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Procedimiento para ejecutar trabajos en altura física
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Tabla de Contenidos
1. Objetivos y alcance 2. Referencia Legal 3. Responsabilidades 4. Descripción de la actividad 4.1 Generalidades 4.2 Salud Compatible Compatible con Trabajo en Altura Física con Peligro de Caída 4.3 Capacitación 5. Sistemas de Protección contra Caídas para Trabajos en Altura Física (SPDC) 5.1 Propósito 5.2 Uso e Inspección 5.3 Definiciones y Clasificación de los SPDC 5.4 Estándares de los SPDC 6. Andamios y Plataformas Provisorias Provisorias 6.1 Definiciones Defi niciones 6.2 Uso e Inspección 6.3 Montaje y Desmontaje de Andamios y Plataformas de Trabajo 6.4 Sistemas de Tarjetas 7. Plan de Rescate 8. Accesos Superficies de de Trabajo 9. Empleo de Jaula Jaula o Canastillo Canastillo con Grúa 10. Sistema Personal de Detención de Caídas Caídas para el Trabajador Liniero Liniero 10.1 Objetivos y Alcances 10.2 Definiciones De finiciones 10.3 Responsabilidades Responsabilidades 10.4 Capacitación e Instrucción sobre el uso de los SPDC 11. Referencias 12. Verificación 13. Anexos 13.1 Lista Chequeo de los SPDC S PDC 13.2 Lista Chequeo de de Andamios/Superficies Andamios/Superficies de Trabajo 13.3 Historial de Actualizaciones
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1. Objetivos y Alcance Definir y establecer estándares generales que describan los requisitos y especificaciones que deben satisfacerse para realizar trabajos en altura física sobre 1,8 m. en División El Teniente, como: requisitos para el trabajador, uso de Sistemas Personales para Detención de Caída (SPDC) y superficies de trabajo en altura tales como andamios y plataformas. Determinar obligaciones, responsabilidades y niveles de capacitación del personal que trabaja en altura física. Este procedimiento aplica a todos los trabajadores de la División El Teniente y de Empresas Contratistas que presten servicios en las instalaciones de la División. 2
Referencia Legal y otros requisitos Cuerpo Legal DFL – 1 Código Del Trabajo
Ley 16.744 Establece Normas So bre Accidentes Del Trabajo Y Enfermedades Profesionales
Reglamento De Seguridad Minera Decreto Supremo Nº 72 Modificado Por Decreto Supremo Nº 132.
Capitulo
Artículo
Libro II De La Protección A Los Trabajadores Título I Normas Generales
184
Titulo VII Prevención De Riesgos Profesionales
66 Bis
Capítulo Primero De Las Obligaciones De Las Empresas
25, 28, 29, 30, 31, 32
Capítulo Segundo De Las Obligaciones De Los Trabajadores
38, 39, 40
Capítulo Tercero Normas Generales
47, 48, 49,50
Capítulo Séptimo Equipos De Izamiento
174
Decreto Supremo 18 Certificación De C alidad De Elementos De Protección Personal Contra Riesgos Ocupacionales
1, 2, 3 , 4
Resolución Exenta 1031del Ministerio de Salud Aprueba Guía Que Contiene Contiene Recomendaciones Para La Selección, Uso, Mantención, Limpieza Y Control Para Trabajos Con Riesgos De Caída.
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Estándar de Control de Fatalidad N°2 “Tra bajo en altura física”
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3. Responsabilidades Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional a) Aprobar y mantener actualizado el procedimiento en concordancia con las Gerencias de Áreas. b) Exigir el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Estándar de Control de Fatalidades N°2 sobre Trabajo en Altura Física. Gerencias y Direcciones de Area a) Asegurar el cumplimiento, difusión y capacitación de este procedimiento al personal propio y de empresas contratistas. b) Proporcionar los recursos para la adquisición e implementación de los elementos necesarios para la correcta ejecución del trabajo en altura física de acuerdo al procedimiento. c) Exigir la aplicación y cumplimiento del presente Procedimiento, tanto a personal propio como contratistas Jefes Unidades/Administradores de Contratos/Ingenieros Residentes Empresas Contratistas a) Mantener actualizado el registro de trabajadores que cumplen con la capacitación y el examen médico para trabajar en altura física b) Exigir y verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Estándar de Control de Fatalidades N° 2 sobre trabajo en altura física. c) Implementar un sistema de inspección especializada, mensual, a los elementos y componentes de los equipos de protección personal contra el peligro de caídas de altura, según las indicaciones del fabricante y de acuerdo con el tipo de equipo. Supervisores Directos de la Ejecución de la Obra a) Verificar siempre que el SPDC compuesto por líneas de vida, anclajes, arnés y cola de seguridad se encuentren en buenas condiciones. Se debe retirar todo elemento que presente condiciones subestándares tales como desgastes, picaduras u otros defectos. b) Controlar que los accesorios, andamios, plataformas de trabajo y Sistemas de Protección de Caídas a utilizar en trabajos de altura física se encuentren en buenas condiciones c) Controlar que todo trabajador se encuentre en condición física para ejecutar trabajos en altura física con riesgo de caída. d) Controlar el cumplimiento del procedimiento presente y el estándar de control de Fatalidades N° 2 para ejecutar los trabajos en altura física con riesgo de caídas. Trabajadores a) Conocer y aplicar el procedimiento para ejecutar trabajos en altura física lo cual debe quedar registrado en el Análisis Seguro de la Tarea (AST). b) Verificar siempre que toda escala, pasillo, andamio y plataformas de trabajo provisorias o estables y accesorios, se encuentren en buen estado antes de utilizarlos. c) Verificar siempre, antes del inicio del trabajo, que el SPDC compuesto por líneas de vida, anclajes, arnés y cola de seguridad se encuentren en buenas condiciones. Se debe retirar todo elemento que presente condiciones subestándares tales como desgastes, picaduras u otros defectos.
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4. Descripción de la Actividad. 4.1 Generalidades La caída de trabajadores de altura es un accidente laboral, por lo general grave o fatal, que ocurre en diferentes sectores productivos, y en distintas circunstancias, cuando el trabajador accede o se retira del puesto de trabajo, o bien cuando está realizando su tarea. Las situaciones de peligro pueden tener su origen en la falta de resistencia de la superficie de trabajo y/o en la inestabilidad de estructuras o plataformas de trabajo. Asimismo, el trabajador puede estar expuesto a ser empujado por un objeto que se mueve, o a un tropiezo con cierto obstáculo o a un resbalón, que hace que ocurra la caída. Se deben adoptar todas las medidas de control del riesgo, ya sea en la fase de proyecto o diseño, de los métodos de trabajo para excluir aquellas tareas o situaciones que tengan riesgo de caída, o bien, cuando esto no es posible, mediante el uso de un SPDC. 4.2 Salud Compatible con el Trabajo en Altura De acuerdo al artículo 186 del Código del Trabajo todo trabajador que deba realizar trabajos en altura utilizando andamios, o plataformas provisorias, deberá reunir las condiciones físicas y sicológicas requeridas y para ello debe cumplir lo exigido en el “Acuerdo de Homologación de Evaluación de Salud para Trabajos en la Industri a Minera”. El examen médico contempla los siguientes aspectos: a) Examen clínico orientado a descartar patologías relacionadas con la visión, oído, equilibrio y patologías neurológicas, relacionadas a descartar antecedentes clínicos de epilepsia, mareos, fobia a altura, alteraciones visuales, patologías con déficit neurológico, alteración del equilibrio o de la marcha que no permita el trabajo en altura física. b) Determinación de Glicemia que asegure la no existencia de glicemia alterada y que requiera estudio de diabetes y que en este caso constituye una contraindicación temporal hasta no certificar médicamente su compensación, c) ECG de reposo en mayores de 40 años para determinar posibles patologías cardiovasculares relevantes. d) Determinación de Índice Masa Corporal (IMC). Contraindicación para IMC igual o mayor a 35 e) Declaración de Salud que descarte el consumo de fármacos, que según criterio médico alteren el alerta o el equilibrio. Para ello se debe mantener un registro con la vigencia del examen médico de cada trabajador y los certificados de salud extendidos por el organismo administrador de la Ley 16.744 correspondiente, para trabajar en altura. El examen médico deberá considerar el peso de la persona en relación con el límite máximo de peso del arnés de cuerpo entero de 120 Kg. 4.3 Capacitación e Instrucción Toda persona que deba realizar trabajos en altura, deberá recibir una adecuada y completa capacitación y entrenamiento de parte de personal técnicamente competente y calificado. El curso de capacitación y entrenamiento, deberá proporcionar toda la información contenida en el estándar de trabajo en altura física (ECF2) y toda aquella que sea necesaria y requerida sobre riesgos de caídas a distinto nivel, uso de andamios, plataformas de trabajo provisorias adecuadas al tipo de trabajo a realizar, accesorios, estabilidad, resistencia y accesos en caso de emergencia, uso correcto de elementos de acceso tales como escalas, escaleras y pasillos y sobre el uso de sistemas y equipos de protección personal para limitar y/o detener una caída en caso de accidente (SPDC).
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La capacitación debe ser de carácter teórico/práctica y debe considerar a lo menos: a) Riesgos a los que está expuesto el trabajador en altura y los daños asociados, control del riesgo de caída libre mediante medidas de prevención y protección. b) Ajuste correcto del SPDC. c) Limitaciones del uso del SPDC. d) Instalaciones requeridas del SPDC. e) Líneas de Vida Horizontales y Verticales, Anclajes correctos y técnicos de conexión con estrobos líneas de conexión, amortiguador de impacto, anclajes fijos, conectores de anclaje, accesorios de conexión. f) Inspección / revisión visual de los SPDC. g) Almacenamiento y mantenimiento de los SPDC. h) Procedimientos de protección contra caídas y rescate. i) Montaje y Desmontaje Andamios j) Plataformas de Trabajo k) Guía Estándar Control Fatalidad N° 2 La capacitación debe ser evaluada y registrada, por un organismo técnico autorizado. 5. Sistemas Personal para Detención de Caídas (SPDC), para trabajos en altura física 5.1 Propósito Definir y clasificar los Sistemas/ Equipos de Protección Personal para Trabajos en Altura con Riesgos de Caídas y especificaciones que deben cumplir los diferentes sistemas o equipos que se ut ilicen para la protección y seguridad de los trabajadores. El equipo destinado a detener o interrumpir la caída libre de una persona desde un nivel de trabajo ubicado sobre 1,80 metros (1 metro y 80 centímetros), está compuesto por: a) b) c) d) e) f) g)
Puntos de Anclaje Líneas de vida. Cinturones Arnés de cuerpo completo (tipo paracaídas Clase A – Detención de caída) Colas o estrobos de seguridad (Líneas de sujeción) Dispositivos amortiguadores de impacto o de desaceleración, en riesgos con caídas de altura. Deslizadores en faenas que requieran ascenso o descenso vertical.
5.2 Uso e Inspección Todos los sistemas o equipos de protección contra riesgos de caídas en altura y sus componentes deberán ser sometidos a inspecciones visuales antes de cada uso, para detectar signos de daño deterioro o defectos. La inspección completa de los EPP contra caídas de altura, deberá ser realizada por personas capacitadas y calificadas por un organismo técnico o proveedor, con conocimientos y experiencia necesarias para revisar correctamente el equipo. Se debe elaborar y mantener registro de la inspección realizada. La persona designada como responsable por la organización deberá realizar una inspección mensual de todos los arneses, colas de seguridad y amortiguadores de impacto en su sección y dejar los resultados en la hoja de registro, del cual se adjunta un ejemplo en la hoja de chequeo (Anexo 1). Los sistemas o equipos deben ser almacenados en un lugar seco y fresco protegido de la luz solar.
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5.3 Definiciones y Clasificación de Sistemas Industriales de Proteccion Personal para Trabajos en Altura con Riesgos de Caidas Trabajo en Altura Física: Es toda labor que se realiza a más de 1,8 metros sobre el nivel del piso donde se encuentra el trabajador y que además presenta el riesgo de sufrir una caída libre, o donde una caída de menor altura puede causar una lesión grave (Ministerio de Salud resolución exenta 1031). Sistema Personal para Detención de Caídas (SPDC): Conjunto de componentes y subsistemas interconectados, que incluye un arnés de cuerpo completo utilizado por el usuario y que cuando es conectado a un dispositivo de anclaje apropiado, detiene una caída desde una altura. Líneas de Vida: Las líneas de vida o cabos de vida, son componentes de un sistema / equipo de protección contra caídas, consistentes de una cuerda de nylon o cable de acero galvanizado que instalada en forma horizontal o vertical, estirada y sujetada entre dos puntos de anclaje para otorgar movilidad al personal que trabaja en áreas elevadas. La línea de vida permite la fijación o enganche en forma directa o indirecta al cinturón de seguridad, a la línea de sujeción o estrobo, al arnés completo para el cuerpo, o un dispositivo de absorción de impacto o amortigua Línea de Vida Horizontal: La línea de vida horizontal se conecta entre dos puntos de anclajes por ambos extremos. Línea de Vida Vertical: Pueden estar compuestas de una cuerda de poliéster trenzado o cable de acero galvanizado, dispuestas vertical- mente para detener la caída de una persona al subir torres de acero para líneas de transmisión, postes, plantas térmicas de energía, ante¬nas transmisoras, escalas de gato, lugares de construcción de edificios, minas y otras estructuras de altura. La línea vertical puede estar sujeta solo en el extremo superior al acople de anclaje y caer libremente en sentido vertical hasta el pi¬so, permitiendo el deslizamiento del conectordel sistema de protec¬ción de caída, en este caso un dispositivo de agarre de seguridad o sujetador de caídas que se desliza sobre la línea de vida. Línea de Vida Autorretráctil (LVA): subsistema conectable que se ancla sobre el lugar de trabajo y que incorpora una línea de vida traccionada, la cual se extrae y retrae automáticamente en respuesta a los movimientos normales de un usuario, y un medio de freno el cual traba y mantiene automáticamente la línea de vida en respuesta al movimiento repentino de una caída. Arnés para el Cuerpo Completo (ACC): Componente del dispositivo de retención del cuerpo, el cual se conecta a un sistema personal para detención de caídas. Líneas de Sujeción de Posicionamiento o Estrobos: También denominada como, "tirante" y cuerda o cola de seguridad", la línea de sujeción es un componente de un sistema o equipo de protección para limitar y/o detener una caída, restringiendo el movimiento del trabajador o limitando la caída del usuario. Está constituida por una correa de nylon, tejido de cuerda de nylon trenzado, o por una línea o estrobo de cable de acero galvanizado. Las líneas de sujeción o estrobo son de longitud corta entre 1,20 me¬tros y 1,80 metros (6") fabricadas de correas de nylon, poliéster de cuerdas de nylon trenzadas, o de cables de acero. Las líneas de sujeción o estrobos para posicionamiento no deberán ser usadas como un equipo de protección contra caídas. Para ello se debe usar una línea de sujeción con atenuador o amortiguador de caída conectada a la espalda. Líneas de Sujeción con Dispositivo Amortiguador de Impactos: Las líneas de sujeción o estrobos con un dispositivo amortiguador de impactos (atenuador de caídas), son líneas de sujeción-correas de nylon o cuerda trenzada que cuentan con un dispositivo amortiguador de impactos que permite disipar la energía del impacto, reduciendo la fuerza de detención en un 50% aproximadamente, actuando en el usuario y en el anclaje.
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Cinturón porta herramientas: Accesorio, usualmente incorporado íntegramente a la cinta de cintura de un ACC, el cual se utiliza para colgar temporalmente herramientas al arnés mientras un usuario está trabajando. Amortiguador de impacto: componente diseñado para disipar la energía cinética generada durante una caída que limita las fuerzas de detención aplicadas al SPDC, al dispositivo de anclaje y al usuario. Anclaje y Punto de Anclaje: El anclaje es un punto seguro de fijación para líneas de vida, estrobos, cola de seguridad o dispositivos de desaceleración y andamios, que conforman el SPDC, a la estructura disponible. El anclaje debe cumplir los siguientes requisitos: a) Cualquiera sea el punto de anclaje este deberá resistir una carga mayor o igual a 2.226 Kg. (22kN) por trabajador conectado. b) Debe ser independiente de cualquier anclaje que vaya a ser usado para suspender o soportar plataformas de trabajo. c) Adaptable al tipo de trabajo a desarrollar. d) Elevado para reducir la distancia de caída libre. e) Calculado y aprobado por personal calificado Estrobo / cola de seguridad: Banda o cuerda flexible (metálica o polietileno) usada para asegurar el cinturón de seguridad o el arnés para el cuerpo a una línea de vida o directamente al punto de anclaje. Sujetador de Caídas para Líneas de Vida Vertical: El sujetador de caídas es un dispositivo de agarre de seguridad empleado para detener la caída de una persona que debe ascender a postes, torres de acero, líneas de transmisión, escalas fijas (verticales) y otras estructuras de altura. El dispositivo de agarre de seguridad se mueve libremente hacia arriba o hacia abajo sobre una línea de vida aprobada de poliéster o nylon trenzado de 5/8" (16mm) de diámetro, quedando asegurada a la línea de vida cuando se produce una caída utilizando un n ivel mecánico. Líneas de Vida con Abrazadera o Carretilla Deslizable para Escalas Fijas Verticales: La línea de vida vertical también puede tener otra aplicación cuando se utiliza en escalas fijas verticales o estructuras, mediante un cable galvanizado 5/16"de O (8mm) 7x19. este sistema / equipo de protección contra caídas consiste en conectar el arnés completo para el cuerpo a un dispositivo denominado carretilla o abrazadera deslizable; que es un dispositivo dotado de rodillos de nylon que se colapsan con una carga de choque, permitiendo el contacto directo entre el cable y la carretilla, deteniendo la caída. Caída libre: acción de caer, antes que el equipo de protección personal para trabajos con riesgo de caída se active e inicie la detención de la misma. Distancia de caída libre: distancia vertical de caída de una persona, antes que el equipo de protección personal para trabajos en altura comience a detener la caída. Distancia Total de Caída Libre: La distancia de caída libre total corresponde a la distancia del desplazamiento vertical total que recorre una persona, entre los puntos de fijación del cinturón o arnés para el cuerpo, luego de accionado el sistema de detención de caída libre, incluyendo la elongación o alargamiento de la línea de sujeción y/o la distancia de desaceleración. Mosquetón: Gancho ubicado en cada una de las puntas del cabo de vida y sirve para fijarse a una estructura o argolla tipo "D" del arnés. Los mosquetones de seguridad deben tener doble seguro para evitar que éste se desenganche en forma accidental. Los andamistas deben usar cabos de vida con mosquetones 0 int. = 55 mm., para mayor facilidad en su trabajo.
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5.4 Estándares del Sistema/Equipo de Protección Contra Caídas Los Equipos de protección deberán ser fabricados de acuerdo a normas aceptadas, y certificados por un organismo autorizado para el tipo de equipo. (D.S.Nº 173 de 1982, Ministerio de salud, artículos 7 y 14), tales como Nch 1258 del 0 al 6 y los estándares establecido en el ECF N° 2. a) Arneses para el Cuerpo Completo (ACC) (Clase A – Detención de caída)
Figura 1. Ejemplo de arnés de cuerpo completo
Los ACC Clase A están diseñados para soportar el cuerpo durante y después de la detención de caídas, rescate. Deben tener incorporado un elemento de fijación para detención de caída, de modo que éste se sitúe en la espalda del usuario y centrado entre los omóplatos. El arnés de cuerpo completo, es parte de un sistema o equipo de protección para detener la caída libre de una persona, siendo su uso obligatorio para todo el personal que trabaje expuesto a caída en altura de un nivel igual o superior a 1,80 metros. Cuando el ACC Clase A tiene otros elementos de fijación, este debe incluir la siguiente clasificación: Clase D para propósitos de ascenso/descenso controlado Clase E para propósitos de acceso a espacios confinados Clase P para propósitos de posicionamiento de trabajo Los arneses deberán ser fabricados en un material (nylon, poliéster o de otro tipo) de acuerdo a los estándares establecidos en la Normas Chilena NCh1258/1 y que permita que el producto terminado soporte sin sufrir daños, el ensayo de impacto descrito para cada tipo en NCH 1258/2. El arnés de cuerpo completo está compuesto de correas, cintas tejidas de nylon o de poliéster que aseguran alrededor del cuerpo de una persona, de manera tal que en caso de sufrir una caída libre, las fuerzas de la carga de impacto que se generan al frenar una caída, se distribuyan a través de las piernas, caderas, el pecho y los hombros dirigiendo las presiones hacia arriba y hacia fuera. Esta condición contribuye a reducir la posibilidad de que el usuario sufra lesiones al ser detenida su caída. El arnés de seguridad para el cuerpo completo, destinado a trabajos de altura, deberá contar con los elementos necesarios para permitir la conexión con el s istema de detención de caídas (argollas tipo D) a una cola o estrobo de seguridad, conectado a una línea de vida o anclaje, considerando como obligatorio el uso de un dispositivo de desaceleración o absorción de impacto. Los conectores mosquetones y ganchos con auto-cierre y autobloqueo y anillos D deben estar en capacidad de soportar a lo menos 2300 Kg. Todo arnés de seguridad para el cuerpo completo, destinado a trabajos de altura con riesgo de caída, deberá contar con dos colas o estrobos de seguridad para desplazamientos y garantizar la protección permanente contra caídas.
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b) Limitador de Caídas Es el equipo destinado a limitar el recorrido de una persona para evitar (prevenir) su caída a un nivel inferior, limitando la distancia al borde de la caída a 0,60 metros. Componentes: Cinturones / Arneses para el pecho. Cinturones / arneses de posicionamiento. Anclaje para suspensión o soporte. Cola o estrobo de seguridad c) Colas o estrobos de seguridad Este elemento es un componente de un sistema o equipo de protección para limitar y/o detener una caída, restringiendo el movimiento o limitando la caída del trabajador. Las colas o estrobos de seguridad están constituidas por una correa de nylon tejido, cuerda de nylon trenzado o estrobo de cable de acero galvanizado, y deben cumplir con los ensayos de fuerza e impacto exigidos de acuerdo a la Norma Chilena correspondiente. Los extremos libres de las colas o estrobos se deben someter a una terminación que evite el deshilachado. Nunca se deberá alargar una cola o estrobo de seguridad uniendo dos de ellas. Sólo se deberán usar colas o estrobos de la longitud o largo adecuado. Nunca se deben hacer nudos para acortar la línea de sujeción o estrobo. Las colas o estrobos de seguridad no deberán marcarse y/o limpiarse con solventes químicos (sólo agua y jabón). Las colas de seguridad de posicionamiento deberán ser unidas a los anillos o argollas tipo D del cinturón ubicados a ambos costados de las caderas.
Figura 2. Estrobo o cola de seguridad con amortiguadores de impactos
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d) Amortiguador de Impacto Equipo que, mediante su deformación o destrucción, absorbe una parte importante de la energía desarrollada en la caída.
Figura 3. Amortiguador de Impacto
e) Línea de Vida Horizontal Para todo trabajo que se efectúe en altura, sea estructural, sobre techos, obras civiles y otras labores, se debe instalar líneas de vida, constituidas por cables de acero horizontales de 1/2" de diámetro (13 mm) con sus extremos fijos a una instalación fija existente y aseguradas con dos prensas tipo Crosby a cada lado, con el propósito de permitir que el personal pueda enganchar o fijar en las líneas de vida, sus colas o estrobos de seguridad facilitando y permitiendo su desplazamiento seguro y movilidad bajo condiciones que garanticen evitar o detener su caída. Las líneas de vida deberán ser diseñadas, instaladas y usadas como parte de un equipo o sistema completo de detención de caídas, manteniéndose un factor de seguridad mínimo de dos (2). La distancia máxima de una línea de vida será de 15 metros entre extremos y tensada de tal manera que la flecha máxima (física) o catenaria no podrá exceder de 10 cm (10 centímetros). Las líneas de vida deberán ser fijadas a anclaje que deberán resistir un mínimo de 2300 Kg. por cada persona asegurada. La línea de vida deberá ser tensada con un elemento tensador de línea a no menos de 200 Kg. de torque y deberá tener siempre una tensión suficiente para que en caso de ocurrir una caída el desplazamiento vertical sea mínimo La línea de vida estará sujeta de sus extremos a la instalación se deberá conector entre dos puntos de anclaje mediante grapas, cáncamos u otros elementos de fijación con la tensión suficiente para que en caso de ocurrir una caída el desplazamiento vertical sea mínimo. Se prohíbe el uso de cordeles de fibras u otros elementos de sujeción en trabajos de altura para reemplazar a los cables de acero. Las líneas de vida no deberán ser utilizadas para ningún otro propósito que no sea el de otorgar un sistema de seguridad contra caídas, permitiendo el desplazamiento del trabajador y deberá ser independiente a la superficie de trabajo o accesos. El extremo libre de las líneas de vida se deberá someter a una terminación que evite el deshilachado. Las líneas de vida deberán ser inspeccionadas semanalmente por personal competente y responsable. Las inspecciones deberán quedar registradas en hojas de registro o listas de chequeo. Cualquier sistema de línea de vida y/o dispositivos de protección que estén dañados o presenten señales de deterioro, deberán ser retirados del servicio y restituidos.
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Las líneas de vida horizontales deberán ser usadas como máximo por dos personas entre soportes, a la vez. Las líneas de vida horizontales deberán ser instaladas y mantenidas sólo por personal competente, que tenga conocimiento necesario de prácticas en movimientos de cargas para instalar y mantener la seguridad del sistema. Deberá darse prioridad a las líneas de vida en las estructuras que se están levantando. f)
Instalación Líneas de Vida Horizontales
Todas las líneas de vida horizontales instaladas en anclajes como estructuras de acero tipo esqueleto (ejemplo rack de tuberías) deberán ser de cables de acero de 1/2" de diámetro como mínimo y deberán ser aseguradas a cada extremo. Cuando el cable o línea de vida esté en contacto directo con los ejes de las vigas, deberán instalarse elementos que eviten el daño o deterioro del cable con las partes angulosas o agudas de las vigas. Los soportes intermedios deberán ser adecuados a fin de minimizar el deslizamiento o de flexión vertical al estar bajo la carga. Estos soportes deberán tener una separación máxima de 2,50 metros. Las líneas de vida deberán ser instaladas de tal manera que permitan un adecuado movimiento en todas las áreas de las estructuras, mien¬tras se mantenga un sistema de protección contra caídas para las personas. El personal que deba instalar las líneas de vida, deberá protegerse de las caídas en todo momento usando líneas de sujeción retráctiles, enganchando el arnés de seguridad al acero estructural o a otro elemento utilizado como anclaje, como protección en caso de caídas. Se deberá evitar asegurar su línea de sujeción a bandejas de cables, conductores y sistemas de entubados eléctricos. g) Línea de Vida Vertical Las líneas de vida verticales, como parte de un sistema o equipo completo de detención de caídas, se utilizarán como un sistema/equipo de protección contra caídas durante el desplazamiento vertical del personal que debe ascender por escalas fijas verticales, postes, antenas transmisoras, labores de rescate o trabajos en labores verticales en minas, trabajos de obras civiles y otras estructuras ubicadas en altura. Las líneas de vida verticales deben tener un diámetro de 16 mm. (5/8“), podrán estar construidas de cuerda de poliéster trenzada, nylon o polipropileno, (fibras sintéticas) o de acero inoxidable o galvanizado, las cuales deberán ser dotadas con abrazaderas o carretillas deslizables o sujetadores de caída aprobados. Las líneas de vida verticales deberán ser usadas por una persona a la vez. Las líneas verticales con abrazaderas o carretillas deslizables deberán ser usadas por el personal que está trabajando en superficies de trabajo individuales (sillas colgantes, autopropulsadas y suspendidas en un solo punto y andamios suspendidos en dos puntos). Este tipo de protección contra caídas podrá ser usado también contra riesgo de caídas en operaciones como la construcción de andamios y montajes de estructuras de acero donde los puntos de amarre o fijación están limitados y se requiera un movimiento vertical. Las líneas de vida verticales deberán fijarse a dos puntos de anclaje adecuados, los cuales deberán resistir en cualquier punto de la línea como mínimo 2.268 kg. (Resistencia mínima a la tracción). Las líneas de vida que se usen con deslizadores (abrazaderas o carretillas) u otros dispositivos con mecanismos de trabado similares, deberán satisfacer los requisitos que se especifican en este Procedimiento.
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Las brigadas de rescate en montaña, en espacios confinados o labores mineras podrán utilizar equipos de andinismo, es decir cuerdas y dispositivos de seguridad de otras medidas, especialmente diseñadas para esta actividad. h) Espacio libre requerido para detener la caída Si la caída ocurre, deberá haber suficiente espacio debajo del trabajador para que sea detenido antes que éste golpee el piso o se encuentre con un obstáculo en la dirección de la caída. Cuando el espacio libre sea insuficiente no se deberá contemplar el uso de un sistema personal para detención de caídas en base a un estrobo amortiguador de impacto.
Figura 4. Variables para el c álculo del espacio libre de caída
El espacio libre de caída debajo del usuario, se puede calcular de la siguiente manera:
ELC = LE + EA + ET Donde: ELC = LE = EA = ET = MS =
Espacio libre de caída debajo de un usuario para evitar colisiones con el piso o una estructura (m). Longitud del estrobo (m). Elongación del amortiguador de impacto (según NCh 1258/2; para Tipo 1: 1.2 m). Estatura del trabajador. Margen de seguridad (según NCh 1258/6 mayor o igual a 1m).
i) Inspección de los Sistemas Personales de Detención de Caídas (SPDC) Todos los sistemas o equipos de protección contra riesgos de caídas en altura y sus componentes, deberán ser sometidos a inspecciones visuales antes de cada uso, para detectar signos de daño, deterioro o defectos. Si el equipo o sistema de protección personal contra riesgos de caídas está sometido a un uso continuo, severo y riguroso o expuesto a ambientes de atmósferas adversas (agentes químicos), la frecuencia de las inspecciones y revisión del equipo será semanalmente, o cuando se requiera utilizar, conforme a las recomendaciones respecto a inspecciones prescritas por el fabricante o proveedor. La inspección completa de los equipos de protección personal contra caídas de altura, deberá ser realizada por personas responsables y capacitadas por el proveedor, con conocimientos y experiencia necesarias para revisar correctamente el equipo.
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La fecha de dicha inspección se deberá indicar mediante una etiqueta autoadhesiva en el cinturón o arnés. Todos aquellos equipos de protección personal contra riesgos de caídas que hayan sido sometidos a impactos accidentales, debido a una caída libre o a una prueba de ensayo deberán ser retirados y eliminados del servicio, ya que los accesorios pueden haber quedado afectados por un exceso de tensión y debilitados. (cinturones, arneses, colas o estrobos de seguridad, etc.) j) Registro de la Inspección (Lista de Chequeo) El resultado de la inspección o cualquier deficiencia que no cumpla con las especificaciones y requisitos definidos y establecidos en este Procedimiento, quedará debidamente registrado, en formulario, según Anexo Nº 1. Los equipos que presenten cualquier alteración, anomalía o condición subestándar, deberán ser marcados, retirados y eliminados del servicio de inmediato, calificándolo como elemento RECHAZADO. k) Almacenamiento de los Sistemas Personales de Detención de Caídas Los sistemas o equipos deben ser almacenados en lugares debidamente señalados y libres de humedad, alejados de la radiación ultravioleta, evitando el contacto con bordes cortantes, ambientes calurosos, y la presencia de agentes químicos u otras sustancias corrosivas (Colgadores, cajoneras). Cuando se encuentren equipos almacenados durante un tiempo prolongado estos deben ser sometidos a una revisión de tipo periódica, con el objeto de calificar su estado, y definir si es posible usarlos. Los estrobos de acero deben ser almacenados de acuerdo con las recomendaciones del fabricante y/o proveedor. l) Limitaciones Capacidad: La capacidad para la que están diseñados los arneses, líneas de sujeción o estrobos líneas de vida, están diseñados para una persona con un peso combinado que incluye ropa, herramientas y equipo de 120 Kg. Corrosión: No se debe exponer los sistemas de protección contra caídas en ambientes donde pueda ocurrir corrosión de las partes metálicas a causa por ejemplo de aguas y gases corrosivos. Para este caso se debe definir la frecuencia de inspección para asegurar que la corrosión no afecte el rendimiento del sistema. Químicos Peligrosos: Las soluciones que contengan químicos ácidos, alcalinos o cáusticos, especialmente con temperaturas altas, pueden causar daño al equipo. Calor : Se debe proteger el equipo cuando se lo usa cerca de soldaduras corte de metal o actividades similares. Riesgos relacionados con Electricidad: Debido a que la corriente eléctrica puede fluir a través del equipo de protección contra caídas o sus conectores, mantenga distancias de seguridad indicadas para trabajo cercanos a líneas de alto voltaje. Bordes Cortantes: Se debe evitar trabajar donde el subsistema conector puede estar en contacto con bordes cortantes, para lo cual estos deben ser protegidos mediante almohadillas u otros elementos que eviten el contacto directo entre el punto cortante y el accesorio.
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6. Andamios y Plataformas Provisorias Es una estructura o armazón provisoria o temporal que consiste en un marco y sirve para sustentar plataformas o superficies de trabajo para sostener a personas, materiales y herramientas, que se emplea en faenas de construcción, transformación, reparación, mantención o demolición de edificios, obras civiles e instalaciones industriales. 6.1 Definiciones Andamio Metálico de Cañería de Acero: Es una estructura provisoria que permite sustentar y mantener plataformas de trabajo elevadas a más de 1,50 metros. Se usa para sostener personas, herramientas y materiales durante cualquier faena de construcción, tanto en la etapa de obra gruesa como de terminación, transformación, mantención, limpieza de fachada y demolición de obras de construcción cuya estructura y construcción responda a un diseño y memoria de cálculo. Andamio Metálico Modular : Andamio en el cual todas o algunas dimensiones son determinadas con antelación mediante uniones o dispositivos de unión fijados permanentemente sobre los componentes. Está compuesto básicamente por dos cabezales o marcos pre-armados, diagonales o tirantes y elementos accesorios de unión de apoyo y protección (barandas, soportes y rodapiés). Tablones Metálicos: Los tablones metálicos son estructuras que unidas constituyen la superficie o plataforma de trabajo antideslizante de un andamio. Andamios Metálicos de Apoyo Simple Fijo: Son andamios que se apoyan completamente en el suelo o piso mediante pies derechos. Solera: Pieza longitudinal destinada a repartir la carga de dos o más pies derechos al terreno. Placa Base: Placa de madera o metálica destinada a repartir la carga de un pie derecho al terreno. Pie Derecho: Es un elemento soportante vertical que transmite las cargas al terreno en que se apoya directamente mediante placas bases, soleras, ruedas o polines. Viento, Amarra: Elemento metálico para estabilizar un andamio y evitar la pérdida de verticalidad. Travesaño: Pieza transversal horizontal que une dos pies derechos y sirve de apoyo a la plataforma de trabajo. Plataforma de Trabajo: Superficie horizontal que soporta directamente la carga admisible, considerando las personas, herramientas y materiales de trabajo.La escala o escalera no es considerada plataforma de trabajo. Baranda Protectora: Elemento longitudinal y/o transversal fijado a las caras interiores de los pies derechos o mediante soportes y tendidos a los costados expuestos de las plataformas de trabajo, para evitar la caída de los trabajadores. Para este caso deberá tener una altura mínima de 1,20 m. Rodapié: Elemento longitudinal fijado a las caras interiores de los pies derechos o en soportes de barandas y apoyado de canto, directamente en los costados expuestos de las plat aformas de trabajo, para evitar la caída de materiales y herramientas, de 10 cm de alto. Cortina de Protección: Accesorio adosado a la parte externa de un andamio para evitar la proyección de partículas hacia zonas de circulación o de trabajo.
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Figura N° 5. Partes de un andamio temporal
6.2 Uso e Inspección El supervisor a cargo del trabajo debe asegurar que: a) Los andamios levantados deben inspeccionarse completamente de acuerdo a un listado de chequeo entregado por el fabricante o proveedor. b) Cuando el andamiaje se levante y/o esté en uso por períodos largos, se deben realizar inspecciones en forma quincenal. c) El supervisor a cargo de los trabajos deberá aprobar y/o reprobar mediante el uso de tarjetas de colores la condición del andamio o plataforma de trabajo provisoria. d) Se deberá colocar una tarjeta de advertencia de color verde, con la leyenda “ANDAMIO OPERATIVO”, que será instalado a 1.50 metros de altura en el acceso principal del andamio y roja para aquellos que hayan sido rechazados con la leyenda “PELIGRO, NO USAR ANDAMIO”. e) El acceso al andamio debe ser siempre por el interior de éste. Deberán usarse cajas de escalas interiores, éstas deben ser uniformes al diseño del andamio. Se prohíbe el uso de estructuras confeccionadas en terreno, de maderas u otros elementos que se utilicen como escalas interiores. 6.3 Montaje y desmontaje de Andamios/Plataformas de trabajo Todo trabajo en andamios/ plataformas provisorias deben contar con a lo menos dos personas para trabajar en altura y un supervisor directo a cargo de los trabajos. En casos especiales en que no sea posible contar con un supervisor directo, se deberá contar con un trabajador ubicado en la parte inferior del andamio/plataforma provisoria como “Loro Vivo”, el que estará atento al desempeño de la persona que trabaja en altura y pueda asistirlo en caso de emergencias. El montaje y desmontaje debe realizarse por personal competente, capacitado y entrenado. En el levantamiento de andamios no debe mezclarse componentes de distintos tipos de andamios o materiales de distinta naturaleza como maderas, hierros u otros. El montaje y desmontaje debe realizarse por etapas. Cada etapa se deberá efectuar cuando esté terminada la etapa anterior.
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Los andamios metálicos/ plataformas de trabajo deberán ser montados sobre una base preparada adecuadamente para evitar una pérdida de verticalidad.
Las personas que trabajen en el montaje y desmontaje deben usar arneses para el cuerpo completo afianzado a la estructura existente más cercana al andamio, independiente de éste. Los andamios deben ser amarrados a estructuras estables o estabilizados con soportes, cuando tengan una altura mayor que tres (3) veces la dimensión más corta de su base. Los andamios deben ser fijados horizontalmente a estructuras estables cada 9 metros de altura. Esta estrictamente prohibido trepar y/o trabajar parado sobre el pasamanos, la baranda intermedia o el arrostramiento del andamio.
Todo andamio deberá tener pasamanos a una altura de 1.10 m. fijos mediante sistemas de abrazaderas y/o pernos, barandas intermedias a una altura de 0.40 cm. Además deberá contar con rodapié de 10 cm. de altura. El montaje que exceda los tres (3) metros de alto, debe ser levantado con las especificaciones del fabricante, afianzado a una estructura colindante permanente y aprobado por la persona responsable. El apoyo de las patas del andamio al suelo deben ser firmes y sobre materiales consistentes. El área de instalación de andamios deberá ser identificada, señalizada y restringida mediante letreros de advertencia de trabajos en altura y cintas de advertencia. Al trabajar en un andamio situado cerca de las líneas o equipos de fuerza eléctrica, los trabajadores deben asegurarse de que ninguna parte del andamio o de sus cuerpos pueden entrar en contacto con esas líneas o equipos de fuerza eléctrica. Si se debe instalar andamios cercanos a líneas eléctricas, se deben mantener las siguientes distancias: 3 metros por línea con tensiones de hasta 5.000 voltios. En caso de no poder mantener estas distancias, se deberán interponer elementos aislantes entre los andamios y las líneas, de tal forma que impidan el contacto de las personas y sus elementos de trabajo. Los elementos aislantes deberán ser instalados por personal eléctrico calificado y autorizado.
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Para los casos del uso de bandejas metálicas como plataforma de trabajo, éstas deben cumplir con los mismos requisitos de los componentes metálicos del andamio. Los andamios se cambian de posición o desplazan horizontalmente sólo cuando no estén siendo usados o con presencia de trabajadores o cargados con materiales y/o herramientas.
Los andamios con ruedas deben contar con sistemas de frenos y seguros que impidan mover el andamio. Los andamios deben tener indicada su carga máxima, mediante letreros confeccionados según código de colores y ubicados en la parte frontal superior del andamio/plataforma provisoria. No se realizarán trabajos de soldaduras, cortes o trabajo alguno donde se utilice fuego abierto sobre andamios suspendidos por cuerdas de fibra sintética. Para izar o bajar herramientas desde andamios en altura o plataformas provisorias, se deben utilizar bolsos de lona amarrados fuertemente por soga. Los usuarios deben considerar la capacidad y resistencia del bolso ante la carga. Para trabajos en plataformas provisorias ubicadas a un 1.20 m . o menos, se deberá evaluar en terreno la incorporación de sistemas de protección de pasamanos o barandas. Mientras realicen trabajos en altura, el personal deberá usar en todo momento el arnés de seguridad con línea de vida sujeta a la estructura más resistente que haya en el lugar, el casco de seguridad afirmado con un barbiquejo y las herramientas manuales amarradas para evitar su caída. Cada andamio debe tener registrada la capacidad máxima de carga, que no puede ser inferior a cuatro (4) veces el peso de los trabajadores y material que estarán sobre este y en el cálculo se deberá considerar las cargas máximas de trabajo, con un factor de seguridad de seis (6). Sólo en casos excepcionales, en los que no se pueda utilizar plataformas metálicas (por ejemplo el montaje de buzones en interior mina), se permitirá el uso de madera, é sta debe ser de mínimo 2” de espesor y 10” de ancho, sin nudos ni trizaduras, deben sobrepasar el borde de los soportes a lo menos 0,2 metros. En la parte inferior debe ponerse topes, que coincidan con el ancho de los soportes, para que no se desplacen. Cada tablón debe estar asegurado por separado a la estructura del andamio. La plataforma debe tener a lo menos 3 tablones y sólo se podrá utilizar madera de fibra larga, tales como: álamo, roble o coigüe. No se podrá utilizar en ningún caso madera de pino. La plataforma de trabajo de un andamio deben estar equipada con baranda de altura 1,2 metros y rodapié. Toda persona que trabaje sobre un andamio deberá usar arnés de cuerpo completo, cola o estrobo de seguridad con amortiguador de impacto, el que deberá fijarse a una cuerda de vida la cual no debe afianzarse al mismo andamio. Sobre los andamios se trabajará y transitará siempre amarrado a una cuerda especialmente dispuesta para ello o a un lugar seguro independiente del andamio.
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Todo andamio debe estar arriostrado (amarrado) cuerpo por medio a la estructura existente, con un sistema adecuado para ello, se deberá utilizar separadores (listones) para evitar el movimiento hacia y desde la estructura, afianzados con alambre tortoliado (alambre torcido) Nº 14 como mínimo. Se debe mantener expedito el acceso y evacuación a todos los niveles del andamio. Las plataformas de los andamios no pueden constituirse en lugares para almacenar materiales o herramientas, se debe mantener lo estrictamente necesario para efectuar la labor diaria y hacer una limpieza total al final de la jornada de trabajo. El número de andamios a colocar en forma vertical y ascendente, deberá estar respaldado por una memoria de cálculo que certifique que la estructura del andamio es auto soportante y no presenta riesgo de volcamiento, de acuerdo a lo establecido en la NCh 998 Of. 99 Andamios - Requisitos generales de seguridad. En caso de definir el uso de andamios modulares prefabricados, estos deberán ser autorizados, para lo cual deberán cumplir con lo definido en las norma NCh2501/1.Of2000 Andamios metálicos modulares prefabricados - Parte 1: Requisitos generales y NCh2501/2.Of2000 Andamios metálicos modulares prefabricados - Parte 2: Requisitos estructurales. Esta norma se aplica a los andamios de servicio y de trabajo, prefabricados, amarrados a las fachadas. Las exigencias solicitadas tienen como fin garantizar que los andamios se ajusten a esta norma, pudiendo ser instalados hasta una altura de 30 m medida a partir del nivel del suelo, dentro de las condiciones de carga especificadas. 6.4 Sistema de Tarjetas Todo andamio deberá tener una tarjeta de identificación que indique el nombre del responsable de su armado, la fecha de armado, la fecha de su última inspección y su estado. Se usará una tarjeta de color verde cuando el andamio esté en condiciones de ser utilizado, con la leyenda “ ANDAMIO OPERATIVO, APTO PARA SU USO”, y una de color rojo en el proceso de armado o desarme incompleto, con la leyenda “PELIGRO NO USAR ANDAMIO”. Todo andamio o plataforma de trabajo tendrá la tarjeta de seguridad que corresponda, según las condiciones físicas. Verde Frontal Posterior Esta tarjeta será llenada por el Supervisor a cargo del andamio o plataforma de trabajo, cuando el andamio o la plataforma de trabajo esté listo para su uso bajo las normas del procedimiento establecido, sin riesgo de originar un accidente. Roja Frontal Posterior Esta tarjeta será llenada e instalada por el supervisor a cargo del andamio o plataforma de trabajo cuando: El andamio o la plataforma provisoria esté siendo construida. El andamio a la plataforma provisoria esté incompleto. El uso del andamio o la plataforma provisora pueda originar un accidente.
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7. Plan de Rescate Cuando un trabajador sufre una caída y se activa el sistema personal de detención de caídas (SPDC), la víctima queda suspendida inmóvil sujeta a su arnés, en esta condición puede desarrollar el síndrome de compresión ortoestático, el cual puede resultar fatal si no es rescatado con rapidez. El primer objetivo del plan es rescatar rápidamente a la víctima, es recomendable que el rescate se lleve a cabo en los primeros 15 minutos de ocurrido el accidente. Durante el proceso de rescate es esencial controlar signos vitales y seguir técnicas de soporte vital básico y avanzado. Cada una de las áreas de la División El Teniente y las Empresas Contratistas que realicen trabajo en altura física, deberán confeccionar y mantener actualizado uno o más procedimientos que regulen la actividad de rescate frente a una caída de altura, en los cuales deben definir entre otros, los mecanismo de comunicación y rescate, equipos y capacitación al personal especializado. Los sistemas de evacuación y rescate son aparatos que se complementan con la utilización de sistemas anticaída. Estos sistemas son sencillos y efectivos, es necesario disponer de ellos, que éstos se encuentren integrados en los equipos de trabajo, que los posibles usuarios estén formados y entrenados en su utilización y manejo. 8. Accesos a Superficies de Trabajo 8.1 Escalas Son estructuras de madera, metálicas o fibra, construidas por dos piezas longitudinales o largueros unidos a intervalos o distancias iguales por peldaños, por los cuales una persona puede ascender o descender entre dos puntos situados a distintos niveles, las escalas portátiles pueden ser transportadas de un lugar a otro. Las Escalas Móviles o Portátiles: Son escalas que pueden trasladarse de un lugar a otro y solo se deben usar para ascender o descender de un lugar específico, no permite trabajar 9. Empleo de Jaula o Canastillo con Grúa El empleo de jaula o canastillo con grúa corresponde a operaciones justificadas cuando no es posible realizar la operación con otro tipo de medios. Para ello se debe contar con las memorias de cáculo con especificaciones de las capacidades máximas de trabajo y sistema de conección grúa - jaula/canastillo La jaula o canastillo será fabricado en acero,y su altura debe ser suficiente para mantener al trabajador de pie. La jaula o canastillo debe estar provisto de dos (2) pasamanos interiores ubicados a una altura de 1.00 m. Los costados y puerta serán de malla metálica y debe contar con un techo de protección en caso que existan riesgos de caída de materiales. En la puerta de la jaula o canastillo debe estar instalado un letrero informativo con las siguientes indicaciones: Capacidad máxima de carga de la grúa Peso de la jaula o canastillo Número máximo de trabajadores Capacidad máxima de carga (Kg.) de la jaula o canastillo 10. Sistemas Personal de Detención de Caídas para el trabajador liniero 10.1 Objetivos y Alcances Definir los Sistemas y/o Equipos de Protección Personal que deberán usar en forma obligatoria en el área los Linieros del área Distribución y Protecciones Eléctricas de la Superintendencia de Suministros para realizar trabajos en altura, donde exista peligro de caída.
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Determinar obligaciones, responsabilidades y niveles de capacitación del personal que trabaja en altura con riesgo de caída y responsabilidades por la inspección sobre uso de equipos de protección personal a usar en trabajos de altura. Esta norma se aplicará a todos los Linieros tanto de la División el Teniente como de empresas contratistas que presten servicios en las instalaciones y propiedad de la División. Los estándares definidos y establecidos para los sistemas/equipos y sus componentes deberán cumplirse cada vez que se programe un trabajo en altura en postes y estructuras que involucre trabajo con riesgos de caída a distinto nivel. 10.2 Definiciones Anclaje: Punto seguro de fijación para cuerdas de vida con dispositivo de desaceleración. Estrobo Liniero: cinta flexible usada para asegurar el cinturón Liniero a: postes, torre y/o estructura. Arnés Liniero: El arnés de cuerpo completo está compuesto de cintas tejidas de nylon o de poliéster que se aseguran alrededor del cuerpo de una persona, de manera tal que en caso de sufrir una caída libre, las fuerzas de la carga de impacto que se generan al frenar una caída, se distribuyan a través de las piernas, caderas, el pecho y los hombros dirigiendo las presiones hacia arriba y hacia fuera. Esta condición contribuye a reducir la posibilidad de que el usuario sufra lesiones al ser detenida su caída. El arnés deberá contar con los elementos necesarios para permitir la conexión con el sistema de detención de caídas (argolla tipo D en la espalda) a una cola o estrobo de seguridad, conectado a una cuerda de vida o anclaje. Estrobo de posicionamiento: Sistema anticaída que cuenta con varios dispositivos que se adicionan al arnés y permiten que si el liniero llega a caer, el dispositivo lo frena suavemente y queda colgando en la estructura. La unión física entre la estructura y el hombre se efectúa por medio de varios tipos de estrobos, no conductores de la electricidad, de los cuales deberá seleccionarse el más apropiado para cada ocasión, dependiendo del trabajo y de la estructura. En la estructura misma debe instalarse un soporte para la cuerda de vida, que depende del tipo de estructura. 10. 3. Responsabilidades Será obligación de toda persona que deba realizar trabajos en altura (faena a distintos niveles), el uso de un sistema o equipo de protección personal contra riesgos de caída en buenas condiciones. El arnés y estrobo liniero debe ser entregado a cargo de cada trabajador. Será responsabilidad de la línea de mando (Supervisión) el control por el uso correcto por parte del personal a su cargo, y la selección adecuada de dichos sistemas/equipos, de acuerdo con el tipo de trabajo específico y la magnitud de los riesgos de la caída asociados a las operaciones. El personal linieros tanto de la División El Teniente como de empresas contratistas que deba efectuar cualquier trabajo a más de 1,80 metros del piso (faenas de distinto nivel) riesgo de caídas, debe usar arnés, cinturón, estrobo liniero y línea de vida aprobado y certificado. Es responsabilidad de la Gerencia o EECC, implementar un sistema de inspección especializada mensual a los elementos y componentes de los sistemas/equipos de protección personal contra riesgos de caídas en altura y/o según las indicaciones del fabricante de acuerdo con el tipo de sistema o equipo.
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Es obligación del trabajador o usuario del equipo (Propio o Contratista) revisar diariamente y al inicio de la faena, el estado de conservación de los equipos y sistemas, retirando de la faena los sistemas que presenten condiciones subestándares tales como picaduras, desgaste u otros defectos, y aquellos que hayan soportado la caída de una persona u otros factores o condiciones que disminuyen su resistencia de diseño. No se debe utilizar un equipo de protección contra caída para el izamiento o descenso de materiales, equipos o herramientas, bajo ninguna circunstancia. Será responsabilidad de la línea de mando ( Supervisor) constatar la condición física del trabajador que deba efectuar labores en altura con riesgo de caída, utilizando su experiencia para detectar que el trabajador que deba realizar tal labor no se encuentra en estado de intemperancia o con signos evidentes de consumo de drogas. Es obligación del trabajador hacer saber a su línea de mando (Supervisor) si se encuentra impedido de efectuar labores con riesgo de caída en altura, ya sea por condiciones de salud (sufrir de vértigo, epilepsia o trastornos del equilibrio) o por el consumo de medicamentos o drogas. 10.4. Capacitación e Instrucción sobre el uso de los Sistemas Personales de Detención de Caída El personal Liniero que preste servicios al área Distribución y Protecciones Eléctricas, propio o contratista, además de la capacitación y entrenamiento definida en el ECF N° 2 Trabajo en Altura Física, serán regularmente entrenado en el uso y limitaciones del arnés y estrobo Liniero por parte de una persona calificada para dar dichas instrucciones La capacitación deberá contemplar la siguiente información: a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k.
Riesgos inherentes del trabajo en altura y probables consecuencias. Uso correcto de los sistemas/equipos de protección personal. Prescripciones de uso. Componentes del sistema/equipos e instrucciones sobre su uso correcto. Limitaciones de uso del equipo. Instalaciones requeridas. Sistemas de anclajes correctos. Técnicas correctas de conexión de los distintos componentes de los sistemas/equipos. Métodos de uso de sistemas/equipos. Inspección periódica del sistema/equipo que debe efectuar el usuario. Mantención y almacenamiento del equipo/sistema.
El personal Liniero que trabaje en postes, torres y/o estructuras, será sometido anualmente a un examen médico para verificar su aptitud para trabajar en altura.
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11. Referencias Para todos los sistemas y/o equipos Industriales de Protección ante caídas y andamios y superficies de trabajo se aplicará lo establecido en: 1. NCh 1258/0 Of. 97. Equipos de protección personal para trabajos con riesgo de caída - Parte 0: Terminología y clasificación 2. NCh 997.Of.1999 Andamios - Terminología y clasificación. 3. NCh 1258/1-Of. 2004 Sistemas personales para detención de caídas – Parte 1: arneses para el cuerpo completo. 4. NCh 1258/2-Of. 2005 Sistemas personales para detención de caídas – Parte 2: Sistemas personales para detención de caídas - Parte 2: Estrobos y amortiguadores de impacto 5. NCh 1258/3-Of. 2005 Sistemas personales para detención de caídas – Parte 3: Líneas de vida auto retráctiles. 6. NCh 1258/4-Of.2005 Sistemas personales para detención de caídas – Parte 4: Rieles verticales y líneas de vida verticales que incorporan un dispositivo para detención tipo deslizante. 7. NCh 1258/5-Of.2005 Sistemas personales para detención de caídas – Parte 5: Conectores con puerta de trabado automático y de cierre automático. 8. NCh 1258/6-Of.2005 Sistemas personales para detención de caídas – Parte 6: Ensayos de comportamiento de sistema. 9. NCh 2501/1.Of.2000 Andamios metálicos modulares prefabricados Parte 1: Requisitos generales. 10. NCh 2501/2.Of.2000 Andamios metálicos modulares prefabricados Parte 2: Requisitos estructura 12. Verificación a) Memoria de cálculo de los andamios. b) Constancia de la certificación entregado por el fabricante/proveedor para los sistemas/equipos de protección personal. c) Registros de chequeo de los Sistemas Personales de Detención de Caída (Anexo 1) d) Registro de chequeo de Andamios (Anexo 2)
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13. Anexos 13.1 Anexo N° 1 Lista de chequeo de Sistemas Personales de Detención de Caídas (SPDC) LISTA DE CHEQUEO Para inspección de sistemas o equipos industriales de protección personal en trabajos de altura SUBGERENCIA: AREA/SECCION: Nº INSPECCIÓN INSPECCION REALIZADA POR:
FECHA: FIRMA
INSPECCION REVISADA POR:
FIRMA
CR* CRITICIDAD 1: CRITICO 2: ALTAMENTE CRITICO ARNES 1 CONDICION DELTEJID0 DE LA CORREA 1.1 Fibras externas cortadas, desgastadas/desgarradas 1.2
Costuras, cortes o rotura del tejido
1.3
Grietas
1.4
Estiramiento excesivo
1.5
Deterioro general
1.6
Corrosión por exposición a ácidos o productos químicos Quemaduras
1.7 2 2.1
PIEZAS MECANICAS, REMACHES Desgaste excesivo o deformados
2.2
Picaduras, grietas, trizaduras
2.3
Deterioro general
2.4
Corrosión
2.5
Otros
3 ARGOLLAS EN "D" O ANILLOS 3.1 Con deformaciones o desgaste exces ivo (dobladura, etc.) 3.2 Picaduras, grietas, trizaduras 3.3
Deterioro general
3.4
Defectos de funcionamiento
3.5
Corrosión
3.6
Otros
SI
NO
CR*
OBSERVACIONES
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4 4.1
HEBILLAS Desgaste excesivo o deformaciones (dobladuras,
4.2
Picaduras, grietas, trizaduras
4.3 4.4 4.5
Deterioro general Defecto de funcionamiento Corrosión
4.6
Otros
5 COLA O ESTROBO DE SEGURIDAD Cortes o rotura del tejido 5.1 deshilachadas, destrenzadas 5.2 Desgaste, deformación o desgarro
o
5.3
Estiramiento o elongación exces ivos
5.4 5.5
Corrosión Quemaduras
5.6
Otros
6
GANCHOS DE RESORTE (MOSQUETONES)
correa,
6.1 Desgaste excesivo, deformaciones 6.2 picaduras, grietas, trizaduras 6.3 Resortes con fallas 6.4 Ajuste inadecuado o incorrecto de los cierres de resortes o de seguridad (enganches) 6.5 Deterioro general 6.6 Corrosión 6.7 Abertura de garganta excesiva respecto al diámetro del elemento a la cual se debe fijar (fijaciones). 6.8 Otros 7 LINEA DE VIDA cortadas 7.1 Fibras deshilachadas
o
desgastadas,
cortes,
7.2
Desgaste excesivo/desgarro
7.3
Deterioro general
7.4
Estiramiento o elongación exces ivos
7.5
Deterioro general
7.6
Diámetro de sección circular cumple con el estándar aceptado como mínimo
7.7
Extremo libre deshilachado
7.8
Corrosión Otros
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13.2 Anexo N° 2 Lista de chequeo de Andamios/Superficies de Trabajo INSPECCI N DE ANDAMIOS MET LICOS SUBGERENCIA: AREA/SECCION: Nº INSPECCIÓN INSPECCION REALIZADA POR:
FECHA: FIRMA
INSPECCION REVISADA POR:
FIRMA
CR* CRITICIDAD 1: CRITICO 2: ALTAMENTE CRITICO UBICACIÓN DEL ANDAMIO: 1 ESTADO GENERAL 1.1 Altura total 1.2 Altura entre niveles 1.3 Ancho de la plataforma 1.4 Distancia longitudinal entre pies derechos 1.5 Verticalidad del andamio 1.6 Alineamiento 1.7 Materiales libres de corrosión 2.0 ESTRUCTURA 2.1 Base : firme, sin daño químico, físico ni mecánico 2.2 Soleras bajo las estructuras verticales, sin daño 2.3 Bases niveladas, duras y rígidas, 2.4 Pies derechos sin daños 2.5 Soldaduras en buenas condiciones 2.6 Uniones sin daños/ Abrazaderas completas 2.7 El Andamio está afianzado a una estructura preexistente. 2.8 Tirantes y crucetas, dispositivos de arriostramiento 2.9 Pernos y tuercas apretados 3
DISPOSITIVOS
3.1 Los a ndamios cuentan con barandas 3.2 Rodapiés afianzados 3.3 Plataformas de trabajo amarradas 3.4 Plataformas de trabajo con topes 3.5 Tablones de madera de álamo, roble o coigüe 3.6 Acceso seguro y adecuado 3.7
El andamio cuenta con escalas de acceso internas, independientes y aseguradas.
3.8 El andamio está libre de materiales innecesarios 3.9 El andamio está libre de herramientas innecesarias 3.10 El Andamio cuenta con tarjetas de advertencia 3.11 La tarjeta de advertencia identifica al responsable del andamio y la fecha de su inspección.
SI
NO
CR*
OBSERVACIONES
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13.3 Anexo N°3 “Historial de Actualizaciones”.
HISTORIAL DE ACTUALIZACIONES
Fecha
Origen
Descripción
Acción correctiva originada en accidente Se realizaron cambios 24/05/07 caída distinto nivel al anexo Nº7.1. Uso de ocurrido en S/E El Cobre, arnés y estrobo Liniero. Caletones.
10/10/09
Fecha de actualización
Se revisa el procedimiento por fecha de actualización
02/10/12
Incorporación ECF N°2
Cambios a metodología y actividades según ECF 2.
Realizada por
Versión originada
Víctor Bustamante A. Jefe Área Mant. Líneas de Transmisión. 2 Alejandro Navarro C. Jefe Unidad Dist. Y Protecciones Eléctricas JDPR
3
Equipo de trabajo 4 ECF 2