Tema 28.- Actos de comunicación a las partes y otros otros intervi intervinie nient ntes es Tramit ramitaci ación ón Pro Proces cesal al y Admini Administr strati ativa va
Tema 28 Actos de comunicación comunicación a las partes y otros intervinientes en el proceso: notifcaciones, requerimientos, citaciones y emplazamientos. Notifcaciones, citaciones y mandamientos en el proceso penal. ormas de notifcación y nuevas tecnolo!"as. 1.- Actos de comunicación a las partes y otros intervinientes en el proceso 1.1.- Notifcaciones 1.1.1.- concepto, objeto y tiempo de la comunicación #as notifcaciones son los actos procesales del tri$unal que tienen por o$%eto dar noticia de una resolución, dili!encia o actuación &art. '(). '* #+. +n el art. '/ #+ dispone que las resoluciones procesales se notifcar0n a todos los que sean parte en el proceso. Por disposición disposición del tri$unal, tam$i1n se notifcar0 la pendencia del proceso a las personas, que se!n los autos, puedan verse a3ectados por la resolución que pon!a fn al procedimiento. procedimiento. +sta comunicación se llevar0 l levar0 a ca$o, con los mismos requisitos, requisitos, cuando el tri$unal advierta indicios de que las partes est0n utilizando el proceso con fnes 3raudulentos. +n cuanto al tiempo de la comunicación, el art. '' #+ dice: '. 2.
;.
#as resolucio resoluciones nes dictadas dictadas por los tri$unales tri$unales o #etrados #etrados de la A4 se se notifcar0n notifcar0n en el plazo plazo m05imo m05imo de tres d"as desde su 3ec6a o pu$licación. pu$ licación. #os actos actos de comunic comunicación ación al 7inisteri 7inisterio o iscal, iscal, a la A$o!ac"a del del +stado, +stado, as" como como los que se practiquen a trav1s de los servicios de notifcación or!anizados por los cole!ios de Procuradores, se tendr0n por realizados al d"a si!uiente 60$il a la 3ec6a de recepción que conste en la dili!encia o en el res!uardo acreditativo acreditativo de su recepción cuando el acto de comunicación se 6aya e3ectuado por los medios y con los requisitos que esta$lece el art. '92 #+. uando el acto de comunicación 3uera remitido con posterioridad a las '://, se tendr0 por reci$ido al d"a si!uiente 60$il. uando uando un documento documento que que de$a acompa
+l art. ';/.; #+ esta$lece que ser0n 6oras 60$iles no solo las que medien de oc6o de la ma
1.1.2.- Sujeto competente para la práctica de la notifcación #os actos de comunicación comunicación se realizar0n $a%o la dirección del #etrado de la A4, responsa$le de la adecuada or!anización del servicio. Tales actos se e%ecutar0n por: -
#os 3uncio 3uncionari narios os del uerpo uerpo de Au5ili Au5ilio o 4udi 4udicia cial. l. +l Pro Procur curador ador de la parte parte que as" lo solici solicite te..
#os solicitantes podr0n pedir la modifcación del r1!imen de comunicaciones, de 3orma motivada y concurriendo causa %usta. >e tendr0 por v0lidamente practicados cuando en la dili!encia quede constancia sufciente de 6a$er sido practicados en la persona, en el domicilio o por cualquier otro medio ele!ido por el de stinatario. '
Tema 28.- Actos de comunicación a las partes y otros otros intervi intervinie nient ntes es Tramit ramitaci ación ón Pro Proces cesal al y Admini Administr strati ativa va +l Procurador acreditar0, $a%o su responsa$ilidad, la identidad y condición del receptor del acto de comunicación.
1.1.3.- orma de practicar la notifcación A! Notifcación por medio de "rocurador "rocurador >er0 utilizado este sistema, cuando las partes est1n personadas e n %uicio y de$idamente representadas por medio de Procurador &art. '; #+. #a notifcación se 6ar0 en la sede del tri$unal, o $ien en el servicio se rvicio comn de recepción, recepción, or!anizado por el ole!io de Procuradores. #a notifcación consistir0 en la entre!a de la copia de la resolución o dili!encia de ordenación que se 6aya de notifcar, frmando el procurador la dili!encia para acreditar la entre!a. #a remisión y recepción de los actos de comunicación con los procuradores, salvo las e5cepciones esta$lecidas en la ley, se realizara por los medios telem0ticos o electrónicos a que se refere el art '92 #+.
#! Notifcación personal a las partes >e utilizar0 este sistema cuando las partes no est1n personadas e n %uicio o no se encuentren representadas por procurador &art. ' #+ +n estos supuestos supue stos la notifcación se 6ar0 por remisión de lo que 6aya de comunicarte comunica rte mediante correo, tele!rama, correo electrónico o cualquier otro otro medio que permita de%ar constancia de su recepción, de su 3ec6a o contenido de lo comunicado. ?e no poder acreditarse la recepción por parte del destinatario de la 3orma anterior, anterior, se realizar0 la pr0ctica de la dili!encia mediante entre!a personal en la sede del ór!ano %udicial o en su domicilio. '.
2.
Notifcación por correo, tele$rama, correo electrónico o cual%uier otro medio electrónico . #a remisión de$er0 realizarse al domicilio de los liti!antes &art. ' #+. +l domicilio del demandante ser0 el que este 6aya 6ec6o constar en la demanda. +l demandante de$er0 indicar en la demanda, a ser posi$le, la dirección o 3orma de comunicar con con el demandado. +n caso contrario, si el demandante acredita la imposi$ilidad de aportar esa in3ormación el #etrado de la A4 utilizar0 los medios oportunos para averi!uar esas circunstancias, y, y, si esas averi!uaciones son in3ructuosas, ordenar0 que la comunicación se lleve a ca$o a trav1s de edictos, comunic0ndose el nom$re al @e!istro entral de @e$eldes iviles, para compro$ar si el demandado f!urase en 1l, en cuyo caso, mediante dili!encia de ordenación, podr0 acordar directamente la comunicación edictal del demandado &ar t ' #+. >i las partes no estuvieran representadas por Procurador, Procurador, las comunicaciones e3ectuadas en cualquiera de los lu!ares mencionados me ncionados que se 6ayan desi!nado como domicilios, surtir0n plenos e3ectos en cuanto se acredite la correcta remisión de lo que 6aya que comunicarse aunque no conste la recepción por el destinatario. uando en la demanda se e%ercite una acción de aquellas a las que se refere el nB ' del apartado ' del art. 2/ #+', se entender0 que si las partes no 6an acordado sei la demanda se diri!iese a persona %ur"dica, podr0 sei la comunicación se realiza por correo certifcado, tele!rama u otros medios seme%antes se remitir0 copia de la resolución o dili!encia de ordenación a notifcar, de%ando constancia en autos de la remisión y el contenido de lo remitido. &Art. '9/ #+. #a remisión de la comunicación podr0 ordenarse a varios lu!ares a la vez a costa de la parte que lo 6u$iera interesado. >i el interesado tiene domicilio en el partido donde radique la sede del tri$unal, y no se trate de comunicaciones de las que dependa la personación o la realización o intervención personal de las actuaciones, podr0 remitirse por correo certifcado, tele!rama o medios seme%antes, c1dula de emplazamiento para que el destinatario comparezca en la sede a e3ectos de ser notifcado o requerido o de d0rsele traslado de al!n escrito, con la advertencia de que si no comparece, sin causa %ustifcada el emplazado, dentro del plazo see utilizar0 cuando no pudiera acreditarse que el destinatario 6a reci$ido una comunicación que ten!a por o$%eto la personación en %uicio o la realización o intervención personal de las partes en determinadas actuaciones procesales &art. '8 #+.
cantidades por impa!o de rentas y cantidades cantidades de$idas y de desa6ucio por 3alta de ' 4uicio ver$al de reclamación de cantidades pa!o de la renta o e5piración del plazo f%ado contractualmente.
2
Tema 28.- Actos de comunicación a las partes y otros otros intervi intervinie nient ntes es Tramit ramitaci ación ón Pro Proces cesal al y Admini Administr strati ativa va '. Notifcación personal en la sede del 'ribunal : onsistir0 en la entre!a de la copia de la resolución o dili!encia de ordenación a notifcar, notifcar, de$i1ndose documentar la entre!a por medio de dili!encia que ser0 frmada por el 3uncionario, por el Procurador que la e3ecte y la persona a quien se 6a!a, cuyo nom$re se 6ar0 constar &art. '9'C' #+ 2. Notifcación personal personal en el domicilio del destinatario: ay que distin!uir si el destinatario es 6allado o no en el domicilio durante la dili!encia en $usca para practicar la notifcación. >i es 6allado en su domicilio la notifcación consistir0 en la entre!a de la copia literal de resolución o dili!encia de ordenación a notifcar no tifcar,, dili!enci0ndose la entre!a, por quien la practique, frm0ndola am$os &art. '2C'C;* y '9'C2#+. >i el destinatario se ne!ara a reci$ir la copia de la resolución o la c1dula o no quiera frmar la dili!encia acreditativa de la entre!a, la persona que asuma la pr0ctica de la entre!a, le 6ar0 sa$er que la copia queda a su disposición en la ofcina %udicial, produci1ndose los e3ectos de la comunicación, de todo lo cual quedar0 constancia en la dili!encia. +n caso de no encontrar al destinatario, podr0 e3ectuarse la entre!a, en so$re cerrado, a cualquier empleado, 3amiliar o persona con la que conviva, mayor de '( ae utilizar0 esta 3orma, como ltimo y e5tremo recurso, en los si!uientes supuestos, se!n el art. '9( #+: '. uando no pudier pudieree conocers conocersee el domicilio domicilio del destinat destinatario ario,, practicadas practicadas las averi averi!uacio !uaciones nes del art. art. '9 #+ &averi!uaciones por el #etrado de la A4 so$re domicilio. 2. uando no no pudiera pudiera 6allarse 6allarse el destinat destinatario ario ni e3ectuar e3ectuarse se la comunic comunicación ación con todos todos sus sus e3ectos e3ectos de 2 con3ormidad con con las anteriores anteriores 3ormas . ;. uando as" lo acuerde acuerde el #etrado de de la A4 por constar constar el el destinatario destinatario inscrit inscrito o en el @e!istro @e!istro entral entral de @e$eldes iviles. +n todos estos casos el #etrado de la A4 mandar0 que se 6a!a la comunicación f%ando la copia de la resolución en el ta$lón de anuncios de la ofcina %udicial de con3ormidad con la #ey '8D2/'', re!uladora del uso de las tecnolo!"as de la in3ormación y la comunicación en la Admón. de 4usticia, salva!uardando en todo caso los derec6os en intereses de los menores. Por ltimo de$e destacarse que el art. ; de la citada ley '8D2/'', dispone que “la publicación de resoluciones y comunicaciones que por disposición legal deban fjarse en el tablón de anuncios será sustituida por su publicación en la sede o subsede judicial electrónica E.
(! Notifcación al )inisterio iscal, Abo$ados del *stado y representantes de otras personas jur+dicas de naturalea pblica. >e!n lo dispuesto en el art. a rt. '2C;C(* de la #+, los actos de comunicación se e3ectuar0n en todo caso, por el personal al servicio de la Admón. de 4usticia, a trav1s de medios telem0ticos, si no tuvieran desi!nado procurador. 1.1..- Notifcación por medios electrónicos, in/ormáticos y similares >e!n el art. '2C2 #+, los actos de comunicación, con car0cter !eneral, !eneral, se practicar0n por medios electrónicos o telem0ticos en dos supuestos: -
uando uando los su%etos su%etos intervi intervinient nientes es en el proceso proceso est1n o$li!ados o$li!ados al empleo empleo de los los sistemas sistemas telem0ti telem0ticos cos o electrónicos e5istentes e5istentes en la Admón. de 4usticia con3orme al art. 2; #+, o uando uando aquellos aquellos,, sin estar estar o$li!ad o$li!ados, os, opten opten por por el uso uso de estos estos medios, medios, con con su%eción su%eción en todo todo caso, caso, a las disposiciones contenidas en la normativa re!uladora del uso de la s tecnolo!"as de la in3ormación y la comunicación en la Admón. de 4usticia.
No o$stante, cuando el acto de comunicación vaya acompa
2 +n nin!n caso se considerar0 imposi$le la desi!nación de domicilio a e3ectos de actos de comunicación si dic6o domicilio constara en arc6ivos o re!istros p$licos, a los que pudiera tener acceso &art. '9C2 #+ ;
Tema 28.- Actos de comunicación a las partes y otros otros intervi intervinie nient ntes es Tramit ramitaci ación ón Pro Proces cesal al y Admini Administr strati ativa va comunicación, la ofcina %udicial % udicial enviar0 el re3erido aviso. aviso. #a # a 3alta de pr0ctica de este aviso no impedir0 que la notifcación se a considerada plenamente v0lida. +l desarrollo de este precepto se encuentra en una norma posterior, posterior, el art. '92 #+, en virtud del cual: '. uando las ofcinas %udiciales y las partes o los destinatarios de los actos de comunicación est1n o$li!ados a enviarlos y reci$irlos por medios electrónicos, telem0ticos, in3otelecomunicaciones o de otra clase seme%ante, que permitan el env"o y la recepción de escritos y documentos, de 3orma tal que est1 !arantizada la autenticidad de la comunicación y de su contenido y quede constancia 3e6aciente de la remisión y recepción "nte!ras y del momento en que se 6icieron, o cuando los destinatarios opten por estos medios, los actos de comunicación se e3ectuar0n por aquellos, con el res!uardo acreditativo de su recepción que proceda. Los proesionales y destinatarios obligados a utilizar estos medios, así como los que opten por los mismos, deberán comunicar a las ofcinas judiciales el hecho de disponer de los medios antes indicados y la dirección electrónica habilitada a tal eecto. simismo se constituirá constituirá en el !inisterio !inisterio de "usticia un registro registro accesible accesible electrónicamente electrónicamente de los medios medios indicados y las direcciones correspondientes correspondientes a los organismos p#blicos y proesionales proesionales obligados a su utilización. $. %n cualquiera de de los supuestos a los que se refere refere este artículo, artículo, cuando constando la correcta correcta remisión remisión del acto de comunicación por dichos medios t&cnicos, sal'o los practicados a tra'&s de los ser'icios de notifcaciones organizados por los (olegios de )rocuradores, transcurrieran transcurrieran tres días sin que el destinatario acceda a su contenido, se entenderá que la comunicación ha sido eectuada legalmente desplegando plenamente sus eectos. *e e+ceptuarán aquellos supuestos en los que el destinatario justifque la alta de acceso al sistema de notifcaciones durante ese periodo. *i la alta de acceso se debiera a causas t&cnicas y &stas persistiesen en el momento de ponerlas en conocimiento, el acto de comunicación se practicará mediante entrega de copia de la resolución. %n cualquier caso, la notifcación se entenderá 'álidamente recibida en el momento en que conste la posibilidad de acceso acceso al sistema. o obstante, caso de producirse el acceso transcurrido dicho plazo pero antes de eectuada la comunicación mediante entrega, se entenderá 'álidamente 'álidamente realizada la comunicación en la echa que conste en el resguardo acreditati'o de su recepción. o se practicarán practicarán actos de comunicación comunicación a los proesionales proesionales por 'ía electrónica electrónica durante los los días del mes de agosto, sal'o que sean hábiles para las actuaciones que corresponda. -. (uando la autenticidad autenticidad de resoluciones, documentos, dictámenes o inormes inormes presentados presentados o transmitidos transmitidos por por los medios a que se refere el apartado anterior sólo pudiera ser reconocida o 'erifcada mediante su e+amen directo o por otros procedimientos, podrán, no obstante, ser presentados en soporte electrónico mediante imágenes digitalizadas digitalizadas de los mismos, en la orma pre'ista en los artículos $/ y $0 de esta Ley, si bien, en caso de que alguna de las partes, el tribunal en los procesos de amilia, incapacidad o fliación, o el !inisterio 1iscal, así lo solicitasen, habrán de aportarse aqu&llos en su soporte papel original, en el plazo o momento procesal que a tal tal eecto se se2ale. se2ale.
1.1.0.- Notifcación al rebelde +l art. () #+ dispone que al demandado re$elde solo se le de$e notifcar la resolución que as" lo declare, la que pon!a fn al a l proceso y las sentencias dictadas en apelación, recurso e5traordinario por in3racción procesal procesal y casación. ?e con3ormidad con dic6o precepto, precepto, la resolución que declare la re$eld"a se notifcar0 al demandado por correo, si el domicilio 3uere conocido, y si no, mediante edictos. #a sentencia o resolución que pon!a fn al proceso se notifcar0 al demandado personalmente, en la 3orma prevista en el art. '9' # +. >i el demandado se 6allare 6all are en paradero desconocido, desconocido, la notifcación se 6ar0 pu$licando un e5tracto de la misma por medio de edicto, que se pu$licar0 en el Folet"n =fcial de la omunidad Autónoma o en el Folet"n =fcial del +stado. #as sentencias que no ten!an e3ectos de cosa %uz!ada no se pu$licar0n.
1.2.- e%uerimientos 1.2.1.- (oncepto +l art. '()C( #+ lo defne como el acto de comunicación consistente en ordenar, con3orme a la ley, una conducta o inactividad. 1.2.2.- ormas de practicar los re%uerimientos #os requerimientos civiles, se practicar0n de la misma 3orma que las notifcaciones, pero pe ro en lu!ar de la copia literal de la resolución se le entre!ar0 Gel requerimiento que el 3ribunal o el Letrado de la " le dirija E &art. '2C;C;* #+ document0ndose por medio de dili!encia. +n las notifcaciones, citaciones y emplazamientos no se admitir0 respuesta al!una del interesado, a no ser que as" se 6u$iera mandado. manda do. +n los requerimientos se admitir0 la respuesta del requerido, consi!n0ndola sucintamente en la dili!encia. +n materia penal, la l a #+rim no esta$lece nin!una re!ulación !eneral y unitaria so$re la 3orma de practicar los requerimientos, por lo que ser0 aplica$le supletoriamente lo dispuesto dispuesto en la #+ &art. (
(
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1.3.- (itaciones +s el acto procesal de comunicación por el que se determina lu!ar, 3ec6a y 6ora para comparecer y actuar &art. '()C; #+
1.3.1.- (itación a las partes. #as 3ormas de practicar las citaciones son las mismas que las re3eridas para las notifcaciones &art '2 #+, ep"!ra3e '.'.2 de este tema, con la particularidad de que se 6ar0 siempre por c1dula, que se entre!ar0 o remitir0 a su destinatario, document0ndose por dili!encia &art. '2 y ss. #+. #a 1dula de$er0 e5presar: '. 2.
Tri$unal ri$unal o #etrado #etrado de la la A4 que que dicta dicta la resoluci resolución ón y asunto asunto en el que 6aya 6aya reca"do reca"do.. Nom$re Nom$re y apellido apellidoss de la persona persona a quien se se 6a!a la citación citación y del del procurador procurador encar!a encar!ado do de cumplimentarlo, en su caso. ;. +l o$% o$%et eto o de de la cita citaci ción ón.. (. #u!ar #u!ar,, d"a y 6ora 6ora de la la comp compare arecen cencia cia.. . #a prevenc prevención ión de de los e3ectos e3ectos que, que, en cada caso, caso, la ley esta$lezca esta$lezca;.
1.3.2.- (itación de testi$os, peritos y otras personas %ue no sean parte del juicio >e practicar0n como re!la !eneral y a tenor del art. ')C' #+, por correo, tele!rama u otros medios seme%antes &sistema de remisión. +stas comunicaciones ser0n dili!enciadas por el procurador de la parte que las 6aya propuesto, si as" lo solicita. >i 3racasa la comunicación, o las circunstancias del caso lo aconse%an, el # etrado de la A4, ordenar0 que se practique mediante entre!a personal al destinatario. #os destinatarios tienen la o$li!ación de comunicar si se produce al!n cam$io de domicilio durante la sustanciación del proceso p roceso..
1..- *mplaamiento +s el acto procesal que tiene por o$%eto personarse o actuar dentro de un plazo. # as 3ormas de practicar ser0n las mismas que las de las notifcaciones. >e practicar0 siempre por c1dula, c1dula, remitida al destinatario, document0ndose por dili!encia, por el 3uncionario o procurador p rocurador que la e3ecte y por la persona a quien se 6a!a, cuyo nom$re se 6ar0 constar constar &art. '9'C' #+. uando el emplazamiento lo realice el servicio comn de recepción, or!anizado por el ole!io de Procuradores, se remitir0 la c1dula por duplicado, una de las cuales ser0 frmada por el procurador y devuelta por el propio servicio. +n los supuestos de emplazamiento edictal se f%ar0 la c1dula en el ta$lón de anuncios del %uz!ado o tri$unal. #a c1dula de$er0 e5presar: '. 2.
Tri$unal ri$unal o #etrado #etrado de la la A4 que que dicta dicta la resoluci resolución ón y asunto asunto en el que 6aya 6aya reca"do reca"do.. Nom$re Nom$re y apellido apellidoss de la persona persona a quien se se 6a!a el emplazamien emplazamiento to y del del procurador procurador encar!a encar!ado do de cumplimentarlo, en su caso. ;. +l o$% o$%et eto o del del emp emplaz lazam amie ient nto o. (. +l plazo dentro dentro del cual de$a de$a realizarse realizarse la actuación actuación a que se refera refera el emplazam emplazamiento iento.. . #a prevenc prevención ión de de los e3ectos e3ectos que, que, en cada caso, caso, la ley esta$lezca. esta$lezca.
1.0.- Actos de comunicación mediante auilio judicial. >e remitir0 el despac6o por medio del sistema in3orm0tico %udicial, salvo en los supuestos que de$a realizarse en soporte papel. >e acompa
1..- Nulidad y subsanación de los actos de comunicación. esponsabilidad de los intervinientes en la práctica >er0n nulos los actos de comunicación que no se practiquen con arre!lo a lo dispuesto en la #+ y pudieren causar inde3ensión.
; =$li!atoriedad de comparecer a las audiencias y multas &art. 2)2 #+, incomparecencia y admisión t0cita de los 6ec6os &art. ;/( #+ y citación para la vista &art. ((/ #+
Tema 28.- Actos de comunicación a las partes y otros otros intervi intervinie nient ntes es Tramit ramitaci ación ón Pro Proces cesal al y Admini Administr strati ativa va >in em$ar!o cuando una persona notifcada, citada, emplazada o requerida se 6u$iera dado por p or enterada, y no denunciase la nulidad de la dili!encia dili!encia en su su primer acto de comparecencia, surtir0 surtir0 esta desde entonces entonces todos sus e3ectos. +l letrado de la A4 o 3uncionario que diere lu!ar, lu!ar, por malicia o ne!li!encia, a retrasos o dilaciones inde$idas, ser0 corre!ido disciplinariamente por la autoridad de quien dependa e incurrir0 adem0s en responsa$ilidad por da
2.- Notifcaciones, citaciones y emplaamientos en el proceso penal on3orme al art. '99 de la l a #+rim, se realizar0n $a%o la dirección del #etrado de la A4 y se practicar0n en la 3orma prevista en la #+, aunque mantiene una serie serie de especialidades, al!unas de ellas de dudosa aplicación pr0ctica.
2.1.- Notifcaciones 2.1.1.- Notifcación personal en los estrados del ju$ado o tribunal >e practicar0 leyendo "nte!ramente la resolución a la persona a quien se notifque y se entre!ar0 copia literal de ella, e5tendi1ndose dili!encia de confrmación que frmar0n el #etrado de la A4 o 3uncionario que la realice &art. '99, p0rra3o 9B #+rim. 2.1.2.- Notifcación personal en el domicilio #as notifcaciones que se practiquen 3uera de los estrados de los %uz!ados o tri$unales se 6ar0 por el 3uncionario correspondiente. +l #etrado # etrado de la A4 e5tender0 e5 tender0 una c1dula &c1dula ori!inal que contendr0:
+5presión del o$%eto de dic6a causa y los nom$res y apellidos de los que en ella ell a 3ueran parte. opia literal de la resolución que 6u$iere de notifcarse. Nom$re y apellidos de la persona o personas que 6an de ser notifcadas. ec6a en que la c1dula se e5pidiere. irma del #etrado de la A4.
>e 6ar0 constar en autos la e5pedición de la l a c1dula y el 3uncionario a quien se encar!ue enca r!ue su cumplimiento. cumplimiento. +l au5iliar %udicial &o el 3uncionario de Hestión, en su caso, sacar0 y autorizar0 con su frma tantas copias como personas 6ayan de ser notifcadas &art '98 y '9) #+rim, se trasladar0 al domicilio del interesado y le 6ar0 la notifcación que consistir0 en la lectura inte!ra de la resolución %udicial y entre!a de la copia de la c1dula e5tendiendo la correspondiente dili!encia al pie de la c1dula ori!inal &art. '/ #+rim, # +rim, donde constar0 el d"a y la 6ora de la entre!a y ser0 frmada por la persona a quien esta se 6iciere y el 3uncionario que practique la notifcación. >i la persona a quien se 6a!a la entre!a no supiere o no pudiere frmar, frmar, lo 6ar0 otra a su rue!oI y si no quisiere, frmar0n dos testi!os $uscados al e3ecto por el 3uncionario actuante. +stos testi!os no podr0n ne!arse a serlo &art. '' #+rim. # +rim.
2.1..- Notifcación domiciliaria cuando no es 4allado el interesado >i no 3uere 6allado el interesado en su domicilio, se entre!ar0 la c1dula al 3amiliar o persona mayor de '( ai no n o 6u$iera nadie, a uno de los vecinos m0s pró5imos &art. '2 #+rim, indic0ndoles la o$li!ación del que reci$e la copia de entre!arla al interesado tan pronto re!rese a su domicilio &art '; #+rim. 2.1..- Notifcación a trav5s de correo o sistemas t5cnicos de comunicación uando el #etrado lo estime conveniente podr0 6acerse por correo certifcado con acuse de reci$o, dando 3e en autos del contenido del so$re y ad%untando el acuse de reci$o. #as notifcaciones &tam$i1n citaciones y emplazamientos por corro se entender0n practicadas en la 3ec6a que el destinatario 6a!a constar en el acuse de reci$o. #os certifcados enviados !ozar0n !ozar0n de 3ranquicia postal y su importe no ser0 incluido en la tasación de costas.
2.1.0.- Notifcaciones a procuradores #as notifcaciones tam$i1n podr0n 6acerse a los procuradores de las partes &art. '82 #+rim ( Por estrados de$e entenderse la sede del tri$unal . #a #ey =r!0nica ')D2//;, de 2; de diciem$re, de la re3orma de la #=P4, atri$uye al 3uncionario del uerpo de Tramitación Procesal y Administrativa Administrativa la 3unción 3unción de con3eccionar las c1dulas pertinentes para la pr0ctica pr0ctica de los actos de de comunicación comunicación que 6u$iera 6u$iera de realizarse &art. (Cd #=P4
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Tema 28.- Actos de comunicación a las partes y otros otros intervi intervinie nient ntes es Tramit ramitaci ación ón Pro Proces cesal al y Admini Administr strati ativa va 2.1..- Notifcaciones por edictos >i el que 6a de ser notifcado no tuviere domicilio conocido, conocido, el %uez instructor ordenar0 lo conveniente para la averi!uación. +n este caso el #etrado de la A4 se diri!ir0 a la Polic"a 4udicial, re!istros ofciales,. Para 6acer la averi!uación &art. '8 #+rim.
2.1.6.- Notifcaciones Notifcaciones ne$ativas uando no sea posi$le practicar una notifcación por 6a$er cam$iado de domicilio el que de$a ser notifcado y no 3uera posi$le la averi!uación del nuevo, o por cualquier otra causa, se 6ar0 constar en la c1dula ori!inal &art. '( '( #+rim. 2.1.7.- Notifcaciones a trav5s de auilio judicial +l art ' #+rim, dice que: G (uando las notifcaciones, citaciones o emplazamientos hubieren de practicarse en territorio territorio de otra utoridad "udicial "udicial espa2ola, se e+pedirá suplicatorio, suplicatorio, e+horto o mandamiento, seg#n corresponda, insertando en ellos los requisitos que deba contener la c&dula. *i hubiera de practicarse en el e+tranjero se obser'arán para ello los tramites prescritos en los tratados, si los hubiere, y en su deecto se estará al principio de reciprocidad4. reciprocidad4.
2.2.- (itaciones +l art. ' #+rim esta$lece que las citaciones y emplazamientos se practicar0n en l a 3orma esta$lecida para las notifcaciones, pero con al!unas di3erencias: #as citaciones en materia penal tienen las si!uientes particularidades: -
#as que que tuvier tuvieran an lu!ar en los estrados estrados del 4uz!ado 4uz!ado o Tri$una Tri$unall se practic practicar0n ar0n i!ual i!ual que que las notifcaciones en estrados. +n las que que se practiq practiquen uen en domicil domicilio, io, se entre!ar0 entre!ar0 una copia de la c1dula c1dula de de citación, citación, autorizad autorizadaa por la frma del 3uncionario que practique la dili!encia. #a cedu cedula la de de citac citación ión tendr tendr00 el si!u si!uien iente te conte contenid nido: o: '. +5presión +5presión del 4uez, 4uez, Tri$una Tri$unall o #etrado #etrado de la la A4 que que 6u$iera 6u$iera dictado dictado la resolución resolución,, 3ec6a de esta y causa en que 6aya reca"do. 2. Nom$re Nom$re y apellido apellidoss de los que de$an de$an ser citado citadoss y sus domicil domicilios, ios, y si si estos 3ueren 3ueren i!norado i!norados, s, cualesquiera otras circunstancias por las que pueda descu$rirse el lu!ar en que se 6allaren. ;. =$%e =$%etto de de la la cit citac ació ión. n. (. #u!ar, #u!ar, d"a y 6ora en que 6aya 6aya de concurr concurrir ir el citado. citado. . =$li!ación =$li!ación si si la 6u$iere 6u$iere de concurr concurrir ir al primer primer llamamient llamamiento, o, $a%o multa multa de 2// 2// a ./// JI o si 3uere ya el se!undo que se 6iciere, la de concurrir $a%o aperci$imiento de ser perse!uido como reo del delito de o$strucción a la %usticia tipifcado en el art. (9;C' del ódi!o Penal.
No podr0n 6acerse a trav1s de procurador las citaciones que por disposición e5presa de la ley de$a n 6acerse a los mismos interesados en persona, ni las que ten!an por o$%eto la comparecencia o$li!atoria de estos &art. '82 #+rim. Al practicar la citación 6a$r0 de 6acerse las prevenciones advertencias que la ley esta$lezca en cada caso, dependiendo de la persona per sona a citar o del o$%eto de la citación. -
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Trat0ndo rat0ndose se del del inve investi sti!ad !ado, o, la #+r #+rim im en en su art (89 (89 dice dice que: que: Gla persona a quien se impute un acto punible deberá ser citada citada solo para ser oída, a no ser que la ley disponga lo contrario, contrario, o que desde investi!ado no detenido no compareciere, ni %ustifcare causa luego proceda su detención4. >i el investi!ado le!"tima que se lo impida, la orden de comparecencia podr"a convertirse convertirse en orden de detención &art. (8 #+rim. +n la citación que 6e 6a!a al investi!ado, el 3uncionario actuante le advertir0 a dvertir0 de esta posi$ilidad. +n cuant cuanto o a los testi testi!o !os, s, se! se!n n el art. art. ('/ de la #+ri #+rim: m: G3odos los que residan en territorio espa2ol, nacionales o e+tranjeros, que no est&n impedidos, tendrán obligación de concurrir al llamamiento judicial para declarar cuanto cuanto supieren sobre lo que les uere preguntado si para ello se les cita con las ormalidades prescritas en la ley4 ley4.
uera de los casos eceptuados por la #ey, el que sin estar impedido no concurriere al primer llamamiento %udicial, o se resistiere a declarar lo que supiese acerca de los 6ec6os so$re que 3uere pre!untado, incurrir0 en multa de 2// a ./// J, y si persistiere en su resistencia ser0 conducido en el primer caso a la presencia del 4uez instructor por los a!entes de la autoridad, y perse!uido por delito de o$strucción a la 4usticia, y en el se!undo caso &ne!ativa a declarar ser0 tam$i1n perse!uido por delito de deso$ediencia !rave !rave a la autoridad. #a multa ser0 impuesta en el acto de notarse o cometerse la 3alta &art. (2/ #+rim. +n el %uicio de delitos leves, la prevención concreta que se 6ar0 a los testi!os y peritos para el caso de no comparecer ser0 que podr0n ser sancionados con una multa de 2// a 2./// J.
Tema 28.- Actos de comunicación a las partes y otros otros intervi intervinie nient ntes es Tramit ramitaci ación ón Pro Proces cesal al y Admini Administr strati ativa va >i el testi!o reside 3uera del partido o t1rmino municipal del 4uez que instruye el sumario, este se a$stendr0 de mandarle comparecer a su presencia, a no ser que lo considere a$solutamente necesario para la compro$ación del delito o para el reconocimiento de la persona del delincuente, orden0ndolo en este caso por auto motivado. - Trat0ndose rat0ndose de peritos, peritos, el perito perito que sin sin ale!ar ale!ar e5cusa e5cusa 3undada 3undada de%e de%e de acudir acudir al llamamiento llamamiento del del 4uez o se nie!ue a prestar el in3orme, incurrir0 en las mismas responsa$ilidades se
2.3.- *mplaamientos +n los estrados del 4uz!ado o tri$unal los 6ar0 6a r0 el #etrado de la A4 o 3uncionario que corresponda. Para su pr0ctica 3uera de la sede del ór!ano %udicial, el 3uncionario responsa$le de practicar la dili!encia sacar0 tantas copias de la c1dula como personas 6ayan de ser emplaza das. #a c1dula de emplazamiento tendr0 el mismo contenido que la c1dula de citación p ero con al!una matización: as", adem0s de los requisitos mencionados en los tres primeros puntos para la c1dula de citación, se 6ar0 constar: 'B +n lu!ar del d"a y la 6ora, el t1rmino &plazo dentro del cual 6a de comparecer el emplazado. 2B +l lu!ar en que 6aya de comparecer y el %uez o tri$unal ante quien de$a 6acerlo. ;B #a prevención de que, si no comparece, le parar0n p arar0n los per%uicios a que 6u$iere lu!ar en derec6o. #a 3orma de practicarlos es an0lo!a a las citaciones &art. ' #+rim.
3. orma de los actos de comunicación comunicación y nuevas tecnolo$+as tecnolo$+as +l Pacto de +stado para la @e3orma de la 4usticia propu!nó en su momento la necesidad de implantar las nuevas tecnolo!"as en el 0m$ito de la Administración de 4usticia para Gmodernizar el uncionamiento de la ofcina judicial, agilizar los procedimientos y abaratar los costes en las comunicaciones y notifcaciones E. +n el mismo sentido se pronunció la arta de los ?erec6os de los iudadanos ante la 4usticia, donde se reconoce el derec6o de los ciudadanos a comunicarse con la Administración de 4usticia a trav1s del correo electrónico, videocon3erencia videocon3erencia y otros medios telem0ticos con arre!lo a lo dispuesto en las leyes procesales. Por su parte, la #ey =r!0nica 9D')8, de ' de %ulio, del Poder 4udicial, contempla en su articulado la utilización de medios t1cnicos de comunicación para la pr0ctica de notifcaciones, al i!ual que lo 6ace 6a ce en otros 0m$itos del procedimiento. As", el art. 2' #=P4 #=P4 esta$lece que, Glas notifcaciones podrán practicarse por medio del correo, del tel&grao o de cualquier medio t&cnico que permita la constancia de su práctica y de las circunstancias esenciales de la misma seg#n determinen d eterminen las leyes procesales4. procesales4. >in em$ar!o, em$ar!o, es la #+, en su art. '2C2 Kre3ormado en virtud de la #ey # ey (2D2/', de de octu$re y anteriormente analizado-, la que qu e o$li!a a la utilización de estos medios tecnoló!icos al disponer, disponer, como norma !eneral, que los actos de comunicación se practicarán por medios electrónicos cuando los su%etos intervinientes en la Administración de 4usticia con3orme al art. 2;, o cuando aqu1llos, sin estar o$li!ados, opten por el uso de esos medios, con su%eción, en todo caso, a las disposiciones contenidas en la normativa re!uladora del uso de las tecnolo!"as de la in3ormación y la comunicación en la Administración de 4usticia. ?e acuerdo con dic6a disposición, disposición, el art. '92 de la propia #+, tam$i1n e5aminado, esta$lece que cuando las ofcinas %udiciales y las la s partes o los destinatarios de los actos ac tos de comunicación est1n o$li!ados a enviarlos y reci$irlos por medios electrónicos, telem0ticos, in3otelecomunicaciones o de otra clase seme%ante, que permitan el env"o y la recepción de escritos y documentos, de 3orma tan que est1 !arantizada la a utenticidad de la comunicación y de su contenido y quede constancia 3e6aciente de la remisión y recepción "nte!ras y del momento en que se 6icieron, o cuando los destinatarios opten por estos medios, los actos de comunicación se e3ectuar0n por aquellos, con el res!uardo acreditativo acreditativo de su recepción que proceda. ?esarrollando estas previsiones le!ales 3ue apro$ado en su momento el @eal ?ecreto 8(D2//D, de 29 de enero, so$re implantación en la Administración de 4usticia del sistema in3orm0tico de telecomunicaciones #+LN+T para la presentación de escritos y documentos, el traslado de copias y la realización de actos de comunicación procesal por medios telem0ticos. Por ltimo, ltimo, la #ey '8D2/'', de de %ulio, re!uladora del uso de la s tecnolo!"as de la in3ormación y la comunicación en la Administración de 4usticia tam$i1n contiene re!las so$re las comunicaciones y notifcaciones electrónicas arts. ;; a 2, que sirven para completar las previsiones de las leyes procesales.
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