Monografia de proceso único de ejecucionDescripción completa
Descripción: parcial 1 procesal 2016
Parcial 2 - procesal 1Descripción completa
Examen parcial de civil 3Descripción completa
Parcial de civil 3 UBPDescripción completa
Descripción: siglo 21
UES21Descripción completa
la obligatoriedad de la conciliacion no bastaDescripción completa
Estructura factica de la pretensión procesalDescripción completa
procesoDescripción completa
fdDescripción completa
Descripción: Preguntas del 2 parcial de procesal civil ues 21
preguntas para el parcial de procesal II ues 21
Preguntas del 2 parcial de procesal civil ues 21
PRIMER PARCIAL DE SIP IIIFull description
Descripción: parcial 1 Fisica III con retroalimentacion
Segundo Parcial de Procesal 1
PROCESAL CIVIL III En primer lugar para que se inicie un Proceso tiene que existir una Acción, una Pretensión por parte del Demandante a través de una Demanda cuando el Demandante siente que le ha sido violado un Bien Jurídico Tutelado El Proceso es una continuidad de Actos que se inician con la Demanda ! que van a culminar cuando el contenido de la "entencia ha!a quedado # irme TEMA 1 LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA Existe una m$xima que esta%lece que nadie puede hacer &usticia por su propia mano' ! el Art ()* +Bnos remite a que cuando existe con#licto .%ien sea entre particulares o entre particulares ! el Estado/ de%e acudirse a los 0rganos Jurisdiccionales para que se dirima el con#licto, porque todo lo relacionado con la Administración de Justicia es un de%er de%er ! un derecho del Estado Estado Art. Art. 253 CRBV: CRBV: 1a potestad de administrar &usticia emana de los ciudadanos ! se imparte en nom%re de la ep2%lica por autoridad de la le! +orresponde a los órganos del Poder Judicial conocer de las causas ! asuntos de su competencia mediante los procedimientos que determinen las le!es, ! e&ecutar o hacer e&ecutar sus sentencias El sistema de &usticia est$ constituido por el Tri%unal "upremo de Justicia, los dem$s tri%unales que determine la le!, el 3inisterio P2%lico, la De#ensoría P2%lica, los órganos de investigación penal, los auxiliares ! #uncionarios de &usticia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de &usticia, los ciudadanos que participan en la administración de &usticia con#orme a la le! ! los a%ogados autori4ados para el e&ercicio PROCESO DEL METODO .5orma de aplicar el método en el Procedimiento/ Es el con&unto ordenado de los diversos actos que se tienen que seguir para la solución de un con#licto de intereses, cuando las partes no logran ponerse de acuerdo A través través del Proceso se %usca satis#acer satis#acer ( intereses distintos6 El inter! "el E!t#"$% en el sentido de que la Administración de Justicia tiene un ideal que es su#iciente para que se cumplan las le!es ! por lo tanto existen normas i guales para todos involucradas en un con#licto con#licto ! que aunque aunque El inter! P#rti&'l#r% el de las personas que se ven involucradas estén en posiciones divergentes, logren la satis#acción de sus Derechos a través de los pasos que se siguen en el Procedimiento El Procedimiento +ivil 7rdinario es un procedimiento de car$cter residual, en el sentido de que a través de este este proced procedimi imient ento, o, se van a discut discutir ir ! trata tratarr de soluci soluciona onarr los con#li con#licto ctoss que no tengan tengan esta%leci esta%lecido do un Procedimiento Especial .sea en el mismo +P+ o en una 1e! especial/ +uando se va a intentar un Juicio, la persona que pretende intentarlo tiene que6 hacer un an$lisis previo de cu$l es su situación, en qué normas &urídicas enca&a, ver cu$les son las normas no sólo de car$cter general sino tam%ién las de car$cter particular .que est$n esta%lecidas en 1e!es especiales/ para sa%er entonces cual es el tipo de Procedimiento que de%e seguir En -ene4uela tenemos muchísimos Procedimiento Especiales, 1e!es Especiales que traen incorporados Procedimientos para solucionar los con#lictos que estas regulan .17TTT, 17P88A, 17PA, 17PA, entre muchas otras/ es por ello que es tan importante determinar ! anali4ar de qué tipo de con#licto se trata, !a que si no ha! 1e! Especial ha%r$ un Juicio 7rdinario' pero si ha! 1e! Especial que lo regule, se aplicar$ el Procedimiento Especial que ésta esta%le4ca Aun así siempre ser$ un Procedimiento, el camino a seguir para llegar a una "entencia ! lograr su E&ecución
ETAPAS DEL PROCESO B$sicamente son las mismas, independientemente del tipo de Procedimiento, sólo que en algunos casos esas etapas vienen acortadas El Procedimiento 7rdinario es siempre el m$s amplio ! siempre se aplicar$ de #orma supletoria cuando la 1e! Especial no trate ciertos aspectos El Procedimiento 7rdinario tiene varias ETAPA"6 ETAPA"6 1. L# et#(# et#(# "e intr intr$" $"'& '&&i &i)n )n "e l# De*# De*#n" n"##' que es la parte cognoscitiva, el conocimiento de los hechos ecordemos la premisa de que el Jue4 de%e decidir de acuerdo a lo alegado ! pro%ado en Auto +D)n"e e!t,n l$! #le-#t$!
6 • • •
los de la parte actora en la l a Demanda' los de la parte Demandada en la +ontestación ! las dem$s situaciones que se puedan presentar .+P, econvención, llamamiento de terceros, prue%as, etc
2. L# et# et#(# (# "e "e l#! l#! Pr'e Pr'e/# /#!% !% para que se cumpla el postulado que el Jue4 va decidir de acuerdo a lo alegado ! pro%ado en Auto 3. L# et# et#(# (# De& De&i! i!$r $ri# i#%% que es la etapa en la cual se produce la "entencia ecordemos que en -ene4uela existe el "istema de la Do%le 9nstancia6 un Tri%unal que conoce en :; 9nstancia en el cual se tramita la introducción de la demanda hasta la "entencia, luego tenemos un Tri%unal "uperior que revisa ! puede modi#icar la "entencia de :; 9nstancia, ! +asación .en los casos que sea admisi%le el e l ecurso de +asación/ porque no se hace nada con una sentencia que nos recono4ca recono4ca un D; si no 0. L# et# et#(# (# "e "e l# Ee Ee&' &'&i &i)n )n%% esto porque logramos que ese D; e#ectivamente nos sea satis#echo 8o requiere actos posteriores m$s que el Decreto de E&ecución, que es la declaratoria del &ue4 que dice6 este Juicio se terminó, la sentencia quedó #irme, c2mplase En algunos casos la e&ecución de la sentencia puede conllevar a actos posteriores como consecuencias que puede generar la sentencia .como lo es en el caso de divorcio/, pero en otros, %asta con la sentencia
LA EJECUCIÓN A través de la E&ecución E&e cución se %usca que se logre el cumplimiento e#ectivo de lo resuelto en una "entencia 5irme o en un Acto que tenga #uer4a de "entencia 1o ideal sería que cuando se ha tramitado un Juicio ! queda de#inido el D; de una de las partes, la parte a quien corresponda el cumplimiento lo haga de #orma voluntaria +omo no siempre es posi%le la E&ecución -oluntaria es necesaria la intervención del Estado a través del mismo 0rgano Jurisdiccional para hacer que e#ectivamente lo resuelto en el 5allo se cumpla' ! de allí que se &usti#ique la intervención del Estado a través de los 0rganos Jurisdiccionales para lograr el e#ectivo cumplimiento de una "entencia que ha quedado #irme