2016
PROPUESTA DE ADECUACION ADECUACION DE GRIFOS RURALES CON ALMACENAMIENTO ALMACENAMIENTO EN CILINDROS EN ACTUAL OPERACION A GRIFOS RURALES (MODULARES) CON ALMACENAMIENTO EN EN TANQUES TANQUES SOTERRADOS y/o AEREOS EN EL DEPARTAMENTO DE PUNO.
1. ANTE ANTECE CEDE DENT NTES ES.. a. Actualme Actualmente nte dentro dentro del Depart Departamen amento to de Puno, Puno, se tiene en promedi promedio o 211 Grifos Rurales con Almacenamiento en Cilindros, o establecimientos de Comercialización Comercialización de Combustibles Combustibles Líuidos Deri!ados Deri!ados de "idrocarburos, "idrocarburos, espe especí cífifica came ment nte e la come comerc rcia ialiliza zaci ción ón de Comb Combus ustitibl bles es de# de# Clas Clase e $, corres correspo pondi ndien ente te a Gaso% Gaso%ole oless &'2 Cilind Cilindros ros o 11' (alon (alones) es) * Clase Clase $$, corr corres espo pond ndie ient nte e a Dies Diesel el + -', -', &' &' cili cilind ndro ross o 22' 22' (alo (alone nes) s),, /stablec /stablecimie imientos ntos ue se encue encuentra ntran n inscrito inscritoss dentro dentro del Re(istro Re(istro de "idrocarburos "idrocarburos del 0siner(min, 0siner(min, (ran porcentae de de estos establecimientos establecimientos actu actual alme ment nte e se encu encuen entr tran an en 0per 0perac ació ión, n, bao bao las las cond condic icio ione ness de se(uridad dispuestas por el re(lamento de se(uridad para establecimientos de !enta al pblico de combustibles deri!ados de %idrocarburos, aprobado por Decreto -upremo 34 '56/7, * 7odificado por el Decreto -upremo 38 ''92'12 /7, donde se dictan las modificaciones, a los reuerimientos t:cnicos * de se(uridad ue deben obser!arse en el dise;o, instalación, construc construcción ción * manteni mantenimien miento to de los establec establecimie imientos ntos o Grifos Grifos Rural Rurales es con Almacenamiento Almacenamiento en Cilindros. 0perando dentro de un Cuarto fabricado de material incombustible * ue ocupan un
=8 >=8 del del ?e@to @to nic nico o 0rde 0rdena nado do de la Le* Le* 0r(< 0r(
/7, lo cual dificulta la lo(ística de apro!isionamiento * distribución de combustible en zonas aleadas * ue en muc%os de los casos distan a m=92'190-ECD, $niciando la ltima /tapa de -uper!isión de nidades con -istemas ABL &GP-), el '1 de ulio del 2'1=, donde se inclu*e a todos los 7edios de ?rasporte ue circulan por la totalidad de las pro!incias del Departamento de Puno, super!isión ue se e@tendió tambi:n para los medios de transporte terrestre de combustibles líuidos en cilindros. 2. PROCESOS OPERATIVOS ACTUALES DE ALMACENAMIENTO Y DESPACHO DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS EN GRIFOS RURALES. ?eniendo definida la re(lamentación de se(uridad para establecimientos de comercialización de combustibles líuidos, específicamente para Grifos Rurales con almacenamiento en cilindros, a tra!:s del D.-. '956 /7 * su modificatoria se(n D.-. ''92'12 /7. Actualmente se !iene efectuado procesos definidos * comunes en todos los establecimientos en cuestión, los cuales de manera (eneral detallamos# a. Al!"#$!%#$&o. /l Almacenamiento de combustibles líuidos en los Grifos Rurales se !iene realizando en recipientes met
&11' (alones) * ' para Diesel +9-', &22' (alones). Los Cilindros son %erm:ticos * resistentes * cuentan con la aprobación del 0-$3/RG7$3. Cabe se;alar ue el combustible líuido es aduirido en el ?erminal de Combustibles en la Ciudad de uliaca, * es transportado %acia el establecimiento en camiones baranda, ue cuentan con Re(istro de "idrocarburos para medio de transporte. R%#'o' #"&!o'. /n este proceso se tiene un alto ries(o de ocurrencia de derrames, producto de la manipulación de los cilindros, durante el car(uío de los cilindros !acíos %acia el camión como para la recar(a de los cilindros llenos. Posible ocurrencia de !olcadura de cilindros así como tambi:n derrame por rotura de cilindros durante la descar(a del camión, de otro lado este accidente o incidente tambi:n pro!oca posibles ries(os a la salud, * al medio ambiente específicamente al aire * suelo. P*o+!+%l%! # o",**#$"%!. -e(n manifestación de los encar(ados de los estabelecimientos estos Ries(os, les ocurrió m
. IDENTIFICACI0N DE ACTIVIDADES QUE GENERAN IMPACTOS AMBIENTALES EN LA ETAPA DE OPERACI0N DE GRIFOS RURALES CON ALMACENAMIENTO EN CILINDROS. R#"#-"%$ o "!*! # "o+,'&%+l#' Po'%+l#' D#**!#' Acti!idad dedicada al acopio o almacenado de combustibles líuidos, (ener
no es usada para la!ado de !e%ículos, puesto ue este ser!icio no es ofrecido ni ser< solicitado *Eo autorizado para el establecimiento. /l a(ua potable se almacenara en recipientes adecuados para la operación del /stablecimiento. T*9$'%&o V#%",l!*. La 0peración del recinto (enera un fluo de !e%ículos o clientes e!entuales, estos !e%ículos en su (ran ma*oría corresponden a !e%ículos menores como# automó!iles, camionetas picI up, camionetas rurales, motocicletas * moto car(as, ue son los medios m
;.1.
F!"&o*#' A+%#$&!l#' Al*!o' -o* l! O-#*!"%$ # G*%7o' R,*!l#'
<. CONSIDERANDOS LEGALES PARA EFECTUAR LA ADECUACI0N DE GRIFOS RURALES EN ACTUAL OPERACION A GRIFOS RURALES (MODULARES) CON ALMACENAMIENTO EN TANQUES SOTERRADOS y/o AEREOS <.1.
MARCO NORMATIVO La presente Propuesta de Adecuación, se %a elaborado en base a los dispositi!os le(ales, normas * pautas en ue se encuentra enmarcada la -e(uridad en /stablecimientos de Comercialización de "idrocarburos, La Re(ulación * Conser!ación de la Calidad del 7edio Ambiente * su Preser!ación. /l dise;o de las instalaciones * la operación de las mismas, en la Propuesta de Adecuación, respetar< las normas le(ales ambientales para las acti!idades de %idrocarburos, entre ellas las si(uientes# !. No*!' Co$ R!$o Co$'&%&,"%o$!l Co$'&%&,"%$ Pol4&%"! # 1==. TITULO I DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD C!-4&,lo I Derechos Fundamentales de la Persona Artículo 24.9Derec%os fundamentales de la persona ?oda persona tiene derec%o a trabaar libremente, con sueción a le*. C!-4&,lo II De los Derechos Sociales y Económicos Artículo 224.9Protección * fomento del empleo /l trabao es un deber * un derec%o. /s base del bienestar social * un medio de realización de la persona. Artículo 264.9/l /stado * el ?rabao /l trabao, en sus di!ersas modalidades, es obeto de atención prioritaria del /stado, el cual prote(e especialmente a la madre, al menor de edad * al impedido ue trabaan. El Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo. inguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador . 3adie est< obli(ado a prestar trabao sin retribución o sin su libre consentimiento.
+. No*!' Co$ R!$o D# L#y DECRETO LEY)
(LEY DECRETO LEGISLATIVO
D#"*#&o L#%'l!&%3o N> ? #l @.11.=1 L#y M!*"o -!*! #l "*#"%%#$&o # l! I$3#*'%$ P*%3!!. /n el Art. 14 se establece ue la autoridad competente determinar< las Acti!idades ue, por su ries(o ambiental, reuerir 2221 5,# $o*! l!' !"&%3%!#' # %*o"!*+,*o' #$ #l **%&o*%o $!"%o$!l. TITULO IV ALMACENAMIENTO Artículo >6.9 Cualuier persona natural o urídica, nacional o e@tranera, podr< construir, operar * mantener instalaciones para el almacenamiento de "idrocarburos * de sus productos deri!ados, con sueción a los re(lamentos ue dicte el 7inisterio de /ner(ía * 7inas. TITULO VI TRANSPORTE DISTRIBUCION Y COMERCIALIACION DE PRODUCTOS Artículo >=.9 /l transporte, la distribución ma*orista * minorista * la comercialización de los productos deri!ados de los "idrocarburos se re(ir.9 Las personas naturales o urídicas, nacionales o e@traneras, ue desarrollen acti!idades de %idrocarburos deber
adoptar ine@cusablemente las medidas para su restauración, re%abilitación o reparación se(n corresponda o, cuando lo anterior no fuera posible, a compensar en t:rminos ambientales los da;os (enerados, sin peruicio de otras responsabilidades administrati!as, ci!iles o penales a ue %ubiera lu(ar . CAPTULO 2 P0LJ?$CA 3AC$03AL D/L A7+$/3?/ Artículo 5.9 Del obeti!o La Política 3acional del Ambiente tiene por obeti!o meorar la calidad de !ida de las personas, (arantizando la e@istencia de ecosistemas saludables, !iables * funcionales en el lar(o plazoH * el desarrollo sostenible del país, mediante la pre!ención, protección * recuperación del ambiente * sus componentes, la conser!ación * el apro!ec%amiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable * con(ruente con el respeto de los derec%os fundamentales de la persona. D#"*#&o L#y N> 2@@ L#y # R#",*'o' H4*%"o'. Artículo $.9 Contenido La presente Le* re(ula el uso * (estión de los recursos %ídricos. Comprende el a(ua superficial, subterr 2?1; y ', R#l!#$&o D.S N> 6266; PCM. Artículo .9 Lineamientos de política La presente Le* se enmarca dentro de la política nacional ambiental * los principios establecidos en el Códi(o del 7edio Ambiente * los Recursos 3aturales, aprobado mediante Decreto Le(islati!o 34 =16. La (estión * maneo de los residuos sólidos se ri(e especialmente por los si(uientes lineamientos de política, ue podr
1. Desarrollar acciones de educación * capacitación para una (estión de los residuos sólidos eficiente, eficaz * sostenible. 2. Adoptar medidas de minimización de residuos sólidos, a tra!:s de la m<@ima reducción de sus !olmenes de (eneración * características de peli(rosidad. 6. /stablecer un sistema de responsabilidad compartida * de maneo inte(ral de los residuos sólidos, desde la (eneración %asta su disposición final, a fin de e!itar situaciones de ries(o e impactos ne(ati!os a la salud %umana * el ambiente, sin peruicio de las medidas t:cnicamente necesarias para el meor maneo de los residuos sólidos peli(rosos. . Adoptar medidas para ue la contabilidad de las entidades ue (eneran o manean residuos sólidos reflee adecuadamente el costo real total de la pre!ención, control, fiscalización, recuperación * compensación ue se deri!e del maneo de residuos sólidos. . Desarrollar * usar tecnolo(ías, m:todos, pr 2?;;. Artículo 64.9 0bli(atoriedad de la certificación ambiental A partir de la entrada en !i(encia del Re(lamento de la presente Le*, no podr< iniciarse la eecución de pro*ectos incluidos en el artículo anterior * nin(una autoridad nacional, sectorial, re(ional o local podr< aprobarlas, autorizarlas, permitirlas, concederlas o %abilitarlas si no cuentan pre!iamente con la certificación ambiental contenida en la Resolución e@pedida por la respecti!a autoridad competente.
Artículo 114.9Re!isión del /studio de $mpacto Ambiental 11.1 /l proponente deber< presentar el estudio de impacto ambiental a la Autoridad competente para su re!isión. Asimismo la autoridad Competente en los casos establecidos mediante decreto supremo, solicitar< la opinión de otros or(anismos pblicos e instituciones. ". R#l!#$&o' Co$ R!$o D# L#y. D#"*#&o S,-*#o N 6;2266< EM. Kue Aprueba el ?e@to nico 0rdenado de la Le* 38 2=221, Le* 0r(
!elar por el cumplimiento de la presente Le* * dictar las dem=8.9 /l transporte, la distribución ma*orista * minorista * la comercialización de los productos deri!ados de los "idrocarburos se re(ir= del -/$A, cu*o 0beto es lo(rar la efecti!a identificación, pre!ención, control * corrección anticipada de los $mpactos Ambientales 3e(ati!os, deri!ados de las acciones %umanas, e@presadas por medio de pro*ectos de in!ersión. D#"*#&o S,-*#o N> 6=261;EM Re(lamento para la Protección Ambiental en las Acti!idades de "idrocarburos, en :l se establece ue, pre!io al inicio de cualuier acti!idad de %idrocarburos, el responsable del pro*ecto presentar< a la autoridad competente el /studio de $mpacto Ambiental correspondiente. D#"*#&o S,-*#o N> 6?;2661PCM E'&9$!*#' N!"%o$!l#' # C!l%! A+%#$&!l -!*! A%*#. Artículo 1.9 0beti!o.9 Para prote(er la salud, la presente norma establece los est
administrati!a podr< %acer uso de los est 66266@MINAM E'&9$!*#' # C!l%! A+%#$&!l -!*! A%*#. D#"*#&o S,-*#o N> 6@<266PCM E'&9$!*#' N!"%o$!l#' # C!l%! A+%#$&!l -!*! R,%o. Artículo 1.9 Del 0beti!o La presente norma establece los est 61;2616MINAM L4%' M9%o' P#*%'%+l#' -!*! l!' E%'%o$#' G!'#o'!' y # P!*&4",l!' # A"&%3%!#' #l S,+ S#"&o* H%*o"!*+,*o'. Kue establece ue el proceso de e!aluación ambiental comprende medidas ue ase(uren, entre otros, el cumplimiento de los /st 6?266@PCM L4%' M9%o' P#*%'%+l#' # E7l,#$' L45,%o' -!*! A"&%3%!#' #$ H%*o"!*+,*o'. Artículo 24.9 0bli(atoriedad de cumplimiento los Límites 7<@imos Permisibles &L7P) para /uentes Líuidos de las Acti!idades del -ubsector "idrocarburos Los Límites 7<@imos Permisibles establecidos en el artículo precedente, son de cumplimiento obli(atorio para las acti!idades nue!as * para auellas ampliaciones, se(n lo dispone el Decreto -upremo 34 '6592'19/7, a partir del día si(uiente de la publicación en el Diario 0Mcial /l Peruano. D#"*#&o. L#%'l!&%3o. N 16<. Mo%7%"!. L#y 2?1; L#y G#$#*!l # R#'%,o' Sl%o' El D#"*#&o S,-*#o N 6<;261PCM Publicado el 1= de ma*o del 2'16, tiene por obeto aprobar disposiciones especiales para los procedimientos administrati!os de autorizaciones *Eo certificaciones para los pro*ectos de in!ersión en el
El D#"*#&o S,-*#o N 66261PCM Kue aprueba disposiciones especiales, para la eecución de procedimientos administrati!os * otras medidas para impulsar pro*ectos de in!ersión pblica * pri!ada . R#l!#$&o' E'-#"47%"o' -!*! #l #'!**ollo # l!' A"&%3%!#' # E'&!+l#"%%#$&o' # Al!"#$!%#$&o y Co#*"%!l%!"%$ # Co+,'&%+l#' L45,%o' D#*%3!o' # H%*o"!*+,*o'. D.S. No. 6<;=EM. (Mo%7%"!&o*%!'J DS 6262661EMK DS 6? 266?EM). Aprueba el Re(lamento de -e(uridad para /stablecimientos de Benta al Pblico de Combustibles Deri!ados de "idrocarburos. Articulo 1'.9 /$ presente Re(lamento se aplicara a ni!el nacional a las personas naturales * urídicas, ue realicen la comercialización de combustibles Líuidos deri!ados de %idrocarburos por intermedio de los /stablecimientos de Benta al Pblico de Combustibles, como son las /staciones de -er!icio, Puesto de Benta de Combustibles tambi:n denominados como Grifos, Consumidores Directos * los Almacenes rurales de combustibles en cilindros. D.S. N> 66=@EM Re(lamento de Comercialización de Combustibles Líuidos Artículo . Cualuier persona ue cumpla con las disposiciones le(ales !i(entes * con las normas contenidas en el presente Re(lamento, podr< comercializar cualuier tipo de combustible, siempre ue estos productos cumplan con la normati!idad !i(enteH sal!o ue al(uno de ellos ten(a pro%ibición e@presa. D.S 622662EM GL0-AR$0, -$GLA- N A+R/B$A?RA"$DR0CAR+R0- N -- 70D$F$CA?0R$A-
D/L
-+-/C?0R
D.S. 66<2612 EM Kue 7odifican el Re(lamento de -e(uridad para /stablecimientos de Benta al Pblico de Combustibles Deri!ados de "idrocarburos, aprobado por Decreto -upremo 38 '9569/7 * el Glosario, -i(las * Abre!iaturas del -ubsector "idrocarburos, aprobado por Decreto -upremo 34 '6292''29/7. N ue dentro de las modificaciones entre otras se;ala lo si(uiente# G*%7o R,*!lJ E'&!+l#"%%#$&o # V#$&! !l P+l%"o # Co+,'&%+l#' ,+%"!o #$ o$! o 9*#! "l!'%7%"!! "oo R,*!l -o* l! M,$%"%-!l%! P*o3%$"%!l *#'-#"&%3!. $%"!#$ -,## !l!"#$!* Co+,'&%+l#' L45,%o' D#*%3!o' # lo' H%*o"!*+,*o' # Cl!'# I y/o Cl!'# II #$ C%l%$*o'. #. O&*! No*!&%3%! E'-#"47%"! E-l#!!.
L#y 2?2 L#y M!*"o # lo' O*!$%'o' R#,l!o*#' # l! I$3#*'%$ P*%3!! #$ lo' S#*3%"%o' P+l%"o'. Literal C del Artículo 68, ue se;ala ue la función 3ormati!a de los 0r(anismos Re(uladores, entre ellos el 0-$3/RG7$3, comprende la facultad e@clusi!a de dictar, entre otros, en el
R#'ol,"%$ #l Co$'#:o D%*#"&%3o N 2162611OS/CD Kue en su Artículo 14.9 7odificar los ane@os 2.1.C * 2.1.D del Ane@o 2.1H así como los ane@os 2.6.C * 2.6.D del Ane@o 2.6 del Re(lamento del Re(istro de "idrocarburos aprobado por Resolución de Conseo Directi!o 34 1519 2'1190-ECD A$#o 2. C. (CASO C GRIFO RURAL) R#5,%'%&o' P!*! Sol%"%&!* I$'"*%-"%$ o Mo%7%"!"%$ #l R#%'&*o # H%*o"!*+,*o' D#J G*%7o E'&!"%$ # S#*3%"%o' y G!'o"#$&*o # GLP &Resolución del Conseo Directi!o 38 21'92'1190-ECD) R#'ol,"%$ #l Co$'#:o D%*#"&%3o N 6?261;OS/CD Kue Aprueba el ?e@to nico 0rdenado del Re(lamento de so de -istemas de Posicionamiento Global &GP-). Artículo 18.9 0beto *
Co$"l,'%$ # l!' No*!&%3!' P*#"##$'. D#l A$9l%'%' ! lo '#!l!o #$ l! No*!&%3%! "%&!! #$ -9**!7o' !$*%o*#' '# "o$"l,y# 5,#J El OSINERGMIN '# #$",#$&*! 7!",l&!o ! #'&!+l#"#* o%7%"!* y o-&%%!* lo' *#5,%'%&o' y -*o"#%%#$&o' 3%$",l!o' ! l! %$'"*%-"%$ o%7%"!"%$ ','-#$'%$ "!$"#l!"%$ y !+%l%&!"%$ # ,',!*%o' #$ #l R#%'&*o # H%*o"!*+,*o'K !'4 "oo ! l! #%'%$ # lo' I$7o*#' , O-%$%o$#' T8"$%"!' F!3o*!+l#' *#5,#*%o' -o* lo' "%&!o' ,',!*%o'.
. DESARROLLO DE LA PROPUESTA PARA LA ADECUACI0N DE GRIFOS RURALES EN ACTUAL OPERACION A GRIFOS RURALES (MODULARES) CON ALMACENAMIENTO EN TANQUES SOTERRADOS y/o AEREOS .1.
O+:#&%3o'.
.1.1. O+:#&%3o G#$#*!l. -e;alar las modificaciones a las condiciones *Eo medidas de se(uridad, en respeto a la normati!idad ambiental !i(ente, necesarias para la adecuación de los actuales Grifos Rurales en 0peración, con Almacenamiento en Cilindros, A Grifos Rurales con Almacenamiento en ?anues -oterrados o A:reos.
.1.2. O+:#&%3o' E'-#"47%"o'. !. 7odificación del Glosario, -i(las * Abre!iaturas del -ubsector "idrocarburos se(n lo se;alado por el Artículo 18 del D.-. ''92'12 /7. a;adiendo un nue!o concepto para (rifos Rurales, en actual operación pasibles de adecuación. +. /stablecer modificaciones a los reuisitos de -olicitud de Re(istro para /stablecimientos o Grifos Rurales en actual operación se(n D.-. ' 956 /7, * su modificatoria por D.-. '' 9 2'12 /7. * R.C.D. 38 21' 9 2'11 0-ECD. ". "acer so de ?ecnolo(ía !i(ente, para la eecución de las operaciones de Almacenamiento * Despac%o de Combustibles Líuidos, &uso tanues * surtidores electromec
. Facilitar la Lo(ística de Apro!isionamiento * Distribución de Combustibles Líuidos en Grifos Rurales, %aciendo uso de 7edios de ?ransporte adecuados, Aprobados por el 0siner(min con capacidades ma*ores a 1''' (alones, &Camiones ?anue). #. /liminar los Ries(os a la -alud * el Ambiente o reducirlos a ni!eles aceptables. .2.
Al"!$"# # l! P*o-,#'&! # A#",!"%$. La metodolo(ía descrita en la presente Propuesta de Adecuación de los actuales Grifos Rurales en 0peración dentro del Departamento de Puno, facilita el cumplimiento de los reuisitos e@i(idos por el 7inisterio de /ner(ía * 7inas, 7isterio del Ambiente * el 0r(anismo -uper!isor de la $n!ersión en /ner(ía * 7inería. &0siner(min), por los ue se establece la Re(lamentación de -e(uridad * Ambiental en las Acti!idades de Almacenamiento * Comercialización de Combustibles Líuidos Deri!ados de "idrocarburos &Combustibles Clase $ * Clase $$), en la etapa de construcción * operación de dic%os establecimientos.
..
+%&o # A-l%"!"%$ # l! P*#'#$ P*o-,#'&! # A#",!"%$. /sta Propuesta de Adecuación de Grifos Rurales en Actual 0peración %a sido desarrollada para ser utilizada por las personas 3aturales o urídicas ?itulares del Re(istro de "idrocarburos !i(ente *Eo ue se encuentren dentro de la Relación del 0siner(min de Grifos Rurales con Almacenamiento en Cilindros, para el Departamento de Puno, estos Grifos deber
.;.
E-o'%"%$ # o&%3o' -!*! D#'!**oll!* l! P*o-,#'&! # A#",!"%$ # G*%7o' R,*!l#' #$ A"&,!l O-#*!"%$.
!. Actualmente dentro del Departamento de Puno, se tiene en promedio 211 Grifos Rurales &acti!os, suspendidos, clausurados o ue dearon de operar *Eo no re(istran mo!imientos de pedidos a tra!:s del -C0P), con Almacenamiento en Cilindros, o establecimientos de Comercialización de Combustibles Líuidos Deri!ados de "idrocarburos, específicamente la comercialización de Combustibles de# Clase $, correspondiente a Gaso%oles &'2 Cilindros o 11' (alones) * Clase $$, correspondiente a Diesel + -', &' cilindros o 22' (alones), /stablecimientos ue se encuentran inscritos dentro del Re(istro de "idrocarburos del 0siner(min, (ran porcentae de estos establecimientos actualmente se encuentran en 0peración, bao las condiciones de se(uridad dispuestas por el re(lamento de se(uridad para establecimientos de !enta al pblico de combustibles deri!ados de %idrocarburos, aprobado por Decreto -upremo 34 '56/7, * 7odificado por el Decreto -upremo 38 ''92'12 /7, donde se dictan las modificaciones, a los reuerimientos t:cnicos * de se(uridad ue deben obser!arse en el dise;o, instalación, construcción * mantenimiento de los establecimientos o Grifos Rurales con Almacenamiento en Cilindros. 0perando dentro de un Cuarto fabricado de material incombustible * ue ocupan un =8 del ?e@to nico 0rdenado de la Le* 0r(
encar(ado de elaborar, aprobar, proponer * aplicar la política del -ector, así como de dictar las dem
Derrames con posibles ocurrencia de incendios * da;os al medio ambiente, como consecuencia de errores %umanos durante la realización de las operaciones * Da;os a la -alud de los 0perarios, como consecuencia de la e@posición directa a los combustibles. Por tanto resulta necesario se adecue los Actuales /stablecimientos de Grifos Rurales con Almacenamiento en Cilindros, a Grifos Rurales con ma*ores
7uc%os de los actuales Grifos Rurales en actual operación, %acen uso del -C0P, para solicitar pedidos de aduisición de combustibles líuidos, (rifos ue tambi:n en menor escala cuentan con su propia unidad o medio de transporte a tra!:s de camión baranda con el Re(istro otor(ado por el 0siner(min, cu*a capacidad m<@ima de traslado es de 1 cilindros, pero ue en cumplimiento al Artículo '8 del D.-. ''92'12/7, solo pueden aduirir m<@imo 2 Cilindros de Gaso%ol * cilindros de Diesel + -', lo cual tambi:n dificulta la lo(ística de apro!isionamiento * distribución de combustible en zonas aleadas * ue en muc%os de los casos distan a m=92'190-ECD, $niciando la ltima /tapa de -uper!isión de nidades con -istemas ABL &GP-), el '1 de ulio del 2'1=, donde se inclu*e a todas los 7edios de ?rasporte ue circulan por la totalidad de las pro!incias del Departamento de Puno, super!isión ue se e@tendió tambi:n para los medios de transporte terrestre de combustibles líuidos en cilindros. /sta ltima medida pro!oca ue el apro!isionamiento, sea inoperante toda !ez ue se(n la capacidad m<@ima de aduisición de '= cilindros entre Diesel * Gaso%oles, se encarece considerablemente el producto en su destino final. Actualmente muc%os de los medios de trasporte, &Camiones +aranda), por razones del control de GP-, ue determina su control desde la salida del terminal de combustibles %asta su lle(ada al Grifo Rural, debe de cumplir su recorrido obli(ado, por rutas fiscales, con tan solo '= cilindros, lo %ace ue el costo de transporte se tripliue, %aciendo eco, en el precio final del producto. Por otro lado, a esta problem
así como la forma transporte de combustibles a los /stablecimientos de los Grifos Rurales con Almacenamiento en Cilindros. Por tanto, es necesario considerar la propuesta de adecuación de los Grifos Rurales con almacenamiento en cilindros, aprobando en su dise;o el uso de ?anues de Almacenamiento para combustibles líuidos &(aso%oles * Diesel + -'), con un m<@imo de capacidad, * ue para su abastecimiento *Eo apro!isionamiento se contemple el uso de Camiones ?anue.
.<.
Pl!$!%#$&o # l!' Co$%"%o$#' N#"#'!*%!' -!*! l! A#",!"%$ # lo' A"&,!l#' G*%7o' R,*!l#' #$ O-#*!"%$ "o$ Al!"#$!%#$&o #$ C%l%$*o' ! G*%7o' R,*!l#' "o$ Al!"#$!%#$&o #$ T!$5,#' So**!o' o A8*#o'.
.<.1. Mo%7%"!"%$ #l Glo'!*%o S%l!' y A+*#3%!&,*!' #l S,+'#"&o* H%*o"!*+,*o' '#$ lo '#!l!o -o* #l A*&4",lo 1 #l D.S. 66<2612 EM. !!%#$o ,$ $,#3o "o$"#-&o -!*! *%7o' R,*!l#' #$ !"&,!l o-#*!"%$ -!'%+l#' # !#",!"%$. .<.1.1.
D#'"*%-"%$ #l Glo'!*%o A"&,!l S#$ D.S. 66<2612 EM Artículo 18.9 7odificación del Glosario, -i(las * Abre!iaturas del -ubsector "idrocarburos 7odifíuese las si(uientes definiciones del Glosario, -i(las * Abre!iaturas del -ubsector "idrocarburos, aprobado por Decreto -upremo 38 '629 2''29/7# OA"&%3%! # Co#*"%!l%!"%$ # H%*o"!*+,*o'# /s la lle!ada a cabo por empresas debidamente autorizadas ue se dedican a la importación, e@portación, almacenamiento, transporte, distribución o !enta de Combustibles Líuidos, 0tros Productos Deri!ados de los "idrocarburos, Gas Licuado de Petróleo, Gas 3atural Licuefactado * Gas 3atural Comprimido.O OA"&%3%! # H%*o"!*+,*o'# /s la lle!ada a cabo por empresas debidamente autorizadas ue se dedican a la /@ploración, /@plotación, procesamiento, refinación, almacenamiento o transporte de "idrocarburos, así como a las Acti!idades de Comercialización de "idrocarburos.O OG*%7o Flo&!$# /stablecimiento flotante de Benta al Pblico de Combustibles no autopropulsado, anclado o ase(urado en un lu(ar fio ubicado en el mar, río o la(o, ue cuenta con tanues de almacenamiento en tierra o en el artefacto flotante, destinado para la !enta de Combustibles Líuidos Deri!ados de los "idrocarburos, e@clusi!amente a embarcaciones, a tra!:s de surtidores *Eo dispensadores. Asimismo, podr< !ender Lubricantes * otros artículos [email protected] OG*%7o R,*!l# /stablecimiento de Benta al Pblico de Combustibles ubicado en zona o
.<.1.2.
D#'"*%-"%$ # Mo%7%"!"%$ P*o-,#'&! !l Glo'!*%o A"&,!l S#$ D.S. 66<2612 EM Artículo 18.9 7odificación del Glosario, -i(las * Abre!iaturas del -ubsector "idrocarburos 7odifíuese las si(uientes definiciones del Glosario, -i(las * Abre!iaturas del -ubsector "idrocarburos, aprobado por Decreto -upremo 38 '629 2''29/7# OA"&%3%! # Co#*"%!l%!"%$ # H%*o"!*+,*o'# /s la lle!ada a cabo por empresas debidamente autorizadas ue se dedican a la importación, e@portación, almacenamiento, transporte, distribución o !enta de Combustibles Líuidos, 0tros Productos Deri!ados de los "idrocarburos, Gas Licuado de Petróleo, Gas 3atural Licuefactado * Gas 3atural Comprimido.O OA"&%3%! # H%*o"!*+,*o'# /s la lle!ada a cabo por empresas debidamente autorizadas ue se dedican a la /@ploración, /@plotación, procesamiento, refinación, almacenamiento o transporte de "idrocarburos, así como a las Acti!idades de Comercialización de "idrocarburos.O OG*%7o Flo&!$# /stablecimiento flotante de Benta al Pblico de Combustibles no autopropulsado, anclado o ase(urado en un lu(ar fio ubicado en el mar, río o la(o, ue cuenta con tanues de almacenamiento en tierra o en el artefacto flotante, destinado para la !enta de Combustibles Líuidos Deri!ados de los "idrocarburos, e@clusi!amente a embarcaciones, a tra!:s de surtidores *Eo dispensadores. Asimismo, podr< !ender Lubricantes * otros artículos [email protected] G*%7o R,*!l Co$ Al!"#$!%#$&o #$ C%l%$*o'J /stablecimiento de Benta al Pblico de Combustibles ubicado en zona o
.<.1..
S,'$&o T8"$%"o # l! Mo%7%"!"%$. +
ormas &plicables /l Grifo Rural Adecuado a 7odular, ser< Dise;ado *Eo Construido, en respeto * aplicación de 3ormas de -e(uridad, Dispuestas por el D.-. '956 /7 * sus modificatorias teniendo, en cuenta adem
+
rea mínima 'onsiderada Considerando ue el /stablecimiento, estar< bicado en una Qona Rural, este ser< dise;ado sobre una distancia mínima de 2.'' metros lineales %acia la !ía de acceso, por 12.'' metros lineales, como mínimo, %acia el fondo.
+
-adios de $iro al nterior del Establecimiento. Considerando ue en las Qonas Rurales ubicadas en el Departamento de Puno, se %ace uso de !e%ículos menores &automó!iles, camionetas, motocicletas, moto car(as, etc.), en su (ran ma*oría, así como el uso de mauinaria a(rícola &tractores), el /stablecimiento solo considerar< el Despac%o a !e%ículos enmarcados en Radios de (iro de =.'m.
+
'apacidad de &lmacenamiento. ?eniendo en cuenta la demanda ue tienen los (rifos rurales actualmente, se plantea ue la capacidad de Almacenamiento, para estos Grifos Rurales Adecuados, ser< de 2,'''.'' (alones de Diesel + S -', * 2,'''.'' (alones de Gaso%oles.
C2)%(o # Co-!*&%%#$&o' C!-!"%)!) & !$5,# (!lo$#''
?
1
1
2,'''
D$/-/L + -'
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2
1
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GA-0"0L Plus
Capacidad Total
+
Co+,'&%+l#
;666.66
sla de Despacho. Para /l establecimiento, se(n las
+
Servicios )igi*nicos /l /stablecimiento contar< con un
+
rea &dministrativa.
/l /stablecimiento contara como mínimo de dos Ambientes, construidos con material incombustible, estos respetaran para su construcción, las condiciones establecidas por el Re(lamento 3acional de Construcciones en su ltima edición, el uso ue se les dar<, ser< como oficina administrati!a * cuarto de m<uinas. 9
nstalaciones "ec/nicas. Las $nstalaciones 7ec
R#5,%'%&o' A"&,!l#' Sol%"%&!o' #$ l! RCD. N 2162611 OS/CD A$#o N 2..CJ R/K$-$?0- PARA -0L$C$?AR $3-CR$PC$U3 0 70D$F$CAC$U3 D/L R/G$-?R0 D/ "$DR0CAR+R0- D/# GR$F0, /-?AC$U3 D/ -/RB$C$0- N GA-0C/3?R0 D/ GLP Alcance# 1. Grifo 2. Grifo flotante 6. Grifo rural . /stación de ser!icios . /stación de ser!icios con (asocentro de GLP =. Gasocentro de GLP >. /stación de -er!icios con Gasocentro de G3B . /stación de -er!icios con Gasocentro de GLP * G3B 5. Gasocentro de GLP * G3B Características# Denominación del procedimiento# $nscripción o modificación del re(istro de %idrocarburos Derec%o de tr
1. 2.
Formulario de solicitud. Formulario de declaración urada de cumplimiento de la normati!a t:cnico9le(al aplicable. 6. Para persona natural# 9 Copia simple del documento de identidad !i(ente. Para persona urídica# 9 Copia simple del documento de identidad !i(ente del representante le(al o apoderado, de ser el caso. 9 Copia simple del certificado de !i(encia de poderes del representante le(al o apoderado, e@pedido dentro de los seis &=) meses pre!ios a la presentación de la solicitud ante el 0-$3/RG7$3. . Copia simple del certificado de pruebas en maestranza de cada tanue &Reuisito sólo aplicable a instalaciones de tanues *Eo modificaciones de tanues para almacenamiento de combustibles líuidos se(n corresponda). Para el caso de (rifo flotante, :ste documento deber< ser emitido por el astillero correspondiente. . Copia simple del acta de !erificación de pruebas * del acta de !erificación de conformidad, con resultados satisfactorios ¶ el caso de Grifos Flotantes solo es aplicable cuando los tanues *Eo tuberías se encuentren en tierra). =. Foto(rafías panor. Plan de contin(encias, elaborado * suscrito por un $n(eniero cole(iado * %abilitado. . Copia simple de la póliza de se(uros de responsabilidad ci!il e@tracontractual !i(ente. 5. Jndice de Ries(os del -istema de ?anues /nterrados de Combustibles Líuidos. Reuisitos específicos# Para estos casos adicionalmente se deber
1.
2.
6. . 9 9 9 9
&)V CASO CJ G*%7o *,*!l Copia simple del /studio Ambiental aprobado ue corresponda se(n la naturaleza del pro*ecto, inclu*endo las obser!aciones * subsanaciones, en caso las %ubiereH así como la resolución ue lo aprueba, emitida por la autoridad competente, si corresponde. -i, por la naturaleza del pro*ecto, no fuese obli(atorio contar con un /studio Ambiental aprobado, bastar< con presentar un documento emitido por la correspondiente autoridad competente, donde conste tal situación. Copia simple de la clasificación de la zona otor(ada por la municipalidad pro!incial. Para el caso de un pro*ecto de modificación de la inscripción del re(istro de %idrocarburos, el reuisito sólo aplica a establecimientos ue amplían la capacidad de almacenamiento *Eo amplían el
.<.2.2.
R#5,%'%&o' P*o-,#'&o' ! Mo%7%"!* #$ l! RCD. N 2162611 OS/CD A$#o N 2..CJ R/K$-$?0- PARA -0L$C$?AR $3-CR$PC$U3 0 70D$F$CAC$U3 D/L R/G$-?R0 D/ "$DR0CAR+R0- D/# GR$F0, /-?AC$U3 D/ -/RB$C$0- N GA-0C/3?R0 D/ GLP Alcance# 1. Grifo 2. Grifo flotante . G*%7o R,*!l "o$ Al!"#$!%#$&o #$ C%l%$*o' ;. G*%7o R,*!l A#",!o ! Mo,l!* "o$ Al!"#$!%#$&o #$ T!$5,#' So**!o' o A8*#o' . /stación de ser!icios =. /stación de ser!icios con (asocentro de GLP >. Gasocentro de GLP . /stación de -er!icios con Gasocentro de G3B 5. /stación de -er!icios con Gasocentro de GLP * G3B 1'. Gasocentro de GLP * G3B Características# Denominación del procedimiento# $nscripción o modificación del re(istro de %idrocarburos Derec%o de tr
1. 2.
Formulario de solicitud. Formulario de declaración urada de cumplimiento de la normati!a t:cnico9le(al aplicable.
6. Para persona natural# 9 Copia simple del documento de identidad !i(ente. Para persona urídica# 9 Copia simple del documento de identidad !i(ente del representante le(al o apoderado, de ser el caso. 9 Copia simple del certificado de !i(encia de poderes del representante le(al o apoderado, e@pedido dentro de los seis &=) meses pre!ios a la presentación de la solicitud ante el 0-$3/RG7$3. . Copia simple del certificado de pruebas en maestranza de cada tanue &Reuisito sólo aplicable a instalaciones de tanues *Eo modificaciones de tanues para almacenamiento de combustibles líuidos se(n corresponda). Para el caso de (rifo flotante, :ste documento deber< ser emitido por el astillero correspondiente. . Copia simple del acta de !erificación de pruebas * del acta de !erificación de conformidad, con resultados satisfactorios ¶ el caso de Grifos Flotantes solo es aplicable cuando los tanues *Eo tuberías se encuentren en tierra). =. Foto(rafías panor
?.
. 5.
Pl!$ # "o$&%$#$"%!' # !",#*o !l E'&,%o # R%#'o' 5,# ",#$ "o$ o-%$%$ 7!3o*!+l# #l O'%$#*%$ #$ l! #&!-! # E3!l,!"%$ y A-*o+!"%$ #l I$'&*,#$&o # G#'&%$ A+%#$&!l #l!+o*!o y ','"*%&o -o* ,$ I$#$%#*o "ol#%!o y !+%l%&!o. Copia simple de la póliza de se(uros de responsabilidad ci!il e@tracontractual !i(ente. Jndice de Ries(os del -istema de ?anues /nterrados de Combustibles Líuidos. Reuisitos específicos# Para estos casos adicionalmente se deber
1.
Copia simple del /studio Ambiental aprobado ue corresponda se(n la naturaleza del pro*ecto, inclu*endo las obser!aciones * subsanaciones, en caso las %ubiereH así como la resolución ue lo aprueba, emitida por la autoridad competente, si corresponde. -i, por la naturaleza del pro*ecto, no fuese obli(atorio contar con un /studio Ambiental aprobado, bastar< con presentar un documento emitido por la correspondiente autoridad competente, donde conste tal situación.
2.
Copia simple de la clasificación de la zona otor(ada por la municipalidad pro!incial. Para el caso de un pro*ecto de modificación de la inscripción del re(istro de %idrocarburos, el reuisito sólo aplica a establecimientos ue amplían la capacidad de almacenamiento *Eo amplían el
6. . 9 9 9 9
CASO C2J G*%7o R,*!l A#",!o ! Mo,l!* "o$ Al!"#$!%#$&o #$ T!$5,#' So**!o' o A8*#o'. 1.
Copia simple del /studio Ambiental aprobado ue corresponda se(n la naturaleza del pro*ecto, inclu*endo las obser!aciones * subsanaciones, en caso las %ubiereH así como la resolución ue lo aprueba, emitida por la autoridad competente, si corresponde. -i, por la naturaleza del pro*ecto, no fuese obli(atorio contar con un /studio Ambiental aprobado, bastar< con presentar un documento emitido por la correspondiente autoridad competente, donde conste tal situación.
2.
Copia simple de la clasificación de la zona otor(ada por la municipalidad pro!incial. Para el caso de un pro*ecto de modificación de la inscripción del re(istro de %idrocarburos, el reuisito sólo aplica a establecimientos ue amplían la capacidad de almacenamiento *Eo amplían el
6.
9 Plano de euipos o sistema de se(uridad contra incendio, se(n corresponda 9 Plano de instalaciones sanitarias. V&)
.<.2..
S,'$&o T8"$%"o # l! Mo%7%"!"%$ +
ormas &plicables /l Grifo Rural Adecuado a 7odular, ser< Dise;ado *Eo Construido, en respeto * aplicación de 3ormas de -e(uridad, Dispuestas por el D.-. '956 /7 * sus modificatorias teniendo, en cuenta adem
.<.. U'o # T#"$olo4! 3%#$ -!*! l! #:#","%$ # l!' o-#*!"%o$#' # Al!"#$!%#$&o y D#'-!"o # Co+,'&%+l#' L45,%o' (,'o &!$5,#' y ',*&%o*#' #l#"&*o#"9$%"o') #$ G*%7o' R,*!l#' !-*o+!o' -o* l! R#l!#$&!"%$ # S#,*%! y A+%#$&!l 3%#$. Para la adecuación de los Grifos Rurales con Almacenamiento en Cilindros a Grifos Adecuados a 7odulares, con Almacenamiento en ?anues -oterrados o A:reos, se contemplar< en su dise;o, la instalación de euipos de despac%o de accionamiento el:ctrico, los cuales cumplir
.<.;. F!"%l%&!* l! Lo4'&%"! # A-*o3%'%o$!%#$&o y D%'&*%+,"%$ # Co+,'&%+l#' L45,%o' #$ G*%7o' R,*!l#' !"%#$o ,'o # M#%o' # T*!$'-o* !#",!o' A-*o+!o' -o* #l O'%$#*%$ "o$ "!-!"%!#' !yo*#' ! 1666 !lo$#' (C!%o$#' T!$5,#). Dentro de la Política de Abastecimiento o Apro!isionamiento, de los Grifos Rurales Adecuados a 7odular, se contempla el uso de 7edios de ?ransporte ?errestre &Camiones ?anue), ue cuenten con la Aprobación de
/l 0siner(min, a tra!:s de su inclusión en el Re(istro de "idrocarburos, estas unidades, cumplir=92'190-ECD * modificatorias si %ubiesen. Así mismo los pedidos ue se efecten a tra!:s de -C0P, ser< cumplido a cabalidad, teniendo en cuenta los procesos desde su inicio, %asta el cierre del mismo, con la recepción conforme del producto. ?. CONSIDERANDOS FINALES DE LA APLICACI0N DE LA PRESENTE PROPUESTA DE ADECUACI0N. La $mplementación de 7eoras en los procedimientos !inculados al Re(istro de "idrocarburos del 0-$3/RG7$3O planteados en la presente propuesta contempló, la inclusión de procedimientos administrati!os !inculados al Re(istro de "idrocarburos * los informes u opiniones t:cnicas ue correspondanH por lo ue es preciso se ten(a en cuenta la aprobación de la presente Propuesta de Adecuación de Los actuales Grifos Rurales con Almacenamiento en Cilindros a Grifos Rurales Adecuados a 7odulares, con Almacenamiento en ?anues -oterrados o A:reos, aprobación ue se considera, ue deber< contemplar reuisitos * procedimientos ue est:n acorde con los Principios de -implicidad, /ficacia * Presunción de !eracidad contemplados en el artículo $B del ?ítulo Preliminar de la Le* 3O 2>, Le* del Procedimiento Administrati!o General. Kue, dentro de lo Descrito * -ustentado en la Presente Propuesta de Adecuación, resulta necesario re(ular * optimizar los procedimientos administrati!os para la inscripción, modificación, suspensión, cancelación * %abilitación en el Re(istro de "idrocarburos, así como re(ular los principios, pautas, reuisitos * ór(anos competentes para la tramitación de dic%a Propuesta de Adecuación Planteada. La 0ptimización de dic%a Propuesta de Adecuación, se implementar< respetando el Principio de Pri!ile(io de Controles Posteriores, re(ulado en el numeral 1.1= del Artículo 18, en concordancia con el Artículo 628, de la Le* del Procedimiento Administrati!o General, Le* 38 2>, el cual establece ue la fiscalización posterior se eercer< sobre la autenticidad de las declaraciones, de los documentos * de las informaciones proporcionadas por los administrados. Los Grifos Rurales Adecuados a 7odulares, con Almacenamiento en ?anues -oterrados o A:reos, ser