Sentencia C-727/15
Se presenta una demanda de inconstitucionalidad al artículo 149 del código civil: “ Articulo 149. Efectos de la nulidad respecto de los hijos . Los hijos procreados en una matrimonio que se declara nulo, son legítimos, quedan bajo la potestad del padre y serán alimentados y educados a expensas de él y de la madre, a cuyo efecto contribuirán con la porción determinada de sus bienes que designe el jue! pero si el matrimonio matrimonio se anuló por culpa de uno de los cónyuges, serán de cargo de este los gastos de alimentos y educación de los hijos, si tu"iere medios para ello, y de no, serán del que los tenga.# En especial sobre el inciso subrayado, pues según la demandante se estaría violando el derecho a la igualdad entre los miembros de de la pareja !"#" art" 1$ % 4$& y a la paternidad responsable !"#" art" 4'&" (ntervienen el ministerio de justicia y del derech derecho, o, la de)enso de)ensoría ría del pueblo, pueblo, el institut instituto o !olombi !olombiano ano de bienesta bienestar r )amil )amiliar iar (!*+ (!*+&, &, el instit instituto uto colo colombi mbian ano o de derec derecho ho proce procesa sal, l, la acad academi emia a colombiana de jurisprudencia, la universidad de caldas, la ciudadana (ngrid u-ue .artine/, y el procurador general de la nación 0uienes en su mayoría presentan su concepto a )avor de la declaración de inee-uibilidad de la norma mencionada" Sustentan Sustentan en gran parte sus posiciones posiciones en la condición de especial protección de los ni2os donde ni la patria potestad ni el deber de alimentos )inali/an cuando el víncu vínculo lo matrimon matrimonial ial es declar declarad ado o nulo nulo y así mismo mismo los los padre padres s tiene tienen n una una obligación compartida y solidaria respecto de sus hijos, aun despu3s de la perdida de la patria potestad en algunos casos no eonera al progenitor a cumplir con las obligaciones con sus hijos" #or su parte la corte considera -ue el problema a resolver es si la declaración de nulidad de un matrimonio -ue trae como consecuencia el pago de los gastos de alimentos y educación de sus hijos a cargo del cónyuge culpable es contrario contrario a la constitución constitución y en particular el derecho a la igualdad de los padres respecto de sus obligaciones para con sus hijos" #ara esta tarea reali/a un anlisis en tres etapas 1& el estudio del parmetro de control, -ue en este caso es la igualdad, especí)icamente entre los miembros de la pareja y con relación a los deberes y obligaciones -ue les corresponden como padre padres5 s5 '& lueg luego o se abord abordó ó la instit instituci ución ón del del matri matrimon monio io y los e)ect e)ectos os de su disolución y $& posteriormente se revisó las características de la relación paterno6 )ilial y de los deberes y obligaciones -ue de ella se desprenden +inalmente +inalmente la corte determino -ue dicho inciso del artículo 149 del !ódigo !ivil es inee-uible puesto -ue -uebranta los artículos 1$, 4' y 4$ -ue imponen igualdad entre los miembros de la pareja respecto de las obligaciones y derechos -ue se
desprenden de la paternidad, y por esa vía el artículo 47 Superior y así mismo se concluye -ue el aparte acusado e)ectivamente desconoce la !onstitución pues al con)undir los e)ectos de la disolución del vínculo matrimonial como consecuencia de la nulidad, con los deberes paterno6)iliales, pone en el mismo plano situaciones muy distintas y por esta vía desconoce la imposibilidad de renunciar a las obligaciones -ue le asisten a los padres )rente a sus hijos, independientemente del vínculo -ue una a la pareja"