Proyecto Final
Legislación de la Prevención de Riesgos INSTITUTO PROFESIONAL IACC CESAR VILLALOBOS FLORES 29/05/17
INSTRUCCIONES
Lea detenidamente el siguiente caso de estudio, y en base a la información mostrada responda de manera fundamentada a cada requerimiento planteado: Usted acaba de conseguir su primer empleo como asesor en prevención de riesgos en una empresa que se dedica a la fabricación de pinturas. Dicha empresa cuenta con una dotación de 150 personas en total, de las cuales 19 son mujeres, y donde los turnos de trabajo son rotativos, de 9 horas cada uno, y de lunes a viernes. Durante los próximos meses, la empresa ampliará sus instalaciones, por lo tanto, se contrató una empresa constructora que se encargará de ello, la cual contará con una dotación de 80 trabajadores adicionales. El proceso productivo debe ser muy riguroso, ya que las materias primas son altamente inflamables y emiten vapores tóxicos; además de que también se utilizan colorantes, los cuales vienen en sacos de 35 kilos, cuyo material es un polvo muy fino. Las máquinas mezcladoras son antiguas y el reclamo más frecuente de los trabajadores es que emiten un fuerte ruido. En la preparación de la mezcla, los trabajadores deben levantar sacos desde el piso hasta el recipiente donde se realiza la mezcla, realizando esta operación por lo menos dos veces al día. Los operadores que desarrollan las labores en bodegas deben cargar y descargar las materias primas y productos terminados en los patios al aire libre, sin techo. Estos trabajos se realizan principalmente entre las 10:00 y las 16:00, con una hora de almuerzo entretanto. Las materias primas inflamables suman en su totalidad 500 kilogramos, y se almacenan en una bodega que está construida de madera, donde no existe ningún tipo de identificación, ni tampoco hay equipos que ayuden a apagar incendios en el caso de que los hubiera. Según lo indicado anteriormente, desarrolle y re sponda: 1. En base a la Ley 16744, indique cuáles serían los principales artículos que debería cumplir e sta empresa y explique el por qué según e l caso presentado. 2. Según el Decreto Supremo N° 594, ¿cuáles serían los principales artículos que aplicarían? 3. Según el Decreto Supremo N° 78, ¿cuáles serían las características que debería tener la bodega de almacenaje de materias primas?
4. De acuerdo al proceso productivo de esta empresa, los trabajadores están ex puestos a distintos agentes contaminantes. Indique cuáles serían y, según la legislación vigente, qué protocolos se deberían aplicar para saber si se debe tomar algún tipo de medidas de control o no. 5. ¿Cuáles son las medidas preventivas que usted sugeriría como asesor en prevención de riesgos? Desarrolle además un sencillo programa de capacitación y difusión para los trabajadores. 6. Para la empresa constructora aplicaría la Ley 20123 y sus decretos asociados. Proponga entonces un sistema de gestión de seguridad y salud del t rabajo para dicha entidad y sus trabajadores. REQUISITOS FORMALES Realizar su proyecto final en un documento Word, con texto justificado, letra Calibri en tamaño 11 e interlineado 1,15. Emplee la Norma APA en caso de citar fuentes externas, y desarrolle sus respuestas de manera fundamentada y aplicando los conocimientos adquiridos durante las ocho semanas de estudio.
REPUESTAS PROYECTO FINAL. 1. En base a la Ley 16744, indique cuáles serían los principales artículos que debería cumplir esta empresa y explique el por qué se gún el caso presentado.
En primer lugar es importe definir de qué trata la Ley 16.744, para ello cabe precisar lo siguiente: Ley 16.744. Es la ley que establece el Seguro Social Obligatorio Contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, creada en 1968. Establece cuáles son las prestaciones médicas y económicas a las que tienen derecho los trabajadores protegidos por este seguro de accidente del trabajo en caso de que sufran un accidente del trabajo o enfermedad profesional. Sus características son: a.
Es obligatorio, de manera que la afiliación de un trabajador a una entidad previsional le otorga, por el sólo ministerio de la ley, la calidad de beneficiario de la cobertura de la Ley N° 16.744, entendiéndose por esa razón incorporado a un organismo administrador, el Instituto de Seguridad Laboral (ISL)-(ex Instituto de Normalización Previsional (INP)), a menos que su empleador sea adherente de una mutualidad de empleadores - Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) - Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción (MUSEG) o Instituto de Seguridad del Trabajo (IST).
b. Se rige por el principio de la automaticidad de las prestaciones, esto es, el trabajador está cubierto por el seguro desde el mismo momento en que comienza a trabajar, incluso cuando se dirige desde su casa a su trabajo por primera vez, aunque todavía no tenga contrato escrito, aunque no le hayan pagado aún sus remuneraciones y por lo tanto, no se hayan efectuado las cotizaciones provisionales, o aun cuando el empleador esté en mora en el pago de ellas. c.
Es integral ya que contempla prestaciones preventivas, médicas y e conómicas.
DIAGNÓSTICO: Instrumento Específico: Disposiciones Legales
I.-
LEY Nº 16.744: Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Nº
ITEM
Art
accidentes laborales a todos sus
2
trabajadores contratados?
un organismo administrador de la
4
Registro en Departamento de Personal Si, Acta de constitución de Comité
¿La empresa tiene constituido el Comité Paritario de Higiene y
66
Seguridad?
Paritario y Actas de Reunión, Registros en Oficina de Experto en prevención de Riesgos de Plantas
¿Mantiene
1.4
Personal (Planilla de Declaración y Pago de cotizaciones mensuales.
Ley 16.774?
1.3
Registro en Departamento de Pago de cotizaciones)
¿La empresa se encuentra afiliada a
1.2
Observación/Evidencia Pago de cotizaciones mensuales.
¿La empresa paga el seguro de
1.1
Cumplimiento
actualizado
Reglamento
_Interno
de
el la
67
Si, copia reglamento vigente
empresa?
1.5
¿Cumple
las
emitidas
por
Informe de Control de cumplimiento
recomendaciones el
Organismo
68
Administrador o Servicio de Salud?
por parte de la ACHS Actas de cumplimiento del Servicio de Salud
¿Proporciona en forma gratuita los
1.6
Elementos de Protección personal a
68
Si, registro de entrega en Bodega
sus trabajadores? ¿Traslada
1.7
1.8
1.9
a
los
enfermos
profesionales a otras faenas en que
Actualmente la empresa no tiene
71
no estén expuestos al riesgo?
profesionales.
¿Autoriza a sus trabajadores para
De acuerdo al procedimiento del
que concurran a los exámenes de control
efectuados
por
el
71
organismo administrador y de gestión de agentes de riesgos de enfermedad
organismo administrador?
profesional
¿Realiza controles radiológicos a los
En las faenas de la empresa no tiene
expuestos
al
riesgo
de
71
neumoconiosis?
1.10
registro de ingreso de enfermos
causa de Neumoconiosis
¿La empresa denuncia en forma inmediata
todo
agentes de riesgos que pudiesen ser
accidente
o
Si, de acuerdo a procedimiento de
76
Investigación de Accidentes. Registros de Investigación de Accidentes en
enfermedad que pueda ocasionar
Departamento de Prevención de
incapacidad para el trabajo?
Riesgos.
2. Según el Decreto Supremo N° 594, ¿cuáles serían los principales artículos que aplicarían? La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñen, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratista s que realizan actividades para ella”. Art. 3º del D.S. 594 de 1999 del Ministerio de Salud. Con la finalidad de dar cumplimiento a lo exigido según decreto supremo 594, se debe generar una lista de chuequeo, afín de controlar y verificar el cumplimiento real de dicho decreto supremo. (Se adjunta modelo de lista de chequeo)
NORMAS BASICAS DE CUMPLIMIENTO Equipos de Protección Personal 1
Entrega equipos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 53 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
2
Controla que los trabajadores laboren con sus equipos de protección personal. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 53 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
3
Mantiene los elementos de protección personal en buen estado art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 53 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
4
Entrega Elementos de Protección Personal certificados (cascos, zapatos y guantes). Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. N° 54 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
Escaleras Provisorias 5
Estas cuentan con barandas. Art. 184 del Código del Trabajo en relación Art 37 DS Nº 594, de 1999 Ministerio de Salud
6
La escalera se extiende por lo menos 1 m. Por encima del lugar de apoyo. Art. 184 del Código del Trabajo en relación Art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
7
La escalera se encuentra amarrada en la parte superior. Art. 184 del Código del Trabajo en relación Art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
8
La escalera cuenta con apoyos en la base. Art. 184 del Código del Trabajo en relación a Art 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
9
Mantiene buenas condiciones estructurales de orden y aseo en las rampas, y estas cuentan con barandas y rodapiés. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 37 D. S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
Maquinaria Automotríz
Cumple
No cumple
No corresponde
10
Controla que los operadores de maquinaria automotriz cuenten con la licencia adecuada (tipo D), art.184 del Código del Trabajo en relación a los artículos 43 D. S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud y art. 12 Ley de Tránsito (18.290) .
11
Cuenta con señalización de retroceso auditiva y visual en maquinaria móvil. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 43 D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
Instalaciones eléctricas provisorias 12
Mantiene protegidos los circuitos o equipos de una instalación provisional (deberá protegerse mediante un protector diferencial). Art. 184 Código del Trabajo, en relación al Art 19.1.2.1 NCH Eléc. 4/84. Electricidad
13
Mantiene en buen estado los conductores eléctricos, enchufes, máquinas eléctricas portátiles. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 39 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
Extintores 14
Mantiene extintores de incendio adecuados al riesgo a cubrir. Art. 184 del Código del Trabajo en relación a los art. 45 y 50 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
15
Realiza mantención preventiva de extintores por lo menos una vez al año (revisión técnica). Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 51 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
16
Ubica extintores en sitios de fácil acceso y claramente identificables, art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 47 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
17
Instruye y entrena a los trabajadores sobre la manera de usar los extintores en caso de emergencia. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 48 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
INSTRUMENTOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Reglamento Interno 18
Tiene confeccionado el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 14 del D.S. N° 40 Ministerio del Trabajo y Previsión Social
19
Entrega copia del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad a los trabajadores. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 14 del D.S. N° 40 Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
20
Incorpora disposiciones mínimas adecuadas a los riesgos de al empresa Art. 184 del Código del Trabajo en relación a los arts.16 al 20 D.S N° 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social
21
Tiene confeccionado el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. Art. 153, inc. 1° Código del Trabajo
22
Incorpora disposiciones mínimas adecuadas al riesgo de la empresa al Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. Art. 154 del Código del Trabajo.
23
Entrega copia del Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad a los trabajadores. Art. 156 inc. 2° Código del Trabajo
Comité Paritario de Higiene y Seguridad 24
Tiene constituido el Comité Paritario de Higiene y Seguridad. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 66 de la Ley 16.744 y art. 1° del D.S. N° 54 de 19 69 Ministerio del Trabajo y Previsión Social
25
El Comité Paritario de Higiene y Seguridad cuenta con programa de trabajo. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 24 D.S. 54 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
26
La empresa otorga las facilidades para que el Comité Paritario funcione adecuadamente. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art 14 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
27
Los representantes Titulares de los trabajadores han elegido al trabajador aforado. Art 243 Código del Trabajo
28
El empleador cumple los acuerdos del Comité Paritario de Higiene y Seguridad. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 66, Ley 16.744
29
El Comité Paritario se reúne como mínimo una vez al mes o cada vez que ocurre un accidente mortal, o a petición de los miembros del comité. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 16 D.S. 54 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
30
El Comité Paritario realiza investigación de los accidentes. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 24 D.S. 54 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Departamento de Prevención de Riesgos 31
Tiene Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 8 del DS N° 40 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
32
El Departamento de Prevención de Riesgos es dirigido por un experto profesional o a un experto técnico (según corresponda). Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 10 D.S. N° 40 de 1969, modificado por el DS 95 de 1995, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
33
El Experto cumple con la jornada correspondiente. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 11 D.S. 40 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
34
El Departamento tiene programa de trabajo, Artículo 184 del Código del Trabajo en relación al artículo N° 8 D.S. N° 40 de 1969, Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
35
El Departamento lleva estadísticas de los accidentes. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 12 D.S. 40 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
36
La empresa pone en práctica las medidas de prevención que le indica el Departamento de prevención de Riesgos. Art 66 de la Ley 16.744
Información de riesgos laborales 37
Informa a los trabajadores acerca de los riesgos laborales. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 21 del D.S. N°40 de 1969, Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
38
Informa a los trabajadores sobre las medidas de prevención de los riesgos laborales y los métodos de trabajo seguro. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 21 del D.S. N°40 de 1969, Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
SANEAMIENTO BÁSICO Servicios Higiénicos 39
Cuenta con número suficiente de excusados y/o lavamanos de acuerdo al número de trabajadores. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 24 ( faena temporal) del D.S. 594 de 1999 del Ministerio de Salud
40
Mantiene
los
servicios
higiénicos
en
buen
estado
de
limpieza
y/o
funcionamiento. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 22 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud 41
Se cuenta con agua potable para la bebida y el aseo. Art 184 del Código del Trabajo en relación al Art. 12 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud.
42
Los excusados se ubican en compartimentos con puertas y separados por medio de divisiones permanentes. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 2 1 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
Duchas 43
Dispone de duchas con agua fría y caliente Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 21 del D.S. N° 594 de 1992, Ministerio de Salud
44
La faena o empresa cuenta con número suficiente de duchas de acuerdo al número de trabajadores Art.184 del Código del Trabajo en relación al Art. 23 del DS Nº 594 de 1999, Ministerio deSalud
Salas de Vestir 45
Tiene habilitado un recinto destinado a vestuario (sala de vestir). Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 27 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
46
La faena o empresa cuenta con el número suficiente de casilleros guardarropas. Art. 184 del Código del Trabajo, en relación al art. 27 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
47
Mantiene el orden y aseo de la sala de vestir. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 27 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
Comedores 48
Dispone de comedor, para los trabajadores que se vean precisados a consumir alimentos en el lugar de trabajo. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 28 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
49
El comedor cuenta con las condiciones mínimas exigibles: mesas y sillas con cubierta de material lavable, lavaplatos, cocinilla y separado de fuentes de contaminación (basuras, polvos, etc). Art. 184 del Código del Trabajo en relación al artículo 28 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
Bodegas 50
Almacena materiales en lugares apropiados y seguros para los trabajadores: (las bodegas de almacenamiento de combustibles y productos inflamables deben tener buena ventilación y estar provistas de extintores; en su interior no deben usarse cocinillas ni estufas). Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 42 del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud.
SEGURIDAD Señalética 51
Existe señalética de seguridad en las zonas de peligro. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 37 del D.S 594 de 1999, Ministerio de Salud.
Torres Grúas 52
Se cuenta con procedimientos de trabajo seguro para labores en torres grúas. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al Art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
53
Se realiza la mantención y revisión diaria a las instalaciones de la torre grúa. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al Art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
54
El operador de la torre grúa se encuentra capacitado. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al Art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
Andamios 55
Los andamios cuentan con barandas protectoras rodapiés Art. 184 del Código del Trabajo en relación al Art 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
56
Los andamios se encuentran anclado a la muralla Art. 184 d el Código del Trabajo en relación al Art 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
57
Los andamios cuentan con el ancho de plataforma mínimo (70 cm). Art. 184 del Código del Trabajo en relación al Art 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
58
Los trabajadores expuestos a riesgo de caídas libres (+ de 2 m. de altura) cuentan con arnés/estrobo/ disipador de carga. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al Art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
59
La superficie de apoyo del andamio es la adecuada ( indeformable). Art. 184 del Código del Trabajo en relación al Art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
60
El andamio cuenta con línea de vida independiente y los trabajadores sujetos a ella. Art. 184 del Código del Trabajo. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al Art 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud.
Excavaciones 61
Se cuenta con procedimientos de trabajo seguro para realizar excavaciones. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud.
62
Los trabajadores que laboran al borde de la excavación cuentan con cinturón de seguridad adosado a una cuerda de vida. u otra medida de prevención Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud.
63
La empresa cuenta con la evaluación de riesgos de derrumbe y ha prescrito medidas de prevención. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
64
Las pasarelas de tránsito al borde de excavaciones se encuentran son rodapié, y barandas. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
Vanos aberturas y losas 56
Existe baranda permanente al borde de losas , vanos y aberturas Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
57
Si se realizan labores en vanos y aberturas estos se encuentran convenientemente iluminados. Art. 184 del Código del Trabajo en relación al art. 37 del D.S Nº 594 de 1999, Ministerio de Salud
3. Según el Decreto Supremo N° 78, ¿cuáles serían las características que debería tener la bodega de almacenaje de materias primas? Según ejemplo entregado, las características que debe mantener la bodega de almacenamiento de materias primas la cual suma 500 kilogramos, debe ser la bodega común, según lo establecido en el DS.78. La cual entrega las siguientes características:
ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS Se Pueden Almacenar en los parámetros de > 600 kg y máximo < 12 ton, el que puede considerar: 1) 250 kg de cilindros de gases no inflamables. 2) 1 ton de aerosoles inflamables. 3) 3 ton en conjunto líquidos y sólidos inflamables y comburentes del grupo de embalaje III. Peróxidos orgánicos de clases E y F. 4) Sustancias tóxicas. 5) Sustancias corrosivas. 6) Sustancias y objetos peligrosos varios.
Construcción: Debe ajustarse a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Pisos: Piso sólido, liso, impermeable y no poroso
Autorización Sanitaria Este tipo de almacenamiento no requiere Autorización Sanitaria, al permitirse un almacenamiento máximo de 12 ton. Procede en todo caso un informe sanitario favorable.
Instalación Eléctrica: La instalación eléctrica debe cumplir con la normativa vigente qu e regula la SEC.
Ubicación: Zonas urbanas calificadas como mixtas o industriales. NO SE PUEDEN ALMACENAR Gases inflamables y tóxicos. Líquidos y sólidos inflamables y comburentes de los grupos de embalaje I y II. Inflamables de la clase/división 4.3. · Pe róxidos orgánicos de clases A, B, C y D.
Envases: Los envases deben estar diseñados de forma que: Impidan las pérdidas de contenido. Adecuados para su conservación, ser de un material químicamente compatible con su contenido de difícil ruptura.
4. De acuerdo al proceso productivo de esta empresa, los trabajadores están ex puestos a distintos agentes contaminantes. Indique cuáles serían y, según la legislación vigente, qué protocolos se deberían aplicar para saber si se debe tomar algún tipo de medidas de control o no. Según el ejercicio entregado, podemos definir que las materias primas de la empresa son altamente inflamables y emiten vapores tóxicos, además se utilizan colorantes, los cuales vienen en sacos de 35 kilos, cuyo material es un polvo muy fino, las maquinarias emiten un fuerte ruido. Los operadores que desarrollan las labores en bodegas deben cargar y descargar las materias primas y productos terminados en los patios al aire libre, sin techo. Las materias primas inflamables suman en su totalidad 500 kilogramos, y se almacenan en una bodega que está construida de madera, donde no existe ningún tipo de identificación, ni tampoco hay equipos que ayuden a apagar incendios en el caso de que los hubiera. Por lo que podemos precisar que los trabajadores de esta empresa están expuestos a los siguientes contaminantes: I.
Sílice.
II.
Ruido.
III.
Radiación U.V.
IV.
Vapores Contaminantes.
Para lograr establecer los niveles de exposición en los puntos mencionados anteriormente, es necesario que la empresa aplique los protoco los que el Ministerio de Salud (MINSAL) ha desarrollado para la gestión del riesgo y la prevención de Enfermedades Profesionales en su empresa, los cuales paso a mencionar. I.
Manejo Manual de Carga. (MMC)
II.
Silice. (Planesi)
III.
Ruido. (Prexor)
IV.
Radiaciones UVS.
V.
Trabajo Repetitivo (TMERT)
VI.
Factores Psicosociales
VII.
Agentes que causan Patología Vía Respiratoria (PVR)
Si bien es cierto que la pregunta está basada solo en agentes contaminantes, es necesario precisar que dentro de los procesos productivos está considerado el trabajo repetitivo, carga y descarga de materias primas, por lo que es totalmente necesario incluir el protocolo de Manejo Manual de Carga. (MMC) y Factores Psicosociales.
5. ¿Cuáles son las medidas preventivas que usted sugeriría como asesor en prevención de riesgos? Desarrolle además un sencillo programa de capacitación y difusión para los trabajadores. Sobre esta consulta, más que recomendar o sugerir, la obligación del asesor en prevención de riesgos es exigir el cumplimiento de todo el marco regulatorio vigente dentro de la empresa, además de informar oportunamente de los riesgos inherentes y asociados a cada proceso de la misma, no obstante, como medida adicional y dentro de lo establecido en el DS-40. En su artículo 21, informaría a todo el personal dentro del marco de seguridad y salud ocupacional las definiciones y riesgos que presenta el trabajar con Sustancias químicas tóxicas y peligrosas, extracto que paso a mencionar. Las sustancias químicas tóxicas y peligrosas que están presentes con mayor frecuencia en el proceso de fabricación de pinturas, con riesgo para la salud humana, son las siguientes: • Solventes: Principalmente compuestos en base a fenoles, benc eno y cetonas. Estas sustancias producen
(por su baja temperatura de presión de vapor) vapores altamente nocivos para la salud humana. • Pigmentos: Estas sustancias son la materia prima esencial para la elaboración de pinturas. En su
composición es factible encontrar los siguientes metales pesados: Cd, Cr , Cu, Pb, Se y Mo. Su presencia afecta principalmente como material particulado. Algunos compuestos de tipo preservante contienen Hg. • Borras de pintura: Son principalmente sólidos residua les de las etapas de mezclado o concentración del
proceso de fabricación de pinturas. Su composición es principalmente orgánica debido al alto contenido de solventes y/o resinas, conteniendo también restos de metales pesados. Dado que tales compuestos son objeto de limpieza, necesariamente implican un riesgo para las personas dada la posibilidad de contacto con el desecho.
Efectos de los contaminantes a la salud humana • Efectos de las partículas en suspensión
Cuando es inhalado el material particulado, sus efectos están asociados, por una parte, al lugar en que son depositadas las partículas en el aparato respiratorio, que depende del tamaño y forma de ellas (a menor tamaño mayor respirabilidad) y, por otra, a la composición química de ellas. La deposición de partículas en el sistema respiratorio depende de tres fuerzas físicas: 1.-) Fuerzas inerciales. Son las causantes de deposición en la nasofaringe. La inercia es muy importante en los grandes conductos del sistema respiratorio, especialmente cuando se requiere respiración rápida forzada. Su importancia decrece mientras más adentro del sistema respiratorio se encuentren las partículas. 2.-) Sedimentación gravitacional. Es proporcional a la velocidad de deposición de la partícula y al período de tiempo disponible para sedimentar. Como la velocidad decrece en los conductos estrechos del sistema, el efecto gravitacional se ve aumentado. 3.-) En el caso de partículas finas la fuerza más importante es la de difusión la que conduce a una sedimentación o depositación en las paredes de los ductos finos del sistema, tal como el espacio alveolar. Esta fuerza es de una magnitud significativa para partículas de diámetro sobre 0,5 micrones. Una vez depositadas las partículas, su importancia está asociada a su acción irritante, la que no e s función sólo de la naturaleza de ellas, sino también de la facilidad de absorber o adsorber otras sustancias en su superficie de ellas, lo que en c iertas ocasiones da lugar a un efecto sinérgico.
Efectos de los COV Los hidrocarburos que tienen oxígeno incorporado a su estructura molecular, tal como es el caso de aldehidos, cetonas y algunos ácidos orgánicos sustituidos, son en general son perjudiciales al hombre, especialmente cuando presentan dobles enlaces, como es el caso de la acroleína. Por otra parte, son importantes las sustancias aromáticas como el benceno, debido a su alto poder cancerígeno, así como otras sustancias cíclicas con anillos bencénicos presentes en atmósferas contaminadas.
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Normas de comportamiento general (Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad) Normas de manejo de productos químicos peligrosos (Carga, desc arga y manipulación) Normas de uso de equipo de protecc ión personal (Estado y uso adecuado) Normas de almacenamiento de materiales peligrosos (Carga, descarga y manipulación) Plan de evacuación. Procedimiento de uso de equipo de protección personal. (Por cargo) Procedimientos de registro e informes (ART /AST)
Funcionamientos de la comisión mixta de seguridad e higiene industrial. (Trabajos cruzados)
Este programa será puesto a disposición de todos los trabajadores al ingreso a la empresa, se controlará de forma trimestral en la ejecución de las tareas y ser án la base de las charlas de 5 minutos de la empresa.
6. Para la empresa constructora aplicaría la Ley 20123 y sus decretos asociados. Proponga entonces un sistema de gestión de seguridad y salud del t rabajo para dicha entidad y sus trabajadores. Sobre esta última consulta, es estrictamente necesario solicitar a la empresa contratada para estos fines, seguir, aplicar y controlar el reglamento especial para empresas contratistas definidos por el m inisterio de salud, (documento que se exhibirá en los párrafos siguientes), de forma adicional la empresa mandante debe realizar reunión de arranque, con el objetivo de verificar el cumplimiento total del marco regulatorio vigente, de forma adicional realizara la entre ga de reglamento especial para empresas contratistas. Posteriormente y como lo exige la ley, la empresa mandante está en la obligación de realizar inducción a todos los trabajadores que formen parte de la empresa co ntratista y que hagan ingreso a sus faenas, donde se expondrán los procesos, tareas críticas, medidas de control, agentes contaminantes, protocolos de seguridad, vías de evacuación, planes de emergencias, punto de e ncuentro, comedores, casa de cambios, entre otros. De la misma forma la empresa contratista debe mencionar sus tareas críticas y controles asociados, mediante procedimientos de trabajo seguro, matrices de riesgos, check list, etc. Los cuales deben ser informados a todo el personal de la empresa principal a fin de evitar eventos no deseados y trabajar con riesgos controlados, sin interferir en los procesos de ambas empresas. Los controles operacionales deben ser diarios, los cuales se realizaran mediante informes, esto será potenciado con inspecciones en terreno por parte de la línea de mando de la empresa principal conjunta con la supervisión de la empresa contratista. Los comités paritarios deben realizar programa para realizar visitas programadas y los asesores en prevención de riesgo de ambas empresa deben ser parte integral de los procesos, realizando periódicas identificaciones de peligros y evaluaciones de riesgo, fortaleciendo el trabajo en equipo y la cultura preventiva. Debemos hacer crecer el concepto que la seguridad es un derecho y todos debemos aplicarlo, controlarlo y mejorarlo, con el único objetivo de proteger a las personas, me dio ambiente, equipos e instalaciones.