Actividad 3
Asignatura: ETICA PROFESIONAL
Presentado por: Catalina Florez Lopez Marcela Pilar Osorio Anturi Francisco Javier Pareja Ramirez Karen Juliana Ramos Borbón
Docente: William Harold Romero
NRC 717 Enero 2019 Bogotá D.C, Colombia
Actividad
En los grupos de trabajo, los estudiantes definirán un problema ético en una organización. El propósito de esta actividad es aportar elementos valiosos a partir de los conceptos "virtud", "bien" y "felicidad"; además, esta actividad les permitirá fortalecer las competencias de solución de problemas y trabajo en equipo.
Actuar Con su grupo de trabajo, discutan, definan y elijan un problema ético en una organización seleccionada por ustedes. Con base en los conceptos analizados en la ética de Aristóteles, delimitan e identifican el problema. Descarguen del aula virtual el anexo "Presentación problema ético a nivel organizacional o empresarial". A partir de la estructura propuesta en el anexo, justifiquen la elección de la problemática y su relación con la ética, tomando en cuenta los siguientes elementos: 1. Aspecto o situación problemática a nivel ético en el contexto organizacional o empresarial. 2. Nivel de afectación de la situación (contexto, agentes, consecuencias, afectación local, nacional e internacional). 3. Tipo de afectación en el ámbito ético (referenciar algunas de las categorías aristotélicas cuestionadas en el problema).
Presentación problema ético a nivel organizacional o empresarial
Catalina Florez Lopez
ID: 462865
Marcela Pilar Osorio Anturi
ID: 561975
Francisco Javier Pareja Ramirez
ID: 531994
Karen Juliana Ramos Borbón
ID: 390526
Integrantes
Aspecto o situación problemática a nivel ético en el contexto organizacional o empresarial (Experiencia personal de algún integrante del grupo en su ámbito laboral). El caso planteado es acerca de los ascensos injustos que ocurren en las compañías: para inicios del año 2019 en la empresa hubo un ascenso de técnico en prevención a Coordinador de higiene industrial (Juan Díaz), esta persona que obtuvo dicho ascenso aún no cumple un año en la compañía y el ingreso de él fue por intermedio de la directora de Colombia (Luz Aguirrre); evidentemente el ascenso fue por lo mismo, pero en la compañía existe una persona que lleva 4 años que también es técnico en prevención (Diana López) con bastante experiencia en todo los manejos del área y a quien le dijeron apenas ingreso que podía escalar y ascender a nivel laboral. El área está bastante inconforme por el poco tiempo de esta persona, el ascenso, el aumento salarial que también le hicieron y por la palanca que de cierta manera tuvo por parte de la directora Colombia, ya que este cargo y ascenso pudo realizarse a otra persona por su tiempo y dedicación en la compañía.
Nivel de afectación de la situación
Contexto (lugar o ambiente empresarial u organizacional)
Lugar de ambienta la Empresa
Tecnico Prevencion (Diana Lopez) Tecnico Prevencion (Juan Díaz)
Agentes (víctimas o responsables del problema) Directora Colombia ( Luz Aguirre)
Consecuencias (efectos presentados a causa del problema ético a nivel organizacional)
Inconformismo por parte del grupo de trabajo debido a la situación presentada en el área. Desmotivación para realizar las labores en especial por parte de la técnica en prevención (Diana López) ya que se le hace bastante injusto que el cargo y ascenso no sea para ella después de su entrega a la compañía Desunión por parte del grupo y/o equipo de trabajo para realizar las labores y actividades. Quizás puede ocurrir falta de colaboración por la persona afectada y los demás integrantes del área en el momento de recibir algún tipo de orientación por parte del coordinador que obtuvo el
ascenso.
Afectación local, nacional e internacional (posibles secuelas éticas o morales a nivel organizacional)
Pues depende del cargo y de la actividad a la que se dedique la empresa
Tipo de afectación en el ámbito ético (referenciar algunas de las categorías aristotélicas cuestionadas en el problema).
En la discusión actual en torno al problema de la justicia se ha marginado la propuesta de Aristóteles. Ello se explica por diversas razones; quizá, la principal consiste en haber considerado que las diferencias entre la situación imperante en las sociedades modernas y el contexto social en el que surge dicha propuesta son tan grandes que impiden utilizarla en nuestros día. 1. Sin duda existen diversos aspectos de la posición aristotélica que no pueden aplicarse actualmente; sin embargo, en su teoría encontramos un análisis que puede servir como punto de partida de nuestras reflexiones. El objetivo de este trabajo consiste en demostrar que tomar en cuenta esta teoría puede servir para superar un gran número de confusiones y malentendidos que han predominado en la polémica sobre la determinación del concepto de justicia. En oposición a Platón, Aristóteles comienza por advertir, al igual que lo había hecho en su análisis del concepto de Bien, que la noción de justicia se utiliza con diversos significados 2. Su estrategia para determinar estos significados consiste en establecer los distintos usos del adjetivo injusto. De esta manera, advierte que llamamos injusto tanto al transgresor de la ley (paranomos), como al codicioso (pleonektês), esto es, aquél que atenta contra la igualdad, al exigir más de los bienes y menos de los males que le corresponden. Esta vía negativa permite definir dos sentidos centrales del término justicia. En un primer sentido, justicia es, en cierto modo, lo legal y, en un segundo sentido, es el respeto a la igualdad o, para ser más precisos, aquello que impide la generación de desigualdades no justificadas. Al primer sentido se lo ha denominado justicia universal o general (iustitia legalis sive universalis - sive generalis), al segundo justicia particular (iustitiaparticularis). Ambos tipos de justicia implican dos aspectos estrechamente ligados: Un aspecto objetivo (dikaion), que remite a procedimientos e instituciones, y un aspecto subjetivo (dikaiosynê), el cual se refiere a un modo de ser (hexis), caracterizado por un comportamiento consciente de respeto a las normas inherentes a los procedimientos e instituciones . Este segundo aspecto implica que las dos modalidades de justicia son ejemplares del género de la virtud (aretê), que comparten la diferencia específica de tener como objeto la relación con los otros, esto es, "la justicia es la única de las virtudes que parece referirse al bien ajeno, porque afecta a los otros; hace lo que conviene a otro sea gobernante o compañero" (EN 1130a 5). La justicia es la virtud social por excelencia. Aquello que distingue a dichos tipos de justicia consiste en que, mientras la justicia universal trata del conjunto de las relaciones sociales, es decir, del bien común; la justicia particular se enfoca a las relaciones de intercambio entre individuos dentro de la comunidad. Aristóteles afirma que la justicia universal representa la suma de las virtudes
en las relaciones sociales; en cambio, la justicia particular es una parte del total de las virtudes, que tiene como objeto la distribución e intercambio de bienes, así como la violación de las normas que presiden dichas actividades. La definición de la equidad (epieikeia, lat. aequitas) se da a través de una aparente paradoja, la cual puede describirse de la siguiente manera: Por una parte puede decirse que lo equitativo y lo justo son lo mismo (lo equitativo es justo); pero, por otra parte, también es posible afirmar que lo equitativo es mejor que lo justo, lo cual implica que lo equitativo y lo justo no son lo mismo. La paradoja se disuelve en cuanto se advierte que lo equitativo es mejor que cierta especie de justicia (de la justicia legal vigente), pero no es mejor que la justicia como género. "Lo que ocasiona la dificultad es que lo equitativo, si bien es justo, no lo es de acuerdo con la ley, sino como una corrección de la justicia legal. La causa de ello es que toda ley es universal y que hay casos en los que no es posible tratar las cosas rectamente de un modo universal" (EN 1137b 8). El recurso de utilizar esta paradoja y su solución resulta genial pues ello permite determinar con precisión la relación entre justicia y legalidad. Como hemos dicho ya, la justicia se predica, en primer lugar, de la legalidad; sin embargo, ello no implica que las leyes, escritas (justicia política) o no escritas (costumbres), vigentes en una sociedad particular sean siempre justas. Por el contrario, entre las leyes creadas por los seres humanos en los diferentes contextos sociales y la noción normativa de la legalidad, esto es, aquella que se identifica con la justicia, siempre existirá un grado variable de disonancia. La justicia exige que la ley tenga un carácter universal, es decir, que sea válida para todos los casos de un tipo de acción y para todos los miembros de un grupo, por eso, la justicia está ligada a una modalidad de igualdad (igualdad frente a la ley). Sin embargo, en las distintas formulaciones empíricas de las leyes es imposible tener en cuenta o prever todas las variaciones posibles de los diversos tipos de acción8. Tampoco es posible determinar la dirección de las transformaciones del orden social. Por tanto, en la administración o aplicación de la legalidad siempre es menester tomar en cuenta la diversidad de variables no previstas, para poder establecer una mediación entre la ley general y los casos particulares. Aplicar de manera automática la ley general a la multiplicidad de casos particulares, sin tomar en cuenta la pluralidad propia del ser humano, conduce a la injusticia (summun ius summa iniura). La equidad es un elemento de la noción genérica de la justicia que exige la corrección o, quizá sea mejor decir, perfeccionamiento de la legalidad, gracias a su apertura a la pluralidad. "Y tal es la naturaleza de lo equitativo: una corrección de la ley en la medida que su universalidad la deja incompleta. Ésta es también la causa de que no todo se regule por la ley, porque sobre algunas cosas es imposible establecer una ley, de modo que es necesario un decreto" (EN 1137b 26). El decreto representa una norma derivada de la ley general o, por lo menos, que no entra en contradicción con ella, capaz
de adaptarse al caso concreto. Aristóteles diría que todo juez debe ser una persona equitativa que, sin dejar de tener la ley de su lado, pueda "apartarse de la estricta justicia y sus peores rigores", para emitir decretos o sentencias que respondan a la complejidad del hecho que debe juzgar. "También (es propio de) la equidad ser indulgente con las cosas humanas. Y mirar no a la ley, sino al legislador; no a la letra, sino a la inteligencia del legislador; no al hecho, sino a la intención; no a la parte, sino al todo; no a cómo es ahora uno, sino a cómo era siempre o la mayoría de las veces" (Retórica 1374b 11).
REFLEXIÓN
Un esfuerzo de concertación para llegar a metas comunes, formas de trabajo y mecanismos para regular el comportamiento. Trabajar en equipo no es estar reunidos en un espacio, en un mismo momento; es compartir ideales, formas de trabajo e intereses, es contar con un propósito común al que cada uno aporta. Trabajar en equipo supone identificar las fortalezas y debilidades del conjunto y no sólo de las partes y buscar mecanismos para mejorar continuamente la dinámica que se da entre las personas que lo conforman. El maestro no solo debe tener claridad sobre el concepto de trabajo en equipo, sino también, una vez lo comprenda, lo debe proyectar a sus estudiantes de manera sencilla y clara, apoyándose en el concepto de que el hombre es un ser social y por tal motivo al aprendizaje depende en gran parte del prójimo, por que a través de él logra la comunicación, el intercambio de ideas, y la construcción de conocimiento. El trabajo en equipo se fundamenta en la colaboración dado que el ser humano convive todos los días con personas diferentes, circunstancia que lo conduce a desarrollar habilidades que le permiten realizar trabajos con otros individuos. Dicha necesidad se puede establecer desde los siguientes parámetros:
– La acción grupal suele ser más segura y efectiva que la gestión individual o la simple
adición de acciones individuales.
– Mediante la colaboración, las ayudas pedagógicas facilitadas a los estudiantes son más
posibles de optimizar.
– La colaboración, mediante el trabajo en equipo, permite analizar problemas que son
comunes, con mayores y mejores criterios.
– Exige entre los maestros que educan el acuerdo en planteamientos comunes así como
criterios y principios de actuación suficientemente coherentes.
Estos requisitos son posibles con una adecuada coordinación que proporciona la colaboración del trabajo en equipo, dando como resultado la cohesión. En ellos se justifica esa condición como mecanismo para proporcionar una atmósfera que anime a los alumnos a trabajar con entusiasmo y sentimientos de propiedad y pertenencia respecto a la escuela; la colaboración mediante el trabajo en equipo es un objetivo ineludible en la educación porque desde allí se cultiva una necesidad social. El trabajo en equipo en una institución educativa va más allá de las acciones conjuntas con otro u otros, el propósito es alcanzar un mismo fin desde todos los estamentos: directivos, profesores, alumnos y padres de familia.
BIBLIOGRAFÍA Lectura del artículo "La vinculación entre Ética y Política en Aristóteles" y en la revisión de la serie de videos "La ética de Aristóteles, pt. 1/4", "La ética de Aristóteles, pt. 2/4", "La ética de Aristóteles, pt. 3/4" y "La ética de Aristóteles, pt. 4/4". https://www.lanacion.com.ar/628006-la-filosofia-como-metodo-practico-para-resolver problemas https://www.eoi.es/blogs/davidsaiz/2012/03/23/reflexiones-sobre-el-trabajo-en-equipo/ http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-02182005000100006 https://educrea.cl/el-aula-un-escenario-para-trabajar-en-equipo/