TEST Nº 1 LECRM y SUMARIO ORDINARIO 1.- El principio del j uez ip!rci!l "i#ni$ic!%
a) Que no puede entrar a juzgar un asunto un juez incompetente por razón del territorio. b) Que el juez que instruye no puede luego juzgar. c) Que no puede instruir una causa un juez que ya haya instruido otra causa anterior contra el mismo imputado. d) Que el juez que juzga no puede ejecutar la sentencia. &.- L! $!"e de in"'rucci(n en lo" procediien'o" pen!le" por deli'o%
a) Corresponde a los Juzgados de Instrucción. b) Corresponde, según el tipo de procedimiento, al Juzgado de Instrucción o al Juzgado de lo enal. c) Corresponde a los Juzgados de Instrucción, sal!o en el rocedimiento ante el "ribunal del Jurado. d) Corresponde a órganos distintos, según el procedimiento adecuado al delito cometido ).- Lo" juece" de lo pen!l "on cope'en'e"%
a) ara instruir y juzgar las las causas por por delito al que la ley ley se#ale pena pena pri!ati!a pri!ati!a de libertad libertad no superiora $ a#os. b) ara juzgar juzgar las causas causas por delito delito al que la la ley se#ale se#ale pena pri!ati!a pri!ati!a de libertad libertad no superior a $a#os. c) ara juzgar juzgar las causas por por delito al que la ley se#ale pena pri!ati!a pri!ati!a de libertad no superior a %a#os. d) ara juzgar juzgar las causas causas por delito delito al que la la ley se#ale se#ale pena de multa cuya cuant&a no e'ceda de(*.*** euros *.- E" un! p!r'e nece"!ri! en el proce"o pen!l%
a) +l acusador particular en los delitos pri!ados. b) +l acusador popular en los delitos públicos. c) +l acusador pri!ado en los delitos pri!ados. d) +l inisterio -iscal en todo tipo de procedimientos. +.- L! re"pon"!,ilid!d ciil por eco" delic'io" !,!rc!%
a) a restitución de la cosa. b) a reparación del da#o causado. c) a indemnización de los perjuicios materiales y morales. d) "odas las respuestas anteriores son correctas. /.- L! !cuul!ci(n de l! !cci(n ciil !l proce"o pen!l%
a) /e producir producir0 0 si el perjudic perjudicado ado lo solici solicita ta e'presa e'presamente mente.. b) /e producir0 producir0 si, habi1ndolo habi1ndolo solicitado solicitado el perjudicado, perjudicado, el Juez o "ribunal "ribunal lo estima estima procedente. c) /e producir0 producir0 siempre siempre que que el perjudicado perjudicado no mani2ieste su !oluntad !oluntad en contrario. d) /e produce produce autom0tic autom0ticamen amente te solo en los los delitos delitos patrimoni patrimoniales ales 0.- El !'e"'!do polici!l%
a) "endr0 "endr0 la la e2icacia e2icacia de de una simple simple denu denuncia. ncia. b) "endr0 "endr0 la e2icacia e2icacia de una una simple denuncia, sal!o sal!o aquellas aquellas diligencias diligencias que, practicadas practicadas y obtenidascon las 2ormalidades legales, y siendo de imposible reproducción en el acto de juicio oral, puedanmerece puedanmerecerr la condición de de prueba preconstituida. preconstituida. c) "endr0 "endr0 la e2icacia e2icacia de una una simple denuncia, si bien los datos objeti!os objeti!os que contenga contenga gozar0n de lapresunción de autenticidad. d) "endr0 "endr0 el el !alor !alor y e2icacia e2icacia de de una quere querella. lla.
.- L! decl!r!ci(n de re,eld2! del inculp!do en el proce"o ordin!rio%
a) ro!oca la suspensión inmediata del proceso, cualquiera que sea la 2ase en que 1ste se encuentre. b) +n 2ase de juicio oral, continuar0 el mismo hasta dictarse sentencia. c) 3o produce e2ectos sobre la paralización del proceso. d) +n 2ase de sumario, 1ste continuar0 hasta su conclusión, suspendi1ndose despu1s su curso y archi!0ndoselos autos. 3.- Al reconociien'o en rued! de,er4n concurrir nece"!ri!en'e5 jun'o !l"uje'o del reconociien'o y el 'e"'i#o%
a) /olo el Juez Instructor. b) +l Juez Instructor y el /ecretario Judicial. c) +l Juez Instructor, el /ecretario Judicial y el letrado del imputado. d) +l Juez Instructor, el /ecretario judicial, el letrado del imputado y el inisterio -iscal. 16.- L! dili#enci! de ine"'i#!ci(n con"i"'en'e en el e7!en per"on!l y direc'opor el juez in"'ruc'or del lu#!r y de l!" circun"'!nci!" de 'odo 'ipoen 8ue "e produjo el eco delic'io5 de lo" de'!lle" 8ue !y!n podidoconcurrir en "u perpe'r!ci(n y de lo" o,je'o" 8ue pued!n 'ener rel!ci(ncon el i"o "e denoin!%
a) Cuerpo del delito. b) Inspección ocular. c) 4egistro personal. d) +ntrada y registro domiciliario. 11.- Cu!ndo $ueren !rio" lo" 8ue u,ieren de "er reconocido" por un! i"!per"on!%
a) /e har0 el reconocimiento de cada uno de ellos por separado. b) odr0 hacerse el reconocimiento de todos en un solo acto. c) +n todo caso deber0 hacerse el reconocimiento de todos en un solo acto. d) 3inguna de las respuestas anteriores es correcta. 1&.- L! edid! judici!l de in'erenci(n de l!" counic!cione" per"on!le" podr4dur!r%
a) +l tiempo que el Juez estime necesario para el descubrimiento o comprobación del hecho delicti!o. b) 5n mes, prorrogable por otro mes. c) "res meses como m0'imo. d) "res meses, prorrogables por per&odos iguales. 1).- El !u'o de en'r!d! y re#i"'ro en un doicilio no de,er4 con'ener%
a) +l lugar de la diligencia. b) +l tiempo de su realización. c) a 2orma concreta en que se lle!ar0 a e2ecto el registro. d) +l delito perseguido o para el que se autoriza la entrada y registro. 1*.- Lo" de'enido" de,er4n "er pue"'o" ! di"po"ici(n judici!l%
a) 6 las 7 horas de su detención. b) 5na !ez practicadas las diligencias de in!estigación indispensables y, en todo caso, en el mismod&a de su detención. c) inmediatamente o, en caso de ser necesaria la pr0ctica de diligencias, dentro de las 7 horas desdela detención. d) 8entro del per&odo de guardia del juzgado ante el que deban ser presentados.
1+.- L! pri"i(n proi"ion!l en c!u"! "e#uid! por deli'o 8ue 'en#! "e9!l!d!pen! de pri"i(n "uperior ! 're" !9o" 'endr4 un! dur!ci(n 47i!%
a) 8e un a#o. b) 8e un a#o, prorrogable por seis meses. c) 8e dos a#os. d) 8e dos a#os, prorrogable por otros dos. 1/.- Tod!" l!" dili#enci!" de pri"i(n proi"ion!l "e "u"'!nci!r4n%
a) +n la pieza principal de autos. b) +n la pieza de responsabilidad ci!il. c) +n pieza separada. d) +n cualquiera de las anteriores. 10.- Lo" !u'o" de pri"i(n y li,er'!d proi"ion!le"%
a) 3o se pueden re2ormar. b) /on re2ormables durante todo el curso de la causa. c) /ólo son re2ormables durante el sumario. d) /ólo son re2ormables una !ez dictado el auto de conclusión del sumario. 1.- No "e podr4 proceder ! l! de'enci(n%
a) 8e quien hubiere quebrantado la detención o la prisión pro!isional. b) 8e quien hubiere quebrantado la condena a pena pri!ati!a de libertad. c) 8e quien hubiere quebrantado la condena a pena pecuniaria. d) 8e quien se hallare en situación de rebeld&a. 13.- L! $i!nz! ipo'ec!ri! p!r! re"ponder de l!" re"pon"!,ilid!de" pecuni!ri!"8ue en "u d2! pued!n decl!r!r"e proceden'e"5 puede con"'i'uir"e%
a) 9nicamente por escritura pública otorgada ante 3otario. b) 9nicamente mediante comparecencia ante el Juzgado que conozca de la causa. c) or medio de escritura pública o mediante comparecencia :apud acta;. d) 3o cabe constituir este tipo de 2ianza. &6.- :!r! "er $i!dor per"on!l en el orden pen!l "e re8uiere%
a) /er espa#ol. b) +star en el pleno ejercicio de los derechos ci!iles, pero no pol&ticos. c) +star a!ecindado dentro del territorio del "ribunal durante al menos < a#os. d) =enir pagando con cinco a#os de antelación una contribución correspondiente a la propiedad debienes su2iciente para acreditar su arraigo y su sol!encia. &1.- Con'r! lo" !u'o" c!li$ic!ndo l! "u$icienci! de l!" $i!nz!" c!,e%
a) 4ecurso de casación. b) 4ecurso de re2orma. c) 4ecurso de apelación. d) 3o cabe recurso alguno. &&.- L!" dili#enci!" "o,re $i!nz!" y e,!r#o" "e "u"'!nci!r4n%
a) +n la pieza de situación personal. b) +n pieza separada. c) +n la pieza de actuación. d) +n la pieza de con!icción.
&).- L! !"i"'enci! le'r!d! p!r! el ipu'!do%
a) /er0 necesaria desde que se hubiera adoptado respecto del mismo alguna medida cautelar u otraresolución des2a!orable susceptible de ser recurrida. b) /i no est0 detenido o preso, no ser0 necesaria hasta el momento de 2ormular el escrito de de2ensa. c) /er0 necesaria desde la detención o desde que de las actuaciones resultare la imputación de undelito contra persona determinada. d) /er0 necesaria desde el mismo momento que el imputado la solicite. &*.- L! re"oluci(n judici!l por l! 8ue5 en el procediien'o ordin!rio por deli'o"#r!e"5 "e con"'i'uye ! un! per"on! $or!len'e coo ipu'!do "edenoin!%
a) 6uto de imputación. b) 6uto de conclusión del sumario. c) 6uto de situación personal. d) 6uto de procesamiento. &+.- Con'r! el !u'o 8ue denie#ue el proce"!ien'o de un! per"on!%
a) /ólo cabe interponer recurso de re2orma. b) Cabe interponer recurso de re2orma y subsidiario de apelación. c) 3o cabe recurso alguno. d) Cabe interponer directamente recurso de apelación en un e2ecto. &/.- Reci,e el no,re de ind!#!'ori!%
a) a declaración prestada por el acusado en el juicio oral. b) a primera declaración del imputado en el proceso ordinario por delitos gra!es. c) a primera declaración que se toma al sujeto ya procesado sobre los hechos contenidos en el autode procesamiento. d) a declaración del imputado tendente a indagar sobre sus circunstancias personales y otras quedeterminen su grado de imputabilidad. &0.- Con$ore ! lo di"pue"'o en el !r'. )/ lecri5 l! prier! decl!r!ci(n delproce"!do de'enido de,er4 e$ec'u!r"e%
a) 8entro del t1rmino de 7 horas. b) 8entro del t1rmino de > horas. c) 8entro del t1rmino de >? horas. d) 6 la mayor bre!edad posible. &.- Si el ipu'!do5 en "u prier! decl!r!ci(n5 reconociere lo" eco" 8ue "ele ipu'!n%
a) +l Juez de Instrucción dictar0 auto de conclusión del sumario y lo remitir0 inmediatamente a la6udiencia ro!incial. b) +l juez de Instrucción mandar0 conducirlo ante la 6udiencia a 2in de que reitere ante la mismadicha con2esión. c) +l Juez de Instrucción deber0 seguir practicando diligencias para acreditar la !erdad de la con2esióny la e'istencia del delito. d) +l Juez de Instrucción deber0 recabar in2orme m1dico 2orense sobre la salud mental del imputadocon2eso. &3.- Con'r! el !u'o de proce"!ien'o%
a) /ólo cabe interponer recurso de re2orma. b) Cabe interponer recurso de re2orma y subsidiario de apelación. ' c) 3o cabe recurso alguno. d) Cabe interponer directamente recurso de apelación en un e2ecto.
)6.- El ll!!do per2odo in'eredio en el proce"o ordin!rio "e de"!rroll!%
a) 6nte la 6udiencia ro!incial. b) 6nte la 6udiencia ro!incial, constituida por un solo agistrado. c) 6nte el Juzgado de lo enal. d) 6nte el Juzgado de Instrucción. )1.- El ll!!do per2odo in'eredio en el proce"o ordin!rio 'iene por o,je'o%
a) a emisión de un juicio de probabilidad sobre la realidad del hecho in!estigado, su signi2icacióndelicti!a y la identidad del responsable del mismo. b) /ometer a la consideración de las partes la instrucción sumarial y determinar si concurren lospresupuestos necesarios para acordar la apertura del juicio oral. c) a preparación del e!entual juicio, aportando todos los elementos de in2luencia para la cali2icacióndel hecho, tanto los 2a!orables a la acusación como a la de2ensa, y adoptando las medidas cautelaresnecesarias para asegurar la celebración del juicio y la e2ecti!idad de la sentencia que se dicte. d) a 2ormación por el "ribunal de su con!icción sobre los hechos y dictar sentencia por el resultadode las pruebas que se practiquen. )&.- E" (r#!no cope'en'e p!r! dic'!r el !u'o de conclu"i(n del "u!rio%
a) +l agistrado onente designado por la 6udiencia ro!incial. b) a 6udiencia ro!incial. c) +l propio Juez instructor de la causa. d) +l Juzgado de lo enal. )).- Con'r! el !u'o de conclu"i(n del "u!rio%
a) /ólo cabe recurso de re2orma ante el órgano que lo dictó. b) 3o cabe recurso alguno. c) Cabe interponer recurso de re2orma y subsidiario de apelación. d) Cabe únicamente recurso de apelación. )*.- Cu4l e" el pl!zo p!r! 8ue l!" p!r'e" "e in"'ruy!n del "u!rio5 con$ore!l !r'. /&0 lecri%
a) (* d&as. b) @ d&as. c) 3o bajar0 de $ d&as ni e'ceder0 de (*. d) 3o bajar0 de @ d&as ni e'ceder0 de (*. )+.- El "o,re"eiien'o con"i"'en'e en l! p!r!liz!ci(n del procediien'o "olop!r! !l#uno o !l#uno" de lo" ipu'!do" por l! er! in"u$icienci! de eleen'o"p!r! $orul!r l! !cu"!ci(n y !,rir el juicio or!l "e denoin!%
a) /obreseimiento libre y total. b) /obreseimiento libre y parcial. c) /obreseimiento pro!isional y total. d) /obreseimiento pro!isional y parcial. )/.- Con'r! el !u'o de "o,re"eiien'o li,re en el proce"o ordin!rio%
a) 3o cabe recurso alguno. b) Cabe recurso de apelación. c) Cabe recurso de casación por in2racción de ley o quebrantamiento de 2orma. d) Cabe recurso de casación, pero sólo por in2racción de ley. )0.- El oen'o preclu"io p!r! 8ue lo" perjudic!do" pued!n o"'r!r"e p!r'e!cu"!dor! en el proce"o ordin!rio e"%
a) +l auto de conclusión del sumario. b) +l traslado a las partes para que se instruyan del sumario. c) +l auto de apertura del juicio oral. d) +l inicio de las sesiones del juicio oral.
).- Concluido el "u!rio5 "e epl!z!r4 ! l!" p!r'e" p!r! 8ue cop!rezc!n!n'e l! re"pec'i! !udienci! en el pl!zo de%
a) (* d&as. b) ($ d&as. c) * d&as. d) @* d&as. )3.- En el procediien'o ordin!rio5 el coienzo de l!" "e"ione" del juicioor!l "e $ij!%
a) +n el propio auto declarando hechas las cali2icaciones por las partes, tras consulta con el /ecretarioJudicial. b) +n el auto de apertura del juicio oral. c) 6 continuación del auto sobre admisión o inadmisión de la prueba, por el /ecretario Judicial. d) +n el auto en que el "ribunal decida sobre la admisión o inadmisión de las pruebas propuestas. *6.- Si !l#un! de l!" p!r'e" !cu"!dor!" "olici'! l! !per'ur! del juicio or!l yo'r! "olici'! el "o,re"eiien'o%
a) +l "ribunal no podr0 prescindir de la apertura del juicio oral, sal!o que considere que los hechosno son constituti!os de delito. b) +l "ribunal no podr0 prescindir de la apertura del juicio oral, sal!o que considere que concurrecualquiera de las causas de sobreseimiento libre. c) +l "ribunal no podr0 prescindir de la apertura del juicio oral, sal!o que el sobreseimiento queacuerde sea el pro!isional. d) +l "ribunal adoptar0, con la debida moti!ación, la resolución que estime adecuada a 8erecho. *1.- Con'r! el !u'o de "o,re"eiien'o proi"ion!l en el proce"o ordin!rio%
a) 3o cabe recurso alguno, ni siquiera el de súplica. b) Cabe recurso de súplica, ante el mismo "ribunal que lo dictó. c) Cabe recurso de casación por in2racción de ley o quebrantamiento de 2orma. d) Cabe recurso de casación, pero sólo por in2racción de ley. *&.- Cu!ndo l! !udienci! proinci!l reci,e un "u!rio de"pu;" de dic'!do!u'o de conclu"i(n del i"o5 y pendien'e de re"oler un recur"o de !pel!ci(n8ue $ue !di'ido en un "olo e$ec'o%
a) 3ada impide que se d1 tr0mite a la 2ase intermedia. b) 3o se dar0 inicio a la 2ase intermedia hasta que no se hayan resuelto los recursos pendientes. c) 3o se puede dictar auto de conclusión del sumario hasta tanto no hayan sido resueltos los recursospendientes. d) 3o se puede remitir el sumario a la 6udiencia hasta tanto los recursos pendientes no sean resueltos,aunque haya reca&do auto de conclusión del sumario. *).-Cu4l de lo" "i#uien'e" "upue"'o" no "e !ll! incluido en el !r'. /// lecricoo !r'2culo de preio pronunci!ien'o%
a) a prescripción del delito. b) a cosa juzgada. c) a muerte del reo o el perdón del o2endido. d) a amnist&a o indulto. **.- Lo" !r'2culo" de preio pronunci!ien'o de,er4n in'erponer"e%
a) or escrito, en el plazo de @ d&as desde la entrega de los autos para cali2icación. b) or escrito, en el plazo de $ d&as desde la entrega de los autos para cali2icación. c) or escrito, en el plazo de @ d&as desde el auto de apertura del juicio oral. d) or escrito, en el plazo de $ d&as desde el auto de apertura del juicio oral.
*+.- En el proce"o ordin!rio5 el 'r!"l!do p!r! c!li$ic!ci(n proi"ion!l de l!!cu"!ci(n%
a) "iene lugar antes de la apertura del juicio oral. b) "iene lugar despu1s de la apertura de juicio oral. c) /e produce simult0neamente a la apertura del juicio oral. d) "iene lugar en 2ase distinta a la de la apertura del juicio oral. */.- En el proce"o ordin!rio5 el 'r!"l!do p!r! c!li$ic!ci(n proi"ion!l del!" !cu"!cione"%
a) /e e2ectúa de 2orma sucesi!a, por t1rmino de (* d&as. b) /e e2ectúa de 2orma simult0nea, por t1rmino de (* d&as. c) /e e2ectúa de 2orma sucesi!a, por t1rmino de $ d&as. d) /e e2ectúa de 2orma simult0nea, por t1rmino de $ d&as. *0.- Si l! repre"en'!ci(n del !cu"!do no pre"en'!re "u e"cri'o de de$en"! enel pl!zo "e9!l!do%
a) /e entender0 que se con2orma con las acusaciones y se dictar0 sentencia condenatoria. b) /er0 requerido nue!amente bajo apercibimiento de tenerlo por con2orme con los hechos de laacusación. c) /e entender0 que se opone a las acusaciones y seguir0 su curso el procedimiento. d) /e entender0 que no se opone a las acusaciones pero seguir0 su curso el procedimiento. *.- El per2odo de prue,! en lo" !r'2culo" de preio pronunci!ien'o no podr4e7ceder%
a) 8e (* d&as. b) 8e $ d&as. c) 8e ? d&as. d) 8e ($ d&as. *3.- En el proce"o ordin!rio5 l! propo"ici(n de lo" concre'o" edio" de prue,!de 8ue in'en'en !ler"e l!" p!r'e" en el !c'o de juicio or!l%
a) b) c) d)
/e e2ectuar0 en el momento de solicitar la apertura del juicio oral. /e e2ectuar0 al inicio de las sesiones del juicio oral. /e e2ectuar0 en los escritos de cali2icación pro!isional de la acusación y la de2ensa. /e podr0 e2ectuar tanto en los escritos de cali2icación como al inicio de las sesiones del juicio oral.
+6 Con'r! el !u'o 8ue !cuerde l! dene#!ci(n de !l#un! dili#enci! de prue,!%
a) b) c) d)
3o cabe recurso alguno. /e podr0 2ormular recurso de re2orma y subsidiario de apelación. /e podr0 2ormular directamente recurso de apelación. /e podr0 2ormular, en el proceso ordinario, recurso de casación, y en el proceso abre!iado, recursode apelación.
+1.-Con'r! el !u'o 8ue !cuerde l! !di"i(n de prue,!" 8ue u,ieren "ido ipu#n!d!"por l!" p!r'e"%
a) Cabe recurso de súplica. b) Cabe recurso de apelación, en un solo e2ecto. c) Cabe recurso de casación, por quebrantamiento de 2orma. d) 3o cabe recurso alguno.
+&.- En el procediien'o ordin!rio5 el 'ri,un!l podr4 !cord!r5 de o$icio%
a) as pruebas que, admitidas, hubieren sido renunciadas por la parte que las propuso. b) 9nicamente los careos entre procesados yAo testigos. c) os careos entre procesados yAo testigos y todas aquellas que, aún no habiendo sido propuestaspor las partes, considere necesarias para la comprobación de los hechos objeto de los escritos de cali2icación. d) os careos entre procesados yAo testigos y todas aquellas que, aún no habiendo sido propuestaspor las partes, considere necesarias para el esclarecimiento de los hechos u otros e'tremos queno hayan sido objeto de los escritos de cali2icación. +).- Al inicio de l!" "e"ione" del juicio or!l5 podr4n l!" p!r'e" proponer l!pr4c'ic!%
a) 8e aquellas pruebas que por ol!ido no hubieren propuesto en sus escritos de cali2icación. b) 8e cualesquiera pruebas, siempre que indiquen el domicilio en que pueden ser citadas las personaso el archi!o o legajo donde se hallan los documentos. c) 8e cualesquiera medios de prueba, siempre que puedan ser practicados en el acto. d) 9nicamente de la prueba documental, respecto de aquellos documentos que la parte aporte alinicio de la sesión. +*.- En el proce"o ordin!rio5 p!r! 8ue el 'ri,un!l pued! rec!z!r l!" prue,!"propue"'!" por el !cu"!dor pri!do%
a) b) c) d)
8ebe darle pre!iamente audiencia sobre la 2inalidad y rele!ancia de esa prueba. Babr0 de ser o&do el inisterio -iscal si inter!iniere en la causa. Babr0n de ser o&das las partes procesales. 8ebe ser acordada por el !oto 2a!orable a la inadmisión de la mayor&a absoluta de los miembrosdel "ribunal.
++.- El "e9!l!ien'o del d2! de inicio de l!" "e"ione" del juicio or!l%
a) or el /ecretario Judicial, a la !ista del 6uto de admisión de pruebas. b) or el /ecretario Judicial, a la !ista del 6uto de apertura de juicio oral. c) or el residente, en el 6uto de admisión de pruebas. d) or el agistrado onente, en el 6uto de apertura de juicio oral. +/.- En c!"o de incop!recenci! en el juicio or!l del proce"o ordin!rio5 delo" 'e"'i#o" o peri'o" propue"'o" por l!" p!r'e"%
a) +l "ribunal suspender0 el juicio, no reanud0ndose el mismo hasta que comparezcan. b) +l "ribunal solo acordar0 la suspensión si considera necesario el testimonio o in2orme pericial. c) +l "ribunal acordar0 la interrupción del juicio, debiendo el mismo reiniciarse desde el principio, una!ez desaparecida la causa de interrupción. d) +n ningún caso se interrumpir0 el juicio, decayendo el derecho de las partes a utilizar esos mediosde prueba. +0.- En el proce"o ordin!rio5 8u; pl!zo de 'iepo e" nece"!rio p!r! 8ue eljuicio "u"pendido 8uede in'errupido5 8ued!ndo "in e$ec'o l! p!r'e dejuicio cele,r!d!%
a) 5n mes, desde la suspensión. b) @* d&as, desde la suspensión. c) ($ d&as, desde la suspensión. d) 3o e'iste un plazo concreto. +.- Con'r! el !u'o de "u"pen"i(n del juicio or!l%
a) 3o cabe recurso alguno. b) /olo cabe recurso de casación, en el plazo de ($ d&as desde la noti2icación. c) /olo cabe recurso de súplica. d) /olo cabe recurso de casación en el plazo de (* d&as desde la noti2icación.
+3.- En el proce"o ordin!rio5 l! $!l'! de ci'!ci(n del !cu"!do 8ue no cop!rece!l juicio%
a) /er0 causa de nulidad del juicio, que podr0 ser decretada de o2icio por el "ribunal. b) /er0 moti!o de recurso de casación. c) /er0 moti!o de recurso de anulación. d) Conser!ar0 el juicio su !alidez, si bien deber0 o&rse al acusado ausente. /6.- L!" !c'!" del juicio 8ue e7'ender4 el "ecre'!rio judici!l cu!ndo porcu!l8uier c!u"! no pudier!n u'iliz!r"e lo" edio" de re#i"'ro en "opor'e!p'o p!r! l! #r!,!ci(n y reproducci(n del "onido y de l! i!#en5 node,en "er $ir!d!" por%
a) os miembros del tribunal. b) +l inisterio -iscal. c) os abogados de las partes. d) +l acusado. /1.- Cu4l de lo" "i#uien'e" e7'reo" no e" preci"o 8ue con'en#! l! "en'enci!%
a) as cali2icaciones pro!isionales de las partes. b) as cali2icaciones que, en su caso, se hubiesen propuesto por las partes acusadoras cuando el"ribunal hubiere planteado al amparo del art. 7@@ +C4I. c) a declaración de hechos probados. d) Cuando el "ribunal as& lo aprecie, la declaración de ser la querella calumniosa. /&.- Si el 'ri,un!l !dir'ie"e 8ue en l! "en'enci! "e u,ieren oi'ido pronunci!ien'o"rel!'io" ! pre'en"ione" opor'un!en'e deducid!" y "u"'!nci!d!"en el proce"o%
a) 3o podr0 proceder de o2icio a completar su resolución, sino que deber0 ser en !irtud de solicitudescrita de parte. b) odr0 proceder de o2icio a completar su resolución, pero sin modi2icar ni recti2icar lo que hubiereacordado, mientras la sentencia no alcance 2irmeza. c) odr0 proceder de o2icio a completar su resolución, pero sin modi2icar ni recti2icar lo que hubiereacordado, en el plazo de @ d&as desde la 2echa en que se dicten. d) odr0 proceder de o2icio a completar su resolución, pero sin modi2icar ni recti2icar lo que hubiereacordado, en el plazo de $ d&as desde la 2echa en que se dicten. /).- Cu!ndo no con"'e el lu#!r en 8ue "e !y! coe'ido un! $!l'! o deli'o5 "er4n
a) +l de la residencia del reo presunto. b) +l del t1rmino municipal en el que el presunto reo haya sido aprehendido. c) +l del t1rmino municipal en que se hayan descubierto pruebas materiales del delito. d) Cualquiera que hubiese tenido noticia del delito. /*.- Lo" perjudic!do" por un deli'o o $!l'! 8ue no u,ie"en renunci!do ! "u dereco5 podr4no"'r!r"e p!r'e en l! c!u"! "i lo icier!n !n'e" de%
a) a apertura del juicio oral. b) +l tr0mite de cali2icación del delito. c) +l acto de tomar declaración al o2endido. d) a instrucción de las primeras diligencias. /+.- Si l! 8uerell! $ue"e un por un deli'o 8ue no pued! "er per"e#uido "ino ! in"'!nci! de p!r'e5 "een'ender4 !,!ndon!d! l! 8uerell! por el 8ue l! u,ier! in'erpue"'o cu!ndo dej!"e de in"'!r elprocediien'o den'ro de lo"...
a) * d&as siguientes a la noti2icación del auto en que el Juez as& lo hubiere acordado. b) ($ d&as siguientes a la noti2icación del auto en que el Juez as& lo hubiere acordado. c) (* d&as siguientes a la noti2icación del auto en que el Juez as& lo hubiere acordado.
d) @* d&as siguientes a la noti2icación del auto en que el Juez as& lo hubiere acordado. //.- En el c!"o de 8ue "e 'r!'e de !l#uno" de lo" deli'o" o $!l'!" cuy! in"'rucci(n o conociien'ocorre"pond! !l
a) or el de la residencia del presunto reo. b) +l del t1rmino municipal donde se hayan descubierto pruebas del delito. c) or el lugar del domicilio de la !&ctima. d) or el lugar donde se cometieron los hechos. /0.- L! renunci! de l! !cci(n pen!l 8ue d; lu#!r !l procediien'o de o$icio.
a) /e e'tingue por la renuncia de la persona o2endida. b) a acción ci!il es irrenunciable. c) 3o se e'tingue por la renuncia de la persona o2endida. d) 3inguna es cierta. /.- E"'4n di"pen"!do" de l! o,li#!ci(n de decl!r!r.
a) os parientes del procesado hasta el tercer grado ci!il. b) os procuradores respecto de los hechos que 1ste le hubiese con2iado en su calidad de de2ensor. c) os hermanos uterinos de los procesados. d) 3inguna es cierta. /3.- :!r! re!liz!r 'od! $i!nz! en el procediien'o "u!rio "e proceder4 por.
a) a !&a ejecuti!a. b) a !&a de apremio. c) a !&a legal. d) 3inguna es cierta. 06.- :odr4 "er $i!dor per"on!l....
a) "odo espa#ol de buena conducta que est1 en pleno uso de derechos ci!iles y !enga pagando con dosa#os de anticipación una contribución de los bienes. b) "odo espa#ol o e'tranjero de buena conducta que est1 en pleno uso de derechos ci!iles o pol&ticos y!enga pagando con dos a#os de anticipación una contribución de sus bienes. c) "odo espa#ol de buena conducta que est1 en pleno uso de sus derechos ci!iles o pol&ticos y !engapagando con tres a#os de anticipación una contribución de sus bienes. d) "odo espa#ol de buena conducta que est1 en pleno uso de sus derechos ci!iles y pol&ticos y !engapagando con tres a#os de anticipación una contribución de sus bienes. 01.- Con'r! el !u'o 8ue de"e"'ie l! 8uerell! proceder4%
a) 4ecurso de reposición. b) 4ecurso de apelación en un solo e2ecto. c) 4ecurso de apelación en ambos e2ectos. d) 3o cabr0 recurso alguno. 0&.- L!" p!r'e" podr4n reproducir en el juicio or!l del procediien'o "u!rio5 l!" cue"'ione"prei!" 8ue "e u,ie"en de"e"'i!do5 e7cep'o%
a) a declinatoria. b) a inhibitoria. c) os art&culos de pre!io pronunciamiento. d) 3inguna es cierta.
0).- Cu!ndo !l#>n
a) idos el inisterio 2iscal y las partes personadas por plazo de dos d&as. b) ido el ministerio 2iscal por plazo de una audiencia. c) idas las partes personadas por plazo de un d&a. d) &das el inisterio 2iscal y las partes personadas por plazo de una audiencia. 0*.- Se#>n el !r'2culo 13 de l! LECri5 podr4 prooer y "o"'ener cope'enci!.
a) os jueces de instrucción, durante el sumario b) +l procesado, durante la sustanciación del juicio c) as partes, despu1s del acto de la comparecencia d) a parte ci!il, durante todo el proceso 0+.- L! re#l! #ener!l 8ue e"'!,lece l! cope'enci! 'erri'ori!l en !'eri! pen!l e" el%
a) ugar de la comisión de los hechos delicti!os. b) ugar donde se encuentran las piezas de con!icción c) 8omicilio del inculpado d) ugar en que el presunto reo haya sido aprehendido 0/.- Se con"ider!n deli'o" cone7o"%
a) os cometidos por dos o m0s personas en distintos lugares o tiempos, si no hubiera procedido conciertopara ello b) os di!ersos delitos que se imputen a una persona al incoarse contra la misma, causa por cualquiera deellos si no tu!ieran analog&a o relación entre s& c) os cometidos separadamente por dos o m0s personas d) os cometidos para procurar la impunidad de otros delitos 00. Tr!n"currido un e" de"de l! inco!ci(n del "u!rio "in 8ue e"'e !y! 'erin!do5 "e d!r4 p!r'e de inco!ci(n ! l! Audienci! :roinci!l
a) Cada mes. b) Cada semana. c) Cada d&a. d) Cada tres meses. 0. Cu!l "er4 l! prier! dili#enci! 8ue "e pr!c'ic!r45 "i l! in"'rucci(n 'uiere lu#!r por c!u"! deuer'e iolen'!?
a) 6utopsia. b) Identi2icación del cad0!er. c) 4econstrucción del hecho. d) Careo de testigos. 03. @uien in"'ruir4 un "u!rio5 de un deli'o de $!l"i$ic!ci(n de oned!?
a) Juzgados de instrucción. b) Juzgados centrales de instrucción. c) 6udiencia 3acional d) 6udiencias ro!inciales. 80.- En el proceso del sumario penal, todo reconocimiento pericial
a) b) c) d)
/e har0 por un solo perito. /e har0 por dos peritos. /e har0 por tres peritos. /e har0 por insaculación.
1.- ui;n de lo" "i#uien'e" e"'4 e7en'o de concurrir !l ll!!ien'o del
a) b) c) d)
+l -iscal Deneral del +stado. os residentes de las 6sambleas legislati!as de las CC66. os iembros del Dobierno. "odas son correctas.
&.- Se#>n l! LE criin!l5 l! 8uerell! "e pre"en'!r4%
a) b) c) d)
ediante comparecencia 2irmada sólo por el querellante ante el órgano competente. 8e 2orma escrita 2irmada por el querellante y procurador. 8e 2orma escrita, suscrita por etrado y rocurador con poder bastante. ediante comparecencia en el órgano competente y 2irmada por el /ecretario Judicial.
).- L!" dili#enci!" pedid!" y dene#!d!" en el "u!rio...
a) b) c) d)
odr0n ser propuestas de nue!o en el juicio oral. odr0n ser propuestas únicamente en el recurso contra la sentencia. odr0n ser propuestas sólo hasta antes de la celebración del juicio oral. 3inguna es correcta.
*.- L! in$or!ci(n !l o$endido o perjudic!do por el deli'o de lo" dereco" 8ue le !"i"'en por p!r'ede l! :olic2!
a) b) c) d)
ral y, en su caso, escrita. /iempre escrita. /iempre oral. 6 tra!1s del rocurador actuante.
+.- El procediien'o ordin!rio5 "e "i#ue p!r! l! in"'rucci(n y enjuici!ien'o de deli'o" c!"'i#!do" con pen! de pri!ci(n de li,er'!dB
a) Que no e'ceda de % a#os. b) Que e'ceda de % a#os c) Que no e'ceda de $ a#os d) Que e'ceda de $ a#os /.- Cu!l8uier per"on! puede de'ener%
a) b) c) d)
6l que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo 6l delincuente in fraganti . "odas son 2alsas, de ser cierto, se !ulnerar&a lo establecido en la Constituciónespa#ola. a) y b) son ciertas.
0.- En el juicio ordin!rio5 en el c!"o de 8ue el
a) b) c) d)
@ d&as $ d&as 7 d&as % d&as
.- Con'r! lo" !u'o" del procediien'o ordin!rio 8ue dic'en lo"
a) b) c) d)
4ecurso de suplica 4ecurso de apelación 4ecurso de re2orma 3inguna es correcta
3.- El 8ue "in e"'!r ipedido no concurriere !l prier ll!!ien'o judici!l o "e re"i"'iere !decl!r!r lo 8ue "upie"e !cerc! de lo" eco" "o,re lo" 8ue $uere pre#un'!do5 incurrir4 en l! ul'!de %
a) b) c) d)
** a $*** euros @** a <*** euros @** a 7*** euros 3inguna es correcta
36.- L! !di"i(n de denunci! o 8uerell! y cu!l8uier !c'u!ci(n proce"!l de l! 8ue re"ul'e l! ipu'!ci(n de un deli'o con'r! per"on! de'erin!d!%
a) 8eterminar0 el reconocimiento a la misma del derecho a la 6sistencia Jur&dica Dratuita. b) /er0 inmediatamente puesto en conocimiento de los presuntamente inculpados c) /er0 inmediatamente puesto en conocimiento de las !&ctimas y perjudicados d) "odas son correctas 31.- Si el
a) +l /ecretario del Juzgado b) 5n miembro del cuerpo de "ramitación rocesal c) 5n 6yudante de aboratorio del Instituto de edicina egal d) 5n 2uncionario de olic&a judicial 3&.- Lo" ,iene" pue"'o" ! di"po"ici(n judici!l5 e,!r#!do"5 inc!u'!do" o !preendido" en el cur"ode un procediien'o pen!l5 "e denoin!n%
a) iezas de con!icción b) Cuerpo del delito c) +2ectos judiciales d) Causas penales 3).- Con'r! lo" !u'o" dene#!'orio" de proce"!ien'o "(lo "e conceder45 ! 8uien !y! "olici'!do elproce"!ien'o del inculp!do5 el recur"o de%
a) 4e2orma b) 6pelación c) 4e!isión d) 4eposición 3*.- A,ier'o el juicio or!l "(lo podr4 "u"pender"e l! 'r!i'!ci(n por%
a) os art&culos de pre!io pronunciamiento. b) +l sobreseimiento total de la causa. c) a interposición de un recurso de apelación contra el auto de apertura de juicio oral. d) a interposición de un recurso de queja contra el auto de apertura de juicio oral.
3+.- El recur"o in'erpue"'o con'r! el !u'o de pri"i(n proi"i(n de un ipu'!doproce"!do5 de,er4 re"oler"e%
a) b) c) d)
+n el plazo de ($ d&as Inmediatamente +n el plazo m0'imo de @* d&as +n el plazo m0'imo de (* d&as
3/.- L! incounic!ci(n de un pre"o preen'io dur!r4
3o podr0 e'tenderse m0s de $ d&as 3o podr0 e'tenderse m0s de (* d&as +l tiempo indispensable para la pr0ctica de las diligencias solicitadas por el . -iscal /on ciertas a y c 30.-De con$orid!d con lo prei"'o en l! re$or! del C(di#o :en!l i n'roducid! por l! Ley Or#4nic! 1&61+5 de )6 de !rzo5 "er4 nece"!ri! l! denunci! de l! per"on! !#r!i!d! p!r! per"e#uir el deli'o de
a) b) c) d)
Imprudencia gra!e que cause la muerte de otro esiones que no menoscabe la integridad corporal del perjudicado +l que golpee o maltrate de obra a otro causando lesión. /on ciertas b y c
3.- Lo" $uncion!ro" de :olic2!
a) b) c) d)
Cinco d&as =einte d&as 8oce horas =einticuatro horas.
33.- L! iden'id!d "upue"'! o'or#!d! por el Mini"'erio i"c!l ! un !#en'e" de :olic2!
a) b) c) d)
8oce meses prorrogable por un periodo igual /eis meses prorrogable por un periodo de tres meses "res meses prorrogable por un periodo igual /eis meses prorrogable por un periodo igual
166.- El
a) b) c) d)
or tiempo no superior a un mes or tiempo no superior a ($ d&as or tiempo no superior a @* d&as 3o se pueden declarar el secreto de actuaciones para las partes personadas
161.- Lo" e$ec'o" judici!le"5 cu!ndo "e 'r!'e de dro#!" '(7ic!"5 un! ez re!liz!do" lo" in$ore" !n!l2'ico"5 prei! counic!ci(n !l
a) 6 su destrucción en el plazo de dos meses b) 6 su conser!ación &ntegra sin necesidad de resolución judicial c) 6 su destrucción de 2orma inmediata una !ez transcurrido un mes desde la comunicación al Juez d) 6 su destrucción de 2orma inmediata
16&.- Cu!ndo "e !y! procedido ! l! ipu'!ci(n de un! per"on! jur2dic!
a) as personas jur&dica no pueden ser imputadas b) /e le tomar0 declaración al legal representante o administración de la mercantil, asistido de 6bogado. c) /e librar0 comunicación al representante para que in2orme de todas las personas que 2orman parte de entidad a 2in de tomarle declaración a todos d) /e le tomar0 declaración al representante designado por la mercantil, asistido de 6bogado
RESPUESTAS TEST SUMARIO ORDINARIO