¿Qué es la filiación? ¿Qué clases de filiación existen? ¿Qué es la filiación legitima?
Es la relación entre un hijo con su padre y madre, que genera derechos y obligaciones entre ellos. La legítima, extramatrimonial y adoptiva.
Existen dos clases de filiación filiación una legitima legitima una tiene como bases la ley y una ilegitima que tiene como única base la naturaleza. Como base la del matrimonio, sin que esto quiera decir que ¿Qué es la Filiación todos los hijos nacidos dentro del matrimonio sean legítimos. legitima? La ley permite que los hijos nacido fuera del matrimonio sean ¿Los hijos fuera del legitimados, por los padres, de lo anterior podemos decir que matrimonio pueden existe los hijos legitimados. ser legitimados? Para determinar si un hijo es legitimo o legitimado a de tenerse ¿Cómo se determina que un hijo es legitimo en cuenta la época de la concepción (embrazo), los hijos concebidos antes del matrimonio y nacidos dentro del son o legitimado? hijos legítimos. consideran que que los hijos nacidos 280 días días después después de la ¿Si, mi esposo muere y Se consideran muerte del cónyuge cónyuge se le presumen el padre padre después nace mi hijo es legítimo? ¿Si es tuve un hijo con Si, también los concebidos con la compañera permanente y se casa con ella. mi compañera permanente y me caso con ella se legitiman mis hijos? Son hijos nacidos dentro d entro del matrimonio: ¿Cuáles son los hijos legítimos nacidos Aquellos que nacen en el matrimonio dentro del Los que nacen dentro de los 300 días después de disuelto matrimonio? el matrimonio, en caso contrario no lo serán. Los hijos que nazcan dentro de 200 días después de la muerte o desaparición del marido, siempre que esta hubiere ocurrido 4 meses anteriores. Los hijos nacidos por fuera del matrimonio y reconocidos posteriormente posteriormente son considerados considerados como legitimados. legitimados.
¿Cuándo Un hijo del matrimonio no es hijo legitimo?
Los que nacen fuera del matrimonio, matrimonio, no reconocidos. Los que nacen des pues de 300 días de disuelto el matrimonio, en caso contrario no lo serán.
Los hijos que nazcan 200 días después de la muerte o desaparición del marido, siempre que esta hubiere ocurrido 4 meses anteriores. Cuando el marido no estuviera imposibilidad para tener acceso sexual a la mujer, en dicho caso el hijo será ilegitimo.
¿Cuándo Un hijo tiene Un madre puede que se haya casado con A en 1980, y que este haya muerto el 1 de enero de 1985, se haya casado con B en doble legitimación? febrero de 1985, y que haya dado a luz el 16 de agosto de 1985, El hijo se presume de los dos por cuanto se encuentra de los 300 días después de la muerte de A, pero también puede ser de B por cuanto se encuentra de los 180 días de concepción de la ley. Un hijo que esta por nacer se le puede reconocer la paternidad ¿A un hijo que esta por nacer se le puede para efectos de heredar, como un derecho de mera expectativa, pues se trata de un hecho futuro cierto que está sometido a una reconocer? condición que es la que el hijo nazca vivo. Si, siempre, que este divorciado legalmente, se puede casar ¿Si tengo un hijo extramatrimonial y me con la madre del hijo y este queda legal mente legitimado. caso con la madre, se legitima? Es un beneficio por el cual el legislador confiere a un hijo ¿Qué es la concebidos en unión marital de hecho o fuera del matrimonio legitimación? la calidad de hijo legitimo, con todas las consecuencias que de este estado se deduce. La legitimación es una institución de carácter legal., mediante el matrimonio de sus padres sean legitimados. ¿Un hijo nacido antes Los hijos nacidos antes del matrimonio son legitimados por el, al igual que los nacidos durante el. del matrimonio pude ser legitimado des pues de su celebración? Presuntivo y Voluntario. ¿Qué clases de reconocimiento hay de un hijo? El presunto padre del hijo, puede ser citado por los ¿Qué es el consanguíneos de cuarto grado, quien ejerza la guarda legal reconocimiento del menor o el defensor de familia para que este bajo presuntivo? juramento declare si es o no el padre. En caso de no asistir se
¿Qué es el reconocimiento Voluntario?
le hará a una segunda citación a la cual de no asistir se tomara por reconocido. Es el acto libre, consiente, voluntario del padre, es de entender que la persona que hace el reconocimiento lo debe hacer con el atributo de la capacidad, que la paternidad sea real. Es menester entender que la es un acto meramente declarativo. Los hijos que se conciban dentro del o fuera del solo pueden ser rechazados mediante la impugnación de la paternidad.
¿Puedo impugnar la paternidad o maternidad de un hijo del matrimonio? Es el caso mediante escritura pública que los padres o el acta ¿Cómo se hace la de matrimonio se determinan los hijos a quienes se le es legitimación de un confiere la legitimación. Esto debe tener el consentimiento de hijo? los padres, de igual modo de los hijos. La legitimación se perfecciona con el otorgamiento de la escritura pública, con el consentimiento sine de los dos padres. ¿Un hijo pude aceptar Los hijos tendrán un plazo no mayor a 90 días para refutar o aceptar, el silencio es tomado como aceptación. o rechazar la legitimación? ¿Cuál es la forma para La ley estima que la aceptación puede ser expresa o tácita, aceptar o rechazar la dentro de los 90 días siguientes a la legitimación si no lo hace en forma expresa, y guarda silencio se tornara como aceptado, legitimación por el si requiere de juez o de aclarador, la manifestación siempre hijo? deberá ser expresa. ¿Se pueden legitimar Si se pueden legitimar con el consentimiento de los dos padres. hijos muertos? ¿Si mi matrimonio es Estamos de acuerdo con que el matrimonio legitima los hijos, pero si este es declarado nulo la legitimación no se encuentra declarado nulo la legitimación también? afectada. Si, Antes y después del nacimiento o con posterioridad al ¿Cuándo puedo fallecimiento del hijo. reconocer un hijo extra matrimonial? ¿Cómo pueden hacer El reconocimiento podrá hacerse antes del nacimiento, esto quiere decir que los hijos extramatrimoniales pueden ser el reconocimiento de reconocidos antes de su nacimiento. Este reconocimiento solo un hijo antes de su puede hacerse mediante testamento, escritura pública. nacimiento? ¿Como pueden hacer Este podrá hacerse sin ninguna dificultad incluso, el mismo día del nacimiento. el reconocimiento de
un hijo después de su nacimiento? ¿Cómo pueden hacer el reconocimiento de un hijo con posterioridad a su fallecimiento cimiento? ¿Qué efectos da la legitimación? ¿Puedo Impugnar la legitimación? ¿Quiénes la pueden impugnar? ¿Porqué razones puede ser impugnada la legitimación?
El reconocimiento se puede hacer en cualquier época, incluso después que el hijo fallezca, con la única finalidad que el hijo reconocido que falleció sus hijos lo representen dentro de una eventual sucesión. Se genera el estado civil de hijo. Puede heredar, tiene derecho alimentos del padre que lo reconoce y adquiere obligaciones para con Él. Si.
La legitimación podrá ser impugnada por el padre o la madre, los hijos, los herederos del padre causante. La legitimación podrá ser impugnada por que el legitimado no tiene por madre o padre natural a la legitimante. El marido podrá impugnar la paternidad demostrando su inefabilidad. Son también causales de la impugnación, falso parto o suplantación del pretendido hijo; Cuando el reconocido no haya podido tener por padre o madre al reconociente. ¿Cuánto es el término Los ascendientes del padre o la madre tiene un término de 300 días para impugna. Los padres legitimantes tendrán un para impugnar la término de 60 días contados partir de la legitimación. legitimación? Dentro de los 60 días siguientes a la noticia del noticia del ¿Cuándo el padre parto. pude impugnar la paternidad? ¿Cuánto tiempo si me Pude mecerlas en cualquier tiempo, teniendo como limite 60 encuentro separado de días después de conocer la noticia. mi mujer? Los herederos del presunto padre, dentro de los 60 días a que ¿Si el esposo no impugna dentro de los tuvieron conocimiento. 60 días quien lo pude hacer? Si esto se llama impugnación de la maternidad. ¿La madre también puede impugnar la legitimidad?
¿Quién mas pude in pugnar la maternidad? ¿Cuáles son las causas?
El hijo, los verdaderos padres y los herederos de este, o los supuestos padres.
¿Cuánto es el término para impugnar la maternidad? ¿Cómo se prueba la paternidad o maternidad? ¿Mediante que Tramite?
Diez (10) a partir del conocimiento del parto o del conocimiento de los hechos que generan las causas.
Falso parto. Suplantación del hijo, (cambiar de hijos).
Testigos del nacimiento, pruebas de ADN y Sanguíneas. Un trámite judicial que se llama filiación ante un juez de familia.
¿QUIÉN PUEDE IMPUGNAR LA PATERNIDAD? La impugnación de la paternidad es un proceso que se origina cuando se duda respecto a la veracidad de la paternidad de una persona, cuando un niño nace bajo el matrimonio de sus padres o estando estos en unión marital de hecho se presume la paternidad, sin embargo esta presunción admite prueba en contrario. Están legitimados para impugnar la paternidad las siguientes personas:
El cónyuge. El compañero permanente. El hijo. Quien acredite de manera sumaria ser el padre. La madre.
La impugnación de la paternidad puede ser ejercida en cualquier tiempo, de conformidad con lo establecido en el artículo 217 del código civil, el cual fue modificado por el artículo 5 de la ley 1060 de 2006, el cual establece lo siguiente: “El hijo podrá impugnar la paternidad o la maternidad en cualquier tiempo. En el
respectivo proceso el juez establecerá el valor probatorio de la prueba científica u otras si así lo considera. También podrá solicitarla el padre, la madre o quien acredite sumariamente ser el presunto padre o madre biológico.
La residencia del marido en el lugar del nacimiento del hijo hará presumir que lo supo inmediatamente, a menos de probarse que por parte de la mujer ha habido ocultación del parto. PARÁGRAFO. Las personas que soliciten la prueba científica lo harán por una sola vez y a costa del interesado; a menos que no cuenten con los recursos necesarios para solicitarla, podrán hacerlo siempre y cuando demuestren ante I.C.B.F. que no tienen los medios, para lo cual gozarán del beneficio de amparo de pobreza consagrado en la Ley 721 de 2001”.
En el proceso de impugnación de la paternidad juega un papel fundamental la prueba científica conocida comúnmente como la prueba de ADN, ya que esta es considerada la prueba reina para establecer la paternidad de una persona.
¿PUEDE IMPUGNARSE LA MATERNIDAD? Es común escuchar de procesos de impugnación de la paternidad, pero no de la maternidad, lo cierto es que esta acción jurídica la contempla el código civil en su artículo 335 de la siguiente manera: “La maternidad, esto es, el hecho de ser una mujer la verdadera madre del hijo que paso
por suyo, podrá ser impugnada probándose falso parto, o suplantación del pretendido hijo al verdadero. Tiene el derecho de impugnarla: 1. 1. El marido de la supuesta madre y la misma madre supuesta, para desconocer la legitimidad del hijo; 2. 2. Los verdaderos padre y madre legítimos del hijo para conferirle a él, o a sus descendientes legítimos, los derechos de familia en la suya; 3. 3. La verdadera madre para exigir alimentos al hijo.” Además de las personas mencionadas en el artículo 335, están legitimadas para iniciar el proceso de impugnación de la maternidad a cualquier persona a quien la maternidad supuesta perjudique en sus derechos sobre la sucesión ya sea testada o intestada de los supuestos padre y madre. Entonces para iniciar una acción de impugnación de la maternidad se debe demostrar que hubo suposición de parto o que el hijo nacido es de un parto de otra mujer y no de la que esta suplantando a la madre.
Entonces están legitimados para iniciar esta acción:
La madre supuesta El marido de la madre supuesta. La verdadera madre. El verdadero padre. Toda persona que se vea afectada en sus derechos de sucesión.
Por último aunque se presume la maternidad en una mujer que tiene un parto, la acción de impugnación de la maternidad existe precisamente para desvirtuar esta presunción, y así evitar injusticias que van en contra del los derecho del nacido, el cual tiene derecho a conocer a sus verdaderos padres.