AUDITORIA AMBIENTAL – AMBIENTAL – MUNICIPIO MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016
INDICE
1 ANTECEDENTES DE LA AUDITORIA AMBIENTAL ..................................... ..................................... 3 2 Introducción. ................................................... ............................................................................ ............................................... ...................... 4 AREA DE ESTUDIO ................................................................. .......................................................................................... .............................. ..... 5 Descripción del Rio Piraí en La Cuenca Baja - La Guardía. ............................... ............................... 5 Descripción del área de estudio de estudio......................... estudio................................................... ............................... ..... 7 2.1 Sujeto de auditoria .................................... ............................................................. ............................................... ...................... 8 3 OBJETIVOS DE LA AUDITORIA. ............................ ...................................................... ....................................... ............. 8 3.1 Objetivo general. ................................................................ ...................................................................................... ...................... 9 3.2 Objetivos específicos. ................................................... ............................................................................ ........................... 9 4 ALCANCE DE LA AUDITORIA ............................ ..................................................... ........................................... .................. 9 4.1 Alcance físico ........................................................ .................................................................................. ................................. ....... 10 5 PERIODO DE EVALUACION .................................... ............................................................. .................................... ........... 10 6 TIPO DE AUDITORIA ............................................... ......................................................................... ..................................... ........... 10 7 MARCO NORMATIVO APLICABLE ...................................................... ............................................................. ....... 11 8 DESARROLLO DE LA AUDITORIA .................................................. ............................................................. ........... 21 8.1 DEFINICIONES........................................................... ..................................................................................... ............................. ... 21 8.2 RECOPILACION DE LA INFORMACION NECESARIA ......................... 23 8.3 MARCO NORMATIVO NORM ATIVO APLICABLE .................................................... ....................................................... ... 25 8.4 CARACTERIZACIÓN PRELIMINAR DE LOS COMPONENTES AFECTADOS. ................................................. ........................................................................... .................................................. ........................ 26 9 HALLAZGOS PRINCIPALES .................................... ............................................................. .................................... ........... 26 9.1 ANÁLISIS PRELIMINAR DE LOS POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES 26 9.2 CENTROS DE ACOPIO UBICADOS EN UN LUGAR LUG AR INADECUADO .... 28 10 METODOLOGIA DE LA EVALUACION DE EVIDENCIAS E VIDENCIAS ........................ ........................ 29 10.1 DE METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN Y LEVANTAMIENTO DE DATOS 29 10.2 EVALUCACION FISICA ................................................... ....................................................................... .................... 29 10.3 EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES.................................. .................................. 30 10.4 EVALUACION DEL CUMPLIMIENTO LEGAL: ................................... 31 10.5 EVALUACION ESPACIAL CON ARCGIS ........................................... ........................................... 34 11 CRONOGRAMA DE LA AUDITORIA ............................ ...................................................... ............................. ... 35
AUDITORIA AMBIENTAL – AMBIENTAL – MUNICIPIO MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 11.1 DEFINICIÓN DE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA AUDITORIA AMBIENTAL ............................................... ............................................... 36 11.1.1 Recursos humanos: ..................................... .............................................................. ................................ ....... 36 11.1.2 Recursos materiales: ............................................... ................................................................... .................... 36 11.1.3 Recursos económicos: ........................................ ................................................................ ........................ 36 11.2 FASE II - ACTIVIDADES EN EL SITIO A AUDITAR ........................... 36 11.2.1 TOMA DE DATOS Y DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO 36 11.2.2 OBTENCIÓN DE DATOS MEDIANTE UN CHECK LIST .............. 37 11.3 FASE III – III – REPORTE REPORTE FINAL DE LA L A AUDITORIA AMBIENTAL ......... ......... 37 11.3.1 ELABORACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS .......................... .......................... 37 12 CONCLUSIONES....................................................... ................................................................................ ................................. ....... 38 13 RECOMENDACIONES. .................................................. ........................................................................... ............................ ... 39 14 BIBLIOGRAFÍA...................................................... ............................................................................... ..................................... ........... 39 15 ANEXOS ................................................... ............................................................................. .................................................. ........................ 39
AUDITORIA AMBIENTAL – AMBIENTAL – MUNICIPIO MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 11.1 DEFINICIÓN DE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA AUDITORIA AMBIENTAL ............................................... ............................................... 36 11.1.1 Recursos humanos: ..................................... .............................................................. ................................ ....... 36 11.1.2 Recursos materiales: ............................................... ................................................................... .................... 36 11.1.3 Recursos económicos: ........................................ ................................................................ ........................ 36 11.2 FASE II - ACTIVIDADES EN EL SITIO A AUDITAR ........................... 36 11.2.1 TOMA DE DATOS Y DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO 36 11.2.2 OBTENCIÓN DE DATOS MEDIANTE UN CHECK LIST .............. 37 11.3 FASE III – III – REPORTE REPORTE FINAL DE LA L A AUDITORIA AMBIENTAL ......... ......... 37 11.3.1 ELABORACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS .......................... .......................... 37 12 CONCLUSIONES....................................................... ................................................................................ ................................. ....... 38 13 RECOMENDACIONES. .................................................. ........................................................................... ............................ ... 39 14 BIBLIOGRAFÍA...................................................... ............................................................................... ..................................... ........... 39 15 ANEXOS ................................................... ............................................................................. .................................................. ........................ 39
AUDITORIA AMBIENTAL – AMBIENTAL – MUNICIPIO MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016
INFORME FINAL AUDITORIA AMBIENTAL DEL BOSQUE DE PROTECCION EN EL MUNICIPIO DE LA GUARDIA, ZONA KM 15 – 15 – 20. 20.
1 ANTECEDENTES DE LA AUDITORIA AMBIENTAL El Municipio de La Guardia se encuentra en una planicie bañada por la cuenca media del Río Piraí cuyo terreno está cubierto de valles y llanuras. El cual es un importante recurso natural que posee el municipio de La Guardia, convirtiéndose en una fuente de ingreso en su actividad principal que es la extracción de áridos principalmente para la población cercana, aumentado este su demanda con el incremento de construcciones en Santa Cruz, que según el censo 2012 es el departamento más habitantes y la ciudad más urbanizada. En el año 1986, el SEARPI ha elaborado un Plan Director de Manejo de la Cuenca del lecho del Río Piraí, que indudablemente, por el gran avance de desarrollo económico, poblacional y productivo de la zona en los últimos años, requiere actualización y reajuste. La explotación de áridos y agregados realizada en cuencas hidrográficas, y en los lechos de ríos estuvo considerada como una actividad minera y por lo mismo con competencias de regulación por el Ministerio de Minería y Metalurgia y la ex Superintendencia de Minas (Art. 14 de la Ley Nº 1777 de fecha 17 de marzo de 1997). Posteriormente se creó la Ley 3425 y sus reglamentos, que establecen que debe existir una normativa técnica, que permita a los municipios dotarse de información de la cuenca para poder implementar sus reglamentaciones y manejar adecuadamente los áridos en los lechos de los ríos; con el fin de dar sostenibilidad a los recursos naturales y no causar daños irreversibles a la unidad hidrográfica. La Contraloría General del Estado realizó la primera Auditoria Ambiental el año 1999, y la segunda el 2010, para evaluar el estado ambiental del río Piraí indicando que los recursos hídricos no fueron preservados, mejorados y/o restaurados debido a las diferentes actividades antrópicas que se desarrollan en la cuenca como son: agrícolas, industriales y domésticas. La cuenca del Río Piraí sufrió un desarrollo acelerado en los últimos años, produciendo múltiples impactos negativos y un desequilibrio biofísico, atribuido a la descompensación que existe entre el estado de agresión a la cuenca y el poder de regeneración natural del ecosistema. La Ley de Áridos Nº 3425, y el Decreto Supremo Nº 091 de fecha 22 de abril de 2009, que aprueba el Reglamento de Aprovechamiento y Explotación de Áridos y
AUDITORIA AMBIENTAL – AMBIENTAL – MUNICIPIO MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Agregados y el Reglamento Ambiental de Aprovechamiento de Áridos y Agregados (RAAA), establecen la adecuación de las concesiones que realizan actividades de explotación y aprovechamiento de áridos y agregados a las autorizaciones municipales anuales y establece el procedimiento para la otorgación de autorizaciones anuales para la explotación de áridos y agregados en base a un plan de manejo de ríos y cuencas, creando al mismo tiempo tiempo una nueva institucionalidad, que tiene como cabeza de sector al Ministerio de Medio Ambiente y Agua. Recientemente el alcalde como cumplimiento de la nueva competencia municipal de la Ley N° 3425, exige una reglamentación para la formación de políticas municipales de protección al medio ambiente, sin descuidar las necesidades socioeconómicas de aquellas personas que se decían al aprovechamiento de áridos y en uso de sus legítimas atribuciones que le confiere la Ley de Municipalidades, en Sesión Ordinaria N° 23 de fecha 26 de marzo de 2012, dicta la Ordenanza Municipal N° 012/2012. Mediante la cual aprueba: “Reglamento Municipal para el Aprovechamiento de Áridos y Agregados” y la Guía Técnica para el aprovechamiento de Áridos. La cual es la normativa vigente por parte del municipio.
2 INTRODUCCIÓN. La Guardia es la tercera sección municipal de la provincia Andrés Ibáñez, está ubicada al sudoeste del departamento de Santa Cruz. Una de las principales problemáticas que actualmente presenta el municipio es la sobreexplotación de áridos en el rio Piraí que cubre desde San José (cruce a espejillos) e spejillos) hasta límites del municipio de la Guardia con la ciudad de Santa Cruz. En el presente proyecto se elaborará el estudio de la Auditoría Ambiental de la Degradación del Bosque de Protección, en la jurisdicción de La Guardia, El sombrerito Km 15 – 15 – km km 20 Belco. Con la finalidad de estudiar la problemática actual a través de los conocimientos adquiridos en diferentes materia s como ser: Auditoria Ambiental, Sistemas de Gestión Ambiental, Sistema de Información Geográfica, entre otras. Así mismo, proponer posibles alternativas o medidas preventivas o correctivas. Principalmente nos enfocaremos en el tema de evaluar el cumplimiento normativo del “Reglamento para el Aprovechamiento de Áridos y Agregados ” en el en el tema de los centros de acopio y otras normativas referentes a la degradación del Bosque de Protección. Primeramente se realiza la recopilación de toda la información necesaria como ser leyes, reglamentos, ordenanzas, entre otros. Luego, la visita al lugar de estudio, toma de datos (coordenadas), estudiar los diferentes componentes a tomar en cuanta, buscar herramientas y aplicara la metodología adecuada pa ra representarlo
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 cualitativamente o cuantitativamente de manera que se demuestre el incumplimiento de las respectivas normas vigentes. Posteriormente se entregara el informe de Planificación que es la primera fase de la Auditoria, donde daremos a conocer las actividades que realizaremos como grupo para evaluar los componentes elegidos como objetivos principales. Realizaremos las actividades correspondientes obteniendo los resultados esperados.
AREA DE ESTUDIO Descripción del Rio Piraí en La Cuenca Baja - La Guardía.
Figura 1. Ubicación geográfica de la cuenca del río Piraí dentro del sistema hidrográfico de cuencas mayores de Bolivia. (Clasificación FAO).
La cuenca del rio Piraí se encuentra ubicada en la parte este de Bolivia, en el Departamento de Santa Cruz de la Sierra, forma parte del sistema hidrográfico mayor de la cuenca del río Grande y se localiza entre las cuencas de los ríos Yapacaní y Grande. La Cuenca Hidrográfica del Río Piraí tiene una superficie total de 13.511,36 km², que representa el 3,71% de la superficie total del Departamento de Santa Cruz. Su curso principal tiene una longitud aproximada de 478,70 km, hasta su confluencia con el río Yapacaní, comprende 22 municipios distribuidos en 8 provincias.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Cuenca Baja:
Figura 2. Ubicación geográfica de la cuenca del río Piraí Cuenca baja (Clasificación FAO).
Comprende desde la guardia hasta la desembocadura en el río Yapacaní, con una pendiente promedio que va desde 0,3% a 0,1%, una superficie de 123.563 km², caracterizada por ser un tramo depositario de sedimentos. Abarca 17 Municipios: La Guardia, Porongo, Santa Cruz de la Sierra, Cotoca, Warnes, Okinawa Uno, Colpa Bélgica, Portachuelo, Santa Rosa del Sara, Montero, Mineros, General Saavedra, Fernández Alonso, San Pedro, Buena Vista, San Carlos y San Juan (Tabla 1). El límite comienza en el Municipio de La Guardia con una altura de 471 m.s.n.m. hasta la confluencia con el río Yapacaní con 200 m.s.n.m. La cuenca presenta un área de 11346,57 km 2.
Tabla 1 - Municipios de las cuencas alta, media y baja del río Piraí Cuenca Municipios
Alta
Media
rea (km2)
Porcentaje
Samaipata
1314.567
9.73%
Quirusillas
63.931
0.47%
Postrer Valle
5.446
0.04%
Cabezas
27.398
0.20%
El Torno
810.565
6.00%
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016
Baja
La Guardia
123.563
0.91%
Porongo
900.606
6.67%
Santa Cruz 219.119 de la Sierra
1.62%
Cotoca
2.401
0.02%
Warnes
1283.847
9.50%
Okinawa Uno
390.484
2.89%
Colpa Bélgica 291.521
2.16%
Portachuelo
7.97%
1076.219
Santa Rosa 3221.511 del Sara
23.84%
Montero
315.012
2.33%
Mineros
400.180
2.96%
General Saavedra
493.738
3.65%
Fernández Alonso
255.590
1.89%
San Pedro
517.245
3.83%
Buena Vista
430.157
3.18%
San Carlos
781.118
5.78%
San Juan
587.143
4.35%
Total
13511.361
100.00%
Descripción del área de estudio de estudio La presente auditoría ambiental está enfocada sobre las actividades relacionadas al tema de extracción de áridos que degradan el Bosque de protección, específicamente el área del Bosque de protección que se encuentra en la zona
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 denominada Belco que se encuentra desde el kilómetro 15 – 20, entre la zona “El sombrerito” y el propio km 20.
Lugar: TRAMO El sombrerito Km 15 – km 20 Belco
COORDENADAS X = 464536 Y= 8023029 X =468655 Y = 8023324
IMAGENA SATELITAL:
Figura 3. Imagen satelital (Google Earth Explorer).
2.1 Sujeto de auditoria El sujeto de la auditoria es el gobierno municipal de “La Guardia” y aquellas instituciones relacionadas a la protección del Bosque de protección.
3 OBJETIVOS DE LA AUDITORIA.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 3.1 Objetivo general. Elaborar una auditoría ambiental sobre la degradación del Bosque de Protección en el municipio de La Guardia, zona km 20.
3.2
Objetivos específicos. 1. Recopilar la información referente al tema y determinar nuestra zona de estudio. 2. Identificar y evaluar los impactos ambientales generados en nuestra área de estudio. 3. Verificar el cumplimiento de la normativa aplicable a la ubicación adecuada de los centros de acopio. 4. Evaluar la pérdida progresiva de cobertura del bosque de protección, debido construcción de centros de acopios y otras actividades. 5. Elaborar propuestas de acuerdo a las evaluaciones realizadas.
4 ALCANCE DE LA AUDITORIA Según el manual para ejecutar auditorías ambientales: El equipo de auditoria debe definir el alcance específico, y actividad que comprende las siguientes etapas:
Delimitar el objeto examen: En la presente auditoria nos enfocaremos en verificar el cumplimiento de las acciones asociadas a la gestión ambiental aplicada por el municipio para el tema de conservación del Bosque de protección y aquellas instituciones relacionadas con el mismo fin. Delimitar los instrumentos normativos: Los instrumentos normativos vigente a tomar en cuenta serán los concernientes a la resguardo de Bosque de protección, como ser el Reglamento municipal de aprovechamiento de áridos, en el tema de ubicación de los centros de acopio, abertura de caminos, entre otros. Definir el periodo: El periodo será de 60 días a partir de la primera actividad. Definir la profundidad de la auditoria: Se evaluará principalmente el aspecto de ubicación adecuada y cumplimiento legal de la ubicación adecuada centros de
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 acopio, evaluación de impactos ambientales y análisis de la deforestación en tiempo a causa de las diferentes actividades en el Bosque de protección.
4.1 Alcance físico Anteriormente ya señalamos nuestra área de estudio específica y el tema enfocado, es importante señalar también que el alcance físico de la Aud itoria Ambiental estará en función a los componentes y elementos identificados en el desarrollo de nuestra auditoria.
5 PERIODO DE EVALUACION El periodo será de 60 días establecidos en los TDR (Términos de referencia).
6 TIPO DE AUDITORIA Tipo de auditoria: Auditoría ambiental La auditoría ambiental es la acumulación y el examen metodológico y objetivo de evidencia, que se realiza con el propósito de emitir una opinión independiente sobre la gestión ambiental.
Subtipo de auditoria: Auditoría de desempeño ambiental La auditoría de desempeño ambiental tiene como propósito evaluar la manera en que una entidad o entidades han implementado, realizado o ejecutado la gestión ambiental que se considere. Entre otros enfoques que se pueden diseñar y emplear en una auditoría de desempeño ambiental, nosotros estudiaremos los siguientes:
Grado de cumplimiento: Evaluar el grado de cumplimiento de las diferentes normativas referente al tema. Variación del grado de contaminación: Evaluaremos los cambios que se han dado de los diferentes componentes en el tiempo (impactos ambientales). Los criterios deben mostrar la situación deseada, lo que debería ser el desempeño ambiental, por lo tanto uno de los criterios a tomar en cuenta será:
Estado ambiental: identificaremos la situación actual de los componentes y las condiciones políticas, económicas, sociales, culturales u otras, en las que se encuentra en este momento.
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7 MARCO NORMATIVO APLICABLE Marco Legal Aplicable. Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia Artículo 33. Las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente. Artículo 34. Cualquier persona, a título individual o en representación de una colectividad, está facultada para ejercitar las acciones legales en defensa del derecho al medio ambiente, sin perjuicio de la obligación de las instituciones públicas de actuar de oficio frente a los atentados contra el medio ambiente. Artículo 108. Son deberes de las bolivianas y los bolivianos 15. Proteger y defender los recursos naturales y contribuir a su uso sustentable, para preservar los derechos de las futuras generaciones. 16. Proteger y defender un medio ambiente adecuado para el desarrollo de los se res vivos.
Artículo 299. Capitulo II. Las siguientes competencias se ejercerán de forma concurrente por el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas: 1. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y fauna silvestre manteniendo el equilibrio ecológico y el control de la contaminación ambiental. 11. Protección de cuencas.
Artículo 342. Es deber del Estado y de la población conservar, proteger y aprovechar de manera sustentable los recursos naturales y la biodiversidad, así como mantener el equilibrio del medio ambiente. Artículo 343. La población tiene derecho a la participación en la gestión ambiental, a ser consultado e informado previamente sobre decisiones que pudieran afectar a la calidad del medio ambiente. Artículo 346. El patrimonio natural es de interés público y de carácter estratégico para el desarrollo sustentable del país. Su conservación y aprovechamiento para beneficio de la población será responsabilidad y atribución exclusiva del Estado, y no comprometerá la soberanía sobre los recursos naturales. La ley establecerá los principios y disposiciones para su gestión.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Artículo 347. Parágrafo I. El Estado y la sociedad promoverán la mitigación de los efectos nocivos al medio ambiente, y de los pasivos ambientales que afectan al país. Se declara la responsabilidad por los daños ambientales históricos y la imprescriptibilidad de los delitos ambientales. Parágrafo II. Quienes realicen actividades de impacto sobre el medio ambiente deberán, en todas las etapas de la producción, evitar, minimizar, mitigar, remediar, reparar y resarcir los daños que se ocasionen al medio ambiente y a la salud de las personas, y establecerán las medidas de seguridad necesarias para neutralizar los efectos posibles de los pasivos ambientales. CAPÍTULO SEGUNDO RECURSOS NATURALES Artículo 348. I. Son recursos naturales los minerales en todos sus estados, los hidrocarburos, el agua, el aire, el suelo y el subsuelo, los bosques, la biodiversidad, el espectro electromagnético y todos aquellos elementos y fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento. II. Los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país.
Artículo 349. I. Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo. II. El Estado reconocerá, respetará y otorgará derechos propietarios individuales y colectivos sobre la tierra, así como derechos de uso y aprovechamiento sobre otros recursos naturales. III. La agricultura, la ganadería, así como las actividades de caza y pesca que no involucren especies animales protegidas, son actividades que se rigen por lo establecido en la cuarta parte de esta Constitución referida a la estructura y organización económica del Estado.
Artículo 350. Cualquier título otorgado sobre reserva fiscal será nulo de pleno derecho, salvo autorización expresa por necesidad estatal y utilidad pública, de acuerdo con la ley.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Artículo 351. I. El Estado, asumirá el control y la dirección sobre la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de los recursos naturales estratégicos a través de entidades públicas, cooperativas o comunitarias, las que podrán a su vez contratar a empresas privadas y constituir empresas mixtas. II. El Estado podrá suscribir contratos de asociación con personas jurídicas, bolivianas o extranjeras, para el aprovechamiento de los recursos naturales. Debiendo asegurarse la reinversión de las utilidades económicas en el país. III. La gestión y administración de los recursos naturales se realizará garantizando el control y la participación social en el diseño de las políticas sectoriales . En la gestión y administración podrán establecerse entidades mixtas, con representación estatal y de la sociedad, y se precautelará el bienestar colectivo. IV. Las empresas privadas, bolivianas o extranjeras, pagarán impuestos y regalías cuando intervengan en la explotación de los recursos naturales, y los cobros a que den lugar no serán reembolsables. Las regalías por el aprovechamiento de los recursos naturales son un derecho y una compensación por su explotación, y se regularán por la Constitución y la ley.
Artículo 352. La explotación de recursos naturales en determinado territorio estará sujeta a un proceso de consulta a la población afectada, convocada por el Estado, que será libre, previa e informada. Se garantiza la participación ciudadana en el proceso de gestión ambiental y se promoverá la conservación de los ecosistemas, de acuerdo con la Constitución y la ley. En las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos, la consulta tendrá lugar respetando sus normas y procedimientos propios.
Artículo 353. El pueblo boliviano tendrá acceso equitativo a los beneficios provenientes del aprovechamiento de todos los recursos naturales. Se asignará una participación prioritaria a los territorios donde se encuentren estos recursos, y a las naciones y pueblos indígena originario campesinos.
Artículo 354. El Estado desarrollará y promoverá la investigación relativa al manejo, conservación y aprovechamiento de los recursos naturales y la biodiversidad.
Artículo 355. I. La industrialización y comercialización de los recursos naturales será p rioridad del Estado.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 II. Las utilidades obtenidas por la explotación e industrialización de los recursos naturales serán distribuidas y reinvertidas para promover la diversificación económica en los diferentes niveles territoriales del Estado. La distribución porcentual de los beneficios será sancionada por la ley. III. Los procesos de industrialización se realizarán con preferencia en el lugar de origen de la producción y crearán condiciones que favorezcan la competitividad en el mercado interno e internacional.
Artículo 358. Los derechos de uso y aprovechamiento sobre los recursos naturales deberán sujetarse a lo establecido en la Constitución y la ley. Estos derechos estarán sujetos a control periódico del cumplimiento de las regulaciones técnicas, económicas y ambientales. El incumplimiento de la ley dará lugar a la reversión o anulación de los derechos de uso o aprovechamiento
Artículo 375. I. Es deber del Estado desarrollar planes de uso, conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de las cuencas hidrográficas. II. El Estado regulará el manejo y gestión sustentable de los recursos hídricos y de las cuencas para riego, seguridad alimentaria y servicios básicos, respetando los usos y costumbres de las comunidades. III. Es deber del Estado realizar los estudios para la identificación de aguas fósiles y su consiguiente protección, manejo y aprovechamiento sustentable.
Artículo 376. Los recursos hídricos de los ríos, lagos y lagunas que conforman las cuencas hidrográficas, por su potencialidad, por la variedad de recursos naturales que contienen y por ser parte fundamental de los ecosistemas, se consideran recursos estratégicos para el desarrollo y la soberanía boliviana. El Estado evitará acciones en las nacientes y zonas intermedias de los ríos que ocasionen daños a los ecosistemas o disminuyan los caudales, preservará el estado natural y velará por el desarrollo y bienestar de la población.
Estatuto Departamental Autonómico Dado que la CPE es el instrumento legal de mayor rango a nivel nacional y de cumplimiento prioritario, el instrumento legal más importante del Departamento Autónomo de Santa Cruz es el Estatuto Departamental Autonómico , el cual ha sido sujeto a referéndum departamental y aprobado por más de 2/3 de la población cruceña en el año 2008. El mismo, incorpora una serie de artículos referidos a la conservación y manejo sostenible de los recursos naturales:
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Artículo 2. Los derechos fundamentales como objetivo de la autonomía I.
Los derechos y libertades fundamentales de las personas en el Departamento Autónomo de Santa Cruz son los reconocidos por el constitucionalismo boliviano y los tratados sobre derechos humanos suscritos por Bolivia, y, en particular, los siguientes:
a. Derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad física y la integridad de la persona. b. Derecho a la seguridad jurídica c. Derecho a la igualdad ante la Ley II. Los órganos de gobierno del Departamento Autónomo de Santa Cruz, en el ámbito de sus competencias, deben adoptar todas las medidas necesarias para: d. Garantizar la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica y la protección del medio ambiente en todo el territorio departamental, para el beneficio de los cruceños de esta generación y de las generaciones futuras.
Artículo 6. Competencias exclusivas I. El Gobierno Departamental Autónomo de Santa Cruz tiene competencia para ejercer la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, sobre las siguientes materias: 14. Áreas Protegidas. 15. Medio ambiente y equilibrio ecológico en la producción de bienes y servicios. 16. Uso sostenible de la diversidad biológica departamental y biotecnología. 17. Aprovechamiento hidráulico, hídrico e hidrológico, canales, regadíos, aguas minerales y termales, de interés departamental.
Artículo 86. Recursos naturales y calidad de vida Los recursos naturales renovables, su disposición y gestión ambiental, están a cargo del Gobierno Departamental, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida de las presentes y futuras generaciones, promoviendo la respo nsabilidad social y la solidaridad colectiva.
Artículo 87. Políticas departamentales Es competencia del Gobierno Departamental, la definición de políticas rectoras para la protección, aprovechamiento, conservación y restauración de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, para establecer en el ámbito de su jurisdicción y competencia, políticas públicas y normas complementarias para incrementar los niveles de protección y conservación.
Artículo 88. Condiciones de aprovechamiento
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 En un marco de ordenamiento territorial y respeto a la capacidad de uso mayor del suelo, los recursos naturales renovables sólo podrán ser aprovechados en condiciones de sostenibilidad, sin causar daños al medio ambiente, ni reducir su capacidad productiva a través de la aplicación de instrumentos de gestión ambiental.
Artículo 89. Acceso Se garantiza el acceso equitativo y democrático a los recursos naturales ren ovables en igualdad de oportunidades para todos los bolivianos. La manutención de los derechos otorgados estará condicionada a su manejo sostenible o preservación.
Artículo 90. Áreas protegidas I.
Es de interés departamental la conservación y restauración de las áreas protegidas, bosques y servidumbres ecológicas para garantizar los servicios ambientales que éstos brindan a favor de la calidad de vida, la conservación de la biodiversidad, disponibilidad y calidad de los recursos hídricos, actividades productivas, de ecoturismo y socioculturales en un régimen donde los beneficiarios de los servicios ambientales contribuyan económicamente para su sostenibilidad. II. Las áreas protegidas y otras unidades de conservación existentes y por crearse en el territorio del departamento de Santa Cruz, son de utilidad pública e interés departamental, por ser parte de la identidad del pueblo cruceño e indispensables para garantizar la seguridad alimentaria en función al potencial productivo del departamento; conservarlas, protegerlas y promover un manejo sostenible de sus recursos naturales, es una prioridad y responsabilidad del Gobierno Departamental y cada habitante y estante del departamento. III. El Gobierno departamental, mediante el organismo técnico especializado creado por Ley Departamental, se encargará de la administración de manera directa o delegada de las áreas protegidas existentes en el departamento.
Artículo 91. Educación ambiental Es responsabilidad primordial del Gobierno Departamental Autónomo de Santa Cruz, promover la educación ambiental como un instrumento transversal e imprescindible para el surgimiento de una cultura ciudadana que favorezca la conservación del medio ambiente y los recursos naturales.
Artículo 93. Legislación del medio ambiente
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 La Asamblea Legislativa Departamental aprobará una Ley del Medio Ambiente para regular de manera transversal todas las actividades de producción de bienes y servicios que transformen o afecten recursos naturales y el medio ambiente.
Ley de Medio Ambiente Nº 1333 de 27 de abril de 1992 y sus reglamentos. La Ley 1333 - Ley del Medio Ambiente de1992 vigente hasta la fecha, es el marco conceptual destinado a la preservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones antrópicas con la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible para mejorar la calidad de vida de la población boliviana. (Art 1). Esta Ley respecto de la educación ambiental contiene artículos enunciativos sobre la misma en su Título 7, Capítulo I, que estipula lo siguiente:
Artículo 83º. Las universidades autónomas y privadas orientarán sus programas de estudio y de formación técnica y profesional en la perspectiva de contribuir al logro del desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente. Artículo 84º. Los medios de comunicación social, públicos o privados, deben fomentar y facilitar acciones para la educación e información sobre el medio ambiente y su conservación, de conformidad a reglamentación a se r establecida por el Poder Ejecutivo. Los reglamentos que son el complemento de la Ley 1 333, están destinados a hacer posible su práctica administrativa y procedimental de la misma en materias específicas, como es el caso del Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica (RMCH), destinado a la prevención y control de la contaminación de éste recurso natural, en el marco del desarrollo sostenible (Art.1).
La Ley de Autonomías Andrés Ibáñez N° 031 de 2010 que otorga jurisdicción y competencias a los gobiernos departamentales en materia ambiental como ser el de ejecutar la política general de conservación y protección de cuencas, entre otras, de acuerdo a lo dispuesto en el “inciso a”, del punto 1 del parágrafo IV del artículo 87. La Ley de la Madre Tierra N° 071 de 2012 cuyo “objeto es establecer la visión y los fundamentos del desarrollo integral en armonía y equilibrio de la Madre Tierra para Vivir Bien” (Art. 1) y entre los principios que sustenta el Art 4 reza el principio 10 “El Estado Plurinacional de Bolivia y la sociedad asumen que el uso y acceso indispensable y prioritario al agua, debe satisfacer de forma integral e indistinta la conservación de los componentes, zonas y sistemas de vida de la Madre Tierra, la satisfacción de las necesidades de agua para el consumo humano y procesos productivos que garanticen la soberanía con seguridad alimentaria”.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 La Ley Avelino Siñani y Elizardo Pérez, dice en su Art. 4 (Fines de la Educación) punto 5 “Contribuir a la convivencia armónica y equilibrada del ser humano con la Madre Tierra, frente a toda acción depredadora, respetando y recuperando las diversas cosmovisiones y culturas”. Art 5 (Objetivos de la Educación) puntos 9 “Desarrollar una conciencia integradora y equilibrada de las comunidades humanas y la Madre Tierra que contribuya a la relación de convivencia armónica con su entorno, asegurando su protección, prevención de riesgos y desastres naturales, conservación y manejo sostenible considerando la diversidad de cosmovisiones y culturas”., punto 12 “Formar una conciencia productiva, comunitaria ambiental en las y los estudiantes, fomentando la producción y consumo de productos ecológicos, con seguridad y soberanía alimentaria, conservando y protegiendo la biodiversidad, el territorio y la Madre Tierra, para Vivir Bien”., punto 15 “Desarrollar programas educativos pertinentes a cada contexto sociocultural, lingüístico, histórico, ecológico y geográfico, sustentados en el currículo base de carácter intercultural”. Decreto Supremo Nº 24781 “Reglamento General de Áreas Protegidas” de 31 de julio de 1997. ARTICULO 1º El presente Reglamento tiene por objeto regular la gestión de las áreas protegidas y establecer su marco institucional, en función a lo establecido en la Ley No 1333 (leí Medio Ambiente de 27 de Abril de 1992 y Convenio sobre la Diversidad Biológica ratificado por Ley Nº l580 de 15 de junio de 1994. ARTICULO 4º Quedan comprendidas dentro del campo de aplicación del presente Reglamento, las actividades relacionadas con las APs y Diversidad Biológica. Como muestras representativas del patrimonio natural de Bolivia, toda persona tiene el deber de proteger, respetar y resguardar las APs en beneficio de las actuales y futuras generaciones.
ARTICULO 13º El SNAP Es el conjunto de áreas de diferentes categorías de manejo que ordenadamente relacionadas entre sí y por su importancia e cológica de interés nacional se encuentran bajo administración especial. El SNAP tiene por objeto mantener las muestras representativas de provincias biogeográficas, a través de la implementación de políticas, estrategias, planes, programas y normas tendientes a generar procesos sostenibles dentro de las APs a fin de alcanzar los objetivos de la conservación de la biodiversidad incorporando la participación de la población local en beneficio de las actuales y futuras generaciones.
CAPITULO IV DE LA ZONIFICACION ARTICULO 31º Se entiende la zonificación como el ordenamiento del uso del espacio en base a la singularidad, fragilidad, potencialidad de aprovechamiento
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 sostenible, valor de los recursos naturales del área y de los u sos y actividades a ser permitidos, estableciendo zonas sometidas a diferentes restricciones y regímenes de manejo a través de las cuales se espera alcanzar los objetivos de la unidad, guardando estrecha relación con los objetivos y categorías del AP. Entre ellas tenemos:
ZONA DE RECUPERACION NATURAL (RESTAURACION) Tiene como objetivo detener la degradación antrópica de los recursos y erradicar las especies exóticas introducidas al ecosistema. Está conformada por zonas que hayan sufrido alteraciones antrópicas en su ambiente natural, por lo cual se requiere la recuperación de sus condiciones originales, a través de la estricta protección, investigación científica y monitoreo.
Reglamento ambiental, aprovechamiento de áridos y agregados (RRAA), 22 de abril de 2009 ARTICULO 40.- (Contenido del Plan de Cierre).- Sin perjuicio de las medidas contempladas en los Artículos 67 al 72 del Reglamento Ambiental para Actividades Mineras, el Plan de Cierre debe considerar como mínimo lo siguiente: a. Disposición adecuada de residuos generados por la explotación de áridos (cascotes). b. Rehabilitación de áreas explotadas y restauración del paisaje alterado. c. Prevención de la erosión del suelo, tanto en el área de influencia directa como en la indirecta. d. Disposición adecuada de residuos sólidos provenientes del cierre de la actividad, en cumplimiento a la normativa ambiental. e. Reforestación del lugar, en caso de desbroce de arbustos y talado de árboles para ejecutar las labores de Aprovechamiento. f. Estabilización de suelos. g. Adopción de las medidas de seguridad respecto del lugar de aprovechamiento, de modo que el mismo no constituya un riesgo para la seguridad de las personas.
Reglamento Municipal para el Aprovechamiento de Áridos y Agregados” Marzo del 2012 Mediante Sesión Ordinaria N° 23 de fecha 26 de marzo de 2012, dicta la Ordenanza Municipal N° 012/2012. Mediante la cual aprueba: “Reglamento Municipal para el Aprovechamiento de Áridos y Agregados” y la Guía Técnica para el aprovechamiento de Áridos.
CAPITULO II
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 PRINCIPIOS Y DEFINICIONES ARTICULO N°7 (Protección al medio ambiente) La persona natural o jurídica que realice actividades de explotación de aridos en cauces de ríos o afluentes, tiene la obligación y responsabilidad de proteger todos los factore ambientales y recursos naturales en el área de influencia de sus actividades. El presente reglamento establece las medidas de carácter preventivo con miras a mitigar los impactos negativos emergentes en el municipio de La Guardia. Articulo N° 13 (Atribuciones del Alcalde Municipal) El Alcalde Municipal, como máxima autoridad ejecutiva de Gobierno Municipal, en relación al presente reglmento cumplirá las siguientes funciones: J) Solicitar auditoria ante la Autoridad Ambiental Competente para la declaración de pausas ecológicas, en caso de advertir o recibir deuncias por explotación irracional o irregular de áridos y agregados.
CAPITULO IV ARTICULO N° 36 (Ubicación de centros de acopio) Los centros de acopios permanentes y procesadoras (chancadoras) de áridos y agregados deberán estar ubicados obligatoriamente a más de 300 metros de la doble via La Guardia y fuera del área de protección del margen del rio, con una planificación adecuada y con las respectivas condiciones de protección. Las restricciones lineamientos y procedimientos para la ubicación e instalación de centros de acopio, deberán regirse en función a lo establecido en el Plan de Manejo y guía técnica de aprovechamiento Cap. VIII numeral 1 – 14 de la presente guía.
ARTICULO N°37 (Ubicación dentro del área de protección). Los centros de acopios temporales de áridos y agregados (aquellos que tiene un movimiento diario), podrán estar en el lecho del rio ubicados paralelos a la corriente del rio y el BP1; por un plazo no mayor a 5 día, siempre y cuando el Gobierno Municipal a requerimiento del solicitante, establezca la pertinencia en función al impacto que este pueda tener y la necesidad de su mitigación.
ARTICULO N° 41 (Rutas autorizadas) Los vehículos que transporten carga de materiales áridos y agregados, deberán transitar única y exclusivamente por las rutas autorizadas expresamente para tal efecto por el Gobierno Municipal de La Guardia, dentro d ela rea de influencia del rio Piraí.
TITULO II REGIMEN SANCIONARIO
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 CAPITULO I INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS, PROCEDIMIENTOS.
SANCIONES,
PROHIBICONES
Y
4. Transportar áridos y agregados por vías o rutas no autorizadas: sin la lona de protección del material o n porta la documentación que acredita el pago de transporte. 17. La deforestación de árboles y arbustos en los cauces, riberas o márgenes sometidos a la fiscalización del Gobierno Municipal sin autorización administrativa ; y que estos estén cumpliendo la función de protección y regeneración de las áreas que previamente han sido perdidas por efecto de eventos de crecidas en los flujos de agua del rio Piraí. 22. Realizar actividades de aprovechamiento de áridos ya agregados que provoquen desestabilización de márgenes y pongan en riesgo la seguridad de las comunidades colindantes con el área aprovechada. MULTA 10.000Bs. y la revocatoria de la autorización municipal.
8 DESARROLLO DE LA AUDITORIA 8.1 DEFINICIONES Auditoria: Es la acumulación y evaluación objetiva de evidencia para establecer e informar sobre el grado de correspondencia entre la información examinada y criterios establecidos. Desempeño ambiental: ejecutar, cumplir, realizar, implementar, trabajar en los asuntos correspondientes a la gestión ambiental. En una auditoría de desempeño ambiental se consideran las acciones asociadas a esa gestión, para evaluar la forma en que las han ejecutado, realizado, implementado, etc. Objeto de examen: se define como la materia o asunto que se examina en una auditoría ambiental. La opinión independiente que se emita se referirá a ese objeto. Cada subtipo de auditoría ambiental considera objetos de examen específicos. Una auditoría de un sistema de gestión ambiental, considera un sistema de gestión ambiental. La auditoría de desempeño ambiental examina las acciones asociadas a la gestión ambiental. La auditoría de resultados de la gestión ambiental examina los logros de la gestión ambiental y/o el estado ambiental. Sujeto de examen: comprende a la entidad o entidades que estén vinculadas con el objeto de examen. Una auditoría ambiental puede considerar en su alcance a varias entidades.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Gestión ambiental: es la gestión que encamina la intención y las operaciones del sector público hacia el logro de los objetivos relacionados con el aprovechamiento, explotación o manejo adecuado de los recursos naturales y la conservación y protección del medio ambiente, de manera de satisfacer las necesidades de la generación actual, sin poner en riesgo la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras. Medio ambiente: es el entorno del planeta Tierra, compuesto por ecosistemas diversos, interrelacionados e interdependientes, que sustenta y cond iciona todas las formas de vida. Un ecosistema es un entorno limitado, cuyas dimensiones son variables y que está formado por un conjunto dinámico de comunidades o asociaciones de animales, incluido el hombre, plantas, microorganismos y su medio no viviente, que interactúan como una unidad funcional. Recursos naturales: son el agua, el aire y el suelo, con todos sus contenidos bióticos y abióticos, cualquiera sea su naturaleza, incluyendo las fuerzas físicas susceptibles de ser aprovechadas por el hombre. También se definen como los bienes materiales y servicios que proporciona la naturaleza sin alteración por parte del hombre, valiosos para las sociedades humanas por contribuir a su bienestar y desarrollo de manera directa (p.e. minerales, alimentos) o indirecta (p.e. servicios ecológicos). Resultado de la gestión ambiental: es la consecuencia y efecto de la gestión ambiental. En una auditoría ambiental se considera de dos formas: evaluando los resultados relativos a la gestión ambiental o evaluando los resultados relacionados directamente con la variación en el estado del medio ambiente. Sistema de gestión ambiental: es un sistema conformado por componentes particulares de los Sistemas Nacionales de Planificación e Inversión Pública y de los Sistemas de Administración y Control de la Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales, destinados a implementar y mantener la gestión ambiental. Es un concepto diseñado exclusivamente para la ejecución de auditorías ambientales con las presentes normas. Un sistema de gestión ambiental se define seleccionando los componentes particulares de los sistemas antes mencionados, que se estimen necesarios en cada entidad considerada, en función de las características de la gestión ambiental que se haya tomado en cuenta en la auditoría. El concepto es útil para mejorar los sistemas que hayan sido seleccionados como parte del sistema de gestión ambiental.
Impactos ambientales: es la alteración del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada, en términos simples el impacto ambiental es la modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Áridos y agregados: Se define como Áridos o agregados a la arena, cascajo, ripio, piedra, gravilla, arenilla, lama, arcilla y turba que se encuentren en los lechos y /o márgenes de los ríos poseen cualquier parte de la superficie o interior de la tierra, que este comprendida dentro de la jurisdicción del Gobierno Municipal correspondiente. Bosque de protección: En la categoría Tierra de uso restringido, la subcategoría de Bosque de Protección (Unidades BP1, BP2) constituye las tierras con amenaza de desestabilización de las orillas de los ríos caudalosos con gran movilidad horizontal con tendencias de elevación de su propio lecho, por ello muy susceptibles a inundaciones. Se ubica en las márgenes de los ríos y lagunas de todo el Departamento y en las colinas de alto valor ecológico por riqueza de flora y concentración de fauna silvestre, con tierra con alto peligro de degradación por fuertes pendientes y material deleznable. Según el Plan de uso del suelo – SC. Centros de acopio: acto de acumular algo, por lo general provisiones
.
Calidad ambiental: Es el grado en que el estado actual de algún componente básico permite que el medio ambiente desempeñe adecuadamente sus funciones de sistema que rige y condiciona las posibilidades de vida en la Tierra. Imagen satelital LANDSAT: Se puede definir como la representación visual de la información capturada por un sensor montado en un satélite denominado Landsat. Estos sensores recogen la información reflejada por la superficie de la Tierra que luego es enviada de regreso a ésta y que procesada convenientemente, entrega valiosa información sobre las características de la zona representada. Arcgis: Es un completo sistema que permite recopilar, organizar, administrar, analizar, compartir y distribuir información geográfica. Como la plataforma líder mundial para crear y utilizar sistemas de información geográfica (SIG), ArcGIS es utilizada por personas de todo el mundo para poner el conocimiento geográfico al servicio de los sectores del gobierno, la empresa, la ciencia, la educación y los medios. ArcGIS permite publicar la información geográfica para que esté accesible para cualquier usuario. 8.2 RECOPILACION DE LA INFORMACION NECESARIA Se realizó la revisión de toda la bibliografía e información brindada por el municipio, analizando la normativa que contribuyan al desarrollo del proyecto. Así también se descargó de internet las diferentes imágenes satelitales e instalación del programa Arcgis.
OBTENCION DE INFORMACION:
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Por parte del personal de la gobernación se obtuvo la siguiente información: N° 1 2 3 4
INFORMACIÓN – MARCO LEGAL “Reglamento Municipal para el Aprovechamiento de Áridos y Agregados” - Marzo del 2012. EVALUACION TECNICA – LEGAL DE LAS CONCESIONES MINERAS PREEXISTENTES A LA PROMULGACION DE LA LEY 3425, EN EL LECHO DEL RIO PIRAI ORDENANZA MUNICIPAL Nº 01-2013 DAÑOS Y MULTAS AMBIENTALES EN EL MUNICIPIO DE MANAGUA Conferencia informativa por parte de la Ingiera a cargo del área de medio ambiente en el municipio.
Por parte del docente Ingeniero Richard Buitrago se obtuvo: N° 1 2 3 4
MARCO LEGAL - INFORMACION LEY SAFCO N°1178 NORMAS DE AUDITORIA AMBIENTAL DE LA CONTROLORIA GENERAL DEL ESTADO AUDITORIA AMBIENTAL EL GALLITO Temas referentes a la materia Auditoria Ambiental
Por parte del grupo de trabajo, se obtuvo lo siguiente: N° 1 2 3
INFORMACION – MARCO LEGAL Ley de Medio Ambiente Nº 1333 de 27 de abril de 1992 y sus reglamentos. Decreto Supremo Nº 24781 “Reglamento General de Áreas Protegidas” de 31 de julio de 1997. Ley Marco de Autonomías y Descentralización Nº 031 de fecha 19 de julio de 2010.
4 Ley de Municipalidades Nº 2028 de 28 de octubre de 1999 5
D.S. Nº 091 de 24 de abril de 2009. “Reglamento ambiental, aprovechamiento de áridos y agregados (RRAA), 22 de abril de2009”.
6
GUÍA TÉCNICA PARA EL APROVECHAMIENTO DE ÁRIDOS EN CAUCES DE RÍOS Y AFLUENTES
Ajustado a la Ley 3425 y sus Reglamentos por técnicos del Viceministerio de Recursos Hídricos y Riego. La Paz, Octubre de2010.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 7
8 9
“Reglamento Municipal para el Aprovechamiento de Áridos y Agregados” Marzo del 2012. AUDITORIA AMBIENTAL AL VERTEDERO DE NORMADIA INFORME DE AUDITORIA AMBIENTAL K2/0P5/J13
Para el análisis de pérdida de cobertura: N°
INFORMACION
1
OBTENCION E INSTALACION DEL PROGRAMA ARGISC
2
DESCARGA DE IMÁGENES DE LA PLATAFORMA VIRTUAL LANDSAT 8
8.3 MARCO NORMATIVO APLICABLE La normativa aplicable en general es la descrita en el marco referente, sin embargo, el específico es el siguiente: INSTRUMENTO NORMATIVO Ordenanza Municipal N° 012/2012. Mediante la cual aprueba: “Reglamento Municipal para el Aprovechamiento de Áridos y Agregados” y la Guía Técnica para el aprovechamiento de Áridos. ARTICULO N°7 (Protección al medio ambiente) La persona natural o jurídica que realice actividades de explotación de áridos en cauces de ríos o afluentes, tiene la obligación y responsabilidad de proteger todos los factores ambientales y recursos naturales en el área de influencia de sus actividades. El presente reglamento establece las medidas de carácter preventivo con miras a mitigar los impactos negativos emergentes en el municipio de La Guardia. ARTICULO N° 36 (Ubicación de centros de acopio) Los centros de acopios permanentes y procesadoras (chancadoras) de áridos y agregados deberán estar ubicados obligatoriamente a más de 300 metros de la doble vía La Guardia y fuera del área de protección del margen del rio, con una planificación adecuada y con las respectivas condiciones de protección. Las restricciones lineamientos y procedimientos para la ubicación e instalación de centros de acopio, deberán regirse en función a lo establecido en el Plan de Manejo y guía técnica de aprovechamiento Cap. VIII numeral 1 – 14 de la presente guía. ARTICULO N°37 (Ubicación dentro del área de protección). Los centros de acopios temporales de áridos y agregados (aquellos que tiene un movimiento diario), podrán estar en el lecho del rio ubicados paralelos a la corriente del rio y el BP1; por un plazo no mayor a 5 día, siempre y cuando el
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Gobierno Municipal a requerimiento del solicitante, establezca la pertinencia en función al impacto que este pueda tener y la necesidad de su mitigación. ARTICULO N° 41 (Rutas autorizadas) Los vehículos que transporten carga de materiales áridos y agregados, deberán transitar única y exclusivamente por las rutas autorizadas expresamente para tal efecto por el Gobierno Municipal de La Guardia, dentro dela rea de influencia del rio Piraí. TITULO II REGIMEN SANCIONARIO CAPITULO I INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS, SANCIONES, PROHIBICONES Y PROCEDIMIENTOS. 4. Transportar áridos y agregados por vías o rutas no autorizadas: sin la lona de protección del material o n porta la documentación que acredita el pago de transporte. 17. La deforestación de árboles y arbustos en los cauces, riberas o márgenes sometidos a la fiscalización del Gobierno Municipal sin autor ización administrativa ; y que estos estén cumpliendo la función de protección y regeneración de las áreas que previamente han sido perdidas por efecto de eventos de crecidas en los flujos de agua del rio Piraí. 22. Realizar actividades de aprovechamiento de áridos ya agregados que provoquen desestabilización de márgenes y pongan en riesgo la seguridad de las comunidades colindantes con el área aprovechada. MULTA 10.000Bs. y la revocatoria de la autorización municipal.
8.4 CARACTERIZACIÓN PRELIMINAR DE LOS COMPONENTES AFECTADOS. Durante la primera visita al municipio de la Guardia se nos brindó toda la información necesaria acerca del tema extracción de áridos en el rio Piraí. Identificamos diferentes componentes afectados debido a esta actividad: Extracción de manera irracional de los áridos, fosas abandonadas, sin señalización adecuada, niños trabajando, residuos sólidos por todos lados, fosas profundas, montículos de arena demasiado altos, deforestación, apertura de centros de acopio dentro del bosque de protección, ruidos, maquinarias pesadas entre ellas chancadoras, extracción fuera del área de aprovechamiento, etc. Sin embargo, los componentes a evaluar serán los referentes a la Degradación del Área de Protección del rio Piraí en la zona de estudio.
9 HALLAZGOS PRINCIPALES 9.1 ANÁLISIS PRELIMINAR DE LOS POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Para el análisis preliminar de los posibles impactos ambientales dentro del área de influencia directa, se elaboró una matriz de identificación de posibles impactos a generarse en el desarrollo de las distintas actividades dentro del Bosque de Protección. Se describen estos a continuación:
FACTOR AIRE: Los problemas más evidentes evidenciados es la generación de gases de combustión de las maquinarias pesadas: camiones, cavadoras, chancadoras, zarandas, entre otros. FACTOR AGUA: Las pozas abandonas en las orillas del rio se encuentran con evidencia de residuos como ser: restos de tuberías, plásticos, combustibles como ser diesel entre otros. FACTOR SUELO: El suelo se encuentra afectado principalmente por el transporte de camiones en el Bosque, debido a los centros de acopio causando erosión, compactación de suelo, cambio de la geomorfología. FACTOR ECOLOGIA: La abertura de centros de acopio, de caminos ocasiona la pérdida del bosque y a la vez el hábitat natural de fauna silvestre de la zona del Bosque de protección. FACTOR RUIDO: La constante actividad de transporte y la chancadora generan ruidos que dañan a los trabajadores y provocan la migración de especies de animales que habitan en el bosque. MATRIZ DE INDENTIFICACION DE POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES: Operación Aspecto / Actividad Factor Carga de áridos Transporte de áridos Suelo Suelo Suelo Aire Aire Ruido Suelo
Abertura centros acopio
de Recepción de material
de Suelo Ecología Ecología
Impacto Compactación de suelos. Incremento de la erosión. Acumulación de residuos sólidos. Emisiones de gases de combustión. Polvo en suspensión. Generación de ruidos constantes. Derrame de sustancias peligrosas. Eliminación de cobertura vegetal. Alteración del paisaje. Destrucción del hábitat.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Ecología
Uso de Procesamiento áridos. maquinarias Abertura caminos.
de Aire de Ruido Ecología Suelo
Campamentos Asentamiento a las Suelo de los orillas del rio dragueros Ecología Suelo
Migración de fauna silvestre. Emisiones de gases de combustión. Generación de ruidos constantes. Migración de fauna silvestre. Derrame de sustancias peligrosas. Acumulación de residuos sólidos. Destrucción del hábitat. Eliminación de cobertura vegetal.
9.2 CENTROS DE ACOPIO UBICADOS EN UN LUGAR INADECUADO Cuando realizamos la visita de campo, se logró evidenciar que los centros de acopio de encontraban dentro del bosque de protección, y también existían fosas abandonadas cerca de una zona deforestada sin ser usado como centro de acopio, se hizo la toma de coordenadas y se anotó la medida aproximada de la distancia del centro de acopio a las riberas del rio (check list). PUNTOS x
y
P1
17º 52´ 55.19´´ S
63º 19´ 58.98´´ W
P3
17º 52´ 54.87´´ S
63º 19´ 58,04´´ W
P3
17º 52´ 55. 67´´ S 63º 19´ 58.19´´ W
P4
17º 52´ 56.33´´ S
63º 19´ 58.37´´ W
P5
17º 52´ 56.05´´ S
63º 19´ 59.37´´ W
P1
17º 52´ 51.27´´ S
63º 19´ 56.08´´ W
P2
17º 52´ 51.09´´ S
63º 19´ 55.17´´ W
P3
17º 52´ 49.11´´ S
63º 19´ 53.06´´ W
CENTRO DE ACOPIO P4 2 P5
17º 52´ 48.58´´ S
63º 19´ 54.43´´ W
P1
17º 52´ 48.64´´ S
63º 19´ 55.17´´ W
Centro de acopio 1
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 P2
17º 52´ 49.13´´ S
63º 19´ 54.85´´ W
CENTRO DE ACOPIO P3 3 P4
17º 52´ 46.75´´ S
63º 19´ 52.58´´ W
17º 52´ 46.49´´ S
63º 19´ 55.69´´ W
P1
17º 53´ 04.98´´ S
63º 20´ 09.08´´ W
P2
17º 53´ 04.58´´ S
63º 20´ 10.02´´ W
P3
17º 53´ 03.57´´ S
63º 20´ 08.86´´ W
P4
17º 53´ 04.22´´ S
63º 20´ 07.73´´ W
P5
17º 53´ 04.52´´ S 63º 20´ 07.35´´ W
CENTRO DE ACOPIO 4
10 METODOLOGIA DE LA EVALUACION DE EVIDENCIAS 10.1 DE METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN Y LEVANTAMIENTO DE DATOS El levantamiento de datos e información necesaria acerca de los diferentes componentes que causan la degradación del bosque de protección. Todos estos puntos irán dentro de la planilla o check list que elaboraremos para recabar la información a evaluar (ANEXO 1). Realizamos una planilla de datos con coordenadas necesarias para la aplicación del programa Arcgis.
10.2 EVALUCACION FISICA 10.2.1.1 DESCRIPCIÓN DE LO S 5 o 6 CENTROS DE A COPIO.
Se realizó la visita al lugar de estudio y tomar las coordenadas necesarias para analizar y evaluar los datos.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 10.3 EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES Metodología de Evaluación de Impacto. La metodología de identificación y evaluación de Impacto de los aspectos y factores ambientales están en función a la Ley 3425 y su Reglamentación D.S. 0091, la ley de Medio Ambiente y su Reglamento General. La ponderación de los impactos Ambientales tendrá los siguientes valores y simbología:
N° 1 2 3 4 5 7 8 9 10 11 13 14 15 16 17
IMPACTOS Compactación de suelos. Incremento de la erosión. Acumulación de residuos sólidos. Emisiones de gases de combustión. Polvo en suspensión. Eliminación de cobertura vegetal. Alteración del paisaje. Migración de fauna silvestre. Emisiones de gases de combustión. Generación de ruidos constantes. Derrame de sustancias peligrosas. Destrucción del hábitat. Generacion de empleos Cambios geomorfologicos Dinamizacion de la economia del municipio
NEGATIVOS 3 3 2 2
POSITIVOS 0 0 0 0
1 3 2 1 2
0 0 0 0 0
1 2 3 0 2 0
0 0 0 2 0 3
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 GRAFICA 1 – ZONA KM 15 - 20 3,5 3 2,5 2 1,5 1 0,5 0
NEGATIVOS
POSITIVOS
10.4 EVALUACION DEL CUMPLIMIENTO LEGAL: Mediante una encuesta realizada al ingeniero que trabaja en el municipio de la guardia
DIRIGIDO A: Ing. Andrés Aponte IDENTIFICACION
SI
NO OBSERVACIONES
CENTROS DE ACOPIO ¿Se cuenta con alguna normativa respecto a la ubicación de los centros de acopio? ¿Se realiza el control para cumplimiento a la normativa?
Ordenanza municipal 012/2012 x
x
Todos los días hábiles con el personal de inspección de medio ambiente.
x
4000 bs
el
¿Existe alguna clase de multa para el control de esta actividad por parte del municipio?
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 ¿Emiten algún permiso para la apertura de centros de acopio? ¿Hay centros de acopios legales? ¿Existen centros de acopio temporales dentro del bosque de protección?
Permiso para acopio temporal
x x
5 días como máximo
x
DEFORESTACION ¿Existe algún control sobre la abertura de caminos?
x
¿La ABT hace alguna fiscalización de estas actividades?
x
¿El municipio realiza alguna vigilancia en relación a la tala de árboles en las riberas del rio?
todos los días hábiles no siempre pero lo realiza todos los días hábiles
x
¿El bosque de protección cumple con 1 km de distancia a partir de las riberas del rio?
x
por las características del rio, hay partes que el rio está demasiado cerca de la carretera
¿Existen asentamientos de dragueros y explotación de áridos en las riberas del rio? x
no especificado
¿Existe indiferencia por parte de la población acerca del problema?
la población actualmente está tomando conciencia por la problemática que existe y l magnitud de las consecuencias que tiene la explotación de áridos sin regulación y la tala del bosque de protección,
x
Cumplimiento de las normas ¿Existe algún tipo de actividad de reforestación en las riberas del rio? ¿Existe algún tipo de actividad destinada a la protección de los árboles en las riberas?
x
x
En realidad los mismos permisos que se concede contempla la protección del bosque de protección.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 es constante pero es una actividad derivada de las inspecciones diarias a la explotación de áridos
¿El municipio realiza una vigilancia constante acerca de la deforestación? x ¿Alguna vez el municipio y la ABT ha multado por incumplimiento en el tema de abertura de centros de acopio?
x
¿Existe algún programa de capacitación acerca de la normativa vigente?
x
¿Que hacen para controlar la generación de los residuos sólidos en la zona? x
se realiza la información con letreros en los diferentes puertos, en el permiso que se concede contempla la regulación para los residuos solidos
CUADRO DE CUPLIMIENTO NORMATIVO: N°
NOMBRE DE NORMATIVA
ARTICULOS
DETALLE DEL CUMPLIMIENTO
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016
10.5 EVALUACION ESPACIAL CON ARCGIS
Es la comparación de las zonas donde ha habido deforestación demostradas den las imágenes satelitales de 1996 y 2016
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016
11 CRONOGRAMA DE LA AUDITORIA
ACTIVIDADES
MESES SEPTIEMBRE SEMANAS 1 2 3 4
FASE I: PLANIFICACION Elaboración de la Línea Base Ambiental visita al municipio a charla informativa Recopilación de información referente a la problemática a estudiar. Elaboración del Plan de Auditoría FASE II: ACTIVIDADES EN EL SITIO A AUDITAR Elección del área de estudio y reconocimiento de los componentes a evaluar Levantamiento de datos e información necesaria del área de estudio. (Mediante planillas o check list)
OCTUBRE 1
2
3
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AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Evaluación de la información obtenida Elaboración de Propuestas técnicas Levantamiento de datos e información necesaria del área de estudio. (Mediante planillas o check list) Fase III: Reporte Final Elaboración de Documento preliminar
11.1 DEFINICIÓN DE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA AUDITORIA AMBIENTAL 11.1.1 Recursos humanos: Estudiante de noveno semestre de la carrera de ingeniería ambiental: ESTUDIANTE: Karen Pamela Torrez Rivero 11.1.2 Recursos materiales: Material de escritorio. GPS “Garmin Gpsmap 64s”. Imágenes IGM. 11.1.3 Recursos económicos: Los gastos correspondientes a la realización de este proyecto proceden del aporte de los integrantes del grupo. Programas (software) a utilizar: Earth google pro ArGis v. 10.3
11.2 FASE II - ACTIVIDADES EN EL SITIO A AUDITAR 11.2.1 TOMA DE DATOS Y DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO Durante la primera visita nos dirigiremos al área de estudio y delimitaremos los tramos correspondientes a evaluar obteniendo de ellos sus coordenadas geográficas con el equipo adecuado (“GPS”, aplicación o un software corr espondiente “Map.me”).
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11.2.2 OBTENCIÓN DE DATOS MEDIANTE UN CHECK LIST Nos dirigiremos a los centros de acopio que ya hemos determinado para evaluar y utilizaremos una planilla de recopilación y verificación de datos (check list), esta evaluación se la realizara a dos autoridades y a 5 miembros del personal de los distintos centros de acopio. 11.3 FASE III – REPORTE FINAL DE LA AUDITORIA AMBIENTAL 11.3.1 ELABORACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS EN RELACIÓN AL MANEJO, APROVECHAMIENTO DE ÁRIDOS Y CUIDADO DEL BOSQUE DE PROTECCCIÓN Los Municipios deben contar con un plan de manejo de cuenca para poder establecer compatibilidades técnicas en relación a los reglamentos de aprovechamiento de áridos El Municipio de La Guardia conjuntamente con el Municipio de Porongo, deben tomar las acciones necesarias con la autoridad competente para definir los límites Municipales sobre el lecho del río y de esta manera poder establecer los controles necesarios en relación a las intervenciones de los concesionarios del río. Adecuar los planes de manejo de áridos en cuencas y ríos del municipio, con los otros municipios componentes de la cuenca del río Piraí, para conseguir el equilibrio medioambiental referido a esta temática. Dotarse de una Resoluciones Administrativas relacionada a la imposición de sanciones por infracciones cometidas de los que hacen aprovechamiento y por el desmonte causado en el río. Disponer de una Ordenanza Municipal, para la regulación del cobro de patentes e ingresos no tributarios sobre aprovechamiento de áridos. Así como también una multa por causar desmontes en los predios del bosque de protección. Verificación de afectaciones posibles a diversas obras de protección, encauzamiento, regularización, servidumbres y otros inherentes a riesgos y desastres naturales; disponiendo e invirtiendo los recur sos económicos que genera el aprovechamiento de áridos para proteger y mitigar la cuenca. Elaborar el plan de manejo de áridos de los Municipios, en coordinación con el SEARPI y un plan de reforestación con la ABT.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 EN FUNCIÓN A LA DEGRADACION DEL BOSQUE DE PROTECCION ACTUAL QUE ESTÁ EN EL RÍO, ES NECESARIO ACTUAR DE INMEDIATO DE LA SIGUIENTE MANERA Se debe controlar la acumulación de desechos (basuras), que se botan en el lecho para evitar la contaminación en el agua. Es necesario que las dragas al operar y acumular material lo depositen fuera del área del lecho formando un centro de acopio provisional, para ello se deben tomar todas las medidas ambientales para no depredar la vegetación tomando en cuenta el área que abarca el bosque de protección.
EN FUNCIÓN A LA SITUACION AMBIENTAL EN EL MUNICIPIO Se debe capacitar a las personas que trabajan con las dragas sobre el impacto ambiental que causa la contaminación por aceites usados y residuos sólidos que se está generando por esta actividad, así como también como darle la correcta disposición final a estos residuos. Se debe hacer un control del estado operacional de los motores de las dragas. La Autoridad Ambiental Competente tiene que exigir los registros de mantenimiento y recepción del aceite usado a una empresa responsable con el medio ambiente que cuente con la respectiva licencia ambiental para realizar dicha actividad.
12 CONCLUSIONES. Se realizó la revisión de toda la información brindada por el municipio y determinamos el lugar de estudio a través de imágenes satelitales con el programa Arcgis. Analizamos los posibles impactos ambientales generados por el desarrollo de las distintas actividades dentro del Bosque de Protección a partir de una matriz de identificación de impactos ambientales. Con el levantamiento de datos con GPS de la ubicación de los centros de acopio, encuestas realizadas a la autoridad ambiental competente y con la realización de un check list verificamos el incumplimiento de las normativas vigentes.
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Para evaluar los cambios de las coberturas del bosque de protección hicimos un análisis multitemporal para comparar las coberturas interpretadas en dos imágenes de satélite del lugar de estudio en diferentes fechas. Con la lista de propuestas que propusimos esto ayudara al cumplimiento de la reglamentación vigente.
13 RECOMENDACIONES. El municipio de la Guardia debe contar con más instrumentos regulatorios para la actividad relacionada al tema de extracción de áridos. Se debe capacitar a las personas que trabajan con las dragas sobre el impacto ambiental que causa gla contaminación por aceites usados y residuos sólidos que se está generando por esta actividad. La Autoridad Ambiental competente tiene clausurar y controlar los caminos de ingreso al rio en cada comunidad, ya que estos son aprovechados por personas del lugar y/o extranjeras para botar sus residuos sólidos aprovechando la falta de control de estos sitios.
14 BIBLIOGRAFÍA. Manual Para Ejecutar Auditorías Ambientales, Contraloría General del Estado. Bolivia - Resolución Nº CGE/166/2013, 31 de diciembre de 2013 ME/CE-034 SEARPI (2014) Situación De La Cuenca Del Rio Piraí. Informe técnico. Santa Cruz, Bolivia. Autoridad De Fiscalización Y Control Social De Agua Potable Y Saneamiento Básico, Servicio Nacional De Sanidad Agropecuaria E Inocuidad Alimentaria, Servicio Departamental De Salud (2015). Informe De Auditoría Sobre El Desempeño Ambiental Respecto De Los Impactos Negativos Generados En La Cuenca Del Río La Paz. Informe De Auditoría Ambiental K2/Ap05/G12.
15 ANEXOS Anexo N° 1 Protocolo
PROTOCOLO DE AUDITORIA
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DATOS DE IDENTIFICACIÓN:
Título: AUDITORÍA AMBIENTAL DE LA DEGRADACIÓN DEL BOSQUE DE PROTECCIÓN EN EL MUNICIPIO DE LA GUARDIA KM 20 Lugar: TRAMO
COORDENADAS
Km 15 Cruce a Porongo – km 20 X = 464536 Y= 8023029 Puerto Bell X =468655 Y = 8023324 INSTITUCIÓN:
U.A.G.R.M.
INTEGRANTES: ROCELIN ERIKA DAGUINO VALLEJOS 213040591 TAMARA ANDREA RADA TELLERIA
210035242
FRANCISCO HURTADO ICHAZO 212010891 ANA EVELIN SOLETO ORELLANA 213018845 KAREN PAMELA TORREZ RIVERO
DOCENTE:
ING. RICHARD BUITRAGO
213019922
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Anexo N° 2 CHECK LIST DE BOSQUE DE PROTECCIÓN NOMBRE DEL ESTUDIANTE ACTIVIDAD FECHA 1.- UBICACIÓN
TRAMO
COORDENADAS X= X=
Y=
Y=
CENTRO DE ACOPIO
COORDENADAS
P1
X=
Y=
P2
X=
Y=
P3
X=
Y=
P4
X=
Y=
P5
X=
Y=
3.-
MATERIAL ACOPIADO
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 P6
X=
Y=
SUPERFICIE APROXIMADA DISTANCIA A LA RIBERA DEL RIO PROPIETARIO TIPO DE MATERIAL Ripio de 1/2 o común Ripio de 3/4 o pequeño Arenilla Arenilla fina Piedra manzana
SI
NO
OBSERVACIÓN
Cantidad m3
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 P6
X=
Y=
SUPERFICIE APROXIMADA DISTANCIA A LA RIBERA DEL RIO PROPIETARIO TIPO DE MATERIAL
SI
NO
OBSERVACIÓN
Cantidad m3
Ripio de 1/2 o común Ripio de 3/4 o pequeño Arenilla Arenilla fina Piedra manzana
4.- MAQUINARIA UTILIZADA TIPO DE MAQUINARIA PESADA
SI
NO
OBSERVACIÓN
Chancadora Cavadora
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Camión Vehículos 5.- IMPACTOS AMBIENTALES IMPACTOS Compactación de suelos Incremento de la erosión Alteración de paisaje Destrucción de hábitat Acumulación de residuos solidos Emisión de gases CO2 Ruido
SI
NO
OBSERVACIÓN
Capacidad Cantidad
/
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Camión Vehículos 5.- IMPACTOS AMBIENTALES IMPACTOS
SI
NO
OBSERVACIÓN
Compactación de suelos Incremento de la erosión Alteración de paisaje Destrucción de hábitat Acumulación de residuos solidos Emisión de gases CO2 Ruido Derrame de sustancias peligrosas Eliminación de la cobertura vegetal 6.- SEÑALIZACIÓN SE ALIZACI N
SI
NO
OBSERVACION
Centros de acopio
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Rutas de caminos
7.- OBSERVACIONES COMPLEMENTARIAS
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 Rutas de caminos
7.- OBSERVACIONES COMPLEMENTARIAS
AUDITORIA AMBIENTAL – MUNICIPIO DE LA GUARDIA 2016 anexo N°3 Imágenes del lugar
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