Maquiavelo será el primero en introducir el termino “stato” (estado), esta disciplina disciplina o este termino termino como objeto de estu estudio dio comenzará comenzará a estructurarse con la conformación de los primeros consejos (como en el caso de España). La teoría del estado comienza a dar sus primeros pasos con la cameralística alemana del siglo XVIII, que comprendía además de la prop pr opia ia te teor oría ía de dell es esta tado do la ci cien enci cia a po polí líti tica ca y to todo do lo qu que e el ella la englobaba entonces. Pos oste teri rior orme ment nte e la te teor oría ía de dell es esta tado do se ir iría ía inde indepe pend ndiz izan ando do,, apar ap arec ecie iend ndo o as asíí un unida ida a la gr gran an ex expa pans nsió ión n de la iusp iuspub ubli licis cisti tica ca alemana del S. XIX. Se comenzará a profundizar en la teoría del estado a través del estu es tudi dio o de dell der derec echo ho.. En es este te es estu tudio dio es im impo port rtan ante te de dest stac acar ar a Jellinek que desarrolla la Teoría General del Estado, y en la que explica que dentro del derecho se van a estudiar las normas que salen del estado. Este autor lleva a cabo el primer estudio específico del derecho. Pero esta Teoría General del Derecho será terminada por Kelsen. Se pueden destacar dos perspectivas definidas dentro de la teoría: -Jurídica (Kels (Kelsen) en) -Sociológica (Heller) Héller incorpora un estudio mucho más sencillo del Estado (pero más difícil de comprobar), en el que nos explica que no basta con lass in la inst stit ituci ucion ones es si sino no qu que e ha hay y qu que e in inco corp rpor orar ar al qu que e ob obed edec ece. e. Debido a esto la Teoría General del Estado pasará a llamarse Teoría del Estado.
En la ac actu tual alid idad ad en la Teo eorí ría a de dell Es Esta tado do se da dan n do doss en enfo foqu ques es distintos, pero complementarios: Derecho Constitucional: que usa una metodología normativo-jurídica Ciencia Política: que usa una metodología empírica-sociológica. Pero Per o ambos enfoques han sido objetos de critica: -Se dic dice e del der derech echo o con consti stituc tucion ional, al, que por con concen centra trars rse e en la personalidad jurídica del estado pierde de vista la realidad práctica de su ob obje jeto to.. El es esta tado do de desa sapa parrec ece e de detr trás ás de su pr prod oduc ucto to,, el orde or dena nami mien ento to ju jurí rídi dico co po polí líti tico co,, qu que e es es estu tudi diad ado o en un te terr rren eno o puramente normativo-formal. -De la ciencia política se dice que al concentrarse exclusivamente en la realidad fáctica de la acción del estado, pierde de vista aquel carácter normativo que le es consustancial y en consecuencia se queda en la consideración de los meros epifenómenos, lo cual se advi ad vier erte te al co comp mprrob obar ar co como mo la po poli lito tolo logí gía a co cont ntem empo porá ráne nea a ha sustituido el concepto de estado por el de sistema político. Par arti tien endo do de es este te pu punt nto o Da Davi vid d Ea East ston on,, expl explica ica qu que e el si sist stem ema a político es un sistema social pero desigual con respecto a normas y valores. En el es esta tado do es está tán n lo loss ór órga gano noss po polít lític icos os qu quie iene ness de desi sign gnan an la lass normas, y es el sistema es que responde y modifica las normas; a este proceso se le denominó: PROCESO DE RETROALIMENTACIÓN. A partir de aquí el sistema habla por lo tanto a través de normas. Y el concepto de estado es sustituido por el de sistema político. El origen del estado: Como se ha citado en el punto anterior se introduce el término “stato” con Maquiavelo, pero hay autores que creen que el estado como tal surge anteriormente, aunque con otras características, (Séller). Se entiende por estado como una forma de organización concreta, que posee un territorio delimitado por unas fronteras en las que habita un pueblo que posee un conjunto de deberes y derechos y que esta sometido a un ordenamiento jurídico específico, aparece como tal en Europa a finales del S.XV-XVI.
TEORIAS Las teorías: Por supuesto el origen del estado ha provocado que muchos autores se pregunten acerca de él, por lo tanto existen LA EVOLUCIÓN muchas teorías:DEL ESTADO: Podemos cuatro formas de Estado: 1-Cl 1Clás ásic icas as:hablar : es esta ta de teor te oría ía no nos s ex expl plica ica que qu e en or orig igen en lo loss se sere ress so son n soci so cial ales es o po polít lític icos os,, de debi bido do a es esto to no noss va vamo moss co cons nsti titu tuye yend ndo o en a-El Estado Absolutista instituciones, en principio mas pequeñas y que poco a poco irán aumentando: familia, aldea, ciudad, estado. Pero la medida de la b-El Estado Liberal organización política ha de ser pequeña (5000 para Platón y 10000 para Teles de Mileto). c-El Estado Democrático 2-Contractual: esta teoría al contrario que la anterior explica que el d-El Estado y Democrático de Derecho individuo noSocial es naturalmente social, sino que esta obligado a serlo, en contra de sus pasiones aceptan vivir y conformar un estado mediante un contrato. Nos vemos obligados a obedecer al estado a-EL ESTADO ABSOLUTIST ABSOLUTISTA: A: interna. debido a nuestra corrupción con este comienza Edad Moderna yán: se Hob clausura queseau Hegel Sus re repr prese esenta ntante ntess maslades destac tacado adoss ser serán: Hobbes bes,, lo Rous oussea u y llamó lla mó laentre “poli “p oliar arqu quía ía me medi diev eval al”.S ”.Se e tr trat ata a de en ente tess te terr rrit itor oria iale les, s, Suarez, otros autores. sometidos a la autoridad única de un monarca absoluto. absoluto. 3-Patriarcal: responde a un momento concreto, la creación de los Los cimientos de unaLaHacienda Pública gracias a al que los estados modernos. familia del Rey se sonpusieron los ciudadanos, igual monarcas pudieron constituir burocracia a su servicio. Estas que un padre tiene su familia yuna manda en su familia, el rey tiene a garantizaron la posibilidad de constituir ejércitos permanentes, los ciudadanos y manda sobre ellos haciendo estos el papelpues de ya no era necesario que éstos se sirvieran del pillaje. La conjunción famili fam ilia. a. Est Esta a teo teoría ría est esta a re relac lacion ionada ada con las Teor eorías ías del Ori Origen gen de los ejércitos permanentes con la aparición de las armas de fuego Divino de los Reyes. El representante represen tante más importante es Bodino. cambió totalmente el concepto hasta entonces prevalente de guerra y dio di o a del loss Mal lo mona mo nar rca cass ab abso toss un una ateoría supe su peri rior orid idad ad na nata sobr so bre e la 4-Teoría Menor: Essolu laluto primera cristiana a ta partir de nobleza deromano. la que seExplica valieron para unificar lo susque territorios y caída delfeudal, imperio que el hombre busca es someterlos un extraterrenal solo derecholayverdadera a una sola justicia losbuena que eran llegar a una avida vida, la vida y es admitidos como funcionarios la corona. por este motivo por el que de tiene que obedecer y resignarse a lo establecido por Dios; si lo que Dios ha establecido es que hemos de Esta homologación deesloslo territorios se aplicó tenerunificación un estado y someternos a él, que debemos hacer.también al campo de las relaciones económicas y aunque las monarquías absolutistas mantuvieron la estructura gremial, abolieron una gran cantidad de aduanas interiores, puesto que ahora las aduanas eran una cuestión de fronteras fronteras.. La doctrina económica imperante en el Estado absolutista es el merrca me cant ntili ilism smo, o, qu que e pa part rte e de dell pr prin inci cipio pio de qu que e la ri riqu quez eza a de la lass naciones es equivalente a la cantidad de metales preciosos que éstas puedan acaparar. En el cambio jurídico-político, el estado absolutista es la primera manifestación del territorio clausum, dentro del cual el monarca posee el monopolio de la violencia. Dicho monopolio se pone al servicio del derecho y la justicia administrados en nombre del Rey.
LA EVOLUCIÓN DEL ESTADO: Podemos hablar de cuatro formas de Estado: a-El Estado Absolutista b-El Estado Liberal c-El Estado Democrático d-El Estado Social y Democrático de Derecho a-EL ESTADO ABSOLUTISTA: ABSOLUTISTA: con este comienza la Edad Moderna y se clausura lo que Hegel llamó lla mó la “p “poli oliar arqu quía ía me medi diev eval al”.S ”.Se e tr trat ata a de en ente tess te terr rrit itor oria iale les, s, sometidos a la autoridad única de un monarca absoluto. absoluto. Los cimientos de una Hacienda Pública se pusieron gracias a que los monarcas pudieron constituir una burocracia a su servicio. Estas garantizaron la posibilidad de constituir ejércitos permanentes, pues ya no era necesario que éstos se sirvieran del pillaje. La conjunción de los ejércitos permanentes con la aparición de las armas de fuego cambió totalmente el concepto hasta entonces prevalente de guerra y di dio o a lo loss mo mona narrca cass ab abso solu luto toss un una a su supe peri rior orid idad ad na nata ta so sobr bre e la nobleza feudal, de la que se valieron para unificar sus territorios y someterlos a un solo derecho y a una sola justicia los que eran admitidos como funcionarios de la corona. Esta unificación y homologación de los territorios se aplicó también al campo de las relaciones económicas y aunque las monarquías absolutistas mantuvieron la estructura gremial, abolieron una gran cantidad de aduanas interiores, puesto que ahora las aduanas eran una cuestión de fronteras fronteras.. La doctrina económica imperante en el Estado absolutista es el merrca me cant ntili ilism smo, o, qu que e pa part rte e de dell pr prin inci cipio pio de qu que e la ri riqu quez eza a de la lass naciones es equivalente a la cantidad de metales preciosos que éstas puedan acaparar. En el cambio jurídico-político, el estado absolutista es la primera manifestación del territorio clausum, dentro del cual el monarca posee el monopolio de la violencia. Dicho monopolio se pone al servicio del derecho y la justicia administrados en nombre del Rey.
b-EL ESTADO LIBERAL: A dif difer erenci encia a del Est Estado ado abs absolu olutis tista, ta, el Es Estad tado o Lib Libera eral, l, el Estad Estado o democrático y el estado social y democrático de derecho son en realidad variantes del estado de derecho derecho.. Esa condición de Estado de derecho es lo que las une a las tres y lo que las diferencia de los otras dos formas de Estado que se han dado también en Europa - y no sólo en Europa- durante el siglo XX: el Estado Fascista y el Estado comunista, ninguno de los cuales era Estado de Derecho. El Estado Liberal, como se ha dicho, reacción dela burguesía al Esta Es tado do ab abso solu luti tist sta, a, y de desc scan ansa sa so sobr bre e do doss pr prin inci cipi pios os fá fáct ctic icoonomati nom ativos vos,, la Con Consti stituc tución ión y las Dec Declar laracio acione ness de der derech echos os del individuo. En ambos casos se trata de limites impuestos al poder de la autoridad, al poder del soberano, y a los limites que ya le imponía la misma doctrina política absolutista ( las leyes viejas del reino, los pactos, la ley divina) se le añaden ahora otros dos: una norma superior o norma de normas, La Constitución , en donde aparece el recon re conoci ocimie miento nto ex expr preso eso de los der derech echos os del ind indivi ividuo duo,, que son ilegislables y por tanto inviolables. En cuanto articulación territorial, respeta los principios sentados por el Estado absolutista e incluso los prolonga al continuar con la dinámica expansionista. La art articu iculac lación ión jur jurídi ídico-p co-polí olític tica, a, sig sigue ue re reser servan vando do a los pod poder eres es públicos el monopolio de la violencia. Pero como ésta se ejerce ahora aho ra con ar arre reglo glo a der derech echo, o, aqu aquel el mon monopo opolio lio se con consti stituy tuye e en monopolio legitimo y pasa a ser considerado como el elemento definitorio del Estado en la conocida terminología weberiana. La articulación económica, el estado liberal se articula según los principios del liberalismo económico de la teoría económica clásica llamada Escuela de Manchester; desde esta perspectiva la riqueza de las naciones reside en la capacidad para competir en el comercio mund mu ndia iall y la fu func nción ión qu que e co corrres espon ponde de a la lass au auto torid ridad ades es en la actividad económica, es la teoría del llamado “Estado gendarme” o “Estado policía” también conocido como “Estado mínimo”, esto es un es esta tado do qu que e se ab abst stie iene ne de to toda da in inte terv rven enci ción ón en el pr proc oces eso o productivo y cuyas únicas actividades se reducen a mantener el orden or den púb público lico,, gar garant antiza izarr la def defens ensa a y re realiz alizar ar las obr obras as púb públic lica a necesarias para la producción.
c-EL ESTADO DEMOCRÁTICO: DEMOCRÁTICO: Aunque es cierto que el Estado Liberal considera al ser humano, como un sujeto de derechos y deberes, no cumplía, con el elemento mas fundamental, la igualdad de sus unidades. Gran parte de la critica señaló que se trataba de una igualdad puramente formal, pero pe ro ex exis istí tía a al algo go mu much cho o má máss gr grav ave, e, qu que e ni si siqu quier iera a fu fuer era a un una a verdadera igualdad formal (por ejemplo en las leyes electorales de todos los países liberales s.XIX. no todas las personas son iguales ante la ley electoral). El Estado Liberal era un Estado de Derecho pero, al no respetar el prin pr inci cipi pio o de ig igua uald ldad ad,, no er era a un Es Esta tado do De Demo mocr crát átic ico. o. Por es este te motivo, el Estado Liberal de fines del S.XIX y principios del XX, al desembocar en la universalización real del derecho de sufragio, acabó convertido en Estado democrático. Desde el punto de vista territorial, el Estado democrático, al igual que los dos anteriores, es un estado nacional que se atiene a los principios de la soberanía interior y exterior. Desde la perspectivo jur juríd ídic ico-p o-pol olít ític ica, a, do doss va vari rian ante tess fu fund ndam amen enta tale less co con n res espe pect cto o al liberal: 1-al imperar el mandato de la igualdad, las decisiones pasan a adoptarse por el principio de la mayoría. 2-al ser sufragio universal, el cambio institucional más acusado que se produce es el que Max Weber ha llamado “la parlamentarización de lo loss go gobi bier erno nos” s”,, se as asie ient nta a el pr prin inci cipi pio o de la res espo pons nsab abili ilida dad d política de los Gobiernos ante los parlamentos. Desde el punto de vista de las concepci cio ones económic ica as domina dom inante ntes, s, pa paral ralela elamen mente te a la uni univer versa saliz lizació ación n del su sufra fragio gio,, se universalizara el impuesto sobre la renta y se admitirá el derecho de representación de las clases trabajadoras y humildes en general, provocó una mayor actividad intervensionista del Estado, que vino fevorecida por tres elementos concomitantes: a-los desajustes sociales producidos por los rápidos procesos de industrialización y modernización de las sociedades. b-el auge del movimiento socialista c-la elaboración de la doctrina social de la Iglesia por el otro Esta act Esta activid ividad ad int interv ervens ension ionist ista a aca acabar baría ía con conduc ducien iendo do al Es Estad tado o democrático al la última forma de Estado.
d-EL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO: Se de desa sarr rroll ollar aría ía un una a nu nuev eva a me ment ntal alida idad d cr crít ític ica a qu que e tr trat atar aría ía de demostrar cómo a pesar de todo do,, en tanto existieran las desigualdades económicas y sociales, la efectiva igualdad política logra log rada da po porr el pe pens nsam amie iento nto de demo mocr crát ático ico se serí ría a su sufic ficien iente te pa para ra conseg con seguir uir ór órden denes es pol políti ítico-s co-soci ociale aless rac racion ionale aless y jus justos tos.. Son los llamados “derechos económicos y sociales” o derechos de tercera generación, relacionados con la calidad de vida y que por ejemplo en España se consiguen con la constitución de 1978. La convicción prof pr ofun unda da aq aquí uí es qu que e la ve verrda dade dera ra ig igua uald ldad ad só sólo lo pu pued ede e se serr económica y social. Para conseguirla se vuelve, en cierto modo, a la concepción hegeliana de la misión moral del Estado y, replanteando la concepción liberal del “Estado mínimo”, se solicita una directa intervención de las autoridades públicas en el proceso productivo y, sobr so bre e tod odo, o, en el di disstr trib ibu uti tivo vo,, co con n fi fine ness de ga garran anti tiza zarr un una a redistribución más equitativa de la renta. Desde el punto de vista territorial, tiene una mayor proclividad a integrarse en organizaciones supranacionales y a ceder parcelas de soberanía, en parte rindiéndose a la evidencia de la inte in terrna nacio ciona nali liza zaci ción ón de delo loss flu flujo joss ec econ onóm ómic icos os y, en pa part rte, e, po porr convicciones jurídico-morales acerca del valor supranacional de los derechos fundamentales. Desde el punto de vista jurídico-político, jurídico -político, son dos las innovaciones, el carácter abierto y progresista de las organizaciones cons co nsti titu tuci cion onal ales es,, a tr trav avés és de la lass co corrres espo pond ndie ient ntes es cl cláu áusu sula lass transf tra nsfor ormad madora orass de los ór órden denes es jur jurídi ídico-p co-polí olític ticos os est estata atales les,, y el llamado parlamentarismo racionalizado, mediante el cual se trata de co coho hone nest star ar el pr prin inci cipi pio o de res espo pons nsab abil ilid idad ad po polí líti tica ca de lo loss Gobiernos ante los parlamentos con el de la estabilidad política de los estados. Desde el punto de vista económico, esta forma de Estado coincide con co n el ll llam amad ado o “E “Est stad ado o de Bi Bien enes esta tar”. r”.Es Es un fo forrma de Es Esta tado do básica bás icamen mente te int interv ervens ension ionist ista, a, que no act actúa úa de acu acuer erdo do con los postulados de la teoría económica liberal clásica, sino con arreglo a la revisión keynesiana, que postula dicha intervención del Estado en el ciclo económico con el fin de garantizar tres aspectos necesarios para par a la pr pros osper perida idad d de las so socied ciedade adess cap capita italis listas tas:: el equ equilib ilibrio rio económico (neutralización de la crisis), el pleno empleo y por lo tanto el crecimiento sostenido.