TRABAJO 1: ³Sobre la aplicabilidad del principialismo principialismo norteamericano´
-Integrantes del grupo: Álvaro Hortal Muñoz Daniel Martínez Alonso Javier Agustín Pastor Solís Ignacio Velasco Marugán 1ºA Grado en Fisioterapia.
1.¿Qué es el principialismo? El principialismo es una teoría de la bioética que postula la existencia de 4 principios que servirían de marco para el análisis de los problemas morales que pueda plantear la práctica de las profesiones sanitarias y la investigación con seres humanos. Los cuatro principios son: Principio de no-maleficencia, Principio de justicia, Principio de autonomía y Principio de beneficencia. 2.¿En qué se basa? El principialismo se basa en cuatro principios y unas normas morales que derivan de ellos: 2.1.Principio de no maleficencia: Este principio establece genéricamente que no se debe causar daño a otra persona. El daño puede ser de diversa naturaleza: físico, psíquico, moral, económico, etc. A nadie se le oculta que una interpretación demasiado literal de este enunciado podría impedir cualquier intervención médica, dado que siempre hay implícito un cierto riesgo de inducir un daño. Por esa razón, en el contexto médico es más apropiado hablar de relación o balance beneficio-riesgo de las intervenciones. De este modo se interpretará que existe maleficencia cuando la relación beneficioriesgo de una intervención cabe juzgarla a priori como desfavorable. Esta argumentación también se podría hacer extensiva a las poblaciones. Del mismo modo que existen unos principios microéticos que se definen desde el individuo, se podrían formular unos principios macroéticos que se definirían desde las poblaciones y que también habría que respetar. Es decir, una investigación epidemiológica puede no ser maleficente con las personas a título individual y, en cambio, sí serlo con las poblaciones en las que se integran los individuos. La corrección técnica del estudio, así como la competencia del equipo investigador , son normas éticas que se inscriben dentro del principio de no-maleficencia, dado que ambas son premisas necesarias para evitar daños innecesarios al paciente del tipo que sean. 2.2.Principio de Justicia: Este principio fue definido en el Informe Belmont como una distribución equitativa de las cargas y los beneficios de la investigación entre todos los individuos afectados por el problema que se investiga (y entre todas las comunidades, cabría añadir), para evitar la explotación de determinados grupos vulnerables como los menores, los incapacitados, las minorías raciales, los desfavorecidos sociales, las comunidades del tercer mundo etc., que había sido desgraciadamente un signo muy característico de la investigación con seres humanos anterior a
la década de los setenta. Esto se traduce en términos prácticos en una selección equitativa de los sujetos de investigación. No es justo, por tanto, extraer a los sujetos de investigación de un determinado grupo social solo porque sean más fácilmente accesibles, o más fácilmente manipulables. Trasladado al terreno de los registros médicos se debe estar atento al hecho de que el registro se justifique por una determinada condición social que puede situar a los individuos registrados en un plano de desigualdad. Una norma ética anclada en el principio de justicia, aunque interpretado de un modo más amplio que el recogido por el Informe Belmont, sería la utilidad social de la investigación. Sólo se podrá considerar que una investigación es justa si los resultados de la misma van en beneficio de todos, o al menos, del grupo poblacional del que se extrae la muestra de sujetos que participan en la misma. 2.3.Principio de autonomía: El principio de autonomía se enmarca dentro del derecho a la libertad de los individuos y exige el respeto por los criterios, consideraciones, preferencias y acciones de las personas autónomas. Una persona autónoma es aquella que tiene la capacidad de deliberar sobre sus fines personales, y de obrar en consecuencia. Respetar la autonomía significa no solo dar valor a las opciones de las personas autónomas, sino también abstenerse de poner obstáculos a sus acciones a no ser que éstas sean claramente perjudiciales para los demás. El cumplimiento de este principio exige, naturalmente, que el individuo disponga de la información necesaria para formarse un juicio meditado. No todo ser humano, sin embargo, es capaz de autodeterminación. El poder de autodeterminación madura a la largo de la vida del individuo, y algunos pierden este poder completamente o en parte, a causa de enfermedad, de disminución mental, o de circunstancias que restringen severamente su libertad. El respeto por los que no han llegado a la madurez y por los incapacitados puede requerir que se les proteja hasta su madurez o mientras dure la incapacidad. La protección de las personas no autónomas, y por ello vulnerables, es la otra vertiente del principio de autonomía, aunque tiene muchas conexiones con el principio de justicia. El principio de autonomía puede manifestarse de diversas formas éticas y jurídicas. Por ejemplo, cuando hablamos de datos de carácter personal referidos a la salud o a otros órdenes de la vida, resulta muy útil especificar dicho principio en tres conceptos ligados pero independientes como son la intimidad, la privacidad y la confidencialidad. La forma práctica de expresar la autonomía moral del sujeto es el consentimiento informado, por tanto, también lo será para determinar el ámbito de la privacidad y confidencialidad, es
decir, a quiénes y en qué condiciones autoriza el sujeto a acceder a sus datos privados. Por tanto, en todas las formulaciones del consentimiento informado, tanto en la práctica clínica como en el ámbito de la investigación, se debe hacer constar quienes pueden tener acceso a los datos, cómo se van a custodiar y proteger y qué derechos le asisten para continuar manteniendo el control sobre los mismos. 2.4. Principio de beneficencia: El término beneficencia se entiende frecuentemente como aquellos actos de bondad y de caridad que van más allá de la obligación estricta. En este documento, beneficencia se entiende en sentido más radical, como una obligación´. Efectivamente, en el ámbito sanitario el principio de beneficencia obliga más que en otros ámbitos de la sociedad civil. A diferencia de la práctica clínica, la investigación biomédica no tiene como finalidad primaria el beneficio del sujeto que se somete a ella, por lo tanto, el principio de beneficencia se debe interpretar en investigación de un modo algo diferente. En investigación, el respeto al principio de beneficencia consiste en que el equipo investigador vele por el bienestar del sujeto, garantizándole todas las atenciones médicas de las que sería objeto si no formara parte de la investigación, a menos que éstas sean incompatibles con la investigación misma, de lo cual habría que informar oportunamente. El principio de beneficencia es de gestión privada por parte del propio sujeto y está, por tanto, ligado a su ideal de perfección como ser humano. Dentro de este horizonte, los sujetos pueden considerar que su participación en la investigación puede beneficiar a otros a los que siente próximos. Es importante ver el principio de beneficencia también de este modo, en el cual el sujeto no es solo sujeto pasivo de la investigación sino sujeto activo que valora la obtención de un beneficio para terceros. (todo el apartado 2 está obtenido de la referencia 1. De la bibliografía.) http://scielo.isciii.es/img/revistas/resp/v82n1/colaboracion2_anex o1.pdf 3.Críticas al principialismo: Para muchos autores los cuatro principios estudiados no se pueden aplicar a los casos concretos por ser demasiado generales. Por tanto no suponen una ayuda como guías para la acción. En realidad para Beauchamp y Childress no serían los principios como tal, sino las reglas más específicas las que llegarían hasta los casos concretos. Pero también a nivel de reglas los contenidos no resultan del todo claros, dando lugar en ocasiones a diferentes resultados, según sea uno u otro quién las utilice. Veamos algunos ejemplos que ilustran este punto. La razón está en que no existe una jerarquía entre ellos. Si esta falta de
jerarquía la unimos a la falta de una teoría ética de base llegamos a otra de las grandes críticas dirigidas al principialismo: la imposibilidad de proporcionar un sistema adecuado para la resolución de los conflictos morales. La principal crítica que ha recibido la ponderación de los principios es la de caer en una resolución de los conflictos totalmente subjetiva. Si se intenta hacer una ponderación entre los principio de autonomía y nomaleficencia se podrá resolver el problema en uno u otro sentido. Otro punto que interesa señalar en relación a la ponderación es que, en realidad, cuando nos encontramos ante un conflicto moral la posible ponderación no se da a nivel de principios. En cuanto a la especificación, el número de críticas que ha recibido es significativamente menor que el de la ponderación. Es lógico, pues de alguna manera, cualquier sistema moral ha de contar con un modo de especificar sus normas morales, de clarificar las indicaciones normativas generales para los ámbitos concretos de actuación. Algunos autores se quejan de que los principios tendrían un contenido poco claro; mientras que para otros algunas de sus conclusiones serían equivocadas o al menos problemáticas. Hay dos puntos que son los que han suscitado mayores problemas. Nos referimos al concepto de autonomía y al de calidad de vida. Si intentamos hacer un resumen somero de las indicaciones normativas que Beauchamp y Childress proporcionan en su libro podríamos decir lo siguiente. Las decisiones autónomas realizadas por los pacientes tendrían prioridad sobre otros elementos que puedan considerarse para la valoración moral de los casos. Sólo en aquellas situaciones en las que el tratamiento que el enfermo solicita fuera claramente inútil se podría actuar en contra de su deseo. En los casos en los que el paciente deja de ser autónomo, a no ser que se conozca con precisión cuál era su voluntad para esa situación, se ha de tomar la decisión que corresponda a su mejor interés. Mejor interés que se evaluará en relación a la calidad de vida del paciente. (todo el apartado tres, esta escrito con la información recopilada de la referencia número 2 de la bibliografía.)
4. ¿Qué diferencias hay entre aplicar el principialismo de una forma sumaria y hacerlo de una forma científica? Los cuatro principios de la bioética han de usarse como un apoyo a la resolución de casos en los que necesitamos tener una respuesta o tomar una decisión, que debe estar tomada con plena consciencia. Para ello es fundamental conocer cada uno de los principios y saber en qué consisten claramente. La utilización de éstos se centra básicamente en dos métodos: aplicación sumaria y aplicación científica.
La aplicación sumaria consiste en hacer un estudio de forma general de los cuatro principios para llegar a la conclusión de cuál/es debemos utilizar en el caso propuesto, y plantearse la pregunta que nos ha llevado a utilizarlo uno u otro. Se debe comenzar a analizar de una forma sutil los problemas del paciente, así como indagar en sus deseos y su voluntad. Ésta última puede ser una de las partes más complicadas, ya que en muchas ocasiones la propia voluntad del paciente queda de alguna manera envuelta con ciertos factores y voluntades externos que influyen de manera determinante en sus pensamientos y actitud. Hay que conocer cuál es la calidad de vida del paciente. Sin embargo, la aplicación sumaria del principialismo, plantea posibles conflictos entre los principios, ya que cuando sugerimos uno, a su vez, estamos negando otro de los restantes. De esta manera, para poder continuar debemos poner en práctica una aplicación científica. La aplicación científica consiste en llevar a cabo una examinación más rigurosa del paciente, así como de los principios e indagar en ellos para no sólo quedarnos con lo que su definición nos sugiere, si no con las limitaciones que conllevan, los consentimientos y las consecuencias que pueden derivarse de su utilización. Este método nos sugiere que hay que llevar el caso de forma muy clara, siguiendo un orden (como el que plantean Beauchamp y Childress) para poder aclarar de mejor forma las decisiones tomadas. De manera general, este método debe llegar a lo más profundo de cada persona, a la base de su problema para poder sonsacar el principio de autonomía y así, continuar con el resto de principios. Pero estas aplicaciones, no nos llevan en muchos casos a la resolución del problema que se nos había planteado, ya que resulta muy difícil atender los cuatro principios de tal forma que ninguno se deje aplicar. Esto se debe a la gran cantidad de factores adversos que rodean el entorno del paciente, como su estado anímico o la situación familiar entre otros, y que hacen más difícil que las ventajas de una decisión sopesen frente a las desventajas. Es por esto por lo que muchos autores divergen en opiniones en cuanto a la utilidad de los principios ya que no siempre nos dan una solución convincente, aunque su apoyo ético es muy relevante. 5.¿Cuáles son las posibles soluciones a la aplicación de los principios? Uno de los principales problemas que aparecen con la aplicación de los principios de la bioética es la contradicción que surge entre ellos Con frecuencia, los principios de autonomía y de beneficencia entran en contradicción con los de no-maleficencia y de justicia; y tales contradicciones obligan en algunas circunstancias a postergar alguno de los principios, otorgando prioridad a otro. Se ha dicho que hay que considerar las consecuencias de la aplicación de cada uno de los principios en conflicto y decidir de acuerdo con ello
Cada principio contiene sus propicias consecuencias a la hora de aplicarlos, y esto se debe tener en cuenta para usar uno u otro cuando se encuentran en conflicto. Para ello, es recomendable establecer una jerarquía de prioridades. En dicha jerarquía deben constar ciertos valores tales como que el hombre es persona y como tal tiene dignidad y no tiene precio; así como en cuanto a las personas se refiere, todos somos iguales y merecemos la misma consideración y el mismo respeto. En caso de conflicto alguno, los principios que deberían tener prioridad son los de no-maleficencia y de justicia sobre los de autonomía y beneficencia ya que los dos primeros se refieren a principios que puede imponerse a cualquier persona de la sociedad sea cual sea. Son principios en torno al ³bien común´; mientras que los otros dos (el de autonomía y beneficencia) defienden los ideales de una buena calidad de vida, salud y felicidad. Se centran más en la concepción de bienestar del propio paciente por lo que reflejan un ³bien individual´, y por ello no se puede imponer toda persona así porque sí. No todos somos iguales por lo que estos principios variarían en cada persona (aunque si se pueden plantear y proponer).
Bibliografía: 1. http://scielo.isciii.es/img/revistas/resp/v82n1/colaboracion2_anexo1.pdf 2. http://www.bioeticaweb.com/images/stories/documentos/tesis%20reque na.pdf