Investigado scrito Cuaderno Sumilla
:
: Correlativo. : Principal. : Requerimiento de elevación de la carpeta fiscal.
AL TERCER DESPACHO DE LA FISCALIA CORPORATIVA CORPORATIVA DE HUANCAVELICA.
PROVIN VINCIAL
CESAR LEÓN CHANCASANAMPA,
PENAL
BALBIN
con domicilio procesal en el r. or!e C"#$e% N&'(' del cercado de H)anca$elica, re*erencia, +aada al E- Camal, en la in$e in$es si! i!ac aci/ i/n n so+r so+re e Us)r Us)rpa paci ci/n /n,, se!) se!)id ido os por por PABLO ABLO SEGUNDO SEGUNDO )sed d con con respe espeo PACO ACO SOTO, a )se di!o0 1)e "a+iendo sido noi*icado mediane c2d)la de noi*icaci/n N& 3'45678'3, de *ec"a 89 de sepiem+re de 78'3, el d:a 8( del mismo mes, con la DISPOSICI;N N& 89, de ' de seiem+re de 78'3, en oc"o *olios, *olios, al amparo amparo de lo <)e dispone dispone el ar:c)lo ar:c)lo ==5& ==5& n)meral n)meral > del C/di!o Procesal Penal, solicio se sir$a ele$ar odo lo ac)ado por ane el Fiscal S)perior Penal de H)anca$elica, donde espero alcan%ar )sicia. 1.- ERRORES DE HECHO QUE CONTIENE LA DISPOSICIÓN: '.' 2. ERRORES DE DERECHO COMETIDOS EN LA RECURRIDA: RECURRI DA: 7.' 3.- AGRAVIOS AGRAVIOS QUE PRODUCE PROD UCE LA IMPUGNADA IMPU GNADA:: Se "a $iolado el de+ido proceso ? el derec"o a la imparcialidad, <)e consa con la $iolaci/n del ar:c)lo '& de s) propia Le? Or!#nica, <)e dispone0 @El iniserio PB+lico es el or!anismo a)/nomo del Esado <)e iene como *)nciones principales la de*ensa de la le!alidad, <)e el *iscal @responsa+le "a omiido dele%na+lemeneG los derec"os ci)dadanos ? los inereses pB+licos, <)e el *iscal @responsa+le "a omi omiid ido o dele dele%n %na+ a+le leme men neG eG la repr represe esen nac aci/ i/n n de la soci socied edad ad en )icio, para los e*ecos de de*ender a la *amilia, a los menores e inca incapa pace cess ? el ine iner2 r2ss soci social al,, <)e <)e el *isc *iscal al @ @re resp spon onsa sa+l +le e "a omiido dele%na+lemeneG as: como para $elar por la moral pB+lica <)e <)e el *isc *iscal al @ @re respo spons nsa+ a+le le "a omi omiid ido o dele dele%n %na+ a+le leme men neG eG la
perse persec) c)ci ci/n /n del del deli delio o <)e <)e el *isc *iscal al @ @re resp spon onsa+ sa+le le "a omi omiid ido o dele dele%n %na+ a+le leme men neG eG ? la repar eparac aci/ i/n n ci$i ci$il. l. Tam+i am+i2n 2n $ela $elar# r# por por la pre$enci/n del delio denro de las limiaciones <)e res)lan de la presene le? ? por la independencia de los /r!anos )diciales ? la reca eca admi admini nis sra raci ci/n /n de )s )sic icia ia ? las las dem# dem#ss <)e <)e le sea seala lan n la Cons Consi i) )ci ci/n /n Pol: ol:ic ica a del del PerB erB ? el orde ordena nami mien eno o )r: )r:di dico co de la Naci/n. <)e el *iscal @responsa+le "a omiido dele%na+lemeneG POR LO EXPUESTO: A la Fiscal: iscal:a a pido pido se sir$a sir$a dispon disponer er la ele$ac ele$aci/n i/n de ac)ad ac)ados, os, sin per)icio de las acciones <)e inerpondr2 anes s)s s)periores por omisi/n de de+eres de *)nci/n ? dene!aoria de den)nciar pese a conar con la con*esi/n de pare, <)e nos rele$a de la ac)aci/n de pr)e+as. Pisco, = de enero de 78'7. 1)e, el pres presen ene e lo "a!o "a!o de con* con*or ormi mida dad d a lo OTROSÍ OTROSÍ DIGO.DIGO.- 1)e, prescrio en el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial. POR LO EXPUESTO. A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?.
H)anca$elica, '' de seiem+re del 78'3.
=.6 Declaraci/n )rada )rada de Clarisa Ja$incopa Ja$incopa Var!as de Li%ana. Li%ana. 5.6 Consancia de es)dios de la menor An!ie ila!ros ila!ros Llaca")aman ones. >.6 Declara Declaraci/ ci/n n )rada )rada de doa Demeri Demeria a K)end: K)end:a a Candio Candioi i,, con D.N.I. D.N.I. No sin per)icio de <)e se o*re%ca o*re%ca s) esimonial esimonial re*eren re*erene e el esado como lo rao a dic"a dic"a menor. menor. ANEOS.
'6AG Copia simple de mi doc)meno Nacional de Idenidad. '6KG Copia de la parida de Nacimieno de la menor niea. '6CG Visa *oo!r#*ica de de la menor con s)s a+)elos en s) $i$ienda ? los d:as en <)e pasa )no a la s)scria. '6DG Declaraciones )radas de las esi!os. '6EG Consancia de es)dios de la menor. OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines de la noi*icaci/n de la empla%ada de+er# de+er# noi*i noi*icars carse e en s) domicilio domicilio en la A$. Cenen Cenenari ario o No 4=3 dl Karrio de P)e+lo N)e$o Lirca?, +ao responsa+ilidad. OTRO OTROSI SI DIMO DIMO.6 .6 1)e, 1)e, adem adem#s #s sin sin anim anim)s )s de per per)d )dic icar arla la a la empla%ada de+o sealar <)e, la empla%ada no iene ra+ao, ni o*icio a la *ec"a lo <)e si!ni*ica <)e no c)ena con in!resos econ/micos como como para ara pode poderr sos sosen ener er los los re<) e<)erim erimie ien nos os de la meno enor ? !arani%ar )n adec)ado desarrollo ine!ral de la menor, as: como c)ena con seis "ios de di*erenes padres, lo <)e ca)sar:a ra)ma psicol/!ico a la menor, <)ien se enc)enra desde s) nacimieno ? crecido con la s)scria. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, impero la presene ? se admia con arre!lo arre!lo a Le?, declar#ndola declar#ndola *)ndada en s) opor)nidad. Lirca?, 84 de A+ril del 78'>.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico
Dr. Caso Caso N° : scrito Cuaderno Sumilla
-2012 - 0-'002-(P-FC-01. 0-'002-(P-FC-01.
: Correlativo. : Principal. : Pide expedir constancia de no adeudar por alimentos y otro.
De*ensa Le!al para odos r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o.
SEJOR UEQ DEL PRIER UQMADO DE PAQ LETRADO DE FAILIA DE SAN UAN DE ILAFLORES LIA SUR. SITO KRAVO HERRERA en a)os se!)idos por In!rid ariela Soo Espino%a, so+re presaci/n de alimenos ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al esado del proceso con la *inalidad de eercer )na adec)ada de*ensa procesal respeco de mis derec"os, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de <)e soliciar la consancia de no ade)dar por concepo de alimenos a la demandane, por c)ano los desc)enos son mediane desc)eno por planillas en la PNP, con*orme lo pre$2 n)esra norma adei$a. OTROSI DIMO.6 Nom+ro como mi A+o!ado de*ensor al lerado <)e a)ori%a el presene A+o!. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, s)si)?2ndolo al anerior A+o!ado, para los *ines del presene. OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines de la presene, sealo mi domicilio real en la Casilla No '85>9 de la cenral de noi*icaciones de la Core S)perior de )sicia de Lima, l)!ar donde se me "ar# "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, '8 de Fe+rero del 78'>.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico De*ensa Le!al para odos
Dr. Exp. N° : 2012-0&21-0-1101-(P)AS-01. scrito Cuaderno Sumilla
: Correlativo. : Principal. : Pide constancia de no adeudar y varia domicilio.
r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o.
SEJOR UEQ DEL SEMUNDO UQMADO PENAL DE HUANCAVELICA. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO A+o!ado de*ensor del imp)ado Francisco H)!o 1)ispe Uni$eros en la insr)cci/n <)e se le si!)e por la comisi/n del il:cio penal conra la *e PB+lica en s) modalidad de Falsi*icaci/n de doc)menos en a!ra$io de la Sociedad ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, con la *inalidad de <)e se merie en s) opor)nidad las insr)menales ad)nas <)e "an de ser$ir para la a+sol)ci/n de mi de*endido en ra%/n de <)e si +ien es ciero el imp)ado es <)ien *)e a la localidad de H)anca?o a reca+ar los ori!inales de los ceri*icados de dos ae e:lico, sien do as: no ser:a da+le <)e el mismo en!a <)e *alsi*icar ? a sa+iendas de ello en!a <)e c)mplir con s) inmediao S)perior respeo de la *alsi*icaci/n, doc)menos <)e ser$ir#n para la a+sol)ci/n. OTROSI DIMO.6 El presene lo "a!o de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial, en represenaci/n de mi de*endido. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 78 de ar%o del 78'>.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. @Le/n Llallico 2012. Exp. N° : De*ensa Le!al para odos scrito : Correlativo. Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Pide se evacuado al Hospital Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. para tratamiento y otro.
SEJOR UEQ DEL DECIOSEMUNDO UQMADO PENAL PARA REOS EN CARCEL DE INDEPENDENCIA. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO A+o!ado de*ensor del imp)ado Horacio Del !)ila S#nc"e% en la insr)cci/n <)e se le si!)e por la comisi/n del il:cio penal de ra*ico Il:cio de Dro!as, en s) modalidad de Fa$orecimieno de Tra*ico de Dro!as, en a!ra$io de la sociedad ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+iendo reali%ado la pr#cica del depore c)ando se enconra+a inernado en el Hospial ? por )na ca:da, se da+a molesias en la espalda ? la col)mna, empero no le omo imporancia en la creencia <)e era )n simple !olpe, p)es de ellos al pasar los d:as ? ane ora pr#cica del mismo depore, $ol$i/ a senir el mismo dolor empero con !ran inensidad de lo <)e podemos in*erir <)e e-ise m#s !ra$e s) si)aci/n, siendo as: <)e en la *ec"a se enc)enra posrado en cama sin "acer nada, no poder caminar, ni reali%ar "ec"os para s) man)enci/n, simplemene c)mpliendo el arreso domiciliario disp)eso por el )%!ado, por lo <)e se pres)me <)e e-ise la *is)ra en )na de las cosillas a *in de descarar o ener )n dia!nosico meor solicio se me a)orice con el permiso respeci$o para ser rasladado al Hospial mas cercado del c)al se dar# c)ena, con la *inalidad de "acerme )na e$al)aci/n respeci$a de mi sal)d, en consec)encia se orden al c)sodia c)mpla con rasladarme a dic"o nosocomio. OTROSI DIMO.6 El presene lo "a!o de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial, en represenaci/n de mi de*endido. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor Presidene, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 7= de ar%o del 78'>.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. @Le/n Llallico Exp. N° : 201*-'72-0. De*ensa Le!al para odos scrito : Correlativo. Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Pide Constancia de no Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o.
adeudar y varía domicilio.
SEJORA FISCAL DE LA SEMUNDA FISCALIA EN LOPENAL DE HUANCAVELICA. ORLANDO ESUS ANAA ROANI en la in$esi!aci/n <)e se $iene reali%ando conra Mlad?s Ordoe% S#nc"e%, por la comisi/n del il:cio penal conra el parimonio en s) modalidad de Us)rpaci/n A!ra$ada ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al esado del proceso in$esi!aorio ? con la *inalidad de eercer )na adec)ada de*ensa de mi propiedad, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de <)e soliciar la ampliaci/n de la den)ncia ? la reali%aci/n de dili!encias si!)ienes0 '.6 Ampliaci/n de den)ncia.6 Si +ien inicialmene se inerp)so la den)ncia conra doa Mlad?s Ordoe% S#nc"e%, empero *)e por <)e ella era la a)ora de la )s)rpaci/n, ad)ciendo <)e era de s) propiedad, adem#s <)ien en odo momeno ordena+a a los ra+aadores <)e si!an con la consr)cci/n ? oros "ec"os, empero nos "emos enre!ado <)e la ora persona <)e am+i2n diri!:a ? ordena+a am+i2n la consr)cci/n de los m)ros, as: como la <)e $iolenamene in!reso al mi propiedad *)e s) "ermana., conra <)ien es se de+er# ampliar la den)ncia penal, por los mismos "ec"os ? conra C)?a Ordoe%, por el il:cio penal A+)so de a)oridad, <)e apro$ec"ando s) condici/n de Proc)rador de la )nicipalidad Pro$incial de H)anca$elica +ao lo si!)iene0 aG 1)e, respeco de la den)nciada .., es am+i2n la persona <)ien ordena+a como reali%ar las consr)cci/n r)sica, ad)ciendo <)e el s)scrio no es el propieario del +ien ? <)e s) i)lo es el mas ani!)o, por lo <)e p)ede "acer lo <)e le da la !ana en s) erreno, de manera <)e ordena+a a los ra+aadores <)e ra+aa+an en dic"o erreno ? <)e no "icieran caso a nadie.
+G Respeco del den)nciado , i!)almene de manera prepoene ? en *orma $iolena a $o% de c)ello, a%)%a+a a los ra+aadores <)e no paralicen los ra+aos, as: como <)ien am+i2n ordena+a la consr)cci/n, empero en odo momeno seala+a <)e como proc)rador de la )nicipalidad sa+e lo <)e esa "aciendo =.6 Se c)rse o*icio a la )nicipalidad Disrial de Ascensi/n a *in de <)e in*orme si la propiearia de dic"os loes ienen a)ori%aci/n para la consr)cci/n ? si "an pa!ado los derec"os de esos, ? si en la *ec"a dic"os loes )r+anos a)n le corresponde a la Com)nidad o a la )nicipalidad Disrial de Ascensi/n, +ao responsa+ilidad ? <)ien es la persona <)e $iene pa!ando el a)oe$al)/ por los loes 5.6 I!)almene se o*icie a la )nicipalidad Disrial de Ascensi/n, para <)e remia e in*orme si los loes si!nados con la %.., *)eron maeria de "a+iliaci/n Ur+ana a *a$or de la )risdicci/n de la )nicipalidad ? <)e doc)menos lo acredia. >.6 Se re<)iera a las a)oridades de la Com)nidad Campesina de Ascensi/n a *in de <)e in*ormen si la $ena al s)scrio es le!al, correco ? si en la *ec"a c)enan con los li+ros de Acas de Ad)dicaci/n de loes, se re!isra a nom+re de los den)nciados. Del c)al de+e aclararse si los doc)menos de los den)nciados iene $alor o c)al de ellos es lo <)e, iene $alor. OTROSI DIMO.6 Nom+ro como mi A+o!ado de*ensor al lerado <)e a)ori%a el presene A+o!. SITO CELESTINO LEON CARLOS, para los *ines del presene. OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines de la presene, $ario mi domicilio procesal en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, '8 de Fe+rero del 78'>.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico De*ensa Le!al para odos
%specialista
Dra Rosa Celestino.
Exp. No : 0**17-200+-0-1+01-(,-C-02. scrito Cuaderno Sumilla
r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Pe. Los La)reles N ''>6788. T6H?o.
: Correlativo. : Principal. : Pide fraccionamiento de liquidación para su pago y otros.
SEJOR UEQ DEL SEMUNDO UQMADO ESPECIALIQADO EN LO CIVIL DE HUANCAO. LIDIA KEATRIQ SALAQAR VARMAS, en a)os se!)idos por I%arra D#$ila Meno$e$a o$ana, represenado por s) Apoderado Nic2*oro Se+asi#n Roas C/rdo$a, so+re N)lidad de Aco )r:dico ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al conenido de la resol)ci/n No >7 de *ec"a 9 de Enero del 78'> e-pedido por s) )dica)ra, en la <)e se res)el$e 'G declarar F)ndar en pare la li<)idaci/n de cosas ? cosos, as: como se apro+/ dic"a li<)idaci/n por lo <)e esa pare procesal por pro+lemas esricamene de sal)d en la *ec"a se enc)enra insol$ene, por lo <)e sol:a se enc)enra insol$ene para c)mplir con cancelar e impera se *racciones en c)oas dic"a li<)idaci/n de manera <)e se p)eda cancelar opor)namene +ao lo si!)iene0 Si +ien es ciero asise a oda persona respeco de los acos procesales o lo pedidos de la pare conraria, empero si +ien se "a cancelado la o+li!aci/n pec)niaria respeco del inm)e+le, empero esando a <)e se "a declarado *)ndada la li<)idaci/n de las cosas procesales ascienden a la s)ma de S. ',=3'.88 n)e$os soles, <)e por )na de*iciene de*ensa no se eerci/ n)esro derec"o de de*ensa en s) opor)nidad por lo <)e a)n e-isiendo ra%ones para conradecirla, <)e de$endr:a en e-empor#neo as)mimos lo res)elo. Por lo mismo +ao ese carril de ideas, ? como se iene dic"o <)e por ra%ones de )na de las empla%adas se enc)enra m)? delicada de sal)d, "ec"o <)e nos moi$a a as)mir <)e nos enconramos insol$enes para c)mplir con dic"o pa!o por c)ano se "a reali%ado
!asos en el raamieno de la sal)d <)e se comen/ precedenemene, por lo <)e en la *ec"a nos enconramos insol$enes como para poder cancelar dic"a de)da. Apelando a esa circ)nsancia aena a n)esra $ol)nad impero a s) )dica)ra a *in de <)e admia n)esra preensi/n de *raccionar la de)da en pares i!)ales ? poder pa!arlas, de+iendo ser ( c)oas a *in de c)mplirlas ? no esar proponiendo a+s)rdamene *)era de n)esras posi+ilidades p)es como <)iera <)e no se re*iere a la de)da en s:, sino las cosas ? cosos, es de *le-i+ili%ar dic"a de)da, ano m#s <)e dic"a de)da es por !asos independienes de la de)da principal. Concomiane con lo e-p)eso, se d2 c)mplimieno lo re<)erido por s) )dica)ra respeco de la e-i!encia de los reci+os por "onorarios pro*esionales el A+o!ado parocinador de la acora, a)n c)ando ?a se $enci/ el pla%o concedido de = d:as, caso conrario se "a!a e*eci$o el aperci+imieno de decreado en dic"o aco procesal. OTROSI DIMO.6 1)e, por con$enir a mis inereses $ario de domicilio procesal en el Pasae Los La)reles No ''> 788 Um)o El Tam+o 5a. C)adra de la A$. Pro!reso ? Ar!eninaG l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?, as: como s)+ro!o al lerado <)e as)mir# mi de*ensa por el <)e a)ori%a el presene. OTROSI DIMO.6 1)e, para os *ines de n)esra de*ensa solcio se nos e-pedida copia simple de la senencia respeci$a del presene. OTROSI DIMO.6 1)e, i!)almene s)+ro!o al lerado <)e as)mi/ la de*ensa ? <)e a parir de la *ec"a as)mir# el pro*esional <)e a)ori%a el presene, a)ori%ando <)e o*re%ca los rec)rsos desinados a n)esra de*ensa en el modo ? *orma de le? permisi+le. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, se sir$a dar por Admiida ? dar por admiida n)esro pedido, por ser )so ? de Le?. H)anca?o, 84 de ar%o del 78'>. WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW Eosen A+el Le/n Llallico AKOMADO CAH. N 837 6 CA. N '5''
Dr. T. Trucios Exp. No : 0&'-201*-110'0'-(P)A-01-F.. scrito Cuaderno Sumilla
: Correlativo. : Medida Cautelar. : Apersono a la instancia y solicito copias simples.
AL SEJOR UEQ DEL UQMADO DE PAQ LETRADO DE LIRCA. UANA ALICIA 1UICHCA CALDERON, en a)os se!)idos por El$is )l L)lo M)%m#n so+re Filiaci/n de paernidad ? Alimenos ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, por con$enir a mis inereses personales ? procesales me apersono a la insancia )risdiccional para la c)al sealo mi domicilio procesal en el r. Sicra No 777 del cercado de Lirca? l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. OTROSI DIMO.6 1)e, con sorpresa me enero reci2n de la presene demanda ? s)s consec)encias )r:dica por lo <)e a *in de eercer mi de*ensa con*orme a Le?, solicio se me e-pida las si!)ienes copias de las pie%as procesales0 '.6 La demanda ? s)s ane-os. 7.6 Consancia de la noi*icaci/n con la demanda ? s)s ane-os a la s)scria. =.6 Resol)ci/n <)e me declara re+elde. 5.6 Consancia de noi*icaci/n con la re+eld:a. >.6 Dili!encia de A)diencia Xnica. 9.6 Senencia. 3.6 Consancia de noi*icaci/n con la senencia a la s)scria. OTROSI DIMO06 1)e, pre$io para la prop)esa de li<)idaci/n, me opon!o a ello c)ando se me "a!a la enre!a de dic"as copias por c)ano descono%co de la e-isencia de dic"o proceso, asi como n)nca se me "a noi*icado <)e de cas)alidad por a$iso de )na ami!a me enero. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seora )e%, se sir$a dar por Admiida ? declarar *)ndada la E-cepci/n, por ser )so ? de Le?. Lirca?, 87 de ar%o del 78'>.
SEJOR ALCALDE HUANCAVELICA.
DE
LA
UNICIPYLIDAD
DISTRITAL
DE
NANC UNARRIQ URADO, en la insr)cci/n <)e se me si!)e por la s)p)esa comisi/n de *alas conra la persona en s) modalidad de A!resi/n F:sica sin lesiones, en a!ra$io de Zilliam Roas de la Cr)% ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al esado del proceso ? con las dili!encias, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de o*recer el ale!ao escrio, as: como ded)%co ECEPCI;N DE ACCI;N DE NATURALEQA por error in$enci+leG la misma <)e desde ?a solicio se declare F)ndada dic"a e-cepci/n, +ao los *)ndamenos0 Primero.6 1)e, oda acci/n para ser sancionada penalmene necesariamene de+e esar pre$isa ? sancionada por la le? penal, es decir n)esro ordenamieno p)nii$o de+e reco!erla como denro de s) cone-o de manera clara ? a-ai$a, empero de no ser as: la cond)ca no ser# )sicia+le penalmene por ser a:pica. P)es no podemos in*erir <)e esa cond)ca de+e ser aparene o similar, sino <)e sea clara ? precisa, en el presene caso s)+ 6 maeria de liis, para ello de+e e-isir del elemeno esencial en ese caso, <)e la cond)ca reali%ada por mi persona ese sancionado p)nii$amene, lo c)al no es as:, el peli!ro encierra en la 2cnica de ipi*icaci/n <)e "ace el )%!ador. Cieramene se raa de )n
procedimieno 2cnico le!islai$o del <)e inerpree p)ede e-raer deerminadas consec)encias )r:dicas, al momeno de ideni*icar el ipo penal, la misma <)e en m)c"os casos no consi)?e )n "ec"o reproc"a+le sancionado, de al manera <)e al procedimieno pone en peli!ro <)e se aene !ra$emene conra el principio de le!alidad en s) $eriene N)ll)m crimen sine le!e, como seala el maesro )o% Conde.6 en s) o+ra @Pol:ica Criminal ? sisema de Derec"o Penal ? <)e adem#s de enconrarse en la norma penal descria como delio, p)es para ello endr:amos <)e manear m)? +ien lo <)e corresponde a la inerpreaci/n del ipo penal Enri<)e Kaci!al)po, dice <)e @el ipo penal es )n concepo )r:dico prod)co de la inerpreaci/n de la le? penal, ? como al res)la adec)ada la disinci/n enre el @Tipo del e-o ? el @Tipo de la inerpreaci/n, p)es la *inalidad denro de la eor:a del ipo penal, consise en esa+lecer <)e la acci/n reali%ada es la acci/n pro"i+ida por la norma ? sancionada con pena por le?. De la imp)aci/n o+ei$a del s)p)eso il:cio de *alas.6 De la imp)aci/n e*ec)ada por el s)p)eso a!ra$iado, me imp)a "a+er le ca)sado )n ras!)o en la pare del c)ello lado derec"o del a!ra$iado, ello en ra%/n de "a+erle reclamado de )na dinero, c)ando en realidad era por la no enre!a de )na lapop. Se!)ndo.6 Kao ese orden de ideas, no p)diendo ser )%!ado, ni penado +ao la preeminencia del error in$enci+le@.. 1)ien, en s) condici/n de a!redida por )n ercero raa de a!arrase de c)al<)ier pare del c)erpo de ese o se s)ea de la c"ompa, casaca o camisa con la *inalidad de no caerse ane el emp)/n de ese ? le ca)sa )na a!resi/n, en consec)encia, donde esar:a pro+ado como cond)ca dolosa le!almene disc)ido de la cond)ca de la s)scria, p)es con*orme se iene la imp)aci/n s)p)esamene la s)scria "a+r:a ca)sado la a!resi/n inencionalmene, a decir <)e, es compleamene *also por c)ano la s)scria al a!ra$iado le "a esperado en la p)era e-erna del Insi)o S)perior Tecnol/!ico P)+lico de H)anca$elica, con la *inalidad de a!redirle, c)ando ello es *also ?a <)e la s)scria <)e le enre!ara )n eclado ? )na lapop por <)e as: "a+:an acordado, ? *rene a ello el a!ra$iado sal:a del re*erido Insi)o ? ese se ne!/ a enre!arle prod)ci2ndose )na disc)si/n de "a+erlo llamado )na serie de cali*icai$os de !r)eso cali+re por lo <)e la s)scria rao de de*enderse ? en ello el a!ra$iado LO EPUO HACIA EL PISO c)ando la s)scria se ne!/ a <)e se alisa+a a in!resar a s) $e":c)lo. Es a": <)e, al raar de a!arrase o sosenerse para no caer <)e le araa al a!ra$iado c)ando le a!arro de s) c"ompa ? )n c"aleco, lo c)al no "a e-isido el ipo s)+ei$o del il:cio.
Al!o m#s, con*orme se iene lo sealado en mi declaraci/n preliminar, odo ello corresponde al ene adminisrai$os de los *)ncionarios, <)ienes son los responsa+les, @No e-ise indicios de delio imp)ado en la $:a penal, empero el represenane del iniserio P)+lico, sin comp)lsar el e-o del ipo, como seala E. Kaci!al)po0 @...No de+e con*)ndirse el e-o del ipo de la norma, como el e-o del ipo de la inerpreaci/n, es decir disino es el ipo descrio en la le? penal, <)e el ipo <)e "a de s)r!ir de la inerpreaci/n del "ec"o en s: a )%!arse, para oor!arle la calidad de *ala, empero inadec)adamene el a!ra$iado den)ncia, c)ando nin!)na de esas cond)cas se enc)enran descrias en la norma se enc)enra como para poder ser sancionada a ni$el del )%!ado, p)es con*orme se iene la norma perinene, seala <)e, e-ise el comporamieno ani)r:dico, es m#s ca+e a+iera la posi+ilidad de <)e no e-isa nin!Bn ipo de sanci/n, sino <)e iene <)e $eri*icarse el elemeno o+ei$o de la p)ni+ilidad del ipo penal, para )%!ar a ni$el )dicial, sino corresponde en oro #m+io lema del s)scrio Ro-in dice0 La *)nci/n pol:ico criminal del ipo es do+le0 La *)nci/n de !aran:a, por la <)e se plasma le!islai$amene la e-i!encia del N)ll)m crimen sine le!e ? la *)nci/n de moi$aci/n, por la <)e se inena, al pro"i+ir )na cond)ca, aparar a la !eneralidad de la comisi/n de los delios. En la <)e s) nom+re aparece en el empie%a a in$ol)crarme poserior a los "ec"os del ipo o+ei$o, ? <)e si se adopa al posici/n , esaremos a*irmado lo <)e planea+a Cla)s Ro-in0 @En ao <)e aspiremos a proe!er la li+erad del ci)dadano paric)lar *rene a la ar+irariedad limiada del poder esaal, en ano <)e nos $inc)lemos a la *rase N)l)m crimen, n)ll)m poena sine le!e, caso conrario el )%!amieno ser# ar+irario, por c)ano no ser:a compeencia el conocimieno del an#lisis ? )%!amieno al derec"o penal. En consec)encia no esando acrediado <)e los "ec"os de+en ser dil)cidarlo a ni$el )dicial, permie sealar <)e, n)esra cond)ca es a:pica. LA FALTA DE CONOCIIENTO DE LA ANTIURICIDAD. )no a la capacidad de c)lpa+ilidad o imp)a+ilidad, consi)?e am+i2n )n elemeno de la c)lpa+ilidad el conocimieno de la ani)ricidad. 1)ien reali%a dolosamene )n ipo penal acBa, por re!la !eneral, con conocimieno de la ilici)d de s) "acer. Por ello, la ari+)ci/n <)e s)pone la c)lpa+ilidad solo iene senido *rene a <)ien conoce <)e s) "acer es# pro"i+ido. Pero eso no <)iere decir, sin em+ar!o, <)e el a)or de+a ener en el momeno del "ec"o )na conciencia e-aca de <)e s) "acer es# pro"i+ido es s)*iciene si, de ac)erdo con s) *ormaci/n, ni$el c)l)ral, ec., se represene dic"a ilici)d como posi+le ?, a pesar de ello, acBe. Por odo ello, el conocimieno de la ani)ridicidad es am+i2n )n concepo <)e re<)iere del )e% )na $aloraci/n de los di$ersos componenes, psicol/!icos ? sociales, <)e inciden en el
comporamieno del indi$id)o. Si el s)eo desconoce la ani)ricidad de s) "acer, acBa enonces en error de pro"i+ici/n. El error de ipo in$enci+le.6 @El error in$enci+le so+re )n "ec"o consi)i$o de la in*racci/n penal e-cl)?e la responsa+ilidad criminal. Por oro lado el ipo o+ei$o delioG, en el presene proceso es# pro+ado, por ello se aco!ieron a la erminaci/n anicipada, empero el elemeno s)+ei$o El dolo ? Vol)nad, no es# pro+ado respeco de dos imp)ados. El dolo conocimieno ? $ol)nadG.6 Es la conciencia ? $ol)nad de reali%ar el elemeno o+ei$o del ipo penal, el conocimieno es <)e el s)eo de+e conocer <)e es# reali%ando con s) cond)ca los elemenos del ipo penal. El conocimieno de+e esar orienado a la con*i!)raci/n de los elemenos o+ei$os con*ormadores del ipo penal ? de ener pleno conocimieno el res)lado <)e endr# con s) cond)ca. Conocimieno.6 El s)eo aci$o del "ec"o penal, de+e conocer <)e es# reali%ando con s) cond)ca los elemenos o+ei$os del ipo penal. El conocimieno de+e esar orienado a la con*i!)raci/n de los elemenos o+ei$os del ipo penal. ediane al conocimieno el a)or de+e pre$er el res)lado :pico, de+iendo reconocer los aspecos esenciales del ipo. Es decir no solo +asa conocer la e-isencia del ipo como +ien )r:dico )elado, sino <)e conocer <)e s) cond)ca "a de res)lar el <)erer o+ener lo ideado ? planeado. Vol)nad.6 De+e <)erer la reali%aci/n de s) cond)ca ? de lo <)e conoce del ipo penal, es decir la $ol)nad de+e enenderse como la orienaci/n a la :pica como inensi/n <)e re*lea la eec)ci/n de la decisi/n por pare del a!ene. III.6 FUNDAENTOS DE DERECHO0 S)seno la presene acci/n en lo <)e dispone el Ar. 7 Inc. 7=, de n)esra Cara a!na, <)e dice @ ...oda persona iene derec"o a la le!iima de*ensa..., p)es ese derec"o conc)erda con la E-cepci/n <)e ampara el Ar. II del T. P. del C/di!o Penal, <)e !arani%a <)e, Principio de le!alidad, @Nadie ser# sancionado por )n "ec"o no pre$iso como delio o *ala..... ? <)e iene por *inalidad cora la sec)ela del proceso. As: mismo amparo el presene en lo <)e dispone el Ar. > p#rra*o ercero del C/di!o de Procedimienos Penales, <)e !arani%a la E-cepci/n ded)cida al <)e por imperio de la norma de+e declararse *)ndada, por<)e en e*eco no e-ise elemenos de )icio de la e-isencia del delio as: como <)e la cond)ca se adec)e al ipo penal den)nciado por <)e son simples ded)cciones de "ec"os adminisrai$os. POR LO EPUESTO0
A Ud., Seor )e%, se sir$a dar por Admiida ? declarar *)ndada la E-cepci/n, por ser )so ? de Le?. H)anca$elica, 85 de Fe+rero del 78'>.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico De*ensa Le!al para odos
Dra. Exp. No : 00'*/-2011. scrito Cuaderno Sumilla
r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Pe. Los La)reles N ''>6788. T6H?o.
: Correlativo. : Principal. : Pide copias simples de
sentencia y otros.
SEJOR PRESIDENTE DE LA SALA NACIONAL LIA. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, A+o!ado de*ensor del senenciado Farid Nader Nader ? de la a+s)ela Ma+riela Elena I+arra Espino%a en la insr)cci/n se!)ida por la comisi/n del il:cio penal conra la Sal)d en s) modalidad de en s) modalidad de Tra*ico Il:cio de Dro!as, en a!ra$io de la sociedad ? el esado ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al a)o de concesi/n del rec)rso de N)lidad inerp)eso por el seor Fiscal en conra del senenciado Farid Nader Nader ? esBs Aleandro A")mada Pac"eco Colom+ianosG, solicio se me e-pida 7 )e!os de la senencia condenaoria de *oas =488 a =4'7, as: como "a+iendo sido a+s)ela la ac)sada Ma+riela Elena I+arra Espino%a con*orme a la senencia de *oas 57>8 a 5='(, impero se me e-pida copias simples en dos )e!os de las senencia anes al)didas <)e se re<)iere para los *ines de n)esra de*ensa, ane la Core S)prema. OTROSI DIMO.6 I!)almene para e*ec)ar )na adec)ada de*ensa 2cnica de los anes ac)sados ane la Core S)prema de la Rep)+lica,
impero se nos e-pidan copias simples de los rec)rsos de *)ndamenaci/n de los si!)ienes rec)rsos de *s. 5=35 a 5=(', respeco de la *)ndamenaci/n del rec)rso de N)lidad ded)cida por el Proc)rador P)+lico del Esado Per)ano ? rec)rso de *s. 5=>9 a 5=37 respeco de la *)ndamenaci/n de N)lidad del represenane del iniserio P)+lico respeci$amene. OTROSI DIMO6 1)e, para los *ines de la recepci/n ? enre!a de las copias simples soliciadas a)ori%o a doa0 ARIA SUSAN DAIAN RIKKEC[, ideni*icada con D.N.I. No 77'88'4'=, <)ien <)eda a)ori%ada no solo por el s)scrio en la condici/n de A+o!ado, sino de los imp)ados a *in de <)e le "a!a se!)imieno al presene, con las *acilidades del caso en el modo ? *orma de Le?. OTROSI DIMO.6 1)e, de i!)al manera para los *ines dela noi*icaci/n emanadas de s) Despac"o, sealo mi casilla No '8359 de la Cenral de Noi*icaciones de la Core S)perior de )sicia de Lima, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de le?, +ao responsa+ilidad. Sin per)icio de sealar mi correo elecr/nico para los *ines del presene *ran\ioW'(9]"omail.com., l)!ar donde se nos noi*icara de ser el caso OTROSI DIMO.6 El presene lo "a!o de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial, en represenaci/n de los imp)ados. POR LO EPUESTO. A Ud. Seor Presidene, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. Lima, '7 de Fe+rero del 78'>.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico
Dr. Castro Exp. No : 01/&+/-201'. scrito Cuaderno Sumilla
: Correlativo. : Principal. : aria domicilio procesal!
su"roga A"ogado y otro.
De*ensa Le!al para odos r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Pe. Los La)reles N ''>6788. T6H?o.
SEJOR PRESIDENTE DE LA SEMUNDA SALA EN LO PENAL DE LIA REOS EN CARCELG. OEL CASTILLO CHAUCA, en la insr)cci/n se!)ida por la comisi/n del il:cio penal conra la Sal)d en s) modalidad de en s) modalidad de Tr#*ico Il:cio de Dro!as, en a!ra$io de la sociedad ? el esado ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, 1)e, de i!)al manera para los *ines dela noi*icaci/n emanadas de s) Despac"o, sealo mi casilla No '8359 de la Cenral de Noi*icaciones de la Core S)perior de )sicia de Lima, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de le?, +ao responsa+ilidad. Sin per)icio de sealar mi correo elecr/nico para los *ines del presene *ran\ioW'(9]"omail.com., l)!ar donde se nos noi*icara de ser el caso para la noi*icaci/n de la ac)saci/n del iniserio P)+lico. OTROSI DIMO.6 I!)almene para la adec)ada de*ensa 2cnica s)+ro!o A+o!ado de*ensor NOKRANDO a parir de la *ec"a al lerado <)e a)ori%a el presene A+o!. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, ideni*icado con carne CA. No '5'' ? CAH No 837 del Il)sre Cole!io de A+o!ado de )n:n ? H)anca$elica, <)ien as)mir# mi de*ensa en c)ano *)ere de Le? ? en los casos <)e *ac)la el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial. OTROSI DIMO6 1)e, para los *ines de la recepci/n ? enre!a de las copias simples oc)al<)ier ora ac)aci/n <)e no re<)iera la presencia del imp)ado o A+o!ado, a)ori%o a doa0 ARIA SUSAN DAIAN RIKKEC[, ideni*icada con D.N.I. No 77'88'4'=, <)ien <)eda a)ori%ada no solo por el s)scrio en la condici/n de A+o!ado, sino del imp)ados a *in de <)e le "a!a se!)imieno al presene, con las *acilidades del caso en el modo ? *orma de Le?. POR LO EPUESTO. A Ud. Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. Lima, '7 de Fe+rero del 78'>.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico Caso No : scrito : De*ensa Le!al para odos Cuaderno : r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. K)samane
00802-201*
Correlativo. Principal. Pide arc#ivamiento de denuncia y otros.
Sec.
0 Dr. E.
SEJORA FISCAL DE LA SEMUNDSA FISCALIA EN LO PENAL DE HUANCAVALICA. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, A+o!ado de*ensor del den)nciado Oscar C"ancasanampa S)?)ri, en la in$esi!aci/n preliminar por la pres)na comisi/n del il:cio penal conra la li+erad Se-)al en s) modalidad de Violaci/n Se-)al en a!ra$io de E.K.K. ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+iendo concl)ido la in$esi!aci/n preliminar ? esando a Despac"o para resol$er la conin)aci/n de la in$esi!aci/n o el arc"i$amieno del mismo, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de imperar el ARCHIVAIENTO de la den)ncia ? no conin)ar con la in$esi!acion, +ao lo si!)iene0 Primero.6 Teniendo en consideraci/n <)e el iniserio P)+lico es el de*ensor de la sociedad ? de la le!alidad, se iene <)e, de+e consi)ir el *ilro procesal para la cali*icaci/n de la den)ncia, p)es, con*orme a los 2rminos de la imp)aci/n de la den)nciane de *s. ' ? 7 den)ncia de pare <)e s)r!e ane la ne!ai$a de pa!o ane la e-i!encia de S. '>,888.88 n)e$os solesG, e-ise )na serie de incon!r)encias *#cicas <)e, simplemene los "a sealado como para darle al!o de *)ndameno de la den)ncia por c)ano desp)2s de c)ano iempo los "a *orm)lado la den)ncia c)ando en realidad los "ec"os "an sido con el consenimieno de la s)p)esa a!ra$iada en ra%/n de <)e primero le e-i!:a )na ciera canidad de dinero por los "ec"os peses a <)e se preend:a "acer $ida en comBn, empero de+emos ad$erir <)e la den)ncia a +)en romance consi)?e la *alsedad so+re <)e esa *)e a la *)er%a ? <)e no "a+:a relaci/n senimenal c)ando en $erdad s) ")+o, como lo demosraremos en adelane.
Kao ese cone-o )r:dico, m#s all# de las meniras ? *alacias <)e se le imp)a respeco de los "ec"os <)e, aparenemene iene las caracer:sicas de )n delio, esa iene <)e c)mp c)mplir lir cier ciero oss re<) re<)is isi ios os de proc proced edi+ i+ili ilida dad d <)e <)e de+e de+e con conen ener er s)pleoriamene. A decir con*orme el mandao e-preso e in$aria+le de lo prescrio por el Ar. 33 del C/di!o de Procedimienos Penales, p)es depender# de ese c)mplimieno para <)e s) Despac"o Penal, solo solo a+ri a+rir# r# ins insr) r)cc cci/ i/n n si la den) den)nc ncia ia pena penall *or *orm)la m)lada da por por la den) den)nc ncia ian ne e ? de s)s s)s reca reca)d )dos os pro+ pro+a aor orio ios, s, s)r! s)r!en en e$id e$iden enci cias as s)*i s)*ici cien ene ess o eleme elemen nos os re$e re$elad lador ores es de la e-is e-ise enc ncia ia del del deli delio o medios de pr)e+asG, corro+orados por las e-i!encias de dic"a norma en comeno. Empero el Derec"o Penal Conempor#neo respeco de los los cri crier erio ioss de imp) imp)a a+i +ili lida dad d del del e$en e$eno o crim crimin inos oso o <)e <)e p)ed p)ede e )si*icar s) procesamieno en sede penal, elocr)+ra el principio del "ec"o propi propio o como la +ase *)ndame *)ndamenal nal del proce procedimien dimieno o de )n in)s in)so o penal penal imp)a imp)ado do como como aco aco direc direcame amene ne $inc)l $inc)lado ado a )na )na cond)ca ")mana deerminada a iniciarse de ser el caso, la docrina penal la ideni*ica como el principio de maerialidad de la acci/n, el principio de o+ei$idad maerial del delio, el principio del aco o !eneralmene conocida como el principio del "ec"o propio en ese cone cone-o -o la docri docrina na conem conempor por#ne #nea a del derec" derec"o o penal penal de e-cl) e-cl)ir ir oda *orma de responsa+ilidad o+ei$a as)me <)e, la respo espons nsa+ a+il ilid idad ad o+e o+ei i$a $a as)m as)me e <)e <)e la respo espons nsa+ a+il ilid idad ad pena penall Bnicamene Bnicamene se consr consr)?e )?e so+re so+re la +ase del "ec"o e*eci$amen e*eci$amene e comeido comeido ? no ano de la *orm)la *orm)la :pica imp)ada, imp)ada, en ese senido, senido, el principio de respo sponsa+ sa+ilidad penal personal no admie e-cepciones, e-cl)?enes la posi+ilidad de imp)aci/n de )n il:cio por "ec"o o de erceros, erceros, c)ando la na)rale%a na)rale%a del il:cio il:cio demanda demanda la imp) imp)a aci ci/n /n a :) :)lo lo person personal al por "ec"o "ec"o <)e <)e e-i! e-i!e e <)e <)e el "ec"o "ec"o imp)ado para <)e sea le!:imamene p)ni+le, de+e necesariamene incl)ir incl)ir por lo menos, la c)lpa c)lpa del a!ene a!ene en ese ese cone-o cone-o n)esro n)esro ordenamieno )r:dico procesal penal esa+leciendo las !aran:as de se!)ridad )r:dica procesal respeco al imp)ado so+re el recae )na den)ncia penal la misma <)e se enc)enra en la den)ncia con la decisi/n de *ormali%ar o rec"a%arla por el i)lar de la acci/n penal, <)e o+li!ara o+li!ara al )%!ador )%!ador penal pre$iamen pre$iamene e cali*i<)e cali*i<)e la $ia+ilidad ? la idoneidad de la den)ncia penal, so+re la +ase +ase de )n ra%onamieno ra%onamieno )r:dico l/!ico, el aco rep)ado il:cio ? la cond)ca del den)nciado con*orme lo prescri+e la norma anes acoada. Se!)ndo.6 Siendo as:, se iene de la imp)aci/n de pare, <)e el den)nciado en el mes de A!oso *)e <)ien la )lrao se-)almene apro$ec"ando s) condici/n de A)oridad, las $eces <)e i+a a la c"o%a de s) madre al )m+a+a al s)elo en *orma $iolena ? la $iol $iola+ a+a, a, de# de#nd ndol ola a em+a em+ara ra%a %ada da en el mes mes de Oc) Oc)+r +re e del del 78'5 78'5,, s)p)esamene el imp)ado "a )lraado a la a!ra$iada a la *)er%a ? con $iolencia, c)ando en realidad es compleamene *also en ra%/n
<)e las relaciones *)eron en la casa del den)nciado por <)e e-is:a )na )na con* con*ia ian% n%a a ? )na )na relac elaci/ i/n n sen senim imen ena all REL RELA ACION CIONES ES CON CON CONSENTIIENTO VOLUNTARIAG, es m#s la po+laci/n enia pleno conocimieno de esa relaci/n por ello es <)e a la *ec"a la a!ra$iada se enc)enra enc)enra em+ara%ad em+ara%ada a ? s)s padres en:an en:an pleno conocimi conocimieno eno del den)nciado por <)e ese se enconra+a separado de s) esposa, por ello es <)e la s)p)esa a!ra$iada no den)ncio en la primera $e% <)e sos)$o dic"as relaciones ? siempre *)eron en el domicilio del imp)ado ? las $eces <)e inimaron *)eron )nas '8 $eces, del c)al las conradicciones es de ad$erirse. Conradicc Conradiccione ioness de la den)ncia den)ncia ? los "ec"os "ec"os poserior poseriores.6 es.6 Seora Seora Fiscal, la menira menira $iene $iene de +ra%o con la inmoral inmoralidad idad con la <)e se cond)ce la den)ncia ? s) *amilia, por c)ano a sa+iendas <)e e-is:a )na relaci/n con la s)p)esa a!ra$iada ? e-is:a relaciones inimas con con el imp) imp)a ado do le coac coacci cion ona+ a+an an <)e <)e le pa!a pa!ara ra la s)ma s)ma de S. S. '>,888.88 n)e$os soles, si +ien es ciero corre la imp)aci/n de la den)nciada, con*orme se iene en s) den)ncia, empero los "ec"os no *)eron as:W 1)e, la "a+:a amena%ado de m)ere, empero en el "ipo2ico caso ne!ado, seria )n imposi+le por c)ano los padres de la a!ra$iada son $ecinos del imp)ado ? manienen )na relaci/n amical. La s)p)es s)p)esa a $iolaci/ $iolaci/n n *)eron *)eron en li!ares li!ares descampa descampado, do, donde donde se enconra+a inde*ensa ? con $iolencia. El imp)ado esa+a acos)m+rado a Violarme. Las $eces <)e los $iola+a pedia a)-ilio ? no les esc)c"a+a nadie. Respec especo o de la decl declar arac aci/ i/n n de la a!ra a!ra$i $iad ada a ? el s)s s)sen eno o de la den)ncia de pare de *s. ' ? 7.6 6 @1)e, @1)e, el imp)ado imp)ado lo "a+:a )lraado )lraado en 5 opor)nidad opor)nidades es ? *)eron con $iolencia $iolencia p)es apro$ec"an apro$ec"ando do s) condici condici/n /n de a)oridade a)oridadess de A!oso del 78'=, a!re!ando <)e *)e sin s) consenimieno, empero c)an c)ando do pres presa a s) mani mani*e *es sac aci/ i/n n inda inda!a !ao ori ria a ane ane la Polic: olic:a a ? el inise iniserio rio P)+li P)+lico, co, <)e *anas *anasios iosame amene ne coinci coincide de con la den)nc den)ncia ia escrio , sealado <)e *)e en )n l)!ar descampara ? apro$ec"ando s) condici/n de *)ncionario pB+lico, c)ando en realidad es *also PUES SI EL ULTRAE FUE EN CONTRA DE SU VOLUNTAD, COO ES 1UE EN VARIAS OPORTUNID OPORTUNIDADES ADES FUE ULTR ULTRAAD AADA, A, c)ando c)ando en realidad realidad *)e dic"as relaciones en m))o ac)erdo ? n)nca dio nada. 6 @Adem#s seala <)e, n)nca *)e s) enamorado ? <)e las $eces <)e sos)$ieron relaciones se-)ales, lo amena%a+a con maarlo. Si +ien esa esa pr#c pr#ci ica ca es comB comBn n por por <)ie <)ien n dece decepc pcio iona na la mani mani*e *es sac aci/ i/n n inda!aoria, ?a <)e en odas las den)ncias por ese ipo penal, casi odas las $:cimas son amena%adas de m)ere ? oro, empero no e-ise pr)e+a al!)na, solamene son dic"os.
6 @1)e, @1)e, ane la pre!)na pre!)na si e amena%o, amena%o, si enonces enonces como es <)e <)e si *)e amena%ada, como sosenia desp)es de ello las dem#s relaciones ? odas *)eron en la casa del imp)ado. 6 @<)e ane la pre!)na, si enia )na relaci/n con el imp)ado, seala <)e no iene nada, es i!)al compleamene *also por c)ano era noorio ? a la l)% de odo los $ecinos *)e la relaci/n, <)ienes $eian <)e la a!ra$iada in!resa+a a la casa del imp)ado como sealan los esi!os, como lo acredian los doc)menos ad)nos como pr)e+a de descar!o 6 Por lo dem#s, *alsamene seala <)e las $eces <)e *)eron las relaciones se-)ales la )m+a+a al s)elo ? con $iolencia la $iola+a, nada mas *also por c)ano s)p)esamene la )lraa+a en )n parae del c)al se ad)na )na $isa *oo!r#*ica ? por el l)!ar es imposi+le por por ser ser )n l)!a l)!arr a+ie a+ier ro o ? con con $isi $isi+i +ili lida dad, d, dond donde e "a? "a? casa casass ? ranseBnes, siendo imposi+le reali%ar ello. De la declaraci/n esimonial de doa ARISOL MOEQ CASTRO.6 La esi!o al presar s) declaraci/n "a sealado con a+sol)a con$icci/n <)e en $arias opor)nidad los $io a la a!ra$iada ? el imp)ado a+ra a+ra%a %ado doss ? como como si *)er *)eran an con$ con$i$ i$ie ien nes es,, as: as: como como en *or *orma consane camina+an por la po+laci/n ? lo $e:a in!resar in!resar al domicilio domicilio del imp)ado imp)ado ? <)e iene iene conocimie conocimieno no <)e no s)*re s)*re de la ca+e%a, ca+e%a, por<)e por<)e )no "ios "ios es# es# mal. Asi cmo de las dem#s dem#s esi! esi!os os <)e se ad)n ad)nan an en s)s declar declaraci acione oness esim esimoni oniale aless o )rada )radass <)e, <)e, ppor ppor ra%/n de *amiliaridad ? $encidad de Com)neros se nie!an a esi*icar ana anae e La Fiscal iscalia ia,, empe empero ro lo "ace "acen n medi median ane e s)s s)s decl declar arac acio ione ness )radas, lo <)e dem)esra <)e las relaciones se-)ales s e-)ales *)eron con s) $ol)nar ? de ac)erdo enre la s)p)esa $icima ? el imp)ado. De manera <)e dic"a relaci/n *)e conocido por propios ? e-raos. Es decir oda la po+laci/n en:a conocimieno de dic" dic"a a rela relaci ci/n /n,, por por lo mismo mismo pode podemo moss in*e in*eri rirr <)e <)e las las rela relaci cion ones es se-)ales *)eron con s) consenimieno de la a!ra$iada, empero por pro+lemas de com)neros de$iene la den)ncia penal, c)ano m#s el imp)ado es# lleno a reconocer reconocer al reci2n procreado procreado.. De la decl declar arac aci/ i/n n inda inda!a !ao ori ria a del del den) den)nc ncia iado do 6 imp) imp)a ado do.6 .6 El den) den)nc ncia iado do admi admie e "a+e "a+err sose soseni nido do rela relaci cion ones es se-) se-)ale aless con con la a!ra$iada, empero no *)e con $iolencia ? a $i$a *)er%a p)es como a!re!a <)e aneriormene *)e s) parea, n)nca p)so resisencia ? <)e las relaciones *)eron en la casa del imp)ado. Es decir no e-ise el elemeno s)+ei$o del ipo, la $ol)nad ? conocimieno de las consec)encias del ipo, por el !rado de insr)cci/n <)e c)ena el imp)ado, p)es como seala Qa*aroni.6 No solo +asa la imp)aci/n imp)aci/n ? el res)lado del "ec"o para acrediar la responsa+ilidad penal al den) den)nc ncia iado do,, sino sino <)e <)e se re<) re<)ie iere re <)e <)e ese ese cono cono%c %ca a lo <)e <)e esa esa reali%ando ? <)e es lo <)e preende ? <)iere de s) "ec"o por ello es <)e con con la *inal inalid idad ad de cola cola+o +ora rarr con con la )s )sic icia ia ADI ADIT TE LAS LAS
RELACIONES SEUALES, no lo nie!a, empero *)eron de manera $ol)naria ? pre$io ac)erdo, a"ora +ien si +ien e-is:a promesa de a?)darla en la c"acra, asi como comprar animales ? oros propio de la Com)nidad, en consec)encia NO EISTIO VIOLENCIA AENAQA para ener relaciones se-)ales, como lo "a sealado en s) mani*esaci/n de *s. 7> a 7(, <)e *)eron enre )nio a Seiem+re del 78'5 dic"as relaciones, por ello admie ser el padre del menor <)e $enia !esando la a!ra$iada, asi como n)nca la amena%o de m)ere por <)e las relaciones *)eron de parea. Asi como lo rai*ica en la ampliaci/n de s) mani*esaci/n inda!aoria de *s. =7 ? => De los e-#menes psicol/!icos de las pares.6 por n)esra pare "emos mani*esado de mera a+sol)a <)e no e-ise ramas psicol/!icas, es decir <)e la s)p)esa $iolaci/n no le "a ca)sado ra)mas, ? <)e s) personalidad ? dem#s aspecos se enc)enran normal, lo <)e si!ni*ica <)e n)nca ")+o $iolaci/n, sino las relaciones *)eron con el consenimieno de la a!ra$iada, adem#s <)e, no p)ede ale!ar <)e no den)ncio POR VERM^ENQA OTRO ARMUENTO, en ra%/n de <)e si +ien s)*re )na $iolaci/n. De la pr)e+as de car!o ? descar!o.6 Si +ien las declaraciones de los esi!os ? dem#s esos "an sealado <)e o+ser$aron al imp)ado ? la a!ra$iada como parea, esimonial de arisol Mome% Casro de *s. =( ? =4, asi como las declaraciones de oras personas, asi como de las a)oridades <)e dem)esran <)e la declaraci/n del imp)ado *)eron $eraces ? rai*ican s) dic"o desaparece la imp)acion, por lo mismo esa esimonial acredia <)e n)nca ")+o $iolencia. De la $is)ali%aci/n del CD.6 No apora nada, empero la enre$isa a la a!ra$iada, <)e no coad?)$a al esclarecimieno de los "ec"os, por lo <)e m#s por el conrario solamene repie lo aleccionado en la den)ncia de *s. ' ? 7, a!re!ando ? repiiendo como )na !ra+adora <)e *)e amena%ado de m)ere, la )m+a+a al piso ? la $iola+a. Por oro lado <)e las $eces <)e la $iola+a !ria+a con*orme lo seala en s) mani*esaci/n de *s. 74 a =', donde *alsamene ar!)mena. <)e, las relaciones *)eron en conra s) $ol)nad, asi como <)e n)nca *)e s) enamorado. Tercero.6 Uno de esos principios, res)la ser el de ipicidad por medio del c)al, la cond)ca ari+)ida al den)nciado o inc)lpado, de+e enc)adrarse per*ecamene en el descrio. @La "erramiena <)e )sa el le!islador es la indi$id)ali%aci/n del ipo penal al <)e de*ine como la descripci/n concrea ? maerial de la cond)ca penalmene rele$ane. De ese principio la !aran:a de no ser penado sin ipo ? sin ipicidad de la cond)ca ari+)ida. Esa !aran:a es independiene de la le!alidad, pero a la $e% complemenaria a ella. Es independiene por<)e la le!alidad sais*ace con la procedencia de la le?, se complemena por<)e la adiciona )na caracer:sica el ipo al reca)do de precisi/n <)e ella
e-i!e ? el ipo penal, no es ora cosa <)e la descripci/n precisa de las acciones ) omisiones considerados como delio o descripci/n de la cosa pro"i+ida. Si!ni*ica p)es, <)e el principio de ipicidad consi)?e la precisa de*inici/n de cond)ca <)e la le? considera como delio. En ese enender, "a de considerarse <)e0 @en el derec"o penal e-isen principios inamo$i+les <)e no p)eden ser $)lnerados para dar ordena s)ela a los e-cesos. Enre esos principios *i!)ra la ipicidad e-i!encia por el c)al el comporamieno ")mano solamene p)ede ser incriminado si coincide ri!)rosamene con )na pre$isi/n n:ida de la le? ? la consec)ene o+li!aci/n de e$iar por odos los medios, las e-ensiones ? las !enerali%aciones. OTROSI DIMO0 El presene lo "a!o de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial aplica+le s)pleoriamene al presene. POR LO EPUESTO. A Ud. Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 79 de Fe+rero del 78'>.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. @Le/n Llallico Exp. No : scrito : Correlativo. De*ensa Le!al para odos Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Pide Copi! C"#$i%i&'! Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. '"( i)%o#*" Sec. 0 Dr. E. '*i)i!$#$i+o. K)samane
DIRECTOR DE INSPECTORIA DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU 6 LIA ROSA INCA RAOS, ideni*icada con DNI 5>7>5'75 con Domicilio real en la A$. r. _iracoc"a N& 75> A+ril de San Cris/+al, en la in$esi!aci/n )dicial <)e se le $iene e*ec)ando conra L)is Se+asi#n Fern#nde% Paredes por la comisi/n del il:cio penal conra la H)manidad, en s) modalidad DESAPARICION FORQADA en a!ra$io de Rommel ar:ne% Na$arro ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, Siendo necesario para mi de*ensa conar con las copias ceri*icadas del in*orme adminisrai$o 736'76IMPNP6 DIRINDES RHVCA con *ec"a 89 )nio del 78'7 ? la ora es de la resol)ci/n 53678'7 de *ec"a 89 )nio 78'7 ? la resol)ci/n ''8678'76 DIME6 PNPTRIDINACT683 con *ec"a '8 no$iem+re del 78'7. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor direcor, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 89 de Enero del 78'>.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. Araceli Díaz @Le/n Llallico Exp. No : 2010-+7-(P). De*ensa Le!al para odos scrito : 01. Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Ad$unto %ouc#er de pago por Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. alimentos otro. Sec. 0 Dr. E. K)samane
SEJORA UEQ DEL UQMADO DE PAQ LETRADO DE AULI. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, en a)os se!)idos por Teodora Kenio De la Cr)%, so+re presaci/n de alimenos ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al re<)erimieno de $)esra )dica)ra, $en!o por ane s) )%!ado con la *inalidad de ad)nar el Ko)c"er de pa!o por presaci/n de alimenos ane el Kanco de la Naci/n por la s)ma de S. 988.88 n)e$os soles, la misma <)e corresponder# a ese periodo de No$iem+re del 78'7 a ar%o del 78'>, la misma <)e de+er# enerse en c)ena. OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines de la presene, sealo mi domicilio real en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. POR LO EPUESTO. A Ud. Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 7= de A+ril del 78'>.
Dra. AKOMADOS ASOCIADOS 201*@Le/n Llallico scrito : Correlativo. De*ensa Le!al para Todos. Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Solicito liquidación y Pe. Los La)reles N ''>6788, Tam+o6H?o. otro.
SEJOR UEQ DEL PRIER UQMADO DE HUANCAVELICA.
PAQ
LETRADO DE
OESTEN AKEL LEON LLALLICO A+o!ado de*ensor de TERESA 1UISPE VALENCIA so+re presaci/n de alimenos ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al mandao de $)esra )dica)ra respeco de la presaci/n alimenicia, $en!o a proponer la si!)iene li<)idaci/n en c)ano a los meses de *ec"a 74 de no$iem+re del 78'= "asa el d:a 74 de ma?o 78'5. Son 9 meses por S =88 n)e$os soles son S'(88, m#s )n mes adelanado mes de )nio por S =88 mas inerese le!ales S 7( n)e$os soles ase la s)ma de S 7.'7( n)e$os soles. OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines de la presene, sealo mi domicilio real en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seoria )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 8> de )nio del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico )sicia Le!al para Todos r. Torre Ta!le No '7= H$ca. Paseo la Krea No '7> O*. ''= H?o.
SEJOR UEQ DEL UQMADO DE HUANCAVELICA.
Secretario Exp. N° %scrito
: Dra. : 201*-
: N° 001. Cuaderno : Principal. Sumilla : &nterpone demanda de 'iliación (udicial de paternidad )xtramatrimonial.
PAQ LETRADO DE TURNO DE
TERESA 1UISPE VALENCIA, Ideni*icada con DNI. N 5'=>(>3>, con domicilio real en LA Com)nidad Campesina de Saccsamarca H)anca$elica, madre de la menor ? para los e*ecos le!ales sealo mi domicilio procesal sio en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elicaG ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 I.6 DE LA PRETENSION PROCESAL. 1)e, al amparo a-iom#ico del derec"o de de*ensa ? peici/n consa!rada en el Ar. 7 Inc. 78G ? 7=G, Ar. '8= de n)esra Cara *)ndamenal, as: como lo prescrio en el Ar. I del T.P. del Adei$o Ci$il, en )so de la T)ela )risdiccional E*eci$a, rec)rro por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de a inerponer acci/n de0 'G FILIACION UDICIAL DE PATERNIDAD ETRAATRIONIAL, a *in de <)e se declara como padre +iol/!ico por mandao )dicial ane la ne!ai$a de s) reconocimieno $ol)nario de la menor alimenisa la misma <)e la dirio conra el padre +iol/!ico de mi menor "ia ar:a del Pilar D)eas 1)ispe a don ARCELINO DUEJAS DE LA CRUQ a *in <)e $)esra )dica)ra declare como padre +iol/!ico de la menor ? se declare *)ndada la preensi/n +ao los *)ndamenos de "ec"o ? derec"o <)e lo e-pon!o0 II.6 FUNDAENTOS FCTICOS DE LA PRETENSION. Primero.6 Los derec"os *)ndamenales de la persona ")mana no p)eden ser $)lnerados +ao nin!Bn pree-o o moi$o, por ello la *ac)lad de la persona ")mana para ser ideni*icada e indi$id)ali%ada, se raa del derec"o al nom+re ? al se)d/nimo, ese derec"o s)p)eso el derec"o al reconocimieno de la persona ")mana, en c)ano a ser Bnico ? no inercam+ia+le, s) propia idenidad psicosom#ica, A parir de ese derec"o de reconocimieno la persona iene la *ac)lad ? el de+er de as)mir la paernidad de s)s propias acciones de cond)ca. E "ec"o <)e odas las personas sean i!)ales no si!ni*ica <)e la persona pierda s) propia idenidad, dil)?2ndolo en l p)ra indi$id)alidad o desine!r#ndose en la coleci$idad. Por ello el derec"o al nom+re ? la idenidad, es la e-presi/n $isi+le ? social mediane el c)al se ideni*ican a la persona, por lo <)e ad<)iere sin!)lar imporancia denro de los derec"o de la apersona. El Ar. '4 de n)esro C/di!o Ci$il, reconoce el de+er ? la *ac)lad de oda persona *ree a la Com)nidad, <)e en!a )n nom+re para ideni*icarla indi$id)ali%ada )na e-presi/n )r:dica del prenom+re ? pila, si +ien ese ar:c)lo no se consi!na el derec"o <)e le asise a los padres, empero por ello se rec)rre al ;r!ano )risdiccional para resol$erla por lo <)e c)ando e-isa la ne!ai$a <)e el pro!enior <)e lo procreo a )n menor se nie!a $ol)nariamene a reconocerle ? doarle de los nom+res ? apellido, el )%!ador es <)ien de+e resol$er ello.
As: a *amilia consi)?e )na insi)ci/n social, sisema esr)c)rado en +ase a la )ni/n del "om+re ? la m)er de c)?a consec)encia se da la procreaci/n, +ase de la esr)c)ra de la sociedad ? del Esado. Empero esando a ese crierio sociol/!ico, la *inalidad de la *amilia consi)?e la s)per$i$encia ? conser$aci/n de la especie ")mana, as: como el derec"o a s) idenidad ? ener )n apellido de s)s padres +iol/!icos de <)ienes lo "an procreado, de a": <)e, el derec"o alimenario iene por *inalidad !arani%ar adec)ados mecanismos de conrol social para la s)per$i$encia. La misma <)e no p)ede ser s)sanciada s) o+enci/n +ao la menira ? )na ar!)menaci/n *anasiosa preendiendo el reconocimieno del empla%ado como el padre +iol/!ico de la menor, c)ando claro es# <)e en la conciencia de la acora por<)e en $erdad no e-ise nin!Bn moi$o de imp)arlo as: por as:, sino <)e e-ise )na ra%/n del derec"o de mi "ia, c)?a pr)e+a pri$ile!iada es la pr)e+a +iol/!ica del ADN al c)al de+emos someernos para $eri*icar la paernidad del empla%ado, es decir es ac)ar con $eracidad ? deonol/!icamene, +)scando la conciliaci/n ? la pa% social de )n derec"o componedor ? al)rado <)e no *alsea la $erdad, por el derec"o a la ideni*icaci/n de mi menor "ia,, por lo <)e el )%!ador de+er# lle!ara dic"o con$encimieno pre$io dic"o e-amen pre$iso por Le?, en caso de ne!ai$a como lo pre$2 la norma ? poseriormene incl)ir el derec"o a los alimenos <)e para ello es el *in de la *iliaci/n, la c)al es# disp)esa esa pare procesal. Se!)ndo.6 'G Respeco de la preensi/n de Filiaci/n e-ramarimonial de paernidad.6 Kao ese orden de ideas, inerpon!o la preensi/n con ponderaci/n ? mes)ra la presene demanda de reconocimieno de paernidad de mi "ia ar:a del Pilar D)eas 1)ispe, con*orme a la Le? No 7(5>3, p)es, como podr# noarse de la parida de nacimieno inscria ane la )nicipalidad de Sacsamarca H)anca$elica, esa se enc)enra inscria con los nom+res ? apellidos del empla%ado, empero ese no lo "a reconocido como s) padre al c)al no "a *irmado la parida de nacimieno ? ane la ne!ai$a del empla%ado, por lo mismo con la *inalidad de acrediar <)e el empla%ado es el padre +iol/!ico de dic"a menor es <)e pos)lamos con la *inalidad de <)e $)esra )dica)ra la declare la relaci/n paerno *ilial mediane la Pr)e+a de la pr)e+a +iolo!:a del ADN, siempre ? c)ando esa *orm)le s) oposici/n o se allane ala presene +ao las modalidad de Le?. Empero como )na c)esi/n pre$ia de+o sealar lo si!)iene0 @En el proceso de alimenos "a+:a sealado <)e no nos conoce ? menos "a enido )na relaci/n senimenal o amorosa con la s)scria, por lo <)e no es s) padre dic"a menor. Por ello, la preensi/n se enc)enra as)mida con o+ei$idad c)?o prop/sio es o+ener )n reconocimieno de la paernidad de mi menor "ia, p)es, se man)$o )na relaci/n
senimenal ? de inimidad con el empla%ado con <)ien nos conocimos ? procreamos a la menor, empero ese se nie!a a reconocerlo $ol)nariamene, poseriormene n)esra relaci/n se orn/ en insopora+le, de imposi+le $ida en comBn ? <)edan en el silencio de cada c)al en ra%/n de <)e al enerarse del em+ara%o ? la procreaci/n de la menor, se "i%o al desenendido ? se s)s o+li!aciones. Lo <)e en!o <)e replicarle al empla%ado es la ne!ai$a de someerse a la pr)e+a del ADN, <)ien en odo momeno poserior al nacimieno de la menor "a sealado <)e no es el padre, por ello no ac)de con los alimenos. @Seor )e%, la menira $iene de +ra%o con la inmoralidad ? escapa de la realidad *#cica de los "ec"os, al alerar las circ)nsancias de ne!arse ser el padre ad)ciendo <)e, el padre es ora persona, ind)ciendo <)e mi persona de irresponsa+le enre oros "ec"os. Por lo <)e me opon!o a dic"o reconocimieno. Posici/n de la pr)e+a del ADN0 Si +ien es ciero oda persona iene derec"o a la idenidad <)e es )n aspeco del conenido de esa es )samene el derec"o de ener conocimieno de s)s pro!eniores eso es de sa+er <)i2nes son los seres ")manos <)e dieron ori!en a la $ida )na ra%/n por ello nos someemos a la pr)e+a de ADN, ? se seale *ec"a ? "ora para dic"a reali%aci/n de dic"a pr)e+a admiida la demanda ? a+s)ela la misma. Respeco de los alimenos.6 Esando a la senencia en el E-p. No 88=5>678'=686''8'6P6FC68' del Primer )%!ado de Pa% Lerado, la c)al no es maeria de pron)nciamieno, empero de+e enerse presene <)e para los *ines del derec"o de mi "ia es perinene al!)nos. II.6 FUNDAENTOS UR`DICOS. Amparo n)esra preensi/n en lo <)e dispone el Ar. ' Inc. 'G, 7G Ar. 7 Inc. 7=, 75 lera @a ? ", as: como el Ar. '8= de n)esra cara F)ndamenal, <)e nos !arani%a el derec"o ? de*ensa de la persona ")mana, as: como la le!iima de*ensa ? rep)dio del a+)so del derec"o, enendi2ndose <)e, de+e responder el principio de !aran:a de los derec"os del menor. As: como del mismo s)scrio, ?a <)e la preensi/n de la acora pone en ries!o s) ine!ridad personal ? *amiliar por no ser padre de la menor por lo <)e no se enc)enra en la o+li!aci/n de reconocerla, sino "asa la reali%aci/n ? compro+aci/n de la pr)e+a del ADN, ?a <)e como s)seno del "a+er <)e perci+o no alcan%a para c)+rir la canasa *amiliar, en ra%/n de no "a+erse incremenado s)s in!resos como e-i!encia normai$a del c)al e-presa la Le?, por lo <)e de+e ser declara in*)ndada la demanda en el mono.
As: mismo lo prescrio en el Ar. 537, 535 ? los dem#s per perin inen ene ess del del C/di C/di!o !o Ci$i Ci$il, l, <)e <)e nos nos !aran !arani i%a %a el dere derec" c"o o a los los alimenos, como pare de s) desarrollo de la persona ")mana. Lo prescrio en el Ar. '=8, 575, 57>, del C/di!o Procesal Ci$il. A *in de <)e <)e s) cali cali*i *ica caci ci/n /n sea sea posi posii i$a $a,, a *in *in de demo demos sra rarr el em" em"a a pro+and)m respeco de la paernidad, Le? No 7(5>3, 7(5>3, <)e re!)ila el proceso de Filiaci/n Filiaci/n )dicial de paernidad e-ramarimonial. e-ramarimonial. III.6 V`A PROCEDIENT PROCEDI ENTAL AL Se ramiar# denro del proceso especial. IV.6 IV.6 ONTO O CUANT`A. Por la misma na)rale%a de la preensi/n respeco de la Filiaci/n e-ramarimonial de paernidad es de p)ro derec"o. V.6 EDIOS PROKATORIOS. 'G Aca de nacimieno de la menor ar:a del Pilar D)eas 1)ispe. 7G Copia de de la senencia por por alimenos. =G E-amen E-amen Kiol Kiol/!i /!ico co del ADN, ADN, al al c)al c)al se some someer# er# la la s)scri s)scria a en calidad de madre, la menor ? el empla%ado. ANEO0 '6AG Copia simple de mi Doc)meno Nacional de Idenidad. '6KG '6KG Aca Aca de Nacimie Nacimieno no de mi menor "ia "ia ar:a del Pilar Pilar D)eas D)eas 1)ispe. '6CG Copia de la senencia por alimenos. OTROS OTROSII DIMO.6 DIMO.6 1)e, 1)e, para para los *ines *ines de la la presen presene e en c)ano c)ano a la la noi*icaci/n se "ar# en s) domicilio de Prolon!aci/n Prolon!aci/n anc"e!o )o% No '=85 del Karrio de Sana Ana H)anca$elica. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene presene lo e-p) e-p)es eso o,, ? reso resol$ l$er er con* con*or orme me a Le?, Le?, decl declar aran ando do In*) In*)nd ndad ada a la preensi/n. H)anca$elica, 8> de )nio del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS Dra. T. Rojas Roj as @Le/n Llallico Caso Caso N° : 001*/-201*-0-1101-(,-P%-02. De*ensa Le!al para odos scrito : Correlativo. Cuaderno : Principal. r. r. Torre Torre Ta!le Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Solicito copias simples del Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. proceso y otros.
SEJOR UEQ DEL HUANCAVELICA.
SEMUNDO
UQMADO
EN
LO
PENAL
DE
EOSTEN AKEL LEON LLALLICO A+o!ado del imp)ado VICTORIANO SOTO CAHUA CAHUAA en la insr)cci/n insr)cci/n <)e se me si!)e por la s)p)esa s)p)esa comisi/n del il:cio penal conra la Vida, el C)erpo ? la sal)d en s) modalidad modalidad de Lesione Lesioness !ra$es se!)idas se!)idas de m)ere, m)ere, en a!ra$io de de Os_aldo aa 1)ispe ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al esado del proceso con la *inalidad de eercer )na adec)ada de*ensa penal, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *ina *inali lida dad d de solici solicia arr se nos repr repro! o!ra rama ma la *ec" *ec"a a ? "ora "ora para para la a)diencia OTROSI DIMO.6 1)e, el presene lo "a!o de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial, en represenaci/n represenaci/n del imp)ado. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 73 de a?o del 78'5.
Dra. AKOMADOS ASOCIADOS 0 @Le/n Llallico scrito : Correlativo. De*ensa Le!al para Todos. Cuad Cuader erno no : Principal. r. r. Torre Torre Ta!le Ta!le N '7= H$ca. Sumi Sumill lla a : Pide Pide requ requer erir ir pago pago por por Pe. Los La)reles N ''>6788, Tam+o6H?o. alimentos y otro.
SEJO SEJOR R UEQ UEQ DEL SEPTI SEPTIO O UQM UQMADO ADO DE PAQ PAQ ARTIN DE PORRAS.
LETR LETRADO ADO DE SAN
EOSTEN EOSTEN AKEL AKEL LEON LEON LLALLIC LLALLICO O A+o!ad A+o!ado o de*e de*enso nsorr Ed_ar Ed_ar )ni )nior or Dami Damian an 1)is 1)ispe pe,, en a)o a)oss se!) se!)id idos os con conra ra Dar Daren\ en\a Primi rimii i$a $a Rodri!)e% C"ipana, so+re presaci/n de alimenos ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+iendo sido apro+ado la li<) li<)id idac aci/ i/n n prac praci ica cad da por por conc concep epo o de pens pensio ion n de alim alimen eno oss de$en!ados, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de <)e se le RE1UIERA RE1UIERA a la empla%ada para <)e denro denro del ercero ercero dia de NOTIFICADO CUPLA CON CANCELAR LAR dic"o mono +ao aperci+imieno de remiirse copias ceri*icadas al iniserio P)+lico a *in de <)e "a!a de la s)?a con*orme a s)s *ac)lades de Le?. Toda $e% <)e la li<)idaci/n *)e noi*icada $#lidame amene ? en s) opor)nid opor)nidad ad mam-ime mam-ime <)e mi de*endido de*endido en la *ec"a se enc)enra enc)enra sin ra+ao por "a+er sido despedido inempesi$amene ? con*orme al principio principio s)perior s)perior del nio, nio, de+e primar primar la necesidad necesidad de dic"os dic"os menores. OTROSI DIMO.6 1)e, el presene lo "a!o de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. 748 de la Le? Or!anica del Poder )dicial, en represenaci/n represenaci/n de mi de*endido. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?.
Los Oli$os, 75 de A+ril del 78'>.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. F. Carmona @Le/n Llallico Caso : 0012-2012. De*ensa Le!al para odos scrito : Correlativo. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Cuaderno : Principal. Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. Sumilla : Pide resolver pedido de diligencia y otros.
SEJOR UEQ DEL DECIO SEMUNDO UQMADO PENAL PARA REOS EN CARCEL DEL ODULO KASICO DE USTICIA DE LOS OLIVOS. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, A+o!ado de*ensor del imp)ado HORACIO DEL MUILA SNCHEQ, en la insr)cci/n <)e se le si!)e por la s)p)esa comisi/n del il:cio penal conra la Sal)d P)+lica en s) modalidad de il:cio de Tr#*ico de Dro!as, en a!ra$io del esado ? oro ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+iendo soliciado di$ersas dili!encias con la *inalidad de esclarecer los "ec"os maeria
de in$esi!aci/n )dicial c)?a *inalidad e incidencia )r:dica es acrediar <)e mi de*endido Horacio Del !)ila S#nc"e%, no iene nada <)e $er en los "ec"os maeria <)e nos oc)pa ? <)e, simplemene "a+:a al<)ilado s) inm)e+le para los *ines in$esi!ados, <)e si +ien, no e-ise el conrao de al<)iler por moi$os de con*ian%a "ec"o <)e no p)ede acrediar la paricipaci/n en los "ec"os, m#-ime <)e las con*ronaciones ? ampliaciones de las esimoniales son para acrediar <)e "emos sido o+eo de e-orsi/n por los e*eci$os policiales, as: como en mi declaraci/n ampliaoria de insr)ci$a $eriere oros "ec"os no re$elados en ella, c)?a incidencia pro+aoria es la de acrediar ca)sas e-imenes de p)ni+ilidad penal, por lo <)e pese al iempo ransc)rrido se seale dic"as dili!encias soliciadas <)e "an de deerminar con ma?or precisi/n ? a+sol)a con$icci/n <)e no e-isen ra%ones *)ndadas de s) paricipaci/n delic)al, reconociendo <)e poseriormene si se ener/ <)e s)s coac)sados era ra+aadores de )n desconocido en los "ec"os <)e reali%a+an. OTROSI DIMO.6 1)e, no "a+iendo ad)nado in$ol)nariamene el ceri*icado domiciliario, as: como la ceri*icaciones los $ecinos del imp)ado Horacio del !)ila S#nc"e%, demosrando <)e anes del presene s) dedicaci/n era EKANISTA CARPINTERO, as: como la *ian%a personal ? consancia domiciliaria, incidencia pro+aoria de pare, <)e no se dedica+a pres)namene los "ec"os in$esi!ados. OTROSI DIMO.6 1)e, el presene lo "a!o de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial, en represenaci/n de mi de*endido por enconrarse inernado en el Esa+lecimieno Penienciario @Casro Casro. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. Lima, '= de Enero del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. F. Carmona. @Le/n Llallico Caso : 00012-2012. De*ensa Le!al para odos scrito : Correlativo. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Cuaderno : Principal. Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. Sumilla : Se*ala domicilio procesal en la Casilla de la Central de notificaciones y otros.
SEJOR UEQ DEL DECIO SEMUNDO UQMADO PENAL PARA REOS EN CARCEL DEL ODULO KASICO DE USTICIA DE LOS OLIVOS. FERNANDO CASTAJEDA ENDOQA, en la insr)cci/n <)e se le si!)e por la s)p)esa comisi/n del il:cio penal conra la Sal)d P)+lica en s) modalidad o il:cio de Tr#*ico de Dro!as, en a!ra$io del esado ? oro ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, por con$enir a mis inerese procesales ? personales $ario mi domicilio procesal, sealando mi domicilio en la Casilla 7893 Cenral de Noi*icaciones de la Core S)perior de )sicia de Lima Cono Nore l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?, a *in de <)e esa pare procesal ome conocimienos de los acos procesal <)e se desarrollan en adelane. Kao responsa+ilidad del personal de s) )dica)ra. OTROSI DIMO.6 1)e, i!)almene impero la a)ori%aci/n del pr2samo del E-pediene a *in de e*ec)ar la lec)ra correspondiene, para el d:a l)nes '= de Enero del 78'5, en ra%/n de <)e reci2n $iene omando conocimieno de la presene ? se re<)iere )n es)dio min)cioso <)e !aranice )na adec)ada de*ensa, la misma <)e de+er# ser admia ? de ser el caso por e<)idad escanear al!)nas pie%as principales del proceso a *in de e*ec)ar )na de*ensa m#s did#cica ? $era%, la c)al de+e ser a)ori%ada si la )dica)ra lo permie. As: como se c)mple con la anoaci/n respeci$a de pr2samo. OTROSI DIMO.6 Desi!namos como n)esro de*ensor al lerado <)e a)ori%a el presene, <)ien as)mir# en la *ec"a n)esra de*ensa con
las *ormalidades de le?, para la c)al se le +rinde las *acilidades del caso en el modo ? *orma de le?. OTROSI DIMO.6 1)e, "a+i2ndonos parocinado desde el inicio de la insr)cci/n el A+o!ado <)e s)scri+e ? a)ori%a el presene ? <)e el anerior A+o!ado ? A+o!ada, <)e $en:a de*endi2ndonos c)ena con las noi*icaciones ? dem#s ac)ados, los mismos <)e se nie!an a de$ol$ernos dic"os ac)ados, empero por e<)idad ? celeridad procesal, se nos e-pida copias simple de la *ormali%aci/n de la den)ncia "ec"o por el represenane del iniserio P)+lico, el A)o Aperorio de insr)cci/n ? la Ac)saci/n Fiscal del miniserio P)+lico a *in de "acer )na adec)ada de*ensa con las !aran:as del caso, caso conrario como se "a sealado en el se!)ndo primer oros: di!o, de ser el caso. as di!o.6 A)n c)ando no se "a concl)ido la in$esi!aci/n )dicial en el presene e-ise la posi+ilidad d someernos a la erminaci/n anicipada del proceso, moi$o por ello es <)e se solicia al!)nas pie%as procesal, a *in de sopesar ? mes)radamene omar las decisiones del caso )r:dica ? socialmene <)e no reperc)an ano de manera personal ? *amiliar ? social, sino <)e esas sean e<)iai$a ? )sas, )si*icando por ello la e-pedici/n de copias simple del proceso. A pare de ello es esricamene por aspecos procesales, en ra%/n del iempo de carcelaria <)e $enimos s)*riendo desde n)esra cap)ra, as: como al!)nos "ec"os e-ra)diciales en la in$esi!aci/n preliminar policial. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. Lima, 84 de Enero del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. F. Carmona @Le/n Llallico Caso : 00012-2012. De*ensa Le!al para odos scrito : Correlativo. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Cuaderno : Principal. Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. Sumilla : Se*ala domicilio procesal en la Casilla de la Central de notificaciones y otros.
SEJOR UEQ DEL DECIO SEMUNDO UQMADO PENAL PARA REOS EN CARCEL DEL ODULO KASICO DE USTICIA DE LOS OLIVOS. ARLON FRANCO REATEMUI TUESTA, en la insr)cci/n <)e se le si!)e por la s)p)esa comisi/n del il:cio penal conra la Sal)d P)+lica en s) modalidad o il:cio de Tr#*ico de Dro!as, en a!ra$io del esado ? oro ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, por con$enir a mis inerese procesales ? personales $ario mi domicilio procesal, sealando mi domicilio en la Casilla 7893 Cenral de Noi*icaciones de la Core S)perior de )sicia de Lima Cono Nore l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?, a *in de <)e esa pare procesal ome conocimienos de los acos procesal <)e se desarrollan en adelane. Kao responsa+ilidad del personal de s) )dica)ra. OTROSI DIMO.6 1)e, i!)almene impero la a)ori%aci/n del pr2samo del E-pediene a *in de e*ec)ar la lec)ra correspondiene, para el d:a l)nes '= de Enero del 78'5, en ra%/n de <)e reci2n $iene omando conocimieno de la presene ? se re<)iere )n es)dio min)cioso <)e !aranice )na adec)ada de*ensa, la misma <)e de+er# ser admia ? de ser el caso por e<)idad escanear al!)nas pie%as principales del proceso a *in de e*ec)ar )na de*ensa m#s did#cica ? $era%, la c)al de+e ser a)ori%ada si la )dica)ra lo permie. As: como se c)mple con la anoaci/n respeci$a de pr2samo. OTROSI DIMO.6 Desi!namos como n)esro de*ensor al lerado <)e a)ori%a el presene, <)ien as)mir# en la *ec"a n)esra de*ensa con las *ormalidades de le?, para la c)al se le +rinde las *acilidades del caso en el modo ? *orma de le?. OTROSI DIMO.6 1)e, "a+i2ndonos parocinado desde el inicio de la insr)cci/n el A+o!ado <)e s)scri+e ? a)ori%a el presene ? <)e el anerior A+o!ado ? A+o!ada, <)e $en:a de*endi2ndonos c)ena con las noi*icaciones ? dem#s ac)ados, los mismos <)e se nie!an a de$ol$ernos dic"os ac)ados, empero por e<)idad ? celeridad
procesal, se nos e-pida copias simple de la *ormali%aci/n de la den)ncia "ec"o por el represenane del iniserio P)+lico, el A)o Aperorio de insr)cci/n ? la Ac)saci/n Fiscal del miniserio P)+lico a *in de "acer )na adec)ada de*ensa con las !aran:as del caso, caso conrario como se "a sealado en el se!)ndo primer oros: di!o, de ser el caso. as di!o.6 A)n c)ando no se "a concl)ido la in$esi!aci/n )dicial en el presene e-ise la posi+ilidad d someernos a la erminaci/n anicipada del proceso, moi$o por ello es <)e se solicia al!)nas pie%as procesal, a *in de sopesar ? mes)radamene omar las decisiones del caso )r:dica ? socialmene <)e no reperc)an ano de manera personal ? *amiliar ? social, sino <)e esas sean e<)iai$a ? )sas, )si*icando por ello la e-pedici/n de copias simple del proceso. A pare de ello es esricamene por aspecos procesales, en ra%/n del iempo de carcelaria <)e $enimos s)*riendo desde n)esra cap)ra, as: como al!)nos "ec"os e-ra)diciales en la in$esi!aci/n preliminar policial. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. Lima, '= de Enero del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. Alfredo Hidalgo @Le/n Llallico Expediente : De*ensa Le!al para odos scrito : 001. Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Aclara so"re domicilio Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. procesal y otro.
SEJORA AMISTRADA COODINADORA DE LA SALA PENAL NACIONAL. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, A+o!ado de*ensor del ac)sado Farid Nader Nader ? Ma+riela I+arra Espino%a, en la insr)cci/n <)e se le si!)e por la s)p)esa comisi/n del il:cio penal conra la Sal)d PB+lica en s) modalidad de Tr#*ico Il:cio de Dro!as ? oro en a!ra$io del esado Per)ano ? oro ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+iendo sealado domicilio procesal para los *ines del presene a *s. =94> ? <)e nos rai*icamos en ella, de+er# noi*icarse a mis parocinados en el r. Lampa No ''>& O*. 78( Inerior del cercado de Lima, c)?a *inalidad es <)e no e-ise e<)i$ocaci/n. OTROSI DIMO.6 Asimismo, solicio copias simples de las si!)ienes pie%as procesales del Tomo VIII0 '.6 De *s. ==4> a ==44 de la insr)ci$a de Fernando Espinar Cancan. 7.6 De *s. =58= a =579 del escrio de $ariaci/n del mandao de deenci/n soliciado por Fernando Espinar Cancan. =.6 De *s. 5(7 a =548, so+re procedencia de peici/n de $ariaci/n Resol)ci/n No 59= de *ec"a =39378'=. 5.6 De *s. =977 a =934 Dicamen Fiscal. >.6 De Fs. =9(4 a =948 so+re resol)ci/n ? ac)saci/n. POR TANTO.6 A Ud., Seor Fiscal S)perior, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. Lima, 7' de A+ril del 78'5.
REO EN CARCEL AKOMADOS ASOCIADOS Dr. J. Aquino @Le/n Llallico Exp. : De*ensa Le!al para odos scrito : Correlativo Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Se autorice presenciar Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. declaración y otro.
SEJOR UEQ DEL TERCER UQMADO EN LO PENAL DE HUANCAO. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, A+o!ado de*ensor de los inc)lpados Demerio Marma R)i% ? Fran\ Marma Flores, en la insr)cci/n <)e se le si!)e por la s)p)esa comisi/n del il:cio penal conra la sal)d P)+lica en s) modalidad de Tra*ico Il:cio de Dro!as, en a!ra$io de la sociedad ? el esado Per)ano ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando a la seali%aci/n para la declaraci/n de los /r!anos de pr)e+a esi!osG, de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. '>3 del C/di!o de Procedimienos Penales, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de imperar la a)ori%aci/n a s) )%!ado con la *inalidad de presenciar e inerro!ar a dic"os esi!os de car!o ? de descar!o, as: como a las dem#s dili!encias de declaraciones en c)ano lo permia la Le?. OTROSI DIMO.6 1)e, i!)almene con la *inalidad de esclarecer los "ec"os maeria de in$esi!aci/n )dicial, impero <)e a ra$2s de $)esra )dica)ra se le inerro!)e al inc)lpado Zaler Aran!o Urri+)r) con*orme al plie!o inerro!aorio ad)no al presene, sin per)icio <)e esa sea con*orme lo $e con$eniene s) )dica)ra, respeco de la perinencia ? cond)cencia de dic"as pre!)nas, por c)ano e-isen )na serie de "ec"os <)e no se enc)enran de+idamene aclaradas, ano m#s <)e al momeno <)e declararon e-is:a )na moi$aci/n de la amena%a de los miem+ros del esc)adr/n ? oros, <)e apare de "a+er sido malraados al momeno de la iner$enci/n, de manera <)e no os enconramos en )na declaraci/n inda!aoria con las de+ida !aran:as consi)cionales ? el principio de la li+re ? espon#nea declaraci/n. OTROSI DIMO.6 Se c)rse O*icio a la Polic:a Nacional del PerB, VIII Re!i/n de H)anca?o, con la *inalidad de <)e remia el In*orme deallado, de <)ienes son los e*eci$os policiales perenecienes al Esc)adr/n de Emer!encia <)e es)$ieron de par)lla en las
inmediaciones de l)!ar denominado @H)acrap)<)io, el d:a '( de A+ril del 78'5 a "oras 5.88 e la madr)!ada, en la <)e iner$inieron a mis de*endidos ? reali%aron los primeros acos de in$esi!aci/n. OTROS` DIMO.6 1)e, el presene lo "a!o de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial, en represenaci/n de mis de*endidos por enconrarse recl)idos en el Esa+lecimieno penienciario de H)amancaca. POR TANTO.6 A Ud., Seor )e%, s:r$ase admiir la presene lo preendido ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca?o, 7> de a?o del 78'5.
PLIEMO INTERROMATORIO DE PREMUNTAS 1UE DEKER RESPONDER EL IPUTADO ZALTER ARAMO URRIKURU, EN LA INSTRUCCI;N 1UE SE LE SIMUE POR LA COISI;N DEL IL`CITO PENAL CONTRA LA SALUD PUKLICA EN SU ODALIDAD DE TRAFICO DE DROMAS, EN AMRAVIO DE LA SOCIEDAD OTRO. Para <)e di!a0 '.6 Por <)e a*irma <)e *)eron dos *)eron os $iaes <)e reali%ado s) persona con Demerio Marma R)i% ? s) "io. 7.6 C)al es la $erdad respeco de los $iaes <)e reali%o con Fran\ Marma Flores, )no o dos $iaes ? con <)2 moi$os. =.6 Por <)e a*irma Fran\ Marma Flores <)e solamene se conoc:a al d:a de la iner$enci/n )n mes ? no oc"o meses, si solo lo conoc:a a s)s padres "ace meses.
5.6 1)ien *)e la persona <)e ideo la @Calea donde i+an a rasladar la dro!a ? c)#l *)e el rol de Demerio Marma R)i%. >.6 Si Ud., lo conoci/ a Fran\ Marma Flores "ace iempo, s) persona comeno so+re el ranspores de la dro!a con 2l, si 2l en:a conocimieno <)e "a+:a conraado con s) padre para dic"o ra+ao. 9.6 S) persona $iao al VRAE con Demerio Marma R)i% ? Fran\ Marma Flores ? c)#l *)e el moi$o, por<)e se!Bn la polic:a Usedes *)eron "asa All:. 3.6 C)al es la ra%/n por <)e Ud, dio ane la polic:a <)e Fran\ Marma Flores $iao las dos $eces con Usedes a H)ana con la *inalidad de ransporar dro!a. (.6 Por <)e no declaro <)e la polic:a del esc)adr/n de Emer!encia los "a+:a malraado ? or)rado *:sica ? psicol/!icamene en d:a de la iner$enci/n. 4.6 C)ando de dinero de <)io la polic:a del Esc)adr/n de emer!encia en d:a de la inercesi/n ? por <)2 no declaro ane el iniserio P)+lico. '8.6 Como lo amena%a+a c)ando lo oma+an s) declaraci/n la polic:a desp)2s <)e *)eron rasladados de H)acrap)<)io ? <)e les o+li!a+an a declarar. ''.6 1)e, sa+ia del ranspore de dro!a Fran\ Marma Flores. '7. S)s *amiliares de Demerio Marma R)i%, sa+ia del ranspore de la dro!a ? dem#s acos c)ando s) persona ac)erda con Demerio Marama R)i%. '=.6 Demerio Marma conoc:a a las personas de or!e 1)ispe ? )n al Ka)isa. '5.6 Por inermedio de <)ien lo conocise a Demerio Marma R)i%. H)anca?o, 7> de a?o del 78'5.
DECLARACI;N 1UE DEKER EFECTUAR DEETRIO MARA RUIQ, ANTE EL UEQ. '.6 En primer L)!ar <)iero declarar la $erdad ? solamene la $erdad, ? me enc)enro con la disposici/n de cola+orar con la )sicia.6 1)e, respeco de la paricipaci/n de mi "io Fran\ Marma Flores, NO SAKE NADA DE NADA, ENOS HA PARTICIPADO O TENIA CONOCICIENTO DEL TRANSPORTES DE DROMA DE HUANATA A HUANACAO, NI ZALTER ARANMO, NI I PERSONA LE HAKIA PROPUESTOTAL HECHO. Si el d:a de la iner$esion *)e )na "ec"o cas)al, por c)ano dic"o d:a le die a s) :a para <)e nos alcan%ara en H)ana, ?a <)e nos $en:amos a H)anca?o, pero no sa+:a, ni en:a conocimieno <)e ranspor#+amos dro!a.
7.6 Respeco del $iae ? prop)esa de ra+ao de ranspore de la dro!a por Zaler Aran!o.6 1)e, es $erdad <)e me prop)so <)e inicialmene me ne!)2 por <)e ra+aa+a con mi carro, a)n<)e el *lee esa+a m)? +arao, ? a ana insisencia acepe por<)e necesia+a para de$ol$er el pr2samo <)e "ice para el pa!o de las leras. a <)e, me "a+:a presado de mis *amiliares ? ami!os, <)ienes me $en:an a co+rar casi a diario, m#s lo <)e mi e- con$i$iene Nanc? Flores me ped:a s) pare ? so+re los alimenos. 7.6 Respeco de la Calea.6 No sa+:a nada, no *)e mi idea, menos consr): dic"a calea, p)es ello odo lo "i%o Zaler Aran!o, por<)e 2l es <)ien en:a conaco con oras personas <)e no conoc:a para reali%ar dic"o comparimieno ? sa+ia donde lle$ar la dro!a, ?o no *)i la persona <)e compre la madera, menos consr):, sino el me pidi/ el carro ? no se <)ien *)e la persona <)e lo "i%o, c)ano le co+raron ? donde lo "icieron. =.6 1)e, a mi *amilia a nadie le comene so+re el ra+ao ? ranspores de la dro!a de H)ana a H)anca?o. siempre le "acia sa+er o le men:a <)e lo <)e !ana+a era de ranspores de )ca, pl#anos ? oros prod)cos, pero n)nca le die la $erdad de la dro!a, por <)e no conoc:a al al or!e 1)ispe, ni al al Ka)isa, solo ?o *)i conraado para al<)ilar mi $e":c)lo ? p)no. 5.6 Respeco de la car!a de la dro!a.6 No sa+:a de donde saca+an, <)ienes car!a+an, como era s) rao de pa!o ? oras cosas, Bes en H)ana enre!a+a el carro ? a m: me enre!aron en la pla%a de H)ana con la car!a, incl)so no me dec:an d/nde esa+a la dro!a, p)es si +ien so? el d)eo del carro, pero no me dec:a donde esa+a la dro!a, por lo <)e somee me dec:an Zaler ?a esa liso la car!a ? como era de noc"e no me "a+:a dado c)ena donde se "a+:a car!ado la dro!a. >.6 So+re el desconocimieno del ranspore de la dro!a por mi "io.6 1)e, no le die nada a mi "io, primero por $er!en%a, por<)e siempre les "e dado lo <)e sea como alimenos, $esimena ? es)dio de cosas licias ? +)enas, desp)2s por<)e desde <)e compre el carro esa+a discon*orme ? <)er:a <)e compr#ramos )n /mni+)s para ranspore de pasaeros donde el p)diera ra+aar, como co+rador. 9.6 So+re la canidad de $iaes.6 1)e, creo <)e Zaler "a?a declarado <)e *)eron dos $iaes ? *)e con mi "io Fran\ Marma, ?a <)e ese *)e malraado con paadas ? p)napi2s por el esc)adr/n de Emer!encia, ?a <)e le "a+:an <)iado s) dinero, no se c)eno, as: como a m: me <)iaron am+i2n dinero, pero solamene *)e )na a $e% ? solo el d:a de los "ec"os <)e *)imos iner$enidos, ? nos amena%aron <)e no declar#ramos eso,, por<)e si no m#s nos indician con oros "ec"os, ? como n)nca "a+:a pasado por esos "ec"os esa+a ner$ioso. 3.6 Si $iae $arias $eces al VRAE lle$ando *lee de oros prod)cos como !ranos ? papa, pero no era para reco!er dro!a, como *alsamene "ace $er la Polic:a, en odo momeno me a!red:an
$er+almene, men#ndome la madre paa acepar <)e era mi persona <)e *)e al VRAE a reco!er dro!a, es *also, as: como <)e n)nca *)i con mi "io, ni con Zaler. DECLARACION 1UE DEKERA REALIQAR FRAN[ MARA FLORES, ANTE EL UEQ PENAL.6 '.6 Respeco de los "ec"os, En primer l)!ar $o? a declarar la $erdad ? cola+orar con la )sicia, en odo c)ano sea. 7.6 Respeco del iempo <)e nos conoc:amos con Zaler Aran!o, es incorreco <)e nos conocimos con Z#er Aran!o m#s de dos aos, p)es solamene nos conoc:amos "ace )n mes como "e dic"o en mi declaraci/n inda!aoria ane la Polic:a. =.6 No sa+:a nada de nada, nada de la dro!a, ni del ranspores, ni de la calea, del pa!o, ? los $iaes, p)es n)nca con$erse, rae con Zaler Aran!o, as: como con m) padre, p)es solamene enre ellos "a+r:a sido el rao, ?a <)e mi padre m)? poco me lle$a+a como s) a?)dane, sino ra+aa+a solo o por ocasiones con )nos /$enes <)e no lo cono%co, solamene por $iaes, por<)e ?o me dedica+a a es)diar, por ello n)nca lo "a+:a conocido a Zaler Aran!o. 5.6 So+re el $iae, creo <)e Zaler Aran!o, declaro as: por <)e *)e malraado *:sica ? menalmene, os o+li!a+an a decir "ec"os <)e n)nca "a+:amos "ec"os o reali%ado, ? cada insane nos dec:an <)e ?a ) ami!o o ) papa e "a ec"ado la c)lpa, cana no m#s men#ndonos la madre, me <)iaron mi dinero S. '>8.88 n)e$os soles ? sencillo, ? <)isieron poner en el aca. >.6 de+es declarara <)e no sa+:as nada de nada, NUNCA TE DERON. 9.6 D)rane el $iae, esa+a casado por<)e por la maana "ice cosas en la casa de mi :a, desp)2s me *)i a )!ar *)l+io )!)2 como = paridos con ami!os <)e solo cono%co s)s nom+res ? esa+a cansado, lle!ando al carro cene ? me dorm: d)rane el $iae, o esc)c"e nada de nada, "asa a iner$enci/n. 3.6 e *)i a ra+aar a A?ac)c"o ? n)nca *)i el VRAE.6 eso *)e por<)e esa+a es)diando ? la plaa no alcan%a+a ? me decir <)e Senai era meor ? el ra+ao era meor, ?a <)e en Perene "asa el ca*2 "a+:a +aado, la pla!a ? no alca%a+a el dinero, por<)e en:a pro+lemas con la madre de mi "io, <)ien me ped:a plaa ? plaa, pens2 escaparme a dic"a ci)dad para <)e no molese ? es)diar all:.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico scrito De*ensa Le!al para odos Cuaderno r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o.
SEJORITA UEQ DEL HUANCAVCELICA.
Dra. C. Matamoros .
: Correlativo. : Principal. : Aclara y su"sana omisión advertida y otro.
PRIER UQMADO DE FAILIA
DE
EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, A+o!ado de*ensor del demandane Delia Porras de M)errero ? oro, so+re Di$orcio ))o ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)2, esando al esadio del presene proceso ? no "a+i2ndosenos pron)nciado en el Aca de Ac)rdo de separaci/n, respeco de la presaci/n de alimenos para la c/n?)!e Delia Porras OTROSI DIMO.6 1)e, i!)almene el presene lo "a!o de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. 748 de La Le? Or!#nica del Poder )dicial en represenaci/n de mi de*endidos. POR LO EPUESTO. A Ud. Seora )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 7( de a?o del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. José Remuzgo @Le/n Llallico Caso N° : De*ensa Le!al para odos scrito : Correlativo. Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Solicita resolver pedido y Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o.
otros diligencias a se*alarse.
SENORA UEQ DEL PRIER UQMADO DE NACIONAL. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO A+o!ado de*ensor de la pare ci$il Rosa Inca Ramos, en la in$esi!aci/n )dicial <)e se le $iene e*ec)ando conra L)is Se+asi#n Fern#nde% Paredes por la comisi/n del il:cio penal conra la H)manidad, en s) modalidad DESAPARICION FORQADA en a!ra$io de Rommel ar:ne% Na$arro ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+iendo soliciado la N)lidad de acos procesales con *ec"a '( de Enero del presene ao, la misma <)e "asa la *ec"a no se "a res)elo ? por la misma na)rale%a ? compleidad del proceso de+e declararse N)la ? sealar las dili!encias <)e a*ecaron la de*ensa de mi parocinada, adem#s "asa la *ec"a no se "a lle$ado a ca+o las dili!encias soliciadas por esa pare, as: como en el a)o de procesamieno, ? <)e, pese al iempo ransc)rrido no se "an sealado *ec"a de las si!)ienes dili!encias, <)e a*eca el derec"o de de*ensa de mi de*endida0 '.6 se seale *ec"a ? "ora para la dili!encia de la declaraci/n pre$eni$a de la c/n?)!e del desaparecido, por c)ano en el mes de Enero se "a+:a sealado ? n)nca *)e noi*icado esa pare procesal. 7.6 Las declaraciones de los esi!os, padres del desaparecido la misma <)e am+i2n se "a sealado *ec"a ? "ora para el mes de Enero del presene ao ? n)nca *)e noi*icado esa pare procesal. =.6 Se "a lle$ado a ca+o la dili!encia de Inspecci/n ?o Inspecci/n Oc)lar en el ra?eco de la desaparici/n del SO= Rommel ar:ne% Na$arro, pese "a+erse ordenado en a)os, lo <)e ca)sa "ilaridad, por lo <)e de+er# sealarse *ec"a ? "ora a la +re$edad posi+le. 5.6 No se "a sealado la conin)aci/n de la dili!encia de $is)ali%aci/n del $ideo de la Discoeca @Ariana, donde s)p)esamene ac)di/ el a?or Fern#nde% Paredes L)is Se+asi#n so4lo, coarada <)e *)e min)ciosamene ? con )n c)idado per*eco preparado por ese, as: como lo "a ediado anes de <)e el iniserio P)+lico iner$en!a, de manera <)e a ra%/n de ello HA DESAPARECIDO DICHA MRAKACIUON
O FILAACION DE DICHA CAARA de se!)ridad, como lo "a "ec"o enre$er la propiearia de dic"a discoeca. >.6 Se reiere el re<)erimieno a la propiearia de la Discoeca Ariana a *in de <)e pon!a a disposiciones dic"o )%!ado la c#mara de *ilmaci/n so+re la se!)ridad de s) ne!ocio, +ao aperci+imieno de Le?. 9.6 Se seale n)e$a *ec"a para la declaraci/n de los esi!os <)e *)eron ordenados s)s declaraciones esimoniales en a)os ? no conc)rrieron, por encar!o en el )%!ado Penal de T)rno de H)anca$elica, por e-isir la resisencia por lo oneroso <)e es el !aso de s) raslado para la c)al soliciamos la a)ori%aci/n de la presencia en dic"o aco de esa pare procesal. OTROSI DIMO0 I!)almene a consec)encia de dic"o $icio por )na inde+ida noi*icaci/n mi de*endida "asa la *ec"a no "a presado con s) declaraci/n pre$eni$a, as: como los esi!os o*recidos por esa pare, la dili!encia de Inspecci/n )dicial ) Oc)lar en la ci)dad de H)anca$elica, empero "a de $encerse el pla%o de in$esi!aci/n, por lo <)e de+e sealarse dic"as dili!encias. OTROSI DIMO0 El presene lo "a!o de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial, en represenaci/n de mi de*endida. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 7> de A+ril del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. Alan contreras @Le/n Llallico Caso N° : 0028*-201'-0-1101-(,-P%-01 De*ensa Le!al para odos scrito : Correlativo. Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Apersonamiento y se*ala Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o.
domicilio procesal y otro.
SEJOR UEQ DE HUANCAVELICA.
LA
DE
INVESTIMACION
PREPARATORIA
DE
AIE ALKERTO LAQARO ORTIQ ideni*icado con DNI N 7==3(9>= domicilio en el r. anco Capac N ='> Disrio 6 Aco+am+a ? Pro$incia de Aco+am+a en la insr)cci/n <)e se le si!)e por la DELITO CONTRA LA ADINISTRACION PUKLICA en s) modalidad del de PECULADO en a!ra$io de Empresa )nicipal de A!)a Poa+le ? Alcanarillado EAPA 6 Aco+am+a ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines de la presene $ario mi domicilio procesal en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. OTROSI DIMO.6 1)e, para los e*ecos de s)senar adec)adamene el pedido, impero se me conceda el pla%o de '8 min)os a *in de <)e el A+o!ado Eosen A+el Le/n Llallico, realice el In*orme Oral correspondiene para la c)al se *ie *ec"a ? "ora con al *in. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 79 de a?o del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. @Le/n Llallico Caso N° : 00 -201 -0-1101-(P-F-01. De*ensa Le!al para odos scrito : Correlativo. Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Se apersona a instancia y Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. nom"ra A"ogado y otro.
SEJOR DEL SEMUNDO UQMADO ENLO CIVIL DE HUANCAVELICA. COLEMIO DE AR1UITECTOS DEL PERU REMIONAL HUANCAVELICA represenado por s) Decano Ed!ar R)i% Villar, en a)os se!)idos por la Caa )nicipal de A"orro ? Credios H)anca?o SAC, so+re Eec)cion de Marania Hipoecaria ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando a la improcedencia de la s)spensi/n del presene proceso soliciado, ? "a+i2ndosele concedido el pla%o de le? para la reali%aci/n de la dili!encia de LANQAIENTO, soliciamos por imperio de le? se seale n)e$a *ec"a ? "ora con al *in, en ra%/n de <)e no e-ise nin!Bn impedimeno para dic"a maeriali%aci/n de la dili!encia. E consec)encia se c)rse o*icio a la Policia Nacional d del Per) a *in de <)e nos prese las !araias al personal del )%!ado con la *inalidad de maeriali%arse la dili!encia, asi como se a)orice el descerrae de ser el caso endic"o inm)e+le, para la c)al esa pare procesal proporcionara al cerraero correspondiene dili!encia <)e de+er# ser repro!ramada en la +re$edad posi+le. OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines dela presene acredio la represenaci/n del cole!io de Ar<)iecos del Per), Re!ional H)anca$elica, asi como mi doc)meno nacional de Idenidad.. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor Presidene, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, '7 de a?o del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. @Le/n Llallico Caso N° : 00 -201 -0-1101-(P-F-01. De*ensa Le!al para odos scrito : Correlativo. Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Se apersona a instancia y Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. nom"ra A"ogado y otro.
SEJOR DEL SEMUNDO UQMADO ENLO CIVIL DE HUANCAVELICA. COLEMIO DE AR1UITECTOS DEL PERU REMIONAL HUANCAVELICA represenado por s) Decano Ed!ar R)i% Villar, en a)os se!)idos por .. so+re ercer:a de propiedad conra el . ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al esado procesal de la ca)sa, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de apersonarme como n)e$o Decano del Cole!io de Ar<)iecos del PerB Re!ional H)anca$elica, conser$ando el mismo domicilio procesal sealado en a)os, as: como el mismo de*ensor. OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines dela presene acredio la represenaci/n del Cole!io de Ar<)iecos del PerB, Re!ional H)anca$elica, as: como mi doc)meno nacional de Idenidad. OTROSI DIMO.6 1)e, esando al esadio del procesal de la presene, ? esando a <)e se "an $encido los pla%os de la a+sol)ci/n ? "a+iendo ded)cido la N)lidad mi represenada, impero se res)el$a n)esra preensi/n, <)e $iene per)dicando los inereses ? el parimonio del Cole!io de Ar<)iecos. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor Presidene, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, '7 de a?o del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico
Caso N° : scrito Cuaderno Sumilla
.
: 001. : Principal. : Pide despla+amiento "a$o la modalidad de ,estaque por salud - nión familiar y otro.
De*ensa Le!al para odos r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o.
SEJOR DIRECTOR REMIONAL DE LA SALUD DE HUANCAVELICA. AKIMAIL FERNANDINA AMUILAR CARHUAACA Ideni*icada con D.N.I. No 788((999, con domicilio real en el r. Panam# No '>88 del Disrio de El Tam+o, ser$idora del rea de Acceso ? Uso de medicamenos de la DIRESA H)anca$elica ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 I.6 PRETENSION ADINISTRATIVA.
En )so del derec"o de de*ensa ? peici/n prescria en el Ar. 7 Inc. 78, 7=, 75 lera @A ? " de n)esra Cara F)ndamenal, $en!o por ane $)esro Despac"o con la *inalidad de soliciar la acci/n persona de despla%amieno +ao la modalidad de DESTA1UE por moi$os de sal)d ? Uni/n *amiliar, de la Direcci/n Re!ional de Sal)d de H)anca$elica a la Direcci/n Re!ional de )n:n rea de Apo?o de acceso ? )so de medicamenosG de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. (8 del D.S. No 88>6486PC +ao lo si!)iene0 PRETENSION.
I.6 FUNDAENTOS FACTICOS URIDICOS DE LA
'.'.6 Si +ien es ciero la persona ")mana es considerada el *in s)premo del esado ? la sociedad, "ec"o <)e nace desde la aparici/n de la norma consi)cional en el m)ndo, inspirada en el respeco de los derec"os *)ndamenales de la persona, de manera <)e, el esado se enc)enra en la o+li!aci/n de proe!erla, !arani%ar el c)mplimieno ? respeo de s)s derec"os "ac:a meor aenci/n a la na)rale%a de las cosas al poner a la persona ")mana como *in s)premo de la sociedad ? del Esado, es por<)e es, al ser ")mano al <)e corresponde al pri$ile!io por ser <)ien es. La */rm)la <)e )ili%a la Consi)ci/n de '44= es imper*eca desde el p)no de $isa de s) e-presi/n por<)e !ramaicalmene dice <)e los *ines s)premos de la sociedad ? del Esado son la de*ensa ? el respeo de la di!nidad de la persona. S/lo el ser ")mano, de lo <)e e-ise so+re la ierra p)ede ener al condici/n. Primando so+re c)al<)ier oro derec"o, as: como de la li+erad am+)laoria, como pare de s) desarrollo ? +ienesar personal ? social. '.7.6 #s all# de esas di*erencias lo ciero es <)e si de lo <)e se raa en la sociedad es de de*ender a la persona ?
respear s) di!nidad, s) $ida, s) desarrollo lo <)e en $erdad se es# diciendo es <)e ella es el cenro de la $ida social. Sin em+ar!o al esa+lecer eso Blimo de+emos c)idarnos de no caer en )na apreciaci/n p)ramene indi$id)alisa de la Consi)ci/n <)e ser:a )na de las posi+ilidades en )e!o dar a la persona el cenro de la $ida social no <)iere decir <)e ella es imporane solamene como indi$id)o C)ando se "a+la de persona ? de sociedad se es# ra+aando so+re dos concepos <)e res)lan a la $e% disinos ? complemenarios. Disinos por<)e cada ser ")mano es disino del !r)po. Complemenarios por<)e la sociedad no es ora cosa <)e )n con)no esr)c)rado de relaciones ")manas disinas a la s)ma de indi$id)os como al ? am+i2n por<)e cada ser ")mano se desarrolla denro de la sociedad a la <)e perenece ? en cieros aspecos m)? imporanes es moldeado por ella En oras pala+ras el ser ")mano )r:dicamene considerado lo es en ano indi$id)o ? am+i2n en s)s relaciones sociales sin <)e lo )no p)eda ser aislado de lo oro. La persona en c)ano al no p)ede e-isir ni p)ede conse!)ir el pleno desarrollo si no es en la )ni/n ? en la com)nicaci/n con los dem#s "om+res As: enendida la com)nidad personalisa di*iere noa+lemene de a<)ellas sociedades meramene pol:icas o de a<)ellos !r)pos sociales <)e desc)idan las realidades espiri)ales ? )na a)2nica a)onom:a. '.=.6 Finalmene es imporane decir <)e la primac:a de la persona ")mana en la sociedad )r:dicamene or!ani%ada por la Consi)ci/n no s/lo aparece denro del e-o consi)cional en s: mismo. )c"as oras normas enre las <)e ca+en ciar el C/di!o Ci$il el C/di!o del Nio ? del Adolescene las le?es <)e se re*ieren a las relaciones pac:*icas enre las personas ? oras m)c"as m#s son disposiciones en las <)e "a? <)e enri<)ecer n)esro conocimieno de la predominancia social de la persona para el Derec"o ? a ra$2s de las c)ales "a? <)e de*enderla concreamene *rene a los peli!ros ? a!ra$ios <)e se realicen conra ella. a sea en el iner pB+lico o personal, con acos adminisrai$os o $)lnerando s)s derec"os como lo e-plicaremos en adelane, <)e dio ori!en al presene ? so+re odo p)diera darse )na resricci/n adminisrai$a en conra del propio derec"o de la s)scria en el conenido del aco adminisrai$o <)e p)diera impedir mi preensi/n. DESTA1UE.
II.6 USTIFICACION, NECESIDAD PROCEDENCIA DEL
7.'.6 So+re la )si*icaci/n del desa<)e.6 Aco!iendo del crierio consi)cional de la persona H)mana la c)al no p)ede "a+er nin!)na acci/n <)e la resrin!e sea c)al *)ese s) *inalidad ? esa no se enc)enre denro del marco esa+lecido, peor aBn <)e desplie!)e )n aco conrario a le?, <)e $)lnere el propio
derec"o de la persona ")mana, esa de+e someerse al conrol di*)so de la norma. A "ora +ien mediane Resol)ci/n Direcoral Re!ional No (5>678'7MOK.REM.HVCADIRESA de *ec"a 4 de )lio del 78'7, la s)scria *)e nom+rada en el car!o de pro*esional nom+rada de 1):mico Farmac2)ica, la c)al s)+?ace en odo s)s derec"os la+orales ad<)iriendo las prerro!ai$as del D. Le!. 739, es decir el in!reso a la carrera adminisrai$a de*inii$o, por lo mismo !o%a de odo los derec"os esa+lecidos en dic"a norma, por el denro de )no de esos derec"os es el despla%amieno pre$iso en el Ar. (8 del D. S. No 88>6486PC, derec"o por ciero irren)ncia+le consi)cionalmene por c)ano como seala el Inc. 7 del Ar. 7 de n)esra Cara F)ndamenal, por ello corresponde a esa pare sealar lo prescrio en el Ar. 77 ? 7= como el derec"o <)e lo peiciono, ano m#s como lo seala el Ar. 79 inc. ', 7 ? = del mismo c)erpo le!al, por lo <)e nos enconramos amparados en lo <)e se preensiosa ? con la )si*icaci/n en adelane es permisi+le declararse *)ndada n)esra preensi/n adminisrai$a en c)ano a0 7.7.6 Necesidad del desa<)e como *in s)premos de la persona ")mana.6 S)ilmene podr:amos sealar <)e no e-ise )na )si*icaci/n, empero c)ando reco!emos lo <)e m)c"os psic/lo!os lo llaman la depresi/n personal, enenderemos <)e si e-isen ra%ones c)ando )no impera al!o, ? de a": <)e, los inereses personales +)scan colmar ello, es as: <)e en la *ec"a la s)scria es ")2r*ana de padre ? como al en esa $ida solo iene a s) madre en $ida en*erma ? con la sal)d des<)e+raadaG, ? por oro lado )n "io "a+ida con don0 Armando Al*aro V#s<)e% lo mismo <)e se =enc)nera leos ? descono%co s) paradero, de manera <)e dos personas se s)ma imporancia en s) $ida personal de la s)scria, <)e si +ien podemos sealar ar!)meno ras ar!)meno, simplemene la persona +)sca calidad de $ida, por ello es <)e "a+iendo la+orando como 9 aos en esa ci)dad, preendo darle )na meor calidad de $ida a mi madre <)ien a la $es es la persona <)e $ela, c)ida ? aiende a mi "io Fa+ricio Al*aro A!)ilar <)e, i!)almene $iene ara$esando no solo )na depresi/n personal, sino *amiliar ? como al en mi condici/n de madre de dic"o menor e "ia de doa Carmen Rosa Car")amaca Konilla, me corresponde como o+li!aci/n inel)di+le para la aenci/n de am+as personas mi desa<)e a la localidad de H)anca?o ? poder dar esa calidad de $ida, ano m#s <)e ara$iesan circ)nsancias s)mamene ries!osas en s)s $idas. 7.=.6 Procedencia lesi/n )r:dica del Ar. > de la Resol)ci/n Direcoral Re!ional No (5>678'7MOK.REM.HVCADIRESA de *ec"a 4 de )lio del 78'7G.6 C)ando "a+lamos del derec"o del ra+aador adminisradoG, no podemos admiir <)e, los acos sean lesi$os ? conrarios al orden
pB+lico, sea c)al sea el moi$o o la *inalidad del aco, +ao esa premisa, si +ien se e-pidi/ la Resol)ci/n maeria <)e nos oc)pa, esa es oalmene lesi$a ? conraria consi)cionalmene, dado a <)e n)esra Consi)ci/n reconoce <)e los derec"os del ra+aador o adminisrado <)e *)eron reconocidos por n)esra Consi)ci/n, no p)eden ser o+eos de la @IRRENUNCIAKILIDAD, +ao c)al<)ier pree-o, el c)al consi)?e conrario sens) a la norma $iola el derec"o *)ndamenal de la persona ")mana, es decir nadie p)ede ren)nciar a s) propio derec"o +ao c)al<)ier modalidad o )si*icaci/n <)e no sea de inerese pB+lico, aco <)e ca)sar:a N)lidad ? no s)ere s)s e*ecos )r:dicos, es decir no p)ede darse dic"os acos por imperio de la norma. De al manera <)e la pro"i+ici/n e-presada en el Ar. > de dic"a resol)ci/n, no solo es lesi$a, sino conraria a Le?, <)e si +ien no se imp)!no por desconocimieno del ra+aador o c)al<)ier oro moi$o, consi)cionalmene no p)ede s)rir e*ecos, por lo mismo <)e no es irren)ncia+le por el ra+aador, ? si +ien el aco es )nilaeral, esa es s)scepi+le de imp)!nacion por el ra+aador, es# por desconocimieno no se e*ec)/, i!)almene no p)ede ser maeria de aplicaci/n al presene, p)es como "emos sealado en l:neas arri+a, consi)ir:a el a+)so del derec"o ? con*orme al Ar. 'G, 7G Inc. 7=, 75 n)meral @a ? ", as: como del Ar. 5G ? '8=G de n)esra Cara a!na, p)es, m#s all# de n)esro derec"o, implica )n a)2nico a+)so de derec"o dic"o ar:c)lo como mandao adminisrai$o <)e colisiona con el derec"o irren)ncia+le de la s)scria, p)es nadie es# o+li!ado a la ren)ncia de s) propio derec"o, <)e con*orme lo seala el Ar. '553 del C/di!o Ci$il no es permisi+le, as: como lo prescri+e el Ar. '8 de la Le? No 73555, <)e al decir del raadisa PLANIOL.6 odo aco a+)si$o, por lo mismo <)e es l:cio, no es el eercicio de )n derec"o, ? el a+)so del derec"o no consi)?e )na cae!or:a disina )r:dica del aco il:cio. EL DERECHO CESA DONDE COIENQA EL AKUSO. A pare de ese crierio neamene s)sani$o, in$ocamos el a*orismo NEO TENETUR EDERE CONTRA SE, <)e es precepo del derec"o procesal pro+aorio, se!Bn el c)al nadie esa compelido a s)minisrar ? admiir pr)e+as en s) conra, +ene*iciando al ad$ersario. Ese a*orismo romano iene aplica+ilidad a ese caso, c)?o anecedene am+i2n es# en el derec"o Mermano, como en el caso de las a+sol)ciones de posiciones ? en ello no se p)ede s)minisrar maerial de e$idencia a s) ad$ersario en liis, menos acepar como cieras, como re*iere DIAQ DE MUAARRO. Valoraci/n pro+aoria. 7.>.6 C)al<)ier aco sea ese adminisrai$o, )risdiccional ) oro, de+e conener las e-i!encias le!ales, empero el aco de )%!ar, $iso con sencille%, ")mildad ? e*icacia, solo es )n aco ")mano ? por lo ano es pasi+le de error. Siendo as: es
necesario re$isarlo o someerlo a )na insancia de compeencia para enmendarla con*orme a le? o al de+ido proceso como seala la docrina, es decir e/rica e "is/ricamene a ser re$isado o anali%ado ? res)elo por oros seres ")manos con meor es)dio ? an#lisis, con meor api)d para apreciarla la +ondad de la decisi/n, ?a sea para con*irmarla o dene!arla. En n)esro caso e-ise la $erosimili)d del derec"o in$ocado n)li*icar los acos adminisrai$os irre!)lares, ile!ales con si!nos de acos de corr)pelaG, por c)ano el per)icio <)e nos ca)sa es irrepara+le, as: como el peli!ro de la demora en la e-pedici/n de la resol)ci/n del presene, es ediosos ? e-enso en s) pron)nciamieno. Sin em+ar!o, en principio m)c"os de los docrinarios lo llaman al procedimieno, como @Proceso con odas las !aran:as, por lo <)e "an sido enendidas como la mani*esaci/n del llamado @De+ido proceso, en )na primera apro-imaci/n en e-e!2ica, si!ni*ica !arani%ado por la Le?. Por lo ano, el de+ido proceso aparece como el con)no de principios de car#cer s)pra posii$o ? s)pranacional, c)?a le!iimaci/n es so+re oda "isoria, empero en maeria penal, iene por anecedene la a+olici/n del procedimieno in<)isiorial, de la or)ra como medio de pr)e+a, empero en n)esro caso en lo adminisrai$o iene esas endencias "asa )n derec"o Adminisrai$o moderno, donde el de+ido proceso no solo si!ni*ica la aplicaci/n normai$a de la Le? en maeria Adminisrai$a, sino la aplicaci/n de las dem#s le?es <)e coinciden ? *a$orecen a )na correca aplicaci/n de la norma en !eneral de c)?a inerpreaci/n de los "ec"os en la adminisraci/n pB+lica de+en s)earse a los principios consi)cionales ? los principios !enerales del derec"o a *in de !arani%arse )na correca ? ransparene adminisraci/n de )sicia penal, ci$il ?o adminisrai$a. III.6 APLICACION NORATIVA DE LA PRETENSION DE DESTA1UE A LA ADINISTRADA COO DERECHO.6 =.'.6 1)e, es derec"o de oda persona rec)rrir a la a)oridad para eercer2 o reclamar )n derec"o amparado con*orme lo esa)?e el Ar. 7 Inc. 78 de n)esro ca#lo!o Consi)cional, empero considerando <)e la persona ")mana como *in s)premo del esado ? la sociedad, iene !arani%ado s)s derec"os consi)cionales de orden inerno, as: como s)pra nacionales en los raados, como la Declaraci/n Uni$ersal de los Derec"os H)manos en c)ano sea a s) *a$or, siempre ? c)ando esa preensi/n se enc)enra amparada denro de la e-i!encia le!al normai$a perinene. =.7.66 1)e, la adminisrada en la *ec"a solicia el despla%amieno +ao la modalidad del desa<)e de la Direcci/n Re!ional de Sal)d de H)anca?o, por lo <)e esando a ello e-cepcionalmene escolando s)s ane-os <)e a coniene la preensi/n como, el *orm)lario Xnico de Re!isro de s) acci/n
personal, el In*orme m2dico enre oros, empero a la *ec"a se enc)enra , as: como si esos no "an ener$ado de manera con)na las circ)nsancias de dic"o +ene*icio adminisrai$o, as: como ameria en s) cali*icaci/n posii$a o no, <)e concomiane con la norma er!o, c)mple los pres)p)esos maeriales de la preensi/n ? es permisi+le por la norma. =.=.6 1)e, si +ien la s)scria a s) preensi/n escola como pr)e+a del derec"o in$ocado acci/n personalG, la acrediaci/n de la pla%a $acane donde de+er# la+orar en el periodo *iscal 78'5, acrediaci/n de la pla%a $acane en donde "a de la+orar la adminisrada por s) propia indicaci/n e-)al, acrediando <)e "e de la+orar como personal nom+rada ? desacada de la Red de )n:n, corro+orado con los doc)menos <)e s) menor "io se enc)enra delicado de sal)d ? emocionalmene delicado "a+iendo inenado en m)c"as ocasiones acos en conra de s) propia ine!ridad por esa dis)asi/n ? disanciamieno *amiliar maerno *ilial, lo <)e "ace <)e la a)sencia de madre en el enorno *amiliar, por los d:as <)e $iene ra+aando en H)anca$elica lo "an ind)cido a ello, s)mado a <)e en la *ec"a e-isen pro+lemas so+re con s) padre don Armando Al*aro V#s<)e%, respeco de los alimenos, la $isia ? oros derec"os del menor, por c)ano doa Carmen Rosa Car")amaca Konilla, madre de la s)scria es la Bnica persona <)e $ela por s) desarrollo ? c)idado de dic"o menor ? <)e dado a s) edad a$an%ada en mBliples ocasiones se "a prod)cidos incidenes de ries!o ? peli!ro por la misma na)rale%a de la en*ermedad <)e c)ena, es decir DIAKETES ELIDUI II, lo <)e "ace <)e en reieradas ocasiones "a con$)lsionado perdiendo la conciencia ? poniendo en peli!ro no solo s) $ida, sino la de mi "io, sin em+ar!o es de considerar <)e, la s)scria acredia esar +ao la paria poesad del menor Fa+ricio Se*ano Al*aro A!)ilar, por ener la condici/n de madre solera, es de ener presene en c)eno *)ere de le? para los *ines de la presene <)e ener$a la preensi/n en la dimensi/n de s) *inalidad c)?a o+li!aci/n como persona ")mana es $elar por la ine!ridad no solo del menor, sino de s) propia madre doa Carmen Rosa Car")amaca Kaonilla, ? por los *)ndamenos <)e sealo de mi peiorio es acrediado lo soliciado. =.5.6 1)e, esando a los medios pro+aorios incorporados a la preensi/n, acrediando la $erosimili)d del derec"o in$ocado, ano m#s <)e no e-ise oposici/n en conra de s) acci/n de personal de la adminisrada, del c)al se pres)me <)e, dic"o desa<)e no "a de per)dicar el normal desarrollo de las aci$idades <)e reali%a+a la indicada en*ermera en la Direcci/n Re!ional de H)anca$elica, ano m#s <)e s) e*a)ra "a dado s) con*ormidad posii$a del desa<)e. De con*ormidad con lo prescrio en el Ar:c)lo 5.6 La Carrera Adminisrai$a es permanene ? se ri!e por los
principios de0 I!)aldad de opor)nidades, en concordancia con el Ar:c)lo (8 de D. S)premo No 88>6486PC, @El desa<)e consise en el despla%amieno emporal de )n ser$idor a ora enidad a pedido de 2sa de+idamene *)ndamenado, para desempear *)nciones asi!nadas por la enidad de desino denro de s) campo de compeencia *)ncional. El ser$idor se!)ir# perci+iendo s)s rem)neraciones en la enidad de ori!en. El desa<)e no ser# menor de reina =8G d:as, ni e-ceder# el per:odo pres)p)esal, de+iendo conar con el consenimieno pre$io del ser$idor ? *inalmene ad$iri2ndose <)e no colisionara con la Le? No 7(5'', Le? Meneral del Sisema Nacional de Pres)p)eso, ? concordane con la Resol)ci/n iniserial No ('=67884INSA6OMMRH6V.8', so+re Direci$a <)e esa+lece normas ? procedimienos para reasi!naci/n de los ser$idores pB+licos, la c)al no p)ede dearse de lado como *)ndameno )r:dico normai$o el Decreo S)premo No 8'3678'=6SA. Adem#s <)e, e-isen ora normai$idad <)e no impide dic"a acci/n simplemene son crierios di%<)e de racionali%aci/n <)e en o*o caso el Poder )dicial lo deerminara con meor es)dio de a)os. IV.6 ACTIVIDAD PROKATORIA DEL PEDIDO.6 El aesro )an Carlos or/n Ur+ina, "a sealado <)e, como odo proceso el proceso adminisrai$o los medios de pr)e+a son mismos <)e de+er#n lle$ar al con$encimieno de la preensi/n a la a)oridad, en ese caso se enc)enra acrediada la $erosimili)d del derec"o in$ocado, por c)ando se ad)na lo si!)iene0 V.6 CRITERIO UNIFORE PARA LA PROCEDENCIA OTRAS URISPRUDENCIAS SOKRE EL DESTA1UE.6 Si +ien es ciero con*orme lo seala la norma perinene, es mani*iesamene disina en c)eno al crierio de los procesalisas en maeria del derec"o adminisrai$o en ese e-remo, por ende )nos sealan <)e no necesariamene p)eden esar prem)nidos de manera e-i!ene los pres)p)esos, en el modo, la *orma ? el iempo, mienras <)e oros si o admies ? persisen en <)e necesariamene de+en esar prem)nidos de los re<)isios de manera o+li!aoria, empero reco!iendo la inerpreaci/n e-ensi$a de la norma c)?o crierio dea en la permisi+ilidad la e-cepcionalidad por raarse de )n derec"o personal:simo dic"o derec"o, es decir <)e solo a*eca o !enera )na o+li!aci/n a la persona ")mana, por raarse de )n "ec"o de la sal)d, esa de+e d#rsele prioridad eniendo en consideraci/n ? no perder de $isa el principio de la s)premac:a de la realidad *#cica ? el *in s)premo de la persona ")mana, de manera <)e siendo as: ? esando acrediado la SALUD DES1UEKRAADA de la madre de la s)scria <)ien se encar!a de c)idar, diri!ir, $elar ? aender al menor Fa+ricio Al*aro A!)ilar, proecci/n del Inerese S)perior del menor ? el ancianoG Ar. 5 Consi)ci/n Pol:ica del esado. Es decir +ao esa premisa no e-ise nin!)na ora persona como la s)scria
para poder c)idar ? $elar por mi madre, <)ien re<)iere )na diea espec:*ica ? c)idadosa, <)e a *in de c)enas $iene complicado los dem#s /r!anos de s) c)erpo, ? como lo reco!e sendas opiniones Le!ales al respeco especialmene de sal)d como )si*icaci/n de la preensi/n, como senencias del Tri+)nal Consi)cional, por lo mismo es meneser por imperio de norma ? de ra%ona+ilidad l/!ica de proecci/n admiir la preensi/n. OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines de la presene $ario mi domicilio procesal en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. OTROSI DIMO.6 1)e, para los e*ecos de s)senar adec)adamene el pedido, impero se me conceda el pla%o de '8 min)os a *in de <)e el A+o!ado Eosen A+el Le/n Llallico, realice el In*orme Oral correspondiene para la c)al se *ie *ec"a ? "ora con al *in. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 7> de A+ril del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico Caso N° : scrito : De*ensa Le!al para odos Cuaderno : r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o.
.
001. Principal. Pide admitir nuevos medios pro"atorios y otro.
SEJOR DIRECTOR REMIONAL DE LA SALUD DE HUANCAVELICA.
AKIMAIL FERNANDINA AMUILAR CARHUAACA en la adminisrai$a so+re preensi/n de desa<)e a la DIRESA de )n:n ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, con la *inalidad de s)senar ? acrediar la $erosimili)d del derec"o in$ocado, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de ad)nar medios pro+aorios <)e )si*ican n)esra preensi/n, siendo lo si!)iene0 '.6 La parida de nacimieno de mi menor "io, con la <)e en e*eco e-ise )n enroncamieno *amiliar con la s)scria, adem#s <)e dic"o menor en la *ec"a $iene ara$esando )na crisis de depresi/n por los pro+lemas <)e se "a comenado ? e-plicado aneriormene, lo c)al "ace <)e la s)scria es necesario s) presencia con dic"o menor ? e$iar c)al<)ier e$en)alidad. 7.6La consancia del rendimieno acad2mico, con el c)al dem)esro <)e mi menor "io a consec)encia de dic"as circ)nsancias por la <)e $iene ara$esando personalmene, no p)ede asimilar en s)s es)dios, presencia maernal del c)al es necesario declarar *)ndada el desa<)e. 5.6 Re*erencia m2dica. >.6 E-amen psicol/!ico, <)e dem)esra el momeno pos ramiico de mi menor "io, en c)ano a s) esado emocional por la dis*)nci/n *amiliar, en ra%/n de <)e con s) padre no se da la relaci/n paerno *ilial por pro+lemas *amiliares, e incl)so an e-isido serios "ec"os de :ndole *amiliar,, lo c)al con*orme a n)esro sisema ci$il6 *amiliar, crea )na %o%o+ra no solo social, sino acad2mica ? personal, lo c)al "ace <)e, mi presencia en el seno *amiliar, adem#s <)e mi seora madre se e enc)enra en i!)al esado de sal)d, "ec"os <)e )si*ican ser admiido n)esra preensi/n. OTROSI DIMO.6 1)e, reiero el pedido del in*orme oral, para los e*ecos de s)senar adec)adamene el pedido, impero se me conceda el pla%o de '8 min)os a *in de <)e el A+o!ado Eosen A+el Le/n Llallico, realice el In*orme Oral correspondiene para la c)al se *ie *ec"a ? "ora con al *in. POR LO EPUESTO. A Ud., Seor Direcor, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, '7 de a?o del 78'5.
Dr. Exp. N° : scrito Cuaderno Sumilla
: Correlativo. : Principal. : Pide &nforme /ral por 01 minutos.
SEJOR DEL DIRECTOR DE LA UNUDAD DE MESTION EDUCATIVA LOCAL DE HUANCAVELICA. ARTIN MONQALES TAIPE, en el proceso adminisrai$o so+re In"a+iliaci/n adminisrai$a, por senencia )dicial ane Ud., con incia consideraci/n di!o0
1)e, Ha+iendo rec)rrido en rec)rso de reconsideraci/n *rene la Resol)ci/n Direcoral No 8'5>=678'56 UMELH, en la <)e se res)el$e in"a+iliar al s)scrio por = aos, con la *inalidad de conradecir ? s)senar n)esro rec)rso de reconsideraci/n, solicio el )so de la pala+ra por espacio de '8 min)os a *in de <)e el lerado EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, e*ec)2 el In*orme Oral correspondiene a <)ien le *ac)lo al dili!encia ? pido me represen e en dic"o aco adminisrai$o, para la c)al solicio se seale d:a ? "ora, en ra%/n de <)e se $iene "aciendo )na inerpreaci/n inadec)ada de la in"a+iliaci/n. OTROSI DIMO.6 1)e, i!)almene sealo mi domicilio procesal en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, para los *ines de c)al<)ier in*ormaci/n ? noi*icaci/n, +ao responsa+ilidad. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor Direcor, pido admiir lo soliciado, ? resol$er con*orme a Le?, declarando *)ndada la peici/n. H)anca$elica, '7 de a?o del 7,8'5.
Primero.6 1)e, si +ien es ciera oda persona iene derec"o al eercicio de s) de*ensa en la reclamaci/n de )n derec"o o conradicci/n del mismo, esa de+e re!irse no solo por los *ilros de cali*icaci/n procesal, sino oros principios de $eracidad, lealad ? pro+idad procesal, la misma <)e ello dem)esra la cond)ca procesal del )sicia+le. A pare de ello con la inspiraci/n de sisema ci$il moderno ? la as)nci/n del iniserio de la de*ensa de+e conener lo m:nimo de esos principios p)es como seala el )risa Calamandrei.6 @La $erdad no es )n ro)lo, ni )na pala+ra $ac:a, sino el ac)ar de oda )na $ida, por lo mismo la irria preensi/n de la acora no coniene ello, sino serie de *alacias, as: como s)
ar!)menaci/n con*)nde los acos procesales de disinas insi)ciones, por ello reco!emos el ar!o )r:dico, <)e0 @m)c"as $eces la $erdad resiene ? molesa conra <)ienes se oponer ? acBan con maledicencia ello lo dem)esra en el p)no )no, ? en oros p#rra*os de la misma al)de "ec"os aenos a la preensi/n la misma <)e s) )%!ado no de+e ener en c)ena al *iar el <)an)m, mas por el conrario ello es )n si!no $isi+le propio del inerillae, <)e no es ora cosa la demosraci/n de la po+re%a )r:dica con las <)e acBan al!)nos )sicia+le ? s) de*ensa, promo$iendo la crisis de la adminisraci/n de )sicia. Se!)ndo.6 Kao ese carril de ideas, seor la menira $iene de +ra%o con la inmoralidad con la <)e se cond)ce la acora ? s) de*ensa, c)ando sealan <)e se enc)enra s) condici/n la+oral denro de los alcances del Ar. ' de la Le? No 7585' <)e de manera o%)da a!re!a <)e s) la+or e*eci$a es del 87 de A!oso del 78'7 al 8= de A!oso del 78'=, as)mimos <)e es )na li!ere%a o menirilla )r:dica de la de*ensa, empero lo ciero es <)e, el acor n)nca la+oro "asa el d:a 8= de A!oso del 78'= con*orme as: se iene el c)aderno de Re!isro ? Conrol de Asisencia de la icro Red de Sal)d de Sania!o de C"ocor$os, <)e se ad)na copia simple del d:a 8' de A!oso del 78'=, a)n c)ando no es maeria en el presene incidene ca)elar, empero para sais*acer s) c)riosidad )r:dica del acor, "acemos el es*)er%o de demosrar lo conrario, es decir "a *alseado la $erdad apro$ec"#ndose de )n doc)meno *also e-pedido con "ec"os e-ra)diciales ? acos de corr)pela al O+sera )an Carlos Cr)% ac")ca, la c)al no "a considerado la acora con la Bnica *inalidad de o+ener )na $enaa procesal, 1)ien miene a <)ien.. Empero, si +ien el c)esionamieno ? *)ndameno de la acci/n n)li*icane so+re la Resol)ci/n No 8', c)ando en $erdad es as: con*orme se ad$iere de dic"a medida ca)elar, es decir el )e% al momeno de cali*icar de+i/ e-i!ir al acor la a)ori%aci/n ? s)scripci/n de la misma, por<)e pareciera <)e solamene la A+o!ada, es <)ien presene la edida Ca)elar con nom+re ? apellido del acor, lo c)al es ca)sal de N)lidad, por c)ano con*orme se iene lo prescrio en el Ar. '=' del Adei$o Ci$il, <)e !)arda relaci/n con lo prescrio con el Ar. 575 ? 57> Inc. '' del mismo c)erpo le!al, <)e seala <)e0 @La *irma del demandane, s) presenane o de s) apoderado ? la del A+o!ado, la c)al no ser# e-i!i+le solamene en los procesos de alimenos, el secreario ceri*icara la ")ella di!ial del demandane anal*a+eo odi*icado por el La Le? No 7(5=4G, la c)al es )na mandao in$aria+le de la norma, <)e sin la c)al no podemos admiir dic"a medida, al c)al no podemos perder de $isa <)e, es )na e-i!encia le!al o+li!aoria. Por lo mismo de+er# declararse *)ndada la preensi/n n)li*icane.
Tercero.6 Concomiane con ello, es ciero <)e el acor "a s)scrio el Aca de le!ali%aci/n de *irma por el c)rso, como e*eco de la e-i!encia de la conraca)ela, lo c)al no p)ede con$alidar dic"a le!ali%aci/n de *irma con la a)ori%aci/n de la demanda, lo c)al son dos insi)ciones disinas. Sin em+ar!o en el p)no 5 de la a+sol)ci/n, se seala <)e, con la an)encia de s) Despac"o, me apersone a la secrearia ? s)scri+: la solici)d de medida ca)elar lo c)al es compleamene *also, por la sencilla ra%/n <)e el d:a de "o? se apersono el Asesor Le!al de La Merencia empla%ada ? al promediar las '8.=8 de la maana ? se compro+/ <)e la medida ca)elar se enc)enra sin *irma ? solamene e-ise )na l:nea $erical con l#pi%, p)es no es "oneso alerar la $erdad, ?a <)e no podemos ar!)menar *anasiosa ? erradamene <)e al "a+er le!ali%ado s) *irma respeco de la conraca)ela, s)si)?e la *irma en la demanda, p)es esa pos)ra es ani)r:dica, por raarse de dos momenos disinos, o "ec"os independienes enre s: como acos procesales, en ra%/n de <)e la primera es re<)isios de la admonici/n de la manda como e-i!encia de la a)ori%aci/n del derec"o a la )ela ? eercicio del derec"o in$ocado, mienras <)e, el se!)ndo es )na e-i!encia como re<)isio procesal de la demanda, <)e como !aran:a procesal de la apariencia del derec"o o el peli!ro de ries!o procesal nace la conra ca)ela, <)e no es ora cosa )no de los elemenos de esenciales de la medida ca)elar, en con ec)=ncia el acor $iene con*)ndiendo enre la a)ori%aci/n ? *irma de la demanda con la le!ali%aci/n de *irma como pres)p)eso de conraca)ela. C)aro.6 De lo plasmado en los p)nos primero al <)ino de la incoada, no dem)esra m#s <)e s)s does de in$enora ? +)scar )na esraa!ema pos)laoria como para darle al!o de *)ndameno a s) irria preensi/n de alimenos. La car!a de la pr)e+a corresponde al )sicia+le por "a+er ale!ado "ec"os a s) *a$or, o por<)e de ellos se coli!e lo <)e se solicia0 @.. de eso res)la el principio de la car!a de la pr)e+a <)e coniene )na re!la de cond)ca para el )%!ador, en $ir)d del c)al, c)ando *ala la pr)e+a del "ec"o <)e sir$e de pres)p)eso a la norma )r:dica <)e )na pare in$oca a s) *a$or, de+e *allar de *ondo ? en conra de esa pare.. Ese principio "a sido plasmado en el Ar. '49 del Adei$o Ci$il, el <)e seala0 Carga de la prueba. Art. 196.- Salvo disposición legal diferente, la carga de probar corresponde a quien airma ecos que coniguren su pretensión, o quien las contradice alegando nuevos ecos.
Empero lo <)e sosiene menda%mene en s) preensi/n la acora, no "a pro+ado por lo <)e a enor de lo prescrio in$aria+lemene en el Ar. 788 del Adei$o Ci$il, de+e declararse improcedene s) preensi/n por ins)*iciencia pro+aoria, como seala+a Kinder.6 La pr)e+a es el alma del proceso, ? si esa no
e-ise, la preensi/n de$iene en ino*icioso la c)al de+e rec"a%arse. Por lo mismo e-ise ca)sal maerial de e$idencia pro+aoria de N)lidad de s) irria demanda ? en especial <)e acredie <)e de+er:a "a+er s)scrio la demanda el acor con)namene con s) A+o!ado, p)es, la $erdad es <)e no FIRO LA DEANDA ? como e-i!encia le!al lo de+i/ "a+erlo "ec"o <)e a decir de ada!io si!)iene para il)srarle a la de*ensa del acor0 @La relaci/n <)e e-ise enre el A+o!ado ? la $erdad, es m#s ani!)a como la <)e e-ise enre el dia+lo ? el a!)a $endia, ?a <)e de+e )no ac)ar con $eracidad ? no crear )na *alsa e il)soria perspeci$a al cliene como s)ele darse, como si el A+o!ado *)era el arisa de la $erdad, d#ndole al pro*ano de lo <)e ellos no ienen ? c)ando esa le raiciona c)lpar al )sicia+le, ad)ciendo <)e el ;r!ano )risdiccional e e<)i$oco o n le aendi/ s) crierio as: como los medios de pr)e+a <)e incl)so nos ad$ieren <)e no e-ise la $erosimili)d del derec"o in$ocado. Sec. 0 Dr. E. K)samane E-p. No 0 C)aderno 0 Principal. S)milla 0 Se Apersona ? se allana A proceso. SEJOR DEL PRIER UQMADO EN LO CIVIL DE HUATARA. ROCIO ANMELICA TRENIJOS NOA ? MENARO USTO LLERENA CARDENAS, en a)os se!)idos por Eosen A+el Leon Llallico, so+re c)mplimieno de o+li!aci/n de "acer oor!amieno de escri)ra p)+licaG de +ien inm)e+le ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+iendo omado conocimieno de la presene, me apersono a la insancia ? sealo mi domicilio procesal en el r. .., l)!ar donde se nos "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. OTROS` DIMO.6 1)e, siendo el esado de la presene ca)sa ? con*orme a la preensi/n de+emos sealar <)e en e*eco con el demandane sos)$imos )n aco conrac)al so+re compra $ena de )n +ien inm)e+le descrio en la demanda, ? si +ien como propiearios en s) opor)nidad no se "a saneado con*orme a le? empero e-ise )na imposi+ilidad <)e "asa la *ec"a n)esra $endedora no nos c)mple con e*ec)ar la escri)ra pB+lica, al c)al no podemos e-enderla al dem#ndae dic"a insr)menal )r:dico, por lo <)e NOS ALLANAAOS A LA PRETENSION EL PROCESO, al amparo de lo prescrio en el Ar. ==8 del C/di!o Procesal de Ci$il ? concordanes, para la c)al s) )dica)ra de+er# resol$er con*orme a le?, la misma <)e en e*eco nos rai*icamos en dic"a compra$ena
del inm)e+le, <)e corresponde la i)laridad como se!)ridad )r:dica al demandane, de+iendo el )%!ado ordenar se le oor!)e la correspondiene escri)ra pB+lica ane la Noaria respeci$a. . OTROS` DIMO.6 En consec)encia, esando a <)e se "a sealado *ec"a ? "ora para la dili!encia de Inspecci/n )dicial en el mismo inm)e+le, esa pare procesal seala <)e no es necesario, por c)ano as)mimos los 2rminos de la preension. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, pido admiir lo soliciado, ? resol$er con*orme a Le?. H)a?ar#, 7' de ar%o del 7,8'5.
Dr. L. Tenorio Exp. N° : scrito Cuaderno Sumilla
: Correlativo. : Principal. : Contradice 2ulidad y ad$unta prue"as de nuevos #ec#os.
SEJOR DEL UQMADO ITO INVESTIMACI;N PREPARATORIA DE HUATAR. MERENCIA SUK REMIONAL DE HUATAR, de+idamene represenado por s) Merene )an Zilliam Rodas Aleos, ideni*icado con D.N.I. No 7=73933= en a)os se!)idos por V:cor Romel Velarde Ocampo, so+re Proceso Conencioso Adminisrai$o ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+iendo omado conocimieno de la presene, me apersono a la insancia ? sealo mi domicilio procesal en el r. )nicipal sn del cercado de H)anca$elica Inerior O*icina de Asesor:a Le!alG Local de la Merencia S)+ Re!ional de H)a?ar#, l)!ar donde se nos "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. OTROS` DIMO.6 1)e, i!)almene nom+ro como mi de*ensor al lerado <)e a)ori%a el presene A+o!. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, ideni*icado con s) carne No 837 del Il)sre Cole!io de A+o!ados de H)anca$elica, <)ien as)mir# la de*ensa en odo ? c)ano *)ere de Le? a *a$or de la Merencia S)+ re!ional de H)a?ara. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, pido admiir lo soliciado, ? resol$er con*orme a Le?. H)a?ar#, 7' de ar%o del 7,8'5.
Dr. L. Tenorio Exp. N° : scrito Cuaderno Sumilla
: Correlativo. : Principal. : Contradice 2ulidad y ad$unta prue"as de nuevos #ec#os.
SEJOR DEL UQMADO ITO INVESTIMACI;N PREPARATORIA DE HUATAR. MERENCIA SUK REMIONAL DE HUATAR, de+idamene represenado por s) Merene )an Zilliam Rodas Aleos, ideni*icado con D.N.I. No 7=73933= en a)os se!)idos por L)is Carlos e!o Ori%, so+re Proceso Conencioso Adminisrai$o ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+iendo omado conocimieno de la presene, me apersono a la insancia ? sealo mi domicilio procesal en el r. )nicipal sn del cercado de H)anca$elica Inerior O*icina de Asesor:a Le!alG Local de la Merencia S)+ Re!ional de H)a?ar#, l)!ar donde se nos "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. OTROS` DIMO.6 1)e, i!)almene nom+ro como mi de*ensor al lerado <)e a)ori%a el presene A+o!. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, ideni*icado con s) carne No 837 del Il)sre Cole!io de A+o!ados de H)anca$elica, <)ien as)mir# la de*ensa en odo ? c)ano *)ere de Le? a *a$or de la Merencia S)+ re!ional de H)a?ara. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, pido admiir lo soliciado, ? resol$er con*orme a Le?. H)a?ar#, 7' de ar%o del 7,8'5. III.6 FUNDAENTOS UR`DICOS. N)esra a+sol)ci/n se s)sena en lo prescrio en el Ar. 557 del adei$o Ci$il ? Ar. II del T. P. del Adei$o Ci$il ? Ar. 'G, 7G Inc. 7=, 75 n)meral @a ? ", as: como del Ar. 5G ? '8=G de n)esra Cara a!na, p)es, m#s all# de n)esro derec"o ? de los medios pro+aorios con de la demanda implican )n a)2nico a+)so de derec"o, <)e al decir del raadisa PLANIOL.6 odo aco a+)si$o, por lo mismo <)e es l:cio, no es el eercicio de )n derec"o, ? el a+)so del derec"o no consi)?e )na cae!or:a disina )r:dica del aco il:cio. EL DERECHO CESA DONDE COIENQA EL AKUSO. A pare de ese crierio neamene s)sani$o, in$ocamos el a*orismo NEO TENETUR EDERE CONTRA SE, <)e es precepo del
derec"o procesal pro+aorio, se!Bn el c)al nadie esa compelido a s)minisrar ? admiir pr)e+as en s) conra, +ene*iciando al ad$ersario. Ese a*orismo romano iene aplica+ilidad a ese caso, c)?o anecedene am+i2n es# en el derec"o Mermano, como en el caso de las a+sol)ciones de posiciones ? en ello no se p)ede s)minisrar maerial de e$idencia a s) ad$ersario en liis, menos acepar como cieras, como re*iere DIAQ DE MUAARRO. Valoraci/n pro+aoria. As: como del Ar. 537 ? ss del C/di!o Ci$il as: como del Ar. '=8, 575, 57>, 557 ? del C/di!o Procesal Ci$il, empero el acor no c)ena con idoneidad para enerla ? c)sodiarla con*orme lo seala la le? por el ermino emporal <)e d)re s) $isia por "a+er roo os senimienos m#s p)ros de *amiliaridad con s)s "ios, de la misma <)e no p)edo ren)nciar al derec"o de madre *rene a la ad$ersidad en conra de mis "ias ? "acerme a la desenendida <)e, si +ien se "a creado )na circ)nsancia especial, es por lo <)e "a propiciado el mismo acor, sin em+ar!o seora )e%, por la misma na)rale%a del proceso, as: como de del derec"o reclamado, de+e necesariamene de+o ener sosener con "ilaridad <)e, el propio acor es <)ien propicia la ne!ai$a de las $isias de s)s "ios ? p)edan de*inir $ol)nariamene *inalmene lo prescrio en el Ar. 35 ? (4 del C/di!o de los Nios ? Adolescenes.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. @Le/n Llallico Exp. No : 001*/- 201*-0-1101-(,-P%-02. De*ensa Le!al para odos scrito : 01. Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Se apersona a la instancia Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. $urisdiccional y otro. Sec. 0 Dr. E. K)samane
SEJOR COISARIO DE LA COISARIA SECTOORIAL DE SANTA ANA DE HUANCAVELICA. VICTORIANO SOTO CAHUAA, Ideni*icado con D.N.I. No 7=7359'', con domicilio real en la A$. Andr2s A. C#ceres sn del Karrio de ananaco, en la den)ncia inerp)esa respeco del ro+o en a!ra$io de Os$aldo Jaa 1)ispe ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando a la *ormali%aci/n de la den)ncia penal, me apersono a la insancia, para los *ines de Le?, sealando mi domicilio procesal en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica l)!ar donde se nos "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones. OTROSI DIMO.6 1)e, i!)almene nom+ro como mi A+o!ado al lerado <)e a)ori%a el presene EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, <)ien as)mir# mi de*ensa en los 2rminos <)e la Le? nos *ran<)ea. POR LO EPUESTO. A Ud. Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, '= de a?o del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. @Le/n Llallico Expediente : De*ensa Le!al para odos scrito : 02. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Cuaderno : Principal. Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. Sumilla : Solicita copias
certificadas del li"ro del Acta de Sesión de Conse$o y otro.
SEJORA UEQ DEL HUANCAVELICA.
PRIER
UQMADO
EN
LO
PENAL
DE
EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, A+o!ado de*ensor del inc)lpado Desn? Ta<)ia )rado, en la insr)cci/n <)e se le si!)e por la s)p)esa comisi/n del ilicio penal conra la Li+erad Se-)al en s) modalidad de Violacion Se-)al en a!ra$io de .. ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, con la *inalidad de demosrar ? acrediar la inocencia de mi de*endido el imp)ado, $en!o por ane $)esra )dica)racon la *inalidad de o*recer los /r!anos de pr)e+a0 . Con D.N.I. No ., de oc)paci/n, casado, domiciliado en el , ? don,. C)?a incidencia pro+aoria es <)e dic"os esi!os declararan <)e mi de*endido el dia de los "ec"os n esa+a mareado ? no *)e la persona <)e comeio el "ec"o imp)ado. OTROSI DIMO.6 I!)almene con dic"a *inalidad de la inocencia solicio la ampliaci/n de s) declaraci/n insr)ci$a del inc)lpado, con la *inalidad? perinencia de aclarar al!)nos p)nos <)e no *)eron ocados enlos pasaes de dic"a declaraci/n, por c)ano el A+o!ado del mismo ? del c)al *)e omado de sorpresa, esnecesario aclarar al!)nos p)nos. OTROSIS DIMO.6 1)e, esando a la eclaracion de ., solicio la dili!encia de con*ronaci/n enre ? el inc)lpado. OTROSI DIMO.6 1)e, por oro lado a*in de demosrar <)e la menor $iene miniendo respeco de la imp)aci/n, asi como <)e el dia de los "ec"os di%<)e "a podido sindicar conra mi de*endido con l)os de deealles, <)e si +ien o es la rea ac)aci/n de la menor, por el principio de le!alidad ? <)e no aene conra el de+ido proceso, imperamos se somea a dic"a menor a la CAARA MESESL con la *inalidad de compro+ar la $erdad, irre!)laridad <)e por lo !eneral comee la Pollicia Nacional insr)cor de la Dele!acion de I%c)c"aca
<)ien recepciono ? omo la re*erencial de la menorG, pracica )s)al ? coidiana de la PNP, especialmene en los procesos de esa na)rale%a. POR LO EPUESTO. A Ud., Seora Recora, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 7> de ar%o del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. . !uerrero @Le/n Llallico Expediente : 00+*8-2007-0-1101-(,-C-02 scrito : Correlativo. De*ensa Le!al para odos Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : Se se*ale fec#a y #ora de Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. lan+amiento y /tro.
SEJOR UEQ DEL SEMUNDO UQMADO EN LO CIVIL HUANCAVELICA. COLEMIO DE AR1UITECTOS DEL PERX REMIONAL HUANCAVELICA, represenado por s) Decano Ed!ar R)i% Villa, en a)os se!)idos por la Caa de A"orros ? Cr2dios H)anca?o, so+re O+li!aci/n de Dar S)ma de Dinero ? Eec)ci/n de Maran:a Hipoecaria conra ar"a Ledesma A?)<)e ? Zaler H)i%a A?)<)e ? oro ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+iendo ransc)rrido m#s del iempo ra%ona+le para <)e los empla%ados nos "a!an la enre!a del +ien maeria de ad)dicaci/n, empero m#s por el conrario leos de enre!arnos de manera pac:*ica con*orme esa ordenado en a)os o deen e-pedio para la posesi/n, $iene creando "ec"os aenos a la $erdad, *alsi*icando :)los de propiedad, sim)lando $ena <)e per)dica a mi parocinada, por lo <)e solicio se *ie *ec"a ? "ora para la reali%aci/n del LANQAIENTO de los oc)panes c)ales <)iera <)e sea ? $iene oc)pando, para la c)al se solicie personal policial ? !aranice al personal del )risdiccional ? se maerialice dic"a dili!encia. P)es, esando a la dilaci/n de $)esra )dica)ra en pron)nciarse respeco del proceso de Tercer:a en e-ceso, impero se seale *ec"a ? "ora para dic"a dili!encia, por "a+er <)edado consenida ? eec)oriada. OTROSI DIMO.6 1)e, i!)almene se ordene ? a)orice el descerrae ? allanamieno del +ien, en el "ipo2ico caso ne!ado <)e los eec)ados enorpe%can dic"a dili!encia, para la c)al de+er# omarse las pre$isiones del ceso ? como c)esi/n complemenaria se a)orice <)e esa pare procesal o*rece la conc)rrencia de )n cerraero con al *in. OTROSI DIMO.6 1)e, en calidad de n)e$o Decano del Cole!io de Ar<)iecos me aperson/ a la insancia acrediando mi represenaci/n para los *ines de la presene ? <)e a parir de la *ec"a mi persona es <)ien "ar# la de*ensa del Cole!io, en consec)encia se en!a en c)eno *)ere de Le?.
POR TANTO. A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, '4 de a?o del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS Dr. @Le/n Llallico Caso : 201'De*ensa Le!al para Todos scrito : Correlativo. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Cuaderno : Principal. Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o. Sumilla : 3o que indica
respecto de los actuados y otro.
AL SEJOR FISCAL DE LA PRIERA FISCALIA DE HUANCAVELICA. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, A+o!ado de*ensor del den)nciado VICTORIANO SOTO CAHUAA, en la in$esi!aci/n preliminar por la
pres)na comisi/n del il:cio penal conra la $ida, el C)ero ? la sal)d en s) modalidad de Lesiones !ra$es se!)idas de m)ere, en a!ra$io de Os_aldo Jaa 1)ispe ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando el esadio procesal de la presene proceso, me apersono a la insancia para la c)al sealo mi domicilio procesal en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, l)!ar donde se me "ara lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. OTROSI DIMO.6 1)e, . POR TANTO.6 A Ud. Seoria Fiscal, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, 74 de Enero del 78'5.
Dra. Expediente : 011''-2012-0-1101-(,-C-
AKOMADOS ASOCIADOS 01 @Le/n Llallico scrito De*ensa Le!al para odos Cuaderno r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla Pe. Los La)reles N ''>6788, T6H?o.
SEJOR UEQ HUANCAVELICA.
DEL
SEMUNDO
: Correlativo. : Principal. : Apersonamiento y otro.
UQMADO
ENLO
CIVIL
DE
COLEMIO DE AR1UITECTOS DEL PERX 6 REMIONAL HUANCAVELICA, represenado por s) decano EDAMAR RUIS VILLAR, en a)os se!)idos por AELIA, HUAAN HUARANCA RAFAEL APCCLLA RIVEROS, so+re ercer:a de propiedad ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al esado del proceso, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de apersonarme como n)e$o represenane de la demandada COLEMIO DE AR1UITECTOS DEL PERX, para la c)al rai*ico mi domicilio procesal sealado en a)os, para la c)al ad)no copia de mi D.N.I ? credencial respeci$o. OTROSI DIMO.6 1)e, solicio <)e se sanee el proceso, con*orme a le?, as: mismo siendo el esado de la presene se seale *ec"a para la a)diencia de conciliaci/n, la misma <)e de+e de "acerse de o*icio pese al iempo rasc)rrido, . POR TANTO.6 A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, '4 de a?o del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n llallico )sicia le!al para odos r. Torre Ta!le No '7= H$ca. Paseo la Krea No '7> O*. ''= H?o.
Secretario %p. %scrito
: Dr. R. Mendoza : 00+7-2010-0-1101-(,-P%-01.
: Correlativo. Cuaderno : Principal. Sumilla : &mpetro re#a"ilitación por
prescripción de reglas de conductas y otro
SEJOR UEQ DEL PRIER UQMADO ESPECIALIQADO EN LO PENAL. HECTOR PAKLO PALOINO MARCIA, en la insr)cci/n <)e se me si!)e por el s)p)eso il:cio penal conra la adminisraci/n pB+lica en s) modalidad de Pec)lado ? al$ersaci/n de Fondos en a!ra$io de la )nicipalidad de Acoria ane )sed aenamene di!o. 1)e, Ha+iendo sido senenciado a la pena pri$ai$a de li+erad de 5 aos ? el periodo de pr)e+a de 7 aos, ? al pa!o de la reparaci/n ci$il de S. 7,888.88 n)e$os soles, as: como la pena accesoria de in"a+iliaci/n de ' ao para eercer el mandao en la adminisraci/n pB+lica, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de imperar la re"a+iliaci/n de mis derec"os, +ao lo si!)iene0 Primero.6 1)e, mediane el presene proceso el s)scrio *)e procesado por el delio conra la adminisraci/n pB+lica en s) modalidad de Pec)lado ? al$ersaci/n de Fondos, "a+iendo sido senenciado con car#cer de pena s)spendida, mediane senencia de *ec"a 7> de )nio del 7889. Es )n derec"o de oda persona la re"a+iliaci/n como )na *orma de reinserci/n a la sociedad como es )na de las *inalidades de del Derec"o penal ? la pena, empero para ello de+e esar de+idamene aco!ida en la le?, as: como los pres)p)esos e-i!enes en la norma para el presene. De manera <)e *rene a ello de+e e-isir la ra%ona+ilidad del derec"o in$ocado <)e, en n)esro caso de+e enerse en c)ena n)esras circ)nsancias por el c)al imperamos la re"a+iliaci/n, "ec"os aenos a n)esra $ol)nad <)e no podr:amos omarla como )n desa*:o al Cole!iado como mandao de la senencia, eso re*erido a la re!la de cond)ca imp)esa del Re!isro de Firma cada =8 d:as ? )si*icar las aci$idades reali%adas por el s)scrio. Se!)ndo.6 Kao esa premisa, si +ien el s)scrio de+er:a c)mplir con dic"a re!la de cond)ca por el periodo anes sealado, an ciero es <)e en mi condici/n de Ar<)ieco, !eneralmene mi ra+ao se reali%a+a en la localidad de Saipo, empero al concl)ir con mi conrao con dic"a enidad de Saipo, *)i a ra+aar en la )nicipalidad de Rio Tam+o, donde ad<)ir: o *)i cona!iado por la en*ermedad de la @alaria ? el Den!)e, <)e por
esrae!ia medica esa no iene raamieno m2dico, sino casero "ec"o <)e me "a posrado en cama por m#s de dos aos al <)e no p)de conc)rr:a esa ci)dad de H)anca$elica a c)mplir con la re!la de cond)ca imp)esa del Re!isro de Firma, <)e a la *ec"a se "a $encido el pla%o ? la pena, por lo <)e solicio se me re"a+ilie con la *inalidad de se!)ir ra+aando, p)es a la *ec"a en!o )na car!a *amiliar a <)ien sosener ? no p)diendo ra+aar por las consec)encias de la senencia, no me permien la+orar, por lo <)e ra%ona+lemene de+e re"a+iliarme en mis derec"os especialmene en la re"a+iliaci/n de la pena accesoria de ' ao para eercer o reci+ir mandao en la adminisraci/n p)+lica. Consec)enemene esando a <)e por ra%ones aenas a mi $ol)nad no "e podido c)mplir con el re!isro de *irma, solcio se en!a en c)ena esas circ)nsancias <)e a la *ec"a me enc)enro +ien de sal)d, para la c)al c)mplir2 con el pa!o de la reparaci/n ci$il como corresponda ? de ac)erdo a mi alcance. Preensi/n <)e la in$oco ano m#s <)e no "a e-isido el re<)erimieno anes del $encimieno de la pena. De manera <)e alernai$amene de ser el parecer del Cole!iado se pron)ncie por la pena no dicada con*orme lo esa+lece el Ar. 9' del C/di!o Penal. OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines del presene $ario mi domicilio procesal en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. OTROSI DIMO.6 I!)almene nom+ro como mi de*ensor al lerado <)e a)ori%a el presene A+o!. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, <)ien as)mir# mi de*ensa en odo ? c)ano p)eda ser permiido por la le?. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor Presidene, pido lo soliciado por ser )sa ? con*orme a le? H)anca$elica, '7 de a?o del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n llallico )sicia le!al para odos r. Torre Ta!le No '7= H$ca. Paseo la Krea No '7> O*. ''= H?o.
Secretario %p. %scrito
: Dr. ". #u$ez :
: Correlativo. Cuaderno : Principal. Sumilla : &mpetro re#a"ilitación por
prescripción de reglas de conductas y otro.
SEJOR PRESIDENTE DE LA SALA ESPCIALIQADA PENAL LI1UIDDORA. ULIO CESAR LANDEO OREON, en la insr)cci/n <)e se me si!)e por el s)p)eso il:cio penal conra la adminisraci/n pB+lica en s) modalidad de Pec)lado ? al$ersaci/n de Fondos en a!ra$io de la )nicipalidad Disrial de Rosario ane )sed aenamene di!o. 1)e, Ha+iendo sido senenciado a la pena pri$ai$a de li+erad de 5 aos ? el periodo de pr)e+a de 7 aos, ? al pa!o de la reparaci/n ci$il de S. =,>88.88 n)e$os soles, as: como la pena accesoria de in"a+iliaci/n de ' ao para eercer el mandao en la adminisraci/n pB+lica, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de imperar la re"a+iliaci/n de mis derec"os, +ao lo si!)iene0 Primero.6 1)e, mediane el presene proceso el s)scrio *)e procesado por el delio conra la adminisraci/n pB+lica en s) modalidad de Pec)lado ? al$ersaci/n de Fondos, "a+iendo sido senenciado con car#cer de pena s)spendida, mediane senencia de *ec"a '4 de mar%o 78'7. Es )n derec"o de oda persona la re"a+iliaci/n como )na *orma de reinserci/n a la sociedad como es )na de las *inalidades de del Derec"o penal ? la pena, empero para ello de+e esar de+idamene aco!ida en la le?, as: como los pres)p)esos e-i!enes en la norma para el presene. De manera <)e *rene a ello de+e e-isir la ra%ona+ilidad del derec"o in$ocado <)e, en n)esro caso de+e enerse en c)ena n)esras circ)nsancias por el c)al imperamos la re"a+iliaci/n, "ec"os aenos a n)esra $ol)nad <)e no podr:amos omarla como )n desa*:o al Cole!iado como mandao de la senencia, eso re*erido a la re!la de cond)ca imp)esa del Re!isro de Firma cada =8 d:as ? )si*icar las aci$idades reali%adas por el s)scrio. Se!)ndo.6 Kao esa premisa, si +ien el s)scrio de+er:a c)mplir con dic"a re!la de cond)ca por el periodo anes sealado so+re el re!isro de *irma cada =8 d:asG, an ciero es <)e en mi condici/n de padre de *amilia, desempleado, !eneralmene mi ra+ao se reali%a+a en di$ersas localidades en la+ores a!r:colas ? oros por<)e no en!o ni o*icio, ni pro*esi/n, empero al concl)ir mi
conrao di$ersas personas o al!)nas empresa pri$adas del c)al ni si<)iera me pa!an con el s)eldo m:nimo $ial o similares "ec"os, me p)se mal de sal)d, no "a+iendo podido ser deecado por los !alenos <)e a *in de c)enas c)enas me c)rado con "ier$as caseras en mi domicilio d)rane el c)al no "e podido caminar especialmene, menos ra+aar, lo <)e "a "ec"o <)e por esrae!ia medica esa sa no iene raamieno m2dico, sino casero "ec"o <)e al "a+erme posrado en cama cama por por $ari $arios os mese mesess HE DE DEADO ADO DE FIR FIRAR AR como como re!la e!la de cond)ca ? no p)de conc)rr:a esa ci)dad de H)anca$elica H)anca$elica desde el mes de a!oso del 78'= a la *ec"a, empero a c)mplir con la re!la de cond)ca imp)esa del Re!isro de Firma no se p)do por moi$os <)e se al)de en l:neas arri+a, <)e a la *ec"a se "a $encido el pla%o ? la pena, por por lo <)e solicio solicio se me re"a+ili re"a+ilie e con la *inalidad *inalidad de se!)ir se!)ir ra+aando, p)es a la *ec"a en!o )na car!a *amiliar a <)ien sosener ? no p)diendo ra+aar por las consec)encias de la senencia, no me permien la+orar, por lo <)e ra%ona+lemene de+e re"a+iliarme en mis derec"os especialmene en la re"a+iliaci/n de la pena accesoria de ' ao para eercer o reci+ir mandao en la adminisraci/n p)+lica. Tercero.6 1)e, siendo la re!la de cond)ca a<)ella <)e iene por *inalidad de poner en c)esi/n e comporamieno del sene senenc ncia iado do,, an an cier ciero o es <)e, <)e, d)ra d)ran ne e el laps lapso o dee deerm rmin inad ado o el )%!ador le concede el pla%o para <)e como periodo de pr)e+a p)diera c)mplir#s ella, es <)e, en ra%/n <)e $e:a re!isrando s) *irma con*orme a la senencia ? al "a+erse posrado en cama, <)e dee de "acerla o c)mplir con dic"a re!la, por lo <)e al "a+er c)mplido el 78 de ar%o del presene ao, el periodo de pr)e+a de dic"a re!la, es <)e de+e darse por c)mplido, sin <)e esa circ)nsancia si!ni*i<)e )n desa desa*: *:o o al /r!a /r!ano no )ri )risd sdic icci cion onal al,, resp respec eco o de las las conse consec) c)en enci cias as )r:dicas de la senencia condenaoria, Consec)enemene esando a <)e por ra%ones aenas aenas a mi $ol)nad no "e podido podido c)mplir c)mplir con el re!isro re!isro de *irma, *irma, solcio solcio se en!a en!a en c)ena c)ena esas circ)nsa circ)nsancias ncias <)e <)e a la *ec"a me enc)enro +ien de sal)d, para la c)al c)mplir2 con el pa!o de la repar eparac aci/ i/n n ci$i ci$ill como como cor correspo espond nda a ? de ac)e ac)errdo a mi alca alcanc nce. e. Preensi/n <)e la in$oco ano m#s <)e no "a e-isido el re<)erimieno anes del $encimieno de la pena. De manera <)e alernai$amene de ser el parecer del Cole!iado se pron)ncie por la pena no dicada con*orme lo esa+lece el Ar. 9' del C/di!o Penal. En el ema de s)spensi/n de la pena, por raarse de, pr#ci pr#cicam camen ene e )n bsBper bsBperbb +ene*i +ene*icio cio,, para para a<)ell a<)ellos os senen senencia ciados dos prim rimeri% eri%o os com como en el caso caso del del s)sc s)scri rio, es de s)p s)poner ner <)e o+$iamene de+en manenerse cieras re!las de )e!o )e!o.. Para el caso son son las re!l re!las as de cond)ca cond)ca,, las <)e pasaremos a desarrollar. En el c/di!o penal, los ar:c)los <)e se encar!an del ema son los <)e $an
del >3 al 9', sin em+ar!o para raar espec:*icamene lo <)e son las re!las de cond)ca ca+e re$isar el ar:c)lo >(, <)e a la lera dice lo si!)iene0 Ar:c)lo >(.6 Re!las de cond)ca. El )e% al oor!ar la condena condicional, impondr# las si!)ienes re!las de cond)ca pre$isas en el re*erido aric)lado, empero en el presene ? por los c)ales re%a n)esra preensi/n el de0 Comparecer personal personal ? ? o+li!aoriamene al )%!ado, para in*ormar ? )si*icar s)s aci$idades cada =8 d:as. Siendo Siendo as:, pasaremos pasaremos a desarrol desarrollar lar el an#lisis correspondiene, de+ido a <)e siendo sinceras, en la docrina no "a? m)c" m)c"a a in*ormaci/n in*ormaci/n so+re el ema, e-cepo al!)nos a)ores <)e se limian a be-plicarb al!)nos eemplos de las re!las de cond)ca, sin enrar a )n deallado an#lisis del mismo. En primer l)!ar, ca+e mencionar <)e las re!las de cond)ca no son )na condici/n solo para la aplicaci/n de la s)spensi/n de la pena pri$ai$a de li+erad, ?a <)e am+i2n enconramos la aplicaci/n de las re!las de cond)ca en los casos de reser$a del *allo condenaorio o en la li+erad condicional. Por lo ano, se ded)ce <)e las re!las de cond)ca no son aplica+les Bnicamene a esa medida alernai$a de pena pri$ai$a de li+erad. Oro p)no para desacar seria <)e, si sa+emos <)e la s)spensi/n de la pena iene s) *)ndameno en la pre$enci/n especial, eso es, en la bproecci/nb <)e se le de+e dar al delinc)ene a)n c)ando ese ?a "a comeido )n delio, es de s)poner <)e ane la s)spensi/n de la mism misma a se de+a de+an n impo impone nerr cier ciera ass re!la e!las, s, <)e <)e *)nc *)ncio iona nar:a r:an n como como par#meros para bmedirb la cond)ca del s)eo, ? deerminar <)e s) ac)ar anerior, es decir la comisi/n del delio, no se $a a $ol$er a repeir, ?a <)e s) +)ena cond)ca, as: lo "a demosrado. Con respeco a la redacci/n redacci/n del del ar:c)lo <)e raa espec:*icamene de las re!las de cond)ca enemos )na discordancia !ramaical, ?a <)e n)esro c/di!o "a sido in*l)enciado, no decimos <)e "a copiado, por el "er "ermano mano c/di c/di!o !o de Colom+ia Colom+ia,, siendo as: enemos <)e, en la s)milla del cap:)lo IV, el :)lo es La s)spensi/n de la pena, sin em+ar!o al mencionar, en el ar:c)lo >4 so+re las re!las de cond)ca dice dice00 bEl bEl )e% )e% al oor oor!a !arr la cond conden ena a cond condic icio iona nal, l, impo impond ndr# r# las las si!)ienes re!las de cond)ca Gb, c)ando en realidad de+er:a decir0 bEl )e% al oor!ar la s)spensi/n de la pena pri$ai$a de li+erad impondr# Gb. Ac)almene en n)esro c/di!o podemos decir <)e las re!las de cond)ca se esa+lecen en n)mer)s aper)s, eso de+ido al inciso se-o del ar:c)lo en menci/n <)e m#s adelane deallaremosG. Sin em+ar!o enemos as: <)e "asa mediados del mes de A!o A!oso so se $en $en:a c)m c)mplie plien ndo ello ello,, empe emperro pos poser erio iorr por por o
precedenemene dic"o se de/ de c)mplirlas, la c)al de+e enerse en c)ena para la re"a+iliaci/n con*orme al moi$o sealado, como se dio <)e, especi*ican los s)p)esos de aplicaci/n de la s)spensi/n de la pena ? en oros casos se especi*ica am+i2n las re!las de cond)ca cond)ca a aplicar aplicar de+en ser so+re so+re la +ase de la na)rale%a na)rale%a misma misma del "ec"o p)es en ese caso se dio as: ? los $enia c)mpliendo. OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines del presene $ario mi domicilio procesal en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. Le?. OTROSI DIMO.6 DIMO.6 I!)almene nom+ro como como mi de*ensor de*ensor al lerado <)e a)o a)ori ri%a %a el pres presen ene e A+o! A+o!.. EOST EOSTEN EN AKEL AKEL LEON LEON LLALL LLALLIC ICO, O, <)ie <)ien n as)mir# mi de*ensa en odo ? c)ano p)eda ser permiido por la le?. le?. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e% S)perior, pido admiir ? declarar *)ndado lo soliciado por ser )sa ? con*orme a le? H)anca$elica, 75 de ar%o del 78'5.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n llallico De*ensa le!al para odos r. r. Torre Torre Ta!le Ta!le No '7= H$ca. Paseo la Krea No '7> O*. ''= H?o.
Dr. J. Meza
E,p"'i")$"
: %%&'()*%+')%) +&+*)J,)FC)%+ scrito : Correlativo : Correlativo Cuaderno : Principal. : Principal. Sumilla : &mpetra incorporación incorporación al proceso y Su"sana
SEJOR UEQ DEL UQMADO DE PAQ LETRADO DE LA PROVINCIA DE CHUPACA. OEL ALKINO ANCCASI VERA, en a)os <)e se me si!)e so+re presaci/n de alimenos alimenos por doa S)san )liea Ver!ara Ver!ara Po$es Po$es ane )sed di!o. 1)e, esando a la resol)ci/n <)e declara inadmisi+le la a+sol)ci/n ? "a+i2ndose declarado inadmisi+le los de la maeria $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de s)+sanar las omisiones anoadas, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de imperar la incorporaci/n del proceso ? se me en!a en c)ena ello.
OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines de la presene ? la noi*icaci/n de los acos procesales ? por con$enir a mis inereses procesales, sealo como domicilio procesal en el r. Coronel M)erra No '98, O*. 787 de la Pro$incia de C")paca H)anca?o, l)!ar donde se me "ara lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. POR LO EPUESTO0 A Ud. Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le? H)anca?o, 79 de No$iem+re del 78'=.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n llallico De*ensa Le!al para Todos r. Torre Ta!le No '7= H$ca. Paseo la Krea No '7> O*. ''= H?o.
Dr. J. Huaman. 00&'2-2011-0-1101-(,-C-01
scrito : Correlativo. Cuaderno : Principal. Sumilla : Se /frece informe escrito y otro.
SEJOR PRESIDENTE DE LA SALA CIVIL DE HUANCAVELICA. MONQALO CORTEQ PALOINO, en a)os se!)idos conra la )nicipalidad Pro$incial de H)anca$elica, so+re N)lidad e ine*icacia de Resol)ci/n aco adminisrai$oG ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando a los 2rminos de la senencia ? al dicamen del iniserio P)+lico No =77678'= por s)s *)ndamenos ? a *in de <)e $)esro Despac"o opine por la con*irmaoria de la misma, $en!o a o*recer el si!)iene in*orme escrio, en lo si!)iene0 '.6 Se iene <)e la senencia no coniene nin!)na ca)sal de N)lidad, por c)ano la seoria )e% "a res)elo declarando *)ndada la demanda por c)ano se "a demosrado ser propieario del +ien el acor, as: como "asa la *ec"a de la apelaci/n la empla%ada )nicipal
no "a ACREDITADO EN AKSOLUTO ser propiearia, menos :)lo de propiedad al!)na, simplemene sealan )n plan de Desarrollo Ur+ano, la <)e no p)ede s)si)ir con :)lo de propiedad, es decir n)nca se lle$/ a ca+o como e-i!e la le? dic"a e-propiaci/n. 7.6 Se "a acrediado <)e d)rane el proceso adminisrai$o sancionador por pare de la empla%ada )nicipalidad, la e-isencia de la $)lneraci/n del de+ido proceso, por lo mismo conc)erda con la <)e e-ise el a+)so de a)oridad, es decir la ar+irariedad en dic"os acos, con*orme lo reconoce la senencia. =.6 Respeco del dicamen del represenane del iniserio P)+lico, "a e*ec)ado )n ra%onamieno l/!ico, p)es al preender <)e se con*orme dic"a senencia del )%!ado, es )samene por<)e no enconr/ nin!)na ra%/n *#cica o )r:dica para an)lar o re$ocar la senencia, de manera <)e, si +ien es ciero la *inalidad del Procedimieno Conencioso Adminisrai$o es <)e el Poder )dicial eercer conrol de la ac)aci/n de la adminisraci/n pB+lica a ra$2s del /r!ano )risdiccional, es por ello <)e si +ien de manera o%)da ale!an ser propiearios ello es en *)nci/n del s)p)eso Plan de Desarrollo de H)anca$elica, <)e no es )samene )n :)lo de propiedad, por ello es <)e solicia <)e se con*orme dic"a senencia. 5.6 as all# de s)s *)ndamenos ? ar!)menos es2riles de la empla%ada )nicipalidad, en odo s) de*ensa +)rdamene seala <)e odo os acos adminisrai$os son le!ales, no "a+iendo nada ile!al, nada irreal, nada il:cio irre!)lar, sin em+ar!o si ad$erimos <)e el inicio de la noi*icaci/n de sanci/n o m)la, seala <)e se "a?a e*ec)ado )na consr)cci/n sin la licencia de consr)cci/n respeci$a ? las *ormalidades de Le?, c)ando simplemene es )na c)+iera con ?)e pl#sico, <)e no es consr)cci/n, sino proecci/n, poseriormene a ello, al declarar in*)ndado el descar!o ? la reconsideraci/n ane la imposici/n de la m)la seala <)e, denro de los > d:as de+e desoc)par el +ien, sin indicar la )si*icaci/n especi*ica. >.6 Finalmene no se "a acrediado adem#s "a+er consr)ido )n apial de 5 meros lineales en la $:a p)+lica, *)era de los l:mies de la propiedad de mi de*endido, p)es, ale!an ser propiearios pero no ad)nan maerial de e$idencia de s) propiedad, es decir en ese caso el proceso de e-propiaci/n de dic"a #rea, adem#s <)e a la *ec"a con los mismos *)ndamenos, so+re los mismos "ec"os n)e$amene "a sido sancionado mi de*endido ? por la misma S)+ Merene Misela Pareas ora, a sa+iendas <)e ?a se enc)enra )diciali%ado, ad)ciendo <)e es por oro "ec"o, como se acredia con la insr)menal respeci$a. 9.6 Si +ien la empla%ada al momeno de inerponer elrec)so imp)!naorio de Apelacion, "a sealado <)e esa pare procesal no "a acrediado ser la propiearia del inm)e+le
Por lo mismo e- e-presi/n de )sicia ? no e-isiendo moi$os *)ndados ? o+ei$os para re$ocar la senencia, mas por el conrario se enc)enra con*orme a le?, moi$aci/n adec)ada ? m#s <)e nada la )si*icaci/n *#cica ? )r:dica de la decisi/n )r:dica )dicial por el c)al declara *)ndada en pare n)esra preensi/n, de+e con*irmarse dic"a senencia con*orme es# declarado ella, p)es si +ien se e-presan <)e los "ec"os no son as: no e-ise nin!)na pr)e+a en conrario, son dic"os ? dic"os, es m#s concl)ido el proceso el )e% le "a soliciado el e-pediene de e-propiaci/n del +ien por la )nicipalidad a la empla%ada, n)nca remiieron <)edando claro ? concreo, <)e mi de*endido es el Bnico propieario ? s) s)p)esa consr)cci/n en el "ipo2ico caso ne!ado se enc)enra denro de s) propiedad ? o re<)iere licencia de consr)cci/n, por lo <)e de+e acceder n)esra preensi/n. OTROSI DIMO.6 1)e,
POR LO EPUESTO0 A Ud. Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, '9 de Diciem+re del 78'=.
Dra. AKOMADOS ASOCIADOS 201'-0+' @Le/n Llallico scrito : Correlativo De*ensa Le!al para Todos. Cuaderno : Principal. r. Torre Ta!le N '7= H$ca. Sumilla : &mpetro Requerimiento Pe. Los La)reles N ''>6788, Tam+o6H?o. y otro.
SEJOR FISCAL DE LA PRIERA FISCALIA UEQ DEL UQMADO DE LA INVESTIMACION PREPARATORIA DE HUANCAVELICA. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, A+o!ado de*ensor del imp)ado, PATRICIO HUAAN PATAN, en la in$esi!aci/n preparaoria <)e se le si!)e por la pres)na comisi/n conra la Adminisraci/n P)+lica en s) modalidad de al$ersaci/n de *ondos ? oro en a!ra$io de la )nicipalidad disrial de Pa)cara 6 Aco+am+a ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al esado del presenane proceso, ? en eercicio del derec"o de acci/n ? peici/n consa!rado en el Ar. 7 Inc. 78G de n)esra Cara a!na, me apersono por ane $)esro Despac"o a *in de soliciar se en!a en c)ena n)esra ar!)menaci/n )r:dica ? se declare INFUNDADA EL RE1UERIIENTO DE PRISI;N PREVENTIVA, soliciada por el represenane del iniserio P)+lico con la ar!)menaci/n plasmada en s) disposici/n por los si!)ienes *)ndamenos si!)ienes0 Primero.6 El procedimieno consi)?e el mecanismo *orma por e-celencia por el c)al el esado +)sca la $erdad maerial a ra$2s de los /r!anos )risdiccionales del *)ero ci$il o miliar al s)eo p)eso ? someido a in$esi!aci/n )dicial, para penar o a+sol$er de las imp)aciones e*ec)adas en s) conra, de manera <)e esa de+e lle$ar al con$encimieno ? cere%a al )%!ador, la <)e de+e ponderar los medios pro+aorios ? el maerial pro+aorio de e$idencia para delimiar s) si)aci/n )r:dica del imp)ado. Sin em+ar!o el proceso como al de+e conener los crierios normai$os ? de "ec"o en la inerpreaci/n como cond)ca de la persona ")mana. Empero "a? m)c"os crierios do!m#icos ? )r:dicos al respeco de los procesalisas, p)es, Cesar San ar:n.6 seala <)e0 @El o+eo del proceso penal es )n *ac)m ? no )n i)s o crimen, ?a <)e el sisema ac)saorio !ra$ia no en la cali*icaci/n )r:dica, menos en la pena prop)esa, sino en el "ec"o delici$o, en el "ec"o cali*icado enender ello para considerar <)e la in$esi!aci/n de+e ser la crisali%aci/n de la compro+aci/n de la c)lpa+ilidad del imp)ado ? s) responsa+ilidad con la e-isencia del ipo penal, en s)s elemenos con*i!)rai$os de s) e-isencia en la in$esi!aci/n ? no solamene por la simple sindicaci/n de )na persona.
Seor )e%, la persona ")mana es el *in s)premo de la sociedad ? el esado ? como al el derec"o a la $ida ")mana es el derec"o de ma?or rele$ancia )r:dico penal, c)?a *inalidad es proe!erla en odo s) senid por ende ienen car#cer consi)cional pri$ile!iada, por lo mismo la poesad del poder p)nii$o del esado de+e respear no solo ese derec"o, sino en lo m:nimo ca)elar <)e no se p)ede aenar conra ella, +ao los principios ? !aran:as de la adminisraci/n de )sicia del moderno Esado de derec"o, <)e se !aranicen los derec"os ? !aran:as *)ndamenales del ac)sado denro del mecanismo procesal penal. Empero en a)os si +ien no conc)rren los pres)p)esos para )%!arle denro del procedimieno por el )%!ado de la in$esi!aci/n preparaoria, sino por )n crierio errado del represenane del iniserio P)+lico se da )na disina iniciaci/n del proceso, s)si)?2ndola di%<)e por la na)rale%a del proceso ? oros crierios no 2cnicos. Frene a esa realidad el !ran )risa, Carnel)i.6 Seala+a lo si!)iene0 @..des!raciadamene la )sicia es# "ec"a de al manera, <)e no solamene se "ace s)*rir a los "om+res por<)e son c)lpa+les, sino am+i2n para sa+er si son c)lpa+les o inocenes e*eci$amene acerado crierio por c)ano no e-ise la necesidad de procesar las cond)cas +ao ese /r!ano )risdiccional, sino en oro proceso ordinario comBn ? no como lo seala el Fiscal. En consec)encia, "a de enenderse <)e, enre los principios <)e ri!en la ac)aci/n de los represenanes del iniserio P)+lico, es#n el de o+ei$idad, imparcialidad. Es p)es, area del iniserio P)+lico, no solamene ser el persec)or del ipo penal, sino la de cola+orar en la a$eri!)aci/n de la $erdad maerial del delio ? enc)adrar s) decisi/n al Derec"o Penal maerial, es decir al derec"o s)sani$o con la o+li!aci/n de proceder o+ei$a e imparcialmene. En al senido, el iniserio P)+lico @...G no es )n a!ene eec)or de la )risdicci/n sino s) par, en la adminisraci/n de )sicia, en ese senido, es llamado a e*ec)ar )n )icio )r:dico independiene ...G. Cla)s Ro-in. Posici/n )r:dica ? areas *))ras del iniserio P)+lico. El iniserio P)+lico en el proceso penal Ad6"oc. K)enos Aires, '443G. Finalmene si!ni*ica <)e, los represenanes del iniserio P)+lico, es#n s)eos solamene a la consi)ci/n Pol:ica del esado, norma s)pranacionales de proecci/n a los derec"os ")manos, s) le? or!#nica ? s) li+re crierio denro de la a)onom:a <)e am+i2n le conoce la a!na Le?, represenado por s) p)eso, en el #m+io penal, las normas s)sani$as ? odo de lo <)e ellos emanen de al *orma <)e s)s decisiones es#n s)eas a c)al<)ier ipo de iner2s. El seor Fiscal S)premo Pa+lo S#nc"e% precisa <)e0 @El principio de imparcialidad <)e ri!e la ac)aci/n del iniserio P)+lico .....G O*rece dos $erienes, )na o+ei$a ? ora s)+ei$a.
O+ei$amene la imparcialidad consi)?e )n crierio, in*l)o o ac)aci/n <)e se coneca con la s)eci/n a la le!alidad ? deri$a de ello, lo <)e impondr:a e impone al Fiscal el de prescindir <)e c)al<)ier oro crierio, in*lio o iner2s la imparcialidad en cone-i/n con la le!alidad le e-i!e p)es ano ac)sar a los pres)nos responsa+les del ipo penal ? *alas, como de*ender a los in)samene ac)sados por oros s)+ei$amene, la imparcialidad se mani*iesa como )n de+er del Fiscal, <)e le impone el separar el plano de la creaci/n de crierios ? de ac)aci/n de las ideolo!:as personales, para ac)ar o+ei$amene la Le?. Pa+lo S#nc"e% Velarde, ciando a Conde6P)mpido Ferre?ra, c#ndido. El iniserio Fiscal. Na$ara. '444G. Seor )e%, de+emos sealar como )na c)esi/n pre$ia ane s) ac)aci/n de+emos lo si!)iene0 @Nin!Bn ar!)meno es an adec)ado para mosrar la na)rale%a eminenemene pr#cica del derec"o, s) plena ? per*eca ad"erencia a la $ida o+ei$a ? primac:a de la realidad *#cica, no solo de la sociedad, sino del "om+re del derec"o. No "a? iner*erencia parcial al!)na enre "om+res, no "a? conro$ersia posi+le, por m)? complicada e impre$isa <)e sea, <)e no admia ? e-i!e )na sol)ci/n )sa ? )r:dica ciero +ao el principio de le!alidad ? $eracidad. P)es, la d)das e incerid)m+res p)eden persisir d)rane el lar!o el lar!o iempo en el CAPO TE;RICO, empero an ciero es <)e ello se de+e despear en el ransc)rso del mismo proceso <)e el derec"o ? la ima!inaci/n pr#cica del )%!ador "a de lo!rarse. Por lo mismo del an#lisis de lo plasmado en la ac)saci/n maeria de inerpreaci/n, m)c"as $eces se imp)a inde+idamene o no se aplica )n de+ido crierio de ipicidad so+re los "ec"os in$esi!ados. Como )na c)esi/n pre$iamene de+emos disin!)ir con m)c"a o+ei$idad ? +ao los principios de consi)cionalidad, le!alidad ? del de+ido proceso el "ec"o con el "ec"o )r:dico en armon:a con el crierio de discrecionalidad la san criicaG con la <)e el aparao esaal *)nci/n del a!isradoG "a de )%!ar al ac)sado para )n aplicaci/n de la correca aplicaci/n de la norma desinado a )n pron)nciamieno como e-oneraci/n de e<)idad enre lo <)e +)sca el esado con la iner$enci/n m:nima del derec"o se!)ridad de la sociedadG ? el respeo de los derec"os *)ndamenales de la persona ")mana someido a )sicia, como )na *orma de conrol social de la sociedad. De manera <)e esando a la imp)aci/n del miniserio pB+lico <)e, por ciero no es concrea, a)n c)ando necesariamene se re<)iere de ello, se iene <)e s)p)esamene mi persona "a+r:a mal$ersado los *ondos de la O+ra, para ora o+ra, la c)al no es ciera, e-ise )na incon!r)encia por pare de la ac)saci/n en el senido <)e se "a+r:a des$iado los *ondos a ora *in <)e no esa+a desinado.
PRUEKAS0 '.6 Consancia domiciliaria e-pedido por el )e% de Pa% de Pa)cara. 7.6 Declaraci/n )arda de ra+ao. =.6 Fian%a personal a *a$or del s)scrio, demosrando <)e no e-ise 5.6 i declaraci/n inda!aoria ane la Fiscal:a, demosrando <)e no e-ise el ......... OTROSI DIMO.6 1)e, para los *ines de la presene in$esi!aci/n inermedia, sealo mi domicilio real en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. OTROSI DIMO.6 1)e, el presene lo "a!o de con*ormidad a lo prescrio en el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial, en represenaci/n de mi de*endido. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seoria )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a Le?. H)anca$elica, '5 de No$iem+re del 78'=.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico De*ensa Le!al para Todos. scrito : r. Torre Ta!le No '7= H$ca. Cuaderno : Paseo la Krea No '7> O*. ''= H?o. Sumilla :
Dra. R. Mendoza 00+0'-201'-0-1101-(,-P%-01
Correlativo Principal. /frece testimoniales de descargo y otros.
SEJOR UEQ DEL PRIER UQMADO ESPECIALIQADO EN LO PENAL DE HUANCAVELICA. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, A+o!ado de*ensor del in$esi!ado Sania!o ar:ne% H)am#n, en la insr)cci/n <)e se le si!)e por el s)p)eso il:cio conra la Vida, el C)ero ? la Sal)d en s) modalidad de Lesiones !ra$es se!)idas de m)ereG en a!ra$io de arcos ar:ne% H)am#n ane Used con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando a las declaraciones de los a!ra$iados ? e-isiendo conradicciones en las mismas, ? con la *inalidad OTROSI DIMO.6 1)e, la presene lo reali%o d con*ormidad con lo esa+lecido por el Ar. 748 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial, en +ene*icio ? represenaci/n de mi parocinado. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a le? H)anca$elica, ( de No$iem+re del 78'=.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n llallico )sicia le!al para Todos r. Torre Ta!le No '7= H$ca. Paseo la Krea No '7> O*. ''= H?o.
Secretario
: Dra. . Ce-ida
!uerrero %p. %scrito
: 011''-201'-1101-(,-C-01.
: Correlativo Cuaderno : Principal. Sumilla : ,educe 2ulidad y
SEJOR UEQ DEL SEMUNDO UQMADO EN LO ESPECIALIQADO EN LO CIVIL. COLEMIO DE AR1UITECTOS DEL PERU REMIONAL HUANCAVELICA, de+idamene represenado por s) decano arco Anonio Ari%apana Almonacid, ideni*icado con D.N.I. No 78875''(, en a)os se!)idos por Ra*ael Apacclla Ri$eros ? Amelia H)am#n H)aranca, so+re ercer:a de propiedad, conra Zaler H)i%a A?)<)e ? ora ane )sed aenamene di!o. I.6 DE LA PRETENSION PROCESAL. 1)e, esando a lo plasmado en la preensi/n de los acores Ra*ael Apacclla Ri$eros ? Amelia H)am#n H)aranca, con la *inalidad de <)e se e-cl)?a de la eec)ci/n del remae con el lan%amieno, $en!o por ane $)esra )dica)ra ?
ded)cir N)lidad de ac)ado n)lidad del A)o Admisorio ? dem#s acosG, as: como a+sol$er la irria e inc/l)me preensi/n de ercer:a, por s) emeraria ? *alsedad del :)lo <)e la s)sena, +ao lo si!)iene0 Primero.6 F)ndameno de la N)lidadG.6 Tan ciero es <)e, la )ela )risdiccional es a<)el derec"o <)e iene oda persona ")mana, para el eercicio o de*ensa de )n derec"o, la misma <)e de+e esar prem)nida de cieras e-i!encias le!ales para el eercicio de )n derec"o o s) de*ensa, a)nado a ello de+emos ener presene <)e, para el desen$ol$imieno correco del proceso ? la liis, de+e conemplarse los principios de ra%ona+ilidad ? le!alidad, <)e no es ora cosa el respeco del de+ido proceso ? s)s acos, como !aran:a de la adminisraci/n de )sicia ransparene ? $ia+le. Por lo <)e, no se p)ede esar cada insane rerora?endo acos <)e s)p)esamene se "a?an ol$idado o se reine!ren por )n inadec)ado an#lisis de los "ec"os al momeno de sanear ? lle$ar a ca+o las dem#s dili!encias como en el presene, <)e, Bnicamene ienen a dilaar innecesariamene el proceso. 1)e, no solo los acos procesales de las pares de+en ser o+ei$os ? reales +ao el principio de la $eracidad ac)aci/n ? cond)ca procesal, sino denro de la e-i!encia le!al ? *#cica de los "ec"os, la misma <)e rascender# en el res)lado del proceso como m#-ima decisi/n. C)ando ello se e$ia con ellos di$orciados con la $erdad ? con la Bnica *inalidad de o+ener )na $enaa procesal o con "ec"os <)e iene apariencia de le!al, por la ar!)cia ? di%<)e "a+ilidad )r:dica del aric)lisa, !enera no solo )na desesperan%a o il)sa preensi/n, para la c)al se implemena "ec"os ani)r:dicos, <)e a *in de c)enas son p)ras acciones ani)r:dicas, raando de impresionar ? !anarle la $ena )r:dica al a!isrado para senirse complacido con la ilici)d reali%ada, como si *)era el m#s apasionado de*ensor prem)nido de la "onesidad ? $eracidad. A"ora +ien con*orme se iene los acores c)riosamene reci2n c)ando la senencia ordena el remae del +ien maeria de e-cl)si/n, ? m#s <)e nada "a+i2ndose ad)dicado al Cole!io de Ar<)iecos, c)ando e-ise dos c)esiones *)ndamenales, <)e el Cole!iado no "a omado en c)ena0 'G Como es <)e los eec)ados Zaler H)i%a A?)<)e ? ar"a Ledesma A?)<)e m#s de cinco aos "a as)mido )n proceso )dicial c)ando ?a no era s) propiedad, es decir como es <)e no sealo en el proceso <)e ?a no era s) propiedad, indicando el n)e$o propieario ? soliciar <)e lo emplacen a ello, no *)e as: por <)e en si era el propieario ? lii!o "asa la ad)dicaci/n 7G Como es <)e, n)nca se incorpor/ al proceso a sa+iendas <)e era de s) propiedad ? se "a+:a Hipoecado a *a$or de la Caa )nicipal de H)anca?o, por )na de)da ? es m#s poserior a s) s)p)esa ad<)isici/n, ? +ien !racias no "i%o nada ? "asa la *ec"a no lo den)ncio a s)s $endedores por "a+er !ra$ado )na
propiedad aena, de+iendo la preensi/n declararse N)la por improcedene. P)es la N)lidad corresponde declararla c)ando e-isa )n aco $icioso ? errado de )n aco o del mismo proceso, por ello el maesro De la Pla%a.6 disin!)e claramene so+re la n)lidad, c)ando dice <)e0 @....la in$alide% de los acos procesales, *)ndamenalmene, a la *orma en <)e se reali%an. Consi)ido $#lidamene al aco procesal, por lo <)e se re*iere al iempo, al modo ? al l)!ar, la discon*ormidad del aco con el *in <)e persi!a o s) *ala de adec)aci/n para alcan%ar ese, no in$alida sino <)e pri$a de e*icacia para alcan%ar el *in perse!)ido. La ine*icacia desde el p)no de $isa !eneral sir$e para indicar el *en/meno ....G en $ir)d del c)al a )n aco o ne!ocio )r:dico <)e de+e c)mplirse cieros re<)isios, el derec"o no lo reconoce en modo al!)no o los reconoce solo en pare, los e*ecos <)e le son propios o los reconoce oros e*ecos disinos. En s)ma p)ede ser la *ala de )no de los elemenos del ne!ocio )r:dico o del aco en si lle$ado a ca+o, como podr# ad$erirse en el presene no e-ise esa posi+ilidad o circ)nsancia, al <)e preende la pare conraria. Concomiane con ello al momeno de !ra$ar el +ien a *a$or de la enidad *inanciera, ane Re!isros pB+licos solamene se enconra+a inscrio a nom+re de los eec)ados Zaler H)i%a A?)<)e ? ar"a Ledesma A?)<)e, mas no as: de los ercerisas, di*erenciando enre $alide%, e ine*icacia sin e*eco le!alG o N)lidad o ine*icacia, preendemos <)e en el presene e-ise la N)lidad del aco procesal, c)?a consec)encias de+er:an ser ine*icaces en s) e-isencia, se eniende <)e la $aloraci/n de e*icacia es m#s amplia <)e la $alide%. Enonces los acos N)los son ine*icaces a condici/n de <)e la N)lidad se declare...G, pero esos p)eden ser, a $eces, no ser n)los. Una senencia no es e*ica% *rene a erceros, pero no es n)la a s) respeco. Una pr)e+a no p)ede ser e*ica% para demosrar de lo <)e <)iere la pare, pero no es n)la )c"as $eces la ine*icacia pro$iene, Bnicamene de "a+erse reali%ado el aco *)era de iempo, pero el imperar )na pr)e+a desp)2s del ermino "#+il, lo <)e no s)cede en el presene, p)es el a+o!ado de la pare de esar mareado )r:dicamene, con*)nde las insi)ciones procesales o es <)e no comprende el senido ? o+ei$o de cada c)al, de manera <)e solamene al no disin!)ir ello no prospera s) preend:an. Adem#s <)e, si se iene en c)ena <)e los acos procesales n)los res)lan ser ine*icaces ? a<)ellos <)e no son ine*icaces no necesariamene adolecen de N)lidad, se coli!e <)e la ine*icacia represena el !2nero ? la N)lidad la especie. Sin per)icio de ello la N)lidad procesal es el $icio <)e a*eca el aco procesal admisi/n de la preensi/nG, a)n c)ando el Cole!iado iene el crierio de la prosec)ci/n por ser la c)esi/n de *ondo, es clara la Le?, ? las normas de orden procesal son de orden
pB+lico ? de esrico c)mplimieno +ao sanci/n de N)lidad, no podemos irnos m#s all# de lo <)e la norma lo seala, por lo <)e so+re la N)lidad de admisi/n dela preensi/n <)e no procede poserior a la ad)dicaci/n al Cole!io de Ar<)iecos, lo oma de inapo para prod)cir e*ecos )r:dicos en el proceso, <)e por oro lado consideramos <)e es la declaraci/n de in$alide% del aco $iciado. I!)almene se p)ede considerar como el esado de anormalidad del aco procesal, ori!inado en la carencia de al!)nos de s)s elemenos consi)i$os, o en $icios e-isenes en ellos, <)e poencialmene los coloca en si)aci/n de ser declarados )r:dicamene in$#lidos, cre#ndose as: )n esado de anormalidad, <)e crea ) ori!ina la carencia de )no de s)s elemenos consi)i$os carencia de ca)sas de ese esado de anormalidad. En consec)encia como seala M)asp.6 @...si al!)no de los re<)isios mercados para los acos procesales no se da, el aco procesal <)eda $iciado por *ala de esa circ)nsancia, ?a <)e $icio de )n aco no es sino la a)sencia en el mismo de al!)no de los re<)isios <)e en el de+ieron conc)rrir. Es s)ma son los $icios )na consec)encia del inc)mplimieno en los re<)isios inr:nsecos ? e-r:nsecos necesarios para la e*icacia ? $alide% de los acos )r:dicos en !eneral. Por lo <)e de+e declararse *)ndada n)esra N)lidad. PRUEKAS.6 '.6 Resol)ci/n de la Se!)nda Sala i-a de H)anca?o en el E-pediene No 88'(3678'7686''8'6R6C8685, en los se!)idos conra la Caa )nicipal de A"orro ? Cr2dios H)anca?o, a!encia H)anca?o, por Pepe )an C")<)illan<)i Alia!a ? oros, so+re Tercer:a 7.6 I!)almene resol)ci/n senencia de $isa No 948678'7 ? 3'>6 78'=G, de la Primera Sala i-a de H)anca?o, en el E-pediene no =85678836546'>8'6R6VI685, se!)ida por la caa )nicipal de a"orro ? Cr2dios H)anca?o, a!encia H)anca?o conra Ed)arda Ale% Calder/n ? oro, so+re Eec)ci/n de Maran:a Hipoecaria, donde el ercero *)e ad)dicado Oscar Conreras V#s<)e%, le declararon improcedene la ercer:a e-cl)?ene de propiedad ? no procede la demanda. OTROSI DIMO.6 1)e, ? esando a <)e con *ec"a '(684678'=, se no noi*ico con a preensi/n ? "emos sido admiido como Liis consorcio necesario pasi$o, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de AKSOLVER LA PRETENSI;N denro del iempo "#+il de Le? al amparo de lo prescrio en el Ar. I del T.P. del Adei$o Ci$il, as: como en lo <)e seala n)esra Cara a!na en s) ar. ', 38 ? '8= <)e, nos !arani%an en respeco de la persona ")mana, la !aran:a del derec"o de propiedad, ? rep)dia el a+)so del derec"o, p)es la preensi/n no el eercicio le!al de )n derec"o, sino el a+)so del derec"o, la misma <)e de+e ser declarado in*)ndada, +ao lo si!)iene0
II.6 FUNDAENTOS DE LA CONTRADICCION. Primero.6 Seor, como comprender# el proceso so+re Eec)ci/n de Maran:a Hipoecaria se!)ida por la Caa )nicipal de a"orro ? Cr2dios 6 H)anca?o, a!encia H)anca$elica, <)e se ramio por ane $)esra )dica)ra, "a sido o+ei$o <)e en a<)ella opor)nidad, al c)al los empla%ado en dic"o procesoG, si +ien es ciero como irresponsa+lemene preenden li+erar de la ad)dicaci/n de s) propiedad con la complicidad no solo con el s)eo )lio H)i%a a)ri, <)ien, si +ien es ciero c)riosamene ? sospec"osamene no omo conocimieno <)e s) erreno es# "ipoecado ? remaado Por ello, de+emos recordarle a los acores ? s) de*ensa <)e, preenden e$iar el lan%amieno reci2n c)ando se "a+:a sealado le *ac"a del lan%amienoG, imp)#ndose como propiearios ? lo m#s c)rioso como a"ora sealan <)e lo "a+:an ad<)irido en el ao del 7883, no a*ronaron el proceso de eec)ci/n de !aran:a, peor aBn con o+ei$idad es de inerro!arnos, al enerarse de <)e s)s s)p)esos $endedores lo "a+:an "ipoecado s) propiedad, como <)e "asa la *ec"a no iniciaron nin!)na acci/n le!al conra los empla%ados, p)es en odo caso as)miendo la "ip/esis de los acores <)e le compraron de +)ena *e, as: como le!almene lo den)nciaron por esa*a, la resp)esa es clara ? sencilla por <)e la *esinaci/n de s)scri+ir min)as ? compra$enas so+re el mismo +ien iene por *inalidad e$iar el lan%amieno con "ec"os dolosos ? acos de corr)pela consi!)ieron s)p)esos :)los, como el despla%ado de )lio H)i%a a)ri, <)ien a"ora preende la e-cl)si/n le!al del +ien, sopree-o <)e le ad)dicaron por la $iolencia pol:ica, no ser:a nada raro <)e anes de la senencia del presene apare%ca )n n)e$o propieario del +ien m)c"as $eces la $erdad es d)ra ? resiene la inensi/n maliciosa de <)ienes, coaradas ? aric)laciones <)e *esinan los empla%ados, con conni$encia con los acores c)?a *inalidad es simplemene se eec)e el lan%amieno por ello de+emos sealar con a+sol)a con$icci/n <)e, la preensi/n es e-empor#neo como lo acrediaremos en adelane. Con esas pala+ras el maesro Calamandrei, comena+a las relaciones <)e e-ise enre los A+o!ados ? la $erdad, seala+a as: mismo <)e0 El Abogado, como el artista puede tener la virtud de descubrir y revelar los aspectos más recónditos y secretos de la verdad, hasta el punto de dar a los profanos, que no tiene la misma virtud; la impresión de que los hechos por el recogidos con amorosa fidelidad, son solamente una Se!)ndo.6 Kao ese de ideas, a+sol$emos invención su a. Pero el Abo adoorden no altera la verdad si
la irria ? emeraria preensi/n, con ponderaci/n ? mes)ra, empero como )na c)esi/n pre$ia de+o sealar lo si!)iene0 @)c"as $eces la $erdad resiene a <)ienes se conraponen con maledicencia, p)es, la $erdad no es )n ro)lo, ni )na pala+ra $ac:a, sino el ac)ar de odo
)na $ida. Por ello, la preensi/n se enc)enra pla!ada de *alacias, c)?o prop/sio es o+ener )na $enaa procesal, en conni$encia con los empla%ados ? erceras personas, s)r!iendo "ec"os sospec"osamene reci2n se incorporan en el presene como0 'G 1)e, si +ien los acores sealan <)e s) propiedad es el +ien maeria de ad)dicaci/n al Cole!io de Ar<)iecos del PerB Re!ional H)anca$elica, n)nca se ener/ ? no eercicio de s) de*ensa en el proceso de eec)ci/n de !aran:a "ipoecaria, as: como se "a+:a !ra$ado a *a$or de la enidad crediicia, NO DIO NADA, NO CUESTIONO LA DEANDA, SUPUESTAENTE NO SE OPUSO CONTRADIO LA DEANDA EL REATE DE SU KIEN...., la resp)esa es clara, c)riosamene el propieario de )n +ien a sa+iendas <)e s) propiedad esa+a siendo remaado s) +ien no "ace nada de nada 7G Como es <)e, los empla%ados a sa+iendas <)e ?a no son los propiearios del +ien, ran<)ilos ? pasmados e irresponsa+lemene as)men )n proceso )dicial so+re )n +ien aeno, es decir por <)2 no p)so de conocimieno del /r!ano )risdiccional ? di!a, <)e no iene ra%/n de dic"o proceso por<)e ?a no es el propieario, ? m#s por el conrario ASUE EL PROCESO HASTA EL REATE como si *)era el propieario ale!ando "asa dic"a *ec"a la de*ensa de dic"a propiedad como es <)e los a"ora empla%ados, no le com)nico <)e, el )%!ado lo "a+:a remaado s) propiedad ? as)ma la de*ensa, e incl)so desde el inicio de la demanda de eec)ci/n de !aran:a, por <)e....G. Si +ien as)miendo la pos)ra *alsa ? menirosa de los acores, como es <)e reci2n se eneran, ? a"ora preenden con aric)laciones s)spender el lan%amieno. Lo ciero es <)e esos "ec"os no solo dem)esra la irresponsa+le del iniserio de la de*ensa, sino $a mas all# como ple-o de la personalidad s) alo !rado de maldad, acos propio de la pr#cica del derec"o ani!)o ? del inerrilae, <)e no solo dem)esra )na po+re%a )r:dica, como es de conocimieno de s)s $ecinos, propios ? e-raos. Tercero.6 Lo <)e enemos <)e replicarle a los acores o a <)ien redaca la preensi/n el aric)lisa, <)e o%)damene seala <)e son propiearios del +ien, las consanes meniras <)e la $iere en s) preensi/n, p)es es *also <)e es s) propiedad. @Seor )e%, la menira $iene de +ra%o con la inmoralidad ? escapa de la realidad *#cica de los "ec"os, al alerar "ec"os ? circ)nsancias <)e consi)?en )n il:cio de *ra)de procesal ? Falsedad !en2rica enre oros il:cios penales c)ando seala *alsamene seala <)e, los acores "a+r:an ad<)irido el +ien en el ao del 7883, es decir m)c"o poserior al aco procesal $alido del remae ? la ad)dicaci/n, de manera <)e si nos remiimos al sisema ci$il per)ano ? procesal ci$il, en realidad la preensi/n no es ampara+le por c)ano la inensi/n no solo dolosa, sino ile!al de los acores, es IPROCEDENTE POR ETEPORANEO, por<)e asilo enendi/ no solo La Se!)nda Sala i-a de H)anca?o en el
E-pediene No 88'(3678'7686''8'6R6C8685, en los se!)idos conra la Caa )nicipal de A"orro ? Cr2dios H)anca?o, a!encia H)anca?o, por Pepe )an C")<)illan<)i Alia!a ? oros, so+re Tercer:a i!)almene la Primera Sala i-a de H)anca?o, en el E-pediene no =85678836546'>8'6R6VI685, se!)ida por la caa )nicipal de a"orro ? Cr2dios H)anca?o, a!encia H)anca?o conra Ed)arda Ale% Calder/n ? oro, so+re Eec)ci/n de Maran:a Hipoecaria, donde el ercero *)e ad)dicado Oscar Conreras V#s<)e%, le declararon improcedene la ercer:a e-cl)?ene de propiedad ? no procede la demanda en consec)encia as: lo seala la norma ? sendas )rispr)dencias donde comparen ese crierio de 9 a!isrados, <)e no solo rec"a%an la ercer:a e-cl)?ene de propiedad por ETEPORANEO, i!)al s)cede en el presene caso, no es ampara+le la preensi/n por e-empor#neo, no disc)iendo en ese proceso la $alide% del :)lo <)e con ano es*)er%o ? apasionamieno lo as)me el de*ensor, <)i2n solamene es )ili%ado por s) *irma, al <)e no podemos c)esionar, es el :ere del proceso, la c)al el /r!ano )risdiccional de+er# ener no solo presene, sino en c)ena el comporamieno de los empla%ados ? los acores, +ao el principio de la inmediaci/n. C)aro.6 Concomiane con ello ? lo precedenemene sealado, a nadie "ace dao )n poco de es)dio, para comprender <)e la preensi/n es improcedene, por "a+erse as)mido la preensi/n poserior al remae ? ad)dicaci/n, ano m#s "aciendo eco los *)ndamenos de "ec"o ? )r:dico de la a+sol)ci/n de la demanda de la enidad caa )nicipal de a"orro ? cr2dios 6 H)anca?o, <)ien sosiene en*#icamene <)e al momeno de !ra$ar para s) represenada, por imperio de le?, el Bnico propieario del +ien eran los empla%ados propiearios Bnicos ? primi!enios del +ien, lo poserior como aco )r:dico son n)los por adolecer ca)sales de N)lidad, en consec)encia, )r:dica so+re dic"a propiedad en los s)p)esos a"ora propiearios, son imperinenes, la misma <)e ")+ieran eercido el derec"o anes del remae, como seala la docrina0 @Teniendo por o+eo reclamar la pre*erencia para el pa!o, es na)ral <)e la ercer:a del derec"o de+a ser promo$ida necesariamene anes <)e el eec)ane "a?a co+rado s) cr2dio. Se "a declarado <)e conc)rre dic"o re<)isio si la iniciaci/n de la ercer:a es poserior a la s)+asa ? a los derec"os <)e la apr)e+an ? declaran e-in!)ida la "ipoeca, lo <)e implica ener compensado el precio de la compra con i!)al impore del cr2dio del acreedor "ipoecario <)e res)lo comprador, ? poserior i!)almene a la oma de posesi/n por el comprador, a)n<)e no se "a?a esr)c)rado, es decir poserior al remae ? la ad)dicaci/n <)e "a enido el Cole!io de Ar<)iecos, es improcedene la ercer:a como e-plica la docrina, por lo <)e de+e declarare in*)ndada por improcedene la demanda. Finalmene, la conni$encia se dem)esra en la presene, por c)ano
sospec"osamene los empla%ados no "an a+s)elo la demanda, si +ien le c)esiona <)e es s) propiedad se rema/ ? ad)dico el +ien, con ello preende ad)cir <)e iene el eercicio de la misma so+re el +ien, preendiendo con el silencio )n allanamieno #cio ? *a$orecerlo a los s)p)esos propiearios, <)e a +)en reca)do de+e eec)arse el lan%amieno <)e pese a ello la ac)aci/n de los acores ? los empla%ados $an m#s all# de "ec"os il:cios ? con a)sencia de la $erdad, preendiendo de*ender lo <)e ?a es# decidido, en *alsas perspeci$as del )sicia+le. P)es, la l)c"a de la $erdad en m#s ani!)a como la relaci/n <)e e-ise enre el dia+lo ? el a!)a +endia. La misma <)e no podemos l)c"ar conra la ad$ersidad )r:dica. III.6 VIA PROCEDIENTAL. La presene de+er# ramiarse denro de los alcances del Proceso a+re$iado IV.6 ONTO DEL CONTRADICTORIO. En el presene no es aprecia+le en dinero por c)ano la reclamaci/n es de p)ro derec"o. V.6 FUNDAENTO URIDICO. N)esra a+sol)ci/n se s)sena en lo prescrio en el Ar. 557 del adei$o Ci$il ? Ar. II del T. P. del C/di!o Ci$il ? Ar. 'G, 7G Inc. 7=, 75 n)meral @a ? ", as: como del Ar. 5G ? '8=G de n)esra Cara a!na, p)es, m#s all# de n)esro derec"o, los medios pro+aorios con los <)e me imp)an "ec"os aenos a la realidad *#cica de n)esras $idas, implican )n a)2nico a+)so de derec"o, <)e al decir del raadisa PLANIOL.6 odo aco a+)si$o, por lo mismo <)e es l:cio, no es el eercicio de )n derec"o, ? el a+)so del derec"o no consi)?e )na cae!or:a disina )r:dica del aco il:cio. EL DERECHO CESA DONDE COIENQA EL AKUSO. A pare de ese crierio neamene s)sani$o, in$ocamos el a*orismo NEO TENETUR EDERE CONTRA SE, <)e es precepo del derec"o procesal pro+aorio, se!Bn el c)al nadie esa compelido a s)minisrar ? admiir pr)e+as en s) conra, +ene*iciando al ad$ersario, es decir esa pare procesal no p)ede permiir ? acepar los medios pro+aorios ad)nados por los acores por ser *alsos. Ese a*orismo romano iene aplica+ilidad a ese caso, c)?o anecedene am+i2n es# en el derec"o Mermano, como en el caso de las a+sol)ciones de posiciones ? en ello no se p)ede s)minisrar maerial de e$idencia a s) ad$ersario en liis, menos acepar como cieras, como re*iere DIAQ DE MUAARRO. Valoraci/n pro+aoria. As: como del Ar. 47= del C/di!o Ci$il as: como del Ar. '=8, 575, 57>, 557 ? del C/di!o Procesal Ci$il, empero los acores no iene la idoneidad para poder reclamar la propiedad +ao los
2rminos de la ercer:a por "a+erse $encido el pla%o ? la opor)nidad de la misma. PRUEKAS. '.6 El m2rio del E-p. No 88>5(67883686''6R6CI687, Sec. I. M)errero, se!)ida por la Caa )nicipal de a"orro ? Cr2dios H)anca?o, A!encia H)anca$elica conra los empla%ados Zaler H)i%a A?)<)e ? ar"a Ledesma A?)<)e, so+re eec)ci/n de !aran:a Hipoecaria, en la el Cole!io de Ar<)iecos *)e ad)dicado el +ien maeria de liis, se acredia la e-isencia del proceso. 7.6 La e-"i+ici/n del Li+ro de Re!isro de in)as ? escri)ras p)+lica <)e se *acciono o s)scri+en en la Noaria ar:a orales Torres, de manera correlai$a ? ordenada del ao 7883, <)e lo de+er# e*ec)ar la ciada Noaria, +ao aperci+imieno de le? en caso de ne!ai$a. =.6 Plie!o inerro!aorio de pre!)nas <)e de+er# responde los acores Ra*ael Apacclla Ri$eros ? Amelia H)am#n H)aranca, con*orme al plie!o inerro!aorio de pre!)nas. 5.6 Plie!o inerro!aorio de pre!)nas para los empla%ados Zaler H)i%a A?)<)e ? ar"a Ledesma A?)<)e >.6 La e-"i+ici/n de la solici)d del +lo<)eo Re!isral so+re el +ien maeria de ercer:a, <)e e*ec)aron los acores a *in de <)e no sea !ra$ado poserior a s) compra$ena ane los Re!isros PB+licos de esa ci)dad. 9.6 Se c)rse o*icio a la )nicipalidad Disrial de Ascensi/n a *in de <)e remia el e-pediene adminisrai$o de Di$isi/n ? parici/n del inm)e+le <)e *)era maeria de !aran:a "ipoecaria, odo ello en ori!inal, +ao aperci+imieno de ser den)nciado por Violencia ? Resisencia a la a)oridad en caso de ne!ai$a. 3.6 Resol)ci/n de la Se!)nda Sala i-a de H)anca?o en el E-pediene No 88'(3678'7686''8'6R6C8685, en los se!)idos conra la Caa )nicipal de A"orro ? Cr2dios H)anca?o, a!encia H)anca?o, por Pepe )an C")<)illan<)i Alia!a ? oros, so+re Tercer:a (.6 I!)almene resol)ci/n senencia de $isa No 948678'7 ? 3'>6 78'=G, de la Primera Sala i-a de H)anca?o, en el E-pediene no =85678836546'>8'6R6VI685, se!)ida por la caa )nicipal de a"orro ? Cr2dios H)anca?o, a!encia H)anca?o conra Ed)arda Ale% Calder/n ? oro, so+re Eec)ci/n de Maran:a Hipoecaria, donde el ercero *)e ad)dicado Oscar Conreras V#s<)e%, le declararon improcedene la ercer:a e-cl)?ene de propiedad ? no procede la demanda. 4.6 A)o de $isa No 3(7678'7, en los se!)idos por Caa )nicipal de A"orro ? cr2dios de H)anca?o, conra Ale% Calder/n Ed)arda, so+re <)ea de derec"o, E-p. No 8=856788364=6'>8'6R6C685. ANEOS. '6AG Copia simple de mi doc)meno nacional de idenidad. '6KG Credencial <)e lo acredia como Decano del Cole!io de Ar<)iecos.
'.6 El m2rio del E-p. No 88>5( 67883686''6R6CI687, Sec. I. M)errero, se!)ida por la Caa )nicipal de a"orro ? Cr2dios H)anca?o, A!encia H)anca$elica conra los empla%ados Zaler H)i%a A?)<)e ? ar"a Ledesma A?)<)e, so+re eec)ci/n de !aran:a Hipoecaria, en la el Cole!io de Ar<)iecos *)e ad)dicado el +ien maeria de liis. '6CG Plie!o inerro!aorio de pre!)nas <)e de+er# responde los acores, con*orme al plie!o inerro!aorio de pre!)nas. '6DG Plie!o inerro!aorio de pre!)nas para los empla%ados Zaler H)i%a A?)<)e ? ar"a Ledesma A?)<)e. '6EG Resol)ci/n de la Se!)nda Sala i-a de H)anca?o en el E-pediene No 88'(3678'7686''8'6R6C8685, en los se!)idos conra la Caa )nicipal de A"orro ? Cr2dios H)anca?o, a!encia H)anca?o, por Pepe )an C")<)illan<)i Alia!a ? oros, so+re Tercer:a '6FG I!)almene resol)ci/n senencia de $isa No 948678'7 ? 3'>6 78'=G, de la Primera Sala i-a de H)anca?o, en el E-pediene no =85678836546'>8'6R6VI685, se!)ida por la caa )nicipal de a"orro ? Cr2dios H)anca?o, a!encia H)anca?o conra Ed)arda Ale% Calder/n ? oro, so+re Eec)ci/n de Maran:a Hipoecaria, donde el ercero *)e ad)dicado Oscar Conreras V#s<)e%, le declararon improcedene la ercer:a e-cl)?ene de propiedad ? no procede la demanda. '6MG A)o de $isa No 3(7678'7, en los se!)idos por Caa )nicipal de A"orro ? cr2dios de H)anca?o, conra Ale% Calder/n Ed)arda, so+re <)ea de derec"o. E-p. No 8=856788364=6'>8'6R6C685. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, pido lo soliciado por ser )sa ? con*orme a le? H)anca$elica, 73 de Seiem+re del 78'=.
Plie!o de pre!)nas <)e de+er#n responder los empla%ados Zaler H)i%a A?)<)e ? ar"a Ledesma A?)<)e, en la demanda inerp)esa por Ra*ael Apacclla Ri$eros ? Amelia H)am#n H)aranca so+re Tercer:a e-cl)?ene de propiedad. Para <)e di!a. '.6 Por<)e conin)aron as)miendo el proceso )dicial con la Caa )nicipal de a"orro ? cr2dio de H)anca?o, si como re*iere los acores el +ien <)e s) persona lo "ipoeco lo compraron en el ao 7883. 7.6 Como es ciero <)e s) persona, le $endi/ a los acores poseriores al !ra$amen con la Caa )nicipal de a"orro ? cr2dios de H)anca?o, por )n cr2dio "ipoecario. =.6 Como es $erdad <)e, )sed ? s) c/n?)!e sim)laron la compra$ena del +ien maeria de remae ? ad)dicaci/n con la *inalidad de no sea eec)ado la "ipoeca como !aran:a del cr2dio. 5.6 Como es $erdad <)e, s) pre!)nane se ad)dic/ el +ien maeria de !aran:a "ipoecaria. >.6 Por<)e, al a+sol$er la demanda inerp)esa por la Caa )nicipal de a"orro ? cr2dios de H)anca?o, NUNCA SEJALO 1UE EL KIEN A NO ERA DE SU PROPIEDAD, sino de los acores. 9.6 Por<)e, )sed no p)so de conocimieno al )%!ado <)e el erreno ?a no era de s) propiedad ? solicio <)e lo empla%aran a los acora como propiearios del +ien. 3.6 Por<)e si!)i/ el proceso de eec)ci/n de !aran:a "ipoecario si, el +ien no le perenec:a ? no era de s) propiedad. (.6 Por<)e c)ando le noi*icaron con la demanda de eec)ci/n de !aran:a "ipoecaria <)e le si!)i/ la Caa )nicipal de a"orro ? cr2dios de H)anca?o, no le p)so de conocimieno s los acores de dic"o proceso. 4.6 Por<)e *acilio la reali%aci/n de rans*erencia ? doc)menaci/n a *a$or de )lio a)ri, se rep)e ? !esione so+re el +ien como propieario. '8.6 1)ien *)e la persona <)e ramio la di$isi/n del +ien maeria de ercer:a. ''.6 Por<)e $endi/ el erreno <)e Used lo "ipoeco a *a$or de la Caa )nicipal de a"orro ? cr2dios de H)anca?o, a *a$or de los acores. Seiem+re del 78'=
H)anca$elica, 73 de
Plie!o de pre!)nas <)e de+er#n responder los empla%ados Zaler H)i%a A?)<)e ? ar"a Ledesma A?)<)e, en la demanda inerp)esa por Ra*ael Apacclla Ri$eros ? Amelia H)am#n H)aranca so+re Tercer:a e-cl)?ene de propiedad. Para <)e di!a. '.6 Por<)e )sedes compraron )n +ien "ipoecado a *a$or de la Caa )nicipal de H)anca?o ane los Re!isros PB+licos, por s) $endedor los empla%ados Zaler H)i%a A?)<)e ? ar"a Ledesma A?)<)e. 7.6 Como es ciero <)e s) persona, no lo inscri+ieron el +ien maeria de ercer:a ? de s) propiedad si "a+:a ad<)irido con arre!lo a Le?. =.6 Como es $erdad <)e, )sed ? s) c/n?)!e sim)laron el conrao d compra$ena con los empla%ado aneriores d)eosG, para e$iar el lan%amieno. 5.6 Desde c)ando $ienen posesionado el +ien maeria de ercer:a. >.6 Por<)e, si )sed ? s) c/n?)!e eran los propiearios le!ales del +ien, no se op)sieron al pa!o de )n cr2dio a *a$or de los empla%ados, si ?a no era s) d)eo, menos conra la edida Ca)elar. 9.6 Donde le pa!o la s)ma de S. 73,888.88 n)e$os soles como precio del inm)e+le ? donde es# el reci+ido de dic"o pa!o. 3.6 Si )sed es consciene <)e "a ad<)irido )n +ien "ipoecado, por lo< )e "a+ria sido esa*ado por los empla%ados Zaler H)i%a A?)<)e ? ar"a Ledesma A?)<)e.. (.6 Como se ener/ <)e el +ien maeria de ercer:a esa+a con mandao de lan%amieno. 4.6 Sa+e )sed <)e )lio a)ri, am+i2n se rep)a como propieario del +ien ? ese soliciando la e-cl)si/n del +ien por ser el s)p)eso propieario '8.6 1)ien *)e la persona <)e ramio la di$isi/n del +ien maeria de ercer:a. H)anca$elica, 73 de
Seiem+re del 78'=
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico ESTUDIO UR`DICO r. Torre Ta!le No '7= H$ca.
Secretario %p. %scrito
: Dra. #. Franco : 00&&-200+-0-1101-(P-FC-02.
: Correlativo Cuaderno : Principal. Sumilla : 4ue! se remita copias certificadas al 5inisterio Pu"lico y otro.
Paseo la Krea No '7> O*. ''= H?o.
SEJOR UEQ DEL SEMUNDO UQMADO PAQ LETRADO. CAREN 1UINTO CONTRERAS, en a)os se!)idos conra Cesar Taipe C"o<)e, so+re presaci/n de alimenos ane )sed aenamene di!o. 1)e, esando a las li<)idaciones de *s. =95 por la s)ma de S. 9,4'5.88 n)e$os soles as: como la li<)idaci/n re<)erida de *s. =>7 =>> por la s)ma de S. 5,=>(.88 n)e$os soles ? la li<)idaci/n de *s. =77 apro+ada con resol)ci/n No >7, por la s)ma de S. >,(=(.88 n)e$os soles, odas apro+adas ? re<)eridas en s) pa!o, +ao aperci+imieno de remiirse copias ceri*icadas al iniserio P)+lico para los *ines de Le?, la c)al no se "a maeriali%ado. Por lo <)e, esando a la *ec"a del re<)erimieno ? no "a+i2ndose c)mplido con remiir las copias ceri*icadas al iniserio P)+lico, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de <)e se c)mpla con remiir las copias ceri*icadas respeci$as a *in de <)e procesa a la den)ncia penal correspondiene por el il:cio penal conra la Familia en s) modalidad de Omisi/n de Asisencia Familiar, dado al iempo de dilaci/n par el <)e "a ransc)rrido. OTROSI DIMO.6 En el presene reiero mi domicilio procesal en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, pido lo soliciado por ser
)sa ? con*orme a le? H)anca$elica, '9 de Diciem+re del 78'=.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n llallico )sicia le!al para odos r. Torre Ta!le N '7= H$ca. r. . P. Rie!o N 5'4, T. H?o.
Secretario %p. %scrito
: Dra. . #a/arro : 00'/'-2012-0-1101-(,-P%-02.
: Correlativo Cuaderno : Principal. Sumilla : Pide $ustificar
registro de firma y otro.
SEJOR UEQ DEL SEMUNDO UQMADO EN LO PENAL DE HUANCAVELICA. HUKERTO MRACIANO ARONI 1UISPE, en la insr)cci/n <)e se me si!)e por la comisi/n del il:cio penal conra la Familia en s) modalidad de Omisi/n de Asisencia Familiar, en a!ra$io de Aldo Aroni Ordoe% ? oros ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, eniendo en consideraci/n <)e el d:a de a?er de+er:a c)mplir con re!israr mi *irma como re!la de cond)ca de la senencia e-pedido en el presene, por moi$os de ra+ao en la localidad de ICA, no "e podido asisir a c)mplir con dic"a re!la de cond)cas correspondiene al mes de Seiem+re del presene ao, empero i!)almene lo <)e corresponde al mes de A!oso del 78'=, por los mismos moi$os no p)de *irma, la misma <)e am+i2n p)eda )si*icarse, en ra%/n de lo <)e en!o <)e ra+aar para c)+rirlos alimenos de los a!ra$iados lo c)al de+e ser enendido por el )%!ado, por lo <)e impero se en!a por )si*icada dic"o re!isro de *irma, con el compromiso <)e en la si!)iene *ec"a omare las preca)ciones del caso, por principio de e<)idad.
)sa ? con*orme a le? del 78'=.
POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, pido lo soliciado por ser H)anca$elica, ' de Oc)+re
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n Llallico De*ensa Le!al para Todos. r. Torre Ta!le No '7= H$ca. r. . P. Rie!o No 5'4 T. H?o.
Secretario : Dra. C. Le0n %pediente : 022+-2012-0-1101-(P-FC-02. : Correlativo %scrito
Cuaderno : Principal. Sumilla : Ad$unto %ouc#er de
,epósito (udicial y otro.
SEJOR UEQ DEL SEMUNDO UQMADO DE PAQ LETRADO. APOLINARIO PAUCAR ARAUO, en a)os se!)idos por doa Qenaida Mil$onio P2re%, so+re presaci/n de alimenos ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, c)mpliendo el mandao de s) )dica)ra $en!o a ad)nar el Ko)c"er de Dep/sio )dicial N 78'=8=((885(=, por la s)ma de Seecienos N)e$os Soles S. 388.88G ? el Dep/sio )dicial N 78'=8=((88=(9, por la s)ma de Cinc)ena N)e$os Soles S. >8.88G la misma <)e de+e ser empo%ado a *a$or de la acora, asimismo los Ko)c"er de Dep/sio a la C)ena de A"orros de la acora N 85657'6'>=73(, de *ec"as 73 seiem+re del 78'=, por la s)ma de Cinc)ena N)e$os Soles de *ec"a 77 de )lio del 78'=, por la s)ma de Cinc)ena N)e$os Soles, ? de *ec"a 79 de a!oso del 78'= por la s)ma de Cien N)e$os Soles. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, pido lo soliciado por ser )sa ? con*orme a le? H)anca$elica, 8' de Oc)+re del 78'=.
AKOMADOS ASOCIADOS @Le/n llallico )sicia Le!al Para Todos r. Torre Ta!le No '7= H$ca. r. . P. Rie!o No 5'4 T. H?o.
Secretario %p. %scrito
: Dr. : 2011-
: 001. Cuaderno : Principal. Sumilla : Pide se expida copia simple de /ficio y otro.
SEJOR PRESIDENTE DE LA SALA ESPECIALIQADA EN LO PENAL. FRANCISCO SULLCARA 1UICHCA, en la insr)cci/n <)e se les si!)e conra Ma+riel S#nc"e% Taipe ? oro, por la comisi/n del il:cio penal conra el parimonio en s) modalidad de Ro+o A!ra$ado ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+i2ndose remiido la insr)cci/n a la Fiscal:a para los *ines del presene, sealo mi domicilio procesal en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones de Le?, l)!ar donde se me "ar# lle!ar las )leriores noi*icaciones emanadas por s) )dica)ra. OTROSI DIMO.6 I!)almene nom+ro como mi A+o!ado de*ensor al lerado <)e a)ori%a l presene A+!. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, <)ien as)mir# mi de*ensa ? a para <)ien solicio se les presa las *acilidades del caso. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor Presidene, pido lo soliciado por ser )sa ? con*orme a le? H)anca$elica, 8> de A!oso del 78''.
: Dr. J. Huam1n : 001++-78'8686''8'6 : 001. SP6PE68' %scrito Secretario %p.
Cuaderno : Principal. Sumilla : aria domicilio procesal y otro.
AL SEJOR PRESIDENTE DE LA SALA ESPECIALIQADA EN LO PENAL. UVENCIO ALEANDRO UNSIHUA VILCAHUAAN, en la insr)cci/n <)e se le si!)e por el s)p)eso delio conra el parimonio en s) modalidad e H)ro A!ra$ado, en s)p)eso a!ra$io de S)sana De la O H)aman ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 Seor Presidene con el derec"o <)e me asise ? para los e*ecos procesales de la presene ca)sa, en la *ec"a en *orma e-presa VARIO mi domicilio procesal en la A$. anc"e!o )o% No 9(9 Empresa TicllasG del Karriod e Sana Ana de esa ci)dad, a donde de+er# "acerme lle!ar las noi*icaciones de Le? con las resol)ciones )leriores. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor Presidene, se sir$a ener presene la $ariaci/n el domicilio procesal sealado. OTROSI DIMO.6 1)e, enconr#ndose los a)os en Despac"o de $)esro Cole!iado ? esando al irresrico derec"o de de*ensa <)e consa!rara el Ar. '=4 Inc. '5 de la Consi)ci/n Pol:ica del esado,, concordane con el Ar. '=7 de la Le? Or!#nica del Poder )dicial ? Ar. =3> del adei$o ci$il aplica+le s)pleoriamene, esa pare para "acer )so el derec"o de de*ensa, solicia <)e se seale $isa de la ca)sa ? se sir$a concederme el )so de la pala+ra en V`A DE INFORE ORAL para e*ecos de "acer conocer mis *)ndamenos de "ec"o ? derec"o ane el Cole!iado el mismo <)e ser# e*ec)ado por el A+o!ado de mi elecci/n. S:r$ase sealar d:a ? "ora con arre!lo a Le?. H)anca$elica, 89 de Seiem+re del 78''.
AKOMADOS ASOCIADOS. @Le/n llallico )sicia Le!al para Todos. r. Torre Ta!le No '7= H$ca. r. . P. Rie!o No 5'4 T. H?o.
Secretario %p.
: Dra. . : 2011-
Sumilla : A"suelve cargos! pide autori+ación de funcionamiento de 5aquinaria y otro.
SEJOR PRESIDENTE DEL MOKIERNO REMIONAL DE HUNACAVELICA. ELIQAKETH RETAOQO PAITAN, Ideni*icada con D.N.I. N 7=797'3(, con domicilio real en el r. anco Capac N 7(> del cercado de H)anca$elica ? por domicilio procesal en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado 6 H)anca$elica ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 I.6 DE LA PRETENSION.
1)e, "a+iendo reci+ido la Noi*icaci/n )l. No 887678'=6ANA6ALA6HVCA de *ec"a '( de Enero del 78'=, la misma <)e en pare es la acepo ? en pare la conradi!o, por lo <)e de+e enerse por a+s)elo dic"os car!os imp)ados, consec)enemene se arc"i$e en *orma de*inii$a dic"a noi*icaci/n +ao los *)ndamenos de "ec"o ? derec"o0 II.6 FUNDAENTOS FACTICOS URIDICOS. Primero.6 1)e, en e*eco con *ec"a '> de Enero s) represenada e*ec)/ las acciones de s)per$isi/n, monioreo ? $i!ilancia a los +ienes na)rales, especialmene en el rio Ic"). Empero la s)scria es propiearia de la plana C"ancadora en la *aa ar!inal del rio Ic"). Si +ien es ciero a la *ec"a de la S)per$isi/n e*ec)ada por s) Adminisraci/n, la misma <)e no c)ena con permiso respeci$o por c)ano con *ec"a '5 de No$iem+re del 78'' se "a presenado la solici)d para insalar la plana C"ancadora en rea de la Faa ar!inal del Rio Ic") para la c)al se ad)n/ los pres)p)esos o re<)isios e-i!enes en la Le? No 74==(, 1UE HASTA LA FECHA NO TIENE RESPUESTA, es decir no se "a res)elo ni posii$o, ni ne!ai$o. Concomiane con ello de+emos sealar <)e con*orme prescri+e el Ar. 7 Inc. 78 de n)esro ca#lo!o Consi)cional, <)e @A *orm)lar peiciones, indi$id)al o coleci$amene por escrio ane la A)oridad compeene, la <)e es# o+li!ada a dar al ineresado )na resp)esa am+i2n por escrio en el pla%o le!al, +ao responsa+ilidad. Norma <)e, por si sola nos ind)ce a seala <)e
e-ise responsa+ilidad adminisrai$a de s) represenada por no "a+er res)elo la preensi/n, p)es, con*orme se iene lo prescrio en el Ar. '=', '=7 ? '== de la Le? No 73555 Le? Meneral de Procedimienos Adminisrai$os, <)e seala <)e el pla%o para resol$er el pedido es de =8 d:as "#+iles ? si comp)ados desde la *ec"a de la presenaci/n de la preensi/n "asa la *ec"a "an ransc)rrido m#s de )n ao 9 meses, operando incl)so el Silencio Adminisrai$o posii$o, adem#s de ello <)e los *)ncionarios "an inc)rrido en il:cio penal conra la Adminisraci/n P)+lica en s) modalidad de inc)mplimieno de los de+eres *)ncionariales, la c)al ser:a maeria de la den)ncia penal ane el iniserio P)+lico en el modo ? *orma de Le?. Se!)ndo.6 Si +ien es ciero con*orme se iene la noi*icaci/n maeria del presene, se corre la amena%a de ser sancionado adminisrai$amene ? el reiro de la plana C"ancadora, empero como no es <)e se sanciona a <)ien corresponde resol$er n)esra preensi/n de manera <)e +ao el principio de le!alidad ? e<)idad, pre$io a ello de+e iniciarse el proceso sancionador *rene a ese "ec"o irre!)lar por la omisi/n de resol$er el pedido de la a)ori%aci/n correspondiene para la insalaci/n de la plana C"ancadora. Siendo si!no $isi+le de <)e por la propia irresponsa+ilidad de los *)ncionarios de s) represenada es <)e $iene *)ncionando dic"a plana sin la a)ori%aci/n de la Adminisraci/n Local de A!)a H)anca$elica. A +)en romance, es )n imposi+le adminisrai$o el re<)erimieno de o*recer los permisos correspondienes de s) e*a)ra, c)ando ni si<)iera se "a res)elo el pedido, ? <)e como si!no $isi+le de la lici)d de n)esra plana, esa se enc)enra en la *aa mar!inal del Rio Ic"), permisi+le pro imperio de Le?, ? <)e a la *ec"a a erceras personas i!)al <)e a la s)scria se les $iene concediendo el permiso respeci$o por lo <)e de+e se!)ir la i!)aldad ane la Le? Tercero.6 Si +ien es ciero en e*eco no e-ise el permiso correspondiene para la insalaci/n de la plana C"ancadora por s) e*a)ra, so? consciene <)e no e-ise, as: como es imposi+le s) presenaci/n al presene descar!o, )samene por<)e los propios *)ncionarios de s) represenada @NUNCA E CONCEDIO RESOLVIO NUESTRO PEDIDO, por lo mismo en esa incerid)m+re adminisrai$a ? )r:dica $en:a ra+aando en la creencia <)e s)*iciene era ello "asa la correspondiene permisi+ilidad de s) e*a)ra. Consec)enemene, para sais*acer el re<)erimieno de $)esra e*a)ra, pre$iamene se res)el$a n)esro pedido. Por lo mismo para darle le!alidad, de+e concederme el permiso correspondiene. De manera <)e, no es c)lpa, ni responsa+ilidad de ese "ec"o <)e pres)namene conra$iene la Le? N 7(==(, p)es con*orme se iene inspirado el esp:ri) de n)esra Consi)ci/n,
c)ando seala <)e el ra+ao *orma pare del principio de desarrollo de la persona ")mana, esa de+e enerse a la $isa ? enc)enra por <)e como c)al<)ier ora persona, e-ise la necesidad de ra+aar para el desarrollo de mi *amilia, empero por ello es <)e mediane la solici)d <)e impera la a)ori%aci/n de la plana por s) Despac"o, se solici/ opor)namene, del c)al <)eda li+erada de la responsa+ilidad, por c)ano desde la *ec"a de la presenaci/n de n)esra solici)d cada $e% <)e reclama+a, solo se limia+an a decirme esa semana se resol$er#, esa semana se dar# el r#mie ? nada se resol$i/, por lo <)e e-ise primeramene )na responsa+ilidad adminisrai$a <)e !enera la incerid)m+re ? la a)sencia de )na resp)esa concrea para poder ener. PRUEKAS. '.6 Copia le!ali%ada de la solici)d de permiso para la insalaci/n de la plana C"ancadora en el rio Ic"). OTROSI DIMO.6 1)e, con los mismos *)ndamenos de la solici)d de *ec"a '5 de No$iem+re del 78'', impero ? reiero la preensi/n de a)ori%aci/n para la conin)aci/n de la insalaci/n ? *)ncionamieno de n)esra plana c"ancadora, con la c)al de s)s re<)isios e-i!enes de+er#n ser los mismos o*recidos en dic"a *ec"a, e-cepo <)e con*orme lo seala la Le?, esa de+e adec)arse por la realidad *#cica misma. OTROSI DIMO.6 1)e, esando a los *)ndamenos de la presene ? a e*ecos de s)senar oralmene, *ac)lo al de*ensor <)e a)ori%a el presene A+!. EOSTEN AKEL LEON LLALLICO con C.A.H. N 837 a *in de <)e realice el in*orme oral correspondiene, por espacio de die% min)os, para al c)al se *ie d:a ? "ora. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor Direcor, s:r$ase ener presene lo e-p)eso ? acceder a lo soliciado por ser )sa ? con*orme a le? H)anca$elica, '' de A+ril del 78'=.
Sec. 0 M. Valle E-p. N 0 88977678'7686''8'6R6PE68' Escrio 0 C)aderno 0 Principal. S)milla 0 O*rece Transacci/n ? se Ten!a presene. SEJOR UEQ DEL PRIER UQMADO EN LO PENAL. NICANOR CRISPIN DE LA CRUQ, en la insr)cci/n <)e se me si!)e por la s)p)esa comisi/n del delio Lesiones Mra$es, en a!ra$io de ario Var!as Taipe ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, esando al esadio procesal de la insr)cci/n ? "a+iendo lle!ado a )n ac)erdo conciliaorio e-ra)dicial con el a!ra$iado la misma <)e se iene como plasmaci/n de los "ec"os aconecidos como *iel re*leo de los "ec"os, $en!o por ane $)esra )dica)ra con la *inalidad de o*recerlo como medio pro+aorio a *in de resol$er mi si)aci/n )r:dica de la imp)aci/n, des$ir)ando mi $inc)laci/n con los "ec"os, por lo <)e el )%!ado de+er# ener presene los 2rminos de la re*erida insr)menal, el mismo <)e se enc)enra le!ali%ado n)esras *irmas. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, pido se admia lo soliciado por ser )sa ? con*orme a le? H)anca$elica, 89 de A!oso del 78'=.
AKOMADOS ASOCIADOS. @LE;N LLALLICO ESTUDIO UR`DICO r. Torre Ta!le No '7= H$ca. r. . P. Rie!o No 5'4 T. H?o.
Secretario %p. %scrito
: Dra. . #a/arro. : 001+2-200/-0-1101-(,-P%-01
: Correlativo Cuaderno : Principal. Sumilla : Pide endosar caución
a favor del letrado y otro.
SEJOR UEQ DEL PRIER UQMADO EN ELO PENAL.
DACIO 1UISPE MASPAR, en la insr)cci/n <)e se me si!)i/ por la s)p)esa comisi/n del il:cio penal conra la Adminisraci/n PB+lica, en s) modalidad de Pec)lado ? oro, en a!ra$io de la Direcci/n Re!ional de sal)d de H)anca$elica ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+i2ndose sido soliciado la de$ol)ci/n de la ca)ci/n empo%ado a nom+re del )%!ado, la misma <)e se enc)enra en el c)aderno de Apelaci/n del Tomo II a *s. , por la s)ma de S. 788.88 n)e$os soles, con la +olea de pa!o No 7884857'88.. del Kanco de la Naci/n de esa ci)dad, solicio se ENDOSE A NOKRE del Lerado <)e a)ori%a el presene A+o!. Eosen A+el Le/n Llallico, Ideni*icado con D.N.I. No 788(7545, por "a+er sido la persona <)ien me dio en calidad de pr2samo ? empo%o a mi *a$or en la $ariaci/n del mandao de deenci/n, m#-ime <)e se "a+:a soliciado a *s. no *)e res)ela, adem#s le!ali%o mi *irma por c)ano en la *ec"a me enc)enro radicando en la ci)dad de Lima. OTROSI DIMO.6 Adem#s solicio )na copia ceri*icada de la senencia a+sol)oria, con la *inalidad de eercer mi de*ensa. "a+i2ndose sido soliciado la de$ol)ci/n de la ca)ci/n empo%ado a nom+re del )%!ado, la misma <)e se enc)enra en el c)aderno de Apelaci/n del Tomo II a *s. , por la s)ma de S. >88.88 n)e$os soles, con la +olea de pa!o No 7884857'88.. del Kanco de la Naci/n de esa ci)dad, solicio se ENDOSE A NOKRE del Lerado <)e a)ori%a el presene A+o!. Eosen A+el Le/n Llallico, Ideni*icado con D.N.I. No 788(7545, por "a+er sido la persona <)ien me dio en calidad de pr2samo ? empo%o a mi *a$or en la $ariaci/n del mandao de deenci/n, m#-ime <)e se "a+:a soliciado a *s. no *)e res)ela, adem#s le!ali%o mi *irma por c)ano en la *ec"a me enc)enro radicando en la ci)dad de Lima. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, pido lo soliciado por ser
)sa ? con*orme a le? H)anca$elica, 77 de Oc)+re del 78'8.
AKOMADOS ASOCIADOS. @LE;N LLALLICO ESTUDIO UR`DICO r. Torre Ta!le No '7= H$ca. r. . P. Rie!o No 5'4 T. H?o.
Secretario %p. %scrito
: Dra. . #a/arro. : 001+2-200/-0-1101-(,-P%-01
: Correlativo Cuaderno : Principal. Sumilla : Pide endosar caución
a favor del letrado y otro.
SEJOR UEQ DEL PRIER UQMADO EN ELO PENAL. ARCELINO 1UISPE . , en la insr)cci/n <)e se me si!)i/ por la s)p)esa comisi/n del il:cio penal conra la Adminisraci/n PB+lica, en s) modalidad de Pec)lado ? oro, en a!ra$io de la Direcci/n Re!ional de sal)d de H)anca$elica ane Ud., con incia consideraci/n di!o0 1)e, "a+i2ndose sido soliciado la de$ol)ci/n de la ca)ci/n empo%ado a nom+re del )%!ado, la misma <)e se enc)enra en el c)aderno de Apelaci/n del Tomo II a *s. , por la s)ma de S. 788.88 n)e$os soles, con la +olea de pa!o No 7884857'88.. del Kanco de la Naci/n de esa ci)dad, solicio se ENDOSE A NOKRE del Lerado <)e a)ori%a el presene A+o!. Eosen A+el Le/n Llallico, Ideni*icado con D.N.I. No 788(7545, por "a+er sido la persona <)ien me dio en calidad de pr2samo ? empo%o a mi *a$or en la $ariaci/n del mandao de deenci/n, m#-ime <)e se "a+:a soliciado a *s. no *)e res)ela, adem#s le!ali%o mi *irma por c)ano en la *ec"a me enc)enro radicando en la ci)dad de Lima. OTROSI DIMO.6 Adem#s solicio )na copia ceri*icada de la senencia a+sol)oria, con la *inalidad de eercer mi de*ensa. POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor )e%, pido lo soliciado por ser
)sa ? con*orme a le? H)anca$elica, 77 de Oc)+re del 78'8.
POR LO EPUESTO0 A Ud., Seor Presidene, pido admiir lo soliciado por ser )sa ? con*orme a le?
H)anca$elica, = de A!oso del 78'8.
DECLARACION URADA El <)e s)scri+e EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, ideni*icado con D.N.I. No 788(7545, de oc)paci/n A+o!ado, casado, con domicilio real en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, en )so de mi eercicio ? derec"o0 DECLARO KAO URAENTO DE LE0 <)e, en la *ec"a ener pleno eercicio de la ci)dadan:a ? de los derec"os ci$iles correspondienes. Es c)ano p)edo declarar en "onor a la $erdad, en H)anca$elica a los once d:as de ar%o del dos mil <)ince.
DECLARACION URADA El <)e s)scri+e EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, ideni*icado con D.N.I. No 788(7545, de oc)paci/n A+o!ado, casado, con domicilio real en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, en )so de mi eercicio ? derec"o0 DECLARO KAO URAENTO DE LE0 1)e, en la *ec"a no "a+er sido
condenado, ni "a+er sido pasi+le de )na senencia con reser$a de *allo condenaorio por la comisi/n de )n delio doloso, an l)e!o de "a+er c)mplido con la senencia re"a+iliado. Es c)ano p)edo declarar en "onor a la $erdad, en H)anca$elica a los once d:as de ar%o del dos mil <)ince.
DECLARACION URADA El <)e s)scri+e EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, ideni*icado con D.N.I. No 788(7545, de oc)paci/n A+o!ado, casado, con domicilio real en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, en )so de mi eercicio ? derec"o0 DECLARO KAO URAENTO DE LE0 1)e, en la *ec"a no esar en esado de <)ie+ra c)lposa o *ra)d)lena, ni ser de)dor alimenario. Es c)ano p)edo declarar en "onor a la $erdad, en H)anca$elica a los once d:as de ar%o del dos mil <)ince.
DECLARACION URADA El <)e s)scri+e EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, ideni*icado con D.N.I. No 788(7545, de oc)paci/n A+o!ado, casado, con domicilio real en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, en )so de mi eercicio ? derec"o0 DECLARO KAO URAENTO DE LE0 1)e, en la *ec"a no presenar discapacidad *:sica menal o secorial <)e imposi+ilie c)mplir las *)nciones del car!o. Es c)ano p)edo declarar en "onor a la $erdad, en H)anca$elica a los once d:as de ar%o del dos mil <)ince.
DECLARACION URADA El <)e s)scri+e EOSTEN AKEL LEON LLALLICO, ideni*icado con D.N.I. No 788(7545, de oc)paci/n A+o!ado, casado, con domicilio real en el r. Torre Ta!le No '7= del cercado de H)anca$elica, en )so de mi eercicio ? derec"o0 DECLARO KAO URAENTO DE LE0 1)e, en la *ec"a no "a+er sido desi)ido por medida disciplinaria del Poder )dicial o del iniserio P)+lico o de despedido de ora Insi)ci/n p)+lica esaal o pri$ada. Es c)ano p)edo declarar en "onor a la $erdad, en H)anca$elica a los once d:as de ar%o del dos mil <)ince.