TEMA 2 TIPOS DE CERTIFICADOS DE AERONAVEGABILIDAD 1. IN INTR TROD ODUC UCCI CION ON 1.1.- Necesidad de rega!e"#$s rega!e"#$s de aer$"a%ega&iidad aer$"a%ega&iidad 1.2.- Cer#i'icad$ de Aer$"a%ega&iidad Aer$"a%ega&iidad 1.(.- Cer#i'icad$ de Ti)$ 1.*.- Aer$"a%ega&iidad C$"#i"+ada 1.,.- De'i"ici$"es e" e !&i#$ ci%i 1..- De'i"ici$"es e" e !&i#$ !ii#ar
2. PRO PROCES CESO O DE CER CERTI TIFIC FICACI ACI/N /N 2.1.- Bases de Cer#i'icaci0". Prese"#aci0" Prese"#aci0" de s$ici#+d a a A+#$ridad 2.2.- Re+isi#$s de Aer$"a%ega&iidad 2.2.1.- Re+isi#$s de Aer$"a%ega&iidad Aer$"a%ega&iidad e" a Cer#i'icaci0" Ci%i 2.2.2.- Re+isi#$s de Aer$"a%ega&iidad Aer$"a%ega&iidad e" a Cer#i'icaci0" Mii#ar 2.(.- Pa" de Cer#i'icaci0" 2.*.- Fase de de!$s#raci0" de c+!)i!ie"#$ 2.,.- Cer#i'icaci0" de Ti)$ 2..- C$"#e"id$ de a $3a de Da#$s
(. CAMBIOS A UN PRODUCTO AMPARADO POR UN CERTIFICADO DE TIPO (.1.- N+e%$ Cer#i'icad$ de Ti)$ (.2.- Re%isi$"es a Cer#i'icad$ de Ti)$ (.(.- Cer#i'icad$ de Ti)$ S+)e!e"#ari$ (.*.- Casi'icaci0" de $s ca!&i$s e" e dise4$ de Ti)$
*. TIP TIPOS OS DE CER CERTI TIFICA FICADOS DOS *.1.- Cer#i'icad$ de Ti)$ *.2.- Cer#i'icad$ de Aer$"a%ega&iidad Aer$"a%ega&iidad *.(.- Cer#i'icad$ de Ti)$ Pr$%isi$"a *.*.- Cer#i'icad$ de Aer$"a%ega&iidad Aer$"a%ega&iidad )ara E5)eri!e"#aci0" *.,.- Cer#i'icad$ de Aer$"a%ega&iidad Aer$"a%ega&iidad Res#ri"gid$ *..- Cer#i'icad$ de Aer$"a%ega&iidad Aer$"a%ega&iidad )ara E5)$r#aci0" *.6.- Cer#i'icad$ T7c"ic$ de INTA
1. IN INTR TROD ODUC UCCI CION ON 1.1.- Necesidad de rega!e"#$s rega!e"#$s de aer$"a%ega&iidad aer$"a%ega&iidad La Prim Primer eraa Gu Guer erra ra Mund Mundia iall supu supuso so un enor enorme me paso paso adel adelan ante te en la tecn tecnol olog ogía ía aeroná aeronáuti utica ca y de los requis requisito itoss de segurida seguridad, d, sobre sobre todo de carác carácter ter estruc estructur tural. al. Posteriormente se inició la organización de estos requisitos en forma de reglamentos de aeronavegabilidad, aeronavegabilidad, que fueron desarrollándose dando lugar a normas nacionales. Los reglam reglament entos os de aerona aeronaveg vegabi abilid lidad ad conti contiene enenn requis requisito itoss con concre cretos tos de diseo diseo necesario necesarioss para obtener obtener un nivel de seguridad seguridad que se considere considere aceptable, aceptable, y e!igen e!igen la
demostración del cumplimiento de dic"os requisitos mediante análisis, cálculos y ensayos en tierra y en vuelo. Las diversas categorías de aeronaves #militares o civiles, ligeras o pesadas, de ala fi$a o giratoria, etc.% se enmarcan dentro de diversos reglamentos o como partes distintas de uno mismo. La elaboración y actualización de un reglamento de aeronavegabilidad es una labor muy costosa. &e a"í que "asta las más importantes naciones de 'uropa se apro!imen abiertamente a la reglamentación americana, consiguiendo al mismo tiempo me$orar las posibilidades de e!portación a 'stados (nidos o a los países que acepten sus requisitos de aeronavegabilidad.
1.2.- Cer#i'icad$ de Aer$"a%ega&iidad La ley 48/60 de 21 de Julio sobre Navegación Aérea, en su artículo )* establece la e!igencia de que todas las aeronaves, incluidas las militares, est+n provistas de un Certificado de Aeronavegabilidad , sin el cual no podrán volar. 'ste documento sirve para identificar t+cnicamente una aeronave, definir sus características y e!presar la calificación que merece para su utilización, deducida de la inspección en tierra y de las correspondientes pruebas en vuelo. 1.(.- Cer#i'icad$ de Ti)$ Para conseguir que se reduzcan a un mínimo las actividades conducentes a la emisión del ertificado de -eronavegabilidad de cada aeronave, se "an de evitar repetir actividades que ya se "an realizado. urge así la necesidad de establecer /lotes0 o /1ipos0 de aviones, de forma que si se define este 12P3 de aeronave y se analiza su comportamiento frente a sus requisitos de -eronavegabilidad se podría emitir un ertificado de 1ipo. 1.*.- Aer$"a%ega&iidad C$"#i"+ada 's el con$unto de actuaciones conducentes a mantener las condiciones de seguridad en vuelo iniciales por medio de unos procedimientos establecidos y aprobados. 1.,.- De'i"ici$"es e" e !&i#$ ci%i /ertificación de tipo de un avión es el reconocimiento legal de que esa aeronave cumple con los requisitos aplicables0. La ertificación de tipo comprende dos actividades4 La actividad de verificar que el producto cumple con los requisitos t+cnicos aplicables. La actividad formal de reconocer ese cumplimiento con los requisitos t+cnicos mediante la emisión de un certificado. 'n la ley 48/60 de 21 de Julio sobre Navegación Aérea se establece la competencia del Ministerio de 5omento para la e!pedición del ertificado de -eronavegabilidad a las aeronaves civiles. •
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1..- De'i"ici$"es e" e !&i#$ !ii#ar 'n el ámbito militar se "ace necesario distinguir los conceptos de ertificación, alificación y 6omologación empleados, que no son siempre diferenciables. 7ormalmente ligados, se apoyan y entremezclan. CE!"#"CAC"$N 4 Es el con%unto de actividades conducentes a alcan&ar un nivel de seguridad ó'ti(o 'ara el vuelo en la envolvente establecida ) con las li(itaciones de vuelo definidas*
CA+"#"CAC"$N 4 Calificación es el 'roceso (ediante el cual es de(ostrado ,ue un 'roducto deter(inado cu('le los re,uisitos ,ue le son e-igidos .es'ecificación del siste(a* +3AC"$N 4 El con%unto de actuaciones (ediante las ,ue un rganis(o ,ue tiene esta facultad 'or dis'osición regla(entaria co('rueba 'ara un deter(inado 'roducto el cu('li(iento de las condiciones i('uestas 'or las nor(as o es'ecificaciones a'licables ,ue finali&an con la e(isión del Certificado de o(ologación* 's competencia del Ministerio de defensa la e!pedición del ertificado de -eronavegabilidad para las aeronaves que tengan la consideración de militares o que pertenezcan a los e$+rcitos, organismos o servicios dependientes o vinculados al Ministerio de &efensa. - estas aeronaves se le aplica el egla(ento de Aeronavegabilidad de la 5efensa #8-&% de 9: de noviembre de 9;;<.
2. PROCESO DE CERTIFICACI/N 'l proceso de certificación es similar en el ámbito civil y militar, diferenciándose básicamente en la 7ormativa o 8equisitos de -eronavegabilidad empleados. 'ste proceso está íntimamente ligado con el que sigue la industria #solicitante% desde que se define un nuevo concepto de avión y se desarrolla "asta que finaliza su diseo. e definen estos dos caminos paralelos pero concurrentes, por un lado las actividades de ertificación=alificación y por otro las actividades de &iseo=Producción &2'>3 '81252-237 oncepto 2nvestigación inicial &iseo de tipo preliminar ?ases de certificación #solicitud% 5ase de desarrollo Plan de certificación omprobación actuaciones, cualidades &emostración de cumplimiento &iseo de tipo final ertificado tipo 'ntrega de aviones ertificado de aeronavegabilidad e considera que desde el punto de vista de la -utoridad ertificadora el programa comienza con la solicitud y la presentaci*n de las ?ases de ertificación aplicables al &iseo de 1ipo preliminar.
2.1.- Bases de Cer#i'icaci0". Prese"#aci0" de s$ici#+d a a A+#$ridad La solicitud a la -utoridad de la ertificación de una aeronave va seguida de la aportación de los datos básicos disponibles del diseo y del inicio de un proceso de discusión con la -utoridad para el establecimiento de las ?ases de ertificación. Las Bases de Cer#i'icaci0" están compuestas de4 Requisitos de Aeronavegabilidad aplicables. riterios de interpretación. Condiciones es'eciales de aeronavegabilidad. La -utoridad prescribe una ondición 'special para un producto si los 8equisitos de -eronavegabilidad aplicables no contienen un adecuado nivel de seguridad para el producto por alguna de las siguientes razones4 @. 'l producto tiene unas características de diseo insólitas. 9. 'l uso que se pretende del producto no es el convencional. • • •
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). '!periencia en productos similares "an demostrado que pueden dar lugar a condiciones inseguras. 7iveles equivalentes de seguridad. -suntos de certificación motivo de controversia.
2.2.- Re+isi#$s de Aer$"a%ega&iidad 6ay diferencias en los requisitos de aeronavegabilidad aplicables en el caso civil y militar4 2.2.1.- Re+isi#$s de Aer$"a%ega&iidad e" a Cer#i'icaci0" Ci%i 6ay tres tipos de regulaciones a tener en cuenta durante un proceso de certificación de tipo4 @. 8egulaciones de -eronavegabilidad 'stablecen los requisitos t+cnicos y de aeronavegabilidad que son necesarios para la emisión del certificado de tipo del avión, motor, "+lices, etc. #?-8, -28, A-8, 5-8% 9. 8egulaciones de protección ambiental 'stablecen los límites aceptables de impacto ambiental #8uido e!terior y emisiones de gases de escape B emisiones de ventilación de combustible.% ). 8egulaciones de operación 'stablecen requisitos para la operación de aviones de transporte. 1ienen su impacto en el diseo de tipo, y por tanto tienen que ser considerados durante el proceso de certificación. e muestra a continuación un e$emplo de la regulación vigente en 'uropa4 -'837-C'G-?2L2&-&
A-8 9) -'837-C' P'D('>3 A-8 9E -'837-C' P3L2M3138' A-8 9: 6'L23P1'83 P'D('>3 A-8 9F 6'L23P1'83 &' G8-7 1-M->3 A-8 ' '7G27' A-8 P P83P'LL'8 A-8 -P( -(2L2-8H P3I'8 (721 -M?2'71-L' -7'3 @* 3-2 C3L 9 -7'3 @* 3-2 C3L @ 3P'8-2J7 A-8 3P P-81 @ 8'G(L-237 7-237-L A-8=-I3 Los requisitos de aeronavegabilidad aplicables dependen en gran medida de la fec"a de solicitud. 'sto es así por las siguientes razones4 @. 5i$a las regulaciones de aeronavegabilidad que están en vigor #enmienda aplicable%. 9. onsidera que la fec"a de certificación de tipo debe ser conseguida E aos despu+s de la fec"a de solicitud.
2.2.2.- Re+isi#$s de Aer$"a%ega&iidad e" a Cer#i'icaci0" Mii#ar alvo el 8eglamento de -eronavegabilidad de &efensa, en nuestro país no e!iste un compendio de normativa que cubra todos los sistemas del avión. Los criterios para la determinación de las ?ases de ertificación serán los que a $uicio de la autoridad #en nuestro caso el 271-% se consideren aplicables. Los tipos de regulaciones a tener en cuenta durante el proceso de certificación de un avión militar son4
@. 8egulaciones de -eronavegabilidad 'stablecen los requisitos t+cnicos y de aeronavegabilidad que son necesarios para la emisión del certificado de tipo del avión, motor, "+lices, etc. 7ormalmente se usa en lo posible la normativa civil especificada en el apartado anterior, complementada con normativa militar de ertificación #normas M2L%. Podemos mencionar algunas4 &'5=1-7=;;=F:; &esign and -irKort"iness 8equirements M2L=1&=@; 'nsayos ambientales M2L=1&=
9. 8egulaciones de operación on los relativos a la capacidad de una aeronave de cumplir sus cometidos. Proceden de las necesidades del usuario. 'n el caso de ertificación militar es tambi+n importante tener en cuenta la enmienda aplicable en el momento de la solicitud #normalmente se "a de escoger la ltima edición%. Para aviones derivados, pueden darse dos casos4 @. Due el solicitante eli$a voluntariamente demostrar el cumplimiento con los requisitos de la ltima enmienda de la norma aplicable. 9. Due el solicitante tome como ?ases de ertificación de referencia las del modelo predecesor
2.(.- Pa" de Cer#i'icaci0" 'l documento básico en el proceso es el Plan de ertificación. 'n el se recogen la siguiente información básica4 = Descripción del sistema y subsistemas* 'n este apartado se deben e!poner las características principales del sistema y los subsistemas que lo integran. = Bases de Certificación propuestas* '!enciones, limitaciones, etc. = Diseño de Tipo* 5efine el diseo de la aeronave* .7lanos li(itaciones de aeronavegabilidad (anual de ins'ección ) (anteni(iento etc = Medios de demostración de cumplimiento de los requisitos de aeronavegabilidad del sistema. Para cada requisito de aeronavegabilidad, se e!pone en forma matricial el m+todo para demostrar cumplimiento propuesto y la documentación asociada. = Relación de documentación de Certificación . 'n principio, todo documento usado como evidencia de cumplimiento con un requisito se debe considerar como documento de certificación #Co('liance Cec9 +ist , Manual de Cuelo, Manual de Pesos y entrados, Manual de Mantenimiento%. = Plan de proyecto con "itos principales de ertificación y Plan de 'nsayos propuesto, en banco, en tierra y en vuelo. = Declaración de Aeronavegabilidad . on las limitaciones de aeronavegabilidad. 'ste documento lo edita y mantiene el solicitante, siendo de su e!clusiva responsabilidad. Puede sufrir diversas alteraciones durante el periodo de realización de ensayos. = Calificación de equipos = Configuración de la Aeronave uando el solicitante presenta el Plan de ertificación muc"os de los apartados e!puestos estarán 1?&, ya que en ese momento no se tiene toda la información precisa.
'l Plan de ertificación es un documento vivo que no quedará cerrado "asta el final del Proceso.
2.*.- Fase de de!$s#raci0" de c+!)i!ie"#$ &espu+s del establecimiento y acuerdo inicial del Plan de ertificación se inicia esta fase. Lleva asociado la presentación por el fabricante de estos tres documentos4 = Declaración de Cumplimiento* 'l solicitante debe declarar que "a demostrado cumplimiento con todos los requisitos aplicables. = Documento de Comprobación de Cumplimiento. 'l solicitante del ertificado de 1ipo debe demostrar cumplimiento con los requisitos aplicables y proporcionar a la -utoridad los medios con los que se "a demostrado dic"o cumplimiento. = Declaración de Conformidad #aviones civiles% ó Certificado de Conformidad #aviones militares%. 'l solicitante deberá presentar una, a la -utoridad para cada aeronave, motor o "+lice que se presente para ensayos, confirmando que el producto o parte esta de acuerdo a los datos de diseo aplicables. 'l solicitante debe permitir a la -utoridad realizar cualquier inspección y ensayo en tierra o vuelo necesario para comprobar la validez de la &eclaración de umplimiento presentada. 2.,.- Cer#i'icaci0" de Ti)$ 'l proceso de ertificación finaliza cuando se emite el ertificado de 1ipo. Para la emisión del ertificado la -utoridad debe estar satisfec"a con la demostración de cumplimiento presentada por el fabricante y se deben "aber aprobado y emitido los siguientes documentos4 Lista de planos que definen la configuración de diseo aprobada. &ocumentos t+cnicos de ertificación. &eclaración de umplimiento del fabricante. &ocumento de omprobación de umplimiento #"ecN List%. Programa de Mantenimiento #incluyendo lista de limitaciones de aeronavegabilidad%. 6o$a de &atos del ertificado de 1ipo. 'l procedimiento para la emisión del ertificado de 1ipo varia dependiendo del tipo de organización4 @. Orga"i8aci$"es ci%ies, como la 5-- #americana%, emiten directamente el ertificado de 1ipoO otras como la A-- #europea% emiten una recomendación para que las -utoridades iviles de cada país emitan el correspondiente certificado. 9. Orga"i8aci$"es !ii#ares, como el 271-, emiten un certificado 9Certificado !écnico del "N!A:, con el que el Ministerio de &efensa 'spaol emite el ertificado de 1ipo. • • • • •
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2..- C$"#e"id$ de a $3a de Da#$s La 6o$a de &atos forma parte del ertificado de 1ipo. ontiene4 = Limitaciones prescritas por las ?ases de ertificación. = Las propias ?ases de ertificación. = ualquier otra limitación o información que se $uzgue necesaria para garantizar la operación segura de la aeronave, motor o "+lice. = 2nformación general #identificación del 1ipo de -eronave, identificación del titular del ertificado%.
= =
2nformación específica #motores, "+lices, combustibles y lubricantes, pesos y centrados, referencias geom+tricas, velocidades, aceleraciones, altitud má!ima y radio de acción, capacidad de carga, tripulación, equipos, etc.% de la aeronave. Manuales de Cuelo y Mantenimiento.
(- CAMBIOS A UN PRODUCTO AMPARADO POR UN CERTIFICADO DE TIPO i a un producto amparado por un ertificado de 1ipo se se le introducen modificaciones, segn sea la naturaleza de las mismas, se "ará necesario requerir un nuevo certificado de tipo, revisiones al certificado de tipo o un certificado de tipo suplementario.
(.1.- N+e%$ Cer#i'icad$ de Ti)$ ualquier que proponga un cambio al producto debe solicitar un nuevo ertificado de 1ipo si4 @. La -utoridad considera que el cambio propuesto es tan e!tenso que se requiere una completa investigación del cumplimiento con los 8equerimientos aplicables. 9. 'n el caso de un avión, se modificara el nmero de motores o el principio de propulsión. (.2.- Re%isi$"es a Cer#i'icad$ de Ti)$ Para modificar un producto amparado por una ertificación de 1ipo introduciendo una !$di'icaci0" !a;$r no contemplada en el caso anterior, se deberá solicitar a la -utoridad la emisión de una evisión al Certificado de !i'o original . (.(.- Cer#i'icad$ de Ti)$ S+)e!e"#ari$ 'l ertificado de 1ipo uplementario se usa en general para aprobar istemas que se van a utilizar en aviones en servicio que se pretenden me$orar o actualizar o para aadir nuevas capacidades al sistema.
*- TIPOS DE CERTIFICADOS e describen seguidamente los diversos certificados aplicables a las aeronaves en el ámbito de ertificación Militar en 'spaa, segn el 8eglamento de -eronavegabilidad de la &efensa4
*.1.- Cer#i'icad$ de Ti)$ 's el &ocumento por el cual el Ministerio de &efensa reconoce que +" #i)$ de aer$"a%e< !$#$r $ =7ice "a sido diseado y ensayado siguiendo las normas y procedimientos aprobados y que, por lo tanto, se considera que es segura para el vuelo. 'sta constituido por4 'l propio ertificado. La "o$a de revisiones al mismo. La "o$a de datos emitida por el 271-. • • •
*.2.- Cer#i'icad$ de Aer$"a%ega&iidad 's el &ocumento que sirve para identificar t+cnicamente +"a aer$"a%e , definir sus características y e!presar la calificación que merece para su utilización, deducida de la
inspección en tierra y de las correspondientes pruebas en vuelo. 'ste ertificado incluirá mención e!presa del ertificado de 1ipo que ampara la aeronave y la 6o$a de &atos de la misma.
*.(.- Cer#i'icad$ de Ti)$ Pr$%isi$"a 's el &ocumento que se e!pide para aquellos tipos de aeronaves, motores o "+lices de dise4$ "aci$"a sobre los cuales se "a alcanzado un grado de conocimiento de sus características como para poder establecer unas limitaciones de aeronavegabilidad dentro de las cuales se considera seguro para el vuelo. (n ertificado de 1ipo Provisional tendrá una efectividad de un ao. *.*.- Cer#i'icad$ de Aer$"a%ega&iidad )ara E5)eri!e"#aci0" 's el &ocumento e!pedido por el 271- para aquella aeronave que se encuentre en fase de prototipo o utilizada específicamente para vuelos de ensayos, en fase e!perimental o de demostración. La vigencia del ertificado será de tres meses, renovable por periodos iguales. *.,.- Cer#i'icad$ de Aer$"a%ega&iidad Res#ri"gid$ 's el &ocumento que se e!pide para aquella aeronave que est+ amparada por un ertificado de 1ipo, pero cuya aeronavegabilidad no está completamente demostrada, aunque es capaz de realizar de forma segura algunas operaciones a+reas. (tilizado para vuelos de aceptación de aeronaves de producción, vuelos a la fábrica, etc. La vigencia de este ertificado estará limitada al nmero de vuelos especificados y nunca será superior a tres meses. *..- Cer#i'icad$ de Aer$"a%ega&iidad )ara E5)$r#aci0" 's el certificado que se e!pide a una aeronave a los efectos de e!portación o venta. Cer#i'icad$ de Aer$"a%ega&iidad Pr$%isi$"a 's el &ocumento que se e!pide para aquella aeronave que está amparada por un ertificado de 1ipo Provisional. u vigencia será de seis meses y nunca será superior a la del propio ertificado de 1ipo Provisional. *.6.- Cer#i'icad$ T7c"ic$ de INTA 's el &ocumento e!pedido por el 271- que garantiza que se "an realizado los ensayos, análisis y todo tipo de pruebas y traba$os e!perimentales necesarios para la demostración del cumplimiento con las ?ases de ertificación establecidas )ara cada #i)$ de aeronave, motor o "+lice. 'ste certificado es de carácter preceptivo y determinante para la finalización del procedimiento.