CIUDADANÍA Y CLASE SOCIAL Thomas Humphrey Marshall INTRODUCCIÓN: - El ensayo fue publicado en 1950, en pleno auge de los derechos sociales y del estado de bienestar. - En este ensayo T.H. Marshall analiza el desarrollo de la ciudadana desde tres puntos de !ista" #esde el desarrollo de los derechos civiles , derechos políticos y derechos sociles .
- Marshall centr$ su an%lisis sobre &nglaterra, precisando 'ue los tres tipos de e!olucionaron a diferentes ritmos en el e l transcurso de doscientos o trescientos a(os" •
muestra 'ue los primeros en desarrollarse fueron los derechos civiles )siglo *!iii+ 1. libe libert rtad ad ind indi!i i!idu dual al . libe libert rtad ad perso persona nall -. liberta libertad d de palab palabra ra y de conc concien iencia cia . derec derecho hoss de prop propie ieda dad d 5. derech derecho o de contrat contrataci aci$n $n /. y la igua iguald ldad ad ant ante e la ley ley
los derechos políticos , 1. participaci$ participaci$n n en el eercicio eercicio del del poder poltico poltico como elector elector o representante de los electores e desarrollaron a continuaci$n, fundamentalmente durante el siglo 2&2 hasta el establecimiento del principio de ciudadana poltica uni!ersal. •
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3a lucha por los derechos sociles empiezan a 4nales del siglo 2&2 y se desen!ol!ieron a plenitud durante el siglo 22.
- S! co"tri#!ci$" disti"tiv: 3a introducci$n del concepto moderno de #erechos sociales" roclam$ 'ue s$lo e*iste la ciudadana plena cuando se tienen los tres tipos de derechos, y 'ue los mismos no dependen de la clase social a la 'ue se pertenezca, sino del simple hecho de ser ciudadano, pero 'ue su otorgaci$n no implica la destrucci$n de las clases sociales y la desigualdad.
%RI&ERA %ARTE: AL'RED &ARS(ALL T.H. T.H. Marshall toma como referencia referencia el ensayo de 6lfred Marshall en 178-, llamado El futuro de la clase obrera:. eg;n T.H, T.H, el prop$sito de su estudio es parecido al de 6lfred Marshall en este ensayo, ya 'ue e*amina un problema de la desigualdad social desde un punto de !ista, no s$lo econ$mico, sino tambi
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El ensayo de Marshall se co"str!+e so#re !" hip$tesis sociol$*ic sociol$*ic + !" c,lc!lo eco"$ico " El c%lculo, daba respuesta a sus planteamientos anteriores, demostrando 'ue los recursos y la producti!idad e*istentes en una economa eran su4cientes para pro!eer las bases materiales necesarias para con!ertir a cual'uier hombre en un caballero. Es, decir" NO E.ISTE NIN/0N LÍ&ITE %ARA %ARA LA &E1ORA DE LA CLASE O2RERA ?na economa se puede permitir el coste de dar a todos los hombres una educaci$n y eliminar el trabao pesado y e*cesi!o. or otro lado, Marshall aceptaba un margen de desigualdad cuantitati!a o econ$mica )los b y s e*istentes para satisfacer las necesidades de la poblaci$n+, pero no acepta una desigualdad cualitati!a, la diferencia entre un hombre ci!ilizado y otro 'ue no lo es.
or tanto, seg;n esta hip$tesis"
6. Marshall acepta la desigualdad de las clases sociales siempre y cuando se @econociese a todos los hombres como ciudadanos.
in embargo, cuando 6. Marshall hablaba de ciudadana, lo haca re4ri
EL DESARROLLO DE LA CIUDADANÍA (ASTA 'INALES DEL SI/LO .I.: Marshall empieza haciendo un recorrido del desarrollo de la ciudadana hasta 4nales del siglo 2&2. ara ello di!ide la ciudadana en - partes o elementos"
89 Elemento ci!il Elemento social
9 Elemento poltico
;9
EL ELE&ENTO CI
E" l Edd &edi esto ; derechos se e"tre e>cl#" e"tre sí4 por5!e ls i"stit!cio"es est#" !"ids7 Haba una fusi$n entre las instituciones y los derechos ci!iles y polticos. ero tambi&&&, los polticos en el siglo 2&2, y los sociales en el siglo 22.
3os derechos sociales surgen con el desarrollo de la educaci$n p;blica libre y obligatoria, pero hasta el siglo ** no llega a e'uipararse con los otros dos elementos de la ciudadana.
LOS DEREC(O CI
Es decir, es el periodo comprendido desde la @e!oluci$n rancesa y la primera Reform Act )reformas en el sistema electoral, 'ue amplio el sufragio+
El desrrollo de los derechos civiles t!vo !" *r" ipcto e" l es3er eco"$ic4 =!dicil + socil7 EN LA ES'ERA ECONÓ&ICA: Don la abolici$n del Statute of Articiers )estatuto isabelino 'ue limitaba el acceso a cierto o4cios+ Se reco"oci$ el derecho l tr#=o , es decir, el derecho a trabaar en el o4cio 'ue uno 'uiere. Ipcto: El reconocimiento del derecho supuso una aceptaci$n formal de un cambio ?B#6MEBT63 de actitud. 3a antigua suposici$n de 'ue los monopolios eran buenos para el inter pr l prosperidd de l "ci$"7
EN LA ES'ERA SOCIAL Y 1UDICIAL: 3os tribunales de usticia ugaron un papel decisi!o en este a!ance aplicando con gran <*ito el common law. Domo consecuencia de la abolici$n de las leyes isabelinas y la introducci$n del common law, en &nglaterra se pas$ a un status de libertad.
3a ley se con!irti$ en igual para todos, y cuando la libertad se transform$ en uni!ersal, la ciudadana de$ de ser una instituci$n local para ser una nacional.
LOS DEREC(OS %OLÍTICOS4 SI/LO .I.: El desarrollo de los derechos polticos empieza a tomar forma desde la introducci$n de El Act de 8?;7
El derecho al !oto segu siendo un derecho al !oto. monopolio de grupo El sufragio poltico primeros pasos 'ue no era uno de los derechos de la ciudadana. bases, para 'ue m%s Era el pri!ilegio de ciertas clases econ$micas. el sufragio
e ampli$ el e dieron los establecieron las tarde se introduese uni!ersal.
&B EMF6@G" En 1917 se introduo otro 6cta, 'ue reconoci$ el sufragio de todos los hombres y mueres. Bo obstante, la igualdad poltica no se consigui$ del todo hasta 'ue se elimin$ m%s tarde el !oto plural, con!irti
LOS DEREC(OS SOCIALES4 'INALES DEL .I. Y SI/LO ..: 3os derechos sociales en las comunidades locales, estaban constituidas por" A A
Re*!lcio"es slriles )'ue fueron r%pidamente abolidas en el siglo 2>&&&, por'ue infringa el derecho de trabaar y la libertad en el contrato laboral+ L Poor Law: un lay isabelina introducida para acabar con la indigencia. El ;ltimo elemento del !ieo orden 'ue a;n sobre!i!a. in embargo"
El desarrollo de un nue!o siste de #e"e@ce"ci marca el 4nal de una
89 alario mnimo garantizado 9 6yudas familiares a'uello 'ue la ;9 Manutenci$n &ba mucho m%s all%.
roporcionaba todo Poor Law era incapaz.
CONSECUENCIA: e reform$ la Poor Law en 17-, donde se establecan lmites. Es decir, la Poor Law no poda inter!enir en el sistema salarial o en las fuerzas del mercado libre. $lo poda ofrecer bene4cencia a 'uienes m%s lo necesitaban.
SIN E&2AR/O: 3a Poor Law segua siendo un problema para los derechos sociales. Ca 'ue trataba a los pobres como parte separada de la ciudadana. Bo se les consideraban ciudadanos. or tanto, si los pobres 'ueran ser considerados ciudadanos estos deban renunciar a la bene4cencia. )Eemplo parecido" Factory Acts, s$lo protegan a los ni(os y las mueres en el trabao, por'ue no eran considerados ciudadanos+
CONCLUSIÓN: 3a Poor Law fue abolida en 1917 y esto supuso un gran a!ance en los derechos sociales. #onde se admiti$ los derechos sociales como parte esencial del estatus del ciudadano.
LA EDUCACIÓN" 6 4nales del siglo 2&2 la educaci$n b%sica adem%s de libre era obligatoria, ya 'ue se consideraba 'ue la salud social de una sociedad dependa de la ci!ilizaci$n de sus miembros. El obeti!o de la educaci$n obligatoria infantil era crear al futuro adulto LA TE&%RANA IN'LUENCIA DE LA CIUDADANÍA EN LA CLASE SOCIAL: L ci!dd"í es un estatus 'ue otorga a los 'ue son miembros pleno derecho a una comunidad. Todos los 'ue poseen ese estatus son iguales, en lo 'ue se re4ere a derechos. L clse socil es un sistema de desigualdad, 'ue al igual 'ue la ciudadana se puede basar en un conunto de creencias y !alores. or tanto, se puede a4rmar 'ue la ciudadana y la clase social son conceptos O%UESTOS. El desarrollo de la ciudadana coincide con el desarrollo del capitalismo en &nglaterra. El cpitliso crea clases sociales y es un sistema de desigualdad. or tanto"
CÓ&O ES %OSI2LE BUE LA CIUDADANÍA Y LA CLASE SOCIAL DEL CA%ITALIS&O %UEDA CRECER Y %RO/RESAR EN EL &IS&O TERRITORIO :
DOS TI%OS DE CLASE SOCIAL: LA %RI&ERA: 3a clase se basa en una =err5!í de status. 3a diferencia entre cada clase son los derechos legales de cada establecidas por la ley. Bo hay ning;n derecho compartido por todos )no hay igualdad+ y cada clase es e*presada y aceptado como un orden natural. LA SE/UNDA:
El segundo tipo de clase social es un stt!s socil4 donde no e*isten diferencias de clase de4nidas por las leyes y costumbres de la sociedad, sino por la interacci$n de factores como la educaci$n, la propiedad, etc. )determina los ni!eles de bienestar de cada clase+. e entiende 'ue l desi*!ldd es "ecesri , de modo 'ue la pobreza e*ista como fuerza impulsora, aun'ue
CONCLUSIÓN: 3a ciudadana supuso un principio de igualdad, partiendo de 'ue todos los hombres eran libres y capaces de disfrutar de derechos. Esto no tu!o conIicto con las desigualdades presentes en la sociedad capitalista, ya 'ue esos derechos eran necesarios para conser!ar esa forma concreta de desigualdad. 3a ciudadana estaba formada por derechos ci!iles 'ue dan al hombre los derechos necesarios para participar en una economa de mercado. #e esta forma se permiti$ el desarrollo del capitalismo, pero tambi
89 El estatus: Domo ya hemos dicho antes, el nue!o estatus de la ciudadana, el hombre ahora era capaz de participar libremente en el mercado y en la economa. Esto ciertamente &M?3J el capitalismo.
Si" e#r*o, aun'ue los derechos ci!iles daban la capacidad legal a los hombres para luchar por las cosas 'ue uno 'uiere tener,
9 L Poor Law: Tambici$" o#li*tori: a!oreci$ el capitalismo proporcionando trabaadores m%s cuali4cados y por tanto m%s producti!os.
SIN E&2AR/O: LOS DEREC(OS CI
LAS 2ARRERAS: El pre=!icio de ls clses: distri#!ci$" desi*!l de l ri5!e> Bo puede eliminarse mediante la ley, sino siste de precios Mediante la educaci$n social. Es un proceso lento ya 'ue supone un cambio En el pensamiento de las clases altas.
L de#ido l
in embargo estas barreras se superaron con la introducci$n de !arias medidas.
SOLUCIONES: 89 El pre=!icio de ls clses: A En la usticia ci!il se ha desarrollado con <*ito la imparcialidad de las clases sociales, !
AEn los derechos polticos e*ista el preuicio de clases. 3as clases baas se !ean intimidadas por las clases altas y esto les impidi$ el libre eercicio de !otar. ara ello se introduo el !oto secreto. in embargo, esto no fue su4ciente, se necesitaba" ?n cambio de mentalidad ?na mayor educaci$n social ara poder poner 4n a la idea de 'ue perduraba en las clases baas, de 'ue los representantes del pueblo deban proceder de
9 LA DISTRI2UCIÓN DESI/UAL DE LA RIBUEFA: -3a ri'ueza se poda utilizar para inIuir en una elecci$n, por tanto, se crearon una serie de medidas para reducir esta inIuencia" Medidas contra el soborno y la corrupci$n 3imitar los gastos electorales para 'ue todos los candidatos puedan luchar de una manera igualitaria. • •
-6dem%s se abri$ la D%mara de los Domunes a hombres de todas las clases con independencia de su ri'ueza e introduciendo la remuneraci$n para sus miembros en 1911. Si" e#r*o: ue mucho m%s difcil obtener resultados en el campo de LOS DEREC(OS CI
SOLUCIONES %ARA ELI&INAR LAS 2ARRERAS EN LOS DEREC(OS CI
El est#leciie"to de Country Courts de !" procediie"to pr ara proporcionar usticia a todo el pueblo a'uellos 'ue tengan
El desrrollo po#res, para 'ue
)us costes eran ele!ados+ pueden litigar gratis.
menos dinero )El lmite de le
renta 'ue debas tener era E*tremadamente baa+
RESU&IENDO: Hasta hace poco, s$lo ha habido esfuerzos de alg;n !oluntario 'ue !erdaderamente han proporcionado asesoramiento legal gratuito. SIN E&2AR/O: estos esfuerzo son insu4cientes y los problemas del sistema a;n siguen presentes.
CONCLUSIONES: En ;ltima parte del siglo 2&2, se desarroll$ un creciente inter
D!r"te este tiepo t#iG" h!#o !" e3ecto INTE/RADOR: e desarroll$ un sentimiento uni4cador basado en la LEALTAD a la ci!ilizaci$n 'ue se consideraba como una posesi$n com;n. Era la lealtad de hombre libres, con derechos y protegidos por un common law. En el siglo 2>&&& se present$ no s$lo el nacimiento los derechos ci!iles modernos, sino tambi
•
in embargo, el m
L ceptci$" de l "e*ocici$" colectiv no fue simplemente una ampliaci$n de los derechos ci!iles, sino 'ue tambi
RESU&EN DE TODO: El crecimiento de la ciudad y el desarrollo de los derechos ci!iles, polticos y sociales, no inIuy$ en la desigualdad social" 3 #E@EDH D&>&3E" #aban poderes legales a la ciudadana, pero su utilizaci$n estaba restringida por las barreras )los preuicios y la falta de oportunidades econ$micas+ 3 #E@E 3KT&D" #aban poder a los ciudadanos para poder cambiar el sistema y participar en
LOS DEREC(OS SOCIALES EN EL SI/LO ..: ?B B?E> E@&# ?@GE 6 &B63E #E3 &G3 2&2LL"
(!#o !" 3!erte v"ce e" los derechos sociles C como consecuencia hubo una mayor igualdad entre la ciudadana
CAUSAS: 89 Hubo un aumento en las rentas monetarias, 'ue modi4c$ la distancia econ$mica 'ue separaba a las clases entre s )menos desigualdad+ 9 e introduo un sistema de impuestos directos, 'ue distribua la renta de manera m%s e'uitati!a, pagaban m%s a'uellos mayor capacidad de compra ;9 Tu!o lugar la producci$n en masa para satisfacer todas las necesidades de la gente. 3a industria se interesaba cada !ez m%s en la producci$n de bienes dirigidos a la gente sencilla.
3a integraci$n social se E26B#&J 3os componentes de una !ida ci!ilizada se pusieron a disposici$n de las masas 3a reducci$n de la desigualdad @T63ED&J C #& 3?G6@ al bienestar social 3a reducci$n de las diferencias de clase haba ad'uirido un nue!o signi4cado" Bo se trataba de intentar acabar con la miseria de las capas baas de la sociedad, deando intacto la inter!enci$n en las capas altas. ino 'ue se haba transformado en acciones 'ue M#&&D6F6B la estructura global de la desigualdad social.
A E*isten lmites hacia una mayor igualdad social y econ$micaN ara ello hay 'ue analizar"
LOS SER
i todas las demandas acabaran en uicio, el sistema se !endra a bao &B EMF6@G" aun'ue se e*ige alguna forma de pago, el Estado no puede pri!ar al litigante de su derecho a la usticia o colocarle en des!entaa frente a su oponente. or tanto" se cre$ El %l" de Asiste"ci Le*l , 'ue se establece como un ser!icio para a'uellas personas cuyas rentas no e*cedan de ciertas cantidades. or ello, dicho plan estaba basado en los principios de lmite de renta y la comprobaci$n de recursos.
2IENES Y SER
Los s!#sidios: Est%n suetos al lmite de renta y comprobaci$n de recursos. $lo se conceden a'uellos 'ue lo necesitan para 'ue todos puedan alcanzar el mnimo 4ado. u obeti!o es igualador. Los se*!ros sociles: Est%n suetos al lmite de renta 3as rentas del grupo aumentan cuanto mayor sea el dinero obtenido por los impuestos al resto de la poblaci$n. #e esta manera se reducen las desigualdades. CONCLUSIÓN: 3a pro!isi$n de un mnimo de ser!icios sociales no es ?B#6MEBT63MEBTE un medios para hacer la distribuci$n de las rentas O e'uitati!o. ino una forma de pro!eer a toda la poblaci$n )tanto clase baa como alta+ de un determinado ni!el de !ida. 3o 'ue importa es la igualdad de STATS no de rentas. LA EDUCACIÓN: 3a educaci$n accesible a todos hace posible un nue!o ordenamiento, promo!iendo la igualdad de clases. LA SANIDAD:
Ha reducido tambi
EL &ÍNI&O /ARANTIFADO: e ha ele!ado tanto, 'ue el t
LAS
LA EDUCACIÓN: 36 @&ME@6 6E #E 36 E#?D6D&JB, &G3 2>&&&" 3os derechos eran mnimos e iguales. e consideraba 'ue la educaci$n era una forma de proporcionar a los capitalistas trabaadores m%s !aliosos. Bo se apreciaba tanto su importancia.
36 EG?B#6 6E #E 36 E#?D6D&JB, DMEBPJ EB 190" 3a educaci$n fue aceptada, poco a poco, como una parte importante del sistema. El Estado, por tanto, increment$ los gastos p;blicos en la educaci$n secundaria y superior para ofrecer un n;mero determinado de plazas gratuitas. 3as plazas eran limitadas y los ni(os competan para conseguir una. El e'uilibrio entre los derechos colecti!os y los derechos indi!iduales 'uedaron inalterados en esta etapa.
36 TE@DE@6 6E #E 36 E#?D6D&JB, EMEPJ EB 190" e dio una gran prioridad a los derechos indi!iduales El Estado proporciona educaci$n para todos, ya no haba competencia para las plazas escasas. E*ista una gran oferta de escuelas secundarias 'ue daban a todos los alumnos la oportunidad para poder educarse. 3a educaci$n estaba ligada ine!itablemente con la ocupaci$n. Es decir, uno de los !alores 'ue los alumnos esperan obtener de la educaci$n es la cuali4caci$n para el empleo 'ue desean. or tanto, debe haber un e'uilibrio entre los dos sistemas para hacer usticia al alumno. El crculo educati!o debe austarse a la demanda ocupacional. El !nculo entre la educaci$n y la ocupaci$n cada !ez es m%s grande. 3a gente !alora y t m%s, a la hora de contratar empleados .a a'uellos con licenciaturas, altas cuali4caciones y diplomas.
E)iste !" proceso selectivo de"tro del siste de ed!cci$": El Estado da el mismo derecho a todos los ciudadanos a la educaci$n, con igualdad de oportunidades #entro de la educaci$n todos los ni(os tienen el mismo derecho de desarrollar diferencias o desigualdades y el mismo derecho de 'ue esas diferencias o desigualdades sean reconocidas.
El resultado 4nal es una estructura de status desiguales en proporci$n de las diferentes capacidades de los ciudadanos. RESU&EN: En el campo de la educaci$n, en 19, se pretende ofrecer la misma oportunidad para 'ue todos puedan alcanzar el ni!el de secundaria. in embargo, en este ni!el, las diferentes capacidades de cada uno crea una desigualdad de oportunidades, donde la probabilidad de recibir una educaci$n superior se limita a un pu(ado de elegidos. or tanto, el resultado es una estructura de stt!s desi*!les en proporci$n a las capacidades desiguales. En un sistema de masas, las autoridades deben proceder a tra!
EL SINDICALIS&O Y EL NI
EL NI
CONCLUSIONES: 6 lo largo de todo el ensayo, Marshall han intentado mostrar el modo en el 'ue la ciudadana y otras fuerzas aenas han alterado la desigualdad social a lo largo de los siglos )2>&&&, 2&2, 22+
LAS DESI/UALDADES SON: 89 3a desigual distribuci$n de la renta entre la poblaci$n 9 3as diferencias, de cada ciudadano en el %rea de la cultura y e*periencia com;n ;9 El reconocimiento de diferentes tipos de status como consecuencia de la !inculaci$n entre los sistemas de la educaci$n y la ocupaci$n. Es decir, los primeros hacen posible el tercero. 3as diferencias de status tendr%n legitimidad en una ciudadana democr%tica siempre y cuando estas diferencias no est
RES%UESTA A DOS %RE/UNTAS %LANTEADAS AL %RINCI%IO: %RE/UNTAS: 89 i la igualdad fundamental e*presada en los derechos formales de la ciudadana es coherente con la superestructura de desigualdad econ$mica )el capitalismo+ 9 i el impulso actual hacia la igualdad social tiene lmites RES%UESTAS: 89 3a preser!aci$n de las desigualdades econ$micas se ha hecho m%s difcil por la ampliaci$n del status de ciudadana. in embargo esta hip$tesis es !%lida ya 'ue" )y esto responde a la pr
9 Buestro obeti!o no es la igualdad absoluta. E*isten lmites al mo!imiento del igualitarismo. =ste mo!imiento opera en sentido doble" A 6 tra!&&&, el deseo para trabaar se limitaba a cubrir las necesidades b%sicas, pero con el aumento de ni!el de !ida, hizo 'ue el deber de trabaar 'uedase !inculado al status de ciudadana. or tanto se considera, 'ue desarrollando lealtades m%s limitadas, como deberes para la comunidad y con el grupo de trabao, se puede solucionar el problema de la falta de deber en la ciudadana en general.
CUARTA %RE/UNTA: Doncluye el autor nombrando a Marshall, el cual especi4c$ 'ue ls edids ideds pr !e"tr el "ivel *e"erl de civili>ci$" de los tr#=dores4 "o de#í i"ter3erir co" l li#ertd del ercdo4 y 'ue si lo hacan no perteneceran al socialismo. El autor sin embargo, piensa 'ue este conIicto entre las medidas igualitaristas y el libre mercado debe analizarse trasladando la hip$tesis sociol$gica de Marshall a la edad moderna. Estamos ante un sistema de renta real igualitario unto a otro sistema de renta monetaria desigualitario. eg;n el profesor @obbins estamos ante una poltica auto contradictoria y frustrante:, y sugiere 'ue lo ;nico se !a a obtener de le mezcla de estos dos principios es, lo peor de los mundos. &B EMF6@G" eg;n Marshall estas aparenten incongruencias constituyen la fuente de la estabilidad.
L i*!ldd es !" co"cepto propio de l ci!dd"í por t"to4 el est#leciie"to de l ci!dd"í de#ilit$ l desi*!ldd del siste de clses7 Esto de!estr 5!e l ci!dd"í es i"copti#le co" ls clses sociles7