TEMAS DE ODOROLOGÍA FORENSE PARA JURISTAS Y ESTUDIANTES DE DERECHO
Dager Aguilar Avilés
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ÍNDICE A modo de Introducción.
Capitulo I. La Ciencia Ciencia Crimi nalistic a 1.
Generalidades de la ciencia Criminalística
2.
Evolución histórica de la Criminalística
3.
La técnica Criminalistica.
Capítul apítulo o II: II: L a Odor Odor olog ía Forense o Criminalística y l os albores del s iglo XXI. XXI. 1.
Odorología, nociones generales.
2.
Reseña histórica del surgimiento y desarrollo científico-práctico
3.
Principios generales y basamento científico.
3.1.
Factores que ayudan a la obtención de la huella.
3.2.
Factores que inciden negativamente en la toma de huellas olorosas.
3.3.
Características Características de las sensaciones olorosas y del olor.
3.4.
Anatomía y fisiología olfativa del perro.
3.5.
Algunas posibilidades del olfato canino.
3.6.
análisis de resultados de investigaciones acreditadas que fundamenta fundamentan n su
eficacia científica.
Capítul apítulo o III III: Prueba peric pericial ial od orológ oro lógica. ica. Fund Fund amentación amentación Jurídica y l egal. egal. 1. Fundamentos generales sobre la actividad probatoria. 2. La prueba durante la fase investigativa del proceso penal, Generalidades. 3. la huella olorosa como fuente de prueba. 4. Valoración de la prueba prueba pericial odorológica odorológica en el acto de juicio oral. 5.Su aplicación en el ámbito internacional internacional y Derecho Comparado. Comparado. 6. Análisis entorno al al fundamento legal de la prueba prueba pericial odorológica. odorológica. 7. Resultado y análisis de las investigaciones. Una visión desde desde el ordenamiento ordenamiento jurídico. Bibliografía.
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A MODO DE INTRODUCCIÓN.
El desarrollo acelerado de la sociedad deviene, en parte, como resultado del avance científico técnico que describen y demandan las distintas relaciones que se establecen entre los seres humanos. El Derecho, como reflejo y regulador de esas relaciones y avances tecnológicos, ciertamente ciertamente no queda exento de ello. En eell ámbito del Derecho Derecho Civil, por por ejemplo, ya es tema tema de de gran debate y hasta hasta de aplicación la presencia de un documento notarial electrónico o la informatización de los distintos registros operantes en el ordenamiento jurídico. En las ciencias penales y Criminológicas, ya con anterioridad a lo que otras ramas jurídicas, se viene aplicando el avance tecnológico en el modus op erandis para la solución y objetivos que se persigue de cada una de las investigaciones desarrolladas. A tales efectos, resulta centro de discusión y análisis la posible informatización del ministerio público, la creciente presencia de delitos informáticos o el uso de nuevas nuevas técnicas y procedimientos procedimientos para la identificación de personas personas y esclarecimiento de hechos para una mayor eficiencia y seguridad en la aplicación de justicia por los órganos jurisdiccionales jurisdiccionales destinados al efecto. De esta forma resulta impresionante y en ocasiones “increíble” los distintos elementos probatorios que pueden ser obtenidos a través de potentes microscopios u otros equipos de laboratorios que permiten revelar características y huellas que en otros tiempos pasan inadvertidas para el investigador; pues no es un secreto que los olores pueden ser conservados largos periodos de tiempo y que se estudia la posibilidad de reproducir la imagen de la persona que estuvo momentos antes en el lugar del hecho mediante la acción de distintos rayos rayos sobre las partículas que allí dejó. Ante tal desarrollo científico los profesionales del Derecho estamos llamados a elevar cada día más nuestros conocimientos y mantenernos actualizados sobre los adelantos de la ciencia y la técnica. Los Los jueces en particular tienen la tarea de valorar las pruebas pruebas aportadas por las partes, admitidas y reproducidas en el acto del juicio oral, de ahí la importancia de contar con la preparación requerida a fin de emitir el fallo más justo en cada caso.
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Investigaciones realizadas por especialistas en materia odorológica evidencian la evolución de la prueba pericial odorológica en el mundo y su percepción por diversos sectores de diversos ordenamientos jurídicos. Alarmante resulta en estos análisis comparativos el poco desarrollo que en este sentido se manifiesta en muchos países latinoamericanos. De esta previa apreciación es evidente que conocer las causas que, aún con las condiciones materiales, espirituales y académicas con las que cuenta el sector forense en diversos países, inciden o determinan los grados de rechazo y poca apreciación del dictamen pericial odorológico en la sustanciación de los procesos penales. De esta forma constituye esto una situación problemática de cuya solución todos somos responsables. Ahora bien, de aquí se desprende una segunda situación contradictoria de obligatoria aclaración para la solución de la primera situación problemática mencionada. Hago mención a los sucesos en los que, aún cuando se ha admitido conforme a las leyes vigentes la exposición del informe pericial odorológico en los distintos actos de juicio oral y coincidiendo con otras pruebas practicadas, los resultados presentados respecto a esta técnica no son valorados como prueba eficaces y consecuentemente como motivación de las sentencias penales por los órganos jurisdiccionales. Estas contradicciones antagónicas descritas constituyen sin lugar a dudas las principales motivaciones de la presente investigación. Todo ello fue precedido por otras investigaciones realizadas sobre el tema las cuales me han llevado suponer la existencia hipotética de imperfecciones en el tratamiento legal y cognitivo a las normas que fundamentan este medio de prueba, por lo que consideré que un estudio más profundo de Derecho procesal y Criminalística al respecto podría resultar de interés y utilidad a la práctica socio-jurídica. Por otra parte, encuanto a La utilidad del tema y su importancia habría que señalar también dos cuestiones fundamentales. Primero, la inversa proporción entre el desarrollo de la técnica odorológica y el conocimiento de los estudiantes y operadores del Derecho al respecto y por segundo, la escasez de profundas investigaciones jurídico-procesales realmente críticas sobre el tópico tratado. Se convierte así estas causales en una demanda de necesidad de una investigación del tema, enfocada desde su naturaleza jurídica y que proyecte una vez más la necesidad de su fomento en el sector jurídico.
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Novedad Científica:
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La investigación se enmarca en el contexto del enfrentamiento a las actividades delictivas y su valoración por los operadores jurídicos intervinientes en el proceso penal, aportando con esta investigación procedimientos para hacer más efectiva la valoración de los resultados informados por la aplicación de está técnica criminalística.
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Por primera vez se investiga sobre la percepción de esta prueba por los operadores del Derecho y su trascendencia práctica al fallo judicial.
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Se determinó científicamente las causas que influyen negativamente en la percepción del dictamen pericial odorológico en la sustanciación de procesos penales por el
sector jurídico y los elementos valorativos que hacen
intrascendentes el informe pericial odorológico al fallo judicial y la motivación de la sentencia penal. Es por estas razones, entre otras, que consideramos que la utilidad del tema se traduce en la gama de conocimientos que pueden ser adquiridos por los operadores del Derecho penal que en determinados momentos del proceso evalúan las pruebas practicadas y en el caso específico del tribunal que valora los elementos de prueba presentados. De esta forma el debate intelectual que se establece en el proceso penal resulta de mayor eficacia y calidad a los fines del proceso penal y de igual manera lo serán las decisiones del órgano jurisdiccional al respecto. En el proceso penal el juez debe contar con la mayor cantidad de medios posibles que le permitan formarse una convicción judicial de la verdad respecto al suceso objeto del proceso. Encuanto mayor sean los conocimientos del mismo sobre los medios que tiene a su disposición mayor será la efectividad de su elección y el acierto encuanto al esclarecimiento de los hechos y el fallo condenatorio o absolutorio, según corresponda. La trascendencia social del tema se verá proyectada entonces desde dos puntos de vista. Primeramente vuelve a aprovecharse el desarrollo científico y técnico en función de las ciencias jurídicas, permitiendo una mayor celeridad de la fase preparatoria del proceso penal. De esta forma se evitaría en mayor medida el malestar y agonía que generalmente acompaña a los familiares y seres queridos de los sospechosos de participación en la comisión del delito que son 5
detenidos. Desde un segundo punto de vista, el estudio del tema permite a los abogados defensores, fiscales y jueces contar con más argumentos para fundamentar sus tesis durante el proceso y así poder impartir una justicia más eficiente y calificada, ya sea como defensa o como acusador o en los casos de los tribunales , contar con más argumentos ara la formación de la convicción de los hechos y fundamentaciones de la sentencia. Respecto al tema abordado existen dos cuestiones fundamentales que no han sido agotadas por otras investigaciones. En este sentido no se ha definido realmente el valor de la huella de olor como fuente de prueba. Tampoco ha sido
profundo el estudio acerca del
fundamento jurídico y legal del dictamen pericial odorológico en nuestro ordenamiento cubano, pues casi todas las investigaciones realizadas sobre el tema se limitan a plantear la existencia de un fundamento legal general en la ley de procedimiento penal cubana sin buscar, en lo particular, aquellas imperfecciones del articulado que fundamenta el tema.
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Capitulo I. La Ciencia Crimi nalistic a Sumario:
Generalidades de la ciencia Criminalística. 2. Evolución histórica de la Criminalística . 3. La técnica Criminalistica.
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1.Generalidades de la Ciencia Criminalística.
La ciencia Criminalística contribuye al esclarecimiento de los delitos sin perder de vista que, ante todo, se deben observar las exigencias planteadas por la Ley de Procedimiento Penal. Está comprobada la utilidad de las huellas y evidencias en los diferentes aspectos de la investigación criminal y todos los factores encargados del cumplimiento de la Ley recurren, cada vez más, a los resultados de Laboratorios de Criminalística para conseguir elementos difíciles de obtener por otros medios. A medida que progresa la investigación científico-criminalística, aumenta
la importancia y el uso de las huellas, evidencias y
muestras en la investigación de los hechos delictivos. Prácticamente cualquier cosa puede convertirse en una evidencia. Puede ser tan insignificante como una partícula de polvo o tan grande como la caldera de un ingenio azucarero. Puede asumir la forma de un gas o de un líquido, o bien puede tratarse de un patrón muy simple o abarcar miles de páginas de documentos. El principio básico para examinar las huellas y evidencias es bastante simple. Siempre que alguien abandona un lugar, se lleva algo consigo y a la vez deja algo suyo. Corresponde al perito criminalista examinar aquello que quedó en el lugar del suceso, formular una hipótesis acerca de su procedencia y a quién pudo pertenecer. La Criminalística representa una herramienta indispensable que contribuye a establecer la objetividad necesaria en la ejecución de los dictámenes periciales, por lo que el auxilio prestado por las demás ciencias es completamente válido y proporciona un alto grado de cientificidad a la investigación de los delitos. Como toda ciencia, la Criminalística no tuvo un punto de partida definido, en virtud de que las especialidades que concurren a
su integración
han acentuado su desarrollo y
profundidad, tanto de manera técnica como práctica, implicando cambios que hasta hoy es difícil delimitar en su amplitud, dado el vertiginoso avance de la investigación científica. De esta manera, todas las ramas del conocimiento que participan en el saber criminalístico (Biología, Química, Física, Medicina, Matemática, entre otras) han venido a enriquecer las 8
opciones de estudio propio de la investigación de los delitos. Obviamente, la Criminalística en nuestros días es el resultado de la evolución tecnológica y de los nuevos descubrimientos de las ciencias naturales. Como escribió el criminalista austriaco Dr. Hans Gross en su Manual del Juez de Instrucción... “la Criminalística es un conjunto heterogéneo de conocimientos tomados de otras ciencias y utilizables en la investigación de los delitos...” La Criminalística, debido a que en su nacimiento careció de la delimitación de un campo propio de estudio, en más de una ocasión y por diferentes autores ha sido considerada como Técnica Policial, como Policía Científica, como una rama auxiliar del Derecho o como parte de la Criminología. Para la Escuela Cubana de Criminalística ella es una ciencia jurídica independiente, de perfil jurídico penal, tal y como lo son el Derecho Penal, el Derecho Procesal Penal, la Criminología y la Victimología. Consideramos que tiene un carácter de ciencia porque posee una Teoría General en la que se formulan su objeto, sus tareas, sus objetivos y el lugar que ocupa en el sistema de conocimientos; así como porque elabora sus propios medios y métodos técnicos y sus procedimientos tácticos, sobre la base de la adaptación en forma creadora de los logros de otras ciencias, entre ellas las naturales y las técnicas. Además, porque tiene una fundamentación filosófica, que en este caso es materialista, basada en los principios marxistas-leninistas. Es jurídica porque, aunque emplea elementos de otras ciencias, como la Biología, la Química, la Física, la Matemática y otras, no puede incluirse dentro de ninguna de ellas, debido a que su objeto de estudio son los elementos materiales relacionados con los delitos y el descubrimiento, investigación y prevención de los mismos, dentro de lo preceptuado por la Ley de Procedimiento Penal. Además, la Criminalística contribuye al cumplimiento de las exigencias planteadas por la ley penal, en cuanto al esclarecimiento rápido, multilateral y completo de los delitos que afectan tanto a nuestro país como a la comunidad internacional, con el fin de que todo autor de una acción delictiva reciba una justa sanción y que ningún inocente resulte sancionado. Igualmente dirige sus esfuerzos hacia la prevención de los delitos y la erradicación de las causas que los generan. 9
En el estado actual de su desarrollo, la Criminalística está integrada por 4 partes: Teoría General, Técnica, Táctica y Metodología. La Teoría General es la parte en la que se formulan el objeto de la Criminalística, sus tareas y objetivos; así como la base teórica de la identificación criminalística. La Técnica Criminalística es el sistema de medios y métodos que se emplean, tanto en la ejecución de diferentes acciones de instrucción como en la realización de peritajes criminalísticos, para el descubrimiento, fijación, ocupación e investigación de las huellas y evidencias, así como para la clasificación técnico-criminalística en la búsqueda e identificación de los objetos que tienen importancia para la investigación de los delitos. La Táctica Criminalística se ocupa de la elaboración y desarrollo de los métodos de ejecución de las distintas acciones de instrucción, así como las normas tácticas para la utilización racional de los recursos científico-tecnológicos de la Técnica Criminalística. Las acciones de instrucción que están reguladas por la Táctica Criminalística son las siguientes: Inspección del lugar del suceso Presentación para el reconocimiento Reconstrucción de los hechos Experimento de instrucción Registro Detención Interrogatorio Disposición del peritaje La Metodología Criminalística (o Metodología de la investigación de los distintos tipos de delitos) es la que proporciona los métodos y recomendaciones, con basamento científico, para la organización y ejecución de la investigación de cada una de las tipicidades delictivas preceptuadas en el Código Penal.
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Durante el proceso de investigación del delito se emplean medios y métodos técnicos y también procedimientos tácticos, lo que demuestra la estrecha relación existente entre las partes integrantes de la ciencia Criminalística. 2. Evoluci ón Histór ica de la Crimi nalísticai .
La investigación Criminalística surgió, se desarrolló y se desempeña en la actualidad como derivación muy estrecha de la evolución histórica de la policía a escala mundial. La palabra policía procede de politeía, nombre griego dado a la colectividad de los ciudadanos, de sus derechos, su forma de vivir, su estado, su ciudad - de la polis. Si se trasmitieran los derechos constitucionales de los griegos a los ciudadanos de hoy, cada uno sería propiamente un policía. Nuestras leyes incluyen aún alguna reminiscencia de este concepto. El artículo 116 de la Ley de Procedimiento Penal cubana vigente señala: “El que presencie la perpetración de un delito perseguible de oficio o de cualquier otra forma tenga la certeza de que se ha cometido, está obligado a ponerlo en conocimiento de un Tribunal, Fiscal, Instructor, Unidad de Policía o, en defecto de ésta, de la Unidad Militar más próxima del lugar en que se halle” y el artículo 242 expresa que “cualquier persona puede detener al que intente cometer un delito o al delincuente infraganti”. El desarrollo de las leyes y la creación de sus protectores datan del mismo tiempo que la violación de las normas morales. El crimen es tan viejo como la humanidad y no hubo época en que ésta estuviera libre de delitos. La primera colectividad humana no conocía todavía la policía porque no la necesitaba. El individuo sólo podía existir en colectividad ya que una despiadada naturaleza, los rigores del clima, las fieras en busca de presa destruían al individuo solitario, por eso se sometía a la ley de la familia. Los padres eran los guardianes del orden. Lo que se conoce hoy como Policía Criminal surgió a mediados del siglo XVIII, cuando la delincuencia era una amenaza no sólo para el individuo, sino también para el Estado y a la que se le enfrentaba esta organización firmemente perfilada. 11
Un breve recorrido por diferentes países permite conocer cómo surgió la Policía en el mundo. Inglaterra:
En Londres el poeta Henry Fielding, quien en 1748 fue nombrado Juez de Paz y, más tarde, Jefe de la Oficina de Policía, creó la primera Brigada de Agentes de Policía. Como el deber principal de los miembros de la Brigada de Fielding era el servicio de patrulla para cazar
los criminales, se les
llamaba
a estos policías Bow-Street-Runners
(corredores de ‘’Bow-Street’’): ellos corrían detrás de los ladrones. La Policía Inglesa, con el nombre de New Scotland-Yard, tuvo su cuartel principal en 1890. Los primeros Laboratorios Científicos fueron afiliados al Departamento de Investigación Criminal (CID). El descubrimiento de la diferenciación de huellas de sangre significaba un progreso considerable. En 1904 la Dactiloscopía ocupó el lugar del Sistema de Bertillón para la identificación de personas. La aparición de los primeros coches de turismo en las calles de Londres, condujo a crear las primeras oficinas de Policía de Tráfico. Al emania:
El Rey de Rusia, Federico el Grande, reconoció la necesidad de mejorar la aplicación de la pena y el 11 de octubre de 1777 escribió a Voltaire: “mejor evitar e impedir los crímenes, que castigarlos”.
Sin embargo, el tiempo no estaba maduro todavía para reformas tan
progresistas. Un cambio fundamental se produjo con el Código Civil General para los estados prusianos de 1794 que expresaba: ...es deber de la Policía prevenir el mantenimiento de la tranquilidad pública, la seguridad y el orden y evitar el peligro que acecha al público o a sus miembros individuales... 12
En 1850 entró en vigor la nueva Ley Policíaca de Prusia, que fue adoptada por los otros estados alemanes.
Esta ley preveía también la formación de tropas policíacas
especializadas que ya no tendrían solamente funciones estatales policíacas, sino que deberían estar entregadas enteramente a la investigación criminalística. En 1876 en Berlín se introduce el fichero policiaco para la identificación de criminales y, veinte años después, se pone en práctica el Sistema Antropométrico de Bertillón. A finales de la década de 1920-1930 nacen los primeros Laboratorios de Criminalística en Alemania, los que se ocupaban de la investigación de huellas de instrumentos, de la comparación de escrituras, del examen de documentos y de la identificación de casquillos y proyectiles. Au st ri a:
En Viena, en 1754, empezaron sus servicios los primeros Comisarios de Policía y en 1776 se creó la Oficina Policíaca con amplias competencias. Diez años después se establecieron Direcciones Policíacas Regionales en las capitales de provincias En 1852 se creó la Policía Civil y un año después la Policía Uniformada, ambas como Órganos Ejecutivos de la policía de Viena. En 1923 se celebró el Congreso Internacional de la Policía Criminal, en Viena, en el que se fundó la INTERPOL. Suiza:
Las organizaciones policíacas de Suiza se desarrollaron según modelos alemanes y franceses.
Una autoridad policíaca competente para toda Suiza fue creada por la
Constitución Federal de 1848. En este mismo año se fundó la Abogacía Federal. En 1889 se formó la Oficina Central de la Policía Política. En 1929, a la Abogacía Federal le fue asignado el servicio de Identificación y el Registro Penal Central, además de los archivos de huellas dactilares, la colección de impresiones de pulpejos y el material Antropométrico del Bertillonaje. 13
Francia :
En 1789, Bailly el Alcalde de París, se hizo cargo del poder policíaco. Desarrolló
una
oficina policíaca de la Comisión de la Beneficencia Pública y una Comisión General de Seguridad (precursora de la Sureté Nacionale). En 1790 se formó la Gendarmería (“Gens d’ Armes”, gente armada). Realizaba el servicio de guardia, el servicio en las cárceles, el servicio judicial, la conducción de los detenidos y la protección de la Asamblea Nacional. En 1779 entró en el Ministerio de la Policía Joseph Fouché, símbolo de los más despiadados métodos policíacos, quien dominaba diabólicamente todos los métodos de trabajo policiaco secreto y de espionaje. Nadie lo respetó, pero todos le temían. En la historia de la Policía Francesa hubo un hombre que se inició como agente secreto de la Policía Criminal en 1809 y llegó a ser el jefe de la “Sureté” unos años después, su nombre era Eugéne Francois Vidocq. Tenía antecedentes penales, se había escapado repetidas veces de la prisión, conocía los bajos fondos con sus más ocultos escondites. Quiso salvar su piel, vendiendo la de los demás. Vidocq fue uno de los primeros “policías preventivos del mundo”. A través de las informaciones que recibía de primera mano, muchos crímenes pudieron ser descubiertos durante su planificación. Su campo de acción creció, se transformó de un pequeño espía policíaco a un agente de investigación criminal. En 1818 Vidocq tenía su propia oficina, con doce asistentes. De esta “Oficina Vidocq” se desarrolló la actual Policía Judicial. De importancia para la historia contemporánea fue la instalación de una Escuela de Policía, en la cual Alfonso Bertillón desarrollaba su “Sistema para medir el cuerpo humano con el fin de la identificación de individuos”. Aunque actualmente el Sistema Bertillón sólo es de interés histórico, a finales del siglo XIX fue de considerable valor para la identificación de criminales. 14
En 1888 empezó su labor el primer Laboratorio Científico de Criminalística, en el Palacio de Justicia de París. Estados Unidos de América:
La Policía Norteamericana debe su estructura a la vida colonizadora que se desarrollaba lentamente desde la costa oriental hacia el interior del país. La lucha contra el crimen se basaba en elementos de orígenes romano,
neerlandés y
anglosajón. En el año 1736 la ciudad de Boston tenía ya una guardia policíaca formada según ejemplo inglés. El desarrollo de la Policía en este país se efectuó bajo circunstancias completamente diferentes a las de Europa. Con las crecientes masas de inmigrantes aumentó también el número de individuos indeseables y la criminalidad organizada. En 1844 los ciudadanos de Nueva York organizaron una Policía Comunal, con servicios nocturno y diurno por turnos. Su sistema sirvió como base para la formación de la Policía en otras ciudades, hasta que en 1855 inició la uniformidad general de la Policía. En 1909 la Policía comenzó su trabajo como “Buró de Investigación (BI)” y su campo de acción era muy limitado, hasta que en 1912 se amplió convirtiéndose en Federal (FBI) y enfrentando
crímenes considerados “contra la Federación” y
que, por tanto, fueron
excluidos de la competencia policíaca local para depender del derecho federal. Con el decursar de los años, además del FBI, otros órganos se ocupan de los asuntos criminales, tales como: Agencia Central de Inteligencia, Servicio Secreto, Policía del Palacio Presidencial y Policías de la Tesorería, de Drogas y de la Aduana. Después de abordada la evolución histórica de la Criminalística en el mundo, expondremos su surgimiento, desarrollo y estado actual en Cuba.
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3.La Técni ca Crimin alistic a.
La Técnica Criminalística o Forense, se ocupa del conjunto de medios y métodos científicotécnicos que se utilizan durante la investigación de los delitos a los fines del descubrimiento, fijación, ocupación e investigación de los distintos elementos, indicios, materiales o evidencias físicas halladas en el lugar del suceso o durante la realización de la inspección o de cualquier otra acción de instrucción que conlleve la búsqueda de estos elementos. La Técnica Criminalística se agrupa de acuerdo a una serie de factores. En primer lugar, atendiendo a su origen histórico y a los medios técnicos que se utilizan, la metodología de trabajo y a que en algunas especialidades en general se trabaja con trazos, líneas, rayas, etc., o sea, huellas en general más o menos similares, bien producidas por el hombre o por los instrumentos con que él actúa durante la realización del delito. La Técnica Criminalística por tanto esta integrada por una serie de especialidades que varían sus denominaciones de acuerdo a cada país; teniendo en cuenta el desarrollo alcanzado por la Escuela Cubana de Criminalística
estas especialidades han sido
estructuradas de la forma siguiente:
Especialidad de Biolog ía.
En esta especialidad se investigan la sangre, el semen, la saliva, otras secreciones, los pelos, los tejidos, los restos óseos y otros elementos del organismo humano; además se realizan peritajes de residuos de procedencia animal (pelos, carnes, etc.), de procedencia vegetal (restos vegetales, maderas, etc.) y de fibras textiles, mediante el empleo de técnicas de microscopía, incluida la electrónica de barrido (MEB). Debido a la gran repercusión que tuvo en este campo la posibilidad de caracterizar la molécula de Ácido Desoxirribonucleico (ADN) y con ello brindar respuestas categóricas sobre la relación entre una huella biológica y un determinado individuo, la mayoría de los laboratorios de Biología Criminalística y/o Forenses del mundo han ido incorporando esta importantísima tecnología a su práctica pericial. La introducción de esta tecnología de avanzada en el Laboratorio Central de Criminalística desde 1998, ha constituido un paso de avance en la Criminalística Cubana. En el estudio de las huellas biológicas se analizan regiones de la molécula de ADN, que están formadas por 16
secuencias de bases que se repiten en forma de tándem y que pueden ser detectadas mediante diversas técnicas de análisis, que han ido evolucionando hasta incorporar la “Reacción en Cadena de la Polimerasa” (PCR). Con el empleo de esta técnica ha sido posible esclarecer hechos importantes en los que están involucradas huellas de naturaleza biológica, tales como manchas de sangre, semen, saliva, tejidos y huesos, que han sido encontrados en el lugar del suceso o sobre las prendas de vestir u objetos ocupados a víctimas y sospechosos, principalmente en los delitos contra la vida y la integridad corporal y contra el normal desarrollo de las relaciones sexuales. La Botánica Criminalística en nuestro país, desde hace más de 20 años, ha contribuido al esclarecimiento de numerosos casos de diferentes tipicidades delictivas, tales como asesinato, violación, robo con fuerza, HSIGM, mortandad de animales y hechos de drogas. Elementos de origen vegetal (semillas, hojas, flores, madera y granos de polen) de diferentes dimensiones han constituido huellas con valor identificativo. La labor no ha sido sólo investigar el esclarecimiento de los hechos, sino ha incidido también en el trabajo preventivo. El conocimiento y la divulgación de las plantas tóxicas han impedido la intoxicación o muerte, tanto de personas como de animales domésticos, de modo accidental o intencional por plantas venenosas. Como resultado de los estudios realizados fue escrito el libro “Plantas Tóxicas”, en cuyo colectivo de autores hay dos criminalistas. Contiene el estudio de las 50 plantas tóxicas o venenosas más frecuentes en la flora cubana, ofreciendo las imágenes, los datos biológicos, sus principios tóxicos, mecanismos de toxicidad, síntomas y lesiones anatomopatológicas, que sirven de guía para peritajes o estudios botánicos afines. Cuestiones que resuelven los peritajes de la especialidad de Biología: Peritaje de sangre.-
Presencia o ausencia. Especie (humana o animal) a través de investigaciones inmunológicas. Agrupación sanguínea y otros marcadores genéticos (ADN). Mecanismos de formación. Sexo.
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Observaciones: Las huellas y evidencias sólo pueden ser enviadas después de realizada la reacción de la bencidina. Secar las prendas de vestir a temperatura ambiente y al aire libre. La extracción de las máculas debe hacerse con hisopo, utilizando el raspado en casos extremos. Extraer la sangre seca empleando gasa humedecida con solución de cloruro de sodio (sal común) o con agua destilada y esperar que seque, embalar y rotular. Peritaje de semen.-
Presencia, especie, agrupación sanguínea y determinación de ADN. Relación con sospechosos (de quién o de quiénes, a través de investigaciones inmunológicas). Observaciones: Es fundamental el secado a temperatura ambiente de los elementos investigados. En las ropas masculinas no se investiga la presencia de semen. Peritaje de saliva.-
Presencia de saliva. Agrupación sanguínea y determinación de ADN. Sexo. Observaciones: Levantar las máculas con gasa húmeda en solución salina. Se deben secar a temperatura ambiente las evidencias y las muestras de saliva de los sospechosos. Sin el envío de las muestras no se realiza el peritaje. Otras secreciones.Secreción, presencia e investigaciones inmunológicas. En el lugar del suceso se buscan máculas en el piso o sobre objetos o prendas. 18
Observación: Si es necesario secar las ropas, debe hacerse a temperatura ambiente. Perit aje de pelos.-
Presencia. Especie a la que pertenece. Estudio inmunológico (agrupación y ADN en los arrancados). Región. Sexo. Lesiones y composición química. Estudio comparativo con el sospechoso. Observaciones: Se debe limitar el número de sospechosos para hacer más efectivos los resultados. No se realizan estudios comparativos de pelos animales. Peritaje de microfibras.-
Tipo, color y clasificación. Comparación elemental. Perit aje de huellas vegetales.-
Presencia. Identificación del fragmento vegetal. Estudio comparativo con las muestras ocupadas. Identificación de plantas que son narcóticas o tóxicas. Observaciones: Ocupar las muestras vegetales que puedan tener relación con el hecho, si es posible ocupar hojas, flores y frutos de cada planta. Conservar en refrigeración o en lugares secos, no embalar en nylon. Perit ajes de tejid os.-
Presencia. 19
Especie a la que pertenece. Relación con elementos sospechosos. Observaciones: Ocupar el soporte íntegro sobre el cual se halla el fragmento de tejido. Levantar el material a investigar y embalarlo preferentemente en bolsas de nylon o envases de cristal, tapados y debidamente rotulados. Conservar en frío si fuese necesario (por su facilidad de descomposición) hasta su envío al laboratorio, a donde se remite cuando hay elementos para comparar. La muestra mínima para realizar la comparación de tejidos animales es de 100 gramos. Perit aje de resto s óseos.-
Especie a la que pertenece. Sexo. Raza. Edad aproximada. Grupo sanguíneo y determinación de ADN. Observaciones: Fijar descriptiva y fotográficamente la osamenta como se halle. Confeccionar croquis del levantamiento. Embalar cuidadosamente y, si es posible, separar los fragmentos o huesos pequeños de los largos. Para la investigación de restos óseos animales, los huesos fundamentales son los de la cabeza y las extremidades. Especialidad de Drog as y Toxi colo gía.
La rápida diversificación del consumo de drogas a escala internacional y el control que sobre él se ejerce nos ha obligado, como miembro activo de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes de la ONU, a tomar medidas rigurosas, emitir y establecer disposiciones y regulaciones legislativas, así como a crear nuevos métodos de trabajo en nuestros laboratorios, que nos permitan organizar y hacer cada vez más eficaz el enfrentamiento a la droga, por ser este mal una cuestión incompatible con nuestro sistema social. 20
La Toxicología como ciencia trata sobre los tóxicos, su forma y medios de actuar, los fenómenos de la intoxicación y especialmente la identificación y cuantificación analítica de este tipo de sustancia. Desde el punto de vista criminalístico la toxicología abarca: identificación de sustancias y su apreciación toxicológica en casos de suicidios o asesinatos, no sólo en material de autopsias y fluidos biológicos, sino en cualquier material que tenga relación con el hecho investigado. Además de la investigación de sustancias relacionadas con el uso o abuso de drogas. En esta especialidad se investigan las evidencias relacionadas con las sustancias vinculadas al tráfico, tenencia y consumo de drogas, tanto en su estado natural y en fluidos biológicos como en otras matrices donde puedan existir residuos (trazas) de alguna sustancia sometida a control internacional o nacional, así como con los hechos de envenenamientos, de intoxicaciones, de sustancias tóxicas ambientales y de ingestión de bebidas alcohólicas. Los hechos de drogas no constituyen un problema social en Cuba, sin embargo, debido a la posición geográfica de la Isla, se han producido recalos de drogas en nuestras costas y cayos, así como la captura de narcotraficantes con cargamentos de drogas dirigidos a otros países. Debido a la prioridad del enfrentamiento de este delito, se han diseñado diferentes procedimientos para la investigación, fijación, muestreo, análisis, dictamen pericial e incineración de las drogas. El análisis de laboratorio incluye reacciones de coloración, Cromatografía de Capa Delgada en placas de silicagel, Cromatografía Gaseosa y Cromatografía
Gaseosa Acoplada a
Espectrometría de Masas (CGEM). Para la detección de drogas en especímenes biológicos se realizan la extracción y la purificación previas al análisis por CGEM. El empleo de los métodos analíticos anteriormente señalados permite dar respuestas periciales de alto nivel científico, en correspondencia con las recomendaciones de los organismos internacionales. Además, la especialidad tiene establecido un programa interno de garantía de calidad y toma parte en el Programa Internacional de Control de Eficacia que estableció el PNUFID. La prevención del uso indebido de las drogas se ha convertido en una prioridad en la lucha contra este flagelo y en tal sentido el Laboratorio Central de Criminalística cuenta en esta especialidad con los medios apropiados para la investigación de las diferentes drogas, siguiendo los “Métodos recomendados para los ensayos de las sustancias estupefacientes y psicotrópicas sujetas a fiscalización internacional plasmados en los Manuales para uso de 21
los Laboratorios Nacionales de Estupefacientes”, establecidos por las Naciones Unidas. Estos ensayos pueden ser presuntivos (de orientación) y de confirmación, estos últimos requieren de técnicas analíticas que pueden ser selectivas, empleando sustancias de referencia, o estructurales. Entre las primeras se encuentran las técnicas cromatográficas, de capa fina, gaseosa y líquida y la espectrometría ultravioleta y entre las técnicas estructurales se cuenta con cromatografía gaseosa acoplada a un espectrómetro de masas y la espectroscopía infrarroja por transformada de Fourier (FTIR). Cuestiones que resuelven los peritajes de la especialidad de Drogas y Toxicología: Peritaje químico criminalístico de drogas.Si las muestras remitidas corresponden a algún tipo de droga. Si en los objetos ocupados existen vestigios de drogas. En algunos casos, la pureza de la droga. En el caso específico de la cocaína se realiza la comparación entre muestras con el objetivo de definir una procedencia común.
Observaciones: Se necesitan muestras de orina, sangre, contenido gástrico, lavados bucales, uñas. Se deben describir bien los antecedentes del caso, el tipo de droga que se sospecha, las horas transcurridas entre el consumo de la droga y la obtención de la orina u otra matriz biológica. No se deben remitir menos de 10 ml de sangre, con anticoagulante. Siempre se debe remitir orina en cantidad superior a los 10 ml. Peritaje químico cr iminalístico toxic ológico .
Presencia de sustancias tóxicas en las muestras recibidas. En algunos casos la concentración del tóxico. Observaciones: En los antecedentes se deben referir los síntomas manifestados por las víctimas y, en caso de fallecido, es imprescindible remitir el acta de la autopsia. Reflejar el tiempo transcurrido entre la ingestión de la sustancia y la toma de la muestra. 22
En caso de haber estado hospitalizada la víctima, informar qué tratamiento recibió y con qué medicamentos. Reflejar si la víctima tenía algún tratamiento con medicamentos antes de ocurrir el hecho y cuáles eran. Peritaje químico criminalístico de alcohol en sangre.-
1. La presencia de alcohol etílico en la muestra remitida. 2. Concentración de alcohol en dicha muestra. Observaciones: La muestra debe tener añadido anticoagulante y estar debidamente tapada. Si se demora en llevar la muestra al laboratorio, ésta debe mantenerse en congelación hasta su traslado. En la solicitud de peritaje deben reflejarse las horas de ocurrido el hecho y de la toma de la muestra, para conocer la concentración real de alcohol en sangre en el momento de ocurrir el hecho. Especialidad de Químico-Físico .
El hombre realiza toda su actividad cotidiana rodeada de numerosas sustancias y materiales, como son los suelos, los plásticos, las pinturas, los metales, los vidrios, los combustibles y otras. Esto hace que cuando una persona comete un delito, le resulta virtualmente imposible sustraerse del medio ambiente que lo rodea, por lo que se ve obligado siempre a intercambiar sustancias y materiales con el mismo, ya sea al dejar en el lugar del suceso materiales, como las fibras de sus ropas, o al llevarse sobre sí diferentes sustancias, como puede ser el suelo del lugar. En esta especialidad se analizan las huellas y muestras de sustancias de carácter orgánico e inorgánico, entre las cuales se encuentran suelos, vidrios, metales, pinturas, combustibles y lubricantes, para lo cual se emplean las técnicas analíticas de Difracción de RX, Microscopía Electrónica de Barrido, Cromatografías Gaseosa y Líquida y otras. La Espectrometría Infrarroja con Transformada de Fourier es uno de los medios más modernos con que se cuenta actualmente. Esta técnica es utilizada en la especialidad para la identificación y estudio de numerosas sustancias de interés pericial, como los polímeros 23
que se utilizan como envoltorios de las drogas, particularmente en los recalos de dicho producto. Frecuentemente, resulta necesario identificar sustancias desconocidas, las cuales pueden aparecer en el bolsillo de un sospechoso, en una taquilla, en la tapa de una cisterna, en el interior de una correspondencia, o en otros lugares muy disímiles, debido a que dichas sustancias pueden tener un marcado interés operativo, como ocurre con los venenos, los abrasivos, los materiales pirotécnicos y otras. El perito criminalista se ve obligado a discernir con rapidez entre varios miles de sustancias, para dar la respuesta necesaria a los órganos operativos o de Instrucción. Con tales fines brinda muy buenos resultados la técnica de Difracción de Rayos X, capaz de identificar de forma categórica más de 100,000 sustancias. Cuando esta técnica es combinada con las posibilidades del Sistema Automatizado de Identificación Criminalística de Sustancias (SAICSU), creado en esta especialidad,
es
posible brindarle al solicitante no sólo una respuesta sobre el tipo de sustancia que se analiza, sino además otros datos de interés, como son su potencial peligrosidad, fuentes de obtención y otros. Debido a la variedad de las sustancias que se investigan, las que pueden ser sólidas, líquidas o gaseosas, orgánicas e inorgánicas, volátiles o refractarias, de solubilidad variable, etc., no es posible con un solo equipo investigarlas todas, ya que cada tipo de sustancia requiere una técnica específica y todas en su conjunto se complementan. Dentro de este conjunto desempeña un papel importante la Cromatografía Líquida de Alta Resolución, técnica que resulta particularmente ventajosa al perito en la investigación de los derivados del petróleo, así como las bebidas adulteradas, particularmente cuando estas contienen Metanol. La técnica de Microscopía Electrónica de Barrido con Espectrómetro de Rayos X acoplado, tiene la característica de brindar simultáneamente la posibilidad de ampliar miles de veces la evidencia que se analiza (lo que muchas veces es indispensable debido a lo escaso del material disponible), fijarla fotográficamente y analizarla químicamente, todo lo cual se realiza sin dañar el material bajo investigación, lo que permite no solo su preservación, sino la realización de otros análisis posteriores. La Microscopía Electrónica de Barrido se ha utilizado con muy buenos resultados en la investigación de los hechos de explosiones, donde ha permitido identificar restos microscópicos del artefacto, en la de falsificación de monedas, donde incluso ha permitido 24
determinar el material utilizado en el molde empleado en la fabricación, en hechos de envenenamiento, permitiendo la identificación del tóxico y en asesinatos, para demostrar que la víctima estuvo en determinado lugar antes de que la mataran.
Cuestiones que resuelven los peritajes de la especialidad de Físico-Químico: Peritaje químico-físico cri minalístico com parativo de suelos.-
Si una mácula es de suelo. El grado de similitud entre dos suelos. En casos especiales, si dos suelos son del mismo lugar. Observaciones: Ocupar la muestra de suelo a una profundidad no mayor de 2 cm. Utilizar un instrumento duro y que no macule la muestra. Peritaje químico- físico cri minalístico de pint uras.-
Si una muestra es pintura y de qué tipo. Si dos o más pinturas son similares. Si dos o más pinturas provienen del mismo lugar. En hurtos de vehículos, si hay partes de más de un vehículo en el investigado. Observaciones: Deben ocuparse muestras de pintura, tanto del objeto maculado (bicicleta, pata de cabra u otro) como de la posible fuente (automóvil, ventana, etc.). Si hay más de una capa de pintura, profundizar hasta llegar al material base sin raspar, sacando lascas completas, utilizando un instrumento duro y afilado (bisturí). Tener en cuenta el posible cruce de pinturas, por lo que se debe ocupar tanto la pintura que dejó el objeto como muestra de lo que pudo llevarse. Tomar dos o más muestras, de lugares próximos en cantidades suficientes. Peritaje químico-físico criminalístico de borraduras químicas (lavaduras).-
Si en el documento remitido se empleó algún reactivo químico para eliminar un texto. 25
Peritaje químico-físico crimi nalístico de vidrio s.-
Si una sustancia es vidrio o si hay presencia de éste. Si dos vidrios son similares. En casos especiales, si dos vidrios provienen del mismo objeto. Observaciones: Si es posible, se toma la totalidad del material (por ejemplo, en un farol roto, todos los restos en el lugar y todos los presentes en el auto). Siempre que sea posible, se toman patrones comparativos (por ejemplo, si es un pan con vidrio, tomar patrones de objetos de vidrio rotos en la panadería). Usar envases seguros (el vidrio rompe el papel y el nylon). Peritaje químico-físico crimi nalístico de abrasivos.-
Si una sustancia es un abrasivo (Ejemplo, esmeril, carburo de silicio). Si en un aceite hay presencia de abrasivos. Si el abrasivo en un aceite es similar a otro ocupado de referencia. Observaciones: Al ocupar el aceite de un motor, tomarlo del fondo del depósito, luego de 24 horas de parado el equipo. Tomar una cantidad suficiente, al menos 1 litro. Si se sospecha qué sustancia se utilizó, ocupar una muestra de referencia. Si en los orificios de alimentación del aceite hay máculas de sustancias extrañas, ocuparlas, embalarlas y rotularlas. Peritaje químico-físico cri minalístico de i dentificación d e sustancias.-
De qué sustancia se trata. Qué usos se le da a la sustancia por el hombre. Si es tóxica o explosiva. Peritaje químico-físico criminalístico de lámparas de vehículos.-
Si el filamento de una lámpara se encontraba energizado en el momento de producirse la ruptura de ésta, generalmente en un accidente del tránsito. 26
En las lámparas de iluminación principal, si el filamento que se encontraba energizado era el de la luz corta o el de la luz larga. En casos especiales, siempre que la lámpara esté dañada, determinar si el daño se originó a causa del accidente mientras estaba iluminando. Observaciones: Si el bulbo de vidrio se ha roto, ocupar y remitir todos sus restos. Ocupar la totalidad de los restos de lámpara que han quedado adheridos a la base del farol, sobre la defensa del vehículo y en el lugar del suceso. Es de gran importancia la ocupación de los restos del filamento. Embalar las muestras con cuidado, debe tenerse en cuenta que las lámparas tienen partes muy delicadas como el bulbo y los filamentos, por lo que un embalaje inapropiado les puede causar daños que alteren el peritaje. Las muestras deben ser rotuladas correctamente, especificando de qué material se trata, de qué lugar provienen y cualquier otro dato de interés. Perit aje químic o-físico cr imi nalístic o de metales y aleaciones.-
Si se trata de una sustancia metálica. De qué metal se trata. Si es un metal precioso. En monedas, si son falsas. En joyas, si presentan baños o si son macizas. En casos comparativos, si limallas o máculas presentes en un lugar son similares al metal proveniente de un objeto dado. Observaciones: Siempre que sea posible, remitir materiales comparativos, por ejemplo, monedas, sellos de calderas, cojinetes de rodamiento u otros. Utilizar instrumentos que no alteren el material, si hay que raspar, un bisturí limpio, si son limallas, una brocha de pelo limpia. Evitar el uso de cinta adhesiva y de imanes, ya que limitan el trabajo posterior. Peritaje químico-físico criminalístico de huellas de disparo en las manos .-
Si sobre las manos de una persona hay residuos de disparo de arma de fuego. 27
En casos especiales, obtener indicios respecto al tipo de cartucho empleado en el disparo. Observaciones: Se deben ocupar las huellas en ambas manos, por separado. Se utilizará cinta adhesiva de doble cubierta, conforme al método establecido. La ocupación de las muestras se debe realizar tan pronto como sea posible, con un máximo de 5 horas (en la medida que pasa el tiempo los residuos se desprenden de las manos). Perit aje químic o-físico cr imi nalístico d e huellas de disparo en armas de fuego.-
- Si el arma remitida presenta residuos del disparo. Observación: Al ocupar el arma, se debe tapar la boca del canal del cañón. Peritaje químico-físico criminalístico de huellas de disparo en prenda de vestir.-
Si los orificios presentes en la prenda fueron producidos por disparos con arma de fuego. Constitución del proyectil que produjo los orificios. Si los orificios son de entrada o salida. Distancia aproximada a la que se produjeron los disparos. Observaciones: Describir en detalles los antecedentes del caso, destacando si hay disparos de rebote, barreras intermedias, arma que participó en los hechos, lugar donde se encuentra lesionada la víctima, etc. La ropa no debe ser lavada. Separar las prendas y ponerlas a secar a temperatura ambiente, si están maculadas de sangre. Peritaje químico-físico crimi nalístico de tóxicos metálicos.-
Si una sustancia es un tóxico metálico. Si un alimento contiene tóxicos metálicos. Si una persona o animal sufre de intoxicación metálica. Si en los restos humanos o animales hay metales tóxicos. 28
Observaciones: Si es en alimentos, embalarlos adecuadamente y remitir muestras de referencia de otros similares que estén fuera de sospechas, así como muestras de los ingredientes utilizados en su confección. Si se trata de personas o de animales, ocupar pelos, sangre, orina, heces fecales, etc. (la muestra más apropiada depende del tóxico, si es posible consultar un médico para tomarla). Si se trata de cadáveres, ocupar pelos, huesos, tejidos y vísceras (los lugares de mayor acumulación de los metales dependen del metal de que se trate, en general, el hígado, los riñones y los pelos permiten obtener buenos resultados). Peritaje químico-físico criminalístico comparativo de tinta, papel y adhesivos.-
- Si las muestras investigadas son semejantes a los patrones. Peritaje químico-físico cri minalístico de sus tancias i nflamables o combusti bles.-
- De qué sustancia se trata. Observación: La muestra ocupada (líquida o en prendas de vestir, telas, guata, algodón o materiales semejantes) debe embalarse en nylon, si es tela o material semejante o cerrarse bien los frascos, si es líquida, para ser remitida para el laboratorio. Peritaje químico-físico criminalístico de adulteración de bebidas alcohólicas.-
1. Si la(s) muestra(s) de bebida(s) está(n) adulterada(s). 2. Porcentaje de agua que presenta(n). Observaciones: Se debe contar con un patrón del tipo de bebida que se investiga. Deben remitirse, por lo menos, 100 ml de muestra. Peritaje químico-físico cr iminalístico comparativo de polímeros.-
- Si las muestras de polímeros son semejantes entre sí. 29
Peritaje químico-físico crimi nalístico de revelación de sign os bor rados en superficies metálicas.-
Si el número presente en la superficie metálica ha sido alterado. Conocer la numeración anterior o algunos de sus dígitos. Observación: Sólo se trabaja con superficies metálicas (armas de fuego, motores, carrocerías de autos y toda superficie metálica que haya tenido troquelado un número o letra).
Peritaje químico-físico criminalístico de Aplicaciones Químicas Operativas.-
Si la muestra extraída u ocupada se encuentra maculada con sustancia pintante o fluorescente. Si esta sustancia es semejante a la Aplicación Química Operativa presente en el lugar del suceso. Observaciones: Sólo se trabaja con el patrón. En caso de ser varias muestras, deben embalarse por separado. Peritaje químico-físico cr iminalístico de sustancias explosivas.-
- Identificar el explosivo empleado. Observaciones: Los explosivos deben estar desactivados. Las muestras deben remitirse debidamente embaladas y rotuladas. Especialidad de Trazolo gía.
Se ocupa del estudio de las huellas, con el fin de identificar a las personas y a los medios de los cuales estas se valen para la comisión de los hechos delictivos. 30
Etimológicamente, la palabra Trazología está compuesta por dos voces: trace, que significa huella, línea y logos, que significa estudio o tratado, por tanto, la palabra Trazología quiere decir estudio o tratado de las huellas. Existen tres grupos de investigaciones, en las cuales están reunidas todas las materias a la que se dedica esta rama de la Técnica Criminalística. Grupo I ----- huellas que identifican al hombre (huellas de los dientes). Grupo II ------ huellas que identifican a los objetos y animales utilizados por el hombre (calzado, transporte, herramientas, fracturas y animales). Grupo III ----- huellas que identifican los procedimientos utilizados por el hombre al accionar sobre diferentes objetos (cerraduras, selladuras, reconstrucción del objeto total por sus partes, mecanismos de producciones industriales y artesanales de objetos). En Trazología las huellas, de acuerdo al mecanismo de formación, se clasifican en: Huellas volumétricas. Huellas lineales. Huellas superficiales (que pueden ser de recapación o de decapación). Cuestiones que resuelven los peritajes de la especialidad de Trazología: Perit aje cri minalísti co de las huellas de los di entes.-
Si la mordida investigada posee valor identificativo. Si es una mordida humana o animal. Si la mordida remitida posee alguna deformación estomatológica. Si la pieza dental encontrada en el lugar del suceso es humana. 31
Qué ubicación le corresponde a la pieza investigada en la arcada dental. Identificación de la persona. Perit aje crimin alístico d e las huellas de calzado.-
Si poseen valor identificativo. Marca, tipo, modelo y nacionalidad del calzado que las produjo. Estatura aproximada de la persona (cuando se observa la huella completa). Identificación del calzado productor de la huella investigada. Dimensiones del calzado. Si en el lugar del suceso participaron una o más personas. Síntomas del modo de andar (cuando exista una senda de, al menos, 3 pasos consecutivos). Si un calzado fue utilizado por una persona determinada (según el tiempo de uso
del
calzado). Peritaje criminalístico de las huellas de transporte.-
Tipo, marca, modelo y nacionalidad del vehículo por las huellas encontradas en el lugar del suceso. Tipo, marca y modelo del neumático productor de la huella. Dirección y sentido hacia donde se dirigía el vehículo. Velocidad aproximada, según las huellas del frenado. Si las huellas encontradas poseen valor identificativo. Identificación del neumático por las huellas encontradas. Identificación del vehículo por huellas de otras partes del mismo. Peritaje criminalístico de las huellas de instrumentos de fractura (herramientas).
Si las huellas poseen valor identificativo. Tipo de instrumento o herramienta que produjo la huella. Posición del individuo, según el lugar donde está la huella. Identificación del instrumento productor. Peritaje criminalístico de fractura.-
Tipo de fractura. Si posee valor identificativo. Perit aje crimin alístico d e las huellas de anim ales.32
Si la huella encontrada posee valor identificativo. Especie animal a la que pertenece la huella. Identificación de los cascos productores de la huella.
Peritaje criminalístico de las cerraduras.-
Estado técnico. Si poseen huellas de objetos ajenos. Si poseen síntomas de violencia. Método empleado para la violación y posible instrumento utilizado. Si sobre la superficie de la cerradura existen huellas de instrumentos u otras con valor identificativo. Si existe la posibilidad de un autorrobo, de acuerdo al método empleado para la violación, las huellas de instrumentos y otras características. Peritaje crimi nalístico de los sellos.-
Si el sellado posee síntomas de violencia. Método de violación empleado. Si el sellado posee síntomas de falsificación. Identificación del sello. Peritaje criminalístico de la reconstrucci ón de un objeto total por sus partes.-
Si los objetos encontrados en el lugar del suceso forman parte de un todo único. Si los objetos encontrados en el lugar del suceso forman parte de un todo con el objeto sospechoso. Especialidad de Balística.
Es la rama de la Técnica Criminalística que tiene por objeto el estudio e investigación del arma de fuego, sus casquillos y proyectiles, así como los fenómenos que se producen al efectuarse el disparo y las huellas producidas por éste, con el fin de ayudar a esclarecer un hecho delictivo. Se auxilia de los estudios de otras especialidades, tales como la Medicina Legal, en la parte que estudia las heridas producidas por los proyectiles disparados por armas de fuego; así mismo, dentro de las ciencias militares se aprovecha de los conocimientos que 33
le brinda la Balística Exterior, que estudia la trayectoria de los proyectiles disparados, desde su salida por la boca del cañón del arma que los disparó, hasta el lugar de caída o tope y de la Balística Interior, que se ocupa del fenómeno que ocurre durante el disparo en el ánima del cañón y el carácter del aumento de velocidad que experimenta el proyectil dentro del cañón. Igualmente utiliza los distintos medios de investigación como
la Estereofotografía, la
Espectroscopía, la Macro y Microscopía, la filmación con Rayos Infrarrojos y otros. Cuando un arma de fuego es disparada, las huellas se pueden descubrir en el arma misma, en el proyectil y en el casquillo, a través de métodos ópticos. Cuestiones que resuelven los peritajes de la especialidad de Balística: Ar ma d e fu ego .-
Tipo, marca, modelo, destinación y calibre, así como procedencia. Estado técnico. Aptitud para el disparo. Si ha estado involucrada en otros hechos delictivos. Cartucho.-
Tipo, modelo y calibre de las armas que pueden utilizarlo. Tipo, marca, modelo, destinación y procedencia del mismo. Si muestra señales de haber sido recargado. Estado técnico y aptitud para el disparo. Casquillo.-
Tipo, marca, modelo y calibre del arma que lo percutió. Si es de confección industrial o artesanal. Tipo, modelo, destinación y procedencia del cartucho del cual formó parte. Identificación del arma que lo percutió. Si muestra señales de haber sido recargado.
Proyectil.-
Tipo, marca, modelo y calibre del arma que lo disparó. 34
Si es de confección industrial o artesanal. Tipo, modelo, destinación y procedencia del cartucho del cual formó parte. Identificación del arma que lo disparó. Otras determinaciones.-
1. Sucesión de los disparos. 2. Dirección, sentido y distancia en los que se produjeron los disparos. Especialidad de Dermatósco pia.
La Dermatóscopia es la ciencia que se ocupa del estudio de la piel, encaminado a la identificación de las personas. En el proceso de comisión de un delito, suelen aparecer huellas dérmicas producidas por los delincuentes con sus manos, pies, codos, rodillas, orejas y labios, las que pueden ser identificadas. De todas, las que con mayor frecuencia aparecen son las que dejan los dedos y la palma de las manos y la planta de los pies. El Sistema Automatizado de Identificación de Huellas e Impresiones digitales (CUFIS) constituye una versión cubana de los sistemas AFIS (Automated Fingerprint Identification Sistems) utilizados por los países más desarrollados en la lucha contra el delito. La puesta en explotación del CUFIS se realizó en el año 1995; logrando esclarecer por esta vía, en los últimos siete años, una cantidad mayor de casos que la que, en su conjunto, esclarecieron todos los Sistemas Monodactilares que existieron en nuestro país con anterioridad. En la actualidad se desarrolla una nueva versión, el Sistema Cubano de Identificación Dactiloscópica (SCID), el cual logra un amplio rango de optimización, velocidad e introducción de huellas e impresiones en la base de datos; en esencia mejora considerablemente todo su funcionamiento interactivo con el operador. Cuestiones que resuelven los peritajes de la especialidad de Dermatóscopia: Identifi cación del autor de un delito por m edio de:
Huellas digitales
(Dactiloscópica).
Huellas palmares (Quiroscopía). Huellas podorales (Podoscopía). Huellas labiales
(Queiloscopía). 35
Estas huellas son comparadas con sus impresiones mediante cotejo directo. Identificación del autor de un delito por medio de la búsqueda en el registro monodactilar.
Identifi cación del autor de un delito mediante la comparación de las impresiones que entran al registro con las huellas sin identificar de casos pendientes por esclarecer (digit ales y palmares).
Determinaciones operativas en el lugar del suceso:
Huellas digitales, palmares y podorales. Huellas podorales: si una o más personas pudieron haber participado en la comisión del delito. Necrodactilia.
La Necrodactilia nos permite la toma de impresiones a los cadáveres para identificarlos. Las impresiones del cadáver desconocido se envían a los Registros de Personas con fichas dactiloscópicas para su búsqueda e identificación. Observaciones: Los objetos ocupados, para revelar huellas papilares en el laboratorio, deben embalarse de forma tal que su superficie no esté en contacto con las paredes del embalaje. Los documentos (papel, cartón o cartulina) pueden ser enviados en sobres de nylon o papel. La manipulación de todo objeto (evidencia) que se ocupe para ser trabajado por esta especialidad, debe hacerse con guantes y, en ausencia de estos, hacerlo tratando de no dejar huellas. Especialidad de Identific ación de Personas por sus Rasgos Ext eriores (IPRE).
Esta especialidad se basa en las características antropológicas descritas por el italiano César Lombroso (1835-1909) después de examinar, centímetro a centímetro y con el mayor cuidado, las cabezas de 27 000 delincuentes y que publicó en el período de 1876 a 1887.
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La primera fundamentación científica fue realizada por el francés Alfonso Bertillón (18531914) quien, además de haber ideado un método para clasificar a los delincuentes por sus medidas corporales (Antropometría), creó un procedimiento claro y preciso para describir a una persona, al que denominó Retrato Hablado. Este sistema descriptivo fue perfeccionado, posteriormente, por el alemán Rudolph Archibald Reiss (1874-1928) y se ha mantenido hasta la actualidad, con diferentes formas de empleo, desde la tradicional (manual), pasando por la tecnificada (Identikit y Fotorrobot) hasta la actual computarizada. La especialidad se encuentra inmersa en la modernización de la técnica empleada, así como de las metodologías de trabajo. La técnica computarizada y los programas existentes en el mundo y que son empleados para fines similares, están siendo asimilados y a la vez adecuados, por peritos cubanos, para el tratamiento de las imágenes y con ello facilitar el reconocimiento de personas por sus rasgos exteriores. Para solicitar un Retrato Hablado deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos: Verificar que la víctima o el testigo estén realmente en condiciones de realizarlo. El testigo o la víctima pueden describir al comisor o comisores atendiendo a: - Iluminación del lugar en el momento en que ocurrió el hecho. - Distancia a la que se encontraban de la persona. - Si recuerdan realmente los rasgos externos de la cara. No se puede enviar a la víctima o testigo solo para realizar el Retrato Hablado. A la hora de trasladar menores de edad, considerar la capacidad descriptiva del mismo, por ejemplo, inteligencia, edad y personalidad. Siempre tiene que venir acompañado de sus padres o de un representante legal. En los casos donde haya existido violencia, se debe esperar un plazo no menor de tres horas para lograr que pase el shock nervioso. Los peritajes que se realizan en la especialidad de IPRE son: Reconstrucción Escultórico-Facial. 37
Superposición Cráneo-Fotográfica. Comparación, Modificación y Reproducción Fotográficas. Especialidad de Documentología.
La Especialidad de Documentología desempeña las siguientes funciones: La investigación criminalística de los documentos: Se estudian los documentos dubitados, estableciendo en unos la identificación de la persona por su escritura y firma y en otros la autenticidad del documento en sí, así como el método de impresión empleado. Para ello se cuenta con Metodologías de trabajo y con los Registros Criminalísticos que permiten el seguimiento operativo en el esclarecimiento del delito. El desarrollo de nuevas tecnologías de trabajo (investigaciones científicas): Los últimos diez años han sido un reto para la especialidad, teniendo en cuenta la inclusión en nuestro país de nuevos medios de pago, el desarrollo tecnológico, así como el incremento del turismo y nuevas tipicidades delictivas. Esta situación ha obligado a desarrollar investigaciones científicas y perfeccionar las técnicas y los métodos de trabajo pericial. Creación de pautas y normas para la prevención de los delitos: Los criterios de los peritos de esta especialidad son tomados en cuenta para la confección de nuevos documentos de seguridad, tales como los de identidad, de pago y chapas de vehículos. De igual forma, sus opiniones desempeñan un papel importante en las Investigaciones Criminalísticas Técnicas Profilácticas. En nuestros días no se requiere ser un especialista para la imitación con efectiva similitud de los más disímiles documentos, desde medios de pago hasta de envases de productos comerciales. Los progresos técnicos, realizados en el campo de la imprenta y de la reproducción, permiten que alguien sin una destreza particular, se convierta en un falsificador.
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Las falsificaciones de documentos de identidad y medios de pago se vinculan a los delitos de más incidencia y de mayores daños sociales y económicos, tales como los delitos económicos, contra el patrimonio, contra la fe pública, contra la seguridad del estado, el narcotráfico, el terrorismo y el tráfico de personas. Esta especialidad se vio precisada de metodologías de investigación de medios de pago, cuyo objetivo general sería dotar a la Documentología de las “herramientas” necesarias para la investigación de esos medios, con los objetivos específicos de lograr la disminución de la incidencia de falsificaciones de medios de pago en el flujo bancario nacional, agilizar y profesionalizar las investigaciones ante hechos de falsificaciones de la moneda nacional, libremente convertible y tarjetas de crédito, así como garantizar la información sobre los billetes y monedas de incidencia en el sistema bancario nacional (medidas de seguridad, características y sus falsificaciones). Igualmente se requirió profundizar y adecuar las investigaciones de las mecanografías, por la inserción en nuestras pericias de nuevos tipos y sistemas de máquinas de escribir; las que por sus características diferían en las posibilidades investigativas de las mecánicas y eléctricas. El desarrollo alcanzado por las tecnologías de impresiones industriales y de equipos destinados a oficinas o reproducciones de pequeño volumen, obligó a estudios para su conocimiento y caracterización. Similar situación ocurrió al incrementarse las solicitudes periciales relacionadas con la edición, revelación y almacenamiento de información en formato electrónico, que dictó nuevas normas de enfrentamiento y tratamiento del documento para su investigación, con vistas a la obtención de mejores resultados periciales. Cuestiones que resuelven los peritajes de la especialidad de Documentología: Texto manus cri to (en letras de mol de y cursi vas) y números.-
Si posee valor identificativo. Cuántas personas confeccionaron el texto dubitado. Persona específica (ejecutor) que confeccionó el texto investigado. Si está realizado con la mano contraria. Firmas .-
Si la firma investigada posee valor identificativo. 39
Identificación del autor de una o varias firmas investigadas. Si la firma investigada se encuentra falsificada y el método utilizado. Texto m ecanografiado .-
Si posee valor identificativo. Marca y país de fabricación de la máquina utilizada para su confección. Identificación de la máquina específica. Identificación del mecanógrafo (ejecutor). Si se trata de un documento original o de una copia. Orden en el que se obtuvieron las copias. Texto impreso .-
Sistema de impresión. Técnica de impresión. Equipo impresor. Calidad de la impresión. Falsificaciones.-
Si existe falsificación. Si la misma es intelectual o material (total o parcial). Método utilizado. Revelado d e texto.-
Si existe texto. Si tiene valor identificativo. El contenido textual que se revela. Observación: El texto puede ser revelado en documentos deteriorados (fragmentados, arrugados, quemados, manchados y debilitados), en papel carbón y en cinta de máquina de escribir.
Cuños y sus im presiones.-
Si la impresión posee valor identificativo. Si la impresión investigada se encuentra parcial o totalmente falsificada. 40
Si la impresión investigada fue realizada con determinado cuño. Si el cuño utilizado es de fabricación industrial o artesanal. An áli si s d e Con ten id o.-
Si con el texto se puede realizar el análisis. La personalidad del autor intelectual del texto investigado. La edad y el nivel cultural. El sexo y la profesión o el oficio. Zona de vinculación con alguna región del país. Si dos o más textos fueron ideados por una o más personas. Si el texto investigado fue ideado por determinada persona. Observaciones: Los textos investigados deben ser abundantes cualitativa y cuantitativamente. Los modelos comparativos deben contener textos de carácter libre y de similar estructura a la de los investigados. Análisis Grafológico.El análisis grafológico como actividad pericial es de reciente incorporación a la práctica pericial cubana, en la especialidad de Documentología. En la escritura, pueden estudiarse las facultades intelectuales, el grado de voluntad, las condiciones morales, el temperamento y los diferentes estados psicofisiológicos. Al igual que en la expresión oral, los cambios generales en la escritura, se corresponden perfectamente con el estado psíquico de la persona. Los gestos gráficos caracterizan la inteligencia y voluntad, por lo que las diferencias entre las escrituras reflejan las diferencias entre las personas. El estudio de la grafía, mediante características o elementos de ella, permite caracterizar al ejecutor de un determinado texto, diagnosticando específicamente sobre su carácter, temperamento y tendencias psicológicas.
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En la metodología de Análisis Grafológico se recogen los elementos necesarios para realizar un peritaje de caracterización, utilizando los principios de esta ciencia, siguiendo los pasos de la manera que facilitan y hacen más objetivo el peritaje. De esa forma queda claro que la aplicación de dicho análisis resulta ser eficiente, fundamentalmente en tres vías: Primera: En la orientación de la investigación. Segunda: En la preparación para el interrogatorio. Tercera: Como dictamen pericial para presentar al Tribunal. Los casos trabajados desde que se comenzó a aplicar la metodología en el año 2000 suman 146 y en delitos tales como asesinatos, corrupciones de menores y violaciones, fundamentalmente, han aportado a la Instrucción elementos que en unos casos han caracterizado fehacientemente al autor del hecho y en otros han servido para reducir el círculo de sospechosos de una manera eficiente. En Europa y en América esta ciencia es utilizada en la selección de personas, con vistas a lograr determinadas plazas laborales. Para la realización del peritaje se tienen en cuenta los siguientes elementos:
Zonas Espacios Enlaces Partes de la letra Márgenes Las zonas pueden ser: Superior Media 42
Inferior Los espacios se ubican entre los renglones, entre las palabras y entre las letras. Especialidad de Foto grafía y Vídeo.
Esta especialidad se ocupa de las filmaciones del lugar del hecho, sus resultados, así como el dictamen de los peritajes criminalísticos que se deriven de una investigación. Además mediante las técnicas digitales en 3D de reproducir eventos o fenómenos que objetivamente sean irrepetibles. Cuestiones que resuelven los peritajes de la especialidad de Fotografía y Vídeo: Au ten tic id ad d e un a im agen fot og ráfi ca.-
Si se trata de un foto-montaje. Si se han realizado otros tipos de trucajes. ¿Qué se necesita? La foto objeto de investigación. Una descripción lo más detallada posible de las circunstancias relacionadas con la foto que se analiza. Determinar si la filmación es un or iginal o una reproducció n.-
En el caso de películas, conocer si se trata de una grabación original, hecha en un estudio profesional, o es una reproducción burda con equipos comerciales. En el caso de filmaciones con cámaras de vídeo conocer si es el casete original o una copia. ¿Qué se necesita? La cinta que se desea investigar. Casetes originales de las firmas comerciales de interés. Determin ación de la cámara que fil mó la película o el vídeo investigado.-
Determinar entre un grupo de cámaras con cuál se filmó la película, el rollo fotográfico o el vídeo investigado. 43
Determinar si una película, un rollo o un vídeo fue filmado con una cámara en particular. ¿Qué se necesita? La película, el rollo o el vídeo investigado. La cámara ocupada con sus accesorios. Determinar estado técnico de equipos de filmaciones. - Equipos y accesorios
Determinación del contenido y formato de una film ación
- Equipo de filmación - La foto (Memoria, negativo)
- Accesorios Determinar
cuál
material
fotográfico
fue
empleado
para
obtener
las
fotos
investigadas.-
- Determinar si las fotografías investigadas fueron realizadas con un papel fotográfico dado. ¿Qué se necesita? Las fotografías investigadas. De ser posible el negativo fotográfico. El papel fotográfico virgen del cual se sospecha. Tener en cuenta que: Las cajas fotográficas no pueden ser abiertas.
44
Determin ación de la sensi bil idad de una película virg en.-
Si una película dada puede ser empleada para determinado tipo de filmación fotográfica, mediante la determinación de su sensibilidad. ¿Qué se necesita? La película objeto de estudio. Registro fotográfico con iluminación ultravioleta o infrarroja.Registrar texto no visible a simple vista mediante la utilización de esta técnica. Mejorar la definición de marcas realizadas en tejido textil u otras superficies. ¿Qué se necesita? La muestra objeto de interés. Tener en cuenta que: Los objetos textiles deben estar secos. Cada muestra se embala independientemente y bien rotulada. Mejor amiento d e imágenes.-
- Mejorar la calidad fotográfica para facilitar la búsqueda de objetos y/o personas. ¿Qué se necesita? Fotografía objeto de interés. Tener en cuenta que: El mejoramiento puede realizarse de forma parcial a una zona de la foto para definir un detalle particular o de forma integral a toda la fotografía de acuerdo al interés operativo. 45
Especialidad de Av erías, Explos iones e Incendios (AVEXI).
Esta especialidad es un elemento distintivo de la escuela Cubana de Criminalística, teniendo un amplio alcance en su objeto de investigación, en las exigencias sobre el dominio tácticotécnico criminalístico y especializado de diferentes ramas del saber que deben tener los peritos que la aplican y en la labor de prevención de los delitos que ejecuta. Cuestiones que resuelven los peritajes de la especialidad de Averías, Explosiones e Incendios: Peritaje técnico de incendios.-
Determinar las condiciones bajo las cuales surgió el incendio. Determinar la zona o lugar de inicio del incendio. Determinar las causas que provocaron el incendio. Medidas profilácticas para evitar que se repitan. Perit aje técnico de averías.-
Condiciones en las que surgió la avería. Lugar donde comenzó la avería. Causas que provocaron la avería. Medidas profilácticas para evitar que se repita. Perit aje técnic o de explo sion es.-
Determinación del tipo de explosión. Lugar de inicio de la explosión. Causas que produjeron la explosión. Medidas profilácticas para evitar que sucedan nuevamente. Peritajes técnico-mecánicos.-
Determinar las causas que produjeron el accidente. Estado técnico de los sistemas de frenos. Estado técnico del sistema de la dirección. Estado técnico de la iluminación. Estado general de un vehículo. 46
Estado técnico de los neumáticos. Profilaxis para evitar accidentes. Investigación Criminalística Técnica Profiláctica.Determinar las violaciones de normas de explotación, mantenimiento y mal estado de las instalaciones tecnológicas. Investigaciones en instalaciones con vista a garantizar actividades o eventos de carácter nacional o extranjero. Investigación técnica en equipos de procedencia nacional o extranjera. Estudio de causas y condiciones para eliminar malversaciones, robos y otros. Peritaje técnico de descarrilamientos.-
Condiciones en las cuales se produjo el accidente. Lugar donde comenzó. Causa que lo provocó. Deficiencias detectadas en los controles organizativos y administrativos que favorecieron la ocurrencia del accidente. Profilaxis para prevenir accidentes. Investigació n técnic a de los acci dentes de aviació n.-
Condiciones bajo las cuales se produjo el accidente. Determinación de las causas del accidente. Profilaxis que se derive de la investigación. Peritaje metalográfico.-
Si la avería fue producida por defecto de fabricación o por un esfuerzo superior a la resistencia mecánica para la que fue diseñada la pieza o equipo. Determinar dureza, composición química y características mecánicas de los metales. ¿Qué se necesita? La pieza averiada. Una muestra de una pieza original. Tecnología de fabricación de dicha pieza o equipo. Características constructivas de la pieza o equipo. 47
La especialidad está conformada por peritos ingenieros y tecnólogos, que se encargan de la investigación pericial de diferentes hechos, tanto de averías industriales como de explosiones e incendios, además de los accidentes en ocasión del tránsito (automotor, ferroviario, marítimo y aéreo), determinando las causas y condiciones que motivaron la ocurrencia del hecho investigado.
Especialidad de Apl icacio nes Químicas Operativas (AQO).
Es una actividad operativa en la que se utilizan un conjunto de sustancias químicas y medios técnicos, los cuales con el uso de procedimientos criminalísticos permiten investigar mediante las aplicaciones en dispositivos, objetos u otros medios las actividades delictivas, de modo que se puede desenmascarar o detectar a los comisores de estas y en otros casos profilactar el delito. Posibilidades que brinda la especialidad. Esta especialidad brinda la posibilidad de frenar o neutralizar diferentes actividades delictivas conociendo el modo de operar de los delincuentes y el empleo de sustancias pintantes, luminiscentes, especiales y olorosas. Pintantes. Estas al entrar en contacto con el cuerpo o ropas del delincuente ofrecen una coloración característica de la sustancia usada, perceptible a simple vista. Luminiscentes. Son sustancias totalmente invisibles y las mismas se detectan con el empleo de técnicas especializadas. Especiales. Son las que se emplean en alimentos, combustibles, licores y otras que se revelan mediante otro reactivo químico específico. 48
Olorosas Son las que nos permiten conocer el rastro, así como encontrar al objetivo y/o persona contaminada con dicha sustancia mediante el empleo de la Técnica Canina. Aplicaciones a hechos concretos. Son aquellas encaminadas al esclarecimiento de hechos concretos, tales como robos, hurtos, estafas, sobornos, etc. Estas se dirigen a un círculo de sospechosos reducido, determinado previamente de acuerdo a la situación operativa. Aplicaciones profilácticas. Son las encaminadas a la prevención o profilaxis de hechos en fábricas, industrias y objetivos de comercios y servicios, donde la actividad delictiva puede causar daños a la economía o por interés operativo del territorio. ¿Cómo se solicita? Mediante el modelo de solicitud de las aplicaciones señalando brevemente la finalidad del trabajo. Las solicitudes podrán realizarse en las Secciones Territoriales de Criminalística o en el Laboratorio Central o Provincial, según sea el caso. Si se necesita con urgencia la presencia del perito, se solicitará al laboratorio, especificando la premura.
Especialidad de Técnic a Canina Crimin alística.
La especialidad cuenta con canes especialmente entrenados para la búsqueda de rastros de personas, drogas y otras sustancias. Perros de rastros.
Seguir rastros. Selección de personas y objetos. Registros de terrenos y locales. 49
Perro s de drogas.
- Registro de locales, terrenos, vehículos, personas y otros. Perros de explosivos .
- Registro de locales, terrenos, vehículos, personas y otros.
Especialidad de Lugar del Suceso.
La especialidad se encarga del trabajo técnico-criminalístico operativo, realizando
la
inspección pericial de los hechos delictivos, para la búsqueda, revelación, fijación, ocupación e investigación preliminar de las huellas y evidencias. Para ello cuenta con peritos especialmente seleccionados y preparados para esa labor, conformando la Guardia Operativa Central de la División
de Criminalística y las Guardias Operativas de las
Secciones Territoriales de Criminalística de la capital y las de las provincias. Las tareas fundamentales que realizan los integrantes y los participantes de la Guardia Operativa, entre los que se encuentran los peritos criminalistas, durante la inspección del lugar del suceso son las siguientes: Establecimiento de la ocurrencia de un hecho delictivo (Asesinato, Homicidio, Robo con Fuerza, Robo con Violencia, Hurto y Sacrificio Ilegal de Ganado Mayor, Violación, etc.). Fijación procesal del ambiente del lugar del suceso en Actas, Planos, Esquemas, Fotografías, Vídeo, etc. Estudio criminalístico del lugar del suceso (de antes, durante y después del hecho delictivo, además los mecanismos de su ocurrencia y del surgimiento de las huellas). Descubrimiento, fijación y ocupación de las huellas y evidencias. Adopción de medidas para la inmediata búsqueda y captura de los participantes en el hecho delictivo. En resumen, resolver las siguientes interrogantes: 50
¿Qué?, ¿Dónde?, ¿Cuándo?, ¿Para qué?, ¿Con qué?, ¿Cómo? y ¿Quién? Por tanto, es la acción más trascendental para peritos e instructores, pues la información que se recoja en el momento es fundamental para el futuro desarrollo de las investigaciones. La rapidez en la ejecución de la inspección del lugar del suceso constituye un elemento fundamental para el posterior esclarecimiento del hecho delictivo. Su importancia fue destacada por uno de los precursores de la Criminalística mundial, el francés Edmond Locard, quien expresó: “En toda pesquisa criminal, el tiempo que pasa es la verdad que huye”. Especialidad de Informática Criminalística.
Esta es la especialidad de más reciente creación en la Criminalística cubana (2001). Realiza el estudio criminalístico de las evidencias de carácter informático con el objetivo de aportar elementos para el esclarecimiento de los hechos delictivos. Las evidencias informáticas son los productos de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones (NTIC) capaces de producir o soportar datos que permitan contribuir a la demostración científica de la actividad delictiva que fue cometida. Las evidencias informáticas se clasifican como receptoras y productoras de huellas. Las evidencias receptoras de huellas son soportes no convencionales de información que almacenan o memorizan datos presuntamente probatorios, con independencia del procedimiento tecnológico empleado para grabarlos, por ejemplo, los siguientes: Procedimientos magnéticos: discos flexibles (extraíbles) y duros (fijos), tarjetas de crédito, débito y de acceso, tapebackup, iomega ZIP. Procedimientos ópticos: CD-R, CD-RW, DVD. Procedimientos electrónicos: EPROM, EEPROM. 51
Procedimientos Mecánicos: Tarjetas perforadas. Las evidencias productoras de huellas son los ordenadores, medios electrónicos de comunicación, dispositivos y programas de cómputo que permitan en conjunto la visualización, modificación, copia, reproducción y transmisión de datos confidenciales almacenados. Participan como “instrumento idóneo” en la ejecución del delito o como bitácoras de información. Como ejemplos de estas evidencias son los siguientes: Ordenadores con los periféricos de entrada y salida indispensables. Ordenadores con dispositivos y aplicaciones para la adquisición, copia y reproducción de imágenes. Ordenadores con dispositivos para la transmisión y acceso remoto a datos (MODEM). Agendas electrónicas o diarios digitales. Dispositivos de copia de pistas de bandas magnéticas (Skimmer), sotfware para la lectura y descarga de pistas de tarjetas de banda magnética, programas malignos (caballos de troya, bombas lógicas y otros). Especialidad de Odorología Criminalística.
En
esta especialidad se han desarrollado procedimientos técnicos que permiten permiten la
extracción de huellas olorosas y su su posterior comparación con con impresiones tomadas a sospechosos de actividades actividades delictivas, con las que se ha creado un Banco de Olores, que se incrementa paulatinamente. ¿Qué resuelve este peritaje? La identific identific ación de uno o más más individ uos por las huellas huellas olorosas levantada levantadas s en el el lugar del suceso.
¿Qué se necesita?
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Huellas olorosas levantadas en ppaños años estériles y conservados en envases herméticos, herméticos, ya sea mediante el método de la extracción o mediante la superposición del paño. Impresiones olorosas de los sospechosos, tomadas también con paños estériles y conservados en envases herméticos. Las huellas de olores se toman cuando en el lugar del suceso existan objetos o lugares que hayan sido tocados o pisados por los autores y estos se encuentren debidamente preservados. En el caso que se utilice la pistola de extracción de olores, es posible tomar las huellas olorosas en las superficies de los fluidos, o sea, líquidos que hayan sido tocados o pisados por los autores. Sobre esta ultima técnica es que profundizaremos en los siguientes capítulos.
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Capítulo II: Odorolo gía Forense o Criminalística y l os albores del siglo XXI. Sumario :
1.Odorología, nociones generales. 2. Reseña histórica del surgimiento y desarrollo científico-práctico.3. Principios generales y basamento científico. 3.1. Factores que ayudan a la obtención de la huella. 3.2. Factores que inciden negativamente en la toma de huellas olorosas. 3.3. Características de las sensaciones olorosas y del olor. 3.4. Anatomía y fisiología olfativa del perro. 3.5. Algunas posibilidades del olfato canino. 3.6. análisis de resultados de investigaciones acreditadas que fundamentan su eficacia científica.
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1. ODOROLOGÍA, NOCIONES GENERALES
La palabra odorología proviene de los términos odoro (olor) y logos (estudio o tratado de las huellas. Doctrinalmente ha sido unánime el criterio de entender la odorología criminalística como aquella técnica de dicha ciencia que a diferencia de las demás que la componen, se dedica al estudio de los mecanismos de formación de la huella olorosa así como los materiales y métodos utilizados en esta especialidad que permiten la conservación y posterior comparación de las huellas obtenidas en los lugares de los hechos y el olor tomado a los sospechosos del delito para establecer coincidencia o no. “ La Odorología Criminalística es la ciencia que estudia el mecanismo de formación de
la huella olorosa, así como los medios y métodos necesarios para la captación, conservación y posterior comparación en el Laboratorio de estas huellas, con el fin de establecer el nexo de determinado sospechoso con un lugar u objeto ocupado en el Lugar del Suceso, para poder determinar el autor y esclarecer el hecho delictivo” ii Para aplicar esta técnica como PRIMER PASO deben detectarse en el lugar del hecho aquellos sitios u objetos donde el autor haya estado o manipulado correspondientemente y que puedan ser útiles para el levantamiento de la huella olorosa. Como SEGUNDO PASO se abre el frasco estéril (pomo de boca ancha) de donde se extrae con una pinza también estéril, una colchita o paño de fibras de algodón de 22 x 19 CMS, y se coloca sobre la superficie que tuvo contacto con el autor del hecho, dejándose allí por espacio de unos 0.30 minutos aproximadamente para que recoja los olores existentes. Como TERCER PASO puede citarse el Levantamiento de la huella olorosa. A efectos de una mejor comprensión es oportuno señalar aquel criterio definitorio de la huella olorosa mayor compartido entre los estudiosos de esta materia pues se entiende por huella olorosa aquella micro huella invisible al sistema sensorial del hombre y pueden imaginarse como el proceso de separación de los sistemas olorosos directamente de la fuente de olor o por la anexión a un fragmento de otra huella.
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2. Reseña histór ica del sur gimiento y desarrollo científico-práctico
El surgimiento de la odorología como ciencia no ha quedado realmente definido de manera unánime y exacta por los especialistas en esta materia, en cuanto a momento histórico se refiere, aunque gran parte de la doctrina centra este surgimiento en los finales del siglo XIX como inicio de la técnica de rastreo de criminales por parte de la policía, utilizando para ello canes entrenados durante largos periodos de tiempo y con un desarrollo de habilidades y determinadas condiciones físicas que lo hacían exclusivos para esta tarea entre sus semejantes. Lo cierto es que las relaciones entre los seres humanos y los canes describen un origen más antiguo pues el can fue el primer mamífero que el hombre logró adiestrar con fines prácticos (cacerías, rastreos de personas desparecidas etc.) al convertirlo en un instrumento de utilización que con el de cursar del tiempo se fue introduciendo en los cuerpos de investigación de muchos países del mundo. En Cuba la actividad doméstica de los perros data de cuando la llegada de los colonizadores españoles en afán de descubrir tierras, donde más de uno describiera la existencia junto a los indios de unos perros mudos. Con la introducción del esclavismo en Cuba sobre la raza negra africana, se utilizaron perros preparados para la búsqueda y caza de negros cimarrones. Los canes sirvieron como animales domésticos, para actividades circenses, para cacerías de venados, aves, etc. Ya desde mediados de los años sesenta, en la cuba post revolucionaria se utilizan los perros entrenados para la custodia de nuestras fronteras y dada la efectividad de este método, el empleo de canes fue extendiéndose a posteriori al resto de los órganos del MININT, especialmente en la PNR para la búsqueda del rastro dejado por los autores de los delitos en el lugar de los hechos, la detección de drogas, explosivos, entre otros usos. Rusia introdujo este método en el año 1964 en los órganos de milicias de las República Socialistas Federativa y La idea de los criminalistas soviéticos de colectar, conservar y posteriormente identificar los olores de las personas surgió en la segunda mitad de los años 6O y fue tomada por los criminalistas y quinólogos del Ministerio del Interior de la antigua República Democrática Alemana siendo elaborada definitivamente como forma de sistema armónico y adoptada por los 61
órganos de la policía de ese país. Quedando fundado el primer Laboratorio de Odorología en 1976. En Cuba los primeros conocimientos sobre la identificación del olor surgieron en la década de los años 7O y 8O comenzándose a desarrollar las primeras ideas, conceptos, principios y fundamentos teóricos-prácticos en la policía a finales de la década de 198O con el objetivo de su introducción en la práctica pericial. Con este propósito un grupo de especialista de esta disciplina se dio a la tarea de crear la metodología del entrenamiento de los canes (hembras), adquirir y desarrollar los medios para la colección y conservación de los olores en el lugar del suceso, el diseño de las instalaciones para ejecutar la preparación de los canes así como el archivo de huellas e impresiones olorosas y a comienzos de 1991 se ejecutaron las primeras pruebas de terreno para el método. 3. Principios generales y basamento científico.
Las huellas olorosas son microhuellas invisibles al sistema sensorial del hombre y las se pueden imaginar como el proceso de separación de las sustancias olorosas directamente de la fuente de olor (ver glosario), conformada como resultado del contacto de la fuente olorosa con el portador de la huella. Según Lombera López
iii
(1995) en un informe llamado “Metodología para la obtención de
huellas oloríficas en el Lugar del Suceso”, refiere que la huella olorosa por su mecanismo de formación está compuesta por: 1- Mecanismo Fisiológico, que es el resultado de los procesos metabólicos en la actividad fisiológica. 2- Otros aditivos utilizados por el hombre (crema, perfumes y jabones). 3- Los adquiridos por el hombre en el desarrollo de su vida social, actividad profesional y el medio ambiente en que realiza su actividad. Por otra parte la piel humana se comporta como un objeto emanador de sustancias olorosas en forma gaseosa que se adhieren a determinadas superficies de objetos que la rodean o tienen contacto con ella. Seguidamente se brindan algunas de sus características generales para entender su significado en la producción de huellas olorosas humanas. 62
La piel es una parte del organismo que protege y cubre la superficie del cuerpo. La piel forma una barrera protectora y mantiene la temperatura corporal gracias a la acción de las glándulas sudoríparas y de los capilares sanguíneos. Cuando se eleva la temperatura corporal se pierde energía calórica. Cuando la temperatura es baja, los capilares se contraen, se reduce el flujo de sangre y no se pierde calor (Encarta, 2005). Posee las glándulas sebáceas que producen el sebo o grasa cutánea, que previene de la infección de bacterias y las pérdidas de agua (Stewart and Downing, 1991). La cantidad de sebo producida está influenciada por el sudor o por trastornos emocionales. Toda la superficie externa de la piel está recubierta por una mezcla grasosa compuesta de sebo, sudor, células epidérmicas exfoliadas y otros ingredientes adicionales de orden externo. Esta película superficial contiene aminoácidos, urea, ácido úrico, acido láctico, amoniaco, triglicéridos, ácidos grasos libres, alcoholes céreos, esteroles, fosfolípidos, pentosas, polipéptidos complejos y otras diversas sustancias. Todos estos compuestos son en alguna medida responsables del olor del cuerpo humano (Domonkos, 1983). 1.3.1-Las secreciones su doríparas y sebáceas en la for mación de la huella olor osa.
El sudor tiene la función de limpiar, lubricar y proteger la piel de los cambios de temperatura enfriándola al evaporarse. Existen dos glándulas sudoríparas, las llamadas ecrinas y las apocrinas (Lentner, 1981; Domonkos, 1983; Stoddart, 1990; Rennie et al 1991). Ambas segregan sudor pero se diferencian en su localización en el cuerpo, el contenido y en la inervación. La secreción sudorípara psíquica se produce como resultado de distintas emociones (alegría, miedo y otros), tensiones intelectuales. No ejercen una influencia considerable en la temperatura corporal y es muy breve debiendo terminar cuando concluye el estímulo psicógeno. (Zimkin, 1975). Este es el caso de los delincuentes cuando están en el momento de la comisión del delito. Durante una reunión de la Sociedad Americana de Química, celebrada en Chicago en 2001, Dale Perry , un destacado investigador del Instituto Lawrence Berkeley National Laboratory
(Edit. Monell Chemicall Senses Center,2002), aseguró que era capaz de analizar la composición de una mancha sudorosa de 0,001 centímetros y determinar por su composición a que persona pertenecía. Esto es posible siempre que se halle una mácula de 63
sudor en la escena del crimen, algo que en la práctica operativa es poco frecuente. Para esto se utiliza un equipo llamado sincrotróniv. En 1999, un estudio llevado a cabo por Gary Mong , del Pacific Northwest National Laboratory, (Washington) (The Harvard University Gazzette Digital,1999 ) demostró que las
muestras de sudor dejadas por 79 voluntarios eran diferentes entre sí, al ser sometidas al cromatógrafo gaseoso.
En el caso de que el sudor encontrado sea consecuencia de la
formación de una huella dactilar, se puede aplicar este método sin destruirla y permite que luego sea estudiada por los peritos. Tanto en el hombre como en muchos animales domésticos se producen emanaciones olorosas que rodean el cuerpo como una nube invisible. Esas emanaciones son específicas para cada especie y cada individuo (Guirao, 2000). I.3.2-Formación del olo r hu mano.
En la formación del olor humano intervienen sustancias del metabolismo del individuo, las cuales proceden de la síntesis o degradación de diversos productos que el sujeto consume (alimentos, bebidas, medicamentos, drogas). Estos productos, al ingresar al organismo, toman diferentes vías, unos se utilizan para el crecimiento, otros, el desarrollo, el mantenimiento del individuo o para provocar otros efectos. Sin embargo, todos, contienen elementos tóxicos, que deben ser eliminados por todas las vías de excreción del organismo (sudor, orina, saliva, heces fecales). Todas las sustancias finales del metabolismo, poseen olores diferentes que se combinan entre sí y forman el olor interno del individuo. También existe un olor externov, formado por los olores provenientes del medio ambiente donde se habita, trabaja, u otros lugares donde la persona interactúa. Todos estos lugares poseen olores típicos, que predominan sobre otros, identificando el lugar e incorporándose al olor del cuerpo.
Por ejemplo, el olor de un restaurante, un cine, una vaquería, una
carpintería, entre otros. A esta mezcla se agregan además los olores de los jabones, perfumes, cosméticos, y otras sustancias, que se aplican en la piel y ropas, así como en ocasiones deben emplearse 64
ungüentos, pomadas, lociones y talcos como tratamientos de enfermedades de la piel (dermatitis y dermatosis), también con olores característicos.
Todos sin excepción se
absorben de algún modo por la piel y se mezclan, una vez mas, con el olor propio del individuo formando un olor particular. Cuando el olor interno se une con el olor externo del individuo, se forma un complejo - olor , único, que lo identifica, sin probabilidades de repetirse en otra persona, aún cuando sean gemelos univitelinosvi (Rev. Los Perros del Mundo, 1993) En resumen la huella olorosa se manifiesta fundamentalmente por el sudor y el sebo, compuestos por ácidos grasos volátiles, aminoácidos, sales y agua, emergiendo al exterior por las diferentes glándulas, aunque el olor personal también está presente en la sangre, semen, saliva, orina, heces fecales y el pelo. Por tanto el ser humano donde quiera que toque, roce, o camine deja su olor, como una "firma química", que se impregna en cualquier superficie, más o menos el tiempo que
ésta sea capaz de retener las moléculas olorosas. El olor del individuo es propio desde que nace hasta su fallecimiento A la Odorología Criminalística se le concede el carácter de CIENCIA considerando los siguientes aspectos: - Se deriva de la actividad práctica y cognoscitiva del hombre, versando sobre la naturaleza y la sociedad. - Posee su propio objeto de estudio (Huella y olor del hombre con fines criminalísticos, que no coincide ni es utilizado por otras ciencias afines o diferentes). - Elabora y utiliza sus propios medios y procedimientos de trabajo. - Posee un conocimiento verdadero ya que puede ser probado las veces que resulten necesarias en función de la comprobación de la verdad objetiva. - Finalmente posee un carácter histórico y en permanente cambio, en función de mejorar los procedimientos, medios y bases teóricas fundamentales, en correspondencia con su fin social fundamental relacionado con la ilustración a la Justicia de la culpabilidad o no de un acusado. De tal manera la Odorología está dotada de elementos que permiten asociarla a los métodos de recolección de pruebas en el trabajo en el Lugar del Suceso, sus fundamentos se inscriben en la relación objeto-fuente de olor y la tarea del perito 65
criminalista es buscar, fijar y extraer la huella olorosa como elemento importante de vinculación del autor del hecho con el lugar del delito (Zaldivar y Molina, 1996). En sentido amplio La Odorología Criminalística encuentra su fundamento científico en la eficacia de su metodología para el logro de su objetivo o finalidad y en la exactitud de los resultados finales en correspondencia a los otros medios de pruebas y técnicas criminalisticas empleadas para el esclarecimiento de los hechos delictivos objeto del proceso proceso penal e identificación identificación de los participantes participantes en el delito. A tales efectos expondremos a continuación aquellos elementos científicos mas significativos que pueden fundamentar la base científica de la odorología. En acápites anteriores había hecho referencia a tres pasos fundamentales para el levantamiento de la huella huella olorosa. Una vez levantada la huella olorosa olorosa se introduce el paño en el frasco esterilizado, se le coloca una junta de goma, su tapa de cristal y su presilla metálica que mantendrá presionada la tapa para evitar el escape de las muestras que como ya se dijo, son volátiles. Como TERCER PASO se guarda el frasco en el BANCO DE OLORES que es un lugar donde se archivan las muestras, estando cerrado, con aire acondicionado las 24 hrs. y con magnífica condiciones de limpieza y con carencia de olores fuertes. Como CUARTO PASO, recibida por el perito la solicitud para comparar olores emitida generalmente por el Instructor, se procede a mostrarle al can especializado el olor del lugar del hecho, y en un grupo de varios frascos con olores de potenciales y de los sospechosos el perro marcará (echándose a su lado) donde considera que hay un olor similar al que primeramente se le dio a olfatear. Esto se realiza en una CAMARA DE COMPARACION que es un local cerrado, protegido de ruidos y olores perturbadores, con barómetro y termómetro para garantizar que se mantenga dentro una temperatura de entre 20-22 grados centígrados y una humedad relativa de entre el 60-80 por ciento. No debe pasarse por alto la toma de los olores a los sospechosos detenidos o no. La misma se realiza por un perito, por el instructor o por cualquier otro agente de la policía pero siempre tratando de que quien la tome no sea la misma persona que levantó la huella olorosa en el lugar del hecho, para evitar posible confusión en el marcaje del can. En esta tarea se abre el frasco y es el acusado quien tiene que 66
sacar el paño, extenderlo y colocárselo en la parte delantera de su cintura por dentro del pantalón, por espacio de unos 0.30 minutos. La numeración por pasos de la actividad pericial desde el lugar del hecho hasta la realización del peritaje y que se da aquí, no es más que una forma de organizar el contenido del trabajo y son muy generales. El can de odorología, realiza el tipo de trabajo descrito aquí y no otro, a diferencia del perro de la técnica canina que puede desarrollar diversas actividades. Esto trae consigo la especialización en la tarea y se traduce en mayor profesionalidad. El rigor científico de la odorología hace que los especialistas sean peritos y no técnicos caninos, por lo que poseen mayor preparación y un conocimiento más integral de la criminalística. La unidad perito-can conforma un instrumento profesional de esta ciencia. Los resultados de la utilización del can en la labor policíaca, han sido demostrados a través de los siglos por las probadas cualidades biológicas de esos animales, las que también son aprovechadas por la odorología. La capacidad de los perros está determinada por la capacidad de sus censores de detectar olores. Los censores están integrados por receptores específicos y cada receptor es capaz de recepcionar una partícula olorosa, de ahí que el perro sea capaz de detectar más olores en el medio ambiente que los seres humanos. De los analizadores exteriores del perro como la vista, oído, tacto, gusto y olfato, es este último quien esta más desarrollado. Es el olfato el más antiguo que poseen los animales inferiores y esta muy desarrollado en el perro (11 500 veces más que en el hombre). En el medio ambiente el perro se orienta por el olfato lo mismo que lo hace el hombre por la vista. El perito criminalista en su afán de obtener la huella olorosa debe actuar de manera rápida y conforme a los principios rectores de su ciencia. Para ello debe de ser asistido de todo el personal y el material necesario para llevar a cabo un trabajo certero con un resultado eficiente abalado por su experiencia y alto grado de especialización. Generalmente la concurrencia de un personal altamente calificado; 67
así como de los medios idóneos, a los efectos de la obtención de la huella olorosa, unido al alto grado de conocimiento que pueda poseer el especialista, no es suficiente para garantizar un levantamiento efectivo de la micro huella de olor pues existen puntuales circunstancias a tener en cuenta, por el actor, que pueden facilitar u obstruir el buen resultado de su trabajo, me refiero especialmente a determinadas condiciones climatológicas que responden al momento, lugar y contexto constructivo o arquitectónico del local donde se pretende levantar la huella olorosa entre otros aspectos a dilucidar. Es en este sentido que mención de algunos factores positivos y negativos que influyen en la obtención de la huella olorosa. 3.1. 3.1. Factores Factores qu e ayudan ayudan a la obt ención de la huella
-- Buena preservación (es relativa por lo explicado anteriormente ya que se puede levantar olor de un lugar que no esté debidamente preservado). -- Noches frescas y húmedas. -- Terrenos húmedos. -- Terrenos arcillosos, labrados, zonas boscosas y sembradas. -- Locales cerrados.
Facto Facto res que inci den negativamente en en la toma de huellas olor osas.
-- Mala preservación, sobre todo del lugar específico donde se va a tomar la huella. -- Hora del día (temperatura). -- Presencia de olores fuertes derivados de combustibles, ácidos, tabaco, pesticidas y otros, que afecten el lugar de la huella. -- Lluvia caída sobre el lugar de la huella después de producida. 68
-- Locales cerrados pero con ventilación artificial recirculable. -- Acción del viento sobre el lugar donde se halla la huella, por lo que hay que tener en cuenta la teoría dinámica de la física.
Característic as de las sensaciones olo ros as y del olo r
El sistema sensorial es el encargado de recibir, captar el estímulo del medio ambiente a través de los receptores sensoriales. Cada especie de organismo ha desarrollado determinado órgano sensorial más que otros en dependencia del medio donde se desenvuelve, por lo que es necesario conocer la naturaleza de los estímulos a los cuales ellos respondan con preferencia, señalándose, por ejemplo, que el hombre responde más a los estímulos visuales, luego su mundo está basado sobre esto, sin embargo, el perro responde más a los estímulos olfativos por lo que es difícil que el hombre pueda entender el mundo olfativo del perro y si queremos entenderlo debemos utilizar instrumentos adecuados muy sofisticados que suplan el poco desarrollo de nuestro rudimentario sentido del olfato. Al poseer el hombre su propio olor que lo individualiza permite que utilizando los mejores analizadores biológicos existentes hasta el momento, los perros, podemos diferenciar, distinguir y localizar la fuente productora de este olor. Existe además una clasificación de olores, con siete olores primarios y de sus combinaciones y mezcla se pueden obtener infinidad de olores, los cuales se perciben no por su composición sino por la forma y medidas de las moléculas y en algunos casos por la carga eléctrica que posea determinado olor, por lo que se une con una célula receptora originando el impulso nervioso hasta la corteza cerebral. El lóbulo olfativo del encéfalo es relativamente pequeño en el hombre, pero grande en los animales invertebrados y vertebrados, destacándose por su capacidad olfativa dentro de los mamíferos, el perro para quien este sentido es una guía mucho mejor y más segura que la vista, Henming asegura "que un perro no es capaz de reconocer a su dueño si este sale desnudo de un baño prolongado que le haya privado de su olor especial, supuestamente aún cuando lo vea". 69
3.2. Anatomía y fisi olog ía olf ativa del perro
El can se vale de un poderoso olfato para los marques directos. Anatómicamente la región olfatoria está cubierta por una membrana mucosa amarilla, extensa, que cubre ½ ó 1/3 de la región nasal, y poseen carácter olfativo, poseyendo fibras nerviosas olfatorias. El contorno superior del hocico esta determinado por el canal nasal en cuya extremidad oral se halla la trufa, voluminosa y con narices bien abiertas para facilitar la inspiración del aire. Debe estar húmedo y frío para que transmita la humedad a la mucosa y a los cornetes nasales, creando así mejores condiciones para las papilas nerviosas. La trufa es la parte externa olfativa del perro y es la prolongación de las fosas nasales. Si imaginariamente se quitara la trufa, se vería que el perro tiene 2 narices y cada una está hecha de manera que los olores se perciben al máximo. Cada una tiene en su entrada un cartílago que crea un vórtice en la columna de aire inspirada, fragmentada de olores, obligándola hacia los salientes que la dirigen hacia numerosos y espesos pliegues que se encuentran dispersos de manera tal que obstruyen el conducto nasal. El aire que atraviesa este engorroso pasaje, aumenta por el contacto y aumenta su calor. De este modo las partículas de olor recogidas en el aire se encuentran en óptimas condiciones para ser mejor percibidas por una serie de pliegues llamados volutas etmoides, las que están humedecidas por un líquido capaz de fijar y deshacer las partículas de olor que más golpean los sensibles centros nerviosos olfativos. Hay otros elementos que también participan en el mejoramiento de la capacidad olfativa del perro pero de los que no haremos referencia. Los perros poseen alrededor de 225 000 000 de células olfatorias a diferencia del hombre que posee de 15 a 20 000 000, asegura L. Giulio, estudioso de la materia. Cada molécula, cada tipo de olor, posee cargas de origen electrostático o formas germéticas que pueden ser decodificadas por varios sentidos olfativos (según modelo cromatográfico compuesto por Monzell). El perro piensa con la nariz. Por el trazo del olor diferencia un animal enfermo de uno sano y uno tranquilo de uno atemorizado.
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Hay factores que actúan en los cambios de las posibilidades de estímulo de las partículas olorosas por la nariz del perro, como son:- la edad del can, la fatiga, el estado de salud, las condiciones atmosféricas y el suelo. De ello se infiere que el perro capaz para la odorología es un animal sano física y mentalmente, con atención médica directa además, que trabaja preferentemente por la mañana temprano salvo casos excepcionales, y que se halla ajeno a los locales de la técnica canina, ya que su carácter es flemático y debe evitarse que adquiera fiereza o excitación lo que le facilitaría fatiga y otros aspectos negativos para el trabajo de la odorología. 3.3. Algunas posibilidades del olfato canino
-- Detecta la carne si se le envuelve 7 u 8 veces. -- Detecta el olor del rastro del amo entre 500 personas. -- En experimentos se ha demostrado que es capaz de encontrar una sola molécula olorosa en un litro de aire. -- Puede encontrar el olor buscado, dentro de centenares de olores distintos. El entrenamiento para el aprendizaje del can de odorología, es riguroso y sólo lo abordaremos de forma general. El mismo tiene un período de duración de unas 12 semanas, donde se emplean frascos con golosinas, vacíos, con olor del amo, de un ayudante, con olores de otras personas con diferentes antigüedades, y llevan una metodología que va de lo más simple a lo más complejo, incluso hay etapas en que si el perro no logra los resultados previstos pasaría a otra inferior de entrenamiento, hasta finalmente vencer el adiestramiento y estar listo para trabajar. Como se ha podido apreciar aunque de forma resumida o breve, el empleo de la odorología no se basa en tomar cualquier perro, por cualquier persona y ponerlo a comparar olores tomados de x manera sino que se requiere de toda una serie de requisitos derivados de profundos estudios iniciados hace años sobre las propiedades biológicas de las secreciones humanas y de las cualidades biofisiológicas de los canes, sobre todo del pastor que es el tipo de perro más adecuado para esta labor. Por todo ello la odorología tiene un basamento científico 71
que unido a sus resultados concretos han hecho posible su aceptación como una técnica o rama de la ciencia criminalística
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Capítulo III: Prueba pericial odorológica. Fundamentación Jurídica y Legal. Sumario:
1. Fundamentos generales sobre la actividad probatoria. 2. La prueba durante la fase investigativa del proceso penal, Generalidades. 3. la huella olorosa como fuente de prueba. 4. Valoración de la prueba pericial odorológica en el acto de juicio oral. 5.Su aplicación en el ámbito internacional y Derecho Comparado.6. Análisis entorno al fundamento legal de la prueba pericial odorológica. 7. Resultado y análisis de las investigaciones. Una visión desde el ordenamiento jurídico.
81
1. Fundamentos generales sobre la actividad probatoria.
En acápites anteriores había hecho alusión a la posición de la criminalística, como ciencia independiente al Derecho Penal, exponiendo todos los elementos en que esta se vale para ser fundamentada como tal. Actualmente, considero, este no constituye el mayor tema de debate entre nuestros especialistas en la materia, pues los principales espacios de discusiones van encaminados a responder a la incógnita de si constituye la ciencia criminalística una ciencia jurídica o policiológica. En este sentido el Dr. Hernández de la Torre ha definido la criminalística como la “ciencia que sobre la base de las ciencias técnicas y naturales y de las leyes del surgimiento de las pruebas elabora los medios y métodos técnicos y también los procedimientos tácticos para el descubrimiento, recolección, investigación y valoración de las pruebas que se utilicen en el marco de la Ley procesal penal para el descubrimiento, investigación y prevención del delito”. De esta definición, ya abordada con anterioridad en el presente texto, se infiere que estamos ante una ciencia del Derecho debidamente dicha puesto que cualquier otra consideración al respecto representaría
someterla a una privación del control
jurídico y es por estas razones que sus partes integrantes responden a fundamentos jurídicos.
Cuando hablamos de fundamentación jurídica hacemos referencia a los principios básicos, raíz y origen en que estriba y tiene su mayor fuerza un fenómeno jurídico. Sobre el tema que nos ocupa esto se traduce en los principios jurídicos, base y origen científico-legal en que se basa el empleo de la odorologia en el proceso penal. A tales efectos debemos referirnos a la eficacia de dicho resultado para ser considerado prueba, así como su importancia en el proceso penal, la aptitud de los actores en las mismas, las razones legales y políticas que justifican su empleo por parte de los operadores del derecho en su quehacer jurídico. Y finalmente su tratamiento desde los órganos de administración de justicia en cuba, entre otros muchos aspectos. Resulta oportuno a los objetivos pretendidos por este texto y para una mejor comprensión del lector, hacer referencia a algunos aspectos básicos sobre la teoría 82
General de la ciencia del Derecho como son la interpretación de la norma jurídica y principios fundamentales. En algunas personas queda la creencia errónea, que no ha dejado de ser compartida por muchos juristas, de que solo requieren interpretación las normas oscuras de difícil comprensión o que han sido redactadas con defectos, o sea, aquellas que requieren para su comprensión una ardua labor de análisis concienzudo. Sin embargo, para la ciencia del Derecho queda claro que en toda acción de aplicar está implícita la inevitable interpretación de la norma jurídica; o sea, siempre se va a fijar su significado, su esencia, su alcance y sus fines. De lo anteriormente dicho se corrige que para ningún jurista es un secreto que la sabia interpretación es garantía de justicia y la mala interpretación abre el camino a la iniquidad. En este sentido sobre lo que llamamos “acción de aplicar” debemos destacar que existen dos aspectos a mencionar; la forma y el modo. En la doctrina española se habla de varias clases de interpretación del Derecho, entre ellas se destaca la interpretación pública u oficial que es la que hace cualquier órgano estatal facultado para ello. En cuanto al método, este es el sistema de procedimiento que se puede seguir para la mejor comprensión del sentido, alcance, contenido y fines de las normas jurídicas (interpretación de las normas). Pero la interpretación del Derecho no se reduce exclusivamente a la norma, el juez en su actuar debe tener en cuenta un conjunto de elementos y circunstancias que van más allá de lo estipulado en la ley y es aquí donde deviene la difícil tarea de juzgar, el mismo para crearse un criterio certero y convincente sobre la verdad entorno a los hechos debe apoyarse en cuanto elemento tenga a su alcance utilizando todas las herramientas que brinda la doctrina y la ciencia para la valoración de las pruebas presentadas por las partes y los alegatos de los concurrentes al juicio oral así como la ley. Es en este sentido que la ley ofrece al juez la posibilidad de apoyarse en determinadas técnicas, como la odorológica, para fundamentar su fallo. Por ende el empleo de esta no iría contra Derecho. Vale destacar que la ley se escribe para que perdure en el tiempo y en este sentido el legislador no debe especificar, del todo, los actos o procedimientos a seguir en un proceso dado y es por ello que el creador de la norma establece preceptos generales que dan cabida y a la vez respuestas a numerosos supuestos que pueden suscitarse en el ámbito jurídico. Por estas razones llamo la atención y recuerdo a los operadores del Derecho que no es necesario especificar el uso de la prueba pericial odorológica en la ley procesal 83
penal, pues existen preceptos que fundamentan su empleo de la manera más eficaz posible en el proceso judicial a quo. Los juristas no solo aprendemos en los estudios pre-grado a conocer la ley, sino también a interpretarla.
2. la prueba peric ial en el pro ceso penal .generalidades
La odorología ha ganado espacio en la técnica criminalística y en el proceso penal, en razón de utilidad, por la certeza científica de los datos que aporta en la investigación de los hechos y la identificación de los autores. En el proceso penal, toda información que pueda ser introducida en el mismo como resultado de la operación
odorológica
debe
ser
considerado
elemento
probatorio,
pero
primeramente dicha información debe someterse a un proceso de receptación, apreciación, interpretación y hasta de discusión entre las partes para determinar si finalmente puede ser considerado el resultado de la operación como prueba fehaciente que permita fundamentar el fallo del órgano jurisdiccional destinado al efecto. Este complejo
proceso, que explicaremos
en el próximo
acápite es
conocido como el proceso de valoración de la prueba. Se entiende por elemento de prueba todo dato objetivo que se incorpora legalmente al proceso, capaz de producir un conocimiento cierto o probable acerca de los hechos investigados y, sería por consiguiente, la prueba pericial el medio probatorio con el cual se obtiene dentro del proceso un dictamen fundado en especiales conocimientos, técnicos o artísticos, útil para el descubrimiento o la valoración de un elemento de prueba. No se trata, en consecuencia, de un medio para auxiliar al juez, supliendo su deficiente formación sobre el tema a peritar, pues no se podrá evitar su realización aún cuando aquel tenga los conocimientos especializados necesarios. En el juicio la prueba pericial se práctica con la asistencia de los peritos; sobre los mismos expresa Roxín: “El perito mediante sus conocimientos profesionales, ayuda al tribunal en la estimación de una cuestión probatoria. Esto puede suceder de tres maneras diferentes: 1-informa al tribunal los principios generales fundados en la experiencia-los resultados de su ciencia84
2-Comprueba hechos que únicamente “pueden ser observados o que solo pueden ser comprendidos y juzgados exhaustivamente en virtud de conocimientos profesionales especiales” 3-Extrae conclusiones de hechos que únicamente pueden ser averiguados en virtud de sus conocimientos profesionales, conforme a reglas científicas. De ahí que el dictamen pericial, en el que se reflejan las conclusiones sobre la investigación desarrollada, tiene el valor de prueba durante la instrucción y la vista oral del juicio en los tribunales. Como toda prueba legal, el informe pericial está sometido al estudio crítico del tribunal, a fin de que sin dudas de ninguna índole pueda tomarse como un elemento condenatorio o absolutorio en el caso. Por ello muy frecuentemente los peritos son llamados a participar
de las vistas en los
tribunales, durante las cuales son preguntados por el tribunal sobre la ratificación de su dictamen pericial, sobre la aclaración de determinados aspectos dentro del dictamen que no se entienden claramente, así como para ofrecer determinadas informaciones adicionales que permitan
dar una valoración adecuada a su
dictamen. Entre otros aspectos deben comprobar que: a)
se han observado todas las condiciones necesarias para practicar el peritaje.
b)
Ha sido planteado correctamente el objetivo de la investigación.
c)
Todos los objetos necesarios han sido investigados.
d)
Los métodos de la investigación fueron científicos.
e)
La investigación ha sido completa.
f)
Las conclusiones del perito dimanan de las operaciones practicadas.
g)
Si se le ha dado repuesta a todas las preguntas formuladas.
3. la huella oloros a como fu ente de prueba. 85
El tema de las fuentes de pruebas es muy controvertido. Al respecto
numerosos
procesalistas han dedicado a ello años de estudio sin lograr un criterio unánime. Algunos defienden concepciones subjetivistas que devienen en una confusión con las etapas del proceso de valoración de la prueba y otros, de manera más objetiva y acertada, conciben a la fuente de prueba como aquellos elementos de la realidad, que existen con independencia del proceso y son anteriores al mismo. En la actualidad tiende a confundirse el término fuente de prueba con medio de prueba. Si bien la fuente de prueba es un concepto metajurídico y son elementos que acaecen en la realidad, los medios de prueba serán en cambio una actividad procesal de necesaria ejecución para incorporar las fuentes de prueba al proceso. Por tanto este último (medio de prueba) responde a un concepto jurídico procesal y es una actividad de carácter instrumental vii. En el proceso penal existen tres sujetos fundamentales de la actividad probatoria. Por un lado el acusador, generalmente representado por el ministerio público, quien tiene además la obligación de romper la presunción de inocencia que recae en el sindicado. Por otro lado el mismo sindicado y su abogado defensor quien tiene la misión de representar los intereses de su defendido. Estos sujetos son los encargados de proponer los distintos medios de prueba que utilizarán en la defensa de sus tesis mediante una concienzuda evaluación mientras que el tribunal, sujeto destinatario de la prueba, tendrá la misión de valorarla conforme a Derecho y siguiendo los términos y formalidades que establezca la Ley. En cuanto al tema que nos ocupa no cabe dudas que la huella olorosa constituye un elemento metajurídico que puede por medio del dictamen pericial (medio de prueba) introducirse al proceso. La cuestión entonces estriba en la siguiente interrogante: ¿puede a través de la prueba pericial odorológica obtener la convicción judicial. Considero que esto sería posible en la medida que este resultado coincida con otras pruebas practicadas en el proceso penal.
4.Valor ación de la prueba perici al odorol ógic a en el acto de jui cio or al. 86
En un primer intento de delimitación conceptual podemos demarcar que la valoración de la prueba es el momento concluyente de la actividad probatoria, pues desde el plano o perspectiva temporal, constituye la última etapa o fase, es decir, el último de los actos procesales que integra la actividad probatoria ( producción-proposición , admisión y práctica-, asunción y valoración) y desde la óptica cualitativa o esencial constituye la actividad procesal determinante del objeto del proceso.( de la relación ficticia que conforma la fundamentación de la pretensión punitiva . En primer orden debe señalarse que la evaluación de la prueba es susceptible de realizarse por cualquiera de los sujetos que intervienen en cualquiera de las etapas precedentes, de hecho, en la praxis jurídica, las partes, ya sean activas o pasivas, según corresponda, durante la fase de debate, especialmente durante sus informes orales conclusivos ante el tribunal, destinan un por ciento nada despreciable de los mismos a analizar o evaluar el resultado de los medios de prueba. En cambio, la valoración de la prueba en dimensión y trascendencia que conlleva considerarle como una categoría dentro del sistema probatorio, incumbe, únicamente al sujeto destinatario de la prueba, al sujeto de la decisión en el proceso penal, es decir al juez. También debe destacarse la diferencia existente dentro del ámbito del proceso probatorio, de los términos apreciación y valoración. Apreciar, como su propio nombre lo indica equivale a señalar, en el ámbito procesal, que es la directa relación con el medio de prueba en el momento de su práctica (con excepción de la llamada prueba reconstruida o anticipada) con este proceder el juez asume los datos que le ofrece la fuente de prueba, lo que pone de relieve su componente intelectivo, en cuanto el sujeto destinatario de la prueba va conformando “su juicio acerca de la credulidad y eficacia de la fuente de prueba”.así mismo se puede afirmar que mientras la apreciación tiene un carácter fragmentario, en tanto tiene lugar en la inmediata relación con los medios probatorios (su percepción
directa o juicio crítico sobre la credulidad y eficacia de los
datos fácticos que ofrecen, de las fuentes de prueba), la valoración, aunque incluye el análisis particularizado de estos, va más a la evaluación del cuadro total y global del material probatorio y del suceso. La finalidad de la valoración que lleva a cabo el juez sobre la prueba presentada o el medio de prueba presentado es determinar la veracidad o falsedad de la imputación o 87
irremediable existencia de la duda en su doble connotación procesal; en otras palabras esta se encamina a determinar el resultado, eficacia o significación de aquella. Todo lo antes dicho nos permite definir la valoración de la prueba como la actividad u operación intelectual de exclusividad jurisdiccional llevada a cabo durante la etapa decisoria del proceso con el fin de determinar si los datos fácticos obtenidos de la práctica de cada medio de prueba poseen
la entidad y cualidad suficiente y
requerida para destruir la presunción de inocencia y permitir la certeza plena(objetiva y contrastable) sobre la ocurrencia del hecho objeto de la pretensión punitiva y del proceso. De esta forma ya estamos en condiciones de analizar el acto de valoración del informe pericial por el juez durante el juicio oral. Es precisamente en el juicio oral que el perito expone su informe y no en otra fase del proceso
penal, nótese que me refiero a exposición del informe y no del
dictamen pericial, lo cual evidencia que el perito durante el juicio oral debe estar presente, partiendo del principio de inmediación, (salvo las excepciones que establece la ley 5 de 1977 en su articulado Ej. Art332.), debe exponer
las
conclusiones a que haya llegado de acuerdo con los principios de su arte, técnica, o ciencia, partiendo del principio de oralidad, Art.334,332,333, defiriéndose este último al verbo “informar” como conducta rectora del perito durante el juicio oral, lo cual no significa que el mismo realice otras funciones ya preseñaladas en este trabajo. Y por último, retomando que me refiero a un informe pericial y no a un dictamen, pues en la práctica tienden los juristas a igualar dichos vocablos cuando en verdad el informe pericial se práctica durante el juicio oral, es oral, y sirve de base para que el juez fundamente su sentencia, en cambio el dictamen pericial se practica durante la fase preparatoria del proceso penal y es útil para el fiscal fundamentar su acusación. En el juicio, la prueba pericial se práctica con la asistencia de los peritos, presente el perito ante el tribunal, el presidente le preguntará por su identidad, si guarda relación de parentesco con el acusado o el perjudicado, o amistad íntima o enemistad manifiesta con estas propias
personas, o si tiene interés directo o
indirecto en el proceso. Preguntas que se formulan para determinar si es hábil para prestar servicios como perito. Luego le advierte el presidente de la obligación que tiene de
proceder bien y fielmente en el desempeño de sus funciones, sin 88
proponerse otro fin que el de descubrir y declarar la verdad, y a continuación le concede la palabra para
que rinda su informe. Este informe comprende las
conclusiones a que haya llegado de acuerdo con los principios y reglas de su especialidad. (Art. 334) Cuando alguna de las partes se muestre disconforme con el resultado de la peritación practicada en la fase de instrucción, siendo propuesta la prueba para el juicio, resulta imprescindible la presencia de los peritos en la vista oral para que se le puedan formular preguntas y así disipar las dudas, constituyendo una violación de los principios que informan este acto (inmediación, contradicción, publicidad y oralidad) la sustitución de la presencia del perito por la lectura del dictamen que obra en el expediente de fase preparatoria. Constituye también una infracción de los principios que gobiernan el juicio oral, el hecho que el tribunal busque la información para decidir la causa, asesorándose de un perito fuera de este acto, en el momento de dictar sentencia, o cuando asista a informar en el debate con carácter de perito aquel que no intervino en la peritación en el caso concreto ( por ejemplo cuando concurre un siquiatra o un médico legista a informar sobre la salud mental del acusado o reconocimiento sexual de la víctima sin haber hecho la peritación previa , limitándose a leer o explicar el informe que consta en el sumario y que elaboran otros especialistas) Sobre el valor de esta prueba al igual que las anteriores citadas, la ley no establece reglas que la fijen en relación con las demás, quedando su apreciación sujeta a las reglas del criterio racional. El dictamen pericial como medio de prueba, ya sea un dictamen de ADN o dermatoscópico, no cabe dudas de que tiene un valor jurídico y legal fundamentado en nuestro ordenamiento jurídico. Soy del criterio de que el vacío en cuanto al valor jurídico del dictamen pericial odorológico, específicamente, deviene en que aún no se ha determinado si realmente la huella olorosa constituye una fuente o un medio de prueba. Debemos tener en cuenta , además, de que este dictamen solo se remite al resultado de la comparación de olores y a la identificación de los partícipes del hecho delictivo y no cuenta con una fundamentación detallada como la del dictamen pericial de ADN o dermatoscópico. 5. Su apli cación en el ámbito int ernacional y Derecho Comparado 89
El uso internacional de la odorología criminalística, como ya hemos abordado, se suscita desde principios del siglo XX. En la actualidad existen en el mundo siete países que utilizan esta técnica criminalística, siendo Cuba el único país en América. Los demás países son Holanda, Bélgica, Alemania, Dinamarca, Polonia y la ex Checoslovaquia y aunque es ínfima la cantidad de países y nos pudiera parecer falta de aceptación mundial, deben tenerse en cuenta otros factores socioeconómicos, de tradiciones culturales e interés criminalistico. Existen varias formas de realizar este peritaje, en Holanda, por ejemplo se presenta el olor del sospechoso entre seis o siete tubos de metal conjuntamente con el olor de dos o tres personas, el entrenador sabe la posición del olor del sospechoso y si el perro lo identifica se coloca otro tubo con el mismo olor, repitiéndose la operación por tres veces. En el resto de los países el entrenador no sabe la posición que ocupa el olor del sospechoso. En Alemania se usa este dictamen pericial de forma diferente, se realiza un juicio de control, se enfrentan a una hilera de tubos con olores captados en el lugar del hecho y al día siguiente se comparan, presentándole éstos y el del sospechoso al can, conduciendo el entrenador la actividad y conociendo la posición del olor del sospechoso. Si por lo menos tres perros logran su identificación se da por válida. En Dinamarca también se realizan juicios de control. El mismo día pero antes de efectuar el peritaje válido, en tubos se colocan los olores y por lo menos se utilizan tres perros, primero debe identificarse el olor del sospechoso y ubicarlo en los tubos y después se le colocan los olores del lugar del hecho.
6. Análisis entorno al f undamento legal de la pr ueba pericial odo rológi ca
Una de las cuestiones más polémicas entorno a la prueba pericial de odorología es precisamente su admisión en el proceso penal como medio capaz de brindar elementos de pruebas indubitados sobre los hechos o la identificación de los autores o participantes restantes en el delito. La prueba pericial de odorología encuentra su base legal en nuestra ley de procedimiento penal. Ya desde antes, en el ordenamiento legislativo el texto 90
constitucional señala en su artículo 59 que nadie puede ser encausado ni condenado si no es por tribunal competente con las formalidades y garantías que establecen las leyes… y en su artículo 122 en relación con su artículo 66 establece que los jueces en el ejercicio de sus funciones no deben obediencia más que a la ley y que el cumplimiento de esta es deber inexcusable de todos. En tal sentido establece la ley 5/77 de procedimiento penal en su tercer POR CUANTO la necesidad de que lleguen al acto del juicio oral solo aquellas causas en que se hallan acumulado suficientes elementos probatorios, elementos, que a decir del artículo 1O7, deben ser acumulados en el más breve tiempo posible. Lo anteriormente dicho se traduce en que el móvil de los órganos estatales que tienen a su cargo la sustanciación del expediente investigativo debe ser acumular la mayor cantidad de elementos probatorios, para presentar las actuaciones ante el tribunal, utilizando para ello todas las diligencias y acciones que conduzcan al esclarecimiento de los hechos y a la determinación, identificación, búsqueda y captura de los presuntos autores en virtud del artículo123 y 124(último párrafo). Nótese que a tales efectos no viene establecido en el mencionado cuerpo legal instrucciones o diligencias específicas, al menos para esta etapa preliminar del proceso penal. El artículo 126, correspondiente a la inspección en el lugar de los hechos, estipula que de ser absolutamente indispensable se levantará plano suficientemente detallado del lugar así como de las huellas de cualquier clase que se hubiesen hallado y se adoptarán cualquier otro medio de conservar o fijar dichos elementos de juicio. Sería cuestionable hasta que punto el término “absolutamente indispensable” que describe el artículo en cuestión sería oportuno; pues queda claro que lógicamente siempre que exista una vía más fácil y rápida de obtener los elementos que puedan fundamentar la acusación fiscal deben ser explotados prioritariamente, y al parecer este fue el interés expresado por el legislador. A mi criterio, si bien es importante la premura de la obtención de elementos probatorios, como he fundamentado legalmente en las líneas que preceden, también resulta fundamental que estos elementos sean eficaces a los objetivos que se persigue; pues podría ser interpretado este precepto en el sentido de que estas instrucciones pueden ser ejercidas solamente cuando no existen mas alternativas para la obtención de elementos de pruebas, dotando a tal precepto legal de un carácter subsidiario o de 91
ultima ratio. En tal sentido el alto foro cubano no ha emitido aún un pronunciamiento
sobre la interpretación que debe se le dar a este precepto legal. El artículo 2OO establece que de decidirse realizar alguna de estas diligencias puede disponerse del dictamen pericial siempre que se requieran conocimientos científicos, artísticos, técnicos y prácticos. Nótese que en tal sentido estamos en presencia de uno de los pocos artículos facultativos que contiene nuestra ley de procedimiento penal. Siguiendo esta línea sobre el tema que nos ocupa (prueba pericial odorológica) será oportuno comentar algunos de los artículos siguientes al analizado, pues el artículo 2O2 describe la posibilidad de utilizar, a los efectos del artículo 2OO, peritos no titulares describiendo como estos aquellos que poseen conocimientos prácticos especiales en alguna ciencia, arte, profesión u oficio respecto a los cuales no se expida título oficial de capacitación. Evidentemente en materia de prueba pericial odorológica no hay cabidas para peritos no titulares ya que como había sido mencionado con anterioridad: el rigor científico de la odorología hace que los actores sean peritos especialistas y no técnicos caninos, por lo que requieren y poseen mayor preparación y un conocimiento más integral de la criminalística; vale recordar que la unidad perito-can conforma un instrumento profesional de esta ciencia. El artículo 14O de nuestra ley de trámites penales establece que de no haber testigos de conocimientos se intentará la identificación por medios científicostécnicos, precepto que tampoco es excluyente a la prueba pericial de odorología. Un análisis más detallado merece el artículo 135 pues el mismo establece que el actuante en el cuerpo del delito recogerá las armas, instrumentos o efectos de cualquier clase que puedan tener relación con el delito y que se hallen en el lugar donde este se cometió y de esta diligencia se extenderá acta expresiva del lugar en que se describirá las características de dichos efectos o bienes a los fines de la indubitada
identificación. Aquí sería oportuno analizar hasta que punto es
considerable una huella de olor como un “bien” o como un “efecto”; pues evidentemente el animus del legislador no ha sido identificar un bien y un efecto de manera unitaria, sino como dos elementos de prueba independientes, sin perjuicio de la obligación de ser valorados como una unidad en el acto de juicio oral para la fundamentación de la sentencia. Este análisis se torna más complejo si tenemos en cuenta para ello el precepto del artículo 211 el cual establece desde su apartado 92
primero que el objeto del dictamen pericial es una persona o una cosa, esta última siendo considerada por nuestro ordenamiento jurídico como un sinónimo de “bien” y dejando fuera de ello el concepto de efectos. Evidentemente de ser considerada la huella de olor como un bien o cosa no habría dudas de su eficacia como elemento de pruebas en el proceso penal y por ende ser objeto de un dictamen pericial. No obstante, de ser considerada la huella de olor como un efecto no podría ser considerada como objeto de dictamen por no encontrarse establecido en nuestra ley y sería improducente para el fiscal proponer al tribunal la prueba pericial de odorología como fundamento de la acusación con un carácter primario. Considero que es aquí donde nos adentramos a la esencia del conflicto legal sobre la admisión de la prueba pericial de odorología como una prueba tan eficaz como puede ser la dermatoscópica, ADN o la fotográfica. Al respecto, considero que en nuestro país ya se vienen pronunciando dos criterios o posiciones doctrinales: por un lado se encuentran aquellos especialistas, conocedores del tema, que defienden la admisión de la prueba odorológica como objeto de dictamen pericial y por otro lado aquellos que niegan la presencia de la prueba pericial de odorología como objeto de un dictamen, y por ende, carente de fundamento legal. Estos últimos se fundamentan en la poca relevancia de la prueba odorológica conforme al artículo 211 puesto que constituye el dictamen pericial el resultado de toda la actividad pericial realizada durante la fase preparatoria del proceso así como la presentación que hará el fiscal en su momento ante el tribunal para fundamentar su calificación de los hechos y pretensión punitiva además que será el objeto del informe pericial durante la vista oral; pues resulta de lo anteriormente dicho que si hacemos una interpretación gramatical del artículo en cuestión quedaría claro que no se trata de la prueba pericial odorológica pues esta al no constituir una cosa o bien debe ser considerada un efecto y por ende su eficacia depende
de su
correspondencia con otros medios de pruebas practicados en el proceso a quo, por lo que esta sería una prueba totalmente accesoria y nunca debe ser considerada como una prueba eficaz en primera instancia o de carácter primario quedando así fuera del alcance del artículo 211, sumando a todo ello que no existe un precepto en nuestro ordenamiento legislativo que
permita, de manera expresa, dejar por
sentado en el olfato de “un perro” la identificación de un autor o partícipe en el delito para que con ello se conforme una convicción judicial de la verdad. Aquellos que se pronuncian a favor de la prueba pericial de odorología como prueba primaria conforme a su fundamento legal establecen que si bien, desde tiempos 93
antiquísimos y retomado por la real academia de la lengua española, se ha definido el olor como una “sensación o impresión que en el olfato producen los efluvios o emanaciones de los cuerpos” no debe confundirse esta definición con la de huella olorosa que interesa a la odorología criminalística, pues esta última está formada por ácidos grasos, volátiles, aminoácidos y otros olores adicionales del cuerpo productor que puede ser captada
por el perito criminalista con la utilización de medios
especiales. En su condición de micro huella queda claro que no es susceptible a la vista humana, lo cual no quiere decir que no pueda ser considerada como un objeto material, aun cuando el ordenamiento jurídico ha permitido para fundamentar acusaciones y sentencias otras micro huellas estudiadas por otras especialidades de la técnica Criminalística, Además de no existir un fundamento legal que se contraponga a la práctica de la prueba pericial de odorología como prueba eficaz de carácter primario. Alegan, además, que no es el animal (tal como se utiliza un equipo o instrumento) el que da las conclusiones. El trabajo pericial, la interpretación de los resultados y las conclusiones son realizados por un grupo de peritos expertos, el perro es sólo el medio utilizado y la duda sobre el posible margen de error en el trabajo pericial no puede ser mayor que en otros peritajes que requieren de una interpretación valorativa subjetiva del perito. En cuanto a su fundamento legal tampoco el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular cubano se ha pronunciado determinando la manera en que deben ser interpretados los preceptos legales en cuestión aunque ya muchas salas de lo penal de tribunales provinciales de nuestro país han fundamentado sus fallos con pruebas odorológicas sentando de manera indirecta una jurisprudencia al respecto que se propaga a gran velocidad por las salas de lo penal de los tribunales provinciales de todo el país y que cada día facilita más espacios entre los juristas para el debate del tema en cuestión sin perjuicio de todo el fundamento científico que describe esta especialidad. El artículo 141 también puede ser fuente legal para el fundamento de la aplicación del levantamiento de huellas olorosas e identificación de sujetos, pues el mismo establece que de no ser el cadáver reconocido se recogerán las prendas de vestir y demás objetos con que se hubiese encontrado el mismo a fin de que puedan servir oportunamente para hacer la identificación; lo cual también se hace extensivo en virtud del artículo 147 a cualquier hecho delictivo donde el objeto de dictamen resulte ser un cadáver. 94
Por su parte el artículo 261 fundamenta aún más la presencia del dictamen pericial odorológico como prueba en el proceso penal, pues la identificación de un sujeto participante en el delito y que se fundamente en toda una ciencia y técnica avanzada puede ser utilizada por el fiscal para lograr en el sentido que establece el artículo en cuestión cambiar sustancialmente el hecho. Resulta importante destacar para la reflexión del lector sobre el análisis realizado sobre la fase preparatoria del juicio oral, que perfectamente la prueba pericial de odorología
puede ser valorada como una prueba más conforme a la ley de
procedimiento penal durante la fase preparatoria aunque considero que su poca relevancia en este sentido más que una razón de falta de fundamento técnico ,científico, jurídico y legal, como alegan algunos juristas, deviene en una falta de conocimientos al respecto por parte de los fiscales que en fin son los máximos responsables de tal actividad en la fase preparatoria del proceso penal y que debido a esto a veces ni siquiera conocen lo provechoso que podría ser el dictamen pericial odorológico como fundamentación de su acusación o ni siquiera conocen el fundamento legal para la utilización de este tipo de dictamen en su quehacer jurídico; lo cual es más alarmante y sobre ello dedicaremos mas adelante algunas páginas de este texto para su reflexión; Aunque también en ocasiones la poca relevancia deviene de parte del tribunal cuando va a conocer del atestado para radicarlo como causa pues no se encuentran en presencia, a decir de muchos jueces, de una verdadera fundamentación jurídica y legal y en virtud del artículo 263.2 deciden regresar el expediente a tales efectos. Podemos concluir, en lo que a este acápite se refiere, que realmente la prueba pericial de odorología goza de todo el fundamento legal necesario para ser considerado una prueba primaria y eficiente para la fundamentación, ya sea de una acusación, una sentencia o de un alegato de defensa.
95
7. Result ado y anális is de las inv estigacio nes.
Una vis ión desde el
ordenamiento j urídico.
En las salas de lo penal de nuestros tribunales populares provinciales es creciente la presencia de los peritajes odorológicos, siendo en ocasiones aceptados
o
rechazadas por el tribunal a quo como reflejo del cuestionamiento jurídico científico y legal al que se somete actualmente el valor del resultado de estas operaciones. A continuación queda expuesta una selección de causas o relación de casos presentados
en procesos penales conocidos por la sala correspondiente del
Tribunal Provincial Popular de Santi Espíritus en las cuales se describe el resultado del laboratorio y en algunos casos la valoración realizada por los jueces de las salas:
•
causa No.47/1999. sala I penal. Delito de robo con fuerza en las cosas Resultado del laboratorio : positivo Valor ación de la prueba: no fue acogida la prueba al no estimarse consistente.
•
Causa No.2/2OOO. Sala II penal. Delito de robo con fuerza en las cosas. Resultado del laboratorio : positivo. Muestra tomada: se tomó la muestra de un escaparate en una vivienda, ya que se
dice que el acusado asó junto a otras personas por ese lugar y no consta en el expediente que se haya tomado muestra a ese sujeto. Valoración de la prueba: esta prueba no fue acogida por ser considerarse endeble
y por tanto se absolvió al acusado
•
Causa 86/2OOO. Sala I penal. Delito de Robo con Fuerza en las Cosas. Resultado del laboratorio: positivo Muestra tomada: se tomó la muestra en el lugar del hecho, no así al
sospechoso esto solo se señala en le informe del laboratorio. Valoración de la prueba: no fue acogida como una prueba real pura
e
inequívoca al no existir la solicitud por el instructor en fecha posterior próxima al hecho y emitirse un dictamen dos meses despues de la ocurrencia del hecho.
•
Causa No. 1O8 /2OOO. Sala I penal. deli to d e robo co n fu erza en las cos as. 96
Resultado del laboratorio : positivo Valoración de la prueba: no fue acogida esta prueba. En el juicio oral
el
instructor no recordó si se habían tomado las muestras de olor. En la sentencia en el segundo resultando se dice que es conocido que el can es capaz de reconocer un olor y no dos al unísono.
•
Causa No. 13/2OOO. TMP. Delito de robo con Fuerza en las cosas. Resultado del laboratorio : positivo Muestra tom ada: se tomó muestra en una piedra tirada contra una vidriera. Valoración de la prueba: no se dice nada sobre esta prueba, si se acoge o no.
Se sanciona al acusado por otras pruebas aportadas. En el caso de nuestra capital establezco un análisis a partir de algunos estudios realizados con anterioridad por
los licenciados
Marlene Balanza
Domínguez y José Luis Valdés Bernal en el tribunal y fiscalía correspondiente así como algunos jueces del tribunal supremo popular. Como resultado de las encuestas realizadas en estos sectores en este sentido se puede afirmar que aunque la mayoría de los Jueces del Tribunal Provincial Popular de Ciudad de La Habana y Fiscales de esta provincia conocen lo que es el Peritaje de Odorología, sólo el 35,3 % de los Fiscales y el 23,6 % de los Jueces dicen conocer todos los pasos y requisitos para su realización, por lo que esto nos determina que no existe un conocimiento profundo del peritaje entre estos profesionales y por ende no se conocen los basamentos biológicos en que se sustenta la capacidad olfativa del perro, para no llegar a dudar de ella. La mayoría de los Instructores, Peritos, Fiscales y Jueces consideran el peritaje útil y el 76,4% de Jueces del Tribunal Provincial Popular de Ciudad de La Habana y Fiscales lo utilizan como un medio de prueba ya sea para sancionar o acusar según el caso, es decir, que la gran polémica sobre si tiene o no reconocimiento legal queda resuelta como se demuestra en la práctica. Sin embargo, el 109 % de los Jueces del Tribunal Provincial Popular de Ciudad de La Habana y el 70,5 % de los Fiscales se niegan a utilizar dicho peritaje cuando es 97
el único elemento con el que cuentan en las actuaciones, y esto, es lógico y resulta del mismo estudio que se ha realizado, cuando considerábamos que la prueba no es más que todo el conjunto de indicios que se han logrado acumular, no obstante resulta contradictorio cuando vemos que la mayoría (el 64,7 %) de Jueces y Fiscales si utilizan la huella dactilar dejada por el sospechoso, aún cuando esta sea el único elemento. En ambos casos la presencia de estas huellas sólo nos determina la existencia de la persona en el lugar. ¿Por qué se hace esta discriminación?, Se observa que el 76,4 % de Jueces de la supramencionada provincia y Fiscales le otorgan confiabilidad al procedimiento y modo de ejecución de este peritaje, pero la traba está al considerar o no al perro como un medio adecuado para realizar un peritaje y aunque el 58,8 de los Fiscales consideran el medio empleado adecuado, el 64,7 % de los Jueces no lo consideran y relacionamos este indicador con el segundo analizado, ¿cómo verlo como un medio adecuado? si el 76,4 % de los Jueces no conocen el procedimiento del peritaje y mucho menos tienen los conocimientos de biología para considerar la amplia capacidad olfativa del perro. Reiteramos que el desconocimiento no nos puede llevar a desdeñar este peritaje. Queremos señalar que el 94,1 % de los Fiscales y el 53 % de los Jueces del Tribunal Provincial de Ciudad de La Habana coinciden en que el informe que se rinde debe ampliarse y reformarse, como mismo sustentamos en este trabajo, y que además se ajuste a los requisitos que establece la Ley Procesal.
98
NOTAS i ii
Tomado de BME. División Criminalistica Cubana ano 2004 Molina Waldemiroff, M. “Base material de estudio de Odorología”.2000 y en “Metodología general de trabajo
de la especialidad de Odorología Criminalística para el Laboratorio y el Lugar del Suceso”. 2004. iii
Lombera refiere haber consultado las siguientes referencias bibliográficas (textualmente):
-Conferencia sobre la utilización de la diferenciación del olor para la lucha contra la delincuencia (RDA-MININT) -Conferencia sobre la utilización y preparación de una diferenciación de olores. (Checoslovaquia) -Manual técnico del investigador policíaco. Willien Dieustein. Criminology Fresno State Collage. iv v
Para ampliar, ver información en el Glosario. Esta separación del olor interno y el externo se realiza solo con fines didácticos para la mejor comprensión del
lector, en realidad es un solo olor. vi
Se poseen referencias de investigaciones sobre el tema en Argentina desde la década de los ' 90 del siglo XX. vii Cuando hacemos referencia al carácter instrumental de los medios de prueba hacemos alusión al proceso en general y no al juez, pues aunque este o sea los conocimientos necesarios sobre el asunto que conoce no puede evitar la práctica del dictamen pericial.
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