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Instructivo para la aplicación del “Reglamento especial para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco”
Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 1 de 20
Original firmado por: Preparado por: Director de Seguridad
Aprobado por: Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional
Tabla de contenidos 1.
Objetivo y alcance
2.
Recursos para realizar el trabajo
3.
Seguridad
4.
Medio ambiente
5.
Descripción de la actividad 5.1
Sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional
5.2
Elementos del sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional 5.2.1 5.2.1 5.2.2 5.2.3 5.2 .3 5.2.4 5.2.5 5.2.6 5.2. 5. 2.7 7
5.3
Política Políti ca de seg seguri urida dad d y salud salud ocupa ocupaci cion onal al Identific Ident ificaci ación ón de peligr peligros, os, evalua evaluació ción n de riesgos riesgos y medida medidas s de control control Base Ba se de de datos datos de trab trabaja ajado dores res exp expues uestos tos Identific Ident ificaci ación ón del del marco marco regula regulatori torio o y normati normativa va divis divisiona ionall Establec Esta blecimie imiento nto de obje objetivo tivos s y meta metas s del del sist sistema ema Programa Prog rama de preve prevenci nción ón de de riesgo riesgos s profes profesion ionales ales (PP (PPR) R) Elem El emen ento tos s del del PP PPR. R.
Implementación y operación 5.3.1 5.3 5.3.2 5.3 .2
Doc ocum ume ent nta aci ción ón Medida Med idas s de con contro troll ope operac racio ional nal
5.4
Verificación del RESSO y sanciones
5.5
Resultados de fiscalizaciones externas
5.6
Procedimiento en caso de accidentes 5.6.1 5.6. 1 5.6 5. 6.2 5.6.3 5.6 .3 5.6.4 5.6.5
Report Repo rte e de acc accid iden ente tes s Ate ten nci ción ón méd médic ica a Inves Inv estig tigaci ación ón de inc incide idente ntes s y accid accident entes es Reintegr Rei ntegros os labora laborales les y cambios cambios de califi calificaci cación ón de acci acciden dentes tes Procedim Proc edimient iento o en caso de acci accident dentes es grav graves es y fatal fatales es
5.7
Obligaciones de las empresas contratistas y subcontratistas
5.8
Prohibiciones de las empresas contratistas y subcontratistas
5.9
Estándaress mínimos Estándare
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Instructivo para la aplicación del “Reglamento especial para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco”
6. 7.
5.10
Comités paritarios de higiene y seguridad
5.11
Departamento de prevención de riesgos
5.12
Aviso de inicio de contrato y estadísticas.
Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 2 de 20
Verificación Anexos Nº 1. Historial de actualizaciones actualizaciones Nº 2. Exámenes Exámenes preocupacionales preocupacionales Nº 3. Cursos Basedet, Basedet, instrucción DAS y para personal personal de la línea de mando Nº 4. Estándar para los equipos equipos de protección personal personal (EPP) Nº 5. Formulario reporte reporte de incidente, incidente, R-303 Nº 6. Nómina de encargados encargados de seguridad para información información de accidentes Nº 7. Reporte informe de investigación investigación de accidente, accidente, R-304 Nº 8. Informe de de inicio de contrato Nº 9. Formulario Formulario estadísticas, estadísticas, R-129
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Instructivo para la aplicación del “Reglamento especial para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco”
1.
Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 3 de 20
Objetivo y alcance
El presente instructivo tiene como objetivo operativizar y complementar, de acuerdo a la realidad de División El Teniente, las disposiciones del “Reglamento especial para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco” en adelante “Reglamento Especial”. Este instructivo aplica a todas las obras, servicios, proyectos y actividades, continuas o habituales, destinadas al desarrollo de las operaciones de División El Teniente, cuya ejecución se realice por una empresa contratista o subcontratista bajo su responsabilidad y que se realice en un área o lugar determinado de la División, en donde ésta administración y control de la operación. Para contratos de duraciones iguales o inferiores a treinta días, no se aplica este documento. En estos casos, el área de Seguridad de la Gerencia que administra el contrato deberá determinar y exigir el cumplimiento de las medidas de prevención que estime sean las adecuadas y pertinentes, para resguardar la seguridad y salud de las personas.
2.
Recursos para realizar el trabajo
El administrador de contrato debe entregar al ingeniero residente de la empresa contratista copia del Reglamento Especial y de éste instructivo para su aplicación.
3.
Seguridad
No aplica.
4.
Medio ambiente
No aplica.
5.
Descripción de la actividad
5.1
Sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional
El sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional de División El Teniente está basado en la norma OHSAS 18.001:2007 y aplica a los trabajadores propios, contratistas y subcontratistas y, da cumplimiento a lo exigido por el artículo 66 bis de la Ley Nº 16.744 y a los artículos Nº 7 y siguientes del Decreto Nº 76. Las empresas contratistas deben regirse por el sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional certificado de División El Teniente, por lo tanto le son aplicables y deben utilizar los reglamentos, procedimientos y registros que lo componen.
5.2
Elementos del sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional
Los elementos que debe contener el sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional deben basarse en los requisitos de la norma OHSAS 18001:2007, los cuales se encuentran referenciados en el Manual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional (SGC-GRL-M-004) y en la Guía del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional (SGC-GRL-M-006).
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Instructivo para la aplicación del “Reglamento especial para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco”
Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 4 de 20
El administrador de contrato entregará al representante de la empresa contratista los registros del sistema que correspondan al área donde desempeñarán sus labores, incluyendo: •
Mapa del proceso (Registro R-101).
•
Identificación de peligros, evaluación de riesgos y medidas de control (Registro R-102).
•
Mapa de riesgos de higiene o registros de mediciones, en el caso que estén disponibles.
•
Matriz de aspectos legales y reglamentos, normativas y procedimientos divisionales.
5.2.1
Política de seguridad y salud ocupacional
Las empresas contratistas y subcontratistas deben contar con una política de seguridad y salud ocupacional o integrada, de acuerdo a lo especificado en artículo Nº 6 del Reglamento Especial, la cual debe considerar el compromiso con la prevención de lesiones y enfermedades, el cumplimiento de requisitos legales y con la mejora continua, entre otros.
5.2.2
Identificación de peligros, evaluación de riesgos y medidas de control
Las empresas contratistas y subcontratistas deberán elaborar y/o complementar el mapa de proceso y la identificación de peligros entregados por la División, incluyendo todas las actividades a ejecutar por sus trabajadores, indicando aquellas que son rutinarias y no rutinarias. A continuación deberá evaluar los riesgos de acuerdo al procedimiento divisional SGC-GRL-P-002 “Identificación de peligros, evaluación y control de riesgos”. Para la definición de las medidas de control se debe considerar el marco legal aplicable, la jerarquía de controles y los Estándares de Control de Fatalidades (ECF). En caso de que la empresa lo requiera, el área de prevención de riesgos de la gerencia administradora del contrato proporcionará asesoría para realizar estas actividades.
5.2.3
Base de datos de trabajadores expuestos
Las empresas contratistas y subcontratistas deberán mantener una base de datos actualizada de acuerdo a lo solicitado en el artículo Nº 11 del Reglamento Especial.
5.2.4
Identificación del marco regulatorio y normativa divisional
Las empresas deben identificar la totalidad de los artículos de los cuerpos legales que les son aplicables, verificando su cumplimiento y generando planes de acción para superar las brechas encontradas. También deben identificar la reglamentación, normativas y procedimientos divisionales que le aplican.
5.2.5
Establecimiento de objetivos y metas del sistema
Se deben establecer objetivos y metas para el sistema de gestión, los cuales deben considerar el resultado de la identificación de peligros, evaluación de riesgos y medidas de control y deben tener asociados actividades, responsables, recursos y plazos.
5.2.6
Programa de prevención de riesgos profesionales (PPR)
Las empresas contratistas y subcontratistas deberán entregar, previo a la reunión de inicio del contrato (reunión de arranque), un PPR preliminar al administrador del contrato, éste en conjunto con el área de
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Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 5 de 20
prevención de riesgos de la gerencia administradora del contrato deben aprobarlo o efectuar las observaciones correspondientes. El PPR corregido debe presentarse en un plazo máximo de 30 días para su aprobación definitiva. El Programa definitivo, debidamente suscrito por el representante legal, el ingeniero residente, y con la visación del organismo administrador de la Ley 16.744, deberá estar aprobado antes del inicio del contrato.
5.2.7
Elementos del PPR
El detalle de todos los elementos que debe considerar el PPR se encuentran en el artículo Nº 18 del Reglamento Especial, a continuación se complementa la información para algunos de ellos: •
•
•
•
5.3
Exámenes preocupacionales. Previo al inicio del contrato, las empresas tienen la obligación de someter a todos sus trabajadores a una evaluación médica de acuerdo a lo señalado en el anexo Nº 2. Programa de capacitación. Previo al inicio del contrato los trabajadores deberán realizar cursos Basedet, instrucción DAS y para la línea de mando de acuerdo a lo señalado en el anexo Nº 3. El programa debe detallar la cantidad de participantes, duración, contenidos, institución que lo imparte, fecha de realización y debe contener las siguientes capacitaciones: § Primeros auxilios y uso de extintores. § Para integrantes del comité paritario de higiene y seguridad. § Otros cursos definidos por el asesor en prevención de riesgos de la empresa. Programa de equipos de protección personal (EPP). Los estándares divisionales para los EPP se especifican en el anexo Nº 4. Programa de seguridad. Las empresas contratistas y subcontratistas deben preparar, a lo menos, los siguientes programas con calendario de actividades, responsables y frecuencia: § Programa para cada riesgo inaceptable y moderado identificado (R-110 S), con las medidas de control clasificadas de acuerdo a jerarquía de controles y aplicación de Estándares de Control de Fatalidades. § Programas personalizados para un integrante de la gerencia de la empresa, el ingeniero residente, la jefatura y la supervisión, con actividades y frecuencias de acuerdo a procedimiento de liderazgo en terreno SGC-GRL-P-044.
Implementación y operación
La responsabilidad por la implementación y la mantención del sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional en las empresas contratistas y subcontratistas corresponderá a la dirección de ésta, representada por el Gerente General de la misma. Para los efectos de vigilar y controlar la implementación y mantención del sistema, la relación contractual estará dada con el administrador de contrato, el área de prevención de riesgos de la gerencia administradora del contrato y la Gerencia de Seguridad de Salud Ocupacional a través de la Dirección de Seguridad.
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Instructivo para la aplicación del “Reglamento especial para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco”
5.3.1
Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 6 de 20
Documentación
La documentación que debe mantener en faena la empresa principal (administrador de contrato y área de prevención de riesgos de la gerencia) y la empresa contratista se detalla en los artículos Nº 23 y 24 del Reglamento Especial.
5.3.2
Medidas de control operacional
Las empresas contratistas y subcontratistas prepararán y mantendrán procedimientos o instructivos para ejecutar trabajos en todas aquellas actividades asociadas a riesgos inaceptables, éstos deben incluir los peligros específicos de la actividad y las medidas de control asociadas. Todos los estamentos de la empresa deben participar en la elaboración de los procedimientos, los cuales deben estar documentados, los trabajadores deben ser capacitados de manera teórica y práctica, de acuerdo a un programa. Se debe considerar además la evaluación y observación en terreno respecto a la comprensión y correcta aplicación de los procedimientos. Previo al inicio de cada actividad deberá desarrollar y registrar el análisis de seguridad del trabajo (AST) de acuerdo a instructivo divisional SGC-GRL-I-001, además previo a cada jornada de trabajo deberá realizar y registrar la reflexión de seguridad en terreno.
5.4
Verificación del RESSO y sanciones
La Dirección de Seguridad (GSSO) tendrá un programa mensual de inspecciones de verificación al RESSO, que considerará la verificación, revisión y control documental y en terreno del cumplimiento de la legislación aplicable, el PPR, las acciones correctivas derivadas de hallazgos detectados en inspecciones anteriores, entre otros aspectos. A fin de cumplir con estas funciones tendrá acceso a la información que requiera, así como a las instalaciones y faenas de las empresas contratistas y subcontratistas, que se encuentran en División El Teniente.
5.4.1 •
De la determinación de sanciones: Si en las inspecciones de verificación del RESSO, realizadas por la GSSO, se detectan incumplimientos relacionados con los elementos críticos del Programa de Prevención de Riesgos (PPR) y/o el % de cumplimiento es menor al 80, la GSSO solicitará al Administrador de Contrato la detención de las faenas. Los elementos críticos son: Exámenes preocupacionales Capacitación: Basedet, DAS y Línea de mando Identificación de peligros y evaluación de riesgos Programas de gestión de seguridad (R-110S) Matriz de estándares operacionales Procedimientos de Trabajo Emergencias • • • • • • •
El Gerente del área administradora del contrato, citará al Gerente de la empresa contratista y solicitará un Plan de acción para dar cumplimiento a las brechas detectadas. El Plan debe ser entregado en un plazo máximo de 3 días y cuando los hallazgos asociados a los elementos críticos se cumplan en un 100%, se levantará la detención. •
Si el % de cumplimiento del RESSO es mayor o igual a 80 y menor a 90 y/o se detectan incumplimientos relacionados con los elementos listados a continuación, el Gerente del área enviará
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Instructivo para la aplicación del “Reglamento especial para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco”
Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 7 de 20
una carta al Gerente de la EECC, solicitando un plan de regularización, cuyo plazo para la entrega es de 5 días hábiles. Los elementos son los siguientes: Documentación en faena Disposiciones generales Decreto Supremo 76 Decretos Supremos 594 y 54 Programas de higiene y vigilancia médica ocupacional • • • •
El control de la ejecución del plan será responsabilidad del Administrador del Contrato, quien reportará al Gerente del área. En caso que la EECC no cumpla el plan, se procederá a la detención de la faena. •
•
5.5
Si el % de cumplimiento del RESSO es mayor o igual a 90 y menor a 100, el Administrador de Contrato informará a la empresa los incumplimientos y solicitará un plan de regularización. En caso que la EECC no cumpla el plan, el Gerente del área enviará una carta al Gerente de la EECC. Si el % de cumplimiento del RESSO es igual a 100, el Gerente del área enviará una carta de reconocimiento al Gerente de la EECC y además se entregarán galvanos en las jornadas de seguridad masivas.
Resultados de fiscalizaciones externas
Las EECC y subcontratistas deben comunicar al administrador del contrato, al área de prevención de riesgos de la gerencia administradora del contrato y a
[email protected], los resultados de las fiscalizaciones efectuadas por las entidades fiscalizadoras (Sernageomin, Servicio de Salud, Inspección del Trabajo) y las visitas efectuadas por los organismos administradores de la Ley N° 16.744, también deben enviar el cumplimiento de las acciones correctivas.
5.6
Procedimiento en caso de accidentes 5.6.1
Reporte de accidentes
Es obligación de todos los trabajadores contratistas y subcontratistas comunicar a su supervisión todo incidente o accidente del que haya sido víctima, testigo o tenga conocimiento. La empresa debe informar, durante el turno en que ocurrió el accidente (trabajo y trayecto), mediante formulario R-303 (anexo N° 5) al administrador de contrato, al jefe de seguridad de la gerencia administradora del contrato y a la Dirección de Seguridad (
[email protected]). En anexo Nº 6 se especifica nómina de encargados de seguridad por Gerencias para la información de accidentes. El ingreso de los incidentes al SIGRI (Sistema de Información de Gestión de Riesgos) es responsabilidad del administrador de contrato y debe ser realizado en un plazo no superior a 24 horas.
5.6.2
Atención médica
Las empresas contratistas y subcontratistas deberán entregar al trabajador accidentado atención médica en las postas con que cuenta División El Teniente en sus distintas áreas.
5.6.3
Investigación de incidentes y accidentes
La investigación debe seguir el modelo de causalidad de incidentes detallado en instructivo para la elaboración de análisis causal (SGC-GRL-I-002) y reportado mediante formulario R-304 (anexo N° 7) al administrador de contrato, al jefe de seguridad de la gerencia administradora del contrato y a la Unidad de Prevención de Riesgos de Contratistas (
[email protected]). Además se debe adjuntar
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Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 8 de 20
todos los antecedentes (declaraciones, fotografías, diagramas, registros, entre otros) que respalden el análisis causal y la implementación de las acciones correctivas inmediatas.
5.6.4
Reintegros laborales y cambios de calificación de accidentes
Para que un trabajador accidentado se pueda reintegrar a sus labores, es necesario contar con el certificado de alta laboral emitido por el organismo administrador de la Ley 16.744. Este documento debe ser enviado al administrador de contrato, al jefe de seguridad de la gerencia administradora del contrato y a la Unidad de Prevención de Riesgos de Contratistas (
[email protected]) antes de que el trabajador se reintegre a sus labores. En caso de existir cambios en la calificación de un accidente (por ejemplo de trabajo a no laboral o de con tiempo perdido a sin tiempo perdido), se debe enviar la resolución del organismo administrador de la Ley 16.744 al administrador de contrato, al jefe de seguridad de la gerencia administradora del contrato y a la Unidad de Prevención de Riesgos de Contratistas (
[email protected]).
5.6.5
Procedimiento en caso de accidentes graves y fatales
Las empresa contratistas y subcontratistas deben dar cumplimiento a lo instruido en la Circular 2345 del 10 de Enero del 2007 de la Superintendencia de Seguridad Social (anexo Nº 4 del Reglamento Especial).
5.7
Obligaciones de las empresas contratistas y subcontratistas
Aparte de las contenidas en el artículo Nº 43 del Reglamento Especial, las empresas tendrán las siguientes obligaciones con División El Teniente: •
•
•
5.8
Las empresas con contratos con duración mayor a 18 meses, cuya dotación sea superior a 25 trabajadores y que estén expuestos a riesgos inaceptables, deberán implementar un programa de gestión del comportamiento, con la asesoría de un profesional especialista o de su organismo administrador de la Ley Nº 16.744. Solicitar a través del administrador de contrato, los pases para el ingreso del personal a los recintos de División El Teniente, la solicitud debe acompañarse con los siguientes documentos: certificados de antecedentes, del curso Basedet y de salud apta para la labor que realizará. La empresa debe mantener un listado actualizado con el número de pase de cada trabajador. Solicitar autorización al administrador de contrato cuando requiera subcontratar servicios no declarados en el proceso de licitación e informar al Sernageomin.
Prohibiciones de las empresas contratistas y subcontratistas
Aparte de las contenidas en el artículo Nº 45 del Reglamento Especial, adicionalmente las empresas no podrán realizar en las instalaciones de faenas, labores administrativas tales como: contratación de personal, pago de remuneraciones y/o bonos, tramitación de licencias médicas, entrega de beneficios y otros similares. En la instalación de faenas sólo se podrán realizar labores relacionadas con la naturaleza del contrato.
5.9
Estándares mínimos •
Equipos de protección personal, estándares establecidos en anexo Nº 4.
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•
5.10
Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 9 de 20
Estándares de Control de Fatalidades (ECF)
Comités paritarios de higiene y seguridad
De acuerdo a lo establecido por el artículo Nº 18 del reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley Nº 16.744, los comités paritarios de higiene y seguridad de División El Teniente asumirán las funciones del comité paritario de faena (esto no exime a las empresas contratistas con más de 25 trabajadores de su obligación de crear su propio comité). Los comités paritarios de División El Teniente integrarán como invitados a los presidentes de los comités paritarios de las empresas contratistas que se desempeñen en su respectiva faena a sus reuniones mensuales de manera alternada. Cada vez que el comité paritario de faena, ejecute una actividad que incluya a personal contratista deberá incorporar e incluir en ella al Presidente del comité de la empresa contratista correspondiente.
5.11
Departamento de prevención de riesgos
Las funciones correspondientes al departamento de prevención de riesgos de faena serán asumidas por el Departamento de prevención de riesgos de División El Teniente a través de la Unidad de prevención de riesgos de contratistas la que cumplirá las obligaciones y responsabilidades determinadas en el artículo Nº 31 del Decreto Nº 76/2007 para la aplicación del articulo 66 bis de la Ley Nº 16.744 y el artículo Nº 70 del Reglamento Especial. Sin perjuicio de lo señalado toda empresa contratista o subcontratista que ocupe cien o más trabajadores deberá contar en su organización con un Departamento de prevención de riesgos. El jefe del departamento de prevención de riesgos debe tener permanencia a tiempo completo en la faena y contrato.
5.12
Aviso de inicio de contrato y estadísticas
Al inicio del contrato la empresa contratista debe enviar formulario GGRP-UPR-R-011 (anexo Nº 8) a la Unidad de Prevención de Riesgos de Contratistas (
[email protected]), al jefe de seguridad de la gerencia administradora del contrato y al jefe de seguridad de la gerencia donde se efectuarán los trabajos, cada vez que existan cambios en la información entregada el formulario debe ser actualizado y enviado nuevamente. Las empresas contratistas deben enviar mensualmente el informe estadístico R-129 (anexo Nº 9) y el E200 (http://www.sernageomin.cl/doc/guias_manuales_formularios/Formulario_E200_Anverso.doc y http://www.sernageomin.cl/doc/guias_manuales_formularios/Formulario_E200_Reverso.doc ), en estos se deben incluir las horas hombre del personal que ejecuta actividades dentro de las instalaciones de la División. La información debe ser enviada de acuerdo a lo siguiente: •
•
•
•
Plazo entrega: hasta el tercer día hábil del mes. Deben ser enviados por correo electrónico a
[email protected], con copia al administrador de contrato y al representante legal de la empresa contratista. El asunto del correo debe ser “Estadística Nombre empresa Mes Año” (Por ejemplo para empresa AEMG debe ser: Estadística AEMG Mayo 2010. Formatos de los archivos: R-129 en excel y E-200 en pdf (con firma y timbre). Se debe enviar un R-129 y un E-200 por empresa que consolide la información de todos los contratos que la empresa tenga con la División.
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•
Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 10 de 20
Nombre de los archivos: E-200 empresa mes año (Ejemplo: E-200 AEMG Mayo 2010) R-129 empresa mes año (Ejemplo: R-129 AEMG mayo 2010)
El envío de información estadística que se desvíe de lo señalado, implica automáticamente la no recepción de ésta. El no cumplimiento de las exigencias relacionadas con el envío de información (inicio de contrato, estadísticas, reporte de accidentes, informe de investigación, resoluciones de organismo administrador de la Ley 16.744), implicará el levantamiento de un hallazgo al Administrador de Contrato.
6.
Verificación
Como evidencia objetiva para respaldar la efectiva aplicación del Reglamento Especial y de éste instructivo se debe utilizar planilla corporativa de verificación del RESSO, disponible en Biblioteca Divisional.
7.
Anexos
Anexo Nº 1 “Historial de actualizaciones” Fecha
Origen
Descripción
Realizada por
Versión
21-03-11
Plan de quiebre, Mejora continua instructivo, Cambio versión RESSO
Se modifica punto 1, respecto al alcance para los contratos con duración menor a 30 días
Jefe UPRC - GGRP
2
Ingeniero GGRP
3
Se modifica punto 5.1, cambiando el concepto de homologación Se incorpora como referencia la Guía del SGSSO en punto 5.2 Se modifica punto 5.2.6, incluyendo que la aprobación del PPR debe ser realizada antes del inicio del contrato Se modifica punto 5.4, incluyendo asociadas al cumplimiento del RESSO
01-06-10
Mejora continua instructivo
sanciones
Se actualiza nómina de encargados de seguridad de anexo N° 6. Se modifica punto 5.6.1, se cambia obligación de enviar inmediatamente el R-303 por enviarlo durante el turno. Se agrega punto 5.6.4, incluyendo exigencia de envío de certificados de alta laboral y de cambios de resolución de calificaciones de accidentes. Se modifica punto 5.12, incluyendo exigencia de enviar formulario E-200 firmado y con timbre en formato pdf.
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Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 11 de 20
Se elimina anexo de estándares de vehículos, asociando el punto al Reglamento de tránsito. Se modifica punto 5.2.7, incluyendo exigencia de tener programas de seguridad R-110 S para los riesgos moderados y asociando programas personalizados a procedimiento de liderazgo en terreno. 08-10-08
Mejora continua instructivo
Se elimina punto con definiciones.
Ingeniero GGRP
4
Ingeniero GSSO
5
Se cambian referencias a especificaciones OHSAS 18001:1999 por normas OHSAS 18001:2007. En punto 5.2 se agregan como antecedentes a entregar al ingeniero residente, mapa de proceso, matriz de estándares operacionales y mapa de riesgos de higiene industrial o registros de mediciones. En punto 5.6.3 se incluye referencia a instructivo de análisis causal, se agrega obligación de enviar informe de investigación al jefe de seguridad del área y a la UPRC. En punto 5.6.4 se incluye referencia a Circular Nº 2345, eliminando formulario como anexo. Se elimina información de anexo Nº 9 referente a los certificados y exigencias de EPP por área Se agrega punto 6 con verificación
29.05.12
Mejora continua instructivo
Se incorpora nueva estructura GSSO y Estándares de Control de Fatalidades al instructivo.
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Instructivo para la aplicación del “Reglamento especial para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco”
Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 12 de 20
Anexo Nº 2 “Exámenes preocupacionales” Las empresas tienen la obligación de someter a todos sus trabajadores, previo al inicio del contrato, a una evaluación médica de acuerdo a lo siguiente: •
Examen preocupacional básico (EPB), para todos los trabajadores, que considere: § Historia ocupacional § Antecedentes médicos y quirúrgicos relevantes § Hábitos: consumo de alcohol, drogas, medicamentos, § Antropometría básica: peso, talla e índice § Control de presión arterial y pulso § Examen físico general y segmentario § Test visual
•
• •
•
•
•
tabaco y actividad física de masa corporal
Si el trabajador va a estar expuesto a sílice, al EPB se debe agregar radiografía de tórax y espirometría. Si el trabajador va a estar expuesto a ruido, al EPB se debe agregar audiometría. Si el trabajador va a estar expuesto a arsénico, al EPB se debe agregar examen de arsénico en orina. Si el trabajador va a trabajar en altura, al EPB se debe agregar pruebas de equilibrio, audiometría y electrocardiograma de reposo para mayores de 45 años. Si el trabajador va a estar expuesto a temperaturas extremas, al EPB se debe agregar electrocardiograma, espirometría y glicemia. Si el trabajador va a trabajar sobre 3.000 mts de altura, al EPB se debe agregar electrocardiograma, radiografía de tórax y hemograma.
De acuerdo a lo señalado por la Dirección del Trabajo en Ordenanza Nº 374/30 de Enero del 2000 el certificado médico de aptitud puede ser emitido por el Servicio de Salud, COMPIN, isapres y organismos administradores de la Ley Nº 16.744.
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Instructivo para la aplicación del “Reglamento especial para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco”
Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 13 de 20
Anexo Nº 3 “Cursos Basedet, Instrucción DAS y para personal de la línea de mando” Básico de seguridad División El Teniente (Basedet) Las empresas contratistas y subcontratistas deben, previo al inicio de los trabajos, capacitar a sus trabajadores, con excepción de los profesionales y prevencionistas, en un curso básico en prevención de riesgos, de 8 hrs. como mínimo y que contenga las materias descritas a continuación: § Conceptos básicos de seguridad y salud ocupacional § Definiciones: accidente del trabajo y enfermedad profesional § Causas y consecuencias de los accidentes y enfermedades profesionales §
Ejercicio de identificación de peligros
§ Requisitos legales, conceptos principales sobre: § DS Nº 72, Reglamento de seguridad minera § Ley Nº 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales § DS Nº 54, Reglamento comités paritarios § DS Nº 40, Reglamento sobre prevención de riesgos profesionales § DS Nº 594, Condiciones sanitarias y ambientales básicas en lugares de trabajo § Sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional, OHSAS § Objetivo y estructura especificaciones OHSAS § Identificación de peligros y evaluación de riesgos § Estándares de Control de Fatalidades § Descripción y aplicación
18.001:2.007:
§ Instancias de participación en la gestión de riesgos § Rol de los trabajadores § Control de conductas asociadas a riesgos inaceptables
El curso tiene una validez de 4 años y debe ser dictado por un organismo reconocido por el Sence (OTEC), universidad o instituto de educación superior, el relator debe ser categoría de experto profesional en prevención de riesgos con reconocimiento del Servicio de Salud o experto en seguridad minera, categoría A ó B. La empresa contratista deberá acreditar la realización de este curso ante el administrador de contrato de la División, a través de un listado de asistencia de los trabajadores, firmado y timbrado por la institución que lo realiza indicando el contenido del curso y su duración, el nombre y el número de registro del instructor. Instrucción Derecho a Saber (DAS) Las empresas contratistas y subcontratistas deben, previo al inicio de los trabajos, capacitar a sus trabajadores en un curso específico en prevención de riesgos, de 4 hrs. como mínimo y que contenga las materias descritas a continuación: § Nombres,
cargos y funciones del personal de División El Teniente relacionada al contrato
§ Política
de seguridad y salud ocupacional de División El Teniente y de la empresa contratista (se debe entregar un ejemplar de ésta al trabajador)
§ Instalaciones divisionales al servicio de las
personas (postas, casinos, casas de
cambio, otros) § Normas generales a cumplir:
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Instructivo para la aplicación del “Reglamento especial para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco”
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§ § §
Uso de los EPP, consecuencias de uso inadecuado Artículos del Reglamento de seguridad minera de cumplimiento obligatorio Obligaciones internas de División El Teniente, extensión al personal contratista del Reglamento interno de orden, higiene y seguridad y del Reglamento Especial § Peligros y riesgos inaceptables del área, medidas de control y procedimientos con énfasis en: § Uso de loros § Señalética § Manejo de sustancias peligrosas § Reglamentos de transporte y tránsito en el área § Cartilla de análisis seguro de trabajo (AST) § Estándares de control de fatalidades § Procedimientos § Reporte § Reglas
de emergencia
de incidentes y accidentes
por la vida
La capacitación debe ser realizada por el experto asesor en prevención de riesgos de la empresa contratista. Para el personal de la línea de mando La línea de mando de las empresas contratistas y subcontratistas con contrato de duración mayor a seis meses, deben aprobar un curso de prevención de riesgos específico para la industria extractiva minera, de al menos 40 horas de duración, que incluya lo siguiente: § Materias relativas a liderazgo y técnicas de supervisión § Comunicaciones grupales y personales § Sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional OHSAS 18.001:2.007 § Modelo de causalidad y consecuencias de accidentes § Elaboración de inventarios críticos § Elaboración de análisis de seguridad en el trabajo § Elaboración de procedimientos seguros de trabajo § Metodología para la ejecución de inspecciones planeadas § Técnicas de identificación de peligros, evaluación de riesgos y técnicas de control § Observación de tareas § Investigación de incidentes y accidentes § Estándares de Control de Fatalidades
El curso tiene una validez de 4 años y debe ser dictado por un organismo reconocido por el Sence (OTEC), universidad o instituto de educación superior, el relator debe ser categoría de experto profesional en prevención de riesgos con reconocimiento del Servicio de Salud o experto en seguridad minera, categoría A ó B. Se exceptúan de este curso los administrativos sin personal a cargo, los asesores de seguridad y aquellas personas de la línea de mando que tengan la categoría de experto en prevención de riesgos del Servicio de Salud o Sernageomin (A o B).
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Anexo Nº 4 “Estándar para los equipos de protección personal (EPP)” Todos los EPP deben cumplir con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 18 del Ministerio de Salud (23.03.1982) que establece las normas de calidad, las empresas contratistas deben mantener en faena la documentación que respalde la adquisición y la calidad de los equipos. •
Protección a la cabeza, casco de seguridad § Certificado § Clase
A, con dispositivos para la instalación de protectores auditivos, sin perforaciones
§ Logotipo
de la empresa y nombre del trabajador al frente
§ Huinchas § Para •
•
reflectantes de 2 x 14 cms. en ambos costados y en la parte posterior
el caso de la mina con barboquejo y portalámpara
Protección auditiva, fonos adheridos al casco o tapón § Fonos,
adosados al casco y certificado de acuerdo a la NCh. Nº 1331/1 y Nº 1331/2 Of.98
§ Tapón,
dispositivo para insertar en canal auditivo, expansible y desechable
Protección visual, anteojos seguridad § Certificado § Con
de acuerdo a la NCh. Nº 1301 y Nº 1302 Of.77
protección lateral y de vidrios planos templados o policarbonato claro o ámbar
§ Resistente •
de acuerdo a la Norma Chilena (NCh.) Nº 461 Of.77
a los impactos
Protección respiratoria § Certificado de
acuerdo a la NCh. Nº 1284 Of. 97, Nº 1285/1 Of. 97 y Nº 1285/2 Of. 97
§ Respirador
de media cara, dos válvulas de inhalación y una de exhalación usado con filtros mixtos para polvos y gases
§ Para •
Protección para las manos, guantes de seguridad § De
cuero o goma según tipo de trabajo, definición según NCh. Nº 502 Of. 70.
§ Los •
la fundición se debe utilizar filtros mixtos para polvo y gases ácidos
guantes de cuero deben cumplir especificaciones de NCh. Nº 1251/1 Of. 96.
Protección a los pies, botín/bota seguridad § Certificado § Botín
de acuerdo a NCh. Nº 721 Of. 71
cubre pie, tobillo y parcialmente la pierna, con puntera de acero y plantilla metálica
§ Bota
caña corta o larga, cubre pie, tobillo y canilla, fabricada en goma, caucho natural o PVC, con puntera y plantilla de acero
•
Buzo/overol, color naranja con cintas reflectantes según NCh.
•
Cola y arnés de seguridad (trabajos en altura sobre 1.80 mts), certificado de acuerdo a NCh.
•
Auto rescatador, certificado por NIOSH o ANSI (Mina)
•
Cinturón de seguridad, con correas portalámparas y porta auto rescatador (Mina)
•
Chaleco reflectante, color naranja con huinchas reflectantes de 5 cm. de ancho (Mina)
•
Lámpara de seguridad, que asegure autonomía de 16 horas (Mina)
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•
Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 16 de 20
Vestimentas aluminizadas y elementos especiales serán especificadas en contrato (Fundición)
Anexo Nº 5 “Formulario reporte de incidente, R-303”
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Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 17 de 20
Anexo Nº 6 “Nómina de encargados de seguridad para información de accidentes”
Area
Gerencia Minas
Encargados de Seguridad
Unidad Gestión Riesgos Contratistas
Nombre
Fono
Correo
[email protected]
Angel Droguett Salazar
4373
Plantas Fundición
Juan Sierra Barahona Dario Vera Santander
4329 5102
Servicios
Yolanda Bravo Vargas
5763
Proyectos
Cristian Gonzalez Vera
2685
Raúl Tapia Rivera
4103
Omar Delgado Azocar
3004
David Herrera Pommer
5786
[email protected]
Fernando Cavieres Parraguez
4399
[email protected]
Ricardo Parto Marambio Ingrid Ambiado Rodríguez
4399 4399
[email protected] iambiado@codelco,cl
Preparación Minas Desarrollo Rajo Recursos Mineros y Desarrollo GSSO
[email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected]
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Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 18 de 20
Anexo Nº 7 “Reporte informe de investigación de accidente, R-304”
INFORME DE INVESTIGACIÓN DE INCIDENTE
R-304
CORRELATIVO (mismo del reporte)
Llenar en caso de accidentes a personas y/o equipos Número de Rol N Ó I C A C I F I T N E D I
Hora entrada
Apellido Paterno
Cargo/Ocupación
Apellido Materno Años Ocupación
Nombres
Edad
Agente de la lesión
Años de Servicio
Agente del accidente
Bien Dañado: Maquinaria, Equipo, Instalaciones, Edificio, Medio Ambiente U.C.M.
Valor del Bien Nuevo (US$)
Años Alta
Frecuencia de Ocurrencia Media Baja
DECLARACIÓN DEL ACCIDENTADO (Llenar en los casos que proceda)
N Ó I C A R A L C E D
Firma CAUSAS INMEDIATAS
L A S U A C S I S I L Á N A
S A V I T N E V E R P / S A V I T C E R R O C S E N O I C C A
N Y Ó I N C Ó I A S B I V O E R P R A
CAUSAS BÁSICAS
Nº
DESCRIPCIÓN
PLAZO
Investigado por (Nombre y Firma)
Número de Rol
Cargo
Revisado por (Nombre y Firma)
Número de Rol
Cargo
Aprobado por (Nombre y Firma)
Número de Rol
Cargo
RESPONSABLE
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Código: SGC-GRL-I-006 Fecha: 29.05.2012 Versión: 5 Página: 19 de 20
Anexo Nº 8 “Informe inicio contrato, R-011”
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Anexo Nº 9 “Formulario estadísticas, R-129”
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