Descripción: Preguntas del 2 parcial de procesal civil ues 21
Preguntas del 2 parcial de procesal civil ues 21
Descripción: Derecho procesal Civil II parcial 2°
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Apuntes de Derecho Procesal CivilFull description
PROGRAMA DE LA MATERIA PROCESAL 2Descripción completa
Descripción: derecho procesal
Descripción: 1. Desarrolle las excepciones que no anulan lo actuado, tampoco dan por concluido el proceso. ( 4 puntos ).
Derecho Procesal Civil IIDescripción completa
Resumen completo 2016
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MODULO 3Y4 UES 21 AÑO 2017Descripción completa
Resumen de los procesos ordinarios especiales y sumarios del código civil paraguayo. Guia de estudios para la formación del abogado.Descripción completa
Descripción: De acuerdo al programa de estudios de Uninorte, Asunción, Paraguay
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Resumen para la Materia de Derecho Procesal CivilDescripción completa
estos son los apuntes de derecho procesal civil del doctor Ovalle FabelaDescripción completa
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Descripción: derecho procesal civil
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12.4 Pueden 12.4 Pueden pedir la declaración de perención en primera o única instancia: El demandado o el reconvenido 19.1 El 19.1 El requisito de la verosimilitud del derecho signifca: Probabilidad de la existencia del derecho pretendido 18.3 El 18.3 El recurso de inconstucionalidad se dierencia del recurso de casación común en cuanto: Ambos recursos recursos ene diverso objeto persi!uen di"erentes #nalidades 12.$ La mediación judicial: Puede ser solicitada en la etapa de ejecuci%n de sentencia 19.1 La medidas cautelare cautelaress de carácter carácter asegura aseguravo vo enen por fnalidad: fnalidad: &aran'ar el resultado del proceso declaravo o ejecuvo( a #n de) 19.2 Cuál de las siguientes siguientes medidas cautelares cautelares puede solicita solicitarse rse con anterior anterioridad idad a la interpos interposició ición n de la demanda: Embar!o demanda: Embar!o 12.4 Pueden pedir la declaración de perención en segunda o ulterior instancia: *a parte recurrida 11.1.1 Los alegatos es una etapa que se produce: En los juicios ordinarios en los juicios ejecuvos) 11.1.1 En el juicio ordinario el plao para alegar es de: +eis d,as 12.4 La perención de instancia no se opera en los siguientes procesos: -oluntarios o extracontenciosos 12.4 !o procede la perención de instancia: art" #$% del CPCC inc" &'% ( #) uando la causa se encuentre en estado de dictar al!una resoluci%n 12.1.1 12.1 .1 El desismien desismiento to es: El acto por el cual el actor mani#esta de "orma ine/u,voca su prop%sito de no connuar el proceso el actor declara su voluntad voluntad de abdicar del derecho material invocado como "undamento "undamento de la pretensi%n) 12.3 Los modos anormales de terminación del proceso son: 0esismiento( ransacci%n conciliaci%n 11.2.1 En una sentencia la parte de los vistos conene: n resumen de la demanda contestaci%n 12.4 La perención de instancia es: El ani/uilamiento o muerte de la instancia por inacci%n durante un empo establecido por la le de la parte) 13.1.2 En el juicio a*reviado el número de tesgos que se admite son: inco 1$.3.1 Los 1$.3.1 Los medios que la le( ar*itra con el o*jeto de permir la impugnación por errores in procedendo o in iudicando son: ecursos ordinarios 12.$ +egún 12.$ +egún la le( provincial ,,-, están e.cluido del ám*ito de la mediación: uicio sucesorio divorcio vincular 11.2.1 La parte disposiva de la sentencia sentencia conene: na decisi%n expresa 14.1 La 14.1 La e.cepción de la alsedad del tulo se unda en: *a inautencidad o adulteraci%n adulteraci%n del documento documento 12.4 El incidente de perención de la perención procede contra 5 El incidente donde se plante% la perenci%n no se acv% dentro del t6rmino de 1 mes( con"orme la previsi%n art 339 inc. 4 del P. 1.7. /e 1.7. /e las siguientes afrmaciones cual no defne al sistema disposivo 5 El tribunal #ja el contenido de proceso( a /ue no se condice con el sistema disposivo.
14.1 Procederá la demanda ejecuva siempre que en virtud del 0tulo que trae aparejada ejecución se demande una o*ligación: 0e dar sumas de dinero( li/uida o "cilmente li/uidable. 11.1.1 Los alegatos' es una etapa que se procede: En los juicios ordinarios en los juicios ejecuvos cuando se opusieron excepciones. 4.2.1 La legimao ad processum se da cuando: El actor carece de capacidad de hecho para estar en juicio. 12.4 Pueden pedir la declaración de perención en segunda u ulterior instancia: la parte recurrida. 2.1.2 +ometerse a un jue que por distri*ución del ejercicio de la jurisdicción no le corresponder1a entender se denomina5 Prorro!a de competencia" 1.1.2 La prue*as leviores constu(en: +on a/uellas /ue permiten al jue' tener acabada convicci%n acerca de los hechos a probar. 7.1.2 La citación coacva del tercer es suscep*le de asumir dierentes modalidades" 2ndique cuál de ellas no es un caso de intervención de terceros de manera coacva: :ntervenci%n simple o coaduvante. 19.1 El requisito de la verosimilitud del derecho signifca: Probabilidad de existencia del derecho pretendido. 2.1.1 3n sector de la doctrina clasifca a la competencia so*re la *ase de tres criterios undamentales4 territoriales' o*jevos ( uncionales" 5l criterio o*jevo lo vincula con: El criterio objevo aende a la naturale'a de las causas al monto de estas ;ompetencia en ra'%n de la materia<. 12.1.1 El desismiento del derecho produce: Produce la exnci%n de la pretensi%n jur,dica ene e"ecto liberatorio. 3.4 La audiencia preliminar en la prácca es poco uliada" /e todas maneras posee rasgos pifcantes" /e los siguientes' uno no le pertenece5 El jue' /ue la diri!e puede dele!ar el trmite de la misma en cual/uier "uncionario en cual/uier caso. 19.1 Las medidas autosasacvas: +on de naturale'a contenciosa. 12.4 Pueden pedir la declaración de perención en los procedimientos incidentales: El contrario de /uien lo hubiera promovido ;art. 343 del P<. 12.1.2 El desismiento de la acción: Es una renuncia al trmite pero puede reeditarse la cues%n nuevamente. 12.4 !o procede la perención de instancia: En el procedimiento de ejecuci%n de sentencia( salvo en los incidentes. 2< En el trmite de la declaratoria de herederos( en el juicio sucesorio actos de jurisdicci%n voluntaria( salvo las cuesones incidentales /ue en ellos se planteen. 3< uando la causa se encuentre en estado de dictar al!una resoluci%n. ;art. 342 inc 1( 2 3 del P<. 14.1 En el juicio ejecuvo: *as excepciones son taxavas. 1.1.1 Por su oportunidad los indicios se clasifcan en5 Anteriores( concomitantes posteriores al hecho desconocido. 12.$ 2ndique cuál de las siguientes opciones hace reerencia a uno de los principios que rigen en el procedimiento judicial de mediación: Principio de personalidad"
=.1.1 El jue al momento de resolver la cuesón someda a su conocimiento de*e procurar la o*tención de la verdad5 ur,dico objeva. =.3 El sistema de valoración de la prue*a denominado taria legal5 onsiste en /ue el valor de la prueba esta predeterminado por la le. 8.2.1 En la prue*a pericial el órgano de prue*a será: El perito. 19.1.1 Las medidas cautelares que tratan de lograr durante la sustanciación del proceso una ancipación de la pro*a*le resolución a dictarse se referen a5 >edidas de carcter sas"acvo" 3.1 !os reerimos a procesos de cognición cuando: 3na de las opciones no es correcta: +e parte de un ?tulo o una sentencia. =.1.1 En el proceso civil podemos conceptualiar a la prue*a como m6todo de5 *a prueba civil por las limitaciones propias del sistema disposivo se le adjudica el carcter de comprobaci%n de las proposiciones "ormuladas en el juicio. 8.2.1 2ndique cuál de las siguientes afrmaciones no es correcta respecto de la prue*a pericial 5 +e trata de una prueba directa. 1.1.1 El reconocimiento cien0fco del derecho procesal se produce en: +i!lo @:@. 3.1 En qu6 clase de procedimiento de*e tramitarse la ejecución de una sentencia: +e tramita por el ejecuvo especial previsto en el art. 414 del P. 1.1.1 Los caracteres que la doctrina asigna la derecho procesal civil son: Publico( aut%nomo secundario. $.1.1 La conesión judicial puede hacerse en: *os escritos de pleito( en las audiencias en la absoluci%n de posiciones. 4.2.1 La parte que ha*iendo comparecido a un juicio no constu(era el domicilio en el radio que corresponda' trae por consecuencia: Posible declaraci%n de rebeld,a. =.1.1 7ue es el elemento de prue*a: Es el dato objevo /ue se introduce en el proceso( capa' de producir un conocimiento cierto o probable de los hechos invocados por las partes. 3.1 L8+ P98CE/22E!;8+ P3E/E! CL5+2<2C59+E /E L5 +2=32E!;E 5!E95: 0E &B::CB D 0E EE:CB . =.1.1 2!/273E C3>L /E L5+ +2=32E!;E+ 8PC28!E+ ?5CE 9EEB 0E *A 0E>AB0A D BE+A:CB. 2.1.4 L5 C8PE;E!C25 AE:A. 2.1.3 <3E98 /E 5;95CC2!' P98998=5 D C8!E2/5/ C8!+;2;3DE! 5 E@EP:BE+ A *A+ E&*A+ 0E >PEEB:A . 2.1.2 EP9E+5 D ;5C2;5 +8! <895+ /E: P&A *A >PEEB:A . 3.1 L8+ P98CE+8+ 73E ;2E!/E! 5 L5 8A;E!C2! /E 3! P98!3!C252E!;8 73E /2925 3! C8!+ PE9+8!5+ P59;E+ ' +E /E!82!5!: BEB:++"