Republica Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Público para la Educación Liceo Dr. José Rafael Revenga EL Tigre ± edo. Anzoátegui Anzoátegui
El Cooperativismo
Profesora: Alvis Farías
Alumno:
Miguel de León # 15 2º año Sección E
Índice
Introducción
........................................................................................................ 3
Principios Principios del cooperativism cooperativismo o ................................ ................................ ............. 4 Actividades Actividades grupales grupales para el bienestar bienestar individual y social. ................................ . 5 Tipos de cooperativas cooperativas ................................ ................................ ......................... 7 Ventajas Ventajas de la cooperativa................................ cooperativa................................ ................................ .................. 9 Requisitos Requisitos y trámites para constituir cooperativas cooperativas ................................ .............. 9 Funcionamie Funcionamiento nto y administración administración de las cooperativas cooperativas ................................ ...... 11 Símbolos Símbolos de las cooperativas cooperativas ................................................................ ........... 13 Conclusión Conclusión ................................ ................................ ................................ ........ 14 Bibliografía Bibliografía ................................ ................................ ................................ ........ 15 Anexos................................ ................................ ................................ .............. 16
Introducción En el presente trabajo se puede encontrar los principios básicos del cooperativismo, la clasificación
de este que se divide en 7 principios, libre
acceso y adhesión voluntaria, control democrático, distribución de excedentes en proporción proporción a las operaciones, limitación de intereses al capital, neutralidad política y religiosa, venta al contado, fomento de la educación y obras sociales. Podemos ver lo que es la empresa como fuente de producción y ocupación para poder cumplir sus cometidos, las cooperativas deben contar con asociados que conozcan los objetivos y principios que las orientan, estén al tanto de los derechos y deberes que les corresp onden, así como estén enterados de los mecanismos y de los procedimientos por los cuales se rige su actividad
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Principios
del cooperativismo
1. Libre Acceso y Adhesión Voluntaria: La cooperación es la expresión económica de la
democracia y, por
consiguiente, la libertad individual es el jefe de su funcionamiento social.
2. Control Democrático: Las asociaciones cooperativas se rigen mediante las más limpias y depuradas normas democráticas: libre manifestación de la voluntad de cada persona con igual valor a la de los demás; un hombre, un voto con absoluta independencia del capital, ya que este es servidor y nunca amo; y autonomía frente al Estado, con las únicas limitaciones que la moral y la ley imponen para proteger los intereses de la comunidad.
3. Distribución de Excedentes en Proporción a las las Operaciones Operaciones : Este principio llamado de Howard, es la esencia de la cooperación en cuanto es afirmación del sentido de servicio solidario y negación de lucro, señalando la diferencia entre las asociaciones cooperativas y las sociedades civiles y mercantiles. Los excedentes obtenidos, vale decir la diferencia entre el precio de costo y el precio de venta, se distribuyen en proporción a las operaciones efectuadas y no en proporción al capital invertido. A mayor gasto, mayor ahorro.
4. Limitación del Interés al Capital: Capita l: Las
asociaciones
cooperativas
para
su
formal
desarrollo
y
eficiente
funcionamiento social requieren capital. Empero en ellas éste no ejerce el dominio absoluto que tiene en las sociedades mercantiles, en las cuales la distribución de beneficios se hace en proporción al mismo sin tener en cuenta a la persona, sino que es un simple servidor al que se le paga con interés limitado .
5. Neutralidad Política y Religiosa: Con el objeto de mantener siempre la unidad entre los miembros de las cooperativas se ha establecido ese principio. El cooperador tiene completa libertad de pensar y opinar en las órdenes políticas y religiosas pero es conveniente que sus creencias no sean llevadas al seno de la asociación, para evitar que el apasionamiento pueda desviar el objetivo o provocar choques entre personas, quebrando la unión.
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6.
Venta al Contado:
El crédito es siempre un factor negativo en el
sistema cooperativo.
Compromete los medios económicos y frena el desarrollo de la asociación l limpiar o paralizar sus actividades. Quien compra al contado, compra más barato y puede ahorrar contribuyendo a la prosperidad y estabilidad económica de la asociación.
7. Fomento de la Educación y Obras Sociales: Esta es la regla de oro de la cooperativa: educar y servir, con el objeto de elevar el nivel de vida espiritual y material de los miembros de la comunidad. El buen éxito y el amplio desarrollo desarrollo alcanzado por el movimiento cooperativo en todas las naciones se deben al estricto cumplimiento de estos principios: Las empresas de servicio público: Se llaman servicios públicos a aquellos que presta el estado y que satisfacen necesidades colectivas. En estas actividades económicas por lo general se limita a la competencia con la finalidad de prestar un servicio más eficiente y más barato. La razón de esta peculiaridad es porque dichas empresas requieren una fuerte inversión y explotan factores escasos o descubrimientos técnicos de gran especialidad. En otras palabras, palabras, porque si se dejara libre a la iniciativa privada su explotación, tendría que operarla en condiciones monopolísticas. El servicio público, se caracteriza por su utilidad y muchas veces por el grado de necesidad, razón por la cual garantiza un crecido número de usuarios lo cual generalmente implica una fuerte inversión. Por las razones anotadas anteriormente, es que el propio Estado toma a su cargo la operación de esta clase de servicio. Sin embrago, esto no imposibilita la alternativa de que El Estado las confiera por concesión a la iniciativa privada , para que ésta la opere.
Actividades grupales para el bienestar individual y social. Una de las necesidades del hombre es Consumir y por lo tanto del mismo modo le resulta necesario Producir para alimentarse, vestirse, desplazarse, educarse, cuidarse la salud y, en general, satisfacer todas aquellas necesidades indispensables para su desarrollo. La práctica de la cooperación en el consumo es fundamental en la medida en que no pasa un solo día en que no se consuma un bien (artículo) o un servicio
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(educación, transporte, salud, capacitación profesional, vivienda, etc.). El aumento de la calidad de vida genera nuevas necesidades que se tratan de satisfacer en las mejores condiciones de precios y calidad. Sin embargo, la labor de intermediación que acompaña acompaña a buena parte de los procesos de producción y venta o el escaso poder de negociación de buena parte de las empresas de pequeñas dimensiones deriva, generalmente, en especulaciones desmedidas incrementando ostensiblemente el coste del producto o servicio. La cooperación, principio que se encuentra en la base de todo tipo de asociacionismo, evita todo este tipo de situaciones, es decir, reduce o evita al intermediario, traslada los productos a los mejores mercados y consigue que se paguen al mejor precio. El único que hace falta es que el consumidor participe, se organice y colabore. Por otra parte, la cooperación busca elevar el nivel de vida de las personas a través de su propio esfuerzo, desarrollando una serie de beneficios sociales para sus asociados y la comunidad a la que pertenecen. Las cooperativas de consumidores son entidades que no se proponen esencialmente la obtención de beneficios económicos, sino que también buscan otros objetivos como es la prestación de servicios a sus asociados y, como usuarios, la defensa de los mismos. Se sujetan a normas equitativas e igualitarias para asegurar la consecución de finalidades de interés general, organizándose y administrando los recursos con el objeto de proporcionar a sus asociados los productos o servicios que necesitan al menor coste y en las mejores condiciones posibles. La cooperación invita a la suma de esfuerzos y de la aportación económica de los participantes porque ésta se afianzará y comprometerá en el interés común Se pueden enumeran un sin fin de actividades a las que una cooperativa de consumo se puede dedicar (abastecimiento, distribución, ahorro y préstamo, prestación de servicios de educación y obtención de vivienda) siempre que la asociación de personas se cree para consumir bienes y servicios en común, para su uso personal, sus hogares o sus actividades económicas. En términos generales, este sistema de ayuda mutua cuenta con múltiples e importantes Beneficios.
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Tipos
de cooperativas
Según el objeto: Cooperativa de trabajo asociado o cooperativa de producción de bienes y servicios: Consisten en agrupaciones de personas de un mismo oficio o con un fin común, que por medios propios producen ciertos artículos vendiéndolos directamente directamente y distribuyéndose distribuyéndose entre ellos las ganancias. ganancias. Este t ipo de Cooperativas tienen como meta principal la producción de bienes o prestación de servicios, tales como: la producción industrial o artesanal, la producción agropecuaria o pesquera, la producción minera, transporte colectivo o de carga, producción de
diversos servicios servicio s del hogar,
mantenimiento, reparaciones menores y mayores, salud, hogares de cuidados de infantes y, en general, de todas aquellas actividades que son demandadas por otras personas o instituciones.
Cooperativa de Producción Industrial : Es una cooperativa de trabajadores y tiene como objeto transformar materia prima en bienes que tengan características para satisfacer una necesidad de los consumidores mediante procesos tecnológicos industriales. Ejemplo de este tipo puede ser:
Cooperativas lácteas: ellas pueden producir quesos, mantequilla, yogurt, dulces y sus derivados.
Cooperativas de carpinterías: están en capacidad de ofrecer muebles, juguetes, utensilios de cocina o insumos para la construcción (puertas, marcos, ventanas, etc.).
Cooperativa de producción agrícola : Es una asociación conformada por varios afiliados que trabajan la tierra, comercializan sus productos aprovechan descuentos y ventajas de comprar en cantidad entre varios agricultores que se unieron en una cooperativa de este tipo. Las Cooperativas agrícolas desarrollan sus labores de forma conjunta y organizada. Es decir, si las personas que conforman una cooperativa agrícola diseñan, por ejemplo, una marca de mermeladas de frutas cuyos insumos producen ellos mismos, habrán expandido su
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actividad cooperativa a la producción industrial, con el consecuente beneficio económico tanto para los asociados como para los consumidores.
Cooperativa de Producción Pesquera : Es la unión de diversas personas dedicadas a la actividad pesquera que suman sus esfuerzos para mejorar sus condiciones de producción, potenciando el alcance de su trabajo. En este tipo de cooperativas cabe pensar en el potencial industrial que se podría desarrollar a partir de todo los productos que vienen del mar.
Cooperativa de
Producción
Son aquellas de Servicios : Son
empresa
cooperativas que prestan servicios a la comunidad en diferentes á reas, transporte, reparaciones, mantenimiento, tapicería, fumigación, recolección de basura, jardinería, distribución de gas doméstico, transporte escolar, entre tantas como sea posible imaginar.
Cooperativas de Consumo de Bienes y Servicios : Existen las Cooperativas de obtención de bienes bienes y servicios. Aquí entran las Cooperativas de Consumo y las Cooperativas de Ahorro y Préstamo. La primera tiene como objetivo satisfacer mejor y más económicamente las necesidades de sus miembros. Esto, se da por medio de la mejora de los servicios de compra y venta de artículos de primera necesidad.
Cooperativas de Ahorro y Crédito : Las Cooperativas de Ahorro y Crédito son aquellas que tienen por objeto fundamental fomentar el ahorro y otorgar préstamos a sus asociados con los recursos aportados por los mismos, a un interés muy bajo, con el fin de eliminar los altos costos que representan los créditos otorgados por los bancos comerciales. Estas operaciones de ahorro y crédito deben estar limitadas exclusivamente a sus asociados y con el dinero proveniente de los mismos,
no
pudiendo
en
consecuencia
realizar
actividades
de
intermediación financiera, es decir, la captación de recursos del público, incluidas las operaciones de mesa de dinero, con la finalidad de otorgar créditos, financiamientos o inversiones en valores, las cuales están reservadas a los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras autorizadas y reguladas por la Ley
General de
Bancos y otras Instituciones Financieras. Sin embargo, las Cooperativas de
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Ahorro y Crédito, podrán ser entes de ejecución del sistema micro financiero, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Creación, Estímulo, Promoción y Desarrollo del Sistema Micro financiero, para prestar los servicios previstos en la citada Ley.
Ventajas de la cooperativa y
Están exoneradas de manera indefinida del pago del impuesto sobre la renta (ISLR).
y
No pagan los derechos de registro ni cualquier otro arancel por la prestación de un servicio.
y
Las cooperativas pueden ser objeto de financiamiento por parte del estado en condiciones especiales (bajas tasas de interés, periodos largos de gracia, no exigencia de garantías y trámites sencillos, entre otros).
y
Diversas leyes otorgan a las cooperativas preferencias en las licitaciones y contratos con las entidades del Estado.
Requisitos y trámites para constituir cooperativas Para
conformar una Cooperativa es necesario
Paso
1:
Retirar la planilla de reserva de denominación en las Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. para seleccionar
el
nombre
que
llevará
la
cooperativa
y
consultar
a
la
Superintendencia Nacional de Cooperativas, Coope rativas, si este nombre no corresponde a una cooperativa ya registrada. Paso
2:
Luego de cinco (5) días hábiles, la Superintendencia Nacional de Cooperativas, certifica que la denominación consultada no pertenece a otra cooperativa y autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominación.
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Esta constancia debe ser retirada en las Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del
NCE. INCE.
La
reserva tiene una duración de 90 días. Paso
3:
Teniendo en cuenta que se tienen 90 días para realizar los posteriores procedimientos sin perder la reserva de denominación, el grupo de personas se reúnen y redactan redactan los Estatutos que establecerán establecerán entre otr as: la estructura organizativa de la cooperativa, normas de funcionamiento, aporte de los socios, etc. (Art. 13 LEAC). Paso
4:
Una vez aprobados los Estatutos por los aso ciados, se acudirá al registro subalterno de la localidad para proceder a su registro y obtener así la personalidad jurídica de la cooperativa. Es importante destacar que este servicio es gratuito en todos los Registros Subalternos del país. Paso
5:
Enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, copia simple del registro de la cooperativa indicando: dirección completa, teléfonos y nombres de los directivos principales de la cooperativa. Nota: Las cooperativas cuya actividad económica se corresponda con la prestación de algún algún servicio público, solicitarán
al ente correspondiente la debida
autorización. Paso 6:
Retirar en un período de diez (10) días hábiles la constancia de inscripción de las cooperativas en las oficinas regionales de la SUNACOOP o en la receptoría de la Rinconada.
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Funcionamiento y administración de las cooperativas Las normas internas son aquellas disposiciones que establecen los asociados para regular el funcionamiento de la cooperati va. Surgen por efecto de la libre voluntad de los asociados de imponerse una forma de organización y de conducta determinadas. Las normas internas son obligatorias siempre que: - Sean el producto de la voluntad libre de los asociados, y - No contradigan disposiciones establecidas en la Ley y su Reglamento
Las normas internas que se dan las cooperativas son:
EST ATUT OS REGLAMENT O INT ERNO ACUERDOS DE LAS ASAMBLEAS DECISIONES DE LOS CONSEJOS Y COMITES El Estatuto El estatuto es una especie de "Ley Interna" elaborada por los propios asociados que organizan la la vida derechos
y
funcionamiento
interna de la cooperativa; establece los
obligaciones de los asociados y, de
los órganos
interiores:
regula la actividad
Asamblea
e
instancias
y de
coordinación administrativa, de control, educación, etc.
El Reglamento Interno El Reglamento
Interno
constituye un conjunto de disposiciones que
regulan los detalles de funcionamiento de la cooperativa
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y
Si el Estatuto establece normas internas de carácter general, el Reglamento dicta pautas para el funcionamiento práctico y la aplicación concreta de los Estatutos.
y
La cooperativa puede tener un Reglamento
Interno
general, o varios
reglamentos que regulen aspectos particulares o secciones de la misma. y
El Reglamento es elaborado por el órgano de Administración, pero está sujeto a la aprobación de la Asamblea General.
Los acuerdos de las asambleas La autoridad suprema de la cooperativa cooperativa es
la Asamblea General de los
Asociados. Las decisiones adoptadas por la Asamblea se llaman acuerdos. Estos son de cumplimiento obligatorio para todos los asociados, presentes o ausentes, hayan
votado a favor o en contra.
Los acuerdos de las asambleas son obligatorios siempre y cuando hayan sido tomados
en asambleas
legalmente
constituidas
y no
contradigan
disposiciones legales, legales, o normas establecidas en los estatutos y reglamento interno de la cooperativa.
Existe un tipo especial de acuerdo de la asamblea llamado plan anual y su presupuesto, que es la la planificación de actividades que hace la cooperativa para un año, aunque sería recomendable elaborar planes y presupuestos plurianuales
Las decisiones de las instancias de coordinación Las decisiones que adopten las diversas instancias u órganos de coordinación que tenga la cooperativa son obligatorias para todos los asociados, siempre que tiendan a cumplir los acuerdos de las asambleas y no contradigan las disposiciones de la Ley y el estatuto
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Símbolos de las cooperativas
El emblema o símbolo más usado, después de esta bandera, y sobre todo en América, es un círculo color oro con 2 pinos verdes al centro. Rodeados por una circunferencia verde, donde se apoyan los pinos.
y
El color oro o amarillo, representa al sol, cuyos rayos ilumina la vida.
y
El verde simboliza la esperanza de una vida mejor que puede alcanzarse siguiendo la filosofía del cooperativismo.
y
Los dos pinos representan la vida, al ser 2 simbolizan el apoyo mutuo y la solidaridad. Al ser del mismo tamaño significa el crecimiento en laigualdad.El círculo representa la esfera terrestre, reflejando así el concepto de universalidad.
y
La circunferencia representa la eternidad de la vida.
Bandera del Cooperativismo:
La bandera del Cooperativismo fue aprobada en el año 1923 a nivel mundial por la Alianza Cooperativa Internacional (AC I).
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Conclusión Las cooperativas son una alternativa
para la satisfacción
de necesidades
socioeconómicas de la sociedad. Se las las considera como medios medios para hacer efectiva la participación y el protagonismo del pueblo en lo social y en lo económico La finalidad del cooperativismo es el de demostrar, que cuando las personas creen en un proyecto y se les da la oportunidad de participar activamente en su desarrollo, son capaces de generar riqueza y crear puestos de trabajo estables y de dignificar el concepto del trabajo como uno de los derechos fundamentales del ser humano.
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Bibliografía
MULLER, A. G. (2005). ABC de las cooperativas. Merida: Universidad de los Andes. WWW.Buenastareas.com: Las cooperativas WWW.scrtbd.com.
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Anexos
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