Acuerdos de Paz Los Acuerdos de Paz son una docena de acuerdos que fueron suscritos por el Gobierno de la República de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca -URNG-, entre 1991 y 1996, para alcanzar soluciones pacíficas a los principales problemas que generó el Conflicto Armado Interno (García, s.f., p. 1). Este enfrentamiento duró más de treinta años y dejó un saldo en muertos y desaparecidos que supera las 200 000 personas (Comisión para el Esclarecimiento Histórico, s.f., p. 17).
Doce acuerdos A continuación se presentan los doce acuerdos que fueron suscritos durante la negociaciones de paz: No.
Nombre del acuerdo
Lugar y fecha de suscripción
Acuerdo marco sobre democratización para la búsqueda de Querétaro (México), 25 de la paz por medios políticos (Acuerdo de Querétaro) julio de 1991 México, D.F. (México), 29 de 2. Acuerdo global sobre derechos humanos marzo de 1994 Acuerdo para el reasentamiento de las poblaciones Oslo (Noruega), 17 de junio 3. desarraigadas por el enfrentamiento armado de 1994 Acuerdo sobre el establecimiento de la Comisión para el esclarecimiento histórico de las violaciones a los derechos Oslo (Noruega), 23 de junio 4. humanos y los hechos de violencia que han causado de 1994 sufrimientos a la población guatemalteca Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos México, D.F. (México), 31 de 5. indígenas marzo de 1995 Acuerdo sobre aspectos socioeconómicos y situación México, D.F. (México), 6 de 6. agraria mayo de 1996 Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del México, D.F. (México), 19 de 7. Ejército en una sociedad democrática septiembre de 1996 Oslo (Noruega), 4 de 8. Acuerdo sobre el definitivo cese al fuego diciembre de 1996 Acuerdo sobre reformas constitucionales y régimen Estocolmo (Suecia), 7 de 9. electoral diciembre de 1996 Acuerdo sobre bases para la incorporación de la Unidad Madrid (España), 12 de 10. Revolucionaria Nacional Guatemalteca a la legalidad diciembre de 1996 Acuerdo sobre el cronograma para la implementación, Guatemala (Guatemala), 29 11 cumplimiento y verificaciónde los acuerdos de paz de diciembre de 1996 Guatemala(Guatemala), 29 12 Acuerdo de paz firme y duradera de diciembre de 1996 1.
Proceso de negociación El proceso de negociación de la paz inició en 1987 y concluyó el 29 de diciembre de 1996, con la firma del Acuerdo de paz firme y duradera, el cual sintetiza los acuerdos firmados por el Gobierno y la URNG para poner fin al Conflicto Armado Interno (Condore, 2007, p. 40). El punto de partida para la búsqueda de la paz fue la suscripción del Acuerdo del Acuerdo de Esquipulas II, el II, el 7 de agosto de 1987, por los presidentes de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica, para definir el procedimiento que permitiría establecer la paz firme y duradera en Centroamérica, con base en la Declaración la Declaración de Esquipulas y el Acta el Acta de Contadora para la paz y la cooperación en Centroamérica (“Acuerdo de Esquipulas II”, 1997, p. 53).
El temario general y el procedimiento a partir de los cuales se llevó a cabo la negociación de los Acuerdos de Paz fueron definidos en el Acuerdo de México, suscrito el 26 de abril de 1991 (Rosales, 2006). Los presidentes de Guatemala que participaron en la negociación de los Acuerdos de Paz, que contemplan 300 compromisos específicos, son Vinicio Cerezo Arévalo, quien Arévalo, quien gobernó de 1986 a 1990, Jorge 1990, Jorge Serrano Elías, de Elías, de 1991 a 1993, Ramiro 1993, Ramiro de León Carpio, de Carpio, de 1993 a 1996, y Álvaro y Álvaro Arzú Irigoyen, de Irigoyen, de 1996 a 2000 (Condore, 2007, p. 40).
En en el marco del Derecho Internacional, suele utilizarse el término paz para referirse a un convenio o tratado, el cual pone fin a un conflicto bélico. Guatemala no se ha quedado atrás en la creación de estos acuerdos, nuestro país se ha vuelto promotor de la paz a nivel nacional y mundial, firmado y ratificando distintos tratados en diferentes materias.
Como consecuencia de la relación que tiene la paz con la armonía, la tranquilidad y la no violencia, generalmente la paz se ha convertido en una meta a alcanzar y deseada tanto para uno mismo como para los demás. Asimismo de esta forma se consolidan los principios de la igualdad, libertad y justicia, que son la base para formar una verdadera democracia.
ACUERDO GUBERNATIVO 022-2004 Acuerdo Gubernativo Gubernativo número 22-2004 22-2004 Generalizar la Educación Bilingüe Multicultural e Intercultural en el Sistema Educativo Nacional
Artículo 1. Generalización del bilingüismo. Se establece la obligatoriedad del bilingüismo en idiomas nacionales como política lingüística nacional, la cual
tendrá aplicación para todos los (las) estudiantes de los sectores público y privado. El primer idioma para aprendizaje es el materno de cada persona, el segundo idioma es otro nacional y el tercer idioma debe ser extranjero. Artículo 2. Generalización de la multiculturalidad e interculturalidad. Se establece la obligatoriedad de la enseñanza y práctica de la multiculturalidad e interculturalidad como políticas públicas para el tratamiento de las diferencias étnicas y culturales para todos los estudiantes de los sectores público y privado. Artículo 5. Currículo. El currículo del Sistema Nacional de Educación debe responder a las características, necesidades, intereses y aspiraciones del país, así como responder a las realidades lingüísticas, culturales, económicas, geográficas, y naturaleza de los pueblos y comunidades lingüísticas que lo conforman. Además, debe fomentar f omentar el conocimiento conocimiento mutuo entre las personas y los pueblos para fortalecer la unidad nacional. Artículo 7. Descentralización Curricular. El currículo del Sistema Educativo se descentraliza en tres niveles de concreción: nacional, regional y local. El nivel nacional debe reflejar la realidad étnica, lingüística y cultural de los cuatro pueblos guatemaltecos y sus respectivas comunidades lingüísticas. El nivel regional corresponde a la especificidad de cada uno de los pueblos y comunidades lingüísticas del país. El nivel local corresponde a espacio geográfico, étnico, lingüístico y cultural en el que se ubica el centro educativo.
CONVENIO 169 OIT CONVENIO 169 SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES EN PAÍSES
INDEPENDIENTES (OIT) Conferencia General de la Organización Internacional Internacional del Trabajo: La Conferencia
en Gin ebr a por el Con sej o de Adm in ist r ación de la Of icin a I n t er n acion al del Tr abaj o, y con gr egad a en dich a ciu dad el 7 de j u n io de 1 9 8 9 , en su sept u agésim a sexta Convocada
reunión;
Observando las n or m as in t er n acion ales en u n ciada s en el Con v en io y en la Recomendación sobre poblaciones indígenas y tribales, 1957;
los t ér m in os de la Declar ación Un iv er sal de Der ech os Hu m an os, del Pact Pact o I n t er n acion aci on al d e Der ech os Econ óm icos, icos , Social Soci ales es y Cu lt u r ale s, del Pact o I n t er n acio n al de Der ech os Civ iles il es y Polít ol ít icos , y de los n u m er osos oso s in st r u m en t os internacionales sobre prevención de la discriminación; Recordando
Considerando q u e
la ev olu ción del der ech o in t er n acion al desde 1 9 5 7 y los cam bios sobr ev en idos en la sit u ación de los pu eblo s in dígen as y t r iba les en t odas las r egio n es del m u n do h acen acon sej able ab le adop ad op t ar n u ev as n or m as in t er n acion aci on ales ale s en la m at er ia a fin de eliminar la orientación hacia la asimilación de las normas anteriores; Reconociendo
las aspi r acion es de esos pu ebl os a asu m ir el con t r ol de su s pr opi as in st it u cion cio n es y f or m as de v ida id a y de su desar des ar r ollo ol lo econ óm ico y a m an t en er y f or t alecer ale cer sus identidades, lenguas y religiones, dentro del marco de los Estados en que viven.
ARTÍCULO 1.
1.
El presente Convenio se aplica: a. A los pu eblo s t r iba les en países in dep en dien t es, cu y as con dici on es social es, cu lt u r ales y econ óm icas les dist in gan de ot r os sect or es de la colect iv ida d n acion al, y qu e est én r egid os t ot al o par cialm en t e por su s propias costumbres o por una legislación especial; b. A los pu ebl os en países in depe n dien t es, con sider ados in dígen as por el h ech o de descen der de pob laci on es qu e h abit an en el país o en u n a r egió n geog r áf ica a la qu e per t en ece el país en la época d e la con qu ist a o la colonización o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y qu e, cu alq u ier a qu e sea su sit u ación j u r ídica, con ser v an t odas su s pr opi as in st it u cion es social es, econ óm icas, cu lt u r ales y polít po lít icas, o par t e de ellas. 2. La con cien cia de su iden t ida d in dígen a o t r iba l deber á con sider ar se u n cr it er io f u n dam en t al par a d et er m in ar los g r u pos a los qu e se apl ican las disp os iciones del presente Convenio
3. La u t ili zación zaci ón del de l t ér m in o " pu ebl os" en est e Con v en io n o deb er á in t er pr et ar se en el sen t id o de qu e t en ga im plica ción alg u n a en lo qu e at añ e a los der ech os que pueda conferirse a dicho término en el derecho internacional. ARTÍCULO 2.
1. Los gob ier n os deb er án asu m ir la r espon sabil ida d de desar r oll ar , con la par t icipación icip ación de los pu eblo s in t er esados, u n a acción coor din ada y sist em át ica con m ir as a pr ot eger los der ech os de esos pu ebl os y a gar an t izar el r espet o de su integridad.
2. Esta acción deberá incluir medidas: a. qu e asegu r en a los m iem br os de dich os pu ebl os gozar go zar en pie de igu ald ad, de los der ech os y opo r t u n ida des qu e la leg islaci ón n acion al otorga a los demás miembros de la población; b. qu e pr om u ev an la plen a ef ect iv idad de los der ech os sociales, econ óm icos y cu lt u r ales de esos pu ebl os, r espet an do su iden t ida d social y cultural, sus costumbres y tradiciones, y sus instituciones; que ayuden a los m iem br os de los pu eblo s in t er esado s a eli m in ar las dif er en cias soci sociooeconómicas
c. qu e pu edan ex ist ir en t r e los m iem br os in dígen as y los d em ás m iem br os de la com u n idad n acio n al, de u n a m an er a com pat ibl e con su s aspiraciones y formas de vida. ARTÍCULO 3.
1. Los pu eblo s in dígen as y t r iba les debe r án gozar plen am en t e de los der ech os h u m an os y liber li ber t ades f u n dam en t ales, sin ob st ácu los n i discr im in acion es. Las disp osicio n es de est e Con v en io se apl icar án sin discr im in acion es a los h om br es y mujeres de esos pueblos. 2. No debe r á em plear se n in gu n a f or m a de coer ción qu e v iol e los der ech os h u m an os y las lib er t ades ad es f u n dam ent ales de los pu ebl os in t er esados, in clu idos id os los derechos contenidos en el presente Convenio. ARTÍCULO 4.
1. Deber án ado pt ar se las m edid as especia les qu e se pr ecisen par a salv agu ar dar las per son as, las in st it u cion es, los bien es, el t r abaj o, las cu lt u r as y el m ed io
ambiente de los pueblos interesados.
2. Tales m ed ida s especial es n o deb er án ser con t r ar ias a los deseos ex pr esado s libremente por los pueblos interesados. 3. El goce sin discr im in ación de los der ech os gen er ales de ciu dad an ía n o debe r án sufrir menoscabo alguno como consecuencia de tales medidas especiales. ARTÍCULO 5.
Al aplicar las disposiciones del presente Convenio: a. deber án r econ ocer se y pr ot eger se los v alo r es y pr áct icas social es, cu lt u r ales, r elig iosos y espir it u ales pr opi os de dich os pu eblo s y debe r á t om ar se debi dam en t e en con sider sid er ación la ín dol e de los pr obl em as qu e se les pla n t ean tanto colectiva como individualmente;
b. deber á r espet ar se la in t egr idad de los v alor es, pr áct icas e in st it u cion es de esos pueblos;
c. deber án ado pt ar se, con la par t icipación icip ación y coope r ación de los pu ebl os in t er esados, m edid as en cam in adas a all an ar las dif icu lt ades qu e ex per im en t en dichos pueblos al afrontar nuevas condiciones de vida y trabajo. ARTÍCULO 6.
1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: a. con su lt ar a los pu eblo s in t er esado s, m edian t e pr ocedim ien t os apr opi ado s y en par t icu lar a t r av és de su s in st it ucion es r epr esen t at iv as, cada v ez qu e se pr ev ean m edid as legi slat iv as o adm in ist r at iv as susceptibles de afectarles directamente; b. establecer los m edio s a t r av és de los cu ales los pu ebl os in t er esado s pu edan par t icipa r lib r em en t e, por los m en os en la m ism a m edid a qu e ot r os sect or es de la pob lació n , y a t odo s los n iv eles en la ado pción de decisi on es en in st it u cion es elect iv as y or gan ism os adm in ist r at iv os y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan; c. est able cer los m edios par a el p len o desar r oll o de las in st it u cion es e in iciat iv as de esos pu ebl os, y en los casos apr opia dos pr opor cion ar los recursos necesarios para este fin. 2. Las con su lt as llev adas a cabo en apl icaci ón de est e Con v en io deber án ej ecu t ar se de bu en a f e y de u n a m an er a apr ap r op iad a a las cir cu n st an cia s, con la f in alid ad d e lle gar a u n acu er do o log r ar el con sen t im ien t o acer ca de las medidas propuestas.
ARTÍCULO 7.
1. Los pu eblo s in t er esados deb er án t en er el der ech o de decid ir las pr opi as pr ior ida des en lo qu e at añ e al pr oceso de desar r oll o, en la m edid a en qu e est e af ect e a su s v ida s, cr een cias, in st it u cion es y bien est ar espir it u al y a las t ier r as que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en lo posible, su propio desar r ollo econ óm ico, social y cu lt u r al. Adem ás dich os pu ebl os deb er án participar en la formación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.
2.
El m ej or am ien t o de las con dici on es de v ida y de t r abaj o y del n iv el de salu d y edu cación de los pu ebl os in t er esad os, con su par t icipación icip ación y coope r ación , debe r á ser pr ior it ar io en los pla n es de desar r oll o g lob al de las r egi on es don de h abi t an . Los pr oy elaborarse de ect os especia les de desar r ollo par a est as r egio n es deb er án también elaborarse modo que promuevan dicho mejoramiento.
3. Los gobier go bier n os deb er án v elar por qu e, siem pr e qu e h ay a lu gar , se ef ect ú en est u dio s, en coop er ación con los pu ebl os in t er esados, a f in de ev alu ar la in ciden cia social, espi r it u al y cu lt u r al y sobr e el m edio am b ien t e qu e las act iv ida des de desar r oll o pr ev ist as pu edan t en er sobr e esos pu eblo s. Los r esu lt ados de est os est u dio s deb er án ser con sider ados com o cr it er ios fundamentales para la ejecución de las actividades mencionadas. 4. Los gob ier n os deb er án t om ar m edid as, en coop er ación con los pu ebl os in t er esados, par a pr ot eger y pr eser v ar el m ed io am b ien t e de los t er r it or ios qu e habitan. ARTÍCULO 8.
1.
Al ap licar la leg islaci ón n acion al a los pu ebl os in t er esado s debe r án t om ar se debidamente en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario. consuetudinario.
2. Dich os pu eblo s deber án t en er el der ech o de con ser v ar su s cost u m br es e in st it u cion es pr opi as, siem pr e qu e est as n o sean in com pat ibl es con los der ech os f u n dam en t ales def in idos por el sist em a j u r íd ico n acion al n i con los derechos humanos internacionalmente reconocidos. Siempre que sea necesario, debe r án est able cer se pr ocedi m ien t os par a solu cion ar los con f lict os qu e pu edan surgir en la aplicación de este principio.
3. La apl icació n de los pár r af os 1 y 2 de est e ar t ículo n o deb er á im p edir a los m iem br os de dich os pu ebl os ej er cer los der ech os r econ ocido s a t odos los ciudadanos del correspondientes. país y asumir las obligaciones correspondientes. ARTÍCULO 9.
1. En la m edid a en qu e ello sea com p at ibl e con el sist em a j u r ídico n acion al y con los der ech os h u m an os in t er n acion alm en t e r econ ocid os deb er án r espet ar se los m ét odos a los qu e los pu ebl os in t er esado s r ecu r r en t r adi cion alm ent e par a la represión de los delitos cometidos por sus miembros. 2. Las au t or ida des y los t r ibu n ales llam ado s a pr on u n ciar se sobr e cu est ion es pen ales deb er án t en er en cu en t a las cost u m br es de dich os pu eblo s en la materia.
INSTITUTO DE FORMACION MAGISTERIAL MAGISTERIAL CON ORIENTACION BILINGÜE INFOMBI EL ESTOR, IZABAL.
CATEDRATICO: SANTIAGO CUCUL CAAL GRADO: CUARTO MAGISTERIO CATEDRA: BILINGÜE INTERCULTURAL
ACUERDOS DE PAZ, OIT, ACUERDO GUBERNATIVO 22-2004
NOMBRE DEL ALUMNO: MARLON IGNACIO CUZ CAAL
SECCION: UNICA
FECHA DE ENTREGA: 24-03-2014
Conclusión Acuerdos de paz
La conferencia fue organizada por tres redes internacionales de Ongs, CIFCA, Grupo Sur y CIDSE, y contó con el apoyo de la Delegación para Centroamérica del Parlamento Europeo y de las principales fuerzas políticas PSE/ PPE-DE/Verdes-ALE/GUE-NGL, ALDE. La conferencia reunió más de 100 representantes de organizaciones sociales y no-gubernamentales guatemaltecas y europeas, del gobierno de Guatemala, de la Procuraduría de Derechos Humanos y del Parlamento de Guatemala, así como de la Comisión Europea, de los Gobiernos de Estados miembro de la Unión Europea (UE), y de la Oficina del Alto Comisionado para Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
A partir de los estudios encargados para la ocasión y de los aportes de numerosos expertos, se debatió sobre los avances y déficits en el cumplimiento de los Acuerdos de Paz en Guatemala, sobre los aportes de la cooperación internacional, principalmente europea, así como los vacíos y retos que se presentan. Principalmente se enfatizó en el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, el Acuerdo Global de Derechos Humanos, el Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y el Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos Socioeconómicos y Situación Agraria. Diez años después de su firma, los avances en el cumplimiento de los Acuerdos han sido mínimos. Persisten grandes obstáculos para la realización de los derechos de los pueblos indígenas, la protección de los derechos humanos y la mejora de la situación socioeconómica. La falta de voluntad política de los sucesivos gobiernos y de las élites que dirigen el país, país , es uno de los obstáculos principales.
El cumplimiento de los Acuerdos de Paz constituye un compromiso del Estado de Guatemala que debe figurar integralmente en la agenda política de las instituciones del Gobierno.
Por su parte, la cooperación europea ha constituido uno de los apoyos externos más firmes para el cumplimiento de los Acuerdos. Durante la Conferencia, se analizó y valoró el Diálogo Político mantenido, así como algunos programas de la cooperación internacional para la implementación de los Acuerdos. Sin embargo, la falta de voluntad política de los sucesivos gobiernos y otras instancias de Guatemala han mermado los esfuerzos de la cooperación.
Conclusión OIT
Al concluir este trabajo es importante señalar la importancia trascendental y el equilibrio en la relaciones obreros patronales que la OIT da mundialmente, dicha organización se ha convertido en el ente catalizador y mediador de las potencialidades positivas de la clase trabajadora y un excelente canal de justicia social y humanización de las actividades productivas a nivel global.
Recomendamos a las personas interesadas en este tema ha seguir investigando y profundizando los conocimientos acerca de esta magna entidad.
Concluimos que otra seria la historia de la humanidad en la era actual si no hubiera existido la organización internacional del trabajo. En sus principios y sus metas a proyectado un desarrollo humano basado en las conquistas sociales y la tecnificación del capital humano.
Y nos remitimos a la máxima expresada por el escritor Petter F Drucker en su libro gerencia para el futuro “solo el conocimiento puede garantizar la riqueza y el desarrollo de los pueblos”, esto se refiere que en la era
actual no solo basta los recursos naturales y abundancia de capital, si no se tiene un personal humano capacitado para enfrentar los cambios de las nuevas tecnologías caerá en el abismo de la marginación económica
Conclusión Acuerdo Gubernativo 22-2004
La educación en Guatemala es un tema extenso a tratar, pues se ven muchos beneficios que el sector público debería recibir y lo que se vive diariamente es algo totalmente diferente. Hemos recorrido la historia de la educación en nuestro país recalcando los cambios y circunstancias de mayor relevancia acontecidas en la transformación de nuestra educación.Desde cierto punto de vista se ha ido cambiando muchos aspectos negativos, pero así mismo se han dado circunstancias negativas que por ende perjudican a una nación completa.Al darnos cuenta de las problemáticas actuales en nuestra nación logramos aplicar la metodología de investigación / acción para el desarrollo de una sociedad educativa, pues aunque la educación del sector público es gratuita no significa que las circunstancias en la que los educandos se les imparta el conocimiento sea de mala calidad. Queremos superarnos y superar nuestra condición de país subdesarrollado, pero la base fundamental para el progreso de una nación es sin duda alguna la calidad educativa que el estado debe garantizar a las comunidades tanto urbanas como rurales por igual. El mejoramiento de la misma debe ser eficaz y apresurado, pues la juventud guatemalteca necesita el asesoramiento para formar parte de una sociedad económicamente activa y por lo tanto ser parte de una cartera de profesionales, pues aunque la educación comienza en el hogar el conocimiento y cultura general para ser personas doctas y capaces se obtiene de las instituciones públicas y privadas; que en el caso de las privadas muchas veces a llegado a ser casi olvidada por parte del gobierno que es quien tiene la obligación de brindar la calidad educativa a todo el pueblo de Guatemala.Sin duda Guatemala es un país rico en culturas y paisajes, sin embargo quienes habitan en el país de la eterna primavera muchas veces ni si quiera logran apreciar el valor de nuestra nación, caso que viene a rebotar en la falta de cultura y valores cívicos en nuestro país. LA educación es fundamental en todos los aspectos del desarrollo integral de una nación perseverante y debemos aprovechar al máximo las destrezas de la juventud guatemalteca pues somos el presente de nuestro país y Protagonistas del Futuro de Guatemala.
Introducción
En el siguiente trabajo de investigación podrá encontrar primero una reseña histórica general de los Acuerdos de Paz y a continuación un análisis a fondo sobre cada uno de los puntos tocados en los acuerdos que a mi criterio fueron los mas importantes en los Acuerdos de Paz, claro sin hacer de menos el esfuerzo que se hizo para hacer posibles los demás acuerdos. En diferentes países existen leyes que rigen a las diferentes sociedades, como es el caso de Guatemala; país en La Constitución de la República de Guatemala la cual es la que rige al el que nos define la “ley Suprema”; La estado y sus demás leyes.
La Constitución Política de la República de Guatemala fue creada por una Asamblea Nacional Constituyente, la cual lo hizo en representación del pueblo con el objeto de organizar jurídica y políticamente al Estado, así como, también contiene los Derechos Fundamentales de los miembros de su población.
En el siguiente trabajo de investigación mostramos con un amplio campo de estudio en fuentes de información lo que es nuestra Constitución Política, como se estructura y como nos modela como estado.
GLOSARIO Deuda Pública Total
Monto total pendiente de pago a una fecha determinada derivada de las operaciones de Endeudamiento de corto, mediano y largo plazo, externas e internas, contraídas por las entidades del Sector Público No Financiero, bajo la modalidad de préstamos, emisiones de bonos, entre otros. En adición, se incluyen también los montos correspondientes a obligaciones de pago establecidas por fallos judiciales, laudos arbitrales, por norma legal expresa, el reconocimiento y/o la regularización de obligaciones cuyo pago se encuentre pendiente. Empresas Públicas Comprende aquellas entidades del Sector Público No Financiero pertenecientes a la actividad empresarial del Estado. Entidades Públicas Todas las instituciones y organismos de los diferentes niveles de Gobierno, creadas o por crearse, incluyendo los fondos constituidos total o parcialmente con recursos públicos, sean de derecho público o privado. Incluye también a las empresas públicas en las que el Estado ejerza el control accionario, así como a los organismos e instituciones constitucionalmente autónomos. Financiamiento Neto Flujo neto de endeudamiento (interno y externo), y equivale al Resultado Económico con el signo opuesto. Comprende los desembolsos netos de las amortizaciones del período. Entre los desembolsos se incluyen los créditos y las emisiones de bonos internas o externas, tanto de corto, mediano y largo plazo. También se incluye el financiamiento proveniente de los procesos de promoción de la inversión privada. Gasto no Financiero del Gobierno General Los gastos definidos en el numeral precedente, deducidos los pagos de intereses. Gastos del Gobierno General
Corresponde a la utilización de recursos por parte de las entidades del Gobierno Central y del Resto de Entidades del Gobierno General, incluyendo pago de intereses, que son financiados por cualquier fuente de financiamiento. Excluye la amortización del principal de la d euda. Gobierno Central Comprende las entidades públicas del Gobierno General que están bajo el ámbito de la Ley Anual del Presupuesto Público, excluyendo a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), a los organismos reguladores, supervisores y de registros públicos y a los Gobiernos Locales. Lo cales. Gobierno General El conjunto de entidades públicas del Sector Público no Financiero, excluidas las Empresas Públicas. Está compuesto por el Gobierno Central y el Resto de Entidades del Gobierno General. Gobierno Nacional Equivalente a la definición establecida en la Ley General del Sistema Nacional de Pres upuesto Público. Índice de Precios al Consumidor (IPC) Mide el nivel de los precios de los bienes y servicios que consumen las familias de los diversos estratos socioeconómicos socioeconómicos en Lima Metropolitana. Se obtiene comparando a través del tiempo el costo de una canasta de bienes y servicios con base 2009. La variación porcentual del IPC de L ima Metropolitana es utilizada como el indicador de inflación en el Perú. Ingresos del Gobierno Central Comprende todos los recursos de las entidades públicas que integran el Gobierno Central provenientes de impuestos y contribuciones obligatorias; venta de bienes y servicios y derechos administrativos; donaciones y transferencias; venta de activos financieros y no financieros; entre otros ingresos. Los ingresos del Gobierno Central no consideran los ingresos que se obtienen por las privatizaciones y concesiones, los saldos de balance de ejercicios anteriores y los recursos provenientes de endeudamiento. Ingresos del Gobierno General Comprende los ingresos de las entidades del Gobierno Central y del Resto de Entidades del Gobierno General. Ingresos del Resto de Entidades del Gobi Comprende todos los recursos obtenidos por las entidades que comprenden el Resto de Entidades del Gobierno General provenientes principalmente de impuestos y contribuciones contribuciones obligatorias; aportes al Sistema Nacional de Pensiones y al Seguro Social de Salud; venta de bienes y servicios y derechos administrativos; donaciones y transferencias; venta de activos financieros y no financieros; entre otros. No se consideran ingresos del Resto de Entidades del Gobierno General los que se obtienen por las privatizaciones y concesiones, los saldos de balance de ejercicios anteriores y los recursos provenientes de endeudamiento. MMM Marco Macroeconómico Multianual.
Producto Bruto Interno (PBI) El PBI mide el nivel de actividad económica y se define como el valor de los bienes y servicios finales producidos por una economía en un período determinado. Puede ser medido en valores corrientes o valores constantes, a precios de un año base. El PBI puede también ser d efinido como la suma de los valores agregados de todos los sectores de la economía, es decir, el valor que agrega cada empresa en el proceso de producción es igual al valor de la producción que genera menos el valor d e los bienes intermedios o insumos utilizados. Resto de Entidades del Gobierno General Conjunto de entidades públicas del Gobierno General que se organiza separadamente de las actividades del Gobierno Central. Comprende a las entidades encargadas de prestar servicios para la atención de la seguridad social; a los organismos reguladores, supervisores y de registros públicos; a los Gobiernos Locales; a las Sociedades de Beneficencia; al Fondo Consolidado de Reservas Previsionales; y al Fondo Nacional de Ahorro Público. Resultado Económico Es la diferencia entre el total de ingresos, y el total de gastos (no financieros y financieros). En caso de ser positivo (negativo) se le denominara superávit (déficit) económico. Resultado Primario Resultado neto de las operaciones de una entidad pública. Se obtiene como la diferencia entre los ingresos totales y los gastos totales no financieros. Sector Público Consolidado Es el conjunto conformado por el Sector Público No Financiero y el Banco Central de Reserva del Perú. Sector Público No Financiero (SPNF) El conjunto de Entidades Públicas, excluidas las empresas públicas financieras y el Banco Central de Reserva del Perú. El SPNF está compuesto por el Gobierno General y las empresas públicas no financieras.