PROCESOS DE UNIFICACIÓN DE LAS FUERZAS POLICIALES
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ESCUELA DE EDUCACIÓN SUPERIOR TÉCNICA PROFESIONAL –PNP- CUSCO AñoedlDialo logoylaReconilcaciónNcaiona”l
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TEMA:
PROCESOS DE UNIFICACIÓN UNIFICACIÓN DE LAS FUERZAS POLICIALES
CURSO
:
DOCENTE
: SUPERIOR PNP (R) Arq. GERMAN YABAR SANCHEZ
ALUMNOS PNP
: CHIPA BANDA, Kenchi : CUSIHUAMAN JARA, Richar Noel : MUÑOZ RAMOS, Ranald : CATUNTA BARRE, Jhonatan : BACA
SECCIÓN
Jose Armando
: Cusco- Perú
2018
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HIMNO DE LA POLICIA NACIONAL Coro Policía soy, de corazón, por vocación noble y leal, con la tradición de los heroicos policías del ayer; doy mi juventud, mi abnegación, mi patriotismo y lealtad, para servir con fe y honor, en la gloriosa Policía Nacional.
Estrofas I Policía peruana, eres pueblo hecho Ley por el orden interno, por la vida y la paz donde exista el peligro, donde clame el dolor, siempre habrá un Policía, presto a servir, listo a morir por el Perú.
II Como norte y divisa, Dios mi Patria y la Ley, construyendo un mañana, soberano y triunfal, sin fatiga sin tregua, con honor hasta el fin siempre habrá un policía, presto a servir listo a morir por el Perú.
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PRESENTACIÓN
DISTINGUIDO DOCENTE: Ponemos a su consideración suya el presente trabajo titulado “PROCESOS DE UNIFICACIÓN DE LAS FUERZAS POLICIALES ” el mismo que fue realizado por nosotros. El desarrollo del presente trabajo es muy interesante para nuestra formación académica y profesional. Esperamos que el trabajo esté dentro de los parámetros que usted nos ha indicado. Agradecemos de antemano cualquier sugerencia que pueda redundar en el beneficio del mismo. Atentamente: Los Alumnos
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INDICE HIMNO DE LA POLICIA NACIONAL ................................................................................................ 2 PRESENTACIÓN ................................................................................................................................. 3 INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................. 5 PROCESOS DE UNIFICACIÓN DE LAS FUERZAS POLICIALES ............................................ 6 1.1.
PROCESO INTEGRACIONISTA DE LA POLICIA PERUANA ..................................... 6
1.2.
LOS PRIMEROS INTENTOS DE INTEGRACIÓN POLICIAL....................................... 7
1.3.
REORGANIZACIÓN DE LAS FUERZAS POLICIALES ................................................. 7
1.4. ANTESALA DE LA PNP .................................................................................................... 10 1.5.
LA CONSOLIDACIÓN COMO POLICIA NACIONAL.................................................... 11
1.6.
CREACIÓN DE LA PNP .................................................................................................... 13
CONCLUSIÓN .................................................................................................................................... 15 SUGERENCIAS .................................................................................................................................. 16 BIBLIOGRAFIA ................................................................................................................................... 17
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INTRODUCCIÓN Una frontera representa el límite a la actuación soberana de un país; se utiliza como punto para el registro y el control de las mercancías y personas en tránsito internacional, y cumple una importante función recaudatoria. Así, una frontera es una línea diferencial que separa, por lo general, dos situaciones sujetas a posibles tratamientos diferenciados, bien sean estos políticos, militares o socioeconómicos. Cada uno de los dos Estados colindantes se rige por normas tanto diferenciadas como acomodadas, que han de estar ajustadas a sus respectivas realidades nacionales. Una amplia variedad de situaciones tales como un diferencia cambiaria, una desocupación de mano de obra, un excedente o insuficiencia de productos, o una siniestralidad de cualquier índole pueden provocar efectos desestabilizadores en la línea de armonía o buen acuerdo que, por lo general, rige la normal convivencia interestatal de las soberanías limítrofes. En este sentido, una frontera es una herramienta reguladora que cumple una necesidad y proporciona un servicio básico a la sociedad, así: Sirve como elemento para promover la seguridad de la sociedad civil; al evitar la entrada o salida de personas, mercancías o capitales que vulneren la legislación nacional. En última instancia, contribuye a proteger la integridad física, moral y económica de los ciudadanos y empresas, la sanidad de plantas y animales, el patrimonio nacional protegido, etc. Permite realizar un registro de las personas, mercancías y capitales que entran y salen lícitamente del país, y facilita su posterior gestión por parte de otras administraciones. Permite obtener recursos económicos, sirviendo tanto para adaptar las cargas tributarias de las mercancías entrantes como para buscar un marco de competencia equilibrado en el mercado interior.
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PROCESOS DE UNIFICACIÓN DE LAS FUERZAS POLICIALES El 6 de diciembre de 1988 se promulgó la Ley 24949, modificando los artículos pertinentes de la Constitución Política del Estado vigente en ese entonces, creándose la Policía Nacional la cual asumió la organización y funciones de la Guardia Civil( encargada de la prevención del delito, la protección y bienes y control de tránsito) de la Policía de Investigaciones del Perú ( encargada de la investigación de los delitos, la seguridad de los funcionarios y el apoyo de las labores de justicia ) y de la Guardia Republicana( dedicada a la seguridad a sedes públicas y establecimientos penitenciarios , así como vigilar las fronteras nacionales ) conformantes entonces de las Fuerzas Policiales, con todos sus derechos y obligaciones. A partir de 1988 aparece el modelo unificado de la Policía Nacional.
1.1. PROCESO INTEGRACIONISTA DE LA POLICIA PERUANA La transnacionalización del delito y los nuevos escenarios determinados por los procesos de globalización plantean nuevos desafíos en materia de seguridad y defensa que generan la necesidad de implementar y desarrollar una serie de estrategias, lo cual implica una permanente actualización y fortalecimiento institucional con un criterio de cooperación e integración policial por eso a partir de 1986 se inicia una serie de reformas que decantaron en la unificación de los institutos policiales de entonces. La evolución de las formas delictivas y criminales y las necesidades de orden y seguridad de la población exigían una institución policial moderna y eficiente. Los objetivos que se buscaron fueron, entre otros, integrar las tres Fuerzas Policiales, hacer un mejor uso de los recursos económicos, desaparecer los conflictos que existían entre ellas originados por dualidad de funciones y, sobre todo, ofrecer un mejor servicio a la sociedad. Con motivo de la unificación de las Fuerzas Policiales la Guardia Civil, la Policía de Investigaciones y la Guardia Republicana pasaron a denominarse Policía General, Policía Técnica y Policía de Seguridad hasta 1991.
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1.2. LOS PRIMEROS INTENTOS DE INTEGRACIÓN POLICIAL El 20 de abril de 1982, La comisión presidida por el Congresista Áureo Zegarra Pinedo, presentó al Congreso de la Republica, el proyecto de reorganización de la policía, que buscaba que las tres fuerzas policiales existentes se incorporen en un todo único bajo la identidad de Policía Nacional, con funciones generales y especificas dependientes directamente del Ministerio del Interior, determinando la Misión, Funciones y Atribuciones de modo preciso para eliminar interferencias entre instituciones con funciones interdependientes y supletorias, en igualdad de derechos y obligaciones, colaboración mutua y capacidad para asumir de otras fuerzas policiales cuando estas no tienen dependencias en determinados lugares, apreciando en este proyecto la iniciativa de integración policial, pero que al no ser aprobado quedó como tal. El presidente Fernando Tertry, hacia entrega de Espada de honor al Cadete de la Ex Guardia Republicana del Perú.
1.3. REORGANIZACIÓN DE LAS FUERZAS POLICIALES Los niveles de corrupción entre las FFPP habían llegado a extremos vergonzosos y el clamor popular exigía una moralización al interior de ellas. El 14 de agosto del citado año se promulgó la Ley 24294 con la que se le faculta al Ejecutivo para que mediante Decreto Legislativo promulgue la Ley orgánica del Ministerio del Interior, que declara la reorganización total de las fuerzas policiales y la Sanidad, delegándose de conformidad al Art. Nº 188 de la Constitución, la facultad para que mediante Decretos Legislativos y en el plazo de 90 días, promulgue la Ley orgánica del Ministerio del Interior, la Ley de Bases, las leyes orgánicas de la Guardia Civil, Policía de Investigaciones y Guardia Republicana, así como la Ley del sistema de Inteligencia Nacional. La Ley de reorganización facultó al poder ejecutivo a reformar los cuadros de asignación de personal tanto del Ministerio del Interior como de las Fuerzas Policiales, a reestructurar su presupuesto analítico, modificar y recategorizar las plazas presupuéstales, así como reformar y/o eliminar cuerpos no
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contemplados en la Constitución. La ley nombró una comisión reorganizadora presidida por el Ministro del Interior Dr. Abel Salinas. La comisión reorganizadora de las Fuerzas Policiales, logra la fusión de las ex instituciones policiales como, Guardia Civil, Policía de Investigaciones y Guardia Republicana, culminando esta etapa el 04 de Febrero de 1986 con la entrega de los Decretos Legislativos No. 370, 371, 372, 373 y 374 Ley Orgánica del Ministerio del Interior, Ley de Bases de las Fuerzas Policiales y las leyes orgánicas de la Guardia Republicana, Guardia Civil, y Policía de Investigaciones, siendo nombrado como primer Director de la Policía Nacional del Perú el TNTE Gral. PNP Octavio Herrera Polo, estableciéndose un comando único y creado una sola escuela de formación de Ofíciales de Policía y otra para Subalternos, denominándoseles Fuerzas Policiales. El Decreto Legislativo Nº 370 Ley Orgánica del Ministerio del Interior, fijaba el ámbito del Ministerio del Interior, estableciendo su estructura orgánica para el cumplimiento de sus actividades, constaba de 33 artículos. Considerando a la Dirección General de las Fuerzas Policiales como órgano ejecutivo, encargado de la administración, operación y disciplina de las fuerzas policiales de conformidad a las directivas del Ministerio del Interior. El Decreto Legislativo Nº 371 Ley de Bases de las fuerzas Policiales, que establece la finalidad y el carácter fundamental de las Fuerzas Policiales, señalando su organización, competencia, dependencia, funciones básicas, regímenes educativos, económico y de personal, así como facultades en el espacio funcional, composición, categorías, grados, ascensos, cambios de colocación, situación policial, derechos, obligaciones, con un total de 60 artículos. Las direcciones superiores Guardia Civil, Policía de Investigaciones y Guardia Republicana, son órganos de ejecución encargados de producir las operaciones de su respectivo instituto, de acuerdo a las Directivas de la Dirección General de las Fuerzas Policiales. Se crean las Direcciones 8
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Especializadas como órganos de ejecución encargados de las actividades específicas en el ámbito policial, las direcciones regionales como órgano de coordinación de las acciones de las Fuerzas Policiales, en el ámbito nacional. Por RS Nº 0040-86-IN/DM, del 28 de Mayo del 1986, se establece el 12 de Julio de cada año como el "Día de la Policía Nacional", considerando esta fecha en razón de la que la Constitución Política promulgada el 12 de Julio de 1979, reconoce por primera vez la estructura y finalidad fundamental de las Fuerzas Policiales, distinguiendo su rol preponderante y su campo de responsabilidad en el mantenimiento del Orden Interno; así como la necesidad de cimentar y reforzar los vínculos de las Fuerzas Policiales a través de fechas que tengan especial relevancia cívicas y policial. Iniciada la reorganización de las Fuerzas Policiales, por el Presidente Dr. Alan García Pérez en su primer gobierno, de manera continua el Presidente Ing. Alberto Fujimori Fujimori, presentó un paquete de decretos cuyo propósito era reforzar la ofensiva de dos flagelos que día a día se consolidaban como grandes enemigos de la patria: la violencia terrorista y el narcotráfico es por ellos la aplicación de los Decretos Legislativos Números. 744 y 745 de 1991. Los objetivos que se buscaron con la unificación de las tres fuerzas policiales dispuesta por Ley 24949 de creación de la Policía Nacional del Perú, de fecha 6 de Diciembre de 1988, es integrar a las tres instituciones policiales, hacer un mejor uso de los recursos económicos, desterrar los conflictos que existían entre ellas y, sobre todo, ofrecer un mejor servicio a la sociedad, debido a que esto no se venía cumpliendo por diversos motivos como los enfrentamientos públicos entre la Policía de Investigaciones del Perú (PIP) y la Benemérita Guardia Civil (BGC)[57] A pesar de llevarse a cabo la unificación de las fuerzas policiales con la disminución en los problemas funcionales, el panorama en el interior de las mismas se tornaba cada vez más incierto, coches bombas, asesinatos selectivos, reglajes, emboscadas y muertes a efectivos policiales, s e realizaban 9
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diariamente; eran común ver titulares televisivos o leer en los puestos de venta de periódico, escalofriantes hechos perpetrados por elementos subversivos. En estas condiciones eran muy pocos los jóvenes que por vocación de servicio querían integrar las filas de esta noble institución, sin embargo la necesidad de tener mayor cantidad de personal (Policía de Investigaciones; Guardia Civil, Guardia Republicana), permitía enrolar en sus filas elementos que no tenían la mínima vocación de servicio, realizando períodos de preparación que en algunos casos no superó ni siquiera los tres meses de internamiento, de esto se aprovechaban los malos elementos policiales llamados "Varas" que con las finalidad de satisfacer apetitos personales, permitían el ingreso de recomendados que lo único que buscaban eran recuperar su inversión, mediante actos dolosos que desprestigiaban la institución policial. A pesar de que la unificación nos dejó con más de 120,000 efectivos policiales, con el transcurrir del tiempo esta cantidad se vienen disminuyendo (Ver Tabla 03), debido a la conformación de una sola escuela de oficiales y otra de suboficiales, además este porcentaje se hará mas álgido cuando se tenga que considerar el período de tiempo en que se cerraron las escuelas (Julio-85), hasta las primeras promociones de las Fuerzas Policiales (Julio -88), que dejaron un vació que difícilmente podrá ser cubierto.
1.4. ANTESALA DE LA PNP Hechos como éste, producidos por la indisciplina policial 63 y las rencillas interinstitucionales entre las FFPP, no eran extraños a inicios de la década del ochenta. Por el contrario, se tornaron muy frecuentes no sólo en Lima, sino también en el resto del país. 64 El nivel de tensión e indisciplina llegó a tal punto que se produjeron muchas agresiones contra los miembros de los otros cuerpos policiales. Como la situación fue demasiado notoria, el presidente Fernando Belaunde Terry tuvo que exigir a los comandos de las FFPP mayor severidad para aquellos que infringieran los reglamentos, «sobre todo cuando ello resulte en agravio o cause pérdidas de vidas de hermanos de las distintas FFPP» (ibid). Este mal comportamiento tenía efectos muy negativos en la opinión pública, para quien las FFPP —además de haber sido derrotadas por la 10
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subversión en Ayacucho — eran instituciones indisciplinadas, corruptas e incapaces de trabajar juntas. La rivalidad y la competencia llevaron también a la duplicidad de las funciones en los tres cuerpos durante buena parte de la década de los ochenta. A medida que fue avanzando la subversión, fueron creando sus propias unidades especializadas, por ejemplo, la de desactivación de explosivos. En lugar de que los institutos llevaran a cabo actividades coordinadas, desarrollaban una competencia absurda. Obviamente, esto le ofrecía grandes ventajas al PCPSL.
1.5. LA CONSOLIDACIÓN COMO POLICIA NACIONAL El Estado crea a la Policía como Institución ejecutora de la facultad de coerción estatal, de acuerdo a las leyes dictadas en
función del interés social; por lo
que su actividad, función y finalidad deben ejecutarse dentro del marco de la ley, la doctrina y los principios generales del Derecho y de la Constitución, la cual se orienta hacia la persona humana como fin supremo del Estado. Luego de un año de trabajo del nuevo gobierno, era evidente que éste no contaba con una política de Estado clara en materia policial (seguridad). La medida de dar de baja a policías no había sido acompañada por otro tipo de propuestas integrales para abordar la compleja problemática del sector. Además de que la unificación no se había concretado en la práctica y se observaban aún rivalidades entre los institutos policiales, nuevos casos de policías involucrados en actos violatorios a los derechos humanos, actos delictivos y de corrupción diversos, llamaban la atención de la opinión pública.204 El único cambio significativo que realizaría el gobierno con respecto a la situación de la policía en varios años, sería la concreción de la unificación con un nuevo organigrama. El decreto legislativo 744, promulgado el 8 de noviembre de 1991, fue parte de los decretos del ejecutivo que dispusieron medidas especiales para la «pacificación nacional», como parte de las facultades concebidas para legislar sobre la reestructuración del Sistema de Defensa Nacional. Dicho decreto aprobaba una nueva estructura orgánica de la 11
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PNP205 «adecuando su capacidad, estratégica, de inteligencia, operativa y logística para erradicar las acciones de terrorismo y el narcotráfico». El cambio más saltante con respecto a la estructura organizativa anterior es la eliminación de las Direcciones Superiores de los institutos policiales, consideradas hasta ese momento como órganos de ejecución de la PNP. 206 La Dirección General será considerada en adelante como el órgano de comando de más alt o nivel de la PNP y su director será responsable de su preparación, desarrollo, disciplina y empleo. (Artículo 15) Asimismo, se estableció que, a partir de dicha fecha, el director general de la PNP sería designado por el propio presidente de la República, en su condición de Jefe Supremo de la Policía Nacional, y no por el Ministerio del Interior como hasta entonces. Éste será uno de los cambios que condujeron a concentrar progresivamente el poder en manos del Presidente. Por otro lado, el decreto contempla también la inclusión de la figura del Estado Mayor General como órgano de asesoramiento del director general para el cumplimiento de sus funciones. Se establece que el mismo incluirá dentro de su estructura orgánica a la Dirección de Pacificación Nacional y Defensa de los Derechos Humanos (artículo 19, DL 744). En adelante, se considerarán como órganos de ejecución, entre otros, a la Dirección Contra el Terrorismo (órgano sistémico encargado de prevenir, investigar, denunciar y combatir las actividades subversivas y de terrorismo), la Dirección de Operaciones Especiales (órgano encargado de apoyar las operaciones policiales de las distintas unidades de la Policía Nacional, cuando la situación lo requiera y por disposición del director general) y las Regiones Policiales (órganos de la Policía Nacional que ejercen la jurisdicción y competencia en un espacio geográfico del territorio nacional) (artículo 24). Asimismo, se establece que se contará con las Jefaturas Sistemáticas de Antidrogas, Contra el Terrorismo y Patrimonio Fiscal como órganos ejecutivofuncionales provinciales, que cumplirán las funciones de las direcciones respectivas, manteniendo relaciones funcionales a través del canal técnico (artículo 23). Esta nueva estructura organizativa privilegia un modelo centralizado de policía con unidades ejecutivas especializadas en el combate de cierto tipo de delitos, 12
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como el terrorismo o el tráfico ilícito de drogas. Se dejará de lado, definitivamente, la división tradicional del trabajo policial, de prevención e investigación. Dadas las fuertes identidades corporativas de los antiguos institutos policiales, la medida no tardaría en generar malestar entre miembros de algunos de ellos, especialmente de la ex PIP.
1.6. CREACIÓN DE LA PNP El 7 de diciembre de 1988 fue promulgada la Ley 24949 del 6 de diciembre de 1988 que modificando los artículos pertinentes dela Constitución Política del Perú de 1979 crea definitivamente la Policía Nacional del Perú. Los objetivos que se buscaron fueron, entre otros, integrar las tres Fuerzas Policiales, hacer un mejor uso de los recursos económicos, desaparecer los conflictos que existían entre ellas originados por “dualidad de funciones” y,
sobre todo, ofrecer un mejor servicio a la sociedad Con motivo de la unificación de las Fuerzas Policiales la GuardiaCivil, la Policía de Investigaciones, y la Guardia Republicana pasaron a denominarse “Policía General”, “Policía Técnica” y “Policía de Seguridad” hasta 1991.
Con fecha 06 de Diciembre de 1988 mediante Ley 24949 se modificó parte del texto Constitucional, referente a las Fuerzas Policiales, creando en su lugar la Policía Nacional del Perú, con una sola organización, funciones y derechos de las tres ex-instituciones, con diversos principios generales como son: La Policía Nacional del Perú es una institución pública primordial del Estado, cuya finalidad fundamental es alcanzar uno de los fines supremos del Estado, que es el Orden Interno, según el artículo número 166 de la constitución política del Perú. Que para el ejercicio de su finalidad, función y potestad se desenvuelve en el marco jurisdiccional y administrativo de la Constitución, Leyes, normas y reglamentos.
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Que es un organismo de función social, con carácter preventivo y provisor, desarrollando actividades administrativas al servicio de la sociedad con la finalidad de garantizar el Derecho y ejecutar la Ley. Que colabora y coordina con todos los organismos y estructuras del Estado que también cumplen funciones de orden público (Ministerio Público, Defensor del Pueblo, Aduanas, SUNAT, INDECOPI, Municipalidades etc.) Con fecha 22 de Marzo de 1989 el Tnte. General PNP Rubén Romero Sánchez es nombrado como Director General de la Policía Nacional, aprobándose en su gestión la Nueva Estructura Orgánica de la Policía Nacional del Perú, en la que se le da una denominación diferentes a las instituciones anteriores denominándoseles Policía técnica, Policía General y Policía de Seguridad. En el mes de julio del mismo año se inaugura la primera edición de la revista de la Policía Nacional del Perú. Mediante Resolución Suprema Número. 0300-90-IN/DM de 30 Julio 1990, es nombrado el TNTE. GRAL. PNP Adolfo Cuba y Escobedo, como Director General de la PNP, asimismo mediante Resolución Suprema Número 301-90IN/DM, del 30JUL90, se resuelve nombrar a los señores generales PNP Víctor Alva Plascencia, Humberto Fuentes López y José Zuta Valqui, como directores superiores de la Policía General, Policía Técnica y Policía de Seguridad respectivamente. Finalmente en el año 2001 se procedió a la reestructuración de la policía Nacional del Perú con el propósito de lograr mayor eficiencia en los servicios a la sociedad.
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CONCLUSIÓN
Los efectivos policiales cumplen su misión a Cabalidad sin importar las consecuencias en su persona por defender a los ciudadanos.
La institución policial cuenta con efectivos altamente especializados que actúan en momentos claves para salvaguardar la integridad de los ciudadanos y del país.
La organización en la PNP es importante ya que depende de ello, es el desempeño de sus actividades y la especialización.
A lo largo del conflicto interno, las fuerzas policiales atravesaron por grandes cambios institucionales como la creación de una policía unificada y el desarrollo de unidades especializadas contra la subversión. La división inicial en tres institutos con identidades corporativas propició rivalidades y enfrentamientos que impidieron una conducción centralizada de la respuesta estatal a la subversión. Antes de la unificación, cada instituto desarrollaba iniciativas propias en el terreno de la lucha contrasubversiva. Debido a las necesidades del conflicto, surgieron unidades especializadas en el plano de la inteligencia y la acción militar que tuvieron una decidida participación.
Los policías fueron, con frecuencia, un blanco privilegiado de los grupos subversivos quienes los atacaban a mansalva en los momentos más inesperados, aprovechando el factor sorpresa y desprotección de los primeros. La lucha contra la subversión convirtió a la institución policial en una de las principales y más desprotegidas víctimas de la subversión entre las fuerzas del orden.
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SUGERENCIAS
Se propone mayor preocupación por parte del estado con los efectivos policiales ya que muchos de ellos no cuentan con los materiales ni la estructura adecuada, y viven su día laboral de manera precaria.
Se recomienda mayor inversión en tecnología para que la especialización sea óptima y refuerce los conocimientos de los efectivos policiales.
Se plantea mayor apoyo a los efectivos policiales que en actividad fueron perjudicados físicamente, ya que hay muchos que no tienen la remuneración adecuada y viven con escasos recursos.
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BIBLIOGRAFIA
LEY ORGÁNICA DE LA PNP.
CORONEL ZAPATA CESTI, VÍCTOR. HISTORIA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ.
Basadre Jorge. (2005).Lima Historia de la República del Perú 1822-1933. Editora de Diario El Comercio.
Caballeros de la Ley. Custodios de la Paz. Historia de la Policía Nacional del Perú. En Internet 16 de Noviembre 1977/ 23 de Enero 2009.Accesible en http://www.ipa-peru.com.paginas/historia%20pnp/indez.php.
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