JOHN RAWLS “ Teoría de la Justicia ”
Prefacio Lo que John Rawls trata de hacer es generalizar y llevar la teoría teo ría tradicional del contrato socialrepresentada por Locke, Rousseau y Kant, a un nivel más elevado de abstracción. Capítulo I “La Justicia como imparcialidad”
1.- El papel de la Justicia. Una sociedad es una asociación, más o menos autosuficiente, de per sonas que reconocen ciertasreglas de conducta como obligatorias en sus re laciones y que actúan, en su mayoría, de acuerdo aellas. Estos principios son los principios de la justicia social: proporcionan un modo para asignarderechos y deberes en las instituciones básicas de la sociedad y definen la distribución apropiadade los beneficios y las cargas de la cooperación social. 2.- El objeto de la Justicia. El tema que Rawls trata es la justicia social. El objeto de la justicia es la estructura básica, es decir,de las instituciones más importantes de una sociedad. Las instituciones de una sociedad favorecenciertas posiciones iniciales frente a otras, por t anto, una concepción sobre la justicia social ha deser considerada como aquélla que proporciona una pauta con la cual e valuar los aspectosdistributivos de la estructura básica de la sociedad. 3.- La idea principal de la teoría de la justicia. La justicia como imparcialidad son los principios que las personas libres y racionales interesadas enpromover sus propios intereses aceptarían en una posición inicial de igualdad. La posición originalcorresponde al Estado de naturaleza en la teoría tradicional del contrato social.Estos principios son elegidos tras un velo de ignorancia. Las personas elegirán:a) Igualdad en repartición de derechos y deberes básicos.b) Las desigualdades sociales y económicas sólo son
justas si producen beneficios compensadorespara todos (en particular para los miembros menos aventajados de la sociedad) 4.- La posición original y su justificación. La posición original es el status quo
inicial apropiado que asegura que los acuerdos fundamentalesalcanzados en ella sean imparciales. El “equilibrio reflexivo” está sujeto a ser transformado en virtud de un ulterior examen. Consisteen rev isiones y modificaciones de las condiciones contractuales como de los juicios paraconformarlos a los principios. Es un equilibrio porque finalmente nuestros principios y juicioscoinciden. Y es reflexivo porque finalmente nuestros principios se ajustan a nuestros juiciosreflexivos y conocemos las premisas de su derivación. 5.- El utilitarismo clásico. Está basado en la satisfacción del deseo y su principio es el de la elección racional del individuo. Ladecisión correcta es esencialmente una c uestión de administración eficiente. El utilitarismo, cabedecir, no considera seriamente la distinción entre personas. 6.- Algunos contrastes relacionados. El utilitarismo es teleológico y la justicia como imparcialidad no. La teoría de la justicia esdeontológica, ya que no especifica el bien independientemente de lo correcto, o por nointerpretar lo correcto como maximización del bien. 7.-Intuicionismo. (…)
8.- El problema de la prioridad. No es necesariamente irracional apelar a la institución de la intuición para resolver las cuestionesde prioridad. Puede que exista la posibilidad que no se pueda ir más allá de una pluralidad deprincipios. Sin duda, cualquier concepción de la justicia habrá de apoyarse en alguna medida en laintuición, pero la discusión racional debe prescindir lo más que pueda de la intuición. Por ello, essustituyendo el juicio moral por el prudencial se prescinde más de la intuición.Un ordenamiento serial evita totalmente el tener que nivelar principios: aquellos situadosanteriormente tienen un valor absoluto con respecto a los que los siguen, y se mantienen sinexcepción. Para Rawls el principio de libertad es anterior al principio de regulación de
lasdesigualdades económicas y sociales. El objetivo práctico es obtener un acuerdo razonablementeconfiable con el fin de proporcionar una concepción común de la justicia. 9.- Algunas observaciones acerca de la teoría moral. El sentido de justicia es la facultad mental que implica el ejercicio del pensamiento bajocondiciones favorables a la deliberación y al juicio en general. Capítulo II “Los principios de la Justicia”
La teoría de la Justicia puede dividirse en dos partes:a. Como interpretación de la situación inicial y formulación de diversos principios.b. Como razonamiento que establece cuál de esos principios será aceptado. 10.- Instituciones y justicia formal. Una institución es un sistema público de reglas que definen car gos y posiciones con sus derechos ydeberes, poderes e inmunidades, etc. Una institución existe e n un cierto y lugar cuando lasacciones especificadas por ella se llevan a cabo re gularmente conforme a un acuerdo públicosegún el cual el sistema de reglas que definen la institución ha de ser cumplido.Puede existir un sistema social injusto aun cuando ninguna de sus instituciones sea injustaconsiderada aisladamente. La injusticia es una consecuencia del modo en que están combinadasdentro de un único sistema. La justicia formal es la adhesión a principios, la obediencia al sistema. 11.- Dos principios de la justicia. Los dos principios de la justicia respecto a los que habría acuerdo en la posición original:a. Igual derecho al esquema más extenso de libertades básicas iguales que sea compatible con unesquema semejante de libertades para los demás.b. Las desigualdades sociales y económicas deberán:b.1. Ser razonablemente ventajosas para todos.b.2. Vincularse a cargos y em pleos asequibles a todos. 12.- Interpretaciones del segundo principio. (…)
13.- La igualdad democrática y el principio de la diferencia. El principio de la diferencia se basa en que, a menos que exista una distribución que mejore atodas las personas, se preferirá una distribución igual. Figura A Figura BX2X2X1 X1
(Hombremenosfavorecido)(Hombremásfavorecido)(Hombremásfavorecido)(Hombremenosfavore cido)OaP
Supongamos que x1 es el hombre representativo más favorec ido en la estructura básica. En lamedida en que sus expectativas aumentan, aumentarán también las de x2, el menos favorecido. Elpunto O, el origen, representa el estado hipotético en el cual todos los bienes sociales primarios sedistribuyen igualitariamente. Ahora, la curva OP estará siempre por debajo de la línea de 45°,puesto que x1 está siempre en mejor posición. Obviamente sólo se satisface perfectamentecuando la curva OP es prec isamente tangente a la curva de indiferencia más elevada que toca. En la figura B este es el punto “a”. Las desigualdades sociales y económicas habrán de disponerse de tal modo que sean tanto: a)para proporcionar la mayor expectativa de beneficio a los menos aventajados, como b) para estarligados con cargos y posiciones asequibles a todos bajo condiciones de una justa igualdad deoportunidades. 14.- Igualdad equitativa de oportunidades y justicia puramente procesal. La estructura básica es un sistema público de reglas que definen un esquema de actividades queconducen a los hombres. La justicia procesal es imperfecta, no hay ningún procedimiento queconduzca al resultado correcto con seguridad. La justicia puramente procesal se da cuando no hayun criterio independiente para el resultado correcto en su lugar existe un procedimiento correctoimparcial tal, que el resultado sea igualmente correcto o imparcial, sea el que fuere, siempre ycuando se haya observado debidamente el procedimiento. Los juegos de azar ilustran estasituación. Las apuestas imparciales son aquellas cuyas expectativas de ganancia es igual a cero. Unprocedimiento imparcial hace imparcial el resultado. Para ello se nece sita una estructura básica justa para aplicar una justicia puramente procesal. 15.- Los bienes sociales primarios. Los miembros de la sociedad son personas racionales capaces de ajustar su concepción del bien asu situación. Todos tienen asegurada una libertad igual para llevar adelante un plan de v ida que lesagrade, en tanto no viole las exigencias de la justicia. 16.- Las posiciones sociales relevantes. No todas las posiciones sociales son relevantes. Cada persona tiene dos posiciones relevantes: a)Igual ciudadanía; b) El lugar que ocupa en la distribución de ingresos y de riqueza. El punto “a)”, de igual ciudadanía, define un punto de vista general.
Ahora bien, parece imposibleevitar una cierta arbitrariedad al identificar efectivamente al grupo menos favorecido. 17.- La tendencia a la igualdad. El principio de la compensación tiende a compensar las desventajas en dirección a la igualdad. Lasdesigualdades inmerecidas, según este principio, requieren compensación, y dado que lasdesigualdades de nacimiento y dotes naturales son inmerecidas, habrán de ser compensadas dealgún modo.Los hechos no son justos o injustos. Lo justo o injusto es cómo se comportan las instituciones alrespecto. Por ello las sociedades aristocráticas o de castas son injustas. La estructura básica deestas sociedades incorpora la arbitrariedad de la naturaleza. Aquellos individuos con los mayores méritos individuales deben c ontribuir al beneficio de losdemás. La sociedad debería tratar de evitar el área en la cual las contribuciones margi nales de losmejor situados son negativas para el bienestar de los menos favorecidos. Debería operarúnicamente en la parte creciente de la curva de la contribución.Un mérito adicional del principio de diferencia es que proporciona una interpretación del principiode fraternidad. En comparación con la libertad y la igualdad, la idea de la fraternidad ha tenido unlugar menos importante dentro de la teoría democrática. La fraternidad está íntimamenteasociada al principio de diferencia. 18.- Principios para las personas: el principio de la imparcialidad. El principio de imparcialidad establece que a una persona debe e xigírsele que cumpla con su papelsólo si se satisfacen dos condiciones:a. Las instituciones deben ser justas.b. Que se acepten voluntariamente los beneficios del acuerdo.Las exigencias del principio de imparcialidad son las obligaciones. 19.- Principios para las personas: los deberes naturales. Desde el punto de vista de la justicia como imparcialidad un deber natural básico es el deber de la justicia. Aquellos más privilegiados están sujetos a adquirir obligaciones que los vinculen aún másestrechamente a un sistema justo.
6 Capítulo III “La posición original”
20.- La naturaleza del argumento a favor de las concepciones de la justicia. La posición original se define de tal modo que sea un
status quo
en el cual cualquier acuerdo quese o btenga sea equitativo. Es un estado de cosas en la cual las partes están igualmenterepresentadas como personas morales y el resultado está condicionado por contingenciasarbitrarias o por el balance relativo de las fuerzas sociales. Así, la justicia como imparcialidad escapaz de usar la idea de la justicia puramente procesal desde el comienzo. La justicia comoimparcialidad es una teoría de nuestros sentimientos morales tal y como se manifiestan ennuestros juicios mediatos, hechos e n una reflexión equilibrada. 21.- La presentación de alternativas. (…)
22. Las circunstancias de la justicia. Las circunstancias de la justicia son las condiciones normales bajo las cuales la cooperaciónhumana es tanto posible como necesaria. Para ello deben existir c ircunstancias objetivas, es decir,que las personas coexistan sobre un mismo te rritorio. La otra condición es que exista una relativaescasez que haga deseable la cooperación.Los individuos tienen no solamente planes de vida diferentes, sino que existe una diversidad decreencias filosóficas y religiosas y de doctrinas políticas y sociales. A esta constelación de condiciones es lo que Jon Rawls denomina “circunstancias de la justicia”. Esta está dada por lacondición de escasez moderada (circunstancia objetiva) y la del conflicto de intereses(circunstancia subjetiva). 23.- Las restricciones formales del concepto de lo justo. 1) Los principios deben ser generales.2) Deben ser universales en su aplicación. Tienen que valer para todos, por ser personas morales.3) Deben te ner carácter público debido a su naturaleza contractual.4) Debe imponer una ordenación de las demandas conflictivas.5) Debe tener c arácter definitivo. Las partes deben considerar al sistema de principios comotribunal supremo de apelación en materia de razonamiento práctico. 24.- El velo de la ignorancia. La intención de la posición original es establecer un procedimiento equitativo según el cualcualesquiera que sean los principios convenidos, éstos sean justos. El objetivo es utilizar la nociónde la justicia puramente procesal como base de la teoría. De alguna manera, los efectos de lascontingencias específicas deben ser anulados, ya que ellos ponen a los hombres en situacionesdesiguales y en tentación de explotar las circunstancias naturales y sociales en su
propio provecho.Para ello, Rawls coloca a las partes que se encuentran en la posición original bajo un velo deignorancia.
7Es indiferente cuando se adopta este punto de vista y quien lo hace: las restricciones deberán sertales que siempre se escojan los mismos principios. El velo de ignorancia hace posible la elecciónunánime de una determinada concepción de justicia. 25.- La racionalidad de las partes. Las personas en la posición original son racionales. Por ello preferirán te ner más bienes primariosa tener menos. La envidia se encuentra ausente, pues ella provocaría una desventaja para latotalidad. 26.- El razonamiento que conduce a los dos principios de justicia. Es razonable que en la posición original se opte por un principio de justicia que exija unadistribución igualitaria. Y ello es así en virtud de que no sería posible saber en qué situaciónestarán una vez que se corra e l velo de ignorancia. Por tanto, todos elegirán e sta opción.Pero ello no es definitivo, ya que las sociedades deberán tomar e n cuenta también la eficienciaeconómica y las exigencias de la organización y de la tecnología. Ya que las partes comienzan apartir de una división igualitaria de todos los bienes sociales primarios, aquellos que se beneficianmenos tienen, por así decirlo, un derecho de veto. Tomando la igualdad como punto decomparación, aquellos que han ganado más tienen que haberlo hecho en términos que sean justificables respecto a aquellos que han ganado menos.Mediante un razonamiento de este tipo pueden, entonces, llegar las partes a los dos principios dela justicia serialmente ordenados. 27.- El razonamiento que conduce al principio de la utilidad media. (…)
28.- Algunas dificultades en relación con el principio del promedio. (…)
29.- Algunas de las principales razones a favor de los dos principios de la justicia. El contrato original es definitivo, se concierta a perpetuidad y no habrá segunda oportunidad. Elrigor del compromiso hace que se cumpla con él aún en las peores circunstancias.Tomando en cuenta su carácter público, las personas que se encuentren sujetas a estos acuerdostenderán a desarrollar un deseo de actuar co nforme a estos principios y a cumplir con sus tareasen las instituciones (si es que la estructura básica de la sociedad satisface sus principios por unlargo
período de tiempo). Una concepción de la justicia e s estable cuando el reconocimientopúblico de su realización en el sistema social tiende a producir el correspondiente sentido de justicia. 30.- Utilitarismo clásico, imparcialidad y benevolencia