Régimen Único Simplificado
El nuevo régimen único simplificado (Nuevo RUS) es un mecanismo de simplificación impositiva utilizado en el Perú, que consiste en el pago de una cuota única en forma mensual, la cual se determinará sobre la base de la categoría en la cual se ubique el contribuyente.
2016
Régimen Único Simplificado
Carrera Profesional de Administración de Empresas Ciclo:
VII
Curso:
Administración Tributaria
Docente:
Luis Max Villavicencio Torres
Tema:
Régimen Único Simplificado
Integrantes: Damián Huayta, Fiorella. Miranda Ccora, Isabel. Oscco Gonzales, Renso. Pomachagua Dávila, Nataly Katty. Tapia de la Cruz, Johana.
2016 Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
2
2016
Régimen Único Simplificado
PRESENTACIÓN El presente trabajo se centra en el estudio del tributo llamado Régimen Único Simplificado (RUS), surge de la necesidad de conocer acerca de los principales tributos que rigen en el Perú. En este sentido, les presentamos información acerca del origen, antecedentes, importancia, ventajas, desventajas, descripción y análisis del RUS, así como también ejemplos prácticos donde se aplica este tributo en la vida cotidiana de los contribuyentes pertenecientes a este régimen. A lo largo de este trabajo encontraremos la información necesaria para comprender la importancia que tiene el RUS para la formalización de pequeños negocios o personas que desempeñen un determinado oficio que genere la cantidad apropiada de ingresos para pertenecer a este régimen, también veremos los impuestos que engloban y hacen más simple el pago de tributos para los pertenecientes al Régimen Único Simplificado. Esperando que sea del agrado de nuestro profesor y compañeros, ya que lo hemos realizado con mucho esfuerzo y dedicación
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
3
2016
Régimen Único Simplificado INTRODUCCIÓN
A puertas de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales 2016, un tema que nos preocupa a todos los peruanos es el aspecto económico. Es un hecho que la pobreza aun es un problema que el Perú enfrenta, y como ciudadanos, comprometidos con el desarrollo del país, debemos conocer que podemos hacer cada uno para ayudar a combatir este problema. Una de las formas más eficaces, correctas y necesarias es mediante la tributación o el pago de impuestos.
NUESTROS IMPUESTOS AYUDAN A COMBATIR LA POBREZA. NO DEJES DE TRIBUTAR.
La tributación o pago de impuestos se da cuando le entregamos al estado cierta cantidad de dinero para el financiamiento de las funciones y servicios públicos. Sin impuestos, nuestro país no podría invertir en asuntos prioritarios como educación, salud, seguridad, infraestructura, o combatir la pobreza. Es una obligación de todos. En realidad, en muchos casos, sin darnos cuenta estamos constantemente pagando impuestos. De hecho, el sistema tributario de nuestro país contempla dos tipos de impuestos: los indirectos (el IGV, ISC, ITF), y los directos (Renta). Cuando compramos un producto en la tienda, lo compramos con el recargo del Impuesto General a las Ventas (IGV). O cuando pagamos un recibo de luz en el banco, nos recargan el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF). Es decir, tributamos “indirectamente” a través de quienes nos venden productos o proveen servicios. Pero cuando te conviertes en empresario formal, el pago de esos tributos indirectos (y de los directos) lo tienes que realizar de manera distinta. Para poder hacerlo, luego de cerrar los trámites en Sunarp (como lo vimos en la cartilla anterior), tu siguiente parada es en la Sunat donde tendrás que acogerte a uno de los regímenes tributarios. A continuación, desarrollaremos a detalle el REGIMEN UNICO SIMPLICADO (RUS).
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
4
2016
Régimen Único Simplificado I.
ORIGEN Y ANTECEDENTES DEL REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO
El régimen único simplificado se crea mediante el decreto legislativo N 777 para facilitar que las personas cumplan con sus obligaciones tributarias con el fin de acelerar y llevar una adecuada administración y recaudación de tributos de acuerdos a sus ingresos ya que en el Perú existen personas naturales que se dedican a actividades comerciales pequeñas. También podemos mencionar que el régimen único simplificado se crea para ayudar a los pequeños contribuyentes aporten al fisco, Conjunto de haberes, bienes y rentas pertenecientes al Estado, y que siempre tiene que ir de acuerdo con sus ingresos o ventas mensuales. El R.U.S. se creó mediante el decreto legislativo N277, el cual se llega a publicar el 31 de diciembre de 1993 fecha en el cual ya se da a conocer a quien va dirigido especialmente este tributo el cual es un tributo sencillo para personas al cual decimos que son pequeños empresarios, este tributo entra en vigencia el 1 de enero de 1994. Para el 31 de diciembre de 1997 se establece una modificación en el cuadro de categorías el cual se incorpora una categoría al cual denominamos categoría especial que decimos que en esta categoría se encuentran personas que al mes sus ingresos no superen a los 2,200 y se dice especial porque en esta categoría no se paga importe quieres decir que el importe es de 0.00, el cual está escrito en el decreto supremo N 181-97-EF. Mediante la ley N 27035, se hace un incremento de ingresos y a su vez se crean 2 nuevas categorías al cual denominamos categoría G y H el cual los ingresos se elevan de 12,000 se eleva a 18,000. Todas estas modificaciones en el Texto Único Ordenado de la ley del Régimen Único Simplificado decreto supremo N 057-99-EF publicado el 16 de abril de 1999. Para el año 1998 según los regímenes tributarios para pymes los números de contribuyentes era 33.2% que aportaban al tributo del R.U.S. y solo se recaudaba el 0.6% de los que estaban inscritos en el RUC. El RUS opera en los siguientes tributos: Impuesto a la renta, a los que nosotros denominamos impuestos que gravan nuestros ingresos como personas naturales o pequeños empresarios. Impuesto general a las ventas, a los que denominamos impuestos indirectos que grava determinadas operaciones económicas como por ejemplo las ventas de bienes muebles en nuestro país.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
5
2016
Régimen Único Simplificado
Impuesto de promoción municipal, este tributo grava la importación de los bienes afectos al IGV, y su base imponible es la misma que corresponde al IGV. Las ventajas que presenta el Régimen Único Simplificado vendrían a ser:
El pago mensual, de acuerdo a los ingresos que perciben la persona, que tendría que ir conforme al cuadro de categorías que plantea el ministerio de economía y finanzas. Este pago sustituye el pago al impuesto a la renta, al impuesto general a las ventas y impuesto promoción de municipal. De acuerdo a este régimen los contribuyentes no están en la obligación de poder llevar libros contables. En este régimen contamos con un régimen especial el cual la persona que pertenece a este régimen no suelen pagar. Una de las ventajas más importante para el país es que contribuye a que las empresas sean formales y contribuyan la base tributaria de nuestro país.
Deberes sustanciales y formales del RUS: Por compras, siempre tienen que sustentar las tenencias de sus productos con comprobantes de pago y siempre archivarlos de acuerdo al tiempo en que se dan para mantenerlos a disposición de la SUNAT. Por ventas, entregar solo boletas o tickets de ventas el cual también tendrán que ser archivados cronológicamente y mantenerlo a disposición de la SUNAT. Por el pago, se tiene que abonar una cuota mensual en la boleta de pago el cual debe tener un carácter de declaración, exhibir la boleta de pago del último mes en nuestro establecimiento correspondiente y no olvidar que también las boletas se archivan para la disposición de la SUNAT. Por el control, exhibir los emblemas o signos distintivos proporcionados por la SUNAT. Por cierre, comunicar a las SUNAT, la suspensión temporal o si fuera el caso de cierre hacerle llegar la información correspondiente. En el cuadro de categoría vemos que están clasificada por letras que van desde la A hasta la F, el cual podemos deducir que los que pertenecen a este régimen No deben pasar de los 18,000 soles al mes y que la cuota mensual que le corresponde es de 540 soles el cual estaría en la categoría H. Como sabemos el contribuyente de acuerdo a sus ventas mensualmente, el contribuyente debe saber en qué categoría se encuentra y poder localizar su cuota mensual.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
6
2016
Régimen Único Simplificado El pago se efectúa mediante el sistema de transferencia electrónica de fondos en las oficinas de agencias bancarias como banco de la nación, continental, interbank, Wiesse sudameris, y banco central Santander hispano para ellos solo se indica:
Numero de RUC Periodo tributario Categoría Monto de cuota Importe a pagar
Monto de ventas y/o servicios Categorías mensuales (hasta S/.)
Impuesto bruto(S/.)
Crédito máximo deducible (hasta S/.)
Cuota mensual (S/.)
A
2,200
80
60
20
B
4,600
255
205
50
C
7,000
560
450
110
D
8,600
910
740
170
E
9,700
1,190
950
240
F
12,000
1,520
1,200
320
G
15,000
2,040
1,630
410
H
18,000
2,700
2,160
540
Especial
2,200
0
0
0
El nuevo RUS se crea con la finalidad de formalizar masivamente las pequeñas empresas como también las microempresas, que fue mediante el decreto legislativo N 937 publicado el 14 de noviembre del 2003 nos habla de los cambios que hay en este nuevo R.U.S. la puesta en vigencia de este tributo es el 1 de enero del 2004 donde ya los pequeños empresarios deben cumplir con sus obligaciones tributarias de acuerdo al nuevo régimen único simplificado. Esta norma derogo el texto único ordenado de la ley régimen único simplificado, aprobado mediante el decreto supremo N 057-99-EF.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
7
2016
Régimen Único Simplificado II.
ANALISIS DEL REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO
El estado tiene objetivos y funciones que cumplir, ya que es una unidad económica y de producción. Al desarrollar estas funciones, también se tienen que desarrollar procesos de realización de gastos, a su vez, estos gastos tienen que solventarse mediante una serie de ingresos. La actividad financiera (ingresos-gastos) está orientada a la obtención de ingresos (tributos) que permiten asumir los gastos que se incurren mediante la realización de los objetivos y funciones del Estado (defensa, justicia, promoción del bienestar, seguridad, inversión, entre otras). Nuestro país, como la mayoría de los demás, sustenta la obtención de sus ingresos principalmente mediante los tributos. Es por ello, que el estado enfatiza de manera primordial la buena práctica de los ciudadanos para el cumplimiento del pago de sus tributos. Es por eso que el estado ha establecido ciertos regímenes especiales para poder cumplir de una manera eficaz el proceso de tributación. Entre los regímenes implementados en nuestro país, ubicamos al Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS); inicialmente llamado Régimen Único Simplificado; el cual inicialmente estuvo diseñado para promover el acceso a la formalidad, ampliar la base tributaria y mejorar las condiciones para el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes. Se acogieron al RUS aproximadamente 649,105 1 contribuyentes (a Diciembre1998), representando una recaudación anual de S/. 98, 800,000 Nuevos Soles. No obstante, la realidad demostró que no se estaban consiguiendo los resultados esperados en cuanto a los objetivos planteados. Tal es así que a finales del año 2003 (seis años después de su creación), el número de contribuyentes (base tributaria), había disminuido a 361,218, paralelamente la recaudación anual también disminuyó a S/. 75, 134,156 nuevos soles. Ante las irregularidades que se presentaron, se planteó la idea de contar con un nuevo régimen simplificado- NUEVO RUS- que, por un lado, se pudiera alcanzar los objetivos de incrementar la formalidad y alentar la implementación de nuevas microempresas y, por otro lado, cuente con mecanismos de control adecuados que contribuyan a una mejor fiscalización por parte de la Administración Tributaria. Es así, que a enero de 2004 el Nuevo RUS (nueva legislación), concentraba 355,938 contribuyentes, representando una recaudación anual de S/. 72, 014,221; a diciembre del año 2011, siete años después de implementado el Nuevo RUS, el número de contribuyentes es de 704,6321 ; que representan una recaudación anual de S/.117,611,9771 , que si bien es cierto representa un 0.16% de la recaudación tributaria del Gobierno Central (S/. 85,587 millones de nuevos soles), no deja de ser un logro importante en la captación de ingresos. Se sabe que la existencia y aplicación del Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS) trae muchos beneficios para la economía del país, ya que promueve su crecimiento, a través de la consecución de los objetivos por los cuales se creó.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
8
2016
Régimen Único Simplificado III.
DESCRIPCION DEL RUS
NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO El nuevo régimen único simplificado (Nuevo RUS) es un mecanismo de simplificación impositiva utilizado en el Perú, que consiste en el pago de una cuota única en forma mensual, la cual se determinará sobre la base de la categoría en la cual se ubique el contribuyente. Su regulación actual trae causa del Decreto Legislativo n. 937 (Publicado el 14 de noviembre de 2003, vigente a partir del 01 de enero de 2004), por el que se deroga el Régimen Único Simplificado y se aprueba el Nuevo Régimen Único Simplificado. IMPUESTOS QUE COMPRENDE EL NUEVO RUS El Nuevo RUS comprende el Impuesto a la Renta, el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal. El Impuesto Selectivo al Consumo no está comprendido en el Nuevo RUS. ¿A QUIÉNES COMPRENDE EL NUEVO RUS? Este régimen comprende a: Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país, que obtienen Rentas de Tercera Categoría de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta provenientes de las actividades de comercio y/o industria y/o actividades de servicios. Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que perciben Rentas de Cuarta Categoría, únicamente por actividades de oficios. La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) ¿QUIÉNES NO ESTÁN COMPRENDIDOS EN EL NUEVO RUS? No están comprendidas en el presente Régimen las personas naturales y sucesiones indivisas que incurran en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Cuando en el transcurso de cada ejercicio gravable el monto de sus ingresos brutos supere los S/. 360,000.00 (trescientos sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles) o cuando en algún mes tales ingresos excedan el límite permitido para la categoría más alta de este Régimen. Se considera como ingresos brutos a la totalidad de ingresos obtenidos por el contribuyente por la realización de las actividades de este Régimen, excluidos los provenientes de la enajenación de activos fijos. b) Realicen sus actividades en más de una unidad de explotación, sea ésta de su propiedad o la explote bajo cualquier forma de posesión.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
9
2016
Régimen Único Simplificado Se considera como unidad de explotación a cualquier lugar donde el sujeto de este Régimen desarrolle su actividad empresarial, entre otros, el local comercial o de servicios, sede productiva, depósito o almacén, oficina administrativa. c) El valor de los activos fijos afectados a la actividad con excepción de los predios y vehículos, supere los S/. 70,000.00 (setenta mil y 00/100 Nuevos Soles). d) Cuando en el transcurso de cada ejercicio gravable el monto de sus adquisiciones afectadas a la actividad exceda de S/. 360,000.00 (trescientos sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles) o cuando en algún mes dichas adquisiciones superen el límite permitido para la categoría más alta de este Régimen. Las adquisiciones a las que se hace referencia en este inciso no incluyen las de los activos fijos. No se podrán incorporar al Nuevo RUS las personas naturales o sucesiones indivisas que: Presten servicios de transporte de mercancías con capacidad de carga mayor o igual a dos toneladas métricas. Presten servicios de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros. Organicen cualquier tipo de espectáculo público. Efectúen o tramiten algún régimen, operación o destino aduanero. (Importadores y exportadores), excepto: Los contribuyentes cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones definitivas que no excedan de US$ 500 por mes, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento; y/o Que efectúen exportaciones de mercancías a través de los destinos aduaneros especiales o de excepción previstos en los incisos b) y c) del artículo 83º de la Ley General de Aduanas, con sujeción a la normatividad específica que las regule; y/o Que realicen exportaciones definitivas de mercancías, a través del despacho simplificado de exportación, al amparo de lo dispuesto en la normatividad aduanera. Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana y los intermediarios de seguros. Sean titulares de negocios de casinos, máquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar. Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad. Realicen venta de inmuebles.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
10
2016
Régimen Único Simplificado Desarrollen actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos. Entreguen bienes en consignación. Presten servicios de depósitos aduaneros y terminales de almacenamiento. Realicen alguna de las operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo. Realicen operaciones afectas al Impuesto a la venta del Arroz Pilado. ¿CÓMO SE PUEDEN ACOGER AL NUEVO RUS? El acogimiento al presente régimen se efectuará de acuerdo a lo siguiente: a) Tratándose de contribuyentes que inicien actividades en el transcurso del ejercicio: El contribuyente podrá acogerse únicamente al momento de inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes. b) Tratándose de contribuyentes que provengan del Régimen General o del Régimen Especial: Deberán: (i) Declarar y pagar la cuota correspondiente al período en que se efectúa el cambio de régimen dentro de la fecha de vencimiento, ubicándose en la categoría que les corresponda de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7°. Este requisito no será de aplicación tratándose de sujetos que se encuentren en la categoría especial. (ii) Haber dado de baja, como máximo, hasta el último día del período precedente al que se efectúa el cambio de régimen, a: (ii.1) Los comprobantes de pago que tengan autorizados, que den derecho a crédito fiscal o sustenten gasto o costo para efecto tributario. (ii.2) Los establecimientos anexos que tengan autorizados. En el caso de cumplirse lo señalado, el acogimiento surtirá efecto a partir del primer día calendario del año en que se acogieron. El acogimiento al Nuevo RUS tendrá carácter permanente, salvo que el contribuyente opte por ingresar al Régimen General o al Régimen Especial, o se encuentre obligado a incluirse en el Régimen General de conformidad con lo previsto en el artículo 12°.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
11
2016
Régimen Único Simplificado ¿CUÁL ES LA VIGENCIA DEL ACOGIMIENTO? El acogimiento a este Régimen sólo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de cada año. Los contribuyentes podrán optar por acogerse nuevamente al nuevo RUS de acuerdo con lo señalado anteriormente. De no ejercitar esta opción; es decir, si no cumplen con la declaración y pago correspondiente, la SUNAT de oficio los incluirá en el Régimen General a partir del 1 de enero de cada año. ¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS QUE ORIGINA? Los contribuyentes incorporados a este régimen deben:
Inscribirse en el RUC. Solicitar autorización de impresión y entregar comprobantes de pago. Conservar en la unidad de explotación los comprobantes de pago que sustenten las compras y ventas de bienes o prestación de servicios en forma cronológica mes a mes. Pagar la cuota mensual.
¿QUÉ COMPROBANTES DE PAGO SE DEBEN ENTREGAR? Los sujetos del nuevo RUS sólo deberán emitir y entregar (por las operaciones comprendidas en este Régimen) boletas de venta, tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras que no permitan ejercer el derecho al crédito fiscal ni ser utilizados para sustentar gasto y/o costo para efectos tributarios, u otros documentos que expresamente les autorice el Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la SUNAT. En ese sentido, están prohibidos de emitir y/o entregar (por las operaciones comprendidas en este Régimen) facturas, liquidaciones de compra, tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras que permitan ejercer el derecho al crédito fiscal o ser utilizados para sustentar gasto y/o costo para efectos tributarios, según lo establecido en el Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la SUNAT. La emisión de cualquiera de dichos comprobantes de pago determinará la inclusión inmediata del sujeto en el Régimen General. Asimismo, estos comprobantes de pago no se admitirán para efecto de determinar el crédito fiscal del IGV ni como costo o gasto para efecto del Impuesto a la Renta por parte de los sujetos del Régimen General que los obtuvieron. La inclusión en el Régimen General operará a partir del mes de emisión del primer comprobante no autorizado, sin perjuicio de las sanciones correspondientes según el Código Tributario.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
12
2016
Régimen Único Simplificado ¿QUÉ COMPROBANTES DE PAGO SE DEBEN EXIGIR? Sólo deberán exigir facturas y/o tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras u otros documentos autorizados que permitan ejercer el derecho al crédito fiscal o ser utilizados para sustentar gasto o costo para efectos tributarios de acuerdo con las normas pertinentes, a sus proveedores por las compras de bienes y por la prestación de servicios; así como recibos por honorarios, en su caso. Asimismo, deberán exigir los comprobantes de pago u otros documentos que expresamente señale el Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la SUNAT. VENTAJAS
Sólo debe efectuar un pago al mes. No tiene la obligación de presentar declaración mensual por el IGV ni por el Impuesto a la Renta, ni presentar declaración jurada anual por el Impuesto a la Renta - Tercera Categoría. No está obligado a llevar libros contables. DESVENTAJAS
Una desventaja notoria de este régimen es que tan solo se podrán emitir y entregar boletas de venta o cintas emitidas por máquinas registradoras que no permiten ejercer derecho a crédito fiscal. Igualmente es importante tener en cuenta que una vez elegido el RUS se tendrá carácter de contribuyente permanente, salvo que se decida ingresar a cualquier otro régimen de forma voluntaria o por dejar de cumplir las condiciones del mismo. El contribuyente del nuevo RUS mediante sus pagos mensuales está cumpliendo con el pago del IGV y del Impuesto a la Renta. Así, para Pedro Pérez, quien tiene una bodega que durante el octubre vendió por S/.6.000 y efectuó compras por S/.4.000 le corresponderá la segunda categoría y por lo tanto tendrá que pagar S/.50 --desde 11 al 28 de noviembre de acuerdo con el último número del RUC--, para tal efecto deberá seguir el procedimiento señalado en el paso 3 y abonar en cualquier agencia de los bancos de la nación, Scotiabank, Interbank, Crédito o BBVA Continental. Finalmente, cabe mencionar que existe dentro del RUS una categoría especial que no paga ninguna contribución y donde están todos aquellos productores agrícolas y comerciantes que se dedican únicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas, entre otras realizadas en los mercados de abastos y cuyos ingresos y compras anuales no excedan los sesenta mil soles.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
13
2016
Régimen Único Simplificado Forma de pago El pago de las cuotas establecidas para el presente Régimen se realizará en forma mensual, de acuerdo a la categoría en la que los sujetos se encuentren ubicados, en la forma, plazo y condiciones que la SUNAT establezca. Con el pago de las cuotas se tendrá por cumplida la obligación de presentar la declaración que contiene la determinación de la obligación tributaria respecto de los tributos que comprende el presente régimen, siempre que dicho pago sea realizado por sujetos acogidos al Nuevo RUS. La SUNAT podrá solicitar, con ocasión del pago de la cuota mensual, que los sujetos declaren la información que estime necesaria. Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previa opinión técnica de la SUNAT, se podrá establecer para el presente Régimen un período de pago distinto al mensual, pudiendo señalarse los requisitos, forma y condiciones en que deberá operar dicho sistema. Categorización Los sujetos que deseen acogerse al presente Régimen deberán ubicarse en alguna de las categorías que se establecen en la siguiente Tabla:
PARÁMETROS CATEGORÍAS
Total Ingresos Brutos Mensuales (Hasta S/.)
Total Adquisiciones Mensuales (Hasta S/.)
1 2 3 4 5
5,000 8,000 13,000 20,000 30,000
5,000 8,000 13,000 20,000 30,000
Sin embargo, los siguientes sujetos podrán ubicarse en una categoría denominada “Categoría Especial”, siempre que el total de sus ingresos brutos y de sus adquisiciones anuales no exceda, cada uno, de S/. 60,000.00 (sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles): a) Sujetos que se dediquen únicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes especificados en el Apéndice I de la Ley del IGV e ISC, realizada en mercados de abastos. b) Sujetos dedicados exclusivamente al cultivo de productos agrícolas y que vendan sus productos en su estado natural.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
14
2016
Régimen Único Simplificado Los contribuyentes ubicados en la “Categoría Especial” deberán presentar anualmente una declaración jurada informativa a fin de señalar sus 5 (cinco) principales proveedores, en la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT. Los sujetos que se acojan al Nuevo RUS y no se ubiquen en categoría alguna, se encontrarán comprendidos en la categoría más alta hasta el mes en que comuniquen la que les corresponde, inclusive. Multa por no declarar dentro de plazo - NRUS - Nuevo Régimen Único Simplificado Si no realizas el pago de tus cuotas correspondientes al NRUS, incurres en infracción, la misma que es sancionada con multa. Para que puedas determinar la multa sigue los siguientes pasos: Paso 1: Multiplica cuatro veces el límite de rango de ingresos respecto de la categoría en la que se encuentra:
Categoría Rango de ingresos brutos o adquisiciones Mensuales 1 Hasta 5000 2 Más de 5000 hasta 8000 3 Más de 8000 hasta 13000 4 Más de 13000 hasta 20000 5 Más de 20000 hasta 30000
Cuatro veces el límite máximo Porcentaje ingresos mensuales Tabla III CT 5000 x4 =20000 0.6% 8000 x4 =32000 0.6% 13000 x4 =52000 0.6%
Multa Según Tabla 120 192 312
20000
x4
=80000
0.6%
480
30000
x4
=120000 0.6%
720
Paso 2: Deberás comparar el monto con el 5% de la UIT, la vigente al momento de la infracción (para el 2016 la UIT es S/. 3,950) y elegir el mayor monto: El 5% de la UIT para el 2016 es 198, quedando las multas determinadas de la siguiente manera Categoría 1= 198 Categoría 2 = 198 Categoría 3 = 312 Categoría 4 = 480 Categoría 5 = 720
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
15
2016
Régimen Único Simplificado Paso 3: Aplica la gradualidad:
1
1
RANGO INGRESOS BRUTOS O ADQUISICIONES MENSUALES
CÓDIGO MULTA POR NO PRESENTAR LA DECLARACIÓN DENTRO DE PLAZO
HASTA S/. 5,000
6041
4131
198
20
6041
4132
198
20
6041
4133
312
31
6041
4134
480
48
6041
4135
720
72
CÓDIGO DE TRIBUTO ASOCIADO
MULTA S/. Considerando UIT del 2016 = S/ 3950
MULTA REBAJADA EN 90% S/.
MÁS DE S/. 5,000 2 HASTA S/. 8,000 MÁS DE S/. 8,000 3
HASTA S/. 13,000 MÁS DE S/. 13,000
4
HASTA S/. 20,000 MÁS DE S/. 20,000
5
HASTA S/. 30,000
A la multa se añade el interés moratorio desde el dia siguiente a la fecha de vencimiento del plazo para presentar el PLAME hasta la fecha de pago. La tada de interés moratorio es 1.2% mensual o 0.04% diario Cambios de Régimen Los sujetos del presente Régimen podrán optar por acogerse voluntariamente al Régimen Especial o al Régimen General en cualquier mes del año, mediante la presentación de las declaraciones juradas que correspondan a dichos regímenes, según sea el caso. En dichos casos, las cuotas pagadas por el Nuevo RUS tendrán carácter cancelatorio, debiendo tributar según las normas del Régimen Especial o del Régimen General, a partir del cambio de régimen.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
16
2016
Régimen Único Simplificado
Tratándose de contribuyentes del Régimen General o del Régimen Especial que opten por acogerse al presente Régimen, lo podrán efectuar en cualquier mes del año y sólo una vez en el ejercicio gravable. De existir saldo a favor del IGV pendiente de aplicación o pérdidas de ejercicios anteriores, éstos se perderán una vez producido el acogimiento al Nuevo RUS. Ello, sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones tributarias generadas mientras estuvieron incluidos en el Régimen General o del Régimen Especial.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
17
2016
Régimen Único Simplificado IV.
INTERPRETACION DEL RUS EN EL CONTEXTO DE LAS MYPES
En todos los sectores y actividades económicas se tienen diversos grados de informalidad. Esta existe desde los sectores más formales –como los servicios financieros– hasta los más informales –como el comercio ambulatorio–. Según estadísticas, la mitad de las mypes son formales y las otras no. Formalidad en el sentido de operar legalmente, observando las normas vigentes. Por el lado laboral, la informalidad es mayor, llega al 70. Las mypes son, en general, aquellas que venden hasta un máximo de 2.300 UIT. Sin embargo, a pesar de su gran número, estas contribuyen con apenas 20% del valor agregado total no agrícola y con 8% de la recaudación del Impuesto a la Renta (IR). Sin embargo, emplean a más de 90% de la PEA privada no agrícola. Es decir, el problema central es su baja productividad. En la actualidad existen normas sectoriales especiales para este tipo de empresas. La legislación tributaria también ha intentado adaptarse a ellas con el Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER) y el nuevo Régimen Único Simplificado (RUS). La legislación tributaria otorga beneficios a las pymes. Sobre todo, a las microempresas (ventas de hasta 150 UIT. Aquí se encuentra el RUS. El régimen único simplificado (RUS) contribuye con la formalización de las micro y pequeñas empresas (mypes) porque es simple y facilita el cumplimiento de sus responsabilidades tributarias. Dentro de sus principales características es la no emisión de facturas, solo boletas ya que los contribuyentes solo venden a consumidores finales. A su vez, no es necesario llevar libros contables, por lo que los costos de tributación se reducen en un porcentaje mayor. Según estadísticas, el nuevo RUS contempla cerca de 425 mil contribuyentes, los cuales el 97% declaran ingresos que no superan los 8000 soles mensuales, por lo que los tributos ascienden a pagos mensuales de 20 y 50 soles. Solo el 0.5% de los contribuyentes, es decir, 1,758 comerciantes, están en la categoría más alta de este régimen, tienen ingresos mensuales entre S/. 20,000 y S/. 30,000, y por tanto pagan una cuota mensual de S/. 600. El Perú en materia de regímenes tributarios está dando pasos importantes, todos los empresarios que entiendan la necesidad de hacer las cosas bien y cumplir con sus deberes y obligaciones, contribuirán al progreso de nuestro país. Un punto primordial aquí es mantenernos informados y conocer al detalle en que consiste nuestros derechos y deberes como la principal fuerza económica del país (mypes).
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
18
2016
Régimen Único Simplificado V.
EJERCICIOS Y SIMPLIFICADO.
APLICACIONES
BÁSICAS
DEL
RÉGIMEN
ÚNICO
1) Llenado de Guía de pago nuevo RUS: Durante el mes de mayo del 2016, la tienda de jugos “Frutimix” con N° de RUC 15058945654, vendió por la cantidad de S/. 8,600.00 ¿Cuánto debe pagar de impuestos y cómo debe llenar su formulario de guía de pago de RUS? CATEGORÍA 1 2 3 4 5
INGRESOS BRUTOS O ADQUISICIONES MENSUALES Hasta S/.5,000.000 Mas de S/. 5,000.00 hasta S/. 8,000.00 Mas de S/. 8,000.00 hasta S/. 13,000.00 Mas de S/. 13,000.00 hasta S/. 20,000.00 Mas de S/. 20,000.00 hasta S/. 30,000.00
CUOTA MENSUAL EN S/. 20 50 200 400 600
Según las categorías de pago mostradas, podemos ver que “Frutimix” se encuentra en la categoría 3, ya que en este mes vendió la cantidad de S/. 8,600.00, por lo tanto este mes deberá pagar la cantidad de S/. 200.00. Llenado de la guía de pago RUS:
1
5
0
5
8
9
4
5
6
5
4
0 5 2 0 1 6 S/. 8,600
3
S/. 200
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
19
2016
Régimen Único Simplificado 2) Cálculo de la multa y los Intereses Moratorios: Don Roberto Soto, dueño de la bodega "El arroyito", se encuentra en la categoría 1 del RUS dado que sus ingresos mensuales son de 2200 soles .En el mes de marzo no cumplió con realizar la declaración y no realizó el pago mensual correspondiente a ese mes. Declaración jurada: Mes marzo del 2016. Omitida Fecha de vencimiento: 25/04/16. Fecha de la infracción: 26/04/16 (al día siguiente de la fecha de vencimiento) Fecha de pago: 12/06/16 DESARROLLO: Tabla de categorías CATEGORÍA 1 2 3 4 5
INGRESOS BRUTOS O ADQUISICIONES MENSUALES Hasta S/.5,000.000 Mas de S/. 5,000.00 hasta S/. 8,000.00 Mas de S/. 8,000.00 hasta S/. 13,000.00 Mas de S/. 13,000.00 hasta S/. 20,000.00 Mas de S/. 20,000.00 hasta S/. 30,000.00
CUOTA MENSUAL EN S/. 20 50 200 400 600
Ya que este negocio se encuentra en la categoría 1 del Nuevo RUS, procedemos de la siguiente manera: a) calculamos los ingresos cuatrimestrales (en la categoría 1 del RUS se consideran S/.5000 mensuales), cogemos el monto máximo de ingresos de la categoría 1:
b) Para aplicar la multa según la norma (al final se alcanza la base legal) se debe de elegir el que resulte el monto mayor de lo siguiente: 0.6% de los ingresos = 0.6% * (20,000) = 120 La multa no puede ser menor del 5% de la UIT (unidad impositiva tributaria). Para el año 2016 la UIT es de 3,950 soles. 5% * 3,950 = 197.5 = 198 Se elije el resultado mayor, en este caso es: S/.198.00, y este es el monto de la multa.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
20
2016
Régimen Único Simplificado OBSERVACIÓN: Para la categoría 1 siempre se aplicará la multa sobre el 5% de la UIT, a partir de la categoría 2 hasta la 5 se aplicara el 0.6% de los ingresos, ya que resultará un número mayor. c) La norma también dice que si pago antes que me notifiquen que cometí esta falta, me hacen un descuento del 90% de la multa, es decir:
d) A esto tenemos que agregarle también el interés moratorio (por los días de retraso): Tasa vigente desde el 2012 de 1.2% mensual o 0.04% diario. Número de días atrasados = 48 La multa es de 19.8 soles (pago de la multa antes que lo notifique) Multa = 19.8 Interés (0.04% * 19.8 * 48) = 0.38016 Total multa mas intereses a pagar = 20.18016 Como vemos el monto del interés no es significativo, la diferencia aumentaría en caso pase más días de atraso o en caso de que la SUNAT nos notifique y no exija pagar
Si el pago se hace voluntariamente, se procede de la siguiente manera: Monto total sin deducción: 198.00 Tasa diaria: 0.04% Número de días atrasados: 48 Multa: 198.00 Interés (0.04% * 198 * 48): 3.8016 TOTAL MULTA MÁS INTERESES: 201.8016
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
21
2016
Régimen Único Simplificado
CASO: CÓMO REALIZAN LOS CONTRIBUYENTES DEL NUEVO RUS LA COMPENSACIÓN DE LAS PERCEPCIONES DE IGV QUE LE HUBIESEN EFECTUADO. 3) Carlos Miranda con número de RUC 10105809212 (contribuyente del NUEVO RUS que está sujeto a la percepción), es dueño de una pequeña bodega y compra el 10 de setiembre, 7 docenas de agua mineral (producto sujeto a la percepción) a la Distribuidora "Lo mejor de Cora", que ha sido designada por la SUNAT, como Agente de Percepción de acuerdo con el siguiente detalle:
Valor de venta
105
IGV (19%)
20
Precio Venta Percepción (2%)
125 3
-------------------------------------------------Total a pagar
S/. 128.00
El monto de los S/. 3 cobrado por adelantado por la Distribuidora "Lo mejor de Cora", por encargo de la SUNAT, puede ser compensado (utilizado) por el contribuyente Sr. Carlos Miranda en su cuota del NUEVO RUS a partir del período tributario Setiembre 2016, a través del Formulario 1611 (PAGO FACIL del NUEVO RUS). Dicho monto deberá ser consignado en la casilla MONTO A COMPENSAR POR PERCEPCIONES DE IGV EFECTUADAS.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
22
2016
Régimen Único Simplificado
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
23
2016
Régimen Único Simplificado
4) Si Alexis abrió su juguería el 1 de noviembre, realizó compras para su local por S/. 2,000 (adquisiciones) y tuvo ventas por S/. 4,000 (ingresos brutos).
Como ambos montos no pasan de S/. 5,000 se encontrará en la Categoría 1 y pagará la cuota mensual de S/. 20 por el período noviembre.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
24
2016
Régimen Único Simplificado
CONCLUSIONES
Como ya sabemos, el Estado enfatiza de manera primordial la buena práctica de los ciudadanos para el cumplimiento del pago de sus tributos. Es por eso que el Estado ha establecido ciertos regímenes especiales para poder cumplir de una manera eficaz el proceso de tributación y así poder solventar sus gastos para beneficio de la ciudadanía.
El régimen Nuevo RUS se está convirtiendo en una de los instrumentos más importantes para la formalización de empresas debido a las facilidades que ofrece como el no tener que llevar libros contables, la baja tasa de impositiva y el tener acceso al Seguro Integral de Salud para el propietario.
El Nuevo RUS ofrece la ventaja al contribuyente de poder ubicarse en una categoría de acuerdo a su realidad económica.
Sí bien este nuevo régimen tiene muchas ventajas beneficiosas tanto para el Estado como para el contribuyente que quiera formalizar su negocio o aportar al Estado según el oficio que ejerza, este régimen trae consigo una desventaja ya que al no emitir factura los contribuyentes no pueden ejercer el derecho al crédito fiscal que es un monto en dinero a favor de este.
El nuevo régimen único simplificado (Nuevo RUS) es un mecanismo de simplificación impositiva utilizado en el Perú, que consiste en el pago de una cuota única en forma mensual, la cual se determinará sobre la base de la categoría en la cual se ubique el contribuyente.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
25
2016
Régimen Único Simplificado BIBLIOGRAFÍA Y LINKOGRAFÍA
http://www.guiatributaria.sunat.gob.pe/…/38-quienes-no-pued… http://www.sunat.gob.pe/…/2015/informe-oficios/i007-2015.pdf http://www.sunat.gob.pe/legislacion/rus/ley/index.html http://www.sunat.gob.pe/institucional/publicaciones/revista_tributemos/tribut122/inf orme_3.htm http://aempresarial.com/web/revitem/1_13161_96953.pdf http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2015/informe-oficios/i007-2015.pdf http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/nuevo-regimen-unicosimplificado-nuevo-rus/3101-05-otras-obligaciones http://diposit.ub.edu/dspace/bitstream/2445/15503/1/RUS%20Peru.editado.pdf http://blog.conducetuempresa.com/2012/09/regimen-unico-simplificado-rus.html http://www.crecemype.pe/portal/images/stories/files/img/coleccion-crecemypeI/formaliza-b.pdf http://www.mep.pe/intranetvirtual/Constitucion-yFomalizacion/tramites_tributarios/MEP_Contabilidad_TramitesTributario_GuiPago Facil_%20NuevoRUS.pdf http://pymescont.blogspot.pe/2008/11/nuevo-regimen-unico-simplificado-rus.html https://www.youtube.com/watch?v=VcqmLrAViVM https://www.youtube.com/watch?v=5roZ2o0j7KI
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
26
2016
Régimen Único Simplificado ANEXO 1 1.- ¿QUIENES PUEDEN ACOGERSE AL NUEVO RUS?
Ejemplo: Un pequeño comerciante de una bodega o una pequeña industria que elabore carteras.
Ejemplo: Los ingresos que tendría un jardinero, gasfitero o electricista.
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
27
2016
Régimen Único Simplificado 2.- ¿QUE REQUISITOS SE NECESITAN PARA ACOGERSE AL NUEVO RUS?
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
28
2016
Régimen Único Simplificado ANEXO 2
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
29
2016
Régimen Único Simplificado
ÍNDICE CARÁTULA PRESENTACIÓN DEL TRABAJO…………………………………………………………..…3 INTRODUCCIÓN DEL TEMA………………………………………………………………..…4 I.
ORIGEN Y ANTECEDENTES DEL TRIBUTO……………………………….………..5
II. III.
Antiguo y nuevo RUS
ANÁLISIS DEL RUS…………………………………………………………………..….8 DESCRIPCIÓN DEL RUS…………………………… ……………………………….…9
Nuevo RUS Impuestos que comprende el Nuevo RUS ¿A quiénes comprende el Nuevo RUS? ¿Quiénes NO están comprendidos en el Nuevo RUS? ¿Cómo se puede acoger al nuevo RUS? ¿Cuál es la vigencia del acogimiento? ¿Cuáles con las obligaciones tributarias que origina? ¿Qué comprobantes de pago deben entregar? ¿Qué comprobantes de pago deben exigir? Ventajas del Nuevo RUS Desventajas del Nuevo RUS
IV.
INTERPRETACION DEL RUS…………………………………………… ………..….18
V.
EJERCICIOS Y APLICACIONES PRÁCTICAS DEL RUS……………… … ……19
CONCLUSIONES……………………………………………
………………………………25
BIBLIOGRAFÍA Y LINKOGRAFÍA……………………………………………………………26 ANEXOS …………………………………………… …………………………………………27
Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur
30