INSTITUCIÓN EDUCATIVA
CHIQUIÁN
2019 1
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 025-2019- DIE “CB” CH Chiquián, 14 de marzo del 2019 Visto el Reglamento Interno de la I.E. Coronel Bolognesi vigente durante el año 2018, el acta de reunión del personal desarrollada el 07 de marzo del 2019 donde se actualiza este instrumento de gestión en base a la normatividad vigente. Considerando: Que, mediante los documentos del visto se revisó y actualizó el Reglamento Interno de la l a Institución Educativa Coronel Bolognesi tomando t omando en cuenta lo establecido en la R.M. N° 712-2018-MINEDU, las Orientaciones para el Desarrollo del año Escolar 2019 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica y demás normas pertinentes. Estando a lo dispuesto por el Director de la Institución Educativa, De conformidad con la Constitución Política del Perú; Ley General de Educación Nº 28044, Ley de Reforma Magisterial Nº 29944, Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo Administrativo General, D.S. 006-2017-JUS, Texto Único Único Ordenado de La Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley que promueve la convivencia convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas Educativas Nº 29719; D.L. Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM; Resolución Vice Ministerial Nº 2025-2019-MINEDU 2025-2019-MINEDU que aprueba la norma técnica “disposiciones que que oriental el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la educación básica; R.M. 281-2016-MINEDU que aprueba el Currículo Nacional de la Educación Básica, R.M. N° 571-94-ED Reglamento de Control y permanencia del Personal del Ministerio de Educación la R.M. Nª 326-2017-MINEDU Normas para el Registro y Control de asistencia de docentes y auxiliares de educación, la R.M. Nº 712-2018-MINEDU que aprueba las Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2019 en la Educación Básica, la R.S.G. N° 353-2018-MINEDU Norma para la implementación del Servicio Educativo Jornada Escolar completa para las I.E. públicas del nivel de educación secundaria y demás normas pertinentes. ,
SE RESUELVE: Art. 1º APROBAR el Reglamento Interno de la Institución Educativa Coronel Bolognesi, el mismo que consta de 11 capítulos, 116 artículos y 04 disposiciones finales. Regístrese, comuníquese y archívese.
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PRESENTACIÓN
El Reglamento Interno de la Institución Educativa “Coronel Bolognesi” de la ciudad de Chiquián, es un instrumento de gestión
que establece la organización, funciones, derechos, deberes y prohibiciones de los servidores; así como los deberes, derechos, estímulos, sanciones y prohibiciones de los educandos y padres de familia.
La implementación está basada en el enfoque por procesos, enfoque territorial, enfoque sistémico y, su estructura es gerencial y participativa, su carácter es operativo, ético, moral y legal; se basa en normas generales de la República y del Ministerio de Educación.
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CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º Concepto. - El Reglamento Interno de la Institución Educativa Coronel Bolognesi es el instrumento de Gestión Institucional que establece la organización, funcionamiento, deberes, derechos, derechos, estímulos, funciones y sanciones de todos los miembros de la comunidad Educativa. Art. 2º Línea Axiológica . - Los valores que deben practicar los miembros de la comunidad educativa están establecidos establecidos en el PEI y son los l os siguientes:
Responsabilidad: Cumplimiento cabal de los compromisos asumidos por todos los integrantes de la Comunidad Educativa, dentro y fuera de la I.E. El respeto: Es la esencia de las relaciones humanas, este consiste en el reconocimiento de los intereses y sentimientos del otro para una convivencia armoniosa. El respeto también significa valorar a los demás, acoger siempre la verdad y exige un trato amable y cortés. Laboriosidad: Como actitud relacionada al compromiso con el trabajo. Es decir, el hábito de trabajar abundantemente, con intensidad y constancia. Superación personal: La superación es el valor que motiva a la persona a perfeccionarse a sí misma, en lo humano, espiritual, profesional y económico, venciendo los obstáculos y dificultades que se presenten, desarrollando la capacidad de hacer mayores esfuerzos para lograr cada objetivo que se proponga. Justicia: es el principio moral de cada persona que decide vivir dando a cada quien lo que le corresponde o pertenece. La justicia como valor busca busca el bien propio y de la sociedad. Identidad: entendida como el compromiso de valorar, respetar y defender nuestras manifestaciones culturales expresadas en el arte, las costumbres, el folclor, etc. Tolerancia: Es la aceptación de la diversidad de opinión social, étnica cultural y religiosa. Es la capacidad de escuchar y aceptar a los demás valorando las distintas formas de entender y posicionarse de la vida, siempre y cuando no atenten contra los derechos fundamentales de las personas. Solidaridad: Adherido, asociado a la causa u opinión de alguien.
Art. 3º Principios educativos: (Ley 28044), 28044), Ley General de Educación, Art. 8º a) La ética, que inspira una educación promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsab r esponsabilidad, ilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia; que fortalece la conciencia moral individual y hace posible una sociedad basada en el ejercicio permanente de la responsabilidad ciudadana. ciudadana. b) La equidad , que garantiza a todas iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo educativo de calidad. calidad. c) La inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia, religión, sexo u otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades.
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d) La calidad, que asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente. e) La democracia , que promueve el respeto irrestricto a los derechos humanos, la libertad de conciencia, pensamiento y opinión, el ejercicio pleno de la ciudadanía y el reconocimiento de la voluntad popular; y que contribuye a la tolerancia mutua en las relaciones entre las personas y entre mayorías y minorías, así como al fortalecimiento del Estado de Derecho. f) La interculturalidad , que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo. g) La conciencia ambiental , que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida. h) La creatividad y la innovación , que promueven la producción de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura ética, equidad, inclusión, calidad, democracia, interculturalidad, conciencia ambiental, creatividad e innovación. Art. 4º Principios que rigen el empleo público: (Ley Nº 28175). a) Principio de legalidad. - Los derechos y obligaciones que generan el empleo público se enmarcan dentro de lo establecido en la Constitución Política, leyes y reglamentos. El empleado público en el ejercicio de su función actúa respetando el orden legal y las potestades que la ley le señala. b) Principio de modernidad. - Procura el cambio orientándolo hacia la consecución efectiva delos objetivos de la administración pública. c) Principio de imparcialidad. - La función pública y la prestación de servicios públicos se ejerce sin discriminar a las personas y sin realizar diferencias. La implementación de políticas afirmativas respecto a personas con discapacidad o sectores vulnerables no constituyen discriminación en los términos de esta Ley. d) Principio de transparencia y rendición de cuentas. - Busca que la información de los procedimientos que lo conforman sea confiable, accesible y oportuna y que las personas encargadas del manejo económico rindan cuentas periódicas de los gastos que ejecutan. e) Principio de eficiencia. - El empleado público ejerce sus actividades empleando los medios estrictamente necesarios, teniendo en cuenta los escasos recursos con que cuenta el Estado. f) Principio de probidad y ética pública. - El empleado público actuará de acuerdo a los principios y valores éticos establecidos en la Constitución y las leyes, que requiera la función pública. g) Principio de mérito y capacidad. - El ingreso, la permanencia y las mejoras se fundamentan en el mérito y capacidad de los postulantes y del personal de la administración pública. h) Principios de Derecho Laboral. - Rigen en las relaciones individuales y colectivas del empleo público, los principios de igualdad de oportunidades sin discriminación, el carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución e interpretación más favorable al trabajador en caso de duda. En la colisión entre principios laborales que protegen intereses individuales y 5
los que protegen intereses generales, se debe procurar soluciones de consenso y equilibrio. i) Principio de preservación de la continuidad de políticas del Estado.- La especialización del empleo público preserva la continuidad de las políticas del Estado. Art. 5º Visión institucional:
Art. 6° MISIÓN: Es la razón de ser de nuestra institución y nos corresponde: Brindar una educación de calidad con equidad, inclusión, eficiencia y pertinencia a educandos de los niveles primaria y secundaria en un enfoque por competencias. o Formar personas que en sus actitudes demuestren los valores considerados en el PEI y el Currículo Nacional. o Garantizar el acceso irrestricto de los estudiantes y el derecho a la educación en las mejores condiciones de equipamiento e infraestructura moderna. o Promover el compromiso de todos los agentes educativos en la gestión de la Institución Educativa para lograr una educación de calidad. o Desarrollar el potencial profesional de directivos, docentes y administrativos. o Diseñar y ejecutar proyectos de innovación pedagógica para el logro de competencias en los educandos. o Desarrollar el enfoque ambiental, como una forma de tomar conciencia de la importancia del cuidado y preservación de la salud, el medio ambiente y la gestión del riesgo. o Contribuir a la realización personal de todos los peruanos y a la edificación colectiva de la democracia y del desarrollo del país mediante el logro del perfil de egreso de los estudiantes. o
Art. 7º Alcance. - El R.I. tiene alcance a todo el personal directivo, jerárquico, coordinadores, psicólogo, docente y administrativo, estudiantes y, padres de familia y ex alumnos en cuanto les sea aplicable. Art. 8º Base Legal. - la formulación del R.I. está enmarcado en las siguientes normas legales: a) Constitución Política del Perú. b) Ley Nª 28044, Ley General de Educación. c) Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial. 6
d) Ley 27444 de Procedimiento Administrativo General. e) Ley Nª 27337, Código de los Niños y Adolescentes. f) Ley N° 28628, De participación de los padres de familia en el proceso educativo de sus hijos. g) Ley marco del empleo público. Ley Nª 28175 h) D.L. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa. i) Ley Nª 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública. j) Ley Nro. 28988: Ley que declara a la educación básica regular como servicio público esencial. k) D.S. Nº 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación. l) D.S N° 033-2005-PCM, Reglamento de la Ley del Código de Ética de la función Pública. m) D.S. N° 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. n) D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. o) D.S. Nº 004-2006-ED, Reglamento General de APAFAS. p) D.S. Nº 008-2006-ED, Lineamientos para el control de las horas efectivas de trabajo. q) R.M. Nº 712-2018-MINEDUque aprueba las Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2019 en la Educación Básica. r) RVM. Nº 025-2019-MINEDU, que aprueba las disposiciones para la evaluación de los estudiantes de la educación básica. s) R.M. Nro. 326-2017-MINEDU, Normas para el registro y control de asistencia de los docentes y auxiliares de educación. t) R.M. N° 571-94-ED Reglamento de Asistencia y permanencia del personal del Ministerio de Educación. (personal administrativo) u) R.M. N° 441-2014-MINEDU Que crea el Modelo educativo de Jornada Escolar Completa. v) R.S.G. N° 353-2018-MINEDU que norma la implementación del modelo de servicio educativo Jornada Escolar Completa. w) Otras normas pertinentes.
CAPÍTULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Art. 9º Del funcionamiento. - La I.E. “Coronel Bolognesi” funciona en su propio local, ubicado en la avenida Santa Rosa N° 700, ciudad de Chiquián. Brinda servicio educativo escolarizado a estudiantes de Educación Básica Regular, de los niveles primaria y secundaria. Art. 10º De la jornada y horario de trabajo académico y administrativo : a) Del Personal docente - El horario de clases en educación primaria es de 08:00 horas hasta las 13:00 horas; más dos horas para el desarrollo del Taller de computación en horas de la tarde a partir de las 14:15 horas; haciendo un total de 30 horas pedagógicas semanales. - Las horas dejadas de laborar por los docentes de aula, en la clase de educación física, se completará con 10 minutos de atención diaria a los estudiantes para el desayuno escolar y los 125 minutos restantes en actividades coordinadas con la sub dirección para actividades como: 7
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elaboración colegiada de sesiones de aprendizaje, reforzamiento y nivelación, grupos de interaprendizaje o atención a padres de familia. El Horario de clases en educación secundaria es de 8:00 horas hasta 16:30 horas, con un intermedio entre 12:50 y 14:15 horas para el almuerzo. El cumplimiento de las 32 horas de jornada laboral de los docentes de secundaria JEC, adicional al desarrollo de clases, es de la siguiente manera: Docente de 24 horas: Trabajo colegiado 2 horas, colegiado de tutoría 1 hora, atención a familias 1 hora; elaboración/reajuste de materiales, revisión de logros de aprendizaje, investigación para la mejora de la práctica 02 horas; reforzamiento a contrahorario 2 horas. Docente de 25 horas: Trabajo colegiado 2 horas, colegiado de tutoría 1 hora, atención a familias 1 hora, elaboración/reajuste de materiales, revisión de logros de aprendizaje, investigación para la mejora de la práctica 01 hora; reforzamiento a contrahorario 2 horas. Docente de 26 horas: Trabajo colegiado 2 horas, colegiado de tutoría 1 hora, atención a familias 01 hora, elaboración/reajuste de materiales, revisión de logros de aprendizaje, investigación para la mejora de la práctica 01 hora; reforzamiento a contrahorario1 hora. Los miembros del Comité directivo presentan al director la planificación semanal de sus actividades, los viernes de cada semana. El horario de trabajo del docente de música en la sala de banda es de 16:40 horas hasta las 19:20 horas (13 horas pedagógicas, de lunes a viernes).
Art. 11º El horario y jornada de trabajo del personal que labora en la administración es de 40 horas cronológicas semanales, distribuidas de la siguiente manera: a. Director : De 7:30 horas hasta 13:00 horas y de 14:15 horas hasta 16:45 horas. b. Subdirectora : 7:45 horas a 13:00 horas. y de 14:30 horas a 17:15 horas. c. Coordinador Administrativo, 40 horas pedagógicos; coordinadores pedagógicos y de tutoría: 32 horas pedagógicas. d. Personal de vigilancia y apoyo pedagógico CAS, 48 horas cronológicas semanales, según distribución de turnos. e. Secretaria : De 7:45 horas hasta 13:00 horas y de 14:15 horas hasta 17:00 horas. f. Auxiliar de Laboratorio. : De 7:50 horas hasta 12:55 horas y de 14:10 horas hasta 17:05 horas. g. Auxiliar de Educación : De 7:40 horas hasta 12:55 horas y de 14:10 horas a 14:30 horas. 30 horas cronológicas h. Auxiliar de Biblioteca : De 7:45 horas hasta 13:00 horas y de 14:15 horas hasta las17:00 horas. i. Personal de apoyo en biblioteca: 7:45 a 12:45 y de 14:00 a 17:00 horas. j. Personal de Servicio (mantenimiento): 40 horas cronológicas según lo turnos establecidos de común acuerdo. Nivel primaria de 7:30 a 13:00 y de 14:30 a 17:00 Nivel secundaria: de 06:00 a 14:30 horas con descanso de 30 minutos para su alimentación. k. Personal de servicio (cocina): 40 horas cronológicas, de 7:45 a 16:30 horas. l. En el periodo de planificación de marzo y diciembre la asistencia del personal docente es de 08:00 a 13:00 horas en el nivel primaria y de 8:00 a 13:24 horas en educación secundaria; con un receso de 10:30 a 11:00 horas. Los
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administrativos cumplen sus 40 horas: de 8:00 a l3:00 y de 14:00 a 17:00 horas. Art. 12º El control de la hora de ingreso y salida del personal se registra con el reloj checador biométrico y a falta de corriente eléctrica, en forma manual con el reloj oficial. Los docentes, adicionalmente, deben registrar en las planillas o cuadernos las actividades académicas a realizar. El CARE verifica, registra y observa en las planillas y cuadernos, la asistencia, permanencia, licencia o permisos del personal con el apoyo de la Secretaria. El informe mensual se realiza dentro de los 3 primeros días hábiles de cada mes. Art. 13° Constituyen inasistencias: La no concurrencia al centro de trabajo. Habiendo concurrido, no desempeñar su función. El retiro antes de la hora de salida sin justificación alguna. La omisión del marcado de tarjeta u otro mecanismo de control al ingreso y/o salida sin justificación. Art. 14º En todos los casos, el personal que llega después de la hora de ingreso se considera tardanza. Art. 15º El último día hábil de cada mes el CARE publica el record de asistencia mensual para conocimiento de todo el personal para su informe a la UGEL. El mismo tratamiento tiene las horas efectivas de clases. Art. 16º Horarios de clases según los niveles: a) Nivel Primaria: Primera hora : de 08:00 hasta 08:45 horas. Segunda hora : de 08:45 hasta 09:30 horas. Tercera hora : de 09:30 hasta 10:15 horas. Cuarta hora : de 10:15 hasta 11:00 horas. Receso : de 11.00 hasta 11:30 horas. Quinta hora : de 11:30 hasta 12:15 horas. Sexta hora : de 12:15 hasta 13:00 horas.
b)
Nivel secundaria: Primera hora : de 8:00 hasta 08:45 horas. Segunda hora : de 08:45 hasta 09:30 horas. Tercera hora : de 09:30 hasta 10:15 horas. Cuarta hora : de 10:15 hasta 11:00 horas. Receso : de 11:00 hasta 11:20 horas . Quinta hora : de 11:20 hasta 12:05 horas. Sexta hora : de 12:05 hasta 12:50 horas. ALMUERZO: 12:55 p.m. hasta 14:15 horas . Séptima hora : De 14:15 hasta 15:00 horas. Octava Hora : De 15:00 hasta 15:45 horas Novena hora : De 15:45 hasta 16:30 horas. Art. 17º Objetivos del Reglamento Interno : a) Contribuir con la formación integral de los educandos en el marco de la Constitución Política del Perú, El Proyecto Educativo Nacional, la Ley General de Educación, Marco de buen desempeño docente y, la Ley de Reforma Magisterial y su reglamento. b) Normar la organización y funcionamiento de la Institución Educativa.
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c)
Establecer las funciones de los docentes, jerárquicos, directivos, y administrativos y, los deberes, derechos, estímulos, sanciones y prohibiciones de los miembros de la comunidad educativa. d) Promover la práctica permanente de los valores cívicos, éticos, morales y las normas de convivencia. Art. 18º Fines del Reglamento Interno : a) Establecer la estructura organizacional de la I.E. b) Establecer los marcos de gestión pedagógica, administrativa, de gestión institucional y de relaciones con la comunidad. c) Garantizar la eficiencia del servicio educativo en términos de calidad en todos los niveles. CAPÍTULO III
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Art. 19º Los órganos de gobierno de la I. E. “Coronel Bolognesi” son: a) Órgano de Dirección: Dirección, Subdirección. Para el mejor cumplimiento de funciones se organiza el Equipo Directivo el que está formado por la subdirectora, los coordinadores pedagógicos, coordinador de tutoría, Psicólogo(a), Coordinador Administrativo y CIST. Órgano Pedagógico: Integrado por los Coordinadores pedagógicos, de Tutoría y docentes. b) Órgano de Soporte: Integrado por todo el personal administrativo y de vigilancia. c) Órgano de participación, que involucra a los miembros del CONEI y los diversos Comités y Comisiones. Art. 20º El CONEI es el órgano de participación, concertación y vigilancia. Está conformado de los siguientes miembros: a) Director de la I.E., que lo preside. b) Sub Directora c) Representantes de los docentes del nivel primaria. d) Representantes de los docentes del nivel secundaria. e) Representantes de los administrativos. f) Alcalde de primaria. g) Alcalde de secundaria. h) Representantes de APAFA (2). i) Representante de los ex alumnos. j) Auxiliar de educación. Art. 21º La elección de los representantes al CONEI se realiza de manera democrática antes de la conclusión del ejercicio de sus funciones que tiene una duración de dos años. En caso de retiro de uno o más miembros, se elige su reemplazante. Art. 22º La coordinación de las acciones de planificación, ejecución y evaluación curricular, está a cargo de la Sub Directora, coordinadores pedagógicos y coordinador de tutoría. Art. 23º El Organigrama estructural de la I.E es el siguiente:
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ORGANIGRAMA DE LA I.E “C.B”-
APAFA
ORGANO DE DIRECCIÓN -Dirección -Subdirección.
EQUIPO DIRECTIVO -Director -Subdirectora -Coordinadores Pedagógicos -Coordinador de Tutoría -Psicólogo, CIST, CARE.
ORGANO DE COORDINACIÓN -CONEI. -Comisiones y Comités
ORGANO PEDAGÓGICO -Coordinadores pedagógicos. -Docentes
CONEI
ESTUDIANTE S DE PRIMARIA Y
ÓRGANO DE SOPORTE -Personal Administrativo. -Auxiliares de Educación
SECUNDARIA
Art. 24º Los organismos internos para la planificación, ejecución y evaluación de los correspondientes planes son: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l)
Consejo Educativo Institucional CONEI Comisión de Calidad, Innovación y aprendizajes. Comité de Tutoría y Orientación Educativa. Comisión de Gestión de Recursos Educativos y Mantenimiento de Infraestructura. Comisión de Educación Ambiental y Gestión del Riesgo de Desastres. Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales. Comisión de Evaluación para contrato de Administrativos. Comisión de elaboración del cuadro de distribución de Horas pedagógicas. Comisión de Racionalización CORA. Municipio Escolar de primaria y secundaria. Comité de Alimentación Escolar CAE. Comisión de adjudicación de quioscos escolares. 11
m) Clubes de ciencias, letras, arte u otros. Art. 25º Funciones del Director: a)
Dirigir la institución educativa en el marco de una gestión escolar centrada en los aprendizajes y en la calidad del servicio que brinda. b) Conducir la elaboración colectiva de los instrumentos de gestión, considerando las características del estudiante y el entorno institucional, familiar y social. c) Implementar, monitorear y supervisar la ejecución de los instrumentos de gestión, el desarrollo de los procesos pedagógicos y el logro de las metas de aprendizaje, utilizando diversas estrategias e instrumentos. d) Aprobar, mediante Resolución Directoral, los instrumentos de gestión de la Institución Educativa, con opinión del CONEI. (PEI, RI, PAT, PCIE, IGA). e) Presidir en CONEI promoviendo la participación de la comunidad educativa en la toma de decisiones para la mejora de los aprendizajes. f) Implementar mecanismos de transparencia para dar cuenta sobre la gestión y responsabilidad por los resultados de aprendizajes. g) Delegar funciones a la Sub Directora o coordinadores. h) Promover un clima escolar favorable al logro de aprendizajes, gestionando estrategias orientadas a mejorar el ambiente laboral y la participación de los miembros de la comunidad educativa. i) Abrir cuentas de ahorro en las entidades bancarias y depositar o retirar dinero de las mismas. j) Gestionar la información que produce la institución educativa como insumo para la toma de decisiones orientadas a la mejora de los aprendizajes. k) Conducir procesos de autoevaluación y mejora continua en la I.E. orientados al logro de los aprendizajes. l) Generar y promover espacios y estrategias para el trabajo colaborativo entre los profesores y la reflexión sobre su práctica pedagógica. m) Organizar el Proceso de Matrícula, autorizar el Traslado de Matrícula y expedir Certificados de Estudio. Dentro de lo normado, aprobar las Nóminas y Actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos pedagógicos oficiales, así como la Exoneración de Asignaturas y aplicación de Pruebas de Ubicación. Asimismo, autorizar exámenes de convalidación y de revalidación. n) Otorgar permisos y licencias según lo normado. o) Desarrollar estrategias de articulación con las familias, las empresas, instituciones públicas y privadas, la comunidad, e instancias de gestión intergubernamental e intersectorial. p) Autorizar viajes de estudio a nivel local, regional y nacional, informando a la UGEL de lo actuado. q) Estimular y sancionar según lo normado y lo establecido en el presente Reglamento al personal administrativo, docentes y estudiantes del Plantel. r) Articular el desarrollo de los procesos pedagógicos de los niveles educativos que ofrece la institución educativa, de manera que favorezca la permanencia y culminación oportuna de la educación básica regular de sus estudiantes. s) Aprobar en el mes de noviembre, el Rol de Vacaciones del Personal Directivo y Administrativo.
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t) u) v) w) x) y) z)
Convocar a la elección del Municipio Escolar en el mes de noviembre de cada año en coordinación con el personal jerárquico. Dirigir y supervisar la ejecución de los diversos planes de trabajos de los comités y comisiones. En ausencia de la Sub Directora, visar las sesiones de clases de los docentes y coordinadores. Sancionar al personal docente según lo establecido en la Ley Nº 29944 de Reforma Magisterial y su Reglamento. En caso de reincidencia o gravedad, comunicar a la UGEL Bolognesi. Velar por el buen funcionamiento de los equipos y mantenimiento de la infraestructura. Responsabilizar a quienes lo malogren o extravíen. Elaborar el horario de clases, antes del inicio del año escolar. Monitorear y supervisar el cumplimiento de las horas adicionales al dictado de clases.
Art. 26º Funciones de la Sub Directora: La Sub Directora es la docente que le sigue en jerarquía al Director, cumple funciones técnico pedagógicas y administrativas por delegación del Director. a. Participa en la formulación, ejecución y evaluación de los instrumentos de Gestión Educativa (PAT, RI, PCI, PEI,). b. Planifica, Formula, Orienta y ejecuta la diversificación y programación curricular con participación del personal docente de la Institución Educativa. c. Programa jornadas de capacitación y actualización para el personal docente de la Institución Educativa, haciendo usos de diversas estrategias. d. Realiza el monitoreo y acompañamiento de los procesos pedagógicos que implementan los docentes, las actividades de tutoría y toda actividad pedagógica en el nivel a su cargo. e. Convoca a reuniones de trabajo pedagógicas, previa coordinación e informando al Director. f. Coordina con los docentes de primaria la fecha de entrega de tarjetas de información de los educandos a los padres de familia, orientando sobre los diferentes tipos de evaluación que se aplique a los educandos. g. Participa en la evaluación y realización de proyectos de innovación para su ejecución. h. Monitorea y controla el uso del material bibliográfico, equipos, kits, laboratorio, biblioteca y talleres estableciendo horarios adecuados. i. Organiza las actividades de recuperación, reforzamiento y nivelación de los educandos a lo largo del periodo lectivo en coordinación con los docentes. j. Presenta semanalmente, al director, su planificación de actividades. k. Reemplaza de oficio al Director cuando está ausente de la Institución Educativa. Art. 27° Funciones del Ccoordinador Administrativo y de Recursos Educativos: Apoyo al director(a), en la gestión institucional para lograr las metas establecidas en el plan de trabajo anual de la IE. Elabora en coordinación con la Dirección de la IE, un Plan de Trabajo que incluya las actividades administrativas a desarrollarse durante el año escolar. Coordina y vela conjuntamente con el Personal de Mantenimiento por la limpieza y mantenimiento de la IE, así como la conservación del mobiliario y los equipos.
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Diseña e implementa, junto al psicólogo*, CIST y quien corresponda, la realización de acciones para involucrar de manera activa a las familias. Gestiona y promueve el uso oportuno de recursos y materiales educativos como soporte al proceso de aprendizaje de las y los estudiantes. Consolida los resultados de aprendizaje y de gestión de la IE para informar periódicamente al director y docentes, con el fin de lograr la mejora continua del servicio educativo. Promueve, articula y coordina con organizaciones y/o instituciones públicas y/o privadas la creación de redes de apoyo en beneficio de la comunidad educativa.
1. Organizar la gestión administrativa de soporte al proceso pedagógico. 2. Asegurar el uso, mantenimiento y conservación de los ambientes pedagógicos y los espacios con los que cuenta la I.E, realizando la distribución equitativa de los mismos al personal de mantenimiento, informar al director de las acciones realizadas.
3. Identificar de manera oportuna las carencias, insuficiencias y deterioros de los materiales, mobiliarios y ambientes de I.E, a fin de coordinar las acciones que permitan solucionar las dificultades encontradas, informando de lo actuado al director de la I.E.
4. Gestionar y mantener la información actualizada de los recursos educativos con los que cuenta la I.E, promoviendo el uso oportuno y adecuado de los mismos.
5. Presentar periódicamente el balance de los recursos financieros de la I.E a la comunidad educativa.
6. Mantener actualizado el reporte de asistencia y permanencia del personal de la institución educativa durante la jornada escolar programa, informando pertinentemente al director de la I.E.
7. Verificar y garantizar el correcto y pertinente reporte en el SIAGIE sobre matricula, traslado, retiro y rendimiento de los estudiantes, informando al director de la I.E. sobre las acciones realizadas.
8. Sistematizar la información sobre los resultados de aprendizaje y de gestión de IE. Reportando periódica a la comunidad educativa.
9. Verificar la aplicación de las evaluaciones online y/o offline que envía al Minedu para las distintas áreas curriculares.
10. Registrar y actualizar oportunamente los datos solicitados en los sistemas de información de la JEC garantizando la calidad y veracidad de la información. Art. 27° Funciones del Coordinador Pedagógico:
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a) Orientar y promover la participación de los actores de la IE en la planificación, ejecución y evaluación curricular del (as) área (s) curriculares (es), a partir de las necesidades, características e intereses de los estudiantes y del contexto, considerando las metas de aprendizaje. b) Programar acciones para implementar y realizar el seguimiento a las estrategias establecidas en el plan de mejora para alcanzar las metas de aprendizaje proyectadas para cada área curricular, grado y ciclo a su cargo. c) Coordinar la elaboración del análisis estadístico de los logros de aprendizaje y del diagnóstico pedagógico de los mismos, de las áreas curriculares a su cargo. d) Analizar de manera colegiada y en forma periódica los resultados de aprendizaje obtenidos por los estudiantes en las distintas áreas curriculares a su cargo para elaborar planes de mejora de los aprendizajes. e) Realizar el acompañamiento pedagógico a los profesores a su cargo y promover estrategias formativas diversas (sesiones compartidas, GIAS, aulas abiertas) para garantizar la mejora de los procesos pedagógicos y los aprendizajes. f) Promover la integración de las TIC en los procesos pedagógicos y el desarrollo de la labor tutorial con el apoyo de los coordinadores correspondientes. g) Organizar al equipo docente para formar comunidades de aprendizaje por áreas curriculares, grados o ciclos , a partir de las dificultades y fortalezas identificadas en el proceso de acompañamiento, para la mejora de su desempeño. h) Promover en los profesores el uso de estrategias y acciones de comunicación permanente y colaboración con las familias, las empresas, instituciones públicas y privadas y la comunidad (visitas de estudio, proyectos curriculares, tertulias, entre otras). i) Conducir sesiones de aprendizaje (sesiones compartidas, aulas abiertas) para usar como insumo en la asesoría a los docentes. j) Orientar a los profesores el desarrollo de estrategias de reforzamiento pedagógico, así como la implementación y ambientación de las aulas funcionales de las áreas curriculares a su cargo. k) Coordinar con el personal directivo de la IE, la participación de profesionales u otros actores de la comunidad en el proceso de aprendizaje de las áreas curriculares, así como el desarrollo de estrategias de aprendizaje en diversos escenarios de la comunidad. l) Orientar y supervisar especialmente el desarrollo de competencias socioemocionales en el área de Educación para el Trabajo. m) Revisar y visar las sesiones de clase de los docentes a su cargo, quienes deben presentarlo en fecha anterior al desarrollo de sus clases. n) Llevar un cuaderno de actas de las reuniones colegiadas y entregar a la Dirección al concluir el año. o) Presentar al CARE, cada viernes, la programación de actividades para la semana siguiente. Art. 28° Funciones del Coordinador de Tutoría:
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a) Realizar el diagnóstico de las necesidades de orientación de las(os) estudiantes. b) Elaborar la propuesta del Plan Anual de trabajo tutorial para el año lectivo, bajo el enfoque orientador y preventivo para adecuarlo periódicamente. c) Organizar, socializar y sugerir materiales y recursos que permitan dar soporte a las actividades de tutoría. d) Desarrollar el acompañamiento a la acción tutorial de los profesores tutores. e) Sistematizar la experiencia de la implementación del sistema tutorial cada bimestre/trimestre para mejorar oportunamente. f) Implementar estrategias de articulación de la I.E. con las familias de los estudiantes para la mejora de sus capacidades socioemocionales y cognitivas. g) Coordinar con el equipo directivo, profesores tutores y auxiliares la identificación de estudiantes que requieren refuerzo pedagógico y el seguimiento a las actividades de recuperación. h) Promover el protagonismo estudiantil en la gestión de la institución educativa y del aula para fortalecer las habilidades sociales de los estudiantes. i) Coordina con el director la gestión de apoyo interinstitucional que fortalezca la acción tutorial en la IE. j) Coordinar con los docentes de Educación para el Trabajo actividades relacionadas a la orientación vocacional (visitas, charla, etc.) k) Hacer uso de un cuaderno de campo y entregar a la dirección al finalizar el año. l) Presentar al Director, cada viernes, la programación de actividades para la semana siguiente. m) Realizar la reunión de trabajo colegiado con los tutores y docentes no tutores. Art. 29° Funciones del Psicólogo(a)
a) Sensibilizar y capacitar a la comunidad educativa sobre la Atención Tutorial Integral, sus modalidades y estrategias en todos los espacios, instancias o actividades que se programen en la IE. b) Liderar la ejecución del diagnóstico socioemocional de estudiantes y focalizo los casos de estudiantes en riesgo c) Implementar y monitorear un sistema de detección de riesgo social y prevención de la deserción escolar en coordinación con miembros del equipo de tutoría. d) Organizar un programa de desarrollo de capacidades dirigido a personal educativo sobre estrategias de prevención, detección y atención de estudiantes con dificultades socioemocionales (clima del aula, habilidades blandas, entre otros). e) Coordinar, derivar y hacer seguimiento a casos de estudiantes que requieran una atención especializada. f) Implementar espacios de inter-aprendizaje para docentes sobre su rol e interacción con estudiantes dentro del aula para mejorar los logros de aprendizaje. Art. 30° Funciones del coordinador de innovación y soporte tecnológico. 16
a. Propicio en la IE la formación de docentes y personal CAS en alfabetización digital y promuevo el uso eficiente de los recursos educativos y tecnológicos, así como de los ambientes de aprendizaje, haciendo uso de las TIC. b. Garantizo el uso adecuado del internet, utilizando mecanismos de seguridad que permita el acceso solo a páginas de uso educativo. c. Administro, configuro y brindo soporte al servidor JEC y servicios implementados, como DNS, DHCP y filtro de contenido. d. Planifico la gestión de las actividades que correspondan al uso de recursos tecnológicos y oriento a los docentes acerca del uso adecuado y eficiente de estos. e. Superviso las instalaciones y velo por el mantenimiento (preventivo y correctivo) de los recursos tecnológicos y de comunicación; asegurando el correcto funcionamiento de los sistemas eléctricos, de pozo a tierra, pararrayos, alarmas y red de datos. f. Realizo la administración, configuración, despliegue, recojo y sincronización de resultados de las plataformas virtuales y/o evaluaciones que desarrolle el MINEDU. Art. 31° Funciones de los Docentes:
a) Participar en la formulación de los instrumentos de gestión y otros que anualmente se elaboran. b) Programar, desarrollar, evaluar los documentos de gestión pedagógica, en forma oportuna; así como desarrollar las acciones curriculares con calidad y eficiencia y, realizar acciones de orientación en la sección o área a su cargo. c) Evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje haciendo uso de desempeños e instrumentos adecuados y pertinentes. d) Entregar, en secretaría, los registros de evaluación al concluir cada bimestre. e) Entregar al CARE las pruebas y otras evidencias de evaluación al finalizar cada bimestre para su registro y custodia. f) Integrar las comisiones de trabajo para el desarrollo de las actividades del Plan Anual de Trabajo PAT y otras orientadas al logro de los objetivos del PEI. g) Orientar a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo de permanencia en la I.E o en otros escenarios en los que participen. h) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia y apoderados sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico, asistencia y comportamiento de sus hijos o pupilos. i) Participar en las actividades cívicas patrióticas y, en forma obligatoria en el Izamiento del Pabellón Nacional, en las fechas externas que corresponda a la I.E. j) Presentar oportunamente los informes y documentos que solicite la Dirección a la finalización de cada periodo y del año lectivo según lo normado. k) Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de la infraestructura, equipos, mobiliario y materiales de la Institución Educativa. l) Organizar el Comité de Aula: en primaria los docentes de aula y en secundaria los tutores. m) Los docentes del Nivel Primario hacen el llenado de las Tarjetas de Información, y realizan el comentario descriptivo sobre los logros y dificultades y los entregan a los padres de familia. Las recogen en el plazo de 72 horas, debidamente firmadas por los Padres o Apoderados. n) Planificar y organizar viajes de estudio (Tutores, docentes o asesores). 17
o) Organizar Círculos de estudios y de calidad. p) Recibir, denunciar, atender y derivar los casos de maltrato o abuso a los estudiantes ante el coordinador de Tutoría o el Director de la I.E. q) Hacer uso de un cuaderno de campo para el registro de incidencias y entregar a la Dirección al finalizar el año académico. r) Orientar al estudiante y contribuir a su formación integral con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación. s) Conducir procesos de enseñanza y aprendizaje considerando los dominios del marco del buen desempeño docente. t) Constituir con sus pares grupos de interaprendizaje GIA y participar de programas de formación continua, que favorezcan el trabajo pedagógico, la mejora de la enseñanza y la construcción de un clima democrático en la institución educativa. u) Brindar orientación e información a las familias sobre los procesos y resultados educativos, en un clima de respeto, colaboración y corresponsabilidad. v) Participar activamente con actitud democrática, crítica y colaborativa en la gestión de la institución educativa, contribuyendo a la construcción y mejora continua del Proyecto Educativo Institucional y actividades del PAT en el marco de un trabajo colaborativo con la finalidad de desarrollar aprendizajes de calidad. w) Realizar las acciones de nivelación y reforzamiento pedagógico en un horario determinado por la dirección y consentimiento de los padres de familia. Art. 32° Funciones del profesor de Banda de Música: a) Planificar, organizar, ejecutar, coordinar y supervisar las acciones relacionadas con la enseñanza y práctica de la música de los estudiantes inscritos. b) Mantener expedita la Banda para las presentaciones oficiales de la I.E . y eventos donde se requiera su presencia como actividades matinales, fechas cívicas internas y externas, eventos deportivos, culturales, etc. c) Es responsable de la seguridad, mantenimiento y conservación de los instrumentos. d) Llevar el inventario actualizado de los bienes, enseres e instrumentos. e) Propiciar la implementación de la Banda. f) Coordina con los padres de familia de los estudiantes integrantes de la banda diversas acciones de su competencia. g) Elaborar la sesión de aprendizaje para su desarrollo en las clases de música. h) Lleva el registro diario de la asistencia y permanencia de los alumnos de la banda. i) Depende del Director del Plantel. Art. 33º Funciones de los Auxiliares de Educación (Acompañantes Pedagógicos) a) Contribuir a la formación integral del educando desarrollando actividades conducentes al logro de este objetivo. b) Atender en primera instancia a los Padres de Familia en asuntos relacionados al rendimiento académico, comportamiento y asistencia de sus hijos o pupilos, o visitarlos en casos necesarios. c) Coordinar con el Psicólogo el registro de méritos y deméritos de los estudiantes del nivel secundaria. d) Propiciar el clima de cooperación, amistad y respeto entre alumnos, docentes y padres de familia. e) Orientar y apoyar a los educandos en todas las actividades de servicio comunal que desarrolle la I.E. f) Promover el fortalecimiento de la disciplina y el buen comportamiento inculcando 18
la práctica efectiva de hábitos de responsabilidad, disciplina, puntualidad, trabajo, estudio, higiene, solidaridad entre sus compañeros. g) Orientar y apoyar a los educandos para que realicen actividades de conservación y mejoramiento de la infraestructura, mobiliario y material educativo de la I.E. h) Fomentar en los educandos el respeto a los Símbolos Patrios. i) Evaluar el comportamiento de los estudiantes, en coordinación con los tutores haciendo uso de indicadores. En caso de ausencia de los docentes, controlar la ejecución de tareas en las aulas o biblioteca. j) Transcribir las notas de los Registros Oficiales a las Tarjetas de Información, entregarlas a los alumnos y recabarlas previamente firmadas por el padre o apoderado, en el término de 72 horas posteriores a su entrega. k) Mantener actualizada la asistencia, tardanza, permisos y justificaciones de los educandos. l) Brindar los Primeros Auxilios a los educandos y/o trasladarlos al Centro de Salud para su atención. m) Realizar rondas continuas por el perímetro de la I.E, de preferencia en horas de recreo. n) Responsabilizarse de los ensayos y conducción de las marchas y actividades similares en coordinación con el Docente Jerárquico. o) Comunicar por escrito, a los docentes, la justificación de las inasistencias de los educandos dentro de las 48 horas después del último día de inasistencia. p) Dar a conocer a los estudiantes, el Reglamento Interno, en forma permanente. q) Informar a los tutores y por escrito al Coordinador de tutoría o Dirección de las faltas de carácter disciplinario que cometan los estudiantes; dentro y fuera de la I.E. r) Hacer firmar a padres/madres compromisos de corrección y buen comportamiento en casos de estudiantes que cometieran faltas disciplinarias. s) Entregar el mobiliario numerado a cada educando y bajo responsabilidad compartida. t) Llevar el cuaderno de ocurrencias e informar al Comité de Tutoría y Orientación Educativa. u) Es responsable de la formación dentro y fuera del Plantel. v) Seleccionar a los brigadieres, con el apoyo del comité directivo: general, adjunto y de secciones, escolta según los siguientes criterios: Buen desempeño académico. Buen comportamiento. Marcialidad, en el caso de los miembros de la Escolta. Los que no hayan cumplido sus funciones el año anterior no podrán ser ratificados. w) Otras funciones afines que se le encomiende.
Art. 34º Funciones del auxiliar de biblioteca: a) Orientar a los educandos y lectores, el uso adecuado de los ficheros y catálogo, garantizando su conservación. b) Recomendar a los usuarios el buen comportamiento en la sala de lectura, así como el cuidado de los documentos de consulta. c) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento del material bibliográfico y otros enseres a su cargo. d) Entregar el material bibliográfico a los usuarios externos previa presentación del 19
e) f) g) h) i) j) Art. 35º a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m)
documento de identidad y Carne de Lector para controlar su devolución. Informar a la Dirección la relación de los alumnos y docentes que adeudan libros, 15 días antes de la finalización del año académico para tomar las acciones correctivas. Llevar el inventario actualizado del material bibliográfico, máquinas, muebles y demás enseres con que cuenta la biblioteca. Confeccionar las fichas bibliográficas y catálogos de libros, textos, folletos, revistas y otros. Hacer cumplir las normas para el uso, préstamo y reposición del material bibliográfico con el apoyo de la Dirección. Promover campañas para la implementación de la biblioteca. Llevar el control estadístico de los lectores.
Funciones del Auxiliar de Laboratorio: Limpiar el ambiente del laboratorio y esterilizar los equipos y/o instrumentos. Participar en la elaboración del Plan de Trabajo Anual. Hacer el Cronograma Semanal de las Prácticas de Laboratorio en coordinación con el docente del área o grado y llevar el registro de las mismas. Elaborar el cuadro de requerimientos de materiales, instrumentos y reactivos en coordinación con los docentes de área y la Dirección, asimismo elaborar el horario semanal de prácticas. Llevar el inventario actualizado de los bienes y materiales, equipos y muebles; dando cuenta al Director de las altas y bajas. Apoyar en la práctica al docente, con la preparación de muestras, registro de análisis y otros afines. Brindar orientación a los educandos para que tomen las precauciones en el manipuleo de equipos o instrumentos para evitar accidentes o deterioro de los mismos. Coordinar con la Dirección y docentes de Área o sección la implementación del botiquín del laboratorio. Elaborar el material educativo complementario con recursos de la región. Rotular los materiales y reactivos anotando nombres, fórmulas y códigos con indicación de las precauciones. Brindar seguridad a los materiales y equipos del laboratorio según la fragilidad, contextura y peso. Brindar apoyo en Secretaría cuando tenga disponibilidad de tiempo. Otras funciones que la Dirección le asigne.
Art. 36º Funciones de la Secretaria: a) Recibir, registrar, clasificar, distribuir y archivar la documentación recibida y los que genere en la Institución. b) Preparar y redactar la documentación oficial de la I.E. para los fines correspondientes. c) Procesar los Certificados de Estudios y de conducta en el plazo máximo de 05 días. d) Matricular y ratificar la matrícula en el SIAGIE, y elaborar las nóminas de acuerdo a las disposiciones vigentes. e) Llevar al día el registro de los estudiantes con un área (s) de recuperación o subsanación. f) Registrar y llevar el control de los estudiantes retirados o trasladados por 20
g) h) i) j) k) l) m) n) o)
diversos motivos previo informe del Auxiliar de Educación o docente de aula. Elaborar las Actas de Recuperación y Subsanación en los dos niveles. Llevar el inventario de todos los bienes, actas y demás enseres de la Institución. Tomar nota de lo que se trata en las sesiones y transcribirlo al acta con registro minucioso de lo tratado. Dar trámite a los documentos que se presentan por Mesa de Partes y otros inherentes a su función brindando trato cortés a los usuarios. Notificar a los padres de familia sobre las tardanzas, inasistencias y faltas disciplinarias de sus hijos o pupilos. Llevar la agenda del Director y tener actualizado el directorio del personal y autoridades. Registrar las tardanzas, insistencias, abandonos o licencias de todo el personal en los cuadernos de registro. En coordinación con el CARE. Mantener actualizada la ficha escalafonaria de todo el personal. Otras funciones inherentes al cargo que la Dirección le encomiende.
Art. 37° El personal auxiliar de apoyo administrativo tiene las siguientes funciones : a. Maneja y realiza el mantenimiento de las fotocopiadoras. b. Brinda servicio de fotocopiado. c. Vela por la seguridad, conservación y mantenimiento del equipo a su cargo. d. Realiza otras funciones de su competencia, que le encargue el Director. e. Depende del Director. Art. 38º Funciones del trabajador de servicio: a) Limpiar y desinfectar ambientes, aulas, patios, servicios higiénicos en forma permanente y todos los días; y, vajillas y similares después de su uso. b) Distribuir documentos y materiales en general. Hacer el traslado de sillas al Auditorio para las Asambleas de APAFA y otras reuniones. c) Pintar paredes, pizarras, carpetas y otros que la Dirección le encomiende. d) Reparar mobiliarios, instalaciones de corriente eléctrica, agua y desagüe, albañilería y otros que no demanden alta especialización. e) Cultivar, desyerbar huertos, vigilar jardines y pequeños proyectos; bajo responsabilidad. f) Instalar contenedores de papel y desperdicios y descargarlos oportunamente. g) Arreglar depósitos y archivos en coordinación con la Secretaría y Dirección. h) Mantener abiertos los servicios higiénicos de lunes a viernes desde la hora de ingreso hasta la hora de salida, como también en días no laborables si hay actividades variadas. Limpiar los SS HH en forma permanente. i) Colaborar con el personal docente y padres de familia en casos que se requiera sus servicios. j) Comunicar por escrito al Director de las acciones de deterioro o destrucción de la infraestructura para tomar las medidas correctivas. Su silencio implica responsabilidad. k) Hacer la selección de los desechos orgánicos e inorgánicos y su correcta disposición. l) Velar por la seguridad de los estudiantes durante su permanencia en la I.E. m) Realizar otras funciones afines a su cargo que el director les asigne. Art. 39° Funciones del personal de vigilancia . 21
a) Velar por la seguridad de los bienes de la I.E. durante el horario establecido. b) Velar por la seguridad de los estudiantes, dentro de la I.E. c) Solicitar el DNI a los visitantes para su identificación y registrar en el cuaderno de visitas. d) Comunicar al director de las incidencias relacionadas con la seguridad de los bienes y enseres o infraestructura de la I.E. e) Registrar y revisar bienes y enseres que portan las personas que ingresan y salen de la I.E. f) Otras que el director les encomiende. Art. 40° Funciones del Consejo Educativo Institucional (CONEI). a) Opinar para la aprobación de los instrumentos de gestión: PEI, PAT, RI. b) Participar en el Comité de Evaluación de administrativos mediante su representante. c) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la I.E. d) Vigilar el cumplimiento de los derechos y deberes de los educandos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad del servicio educativo. e) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la I.E. y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de APAFA, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. f) Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje. g) Revalidar la asistencia y puntualidad de los docentes de acuerdo al horario de clases. h) Propiciar la solución de conflictos que se susciten en la I.E, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen falta grave o delito. i) Los miembros del CONEI se reúnen ordinariamente al inicio del año lectivo y luego al final de cada bimestre. j) Emitir opinión para la aplicación de sanciones a los educandos previo informe del comité de Tutoría. Art. 41º Funciones de la Comisión de Calidad, Innovación y aprendizajes . Está integrada por los siguientes miembros: Director de la IE. Tres docentes elegidos en asamblea de docentes. Un representante de los padres de familia elegidos en asamblea general. Un representante del Municipio Escolar. FUNCIONES:
a) Elaborar el PCI en coordinación con el Director, coordinadores y docentes. b) Formular el plan lector de la institución educativa. Se responsabiliza de su
organización, ejecución y evaluación en primaria a la sub Directora y en secundaria al coordinador de comunicación. c) Organizar, convocar, difundir, ejecutar y supervisar el desarrollo de los concursos escolares aprobados por el Ministerio de Educación para el año escolar.
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d) Evaluar a los participantes en los concursos escolares, así como remitir los resultados y la información pertinente de los ganadores, para su participación en la siguiente etapa, según corresponda. e) Gestionar los permisos y autorizaciones para garantizar la seguridad y la atención medica de los participantes durante el concurso, así como el desarrollo del mismo. f) Aprobar los modelos de medalla y diploma, y otorgar las medallas y diplomas a los participantes de los referidos concursos, según corresponda. g) Evaluar e informar los resultados de los concursos escolares aprobados por el Ministerio de Educación para el año escolar . h) Supervisar los programas de recuperación pedagógica en la institución educativa. i) La participación de estudiantes en concursos a nivel local, provincial o regional estará a cargo de la Sub directora en el nivel primaria y los coordinadores pedagógicos en el nivel secundaria. El responsable de la conducción de los estudiantes será por niveles y aceptación de los docentes, con compensación horaria. Art. 42º Funciones de la Comisión de Gestión de Recursos Educativos y Mantenimiento de Infraestructura. Está integrada por los siguientes miembros:
Director de la IE. Dos representantes de los padres de familia elegidos en asamblea general. Un docente elegido en asamblea de docentes. Un personal administrativo elegido en asamblea. Un representante del Municipio Escolar.
FUNCIONES: a) b)
c)
d)
e)
Recibir los recursos y materiales educativos y verificar que estén en buenas condiciones para firmar la recepción. Registrar información con relación al arribo de los recursos y materiales educativos en el sistema de información para la distribución de materiales y recursos educativos. Identificar los espacios educativos de modo que los recursos recibidos o existentes puedan ser accesibles para el uso de los docentes y estudiantes, y se resguarden en buen estado. Planificar, organizar y ejecutar la distribución interna y/o entrega de los materiales y recursos educativos para ponerlos a disposición de los docentes y estudiantes, brindar seguimiento a su uso, atender las contingencias y devolver los textos de grado entregado a los estudiantes y los manuales para docentes. En el caso de primaria y secundaria, estas acciones son parte de la planificación para el correcto funcionamiento del Banco del libro en la institución educativa. Elaborar y ejecutar el plan de devolución de textos de grado y manuales para docentes al final de cada año, el cual incluirá la evaluación del estado de conservación de cada ejemplar. 23
f)
Elaborar la ficha Técnica de Mantenimiento de acuerdo a las acciones de mantenimiento priorizadas en la norma técnica específica. g) Dirigir y ejecutar las acciones de mantenimiento en el local de la institución educativa a su cargo, de acuerdo con lo establecido en la Ficha Técnica de Mantenimiento aprobado por la Dirección Regional de Educación o la Unidad de Gestión Educativa Local, a través del sistema WASICHAY, realizando como mínimo dos (02) cotizaciones de los materiales y mano de obra. h) El responsable de mantenimiento deberá ingresar los datos en el sistema informático WASICHAY, integrantes de la comisión, ficha técnica, declaración de gastos y devoluciones realizadas en las cuentas de ahorro correspondientes. i) Brindar información sobre el mantenimiento del local escolar a su cargo, a las personas y/o entidades que lo requieran. j) Brindar información al coordinador de la Unidad Gerencial de Mantenimiento (UGM) o al personal contratado por el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED) para la verificación de las actividades de mantenimiento ejecutadas. Asimismo, firmar la documentación pertinente a la supervisión y/o monitoreo que se realice a través del PRONIED. Art. 43º Comisión de Educación Ambiental y de Gestión del Riesgo de desastres. Está integrada por los siguientes miembros: Director de la IE. Un responsable de educación ambiental. Un responsable de gestión del riesgo de desastres. Un representante de los padres de familia elegidos en asamblea general. Un representante del Municipio Escolar. FUNCIONES: 43.1. Sobre Educación Ambiental: a) Planificar, organizar, ejecutar, monitorear y evaluar la implementación de acciones educativas desde la gestión escolar orientada a una mejora del entorno educativo (ambientes saludables y sostenibles) y al desarrollo de competencias, capacidades, valores, actitudes y prácticas ambientales (relacionadas a cambio climático, ecoeficiencia, salud y gestión del riesgo) a través de los Proyectos Educativos Ambientales Integrados (PEAI), con la participación de los miembros de la comunidad educativa, en el marco de la Política y el Plan Nacional de Educación Ambiental. b) Garantizar la incorporación del enfoque ambiental y de la gestión del riesgo de desastres, en el Proyecto Educativo Institucional, el Proyecto Curricular Institucional, en Plan Anual de Trabajo y el Reglamento Interno. c) Organizar y promover la participación de los estudiantes, docentes y padres de familia en las acciones de educación ambiental. d) Acompañar, monitorear y evaluar las acciones propuestas en el plan de actividades de brigadas de: Cambio climático. Ecoeficiencia, salud y gestión del riesgo de desastres.
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e)
Evaluar, determinar y reportar a la Unidad de Gestión Educativa Local de su jurisdicción, los logros ambientales alcanzados por la institución educativa pública y privada en el marco de aplicación del enfoque ambiental.
43.2. Sobre Gestión del Riesgo de Desastres: a)
b) c) d)
e)
Planificar, organizar, ejecutar, monitorear y evaluar las acciones de Gestión del Riesgo de Desastres que son de responsabilidad sectorial en el marco del Plan Nacional de Prevención y Atención de Desastres. Elaborar el Plan de Contingencia con el asesoramiento y apoyo con el Centro de Operaciones de Emergencia (COE) correspondiente. Organizar y promover la participación de los estudiantes, docentes y padres de familia en la Gestión de Riesgo de Desastres. Desarrollar acciones de capacitación en Gestión del Riesgo de Desastres en coordinación con la Unidad de Gestión Educativa Local y con el apoyo de las Oficinas de Defensa Civil e instituciones especializadas. Organizar, ejecutar y evaluar la realización de los simulacros a realizar de acuerdo a la realidad fenomenológica de la zona con asesoramiento de la Unidad de Gestión Educativa Local y con apoyo de los Comités de Defensa Civil, de acuerdo al cronograma aprobado por el Ministerio de Educación.
Art. 44º Funciones del Comité de Tutoría y Orientación Educativa: Está integrado por los siguientes miembros: Director de la IE Un coordinador de tutoría Un responsable de convivencia escolar Un responsable de inclusión Un representante de los auxiliares de educación. Un Psicólogo escolar. Un representante de los padres de familia. Un representante del Municipio Escolar. FUNCIONES: a) Planificar, elaborar, ejecutar, monitorear y evaluar el Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar, en función al diagnóstico de necesidades de orientación de las y los estudiantes, el Proyecto Educativo Local y Regional si lo hubiera. b) Promover que la tutoría, Orientación Educativa y Convivencia escolar y sus actividades se incorporen en los instrumentos de gestión de la institución educativa (Proyecto Educativo Institucional – PEI, Proyecto Curricular de la Institución Educativa- PCI, Plan Anual de trabajo – PAT, Reglamento Interno – RI). c) Velar que el Coordinador de tutoría, el responsable de convivencia y los tutores respondan al perfil necesario para la atención integral de las y los estudiantes. d) Promover que los docentes tutores, en función de las necesidades e intereses de las y los estudiantes, dispongan de las horas adicionales para la orientación y el
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acompañamiento respectivo, en el marco de lo dispuesto en las normas del año escolar. e) Promover el cumplimiento de las horas efectivas y consecutivas de tutoría grupal, en un horario que favorezca su ejecución. f) Asegurar el desarrollo de la tutoría individual con las y los estudiantes, según sus necesidades de orientación. g) Desarrollar actividades de orientación a las familias a nivel de institución educativa y a nivel de aula. h) Coadyuvar en el desarrollo de acciones de prevención y la atención oportuna de los casos de violencia escolar y otras situaciones de vulneración de derechos considerando las orientaciones y protocolos de atención y seguimiento propuesto por el Sector. i) Coordinar con el Consejo Educativo Institucional (CONEI) u otras organizaciones de la institución educativa, el desarrollo de actividades formativas y preventivas relacionadas a la gestión de la tutoría, orientación educativa y convivencia escolar, para todos los integrantes de la comunidad educativa. j) Impulsar las reuniones de trabajo con los tutores para el intercambio de experiencias y apoyo mutuo. k) Organizar y promover la capacitación de los estudiantes, del Comité de Tutoría y Orientación Educativa y personal de la institución educativa en general, en temas relacionados a la tutoría y a la convivencia escolar. Para ello, podrán recurrir a la Unidad de Gestión educativa Local correspondiente o a instituciones de la sociedad civil especialidades en el tema. l) Promover, convocar y articular acciones con instituciones aliadas, tomando en cuenta que su labor debe adecuarse a la normatividad vigente. m) Articular las acciones de orientación con los auxiliares de educación n) Elaborar, actualizar y validar las normas de convivencia de la institución educativa. o) Asegurar la difusión del boletín informativo que contenga los principios y demás normas de convivencia entre todos los integrantes de la comunidad educativa. p) Asegurar que la institución educativa esté afiliada al SiseVe y actualice periódicamente los datos del responsable de la institución educativa. q) Fomentar el establecimiento de alianzas y relaciones de cooperación con instituciones públicas y privadas, con el fin de consolidar una red de apoyo en la promoción de la convivencia escolar, así como las acciones que tenga que ver con la prevención y la atención de la violencia escolar y otras problemáticas psicosociales. Art. 45º Funciones de los tutores (docentes de aula y por horas) : a) Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo-clase y en el conjunto de la dinámica escolar. b) Asistir a la hora de reunión colegiada de tutoría, bajo la dirección del Coordinador de Tutoría. c) Propiciar relaciones cordiales entre estudiantes, docentes y padres de familia. 26
d) Reconocer limitaciones, dificultades o problemas particulares de los estudiantes, tanto personales como académicos, buscando soluciones adecuadas para los mismos. e) Mantener comunicación con los docentes de la sección a su cargo para estar informados acerca de los logros y dificultades de los estudiantes, cada bimestre. f) Redactar los comentarios, en la tarjeta de información, al final de cada periodo. g) Promover la adquisición de estilos de vida saludable en los estudiantes. h) Además, los establecidos en la Norma JEC: i) Elaborar el Plan de Tutoría del aula, considerando las características, intereses y necesidades de los estudiantes, así como a la problemática identificada en el ámbito local y regional. j) Mantener con las y los estudiantes del grado una relación de cercanía basada en el diálogo, el respeto y la comprensión. k) Acompañar y orientar a las y los estudiantes en los distintos momentos de su vida en la escuela, aprovechando todas las actividades curriculares como oportunidades de aprendizaje. l) Promover entre las y los estudiantes el diálogo, el debate y la reflexión acerca de temas relevantes o de su interés. m) Atender u orientar a las familias en su labor formativa; manteniéndolos informados sobre las potencialidades, logros y dificultades de sus hijas e hijos. n) Realizar, con apoyo del psicólogo, el seguimiento a los casos de estudiantes con problemas académicos y/o socio-afectivos de su sección. o) Reportar al Coordinador de tutoría los casos que deben ser tratados a este nivel. Art. 46º La acción tutorial se desarrolla teniendo como base legal la Directiva Nº 0012006- VMGP/OTUPI. “Normas para el desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas”
. Art. 47° Interés superior del niño y del adolescente.- En toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte la I.E., así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos. Art. 48º Es de aplicación obligatoria lo normado en la Ley Nº 27337 “Código de los niños y adolescentes”, en lo que sea pertinente.
DEL MUNICIPIO ESCOLAR Art. 49º El Municipio Escolar está organizado en: Consejo Escolar y, Consejos de aula. En cada nivel educativo existe un Consejo Escolar. Art. 50º En cada aula se elige al Consejo de Aula con los siguientes cargos: Presidente, Vicepresidente, secretario, tesorero y vocal. Art. 51° El Consejo Escolar Dirige el Municipio Escolar y está constituido por: Alcalde(sa) Teniente Alcalde (sa) Regidor (a) de Educación, Cultura y Deporte. Regidor (a) de Salud y Medio Ambiente. Regidor (a) de Producción y Servicios. Regidor (a) de Derechos del Niño, Niña y Adolescente. Un representante de cada sección.
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Art. 52° Las funciones de los miembros del Consejo Escolar son las siguientes: a) Funciones del Alcalde o Alcaldesa del Consejo Escolar: Representar al Municipio Escolar ante las Instituciones Públicas o privadas y organizaciones de base en – actividades internas y externas de la I.E. Coordinar la elaboración del Plan de Trabajo del Municipio Escolar. Convocar y dirigir las asambleas ordinarias y extraordinarias del Municipio Escolar. Organizar un directorio de instituciones que pueden apoyar las actividades del Municipio Escolar. Trabajar en forma coordinada con el equipo de regidores. Dar cuenta de su labor al término de su mandato. b) Funciones del (la) Teniente Alcalde (sa): Reemplazar al Alcalde o Alcaldesa en caso de Ausencia. Llevar el libro de Actas del Consejo Escolar. Organizar y llevar el archivo de documentos del Consejo Escolar. Llevar un registro de los ingresos y egresos del Municipio Escolar. c) Funciones del Regidor (a) de Educación, Cultura y Deporte Presidir la Comisión de Educación Cultura y Deporte del Consejo Escolar. Coordinar las Actividades culturales, deportivas y recreativas que promuevan la participación de los estudiantes. Editar el boletín informativo o periódico mural del Municipio Escolar Informar sobre las actividades realizadas al Consejo Escolar. d) Funciones del Regidor (a) de Salud y Medio Ambiente. Presidir la Comisión de Salud y Medio Ambiente. Coordinar las actividades que promuevan el derecho a la salud integral de los estudiantes y motivar su participación en la conservación ambiental del Colegio y de la localidad. Coordinar con instituciones afines para el apoyo a las actividades planificadas. Informar sobre las actividades realizadas al Consejo Escolar. e) Funciones del Regidor (a) de Producción y Servicios. Presidir la Comisión de Producción y Servicios del Consejo Escolar. Organizar y coordinar la ejecución de actividades de servicios y económica productivas dirigidas a la atención de necesidades de los estudiantes. Organizar ferias de orientación vocacional Promover la organización de pequeños proyectos productivos y de servicios. Informar al Consejo Escolar de las actividades realizadas. f) Funciones del Regidor (a) de Derechos del Niño, Niña y Adolescente: Presidir la Comisión de Derechos del Niño, Niña y Adolescente del Consejo Escolar. Coordinar las actividades de promoción y defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes del colegio. Participar en la planificación, organización y ejecución de la campaña nacional por los derechos de los niños, niñas y adolescentes durante la semana nacional por los derechos del niño. Informar al Consejo Escolar de las actividades realizadas.
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Art. 53º Funciones de los miembros del Consejo de Aula: a) Representar a los estudiantes de su sección en las comisiones de trabajo del Consejo Escolar. b) Difundir las actividades del Consejo Escolar e incentivar la participación de sus compañeros en el desarrollo de las mismas. c) Ser un canal de comunicación entre el Consejo de Aula y el Consejo Escolar. d) Organizar actividades a nivel de aula. e) El presidente es el portavoz de su sección ante las autoridades educativas de la I.E.
DE LOS VIAJES DE ESTUDIO Art. 54º Los viajes de estudio son salidas que realizan los estudiantes en compañía del docente/asesor y/o padres de familia teniendo como finalidad el estudio de recursos culturales o naturales y el contexto donde estos se ubican. Su duración es de uno a cinco días hábiles. Cuando es dentro de la localidad no requiere autorización de los padres de familia. Art. 55º Los requisitos y condiciones para la ejecución del viaje de estudios está normado en la R.M. Nº 086-2015-MINEDU. Art. 56º Los responsables del viaje de estudios pagarán el derecho establecido en el TUPA antes de iniciarse la actividad. Al final de la misma presentarán el informe a la Dirección. Podrán ser responsables de las delegaciones: docentes o administrativos de cualquier nivel educativo. La proporción es de un responsable (asesor) por sección. Art. 57º El Asesor/tutor de los estudiantes, presentarán un Plan de trabajo al inicio del año, para su correspondiente aprobación. Art. 58º Los docentes o administrativos que no sean responsables de la delegación de estudiantes solicitarán la correspondiente licencia.
DEL COMEDOR ESCOLAR Art. 59º De los servicios del Comedor Escolar. a) El Comedor Escolar brinda servicio de desayuno del programa Qali warma y de almuerzo autofinanciado. b) La administración del Comedor Escolar es de corresponsabilidad del director y personal de cocina. c) Se designará una servidora para la preparación de los alimentos. d) El servicio de almuerzo escolar es autofinanciado y para su implementación se coordina con la APAFA y se solicita el apoyo de otras entidades. Art. 60º Del Programa de alimentación escolar Qali warma: a) Anualmente se organiza el comité de Alimentación escolar CAE, que lo preside el Director. b) La preparación de los productos está a cargo de los padres y madres de familia. b) Cada día, durante los primeros 10 minutos de atención del programa, los docentes de primaria intervienen en el orden y adecuada distribución de los alimentos para los niños de la sección a su cargo.
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CAPÍTULO IV DE LA ORGANIZACIÓN ACADÉMICA Y ADMINISTRATIVA. Art. 61º Planificación: Se realiza al finalizar cada año lectivo e inicio del siguiente año lectivo con la participación obligatoria de todo el personal donde se realiza un análisis de la gestión anual y se elabora los instrumentos de gestión. Art. 62º El PEI es el instrumento de gestión institucional de mediano plazo que orienta la labor educativa en general. Se elabora con la participación democrática y activa de todos los estamentos. Su revisión es anual, a la conclusión del año lectivo. El PEI es evaluado permanentemente haciendo uso de indicadores y variables. Se aprueba con Resolución Directoral. Art. 63º El Plan Anual de Trabajo PAT es el instrumento de gestión que operativiza los Objetivos Estratégicos propuestos en el PEI. Se elabora al final de cada año lectivo con la participación de los integrantes de la comunidad educativa o de sus representantes. Se aprueba mediante Resolución Directoral. Su evaluación es permanente para lo cual se usa el aplicativo nacional del PAT. Art. 64º El Reglamento Interno RI, es el documento que prescribe la organización institucional, los deberes, derechos, estímulos, sanciones de los integrantes de la comunidad educativa y las funciones de los directivos, docentes y administrativos. Artº 65º El Proyecto Curricular Institucional PCI, es el documento normativo diversificado del Currículo Nacional y los programas curriculares de cada nivel. Es elaborado por los docentes de cada nivel, ciclo y especialidad de manera colegiada, con el asesoramiento del subdirector y coordinadores pedagógicos. Art. 66º El desarrollo curricular comprende la fase de planificación, ejecución y evaluación de los instrumentos de gestión curricular, para ello se realiza: a) Diversificación curricular, momento en el que se hace un análisis del Currículo Nacional y el Currículo Regional, las necesidades de aprendizaje con un enfoque en reversa, más los factores intervinientes en el quehacer educativo, para obtener como producto el diseño curricular diversificado, por grados y áreas. b) Programación Curricular Anual que consiste en definir los alcances y las secuencias que deben considerarse para el desarrollo de las competencias, capacidades, los desempeños, las competencias transversales y los enfoques transversales, en los periodos previstos por la Institución Educativa. c) Unidades didácticas como formas de programación de corto alcance donde se establecen la secuencia de sesiones de aprendizaje. En primaria es mensual y bimestral en secundaria, las mismas que deben ser presentadas al inicio de cada bimestre, a la Subdirección y coordinadores para su visado, según la calendarización. d) Sesiones de aprendizaje- instrumentos de planificación de cada clase. Los docentes tienen la obligación de elaborarlo para cada sesión, hacerlo revisar y visar por la subdirectora y coordinadores. Art. 67º Para la elaboración de la programación curricular anual y unidades didácticas se conforman grupos y equipos de trabajo entre docentes del mismo ciclo o especialidad, con el asesoramiento de los coordinadores y subdirectora. Art. 66º El Proyecto Curricular Institucional PCI tiene la siguiente estructura: a) Resolución Directoral. b) Perfil de egreso. 30
c) d) e) f) g) h) i) j) k)
Priorización de la problemática pedagógica Diagnóstico de resultados de aprendizaje. Concepciones que sustentan nuestra propuesta pedagógica. Necesidades de aprendizaje y enfoques transversales. Panel de valores y actitudes. Objetivos. Plan de estudios. Matrices curriculares diversificados por áreas y grados. Orientaciones para el desarrollo de competencias, orientaciones para la evaluación formativa, orientaciones para la tutoría y materiales y recursos educativos. Es aprobado mediante Resolución Directoral e informado a la superioridad al inicio de las labores académicas.
Art. 69º De la calendarización: El inicio de las labores educativas es el 01 de marzo. Las clases se inician el 11 de marzo y concluyen el 20 de diciembre. Los siguientes días se desarrolla planificación del año 2020. Arte. 70º Concluidas las clases con los estudiantes, el personal docente y administrativo realizan labor de evaluación de las actividades del año en curso y la planificación del siguiente año escolar. Art. 71º La distribución trimestral para primaria es la siguiente: I bimestre: 11 de marzo al 17 de mayo. II bimestre: 20 de mayo al 26 de julio. III bimestre: 12 de agosto al 18 de octubre. IV bimestre: 21 de octubre al 20 de diciembre.
Art. 72º Acompañamiento y Monitoreo. Lo realiza el director, Sub Director y coordinadores para lo cual elabora el correspondiente Plan, el que contiene los instrumentos aprobados por consenso. Esta actividad también lo pueden realizar los docentes por encargo del director. Las técnicas utilizadas en el monitoreo y acompañamiento son: * Técnicas directas: La observación de clase, la entrevista, la investigación, las reuniones, etc. * Técnicas indirectas: revisión de programas curriculares de corto y largo plazo, diálogo con los padres de familia, diálogo con los estudiantes, uso de material didáctico, observación de clase mediante cámara de video. Art. 73º De la organización administrativa: La labor administrativa lo desarrollan el Director y personal administrativo, de acuerdo a las funciones establecidas para cada caso. a) El trámite documentario se realiza por mesa de partes ; la Secretaria registra y numera los documentos, en los plazos establecidos en la ley de procedimientos administrativos. b) La elaboración de documentos e instrumentos de gestión está a cargo de la Secretaria. c) Son tareas de mantenimiento: el cuidado y conservación de la infraestructura; así como la reparación de máquinas y mobiliario del plantel, lo que está a cargo de personal administrativo. d) El inventario de bienes se realiza al finalizar el año considerando las altas y bajas, para lo cual se organiza una comisión. Lo elabora el CARE. e) El archivo documentario del plantel se encuentra organizado para su adecuado manejo y conservación. 31
f) g)
Jornadas de reflexión según lo programado con participación de todo el personal del plantel para tratar aspectos técnico-pedagógicos, administrativos, de Tutoría y otros. Al inicio del año se aprueba el manual de procedimientos administrativos en concordancia con documentos normativos del MED.
Art. 74º Del Centro de Recursos Educativos: Lo conforman la biblioteca, el laboratorio, en Centro de Cómputo, la Sala de música, el conjunto de equipos audiovisuales, departamento de Educación Física y Taller de Arte, música y danza y las laptops XO. Art. 75º Los docentes de ambos niveles están obligados a usar los materiales y recursos con que cuenta la I.E. para el proceso de enseñanza aprendizaje. Art. 76º Los materiales del CRE deben ser usados por los docentes y estudiantes, tanto en sus horas libres como para el desarrollo de las sesiones de aprendizaje. a) Todo material deber ser usado con cuidado, evitando su deterioro, bajo responsabilidad del usuario. b) Los docentes pueden llevar libros a su domicilio, estando obligados a devolverlo al término de 72 horas. c) El incumplimiento de lo estipulado en el inciso b) conlleva a la suspensión de préstamos del material bibliográfico, para su domicilio. d) Todos los usuarios de la biblioteca deben cuidar los materiales, mobiliario e infraestructura escolar. e) La persona que malogre el material, mobiliario o infraestructura será responsable por los daños causados. f) La no reposición del bien malogrado conlleva sanción establecida en el capítulo correspondiente a sanciones. g) El auxiliar de biblioteca es responsable de la seguridad y conservación de los bienes de la biblioteca. Depende del Director. Art. 77º Los equipos audio visuales y todo equipamiento con el que cuenta la I.E. están al servicio de los docentes y educandos. El docente que requiera su uso debe solicitarlo al responsable. El (la) docente es responsable del uso y seguridad del equipo durante el tiempo que dure su utilización. Art. 78º USO DEL LABORATORIO. El ambiente y materiales del laboratorio deben ser usados en las siguientes condiciones: a) Para el desarrollo de las clases y de las prácticas. b) Todo material, mobiliario y ambiente serán usados con cuidado evitando su deterioro, bajo responsabilidad de los que causaran la rotura, deterioro o pérdida del bien. c) Concluida la práctica, el auxiliar de laboratorio debe hacer la limpieza del material y mobiliario. d) El docente presentará la guía de práctica al auxiliar de laboratorio con la debida antelación para que este prepare los materiales e insumos. e) El uso de los materiales y reactivos se ciñe a las condiciones de seguridad que debe ser observado por todo el personal que hace uso de este ambiente. f) El Auxiliar de laboratorio es el responsable de la seguridad, cuidado y conservación de los bienes del laboratorio. Art. 79º Del uso del Aula de Innovación Tecnológica . Estas instalaciones serán usadas bajo las siguientes condiciones:
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a) El ingreso al Centro de Cómputo es con autorización del docente del área y bajo su responsabilidad. b) Se puede hacer uso de internet con autorización del docente del área. c) El docente de área es responsable del cuidado y conservación de los bienes y el software. d) El personal de la I.E. tiene derecho al uso gratuito de Internet, en sus horas libres. e) Se hará uso de los equipos e internet por parte de los docentes para su capacitación y desarrollo de las clases. Art.80º Del uso de los instrumentos en la sala de música. a) Los instrumentos musicales deber ser usados con cuidado evitando su deterioro, bajo responsabilidad del profesor de banda. b) Los instrumentos serán devueltos a la Sala de Música después de los ensayos, prácticas o contratos. c) Es obligatoria la participación de la Banda de Músicos en las actividades matinales y otras en las cuales participe el colegio. d) Se autoriza el servicio de la banda a terceros previo contrato con el Director de Banda y autorización de la Dirección de la I.E. Del monto pactado se retendrá el 30% a favor del Colegio. e) Los integrantes de la Banda de músicos deben guardar compostura y buen comportamiento en todas sus presentaciones, dentro y fuera de la I.E. f) Si la Banda de Músicos tuvieran que participar en actividades oficiales y en ese momento se ejecutaría evaluaciones tendrán la oportunidad de ser evaluados. g) El Director de la Banda de Músicos es responsable de la seguridad y mantenimiento de los instrumentos de música. Depende del Director. Art. 81º Del régimen económico: Los ingresos y egresos por diversos conceptos tienen un control centralizado, lo realiza la tesorera de la I.E. La fiscalización está a cargo de los miembros del CONEI y del comité de gestión de recursos. El informe detallado se realiza en reunión del pleno en forma trimestral, para lo cual se convocará a una reunión. Art. 82º El director designa a la persona que debe cumplir las funciones de tesorera (o) Al final de cada trimestre se publica el balance correspondiente.
CAPITULO V DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN Art. 83º La matrícula o ratificación de la misma se realizará antes del inicio de las labores académicas entre los meses de enero y febrero. Es requisito la presencia del padre o apoderado y la presentación del DNI. La matrícula al primer grado de primaria se realiza al cumplir los 6 años de edad hasta el 31 de marzo, previa presentación de los documentos requeridos. Art. 84º Los traslados de matrícula se realizarán a solicitud del padre o apoderado previa presentación de la constancia de vacancia y hasta 60 días antes de la finalización del año lectivo. Art. 85º De la evaluación académica: La evaluación de los educandos: se rige por lo normado en la directiva Nº 004VMGP-2005 y lo establecido en el Currículo Nacional de la Educación Básica.
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Art. 86º La evaluación de los procesos de enseñanza y aprendizaje se desarrolla haciendo uso de instrumentos para evaluación formativa y sumativa. Art. 87º La evaluación de recuperación se ejecuta en la última quincena de febrero previo pago del derecho según lo establecido en el TUPA. Art. 88º Los educandos del nivel secundario que tuvieran un área de subsanación son evaluados; la primera vez, en el mes de junio y de salir desaprobado en el mes de octubre; previo pago del derecho según lo establecido en el TUPA. La secretaria publicará la relación de alumnos en esta condición. Art. 89º Los proyectos de innovación pedagógica que desarrolla el colegio son: “Educación Productiva Integral “y “Mejorando nuestra lectura y redacción para una comunicación eficaz” y “Desarrollando la comprensión lectora a partir de la tradición oral y escrita de nuestra localidad”.
Art. 90º Por acuerdo del personal se pueden proponer, aprobar y ejecutar otros proyectos de innovación pedagógica o de gestión. Art. 91º De la certificación: a) Se otorga certificado gratuito a los estudiantes que concluyan satisfactoriamente los estudios de educación primaria o secundaria. b) Se otorga duplicados de certificados o de determinados grados a petición de parte, previo pago del derecho.
CAPÍTULO VI DEL REGISTRO ESCALAFONARIO. Art. 92° El escalafón del personal docente y administrativo, nombrado o contratado consta de un legajo personal que contiene la siguiente documentación: I. Sección: documentos personales. II. Sección: documentos de estudios y capacitación. III. Sección: Documentos referidos a contratos y nombramientos. IV. Sección: documentos referidos a desplazamiento de personal. V. Sección: documentos referidos a licencias y vacaciones. VI. Sección: documentos de méritos. VII. Sección: documentos de deméritos. VIII. Sección: Otros documentos. Art. 93º Se hará uso de una ficha escalafonaria exprofesamente diseñada. Art. 94º Es obligatorio la presentación de los documentos para organizar el legajo personal.
CAPÍTULO VI DE LOS DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTÍMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL Y MIEMBROS DE APAFA DE LOS DERECHOS Art. 95º Derechos del personal administrativo: a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del PEI, Reglamento Interno, Plan de Trabajo Anual, así como en las diferentes actividades que se programan. b) Realizar sus funciones dentro del marco de la organización institucional. c) Licencias y permisos según lo normado. 34
d) e) f) g)
Vacaciones anuales por espacio de 30 días calendario. Libre asociación y sindicalización. A ser respetado y hacer uso de procedimientos legales que lo defiendan. A tres días de permiso al año por motivos personales y justificados; a un día de permiso por onomástico. Si la fecha de onomástico cayera en día no laborable se hará uso del primer día laborable siguiente. h) Los demás derechos establecidos en la legislación laboral, el D.L. N° 276, D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Carrera Pública Magisterial y en la Constitución Política del Perú. Art. 96º Son derechos del personal docente: Los establecidos en la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento: a) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la Carrera Pública Magisterial y sobre la base del mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, opinión, religión, condición económica o de cualquier otra índole que atente contra los derechos de la persona. b) Percibir oportunamente la Remuneración Integra mensual RIM correspondiente a su escala magisterial. c) Recibir las asignaciones y los incentivos monetarios o no monetarios que se establecen en la LRM. d) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones establecidas en la LRM. e) Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional registrado en el escalafón. f) Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas, que les compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo institucional y a que se respete la normatividad vigente. g) Beneficios del programa de formación y capacitación permanente y de otros programas de carácter cultural y social fomentados por el estado. h) Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas de acuerdo a lo establecido en la LRM y su Reglamento. i) Vacaciones de 60 días al culminar el año escolar. j) Seguridad social de acuerdo a ley. k) Libre Asociación y sindicalización. l) Reconocimiento de oficio del tiempo de servicios efectivos. m) Reconocimiento del tiempo de servicios interrumpidos por motivos de representación política y sindical, según el caso. n) Condiciones de trabajo que garanticen calidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la LRM. o) Reingresar al servicio si no hubiere alcanzado la edad jubilatoria obligatoria y no exista impedimento legal. p) Reconocimiento por parte del estado, la comunidad y los padres de familia, de sus méritos en la labor educativa. q) Percibir subsidio por luto y sepelio, de acuerdo de acuerdo a lo establecido en la LRM. r) Percibir una compensación por tiempo de servicios. s) Otros derechos establecidos en la Constitución y las Leyes pertinentes.
DE LOS DEBERES 35
Art.97° Son deberes del personal administrativo, los siguientes: a) Conocer con amplitud las funciones concernientes al puesto que ocupa y ejecutarlas con dedicación, eficiencia, honradez y esmero, cumpliendo con las órdenes impartidas por la Dirección de la Institución Educativa. b) Respetar el principio de autoridad y consideración a sus superiores. c) Observar buena conducta y obrar con moralidad y responsabilidad. d) Laborar y permanecer en su lugar de trabajo asignado durante la jornada de trabajo, salvo autorización expresa del superior. e) Respetar y acatar las disposiciones que dicten los superiores sobre la protección de los bienes muebles e inmuebles de la Institución Educativa. f) Usar y restituir los instrumentos, herramientas y material didáctico que les hayan sido proporcionados y velar por el mantenimiento de la infraestructura y equipamiento g) Cuidar la provisión de los insumos y el buen uso de los mismos. h) Cumplir con el horario establecido durante su jornada laboral y los acuerdos tomados en reunión del personal. i) Cumplir con cualquier otra tarea que se requiera según las necesidades de la labor pedagógica o administrativa del Colegio. j) Cumplir con las normas dictadas por los Comités de Defensa Civil, Seguridad y Salud y otros que pudieran crearse. Art. 98º Deberes de los docentes; son los establecidos en la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento: a) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad, los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación de acuerdo al DCN, el PCI y el Reglamento Interno. b) Presentar al inicio de cada periodo sus programaciones curriculares y unidades didácticas; los del nivel primaria ante la subdirección y los del nivel secundaria ante los coordinadores pedagógicos o de Tutoría, para su visado y control. c) Presentar su sesión de aprendizaje; los del nivel primaria ante el sub director y los del nivel secundaria ante los coordinadores pedagógicos y de tutoría. antes del desarrollo de la sesión de clase. d) Portar su carpeta pedagógica, la que debe contener los siguientes documentos: Visión, misión, objetivos estratégicos y valores del PEI; Perfil de egreso, enfoques transversales, Estructura orgánica, calendarización, Programaciones anuales, Unidades didácticas, sesiones de aprendizaje; deberes, derechos, estímulos y sanciones del personal docente; derechos, deberes, prohibiciones y sanciones de los estudiantes, y otros que considere el (la) docente. e) Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía identidad, creatividad y participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la institución educativa a su formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados. f) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia. g) Presentarse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando la autoridad competente lo requiera, conforme a lo establecido en el Reglamento de la LRM. 36
h)
Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar, el horario de trabajo y Reglamento Interno. i) Aportar en la formulación del Proyecto Educativo Institucional PEI asumiendo con responsabilidad las tereas que le compete. j) Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, UGEL, DRE, o MED. k) Presentarse a las evaluaciones previstas en la carrera pública magisterial y a las que determinen las autoridades de la I.E. o de las entidades competentes. l) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. m) Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional y la lengua originaria. n) Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso son el proceso de aprendizaje. o) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la institución educativa. p) Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democrática. q) Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa, y si fuera el caso de las instancias de gestión educativa descentralizada. r) Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la institución educativa. s) Al finalizar cada bimestre o trimestre deben entregar al Coordinador Administrativo los instrumentos de evaluación, en físico, para su archivo. t) Asistir en forma obligatoria a los actos cívicos patrióticos en los días laborables, y en días no laborables, por disposición de la superioridad. u) Participar el izamiento del pabellón nacional, en las fechas distribuidas por la gobernación que correspondan a nuestra I.E. v) Asistir en forma obligatoria a las sesiones que convoque la Dirección, previa citación anticipada de 48 horas. w) Disertar sobre la fecha del Calendario Cívico Escolar que le corresponda, según el sorteo de las mismas. x) Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la I.E. en las acciones que permitan el logro de los objetivos institucionales. y) Informar al tutor(a) o director de los problemas que presenten los estudiantes. Z) Otros inherentes a la labor específica de cada uno. Art. 99° Son deberes de los auxiliares de Educación, los establecidos en el D.S. 008-2014MINEDU: a) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia. b) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. c) Ejercer su función en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o del cualquier otra índole. d) Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional. e) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la institución 37
educativa a su cargo. f) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos. La constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia. g) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del Código de ética de la Función Pública. h) Otros que se desprenden de la presente norma. Art. 100º Son deberes de los padres de familia, los siguientes: a) Conocer el Reglamento Interno del plantel y colaborar para su estricto cumplimiento. b) Apoyar, mediante la APAFA o comité de aula, en las actividades que realice el plantel. c) Acudir al llamado por citación. d) Informarse del comportamiento, asistencia y rendimiento de su hijo o pupilo apersonándose en forma periódica al Centro Educativo. e) Asistir a las reuniones convocadas por lo asesores o docentes de aula, Dirección y APAFA. f) Solicitar permiso por escrito por motivo de enfermedad de su hijo o pupilo, presentando oportunamente los documentos probatorios para su justificación. g) Enviar al colegio, a su hijo o pupilo, con puntualidad. h) Revisar y controlar el uniforme de sus hijos para asegurar su limpieza y correcta presentación. i) Revisar y firmar la tarjeta de asistencia diaria. j) Firmar la tarjeta de información y devolverla dentro de las 72 horas con su hijo o pupilo. k) Participar en las actividades de mejoramiento e implementación de la infraestructura. l) Recabar las tarjetas de información en forma bimestral de parte de los tutores en reunión convocada por este.
CAPÍTULO VII DE LOS ESTÍMULOS, SANCIONES Y PROHIBICIONES DEL PERSONAL Art. 101º Se otorgará estímulos al personal por acciones distinguidas y sobresalientes que coadyuven en la formación integral de los educandos, la implementación de la II.EE. o la mejora de la infraestructura. A nivel de I.E. se otorgará Resolución Directoral de felicitación. En otros casos se propondrá a la UGEL o DREA la emisión de la resolución correspondiente. Art. 102º Las sanciones aplicables a nivel de I.E por el incumplimiento de funciones son las siguientes: a) Al personal Administrativo: Según lo establecido en el D.L. Nº 276 y su reglamento y la R.M. 591-94-ED y demás normas relacionadas. b) Al personal docente: Amonestación escrita y suspensión, según lo establecido en la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento. Art.103º Son prohibiciones al personal docente y administrativo, las siguientes: a) Atentar contra la integridad física, intelectual y moral de los educandos y, del personal que labora en el plantel. b) Realizar actividades ajenas a sus funciones. 38
c) d)
Participar en actividades político partidaristas, dentro del plantel. Hacer uso de las evaluaciones para conseguir beneficios materiales o económicos. e) Emplear terminología inadecuada o palabras que humillen al educando. f) Abandonar su centro de trabajo. g) Mostrar conducta inmoral o acoso a los estudiantes o personal de la IE. h) Presentarse al centro de trabajo en estado etílico o drogado. i) Tratar en el aula asuntos ajenos a la clase, revisar trabajos o calificar pruebas. j) Dar tareas de avance curricular. k) Hacer actividades o usar el nombre del plantel, sin autorización de la dirección. l) Convocar a los alumnos, al local institucional, fuera del horario de clases, sin autorización de la Dirección. m) Retirar del aula a los estudiantes por cualquier motivo.
CAPÍTULO VIII DE LOS DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS Art.104º Son derechos de los educandos los siguientes: a) Recibir una sólida formación según lo señalado en nuestra visión institucional. b) Permisos por motivos de fuerza mayor previa autorización del docente de aula o por horas, y del Director y/o Auxiliar. c) Ser evaluado cuando en su oportunidad no haya sido posible por ausencia justificada. El Auxiliar comunicará a los docentes en el término de 24 horas de la justificación. d) Realizar viajes de estudio y actividades culturales en cumplimiento de los objetivos educacionales para lo cual el docente responsable solicitará el permiso correspondiente con anticipación de 48 horas. Al final de la actividad presentará el informe correspondiente. e) Organizarse en clubes y organizaciones estudiantiles, mas no de carácter político partidarista. f) Postergación de evaluación por motivo de enfermedad acreditada con Certificado médico. g) Solicitar a los docentes la absolución de alguna interrogante relacionada con los temas tratados. h) Reclamar ante la Dirección, por escrito, por alguna acción que considere injusta o que atente contra sus derechos o dignidad como persona. i) Reclamar en forma correcta y oportuna si considera que el calificativo de una evaluación es injusta o incorrecta. j) Ser escuchado por las autoridades educativas de la I.E. antes de que apliquen medidas disciplinarias. k) Solicitar la justificación de sus inasistencias con documentos probatorios. Los alumnos de la banda, con documento del docente de la banda. l) Ser elegido miembro del CONEI, Municipio Escolar o de otros organismos de apoyo del Colegio, según lo normado. m) En caso de ausencia reiterada a la II.EE. el Director en coordinación con los docentes o auxiliares comunicarán a los padres de familia o apoderados y velar 39
n) o) p) q)
que se tomen las medidas pertinentes. Las estudiantes embarazadas o madres deberán continuar con sus estudios para lo cual se les brindará las facilidades del caso. Reclamar sobre sus calificativos hasta 48 horas después de haber recibido su tarjeta de información; primero ante el docente, de no ser satisfactoria la respuesta, ante la dirección. A que se respete su integridad física y moral. Los establecidos en el Código del Niño(a) y Adolescente.
Art.105º Son deberes de los educandos los siguientes: a) Conocer y respetar el presente Reglamento. b) Mostrar respeto y consideración a sus compañeros y personal del plantel, dentro y fuera de. c) Practicar los valores establecidos en el PEI: Solidaridad, responsabilidad, laboriosidad, perseverancia, honestidad, veracidad, respeto, libertad, amor, paz, identidad cultural, tolerancia. d) Demostrar respeto a la Patria y los Símbolos que lo representan. e) Entonar el Himno Nacional con fervor patriótico. f) Asistir con corrección, respeto y puntualidad a las actividades donde participe o realice la Institución Educativa. g) Cultivar vínculos de camaradería, solidaridad y espíritu de colaboración. h) Hacer buen uso del lenguaje evitando expresiones incorrectas que ofendan o atenten contra la dignidad de sus compañeros y personal del plantel. i) Cuidar la infraestructura, mobiliario y enseres del plantel y responsabilizarse en caso de deterioro. j) Rendir obligatoriamente sus evaluaciones en las fechas y horas señaladas. Excepto los educandos de la Banda cuando en la fecha del examen estén representando a la I.E. k) Devolver la tarjeta de información firmada por el padre o apoderado al término de 72 horas. l) Asistir puntualmente a sus clases en caso de no integrar la delegación de viaje de estudios. m) Hacer conocer a su padre o apoderado toda información emanada de la Institución educativa. n) Asistir correctamente uniformado cuidando el aseo, la presentación y llevar obligatoriamente la insignia del plantel. o) Usar el Uniforme de Educación Física (Buzo verde) sólo en las fechas que se desarrolla el área o en Educación para el Trabajo, cuando realicen trabajo de campo. p) El uso del uniforme no permite portar alhajas, maquillaje y otros aditamentos. Las mujeres deben asistir con el cabello trenzado o amarrado, el borde de la falda debajo de las rodillas; los varones con el cabello recortado tipo escolar y ambos con zapatos negros. q) Los estudiantes integrantes de la banda de música deben asistir obligatoriamente a los ensayos y presentaciones oficiales. r) Acatar las indicaciones u órdenes del brigadier general y/o brigadieres. Art. 106º Estímulos a los educandos: a) Por acciones sobresalientes dentro y fuera de la Institución: * Diploma al merito * Resolución Directoral de felicitación. 40
b)
Los educandos que sobresalgan en las diferentes disciplinas deportivas, izamiento del pabellón Nacional o concursos se harán acreedores a puntajes en su favor en el área afín. c) Ser designado brigadier previa evaluación por los Auxiliares de Educación. Art. 107° Las funciones de los brigadieres y miembros de la escolta son las siguientes: a) Del Brigadier General: * Apoyar en la formación controlando el orden del alumnado. b) Del Brigadier adjunto: Coordinar con el Brigadier General sobre el control del orden y disciplina, dentro y fuera del plantel. Reemplazar al Brigadier General en caso de ausencia de este. c) De los brigadieres de aula: Controlar el orden y disciplina de los estudiantes de su sección, dentro y fuera de ella. Vigilar la conservación de los bienes y enseres de su sección. Controlar la asistencia de los estudiantes de su sección comunicar a su auxiliar de educación. Comunicar al auxiliar de educación la evasión de sus compañeros. d) Son funciones de los miembros de la Escolta: Asistir puntualmente los días lunes y participar en la ceremonia de izamiento del Pabellón Nacional. Colaborar con la disciplina y el orden los demás días de la semana. Participar en los desfiles cívicos y otros en representación de la Institución Educativa. Art. 108º Sanciones por incumplimiento de sus deberes y obligaciones a) Amonestación verbal del docente, auxiliar o Director; cuya acción quedará registrada en la ficha personal. b) Disminución del puntaje de la conducta de acuerdo a la gravedad. c) Amonestación escrita de parte del Auxiliar, docente o Director con notificación a su padre o apoderado. d) Reposición de los daños causados, lo que deberá hacerlo el padre o apoderado del educando, en caso contrario sanción de acuerdo al inciso e) del presente artículo. e) Firma de compromiso de buen comportamiento en presencia de su padre/madre/apoderado. En caso de reincidencia comunicar a la Fiscalía de Familia o fiscalía penal. f) Los brigadieres y miembros de la escolta que no cumplan con su función serán destituidos y disminuidos en su puntaje de conducta. Art. 109º Son faltas leves, causales de amonestación verbal o escrita, las siguientes: a) Faltar el respeto a los símbolos patrios o no entonar con fervor el Himno Nacional b) No participar en las actividades religiosas, cívicas, culturales, deportivas, pedagógicas o en ceremonias fuera de la institución. c) Desobediencia y falta de respeto a su brigadier de aula, autoridades educativas y personal de la I.E. d) Faltar en forma injustificada o llegar tarde a la I.E. e) No ingresar a clase salir sin permiso estando en ella. f) Permanecer fuera del aula durante el desarrollo de las clases. g) Uniforme incompleto, desaseado, cabello largo en los varones, alumnas sin lazo en el cabello.
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h)
Borrar y/o alterar las anotaciones que están en la libreta de control notas y o documentos. i) Incumplir con sus funciones como elemento de apoyo, brigadieres y escolta, policías escolares, integrantes de equipos deportivos, banda de clubes. j) Traer artículos ajenos al quehacer educativo (Joyas, Radios, Casinos, Celulares, dados, que no tienen un fin formativo). k) Venta de productos en su aula, sin autorización de la dirección. l) Consumir alimentos o golosinas dentro del aula y botar los papeles o envolturas al piso. m) Ensuciar el aula con desechos. n) Apropiarse de bienes de sus compañeros. o) Evadir su responsabilidad de un acto negativo cometido. p) Encubrir faltas de sus compañeros y plagiar en las evaluaciones o trabajos. q) Desobedecer las indicaciones del alcalde escolar y del brigadier de aula. Pronunciar palabras soeces dentro y fuera de la I.E. r) Promover y participar en riñas y agresiones sus compañeros dentro y fuera del plantel, según gravedad de la falta. s) Traer a la I.E. revistas pornográficas o libros ajenos al estudio. t) Ingresar o retirarse de la institución por lugares no permitidos. u) Incumplimiento de Tareas. v) Frecuentar lugares que atenten contra su formación. Art. 110º Prohibiciones a los estudiantes: a. Copiar o dar ayuda en las evaluaciones. b. Alterar notas de los calificativos. c. Falsificar firmas o documentos. d. Tomar o retener objetos que no le pertenecen. e. Faltar el respeto a sus compañeros o personal que labora en el Colegio. f. fomentar y participar en riñas o peleas. g. Intimidar, acosar y/o agredir de palabra y/u obra, en forma individual o asociada, a otro compañero. h. Escribir o hablar en forma procaz o soez, hacer dibujos que ofendan la dignidad de la persona humana, gesticular o expresarse en forma vulgar o inmoral. i. Realizar manifestaciones reñidas contra la moral y las buenas costumbres. j. Traer al Colegio artículos, revistas y/o cualquier material impreso o gravado no constructivo o lesivo a la moral, así como propaganda ajena a toda actividad escolar. k. Causar daño a la propiedad institucional o ajena. m. Utilizar el nombre de otras personas para eludir responsabilidades. n. Observar comportamiento impropio en actividades cívicas, teatrales, religiosas, etc. o. Fumar, usar o tener cualquier tipo de droga dentro del Colegio, en sus cercanías y en todo momento en que se represente al Colegio. p. Traer joyas, pulseras, u objetos de valor. q. Estudiar otra área distinta a la que está desarrollando el profesor en ese momento o entretenerse en otros quehaceres durante la clase.
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v. w. y.
Traer objetos que distraigan la actividad educativa tales como sistemas portátiles de audio y video, celulares, juguetes, etc. sin ser requeridos por el profesor. Portar celulares. Ingresar a aulas que no son de su sección.
CAPITULO IX DE LAS NORMAS Y ACUERDOS DE CONVIVENCIA Art. 111° Las siguientes son las normas de convivencia ASPECTO ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
NORMAS DE CONVIVENCIA Los miembros de la comunidad educativa ingresan a la I.E hasta la hora establecida para el ingreso y después del recreo.
RELACIONES PERSONALES
-Todos los agentes educativos nos respetamos. -Promovemos el estricto cumplimiento de las normas de convivencia.
ACTIVIDAD ACADÉMICA
-Los estudiantes progresan en sus logros de aprendizaje. -Los docentes demuestran idoneidad profesional en el desarrollo de sus funciones.
CUIDADO DE LA -Todos los agentes PROPIEDAD educativos respetamos la PUBLICA Y propiedad privada y pública. PRIVADA Todos los agentes educativos cuidamos la infraestructura educativa, así como los bienes y materiales propios y públicos. SALUD E Todos los agentes HIGIENE educativos cuidamos nuestra salud.
MEDIDA CORRECTIVA 1° Llamada de atención por el docente de área a los estudiantes, la 1ra. vez. 2° De reincidir convocatoria al padre de familia y firma de compromiso por ambos. 3° En el caso de personal docente y administrativo, según normas pertinentes. 1° Llamado a la reflexión por el auxiliar y docentes, en el caso de estudiantes, con informe al tutor. 2° Convocatoria al padre de familia por el auxiliar para llamar a la reflexión a sus hijos y firma de compromiso, con informe al coordinador de tutoría y consejería por el Psicólogo. 3° Convocatoria al Comité de Tutoría, al estudiante y padre de familia para la reflexión y firma de compromiso donde se condiciona la permanencia en la I.E. 4° En el caso de docentes y administrativos, actuar según lo establecido en las normas pertinentes. -Reforzamiento pedagógico, en un horario establecido y con autorización de los padres. -Asesoramiento pedagógico por el subdirector, coordinadores y director; trabajo en equipo de docentes de la misma especialidad. -Resarcir los bienes dañados o sustraídos, con conocimiento de los padres. -Poner en conocimiento de la autoridad competente. -Responsabilizar a los actores del deterioro de los bienes y la infraestructura. -Realizar trabajo comunitario en la I.E. -En el caso de estudiantes, llamar a la reflexión sobre la importancia del cuidado de la salud. En caso de reincidencia, convocar a los padres de familia, por el auxiliar de educación. En el caso del personal docente, la presentación debe ser decorosa.
Art. 112º Los acuerdos de convivencia lo toman los docentes de aula y los tutores en secundaria de común acuerdo con los estudiantes. CAPÍTULO X DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES. Art. 113º Las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa debe realizarse en un ambiente de respeto, cooperación y armonía, que sea propicio para la
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