indirecta deben clasificarse como sistemas de baja probabilidad, siempre y cuando todas las tuberías y accesorios que contengan refrigerantes queden aislados cuando se excedan las cantidades de la Tabla 1103.1. 1103.3.1 Sistemas de baja probabilidad.
Los sistemas directos, y sistemas indirectos de rociadores abiertos deben clasificarse como sistemas de alta probabilidad. 1103.3.2 Sistemas de alta probabilidad.
Excepción: No debe ser necesario clasificar un sistema
indirecto de rociadores abiertos si la presión del fluido secundario es en todo momento (en funcionamiento y en reposo) mayor que la presión del refrigerante.
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
REFRIGERACIÓN
O I C A P S E R O P E T N A O R D E A IR U G P F C E O R E D D A D I T N A C ] M [
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REFRIGERACIÓN
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REFRIGERACIÓN
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002
c
E N T IÓ N C A A R E E IC D G F I I S R A L F E C R
1 A
1 A
1 A
1 A
1 A
1 A
1 A
1 A
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2 A
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3 A
3 A
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2 A
a A í R O G OS GE E I T R A E C D
H H O , G C
H H O , G C
, H H O , G C
H H O , G C
H H O , G C
H H O , G C
H H O , G C
H H O , G C
H H ,O ,F G C
H H ,O ,F G C
H H O , G C
H H O , G C
H H O , G C
H H O , G C
H H ,O ,F G C
H H ,O ,F G C
H H ,O ,F G C
H H ,O ,F G C
A R T S E U M O O IC M í U Q E R B M O N
) 2 5/ 5 2/ 3 (2 a 4 3 1/ 5 2 /1 2 3R
) 0 7/ 5 1/ 5 (1 a 4 3 1/ 5 2 /1 2 3R
) 0 6/ 5 1/ 5 (2 a 4 3 1/ 5 2 /1 2 3R
) 7 /4 6 /4 (7 2 2/ a 3 4 /1 5 2 1R
) 5 /1 5 /2 0 6( b 2 4 1/ 4 2 /1 2 2R
) 0 /1 5 /2 5 6( b 2 4 1/ 4 2 /1 2 2R
) 0 /5 0 5( 5 2 /1 2 3R
) 5 /5 5 4( 5 2 /1 2 3R
) 0. 1 1/ .5 7 8/ .5 (1 a 2 5 1/ 2 2/ 7 2 1R
) 3/ 4 9/ 3( a 2 5 /1 2 2/ 0 7 2 1R
) 0 5/ 0 5( a 3 4 1/ 5 2 1R
) 1 /6 9 3( 6 1 /1 3 2R
) 4 /5 6 4( 6 1 /1 3 2R
) 6 /5 4 4( 8 1 /2 2 2R
o na t u B
) o na p ro pl tie m (2 o na t u b soI
) 5 /2 /5 0 7( b 2 4 1/ 8 1 /3 2 2R
) 3/ 8 8/ (9 a 0 0 /6a 4 3 1/ 8 1 2R
A L A U C I M íM R U ÓQ F
o p o tr ó ze
o p o tr ó ze
o p o tr ó ze
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E T N A R E IG R F E R
C 7 0 4R
D 7 0 4R
E 7 0 -4 R
A 8 0 4R
A 9 0 4R
B 9 0 4R
A 0 1 4R
B 0 1 4R
A 1 1 4R
B 1 1 4R
A 7 0 -5 R
A 8 0 -5 R
B 8 0 -5 R
A 9 0 -5 R
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
3
3
C H 2 H C 2 H C 3 H C
H -C 2) 3 H (C H C
o p o tr eóz
o p o tr eóz
0 0 -6 R
a 0 0 -6 R
A 2 1 4R
A 3 1 4R
) a ú in t n o c (
101
REFRIGERACIÓN
O D A P U C O O I C A P S E R O P E
n ió c a u n it n o c .1 3 0 1 1 A L B A T ] F [
S E T N A R E IG R F E R E D A W T V L T Y S E D A D I T N A C , N IÓ C A C I F I S A L C
N T A R E IG R F E R E D D A D I T N A ]C M [
3
A ) Wm T p = p V ( L T
0 0 ,0 1
0 0 ,0 1
0 0 ,0 1
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0 0 ,0 5
0 0 ,0 1
0 6 6
/m g
6 9
0 2 1
0 6 1
0 4 2
5 .3 0
2 7
0. 6
0. 5
m p p
0 0 ,0 1 2
0 0 0, 9 2
0 0 ,0 5 3
0 0 ,0 7 6
0 0 5
0 0 0, 0 4
0 0 ,2 5
0 0 ,4 3
6
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0 1
5 1
2 2 .0 0
.5 4
8 .3 0
7 .3 0
002
-0 -3 3
000
0-0 2
2-4 1
141
1 A
1 A
1 A
1 A
1 A
1 A
1 A
2 B
1 A
1 A
3 A
3 B
H H ,O G C
H H O , G C
H H ,O G C
H H ,O G C
H H O , G C
H H O , G C
H H O , G C
H H ,O ,F C , G C
H H O , G C
H H O , F , G C
H H O ,F , G C
) .2 6 /2 8. 3 7( a 2 5 1/ 2 1R
) 2. 1 5/ .8 8 4( 5 11/ 2 2R
) .9 9 /5 1. 0 4( 3 1/ 3 2R
) o en ilt e( o na t E
) o ne il p or p( o na p ro P
opr t óe za
opr t óe za
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H N
O 2 H
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7 1 7R
8 1 7R
4 4 7R
r o p s a r b i L
E Db S O OG D S A IE R R G E N T IÓ N C A A R IC D IG E E F I S R F A L E C R a A í O R G OS GE E I T R A E C D
O O C I A M í R U T QS E E R U B M M O N A IC ÍM U Q A L U M R Ó F E T N A R E G I R F E R
102
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s o c i b ú c
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b 2 4 /a1 0 0 /6 4 2 1/ 2 2 R
) .5 6 /1 /4 .5 8 2/ 1 5(
b 2 4 /1a 0 0 /6 4 2 1/ 2 2R
) 5. /9 5. /1 9 3/ 0 5(
0 0 /6 4 2 1/ a 4 3 1R
c
) .5 /1 5. 9 3/ 9 5(
c
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0 0 /6a 4 3 1/ 5 2 1R
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c
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2
2
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0 5 11 R
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2
oopr t óe z
opo rt óe z
oopr t óe z
oopr t óe z
A 4 1 4R
B 4 1 -4 R
A 6 1 4R
A 7 1 4R
e
0 0 5R
e
2 0 -5 R
e
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2
H C = H C
3
. m 3 82 0. 0 co= i b cú ei p 1, gk 54 .40 ar= bi l :I1 S raa P
d lua S la ar ap or gi el P rot O = H H O e;l ab m lfa nI = F ; ivos or r o C = C ;o id m ir p m co as G = G a.
, H L ID le a reí de cx e o n ,e tn a er gi r ef erd la to t a di rdé p an u o ar, ut pu r ed o acs ne a m ix á m nó cia rt n .4 ecn 07 oc A la P F eu N q n ar co tes o u dr m e e cua nt ed eet ,e pm tn o e c d avm ad tci oir e tu ps a er al , da ara di p vi io cta tor er ac y, ifs oi ats d s enc iis ni ál , n du a l n sa iu al s0 a apr 0-1 n a so inó or c g c lie ud p er de al so te da i rg rm e s p o e L .b cS .
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o.t ra cu el d ne m ul ov el y te na geri r erf ed add it anc al od arn e ids n oc
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CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
REFRIGERACIÓN
SECCIÓN 1104 REQUISITOS DE APLICACIÓN DE SISTEMAS 1104.1 Generalidades. Los refrigerantes, destinos de uso, y clasificaciones de sistemas mencionados en esta sección deben determinarse de acuerdo con las Secciones 1103.1, 1103.2 y 1103.3, respectivamente. Para mezclas de refrigerantes con clasificaciones duales se debe usar la clasificación del peor caso de sus fracciones. 1104.2 Cuarto de máquinas. Excepto según se estipula en las Secciones 1104.2.1 y 1104.2.2, todos los componentes que contengan refrigerantes deben colocarse ya sea en el exterior o dentro de un cuarto de máquinas si la cantidad de refrigerante de un circuito independiente del sistema supera las cantidades indicadas en la Tabla 1103.1. Para mezclas de refrigerantes no indicadas en la Tabla 1103.1, el mismo requisito es válido si la cantidad de cualquier componente de la mezcla supera lo indicado en la Tabla 1103.1 para dicho componente. Este requisito también debe ser válido si la cantidad combinada de los componentes de la mezcla supera el límite de 69,100 partes por millón (ppm) por volumen. Los cuartos de máquinas requeridos por esta sección deben construirse y mantenerse de acuerdo con la Sección 1105 para Grupos de refrigerantes A1 y B1, y de acuerdo con las Secciones 1105 y 1106 para los Grupos de refrigerantes A2, B2, A3 y B3. Excepciones:
1. No se requiere cuarto de máquinas para equipos y artefactos certificados que contengan no más de 6.6 libras (3 kg) de refrigerante, independientemente de la clasificación de seguridad del refrigerante, si se instalan de acuerdo con las condiciones de la certificación del equipo o artefacto y según las instrucciones de instalación del fabricante del equipo o artefacto. 2. Se permite que la tubería que cumpla con la Sección 1107 viaje a través de otros lugares e interconecte componentesinstaladosenuncuartodemáquinascon aquellos instalados en el exterior. 1104.2.1 Destinos de uso institucional. Las cantidades mostradas en la Tabla 1103.1 deben reducirse en un 50 por ciento para todas lasáreasde usos institucionalesexcep to en cocinas, laboratorios, y morgues. El total de refrigerantes de los grupos A2, B2, A3 y B3 no debe superar las 550 libras (250 kg ) en áreas ocupadas o cuartos de máquinas. 1104.2.2 Destinos de uso industrial y cuartos refrigerados. Esta sección rige solo para destinos de uso indus-
trial y cuartos refrigerados para manufactura, preparación de y bebidas,Nocorte de carnes, otrosdeprocesos paraalimentos almacenamiento. se requiere cuarto máquinasy si todas las siguientes condiciones se cumplen: 1. El espacio que alberga la maquinaria está separado de otros destinos de uso por medio de construcción hermética y con puertas de cierre hermético. 2. El acceso está restringido a personal autorizado. 3. El área de piso por pers ona es al menos de 10 0 pies cuadrados (9.3 m2) si la maquinaria está ubicada en pisos con salidas a un altura de más de 6.6 pies (2012 mm) sobre el nivel de planta baja. Si se tienen medios CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
de salida directamente al exterior o a salidas aprobadas de edificaciones, esta regla de área mínima no es válida. 4. Se tienen instalados detectores de refrigerantes según se requiere para cuartos de máquinas, de acuerdo con la Sección 1105.3. 5. No se tienen superficies con temperaturas supe-riores a 800ºF (427C) ni llamas abiertas, si se tiene refrigerantes de los Grupos A2, B2, A3 o B3 (vea Sección 1104.3.4). 6. Todos los equipos y artefactos eléctricos cumplen con los requisitos para clasificación de localización peligrosa, Clase 1, División 2, de NFPA 70, si la cantidad de refrigerante de los Grupos A2, B2, A3 o B3 en un circuito independiente excede el 25 por ciento del límite inferior de inflamabilidad (LFL) al ser liberado en el espacio. 7. Todos los componentes que contengan refrigerantes en sistemas de más de 100 caballos de fuerza (74.6 kW) de entrada de potencia deben estar ubicados en el exterior o en un cuarto de máquinas, con la excepción de evaporadores usados para refrigeración o deshumidificación, condensadores usados para calefacción, válvulas para control y alivio de presión, y tuberías de interconexión. 1104.3 Restricciones para refrigerantes. Las aplicaciones de los refrigerantes, sus cantidades máximas, y su uso deben seguir las restricciones indicadas en las Secciones 1104.3.1 hasta la 1104.3.4. 1104.3.1 Aire acondicionado para confort humano. Los refrigerantes de los Grupos B1, B2 y B3 no se pueden usar en sistemas de alta probabilidad de aire acondicionado para confort humano, tratándose de sistemas que no sean de destino de uso industrial y en donde la cantidad de refrigerante en un circuito independiente no supere la cantidad indicada en la Tabla 1103.1. 1104.3.2 Destinos de uso no industrial. Los refrige-rantes de los Grupos A2 y B2 no deben usarse en sistemas de alta probabilidad si la cantidad de refrigerante en un circuito independiente de refrigerante supera la cantidad indicada en la Tabla 1104.3.2. Los refrigerantes de los Grupos A3 y B3 no deben usarse excepto donde están aprobados. Excepción: Esta sección no rige para laboratorios donde el área de piso por persona es igual o mayor a 100 pies cuadrados (9.3 m2). 1104.3.3 Todos los destinos de uso. La totalidad de refrigerantesde los grupos A2, B2, A3 y B3, exceptuando el R-717 amoníaco,no debe superar las1,100 libras (499 kg) excepto donde esté aprobado. 1104.3.4 Protección contra descomposición de refrigerantes. Si se tiene un dispositivo con llama abierta o con
una temperatura superficial mayor de 800ºF (427C) en un cuarto con más de 6.6 libras (3 kg) de refrigerante en un circuito independiente, se debe tener una campana y un sistema de extracción de acuerdo con la Sección 510. Dicho sistema de extracción debe extraer los productos de combustión al exterior. 103
REFRIGERACIÓN
SECCIÓN 1105 CUARTO DE MÁQUINAS, REQUISITOS GENERALES [B]1105.1 Diseño y construcción. Los cuartos de máquinas deben diseñarse y construirse de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC) y esta sección. 1105.2 Aberturas. Los conductos y manejadoras de aire en cuartos de máquinas que operan a una presión menor a la del cuarto deben sellarse para impedir que cualquier fuga de refrigerante entre la corriente de aire. [F] 1105.3 Detec tor de refrigera nte. Los detectores de refrigerante en cuartos de máquinas deben instalarse según lo indica la Sección 606.8 del Código Internac ional de Protección contra Incendios (IFC). 1105.4 Pruebas. Se deben realizar pruebas periódicas en el sistema de ventilación mecánica de acuerdo con las especificaciones del fabricante y según lo requiera la autoridad competente. 1105.5 Artefactos de combustión. En un cuarto de máquinas no se deben instalar artefactos de combustión y equipo que tenga llamas abiertas y que usen aire de combustión de ese mismo cuarto de máquinas.
Excepción: La campana y el sistema de extracción no se
requieren:
1. Si el refrigerante es R-717, R-718, ó R-744; 2. Si el aire de combustión se transporta en un conducto desde el exterior de manera que se impida la combustión del refrigerante que se ha escapado. 3. Si se usa un detector de refrigerante para detener la combustión en caso de fuga de refrigerante (vea Secciones 1105.3 y 1105.5). 1104.4 Cálculos de volumen. Los cálculos de volumen deben hacerse de acuerdo con las Secciones 1104.4.1 hasta la 1104.4.3. Si los componentes que contienen refrigerante de un sistema están ubicados en uno o más espacios que no se comunican entre si a través de aberturas permanentes o conductos HVAC, se debe usar el volumen del espacio ocupado y cerrado más pequeño para efectos de determinar la cantidad permisible de refrigerante en el sistema. 1104.1 Espacios separados.
Si un evaporador o condensador está ubicado en un sistema de conductos de aire, el volumen del espacio ocupado y cerrado más pequeño que reciba servicio del sistema de conductos debe usarse para efectos de determinar la cantidad de refrigerante máxima permisible en el sistema. 1104.2 Espacios comunicados.
Excepciones:
1. Cuando el refrigerantees dióxido de carbono o agua. 2. No se debe prohibir el tener en el mismo cuarto de máquinas artefactos de combustión con equipos o artefactos que contengan refrigerante si el aire de combustión viene por conducto desde el exterior del cuarto de máquinasy se sella de manera que seimpi da que cualquier fuga de refrigerante entre a la cámarade combustión, o si se tiene un detector de vapor de refrigerante que automáticamente apague el proceso de combustión en caso de fuga de refrigerante. 1105.6 Ventilación. El cuarto de máquinas debe tener ventilación mecánica al exterior. La ventilación mecánica debe tener la capacidadsufici ente para extraer la cantidad mínimade aire tanto en condiciones normales como de emergencia. Se debe permitir el uso de ventiladores múltipleso ventiladores de
Excepción: Si el flujo de aire a un espacio cerrado no
puede ser reducido a menos de una cuarta parte de su valor máximo, se debe usar la totalidad del espacio que recibe servicio del sistema de conductos de aire para efectos de determinar la cantidad de refrigerante máxima permisible en el sistema. Si el espacio por encima de un cielorraso suspendido es continuo y es parte del sistema de plenos de suministro o retorno de aire, este espacio debe incluirse en el cálculo del volumen del espacio cerrado. 1104.4.3 Plenos.
TABLA 1104.3.2 CANTIDAD DE REFRIGERANTES MÁXIMAPERMITIDA CANTIDAD MÁXIMA DE LIBRAS PARA VARIOS DESTINOS
TIPO DE SISTEMA DE REFRIGERACIÓN Ins ti t ucional Sistema sellado de absorción
Enaccesosdesalidas
0
Enlocalizacionesdepuertaslaterales Enotrosaccesosquenoseansalidas
A s am b l e as
0 0
R e s i d e n ci a l
3.3 0
Todos los otros destinos
3.3 22
22
0
6.6
6.6
6.6
0
0
6.6
6.6
Sistemas unitarios
Enotrosaccesosquenoseansalidas Para SI = 1 libra = 0.454 kg
104
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
REFRIGERACIÓN
varias velocidades para producir el caudal de ventilación de emergencia y para obtener un caudal reducido en ventilación normal. Excepción: Siunsistemaderefrigeraciónestáubicadoenel exterior a más de 20 pies (6096 mm) de cualquier abertura de una edificación y está encerrado en un ático, cobertizo, u otra estructura abierta, se debe tener ventilación natural o mecánica. La ubicación de las aberturas debe basarse en la densidad relativa del aire. El área de sección libre de aperturaparaventilacióndelcuartodemáquinasnodebeser menor de: (Ecuación 11-1)
F= G
Para SI: F = 0.138 G donde: F = Área libre de abertura, pie cuadrado (m2) G = Masa de refrigerante, libras (kg), del sistema más grandequetengaunapartedelmismodentrodelcuarto de máquinas. 1105.6.1 Ubicación de descarga. La descarga de aire debe ser al exterior de acuerdo con elCapí tulo 5. La extracción de sistemas de ventilación mecánica debe descargarse a no menos de 20 pies (6096 mm) de un límite de propiedad o de aberturas hacia edificaciones. 1105.6.2 Aire de reposición. Se deben tomar previsiones para que aire remplace aire extraído. Las aberturas paradelareposición entrada de aire deel reposición deben colocarsedeformatalqueevitenlaentradadelaireextraído. Los conductos de suministro y extracción de cuartos de máquinas no deben dar servicio a otras áreas, deben construirse de acuerdo con el Capítulo 5, y deben recubrirse con un cedazo resisten te a la corrosión de no menos de ¼ pulgada (6.4 mm). 1105.6.3 Cantidad—ventilación normal. Durante el período ocupado, el sistema de ventilación mecánica debe extraerelcaudalmásaltodadoporlossiguientescriterios: 1. Nomeno s de 0.5 cfm por pie cuadrado (0.0025 m 3/s m2) de área de cuarto mecánico ó 20 cfm (0.009 m 3/s) por persona; o 2. El caudal requerido para limitar el aument o de temperatura de cuarto a 18ºF (10C)tomandoencuentael efecto de calentamiento de todos los equipos en el cuarto. 1105.6.4 Cantidad—condiciones de emergencia. En caso
de activarse el detector de refrigerante requerido por la Sección 1105.3, el sistema de ventilación mecánica debe extraer aire del cuarto de máquinas según:
(Ecuación 11-2)
Q = 100 × G
Para SI: Q = 0.07 × G donde: Q = Caudal, en pie cúbico por minuto (m 3/s) CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
G = Masa de diseño de refrigerante, en libras (kg), del
sistema más grande que tenga una parte del mismo dentro del cuarto de máquinas. 1105.7 Extremo final de dispositivos de alivio. Los dispositivos de alivio de presión, tapones fusibles, y sistemas de purga ubicados dentro del cuarto de máquinas deben descargar al exterior de la estructura en un punto a no menos de 15 pies (4572 mm) por encima del nivel de tierra adyacente y a no menos de 20 pies (6096 mm) de cualquier ventana, abertura de ventilación, o salida.
1105.8 Descarga de amoníaco. Las válvulas de alivio de pre-
sión para sistemas de amoníaco deben descargar de acuerdo con ASHRAE 15.
[F] 1105.9 Sistema de control de presión de emergencia. Los
sistemas de refrigeración que contengan más de 6.6 libras (3 kg) de amoníaco o refrigerante inflamable, tóxico o altamente tóxico, deben contar con un sistema de control de presión de emergencia de acuerdo con la Sección 606.10 del Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
SECCIÓN 1106 CUARTO DE MÁQUINAS, REQUISITOS ESPECIALES 1106.1 Generalidades. En caso de requerirse en la Sección 1104.2, el cuarto de máquinas debe cumplir con los requisitos de esta sección además de los requisitos de la Sección 1105. 1106.2 Temperatura elevada. No debe instalarse permanentemente dispositivos que produzcan llamas abiertas, o superficies calientes que funcionen continuamente a más de 800 ºF (427 C). 1106.3 Ventilación de cuartos con amoníaco. Los sistemas de ventilación de cuartos de máquinas con amoníaco deben funcionar continuamente a la clasificación de ventilación de emergencia determinada de acuerdo con la Sección 1105.6.4. Excepciones:
1. Cuartos de máquinas equipados con un detector de vapor que automáticamente arranque el sistema de ventilación a la clasificación de emergencia determinada de acuerdo con la Sección 1105.6.4.y activ e una alarma a un nivel de detección no mayor de 1,000 ppm; o 2. Cuartos de máquinas que cumplan con los requisitos de clasificación de ubicaciones peligrosas de NFPA 70, Clase 1, División 2.
1106.4 Refrigerantes inflamables. Si se utilizan refrigerantes
de los Grupos A2, A3, B2 y B3, el cuarto de máquinas debe cumplir con los requisitos del Código Eléctrico del ICC (ICC EC) para clasificación ubicaciones peligrosas Clase 1, División 2. Excepción: Cuarto de máquinas de amoníaco. [F] 1106.5 Controles remotos . Se debe tener control remoto delosequiposyartefactosmecánicoscolocadosenelcuartode máquinas, de acuerdo con la Sección 606.9 del Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC). 105
REFRIGERACIÓN
Se debe tener un interruptor claramente identificado, del tipo de vidrio rompible, que tenga control de sólo apagado de todos los equipos y artefactos activados eléctricamente en el cuarto de máquinas, además de los detectores de fuga de refrigerante y la ventilación del cuarto de máquinas. Excepción: En cuartos de máquinas donde se utilicen sólo refrigerantes no inflamables, equipo y artefactos eléctricos que no sean compresores, no se requiere la [F] 1106.5.1 Sistema de refrigeración.
presencia de un interruptor de corte.
[F]1106.5.2 Sistema de ventilación. Se debe tener un des-
conector claramente identificado, del tipo de vidrio rompible, que tenga control sólo de encendido de los ventiladores para ventilación del cuarto de máquinas. [F]1106.6 Rótulos y señales de emergencia. Las unidades y sistemas de refrigeración deben tener rótulos, afiches, y señales de acuerdo con el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
SECCIÓN 1107 TUBERÍA DE REFRIGER ACIÓN 1107.1 Generalidades. Toda la tubería de refrigeración debe instalarse, probarse, y ponerse en funcionamiento de acuerdo con este capítulo. 1107.2 Cerramientos de tuberías. Se deben tener cerramientos de metal rígido o flexible, o conductos de tuberías, para las tuberías semirrígidas de cobre recocido suave y que se usen para tuberías de refrigeración instaladas en sitio, y que contengan refrigerantes que no sean del Grupo A1 y B1. No se requieren cerramientos para conexiones entre unidades condensadoras y la caja de tubos verticales máscerca na si tales conexiones no tienen más de 6 pies (1829 mm) de largo. 1107.3 Condensación. Toda tubería y accesorios de refrigeración, y tuberías y accesorios de salmuera, que durante su operación normal lleguen a una temperatura superficial menor que el punto de rocío del aire circundante, y que estén en espacios o áreas en donde la condensación cause un peligro a los ocupantes de la edificación, estructura, equipo eléctrico, o cualquier otro equipo o artefacto, debe protegerse de una manera aprobada para evitar tales daños. 1107.4 Materiales para tubería rígida y semirrígida de refrigeración. Los materiales para tubería deben ser según se
indica en las Secciones desde 1107.4.1 hasta 1107.4.5. 1107.4.1 Tubería rígida de acero. Para líneas de líquido de refrigerante de los Grupos A2, A3, B2 o B3 de tamaños de 1.5 pulgadas (38 con mm)un y menor se de debe usarno tubería rígida acero al carbón espesor pared menor de de Schedule 80. Se debe usar tubería rígida de acero al carbón con un espesor de pared no menor de Schedule 40 para líneas de líquido de refrigerante de los Grupos A1 o B1 de tamaños de 6 pulgadas (152 mm) y menor, para líneas de líquido de refrigerante de los Grupos A2, A3, B2 o B3 desde 2pulgadas(51mm)hasta6pulgadas(152mm),yparatodas las líneas de succión y descarga de refrigerante de 6 pulgadas (152 mm) y menor. No se permite usar tubería rígida de acero del Tipo F para líneasde refrigerante con una temperatura de operación menor de -20 ºF (-29 C). 106
1107.4.2 Tubería rígida de cobre y latón. La tubería rígida
de hierro estándar, y la tubería rígida de cobre y latón rojo (de no menos de 80 por ciento de cobre) debe cumplir con ASTM B 42 y ASTM B 43.
La tubo de cobre para tubería de refrigerante instaladaen el sitio debe ser sincostu ra del Tipo ACR(templedurootempleblando)segúnASTMB280.En aquellos casos en que esté aprobado, el tubo de cobre para tubería de refrigerante instalada en el sitio debe ser sin costura del Tipo K, L o M (temple duro o temple blando) de acuerdo con ASTM B 88. No se permite usar tubo de cobre de temple blando en tamaños nominales mayores de 2 pulgadas (51 mm). No se permite usar juntas mecánicas en tubo de cobre de temple blando en tamaños mayores de 7 /8 pulgada (22.2 mm) de diámetro exterior. 1107.4.3 Tubo de cobre.
Las juntas de tuberías semirrígidas de cobre usadas en sistemas de refrigeración que tienen refrigerantes de los Grupos A2, A3, B2 o B3 deben hacerse con soldadura fuerte. La soldadura con estaño (o soldadura blanda) no debe usarse en dichos sistemas de refrigeración. 1107.4.4 Juntas de tuberías semirrígidas de cobre.
No se permite usar tuberías semirrígidas de aluminio del Tipo 3003-0 con accesorios de alta presión con cloruro de metilo u otros refrigerantes conocidos por atacar el aluminio. 1107.4.5 Tubo de aluminio.
1107.5 Juntas y partes que contienen refrigerantes dentro de conductos de aire. Las juntas y todas las partes que
contengan refrigerantes de un sistema de refrigeración instalados dentro de un conducto de aire, de un sistema de aire acondicionado que transporta aire acondicionado haciay desde espacios ocupados por seres humanos, deben construirse para resistir, sin fuga, una presión de 150 por ciento de la presión de diseño, o de la presión del dispositivo de alivio, cualquiera sea mayor. 1107.6 Exposición de juntas de tuberías de refrigerante. Las
juntas de tuberías de refrigerantes instaladas en sitio deben exponerse para inspección visual antes de ser cubiertas o encerradas. Todos los sistemas con compresores de desplazamiento positivo que tengan más de 6.6 libras (3 kg ) de refrigerante deben tener válvulas de cierre instaladas como se indica a continuación: 1107.7 Válvulas de cierre.
1. En la entrada a cada compresor, unidad compresora, o unidad condensadora. 2. En la descarga de cada compresor, unidad compresora, o unidad condensadora, y de cada receptor de líquido. Excepciones:
1. Sistemas que tienen una función de bombeo final de refrigerante capaz de almacenar la carga completa de refrigeranteen un recibidor o intercambiador de calor. 2. Sistemas que tengan previsiones para bombeo final del refrigerante usando equipos de recuperación portátiles o permanentemente instalados. 3. Sistemas autocontenidos. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
REFRIGERACIÓN
Todo sistema que contenga 100 libras (45 kg) o más de un refrigerante, exceptuando aquellos sistemas que tienen compresores de desplazamiento positivo, debe tener válvulas de cierre en la entrada de cada receptor de líquido, además de lo requerido en la Sección 1107.7. No se requiere válvulas de cierre en la entrada de un receptor de una unidad condensadora, ni en la entrada de un receptor que sea parte integral de un condensador.
que descarga hacia el lado de succión de otro compresor, el compresor de baja debe considerarse como parte del lado de baja presión, siempre y cuando este protegido con un dispositivo de alivio de presión.
Las válvulas corte en tubería semirrígida de cobre de temple blando, ode tubería semirrígida de cobre endurecido por estiramiento de 7 pulgada ( 22.2 mm) de diámetro exterior o menor, deben 8 montarse de manera segura e independiente de los soportes de la tubería semirrígida. 1107.7.3 Identificación. Las válvulas de corte deben estar debidamente identificadas si su propósito no es obvio. No se permite usar números para identificar las válvulas, a menos que una simbología de los números se coloque cerca de las válvulas.
1108.2Gases de prueba. Las pruebas deben realizarse con un
1107.7.1 Receptores de líquido.
1107.7.2 Tubería semirrígida de cobre.
SECCIÓN 1108 PRUEBAS EN EL SITIO 1108.1 Generalidades. Todo componente que contenga refrigerante que sea instalado en el sitio, excepto compresores, condensadores, recipientes, evaporadores, dispositivos de seguridad, medidoresde presión, y mecanismos de control, que esté certificado probado en fábrica, probarseyenantes sitiode para asegurar suyhermeticidad despuésdebe de instalado entrar en funcionamiento. Las pruebas deben hacerse en los lados de alta y baja presión de cada sistema, a una presión no menor que la presión de diseño o la presión de ajuste de los dispositivos de alivio de presión, cualquiera sea el valor más bajo. Las presiones de diseño para la prueba deben ser aquellas indicadas en la placa de la unidad condensadora, compresor, o unidad compresora, según lo requiere ASHRAE 15. Excepciones:
1. Tanques de almacenamiento de gas a granel que no estén per ma nente me nte conec tad os a un sis tem a de refrigeración. 2. Los sistemas instalados en sitio con tubería semirrígida de cobre de menos de 5 8 pulgadas (15.8 mm) de diámetro exterior, con espesor de pared según lo requiere ASHRAE 15, deben someterse a pruebas de acuerdo con la Sección 1108.1, o por medio de refrigerante cargado en el sistema a una presión igual o mayor a la presión del vapor saturado del refrigerante a 70 ºF (21 ). 3. Los sistemas con cargas limitadas que están equipados con un dispositivo de alivio de presión, y son instalados en sitio, deben probarse a una presión no menor de una vez y media la presión de ajuste del dispositivo de alivio. Si el equipo o artefacto ha sido probado por el fabricante a una vez y media la presión de diseño, la prueba a efectuarse después de instalado debe hacerse a la presión de diseño. 1108.1.1 Compresor de baja presión. Si se usa un compresor de baja presión para obtener una presión intermedia y CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
1108.1.2 Compresores centrífugos/desplazamiento no positivo. Al efectuarse pruebas en el sitio de sistemas con
compresores centrífugos u otros compresores de desplazamiento no positivo, se debe considerar el sistema completo como parte del lado de baja presión.
gas seco inerte, incluyendo nitróge no y dióxido de carbono, aunque pueden usarse otros. No se permite usar oxígeno, aire, gases combustibles, ni mezclas que contengan dichos gases. Excepción: Se permite el uso de aire para probar sistemas con R-717, amoníaco, siempre y cuando se haga vacío antes de cargar el refrigerante. 1108.3 Aparatos de prueba. El medio que se use para ejercer la presión de prueba debe tener un dispositivo que limite la presión, o un dispositivo de reducción de presión, y un medidor en la descarga. 1108.4 Declaración. Se debe emitir un certificado de prueba para todos los sistemas que contengan 55 libras (25 kg) o más de refrigerante. El certificado debe especificar el nombre del refrigerante y la presión de prueba aplicada en obra a los lados de alta y baja presión. El certificado de prueba debe portar la firma del instalador y estar disponible como información pública.
[F]SECCIÓN 1109 PRUEBAS PERIÓDICAS [F]1109.1 Pruebas requeridas. Se deben efectuar pruebas periódicas a los siguientes dispositivos y sistemas de emergencia de acuerdo con las instrucciones del fabricante y con lo requerido por la autoridad competente: 1. Sistemas de tratamiento y aviso. 2. Válvulas y accesorios necesarios para el funcionamiento de cajas de control de refrigeración de emergencia. 3. Ventiladores y equipos asociados del sistema de ventilación de emergencia. 4. Sistemas de detección y alarma.
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CAPÍTULO 12
SISTEMAS HIDRÓNICOS DE TUBERÍAS SECCIÓN 1201 GENERALIDADES
TABLA1202.4-continuación TUBERÍAS HIDRÓNICAS
1201.1 Alcance. Las disposiciones de este capítulo deben reg-
ular lo relativo a la construcción, instalación, modificación y reparación de sistemas hidrónicos de tuberías. Este capítulo debe regir para sistemas hidrónicos de tuberías que sean parte de sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado. Tales sistemas de tuberías deben abarcar vapor, agua caliente, agua helada, vapor condensado, y sistemas de bombas geotérmicas de calor. Los sistemas de distribución de agua potable y agua caliente deben instalarse de acuerdo con el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC). 1201.2 Tamaños de tuberías. Los sistemas hidrónicos de tuberías deben dimensionarse para la demanda del sistema.
SECCIÓN 1202 MATERIALES 1202.1 Tuberías. Los materiales de tuberías deben cumplir con los estándares citados en esta sección. Excepción: Tuberías embebidas reguladas por Sección 1209. 1202.2 Materiales usados. Las tuberías, accesorios, y válvulas reusados u otros materiales deben estar limpios y libres de materiales ajenos, y deben ser aprobados por la autoridad competente para su reuso. 1202.3 Clasificación de materiales. Los materiales deben estar clasificados para su uso a las temperaturas y presiones de operación del sistema hidrónico. Los materiales deben ser adecuados para su uso con el tipo de fluido del sistema hidrónico. 1202.4 Estándares de materiales de tuberías. Las tuberías hidrónicas deben cumplir con los estándares indicados en la Tabla 1202.4. El exterior de la tubería debe protegerse contra corrosión y degradación.
TABLA 1202.4 TUBERÍAS HIDRÓNICAS NORMA (vea Capítulo 15)
MATERIAL
Tubería rígida plástica (ABS) acrilonitrilo butadieno estireno
ASTM D 1527; ASTM D 2282
Tubería rígida de latón
ASTM B 43
Tubería de latón semirrígida
ASTM B 135
(continúa)
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MATERIAL
Tubería rígida de cobre o sus aleaciones
NORMA (vea Capítulo 15)
ASTM B 42; ASTM B 302
Tubo de cobre o sus aleaciones (Tipo K, L o M)
ASTM B 75; ASTM B 88; ASTM B 251
Tubería rígida plástica (CPVC) cloruro de polivinilo clorinado
ASTM D 2846; ASTM F 441; ASTM F 442
Tubería rígida para presión Polietileno de enlace cruzado/aluminio/ polietileno de enlace cruzado (PEX–AL–PEX)
ASTM F 1281; CSA CAN/CSA-B-137.10
Tubería semirrígida de polietileno de enlace cruzado (PEX)
ASTM F 876; ASTM F 877
Tubería rígida de plomo FS WW-P-325B Tubería rígida y semirrígida ASTM D 3309 plásticas de polibutileno Tubería rígida y semirrígida ASTM D 2513; ASTM D 3035; y accesorios de polietileno ASTM D 2447; ASTM D 2683; (PE), (para sistemas de ASTM F 1055; ASTM D 2837; bomba de calor enfriados ASTM D 3350; ASTM D 1693; por el suelo) Tubería rígida plástica (PVC) ASTM D 1785; ASTM D 2241 Cloruro de polivinilo Tubería rígida de acero
ASTM A 53; ASTM A 106
Tubería semirrígida de acero ASTM A 254
1202.5 Accesorios de tuberías. Los accesorios de tuberías hidrónicas deben estar aprobados para instala rse con los materiales de tuberías correspondientes, y deben cumplir con las normas de tuberías, o con las normas indicadas en la Tabla 1202.5. 1202.6 Válvulas. Las válvulas deben construirse con materiales que sean compatibles con el tipo de material de las tuberías y los fluidos del sistema. Las válvulas deben estar clasificadas para su uso a las temperaturas y presiones del sistema en que se instalen. 1202.7 Conectores flexibles, y compensadores de expansión y vibración. Los conectores flexibles y dispositivos de control de expansión y vibración, así como sus accesorios, deben ser de un tipo aprobado. 109
SISTEMAS HIDRÓNICOS DE TUBERÍAS
TABLA1202.5 ACCESORIOS DE TUBERÍAS HIDRÓNICAS M A T E RI A L
N ORM A ( v e a C a p í t u l o 1 5 )
Latón
ASTMF1974
Bronce
ASMEB16.24
Cobre y sus aleaciones
ASME B16.15; ASME B16.18; ASME B16.22; ASME B16.23; ASME B16.26; ASME B16.29
Hierrogris
ASTMA126
Hierro maleable
ASME B16.3
Plástico
ASTM D 2466; ASTM D 2467; ASTM D 2468; ASTM F 438; ASTM F 439; ASTM F 877
Acero
ASME B16.5; ASME B16.9; ASME B16.11; ASME B16.28; ASTM A 420
1203.3.4 Juntas cementadas con solvente. Las superficies a soldar deben estar limpias y sin humedad. Para unir piezas de CPVC y PVC debe aplicarse un imprimador aprobado. La unión debe hacerse mientras el cemento está húmedo. Se debe aplicar a todas las superficies un cemento solvente que cumpla con los siguientes estándares:
1. ASTM D 2235 para juntas de ABS. 2. ASTM F 493 para juntas de CPVC. 3. ASTM D 2564 para juntas de CPVC. Las junta s de CPVC deben hacerse de acuerdo con ASTM D 2846. 1203.3.5 Juntas roscadas. Las roscas deben cumplir con ASME B1.20.1. Para tuberías rígidas plásticas de Schedule 80 o mayor las roscas se deben hacer con mo ldes diseñados específicamente para tubería rígida plástica. Se debe aplicar un lubricante de rosca, un compuesto para juntas, o cinta únicamente sobre la rosca macho, y tal material debe estar aprobado para dicha aplicación específica. 1203.3.6 Juntas soldadas por fusión. Las superficies deben limpiarse siguiendo un procedimiento aprobado. Las juntas deben soldarse con un materialde aporte aprobado.
SECCIÓN 1203 JUNTAS Y CONEXIONES 1203.1 Aprobación. Las juntas y conexiones deben ser de un tipo aprobado. Las juntas y conexiones deben sellar her-
méticamente para las presiones del sistema hidrónico. 1203.1.1 Juntas entre tuberías de diferentes materiales. Las juntas entre tuberías de materiales diferentes deben hacerse con accesorios adaptadores aprobados. Las juntas entre tuberías de materiales metálicos diferentes deben hacerse con accesorios dieléctricos aprobados o con accesorios convertidores de bronce. 1203.2 Preparación de extremos de tuberías. Las tuberías deben cortarse a ángulo recto, y debe hacerse un escariado y un biselado, y deben quedar libre de rebabas y obstrucciones. Los extremos de las tuberías deben quedar plenamente abiertos y sin resquicios. 1203.3 Preparación e instalación de juntas. En los casos en que así se requiera por las Secciones desde 1203.4 hasta 1203.14, la preparación e instalación de juntas con soldadura fuerte, mecánicas, soldadas, cementadas con solvente, roscadas, y soldadas por fusión debe cumplir con las Secciones desde 1203.3.1 hasta 1203.3.7.
1203.3.7 Juntas con muesca o ranuradas. Las juntas con muesca o ranuradas deben cumplir los requisitos de ASTM F1476 y deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. 1203.3.8 Accesorios en forma de T formados mecánicamente. Las salidas extraídas mecánicamente deben tener una altura no menor de tres veces el espesor de la pared de la tubería en ramal. 1203.3.8.1 Verificación de flujo pleno. Las tuberías en ramal no deben restringir el flujo en el tubo principal. Se debe formar un tope de profundidad/hoyuelo en el tubo en ramal para asegurarse de que la penetración en la salida tenga la profundidad adecuada. Para efectos de inspección, un segundo hoyuelo debe hacers e 0.25 pulgadas (6.4 mm) arriba del primer hoyuelo. Los hoyuelos deben estar alineados con el tubo principal. 1203.8.2 Juntas con soldadura fuerte. Los accesorios en forma de T formados mecánicamente soldados con soldadura fuerte deben hacerse de acuerdo con la Sección 1203.3.1. 1203.4 Tu bería rígida plástica de ABS. Las juntas entre tuberías rígidas o accesorios de ABS deben hacerse con cemento solvente o con juntas roscadas según la Sección
1203.1 Juntas con soldadura fuerte. Las superficies a soldar deben estar limpias. Se debe usar un fundente aprobado cuando se requiera. La junta debe hacerse con un metal de aporte conforme a AWS A5.8.
1203.3. 1203.5 Tubería rígida de latón. Las juntas entre tubería rígida o accesorios de latón deben ser mecánicas, roscadas, soldadas por fusión o con soldadura fuerte, según se indica en la Sección 1203.3.
1203.2 Juntas mecánicas. Las juntas mecánica s deben instalarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
1203.6 Tub ería semir rígida de latón. Las juntas entre tuberías semirrígidas o accesorios de latón deben ser mecánicas, soldada, o con soldadura fuerte, según se indica en la Sección 1203.3.
1203.3.3 Juntas soldadas. Las superficies a soldar deben estar limpias. Se debe aplicar un fundente conforme con ASTM B 813. La junta debe soldarse con una soldadura conforme a ASTM B 32. 110
1203.7 Tubería rígida de cobre o sus aleaciones. Las juntas entre tuberías o accesorios de cobre o sus aleaciones deben ser CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
SISTEMAS HIDRÓNICOS DE TUBERÍAS
mecánicas, soldadas, con soldad ura fuert e, rosca das, o soldadas por fusión según se indica en la Sección 1203.3 1203.8. Tuberías semirrígidas de cobre o sus aleaciones. Las juntas entre tuberías semirrígidas o accesorios de cobre o sus aleaciones deben ser mecánicas, con soldadura con estaño, o con soldadurafuert e según se indica en la Sección 1203.3 o con juntas abocinadas según se indica en la Sección 1203.8.1. 1203.8.1. Juntas abocinadas. Las juntas abocinadas deben hacerse con una herramienta diseñada específicamente para tal operación. 1203.9 Tubería rígida de plástico de CPVC. Las juntas entre tubería rígida o accesorios de plástico CPVC deben ser con cemento solvente o roscadas según se indica en la Sección 1203.3. 1203 .10 Tubería rígida y semirrígida de plástico polibutileno. Las juntas entre tubería rígida y semirrígida o accesorios de plástico polibutileno deben ser juntas mecánicas según seindi caen laSecc ión 1203.3 o juntasfund idas a basede calor según la Sección 1203.10.1. 1203.10.1 Juntas fundidas con calor. Las juntas deben ser del tipo receptáculo o de tope. Las superficies deben estar limpias y sin humedad. Las superficies deben calentarse a la temperatura de fusión y luego unirse. La junta debe mantenerse inmóvil hasta enfriarse. Las juntas deben hacerse según ASTM D 3309. 1203.11Tubería semirrígida de plástico de polietileno de enlace cruzado (PEX). Las juntas entre tuberías semirrígidas y accesorios de plástico de polietileno de enlace cruzado debe hace rse según se indi ca en las Seccion es 1203 .11.1 y 1203.11.2. Las juntas mecánicasdeben hacerse según se indica en la Sección 1203.3. 1203.11.1 Accesorios de compresión. Enelcasoenquelos accesorios de compresión tengan elementos insertados y casquillos o anillos circulares, los accesorios deben instalarse sin omitir los elementos insertados o anillos. 1203.11.2 Conexionesde plástico a metal. La soldaduraen una parte metálica del sistema debe hacerse al menos a 18 pulgadas (457 mm) del adaptador de plástico a metal de dicha línea de agua. 1203.12 Tubería rígida de plástico de PVC. Las juntas entre tubería rígida y accesorios de plástico PVC deben hacerse con cemento solvente o con rosca según se indica en la Sección 1203.3. 1203.13 Tubería rígida de acero. Las juntas entre tuberías rígidas o accesorios de acero deben serjunta s mecánicas conun
sello elastomérico aprobado, o deben ser roscadas o soldadas por fusión según se indica en la Sección 1203.3. 1203.14 Tuberías semirrígidas de acero. Las juntas entre tuberías semirrígidas o accesorios de acero deben ser juntas mecánicas o soldadas por fusión según se indica en la Sección 1203.3. 1203 .15 Tube rías rígi das y semi rríg idas de plás tico polietileno para sistemas de bombas geotérmicas de calor. Las juntas entre tuberías rígidas y semirrígidas o accesorios de plástico polietileno para sistemas de bombas geotérmicas de calor deben ser juntas por fusión con calor según se indica en la CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
Sección 1203.15.1, juntas por electrofusión según Sección 1203.15.2, o juntas por inserción con dientes según Sección 1203.15.3. 1203.15.1 Juntas fundidas con calor. Las juntas deben ser por fusión de receptáculo, fusión de montura, o fusión a tope, y ser hechas de acuerdo con las instrucciones del fabricante de la tubería. Las superficies deben estar limpias y sin humedad. Las superficies deben calentarse hasta la temperatura de fusión y luego unirse. La junta debe
mantenerse inmóvil hasta enfriarse. Los accesorios deben fabricarse de acuerdo con ASTM D 2683. 1203.15.2 Juntas electrofundidas. Las juntas deben ser electrofundidas. Las superficies deben estar limpias y sin humedad, y deben rasparse hasta exponer la resina virgen. Las superficies deben calentarse hasta la temperatura de fusión por el lapso especificado por el fabricante. La junta debe mantenerse inmóvil hasta enfriarse. Los accesorios deben fabricarse de acuerdo con ASTM F 1055. 1203.15.3 Accesorios de inserción con dientes. Las superficies deben estar limpias y sin humedad. Los extremos de tuberías deben biselarse e insertarse dentro del accesorio a toda su profundidad. Los accesorios deben fabricarse de acuerdo con ASTM D 2513.
SECCIÓN 1204 AISLAMIENTO DE TUBERÍAS 1204.1 Características del aislamiento. El aislamiento para tuberías en edificaciones debe cumplir con los requisitos del Código Internacional de Conservación de la Energía (IECC), debe someterse a ensayos según ASTM E 84 usando la preparación del espécimen y procedimientos de montaje de ASTM E2231; y debe tener un índice de propagación de llama máximode 25 y un índicede generación dehum o deno más de 450. Todo aislamiento instalado dentro de un pleno de aire debe cumplir con la Sección 602.2.1. Excepción: Los índices de propagación de llama y de generación de humo no son válidos para viviendas de una o dos familias. 1204. 2 Espe sor requerido. Toda tubería hidrónica debe aislarse usando el espesor requerido por el Código Internacional de Conservación de la Energía (IECC).
SECCIÓN 1205 VÁLVULAS
1205.1 Donde se requieren. Se deben instalar válvulas de corte en sistemas hidrónicos de tuberías en los lugares indicados en las Secciones desde 1205.1.1 hasta 1205.1.6. 1205.1.1 Intercambiadores de calor. Se deben instalar válvulas de corte en el lado de suministro y retorno de todo intercambiador de calor. Excepción: No se requieren de válvulas de corte si el intercambiador de calor es parte integral de una caldera, o es un componente de una caldera de un fabricante, o es un compon ent e de una uni dad paq uet e de int er111
SISTEMAS HIDRÓNICOS DE TUBERÍAS
cambiador de calor, y se pueden aislar del sistema hidrónico con el uso de las válvulas de suministro y retorno indicadas en la Sección 1005.1. 1205.1.2 Sistemas centrales. En un sistema central se deben instalar válvulas de corte en el suministro hacia y retorno desde la edificación. 1205.1.3 Recipientes a presión. Se deben instalar válvulas de corte en la conexión a todo recipiente a presión. 1205.1.4 Válvulas reductoras de presión. Se deben instalar válvulas de corte a ambos lados de una válvula reductora de presión. 1205.1.5 Equipos y artefactos. Se deben instalar válvulas de corte en lasconex iones a equipos y artefactos mecánicos. Este requisito no es válido para componentes de sistemas hidrónicos tales como bombas, separadores de aire, dispositivos de medición y equipos similares. 1205.1.6 Tanques de expansión. Se deben instalar válvulas de corte en la conexión a tanques de expansión sin diafragma. 1205.2 Presión reducida. Se debe instalar una válvula de alivio de presión en el lado de baja presión de un sistema hidrónico de tuberías al que se le reduce la presión. La válvula de alivio debe ajustarse a la máxima presión de diseño del sistema. La válvula debe instalarse de acuerdo con la Sección 1006.
espacio libre mínimo de 1 pulgada (25 mm) a materiales combustibles. 120 6.6 Con tac to con mat eriale s de la edific aci ón. Un sistema hidrónico de tuberías no debe estar en contacto directo con materialesde la edificación quecause n que el material de la tubería sufra degradación o corrosión, o que interfiera con el funcionamiento del sistema. 1206.7 Golpe de ariete. La velocidad del flujo en un sistema hidrónico de tuberías debe controlarse de modo que se reduzca la posibilidad de golpe de ariete. Si una válvula de cierre rápido puede oc asio na r golpe de arie te, se de be instalar un amortiguador de golpe de ariete. El amortiguador debe colocarse dentro de una cierta distancia según lo especifique el fabricante de la válvula de cierre rápido. 1206.8 Pendiente de tuberías de vapor. Toda tubería de vapor debe instalarse de modo que drene hacia la caldera o la trampa de vapor. Los siste mas de vapor no deben tener puntos recolectores de condensado que reduzcan la capacidad de las tuberías. 1206. 9 Esfu erzo s y defo rmac ione s. Toda tuber ía debe instalarse de modo que no se generen esfuerzos y deformaciones nocivos para la tubería. Se deben tomar las medidas necesarias para proteger la tubería de daños producidos por la expansión, contracción, o reacomodo estructural. La tubería debe instalarse de forma que no cause esfuerzos y deformaciones estructurales en los componentes de la edificación. 1206.9.1 Riesgo de inundación. Toda tubería en una zona
SECCIÓN 1206 INSTALACIÓN DE TUBERÍAS 1206.1 Generalidades. Las tuberías, válvulas, accesorios, y conexiones deben instalarse de acuerdo con las condiciones de su aprobación. 1206.1.1 Tes prohibidas. Un fluido en el lado de suministro de un sistema hidrónico no debe entrar a una T por el lado del ramal. 1206.2 Drenaje del sistema. Los sistemas hidrónicos de tuberías deben diseñarse e instalarse de modo que sea posible drenar el sistema. Si el drenaje del sistema descarga a un sistema de desagüe sanitario, la instalación debe cumplir con los requisitos del Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC). 1206.3 Pr otección del agua pota ble. El sistema de agua potable debe protegerse contra flujo invertido de acuerdo con el
Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC). 1206.4 Penetraciones de tuberías. Las aberturas en paredes, pisos, o cielorrasos para el paso de tuberías deben ser más grandes que la tubería. Las aberturas a través de elementos de hormigón o mampostería deben tener mangas. El espacio anularalred edor de la penetración de la tubería debe protegerse de acuerdo con el Código Internacional de la Edificación (IBC). 1206.5 Espacios libres a materiales combustibles. Toda tubería de un sistema hidrónico de tuberías en el que la temperatura exterior supere los 250 ºF (121°C) debe tener un 112
con riesgo de inundación debe ser capaz de resistir las cargas y esfuerzos hidrostáticos e hidrodinámicos, incluyendo los efectos de flotación, durante la ocurrencia de una inundación que llegue hasta el nivel de inundación de diseño. 1206.10 Soportes de tubería. La tubería debe soportarse de acuerdo con la Sección 305. 1206.11 Condensación. Se deben tomar medidas para impedir la formación de condensación en el exterior de tuberías.
SECCIÓN 1207 FLUIDOS DE TRANSFERENCIA 1207.1 Punto de inflamación. El punto de inflamación de un fluido de transferencia en un sistema hidrónico de tuberías debe estar al menor 50°F (28 ºC) por encima de la temperatura máxima de operación del sistema. 1207.2 Agua de reposición. El fluido de transferencia debe ser compatible con el agua de reposición suministradaal sistema.
SECCIÓN 1208 PRUEBAS 1208.1 Generalidades. Todo sistema hidrónico de tuberías, exceptuando los sistemas de bombas geotérmicas de calor, debe probarse hidrostáticamente a una presión igual a una y media veces la máxima presión de diseño del sistema, pero en ningún caso inferior a 100 psi (689 kPa). La duración de cada prueba debe ser de al menos 15 minutos. Los sistemas de CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
SISTEMAS HIDRÓNICOS DE TUBERÍAS
bombas geotérmicas de calor deben probarse de acuerdo con la Sección 1208.1.1. 1208.1.1 Sistemas de bombas geotérmicas de calor. Antes de que las trincheras de conexiones (cabezales) se rellenen, el sistema de tuberías debe sometersea una prueba de presión con agua a 100 psi (689 kPa) por 30 minutos sin que se detecten fugas. Se deben hacer pruebas de flujo y caídas de presión, y los valores medidos deben compararse con los valores de diseño calculados. Si el valor medido de
caudal y caída de presión difieren de los valores de diseño calculados por más de 10 por ciento, el problema debe identificarse y corregirse.
SECCIÓN 1209 TUBERÍAS EMBEBIDAS 1209.1 Materiales. La tubería para paneles de calefacción debe ser tuber ía rígida de acero de peso estándar, tubería semirrígida de cobre de Tipo L, tubería rígida o semirrígida de polibutileno, u otro plástico aprobados, clasificados para 100 psi (689 kPa) a 180°F (82 ºC). 1209.2 Presurización durante instalación. Toda tubería a ser embebida en hormigón debe someterse a pruebas de presión antes de vaciarel hormigón. Durante el vaciado, la tubería debe mantenerse a la presión de funcionamiento propuesta. 1209.3 Juntas embebidas. Las juntas de tuberías rígidas o semirrígidas que han de quedar embebid as en una parte de una edificación, tales como en hormigón o repello, deben cumplir
con los requis itos de las Secciones desde 1209.3.1 hasta 1209.3.3. 1209.3.1 Juntas de tuberías rígidas de acero. La tubería rígida de acero debe soldarse por fusión con arco eléctrico u oxígeno/acetileno. 1209.3.2 Juntas de tuberías semirrígidos de cobre. Las tuberías semirrígidas de cobre deben unirse con soldadura en fuerte con material de aporte con un punto de fusión no menor de 1,000°F ( 538 ºC). 1209.3.3 Juntas de polibutileno. Las tuberías rígidas y semirrígidas de polibutileno deben instalarseen tramos continuos o deben unirse por fusión con calor de acuerdo con la Sección 1203.10.1. 1209.4 Tubería asociada pero no embebida. Las juntas de otras tuberías que se encuentren en cavidadeso estén expuestas debe unirse usando métodos aprobados de acuerdo con las instruc cion es de inst alac ión del fabricante y secciones aplicables de este código.
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CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
CAPÍTULO 13
TUBERÍAS Y ALMACENAMIENTO DE GASÓLEO SECCIÓN 1301 GENERALIDADES 1301.1 Alcance. Alcance. Las disposiciones este capítulo deben regular lo relativo al diseño, instalación,de construcción, y reparación de sistemas de almacenamiento y tuberías de gasóleo. El almacenamiento de gasóleo y líquidos combustibles inflamables debe cumplir con lo establecido en los Capítulos 6 y 34 del Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC). 1301 .2 Sistema s de tuberías y de almacenamiento. Los sistemas de almacenamiento de gasóleo deben cumplir con el Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC) . Los sistemas de tuberías de gasóleo deben cumplir con los requisitos de este código. 1301.3 Tipos de combustibles. Todo artefacto debe diseñarse para usar el tipo de combustible que recibirá. Tal artefacto no debe convertirse del combustible especificado en la placa de datos a un combustible diferente sin obtener la aprobación de la autoridad competente. 1301.4 Tanques, tuberías y válvulas de combustible.. Los tanques, tuberías, y válvulas de artefactos que quemen gasóleo deben instalarse de acuerdo con los requisitos de este capítulo. Cuando un tanque dé servicio a un quemador de gasóleo, y cualquier parte del tanque esté por encima de la conexión de entrada del quemador y si la línea de suministro sale de la parte superior del tanque, se debe instalar una válvula antisifón o algún otro dispositivo que interrumpa el efecto sifón en lugar de una válvula de corte. 1301. 5 Tanque s abando nados o elimin ados. Todas las tuberías exteriores emplaza das sobre el nivel de terreno asociadas a tanques abandon ados o removidos deben ser eliminadas junto con los mismos. El abandono y remoción de tanques debe realizarse de acuerdo con la Sección 3404.2.13 del Código Internacional de Protección contra Incendios (IFC).
TABLA 1302.3 TUBERÍAS PARA GASÓLEO MATERIAL
NORMA (vea capítulo 15)
Tubería rígida de latón
ASTM B 43
Tubería semirrígida de latón
ASTM B 135
Tubería rígida de cobre o sus aleaciones Tubería semirrígida de cobre o sus aleaciones (Tipo K, L o M)
ASTM B 42; ASTM B 302 ASTM B 75; ASTM B 88; ASTM B 280
Tubería rígida con plomo
(vea Sección 1302.4)
Tubería rígida no metálica
ASTM D 2996
Tubería rígida de acero
ASTM A 53; ASTM A 106
Tubería semirrígida de acero
ASTM A 254; ASTM A 539
1302.5 Accesorios y válvulas. Los accesorios y válvulas
deben estar aprobados losmismo sistemas de tuberías, deben ser compatibles con, o para ser del material que, laytubería rígida o semirrígida. 1302.6 Doblado de tuberías. La tubería debe estar aprobada para ser doblada. Los dobleces deben hacerse con un equipo aprobado. Los dobleces no deben exceder las limitaciones estructurales de la tubería. 1302.7 Bombas. Las bombas que no sean parte de un artefacto deben ser de desplazamiento positivo. La bomba debe cerrar automáticamente el suministro cuando no esté en operación. Las bombas deben estar certificadas y selladas de acuerdo con UL 343. 1302.8 Conectores y mangueras flexibles. Los conectores y mangueras flexibles deben estar certificados y sellados de acuerdo con UL536.
SECCIÓN 1302 MATERIALES 1302.1 Gener des.. Los materialesendeesta tuberías deben cumplir con losalida estándares mencionados sección. 1302.2 Aptitud para uso del sistema. Todos los mate-riales deben ser aptos para las temperaturas y presiones de operación del sistema, y deben ser compatibles con el tipo de líquido. 1302.3 Normas de tuberías.Las tuberías para gasóleo deben cumplir con una de las normas de la Tabla 1302.3. 1302.4 Tuberías no metálicas.Toda tubería no metálica debe estar certificada y sellada como apta para la aplicación deseada para líquidos inflamables y combustibles. La tubería no metálica debe instalarse sólo en exteriores y enterrada. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
SECCIÓN 1303 JUNTAS Y CONEXIONES 1303.1 Aprobaciones. Las juntas y conexiones deben estar aprobadas y ser de un tipo aprobado para sistemas de tuberías de gasóleo. Todas las juntas y conexiones roscadas deben ser herméticas y usar el lubricante o compuesto de tubería adecuado. No se permite usar en líneas de líquidos uniones que requi eran empaques, acopl es dere chos o izquierdos, ni accesorios para soldarque empleen materiales de aportecon un punto de fusión de menos de 1,000 ºF (538 C). No se permite usar accesorios de hierro fundido. Las juntas y conexiones deben ser herméticas para la presión requerida por la prueba.
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TUBERÍAS Y ALMACENAMIENTO DE GASÓLEO
1303.1.1 Juntas entre tubería de materiales diferentes. Las juntas entre tuberías de materiales diferentes deben hacerse con accesorios adaptadores aprobados. Las juntas entre tuberías de materiales metálicos diferentes deben hacerse con accesorios dieléctricos aprobados o con accesorios convertidores de latón. 1303.2 Preparación de extremos de tuberías. Las tuberías deben cortarse a ángulo recto, y debe hacerse un escariado y un biselado, y deben quedar libres de rebabas y obstrucciones. Los
extremos de las tuberías deben quedar plenamente abiertos y sin resquicio. 1303.3 Preparación e instalación de juntas. En los casos en que así se requiera por las Secciones desde 1303.4 hasta 1303.10, la preparación e instalación de juntas con soldadura fuerte, mecánicas, roscadas, y soldadas por fusión debe cumplir con las Secciones 1303.3.1 hasta 1303.3.4. 1303.3.1 Juntas con soldadura fuerte. Las superficies a soldar deben estar limpias. Se debe usar un fundente aprobado cuando se requiera. La junta debe hacerse con un metal de aporte conforme a AWS A5.8. 1303.3.2 Juntas mecánicas. Las juntas mecánicas deben instalarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante. 1303.3.3 Juntas roscadas. Las roscas deben cumplir con ASME B1.20.1. Se debe aplicar un compuesto para juntas o una cinta únicamente sobre la rosca macho. 1303.3.4 Juntas soldadas. Las superficies deben limpiarse siguiendo un procedimiento aprobado. Las juntas deben soldarse con un material de aporte aprobado. 1303.4 Tubería de latón. Las juntas entre tubería o accesorios de latón deben ser con soldadura fuerte, mecánica, roscada, o soldada por fusión según se indica en la Sección 1303.3. 1303.5 Tuberí a semir rígida de latón. Las juntas entre tuberías semirrígidas o accesorios de latón deben ser con soldadurafuert e o mecánicasegú n se indicaen la Sección 1303.3. 1303.6 Tubería rígida de cobre o sus aleaciones. Las juntas entre tubería rígida o accesorios de cobre o sus aleaciones deben ser mecánicas, con soldadura fuerte, roscada, o soldada por fusión según se indica en la Sección 1303.3. 1303.7 Tubería semirrígida de cobre o sus aleaciones. Las juntas entre tuberías semirrígidas o accesorios de cobre o sus aleaciones deben ser mecánicas o con soldadura fuerte según se indica en la Sección 1303.3 o con juntas abocinadas. Las juntas abocinadas deben hacerse con una herramienta diseñada específicamente para tal operación. 1303.8 Tubería rígida no metálica. Las juntas entre tubería rígida o accesorios no metálicos deben instalars e de acuerdo con las instruc ciones del fabricante para las tuberías y accesorios certificados. 1303.9 Tubería rígida de acero. Las juntas entre tuberías rígidas o accesorios de acero deben ser roscadas o soldadas por fusión según se indica en la Sección 1303.3, o ser juntas mecánicas según se indica en la Sección 1303.9.1. 1303.9.1 Juntas mecánicas. Las juntas deben hacerse con un sello elastomérico aprobado. Las juntas mecánicas deben instalarse de acuerdo con las instrucciones del 116
fa-bricante. Las juntas mecánicas deben instalarse sólo en exteriores y enterradas. 1303.10 Tubería semirrígida de acero. Las juntas entre tuberías semirrígidas o accesorios de acero deben ser juntas mecánicas o soldadas por fusión según se indica en la Sección 1303.3. 1303.11 Protección de la tubería. Se deben tomar las previsi ones adec uada s par a la expa nsió n, cont rac ción , y vibración. Toda tubería, excluyendo las tuberías semirrígidas, que esté conectada a tanques enterrados, con la excepción de tramos rectos de llenado y receptáculos de pruebas, debe tener conectores flexibles u otros medios para permitir que el tanque se asiente sin dañar la hermeticidad de las conexiones.
SECCIÓN 1304 SOPORTES DE TUBERÍAS 1304.1 Generalidades. El soporte de tubería debe cumplir con lo establecido en la Sección 305.
SECCIÓN 1305 INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE GASÓLEO 1305.1 Tamaño. Todo sistema de gasóleo debe dimensionarse para la capacidad máxima requerida de gasóleo. El tamaño mínimo de una línea de suministro debe ser de 3 8 pulgada (9.5 mm) de diámetro interno para tuberías rígidas, y de 3 8 pulgada (9.5 mm) de diámetro exterior para tubería semirrígida. El tamaño mínimo de una línea de retorno debe ser de 1 4 pulgada (6.4 mm) de diámetro interno para tuberías rígidas, y de 5 16 pulgada (7.9 mm) de diámetro exterior para tuberías semirrígidos. Las tuberías semirrígidas de cobre deben tener un espesor de pared de 0.035 pulgada (0.9 mm) nominal y 0.032 pulgada (0.8 mm) mínimo. 1305.2 Protección de tuberías, equipos y artefactos. Toda tubería, equipo, y artefactos de gasóleo debe protegerse contra daño físico. 1305.2.1 Riesgo de inundación. Toda tubería, equipo y artefacto de gasóleo ubicado en una zona con riesgo de inundación debe colocarse por encima del nivel de inundación de diseño, y ser capaz de resistir las cargas y esfuerzos hidrostáticos e hidrodinámicos, incluyendo los efectos flotantes, durante la ocurrencia de una inundación que llegue hasta el nivel de inundación de diseño. 1305.3 Tubería de suministro.La tubería de suministro debe conectarse a la parte superior del tanque de gasóleo. El gasóleo debe trasvasar por medio de una bomba de transferencia, una bomba automática, u otros medios aprobados. Excepción: Esta sección no es válida para tanques de gasóleo colocados en el interior de una edificación o estructura, o tanques de gasóleo no enterrados. 1305.4 Tubería de retorno. La tubería de retorno debe conectarse a la parte superior del tanque de gasóleo. No se permite instalar válvulas en la tubería de retorno. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
TUBERÍAS Y ALMACENAMIENTO DE GASÓLEO
1305.5 Presión del sistema. El sistema debe diseñarse para la presión máxima requerida por el artefacto de gasóleo. No se permite usar aire u otros gases para presurizar tanques. 1305.6 Tubería de llenado. La tubería de llenado debe terminar fuera de la edificación en un punto separado al menos 2 pies (610 mm) de cualquier abertura de la edificación que esté al mismo nivel o a uno inferior. La tubería de llenado debe terminar de forma que se minimiceel riego cuando la manguera de llenado se desconecte. La abertura de llenado debe tener una
tapa metálica que no pueda ser abier ta por perso nal no indicado. 1305.7 Tubería de respiradero.La tubería de respiradero de combustible líquido debe terminar fuera de la edificación en un punto separado al menos2 pies (610 mm) medidos vertical u horizontalmente desde cualquier abertura de la edificación. El extremo exterior debe tener un sombrerete o accesorio para intemperie. Todos los sombreretes de respiraderos deben tener un área libre mínima igual al área de sección transversal de la tubería de respiradero, y no deben tener cribas más finas que el Nº 4. Las tuber ías de res pirad ero deb en sob res ali r lo suficientemente sobre el suelo como para evitar que sean tapados por la nieve o hielo. Las tuberías de respiradero de tanques con calentadoresdeben extenderse hasta un punto en el que los vapores se diluyan fácilmente. Si la presión estática de una tubería de respiradero llena de líquido combustible excediera 10 libras por pulgada cuadrada (psi) (69 kPa), el tanque debe diseñarse para la máxima presión estática a la que será sometido.
Lasmezclarse tuberías de respiradero combustibles no deben con tuberías dedellenado, líneas líquidos para quemadores, o líneas de rebalse de tanques auxiliares.
SECCIÓN 1307 VÁLVULAS PARA GASÓLEO 1307.1 Cierre al edificio. Se debe instalar una válvula de cierre en la línea de suministro de gasóleo a su entrada de la edificación. Se permite que tanques interiores o no enterrados tengan válvulas instaladas en el tanque. La válvula debe permitir el corte del flujo del gasóleo a la edificación, o al artefacto que recibe alimentación, siempre y cuando la válvula se instale en el interior de la edificación. 1307.2 Corte de un artefacto. Si se tiene instalado más de un artefacto de combustión de gasóleo, cada artefacto debe tener una válvula de corte en su línea de conexión. 1307.3 Válvula de alivio para bomba. Si una bomba es capaz de superar las limitacionesde presión del sistema de gasóleo, y se tiene una válvula de cierre en la línea de descarga de la bomba, se debe instalar una válvula de alivio en la descarga de la bomba. 1307.4 Válvula de alivio para calentador . Se debe instalar una válvula de alivio en la línea de descarga de todo artefacto de calentamiento de gasóleo. 1307.5 Funcionamiento de válvula de alivio. Toda válvula de alivio debe descargar gasóleo cuando la presión exceda las limitaciones del sistema. La línea de descarga debe conectar al tanque de gasóleo.
SECCIÓN1308 PRUEBAS 1308.1 Pruebas requeridas. Las tuberías de gasóleo deben someterse a pruebas de acuerdo con NFPA 31.
SECCIÓN 1306 MEDICIÓN 1306.1 Indicación de nivel. Todo tanque cuyo nivel no sea mantenido automáticamente por una bomba debe tener una manera de determinar el nivel de gasóleo. 1306.2 Receptáculos de medición. No se permite instalar receptáculos o pozos de medición dentro de edificaciones. En el exterior, los receptáculos de medición deben tener una tapa hermética de metal que no pueda ser abierta por personal no indicado. 1306.3 Tanques interiores. No se permite el uso de varillas de medición para sondear tanques interiores. Todo tanque interior que cuente con líneas de llenado y respiradero debe tener un dispositivo que indique visual o audiblemente cuando se llegue
a un nivel máximo. Este nivel máximo debe ser predeterminado y seguro. 1306.4 Dispos itivos de medic ión. Los disp ositivo s de medición tales como indicadores o señales de nivel de líquido deben diseñarse e instalarse de modo que los vapores del sistema de suministro de líquido combustible no puedan escaparse a la edificación. 1306.5 Tubo indicador de vidrio. Un tanque asociado a un quemador de gasóleo no debe tener un tubo indicador de vidrio, ni cualquier otro tipo de medidor, tal que en caso de quebrarse permita que el gasóleo se escape del tanque. CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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CAPÍTULO 14
SISTEMAS DE ENERGÍA SOLAR SECCIÓN 1401 GENERALIDADES 1401.1 Alcance. Las disposiciones de este capítulo deben reg-
ular lo relativo al diseño, construcción, instalación, modificación y reparación de sistemas, equipos y artefactos que usan la energía solar para la calefacción o enfriamiento de espacios, calentamiento de agua potable caliente, calentamiento de piscinas, o calentamiento de procesos. 1401.2 Suministro de agua potable. La alimenta ción de agua potable a los sistemas de energía solar debe protegerse para que no se contamine de acuerdo con el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC). Excepción: Si toda la tubería del sistema de energía solar es parte del sistema de distribución de agua potable, de acuerdo con los requisitos del Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC), y todos los componentes del sistema de tuberías están certificados para uso en agua potable, no se requiere la protección contra conexiones cruzadas. 1401.3 Intercambiadores de calor. Los intercambiadores de calor usados en sistemas de calentamiento de agua pota-
ble debende estar aprobados para tal uso. sistemala debe tener las medidas protección adecuadas paraEl asegurar potabilidad de la alimentación de agua y del sistema de distribución. 1401.4 Equipos y artefactos de energía solar. Los equipos y artefactos de energía solar deben cumplir con los requisitos de este capítulo y deben instalarse de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante.
1402.4 Colectores montados sobre el techo. Los colectores solares montados en el techo que al mismo tiempo funcionen como medio de cobertura del techo deben cumplir con los
requisitos de coberturas de techos del Código Internacional de la Edificación (IBC). Excepción: El uso de cubiertas plásticas de colectores solares debe limitarse a aquellos materiales plásticos aprobados que cumplen con los requisitos de paneles plásticos para techos del Código Internacional de la Edificación (IBC). 1402.4.1Colectores montados sobre el techo. Cuando estén colocados sobre o por encima de la cubierta del techo, el arreglo de colectores y sus soportes deben construirse de materiales no combustibles o con madera tratada con un retardante del fuego, de acuerdo con lo que indica el Código Internacional de la Edificación (IBC) para el tipo de construcción de techo de la edificación. Excepción: El uso de cubiertas plásticas de colectores solares debe limitarse a aquellos materiales plásticos aprobados que cumplen con los requisitos de paneles plásticos para techos del Código Internacional de la Edificación (IBC). 1402.5 Equipos. Los sistemas de energía solar deben contar con los equipos requeridos en las Secciones desde 1402.5.1 hasta 1402.5.4.
SECCIÓN 1402 INSTALACIÓN
1402.5.1 Presión y temperatura. Los componentes de sistemas de energía solar que contengan fluidos a presión deben protegerse de presiones y temperaturas que excedan sus limitaciones de diseño con válvulas de alivio de presión y temperatura. Toda sección del sistema en donde puedan darse presiones excesivas deben tener un dispositivo de alivio ubicado de forma que no sea posible aislar tal sección sin su respectivo dispositivo de alivio. Las válvulas de alivio deben cumplir con los requisitos de la Sección 1006.4 y deben descargar de acuerdo con la Sección 1006.6.
1402.1 Acceso. Se debe dejar el acceso adecuado a los equipos y artefactos de energía solar para su mantenimiento. Los sistemas de energía solar y sus accesorios no deben obstruir ni interferir con el funcionamiento de puertas, ventanas, u otras partes de la edificación que requieren tener su normal
1402.5.2 Vacío.Todo componente de un sistema de energía solar que pueda estar sujeto a una presión de vacío mientras esté en funcionamiento o al estar detenido debe diseñarse para soportar dicho vacío o debe protegerse con sus respectivas válvulas de alivio de presión de vacío.
operación o a las que se debe tener acceso. 1402.2 Protección de equipo. Todo equipo solar expuesto al tráfico vehicular debe instalarse a no menos de 6 pies (1829 mm) sobre nivel de piso terminado.
1402.5.3 Protección contra congelamiento. Se debe evitar que los componentes del sistema se dañen por el congelamiento de los líquidos de transferencia de calor, y considerando las temperaturas ambientales mínimas que se tendrán durante la operación del sistema.
1401.5 Conductos. Los conductos usados en sistemas de calefacción y enfriamiento solar deben construirse e instalarse de acuerdo con el Capítulo 6 de este código.
Excepción: Esta sección no es válida si el equipo tiene protección contra el impacto de vehículos automotores. 1402.3 Control de condensación. En caso de áticos o espacios estructurales sean parte de un sistema solar pasivo, la ventilación de dichos espacios tal y como se indica en la Sección 406 no es requerida si existen otros medios de controlar la condensación. C ÓD I G O I NT E R NA C I ON A L D E IN S T AL AC I ON ES ME CÁ N I C AS 20 0 6™
1402.5.4 Tanques de expansión. Los sistemas de energía solar con líquido en una fase deben contar con tanques de expansión dimensionados de acuerdo conla Sección 1009. 1402.6 Penetraciones. Las penetraciones a techos y paredes deben sellarse para impedir la entrada de agua, roedores, e insectos. 11 9
SISTEMAS DE ENERGÍA SOLAR
1402.7 Filtrado. Todo aire que se transporte a través de rocas o materiales polvorientos y hacia espacios ocupados, por medios que no sean de convección natural, debe filtrarse a la salida del sistema de almacenamiento de calor.
SECCIÓN 1403 FLUIDOS DE TRANSFERENCIA DE CALOR 1403.1 Punto de inflamación. El punto de inflamación del fluido de transferencia de calor usado realmente en un sistema
de energía solar no debe ser menor de 50ºF (28°C) por encima de la temperatura máxima de diseño del fluido en condición estática (no en operación) que se obtenga en el colector. 1403.2 Gases y líquidos inflamables. No se permite usar un líquido o gas inflamable como fluido de transferencia de calor. El punto de inflamación de líquidos que se usen en destinos de uso clasificados como Grupos H o F no se puede reducir a menos que se apruebe.
SECCIÓN 1404 MATERIALES 1404.1 Colectores. Los colectores hechos en fábrica deben estar certificados y sellados, y portar un sello que indique el nombre del fabricante, su dirección, el número de modelo, el peso seco del colector, las temperaturas y presiones máximas permisibles en operación y en condición estática (no en operación), las temperaturas mínimas permisibles, y los tipos de fluidos de transferencia de calor que son com patibles con el colector. El sello debe clarificar que estas especificaciones son válidas sólo para el colector. 1404.2 Unidades de almacenamiento térmico. Las unidades pr es ur iz adas de almace na miento té rmi co de be n es ta r certificadas y selladas, y portar un sello que indique el nombre del fabricante, su dirección, el númerode modelo, el númerode serie, las temperaturas máximas y mínimas permisibles en operación de la unidad de almacenamiento, las presiones máximas y mínimas permisibles en operación de la unidad de almacenamiento,y los tipos de fluidos de transferencia de calor que son compatibles con la unidad de almacenamiento.El sello debe clarificar que estasespecificaciones son válidas, sólo para las unidades de almacenamiento térmico.
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CÓ DI G O I N T E RN A C IO NA L D E I N ST A L A C I ON ES MEC Á N IC A S 2 0 06™
CAPÍTULO 15
NORMAS CITADAS Este capítulo enumera las normas citadas en diferentes secciones de este documento. Las normas están aquí ordenadas de acuerdo a la agencia que promulga la norma, la identificación de la norma, la fecha de entrada en vigencia y título, y la sección o secciones que citan la norma. La aplicación de la norma debe ser como se especifica en la Sección 102.8. Air Conditioning Contractors of America 1712 New Hampshire Ave, NW Washington, DC 20009
ACCA Número de referencia de la norma
Título
ManualD—9 5
Residential DuctSys tems . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .603.2 [Sistemas de Conductos para Uso Residencial]
American National Standards Institute 11 West 42nd Street New York, NY 10036
ANSI Número de referencia de la norma
Título
Z21.8-1994 (R2002)
Air-Conditioning and Refrigeration Institute Suite 425 4301 North Fairfax Drive Arlington, VA 22203
Título
700—99
Referida en código, el sección número
PuritySpe cificationsforFlu orocarbon andOthe r Refrigerants. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1102.2.2.3 [Especificaciones de Pureza para Fluorocarbonos y Otros Refrigerantes]
ASHRAE Número de referencia de la norma
Referida en código, el sección número
Installationof DomesticGas Conversion Burners . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .919.1 [Instalación de Quemadores Domésticos de Conversión a Gas]
ARI Número de referencia de la norma
Referida código, en el sección número
American Society of Heating, Refrigerating and Air-Conditioning Engineers, Inc. 1791 Tullie Circle, NE Atlanta, GA 30329-2305
Título
Referida en código, el sección número
ASHRAE—2001
ASHRAEFun damentalsHand book—2001 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .312 .1, 603.2 [Manual de Fundamentos de ASHRAE - 2001]
15—2001
SafetySta ndard for RefrigerationSys tems . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1101.6,1105.8, 1108.1 [Norma de Seguridad para Sistemas de Refrigeración]
34—2004
Designation and SafetyCla ssification ofRef rigerants . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .202, 1102.2.1,1103.1 [Designación y Clasificación de Seguridad para Refrigerantes]
C ÓD I G O I NT E R NA C I ON A L D E IN S T AL AC I ON ES ME CÁ N I C AS 20 0 6™
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NORMAS CITADAS
ASHRAE—2000
ASME Número de referencia de la norma B1.20.1—1983(R20 01) B16.3—1998 B16.5—1996 B16.9—2003 B16.11—2001 B16.15—1985(R1994) B16.18—2001 B16.22—2001
B16.23—2002 B16.242001
B16.26—1988 B16.28—1994 B16.29—2001 BPVC—2004 CSD-1—2002
ASSE Número de referencia de la norma 1017-99
122
HVAC Systems and Equipment Handbook—2000 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .312.1 [Manual de Sistemas y Equipos de CVAC - 2000]
American Society of Mechanical Engineers 3 Park Avenue New York, NY 10016 Referida código, en el sección número
Título
Pipe Threads,Gener alPurpo se(Inch ) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1203 .3.5, 1303.3.3 [Enroscados de Tubería Rígida, Propósitos Generales (pulgadas)] Malleable IronThr eaded Fittings, Classes 150 &300 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla120 2.5 [Accesorios de Hierro Maleable con Rosca, Clases 150 y 300] PipeFla ngesandFla ngedFit tings NPS ½thro ugh NPS 24—With B16.5a-1998 Addenda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.5 [Bridas de Tuberías Rígidas y Accesorios Bridados NPS ½ hasta NPS 24 Con Apéndice B16.5a-1998] FactoryMadeWr ought Steel Buttwelding Fittings . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.5 [Accesorios Manufacturados de Acero Forjado Soldadura a Tope] ForgedFit tings,Soc ket-WeldingandThr eaded . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla120 2.5 [Accesorios Forjados, Boquilla-Soldada y Roscados] Cast BronzeThre aded Fittings . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla1202. 5 [Accesorios de Bronce Fundido con Rosca] CastCop per AlloySold erJoi ntPre ssure Fittings . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 513.13.1, Tabla120 2.5 [Accesorios de Junta a Presión para Soldar, de Aleación de Cobre Fundido] Wrought Copper and Copper Alloy Solder Joint Pressure Fittings— withB 16.22a-1998Ad denda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 513.13.1,Tabla1 202.5 [Accesorios de Junta a Presión para Soldar de Cobre y Aleación de Cobre Forjado, con Apéndice B16.22a-1998] CastCop per AlloySold erJoi ntDra inage FittingsDWV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.5 [Accesorio Junta de Desagüe (DWV) para Soldar, de aleación de cobre fundido] CastCoo per AlloyPipeFla ngesandFla ngedFit tings:Cla ss150, 300,400 , 600,900 , 1500and25 00. . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.5 [Bridas de Tuberías Rígidas y Accesorios Bridados de Aleación de Cobre Fundido: Clases 150, 300, 400, 600, 900, 1500 y 2500] CastCo pperAl loyFi ttingsfo rFl aredCo pperTu bes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla12 02.5 [Accesorios de Aleación de Cobre Fundido para Tubos de Cobre Abocinados] WroughtSt eelBu ttweldingS hortR adiusE lbowsan dRe turn . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla1 202.5 [Curvas Cerradas y Codos Soldados a Tope de Acero Forjado] WroughtCo pperan dWrought CopperAl loySol der JointDra inageFit tings-DWV . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla12 02.5 [Accesorios de Juntas de Desagüe-DWV para Soldar de Cobre y Aleación de Cobre Forjado] Boiler& PressureVesselCo de(S ectionsI,II ,IV,V& VI) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1004.1,10 11.1 [Código de Calderas y Recipientes a Presión (Secciones I, II, IV, V & VI)] ControlsandSaf ety Devices for AutomaticallyFire d Boilers . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1004.1 [Dispositivos de Control y Seguridad para Calderas Alimentadas Automáticamente]
American Society of Sanitary Engineering 28901 Clements Road, Suite A Westlake, OH 44145
Título
Referida código, en el sección número
PerformanceRequirementsforTe mperatureActu atedMix ing Values for Hot WaterDis tribution Systems. . . . . . . . . . . . 1002.2.2 [Requisitos de Desempeño para Valores de Mezclado por Temperatura para Sistemas de Distribución de Agua Caliente] C ÓD I G O I NT ER N AC I ON A L DEI N ST A L A C I ONE S MEC Á NI C A S 2 0 06™
NORMAS CITADAS
ASTM Número de referencia de la norma A53/A53M—02 A106—04 A126—04 A254—97(2002) A 420/A 420M—04
A539—99
B32— 03 B42— 02e01 B43— 04 B68 —02 B75 —02 B88 —03 B13 5—02 B 251—02e01
B 280—03
B 302—02 B 813—00e01 C 315—02 C 411—97 D56— 02a D93— 02a
ASTM International 100 Barr Harbor Drive West Conshohocken, PA 194280
Título
Referida en código, el sección número
Specification for Pipe, ckandHot -Dipped,Zin c-CoatedWelded SeamlessBañado . . . . . . en . . . . Tabla120 2.4,Tabla 1302.3 [Especificaciones paraSteel,Bla Tubería Rígida de Acero sin Galvanizar, Bañado and en Caliente, Cinc, Soldada y sin Costura] Specification for SeamlessCar bon Steel PipeforHig h-TemperatureSer vice. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.4,Tabla 1302.3 [Especificaciones para Tuberías Rígidas de Acero al Carbono sin Costura para Servicios de Alta Temperatura] Specification for GrayIro n CastingsforV alves,Fla nges, and PipeFit tings . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.5 [Especificaciones para Fundición Gris para Válvulas, Bridas y Accesorios de Tuberías Rígidas] Specification forCopper BrazedStee l Tubing . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla 1202.4, Tabla 1302.3 [Especificaciones para Tubería Semirígida de Acero con Soldadura en Fuerte de Cobre] Specification for Piping Fittings of Wrought Carbon Steel and Alloy Steel for Low-Temperature Service . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla1202.5 [Especificaciones para Accesorios de Tubería de Acero al Carbón Forjado y Acero Aleado para Servicio a Baja Temperatura] Specification for Electric-Resistance-Welded CoiledSte elTubingforGasandFu elOilLin es. . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla130 2.3 [Especificaciones para Tuberías Semirígidas de Acero de Bobinas Soldadas por Resistencia Eléctrica, para Líneas de Gas y Aceites Combustibles] Specification for SolderMe tal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1203.3.3 [Especificaciones para Metal de Soldadura ] Specification for SeamlessCopperPi pe,Sta ndardSiz es . . . . . . . . . . . . . 513.13.1, 1107.4.2,Tabla12 02.4, Tabla13 02.3 [Especificaciones para Tubería Rígida de Cobre sin Costura, Dimensiones Estándares] Specification for SeamlessRe dBra ssPi pe, StandardSiz es . . . . . . . . . . . . 513.13.1, 1107.4.2,Tabla12 02.4, Tabla13 02.3 [Especificaciones para Tuberías Rígidas de Latón Rojo sin Costura, Dimensiones Estándares] Specificationfo rSe amlessCopperTu be,Br ightAn nealed . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 513.13.1 [Especificaciones para Tubo de Cobre sin Costura, Recocida Brillante] Specificationfo rSe amlessCopperTu be . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla12 02.4,Tabla13 02.3 [Especificaciones para Tubo de Cobre sin Costura] Specificationfo rSe amlessC opperWaterT ube . . . . . . . . . . . . . . . . . . 513.13.1,1107.4.3,Tabla1 202.4,Tabla1 302.3 [Especificaciones para Tubo Hidráulico de Cobre sin Costura] Specificationfo rSe amlessBr assTube . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla12 02.4,Tabla13 02.3 [Especificaciones para Tubo de Latón sin Costura] Specification for General Requirements for Wrought Seamless Copper and Copper-AlloyTube. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .513.13.1,Tabla1202.4 [Especificaciones para los Requisitos Generales de Tubos Forjados sin Costura de Cobre y Aleación de Cobre] Specification for Seamless Copper Tube for Air Conditioning and Refrigeration Field Service. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .513.13 .1, 1107.4.3, Tabla1302.3 [Especificaciones para Tubos de Cobre sin Costura para Aire Acondicionado y Servicios de Refrigeración en Obra] SpecificationforThr eadless CopperPip e,Sta ndard Sizes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla 1202.4, Tabla130 2.3 [Especificaciones para Tubería Rígida de Cobre sin Rosca, Dimensiones Estándares] SpecificationforLiq uid and Paste FluxesforSol deringofCopp erandCop per AlloyTube . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1203.3.3 [Especificaciones para Fundente Líquido y en Pasta para Soldadura de Tubos de Cobre y Aleación de Cobre] SpecificationforCla yFlueLin ings . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .801.16.1, Tabla803 .10.4 [Especificaciones para Revestimientos de Conductos de Humo de Arcilla] Test MethodforHot -SurfacePer formanceofHigh -TemperatureThe rmalIns ulation . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 604.3 [Método de Ensayo de Rendimiento de Aislamiento Térmico de Alta Temperatura en Superficies Calientes] TestMet hodforFl ashPoi ntbyT agCl osedTester. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .202 [Método de Ensayo de Punto de Ebullición Usando Medidor Cerrado de Etiqueta] TestMet hodforFl ashPoi ntofPe nsky-MartensCl osedCu pTester . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .202 [Método de Ensayo de Punto de Evaporación Usando Medidor de Tazón Cerrado Pensky-Martens]
C ÓD I G O I NT E R NA C I ON A L DE IN S T A L AC I ON ES ME CÁ N I C AS 20 0 6™
12 3
NORMAS CITADAS
ASTM continuación
D 1527—99e01 D 1693—01 D 1785—04 D 2235—01
D 2241—04a D 2282—-99e01 D 2412—02
D 2447—03 D24 66—02 D 2467—04 D 2468—96a
D 2513—04a D 2564—02 D 2683—98
D 2837—04 D 2846/D 2846M—99
D 2996—01
D 3035—03a
D 3278—96el D 3309—96a(2002) D 3350—02a E 84—04 E 119—00e E 136—99e01 E 814—02
124
Specification for Acrylonitrile-Butadiene-Styrene(AB S)Pla sticPip e,Sch edules40and80 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.4 [Especificaciones para Tubería Rígida Plástica de Acrilonitrilo-Butadieno Estireno (ABS), Schedules 40 y 80] Test MethodforEnv ironmentalStr ess-CrackingofEthy lenePla stics . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla 1202.4 [Método de Ensayo de Agrietamiento Bajo Esfuerzo Ambiental de Plásticos de Etileno] Specification for Poly(VinylChl oride)(PVC) Plastic Pipe, Schedules 40, 80and12 0. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.4 [Especificaciones para Tubería Rígida Plástica de Policloruro de Vinilo (PVC), Schedules 40, 80 y 120] SpecificationsforSol ventCem entforAcry lonitrile-Butadiene-Styrene (ABS) Plastic PipeandFit tings . . . . . . . . . . . . . 1203.3.4 [Especificaciones para el Cemento Solvente para Tubería Rígida y Accesorios de Plástico de AcrilonitriloButadieno-Estireno (ABS)] Specification for Poly(VinylChl oride)(PVC) Pressure-Rated Pipe(SD R-Series) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.4 [Especificaciones para Tubería Rígida Clasificada a Presión de Policloruro de Vinilo (PVC) (Serie SDR)] Specification forAcry lonitrile-Butadiene-Styrene(ABS ) Plastic Pipe (SDR-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla 1202.4 [Especificaciones para Tubería Rígida de Plástico de Acrilonitrilo-Butadieno-Estireno (ABS) (SDR-PR)] Test MethodforDet erminationofExte rnalLoa dingCha racteristicsof Plastic PipebyPara llel-PlateLoa ding . . . . . . . . . . 603.8.3 [Método de Ensayo para Determinación de Características de Cargas Externas de Tuberías Rígidas Plásticas con Cargas de Placas Paralelas] Specification for Polyethylene(PE ) Plastic Pipe, Schedules 40and80 , Basedon Outside Diameter . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.4 [Especificaciones para Tubería Rígida Plástica de Polietileno (PE), Schedules 40 y 80, Basado en Diámetro Exterior] Specificationfo rPo ly( VinylCh loride)(PVC)Pl asticPi peFi ttings,Sch edule40. . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla1 202.5 [Especificaciones para Accesorios para Tuberías Rígidas de Plástico de Policloruro de Vinilo (PVC), Schedule 40] Specification for Poly(VinylChl oride)(PVC) Plastic PipeFit tings,Sch edule 80 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.5 [Especificaciones para Accesorios de Tuberías Rígidas de Plástico de Policloruro de Vinilo (PVC), Schedule 80] Specification for Acrylonitrile-Butadiene-Styrene(AB S)Pla sticPip e Fittings, Schedule40 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.5 [Especificaciones para Accesorios de Tuberías Rígidas de Plástico de Acrilonitrilo-Butadieno-Estireno (ABS), Schedule 40] Specification for ThermoplasticGasPre ssure Pipe, Tubing, and Fittings. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.4,120 3.15.3 [Especificaciones para Tubería Rígida, Semirígida y Accesorios Termoplásticos para Gas a Presión] Specification for Solvent CementsforPoly(V inylChl oride)(PV C)Pla sticPip ing Systems . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1203.3.4 [Especificaciones para Cementos Solventes Fittings para Sistemas de Tuberías de Plástico de Policloruro de Vinilo (PVC)] Specification for Socket-Type Polyethylene for Outside Diameter-Controlled Polyethylene Pipeand Tubing . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla 1202.4, 1203.15.1 [Especificaciones para Accesorios Acampanados de Polietileno para Tuberías Rígidas y Semirígidas de Polietileno Controlados por Diámetro Externo] Test MethodforObt ainingHyd rostaticDes ign Basis for ThermoplasticPipeMat erials . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.4 [Método de Ensayo para Obtener la Base de Diseño para Materiales Termoplásticos para Tuberías Rígidas] Specification for Chlorinated Poly (Vinyl Chloride) (CPVC) Plastic Hot and Cold Water Distribution Systems . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla 1202.4, 1203.3.4 [Especificaciones paraSistemas deDistrib uciónde AguaFría y Calientede Plástico . . . . . . . . . . . . . . . . de Policloruro de Vinilo Clorado (CPVC)] Specification for Filament-WoundFib erglass (GlassFib erRei nforced ThermosettingResi n)Pip e . . . . . . . . . . . . . . Tabla130 2.3 [Especificaciones para Tubería Rígida de Fibra de Vidrio de Filamentos Tejidos (Resina Termoendurecida Reforzada con Fibra de Vidrio)] Specification for Polyethylene(PE ) Plastic Pipe(DR -PR)Bas edonCon trolledOut sideDia meter. . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.4 [Especificaciones paraCañeríaRígida de Plástico(DR-PR) de Polietileno (PE)Basado en Control de DiámetroExterior . . . . . . Controlado] Test Methods for Flash Point ofLiq uidsbySma llSca leClo sed-Cup Apparatus. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .202 [Métodos de Ensayo de Punto de Ebullición de Líquidos Usando Aparatos de Escala Reducida de Tazón Cerrado] Specification forPoly butylene(PB)Plast icHot andColdW ater Distribution Systems . . . . . . . . . . . . . . . Tabla 1202.4, 1203.10.1 [Especificaciones para Sistemas Plásticos de Polibutileno (PB) de Specification for PolyethylenePla stics PipeandFit tings Materials . . Distribución . . . . . . . . . . . . de . . .Agua . . . . .Fría . . . .y. .Caliente] . . . . . . . . . . .Tabla 1202.4 [Especificaciones para Materiales de Cañerías Rígidas y Accesorios Plásticos de Polietileno] Test MethodforSur faceBur ningCha racteristicsof BuildingMat erials . . . . . . . . . . 202,510 .8, 602.2.1,602 .2.1.5, 604.3,120 4.1 [Método de Ensayo de Características de Combustión Superficial de Materiales de Construcción] Test MethodforFir e TestsofBuil dingCon struction andMate rials . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .607.5.2, 607.6.2 [Método de Ensayo para Pruebas de Combustión de Construcción de Edificaciones y sus Materiales] Test MethodforBeh avior ofMat erials ina VerticalTube Furnace at750°C . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .202 [Método de Ensayo del Comportamiento de Materiales en un Calefactor de Tubo Vertical a 750°C] Test MethodforFir e TestsofThro ugh-Penetration FireSto ps . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .506.3.10 [Método de Ensayo para Pruebas de Combustión de Bloqueadores de Fuego en Penetraciones de Lado a Lado] CÓ DI G O I N T E RN A C I ONA L D E I N ST A L A C I ON ES MEC Á N IC A S 2 0 0 6™
NORMAS CITADAS
ASTM continuación
E1509-04 E2231-02
E2336-04 F 438—04
F 439—02e01
F 441/F 441M—02 F442 /F44 2M—99 F 493—04 F 876—04 F 877—02ae01 F 1055—98e01
F 1281—03
F1476-95a F 1974—04
AWS
Specification for RoomHea ters, PelletFue l Burning Type . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .904.1 [Especificación para Calefactores de Cuarto, de Tipo de Combustión de Peletas] Standard Practice for Specimen Preparation and Mounting of Pipe and Duct Insulation Materials to Assess Surface Burning Characteristics. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .604.3, 1204.1 [Práctica Normalizada para Preparación y Montaje de Especímenes de Materiales de Aislación de Tuberías y Conductos para Evaluar Características de Quemado Superficial] StandardTestMet hodsforFir e Resistive GreaseDuc t Enclosure Systems. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .506.3.10 [Métodos de Ensayo Normalizado para Sistemas de Cerramientos de Conductos de Grasa Resistentes al Fuego] Specification for Socket Type Chlorinated Poly (Vinyl Chloride) (CPVC) Plastic Pipe Fittings,Schedulepara 40.Accesorios . . . . . . . . . .de . . Tubería . . . . . . . .Rígida . . . . . de . . .Plástico . . . . . . . Tipo . . . . .Boquilla . . . . . . . de . . .Policloruro . . . . . . . . . . de . . Vinilo . . . . . . . . . .Tabla1202.5 [Especificaciones Clorado (CPVC), Schedule 40] Specification for Socket Type Chlorinated Poly (Vinyl Chloride) (CPVC) Plastic Pipe Fittings,Schedule 80 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla1202.5 [Especificaciones para Accesorios de Tubería Rígida de Plástico Tipo Boquilla de Policloruro de Vinilo Clorado (CPVC), Schedule 80] Specification for Chlorinated Poly(VinylChloride)(CP VC) Plastic Pipe, Schedules 40and80 . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla120 2.4 [Especificaciones para Tubería Rígida de Plástico de Policloruro de Vinilo Clorado (CPVC), Schedules 40 y 80] Specification for ChlorinatedPol y(VinylCh loride) (CPVC)Pl asticPip e (SDR-PR). . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla12 02.4 [Especificaciones para Tubería Rígida de Plástico (SDR-PR) de Policloruro de Vinilo Clorado (CPVC)] Specification for Solvent CementsforChlo rinated Poly(VinylChl oride)(CP VC) Plastic PipeandFit tings . . . . . . . . . . . 1203.3.4 [Especificaciones para Cementos Solventes para Tuberías Rígidas y Accesorios Plásticos de Policloruro de Vinilo Clorado (CPVC)] Specification for Crosslinked Polyethylene(PE X)Tubing . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla 1202.4 [Especificaciones para Tubería Semirrígida de Polietileno de Enlace Cruzado (PEX)] Specification for Crosslinked Polyethylene (PEX) Plastic Hot and Cold-Water Distribution Systems . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla 1202.4, Tabla1202.5 [Especificaciones para Sistemas de Distribución de Agua Fría y Caliente de Polietileno de Enlace Cruzado (PEX)] Specification for Electrofusion Type Polyethylene Fittings for Outside Diameter Controlled PolyethylenePipe andTubing . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tabla1202.4,1203.15 .2 [Especificaciones para Accesorios de Polietileno Electrofundido para Tuberías Rígidas y Semirrígidas de Polietileno Controlados por Diámetro Exterior] Specification for Crosslinked Polyethylene/Aluminum/Crosslinked Polyethylene (PEX-AL-PEX) PressurePipe . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Tabla1202.4 [Especificaciones para Tubería Rígidas para Presión de Polietileno de Enlace Cruzado/Aluminio/Polietileno de Enlace Cruzado (PEX-AL-PEX)] SpecificationforPer formanceofGask etedMec hanical Couplings for Use inPip ing Applications . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1203.3.7 [Especificación para el Desempeño de Acoplamientos Mecánicos Empaquetados para Uso en Aplicaciones de Tuberías ] Standard Specification for Metal Insert Fittings for Polyethylene/ Aluminum/Polyethylene andCrosslinked Polyethylene/Aluminum/Crosslinked Polyethylene CompositePressure Pipe. . . . . . . . . . . . . . . . Tabla1202.5 [Especificación Estándar para Accesorios de Inserción Metálicos para Tubería Rígida a Presión Compuesta de . . . . . . . . Polietileno/Aluminio/Polietileno y Polietileno de Enlace Cruzado/Aluminio/Polietileno de Enlace Cruzado (PEX-AL-PEX)]
American Welding Society 550 N.W. LeJeune Road P.O. Box 351040 Miami, FL 33135
Número de referencia de la norma A5.8—2004
Referida Título
en código, el número sección
Specifications for Filler Metals for Brazing andBraze Welding. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1203.3.1, 1303.3.1 [Especificaciones para Metales para Fundentes para Soldadura en Fuerte]
C ÓD I G O I NT E R NA C I ON A L D E IN S T AL AC I ON ES ME CÁ N I C AS 20 0 6™
12 5
NORMAS CITADAS
CSA Número de referencia de la norma CAN/CSAB137.10M—99 CSAAméri ca FC1-03
DOL Número de referencia de la norma 29 CFRPart 1910.1000 (1974) 29 CFR Part 1910.1025
FS
Canadian Standards Association 178 Rexdale Blvd. Rexdale (Toronto), Ontario, Canada M9W 1R3 Referida código, en el sección número
Título
Cross Linked Polyethylene/AluminumCross Linked /PolyethyleneComposite PressurePipe Systems . . . . . . . . . Tabla1202.4 [Sistemas de Tuberías Rígidas a Presión Compuestas de Polietileno de Enlace Cruzado/Aluminio/Polietileno] Stationary Fuel Cell Power Systems. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .924.1 [Sistemas Generadores de Celdas Combustibles Estacionarias]
Department of Labor Occupational Safety and Health Administration c/o Superintendent of Documents US Government Printing Office Washington, DC 20402-9325 Referida código, en el sección número
Título
Air Contaminants . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .502.6 [Contaminantes del Aire] Toxic and Hazardous Substances . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .502.19 [Sustancias Tóxicas y Peligrosas]
Federal Specifications* General Services Administration 7th & D Streets Specification Section, Room 6039 Washington, DC 20407
Número de referencia de la norma WW-P-325B (1976)
Referida código, en el sección número
Título
Pipe,Bends , Traps, Caps andPlugs;Lead (for Industrial Pressure andSoil andWaste Applications) . . . . . . . . . . . . . Tabla 1202.4 [Tuberías, Rígidas, Curvas, Trampas, Tapas y Tapones; Plomo (Para Aplicaciones Industriales a Presión y Desagüe Cloacal y Sanitario)]
*Los estándares están disponibles a través de: Supt. of Documents, U.S Government Printing Office, Washington, DC 20402 9325
ICC Número de referencia de la norma IBC—06
ICCE C—06 IEBC—06 IECC—06 IFC—06 126
International Code Council, 5203 Leesburg Pike, Suite 600 Falls Church, VA 220413401 Referida código, en el sección número
Título
InternationalB uildingC ode® 201.3, 202,301.12, 301.12, 301.14, 301.15, 302.1, 302.2, 304.7, 304.10, [Código Internacional de la Edificación™] . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 308.8, 308.10,401.4, 401.6, 406.1, 502.10, 502.10.1, 504.2, 506.3.3, 506.3.10, 506.3.12.2, 506.4.1, 509.1, 510.6, 510.6.2,510.6.3, 510.7, 511.1.1,511.1.5, 513.1, 513.2, 513.3, 513.4.3,513.5, 513.5.2,513.5.2.1, 513.6.2, 513.10.5, 513.12, 513.12.2, 513.20, 602.2.1.5.1, 602.2.1.5.2, 602.3, 603.1, 603.10, 604.5.4, 607.1.1, 607.3.2.1, 607.5.1, 607.5.2, 607.5.3, 607.5.4, 607.5.4.1, 607.5.5, 607.5.5.1, 607.6, 701.4.1, 701.4.2, 801.3, 801.16.1, 801.18.4, 902.1, 908.3, 908.4, 910.3, 925.1, 1004.6, 1105.1,1206.4,1402.4,1402.4. 1 ICCE lectricalC ode® . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .201.3, 301.7, 306.3.1,306.4.1,513.11 , 513.12.1,602.2.1.1 [Código Eléctrico del ICC™] International ExistingBui lding Code® . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .101.2 [Código Internacional de Edificaciones Existentes™] International EnergyConservationCod e® . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 202,301 .2, 303.3,312 .1, 603.9,604.1,120 4.1,120 4.2 [Código Internacional de Conservación de la Energía™] International FireCod e® . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .201.3,310 .1, 311.1,502 .4, 502.5,502 .7.2, ® .....................................................................................................................................................................................................................................
™
CÓ DI G O I N T ER N AC I ON A L DE I NS T A L A CI ON E S ME C ÁN I C A S 2 00 6™
NORMAS CITADAS
ICCcontinuación
[Código Internacional de Protección contra Incendios™]
IFGC—06 IPC—06
502.8.1, 502.9.5, 502.9.5.2, 502.9.5.3, 502.9.8.2, 502.9.8.3, 502.9.8.5, 502.9.8.6, 502.10, 502.10.3, 502.16.2, 509.1, 510.2.1, 510.2.2, 510.4, 511.1.1, 513.12.3, 513.15, 513.16, 513.17, 513.18, 513.19,513.20.2, 513.20.3,606.2.1,908.7, 1101.9, 1105.3, 1106.5, 1106.6, 1301.1, 1301.2 International FuelGasCod e® . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .101.2, 201.3,301 .3, 701.1,801 .1, 901.1,906 .1, 1101.5 [Código Internacional de Gas Combustible™] InternationalP lumbingC ode® 201.3, 301.8, 512.2, 908.5, 1002.1, 1002.2, 1002.3, ® .........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................
[Código Internacionalde InstalacionesHidráulicas y Sanitarias™]. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1101.4, . . . . . 1005.2, 1201.1,1006.6, 1206.2,1008.2, 1206.3,1009.3, 1401.2 IRC—06
IIAR Número de referencia de la norma 2—99
MSS Número de referencia de la norma SP-69—2002
NAIMA Número de referencia de la norma AH116—02
NFPA Número de referencia de la norma 30A-00 31—01 37—02
InternationalR esidentialC ode® [Código Internacional Residencial™]
101.2
® ..............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................
International Institute of Ammonia Refrigeration Suite 700 1101 Connecticut Ave., NW Washington, DC 20036
Título
Referida en código, el sección número
Equipment,De sign, andIns tallationof AmmoniaMec hanicalRef rigeratingSy stems . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1101.6 [Equipamiento, Diseño, e Instalación de Sistemas de Refrigeración Mecánica de Amoníaco]
Manufacturers Standardization Society of the Valve & Fittings Industry, Inc 127 Park Street, N.E. Vienna, VA 22180
Título
Referida en código, el sección número
PipeHan gersandSup ports—Selection andAppl ication . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .305.4 [Selección y Aplicación de Colgaderos y Soportes para Tuberías Rígidas]
North American Insulation Manufacturers Association Suite 310 44 Canal Center Plaza Alexandria, VA 22314
Título
Referida en código, el sección número
Fibrous Glass DuctCon struction Standards . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .603.5,603 .9 [Estándares de Construcción de Conductos de Fibra de Vidrio]
National Fire Protection Association Batterymarch Pike Quincy, MA 02269
Título
Referida código, en el sección número
Codefo rMot orFu el-dispensing Facilitiesan dRep airGar ages. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .304.5 Código para Instalaciones de Expendio de Combustible para Automotores y Garajes de Reparación] InstallationofOi l-Burning Equipment . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .801.2.1,80 1.18.1, 801.18.2, 920.2,92 2.1,13 08.1 [Instalación de Equipos de Combustión de Aceite Combustible] StationaryCom bustionEng inesan dGasTu rbines. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 915.1,91 5.2 [Motores de Combustión y Turbinas de Gas Estacionarios]
C ÓD I G O I NT E R NA C I ON A L D E IN S T AL AC I ON ES ME CÁ N I C AS 20 0 6™
12 7
NORMAS CITADAS
NFPAcontinuación
58—04 69—02 72—02 82—04 91—99
92B-05 211—03 262—02
704—01 853—03 8501—97 8502—99 8504—96
Liquefied PetroleumGasCo de. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .502.9.10 [Código de Gas Licuado de Petróleo] ExplosionPre ventionSys tems . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .510.8.3 [Sistemas para Prevención de Explosiones] NationalFi reAl armCode . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .606.3 [Código Nacional de Alarmas contra Incendios] Incinerators and Waste and Linen Handling Systems and Equipment. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .601.1 [Sistemas y Equipos para Incineradores y Sistemas de Manejo de Desperdicios y Trapos] Exhaust Systems for Air Conveying of Vapors, Gases, Mists, and Noncombustible ParticulateSolids . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .502.9 .5.1,502.17 [Sistemas de Extracción Para Transporte por Medio de Aire de Vapores, Gases, Nieblas, y Partículas Sólidas No Combustibles] SmokeMan agementSystemsinMa lls,At riaandLa rgeSpa ces. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .513.8 [Sistemas de Control de Humo en Centros Comerciales, Atrios y Espacios Grandes] Chimneys,Fire places, Vents, and SolidFuel -BurningApp liances . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .806.1 [Chimeneas, Hogares, Respiraderos y Artefactos de Combustión de Sólidos] StandardMe thodofT estforFl ameTravelan dSmo keofW iresan dCab lesforUs einAir -HandlingSpa ces. . . . . . . . . . . 602.2.1.1 [Método Estándarpara Ensayos deDespl azamientodeLlamay Humo deAlamb resy CablesparaUsoen Espaciosde Manejode Aire] Identificationofth eHaz ardsofMa terialsforEm ergencyRes ponse . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .502 .8.4, Tabla1103.1, 510.1 [Identificación de los Peligros de Materiales para Respuesta de Emergencia] InstallationofSt ationaryFu elPo werPla nts . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .924.1 [Instalación de Plantas Estacionarias de Generación de Potencia a Base de Combustibles] SingleBur ner BoilerOpe ration . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1004.1 [Operación de Caldera con Quemador Único ] Preventionof Furnace Explosions/Implosions inMul tiple BurnerBoi ler-Furnaces . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1004.1 [Prevención de Explosiones/Implosiones de Calefactores en Calderas-Calefactores de Múltiples Quemadores] Atmospheric Fluidized-Bed BoilerOpe ration. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1004.1 [Operación de Calderas Atmosféricas de Lecho Fluidificado] . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1004.1
Sheet Metal & Air Conditioning Contractors National Assoc., Inc. 4021 Fafayette Center Road
SMACNA Chantilly, VA 22021 Número de referencia de la norma SMACNA—95 SMACNA—03
UL Número de referencia de la norma 17—94
103—01
127—96 174—04
128
Título
Referida código, en el sección número
HVACDuc t ConstructionSta ndards—MetalandFle xible . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .603.4,603 .9 [Estándares de Construcción de Conductos de HVAC de Metal y Flexibles] Fibrous Glass DuctCon struction Standards . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .603.5,603 .9 [Estándares de Construcción de Conductos de Fibra de Vidrio]
Underwriters Laboratories, Inc. 333 Pfingsten Road Northbrook, IL 60062-2096 Referida código, en el Título sección número Ventor ChimneyConnector DampersforOi l-FiredApp liances—withRe visionsthr oughSe ptember199 8 . . . . . . . . . . . . . 803.6 [Registros de Tiro de Conectores para Respiraderos o Chimeneas para Artefactos de Combustión de Aceite Combustible—con Revisiones hasta Septiembre de 1998] Factory-Built Chimneys, Residential Type and Building Heating Appliance—with Revisions through March1999 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .805.2 [Chimeneas Prefabricadas Tipo Residencial y Artefactos de Calefacción de Edificaciones—con Revisiones hasta Marzo de 1999] Factory-Built Fireplaces—withRev isionsthr oughNov ember1999 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .805.3, 903.1,903 .3 [Hogares Prefabricados—con Revisiones hasta Noviembre de 1999] Household ElectricSt orageTankWaterHe aters—withRe visions throughOct ober19 99 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .100 2.1
CÓ DI G O I N T E RN A C IO NA L D E I N ST A L A C I ON ES MEC Á N IC A S 2 0 06™
NORMAS CITADAS
ULcontinuación
181—96 181A—95 181B-98 207—01 268—96 268 A—98 343—97 391—95
412—04 471—95 508—99 536—97 555—99 555C—96 555S—99 586—96 641—95 710—95 710B—04 726—98 727—98 729—03 730—03 731—95 732—95
737—96 762—03
[Calentadores Eléctricos de Agua con Tanque de Almacenamiento para Uso Doméstico—con Revisiones hasta Octubre de 1999] Factory-madeAirDu cts and Air Connectors—with Revisions through December1998 . . . 512.2,603 .5, 603.6.1,603.6.2,604 .13 [Conductos de Aire y sus Conectores Prefabricados—con Revisiones hasta Diciembre de 1998] Closure SystemsforUs ewit hRig idAi rDuc tsan dAirCo nnectors—withRev isionsth roughDec ember1998. . . . . . . . . . . . 603.9 [Sistemas de Cierre para Uso con Conductos y Conectores Rígidos de Aire—con Revisiones hasta Diciembre de 1998] Closure SystemsforUs ewit hFle xible AirDuc tsan dAirCo nnectors—with Revisionsthr oughDe cember19 98 . . . . . . . . . 603.9 [Sistemas de Cierre para Uso con Conductos y Conectores Flexibles de Aire—con Revisiones hasta Diciembre de 1998] Refrigerant-ContainingCom ponents and Accessories,Non electrical—with Revisions Through October 1997 . . . . . . . . . 1101.2 [Componentes Contenedores de Refrigerantes y Accesorios, No Eléctricos—con Revisiones hasta Octubre de 1997] SmokeDe tectorsfo rFi rePr eventionSi gnalingSy stems withRevisions throughJanuary1999 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 606.1 Detectores de Humo para Sistemas de Señalización de Prevención de Incendios con Revisiones hasta Enero de 1999] SmokeDete ctors for DuctApp lications—withRev isionsthr oughSep tember2001 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .606.1 [Detectores de Humo para Aplicación en Conductos—con Revisiones hasta Septiembre de 2001] PumpsforOi l-Burning Appliances—withrev isionsth roughMay20 02. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1302.7 [Bombas para Artefactos de Combustión de Aceite Combustible—con Revisiones hasta Mayo de 2002] Solid-Fuel and Combination-Fuel Central and Supplementary Furnaces—with Revisions ThroughMay1999 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .918.1 [Calefactores Centrales y Suplementarios de Combustibles Sólidos y Combustibles Combinados—con Revisiones hasta Mayo de 1999] Refrigeration UnitCoo lers—with Revisions through November1998 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1101.2 [Enfriadores Unidad de Refrigeración—con Revisiones hasta Noviembre de 1998] CommercialRefrigeratorsa ndFr eezers—withRe visionsth roughAp ril19 98 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1101.2 [Refrigeradores y Congeladores Comerciales—con Revisiones hasta Abril de 1998] IndustrialCo ntrol Equipment . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .307.2.3 [Equipo de Control Industrial] FlexibleMe tallicHo se—wit hRev isionsth rough June200 3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1302.8 [Mangueras Metálicas Flexibles—con Revisiones hasta Junio de 2003] Fire Dampers withRevisionsthroughJanuary 2002 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 607.3 [Registros de Tiro Antifuego—con Revisiones hasta Enero de 2002] CeilingD ampers. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 607.3,6 07.6.2.1 [Registros de Tiro de Cielorraso] SmokeDa mpers—withRe visionsth roughAp ril20 03 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 607.3,60 7.3.1.1 [Registros de Tiro Antihumo—con Revisiones hasta Abril de 2003] High-Efficiency,Pa rticulate,Ai rFi lterU nits—withRe visionsth roughAu gust2 004 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 605.2 [Unidades de Filtros de Aire de Alta Eficiencia para Partículas—con Revisiones hasta Agosto de 2004] TypeL Low-TemperatureVentingS ystems—withRe visionsth roughAp ril19 99 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 802.1 [Sistemas de Ventilación de Baja Temperatura Tipo L—con Revisiones hasta Abril de 1999] Exhaust Hoods for CommercialCookingEq uipment—withRe visions throughApr il19 99 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 507.1 [Campanas de Extracción para Equipos Comerciales de Cocina—con Revisiones hasta Abril de 1999] Recirculating Systems . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .507.1 [Sistemas de Recirculación] Oil-FiredBoi lerAss emblies—withRe visions through January200 1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .916.1,10 04.1 [Conjuntos de Calderas a Combustión de Aceite Combustible—con Revisiones hasta Enero de 2001] Oil-FiredCent ral Furnaces—with Revisions through January 1999 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .918.1 [Calefactores Centrales Alimentados a Aceite Combustible—con Revisiones hasta Enero de 1999] Oil-FiredFlo orFu rnaces—withRev isionsth roughJan uary19 99. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .910.1 [Calefactores de Piso a Combustión de Aceite Combustible—con Revisiones hasta Enero de 1999] Oil-FiredWallFur naces—withRe visionsthr oughJa nuary199 9 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 909.1 [Calefactores de Muro a Combustión de Aceite Combustible—con Revisiones hasta Enero de 1999] Oil-FiredUni tHea ters—withRev isionsth roughMay20 04 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .920.1 [Calefactores Unitarios a Combustión de Aceite Combustible—con Revisiones hasta Mayo de 2004] Oil-FiredStorageTankWaterHea ters—withRevi sions through January19 99. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1002.1 [Calentadores de Agua con Tanques de Almacenamiento a Combustión de Aceite Combustible—con Revisiones hasta Enerode 1999] . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . FireplaceSto ves—withRe visions throughJan uary20 00. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 905.1 [Estufa de Hogares—con Revisiones hasta Enero de 2000] Outline ofInv estigationforPow erVentilatorsforRes taurant Exhaust Appliances . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .506.5.1 [Perfil de Investigación para Ventiladores Motorizados para Artefactos de Extracción de Restaurantes]
C ÓD I G O I NT E R NA C I ON A L D E IN S T AL AC I ON ES ME CÁ N I C AS 20 0 6™
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NORMAS CITADAS
ULcontinuación
791—93 834—04 867—00 896—93 900—94 959—01 1240—94 1261—01 1453—04 1482—98 1777—04 1820—97
1887—96
197895 1995—98 2043—96
2158—97 2162—01 2221-01
130
Residential Incinerators—withRev isionsth roughMay19 98. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .907.1 [Incineradores Residenciales—con Revisiones hasta Mayo de 1998] Heating, Water Supply and Power Boilers Electric—with Revisions Through November 1998 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1004.1 [Calefacción, Suministro de Agua y Calderas Eléctricas—con Revisiones hasta Noviembre de 1998] ElectrostaticA irC leaners withRevisions through May2004 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 605.2 [Limpiadores Electrostáticos de Aire con Revisiones hasta Mayo de 2004] Oil-BurningSto ves—withRe visions throughMay20 04 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .917.1,92 2.1 [Estufas a Combustión de Aceite Combustible—con Revisiones hasta Mayo de 2004] AirFil terUni ts—withrev isionsth roughOct ober19 99. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .605.2 [Unidades de Filtros de Aire—con Revisiones hasta Octubre de 1999] MediumHeatApp lianceFa ctory-BuiltChi mneys. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .805.5 [Chimeneas Prefabricadas de Artefactos de Calor Medio] ElectricCom mercialClothesDry ingEqui pment—withRev isionsthr oughMay20 00. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .913.1 [Equipos Comerciales Eléctricos para Secado de Ropa—con Revisiones hasta Mayo de 2000] ElectricWaterHe atersforPo olsandT ubs—withre visions throughJun e200 4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .916.1 [Calentadores Eléctricos de Agua para Piscinas y Bañeras—con Revisiones hasta Junio de 2004] ElectronicBoo sterandCom mercialStorage Tank WaterHea ters . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1002.1 [Calentadores de Agua con Tanque de Almacenamiento de Tipo Eléctrico y de Tipo Comercial] Solid-FuelTypeRoomHeat ers—withRev isionsthr oughJan uary2000 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .905.1 [Calentadores de Cuartos por Combustión de Sólidos—con Revisiones hasta Enero de 2000] ChimneyLine rs . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .801.16.1,801 .18.4 [Revestimientos de Chimeneas] FireTestof PneumaticTubing for FlameandSmo keCharacteristics - withRev isionsthr oughMar ch199 9 . . . . . . . . . . . 602.2.1.3 [Ensayos con Fuego de Tuberías Semirrígidas Neumáticas para Evaluar Características de Llama y Humo —con Revi siones hasta Marzo de 1999] Fire Tests of Plastic Sprinkler Pipe for Visible Flame and Smoke Characteristics— with Revisions through June1999. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .602.2 .1.2 [Ensayos con Fuego de Tuberías Humo—con Revisiones hasta Rígidas Junio dePlásticas 1999] para Rociadores para Evaluar Características de Llama Visible y GreaseDu cts. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .506.3.2 [Conductos de Grasa] HeatingandCoo lingEqu ipment—withRevi sions through August199 9 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 911.1,918 .1, 918.3,1101.2 [Equipos de Calefacción y Enfriamiento—con Revisiones hasta Agosto de 1999] Fire Test for Heat and Visible Smoke Release for Discrete Products and their Accessories Installed in Air-Handling Spaces— With Revisions through June2001. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 602.2.1.4 [Ensayos con Fuego para Evaluar Liberación de Calor y Humo Visible de Productos Discretos y sus Accesorios Instalados en Espacios de Manejo de Aire—con Revisiones hasta Junio de 2001] Outline ofInv estigationEle ctric Clothes Dryer—withRev isionsthr oughMay20 04 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .913.1 [Perfil de Investigación de Secadores Eléctricos de Ropa—con Revisiones hasta Mayo de 2004] Outline ofInv estigationforCom mercialWood—Fired BakingOve ns—Refractory Type . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 917.1 [Perfil de Investigación de Hornos Comerciales a Leña de Tipo Refractario] Tests of Fire Resistive Grease Enclosure Systems . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .506.3.10 [Ensayos de Sistemas de Cerramiento de Grasa Resistentes al Fuego]
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APÉNDICE A
ABERTURAS PARA AIRE DE COMBUSTIÓN Y PENETRACIONES DE CONECTORES DE CHIMENEA Las figuras A-1 hasta A-4 son ilustraciones de artefactos localizados en espacios confinados.
FIGURA A-1 TODO EL AIRE DES DE EL INTERIOR DE LA EDIFICACIÓN
NOTA: Cada abertura debe tener un área libre de al menos 1 pulgada cuadrada por cada 1,000 Btu por hora, de capacidad total de entrada de todos los los artefactos en el cerramiento, pero no menor de 100 pulgadas cuadradas. 2
Para SI: 1 pulgada cuadrada = 645 mm , 1 unidad térmica Británica por hora = 0.2931 W.
FIGURA A-2 TODO EL AIRE DESDE EL EXTERIOR.AI RE DE ENTRADA DESDE EL SÓTANO DE POCA ALTURA VENTILADO Y AIRE DE SALIDA AL ÁTICO VENTILADO
NOTA: Las aberturas de entrada y salida de aire deben tener cada una un área libre de al menos 550 mm2 por cada KW 1pulgada cuadrada por cada 4,000 Btu por hora de capacidad total de entrada de todos los artefactos en el cerramiento. Para SI: 1 pulgada cuadrada = 645 mm2, 1 unidad térmica Británica por hora = 0.2931 W. C Ó D I G O I NT E R NA C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S M E C Á N I C A S 2 0 0 6 ™
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APÉNDICE A
FIG URA A-3 TODO EL AIRE DESDE EL EXTERIOR A TRAVÉS DEL ÁTICO VENTILAD O
NOTA: Las aberturas de entrada y salida de aire deben tener cada una un área libre de al menos 1pulgada cuadrada por cada 4,000 Btu por hora de capacidad total de entrada de todos los artefactos en el cerramiento.
2
Para SI:1 pie = 304.8 mm, 1 pulgada cuadrada = 645 mm , 1 unidad térmica Británica por hora = 0.2931 W.
FIG URA A-4 TODO EL AIRE DESDE EL EXTERIOR A TRAVÉS DE CONDUCTOS HORIZONTALES O ABERTURAS DIRECTAS
NOTA: Cada abertura para el conducto de aire debe tener un área libre de al menos 1pulgada cuadrada por cada 2,000 Btu por hora, de capacidadtotal de entrada de todos losartef actos en el cerramiento.Si el cuarto de artefactos queda ubicado contra unamuro exterior y las aberturas de aire comunican directamente con el exterior, cada abertura debe tener un área libre de al menos 1pulgada cuadrada por cada 4,000 Btu por hora, de capacidad total de entrada de todos los artefactos de cerramiento. Para SI:1 pie = 304.8 mm, 1 pulgada cuadrada = 645 mm2, 1 unidad térmica Británica por hora = 0.2931 W. 132
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APÉNDICE A
FIGURA A-5 SISTEMAS DE CONEXIONES DE CHIMENEAS Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm
CÓDIGO INTERNACIONAL DE INSTALACIONES MECÁNICAS 2006™
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APÉNDICE A
FIGURA A-5 - continuació n SISTEMAS DE CONEXIONES DE CHIMENEAS Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm
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C Ó D I G O I N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S M E C Á NI C A S 2 0 0 6 ™
APÉNDICE B
TABLA RECOMENDADA PARA ARANCELES DE PERMI SOS B101 TRABAJOS MECÁNICOS, EXCEPTO SISTEMAS DE TUBERÍAS DE GAS B101.1 Arancel inicial
Por emitir cada permiso $___
B101.2 Aranceles adicionales
El arancel por inspeccionar sistemas de calefacción, ventilación, sistemas de conductos, aire acondicionado, extracción, respiradero, aire de combustión, recipientes a presión, energía solar, gasóleo, y de refrigeración, e instalación de artefactos, debe ser de $___ para los primeros $1,000.00 ó fracción, del valor de la instalación, más $___ por cada $1,000.00 ó fracción adicionales. B101.2.1
B101.2.2 El
arancel para inspeccionar reparaciones, modificaciones y ampliaciones de un sistema existente debe ser de $___ más $___ por cada $1,000.00 ó fracción. B101.2.3 Arancel
para inspeccionar calderas (basado en Btu de entrada):
33,000 Btu (1 BHp) a 165,000 (5 BHp)$ ___ 165,001 Btu (5 BHp) a 330,000 (10 BHp)$ ___ 330,001 Btu (10 BHp) a 1,165,000 (52 BHp)$ ___ 1,165,001 Btu (52 BHp) a 3,30 0,000 (98 BHp)$ ___ más de 3,300,000 (98 BHp)$ ___ Para SI: 1 unidad térmica Británica = 0.2931 W, 1 BHp = 33,475 Btu/hr.
B 102 ARANCEL PARA REINSPECCIÓN Si fuera necesario realizar una reinspección de un sistema de calefacción, ventilación, aire acondicionado o de refrigeración, o una instalación de caldera, el instalador de dicho equipo debe pagar un arancel de reinspección de $___.
B 103 ARANCEL DE INSPECCIÓN DE OPERACIÓN TEMPORAL Cuando se solicite una inspección preliminar con el propósito de otorgar un permiso temporal de operación de un sistema de calefacción, ventilación, de refrigeración, o aire acondicionado, o una parte de los mismos, el contratista que requiera de esta inspección preliminar debe pagar arancel deel$___. Si elnormal sistema queda aprobado para su funcionamiento temporal en la primera inspección preliminar, se un debe cobrar arancel deno reinspección para cada inspección preliminar subsiguiente.
B 104 UNIDADES AUTOCONTENIDAS DE MENOS DE 2 TONELADAS DE REFRIGERACIÓN En todo tipo de edificaciones, exceptuando las viviendas de una y dos familias, en donde se vayan a instalar unidades autocontenidas de aire acondicionado de menos de 2 toneladas, el arancel a cobrarse debe ser el correspondiente al costo total de todas las unidades combinadas (vea arancel en B101.2.1).
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CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
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ÍNDICE A
AUTORIDAD COMPETENTE . . . . . . . . . 103, 104, 202
ABERTURAS Aire de combustión . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 7 Exteriores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 401.4, 401.5
ACCESO A EQUIPOY. OBSERV . . . . . . . .ANCIA . . . . . . . . . . . . . . . 306 ADMINISTRACIÓN DE LA LEY . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 1 AGUA DE REPOSICIÓN . . . . . . . . . . . . 908.5, 1005.2, 1206.3,1207.2
AIRE Combustión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 7 Filtros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .605 Sistemas de distribución . . . . . . . . . . . . Capítulo 6 Suministro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 4 Transferencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 403.2.2 Ventilación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 4 AIRE DE COMBUSTIÓN . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 7
AIRE DE REPOSICIÓN, EXTRACCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 508, 510.5.5 AIRE EXTERIOR, COMBUSTIÓN . . . . . . . . Capítulo 7 AIRE EXTERIOR, MÍNIMO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 403 AIRE INTERIOR, COMBUSTIÓN . . . . . . . . . Capítulo 7 AISLAMIENTO
Conducto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .604 Tubería. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1204 ALCANCE DEL CÓDIGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 101.2 ALIVIO DE TEMPERATURA, SOLAR . . . . . . . 14 02.4 ALMACENAMIENTO TÉRMICO, SOLAR . . . . . 1404.2 AMONÍACO . . . . . . . . . . . . . . 1105.8, 1106.3
APELACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 109 APLICABILIDAD DEL CÓDIGO . . . . . . . . . . . . . . . 102 APROBACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .105 ARTEFACTOS Acceso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 306 Exteriores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .303.6 Instalación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulos 3, 9 Localización peligrosa . . . . . . . . . . . . . . . . . 303.2 Lugares prohibidos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 303 ARTEFACTOS DE COCINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 917
ARTEFACTOS DE COMBUSTIÓN DE CARBÓN . . . . . . . . . . Capítulo 9 ARTEFACTOS DE COMBUSTIÓN DE MADERA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 9 ARTEFACTOS DE COMBUSTIÓN DE PELETAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 904 ARTEFACTOS DE COMBUSTIÓN DE SÓLIDOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 9 ARTEFACTOS PARA BARBACOA . . . . . . . . . . . . 906 CÓDIGO INTERNACIONAL DE INSTALACIONES MECÁNICAS 2006
B BARANDAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 304.10 BOMBA DE CALO R . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .918.3
C CÁLCULOS DE CARGA, CALEFACCIÓN Y ENFRIAMIENTO . . . . . . . . . . . . . . . 3 12 CALDERAS Aprobación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1004.1 Controles . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1006 Corte por bajo nivel de agua . . . . . . . . . . . . . 1007 Cuartos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 304.7 Ensayos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1011 Generalidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1001 Medidores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1010 CALDERAS DE AGUA CALIENTE . . . . . . Capítulo 10 CALEFACTOR, AIRE FORZADO . . . . . . . . 9 18
CALEFACTOR DE PARED. . . . . . . . . . . . . . . . . . .
909
CALEFACTOR DE PISO . . ...................................... CALEFACTOR RADIANTE
910 912 CALENTADOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 9 CALENTADOR DE AGUA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1002
CALEFACTOR DE CUARTO, COMBUSTIBLE SÓLIDO . . . . . . . . . . 904 , 905, 921 CALEFACTOR UNITARIO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 920 CALENTADOR DE LEÑA A GAS SIN VENTILACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . 903.3 CALENTADOR DE PISCINA/SPA. . . . . . . . . . . . . . 916 CALENTADOR DE SAUNA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 914 CAMPANA DE USO DOMÉSTICO . . . . . . . . Capítulo 5 CAMPANA, EXTRACCIÓN . . . . 505, 506, 507, 510.5.3 CAMPANAS (TIPO TOLDO) . . . . . . . . . 507.12, 507.13 CAMPANAS (EXCEPTO TIPO TOLDO) . . . . . . . . . . . . . . . . 507.14 CELDA COMBUSTIBLE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 924 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 301.4 CERTIFICACIÓN CHIMENEAS DE MAMPOSTERÍA . . . . . . . . Capítulo 8 CHIMENEAS Y RESPIRADEROS Conectores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 803 Existente. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .801.18 Extractores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .804.3 Generalidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 801 Hechas en fábrica . . . . . . . . . . . . . . . . . . 802, 805 Mampostería, generalidades . . . . . . . . . . . . . . 801 Reguladores de tiro . . . . . . . . . . . . . . 803.5, 803.6
137
ÍNDICE
Respiraderos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .802 Respiraderos directos. . . . . . . . . . . . . . . . . . 804.1 COLECTORES, SOLARES . . . . . . . . . . 1402.4, 1404.1 COLGADEROS, TUBERÍA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 305 COMBUSTIBLE, CONVERSIÓN . . . . . . . . . . . . . 301.9
COMBUSTIBLES, ESPACIOS LIBRES REDUCIDOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . CONDENSACIÓN
. . . . 308
Conductos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .603.12 Tubería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1107.3 CONDICIONES INSEGURAS . . . . . . . . . . . . . . . 108.7
CONDUCTO Aire de combustión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 708 Aislamiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 604 Bajo tierra . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .603.8 Calefactor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 918 Colgaderos y soportes . . . . . . . . . . . . . . . . 603.10 Construcción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .603 Cubierta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 604.3 Detectores, humo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 606 Dimensionamiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 603.2 Cerramiento . . . . . . . . . . . . . . . . . 506.3.10, 510.4 Extracción. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .501.4 Extracción de cocina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 506 Extracción peligrosa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 510 Flexible . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .603.6 Instalación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .603 Juntas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .603.9 Plástico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 603.8.3 Regulador de tiro antifuego . . . . . . . . . . . . . . . 607 Regulador de tiro antihumo . . . . . . . . . . . . . . . 607 Revestimiento interno. . . . . . . . . . . . . . . . . . 604.3 Sistemas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 6
CONDUCTO DE HUMO, REVESTIMIENTO . . . . . . . . . . . . . . 801.16, 801.18.2 CONDUCTOS FLEXIBLES . . . . . . . 603.6, 607.7 CONECTOR FLEXIBLE (CONDUCTO) . . 603.6, 607.7 CONECTOR FLEXIBLE, HIDRÓNICO . . . . . . . . 1202.7 CONECTORES, CHIMENEA O RESPIRADERO . . 803 CONTAMINANTES, AIRE DE VENTILACIÓN . . . . . . . . . . . 401.4.1, 401.6 . . . .TURA . . . . . . .. .. .. .. .. .. .. .. .309.1 . . . .513 CONTROL DE HUMO CONTROL TEMPERA CONVERSIÓN, QUEMADORES . . . . . . . . . 9 19 CORTE POR BAJO NIVEL DE AGUA, CALDERAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1007 CORTE, RANURADO, PERFORADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 302 CREMATORIOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 907 CUARTO DE CALEFACTOR . . . . . . . . . . . . . . . 304.7 CUARTO DE MÁQUINAS . . . . 1104.2, 1105, 1106 138
CUBIERTA, CONDUCTOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . 604.3
D DEFINICIONES . . . . . . . . . . . . . . C apítulo 2 DETECTORES DE HUMO . . . . . . . . . . . . 6 06 DETECTORES, CONDUCTO . . . . . . . . . . . 6 06 DISEÑO DE CAMPANA (COCINA) . . . . . . . . 5 07 DISPOSITIVOS DE CONTROL DE VIBRACIÓN . . . . . . . . . . . . . . 301.10 DOCUMENTOS . . . . . . . . . . . . . . . . 106.3.1 DRENAJE DE CONDENSADO . . . . . . . . . . 3 07
E EFICIENCIA ENERGÉTICA . . . . . . . . . . 3 01.2 ENERGÍA SOLAR . . . . . . . . . . . . C apítulo 14 ENSAYOS Calderas/recipientes a presión . . . . . . . . . . . 1011 Extracción de cocina . . . . . . . . . . . . . . . . . 507.16 Refrigeración . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1108, 1109 Tubería hidrónica. . . . . . . . . . . . . . . . 1208,1209.2 Tubería para gasóleo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1308
EQUIPO DE EXTRACCIÓN DE COCINA . . . . . . . . . . . . . . C apítulo 5 EQUIPO DELIBRES MÁQUINA/TURBINA . . . . . . . . 915 ESPACIOS Artefactos en garajes . . . . . . . 304.5, 304.6 Artefactos específicos . . . . . . . . Capítulo 9 Chimeneas y respiraderos . . . . . . . 801.18.4 Conectores . . . . . . . . . . . . . . . 803.10.6 Extracción de cocina . . . . . . . 506.3.6, 507.9 Reducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . 308
ESPACIO REDUCIDO, VENTILACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . 406 ESTÁNDARES, CITADOS . . . . 102.8, Capítulo 15 ESTRUCTURA REUBICADA . . . . . . . . . . 102.7 ESTUFA DE KEROSENO . . . . . . . . . . . . . 9 22 EXTRACCIÓN DE COCINAS COMERCIALES . 506 Campanas . . . . . . . . . . . . . . . . . . 507
EXTRACCIÓN, SISTEMAS REQUERIDOS Aberturas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 401.4, 401.5 Cocina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 505, 506, 507 Conductos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .501.4 Cuarto de máquinas. . . . . . . . . . . . . . . 1105, 1106 Descarga . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 501.2 Mecánico. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 403, Capítulo 5 Secadoras de ropa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 504 Sistema, peligroso. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 510 EXTRACTOR MECÁNICO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 804
CÓDIGOI N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S M E C Á N I C A S 2 0 0 6
ÍNDICE
F FILTROS, AIRE. . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 05 FILTROS DE GRASA . . . . . . . . . . . . . 5 07.11 FLEXIBLE, CONDUCTO . . . . . . . . 60 3.6, 607.7 FLUIDO DE TRANSFERENCIA Solar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1403 Tubería hidrónica. . . . . . . . . . . . . . 1207
G GENERACIÓN DE HIDRÓGENO Y CARGA . . . . . . . . . . . . . . . . 304.4, 926 GRASA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 506, 507 GRASA, FILTROS . . . . . . . . . . . . . . 5 07.11
H HOGAR DE MAMPOSTERÍA . . . . . . . . . . . 9 02 HOGAR TIPO ESTUFA . . . . . . . . . . . . . . 9 05 HOGARES Prefabricado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .903 Mampostería. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 902.1 HORNO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 923
I INCINERADORES . . . . . . . . . . . . . . . . 907 IDENTIFICACIÓN DE EQUIPO . . . . . . . . 304.11 INSPECCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 107 INSTALACIÓN ELÉCTRICA . . . . . . . . . . 301.7 INSTALACIONES HIDRÁULICAS Y SANITARIAS . . . . . . . . . . . . . . . 3 01.8 INSTALACIÓN EXTERIOR . . . . . . . . . . . 303.6
J JUNTAS Conducto . . . . . . . . . . . . . 506.3.2, 510.8.1, 603.9 Conectores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 803.10.1 Tubería. . . . . . . . . . . . 1003.2, 1107.5, 1203, 1303
L LOCALIZACIÓN PELIGROSA, EQUIPOS . . . . . . . . . . . . . . 304.3, 901.3 LOCALIZACIÓN PELIGROSA, INSTALACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . 304.3
M MANTENIMIENTO . . . . . . . . . . . . . . . 102.3 MATERIALES ALTERNATIVOS . . . . . . . . 105.2 CÓDIGO INTERNACIONAL DE INSTALACIONES MECÁNICAS 2006
MEDIDOR DE PRESIÓN . . . . . . . . . . . . 1010 MEDIDORES, CALDERAS . . . . . . . . . . . 1 010 MOTORES . . . . . . . . . . . . . . . 5 03, 506.5.1.1
P GASÓLEO Instalación de tubería . . . . . . . . . . . 13 05 Material de tubería . . . . . . . . . . . . . 1302 Tubería . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 13 GASÓLEO, TUBERÍA . . . . . . . . . . Ca pítulo 13
PREFABRICADO Artefacto para barbacoa . . . . . . . . . . . . . . . . . 906 Campanas de extracción comerciales . . . . . 507.1 Chimeneas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .805 Conductos (Extracción de cocina) . . . . . . . . . . . 506.3.1.1, 506.3.2, 506.3.6 Hogares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 903 PLENOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 602 PLENOS DE ESPACIO REDUCIDO . . . . . . . 602 PENETRACIONES . . . . . . . . . . . . 3 02.2, 607 PERMISOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 106
Q QUEMADOR DE CONVERSIÓN . . . . . . . . . 9 19
R RECIPIENTE A PRESIÓN . . . . . . . . . . . . 1 003 REFRIGERACIÓN MECÁNICA . . . . . Capítulo 11 REFRIGERANTE, CANTIDAD . . . . . . . . . 1104 REGISTROS . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 03.17 REGISTROS DE LIMPIEZA Extracción de cocina . . . . . . . . . 506.3.9, 506.3.10 Chimeneas de mampostería . . . . . . . . . . . 801.13
REGULADORES DE TIRO Aire de combustión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 709 Antifuego . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 607 Chimenea o respiradero . . . . . . . . . . 803.5, 803.6 Humo . . . . . .DE . . . TIRO . . . . . .ANTIFUEGO . . . . . . . . . . . . . .. .. .. . 607 .607 REGULADORES REGULADORES DE TIRO ANTIHUMO . . . . . 607 REGULADORES DE TIRO AUTOMÁTICOS. . 803.6 REGULADORES DE TIRO DE CIELORRASO . . . . . . . . . . . . . . . 607 REPARACIONES. . . . . . . . . . . . . . . . 1 02.4 RESISTENCIA AL VIENTO . . . . . . . . . . 301.12 RESPIRADEROS Conectores . . . . . . . . . . . . . . . . . 803
139
ÍNDICE
Directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 804 Explosión . . . . . . . . . . . . . . . . . . 310 Generalidades . . . . . . . . . 802, Capítulo 8 Humo y calor. . . . . . . . . . . . . . . . . 311 Extremo final. . . . . . . . . . . . . . . . . 802
RESPIRADEROS DE EXPLOSIÓN . . . . . . . . . . . . . . . 3 10 RESPIRADEROS DE HUMO Y CALOR . . . . . . . . . . . . . 3 11 RETARDADOR DE VAPOR. . . . . . . . . . 6 04.11 REVESTIMIENTO, CONDUCTO DE HUMO . . . . . . . . . . 8 01.16 REVESTIMIENTO INTERNO, CONDUCTO . . . . . . . . . . . . . . . . . 604.3 RIESGO DE INUNDACIÓN . . 301.13, 401.4.3, 602.4, 603.13 ROPA, SECADORAS DE Artefacto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 913 Extracción . . . . . . . . . . . . . . . . . . 504
S SECADORAS DE ROPA
T TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS COMBUSTIBLES . . . . . . . . . 1301 TANQUES DE ALMACENAMIENTO SUBTERRÁNEOS . . . . . . . . . . . C apítulo 13 TANQUES DE EXPANSIÓN . . . . . 1009, 1402.5.4 TANQUES, LÍQUIDOS INFLAMABLES . . . . . . . . . . . C apítulo 13 Y COMBUSTIBLES TERMÓMETRO . . . . . . . . . . . . . . . . . 1010 TORRES DE ENFRIAMIENTO . . . . . . . . . . 9 08 TUBERÍA Material, Gasóleo . . . . . . . . . . . . . 1302 Material, hidrónico . . . . . . . . . . . . . 1202 Gasóleo . . . . . . . . . . . . . . . C apítulo 13 Refrigerante . . . . . . . . . . . . . . . . 1107 Soportes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 305 TUBERÍA DE AGUA . . . . . . . . . . . C apítulo 12 TUBERÍA DE AGUA CALIENTE . . . . . Capítulo 12 TUBERÍA DE AGU A HELADA . . . . . . Capítulo 12 TUBERÍA DE REFRIGERA NTE . . . . . . . . . 1 107
TUBERÍA DE AGUA DE ENFRIAMIENTO . . . . . . . . . Ca pítulo 12 TUBERÍA HIDRÓNICA . . . . . . . . . . Ca pítulo 12
Extracción . . . . . . . . . . . . . . . . . . 504 Generalidades. . . . . . . . . . . . . . . . 913
SELLADOS Criterios para . . . . . . . . 301.4, 301.5, 301.6
SÍSMICO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 01.15 SISTEMAS DE EXTRACCIÓN DE GASES DEL SUELO DEBAJO DE L OSA . . . . . . . 5 12 SISTEMAS DE EXTRACCIÓN PELIGROSOS . . . . . . . . . . . . . . . . . 510 SISTEMAS DE RECUPERACIÓN DE ENERGÍA . . . . . . . . . . . . . . . . . 514 SISTEMAS DE TRANSPORTE . . . . . . . . . . 5 11 SISTEMAS DE TRANSPORTE PARA POLVO, Y PARA ALMACENAMIENTO Y DESCARGA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 11 SISTEMAS EXISTENTES . . . . . . . . . . . 1 02.2 SOPORTES, CONDUCTOS . . . . . . . . . . 603.10 SOPORTES, TUBERÍA . . . . . . . . . . . . . . 3 05 SUPRESIÓN Extracción de cocina . . . . . . . . . . . . 50 9 Extracción peligrosa. . . . . . . . . . . . 510.7
SUPRESIÓN AUTOMÁT ICA DE FUEGO, EXTRACCIÓN DE COCINA. . . . . . . . . . 5 09 SUPRESIÓN DE INCENDIO Extracción de cocina . . . . . . . . . . . . 50 9 Extracción peligrosa . . . . . . . . . . . . 51 0.7
TUBERÍA Aislamiento . . . . . . . . . . . . 1107.3, 1204 Soportes . . . . . . . . . . . . . . . . . . 305
TUBO INDICADOR . . . . . . . . . . . . . . . 1010
U UBICACIÓN, EQUIPOS Y ARTEFACTOS . . . . 30 3
V VÁLVULAS Calderas . . . . . . . . . . . . . . . 1005, 1008 De corte . . . . . . . . . . . . . . . . . 1107.7 De seguridad y alivio . . . . . . . . . . . 10 06 Gasóleo . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1307 Hidrónicas . . . . . . . . . . . . . . . . . 1205
VÁLVULAS DE ALIVIO, GASÓLEO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 307 VÁLVULAS DE ALIVIO, RECIPIENTES A PRESIÓN . . . . . . . . . 1 006 VÁLVULAS DE ALIVIO, SOLAR . . . . . . 1402.5.1 VÁLVULAS DE ALIVIO, VAPOR . . . . . . . . 1008 VÁLVULAS DE SEGURIDAD . . . . . . . . . . 1006 VAPOR Alivio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1008 Calderas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 10
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ÍNDICE
Medidores . . . . . . . . . . . . . . . . . 1010 Tubería . . . . . . . . . . . . . Ca pítulo 10, 12
VENTILACIÓN Aberturas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .401.4, 401.5 Aire . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capítulo 4 Caudal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 403.3 Cuartos de máquinas . . . . . . . . . . . . . . 1105, 1106 Espacios no habitados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 406 Mecánica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 304.4.2, 403 Natural . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 304.4.1, 402 Recirculación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 403.2.1 Sistemas de recuperación de energía. . . . . . . 514 Transferencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 403.2.2 VENTILACIÓN DE ENTREPISO . . . . . . . . . 4 06 VENTILACIÓN DE BAÑO . . . . . . . . . . 4 02, 403
VENTILACIÓN DE ESCUSADOS . . . . . . . . . 402.1, Tabla 403.3 VENTILACIÓN MECÁNICA . . . . . . . 304.4.2, 403 VENTILACIÓN NATURAL. . . . . . . . 30 4.4.1, 402 VENTILADORES, EXTRACCIÓN . . . . 503, 506.5.1 VIOLACIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 08
CÓDIGO INTERNACIONAL DE INSTALACIONES MECÁNICAS 2006
141
142
CÓDIGOI N T E R N A C I O N A L D E I N S T A L A C I O N E S M E C Á N I C A S 2 0 0 6
GLOSARIO Español - Inglés ESPAÑOL
INGLÉS
ESPAÑOL
A Abertura de limpieza
Cleanout
Abertura de limpieza de desperdicios de plomería
Plumbing waste cleanout
Artefacto de combustión cerrada Closed combustion de sólidos solid-fuel-burning appliance Artefacto de combustión de Pellet fuel-burning appliance peletas
Abertura exterior
Artefacto de mediano calor Outdoor opening
Acceso(a)
Access(to)
Artefacto eléctrico de calefacción
Acceso directo (a)
Ready access (to)
Artefacto existente
Accesorio de transición
Boot
Accesorio embridado
Flanged fitting
Artefacto generador de hidrógeno
Accesorios de transmición, plástico a acero
Transition fittings, plastic to steel
Agencia aprobada
Approved agency
Agujero Aire
Hole Air
Aire acondicionado
Air conditioning
Aire de combustión
Combustion air
Aire de extracción
Exhaust air
Aire de reposición
Air makeup
Aire de suministro
Supply air
Aire de ventilación
Ventilation air
Aire en exceso
Excess air
Aire exterior
Outdoor air
Aire recirculado
Recirculated air
Aire teórico
Theoretical air
Alimentado a petróleo
Oil-fired
Aprobado
Approved
Arandela entongada
Stacked washer
Área neta de piso
Floor area, net
Artefacto Artefacto con ventilación
Appliance Appliance, vented
Artefacto de alto calor
INGLÉS
Medium-heat appliance Electric heating appliance Appliance, existing Hydrogen generating appliance
Artefacto para cocinar de uso Light-duty cooking appliance ligero Artefacto para cocinar de uso Medium-duty cooking appliance medio Artefacto para cocinar de uso muy pesado
Extra-heavy duty cooking appliance
Artefacto portátil de celdas combustibles Portable fuel cell appliance Artefactos de cocina comercial Commercial cooking appliances Artefactos de ventilación directa Direct-vent appliance Aspirador
Exhauster
Autoridad competente
Code official
B Babeta
Flash
Baño
Bathroom
Bloqueado antifuego Boca desalida Bomba de calor Btu
Fireblocking Outlet Heat pump Btu
C Caldera
Boiler
Caldera automática
Automatic boiler
High-heat appliance
Caldera de baja presión para calefacción por agua caliente
Low-pressure hot-water-heating boiler
Artefacto de bajo calor (artefacto residencial)
Low-heat appliance (residential appliance)
Caldera de baja presión para calefacción por vapor
Low-pressure steam-heating boiler
Artefacto de cocina
Cooking appliance
Caldera modular
Modular boiler
Artefacto de cocina de uso pesado
Heavy duty cooking appliance
Caldera para calefacción por Steam-heating boiler vapor Calefacción de panel radiante
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
Panel heating 143
GLOSARIO
ESPAÑOL
INGLÉS
ESPAÑOL
Calefactor
Furnace
Clasificaciones de seguridad de Refrigerant safety refrigerantes: inflamabilidad classifications: flammability
Calefactor de aire de mediana Warm-air furnace temperatura Calefactor de conducto Calefactor de cuarto con ventilación Calefactor de piso Calefactor de piso con ventilación
INGLÉS
Clasificaciones de seguridad de Refrigerant safety refrigerantes: toxicidad classifications: toxicity
Duct heater Room heater vented Floor furnace Vented floor furnace
Cloruro de polivinilo clorado
Chlorinated Poly-vinyl chloride
Cocina económica
Range
Código Colector
Code Drip
Radiant heater
Combustible sólido (para cocción)
Calefactor unitario
Unit heater
Combustión
Calefactor de agua
Water heater
Componentes de sistema
System components
Cámara de combustión
Combustion chamber
Compresor
Compressor
Campana
Hood
Campana baja
Pass-over hood
Compresor de desplazamiento positivo
Compressor, positive displacement
Campana de doble isla
Double island canopy hood
Condensador
Condenser
Campana de isla única
Single island canopy hood
Condensados
Condensate
Campana de muro
Wall canopy hood
Conducto
Duct
Campana de tipo ceja
Eyebrow hood
Conducto de humo
Flue
Campana trasera
Backshelf hood
Conducto envuelto con cinta Duct wrap aisladora
Campanas compensadoras Campanas de cocina comercial
Compensating hoods Commercial kitchen hoods
Conductos hechos en fábrica
Factory-made ducts
Conector de chimenea
Chimmey connector
Capacidad nominal
Rated capacity
Capacidad nominal de salida
Rated output capacity
Carcasa
Casing
Cerramiento de recinto
Shaft enclosure
Conexión de conducto de humo Flue connection (breeching) (humero)
Certificado
Listed
Conjunto combustible
Combustible assembly
Chimenea
Chimmey
Chimenea de mampostería
Masonry chimmey
Conjunto protector (espacio libre reducido)
Protective assembly (reduced clearance)
Chimenea de metal
Metal chimmey
Construcción excepcionalmente Unussually tight construction estanca
Chimenea prefabricada
Factory built chimmey
Contratiro
Backdraft
Control
Control
Control de límites
Limit control
Clasificación de capacidad de Refrigeration capacity rating refrigeración
Control modulante automático Control modulante escalonado
Automatic modulating control Step modulating control
Clasificación de inflamabilidad Flammability classification
Convector de zócalo
Baseboard convector
Clasificación de rendimiento
Output rating
Corrimiento
Shifting
Clasificación de sistema de refrigeración
Refrigeration system classification
Cuarto de caldera
Boiler room
Clasificación de toxicidad
Toxicity classification
Calefactor radiante
Cierre de baja presión de agua Boiler low-water cutoff para calderas Cierre
Cutoff
144
Combustion
Conector de respiradero
Vent connector
Conexión cruzada
Cross connection
Cuarto de maquinaria de refrigeración
Clasificaciones de seguridad de Refrigerant safety classifications refrigerantes
Solid fuel (cooking applications)
Refrigeration machinery room
Cuarto de máquinas
Machinery room
Cuarto del calefactor
Furnace room
CÓDIGOINTERNACIONALD EINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
GLOSARIO
ESPAÑOL
INGLÉS
ESPAÑOL
Cuarto o espacio refrigerado
Refrigerated room or space
F
Cubierta
Shroud
INGLÉS
Fogón
Firebox
D
Fuente de ignición
Ignition source
Desplazamiento (respiradero)
Offset (vent)
G
Destino
Occupancy
Gas combustible
Fuel gas
Dispositivo de alivio de presión Pressure relief device
Gases de combustión
Flue gases
Dispositivo de seguridad
Gasóleo
Fueloil
Dispositivo limitador de presión Pressure-limiting device
Gasto
Flowrate
Dispositivo regulador de ventilación, automático
Gasto de extracción
Exhaust rate
Gasto de ventilación
Ventilation rate
Documentos de construcción
Safeguard
Vent damper device, automatic Construction documents
E Edificación
Building
Elevación de la inundación de Design flood elevation diseño Empaquetadora de cinta Enchufe Enfriador evaporativo
Gasketing Stab Evaporative cooler
Enfriamiento por aire reforzado Forced air cooling Engrampados
Stappled
Equipo
Equipment
Equipo autocontenido
Self-contained equipment
Equipo de enfriamiento evaporativo
Evaporative cooling equipment
H Hermético
Tightfitting
Hogar
Fireplace,hearth
Hogar de mampostería
Masonry fireplace
Hogar prefabricado
Factory built fireplace
Hogar tipo estufa
Fireplace stove
I Índice de generación de humo
Smoke-developed index
Índice de propagación de llama
Flame spread index
Intensidad máxima admisible Intercambiador de calor
Ampacity Heat exchanger
J Junta abocinada
Joint, flared
Equipo de enfriamiento por Absorption cooling equipment absorción
Junta bridada
Joint, flanged
Equipo de enfriamiento por refrigeración
Junta de adhesivo plástico
Joint, plastic adhesive
Junta mecánica
Mechanical joint
Refrigeration cooling equipment
Equipo existente
Equipment, existing
Espacio acondicionado
Conditioned space
Espacio angosto
Crawl space
Espacio confinado
Confined space
Espacio de trabajo
Working space
Espacio de aire libre
Air-space clearance
Espacio habitado Espacio libre
Living space Clearance
Espacio libre de trabajo
Working space clearance
Espacio no confinado
Unconfined space
Evaporador
Evaparator
Escusado
Toiletroom
Exfiltración
Exfiltration
Junta plástica con cemento solvente
Joint, plastic solvent cement
Junta plástica por termofusión
Joint, plastic-heat fusion
Junta saliente
Saddle joint
Junta soldada
Joint, soldered
Junta soldada en fuerte
Brazed, joints
Junta soldada por fusión
Joint, welded
Junta, mecánica
Joint, mechanical
L Lado de alta presión
High-side pressure
Lado de baja presión
Low-side pressure
Límite explosivo inferior (LEL) Lower explosive limit (LEL) Límite inferior de inflamabilidad Lower flammability limit (LFL) (LFL) Líquido de transferencia de Heat transfer liquid calor
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
145
GLOSARIO
ESPAÑOL
INGLÉS
ESPAÑOL
INGLÉS
Líquidos combustibles
Combustible liquids
Purgar
Purge
Flammable liquids
Q
Líquidos inflamables Local
Premise
Quemador
Burner
Localización oculta
Concealed location
Quemador de conversión
Conversion burner
Localización peligrosa
Hazardous location
R Receptor de líquidos
Receiver, liquid
M Madera tratada ignifugada
Fire retardant treated wood
Recinto
Shaft
Marca registrada
Trade mark
Recipientes a presión
Pressure vessels
Material combustible
Combustible material
Materiales abrasivos
Abrasive materials
Recipientes a presión refrigerantes
Materiales no abrasivos/abrasivos
Nonabrasive materials/abrasive materials
Materiales no combustibles
Pressure vessels-refrigerant
Refrigerantes
Refrigerants
Refrigerantes reciclados
Recycled refrigerants
Noncombustible materials
Refrigerantes recuperados
Recovered refrigerants
Miembro de carga
Load bearing member
Refrigerantes regenerados
Miembro estructural de acero
Steel-framed member
Regulador de tiro
Miembro estructural de madera
Wood-framed member
Regulador de tiro de contratiro
Backdraft damper
Modificación
Alteration
Regulador de tiro de humo
Smoke damper
Stud wall
Regulador de tiro de volumen
P Pared de entramado (uso muro)
Reclaimed refrigerants Damper
Regulador de tiro de respiradero Vent damper
Pasillo de chimenea Chimmey passageway Peligro inminente para la vida o Inmediately dangeruos to life or la salud (IDLH) health Perforación
Drilling
Petróleo
Petroelum
Piso
Story
Placade base
Sole plate
Volumen damper
Rejilla de piso Rendimiento
Floor register Output
Resistencia térmica (R)
Thermal resistance (R)
Resistencia última
Strength, ultimate
Respiradero
Vent
Respiradero de peletas
Pellet vent
Respiradero tipo L
Type L vent
Placa de defensa
Shield plate
Placa de fábrica
Name plate
Revestimiento de conducto de humo (revestimiento interior)
Flue liner (lining)
Planta generadora estacionaria de celdas combustibles
Stationary fuel cell power plant
Revocada
Plastered
Plástico termoendurecido
Plastic, thermosetting
Plástico termoplástico
Plastic, thermoplastic
Pleno
Plenum
Pleno de suministro
Supply plenum
Pleno debajo del piso
Under-floor plenum
Presión de trabajo de diseño
Design working pressure
Presión, prueba en obra
Pressure, field test
Productos de combustión
Combustion products
Profesional registrado de diseño Registered design professional Propagación
Spread
Punto de ignición
Flash point
146
S Salvaguarda de llama
Flame safeguard
Schedule
Schedule
Secadora de ropa
Clothes dryer
Sellado Sello
Labeled Label
Sistema de absorción
Absorption system
Sistema de aire acondicionado
Air-conditioning system
Sistema de calefacción radiante
Radiant heating system
Sistema de captura en la fuente
Source capture system
Sistema de carga limitada
Limited charge system
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
GLOSARIO
ESPAÑOL
INGLÉS
ESPAÑOL
INGLÉS
Sistema de ventilación
Venting system
Duct system
Sistema de ventilación de recuperación de energía
Energy recovery ventilation system
Air distribution system
Sistema mecánico
Mechanical system
Sistemas de alta probabilidad
High-probability systems
Sistema de circuito de bombas de calor geotérmicas
Ground source heat pump loop system
Sistema de conductos Sistema de distribución de aire Sistema de enfriamiento evaporativo
Evaporative cooling system
Sistema de extracción Exhaust system Sistema de extracción mecánica Mechanical exhaust system
Sistemas de baja probabilidad
Low-probability systems
Sistemas de limpieza en seco
Dry cleanning systems
Sistema de retorno de aire
Return air system
Sitio
Premise
Commercial cooking recirculating system
Socavar
Undermine
Sistema de refrigeración
Refrigerating system
Solapadura de contacto
Contact lap
Sistema de refrigeración autocontenido
Refrigerating system, self-contained
Soldado
Sweat
Soldadura en fuerte
Brazing
Sistema de ingeniería
Engineered system
Sistema de recirculación de cocina comercial
Sistema de refrigeración directa Direct refrigerating system
Sombrerete
Bonnet
Sistema de refrigeración indirecta
Suministro
Supply
Sistema de refrigeración indirecta: sistema cerrado
Indirect refrigerating system Indirect refrigerating system: closed system
Sistema de refrigeración indirecta: sistema cerrado ventilado
Indirect refrigerating system: vented closed system
Sistema de refrigeración indirecta: sistema de rociado abierto
Indirect refrigerating system: open-spay system
Sistema de refrigeración indirecta: sistema indirecto doble de rociado abierto
Indirect refrigerating system: double-indirect open-spray system
Sistema de refrigeración mecánica
Refrigeration system, mechanical
T Tapón fusible
Fusible plug
Tipo de artefacto
Appliance type
Tiro
Draft
Tiro descendente Tiro inducido
Down draft Induced draft
Tiro natural
Natural draft
TLV-TWA (Promedio de concentración mínima límite ponderado en el tiempo)
TLV-TWA (Threshold limit value-time weighted average)
Toma de receptáculo
Receptacle outlet
Sistema de refrigeración por Refrigeration system, absorption absorción
Tubería
Piping
Tubería hidrónica
Hydronic piping
Sistema de refrigeración por absorción: sistema directo
Refrigeration system, absorption: direct system
Tuberíarígida
Pipe
Sistema de refrigeración por absorción: sistema indirecto
Refrigeration system, absorption: indirect system
Tubería semirrígida
Tubing
Tubo indicador
Glass gauge
Sistema de suministro de aire
Supply air system
U
Sistema de tiro forzado
Forced draft system
Ubicación
Location
Sistema de tiro mecánico
Mechanical draft system
Unidad compresora
Compressor unit
Sistema de tiro mecánico: sistema de ventilación de tiro forzado
Mechanical draft system: forced-draft venting system
Sistema de tiro mecánico: sistema de ventilación de tiro inducido
Mechanical draft system: induced-draft venting system
Unidad condensadora
Condensing unit
Unidad de manejo de aire
Air-handling unit
Unidad de vivienda
Dwelling unit
V Válvula de alivio
Pressure relief valve
Sistema de tiro mecánico: Mechanical draft system: power sistema de ventilación mecánica venting system
Válvula de apertura rápida
Quick-opening valve
Sistema de tiro natural
Válvula de cierre
Stop valve
Natural draft system
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
147
GLOSARIO
ESPAÑOL
INGLÉS
Válvula de derivación
By pass valve
Válvula de seguridad
Safety valve
Vapores o gases inflamables
Flammable vapors o fumes
Ventilación
Ventilation
Ventilación natural
Natural ventilation
Ventilador
Fan,blower
Ventilador del calefactor
Furnace blower
Ventilador reforzador
Booster fan
Vivienda
Dwelling
148
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
GLOSARIO Inglés - Español INGLÉS
INGLÉS
ESPAÑOL
Boot
Accesoriodetransición
Materiales abrasivos
Brazed, joints
Junta soldada en fuerte
Equipo de enfriamiento por absorción
Brazing
Absorption system
Sistema de absorción
Building
Edificación
Access(to)
Acceso(a)
Burner
Quemador
By pass valve
Válvula de derivación
A Abrasive materials Absorption cooling equipment
Air
ESPAÑOL
Aire
Btu
Soldaduraenfuerte Btu
Aire acondicionado
C
Air distribution system
Sistema de distribución de aire
Casing
Carcasa
Air makeup
Aire de reposición
Chimmey
Chimenea
Air-space clearance
Espacio de aire libre
Chimmey connector
Conector de chimenea
Air-conditioning system
Sistema de aire acondicionado
Chimmey passageway
Pasillo de chimenea
Air-handling unit
Unidad de manejo de aire
Chlorinated poly-vinyl chloride Cloruro de polivinilo clorado
Alteration
Modificación
Cleanout
Abertura de limpieza
Ampacity Appliance
Intensidad máxima admisible Artefacto
Appliance type
Tipo de artefacto
Clearance Closed combustion solid-fuel-burning appliance
Espaciolibre Artefacto de combustión cerrada de sólidos
Appliance, existing
Artefacto existente
Clothes dryer
Secadora de ropas
Appliance, vented
Artefacto con ventilación
Code
Código
Approved
Aprobado
Code Official
Agencia aprobada
Combustible assembly
Conjunto combustible
Automatic boiler
Caldera automática
Combustible liquids
Líquidos ocmbustibles
Automatic modulating control
Control modulante automático
Combustible material
Material combustible
Combustion
Combustión
Combustion air
Aire de combustión
Combustion chamber
Cámara de combustión
Combustion products
Productos de combustión
Air conditioning
Approved agency
B
Autoridad competente
Backdraft
Contratiro
Backdraft damper
Regulador de tiro de contratiro
Backshelf hood
Campana trasera
Baseboard convector Bathroom
Convector de zócalo Baño
Commercial cooking recirculating system
Blower
Ventilador
Commercial kitchen hoods
Campanas de cocina comercial
Boiler
Caldera
Compressor
Compresor
Boiler room
Cuarto de caldera
Compressor unit
Unidad compresora
Boiler low-water cutoff
Cierre de baja presión de agua para calderas
Concealed location
Localización oculta
Condensate
Condensados
Condenser
Condensador
Bonnet
Sombrerete
Booster fan
Ventilador reforzador
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
Commercial cooking appliances Artefactos de cocina comercial Sistema de recirculación de cocina comercial
149
GLOSARIO
INGLÉS
ESPAÑOL
INGLÉS
ESPAÑOL
Condensing unit
Unidad condensadora
Evaporative cooling equipment
Conditioned space
Espacio acondicionado
Equipo de enfriamiento evaporativo
Confined space
Espacio confinado
Evaporative cooling system
Sistema de enfriamiento evaporativo
Construction documents
Documentos de construcción
Evaporator
Evaporador
Contact lap
Solapadura de contacto
Excessair
Aireenexceso
Control Conversion burner
Control Quemador de conversión
Exfiltration Exhaust air
Exfiltración Aire de extracción
Cooking appliance
Artefacto de cocina
Exhaust rate
Gasto de extracción
Crawl space
Espacio angosto
Exhaust system
Sistema de extracción
Cross connection
Conexión cruzada
Exhauster
Aspirador
Cutoff
Cierre
Extra-heavy duty cooking appliance
Artefacto para cocinar de uso muy pesado
Damper
Reguladordetiro
Eyebrow hood
Campana de tipo ceja
Design flood elevation
Elevación de la inundación de diseño
D
F Factory built chimmey
Chimenea prefabricada
Design working pressure
Presión de trabajo de diseño
Factory built fireplace
Hogar prefabricado
Direct refrigerating system
Sistema de refrigeración directa
Factory-made ducts
Direct-vent appliance
Artefactos de ventilación directa
Fan
Double island canopy hood
Campana de doble isla
Fire retardant treated wood
Down draft
Tiro descendente Tiro
Fireblocking Firebox
Bloqueado antifuego Fogón
Fireplace
Hogar
Fireplace stove
Hogar tipo estufa
Flame safeguard
Salvaguarda de llama Índice de propagación de llama
Draft Drilling
Perforación
Drip
Colector
Conductos hechos en fábrica Ventilador Madera tratada ignifugada
Dry cleaning systems
Sistema de limpieza en seco
Flame spread index
Duct
Conducto
Flammability classification
Clasificación de inflamabilidad
Duct heater
Calefactor de conducto
Flammable liquids
Líquidos inflamables
Sistema de conducto
Flammable vapors or fumes
Vapores o gases inflamables
Flanged fitting
Accesorio embridado
Duct system Duct wrap
Conducto envuelto con cinta aisladora
Dwelling
Vivienda
Dwelling unit
Unidad de vivienda
E Electric heating appliance
Artefacto eléctrico de calefacción
Engineered system
Sistema de ingeniería
Energy recovery ventilation system
Sistema de ventilación de recuperación de energía
Equipment
Equipo
Equipment, existing
Equipo existente
Evaporative cooler
Enfriador evaporativo
150
Flash
Babeta
Flash point
Punto de ignición
Floor area, net
Área neta de piso
Floor furnace
Calefactor de piso
Floor register
Rejilla de piso
Flowrate
Gasto
Flue
Conductodehumo
Flue gases
Gases de combustión
Flue connection (breeching)
Conexión de conducto de humo (humero)
Flue liner (lining)
Revestimiento de conducto de humo (revestimiento interior)
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
GLOSARIO
INGLÉS
ESPAÑOL
INGLÉS
ESPAÑOL
Forced air cooling
Enfriamiento por aire forzado
Induced draft
Tiro inducido
Forced draft system
Sistema de tiro forzado
J
Fuelgas
Gascombustible
Joint, flanged
Junta bridada
Fueloil
Gasóleo
Joint, flared
Junta abocinada Junta, mecánica
Fuel-oil piping system
Sistema de tubería de petróleo
Joint, mechanical
Furnace
Calefactor
Joint, plastic adhesive
Junta de adhesivo plástico
Furnace blower Furnace room
Ventilador del calefactor Cuarto del calefactor
Joint, plastic solvent cement
Junta plástica con cemento solvente
Fusible plug
Tapón fusible
G Gasketing Glass gauge Ground source heat pump loop system
Empaquetadura de cinta Tubo indicador Sistema de circuito de bombas de calor
H Hazardous location
Localización peligrosa
Joint, plastic-heat fusion
Junta plástica por termofusión
Joint, soldered
Junta soldada
Joint, welded
Junta soldada por fusión
L Label
Sello
Labeled
Sellado
Light-duty cooking appliance
Artefacto para cocinar de uso ligero Control de límites
Hearth
Hogar
Limit control
Heat exchanger
Intercambiador de calor
Limited charge system
Sistema de carga limitada
Heatpump
Bombadecalor
Listed
Certificado
Heat transfer liquid
Líquido de transferencia de calor
Living space
Espacio habitado
Heavy duty cooking appliance
Artefacto de cocina de uso pesado
Load bearing member Location
Miembro de carga Ubicación
High-heat appliance
Artefacto de alto calor
Lower explosive limit (LEL)
Límite explosivo inferior (LEL)
High-probability systems
Sistemas de alta probabilidad
High-side pressure
Lado de alta presión
Lower flammability limit (LFL)
Límite inferior de inflamabilidad (LFL)
Low-pressure hot-water-heating boiler
Caldera de baja presión para calefacción por agua caliente
Low-pressure steam-heating boiler
Caldera de baja presión para calefacción por vapor
Hole
Agujero
Hood
Campana
Artefacto generador de Hydrogen generating appliance hidrógeno
I Ignition source
Fuente de ignición
Inmediately dangerous to life or Peligro inminente para la vida o health la salud (IDLH) Indirect refrigerating system Indirect refrigerating system: closed system
Sistema de refrigeración indirecta Sistema de refrigeración indirecta: sistema cerrado
Indirect refrigerating system: double-indirect open-spray system
Sistema de refrigeración indirecta: sistema indirecto doble de rociado abierto
Indirect refrigerating system: open-spray system
Sistema de refrigeración indirecta: sistema de rociado abierto
Indirect refrigerating system: vented closed system
Sistema de refrigeración indirecta: sistema cerrado ventilado
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
Low-probability systems
Sistemas de baja probabilidad
Low-side pressure
Lado de baja presión
M Machinery room
Cuarto de máquinas
Masonry chimmey
Chimenea de mampostería
Masonry fireplace
Hogar de mampostería
Mechanical draft system
Sistema de tiro mecánico
Mechanical draft system: forced-draft venting system
Sistema de tiro mecánico: sistema de ventilación de tiro forzado
Mechanical draft system: induced-draft venting system
Sistema de tiro mecánico: sistema de ventilación de tiro inducido
Mechanical draft system: power venting system
Sistema de tiro mecánico: sistema de ventilación mecánica
Mechanical equipment/appliance room
Cuarto de equipos/artefactos mecánicos 151
GLOSARIO
INGLÉS
ESPAÑOL
INGLÉS
ESPAÑOL
Mechanical exhaust system
Sistema de extracción mecánica
Pressure relief device
Dispositivo de alivio de presión
Mechanical joint
Junta mecánica
Pressure relief valve
Válvula de alivio de presión
Mechanical system
Sistema mecánico
Pressure vessels
Recipientes a presión
Medium-duty cooking appliance
Artefacto para cocinar de uso medio
Pressure vessels-refrigerant
Recipientes a presión - refrigerantes
Medium-heat appliance
Artefacto de mediano calor
Pressure, field test
Presión, prueba en obra
Metal chimmey
Chimenea de metal
Pressure-limiting device
Dispositivo limitador de presión
Modular boiler
Caldera modular
Protective assembly (reduced clearance)
Conjunto protector (espacio libre reducido)
Nameplate
Placa de fábrica
Purge
Natural draft
Tiro natural
Q
Natural draft system
Sistema de tiro natural
Quick-opening valve
Natural ventilation
Ventilación natural
N
Purgar Válvula de apertura rápida
R
Nonabrasive materials/abrasive Materiales no abrasivos /abrasimaterials vos
Radiant heater Radiant heating system
Sistema de calefacción radiante
Noncombustible materials
Range
Cocinaeconómica
Rated capacity
Capacidad nominal
Materiales no combustibles
O
Calefactor radiante
Occupancy
Destino
Rated output capacity
Capacidad nominal de salida
Offset (vent)
Desplazamiento (respiradero)
Ready access (to)
Acceso directo (a)
Outdoor air
Aire exterior
Receiver, liquid
Receptor de líquido
Outdoor opening
Abertura exterior
Receptacle outlet
Toma de receptáculo
Outlet
Bocadesalida
Recirculated air
Aire recirculado
Output
Rendimiento
Reclaimed refrigerants
Refrigerantes regenerados
Output rating
Clasificación de rendimiento
Recovered refrigerants
Refrigerantes recuperados
Oil-fired
Alimentado a petróleo
Recycled refrigerants
Refrigerantes reciclados
Refrigerants
Refrigerantes
Refrigerant safety classifications
Clasificaciones de seguridad de refrigerantes
Refrigerant safety classifications: toxicity
Clasificaciones de seguridad de refrigerantes: toxicidad
Refrigerant safety classifications: flammability
Clasificaciones de seguridad de refrigerantes: inflamabilidad
Refrigerated room or space
Cuarto o espacio refrigerado
Refrigerating system classification
Clasificación de sistema de refrigeración
Refrigerating system, self-contained
Sistema de refrigeración autocontenido
P Panel heating
Calefacción de panel radiante
Pass-over hood
Campana baja
Pellet fuel-burning appliance
Artefacto de combustión de peletas
Pellet vent
Respiradero de peletas
Pipe
Tuberíarígida
Piping
Tubería
Plastered
Revocada
Plastic, thermoplastic
Plástico termoplástico
Plastic, thermosetting
Plástico termoendurecido
Plenum
Pleno
Refrigeration capacity rating
Clasificación de capacidad de refrigeración
Plumbing waste cleanout
Abertura de limpieza de desperdicios
Refrigeration cooling equipment
Equipo de enfriamiento por refrigeración
Portable fuel cell appliance
Artefacto portátil de celdas combustibles
Refrigeration machinery room
Cuarto de maquinaria de refrigeración
Premise
Local,sitio
152
Refrigeration system, absorption Sistema de refrigeración por absorción CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
GLOSARIO
INGLÉS
ESPAÑOL
Refrigeration system, absorption: direct system
Sistema de refrigeración por absorción: sistema directo
Refrigeration system, absorption: indirect system
Sistema de refrigeración por absorción: sistema indirecto
Refrigeration system, mechanical
Sistema de refrigeración mecánica
Registered design professional
Profesional registrado de diseño
Return air system
Sistema de retorno de aire
Room heater vented
Calefactor de cuarto con ventilación
S Saddle joint
Junta saliente
Safeguard
Dispositivo de seguridad
Safety valve
Válvula de seguridad
Shedule
Schedule
Self-contained equipment
Equipo autocontenido
INGLÉS
ESPAÑOL
Stud wall
Pared de entramado (uso muro)
Supply
Suministro
Supply air
Aire de suministro
Supply air system
Sistema de suministro de aire
Supply plenum
Pleno de suministro
Sweat System components
Soldado Componentes de sistema
T Theoretical air
Aire teórico
Thermal resistance (R)
Resistencia térmica (R)
Tightfitting
Hermético
TLV-TWA (Threshold limit value-time weighted average)
TLV-TWA (Promedio de concentración mínima límite ponderado en el tiempo)
Toiletroom
Escusado
Shaft
Recinto
Toxicity classification
Clasificación de toxicidad
Shaft enclosure
Cerramiento de recinto
Trade mark
Marca registrada
Shield plate
Placa de defensa
Transition fittings, plastic to steel
Accesorios de transición, plástico a acero
Shifting
Corrimiento
Tubing
Tuberíasemirrígida
Shroud Single island canopy hood
Cubierta Campana de isla única
Type L vent
Respiradero tipo L
Smoke damper
Regulador de tiro de humo
Unconfined space
Espacio no confinado
Smoke-developed index
Índice de generación de humo
Soleplate Solid fuel (cooking applications)
Placadebase Combustible sólido (para cocción)
U
Under-floor plenum
Pleno debajo del piso
Undermine
Socavar
Unit heater
Calefactor unitario Construcción excepcionalmente estanca
Source capture system
Sistema de captura en la fuente
Unusually tight construction
Specially engineered installations
Instalaciones que requieren de ingeniería especial
V
Spread Stab
Propagación
Vent
Respiradero
Enchufe
Vent connector
Conector de respiradero Regulador de tiro de respiradero Dispositivo regulador de ventilación, automático
Stacked washer
Arandela entongada
Vent damper
Stappled
Engrampados
Vent damper device, automatic
Planta generadora estacionaria Stationary fuel cell power plant de celdas combustibles Caldera para calefacción por Steam-heating boiler vapor
Vented floor furnace Ventilation
Ventilación
Steel-framed member
Miembro estructural de acero
Ventilation air
Aire de ventilación
Step modulating control
Control modulante escalonado
Ventilation rate
Gasto de ventilación
Stop valve
Válvula de cierre
Venting system
Sistema de ventilación
Story
Piso
Volume damper
Regulador de tiro de volumen
Strength, ultimate
Calefactor de piso con ventilación
Resistencia última
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™
153
GLOSARIO
INGLÉS
ESPAÑOL
W Wall canopy hood
Campana de muro
Warm-air furnace
Calefactor de aire de mediana temperatura
Water heater
Calentador de agua
Wood-framed member
Miembro estructural de madera
Working space
Espacio de trabajo
Working space clearance
Espacio libre de trabajo
154
CÓDIGOINTERNACIONALDEINSTALACIONESMECÁNICAS2006™