PRINCIPIOS BASICOS DE LA OMC 1.- EL PRINC PRINCIPI IPIO O DE NO DISCRI DISCRIMIN MINACI ACIÓN: ÓN: signifca que los países no pueden dierenciar bienes iguales que proceden de dierentes agentes. Este principio se divide en dos su principios: Nación más favorci!a "NM#$: "NM#$: Motiva a los países miembros a tratarse con igualdad, esto signifca que si uno otorga mayores benefcios a un país deberá otorgar mayores benefcios a los demás países. Se permiten ciertas excepciones, por eemplo, los países que orman parte de una regi!n pueden establecer un acuerdo de libre comercio que no se aplique a las mercancías que proceden del exterior del grupo. " bien un país puede oponer obstáculos a los productos productos procedentes de determinados países, que se consideran obeto de un comercio desleal. En gene genera ral, l, el trat trato o #M$ #M$ sign signifc ifca a que que ca cada da ve% ve% que que un país país reduc educe e un obstáculo al comercio o abre un mercado, tiene que &acer lo mismo para los mismos productos o servicios de todos sus interlocutores comerciales, sean ricos o pobres, d'biles o uertes. %ra&o Naciona': signifca que en el ámbito local no se puede dierenciar entre los los bien bienes es impo import rtad ados os y los los bien bienes es de prod produc ucci ci!n !n naci nacion onal al,, no se debe debe discriminar entre los bienes y servicios de un país a otro. (as mercancías importadas y las producidas en el país deben recibir un trato igualitario, al menos despu's de que las mercancías mercancías extraneras &ayan entrado en el me merrca cado do.. (o mism mismo o se apli aplica ca a los los se serv rvic icio ioss extr extran ane erros y a los los nacionales, y a las marcas de ábrica o de comercio, el derec&o de autor y las patentes extraneras y nacionales, el tarto nacional solo se aplica una ve% que el producto o servicio &a entrado en el mercado. (.- EL SE)*NDO PRINCIPIO ES EL DE COMERCIO M+S LIBRE: LIBRE: signifca que las activi actividad dades es comer comercia ciales les a nivel nivel mundia mundiall se reali reali%ar %arán án de manera manera prog progrresiv esivam amen ente te má máss libr libre. e. (a labo laborr de la "M) "M) es busc buscar ar,, me medi dian ante te negociaciones, reducir los aranceles y conseguir una mayor liberali%aci!n del comercio a nivel mundial. (oss *cue (o *cuerrdos dos de la "M) "M) perm permit iten en que que los los país países es intr introd odu% u%ca can n ca camb mbio ioss gradua gradualm lment ente, e, median mediante te la +liber +liberali ali%ac %aci!n i!n progr progresi esiva+ va+.. o orr lo genera generall se conc conced ede e a los los país países es en desa desarr rrol ollo lo pla% pla%os os má máss lar largos gos para para cump cumpli lirr sus sus obligaciones. ,.EL %ERCERO ES EL DE PREISIBILIDAD MEDIAN%E CONSOLIDACIONES: Se alie alient ntan an las las inve invers rsio ione nes, s, se crea crean n em empl pleos eos y los los cons consum umid idor ores es pued pueden en apro aprove vec& c&ar ar los los bene benefc fcio ioss de la comp compet eten enci cia: a: la posibilidad de elegir precios más baos. or medio del sistema multilateral de
comercio los gobiernos tratan de dar estabilidad y previsibilidad a las actividades econ!micas. En la "M), cuando los países convienen en abrir sus mercados de mercancías y servicios, +consolidan+ sus compromisos. -n país puede modifcar sus consolidaciones, pero s!lo despu's de negociarlo con sus interlocutores comerciales, lo que puede signifcar que tiene que compensarlos por la p'rdida de comercio. Muc&os de los *cuerdos de la "M) exigen que los gobiernos divulguen pblicamente sus políticas y prácticas en el país o bien notifcándolas a la "M). (a supervisi!n peri!dica de las políticas comerciales nacionales por medio del Mecanismo de Examen de las olíticas )omerciales constituye otro medio de alentar la transparencia, tanto a nivel nacional como multilateral. .- EL C*AR%O PRINCIPIO SE CORRESPONDE CON EL #OMEN%O DE *NA COMPE%ENCIA LEAL: *lgunas veces se describe a la "M) como una instituci!n de +libre comercio+, pero esto no es completamente exacto. El sistema autori%a en realidad la aplicaci!n de aranceles y, en circunstancias restringidas, otras ormas de protecci!n. Es más exacto decir que es un sistema de normas consagrado al logro de una competencia libre, leal y sin distorsiones. (as normas sobre no discriminaci!n /#M$ y trato nacional/ tienen por obeto lograr condiciones equitativas de comercio. Este es tambi'n el obeto de las normas relativas al dumping, que son las exportaciones a precios ineriores al costo para ganar partes de mercado, y las subvenciones. Muc&os de los demás *cuerdos de la "M) están destinados a apoyar la competencia leal, por eemplo, en materia de agricultura, propiedad intelectual y servicios.
MEDIDAS AN%ID*MPIN) Es cuando la empresa exporta un producto a un precio inerior al que aplica normalmente en el mercado de su propio país. Es una práctica comercial considerada como desleal y se &an considerado dos medidas antidumping: M!i!as an&i!/m0in 0rovisiona's. Si la investigaci!n preliminar de la )omisi!n establece la existencia de dumping perudicial para la industria europea, consultará a los Estados miembros y establecerá a continuaci!n los derec&os provisionales, salvo en casos de extrema urgencia en los que adoptará las medidas y consultará a los Estados miembros posteriormente. 0stos pueden establecerse durante un
periodo comprendido entre los 12 días y los 3 meses a partir de la apertura de la investigaci!n. #o pueden exceder el margen de dumping y pueden ser ineriores, si este nivel mínimo es sufciente para eliminar el peruicio. (os derec&os provisionales se aplican normalmente por un periodo de 1 meses y pueden prorrogarse por un periodo suplementario de 4 meses. 5esde su establecimiento, los importadores deben depositar una garantía para el pago de los derec&os a la importaci!n de los productos en cuesti!n. Estas medidas provisionales se publicarán en el 5iario "fcial de la -E. M!i!as an&i!/m0in !2ni&ivas. )uando la )omisi!n &aya fnali%ado su investigaci!n podrá proponer la imposici!n de unos derec&os antidumping defnitivos. 0stos serán adoptados por la )omisi!n a menos que una mayoría cualifcada de Estados miembros se oponga a los mismos. (os derec&os defnitivos se aplican &abitualmente por un periodo de 6 a7os y su establecimiento se publicará como 8eglamento de Eecuci!n 9-E de la )omisi!n en el 5iario "fcial de la -E. (os exportadores de los terceros países aectados pueden proponer un com0romiso ! 0rcios &asta un nivel que elimine el peruicio o el dumping. Si este tipo de compromiso puede vigilarse efca%mente, podrá aceptarse en sustituci!n de los derec&os y será equivalente a unas medidas antidumping defnitivas. or otro lado, puede concluirse un procedimiento sin adopci!n de medidas cuando se demuestre la inexistencia de dumping y;o de peruicio. Este cierre del procedimiento se publicará en el 5iario "fcial de la -E.
MEDIDAS SALA)*ARDIAS (as salvaguardias son medidas de emergencia para proteger la industria nacional que se ve amena%ada ante el creciente aumento absoluto o relativo de las importaciones. Estas medidas consisten en la restricci!n temporal de las importaciones que aectan con da7ar o causar da7o grave al sector nacional los cuales no están preparados para competir con los productos importados. (as medidas de salvaguardias a dierencia de las medidas antidumping y las medidas compensatorias no requieren una determinaci!n de práctica desleal. (os trabaos más recientes que se referen al análisis de salvaguardias pueden dividirse en dos grandes bloques. -no de estos enoques, centra su análisis en el auste econ!mico, mientras que el otro enoque se concentra en el proteccionismo.
CON%IN)EN%ES ARANCELARIOS Son volmenes limitados de importaci!n para un producto en particular con un arancel menor que el arancel consolidado para el resto de importaciones del mismo producto. Estos contingentes son uno de los m'todos usados dentro de las negociaciones de los
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