AUTOEVALUAC. MOD 4 BANCARIO
1. La prescripción de las acciones judiciales del portador contra el librador endosantes y avalistas de un cheque es: Al año desde la expiración del plazo para la presentación.
2. A falta de indicación del lugar de pago del título , se tendrá por éste a: El lugar de la creación del título.
3. En las obligaciones cambiarias, en caso que el vencimiento del plazo corresponda a un día
feriado, el pago se puede exigir : Al día hábil siguiente .
4. Existen distintas clases de cheques. El cheque certificado se caracteriza por: Poseer una declaración del girado, que deja constancia en el título de que el cheque tiene fondos y que están afectados a abonar ese cheque.
5. La prescripción de la acción de regreso opera:
Al año desde la fecha del protesto o del vencimiento del título cuando fuera con la cláusula sin protesto.
6. Existen distintas clases de protesto. ¿Cuál de las opciones siguientes hace referencia al denominado “protesto por falta de pago”? Es el que debe formalizarse dentro de los 2 días hábiles posteriores al vencimiento.
7. La solidaridad cambiaria significa que el portador de una letra de cambio: Tiene derecho de accionar contra todas esas personas individual o colectivamente.
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8. La acción Cartular de Regreso se caracteriza por: Poderse ejercer contra de todos los obligados cambiarios con excepción de los obligados directos.
9. Con respecto a las acciones cambiarias, la denominada acción causal, es: La que emerge del negocio que dio origen al título o acto cambiario.
10. La Excepción de Inhabilidad de Título se refiere a: Cuando se carece de legitimación sustancial, el plazo está vencido, o el título carece de los requisitos para su existencia como tal exigidos por la ley.
11. Los cheques contienen ciertas características que los individualizan. ¿Cuáles son los
requisitos formales de los mismos? 1) Denominación Cheque, 2) nº de orden, 3) lugar de creación, 4) fecha de creación, 5) nombre y domicilio del banco, 6) nombre domicilio registrado e identificación del titular de la cuenta, 7) firma del librador, 8) orden pura y simple de pagar una suma de dinero.
12. La excepción de compensación hace referencia a: Cuando dos personas son recíprocamente acreedor y deudor al mismo tiempo.
13. El protesto se puede caracterizar como el acto formal en el que: Un notario, a requerimiento del portador del documento, constata una situación cambiaria insatisfecha (falta de aceptación o de pago).
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14. El plazo de pago en las obligaciones cambiarias se computa y se cuenta por: Días corridos.
15. En la acción Cambiaria Directa se ejerce en contra de/del: Aceptante de la letra, suscriptor del pagaré y sus respectivos avalistas.
16. El plazo de prescripción de la acción cambiaria de directa es de: 3 años desde la fecha del vencimiento.
17. En cuanto al lugar de pago del documento , es suficiente que el mismo esté determinado, indicándose: Lugar y dirección de pago.
18. El término de un cheque librado en el extranjero que debe cobrarse en nuestro país es de: 60 días.
19. Existen distintas clases de cheques. El cheque certificado se caracteriza por: Poseer una declaración del girado, que deja constancia en el título de que el cheque tiene fondos y que están afectados a abonar ese cheque.
20. Las formas de vencimiento de los títulos previstos legalmente están específicamente establecidas. ¿Cuál de estas formas se denomina “a tiempo fecha”? Si el vencimiento opera a un determinado tiempo de la suscripción del documento, estableciendo la ley, normas especiales para el cómputo del plazo.
21. La solidaridad cambiaria significa que el portador de una letra de cambio: Tiene derecho de accionar contra todas esas personas individual o colectivamente.
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22. El término para el cobro de un cheque desde la fecha de su creación es de:
30 días.
Cheques (aspectos formales): Cuando la corona concedió al Banco de Inglaterra el privilegio exclusivo de emitir billetes, prohibiéndoselo a los demás bancos, entonces: El cheque nació a mediados del siglo XVIII, como consecuencia de una decisión de la monarquía reinante en Inglaterra.
Cheques (aspectos formales): Cheque en blanco es cuando: Se firma el formulario sin haberle puesto una cifra concreta.
Cheques (aspectos formales): El cheque de pago diferido: Es una orden de pago librada a fecha determinada posterior a la de su libramiento en contra de un banco u otra en la cual el librador, a la fecha de vencimiento, debe tener fondos suficientes depositados a su orden en cuenta corriente o autorización para girar en descubierto.
Cheques (aspectos formales): El cheque comprende dos estructuras jurídicas diferentes: Es una orden de pago extendida por el titular de una cuenta corriente bancaria en ejercicio de su derecho de utilizar la disponibilidad. Es un título valor que incorpora la promesa de pagar una suma de dinero. El firmante del cheque, es el único obligado cambiario, aun cuando haya utilizado formularios pertenecientes a una cuenta abierta.
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Obligaciones Cambiarias: En relación a la legitimación activa podemos decir: *Está legitimada para el cobro del título la persona que aparezca como tenedora legítima del documento mediante una cadena regular de endosos, pudiendo ejercer su derecho por sí o por apoderado. *Está legitimada para el cobro del título la persona que aparezca como tenedora legítima del documento mediante una cadena regular de endosos, pudiendo ejercer su derecho por sí o por apoderado. *En el caso de transmisión por cesión de derechos es necesario también acompañar el título de la cesión. Quien presenta el título también debe acreditar ser legitimada de la propiedad.
Obligaciones Cambiarias: Se pueden ejercer acc iones cambiarias de regreso aún antes del vencimiento: Por falta total o parcial de aceptación. Por la apertura del concurso del girado o del librador de una letra no aceptable
Obligaciones Cambiarias: Se puede distinguir la acción directa o de regreso : Por la acción directa se va en contra del aceptante de la letra o del suscriptor del pagaré y de sus respectivos avalistas. Por las acciones de regreso se puede ir contra el suscriptor de la letra, los endosantes y sus avalistas.
Obligaciones Cambiarias: En relación a las acciones cambiarias podemos decir que: La acción cambiaria como pretensión se refiere al derecho incorporado al título, a la facultad sustancial de obtener el pago o reembolso del importe de la obligación cartular, más los accesorios pertinentes.
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