PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO I.E.S. “SAN JOSÉ”
PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO.
I. EL CENTRO Y SU ENTORNO 1 El Centro 1.1. Ubicación y situación geográfica 1.2. Instalaciones y recursos materiales 1.3. Recursos humanos 2 Alumnado y entorno social. 2.1. Entorno social del Centro. 2.2. El alumnado y sus características 2.3. Recursos materiales y humanos del entorno. 3 Respuestas educativas a las particularidades del entorno. II. PRINCIPIOS EDUCATIVOS Y VALORES DEL CENTRO. 1 Principios educativos. 2 Valores que guían la convivencia. Carta de convivencia. III. ADAPTACIÓN DE LOS OBJETIVOS NORMATIVOS A LAS CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO IV.OFERTA DE ENSEÑANZAS DEL I.E.S. “SAN JOSÉ”. V. CRITERIOS Y MEDIDAS DE CARÁCTER GENERAL PARA ATENDER LA DIVERSIDAD, LA ORIENTACIÓN Y LA TUTORÍA 1 Criterios generales que guían la respuesta a la diversidad del alumnado en los distintos ámbitos de actuación del Centro. 2 Medidas de atención a la diversidad 2.1. Medidas curriculares y organizativas de carácter general 2.2. Medidas ordinarias de apoyo y refuerzo 2.3. Medidas de carácter extraordinario 3 Orientación y tutoría 4 Programas institucionales que se desarrollan en el Centro. 4.1. Programa para la prevención y seguimiento del absentismo escolar 4.2. Programa de Refuerzo VI. COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN CON EL RESTO DE LOS CENTROS DOCENTES Y CON LOS SERVICIOS E INSTITUCIONES DEL ENTORNO 1 Criterios y procedimientos de colaboración y coordinación con el resto de los centros docentes 2 Criterios y procedimientos de colaboración con los servicios e instituciones del entorno VII. COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LA COMUNIDAD EDUCATIVA VIII. HORARIO GENERAL Y JORNADA ESCOLAR DEL CENTRO IX. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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X. PLAN DE EVALUACIÓN INTERNA. XI. NORMAS DE CONVIVENCIA, FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.
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ORGANIZACIÓN
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Y
La ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, en su capítulo II del título V, determina la autonomía pedagógica, de organización y gestión de los centros educativos. En el artículo 120 de la citada norma se establece que dicha autonomía se concreta en el Proyecto Educativo de Centro (PEC), el Proyecto de Gestión y las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro. Los contenidos de dicho proyecto quedan definidos en la Orden de 15-09-2008 de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El presente Proyecto Educativo del I.E.S. “San José” se inserta dentro de este marco legal vigente, y pretende definir la identidad del Centro a partir de los valores, objetivos y prioridades que, a propuesta de la Comunidad Escolar, se recogen en este PEC. En él se recoge las singularidades materiales y humanas del Centro y el contexto en el que se ubica para que, desde los principios y valores definidos, dar una respuesta educativa de calidad a las necesidades y demandas planteadas por nuestro entorno.
I. EL CENTRO Y SU ENTORNO 1 EL CENTRO 1.1. Ubicación y situación geográfica El Instituto de Educación Secundaria San José es un Centro Público de Enseñanza Secundaria y Formación Profesional, dependiente de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha. Fundado en 1954 como centro formativo para trabajadores, fue transferido al Ministerio de Educación y Ciencia en 1983 como Instituto de Formación profesional. En 1992 se convirtió en centro de Educación Secundaria y Formación Profesional. Desde comienzos de 2000, el Centro depende administrativamente de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha una vez asumidas las competencias en materia educativa por parte de nuestra Comunidad Autónoma. El Centro se encuentra ubicado, desde 1975, en la zona noroeste de la capital, en un área delimitada por el margen derecho del río Júcar, la avenida de la Cruz Roja que sirve de conexión con la A-40 que une Cuenca con Tarancón y un área de servicios vertebrada en torno a la calle de la Fuensanta en la que se sitúan otros dos centros educativos y las instalaciones deportivas municipales de “La Fuensanta”. Esta concentración de centros de secundaria en un área tan reducida obliga al establecimiento de medidas de coordinación y cooperación para abordar problemas comunes.
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Esta zona está situada en la periferia de la ciudad, separada del grueso de la ciudad por el río Júcar, con un tejido urbano caracterizado por los usos terciarios y la poca presencia de uso residencial aun cuando el crecimiento de la ciudad ha hecho aparecer nuevos desarrollos urbanísticos en zonas como el barrio de Buenavista o el de Fuente de Oro. El obstáculo físico del río hace que exista un único acceso para vehículos a través de la calle de la Fuensanta con el consiguiente atasco en las horas punta de entrada y salida por la presencia de autobuses de las diferentes rutas de transporte escolar. Por el contrario, el acceso peatonal a través de los puentes que salvan el río permite una comunicación rápida y cómoda con el centro de la ciudad.
1.2. INSTALACIONES Y RECURSOS MATERIALES Los avatares en la historia del Centro han dejado su impronta en una estructura física que ha ido sufriendo sucesivas ampliaciones de su núcleo inicial para configurar un conjunto muy heterogéneo con graves problemas de accesibilidad en algunas de sus partes. Este crecimiento a saltos ha provocado la coexistencia de zonas más anticuadas que necesitan adaptarse a las nuevas exigencias educativas con otras mucho más modernas y funcionales. Asimismo, el crecimiento de enseñanzas del Centro no ha ido en paralelo al de los espacios, de forma que ha sido necesario habilitar para la enseñanza lugares que, inicialmente, no estaban destinados a tal fin. No obstante, el I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Centro se encuentra inmerso en un importante proyecto de reforma que, cuando culmine, podrá solventar estos inconvenientes. El Centro se encuentra repartido en varios edificios: EDIFICIO A. o Alberga las dependencias administrativas y de servicios, departamentos didácticos, Sala de profesores, Salón de actos, aulas y los espacios destinados a los ciclos formativos de Cocina y Gastronomía, Servicios de Restauración, Equipos Electrónicos de Consumo, Instalaciones Electrotécnicas e Instalaciones Eléctricas y Automáticas, y el P.C.P.I. de Auxiliar de Servicios de Restauración. o Anexos a este edificio se encuentran aulas técnicas de informática y de electricidad, y un Pabellón polideportivo. EDIFICIO B (Residencia Escolar) o Este edificio, unido al A, se destina principalmente a usos de la Residencia pero también se usan algunos espacios de él para aulas, aula taller, Biblioteca escolar, cafetería y Aula de Educación Especial. EDIFICIO C. o Destinado a Ciclos Formativos de Equipos Electrónicos de Consumo, Instalaciones y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y Conducción de Líneas y Prevención de Riesgos Laborales. o A algunos espacios de este edifico se les ha asignado una función polivalente que permite su uso por otras enseñanzas. o Junto a él se encuentra una pista polideportiva descubierta. El Centro está dotado de una amplia variedad de recursos materiales para atender las necesidades educativas de los alumnos y los profesores. Alto nivel de informatización: o Se dispone de un buen número de ordenadores y cañones de proyección que se va ampliando y actualizando según lo requieren las necesidades para adaptarlos a las nuevas necesidades y requisitos técnicos y educativos. o Aulas dotadas de ordenadores: dos aulas “Althia”, un aula específica de informática y aulas de Formación Profesional. o Conexión Wifi en todos los edificios del Centro. Material y maquinaria específicos para Ciclos Formativos que también requiere una renovación y actualización constante. Biblioteca con un amplio fondo de libros y con servicio de préstamo para alumnos y profesores. Los departamentos didácticos también disponen de sus propias bibliotecas. Material deportivo variado a disposición de alumnos y profesores. Servicio de reprografía y encuadernación para profesores y alumnos. Material audiovisual: cámaras de video y fotos, proyectores de diapositivas, equipos de sonido, televisores y reproductores de DVD y video. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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1.3. RECURSOS HUMANOS El I.E.S. “San José” cuenta con una amplia plantilla de personal docente y PAS para atender las necesidades docentes, organizativas y de servicios del Centro. La plantilla orgánica es de 50 profesores, pero la amplia oferta educativa del Centro y las medidas y programas educativos establecidos en el Centro hace que la plantilla se sitúe anualmente en torno a 90 profesores. El Centro, dentro de sus competencias, intenta que el profesorado tenga la mayor estabilidad posible para que pueda plantearse una acción educativa a largo plazo y mitigar los posibles perjuicios que se deriven de una fuerte rotación anual de una parte significativa del profesorado. El personal de Administración y Servicios (PAS) se compone de: 6 conserjes 3 administrativos 11 integrantes del servicio de comedor y limpieza adscritos a la Residencia Escolar. 6 auxiliares técnicos educativos adscritos a la Residencia Escolar. 1 oficial de mantenimiento adscrito a la Residencia Escolar pero que también contribuye a solventar problemas de mantenimiento del Centro. La limpieza del Centro está adjudicada por contrato de la Delegación Provincial a una empresa privada.
2 ALUMNADO Y ENTORNO SOCIAL 2.1. El entorno social del Centro. El I.E.S. “San José” se ubica en la ciudad de Cuenca, capital provincial de 55.866 habitantes, según el padrón a 1 de enero de 2009. La ciudad ocupa una posición al noreste de la provincia, alejada de las zonas más activas y pobladas. Es una ciudad de especialización terciaria con una fuerte presencia de funcionarios dada su condición de capital provincial y sede de diferentes organismos oficiales. Esta situación explica el escaso dinamismo demográfico y económico de la ciudad que trata de paliarse con una importante mejora en la deficiente red de comunicaciones que pueda contribuir a una mejor conexión de la ciudad. El área de influencia de la ciudad es una amplia zona, con muy baja densidad de población, de las comarcas de la Serranía Alta, Media y La Alcarria. Está conformada por pequeños núcleos de población bastante dispersos, con unas deficientes comunicaciones y un entorno socioeconómico caracterizado por su pobre desarrollo y el predominio del sector primario. El I.E.S. “San José” es uno de los centros que imparten estudios de E.S.O., Bachillerato y Formación Profesional en la capital y que nos repartimos los alumnos de la ciudad y su área de influencia. La adscripción de la Residencia Escolar al I.E.S. desde su fundación, provocó que el Centro acogiese un muy elevado porcentaje de alumnos procedentes de diversos puntos de la provincia que no podían seguir los estudios deseados en sus localidades de origen. Esta circunstancia, tan característica del Centro, ha sido modificada al ampliarse la I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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red educativa provincial y al abrirse el uso de la Residencia para alumnos que cursan estudios en otros centros de la ciudad. No obstante, el I.E.S. “San José” sigue contando con un elevado número de alumnos procedentes de otras localidades o de localidades de la periferia urbana que ronda el 42% distribuido de la siguiente manera: En la E.S.O. se sitúa en torno a un 40%. En Bachillerato se eleva a un 45% al ser menor el número de centros en la provincia que ofrecen estas enseñanzas. El porcentaje en los C.F.G.M. alcanza el 49% por la especificidad de estas enseñanzas. Tanto en los PMAR como los C.F.G.S. la media es del 25%, dado el menor número de alumnos que opta a estas enseñanzas.
Los alumnos procedentes de fuera de la ciudad provienen, en un elevado porcentaje, de pedanías de Cuenca o de localidades muy próximas a ella que conforman lo que podemos calificar como zonas periurbanas de la ciudad como Arcas, Chillarón, Nohales o Villar de Olalla o de las urbanizaciones que se han desarrollado en sus términos. También acuden al Centro alumnos procedentes de áreas más alejadas de la ciudad al no existir en sus pueblos los estudios que demandan, desde E.S.O. hasta C.F.G.S. Algunos de estos alumnos, en su casi totalidad de E.S.O. y Bachillerato, son alojados en la Residencia Escolar adscrita al Centro; la Residencia también acoge a alumnos que estudian en otros centros de la capital. Solo los alumnos de enseñanza obligatoria y P.C.P.I. son beneficiarios.
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Los pueblos que más alumnos aportan se distribuyen de la siguiente manera: COMARCA ZONA PERIURBANA DE LA CIUDAD ALCARRIA SERRANÍA ALTA SERRANÍA MEDIA Y CAMPICHUELO
PUEBLOS (con más de 5 alumnos) Arcas del Villar Chillarón Villar de Olalla Villar de Domingo García Beteta Las Majadas Tragacete Mariana Sotorribas Fuentes Villalba de la Sierra
Muchos de los alumnos que no residen en la ciudad utilizan el servicio de transporte escolar. Algo más de un 25 % del total de nuestros alumnos viaja a diario, circunstancia que debe tenerse en cuenta a la hora de realizar actividades complementarias y extraescolares organizadas por el Centro. El entorno social de los alumnos del Centro responde a la que podemos definir, de forma bastante amplia, como clase media, como corresponde a una pequeña ciudad terciaria y su área de influencia. La mayor parte de los padres de los alumnos son asalariados con estudios secundarios aun cuando en la E.S.O. y Bachillerato destaca que más de un tercio de los padres de los alumnos tienen estudios superiores. La mayor parte de las familias poseen I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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vivienda en propiedad dotada con teléfono, ordenador, medios audiovisuales y una habitación para el alumno, según las encuestas realizadas por el Centro. La incorporación de alumnos inmigrantes también ha ido aumentando progresivamente hasta situarse en torno a un 9% del total de los alumnos. La mayoría procede de países latinoamericanos (Ecuador, Bolivia y Colombia, principalmente) y del Este de Europa (Rumanía, Bulgaria, Ucrania y Polonia), aunque también los hay, en menor cuantía, originarios del Magreb. La creciente presencia de este tipo de alumnos plantea al Centro una serie de retos que debe afrontar para integrarlos y enriquecer a la comunidad educativa. Esta población de origen inmigrante presenta un elevado grado de movilidad que hace que pocos alumnos desarrollen sus estudios de forma continuada en el Centro o que sean frecuentes sus incorporaciones a mitad de curso, con los problemas que esto plantea.
2.2. El alumnado y sus características. El número de alumnos del I.E.S. “San José” ha sufrido un paulatino incremento desde los años 90 del siglo pasado hasta alcanzar una cifra que oscila en torno a los 750, con un abanico de edades que va de doce a más de veinte años, dada la gran variedad de estudios ofrecidos. El grueso del alumnado (70%) es de Educación Secundaria y Bachillerato; un 50% de los alumnos cursan estudios de Enseñanza Secundaria Obligatoria, etapa compleja en la que al cambio de estudios, de primaria a secundaria, se une la propia evolución física y mental de los alumnos en su paso por la adolescencia. Especial atención debemos dispensar a la llegada a 1º de la E.S.O. de los nuevos alumnos procedentes de pequeños centros rurales para los que el cambio de etapa puede resultar muy difícil, máxime cuando algunos pasan de residir en casa a alojarse en la Residencia escolar. En este nivel educativo también se registran los casos más notorios y abundantes de absentismo, fracaso y abandono escolar por parte de alumnos, por lo que el Centro debe implementar medidas y acciones encaminadas a reducir al mínimo el fracaso y el abandono escolar utilizando los diferentes cauces que ofrece el actual sistema educativo. El Centro ha incorporado a su oferta educativa un Programa de Formación Profesional Básica (F.P.B.) que pueden contribuir a paliar el fracaso escolar. Los alumnos de Bachillerato suponen un 20% del total, lo que indica una elevada tasa, en torno al 30%, de alumnos que continúan sus estudios. Algunos de estos alumnos provienen de otros centros, de la capital o de la provincia, que eligen este Centro para cursar estas enseñanzas. La Formación profesional supone el 25% de los alumnos del Centro con un ligero predominio de los ciclos formativos de Grado Medio (55%) sobre los de Grado Superior (45%) acogiendo alumnos de muy variada procedencia dado lo exclusivo de la oferta del Centro en algunas familias profesionales. Las características particulares de estas enseñanzas, en cuanto a espacios, edad de los alumnos y tipo de enseñanza, también exigen un esfuerzo para ensamblarlas de forma armoniosa en el conjunto de enseñanzas del Centro.
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Una especial atención requiere el incremento de alumnos inmigrantes, muchos de ellos con un escaso nivel de manejo del castellano, que requieren una atención especial ya que es frecuente que muchos de ellos lleguen desde otros centros u otras comunidades o con el curso ya comenzado, lo que exige un importante esfuerzo complementario de integración dada la gran movilidad de las familias de estos alumnos.
2.3. Recursos materiales y humanos del entorno. La ubicación del I.E.S. “San José” en una ciudad como Cuenca, capital de provincia, permite acceder a una amplia gama de recursos materiales y humanos que van desde bibliotecas públicas a recintos deportivos pasando por una amplia gama de asociaciones de toda índole y servicios públicos. No obstante, la situación resulta más compleja para aquellos alumnos que proceden de un entorno rural con núcleos de población pequeños y dispersos, por lo que debemos realizar un esfuerzo para paliar estos déficits de acceso a recursos a estos alumnos.
3 RESPUESTAS EDUCATIVAS A LAS PARTICULARIDADES DEL ENTORNO Dadas las características específicas del Centro y de su entorno es necesario dar respuesta a nuestras particularidades para lo que planteamos las siguientes medidas: Organizar cada año los espacios del Centro para adaptarlos a las necesidades educativas de cada tipo de enseñanza y a las particularidades de los alumnos de forma que se minimicen los problemas que puedan ocasionar la particular estructura física del Centro Mantener una oferta educativa amplia que ofrezca a los alumnos distintos tipos de itinerarios Aplicar medidas para facilitar el tránsito de los alumnos de los diferentes centros de Primaria a las enseñanzas de Secundaria. Desarrollar el Plan de acogida para facilitar la integración de profesores y alumnos nuevos, en especial para los que se incorporan con el curso comenzado. Tratar de reducir los problemas de fracaso y abandono escolar con medidas como: o Potenciar la actuación del Departamento de Orientación y de los tutores en la motivación de los alumnos, en la adopción de mejores hábitos de trabajo y en la orientación sobre las diferentes vías de estudios a su disposición. o Orientar a F.P.B. a aquellos alumnos mayores de 16 años que no hayan obtenido el titulo de E.S.O., presenten riesgo de abandono escolar y muestren interés por reincorporarse a la educación reglada. o Desarrollo de un programa de tutorías individualizadas para atender a alumnos en riesgo de fracaso y abandono escolar.
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Aplicar el Programa de Absentismo Escolar, que tiene como objeto la prevención, el seguimiento y el control del absentismo escolar del Centro. Potenciar las actividades individualizadas para aquellos alumnos que no manejan el español con soltura. Mejorar la convivencia en el Centro con la potenciación de medidas como el Aula de Convivencia. Mantener un contacto inmediato y constante con los padres, dada la no residencia de muchos de ellos en la ciudad, a través de las nuevas tecnologías. Colaborar con el Centro de Profesores y Recursos, y otras instancias para la realización de cursos y seminarios que permitan al profesorado formarse en todos los ámbitos relacionados con su labor educativa. Colaborar con el SEPECAM y otras fundaciones dedicadas a la Formación continua y a la Formación para el empleo.
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II. PRINCIPIOS EDUCATIVOS Y VALORES QUE GUÍAN LA CONVIVENCIA DEL CENTRO. CARTA DE CONVIVENCIA 1 PRINCIPIOS EDUCATIVOS Sobre la base de los valores, derechos y libertades reconocidos en la Constitución, y de acuerdo con la legislación vigente, la educación en nuestro Centro atiende a los siguientes principios: Una educación integral de calidad en conocimientos, destrezas y valores. El esfuerzo individual y compartido profesores, administraciones y sociedad.
por
alumnado,
familias,
La educación personalizada y flexible que integre a todos equitativamente y aproveche sus distintas capacidades e intereses sin discriminación de ningún orden. La transmisión y puesta en práctica de los valores que favorecen la convivencia. La orientación educativa y profesional de los alumnos como parte de su desarrollo personal. Una educación fundada en el respeto y apoyo al profesorado en su labor. El fomento y la promoción de la investigación educativa. La evaluación de todos los procesos educativos.
2 VALORES QUE GUÍAN LA CONVIVENCIA. CARTA DE CONVIVENCIA La convivencia en nuestro Centro parte del consenso democrático en la elaboración de unas normas por parte de toda la comunidad educativa. Los valores que guían la convivencia en nuestro Centro son: El esfuerzo y la perseverancia: supone incentivar el trabajo diario de todos los miembros de la comunidad educativa porque pensamos, como decía Gandhi, que “la victoria es el esfuerzo”. El respeto a las personas y al entorno: a través de la transmisión de actitudes e ideas cívicas que promuevan la igualdad, la no discriminación, la diversidad de opiniones y la conservación y mejora del entorno y el desarrollo sostenible. La tolerancia: a través del momento de la asunción de las diferentes ideologías, culturas y religiones. La libertad: para manifestar las ideas propias siempre que respeten los derechos y libertades de los demás. Introducir a los alumnos en los valores democráticos que rigen nuestra sociedad. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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La responsabilidad: en el acatamiento de los deberes y en el ejercicio de los derechos. El desarrollo del espíritu crítico: en la toma de decisiones y el discernimiento ante las diferentes situaciones de la vida. La solidaridad: que promueva las acciones encaminadas a compensar desigualdades y a fomentar el sentido de la justicia. La paz: reflejada a través de la prevención y resolución pacífica de conflictos.
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III. ADAPTACIÓN DE LOS OBJETIVOS NORMATIVOS A LAS CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO La L.O.M.C.E. y la legislación que la desarrolla establecen una serie de objetivos para las diferentes etapas educativas. A partir de este marco normativo, la comunidad educativa del I.E.S. “San José” los ha adaptado a la realidad de su entorno y a los principios educativos y valores que definen al Centro. Estos objetivos generales se concretan en cuatro grandes áreas que vertebran el proyecto educativo de este Centro. Estos objetivos generales son:
OBJETIVOS GENERALES DEL PEC DEL I.E.S. SAN JOSÉ
UNA EDUCACIÓN DE CALIDAD
I
UNA EDUCACIÓN EN VALORES
MEJORA DE LA FUNCIÓN DOCENTE
COOPERACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
UNA EDUCACIÓN DE CALIDAD. El I.E.S. “San José” propone un modelo educativo de calidad basado en: La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias. La equidad, para garantizar la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación. La transmisión y puesta en práctica de valores positivos. Un aprendizaje permanente a lo largo de las diferentes etapas educativas que se imparten en el Centro. La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad y a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad, para que los alumnos sean capaces de regular su propio aprendizaje, y para fomentar su autoconfianza, su creatividad e iniciativa personal. El esfuerzo individual y la motivación del alumnado para incrementar la responsabilidad individual y el reconocimiento del esfuerzo personal.
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Una formación personalizada que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores, así como el pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos. La adquisición de hábitos intelectuales, de conocimientos, destrezas y técnicas de trabajo que les capaciten para afrontar sus futuros estudios y actividades profesionales. Para alcanzar esta educación de calidad, el I.E.S. “San José” propone: La promoción de un aprendizaje cada vez más atractivo, en un entorno abierto, que estimule a todo el alumnado a aprender y a compartir el aprendizaje mediante una metodología integradora y motivadora. El desarrollo, a través de las programaciones didácticas, de un proceso de enseñanza-aprendizaje que favorezca una formación integral, el esfuerzo y la responsabilidad individual al tiempo que fomente la capacidad para generar sinergias en el trabajo en grupo sin perder la creatividad e iniciativa personal. En dichas programaciones también se garantizará la atención a la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación. El proceso de evaluación de los alumnos será continuo, garantizará su propia objetividad y deberá atender todos los aspectos del proceso formativo. El Centro velará porque tanto profesores como alumnos dispongan de los recursos y materiales educativos necesarios para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje y se procurará que dichos recursos estén permanentemente actualizados. Se prestará especial atención a la Biblioteca del Centro para que cuente con suficientes recursos y pueda convertirse en un espacio de trabajo y fomento de la lectura. El incentivo del uso de las nuevas tecnologías y su incorporación a la práctica docente. Se tratará de que cada sector de la Comunidad Educativa sea consciente y asuma sus propias responsabilidades en el proceso de enseñanzaaprendizaje y que, al tiempo, sirva de ejemplo para los demás. Se potenciará la acción tutorial y la actividad del Departamento de Orientación para conseguir favorecer el autoconocimiento y la autoestima de los alumnos y su orientación educativa y profesional. El desarrollo de mecanismos de evaluación interna que permitan la detección de problemas y deficiencias que presente nuestro modelo educativo y, con la colaboración de toda la comunidad educativa, la propuesta de soluciones y mejoras. El fomento del estudio y la práctica de lenguas extranjeras, en especial con el desarrollo del Programa “British Council”. La dotación de unas condiciones materiales dignas para la Residencia Escolar y la consecución de un ambiente agradable que favorezca el estudio de los alumnos residentes.
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II UNA EDUCACIÓN EN VALORES. El I.E.S. “San José” fomentará una educación en valores que favorezca: La transmisión y ejercicio de valores que potencien la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación. La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. La igualdad de derechos y oportunidades, la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la no discriminación de las personas con discapacidad. La formación para la paz, el respeto de los derechos humanos, la vida en común, la cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos, así como la adquisición de valores que propicien el desarrollo sostenible y el respeto de los seres vivos y del medio ambiente. La preparación para la participación activa como ciudadano en la vida económica, social y cultural, con actitud democrática, crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento. Para alcanzar esta educación en valores, el I.E.S. “San José” propone: Fomentar el diálogo entre todos los sectores de la Comunidad Educativa. Generar un clima agradable de relaciones humanas que propicie una actitud abierta y tolerante hacia los demás y contribuya al rechazo de los estereotipos y prejuicios sociales. Diseñar y favorecer métodos y mecanismos para la prevención y resolución pacifica de conflictos. Inculcar hábitos de buena educación y buen comportamiento cuya puesta en práctica por todos los miembros de la comunidad educativa pueda actuar como ejemplo para los demás. Fomentar la puesta en práctica de hábitos saludables de limpieza, higiene, alimentación, vida saludable y cuidado del medio ambiente. Desarrollar como tema transversal para todas las enseñanzas la educación para la paz y el rechazo de la violencia. Fomentar en los alumnos una actitud democrática, crítica y responsable que les permita una participación activa como ciudadanos. III MEJORA DE LA FUNCIÓN DOCENTE. El I.E.S. “San José” tratará de mejorar la labor docente a partir del apoyo al perfeccionamiento en la formación del profesorado y la autoexigencia y autoevaluación de la función docente para conseguir el desarrollo personal y profesional de los profesores, lo que redundará en una mejora de la enseñanza. Para tratar de mejorar la práctica de la función docente, el I.E.S. “San José” propone: I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Fomentar el desarrollo de actividades de investigación, innovación y formación de los profesores. Apoyar cuantas actividades de investigación, formación o innovación desarrollen los profesores del Centro tanto de forma individual como en grupo. Favorecer y estimular entre los profesores la formación de grupos estables que desarrollen el trabajo en equipo y la coordinación docente e interdisciplinar. Crear un clima de trabajo en el Centro que favorezca el desarrollo profesional y personal del profesorado. Fomentar el desarrollo de mecanismos que faciliten la autoevalución de la función docente por parte del profesorado. Fomentar el reconocimiento por parte de la comunidad educativa de la autoridad y del trabajo del profesorado en el ejercicio de su función docente. Concienciar a todo el profesorado de la importancia que tiene para el buen funcionamiento del Centro el cumplimiento del horario personal y de la puntualidad y, en caso necesario, exigir individualmente su cumplimiento. IV COOPERACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. El I.E.S. “San José” tratará de alentar la cooperación del conjunto de la comunidad educativa y la colaboración con las instituciones y asociaciones sociales, políticas, sindicales, culturales o económicas implicadas en temas educativos para conseguir una imbricación del Centro en su entorno que le permita ser receptivo a las cambiantes demandas y necesidades que se le planteen y dar respuesta a las mismas en el ámbito educativo. Para intensificar la cooperación de la comunidad educativa, el I.E.S. “San José” propone: Fomentar, estimular y apoyar la labor de las A.M.P.A. y Asociaciones de Alumnos mediante la elaboración de medidas especificas de colaboración con el Centro. Fomentar el desarrollo de actividades de investigación, innovación y formación de los profesores. Favorecer y apoyar la participación de los alumnos (deportiva, cultural, de voluntariado, de investigación), desarrolladas fuera del Centro por la Administración, asociaciones u otro tipo de entidades que redunden en una mejora de la formación de los alumnos y en el conocimiento de su entorno. Impulsar la cooperación y colaboración con las administraciones educativas y las corporaciones locales en la planificación e implementación de la oferta educativa. Poner a disposición de la comunidad educativa y de otras instituciones las instalaciones del Centro para su uso a cambio de las contraprestaciones más adecuadas en cada caso. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Acercar al mundo del trabajo y la empresa a los alumnos mediante convenios de colaboración, formación en centros de trabajo y proyectos en común. Fomentar la relación con el entorno europeo del Centro para permitir a alumnos y profesores conocer otros sistemas educativos y ampliar sus conocimientos mediante la participación en programas como el British Council, Leonardo, Sócrates o Erasmus y cuantos otros sea posible. Fomentar el uso de las nuevas tecnologías en los flujos bidireccionales de comunicación entre las diversas instancias del Centro y el resto de la comunidad educativa para mejorar la llegada de información o la recepción de demandas o sugerencias. Favorecer la integración de alumnos de diversa procedencia, rural y urbana, que acoja el Centro y la Residencia Escolar.
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IV. OFERTA DE ENSEÑANZAS DEL I.E.S. “SAN JOSÉ” El I.E.S. “San José” ofrece la posibilidad de realizar los estudios correspondientes a los cuatro cursos que configuran la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, así como un programa de diversificación curricular de dos años de duración; los dos cursos de la etapa de Bachillerato en sus modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales y de Ciencias y Tecnología. Asimismo se pueden cursar un programa de Formación Profesional Básica y una amplia oferta de ciclos formativos de las familias profesionales de Hostelería y Turismo, Instalación y Mantenimiento y Electricidad-electrónica. Oferta educativa en Enseñanza Secundaria Obligatoria La distribución de materias por cursos para los cuatro niveles de Educación Secundaria Obligatoria es la correspondiente al Horario general recogido Decreto 40/2015 de 15 de junio de 2015 de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se establece el horario y la distribución de las materias en ESO y en el Bachillerato en la Comunidad Autónoma de CastillaLa Mancha (DOCM 22/06/2015). Para los Programas de Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento en la E.S.O. se ha seguido lo dispuesto en el Orden de 14 de julio de 2016 de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se regula el PMAR en los centros dela Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM 25/07/2015).
1º E.S.O. MATERIAS OBLIGATORIAS
MATEMÁTICAS
LENGUA
FÍSICA Y QUÍMICA.
GEOGRAFÍAHISTORIA
INGLÉS
TECNOLOGÍA
MÚSICA
EDUCACIÓN FÍSICA
EDUCACIÓN PLÁSTICA
OPTATIVAS
ELEGIR UNA DE MATERIAS. FRANCÉS. INICIACIÓN A LA ACTIVIDAD EMPRENDEDORA Y EMPRESARIAL. TALLER DE ARTE Y EXPRESIÓN
ELEGIR UNA DE ESTAS MATERIAS. RELIGIÓN CATÓLICA VALORES ÉTICOS
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2º E.S.O. MATERIAS OBLIGATORIAS
BIOLOGIA-GEOLOGIA.
LENGUA
TECNOLOGÍA
GEOGRAFÍAHISTORIA
INGLÉS
FISICA Y QUIMICA
EDUCACIÓN FÍSICA
MATEMÁTICAS, elegir entre: MATEMÁTICAS ACADÉMICAS
MATEMÁTICAS APLICADAS
OPTATIVAS
ELEGIR UNA DE MATERIAS. FRANCÉS CULTURA CLASICA
MÚSICA ACTIVA Y MOVIMIENTO
ELEGIR UNA DE ESTAS MATERIAS. RELIGIÓN CATÓLICA VALORES ÉTICOS
3º de E.S.O. MATERIAS OBLIGATORIAS
LENGUA
TECNOLOGÍA
INGLÉS
FISICA Y QUIMICA
MATEMÁTICAS, elegir entre: MATEMÁTICAS ACADÉMICAS
MATEMÁTICAS APLICADAS
OPTATIVAS
ELEGIR UNA DE MATERIAS. FRANCÉS CULTURA CLASICA
TALLER DE MÚSICA
ELEGIR UNA DE ESTAS MATERIAS. RELIGIÓN CATÓLICA VALORES ÉTICOS
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4º ESO ASIGNATURAS COMUNES
Lengua Castellana y Literatura. Inglés. Geografía e Historia. Educación Física.
MODALIDAD A ELEGIR OPCIÓN ENSEÑANZAS ACADÉMICAS
OPCIÓN ENSEÑANZAS APLICADAS
VÍA DE ENSEÑANZAS VÍA DE CIENCIAS Matemáticas Filosofía Biología y Geología Física y Química
APLICADAS Matemáticas VÍA DE Tecnología de la Información y HUMANIDADES Comunicación Matemáticas Tecnología Filosofía Elegir una materia entre: Latín Ciencias aplicadas a la actividad Economía profesional. Iniciación a la actividad emprendedora y empresarial. Elegir dos materias entre:
Cultura Clásica Cultura Científica T.I.C. (sólo para enseñanzas académicas) Tecnología Robótica (sólo para enseñanzas
Francés Educación Plástica, Visual y Audiovisual. Música Filosofía (sólo para enseñanzas aplicadas)
académicas) Elegir una materia entre:
Religión Valores Éticos
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Oferta educativa en Bachillerato. La distribución de materias por cursos para los dos cursos de Bachillerato, en cada una de las dos modalidades que se imparten en el Centro es la correspondiente al Horario General recogido en el Decreto 40/2015 de 15 de junio de 2015 de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se establece el horario y la distribución de las materias en el Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM 22/06/2015).
1º de BACHILLERATO de CIENCIAS ASIGNATURAS COMUNES
Lengua Castellana y Literatura I. Inglés I.
Filosofía. Educación Física.
MODALIDAD A ELEGIR MODALIDAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
MODALIDAD DE HUMANIDADES Y CC. SOCIALES
VÍA DE CIENCIAS
VÍA DE HUMANIDADES
(Biología y geología, Física y Química, Matemáticas I)
(Latín I, Griego I, Historia del Mundo Contemporáneo)
Elegir una materia entre (4 h)
Elegir una materia entre (4 h)
Anatomía Aplicada. Francés I. Dibujo Técnico I.
Literatura Universal. Francés I. Lenguaje y Práctica Musical.
Elegir una materia entre (2h)
Cultura Científica. Religión. TIC I. Francés (2 h).
Elegir una materia entre (2h)
Cultura Científica. Religión. TIC I. Francés (2 h).
VÍA DE CIENCIAS E INGENIERÍA
VÍA DE CIENCIAS SOCIALES
(Física y química, Matemáticas I Dibujo técnico I )
(Economía, Historia del Mundo Contemporáneo, Matemáticas aplicadas a las CC. Sociales)
Elegir una materia entre (4h)
Elegir una materia entre (4 h)
Tecnología Industrial I. Francés I. Dibujo Artístico I.
Literatura Universal. Francés I. Lenguaje y Práctica Musical.
Elegir una materia entre (2h)
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
Elegir una materia entre (2h)
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Cultura Científica. Religión. TIC I. Francés (2 h).
Cultura Científica. Religión. TIC I. Francés (2 h).
2º de BACHILLERATO de CIENCIAS ASIGNATURAS TRONCALES
Lengua Castellana y Literatura II Inglés II
Hª de España. Matemáticas II
ASIGNATURAS A ELEGIR ITINERARIO DE CIENCIAS e INGENIERÍA
ITINERARIO DE CIENCIAS de la SALUD
Física. (T.O.) Dibujo Técnico II. (T.O.)
Biología. (T.O.) Química. (T.O.)
Elegir una asignatura entre (4 h)
Elegir una asignatura entre (4 h)
Tecnología Industrial II. (E.I.y C.) Geología. (T.O.) Química. (T.O.)
Ciencias de la Tierra y Medio Ambiente. (E.I.y C.) Geología. (T.O.) Física. (T.O.)
Elegir una asignatura entre (4h)
Imagen y sonido. (E. I. y C.) Psicología. (E. I. y C.) Hª de la Filosofía. (E. I. y C.) TIC II. (E. I. y C.) Francés II. (E. I. y C.) Hª de la Música y de la Danza. (E. I. y C.)
Elegir una asignatura entre (4h)
Imagen y sonido. (E. I. y C.) Psicología. (E. I. y C.) Hª de la Filosofía. (E. I. y C.) TIC II. (E. I. y C.) Francés II. (E. I. y C.) Hª de la Música y de la Danza. (E. I. y C.)
Troncales de Opción = T.O. Específicas de Itinerario y comunes = (E. I. y C.)
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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2º de BACHILLERATO DE HUMANIDADES CC. SOCIALES ASIGNATURAS TRONCALES
Lengua Castellana y Literatura II. Inglés II.
Hª de España.
ASIGNATURAS A ELEGIR ITINERARIO DE HUMANIDADES
Latín II. (TRONCAL) Hª de la Filosofía. (T.O.)
ITINERARIO DE CIENCIAS SOCIALES Matemáticas Aplicadas a las CC. Sociales. II (TRONCAL)
Economía de la Empresa. (T.O.)
Elegir dos asignatura entre (4 h)
Hª del Arte. (T.O.) Griego II. (T.O.) Geografía. (T.O.) Fundamentos de Admón. y Gestión. (E. I. y C.)
Elegir dos asignatura entre (4 h)
Hª del Arte. (T.O.) Geografía. (T.O.) Hª de la Filosofía (T.O.) Fundamentos de Admón. y Gestión. (E. I. y C.)
Elegir una asignaturas entre (4h)
Imagen y sonido (E. I. y C.) Psicología. (E. I. y C.) TIC II. (E. I. y C.) Francés II. (E. I. y C.) Hª de la Música y de la Danza. (E. I. y C.)
Elegir una asignaturas entre (4h)
Imagen y sonido (E. I. y C.) Psicología. (E. I. y C.) TIC II. (E. I. y C.) Francés II. (E. I. y C.) Hª de la Música y de la Danza. (E. I. y C.)
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Troncales de Opción = T.O. Específicas de Itinerario y comunes = (E. I. y C.)
Programas de Mejora de del Aprendizaje y del Rendimiento (P.M.A.R.). El I.E.S. “San José” oferta un Programa de Mejora de del Aprendizaje y del Rendimiento distribuido en dos cursos, siguiendo lo contenido en la Orden de 14 de julio de 2016 de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se regulan los Programas de Mejora de del Aprendizaje y del Rendimiento en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM 25/07/2016). Oferta educativa de Formación Profesional. El I.E.S. “San José” ofrece los siguientes ciclos formativos de grados medio y superior, para la obtención de los títulos recogidos en los reales decretos, y según el currículo establecido por el real decreto del Ministerio de Educación o por el decreto del Gobierno de Castilla-La Mancha, que se indica en cada caso: FAMILIA PROFESIONAL DE HOSTELERÍA Y TURISMO C.F.G.M. de Cocina y gastronomía (R.D. 1396/2007 y D. 227/2008). C.F.G.M. de Servicios en restauración (R.D. 1690/2007 y D. 97/2009). C.F.G.S. de Gestión de alojamientos turísticos (R.D. 1686/2007 y D. 110/2009). FAMILIA PROFESIONAL DE ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA. C.F.G.M. de Equipos electrónicos de consumo (R.D. 624/1995 y R.D. 195/1996). C.F.G.M. de Instalaciones eléctricas y automáticas (R.D. 177/2008 y D. 106/2009). C.F.G.S. de Instalaciones electrotécnicas (R.D. 621/1995 y R.D. 192/1996). C.F.G.S. de Electromedicina ( D. 6/9/2016) FAMILIA DE INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO
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C.F.G.M. Instalaciones y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas (R.D. 2045/1995 y R.D. 1150/1997). C.F.G.S. de Prevención de riesgos laborales (R.D. 1161/2001 y D. 270/2003).
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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V.CRITERIOS Y MEDIDAS DE CARÁCTER GENERAL PARA ATENDER A LA DIVERSIDAD, LA ORIENTACIÓN, Y LA TUTORÍA Y PROGRAMAS INSTITUCIONALES QUE SE DESARROLLAN EN EL CENTRO. Tanto el Decreto 138/2002, que ordena la respuesta educativa a la diversidad del alumnado como el Decreto 43/2005, que regula la orientación educativa y profesional, unifican los contenidos previstos en las denominadas Medidas de Atención a la Diversidad, la Orientación y la Tutoría. Estas Medidas de Atención a la Diversidad, la Orientación y la Tutoría serán elaboradas, siguiendo los criterios de la Comisión de Coordinación Pedagógica, por el Departamento de Orientación con la colaboración de los tutores y bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios. Será aprobado por el Claustro de Profesores. Al desarrollo de estas medidas deberán contribuir todos los miembros de la comunidad educativa, en particular el profesorado. La variedad de alumnado en nuestras aulas hace necesaria una intervención cada vez más individualizada para hacer frente a las múltiples situaciones personales y sociales de cada uno. Por ello debemos implantar medidas organizativas y metodológicas que desde nuestro Centro prevean y optimicen la intervención educativa. La atención a la diversidad, supone: Un currículo que se adapte a las necesidades de los alumnos. Una atención planificada y organizada. Unos profesores con actitudes favorables a la ayuda a los alumnos. Un ambiente escolar de respeto, sin fronteras físicas ni psicológicas. Unos valores compartidos de aceptación de todos los alumnos. Una evaluación continua y personalizada. Por atención a la diversidad entendemos toda actuación educativa que esté dirigida a dar respuesta a las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, étnicas, de inmigración y de salud del alumnado. La diversidad es consustancial al proceso de enseñanza aprendizaje. Los departamentos han de diseñar las programaciones didácticas teniendo en cuenta el análisis de necesidades mencionadas partiendo de la diversidad del alumnado.
1 CRITERIOS GENERALES QUE GUÍAN LA RESPUESTA A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO EN LOS DISTINTOS ÁMBITOS DE ACTUACIÓN DEL CENTRO Y EN EL ENTORNO SOCIAL El I.E.S. “San José” asume como bases e instrumentos de la atención a la diversidad: I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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La normalización, integración e inclusión escolar, la compensación y la interculturalidad. La prevención, la atención individualizada y la orientación educativa, la cooperación entre administraciones públicas e instituciones, la participación de los representantes legales. El proceso de atención a la diversidad ha de seguir unas líneas globales, flexibles y dinámicas, teniendo en cuenta criterios como: Partir siempre de una evaluación del alumno contextualizada en su proceso de enseñanza- aprendizaje y basada en una opinión consensuada. Partir del currículo ordinario, de la medida más general a la más específica. Tender siempre a la medida más normalizadora. Informar a la familia. Garantizar la reversibilidad de la medida. Todas las actuaciones concretas de atención a la diversidad, quedarán recogidas en un Plan de Trabajo Individualizado del alumnado que las precise. Este documento incorporará las líneas y pautas de seguimiento durante el curso.
2 MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Entendemos por medidas aquellas actuaciones y programas de tipo organizativo, curricular y de coordinación que se pueden llevar a cabo en el proceso de planificación o en el desarrollo de los procesos de enseñanzaaprendizaje para atender a la diversidad del alumnado. Dichas medidas deberán abarcar desde la prevención hasta la intervención directa con el alumnado, y pueden ser generales, ordinarias de apoyo y refuerzo educativo o extraordinarias.
2.1. Medidas curriculares y organizativas de carácter general Son medidas de carácter general todas aquellas estrategias dirigidas a la adecuación de los elementos prescriptivos del currículo al contexto sociocultural del centro educativo y a las características del alumnado. Las medidas generales de atención a la diversidad son once: 2.1.1. El desarrollo de la orientación personal, escolar y profesional. Estas medidas se pondrán en práctica a través de la acción tutorial, que se desarrollará posteriormente. La orientación educativa tiene por objeto optimizar el rendimiento del proceso de enseñanza-aprendizaje, mediante un adecuado asesoramiento al alumno a lo largo de su paso por el sistema educativo y también en lo referente a su tránsito a la vida activa. La orientación se I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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considera una labor inherente a la educación y una labor de todos los docentes. 2.1.2. La optatividad. El Centro ofrecerá materias e itinerarios optativos para completar la formación del alumnado. 2.1.3.
La organización de los contenidos.
2.1.4. Metodologías adecuadas a la individualización y cooperación entre iguales. Medida que ha de ser desarrollada con todo el alumnado con el fin de que el profesorado pueda conocer a la diversidad de sus alumnos (hábitos, modos de trabajo, estilos de aprendizaje y contenidos que poseen los alumnos) desde el comienzo de curso. En la adopción de esta medida se seguirán las siguientes actuaciones:
Realizar una evaluación inicial para conocer el nivel de competencia curricular del alumnado y deducir necesidades del grupo y de cada alumno.
Secuenciar contenidos atendiendo a los niveles y necesidades particulares del aula.
Elaborar las programaciones de aula ordenación lógica de los contenidos.
Adoptar otro tipo de medidas que afectan a la organización para una mejor atención a la diversidad.
con
coherencia
y
2.1.5. La priorización de estrategias cooperativas y de ayuda entre iguales, con el ánimo de mejorar la convivencia en las aulas. 2.1.6. La adaptación de materiales curriculares al contexto y al alumnado (recursos adaptados, medios informáticos). Para un aprendizaje globalizador y funcional, que se acerque al entorno más cercano de nuestros alumnos, se realizarán actividades y se utilizarán materiales teniendo en cuenta el contexto natural, económico, social y cultural de la zona, como instrumento de concreción del currículo establecido. 2.1.7. El trabajo cooperativo entre profesorado y la participación de dos o más profesores en un mismo grupo en algunas actividades o desdobles. Se organizarán desdobles de grupos en determinadas materias para facilitar la respuesta a la diversidad y optimizar el aspecto práctico. 2.1.8. La permanencia de un año más en un curso, ciclo o etapa. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden15/04/2016, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regula la evaluación del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria. 2.1.9. El desarrollo de programas de absentismo escolar, educación en valores, transición a la vida adulta, acceso al mundo laboral, hábitos sociales. El procedimiento seguido para comunicar a las familias las faltas de asistencia es el recogido en las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro. Cuando se aprecie una continuada falta de asistencia, no I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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se esperará hasta final de mes, sino que se llamará por teléfono a la familia para informar de esta situación de forma inmediata y, si procede por la reincidencia y los informes anteriores, se dará comunicación a los Servicios Sociales desarrollando un plan de intervención. Cuando se detecte un caso de absentismo escolar, se pondrán en marcha las actuaciones establecidas en la Orden de 9 de Marzo de 2007, de las Consejerías de Educación y de Bienestar Social, por la que se establecen los criterios y procedimientos para la prevención, intervención y seguimiento sobre el absentismo escolar. El Departamento de Orientación propondrá a los tutores en las reuniones semanales que se llevan a cabo durante todo el curso, que en las sesiones de tutoría se realicen actividades para todo el alumnado trabajando la motivación, la autoestima, las relaciones grupales, los hábitos de estudio, etc. con el objetivo de contribuir al desarrollo personal del alumno, despertando su mayor interés por el estudio. 2.1.10. El cumplimiento del Plan de Acogida de Alumnos del Centro. Su objetivo es favorecer el proceso de adaptación de todos los alumnos, no solo del alumnado inmigrante. En este documento se señalan actuaciones dirigidas a alumnos de 1 º de E.S.O. de los centros de Educación Primaria de la zona, alumnos que acceden a Bachillerato y ciclos formativos de Grado Medio y Superior, alumnos trasladados de otros pueblos o ciudades y el alumnado inmigrante que se incorpora a lo largo de todo el curso, que hace que esta acogida se dilate más en el tiempo. 2.1.11. Programas de Refuerzo Educativo (PRE). Se elaborarán Programas de Refuerzo Educativo para el alumnado que lo precise siguiendo la Orden de 15 de abril de 2016 por la que se regula la evaluación en la educación secundaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Cuando el progreso de un alumno no sea el adecuado, el profesorado adoptará el oportuno programa de refuerzo educativo. Este programa se adoptará en cualquier momento del curso, tan pronto como se detéctenlas dificultades, y estará dirigido a garantizar la adquisición de los aprendizajes básicos. Para realización del PRE podrá contar con el asesoramiento del Departamento de Orientación. Igualmente, el profesorado correspondiente elaborará un Programa de Refuerzo Educativo para aquellos alumnos que deban realizar pruebas extraordinarias.
2.2. Medidas ordinarias de apoyo y refuerzo 2.2.1 El desarrollo de grupos flexibles preferentemente dentro de las áreas instrumentales básicas: Lengua castellana y Matemáticas.
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Para el desarrollo de los grupos flexibles, previamente el profesor titular de la materia, y tras la evaluación inicial, propondrá los alumnos candidatos a formar parte del grupo flexible. Son pequeños grupos de alumnos que manifiestan cierta dificultad para adquirir los contenidos mínimos establecidos y que salen del aula para que otro profesor del departamento les imparta la clase adaptándose a sus necesidades. Los grupos son abiertos, puede existir movilidad a lo largo del curso en función de los avances y las necesidades de cada alumno. 2.2.2 Actividades de apoyo y refuerzo educativo.
Se organizarán actividades de refuerzo con profesorado específico, al menos en las materias de Lengua castellana y literatura y Matemáticas, por su carácter eminentemente instrumental.
Los refuerzos podrán aplicarse tanto dentro como fuera del aula: o Fuera del aula: alumnos que presentan dificultades de base o graves deficiencias en alguna o en las dos materias. o Dentro del aula: alumnos con diferentes ritmos de aprendizaje que necesiten un refuerzo de tipo simultáneo, sobre todo en el trabajo práctico.
El perfil del alumnado destinatario de estas actividades de refuerzo: o Muestra interés por aprender. o Promociona con evaluación negativa en alguna materia instrumental y en un informe de evaluación anterior se expresa esta medida como la más ajustada. o Tiene grandes deficiencias en estas materias o Necesita diferente ritmo de aprendizaje.
Para la incorporación al refuerzo educativo los profesores de las materias que detecten necesidades en algún alumno, lo comunicarán al tutor, y éste informará a la Junta de Profesores durante la sesión de evaluación más próxima, y propondrá su derivación para participar en las actividades de refuerzo. La junta de Profesores tomará la decisión por consenso, con el asesoramiento del Departamento de Orientación y se seguirán los procedimientos establecidos en la Programación General.
2.2.3. Medidas educativas complementarias para alumnado que no promociona. La repetición es una medida extraordinaria y como tal hay que considerarla, no debe ser adoptada como el único recurso para todo tipo de alumnos. Entendemos que se trata de una medida que funciona cuando se aplica a aquellos alumnos que verdaderamente tienen opciones para obtener resultados positivos y cuando se siguen algunas pautas en el desarrollo de la repetición, sólo de esta manera podrá resultar eficaz la no promoción. El procedimiento que se debe adoptar con el alumnado es: I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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o Cada departamento partirá del análisis y revisión a principio de curso de los informes finales de materia de departamento; a partir de esta información se podrán tomar en cada caso las siguientes medidas: o Elaboración de adaptaciones no significativas (objetivos y contenidos básicos, modificaciones aconsejadas en metodología y organización del aula, recursos materiales). o Medidas de refuerzo/apoyo de las materias no superadas. o Actividades complementarias en clase (durante el curso). o Actividades complementarias en casa. Estas medidas serán reflejadas en los informes finales de materia, preferentemente por los profesores que imparten las materias en las que se toma la decisión de no promoción, o bien a lo largo del curso de repetición. Además de lo señalado, los tutores, en colaboración con el Departamento de Orientación, podrán proponer aquellas medidas necesarias para llevar a cabo la respuesta educativa ajustada a la diversidad del alumnado. Recogerán toda la información en el PRE. 2.2.4. La atención educativa al alumnado con grave riesgo de abandono escolar y desmotivados. En los centros educativos se puede constatar que determinados alumnos manifiestan una clara desmotivación escolar y desinterés por los contenidos académicos. Sobre la base de la normativa legal en materia educativa, la respuesta es compleja y difícilmente desemboca en la recuperación ideal de estos alumnos. No obstante, la atención a la diversidad con respecto a esta dificultad se plantea de la siguiente manera. Criterios y procedimientos de detección de este tipo de alumnado: o Control de absentismo a partir de un riguroso seguimiento de las faltas de asistencia. o Registro de partes de incidencias. o Entrevistas con la familia. o Seguimiento de tutorías individualizadas. o Observación y seguimiento por parte de la Junta de Evaluación bajo la coordinación del tutor. Medidas que se pueden adoptar con estos alumnos: o Se pondrá énfasis en el mantenimiento de unos contenidos básicos. o Elaboración de adaptaciones preferentemente globalizadas.
curriculares
no
significativas
o Diseño y oferta de optativas de contenido profesionalizador. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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o Información por parte del Departamento de Orientación de aquellas alternativas que se ajusten al perfil del alumnado. o Colaboración sistemática con los Servicios Sociales de la zona para controlar el absentismo y facilitar el desarrollo coordinado de programas de intervención ajustados a este tipo de necesidades. o Derivación a un Programa de Mejora del Rendimiento y del Aprendizaje o a un ciclo formativo de Formación Profesional Básica. o Mantener contacto con otros centros e instituciones para posibles derivaciones a programas que respondan al perfil de los alumnos (escuelas-taller, programas de formación y empleo...).
2.3. Medidas de carácter extraordinario 2.3.1. Adaptaciones curriculares significativas. Atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. La atención al alumnado con necesidades especificas de apoyo educativo queda recogida en el Título II, Capítulo I de la L.O.E., dedicado a la Equidad en Educación. En él se señala que estos alumnos “requieren una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, por sus altas capacidades intelectuales o por cualquier otra circunstancia personal o familiar que suponga necesidad desde el punto de vista educativo, para que puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos”. Por lo tanto, es necesario señalar las condiciones de identificación de este alumnado, así como las actuaciones, los procedimientos y los responsables. Se entiende por alumnos que presentan necesidades educativas especiales aquellos que requieran, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta. Para su identificación nos encontramos con varias situaciones: I.- Alumno que presenta dificultades de aprendizaje. Se determinan los factores que dificultan el aprendizaje mediante la evaluación ordinaria de la competencia curricular, con la coordinación del profesor tutor. Se adoptan las medidas propuestas para solucionar dificultades. Se evalúa la eficacia de dichas medidas.
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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esas
Si no son eficaces, se inicia el proceso de evaluación psicopedagógica, por parte del Orientador, mediante el cual se determina si presenta necesidades educativas especiales.
Si no presenta estas necesidades especiales se deben adoptar otras medidas, de carácter general.
Si realmente presenta necesidades educativas especiales: o Se elabora el preceptivo dictamen de escolarización. o Se deciden las medidas de adaptación; estas se recogen en un plan de trabajo individualizado y se establece un seguimiento.
II.- Alumnos que presentan un déficit concreto. Directamente se pasa a la evaluación psicopedagógica y se sigue la misma línea que se ha contemplado en el caso anterior. A aquellos alumnos con necesidades educativas especiales que lleguen a nuestro centro procedentes de Educación Primaria, y hayan sido diagnosticados como ACNEE, no será necesario realizarles la parte de identificación anteriormente citada. No obstante, los procedimientos de atención a este tipo de alumnado quedan resumidos en los siguientes: Inclusión en un grupo de alumnos (contemplando la reducción de la ratio en el grupo clase). Organización del apoyo educativo que recibirá por parte del profesor de Pedagogía Terapéutica (la mayor parte del apoyo se concentra en las materias instrumentales básicas). Este apoyo se realiza estableciendo como prioridad la gravedad de las necesidades educativas especiales que el alumno presenta, e intentando hacer coincidir el horario del apoyo con el desarrollo de la materia en cuestión, Lengua o Matemáticas. Elaboración de las correspondientes adaptaciones curriculares por parte del profesorado. (En las juntas de evaluación inicial se explica el procedimiento de elaboración de las adaptaciones curriculares que deben incluirse en los correspondientes PRE de cada alumno). Coordinación de los distintos profesionales que intervienen con el alumno. (Al principio de curso se realizan juntas de evaluación de los profesores que intervienen en los grupos en los que estos alumnos/as están escolarizados, y junto con el profesor de Pedagogía Terapéutica y el orientador se explican las características del alumno/a, el nivel de competencia curricular y las áreas en las que precisa se le adapte el currículo.) Seguimiento. (Se realiza por trimestres a través de las juntas de evaluación del grupo clase y se refleja en el PRE del alumno). Para la elaboración y el seguimiento de las adaptaciones curriculares se seguirá el siguiente procedimiento: I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Al principio de curso, una vez ubicado el alumno en su grupo clase, se facilitará a los tutores desde el Departamento de Orientación, una ficha para informar sobre las características del alumno con necesidades educativas especiales, el nivel de competencia curricular que tiene, así como la necesidad de realizar adaptaciones curriculares que deben incluirse en su PRE. Las adaptaciones curriculares se podrán realizar por trimestres o para todo el curso, con los preceptivos seguimientos en cada evaluación, así como un informe al final de curso en que se evalúe el desarrollo completo de la adaptación curricular, así como el desarrollo global del alumno a lo largo del curso académico. Las adaptaciones curriculares se entregarán, en una fecha propuesta durante el primer trimestre del curso, en Jefatura de Estudios o en el Departamento de Orientación, desde donde se trasladarán al expediente del alumno. III.- Alumnos con altas capacidades. Si surgiera el caso, el proceso que se seguiría y las medidas que se adoptarían son las siguientes: -
Si se detecta la posibilidad de que un alumno poseyera altas capacidades durante la escolarización en el Centro:
El Departamento de Orientación realizará la evaluación psicopedagógica y emitirá el correspondiente informe psicopedagógico junto con el dictamen de escolarización.
Se solicitará, si el caso concreto lo aconseja, la flexibilización curricular a la Administración educativa como medida extraordinaria.
-
Si el alumno/a es escolarizado en el Centro con el dictamen ya resuelto, se seguirán las pautas reflejadas en su informe psicopedagógico.
-
En ambos casos las medidas para ajustar la respuesta educativa a las características de estos alumnos serán:
Elaboración de adaptaciones con ampliación y enriquecimiento en aquellas áreas en las que el alumno manifieste mayor capacidad y potencialidad, y con inclusión de materias de otros niveles, si fuera necesario.
Diversificación de actividades y aplicación de metodologías flexibles que beneficien a todos los alumnos (monitorización, tutorías entre iguales...)
La evolución de los alumnos con altas capacidades intelectuales estará sujeta a seguimiento en los mismos términos señalados para los alumnos con necesidades educativas especiales en general, y se atenderá prioritariamente al desarrollo socioafectivo del alumno. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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IV.- Alumnos de incorporación tardía en el sistema educativo y/o con desconocimiento del castellano. Se favorecerá la inclusión de los alumnos que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo. Dicha incorporación se garantizará, en todo caso, en la edad de escolarización obligatoria. Se contemplan las siguientes condiciones: La escolarización de estos alumnos atenderá a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico, de modo que se puedan incorporar al curso más adecuado a sus características y conocimientos previos, con los apoyos oportunos, y de esta forma continuar con aprovechamiento su educación, previo informe del responsable de orientación del Centro, en el que se indicará además el programa individualizado necesario para su normalización. El desarrollo de programas específicos para los alumnos que presenten graves carencias lingüísticas o en sus competencias básicas, a fin de facilitar su integración en el curso correspondiente. Se señala que el desarrollo de estos programas será en todo caso simultáneo a la escolarización de los alumnos en los grupos ordinarios, conforme al nivel y evolución de su aprendizaje. Y se adoptarán las medidas necesarias para que los padres o tutores de estos alumnos reciban el asesoramiento necesario sobre los derechos, deberes y oportunidades que comporta la incorporación al sistema educativo español. En función de todo esto, es necesario configurar grupos, apoyos y refuerzos para el aprendizaje del castellano. V.- Alumnos convalecientes y hospitalizados Las condiciones de intervención se planificarán en función de las necesidades del alumnado y se ajustarán de forma flexible al periodo de hospitalización y convalecencia. Se priorizará la atención a las etapas obligatorias, al periodo de mayor duración de la hospitalización o convalecencia y al alumno con menor grado de autonomía. La familia, una vez conocida la hospitalización o convalecencia del alumno, lo comunicará al Director del Centro, quien pondrá en conocimiento de la Delegación de Educación y Ciencia y del Equipo de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria (EAEHD) las necesidades educativas del alumno derivadas de su enfermedad. Iniciado el proceso se garantizará la coordinación entre el Centro y los profesionales que desarrollan la atención educativa y las familias. El EAEHD necesitará la colaboración del tutor y del Departamento de Orientación para elaborar un PRE para el alumno, a partir de la evaluación inicial realizada por el equipo educativo. Por lo que será necesario hacer constar tanto el nivel de competencia curricular del alumno, como la programación de las diferentes áreas, sirviendo de base para la respuesta educativa. El EAEHD elaborará un informe final I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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en el que consten los progresos del alumno durante su periodo de hospitalización y convalecencia y será enviado al centro educativo. 2.3.2. Programas de Diversificación Curricular. Desde el Centro se incluye como parte de la oferta formativa un Programa de Diversificación Curricular, este programa se entiende como medida extraordinaria de atención a la diversidad, ya que los alumnos que accedan al mismo han de haber agotado otras medidas generales u ordinarias. La finalidad del programa es la de favorecer que el alumnado alcance los objetivos generales de la etapa, desarrolle las competencias básicas y obtenga el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria mediante una organización diferente de las materias del currículo y una metodología más individualizada. El Programa de Diversificación Curricular del Centro se ajusta a la normativa vigente y para la incorporación de alumnado al Programa se seguirán los requisitos y procedimientos establecidos en la Orden de 4 de junio de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan los programas de versificación curricular en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 2.3.3. Programas de Cualificación Profesional Inicial (P.C.P.I.). La finalidad de los P.C.P.I. es contribuir al desarrollo personal del alumnado que los curse y a la adquisición de un conjunto de competencias profesionales correspondientes a la estructura del Catálogo Nacional de Cualificaciones encaminado a la consecución de al menos un Certificado de Profesionalidad que posibilite una inserción sociolaboral satisfactoria.
3 ORIENTACIÓN Y TUTORÍA Las Medidas de Atención a la Diversidad, la Orientación y la Tutoría tienen entre sus objetivos el desarrollo pleno del alumnado, aspecto que se consigue en gran parte gracias a las acciones tutoriales. La tutoría, como parte de la función docente, es responsabilidad de todo el profesorado, y tiene como finalidad contribuir a la personalización e individualización de los procesos de enseñanza y aprendizaje y las tareas de mediación entre el alumnado, profesorado y familia. Entre los PRINCIPIOS que asumimos para el desarrollo de la acción tutorial, están: Entender la acción tutorial como una labor pedagógica encaminada al acompañamiento y seguimiento del alumnado con la intención de que el proceso educativo de cada alumno se desarrolle en las condiciones más favorables. La acción tutorial forma parte de la acción educativa y es inseparable del proceso de enseñanza y aprendizaje. Concebimos la tutoría como un recurso educativo al servicio del aprendizaje y por ello nuestras acciones tutoriales I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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tratarán de ser coherentes con los principios y criterios educativos acordados en este Proyecto Educativo de Centro. Entendemos la orientación y la tutoría de los alumnos como tarea de todo el profesorado y, por ello, como algo que abarca tanto las actuaciones que, con carácter más específico, desarrolla el profesor tutor con su grupo o en la comunicación con las familias y el resto del profesorado, como aquellas otras que cada profesor, dentro de su área, lleva a cabo para orientar, tutelar y apoyar el proceso de aprendizaje de cada uno de sus alumnos. Aunque en el I.E.S. “San José” la orientación y la tutoría de los alumnos sea una tarea compartida por el profesorado, la figura del profesor-tutor es imprescindible para la coordinación del equipo de profesores del grupo, para el contacto con las familias y para el desarrollo de algunas funciones específicas. En la misma línea y para que la acción tutorial se desarrolle lo más óptimamente posible se plantean, además, determinadas actuaciones con el alumnado, con las familias y con el profesorado: I.- Actuaciones con grupos de alumnos: Favorecer la adaptación de los alumnos recién llegados al Centro, llevando a cabo el Plan de Acogida del Centro. Fomentar en el alumno el conocimiento y la aceptación de sí mismo favoreciendo los procesos de madurez personal, desarrollo de la propia identidad y sistemas de valores, a través de las actuaciones tutoriales pertinentes. Prevenir las dificultades de aprendizaje, anticipándose a ellas y evitando fenómenos de abandono, fracaso e inadaptación escolar. Preparando exhaustivamente las evaluaciones iniciales, estableciendo la posibilidad de que los grupos sean flexibles durante este periodo, atendiendo al comportamiento y la convivencia. De todos modos, el cambio de grupo de un alumno durante este periodo se realizará cuando la junta de profesores haya valorado que esta medida es imprescindible para el buen desarrollo del alumno y la buena marcha del grupo clase. Detección temprana de posibles dificultades de aprendizaje en los alumnos de 1º de E.S.O. mediante la observación y la información llegada de la Educación Primaria en los preceptivos informes. Se llevará a cabo un seguimiento individualizado de dichos alumnos a través de las reuniones semanales de tutores. Elaborar y observar las normas básicas de convivencia en el grupo y fomentar los mecanismos de mejora de la comunicación y clima de la clase. Se trabajará a través de las tutorías de todos los cursos, complementando con el trabajo de diferentes técnicas y desarrollo de habilidades de comunicación y cooperación en el aula. Informar a los alumnos sobre el proceso evaluador y asesorarles sobre su promoción. De los criterios de evaluación y promoción serán informados por los tutores. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Orientación personal al alumnado que lo requiera, por parte del Departamento de Orientación: se partirá siempre de una derivación del equipo docente, vía tutor o a petición de los padres. Adquirir información sobre las opciones educativas del próximo curso y favorecer los procesos de orientación vocacional y toma de decisiones. Impulsar la aplicación de programas relativos a:
La mediación y mejora de la convivencia (aprender pautas de conducta, normas y valores adecuados a nuestra sociedad), la enseñanza de habilidades sociales, técnicas de comunicación, asertividad y habilidades de autocontrol. Por otro lado el Programa de aprender a ser persona pretende que el alumno se integre satisfactoriamente en grupos, adquiera autoestima...
Aprender a construir la igualdad entre hombres y mujeres; a los hábitos y técnicas de estudio. La capacidad de pensar es un conjunto de habilidades susceptibles de enseñanza, que mejoran mediante el entrenamiento. En esta etapa se consideran imprescindibles.
La toma de decisiones, para que los alumnos aprendan forma adecuada según el objetivo que persiguen, capaces de enfrentarse a la elección de materias, formativos, etc. Programa de toma de decisiones (en E.S.O. y en Bachillerato).
Y al pensamiento creativo y emprendedor, donde se fomentará la curiosidad, la iniciativa personal, el trabajo en equipo, la planificación, la toma de decisiones. Se puede conectar con el anterior programa, dado que tanto la E.S.O. como el Bachillerato, además de etapas preparatorias, también son terminales y una de sus salidas es el mundo laboral.
a elegir de que sean itinerarios 3º y 4º de
Canalizar las necesidades de atención individual de los alumnos que se detecten para tomar las oportunas medidas educativas de evaluación, refuerzo, adaptación y seguimiento, fundamentalmente a través de las juntas de evaluación. II.- Con familias: Realizar las reuniones y entrevistas que sean necesarias para canalizar la colaboración de los padres. Dar a conocer a los padres o responsables de los alumnos la existencia del Departamento de Orientación y difundir sus funciones entre los mismos. Informar a las familias de aquellos asuntos que se estimen relevantes para la educación de sus hijos. Favorecer el intercambio de información entre tutores, profesores y padres. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Promover la participación y colaboración de las familias en la vida del Centro y del aula. Recibir y canalizar inquietudes y preocupaciones de los padres. Recabar información de las familias en asuntos relacionados con sus hijos. III.- Coordinación de tutores y equipo docente: Asesorar en el desarrollo de las acciones tutoriales, coordinar y colaborar en la programación y realización de las sesiones de tutoría. Facilitar recursos para trabajar la acción tutorial con los alumnos. Este material se proporciona en las reuniones de coordinación que se celebran semanalmente para tratar todos aquellos aspectos relacionados con la tutoría, así como para preparar la siguiente sesión que se ha de desarrollar en el grupo clase. Los acuerdos y conclusiones serán plasmados por escrito en sus correspondientes actas. Apoyar y asesorar a tutores en la coordinación del proceso evaluador y la información acerca de los alumnos, así como las entrevistas con las familias. Informar al profesorado de los incidentes o dificultades que puedan surgir con los alumnos, proporcionando información sobre aspectos académicos, familiares y sociales que incidan en el ámbito educativo; fracaso escolar, casos de absentismo, otras problemáticas, etc. Informar en la C.C.P. del desarrollo y aplicación de las acciones tutoriales y fomentar e impulsar las sugerencias y propuestas de trabajo para el plan. Coordinar con el equipo docente las respuestas dadas a las diversas dificultades de aprendizaje, mediante refuerzo pedagógico, adaptaciones o diversificaciones curriculares. Coordinar la actuación integrada e interdisciplinar de la acción tutorial. Contribuir a la personalización de la educación, así como a la adecuada relación e interacción con los distintos integrantes de la comunidad educativa. IV.- La orientación académica y profesional La orientación académica y profesional debe entenderse como un proceso que se desarrolla durante toda la Educación Secundaria, ubicado dentro del proceso de enseñanza-aprendizaje, adquiriendo una especial relevancia en aquellos momentos en los que la elección entre diferentes opciones puede condicionar en gran medida el futuro académico y profesional de los alumnos. Desde el plan de orientación, se pretende:
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Desarrollar la orientación académica y profesional como un proceso a lo largo de toda la escolaridad y promover que sea asumido como interdisciplinar en todo el Centro. Facilitar a los alumnos de primaria el paso a la educación secundaria, permitiéndoles conocer el Centro mediante una jornada de puertas abiertas y programa de acogida de nuevos alumnos. Preparar a los alumnos en elementos que faciliten el conocimiento de sí mismos (aptitudes específicas, intereses, motivaciones, características de personalidad), del medio educativo y del mundo del trabajo. (Todos estos aspectos se desarrollarán a través de las acciones tutoriales, durante la hora de tutoría mediante recursos bibliográficos y audiovisuales, elaborados y actualizados.) Asesorar a los alumnos de cada curso sobre las materias optativas y/o itinerarios del curso siguiente, con el fin de que puedan elegir responsable y acertadamente. Facilitar a los alumnos conocimiento sobre procedimientos de inserción laboral. Colaborar con distintas instituciones externas para conseguir establecer un cauce de mediación entre el alumnado y el mundo del trabajo. Colaborar en la elaboración del Consejo Orientador al finalizar la Educación Secundaria Obligatoria. Contactar con otros centros e instituciones (universidades, institutos, centros ocupacionales...) para facilitar la toma de decisiones del alumnado.
4 PROGRAMAS INSTITUCIONALES QUE SE DESARROLLAN EN EL CENTRO 4.1. Programa para la prevención y seguimiento del absentismo escolar. Este programa se desarrolla fundamentalmente por el educador social, con la colaboración y coordinación del Centro y el resto de miembros de la Comunidad Educativa. El programa está diferenciado en dos ámbitos de actuación: Prevención del abandono temprano para conseguir los siguientes objetivos: Detectar a los alumnos menores de 16 años que no se incorporen con normalidad al curso académico, en coordinación con la Jefatura de Estudios y los tutores. Detectar a los menores de 16 años que, debiéndose matricular en nuestro Instituto, no lo hacen. Para ello son necesarias actuaciones del tipo: I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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o Coordinación con Servicios Sociales, etc., para la detección de menores no escolarizados. o Indagación de posibles matriculaciones de menores en otros centros. o Comunicación con la Comisión de Escolarización, para intentar averiguar la situación de aquellos menores no matriculados en el Instituto ni en otros centros educativos. o Información a la Comisión Local de Absentismo de aquellos casos que la Comisión de Escolarización desconozca. Intervención en casos de absentismo escolar intermitente o riesgo grave de abandono total, pues se pretende conseguir la regularidad y continuidad de la escolarización del alumnado, principalmente del menor de 16 años de edad. Las actuaciones son las siguientes: o Colaborar en la regularización de la asistencia en los casos derivados por los tutores y/o la Jefatura de Estudios, una vez que estos han realizado las acciones oportunas determinadas en la Orden de 9 de marzo de 2007, sobre absentismo escolar. o Valoración de la situación y coordinación con los Servicios Sociales. o Notificación telefónica y/o escrita a las familias. o Entrevista con las familias en el Centro y/o visita al domicilio. o Entrevista con el propio alumno. o Seguimiento. o Información a la Comisión de Absentismo sobre las actuaciones realizadas en los casos de absentismo escolar. Otras actuaciones paralelas serán: Coordinación con los recursos de la zona para el conocimiento de posibles intervenciones realizadas en el contexto sociofamiliar del alumno. Información, en los casos necesarios, sobre los recursos educativos complementarios. Propuestas de intervención conjunta con profesionales de otros servicios. Devolución de información al tutor de todas las actuaciones realizadas y propuestas de intervención.
4.2. P.R.O.A. (Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo). El P.R.O.A. ofrece recursos a los centros educativos para que, junto a los demás actores de la educación, trabajen en una doble dirección: contribuir a debilitar los factores generadores de la desigualdad y garantizar la atención a I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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los colectivos más vulnerables para mejorar su formación y prevenir los riesgos de exclusión social.
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VI. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN CON EL RESTO DE LOS CENTROS DOCENTES Y CON LOS SERVICIOS E INSTITUCIONES DE SU ENTORNO 1 CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN CON OTROS CENTROS DOCENTES I.- Centros de Primaria El Centro está incorporado al Plan de Orientación de Zona establecido por la Administración. Conforme a dicho Plan, el Centro mantendrá reuniones de coordinación con los centros de Educación Primaria con amplio número de alumnos asignados: en junio y a lo largo del curso, con la asistencia del Jefe de Estudios, el Orientador, los jefes de los departamentos de Inglés, Lengua española y Matemáticas, o profesores que impartan estas asignaturas en el primer ciclo de E.S.O., y los tutores de sexto curso de los centros de Primaria, quienes aportarán los informes pertinentes sobre las características del alumnado. En estas reuniones se pondrán en común además cuestiones programación, contenidos, metodología, hábitos de trabajo, etc.
de
II.- Centros de Secundaria El Centro favorecerá la realización de actividades culturales y deportivas en colaboración con otros centros del entorno. El Director mantendrá una reunión trimestral con los directores de los otros centros de la localidad, con el fin de coordinar soluciones para lo problemas de interés común. El Centro organizará una jornada de puertas abiertas para dar a conocer nuestras instalaciones y proyecto educativo al alumnado de los centros de la provincia que así lo soliciten. III.- Universidad El Centro podrá solicitar a la Universidad de Castilla-La Mancha la realización de visitas informativas para que el alumnado de Segundo de Bachillerato y de ciclos formativos de Grado Superior conozca la oferta educativa, las condiciones de acceso, la vinculación de materias a estudios universitarios, etc. El Centro podrá solicitar a la Universidad el uso de alguna de sus instalaciones o materiales educativos. IV.- Centros de Secundaria en el Extranjero El Centro viene organizando un intercambio escolar con un centro de Secundaria del sur de Francia: Lycée de Vallbonne, junto con otros centros de Secundaria de la ciudad. Nuestros alumnos asisten y se incorporan a la vida escolar del Centro francés durante el mes de septiembre; del mismo modo los I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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alumnos franceses hacen lo propio durante el mes de abril. Los alumnos conviven con sus respectivas familias de acogida y realizan actividades conjuntas con los alumnos de otros centros de la ciudad que también se integran en este programa. El nivel educativo en que se desarrolla este intercambio es el de tercero o cuarto de E.S.O.
2 CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE COLABORACIÓN CON LOS SERVICIOS E INSTITUCIONES DEL ENTORNO El Centro colaborará con otras instituciones tanto privadas como públicas. Dicha colaboración puede llevarse a cabo a propuesta de las instituciones o a propuesta del propio Centro. La realización de actividades en colaboración con otras instituciones debe atender a los siguientes criterios: 1. Que favorezcan o complementen el currículo académico. 2. Que no supongan una alteración importante del horario lectivo. 3. Que no representen un gasto inasumible para el Centro. 4. Que sea autorizada por algún órgano de gobierno del Instituto. La actividad debe seguir el siguiente procedimiento: programación, realización y evaluación. 1. Programación.- La actividad debe estar prevista en la Programación General del Centro o en la Programación Didáctica del departamento implicado, con especificación de los objetivos, contenidos, temporalización, presupuesto y profesorado responsable. Si la actividad no está incluida en la programación, debe ser aprobada de manera excepcional por el Consejo Escolar. 2. Realización.- La actividad se llevará a cabo en todo momento bajo la supervisión del profesorado responsable. 3. Evaluación.- El departamento u órgano responsable de la actividad evaluará la consecución de los objetivos así como la conveniencia de su consolidación, oída, en su caso, la entidad colaboradora. Si alguna de las actividades en colaboración con otras instituciones no cumpliera con las expectativas previstas, su continuidad podrá ser desautorizada por los órganos competentes del Centro.
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VII. COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LA COMUNIDAD EDUCATIVA PARA MEJORAR EL RENDIMIENTO DEL ALUMNADO. La Comunidad educativa del I.E.S. “San José”, llevada por su interés en mejorar la calidad de la educación, ha asumido una serie de compromisos materializados en la adscripción a diversos programas e iniciativas promovidos por las administraciones y por diferentes sectores de la comunidad educativa. Programa British Council del M.E.C., adscrito al Programa de Secciones Europeas de la Consejería de Educación y Ciencia de Castilla-La Mancha: El C.E.I.P. “El Carmen” y el propio I.E.S. “San José” desarrollan la enseñanza bilingüe a determinados grupos de alumnos. Para el desarrollo de este programa el Centro habilitará una hora lectiva más de inglés, de 14:30 a 15:25, para los alumnos que cursen este programa. Asimismo se facilitará la formación y el acceso a materiales específicos para los profesores que imparten las materias de Ciencias sociales y Ciencias naturales y Biología en inglés. Programa de acompañamiento escolar (P.R.O.A.) destinado a mejorar el rendimiento de alumnos que presentan dificultades en sus estudios mediante un refuerzo académico individualizado fuera del horario escolar. Programa Erasmus para permitir la realización de prácticas en empresas europeas para los alumnos de Ciclos Formativos de Grado Superior. Programa Leonardo para permitir la realización de prácticas en empresas europeas para los alumnos de Ciclos Formativos de Grado Medio. Cursos de temática variada promovidos por la A.M.P.A. del Centro, destinados a los alumnos como complemento a su formación académica. Convenios de colaboración con diversas empresas para el desarrollo de prácticas por parte de los alumnos de Ciclos Formativos. Al margen de la participación en estos programas, el I.E.S. “San José” se compromete a adoptar todo tipo de medidas organizativas necesarias para mejorar el rendimiento escolar de sus alumnos. Cada año estas medidas se concretarán en la P.G.A. correspondiente. Las medidas se centrarán en las siguientes actuaciones: Realizar desdobles en 1º de la E.S.O. en Matemáticas, Lengua e Inglés. Desdoblar otros grupos entre 2º y 4º de E.S.O. que presenten bajo rendimiento general en las asignaturas instrumentales. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Apoyar fuera del aula a alumnos concretos con bajo rendimiento en las asignaturas instrumentales. Reforzar la actuación del profesor en el aula con otro profesor, para los alumnos con dificultades en las asignaturas instrumentales y en asignaturas de eminente carácter práctico como Tecnología e Informática en la E.S.O. Formar grupos de apoyo a inmigrantes con desconocimiento parcial o total del español y favorecer una atención individualizada de los mismos. Desarrollar el plan de acogida tanto para los alumnos que se incorporan en 1º de E.S.O. como para los de incorporación tardía al sistema educativo y/o inmigrantes. Desdoblar grupos para la realización de prácticas en determinadas materias o módulos de ciclos formativos. Desarrollar un sistema de tutorías individualizadas para alumnos con bajo rendimiento académico o problemas de convivencia y/o absentismo. Aula de convivencia. Aprendizaje cooperativo en determinados grupos de E.S.O. Realizar un seguimiento de los alumnos de 4º que no han conseguido la titulación en los dos últimos años para que, conforme a la normativa, puedan hacerlo a través de las pruebas extraordinarias de titulación en E.S.O. La comunidad educativa al completo debe realizar un esfuerzo para mejorar el rendimiento del alumnado, no siendo solo tarea del profesorado, sino de los padres y madres, que han de implicarse directa y activamente en la educación de sus hijos. El propio alumnado debe asumir su estatus de estudiante esforzándose, colaborando, asistiendo a clase con regularidad, respetando el derecho a la educación de sus compañeros y solicitando ayuda, tanto al profesorado como a sus padres.
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VIII. HORARIO GENERAL ESCOLAR DEL CENTRO
Y
JORNADA
La jornada lectiva normal para todas las etapas y ciclos formativos que se imparten en este Centro y en sus diferentes modalidades y opciones, será la comprendida entre las 8:30 h. y las 14:30 h. en la jornada matutina y desde las 16:00 h. a las 22:00 h. en la vespertina. Para actividades complementarias, de profundización y de refuerzo educativo, así como para el desarrollo curricular del programa British Council la jornada matutina se extiende hasta las 15:25 h. 1. El Centro permanecerá abierto durante el precitado horario lectivo, a disposición de la Comunidad Educativa, para la realización de: Actividades de formación, grupos de trabajo, seminarios, cursos… Reuniones con alumnos, padres y demás agentes, etc. Uso de las dependencias del Centro para actividades complementarias, extraescolares y extracurriculares. Reuniones de profesorado.
los
diferentes
órganos
colegiados
y
juntas
de
Aquellas circunstancias puntuales que precisen del espacio y recursos que vengan a facilitar una mejora en las funciones o finalidades educativas. 2. Las instalaciones, medios materiales y humanos del Centro podrán ser utilizadas por diversos sectores de la Comunidad educativa, previa solicitud razonada y siguiendo el procedimiento establecido en las NCOF del Centro. 3. La Biblioteca permanecerá abierta de 09:25 h. a 13:35 h. por las mañanas y, durante el período de estudio fijado para los alumnos de la Residencia Escolar, en la jornada de tarde. La duración de las clases es de 55 minutos, sin período intermedio entre la salida de una y la entrada en la siguiente; dos períodos de descanso o recreo, entre la 2ª y 3ª clase y entre la 4ª y 5ª, de 15 minutos de duración cada uno de ellos, tanto en la jornada de mañana como en la de tarde. Las actividades lectivas quedan distribuidas de la siguiente forma: En jornada de mañana: 1ª clase: 08:30 h. a 09:25 h. 2ª clase: 09:25 h. a 10:20 h. Descanso: 10:20 h. a 10:35 h 3ª clase: 10:35 h. a 11:30 h. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
En jornada de tarde: 1ª clase: 16:00 h. a 16:55 h. 2ª clase: 16:55 h. a 17:50 h Descanso: 17:50 h. a 18:05 h. 3ª clase: 18:05 h. a 19:00 h 50
4ª clase: 19:55 h Descanso: 20:10 h. 5ª clase: 21:05 h 6ª clase: 22:00 h
4ª clase: 11:30 h. a 12:25 h Descanso: 12:25 h. a 12:40 h. 5ª clase: 12:40 h. a 13:35 h. 6ª clase: 13:35 h. a 14:30 h
19:00 h. a 19:55 h. a 20:10 h. a 21:05 h. a
7ª clase: 14:30 h. a 15:25 h. (Clases de recuperación y Programa British Council). El horario del Centro debe coincidir con el de los dos centros de secundaria ubicados en la misma orilla del río Júcar, para poder compatibilizar determinados servicios comunes a los alumnos de ambos centros como el transporte, diario o de fin de semana.
IX. OFERTA COMPLEMENTARIOS
DE
SERVICIOS
El Centro cuenta con los servicios de transporte, residencia y comedor escolares. TRANSPORTE El Centro recibe alumnos y alumnas procedentes de localidades próximas, mediante un servicio de transporte escolar establecido por la Delegación Provincial, con las siguientes rutas: N º 1
RUTAS DE ESCOLAR Fuentes
TRANSPORTE
2 3 4 5 6 7 8 9 1 0 1 1 1 2 1 3 1 4
Villar del Saz de Arcas Villar de Olalla Urbanización Cañada Molina Las Majadas La Ventosa Fresneda de la Sierra Ribatajadilla Zarzuela Villar de Olalla Jábaga Valera de Abajo Vega del Codorno Beteta
CLASE Diario Diario Diario Diario Diario Diario Diario Diario Diario Diario Diario Diario Fin de Semana Fin de Semana
RESIDENCIA ESCOLAR I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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El Centro dispone de una Residencia Escolar con comedor; este último también está abierto a todo el personal del Centro, al alumnado no interno y a sus familiares, previo pago del precio que determine la Administración Educativa. Por otra parte, conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica de Educación, las instalaciones del Centro estarán disponibles fuera del horario lectivo a todas aquellas instituciones o colectivos públicos o privados que determinen las Administraciones Educativas. En algunos casos, el uso de estas instalaciones podrá tener una contraprestación económica, que será propuesta por quien tenga competencia y aprobada por el Consejo Escolar.
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X.
PLAN DE EVALUACIÓN INTERNA
La evaluación es un componente más del proceso educativo que tiene como finalidad su mejora, mediante un proceso ordenado y sistemático de recogida y análisis de la información sobre la realidad, que permite la posterior toma de decisiones. A la tradicional evaluación del alumnado, la LOGSE y la LOCE incorporan, de forma significativa, la evaluación de todos los componentes que intervienen en el sistema educativo. La Consejeria de Educación y Cultura de Castilla-La Mancha, a partir del marco legislativo establecido por la LOGSE y la LCE, ha regulado la evaluación interna de los centros docentes mediante la Orden de 6 de marzo de 2003, complementada por la resolución de 30 de mayo del mismo año. A partir de este marco legal, el IES San José considera de gran interés para la mejora de la calidad de enseñanza del centro el desarrollo de la evaluación interna para poder detectar las deficiencias y problemas que se planteen en el desarrollo de enseñanza-aprendizaje y en los medios humanos y materiales de que disponemos a fin de poder subsanarlos o plantear las mejoras que se consideren oportunas. Los parámetros en los que se desarrollará esta evaluación interna son los definidos en la normativa vigente que regula este proceso en Castilla la Mancha y que se incluyen en el anexo I. No obstante, en virtud de su autonomía organizativa y, a partir del análisis de la realidad del centro y de los objetivos de trabajo que se fijen para cada curso, se establecerán prioridades de actuación anuales que recogerán en la PGA.
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AMBITO I. VALORACIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE DIMENSIÓN 1: CONDICIONES MATERIALES, PERSONALES Y FUNCIONALES SUBDIMENSIÓN I. 1.1 INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS I. 1.2. PLANTILLA Y CARACTERISTICAS DE LOS PROFESIONALES
QUE EVALUAR Infraestructuras y equipamientos, suficiencia y funcionalidad de los mismos Situación y composición de la plantilla y su adaptación a las necesidades del centro
I. 1.3 CARACTERISTICAS DEL ALUMNADO
El numero de alumnos procedencia cultural e idiomática y su distribución por grupo. Posibles problemas.
I. 1.3 ORGANIZACIÓN DE LOS GRUPOS, Y DISTRIBUCIÓN DE TIEMPOS Y ESPACIOS
Distribución de los alumnos por grupos y criterios empleados. Adecuación de los espacios
COMO EVALUAR Cuadro de infraestructuras/equipamiento. Cuadro de espacios/recursos Recogida de información a través de la PGA Observación y registro de datos. Tutores y Departamento de Orientación elaboran características y aspectos positivos y negativos de los diferentes grupos Elaboración de criterios por el Equipo directivo en la PGA Aportaciones en reunión de tutores.
DIMENSIÓN 2: DESARROLLO DEL CURRICULO SUBDIMENSIÓN I. 2.1. PROGRAMACIONES DIDACTICAS DE MATERIA I. 2.2. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD I. 2.3. PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL Y PLAN DE ORIENTACIÓN ACADEMICA Y PROFESIONAL
QUE EVALUAR Adaptación de las programaciones a las características del alumnado y a las novedades legales. Funcionalidad y adecuación del P.A.D. a las necesidades del Centro Funcionalidad del PAC y del POAP y adaptación a las necesidades del Centro.
COMO EVALUAR Adaptación de las Programaciones Didácticas a los cambios legales Reuniones de tutores y Departamento de Orientación Reuniones de tutores y Departamento de Orientación
DIMENSIÓN 3: RESULTADOS ESCOLARES SUBDIMENSIÓN
QUE EVALUAR
I. 3. RESULTADOS ESCOLARES
Resultados alcanzados por los alumnos de cada grupo y ciclo.
COMO EVALUAR Registros resultados globales por materias y cursos. Valoración de los resultados en las sesiones de evaluación de cada grupo y en la CCP.
AMBITO II. VALORACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DIMENSIÓN 4: DOCUMENTOS PROGRAMATICOS DEL CENTRO SUBDIMENSIÓN
QUE EVALUAR
COMO EVALUAR
II. 4.1. PEC II. 4.2.- PGA y MEMORIA
Valorar la adaptación a la normativa y a la realidad del centro del PEC, la PGA y la Memoria
Análisis del equipo Directivo e informes de la Inspección educativa
DIMENSIÓN 5: FUNCIONAMIENTO SUBDIMENSIÓN
QUE EVALUAR Conocer el desarrollo de los procesos de planificación, ejecución y evaluación de estos órganos QUE EVALUAR
II. 5.1 ORGANOS DE GOBIERNO II. 5.2. ORGANOS DIDACTICOS SUBDIMENSIÓN II. 5.3. GESTIÓN DE RECURSOS Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS SUBDIMENSIÓN II 5.4 ASESORAMINETO Y APOYOS EXTERNOS Y DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA
COMO EVALUAR Autovaloración y aspectos positivos y mejorables por los Órganos de gobierno y de coordinación didáctica
Funcionamiento de los servicios complementarios QUE EVALUAR Valoración del asesoramiento de la inspección educativa
COMO EVALUAR Autovaloración y aspectos positivos y mejorables por el Equipo Directivo COMO EVALUAR Valoración de la CCP y el equipo directivo
DIMENSIÓN 6: CONVIVENCIA Y COLABORACIÓN SUBDIMENSIÓN II. 6. PROCESO DE TOMA DE DECISIONES. CONVIVENCIA Y COLABORACIÓN
QUE EVALUAR
COMO EVALUAR
Valoración del clima de convivencia del centro y de la funcionalidad de las NCOF del centro
Valoración del alumnado, profesorado y familias
AMBITO III. VALORACIÓN DE LAS RELACIONES CON EL ENTORNO DIMENSIÓN 7: CARACTERISTICAS DEL ENTORNO SUBDIMENSIÓN III. 7. CARACTERISTICAS DEL ENTORNO
QUE EVALUAR Comprobar variaciones en el entorno social y familiar de los alumnos del centro
COMO EVALUAR Registro de datos del entorno social y familiar de los alumnos por los tutores
DIMENSIÓN 8: RELACIONES CON OTRAS INSTITUCIONES SUBDIMENSIÓN III. 8. RELACIONES CON OTRAS
QUE EVALUAR Valoración de las relaciones con otras
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COMO EVALUAR Análisis del Equipo directivo y departamentos de
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INSTITUCIONES
instituciones
actividades extraescolares y Orientación
DIMENSIÓN 9: ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES Y COMPLEMENTARIAS SUBDIMENSIÓN III. 9 ACTIVIDADES EXTRACURRICULATRES Y COMPLEMENTARIAS
QUE EVALUAR
COMO EVALUAR
Valoración de las actividades extraescolares y curriculares realizadas en el Centro
Análisis del equipo directivo y Departamento de actividades extraescolares.
AMBITO IV. VALORACIÓN DE LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN FORMACIÓN E INNOVACIÓN DIMENSIÓN 10: EVALUACIÓN, FORMACIÓN E INNOVACIÓN SUBDIMENSIÓN IV. 10. EVALUACIÓN FORMACIÓN E INNOVACIÓN
QUE EVALUAR Valoración del plan de evaluación y de otros planes de formación e innovación desarrollados en el centro
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COMO EVALUAR Valoración del equipo directivo, Departamentos y profesores implicados en los planes de formación e innovación.
XI. NORMAS DE CONVIVENCIA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de 2.006, en su Título V, capítulo II, artículo 120 y siguientes, establece que los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar las normas de organización y funcionamiento del Centro. Por su parte la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la Orden de 25 de junio de 2007 sobre la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria y en el Decreto de 3/2008 de 8 de enero de 2008 sobre Convivencia Escolar en Castilla La Mancha, en su artículo 6, regula las características que deben contener las normas de convivencia, organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria. A partir de esta normativa, el IES San José de Cuenca se dota de las siguientes normas de convivencia, organización y funcionamiento: CAPITULO I PRINCIPIOS BASICOS RECOGIDOS EN EL PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO. Art. 1. El Proyecto educativo del IES San José, aprobado en octubre de 1999 y revisado el 19 de diciembre de 2005, recoge como principios básicos inspiradores de su actuación educativa los siguientes: a) Se fomentará la labor de los órganos de participación del Centro y se alentará la participación de todos los sectores que integran la comunidad educativa de este Centro. b) Se facilitará el trabajo en equipo del profesorado, estimulando la autonomía pedagógica y organizativa de los diferentes departamentos y agrupaciones u órganos de coordinación que puedan surgir en el seno del Claustro de Profesores. Se apoyará la actividad investigadora de los profesores a partir de su práctica docente c) Se atenderá la formación personalizada que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores morales de los alumnos en todos los ámbitos de la vida: personal, familiar, social y profesional. d) La enseñanza será comprensiva e individualizada, admitiendo y entendiendo la diversidad de ritmos evolutivos y de capacidades intelectuales. Se prestará especial atención a la transversalidad y a la educación en valores para favorecer la formación integral de nuestro alumnado. El Centro utilizará como lengua básica el castellano, con la presencia relevante del idioma inglés al estar incorporado al Programa de Secciones Europeas en la ESO. e) La enseñanza se basará en una metodología activa que fomente una actitud curiosa, crítica e investigadora entre los alumnos, que asegure la participación del alumnado en los procesos de enseñanza y aprendizaje y el trabajo individual y en grupo.
f) Se favorecerá la participación y colaboración de los padres o tutores para contribuir a la mejor consecución de los objetivos educativos. g) Se buscará la efectiva igualdad de derechos entre los sexos, el rechazo a todo tipo de discriminación y el respeto a todas las culturas. h) Se fomentará el desarrollo de los hábitos de comportamiento democrático y el respeto y defensa del medio ambiente i) Se garantizará la atención psicopedagógica y la orientación educativa y profesional de los alumnos j) Se desarrollarán mecanismos de evaluación de los procesos de enseñanza y aprendizaje, de los centros docentes y de los diversos elementos del sistema educativo. k) Se promoverá la relación del centro con su entorno social, económico y cultural.
CAPITULO II DEL PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO Y DE SU DE ELABORACIÓN Art. 2. La comunidad educativa del IES San José, bajo la coordinación del Equipo Directivo, participará en la elaboración del Proyecto Educativo del Centro (PEC) según establece la Orden de 25 de junio de 2.007 sobre la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria en su artículo 5. Art. 3. El procedimiento para la elaboración del PEC seguirá los siguientes pasos: a) El Equipo Directivo informará al Consejo Escolar de la finalidad, estructura y aspectos que articulan el PEC y se perfilaran unas líneas generales de trabajo que sirvan de punto de partida para la elaboración del PEC. b) El Consejo Escolar constituirá una comisión encargada de dirigir el proceso de elaboración del PEC. Esta comisión tendrá las siguientes características: 1) Estará compuesta por el Director, El Jefe de Estudios, El Secretario, dos profesores, dos padres, dos alumnos y un representante del personal de administración y servicio (PAS). 2) Sus componentes serán voluntarios, excepto los cargos directivos. Si hubiese más candidatos que plazas a ocupar, cada sector elegirá sus representantes por votación quedando designados los que obtengan mayor número de votos. 3) La comisión podrá dividirse en subcomisiones para tratar aspectos concretos. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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4) Todos los acuerdos deberán tomarse por el conjunto de la comisión con una mayoría, al menos, por mayoría cualificada. c) La comisión elaborará una propuesta de principios generales en cada uno de los apartados que componen el PEC. d) Esta propuesta se hará pública por la Dirección y se hará llegar a los distintos sectores de la comunidad educativa por medio de sus representantes (Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPAS), Junta de delegados, Asociaciones de alumnos, Claustro). Se dará un plazo de un mes para que cada uno de estos sectores pueda realizar, por escrito, cuantas sugerencias y aportaciones considere oportunas a la Comisión. e) La Comisión recogerá las aportaciones y sugerencias que se realicen y las analizará y elaborará un borrador de PEC. f) Éste borrador se presentará ante el Consejo Escolar y será aprobado por la mayoría de dos tercios de los componentes del Consejo Escolar con derecho a voto. g) La comisión contará con toda la ayuda material y administrativa de la Junta Directiva. h) Una vez aprobado el proyecto educativo, el director del centro lo hará público para que sea conocido y pueda ser consultado por todos los miembros de la comunidad educativa. Art. 4. Las modificaciones del Proyecto educativo podrán ser presentadas por el Equipo directivo, por el claustro, por cualquier miembro de los sectores representados en el Consejo Escolar y, en su caso, por las AMPAS o asociaciones de alumnos. Serán aprobadas por la mayoría de dos tercios de los componentes del Consejo Escolar y entrarán en vigor al curso siguiente de su aprobación. Art. 5. Cuando la modificación suponga un cambio del tipo de jornada escolar, se obrará de acuerdo con lo establecido en la Orden 6 de septiembre de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura de Castilla-La Mancha, por la que se regula la autonomía de los centros educativos para definir la organización de los tiempos escolares.
CAPITULO III DE LA ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO. Art. 6. El procedimiento para la elaboración de las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro (NCOF), siguiendo la Orden de 25 de junio en su artículo 27 y el Decreto de 3/2008 de 8 de enero en su artículo 7, será el siguiente:
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a) Las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro serán elaboradas por el Equipo Directivo, con las aportaciones que realicen los diferentes sectores de la comunidad educativa por medio de cualquiera de los órganos de participación o de gobierno en los que estén representados. b) Una vez elaboradas las normas por el Equipo Directivo, serán informadas por el Claustro. La opinión del Claustro constará en el acta escrita que se levante de esta reunión c) En un plazo inferior a dos semanas desde su información por el Claustro, las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro serán sometidas a su aprobación por el Consejo Escolar. Se considerarán aprobadas cuando voten a favor más de dos tercios de sus componentes con derecho a voto. Art. 7. Todos los años, en el mes de junio, se revisará por parte de los diferentes órganos de gobierno del Centro el funcionamiento durante el curso de las Normas para poder introducir posibles cambios. Estos cambios se abordarán durante los dos primeros meses del nuevo curso siguiendo el proceso de modificación de las NOFC que se describe más adelante Art. 8. Cualquier sector de la comunidad educativa podrá proponer modificaciones a las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro por medio de sus representantes. Dichas propuestas deberán presentarse formuladas por escrito y avaladas por dos tercios del órgano de participación (Junta de Delegados, AMPAS y asociaciones de alumnos) o de gobierno (Claustro de profesores o Consejo Escolar) que presente la propuesta. El Equipo Directivo también podrá plantear cuantas propuestas de modificación estime oportunas. Art. 9. El proceso para modificar las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro será el siguiente: a) El Equipo Directivo presentará a la Junta de Delegados, al AMPA, a las asociaciones de alumnos, si las hubiere, y a la Comisión de Coordinación Pedagógica sus propuestas de revisión de las NCOF. Así mismo, cualquier sector de la comunidad educativa podrá presentar sus propuestas de mejora por escrito y avaladas por dos tercios del órgano de participación (Junta de Delegados, AMPAS o Asociaciones de alumnos) o de gobierno (Claustro de profesores o Consejo Escolar) a través del que presente la propuesta. Podrán presentarse varias propuestas de forma simultánea siguiendo todas ellas un mismo trámite. b) El Equipo Directivo garantizará la difusión de las propuestas de modificación de las NCOF entre todos los sectores de la comunidad educativa por medio de sus representantes en los órganos de representación y gobierno del Centro. c) En un plazo inferior a un mes el Director convocará sendas reuniones del Claustro de Profesores y del Consejo Escolar para tratar sobre las propuestas de modificación de la NCOF. En dichas sesiones podrán incluirse otros asuntos en el orden del día. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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d) Las propuestas serán informadas por el Claustro convocado a tal efecto. La opinión del Claustro constará en el acta escrita que se levante de esta reunión e) Las propuestas serán sometidas a la aprobación del Consejo Escolar en la reunión convocada a tal efecto. Se considerarán aprobadas cuando voten a favor más de dos tercios de sus componentes con derecho a voto. f) Las modificaciones aprobadas entrarán en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo Escolar. El Director dará la máxima publicidad de estas modificaciones entre todos los sectores de la comunidad educativa.
CAPITULO IV DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA Art. 10. En el Consejo Escolar se creará una comisión de convivencia según establece el Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo de 1995, sobre derechos y deberes de los alumnos y normas de convivencia en su artículo 6, la Orden de 25 de junio de 2.007 sobre la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria en su artículo 41 y el Decreto 3/2008 de 8 de enero de 2.008 sobre Convivencia Escolar en Castilla La Mancha, en su artículo 14. Art. 11. La comisión de convivencia estará compuesta por el Director del Centro, El Jefe de Estudios, dos representantes de los profesores, un representante de los padres, un representante de los alumnos y un representante del PAS. Uno de los miembros (excepto el representante de los alumnos) será elegido por los demás para que actúe como secretario. Art. 12. El proceso para la elección de los miembros de la comisión de convivencia será el siguiente: a) Los puestos de representantes de cada sector (profesores, padres, alumnos y PAS) serán elegidos por los miembros de dicho sector del Consejo Escolar entre ellos mismos. La presentación de candidatura para ocupar un puesto en la Comisión de convivencia será voluntaria. En caso de que algún sector no tenga candidatos voluntarios, los puestos de representantes se designarán por sorteo entre los miembros de dicho sector en el Consejo Escolar. b) La elección de los miembros se hará por el sistema de mayoría simple. En caso de existir más candidatos que puestos a ocupar, los candidatos no elegidos quedarán en reserva para cubrir los puestos que puedan quedar vacantes. La lista de reservas se organizará según los votos recibidos. Art. 13. Cuando uno o varios miembros de la Comisión dejen de pertenecer al Consejo Escolar serán sustituidos por los suplentes correspondientes. En caso de no existir suplentes se elegirán nuevos miembros siguiendo el procedimiento indicado con anterioridad. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Art. 14.
Las funciones de la comisión de convivencia serán:
a) Asesorar a la Dirección del Centro y al conjunto del Consejo Escolar en el cumplimiento de las NCOF. b) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para prevenir y evitar el conflicto y mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en los centros docentes. c) Elevar propuestas al Consejo Escolar para modificar las NCOF. d) Elaborar un informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de la convivencia y, en su caso, en la aplicación efectiva de los derechos y deberes del alumnado, que será trasladado a la dirección del Centro y al Consejo Escolar. Art. 15. La Comisión de Convivencia será convocada por el Director. Se reunirá al menos una vez por trimestre. CAPITULO V DE LAS NORMAS DE AULA Art. 16. Siguiendo la Orden de 25 de junio de 2007 sobre organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria en sus artículos 26 y 28 de su anexo, cada aula elaborará unas normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas. Estas normas serán un conjunto de compromisos breves y precisos consensuados por un grupo de alumnos y el equipo de profesores que les imparten clase, bajo la coordinación del tutor del grupo. Estos compromisos serán de obligado cumplimiento para los alumnos y profesores del grupo. Al margen de dichas normas, se elaborarán unas normas de uso de Aula para aquellas aulas o espacios con características específicas, como aulas de informática, etc... Art. 17. El procedimiento para la elaboración de las normas de aula será como sigue: a) Durante el mes de septiembre, antes de comenzar las actividades lectivas con alumnos, se efectuarán reuniones de profesores y tutores por niveles educativos, asesorados por el Departamento de Orientación, donde se recogerán las iniciativas de los profesores sobre las normas de convivencia de las aulas. b)
A partir de estas aportaciones y de las NCOF del Centro, el tutor elaborará un anteproyecto de normas de aula que presentará a los alumnos.
c) A lo largo de las primeras sesiones de tutoría, los alumnos, dirigidos por el tutor, debatirán dicho anteproyecto añadiendo o modificando lo que consideren oportuno. El tutor velará porque las normas resultantes de este debate sean concisas y claras y no contradigan las NCOF del Centro. Este proceso no podrá durar más de un mes a partir del comienzo de la actividad lectiva.
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d) Una vez completado este proceso, el tutor someterá la propuesta al equipo de profesores del grupo y a los alumnos para su aprobación, que deberá realizarse por mayoría absoluta de cada uno de los sectores. e) Aprobadas las normas por profesores y alumnos del grupo, estas deberán ser ratificadas por el Consejo Escolar por mayoría de dos tercios. En caso de ser rechazadas, el Consejo Escolar argumentará las razones de su rechazo para que se introduzcan las modificaciones oportunas en las normas de aula y puedan volver a ser presentadas al Consejo Escolar. f) Se dará la máxima publicidad de las normas de aula entre profesores, alumnos y padres. Un ejemplar de las mismas quedará instalado en lugar visible del aula del grupo. g) En caso de mal funcionamiento de las normas de aula de un grupo, este podrá plantear por escrito al Consejo Escolar las modificaciones que considere oportunas siempre que vayan refrendadas por, al menos, mayoría de dos tercios de profesores y alumnos. h) Todos los cursos se redactarán las normas de aula siguiendo el proceso anterior. Art. 18. El contenido de las normas de aula deberá ser claro y conciso y tratará de forma obligatoria los siguientes aspectos: a) Puntualidad, cumplimiento de horarios y justificación de faltas. Fijación de exámenes. b) Comportamiento en clase. Respeto al mobiliario e instalaciones. Limpieza y orden en el aula. c) Procedimiento para la elección de delegados. d) Solución de conflictos en el aula y procedimiento sancionador.
CAPITULO VI DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PROFESORES. Art. 19. Los derechos del profesorado, enunciados en la Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 de mayo y en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, son los siguientes: a) A ejercer la libertad de cátedra según el artículo 27 de la Constitución, respetando la coordinación docente con el resto de los componentes de su Departamento. b) A impartir su clase normalmente, sin interrupciones ni alteraciones que perjudiquen su desarrollo. c) A reunirse en el Centro para asuntos relacionados con su actividad docente y profesional, previo informe y acuerdo con el Director. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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d) A ser respetado tanto físicamente como en sus convicciones morales e ideológicas. e) A participar activamente en los órganos colegiados como miembro electo y/o elector. f) A participar en la elaboración de la PGA (Programación general anual) y de las NCOF del Centro. g) A establecer su horario de atención a familias y a que éste sea respetado. h) A participar en cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con la propia práctica docente, según órdenes de 26-06-2002 y de 25-052006, de la Consejería de Educación y Ciencia, ajustándose a la normativa y procedimiento acordados sobre permisos de formación. Art. 20.
Los deberes del profesorado del IES San José son:
a) Respetar y cumplir las presentes normas, el Proyecto Educativo de Centro y todos los acuerdos que consensuadamente se tomen en el Centro. b) Asistir regularmente y con puntualidad a sus clases, así como a todas las actividades del Centro a las que esté convocado oficialmente. c) Informar de su ausencia a Jefatura de Estudios con la mayor brevedad posible. Si esta ausencia está prevista deberá dejar trabajo para que sus alumnos, supervisados por el profesor de guardia, lo realicen. d) Permanecer en el Centro tanto en las horas lectivas como en las complementarias que se le asignen en su horario, con excepción de las horas de compensación al horario lectivo. En las jornadas de junio y septiembre en las que no haya actividad lectiva con alumnos, el profesorado debe permanecer en el Centro de 9 a 14 horas. e) Permanecer en el aula junto con sus alumnos, hasta que suene el timbre, aunque los alumnos hayan terminado una prueba escrita o un examen. f) Presentar un justificante de la empresa que se ha visitado indicando el día y la hora, en caso del profesorado que lleve a cabo la formación en centros de trabajo. g) Controlar la asistencia a clase del alumnado, pasando lista y reflejando las faltas en el SGD; tanto si se trata de horas de su propia materia como de tutoría, de alternativas a la religión o de guardia de otro profesor. El profesor abrirá y cerrará el aula al comienzo y final de la clase. h) Informar a las familias sobre el comportamiento de sus hijos, reflejando en el parte de incidencias telefónicas las llamadas realizadas a tal efecto, especialmente en caso de haber realizado alguna amonestación a un alumno. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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i) Contribuir a que las actividades del Centro se desarrollen en un clima de respeto, tolerancia, participación y libertad para fomentar los valores democráticos. j) Orientar educativa, académica y profesionalmente a los alumnos, en colaboración con el Departamento de Orientación. k) Evaluar objetivamente el rendimiento de los alumnos de acuerdo a lo reflejado en las programaciones didácticas, así como enseñar al alumnado las pruebas escritas que sean realizadas, con sus correspondientes correcciones. l) Informar al alumnado sobre los criterios generales y mínimos exigibles para la evaluación positiva del aprendizaje y la promoción. m) Atender las reclamaciones contra las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se produzcan, según la normativa vigente. n) Informar periódicamente a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como orientarlos para su cooperación en el mismo y mantener, en la hora destinada a ello, entrevistas con dichas familias. o) Coordinar las actividades docentes, de gestión y de dirección que le sean encomendadas. p) Comunicar con la suficiente antelación la utilización de equipos o espacios de uso común que hayan de ser reservados. q) Respetar al resto de los miembros de la comunidad educativa tanto físicamente como en sus convicciones morales e ideológicas. Art. 21. Los permisos y licencias del profesorado se regirán por las órdenes de 26-06-2002 y de 25-05-2006 de la Consejería de Educación y Ciencia y por lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con las siguientes puntualizaciones: a) Cualquier ausencia prevista se pondrá en conocimiento del Equipo Directivo con antelación. En caso de que el profesorado deba ausentarse de forma imprevista, se comunicará con la mayor brevedad al Equipo Directivo. b) La participación del profesorado en cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con la propia práctica docente, se realizará según las órdenes de 26-06-2002 y de 25-05-2006, de la Consejería de Educación y Ciencia, ajustándose a la normativa y procedimiento acordados sobre permisos de formación. Se presentará ante el Equipo Directivo, con una antelación mínima de 15 días, la solicitud de licencia para cursos de formación, y se entregará un plan de trabajo para que sus alumnos puedan ser atendidos por el profesor de guardia correspondiente durante el período que dure su ausencia. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Art. 22. El mismo día de la reincorporación del profesorado a su puesto de trabajo, deberá presentar justificación de su ausencia ante la Jefatura de Estudios, rellenando el impreso oficial. La justificación de dichas faltas se atendrá a lo dispuesto en la normativa vigente y siempre que sea posible se acompañará del documento justificativo. Las ausencias justificadas como "enfermedad leve", "indisposición", "tráfico", y otras del mismo carácter, que no son apoyadas por documento alguno, serán objeto de atención y seguimiento por la Jefatura de Estudios, en caso de reincidencia. Si pasados tres días no ha justificado dicha ausencia se enviará como falta no justificada a la Delegación Provincial de Educación y Ciencia.
CAPITULO VII DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS. Art. 23. Los criterios de admisión de alumnos quedan regulados por el Decreto 2/2007, de 16-01-2007 (D.O.C.M. de 19 de enero); por la Orden 2201-07, de la Consejería de Educación y Ciencia (D.O.C.M. de 31 de enero) y por las Resoluciones de admisión que publica anualmente la Consejería de Educación y Ciencia. Art. 24.
La adscripción a grupos se hará siguiendo los aspectos siguientes:
a) En 1º de ESO se intentará agrupar a los alumnos a partir del centro de procedencia, para hacer más fácil su integración al instituto. b) Se hará un reparto equilibrado del alumnado repetidor de cursos anteriores de modo que no coincida un número elevado de éstos en un mismo grupo. c) Los alumnos con necesidades educativas especiales se distribuirán igualmente de forma equilibrada. d) Se agrupará a los alumnos por coincidencia en materias optativas. Art. 25. Los derechos de los alumnos vienen recogidos en el RD 732/1995 de 5 de mayo sobre Derechos y Deberes de los alumnos y normas de convivencia de los centros, en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, modificada por la disposición final primera de la Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo y se pueden concretar en los siguientes: a) Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad. b) Todos los alumnos tiene derecho a las mismas oportunidades de acceso a los diferentes niveles de enseñanza, teniendo en cuenta la no discriminación, el establecimiento de medidas de compensación y la realización de políticas educativas de integración. c) Derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad, conociendo los criterios generales que se van a aplicar para I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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la evaluación de aprendizajes y la promoción de los alumnos; así como a ver las correcciones de las pruebas escritas que realicen. d) Derecho a reclamar contra las decisiones y calificaciones que se adopten al finalizar un ciclo o curso. e) Derecho a recibir orientación educativa y profesional. f) A la protección contra toda agresión física o moral. g) A que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene. h) A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales e ideológicas. i) A participar en el funcionamiento y en la vida del Centro así como a participar en la elaboración de las Normas de Convivencia y Funcionamiento del Centro. j) A elegir, mediante sufragio directo y secreto a sus representantes en el Consejo Escolar y a los delegados de grupo, así como a ser elegidos como tales. k) A ser informados por la Junta de Delegados de las cuestiones propias del Centro, así como de las que afecten al sistema educativo en general o a otros centros. l) A asociarse creando asociaciones de alumnos con arreglo al RD 1532/1996 de 11 de julio. m) A utilizar las instalaciones del Centro con las limitaciones reflejadas en la PGA y con las precauciones necesarias en relación con la seguridad de las personas y el adecuado cuidado de los materiales e instalaciones. n) A expresarse libremente sin perjuicio de los derechos del resto de miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con la Constitución. o) A recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo. p) A la protección social y educativa para que, en condiciones adversas, no se vean limitadas sus posibilidades de continuar estudios. Art. 26. El estudio constituye el deber básico de los alumnos y se concreta en las siguientes obligaciones: a) Asistir a clase con regularidad y puntualidad así como aseado y correctamente vestido. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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b) Mostrar el debido respeto y dirigirse de forma adecuada tanto a sus profesores como al resto del personal del Centro, respetando su libertad de conciencia, su intimidad y sus convicciones religiosas y morales. c) Prestarse al diálogo para esclarecer aquellos problemas que pudieran surgir. d) Colaborar con profesores y demás personas en cuanto al sistema de organización y funcionamiento del Centro. e) Seguir las orientaciones del profesor respecto a su aprendizaje. f) Hacer buen uso de los edificios, instalaciones y mobiliario, responsabilizándose y cumpliendo las normas de aula. Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada o por negligencia a las instalaciones del Centro o su material quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación. Igualmente, los alumnos que sustrajesen bienes del Centro deberán restituir lo sustraído. g) No agredir, insultar ni humillar a los compañeros evitando la práctica de juegos violentos y de bromas pesadas. h) Respetar las pertenencias de los demás. i) No entorpecer la marcha de las clases. j) Comportarse con educación y civismo en las actividades extraescolares, manteniendo las mismas conductas y actitudes exigidas en el Centro tanto en las instalaciones visitadas como en el transporte escolar. k) No utilizar en el Centro teléfonos móviles, mp3, ni otro material que no esté indicado por el profesor. l) Utilizar el ordenador siempre bajo la indicación expresa de un profesor y para aquello que indique éste último, cumpliendo las normas de aula establecidas para este tipo de espacios. m) Transitar por los pasillos y escaleras con orden, dejando espacio libre para transitar por ellos. n) No permanecer en las aulas en horas de recreo ni en el período existente entre clases. o) Llevar a clase los libros y el material escolar necesarios y cumplir las normas del Programa de gratuidad de libros y materiales curriculares de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha. p) No abandonar las aulas durante el período lectivo ni permanecer en la cafetería excepto durante los recreos. q) No abandonar el Centro durante la jornada escolar sin el permiso de sus tutores, profesores o Jefatura de Estudios. Si el alumno se encontrara indispuesto, pedirá permiso para salir del aula al profesor con el que se I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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encuentre y se dirigirá a Jefatura de Estudios, desde donde se llamará a su casa o se le acompañará a urgencias si fuera preciso. Cuando conozca con anterioridad que debe abandonar el Centro en el horario lectivo, traerá una autorización de su padre, madre o tutor. Presentará el justificante que a estos efectos se les facilitará en la conserjería del Centro. r) Entregar al tutor los justificantes de faltas debidamente cumplimentados y firmados por sus padres y en el modelo oficial. Se entregarán en el plazo de tres días hábiles desde la incorporación al centro. s) No comer, beber ni tomar golosinas dentro de las aulas, Biblioteca o el salón de actos. t) Esperar al profesor en la puerta del aula en silencio. En caso de faltar algún profesor, esperarán a que el profesor de guardia les dé las instrucciones precisas. u) Participar en la vida y funcionamiento del Centro. v) Cumplir, inexcusablemente, la medida correctiva que se le aplique en caso de haber tenido una conducta en contra de las normas de convivencia establecidas. w) Conocer y respetar las NCOF del Centro y las de aula. x) No fumar ni ingerir bebidas alcohólicas u otras drogas en el recinto del Centro y colaborar en la consecución de unos hábitos higiénicos y saludables.
CAPITULO VIII DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES O TUTORES Art. 27. Los padres y madres o tutores legales, disfrutarán de todos los derechos y deberes que les reconoce la legislación vigente: artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, modificada por la Disposición final primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Los padres, en relación con sus hijos tienen los siguientes derechos: a) A poder elegir centro docente, tanto público como privado o concertado. b) A que sus hijos reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus convicciones y sean respetados por ello. c) A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del Centro, según la normativa vigente. d) A ser informados de todo comportamiento de sus hijos.
lo
concerniente
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a
la
educación
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y
e) A ser recibidos por el tutor y los profesores en las horas que éstos disponen al respecto. f) Formar parte de las asociaciones existentes en el Centro y participar en el funcionamiento del mismo a través de sus representantes en el Consejo Escolar. g) A ser oídos en las decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos. h) A solicitar aclaraciones y posibles rectificaciones sobre la evaluación de sus hijos. i) A utilizar las instalaciones del Centro con las limitaciones derivadas de la Programación General y la adecuada conservación de los recursos. Art. 28. Los padres, madres y tutores legales son los primeros responsables de la educación de sus hijos, y como tales tienen el deber de: a) Cooperar con el conjunto de la comunidad educativa para conseguir este objetivo. b) Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente, para que sus hijos cursen los niveles obligatorios de la educación y asistan regularmente a clase. c) Conocer el Proyecto Educativo del Centro y las NCOF observar las normas contenidas en los mismos. d) Atender a las citaciones del Centro. e) Facilitar a sus hijos, en la medida de sus posibilidades, cuantos medios sean precisos para llevar a cabo las actividades y tareas que le indique el profesorado. f) Colaborar en la labor educativa ejercida sobre los alumnos, llevando un seguimiento y control de sus actividades. g) Fomentar el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos respecto del Centro (puntualidad, orden, aseo, etc.). h) Instar a sus hijos al cumplimiento de las normas de convivencia del Centro como elemento que contribuye a su formación, fomentando la resolución de conflictos por medio del diálogo y desde el respeto hacia el otro. i) Mostrar el debido respeto y dirigirse de forma adecuada a todos los miembros de la comunidad educativa.
CAPITULO IX DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Art. 29. El I.E.S. San José y su Residencia disponen de cocineros, ayudantes de cocina, personal de limpieza y servicios domésticos, oficial de mantenimiento, ordenanzas, auxiliares administrativos y auxiliares técnicos educativos. Art. 30. El personal laboral tendrá la jornada, permisos y vacaciones establecidos en su convenio colectivo. Asimismo, estará obligado a justificar las ausencias al trabajo al Secretario, así como a avisar, siempre que sea posible, de las mismas con la antelación suficiente. Art. 31. Todo el Personal de Administración y Servicios está obligado, desde sus posibilidades, a participar en el desarrollo de los fines educativos que el Instituto tiene encomendados. Art. 32. El personal de administración tiene como finalidad gestionar todos los asuntos relacionados con el funcionamiento del Centro, con especial atención a los de tipo administrativo y académico del alumnado y del personal tanto docente como no docente, bajo la supervisión del Equipo Directivo en la persona del Secretario. Art. 33. El horario de atención al público de la secretaría queda fijado de 8:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes, procurando que, en ningún momento, quede sin atender el citado servicio. Art. 34. Los derechos y deberes laborales del personal de administración vienen determinados por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público así como por el convenio laboral vigente de la Junta de Comunidades y demás legislación complementaria Art. 35.
Los cometidos de los conserjes son los siguientes:
a) Controlar los puntos de acceso al centro y a sus dependencias, especialmente en lo que respecta al movimiento de alumnos y al orden interior y poner en conocimiento del Equipo Directivo los problemas que pueda haber. b) Realizar encargos relacionados con el servicio dentro y fuera de las dependencias de éste. c) Recoger y entregar la correspondencia. d) Realizar trabajos de reprografía, encuadernación y demás operaciones similares. e) Encender y apagar la calefacción, así como controlar el nivel de combustible. f) Encender, apagar y controlar el estado de las luces del Centro. g) Abrir y cerrar puertas y ventanas. h) Controlar el acceso del personal ajeno al Centro. i) Custodiar y controlar las llaves de las distintas dependencias del Centro. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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j) Proporcionar el material necesario para el normal desarrollo de las clases: papel, borradores, tizas,… k) Comunicar los desperfectos y deterioros de los bienes inmuebles, material e instalaciones del Centro que detecten en el ejercicio de sus funciones. l) Atender el servicio de recepción, de lunes a viernes, dentro del horario escolar, compatibilizándolo con las demás tareas. m) Los puestos de Conserjería (edificio A, edificio B y residencia internado) deben estar siempre atendidos por al menos una persona. Art. 36. Las personas que constituyen la plantilla de limpieza del Centro tienen como funciones: a) Realizar la limpieza de muebles, despachos, aulas, demás dependencias del Centro que se les asignen y en su caso de las dependencias de la Residencia-Internado. b) Velar por las existencias de los productos y material de limpieza necesarios para la prestación de sus servicios, comunicando la necesidad de adquirirlos al Secretario c) Comunicar los deterioros, desperfectos o malos usos de los muebles e instalaciones del Centro. d) Procurar la ventilación adecuada de las dependencias del Centro durante su labor de limpieza abriendo y cerrando ventanas. e) Cualquier otra tarea de carácter análogo que el Equipo Directivo pueda encomendarle. Art. 37. Las funciones de los Auxiliares Técnicos Educativos adscritos a la Residencia –Internado, figuran en el apartado de las Normas de Funcionamiento de la misma. Art. 38.
Los derechos del Personal de Administración y Servicios son:
a) Realizar su trabajo en las mejores condiciones y con los medios adecuados b) Ser escuchados por el Director y el Consejo Escolar cuando se propongan sugerencias encaminadas a un mejor funcionamiento del Centro. c) Participar en las actividades. d) Elegir y ser ellos mismos elegibles para el Consejo Escolar Art. 39.
Los deberes del Personal de Administración y Servicios son.
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a) Realizar las funciones propias de su categoría profesional de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de la Función Pública o por el convenio Colectivo del Personal Laboral vigente. b) Colaborar en la consecución de los fines y objetivos propuestos por el Centro así como en el mantenimiento del orden y la disciplina dentro del recinto escolar. c) Incorporarse puntualmente a su jornada laboral. d) Ejercer su autoridad sin recurrir a actos que puedan resultar irrespetuosos, agresivos o humillantes para cualquier miembro de la comunidad educativa. e) Cooperar en el mantenimiento y buen uso del material e instalaciones del Centro. Cualquier miembro del Personal de Administración y Servicios podrá amonestar a un alumno, cuando ocasione desperfectos en el material o instalaciones. Comunicar al Equipo Directivo cualquier actuación del alumnado que contravenga las normas de convivencia. f) Conocer el Proyecto Educativo del Centro y las NCOF y cumplir con sus preceptos. g) Mostrar el debido respeto y dirigirse de forma adecuada a todos los miembros de la comunidad educativa. h) Facilitar al docente su labor educativa, facilitándole el material necesario para la misma.
CAPITULO X DE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y GRAVEMENTE PERJUDICIALES Y DE SU PREVENCIÓN Y CORRECCIÓN. Art. 40. Son conductas susceptibles de ser corregidas aquellas que vulneran lo establecido en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del Centro y del aula o atentan contra la convivencia cuando son realizadas: a) Dentro del recinto escolar. b) Durante la realización extracurriculares.
de
actividades
complementarias
y
c) En el uso de los servicios complementarios del Centro. d) Asimismo, se tendrán en consideración aquellas que, aunque se realicen fuera del recinto, estén motivadas o directamente relacionadas con la actividad escolar. Art. 41. Según el Título III, Capítulo I y artículo 22 del decreto 3/2008 las conductas contrarias a las normas de convivencia serán: I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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a) Cualquier acto que perturbe el desarrollo normal de la clase. b) La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado para su aprendizaje. 1) No traer a clase el material de la asignatura. 2) Pasividad en las actividades propias de cada asignatura o en las del Centro, que sean de obligada participación. 3) Realizar en clase tareas de otra asignatura. 4) No traer y no utilizar correctamente la agenda escolar por aquellos alumnos a los que se ha indicado su uso obligatorio. c) Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros o el ejercicio de la actividad docente. d) Las faltas reiteradas de puntualidad a las clases sin causa justificada. Se entenderá por reiteración aquellas faltas que se produzcan más de tres veces en una misma materia durante un trimestre. e) La reiteración de faltas injustificadas de asistencia a clase. Se entenderá por reiteración aquellas faltas que se produzcan más de tres veces en un trimestre en una misma materia en un trimestre. f) Cualquier acto de incorrección y de desconsideración hacia profesorado o cualquier otro miembro de la comunidad educativa.
el
g) Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa. Se considerará como pequeños daños el causado imprudentemente por las siguientes conductas: 1) Aquellas conductas que deterioren levemente los materiales del Centro: materiales e instrumentos didácticos y deportivos, mesas, sillas, papeleras, puertas, cristales, luces, aseos, etc. 2) Las conductas que deterioren levemente las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa; libros, materiales de escritura o dibujo, material deportivo, prendas o cualquier otro objeto. h) Comer en clase, Biblioteca o Salón de actos cualquier tipo de alimento o golosina. i) No hacer buen uso del material escolar común y de las instalaciones del instituto. Extraviar intencionadamente borradores. j) Ausentarse de clase o abandonar una actividad complementaria antes de que esta finalice, sin la autorización del profesor de la asignatura o del profesor de guardia. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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k) Salir del Centro Escolar sin autorización expresa. l) Fumar o tomar bebidas alcohólicas en el interior de las instalaciones del Instituto. m) Las que atenten a la limpieza e higiene del la clase y/o de las instalaciones del Centro: tirar papeles, desperdicios y latas al suelo, tirar tizas y borradores, ensuciar suelos, paredes, techos, mesas, sillas o cualquier otro objeto n) No recoger ni entregar a sus padres o tutores documentos emitidos por el instituto sin causa justificada. o) Alentar y jalear peleas entre alumnos. Art. 42. Las conductas contrarias a las normas de convivencia prescribirán al mes contado a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los periodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar. Art. 43. Para todas las conductas contrarias a las normas de convivencia, independientemente de lo matizado en el punto anterior, las medidas correctoras que podrán imponerse son las siguientes: a) Por la conducta determinada en el apartado a) se podrá imponer la corrección de suspensión del derecho de asistencia a esa materia durante esa clase. El profesor deberá informar por escrito al Jefe de Estudios y al tutor sobre la medida adoptada y los motivos de la misma, en el transcurso de la jornada escolar. Asimismo, el profesor informará de ello a los padres o representantes legales del alumno. El alumno será enviado al AULA DE CONVIVENCIA, como se detalla de forma más explícita en el Protocolo de dicha aula. b) Amonestación verbal del profesor que deberá anotarse para que haya constancia en el SGD. c) Realización de trabajos específicos en recreos para el mantenimiento y adecentamiento del Centro. Los trabajos serán controlados por el profesor que imponga la sanción disciplinaria. d) Suspensión del derecho de asistencia a todas o a determinadas clases por un plazo máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión el alumno deberá realizar las actividades formativas que determine el profesor para evitar la interrupción de su proceso educativo, incorporándose al AULA DE CONVIVENCIA como se detalla de forma más explícita en el Protocolo de dicho aula. e) Privación de recreo, vigilado por el profesor que le amoneste. f) Amonestación por escrito del profesor, con notificación al tutor del curso, padres o tutor legal del alumno y a Jefatura de Estudios. Esta amonestación siempre será nominal para cada alumno apercibido, según modelo que se encuentra en Jefatura de Estudios.
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g) Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro, así como reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro. h) Reposición del material deteriorado y/o extraviado. i) Suspensión del derecho de participación en actividades extraescolares y complementarias, por un periodo máximo de quince días. Art. 44. La decisión de las medidas correctoras, por delegación del director, corresponderá a cualquier profesor del Centro y al tutor siguiendo el procedimiento diseñado en el Anexo I. En todo caso quedará constancia escrita en Jefatura de Estudios de las medidas adoptadas que se notificarán a la familia. Art. 45. De la adopción de cualquiera de estas medidas correctoras se deberá informar a los padres o tutores del alumno de acuerdo con el procedimiento que se incluye en el Anexo I de estas normas. Art. 46. Las correcciones que se impongan por la realización de conductas contrarias a las normas de convivencia no serán objeto de ulterior recurso, sin perjuicio de la facultad general que asiste a los interesados de acudir ante la dirección del Centro o la Delegación Provincial, para formular la reclamación que estimen oportuna. Art. 47. Si alguna de las correcciones previstas anteriormente no dan los resultados deseados de corrección de conducta, se procurará no repetir sucesivamente la sanción que se ha demostrado ineficaz en el caso determinado. Art. 48. Según el Título III, Capítulo I y artículo 23 del decreto 3/2008 las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro serán: a) La agresión grave, física o moral, contra los demás miembros de la comunidad educativa o la discriminación grave por razón de nacimiento; raza; sexo; capacidad económica; nivel social; convicciones políticas; morales o religiosas; así como por discapacidades físicas sensoriales y psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. b) Los actos de indisciplina, injuria u ofensas graves contra los miembros de la comunidad educativa. c) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del Centro, o la incitación a las mismas. d) Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa y/o su grabación, particularmente si tienen un componente sexual, racial o xenófobo, o se realizan a alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo.
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e) Las amenazas o coacciones a cualquier miembro de la comunidad educativa. f) La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos. 1) Se consideran conductas de suplantación de personalidad: (1) Identificarse falsamente utilizando la identidad de otra persona cuando se le vaya a amonestar. (2) Firmar con la identidad de otra persona. (3) Suplantar a un compañero en actos realizados en el Centro. 2) Se consideran conductas de falsificación de documentos académicos la alteración de los documentos e informes del Centro y de los profesores: boletines de notas, notificaciones a su familia, justificantes de falta... 3) Se consideran conductas de sustracción de documentos el hurto o robo de documentos tales como boletines de notas, cuadernos de notas de profesores,... g) El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas. Se considera daño grave cuando el deterioro producido requiera una profunda reparación o elevado coste económico con respecto al valor real del objeto dañado. Se considerará un agravante los daños que desencadenen riesgos serios para la integridad física del propio alumno o de sus compañeros. h) La rotura o desperfecto grave de los locales o materiales del Centro: aulas, laboratorios, biblioteca, ordenadores, libros, pasillos, vestíbulos, zonas deportivas, interruptores de luz, fluorescentes, manillas, azulejos, encerados,... i) La rotura o desperfecto grave de los bienes y pertenencias de cualquier miembro o visitante del Centro: libros, material didáctico, objetos personales, vehículos,... j) La reiteración, en un mismo curso escolar, de conductas contrarias a las normas de convivencia. Se entenderá por reiteración aquellas conductas que se repitan más de tres veces durante un trimestre. k) El uso indebido de medios electrónicos, de teléfonos móviles, mp3 y cualquier otro material no indicado por el profesor durante las clases. l) Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del Centro. m) El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que el Director considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Art. 49. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro prescribirán a los tres meses contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los periodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar. Art. 50. Las medidas correctoras de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro que podrán imponerse serán: a) Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro o, si procede, a reparar el daño causado a las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extracurriculares o complementarias del Centro por un periodo máximo de un mes. c) Cambio de grupo. d) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo máximo de quince días lectivos, realizando las tareas encomendadas por el profesor o profesores del grupo. Durante el tiempo que dure la suspensión el alumno deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso educativo. El tutor coordinará la elaboración de un plan de trabajo para realizar por el alumno sancionado que tendrá derecho a asistir periódicamente al centro para el control del cumplimiento de la medida así como asistir a las pruebas exámenes o pruebas para no perder su derecho a la evaluación continua. e) Cambio de centro docente. La Consejería de Educación garantizará un puesto escolar en otro centro. f) Requisición del material utilizado por el alumno y no necesario para la práctica formativa. Dicho material se devolverá al alumno o sus padres o representantes legales, en un tiempo prudencial de al menos una semana, previo estudio del tipo de material y las consecuencias derivadas de su uso, sin perjuicio de que al alumno se le puedan aplicar alguna de las correcciones anteriores. La reiteración en este tipo de conducta conllevará una ampliación del plazo de incautación. Art. 51. Estas medidas será adoptadas por el Director del Centro de lo que dará traslado a la comisión de convivencia. De la adopción de cualquiera de estas medidas correctoras se deberá informar a los padres o tutores del alumno de acuerdo con el procedimiento que se incluye en el Anexo I de estas normas. Art. 52. Los padres o representantes legales, podrán presentar ante el Consejo Escolar una reclamación en el plazo de dos días contados desde el siguiente a la imposición de la corrección.
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Art. 53. A la hora de adoptar medidas de corrección de las conductas contrarias a las normas de convivencia o a las gravemente perjudiciales se tendrán las siguientes consideraciones: a) Las medidas correctoras deben ser proporcionales a la gravedad de la conducta que se pretende modificar y deben contribuir al mantenimiento y la mejora del proceso educativo. En este sentido, deben tener prioridad las que conlleven comportamientos positivos de reparación y de compensación mediante acciones y trabajos individuales y colectivos que tengan repercusión favorable en la comunidad y en el Centro b) En ningún caso pueden imponerse medidas correctoras que atenten contra la integridad física y la dignidad personal del alumnado. c) El alumnado no puede ser privado del ejercicio de su derecho a la educación y, en el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad. d) Circunstancias atenuantes: 1) El reconocimiento espontáneo, así como la reparación espontánea del daño producido. 2) La ausencia de medidas correctoras previas. 3) La falta de intencionalidad. 4) La petición de excusas. e) Circunstancias agravantes. 1) La premeditación. 2) La reiteración. 3) Los daños, injurias u ofensas causados al profesorado y compañeros, en particular a los de menor edad, a los recién incorporados al centro o los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. 4) Las acciones que impliquen la discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, convicciones ideológicas o religiosas, discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, así como por cualquier otra condición personal o social. 5) La incitación o estímulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de los miembros de la comunidad educativa. 6) La publicidad o la utilización de las conductas con fines de exhibición, comerciales o publicitarios.
CAPITULO XI DE LAS TUTORÍAS Y DESIGNACIÓN DE TUTORES. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Art. 54. El tutor será designado por el Director, a propuesta del Jefe de Estudios, entre los profesores que impartan docencia al grupo. Para la designación de los tutores se tendrá en cuenta: a) Las tutorías serán asignadas preferentemente a profesores que impartan un área, materia o módulo de formación profesional a los alumnos de un grupo. En los cursos correspondientes a la Enseñanza Secundaria Obligatoria, el tutor, de conformidad con lo establecido en el capítulo II, artículo 12, apartado 4 del Decreto 69/2007 de la Consejería de Educación y Ciencia por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria, deberá impartir clase a la totalidad de los alumnos del grupo. b) Las tutorías de grupos del primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria serán asignadas, preferentemente, a los maestros que impartan clase a dichos grupos. c) La continuidad con el mismo grupo de alumnos. d) La experiencia de un tutor en un curso determinado, en especial con alumnos que finalicen una etapa. e) Disponibilidad horaria del profesor. Art. 55. Los tutores de los grupos de diversificación de la Educación Secundaria Obligatoria serán, preferentemente, profesores del Departamento de Orientación y se coordinarán con el resto de los tutores de sus alumnos. Art. 56. Sus funciones serán las establecidas en el artículo 6 de Decreto 43/2005 de la Consejería de Educación y Ciencia, por el que se regula la orientación educativa y profesional. Art. 57. El tutor ejercerá las funciones establecidas en el artículo 6 del Decreto 43/2005, por el que se regula la orientación educativa y profesional en Castilla La Mancha y por la normativa que regula la prevención y control del absentismo escolar, así como por el Decreto 3/2008, de 08-01-2008, de la Convivencia Escolar en Castilla La Mancha. Serán funciones y competencias del tutor: a) Impulsar todo lo que contribuya a la mejor formación del alumnado, orientándole y ayudándole a superar los posibles problemas y dificultades. b) Informar a los padres de la actividad, comportamiento y rendimiento escolar y orientarles en todo lo que concierne a la formación de sus hijos. c) Recibir a los padres en las horas destinadas a ello y coordinar las entrevistas de los mismos con los profesores del grupo. d) Preparar las reuniones de la Junta de Evaluación y realizar un análisis de los resultados académicos obtenidos por el grupo. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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e) Controlar la asistencia de los alumnos de su grupo, exigir la justificación de las faltas en los términos que se recojan en estas Normas y poner en conocimiento de los padres las ausencias. Los tutores conservarán dichos justificantes. f) Tratar de solucionar los problemas del grupo. g) Corregir las conductas contrarias a las normas de convivencia de acuerdo con sus competencias e informar a Jefatura de Estudios de los actos contrarias a las normas de convivencia, tanto de los recogidos por ellos como por el resto de la comunidad educativa. h) Coordinar la elaboración de las Normas de Aula. i) Informar a sus alumnos de las NCOF.
CAPITULO XII DE LA ELECCIÓN DE TURNOS, CURSOS Y GRUPOS Art. 58. En el último Claustro del mes de junio, y con la finalidad de que el Equipo Directivo pueda ir avanzando en la elaboración del horario del nuevo curso que comenzará en septiembre, el Jefe de Estudios comunicará a los departamentos didácticos, de familia profesional y de orientación los turnos y el número de grupos de alumnos previstos que corresponderá a cada área y materia para el próximo curso, de acuerdo con los datos de previsión de matrícula y del número de profesores que se prevea que compongan el departamento. Art. 59. Una vez finalizado el Claustro, los departamentos celebrarán una reunión extraordinaria para distribuir las materias y cursos entre sus miembros. La distribución se realizará de la siguiente forma: a) En aquellos Departamentos o Familias Profesionales en los que se impartan enseñanzas a los alumnos en dos o más turnos, los profesores de cada uno de los departamentos acordarán en qué turno desarrollarán su actividad lectiva. En el supuesto de que algún profesor no pudiera cumplir su horario en el turno deseado, deberá completarlo en otro. Si los profesores del departamento no llegaran a un acuerdo, se procederá a la elección de turnos en el orden siguiente: 1) Profesores del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria. 2) Profesores del Cuerpo de Enseñanza Secundaria, excepto los mencionados en el apartado anterior. 3) Profesores de los cuerpos técnicos de Formación Profesional y de Maestros. 4) Funcionarios en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. 5) Profesores interinos. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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6) En caso de coincidir más de un profesor en un cuerpo determinado la elección estará determinado por la aplicación sucesiva de los siguientes criterios, considerados de forma sucesiva: (1) Mayor antigüedad en el Cuerpo. (2) Mayor antigüedad en el Instituto. b) Elegido el turno, los miembros del departamento acordarán la distribución de materias y cursos. Para esta distribución se tendrán en cuenta fundamentalmente razones pedagógicas y de especialidad. c) Solamente en los casos en que no se produzca acuerdo entre los miembros del departamento para la distribución de las materias y cursos asignados al mismo, se utilizará el procedimiento de ir eligiendo, en sucesivas rondas, un grupo de alumnos de la materia y curso que deseen impartir hasta completar el horario lectivo de los miembros del departamento o asignar todas las materias y grupos que al mismo correspondan, según el siguiente orden de prelación: 1) En primer término elegirán los funcionarios docentes con destino definitivo en el Centro con el siguiente orden de prelación: 2) Catedráticos de Enseñanza Secundaria. 3) Profesores de Enseñanza Secundaria. 4) Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros. 5) En caso de coincidir más de un profesor en un cuerpo determinado la elección estará determinado por la aplicación sucesiva de los siguientes criterios, considerados de forma sucesiva: (1) Mayor antigüedad en el Cuerpo. (2) Mayor antigüedad en el Instituto. d) En segundo término elegirán horario los funcionarios docentes destinados provisionalmente en dicho centro con el mismo orden de preferencia señalado en el punto anterior. e) En tercer término los Profesores interinos. f) Cuando haya grupos que no puedan ser asumidos por los miembros del departamento y deban ser impartidas las enseñanzas correspondientes por profesores de otros, se procederá, antes de la distribución señalada en el apartado anterior, a determinar qué materias son más adecuadas, en función de la formación de los profesores que se hagan cargo de ellas. Los grupos correspondientes a estas materias no entrarán en el reparto indicado en el apartado anterior. g) Cuando en un departamento alguno de los profesores deba impartir más de 18 períodos lectivos, en caso de no existir acuerdo entre los I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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profesores del mismo, el posible exceso horario será asumido por otros profesores del departamento en años sucesivos. h) Los maestros tendrán prioridad para impartir docencia en el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria. i) En la elección de los horarios correspondientes a los ciclos formativos y a los módulos profesionales tendrán preferencia los profesores titulares de la especialidad que hayan seguido los cursos de formación organizados específicamente para la docencia en dichos ciclos y módulos, así como aquellos que tengan experiencia en la docencia de estas enseñanzas en cursos anteriores. Art. 60. De todas las circunstancias que se produzcan en esta reunión extraordinaria se levantará acta, firmada por todos los miembros del Departamento, de la que se dará copia inmediata al Jefe de Estudios. Esta decisión será vinculante para todos los miembros del Departamento si no hay modificaciones significativas respecto a las previsiones realizadas. Art. 61. Una vez asignadas las materias y cursos se podrán distribuir entre los profesores, hasta alcanzar el total de su jornada lectiva, por este orden, los siguientes períodos lectivos: a) Los destinados a la atención de alumnos con áreas o materias pendientes de otros cursos. b) Los correspondientes a las actividades educativas y adaptaciones curriculares dirigidas a los alumnos que presenten problemas de aprendizaje, impartidos en colaboración con el departamento de orientación. c) Los correspondientes a los desdoblamientos de Lengua Castellana y Matemáticas, en ESO, de Lengua Extranjera y los laboratorios de Física y Química y Ciencias Naturales. d) Los destinados a las profundizaciones establecidas por el departamento.
CAPITULO XIII DE LAS GUARDIAS Art. 62. Las horas complementarias correspondientes a las guardias de recreo serán asignadas por el Jefe de Estudios entre los profesores que hayan manifestado preferencia por estas. Las restantes horas serán distribuidas entre aquellos profesores que tengan disponibilidad horaria. Art. 63. Durante el periodo del recreo, ningún alumno podrá permanecer en las aulas. Se establecerá un turno de guardia para la vigilancia del Centro, con el número de profesores que pueda garantizar la seguridad del alumnado, así como la conservación de las distintas dependencias y el cumplimiento de las NCOF. Art. 64.
Serán funciones de este profesorado de guardia de recreo:
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a) Comprobar que no queda ningún alumno en las aulas. b) Vigilar el buen uso de los aseos por el alumnado. c) Controlar que en el patio no se produzcan actividades no permitidas. d) Vigilar que no se haga uso indebido del mobiliario que hay en los pasillos del Centro e) Controlar que no se ensucien las dependencias del Centro. Art. 65. Durante el periodo del recreo el profesorado de guardia se distribuirá de manera que, en todo momento, estén controladas las zonas correspondientes: a) Entrada, pasillos y escaleras del edificio principal. Para controlar el orden en la planta baja de esta zona, los profesores de guardia de recreo, contarán con la colaboración del personal de ordenanza. b) Edificio de Ciclos Formativos y zona anexa. c) Zona de alrededor de la cafetería. Art. 66. Ningún alumno podrá abandonar el Centro sin el permiso o autorización paterna. En casos excepcionales podrá ausentarse temporalmente con autorización de algún miembro del Equipo Directivo. Art. 67. Las horas complementarias correspondientes a la realización de guardias serán asignadas por el Jefe de Estudios entre aquellos profesores que tengan disponibilidad horaria, de acuerdo con el siguiente criterio: a) Profesores con 18 periodos lectivos tendrán 3 horas de guardia. b) Profesores con 19 periodos lectivos tendrán 2 horas de guardia c) Profesores con 20 periodos lectivos tendrán 1 hora de guardia. Art. 68. Debido al elevado número de grupos de alumnos que hay en el Centro y a la distribución de las instalaciones del mismo, siempre que la disponibilidad horaria del profesorado así lo permita, se procurará que estén, al menos, 4 ó 5 profesores de guardia por periodo lectivo. Art. 69. Corresponde al profesor de guardia responsabilizarse de los grupos de alumnos que se encuentren sin profesor por cualquier circunstancia, orientando sus actividades y velando por el orden y buen funcionamiento del Instituto. Será el responsable de controlar el comportamiento de los alumnos bajo su tutela durante su periodo de guardia. Art. 70. La Jefatura de Estudios comunicará diariamente a través del cuadrante de guardias existente en la conserjería las ausencias, el profesor de guardia encargado atenderá al grupo de alumnos afectados anotando en el cuadrante la ausencia cubierta y las incidencias. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Art. 71.
Las normas que deben regir las guardias del profesorado son:
a) Los profesores, al iniciar la guardia, se distribuirán para controlar todas las zonas del Centro b) Procurarán en todo momento que los alumnos que no estén atendidos por el profesor que está ausente permanezcan en el aula, en ningún caso en los pasillos o en el patio. c) De haber más grupos libres que profesores de guardia, éstos enviarán a los alumnos a sus correspondientes aulas. Uno de los profesores de guardia permanecerá con el grupo de menor nivel y el otro, o los otros, controlarán a los restantes grupos con la colaboración del Equipo Directivo y, si es posible, con el profesor encargado en ese momento del Aula de Convivencia. d) De haber menos grupos que atender que profesorado de guardia, aquellos que no estén atendiendo a ningún grupo específico serán los encargados del orden de patios y pasillos. En cualquier caso permanecerán localizados en la sala de profesores. e) Finalizado el período de guardia, los profesores que han realizado la misma anotarán en el parte correspondiente las ausencias y retrasos de los otros profesores y cualquier otra incidencia que se haya producido. Adjuntarán asimismo, en el caso de producirse la ausencia de algún profesor, la lista de los alumnos presentes o ausentes en el aula en su hora de guardia y dejarán notificación al profesor correspondiente mediante el registro en el SGD. f) El profesor de guardia disponible, que no este atendiendo a un grupo de alumnos, será el encargado de avisar a los padres de los alumnos indispuestos, y en caso de necesidad de llamar por teléfono al servicio de asistencia sanitaria, comunicando este hecho a Jefatura de Estudios. Permanecerá con el alumno hasta la solución del problema. Si el alumno tiene que ser trasladado a su casa, se comunicará a Jefatura de Estudios, siendo ésta la que establezca la solución oportuna. Art. 72. Cuando la ausencia de un profesor sea conocida con antelación, éste deberá programar actividades y dejarlas preparadas en Jefatura de Estudios para que los alumnos las realicen con el profesor de guardia. Si la ausencia no puede ser prevista, se comunicará lo antes posible, procurando mantener informado al Centro de su previsible duración. Las ausencias se justificarán el mismo día de la incorporación del profesor al Centro rellenando el impreso oficial que se le facilitará en la Jefatura de Estudios. La justificación de dichas faltas se atendrá a lo dispuesto en la normativa vigente y siempre que sea posible se acompañará del documento justificativo. Las ausencias justificadas como "enfermedad leve", "indisposición", "tráfico", y otras del mismo carácter, que no son apoyadas por documento alguno, serán objeto de atención y seguimiento por la Jefatura de Estudios, en caso de reincidencia. Art. 73. En el caso de que el aula del profesor ausente sea específica de materia, el profesor de guardia, con la colaboración de Jefatura de I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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Estudios, indicará a los alumnos el lugar adonde deben dirigirse (Aula de Medios Audiovisuales, Biblioteca, Pabellón Polideportivo, pista o aula que quede libre en su caso). Art. 74. En aquellos grupos en los que exista desdoble/apoyo y falte uno de los dos profesores, el otro se hará cargo del grupo completo, impartiendo la clase normal de la materia correspondiente, salvo en aquellos casos en los que, por las características propias de la materia , las prácticas que se realicen o por cualquier otro motivo de carácter puramente pedagógico, el departamento no lo estime conveniente y así lo haya previsto en su programación (por ejemplo presencia de ACNEE, inmigrantes… ); en tal caso, se recurrirá al procedimiento habitual de guardias. Art. 75. Para llevar a cabo estas funciones el profesor de guardia deberá seguir el siguiente procedimiento. a) Personarse en la sala de profesores al comienzo de la guardia para comprobar la situación con el resto de los profesores de guardia. Comprobar que no ha faltado ningún profesor. No sólo se debe limitar a comprobarlo en el parte de faltas, sino verificar que las clases están debidamente atendidas. b) Recorrer todas las aulas al inicio de la hora de guardia para comprobar si hay ausencias o incidencias. Periódicamente deberá dar una vuelta por los pasillos y patios, y en el caso de encontrar a algún alumno fuera de clase sin motivo, debe acompañarlo a su aula, dando conocimiento de ello al profesor.
CAPITULO XIV DE LAS JEFATURAS DE DEPARTAMENTO Art. 76. Los departamentos didácticos están integrados por los profesores de las especialidades que impartan las enseñanzas de las asignaturas o módulos asignados a los mismos. Estarán adscritos a un departamento los profesores que, aún perteneciendo a otro, impartan alguna asignatura o módulo del primero. Art. 77. La Jefatura de cada departamento será desempeñada preferentemente por un funcionario del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, titular de alguna de las especialidades que lo integren, según lo previsto en la Disposición adicional octava apartado 2 letra b), de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. No obstante, en el caso de que formen parte del departamento didáctico dos o más profesores pertenecientes al cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria, el orden en los criterios que se han de seguir para su designación será, una vez oído al departamento, el siguiente: a) Mayor antigüedad en el Cuerpo. b) Mayor antigüedad en el Centro.
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c) En ausencia de funcionarios del Cuerpo de Catedráticos, la Jefatura podrá atribuirse a un profesor funcionario perteneciente al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. En el caso de que formen parte del departamento didáctico dos o más profesores, funcionarios de carrera, pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, el orden en los criterios que se han de seguir para su designación será, una vez oído al departamento, el siguiente: 1) Mayor antigüedad en el Cuerpo. 2) Mayor antigüedad en el Centro. d) Si no hubiera en el departamento ningún profesor funcionario de carrera de los cuerpos citados anteriormente, la Jefatura de departamento será desempeñada preferentemente por profesores: 1) Funcionarios en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria 2) Funcionarios interinos del Cuerpo de Profesores de Enseñaza Secundaria 3) Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros o de Profesores Técnicos de Formación Profesional. 4) Funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros o del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional. 5) Funcionarios interinos del Cuerpo de Maestros o del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional. 6) Siendo el criterio final de desempate el de mayor antigüedad en el Centro y, en caso de igualdad, la mayor puntuación obtenida en el proceso de selección o en el listado de aspirantes a interinidades.
CAPITULO XV DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS Y TIEMPOS E INSTALACIONES DEL CENTRO Y DE SU USO. Art. 78. El horario lectivo del Centro se dividirá en jornada de mañana y tarde. El horario de mañana comenzará a las 8h30 y finalizará, de manera general, a las 14h30. El horario podrá prolongarse hasta las 15h25 para aquellos alumnos que tengan establecido en su horario clases de profundización o repaso. El horario de tarde será de 16h00 a 22h00. Las modificaciones de este horario serán aprobados por el Consejo Escolar como determina la ley. Art. 79. Tras el inicio de las actividades lectivas será competencia del personal de ordenanza, del profesor de guardia y del Equipo Directivo el control y autorización de acceso al centro. Art. 80. El uso de las instalaciones del IES San José estará destinado básicamente al desarrollo de las actividades docentes propias del Centro. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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No obstante, el uso de las instalaciones del Centro estará abierto a todos los miembros de la comunidad educativa siempre que no se alteré el normal funcionamiento de la actividad docente. Art. 81. Las instalaciones del Centro son el conjunto de dependencias y espacios incluidos dentro del recinto delimitado por la valla del Centro. Los alumnos no podrán abandonar el recinto del Centro durante el periodo lectivo sin autorización previa de sus padres o tutores. Art. 82. El uso de instalaciones del Centro para la realización de cualquier actividad no incluida en la Programación General Anual (PGA) por parte de miembros de la comunidad educativa o de organismos, asociaciones, instituciones u otros colectivos se regirá por los siguientes requisitos. a) Cualquier colectivo, institución, organismo o asociación que desee utilizar instalaciones del Centro deberá presentar por escrito a la Dirección del Centro, con al menos 10 días de antelación, una solicitud de utilización en la que se hará constar el día, la hora, el contenido y fines de la actividad y el responsable de la misma. Asimismo, se hará constar en la solicitud el compromiso por parte de los organizadores de asumir la reparación de los posibles desperfectos que el desarrollo de la actividad pudiese ocasionar en el Centro. b) La Dirección del Centro, a la vista de la solicitud, autorizará, si procede, el uso de las instalaciones del Centro, siempre que no se perturbe el normal desarrollo de la actividad lectiva. Art. 83. Las aulas ordinarias son aquellas cuya dotación no contempla un material o uso especifico que no pueda encontrarse o desarrollarse en otro espacio del Centro. Cada grupo de alumnos tendrá asignado en su horario las aulas ordinarias en las que se desarrollará su actividad lectiva a lo largo del curso. Art. 84. A principio de curso, se entregará a cada profesor aquellas que necesite para su funcionamiento diario. Dichas llaves responsabilidad del cada profesor. Al finalizar el curso las llaves devueltas en caso de que el profesor abandone el Centro. Cuando profesor extravíe una llave lo comunicará al Equipo Directivo.
llaves serán serán algún
Art. 85. El uso por parte de los alumnos de las aulas ordinarias se atendrá a las siguientes condiciones: a) Los alumnos deberán cuidar y utilizar correctamente las instalaciones y los bienes muebles de las aulas que usen, esforzándose por mantenerlas limpias y con el material en buen estado b) El grupo de alumnos se hará responsable de todas las incidencias que se produzcan en el aula así como de los posibles deterioros que se produzcan en la misma o en su material. El daño deberá ser reparado o abonado por él o los acusantes del mismo cuando se haya producido de forma intencionada o por un uso negligente. Si no fuese posible identificar a los responsables, el grupo en su conjunto asumirá la I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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reparación de los daños o se hará cargo del coste económico de su reparación. c) Los alumnos y los profesores que utilicen el aula informaran de los desperfectos que vayan surgiendo a fin de que puedan ser subsanados. d) Los alumnos no podrán permanecer en las aulas sin la presencia de un profesor. e) El aula permanecerá cerrada con llave cuando no haya profesor. El profesor abrirá el aula al comienzo de la clase y la cerrará al finalizar, asegurándose de que la abandonan todos los alumnos. El profesor y el grupo de alumnos que al incorporarse a un aula observen anomalías significativas en las instalaciones o el material del aula deberán comunicarlo a Jefatura de Estudios para que se determinen las responsabilidades que correspondan. f) El profesor velará por que se mantenga la limpieza de las aulas y un uso correcto de las instalaciones. Se pondrá en conocimiento de la Jefatura de Estudios cualquier comportamiento contrario a la limpieza y buen uso de las instalaciones. Art. 86. Las aulas específicas son aquellas destinadas a una finalidad lectiva determinada y que no se pueda desarrollar en otro lugar por las características propias del aula o el material en ella situado. Son aulas específicas: la de Tecnología, la de informática, la de Música, los laboratorios, las aulas ALTHIA, el pabellón de Deportes y los talleres de las familias profesionales. Art. 87. Las condiciones generales de uso de las aulas normales también se aplicarán a las aulas específicas y la Biblioteca. No obstante, para cada una de las aulas específicas se redactarán unas normas de uso del aula por parte del profesor o profesores que impartan en ellas docencia que serán de obligado cumplimiento por los alumnos. Los profesores velarán por que los alumnos cumplan dichas normas de uso. Art. 88. El uso de los servicios por parte de los alumnos deberá ser el adecuado evitando el despilfarro de agua y los daños a las instalaciones sanitarias. Se notificará cualquier problema detectado en el funcionamiento de estas instalaciones. Art. 89. Los alumnos deberán respetar la limpieza y el orden en los pasillos y los patios del Centro para lo cual utilizará adecuadamente las papeleras y bancos. Se evitaran los gritos, carreras, luchas y obstrucciones al paso de personas sentándose en el suelo o dejando las mochilas en los pasillos. Art. 90. Los ascensores del Centro sólo podrán ser utilizados, previa autorización del Equipo Directivo, por aquellos miembros de la comunidad educativa que tengan un impedimento físico que les dificulte su movilidad. El alumno que requiera de este servicio será acompañado únicamente por un compañero o por uno de los conserjes.
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Art. 91. Se considerarán zonas de uso restringido aquellas a las que los alumnos sólo pueden acceder con autorización o acompañados por un profesor o por personal no docente. Se consideran zonas de uso restringido los despachos de Dirección, la Secretaría, los Despachos de los Departamentos, el Despacho de atención a padres, la sala de profesores, la sala de reprografía, la cocina y la Conserjería y los servicios de los profesores. Art. 92. La Biblioteca es un lugar para el estudio, la lectura y la consulta de libros. La Biblioteca también desarrollará un servicio de préstamo de libros. Los responsables de la Biblioteca establecerán unas normas de uso y de préstamo que tanto profesores como alumnos deberán cumplir. El profesor que realice la guardia de biblioteca será el responsable de hacer cumplir las normas de uso de la Biblioteca Art. 93. La Biblioteca permanecerá abierta siempre que haya disponibilidad horaria. El servicio de préstamo y consulta de libros para los alumnos se desarrollará durante los recreos. Durante los periodos lectivos no podrá haber alumnos en la biblioteca salvo los que estén desarrollando una actividad acompañados por un profesor. Solamente los alumnos de segundo de Bachillerato o ciclos formativos con matrícula parcial podrán usar la biblioteca para lectura, consulta o estudio en los momentos en que no tengan clase. Art. 94. La Cafetería del Centro es para uso exclusivo de la comunidad educativa del Centro. En ella no se venderá ni tabaco ni bebidas alcohólicas. Art. 95. La Cafetería sólo podrá ser utilizada por los alumnos durante los recreos, excepto los alumnos de segundo de Bachillerato o ciclos formativos con matrícula parcial que podrán acudir a ella en los momentos en que no tengan clase. Art. 96. El Salón de Actos del Centro se podrá utilizar para el desarrollo de las actividades docentes que lo necesiten. A tal fin, todas las semanas se hará público un cuadrante en el que los profesores que necesiten usar el Salón de Actos puedan solicitarlo por anticipado, respetándose el turno de inscripción en caso de que varios profesores lo deseen usar al mismo tiempo. Art. 97. Durante el primer trimestre de cada curso académico se realizará un plan de evacuación, con el correspondiente simulacro, siguiendo las directrices de la OM de 13 de noviembre de 1984 sobre los Planes de evacuación y los simulacros en los centros docentes.
CAPITULO XVI DE LOS RECURSOS DEL CENTRO Y SU USO. Art. 98. Los recursos del Centro vendrán determinados por el presupuesto del Centro aprobado por el Consejo Escolar a partir de las asignaciones realizadas por la administración para el año natural. La gestión del presupuesto se regirá por el Decreto 77/2002 de 21 de mayo de 2002 y la I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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orden de 9 de enero de 2003 y la llevará a cabo el Secretario a través del programa informático GECE 2000 bajo la supervisión del Director. Art. 99. El gasto del presupuesto se ajustará a los recursos disponibles. Para evitar el endeudamiento sólo se comprometerán aquellos gastos para cuya satisfacción se disponga de liquidez en la cuenta bancaria. Todos los gastos deberán registrarse en el programa GECE en el momento de comprometerse a fin evitar que los gastos comprometidos sean superiores a los recursos disponibles. Art. 100. Cada curso se asignará una cantidad de dinero a los Departamentos Didácticos, Órganos de Coordinación Docente, Familias Profesionales, la Residencia y a la Biblioteca que serán responsables de su administración y gasto. Cualquier adquisición o gasto de estas cantidades debe canalizarse a través del Secretario del Centro. Las cantidades obtenidas en calidad de prestación de servicios o venta de productos por las familias Profesionales se asignarán como ingresos en su cuenta para compensar el coste de los gastos que efectúen. Art. 101. El control del material del Centro será responsabilidad del Secretario del mismo, quien podrá delegar estas funciones cuando corresponda. Art. 102. Habrá un inventario de todo el material existente en el Centro, tanto de mobiliario como de equipamiento docente. a) Al comienzo y al final de cada curso escolar, el Secretario del Centro revisará y actualizará el inventario. b)
Todos los Jefes de Departamento controlarán y notificarán a la Secretaría las variaciones en el material adscrito a su Departamento en cada una de las revisiones establecidas en el artículo anterior.
Art. 103. La adquisición de material didáctico de uso específico de un departamento correrá a cargo del Jefe del Departamento, previo acuerdo de la mayoría de sus componentes, que deberá constar en acta del mismo y con la debida autorización del Secretario del Centro, en función de los recursos económicos adjudicados en el presupuesto anual a tal efecto para ese Departamento. Art. 104. Cuando el material didáctico vaya a ser utilizado por varios departamentos, serán los jefes de Departamento, coordinados por el Secretario, los responsables de su adquisición, control y régimen de utilización, siempre que las disponibilidades económicas de los departamentos afectados lo permitan, en función de la adjudicación presupuestaria anual Art. 105. El material que esté adscrito a los respectivos departamentos será de uso prioritario, aunque no exclusivo, por los profesores componentes de dicho Departamento. Art. 106. La elección de los libros de texto y materiales curriculares corresponde a los departamentos didácticos, quienes por unanimidad I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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reflejarán en acta el acuerdo adoptado. De acuerdo con el Decreto 272/2003 de 09-09-2003, por el que se regula el registro, la supervisión y la selección de materiales curriculares para las enseñanzas de régimen general y su uso en los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla – La Mancha, los libros y materiales curriculares elegidos para un determinado ciclo no podrán sustituirse hasta que los alumnos hayan agotado el ciclo correspondiente salvo que, por razones plenamente justificadas, fuera aconsejable su sustitución y en función de las disposiciones de la Consejería sobre el programa de gratuidad de libros de texto. Art. 107. Los libros de texto recibidos con el programa de gratuidad serán devueltos por los alumnos a su tutor al finalizar el curso o al darse de baja o trasladarse de centro. Los alumnos que hayan superado todas las materias en la evaluación ordinaria los entregarán antes del 30 de junio y los que tengan que presentarse a las pruebas extraordinarias de septiembre los devolverán antes del 10 de septiembre. Art. 108. A los alumnos que no hayan devuelto los libros recibidos con el programa de gratuidad se les propondrá para su exclusión de dicho programa hasta que los repongan. Art. 109. Los libros extraviados del Consejo Escolar considere deberán ser repuestos por establecido; en caso contrario,
o que la comisión de materiales curriculares inutilizados por causa imputable al alumno, la familia beneficiaria dentro del plazo serán excluidos del programa de gratuidad.
CAPITULO XVII DE LAS FALTAS DE DE ASISTENCIA DE LOS ALUMNOS Y DE SU DE COMUNICACIÓN A LAS FAMILIAS. Art. 110. El Tutor en su primera reunión con las familias, informará a las mismas de la posibilidad de seguir el control de asistencia a clase de sus hijos a través del programa “PAPÁS” de la Junta de Comunidades, solicitando su clave de acceso en el Centro. Del mismo modo pueden acceder al control de las mismas a través de Internet en la página del Centro, con la clave que se les facilitará en esta primera reunión. Asimismo el tutor informará, en esta primera reunión, de su hora de atención a padres para poder resolver cuantas consultas se le realicen o poder justificar faltas. Art. 111. El sistema de control de ausencias en este Centro es el llamado S.G.D., a través del cual se descargan diariamente dichas ausencias en los programas mencionados. Para que este control sea efectivo, el profesorado tiene la obligación de pasar lista todos los días anotando en su terminal todas las faltas e incidencias. Art. 112. El tutor comunicará a los padres, por escrito, quincenalmente las faltas injustificadas y éstos deberán ponerse en contacto con el mismo en las horas que tiene destinadas en su horario para atención a padres.
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Art. 113. El tutor comunicará a Jefatura de Estudios, por escrito, la reiteración de faltas a clase sin justificación que sea susceptible de ser sancionada según establece el capitulo IX sobre las conductas contrarias a las normas de convivencia y gravemente perjudiciales y de su prevención y corrección de estas NCOF. Art. 114. Cualquier falta debe ser justificada mediante el procedimiento indicado más arriba, en el apartado de justificación de ausencias. Sólo serán faltas justificables las derivadas de enfermedad, visita médica o el deber de carácter inexcusable que sólo pueda realizarse por la mañana. El alumno deberá entregar al tutor el justificante médico o del organismo oficial en el plazo de los tres días siguientes a su incorporación. En caso de no existir el justificante oficial deberá entregar el modelo existente en el Centro firmado por sus padres o tutores; además, éstos deberán llamar al tutor, en la hora que éste tiene habilitada al respecto, para confirmar dicha justificación. No se aceptarán justificantes de faltas más allá de los tres días siguientes a la incorporación a clase. Art. 115. En caso de inasistencia a un examen por enfermedad, deberá presentarse justificante médico para que el alumno pueda realizar ese examen. Si no lo hace en el plazo indicado (3 días hábiles después de su reincorporación al Centro), se le valorará dicha prueba como si la hubiera presentado en blanco. Corresponde al Departamento decidir si repite o no el examen, de acuerdo a lo establecido en su programación. No se considerarán faltas justificadas las producidas por: permanencia en casa para preparar exámenes, fiestas locales distintas de las establecidas en el calendario escolar, huelga, inasistencia a una excursión, compras,…. Art. 116. Los alumnos que tengan un elevado número de faltas sin justificar y sean menores de 16 años, pasarán a la Comisión de Absentismo, previo informe del Departamento de Orientación del Centro. Art. 117. Cuando un alumno llegue tarde a clase, se le dejará pasar reflejándolo en el sistema de control de ausencias (SGD) como “retraso”, la reiteración de retrasos podrá constituir conducta contraria a las normas de convivencia y será comunicada a los padres por el tutor. Si el alumno siguiese reincidiendo, el retraso se considerará conducta gravemente perjudicial a las normas de convivencia por acumulación, tomándose las medidas contempladas en el apartado de “Medidas preventivas y correctoras de las conductas contrarias a las normas de convivencia y de las conductas gravemente perjudiciales”. Se entenderá por reiteración aquel suceso que se produzca más de tres veces.
CAPITULO XVIII DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS, EXTRAESCOLARES Y EXTRACURRICULARES Art. 118. Las actividades extraescolares serán realizadas por y en nombre del Instituto, a través de sus diferentes departamentos didácticos, órganos de coordinación didáctica y departamentos de Familia Profesional, I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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formando parte e integradas en sus respectivas programaciones y en la Programación General Anual del Centro. El carácter de obligatoriedad o no de las mismas vendrá establecido en las Programaciones de los respectivos departamentos; en la consideración de que únicamente podrán fijarse como complementarias aquellas actividades incluidas en el currículo de cada materia o módulo, siendo obligatoria su realización por parte de los alumnos y profesores que las hayan propuesto. Art. 119. Definición de “actividades complementarias”. Se consideran actividades complementarias aquellas actividades que se caracterizan por ser: a) Organizadas por los profesores y realizadas por los alumnos. b) Realizadas estrictamente en horario y recinto escolar, obligan a los profesores del Departamento que las han propuesto o incluido en sus respectivas programaciones didácticas. c) Gratuitas, evaluables y obligatorias para todos los alumnos. d) Programadas en las respectivas Programaciones Didácticas y vinculadas al currículo y en el caso de que supongan aportación económica o disposición material o de medios, habrá de advertirse a la Jefatura del Departamento de Actividades acerca de la disposición y concreción de los mismos para que éstos sean habilitados en la forma más conveniente. e) Del carácter de estas actividades se desprende que los alumnos que no participen en ellas, tanto por causa justificada como injustificada, deberán permanecer bajo la tutela o el cuidado de sus padres. Si la actividad complementaria no ocupa la jornada completa y la no participación en la misma se debiese a una sanción por mal comportamiento. Serán los profesores de guardia los que se hagan cargo del alumno expedientado cuando el profesor de la asignatura este participando en la actividad. f) Estas actividades, al ser de carácter obligatorio y no suponer desplazamiento fuera del recinto escolar, no requerirán presentación de permiso de los respectivos padres o madres, sino que quedan expresamente incorporadas al trabajo contemplado en cada una de las materias o módulos en que se desarrollen. Art. 120. Son actividades extraescolares las realizadas total o parcialmente fuera del recinto y/o del horario escolar, aunque también puedan incluir algunos períodos de horario escolar cuando la actividad así lo requiera. a) Únicamente obligan a aquellos alumnos y profesores que se impliquen en la realización de la actividad. b) Al coste de estas actividades contribuirá el Centro según las cantidades y porcentajes que fije el Consejo Escolar. c) No podrán sobrepasar cinco días lectivos. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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d) Requerimientos previos: 1) Se llevaran cabo bajo la supervisión de los profesores encargados de la misma, los cuales deberán presentar previamente un presupuesto aproximado y la memoria de la actividad. Aquellas actividades que no estén previstas en las respectivas programaciones, recogidas en la Programación General Anual, precisarán la autorización previa y expresa del Consejo Escolar. 2) Fecha de realización: desde el inicio del curso académico hasta el 10 de mayo, quedando excluidas las fechas de exámenes, estimadas aproximadamente en dos semanas antes de las fechas de evaluación. De manera excepcional y previa justificación se llevarán a cabo en plazos que superen la limitación fijada del 10 de mayo, aquellas actividades cuya realización haya sido objeto de suspensión por motivos imponderables o sean promovidas por instituciones u organismos. En ningún caso podrá superarse la fecha límite de del 30 de mayo. 3) Distribución equilibrada de las actividades que se han de realizar. Entre los diferentes Departamentos y Órganos de Coordinación Didáctica y de Familias Profesionales se procurará equilibrar y coordinar las propuestas de Actividades Extraescolares que se incluyan en la Programación General Anual. Se fomentará la realización de actividades interdepartamentales. 4) Cada grupo podrá realizar durante el curso académico una actividad extraescolar por trimestre, si ésta supone la pérdida de todas las clases de una jornada lectiva. 5) Cada grupo sólo podrá llevar a cabo tres actividades por trimestre como máximo siempre que éstas no supongan la pérdida de todas las clases de una jornada lectiva. 6) No se establecen límites en el número de actividades que un profesor realice con su grupo durante su horario lectivo. 7) En caso de intercambios culturales o presencia de alumnos en concursos o competiciones en que participe el centro, como institución, se atenderán las especiales características de este tipo de actividades. 8) Número de alumnos exigible para la realización de la Actividad : (1) Cuando afecten a un solo grupo han de participar en la misma, como mínimo el 80% de los alumnos y cuando afecten a dos o más grupos el 70% de cada uno de ellos. (2) Aquellos alumnos/as que, por unas u otras circunstancias, no participen de la actividad programada quedan obligados a asistir a clase donde serán atendidos por sus respectivos profesores o por los profesores de guardia. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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(3)Cuando la realización de la actividad extraescolar no afecte a períodos lectivos no quedará fijado porcentaje mínimo de participación, aunque habrá de contar con iguales autorizaciones si la misma se lleva a cabo en nombre o con participación del Centro. 9) Los alumnos podrán ser privados de participar en actividades extraescolares según se recoge en el capitulo X sobre de las conductas contrarias a las normas de convivencia y gravemente perjudiciales y de su prevención y corrección.El profesor que vaya a realizar una actividad deberá previamente consultar al Tutor o a la jefatura de Estudios si alguno de los alumnos propuestos para participar en la actividad ha sido sancionado con la perdida del derecho a asistir a actividades extraescolares. (1)Respecto de aquellos alumnos/as no sancionados expresamente con la suspensión de realizar actividades extraescolares o complementarias, pero cuya presencia pueda resultar especialmente comprometida o conflictiva se podrá tomar la decisión por parte del profesor/a o profesores de no autorizar la participación de los mismos. De ello deberá dar cuenta con una antelación de tres días lectivos al Profesor-Tutor del grupo al que pertenezca, así como a la Jefatura de Estudios para su traslado ante la Dirección del Centro como medida previa para dar posterior cuenta ante el Consejo Escolar. 10)
Propuesta de realización de la actividad:
(1) Los profesores que vayan a realizar una actividad deberán presentar, con una antelación mínima de 2 días lectivos, un proyecto que concrete el desarrollo de la misma con objeto de poder advertir a profesores, tutores, a los propios alumnos y padres y madres de los detalles de su organización. (2)Las actividades extraescolares o complementarias que se lleven a cabo, lo serán siempre bajo la organización, supervisión y responsabilidad del Instituto, con el conocimiento del ProfesorTutor del grupo al que afecte la actividad programada, quien deberá tener conocimiento a través de lo establecido en la Programación General Anual y acordar con el profesor o profesores que la han propuesto la mejor fecha para su realización, siempre con la mayor antelación posible. En caso de que el Profesor-Tutor del grupo no esté de acuerdo con la programación establecida deberá ponerlo en conocimiento para que la misma no sea incluida en la Programación General o bien ante el Consejo Escolar del Centro a través de la Jefatura del Departamento de Actividades Extraecurriculares y Complementarias, que habrá de decidir sobre la conveniencia o no de su inclusión. e) Actividades consideradas de carácter específico:
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1) Las actividades denominadas “Viaje de Esquí a la Nieve” y el “Viaje Fin de Curso” tendrán un tratamiento específico. El “Viaje Fin de Curso” se realizará a finales del mes de junio, sin afectar a las clases lectivas con los alumnos de primer curso de bachillerato sin que haya límites mínimos de participación. Respecto al “Viaje de Esquí a la Nieve” se realizará con los alumnos de 4º de ESO y no superará el número de tres días lectivos. 2)
En el caso de aquellas actividades que por sus especiales características -tales como la participación en Concursos, Certámenes, etc., o en la realización de trabajos determinados- sea precisa la participación de un reducido número de alumnos/as o que éstos presenten determinadas exigencias sobre conocimientos, aptitudes, etc., el profesor/a que las promueva deberá incluirlas en la Programación General Anual o plantear su realización ante el Consejo Escolar en caso de que no haya podido ser previamente incluida, citando las notas específicas de su realización. En caso de que dos o más profesores/as promuevan una misma o similar actividad se procurará que ambos acuerden la mejor forma para su plena realización, llegando si fuera preciso a efectuar procesos de selección previos para decidir la representación del Instituto. La selección del alumnado será por cuenta del profesor/a encargado de la actividad, teniendo en consideración los lógicos criterios de objetividad en la elección de los mismos.
f) Listados de alumnos participantes y autorizaciones exigidas: 1) Los listados de los Alumnos/as participantes deberán estar entregados a la Jefa del Departamento de Actividades Extraescolares dos días lectivos antes de la realización de la actividad programada, con el fin de evitar problemas a la hora de conocer los alumnos/as que han de permanecer en clase y anticipar el profesorado que habrá de atenderles. 2) Las autorizaciones familiares serán exigidas a los alumnos menores y mayores de edad con carácter previo a la realización de la actividad. En caso de no contar con la preceptiva autorización no se permitirá la participación de un alumno en su realización, excepto que de forma fehaciente se compruebe que se autoriza -por quien tenga autoridad para ello- finalmente su participación. g) La participación económica del Centro como apoyo a la realización de actividades será determinada cada curso por el Consejo Escolar del Centro. h) Los Profesores/as acompañantes, lo serán en número de 2 por actividad como mínimo, y máximo de 2 profesores por cada autocar empleado, hasta un máximo de 4 profesores, en un período que no supere 2 días lectivos. Ellos/as serán los responsables del normal desarrollo de la actividad; debiendo exigir las preceptivas Autorizaciones de los Padres y Madres o Tutores de los alumnos (aunque éstos sean mayores de edad civil, salvo que se hallen emancipados), haciéndose acreedores de las I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro
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correspondientes compensaciones por servicios prestados o gastos de viaje determinados por las normas legales actualmente vigentes, sobre la materia, establecidas por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Art. 121. Las Actividades Extracurriculares son aquellas que no tienen nada que ver con el currículo. Su realización quedará sometida a lo estipulado con carácter general con las siguientes consideraciones: 1) Se trata de Actividades que se realizan en los Centros fuera del horario y de la jornada escolar. 2) Quedan organizadas por Instituciones diversas como la AMPA del Instituto. 3) Son voluntarias para profesores y alumnos. 4) Ejemplos de este tipo de Actividades son las que desarrollan las respectivas Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos, diferentes ONG’s, Instituciones como Ayuntamientos, Federaciones de Empresarios, Organizaciones Sindicales, etc., como estamentos con los cuales el Centro tratará de mantener una estrecha colaboración por cuanto supone poner en servicio y dotar de utilidad los medios de que disponemos, además de favorecer el mejor conocimiento del propio Centro. b) Este tipo de Actividades tratarán de autofinanciarse por parte de quienes participen en las mismas, siendo motivo de aportación económica del Centro en aquellos casos concretos en que así se determine por parte del Consejo Escolar y en la cuantía que se decida, tras el estudio de la solicitud -presentada en cada caso- del Programa de la Actividad que se celebre y de su correspondiente aprobación.
Aprobado por unanimidad por el Consejo Escolar del Centro en su sesión de 21 de mayo de 2.008
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS CORRECTORAS
Conducta
Procedimiento
Contraria a las normas de convivencia
Aviso previo: El profesor implicado en el hecho se pondrá telefónicamente en contacto con los padres o tutores del alumno - Profesor implicado - Ninguna infractor y les informará de lo sucedido. El profesor lo comunicará al tutor.
Contraria a las normas de convivencia
Primera notificación: El profesor implicado en el hecho se pondrá en contacto con los padres o tutores del alumno infractor y les informará de lo sucedido telefónicamente, indicándoles que su hijo les llevará - Profesor implicado una notificación que deberán firmar y devolver al profesor en un plazo máximo de dos días. El profesor entregará la notificación firmada al tutor del alumno.
Contraria a las normas de convivencia
Segunda Notificación: Igual procedimiento que en el primer parte. Además, el tutor se reúne con los padres o tutores del alumno y les - Profesor implicado. advierte por escrito que a la tercera notificación, el alumno infractor - Si procede, igual apartado anterior. - El tutor podrá ser expulsado del Instituto por un periodo de hasta tres días lectivos.
Contraria a las normas de convivencia
- Profesor. Tercera notificación: Igual procedimiento que en el primer parte. - Tutor. Además, el tutor se reúne con el Jefe de Estudios para estudiar el caso - Jefe Estudios y proponer al Director la sanción que se estime. - Director
-Apercibimiento escrito. -Suspensión del derecho asistencia al Instituto de hasta tres días lectivos art. 43, apartado d. - Actividades fuera horario lectivo.
Según el artículo 27 del Decreto 3/2008. - Profesor. - El Director adoptará las medidas correctoras previstas para la - Tutor. convivencia del Centro, dando traslado a la Comisión de Convivencia. - Jefe Estudios
- Las recogidas en el art. 50 medidas correctoras de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
Gravemente perjudiciales para la convivencia
Responsable
Sanción
Si procede, alguna de las medidas correctoras de las conductas contrarias a las normas de convivencia indicadas en el art. 43, apartados b, c, d, e, f, g, h, i .
- Director Peleas y agresiones; Fumar y - La persona que constate dichas conductas dará comunicación por consumir alcohol; Marcharse escrito al Jefe de Estudios o al Director, que iniciará el procedimiento del Instituto sin permiso disciplinario, si procede alumnos ESO
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- Persona implicada. - Tutor. - Jefe Estudios. - Director.
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-Apercibimiento por escrito y suspensión del derecho de asistencia al Instituto de hasta tres días lectivos. - Actividades fuera horario lectivo
XII. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMINETO DE LA RESIDENCIA TÍTULO I: DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL Art. 1 La Residencia Escolar del Instituto de Enseñanza Secundaria “San José” constituye un servicio complementario del centro escolar que, mediante un sistema de internado, contribuye a que el alumnado, con independencia del lugar de residencia y mediante una formación integral, pueda desarrollar sus capacidades y establecer pautas adaptadas de convivencia. Art. 2 La Residencia Escolar se constituye en régimen mixto, para alumnos y alumnas que cursen estudios de Enseñanza Secundaria en el I.E.S. “San José” u otros centros oficiales dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Art. 3 Las normas de convivencia estarán basadas en el respeto a los derechos y en el cumplimiento de los deberes y obligaciones de todos los miembros de la comunidad educativa. Art. 4 Las normas por las que se rige el funcionamiento y organización de la Residencia Escolar deben corresponderse, en todo caso, con las derivadas de la legislación vigente en cada momento, haciendo especial referencia a la Ley Orgánica 8/1.985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (L.O.D.E), a la Ley Orgánica de Educación, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, al Real Decreto 732/ 1995, de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los Centros, al Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Secundaria, al Decreto 58/2006, de 09-05-2006, por el que se ordenan las Residencias escolares públicas en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a la Orden de 2111-.2006, de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se regula el funcionamiento de la Red de Residencias Escolares adscritas a centros públicos en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, al Decreto 3/2008, de 08-01-2008, de la Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha, así como al resto de disposiciones legales que le sean de aplicación. TÍTULO II: OBJETIVOS RESIDENCIA ESCOLAR
BASICOS
DE
ACTUACIÓN
DE
LA
Art. 5 Las líneas básicas de actuación de la Residencia Escolar estarán encaminadas a conseguir los siguientes fines: 1) Promover la práctica de los valores personales de responsabilidad, salud, higiene y los valores sociales de participación y tolerancia.
2) Proporcionar alojamiento y manutención fomentando la autonomía en el desarrollo de los hábitos personales de alojamiento, aseo, vestido, estudio y trabajo. 3) Ofrecer asesoramiento y apoyo al alumnado en el desarrollo de los procesos madurativos y de aprendizaje de las enseñanzas curriculares. 4) Desarrollar una cultura del ocio guiada por valores cívicos, deportivos y artísticos. 5) Asegurar una actuación coordinada con las familias para garantizar una práctica educativa complementaria. 6) Colaborar en el desarrollo de su personalidad, incrementando el sentido de su dignidad, libertad y responsabilidad individual y colectiva. 7) Potenciar los valores de solidaridad y respeto hacia los demás; en especial, hacia los miembros de la comunidad educativa. 8) Garantizar la libertad de expresión y pensamiento, así como el respeto a todas las opciones de tipo religioso, ideológico, ético y moral. 9) Establecer el diálogo como instrumento de resolución de conflictos, fomentando la paz y la no la violencia. TÍTULO III: ALUMNOS RESIDENTES Art. 6 Serán alumnos residentes todos aquellos que habiendo solicitado plaza de interno les haya sido concedida por el servicio de escolarización competente de la Delegación Provincial de Educación. Todo alumno que obtenga plaza de Residencia estará sujeto a lo dispuesto en las normas de convivencia, organización y funcionamiento de la misma, y, por lo tanto, está obligado a respetarlas. En caso de no respetar dichas normas puede llegar a perder el derecho a la plaza de la Residencia. Art. 7 Todo alumno residente contará con los mismos deberes y derechos que vienen recogidos en las presentes Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento de la Residencia Escolar. El alumnado deberá conocer y cumplir las normas establecidas en este Reglamento desde el momento de su incorporación al centro. Art. 8
Alumnos no beneficiarios
1) Los alumnos de Enseñanza Secundaria no Obligatoria, alumnos no beneficiarios, están obligados a abonar por adelantado, trimestralmente, la cantidad establecida por la Consejería de Educación y Ciencia. 2) En caso de no hacer el ingreso correspondiente, en un plazo máximo de quince días, una vez remitida la notificación, perderá el derecho a la plaza de Residencia. 3) Una vez hecho el ingreso, el alumno no podrá reclamar devolución alguna como consecuencia de haber perdido el derecho a la plaza de residencia, o bien cause baja en la misma voluntariamente. TÍTULO RESIDENCIA
IV:
COMPOSICIÒN
DE
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 102
LA
PLANTILLA
DE
LA
Art. 9
Personal docente
1) El personal docente de la Residencia está formado por el Jefe de Residencia, el Jefe de Actividades y los Profesores tutores. Será considerado a todos los efectos como profesorado del centro y formará parte de los órganos de coordinación y de participación del mismo. 2) Son funciones del mismo: a) Ejercer o colaborar con la Jefatura de la Residencia en la elaboración, desarrollo, seguimiento y evaluación de la programación de actividades. b) Atender el ámbito del apoyo curricular y coordinar con los tutores y con el equipo docente los aspectos docentes relacionados con el proceso de enseñanza-aprendizaje. c) Atender, controlar y supervisar los estudios obligatorios de los alumnos. 3) El horario del personal docente será el estipulado en la normativa vigente, distribuido en cinco jornadas y adecuado a las actividades y las necesidades del alumnado residente. Art. 10
Personal no docente
1) El personal no docente está constituido por los Auxiliares Técnicos Educativos y el personal de servicios. 2) Los Auxiliares fundamentales:
Técnicos
Educativos
tienen
como
competencias
a) Asegurar la atención nocturna y asistencial de aseo, higiene y comida de los alumnos, así como la de acompañar a los alumnos, cuando éstos precisen de asistencia sanitaria, dentro de su horario correspondiente, al Centro Médico pertinente. Además, si así lo desean, podrán participar y colaborar en el desarrollo de actividades de ocio, complementarias y extracurriculares. b) Hacer la revisión de las habitaciones, asegurándose de que estén perfectamente ordenadas. 3) Las condiciones de trabajo, horario y funciones a desarrollar por el personal no docente estarán sujetas a lo estipulado por el Convenio Colectivo vigente para el Personal Laboral de la Junta de Comunidades. TÍTULO ESCOLAR Art. 11
V:
ÓRGANOS
DE
GOBIERNO
DE
LA
RESIDENCIA
La Residencia tendrá los siguientes órganos de gobierno:
1) Unipersonales: a) Jefe de docente ajustará 2/2006,
Residencia. La jefatura de la Residencia la ejercerá un del centro que formará parte del equipo directivo y se a lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica de 3 de mayo, de Educación. Actuará por delegación del
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 103
Director o Directora del centro y bajo su autoridad. Tiene como competencias: (1)Organizar la vida de la Residencia. (2)Coordinar la elaboración, desarrollo, seguimiento y evaluación de la programación anual. (3)Coordinar la participación, fomentando el desarrollo de la responsabilidad y los valores democráticos del alumno y la participación y compromiso de las familias con la Residencia y el centro. (4)Asegurar el cumplimiento de las normas de convivencia, organización y funcionamiento de la Residencia y ejercer su responsabilidad en el desarrollo de las mismas. (5)Colaborar con la secretaría en la gestión administrativa y económica de la misma. (6)Ejercer, por delegación de la dirección del centro, la jefatura del personal docente y no docente que realice sus funciones en la Residencia. (7)Cualquier otra que le pueda ser encomendada por el director dentro de su ámbito de competencia. (8)Estudiar las solicitudes de autorización presentadas por los padres o tutores para que sus hijos no cumplan el horario habitual diario de la Residencia, y conceder o no la pertinente autorización. b) Jefe de Actividades. La jefatura de actividades será desempeñada por uno de los profesores asignados a la Residencia y será designado por el Jefe de Residencia. Tiene como competencias: (1)Coordinarse con el Departamento de Actividades Extracurriculares y Complementarias del I.E.S. San José y elaborar, conjuntamente con el profesorado de la Residencia, la programación de actividades extraescolares y complementarias que se van a llevar a término durante cada curso escolar. (2)Proponer a la Jefatura de la Residencia las actividades de ocio, extracurriculares y talleres que se vayan a llevar a cabo a lo largo del curso una vez oído el profesorado y Ayudantes Técnicos Educativos de la Residencia (3)Coordinar el desarrollo de todas las actividades y talleres programados para el curso escolar correspondiente. c) Tutores. La función de tutoría será desempeñada por profesores de Residencia, a excepción del Jefe de Residencia. Si las disponibilidades del profesorado lo permite, el Jefe de actividades, no desempeñará la función de tutor. La cuantía y distribución de tutorías se determinarán y distribuirán en función del número de alumnos con que cuente la Residencia en cada curso escolar. Las funciones de los mismos son: I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 104
(1)Colaborar con la Jefatura de Residencia en la elaboración, desarrollo, seguimiento y evaluación de la programación de actividades. (2)Atender el ámbito del apoyo curricular y coordinar con los tutores y con el equipo docente los aspectos docentes relacionados con el proceso de enseñanza-aprendizaje. (3)Informar a las familias de alumnos de forma periódica del desarrollo educativo de sus hijos e hijas. (4)Poner en conocimiento de las familias cualquier hecho que incida negativamente en el desarrollo personal y educativo de sus hijos: faltas sistemáticas de asistencia a clase, incumplimiento de las normas de convivencia, etc. (5)Responsabilizarse de la actuación a seguir, en caso de que un alumno necesite asistencia sanitaria y no pueda ser acompañado por un Auxiliar Técnico Educativo al centro médico pertinente. (6)Hacer el seguimiento del absentismo escolar de los alumnos y mantener informadas a las familias. d) Orientador. El responsable del Servicio de Orientación de la Residencia será el mismo que el del Centro al que esté adscrita la Residencia. Las funciones del orientador son desarrollar actividades con: (1)Los profesores, siempre que se solicite o se programe dentro de las actividades de formación de los profesores. El orientador participará en la transmisión de información, materiales y recursos según la temática planteada. (2)Los alumnos siempre que se solicite o se programe dentro de las actividades dirigidas a grupos de alumnos relacionados: (a) Autoestima, autoconcepto (b)Aptitudes y actitudes. (c) Tiempos de estudio y rendimiento. (d)Carácter y personalidad. (e) Expectativas y toma de decisiones (f) Autocontrol, personalidad y madurez (g)Adolescencia, sociedad y tiempo libre. (h)Orientación Profesional y proceso de decisión (3)Los padres según demandas individuales de tutores y padres. (4)Mediar en la resolución de conflictos si así se le demandare. 2) Órganos Colegiados: a) El Equipo Educativo.
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 105
(1)Estará formado por el Jefe de Residencia, el personal docente y Auxiliares Técnicos Educativos; se reunirá preceptivamente con carácter mensual el primer viernes de cada mes y tendrá la responsabilidad de colaborar con la Jefatura de la Residencia en la elaboración, desarrollo, seguimiento y evaluación de la programación de actividades, y de coordinarse con los tutores/as de los grupos en los que están escolarizados los residentes. Así mismo será el encargado de elaborar el Reglamento de Organización y Normas de Convivencia de la Residencia Escolar (2)De las reuniones del equipo educativo se levantará la correspondiente acta por el profesor de menor edad que actuará de Secretario. b) El Consejo de Residentes. (1)Es el órgano de participación de los que viven en la Residencia y estará formado por: (a) Un representante de los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria, elegido por los alumnos de dicha etapa. (b)Un representante de los alumnos de Bachillerato, elegido por los alumnos que cursen dicha enseñanza. (c) Un representante de los alumnos de Formación Profesional y Programas de Cualificación Profesional Inicial, elegido por los alumnos que cursen dichos estudios. (d)Un representante de los becarios-colaboradores si los hubiere, elegido por todos los becarios. (2)La elección de los miembros del Consejo de Residentes se realizará anualmente por el procedimiento de sufragio directo y se llevará a cabo durante el mes de octubre. (3)El consejo de residentes se reunirá preceptivamente con carácter mensual, a ser posible el último jueves de cada mes, y tendrá como funciones: (a) Presentar propuestas al articulado relativo a la Residencia dentro de las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro. (b)Informar la programación de actividades de la Residencia. (c) Colaborar en el desarrollo de la convivencia de todos los miembros de la comunidad educativa en la Residencia. (d)Proponer actividades extracurriculares durante el curso escolar.
para
desarrollar
(4)De las reuniones del Consejo de Residentes se levantará la correspondiente acta por el alumno de bachillerato miembro del Consejo. c) La Comisión de Residencia del Consejo Escolar I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 106
(1)El Consejo Escolar del Centro constituirá una Comisión de Residencia que será designada por el mismo y estará formada por un representante de los padres, un representante de los alumnos y dos profesores. (2)Se reunirá preceptivamente tres veces al año coincidiendo con los periodos de evaluación docente y, con carácter extraordinario, siempre que la convoque el/la Presidente del Consejo Escolar del Centro. (3)Son funciones de la comisión: (a) Informar la programación y la memoria de las actividades de la Residencia. (b)Informar las normas funcionamiento.
de
convivencia,
organización
y
(c) Informar las necesidades de renovación de instalaciones y equipamientos de la Residencia, así como todo lo que respecta a su conservación (d)Evaluar periódicamente Residencial.
el
funcionamiento
de
la
vida
(e) De las reuniones de la Comisión de Residencia se levantará la correspondiente acta por el miembro de la comisión designado por ella misma.
TÍTULO RESIDENCIA Art. 12
VI:
0RGANIZACIÓN
Y
FUNCIONAMIENTO
DE
LA
Personal de Residencia
1) La Residencia está dirigida por un Jefe de Residencia cuyas competencias vienen reguladas en el Artículo 9. punto 2 de la orden de 21-11-2006 de la Consejería de Educación y Ciencia. 2) La Jefatura de la Residencia contará con personal docente y no docente necesario para la correcta prestación del servicio de atención a los alumnos en el aspecto docente y no docente. 3) Los profesores y A.T.E.s de la Residencia podrán contar con alumnos becarios-colaboradores para el desarrollo de tareas relativas a actividades complementarias, de ocio y extracurriculares. Art. 13
Horario de la Residencia.
1) La Residencia presta el servicio de atención a los alumnos residentes de lunes a viernes durante el horario no lectivo. Esta se abre a las 8 de la mañana del lunes y se cierra a las 4 de la tarde del viernes. 2) La incorporación de los alumnos a la Residencia se debe hacer antes de que comiencen las clases; si esto no pudiese ser, debido al transporte I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 107
regular de viajeros o a cualquier otro motivo justificado, incorporación del alumno a clase debe ser lo antes posible.
la
3) Cuando entre semana haya días no lectivos, la Residencia quedará cerrada durante esos días y el día anterior a ellos se cerrará a las 4:00 de la tarde como si fuese viernes. 4) El horario general diario de los alumnos de la Residencia será el siguiente:
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 108
HORARIO GENERAL DIARIO DE LOS ALUMNOS DE LA RESIDENCIA ESCOLAR A las 7:30 h.
Llamada a los Alumnos/as. Tiempo para el aseo personal, hacer las camas, De 7:30 h. a 8:00 ventilar la habitación y dejar la misma en perfecto estado h. de revista. Desayuno. Se hace la observación de que a partir De 8:00 h. a de las 8:20 horas dejarán de servirse desayunos a los 8:25 h. alumnos. A las 8:30 h. De 14: 30 h. 15:30 h.
Incorporación obligatoria a las clases. a
Comida. Tiempo libre y de realización de actividades y talleres.
De 15:30 h. 18:00 h.
De 18:00 h. 19:30 h. De 19:30 h. 19:50 h De 19:50 h. 21:00 h. De 21:00 h. 21:30 h. De 21:30 h. 22:30 h.
a
a
En este tiempo se podrá ver T.V., utilizar los juegos en las salas habilitadas para ello, proyectar alguna película de vídeo o participar en las competiciones internas de la Residencia Escolar o en la preparación de éstas, realizar compras en la ciudad, visitar la ciudad, etc. El alumno que quiera también puede dedicar este tiempo al estudio. Estudio obligatorio para todos los alumnos de la Residencia.
a a
Descanso. Estudio obligatorio para todos los alumnos de la Residencia.
a a
A las 22:30 h. A las 23:00 h. De 23:00 h. a 24:00 h.
Cena. Tiempo libre en la Residencia. Incorporación a las habitaciones para hacer el recuento de alumnos/as. Descanso y silencio. Se permitirá que los alumnos puedan seguir estudiando en las habitaciones si no se molesta a los compañeros. Estudio voluntario en el aula de estudio de la Residencia.
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 109
Art. 14
Organización de los estudios.
1) Estudio obligatorio. El estudio obligatorio es el que se realiza entre las 18:00 y las 21:00 horas, es preceptivo para todos los alumnos y queda organizado de la siguiente manera: a) Todos los alumnos de 1 º y 2º curso de ESO comienzan estudiando en el aula nº C-02, siendo atendidos y dirigidos por un profesor. A aquellos alumnos que aprovechen el tiempo de estudio eficazmente y demuestren un alto grado de interés, se les premia con la posibilidad de poder cumplir el tiempo de estudio obligatorio en su propia habitación. b) Todos los alumnos de 3 º y 4º curso de ESO, así como los de programas de garantía social y/o de cualificación profesional inicial, comienzan estudiando en el aula C-07 -biblioteca del centro -, siendo atendidos y dirigidos por un profesor. A aquellos alumnos que aprovechen el tiempo de estudio eficazmente y demuestren un alto grado de interés, se les premia con la posibilidad de poder cumplir el tiempo de estudio obligatorio en su propia habitación. c) Los alumnos de Bachillerato y Ciclos Formativos, dada su madurez y deseos de seguir realizando estudios de enseñanzas no obligatorias, estudian en sus propias habitaciones. No obstante lo anterior, cuando se observe que un alumno de estos niveles no aprovecha el tiempo de estudio ni muestra interés por el mismo, realizará el estudio obligatorio en la biblioteca. Los profesores que no atienden los estudios del aula C-02 y C-07 comprobarán que el estudio en las habitaciones se desarrolla eficazmente. d) Los alumnos que tengan una conducta disruptiva durante el tiempo de estudio, ya sean de ESO, de Bachillerato, de Ciclos Formativos o de Programas de Cualificación Profesional, serán derivados al aula C04 y atendidos por uno de los profesores de la Residencia. e) Los alumnos no podrán hacer uso alguno de móviles, cámaras de fotos, o aparatos similares durante el tiempo de estudio. f) Durante el tiempo de estudio obligatorio, siempre habrá dos profesores, uno especialista en “Letras” y otro, especialista en “Ciencias”, a disposición de todos los alumnos para poder resolver dudas, explicar conceptos, etc., pudiéndolo hacer en las propias habitaciones o bien en el aula C-02. g) La presencia física en la Residencia, durante el tiempo de estudio de 6 a 9 de la tarde, es obligatoria, y solamente se podrá faltar si se cuenta con el permiso del profesorado. Además, los alumnos podrán estudiar fuera de ese horario, bien en las habitaciones bien en las aulas, si así lo desean o lo demandan. 2) Estudio no obligatorio. Es el que se realiza en horas distintas a las del estudio obligatorio, es voluntario y demandado por los propios alumnos en vísperas o fechas de exámenes y evaluaciones, y se lleva a cabo o bien en las propias habitaciones o bien en las aulas. Siempre es
imprescindible contar con el permiso de los A.T.E.s en horas nocturnas
Art. 15
cuando se realice
Organización del Comedor.
1) El servicio de comedor que presta la Residencia comprende el desayuno, comida y cena, con arreglo a la normativa sobre comedores escolares. 2) La asistencia de los alumnos al comedor no es obligatoria. 3) Si los alumnos hacen uso del servicio del comedor deberán ser puntuales, especialmente en el servicio del desayuno que dejará de servirse a todo alumno que sin causa justificada se presente en el comedor después de las 8:20 horas, y observar las adecuadas normas de aseo, modales y comportamiento correcto, respetando las reglas básicas de urbanidad. 4) Queda totalmente prohibido entrar comida o bebida en el comedor, o sacarla del mismo. 5) No se permitirá que ningún alumno pase al servicio de comedor con vestimenta que atente al decoro personal. En ningún caso se podrá estar con un pantalón corto que no sea de vestir. 6) Los A.T.E.s son los encargados de atender a los alumnos en el comedor y de cuidar y velar para que se respeten y cumplan las normas expuestas en los párrafos anteriores. Art. 16 Organización de los talleres y actividades extracurriculares y complementarias. 1) El Jefe de Actividades será el coordinador y dinamizador de los talleres y actividades. 2) El profesorado de la Residencia tendrá que presentar una programación de las actividades de ocio y extraescolares que vaya a desarrollar durante el curso escolar. 3) Los ATEs, si lo demandan, también podrán llevar a cabo actividades y/o colaborar en el desarrollo de las mismas. 4) Estas actividades se realizarán de 4 a 5:30 de la tarde si la actividad se desarrolla dentro del recinto residencial. Si la actividad a realizar se lleva a cabo fuera del recinto residencial, se puede modificar el horario anterior. Art. 17
Organización de las habitaciones.
1) La Residencia dispone de habitaciones distintas para chicos y para chicas 2) Si bien el número ideal de alumnos por habitación sería el de dos, cada habitación será ocupada por 2, 3 o 4 alumnos, en función de las circunstancias que se den en cada curso escolar y del tamaño de las habitaciones.
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 111
3) Se establecen como criterios a tener en cuenta para la distribución de los alumnos en las habitaciones los siguientes: a) Estar matriculado en el mismo curso y/ o tener la misma edad. b) Ser de la misma localidad. c) Haber hecho los estudios de primaria o de E.S.O. en el mismo centro. d) Cualquier otro que, en cada momento, se considere válido. 4) Una vez hecha la distribución de habitaciones, durante la 1ª semana del curso se permitirá hacer todos aquellos cambios que interesen a los alumnos, siempre y cuando no afecten negativamente a la organización de la Residencia. 5) Si a lo largo del curso se observase que la distribución de los alumnos en las habitaciones genera problemas que afectan a la convivencia en la Residencia, se harán todos los cambios de alumnos y/o de habitaciones que sean necesarios para mejorar dicha convivencia. 6) En las habitaciones no se pueden tener televisores, ni usar aparatos eléctricos, que potencialmente puedan ser fuente de peligro, tales como tostadores, microondas, estufas eléctricas, etc. Si a un alumno se le requisa algún aparato eléctrico, se le sancionará, se le recogerá y no se le devolverá hasta que termine el curso escolar. 7) No se pueden tener en las habitaciones alimentos cuya correcta conservación requiere que estén en cámaras frigoríficas. 8) Las habitaciones tienen que estar siempre perfectamente ordenadas y limpias, y los alumnos deben cumplir con las normas explícitas que sobre vestimenta y calzado aparecen escritas en el documento que existe en la parte posterior de las puertas de las habitaciones. 9) El grupo de alumnos de cada habitación se responsabilizará de todas las incidencias que ocurran en la misma, así como de los posibles desperfectos y daños que se originen de forma intencionada por un mal uso o negligencia. El desperfecto o daño causado deberá ser reparado o abonado por el alumno causante del mismo o, en su defecto, por el grupo de alumnos que conviven en la habitación. 10) Los alumnos, A.T.E.s o profesores informaran de los desperfectos que observen en las habitaciones a fin de que puedan ser subsanados. Art. 18
Organización del uso del ascensor.
1) El ascensor es un recurso que la Residencia pone al servicio de todo el personal de la misma, y en especial de los alumnos, con la finalidad facilitar la movilidad dentro de la misma. 2) No obstante lo anterior, parece necesario establecer unas pautas de uso que eviten que la utilización del mismo por los alumnos sea fuente de problemas. 3) Por todo lo anteriormente expuesto se restringe el uso del ascensor a los siguientes casos: a) Cuando haya que subir o bajar de las habitaciones con maletas o bolsos de viaje. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 112
b) Cuando cualquier persona que tenga problemas de movilidad como consecuencia de enfermedades congénitas, esguinces, fracturas, etc. tenga que subir a las habitaciones o bajar de las mismas. 4) En cualquier otra situación no contemplada en los epígrafes a) y b) del apartado 3 del presente artículo, se utilizará las escaleras para moverse entre las diferentes plantas de la Residencia.
TÍTULO VII NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA RESIDENCIA. CAPÍTULO I: Disposiciones generales, deberes y derechos de los alumnos residentes. Art. 19
Finalidad de las normas de convivencia
1) En la educación se transmiten y ejercitan los valores que hacen posible la vida en sociedad y se adquieren hábitos de convivencia y respeto mutuo. Por ello, la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad es uno de los objetivos que queremos alcanzar en la vida residencial. 2) A la consecución de este fin deben contribuir las normas de convivencia establecidas en la Residencia. 3) Además de los derechos y deberes que con carácter general vienen recogidos en el Título II y III del real decreto 732/1995 de 5 de mayo de 1995, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros, los alumnos de la Residencia están obligados a respetar las siguientes normas que serán dadas a conocer por escrito a todos los alumnos internos al comienzo de cada curso. Art. 20 Todos los alumnos disponen de tiempo libre entre las 3 y 6 de la tarde, y entre las 9:30 y 10:30 de la noche. Las salidas a la ciudad, sin contar con permiso del profesorado, solo se pueden realizar entre las 3 y las 6 de la tarde. Entre las 9:30 y las 10:30 de la noche el tiempo libre hay que disfrutarlo dentro del recinto residencial. Para poder salir a la ciudad en otro horario distinto al de 3 a 6 de la tarde, se debe contar con el permiso expreso del profesorado o A.T.E.s de la Residencia. Art. 21 Cuando un alumno vaya a abandonar la Residencia entre semana o vaya a pernoctar fuera de ella, deberá comunicarlo al profesorado o a los A.T.E.s que comprobarán con sus padres o tutores la veracidad de lo solicitado. Art. 22 Cuando los alumnos, en horario de obligada permanencia en la Residencia, tengan que asistir a academias, escuela oficial de idiomas, conservatorio o realizar cualquier otra actividad, los padres deberán solicitar por escrito al Jefe de Residencia la autorización pertinente. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 113
Art. 23 Una vez al trimestre todos los alumnos pueden asistir a sesiones de cine en horario vespertino. Art. 24 No está permitido el acceso a las habitaciones a personas ajenas a la propia Residencia. Los padres de alumnos para acceder a las habitaciones deben comunicarlo a la Residencia. Art. 25 Deberes de los alumnos. Los alumnos tienen el deber y la obligación de: 1) Aprovechar positivamente la plaza de Residencia que la sociedad pone a su disposición. Por ello, la asistencia a clase es una obligación inexcusable. 2) Ofrecer a los tutores toda la información académica que se les solicite. 3) Asistir con puntualidad a todos los actos propios de la Residencia. 4) Seguir las orientaciones e indicaciones del profesorado, personal no docente y colaboradores-becarios si los hubiere, respecto al comportamiento en la Residencia. 5) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 6) No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social. 7) Respetar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones de la Residencia. 8) Hacerse cargo de la reparación o coste económico de los daños causados de forma intencionada o por negligencia a las instalaciones del centro, al material o al mobiliario. Igualmente los alumnos que sustrajeren bienes a los propios compañeros o al centro deberán restituir lo sustraído. En todo caso, los padres o representantes legales de los alumnos son los responsables civiles en los términos previstos en las leyes. 9) Respetar la normativa que sobre alcohol y tabaco rige en los centros de enseñanza. Por ello está prohibido el consumo de alcohol y tabaco dentro del recinto residencial, así como de sustancias estupefacientes. 10) Respetar el ejercicio del derecho al estudio y al descanso de los compañeros, guardando escrupulosamente silencio. 11) Evitar efectuar alteraciones de cualquier tipo en las habitaciones sin el permiso expreso del Jefe de Residencia. 12) Cuidar de que su propia habitación esté en todo momento perfectamente ordenada, recogida y limpia. Cada semana habrá un responsable de habitación que será el que tenga que responder ante los A.T.Es cuando hagan la revisión de habitaciones. 13) Colaborar en la consecución de hábitos higiénicos y saludables cuidando al máximo el aseo, la limpieza e higiene personal propia, así I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 114
como el de los utensilios y enseres que se utilicen: sábanas, ropa, calzado, etc., y teniendo correctamente ordenado el armario. 14) Respetar escrupulosamente el silencio nocturno que permita el descanso de los compañeros. 15) Aprovechar el tiempo de estudio y respetar la actividad de los compañeros. 16)
Abstenerse de subir a las habitaciones durante el horario lectivo.
17) Solicitar permiso para ir a habitaciones distintas a las suyas una vez hecho el recuento nocturno. No se permitirá que a partir de las 11 horas de la noche los alumnos puedan estar en una habitación distinta de la suya, si no cuenta con el permiso del A.T.E. correspondiente. Las visitas de los alumnos a las habitaciones de las chicas o de las alumnas a las habitaciones de los chicos, en cualquier momento del día, solo se podrán hacer con permiso del profesorado, A.T.E.s o del Jefe de Residencia. 18) Evitar cualquier acción que altere el normal funcionamiento de la Residencia. 19) Respetar el carácter propio de la Residencia, en cuanto ésta queda incorporado al Proyecto Educativo del Centro, participando activamente en la vida y funcionamiento de la misma. 20) Avisar a la Residencia cuando permanezca en su domicilio particular, por enfermedad u otro motivo, y no se incorpore el día que debiera a la misma. Art. 26
Los alumnos tienen el derecho a:
1) La libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa. 2) Ser respetado por todos los miembros de la comunidad educativa. 3) Manifestar su discrepancia respecto de las decisiones educativas que les afecten. Cuando la discrepancia revista carácter colectivo, la misma será canalizada a través del Consejo de Residentes. 4) Utilizar las instalaciones de la Residencia con las limitaciones derivadas de los horarios establecidos para las mismas. 5) Participar, en calidad de voluntarios, en las actividades de ocio y extracurriculares programadas de la Residencia. 6) Disponer libremente de su ocio y tiempo libre, salvo que les haya sido retirado dicho derecho como consecuencia de una sanción disciplinaria, pudiendo realizar actividades deportivas, culturales, etc. Cuando a un alumno se le haya privado del tiempo libre, no podrá abandonar el recinto residencial. 7) Reunirse dentro del horario de la Residencia. El horario que se reserva al ejercicio de este derecho, será el de 6 a 7:30 de la tarde de cualquier día, siempre que los alumnos lo soliciten verbalmente o por escrito con una antelación de 2 días ante el Jefe de Residencia. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 115
8) Poder desarrollar sus tareas de estudio y aprendizaje sin que los demás miembros le cercenen dicho derecho. 9) Acceder a todos los servicios docentes de la Residencia (biblioteca, servicios de medios audiovisuales e informáticos). CAPITULO II. Régimen disciplinario y sancionador Sección 1ª: Disposiciones Generales. Art. 27 Los incumplimientos de las normas de convivencia habrán de ser valorados considerando la situación y las condiciones personales del alumno. Art. 28
Criterios de aplicación de las medidas educativas correctivas
1) Las correcciones qua hayan de aplicarse por el incumplimiento de las normas de convivencia habrán de tener carácter educativo y recuperador. 2) No podrán imponerse correcciones contrarias a la integridad física y la dignidad personal del alumno. 3) Ningún alumno podrá ser privado del derecho a la educación, ni, en el caso de la enseñanza obligatoria, de su derecho a la escolaridad, de acuerdo con el punto 3 del artículo 53 del Real Decreto 732/1995. 4) Las medidas correctoras deben ser proporcionales a la gravedad de la conducta que se pretende modificar y deben contribuir al mantenimiento y mejora del proceso educativo. 5) Se tendrán en cuenta la edad y las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno antes de resolver el procedimiento sancionador. Art. 29
Gradación de las medidas correctoras.
1) Se pueden considerar circunstancias que atenúan la gravedad: a) El reconocimiento espontáneo de una conducta incorrecta. b) La ausencia de medidas correctoras previas c) La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración del desarrollo de las actividades de la Residencia. d) El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado. e) La falta de intencionalidad. 2) Se pueden considerar gravedad:
como circunstancias
que aumentan la
a) Los daños, injurias u ofensas a compañeros o compañeras de menor edad o de nueva incorporación, o que presenten condiciones personales que conlleven desigualdad o inferioridad manifiesta, o que estén asociadas a comportamientos discriminatorios, sea cual sea la causa. b) Las conductas atentatorias contra los derechos de los profesionales del centro, su integridad física o moral, y su dignidad. c) La premeditación y la reincidencia. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 116
d) La publicidad. e) La utilización de las conductas con fines de exhibición, comerciales o publicitarios f) Las realizadas colectivamente, así como la incitación o estímulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de los miembros de la comunidad educativa. g) La nocturnidad. h) Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros de menor edad o a los recién incorporados a la Residencia. Art. 30 Podrán corregirse los actos contrarios a las normas de convivencia de la Residencia realizados por los alumnos en el recinto residencial o durante la realización de actividades complementarias y extraescolares. Igualmente, podrán corregirse las conductas de los alumnos que, aunque realizadas fuera del recinto escolar, estén motivadas o directamente relacionadas con la vida escolar y afecten a sus compañeros o a otros miembros de la comunidad educativa. Sección 2ª: Conductas contrarias a las normas de convivencia y conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. Art. 31 Las conductas que atentan a las normas de convivencia se clasifican en dos grupos: conductas contrarias a las normas de convivencia y conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. Art. 32 Conductas contrarias a las normas de convivencia. Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia las siguientes conductas: 1) Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad a cualquier actividad de la Residencia. 2) Hacer un mal uso, de manera no intencionada, de las dependencias del centro, del mobiliario, material educativo, enseres u objetos que la Residencia pone a disposición de los alumnos, así como causar deterioro no grave de las pertenencias de los miembros de la comunidad educativa. 3) La alteración del normal desarrollo de los estudios o actividades del centro o Residencia. 4) Falta de respeto al ejercicio del derecho al estudio de los compañeros. 5) Mostrar una actitud desinteresada y pasiva en la realización actividades programadas en la Residencia.
de
6) Realización de actos de indisciplina, falta de respeto, injuria y ofensa no graves que se produzcan contra cualquier miembro de la comunidad escolar. 7) La ausencia injustificada de la Residencia Escolar en tiempo de obligada permanencia en ella, siempre y cuando el tiempo de dicha ausencia injustificada sea inferior a una hora y anterior a las 22:30, momento en que se considera que termina el horario diurno. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 117
8) Tener desordenada la habitación y no guardar la limpieza debida. 9) Hacer caso omiso de las instrucciones provenientes de los A.T.E.s profesores de la Residencia. 10)
o
Arrojar objetos por las ventanas de las habitaciones a los patios.
11) El acceso a otra habitación distinta de la asignada al alumno residente, durante el tiempo de estudio, y sin que medie autorización expresa para ello por parte de los A.T.E.s o profesores de la Residencia. 12) El uso de teléfonos móviles, cámaras fotográficas, mp3, mp4 o cualquier otro aparato audiovisual en tiempo de estudio en las aulas o biblioteca. Art. 33 Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en la Residencia las siguientes conductas. 1) Actos de indisciplina, faltas de respeto, injurias u ofensas graves contra los miembros de la comunidad educativa. 2) Los actos de indisciplina o injustificados que alteren gravemente el desarrollo normal de las actividades de la Residencia. 3) La negativa al cumplimiento de medidas correctoras o sanciones impuestas como consecuencia de la comisión de faltas de cualquier clase. 4) La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa. 5) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y en las actividades de la Residencia, así como la falsificación o sustracción de documentos de uso interno de la Residencia. 6) Causar por uso indebido o malintencionado daños graves en los locales, mobiliario, material y documentos de la Residencia, o en los objetos que pertenezcan a cualquier miembro de la comunidad educativa. Se considera daño grave cuando el deterioro producido requiera una profunda reparación o un elevado coste económico con respecto al valor real del objeto dañado. 7) La reiteración, en un mismo curso escolar, de conductas contrarias a las normas de convivencia en el Centro o Residencia. Se entenderá por reiteración aquellas conductas que se repitan más de tres veces. 8) La sustracción de cualquier bien u objeto que pertenezca a miembros de la Residencia o a la propia Residencia. 9) Introducir, disponer o consumir bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas o alucinógenas en la Residencia 10)
Fumar dentro del recinto residencial.
11)
Embriagarse.
12) Faltas injustificadas reiteradas de asistencia a clase cuando dichas ausencias supongan un número igual o superior a 5 en el plazo de una semana para los alumnos de E.S.O. o de Programas de Cualificación Profesional y de 6 en una semana para alumnos de Bachillerato o Formación Profesional. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 118
13) La incitación o realización de actos contrarios a la higiene, salud y a la integridad física de los miembros de la comunidad educativa. 14) La ausencia injustificada de la Residencia en periodo nocturno, siempre que suceda a partir de las 22:30 horas, momento en que se cierra la Residencia y se hace el recuento nocturno. 15) Alterar o perturbar la convivencia en la Residencia durante el tiempo dedicado al descanso, especialmente en el periodo nocturno 16) El acceso y/o permanencia en habitación distinta de la suya propia, durante el periodo nocturno, sin contar con el permiso de los A.T.E.s que tengan servicio en la Residencia. 17) Pernoctar en una habitación diferente a la propia ocupada por alumnos de distinto sexo. 18) Utilización de un lenguaje soez, ofensivo o insultante en las conversaciones con los demás. 19) El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. 20) Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan una implicación de género, sexual, religiosa, racial o xenófoba o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas. 21) Exhibir símbolos racistas que inciten a la violencia o emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como la manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo. 22) Introducir, poseer, disponer o utilizar objetos o productos que potencialmente puedan ser peligrosos para la salud o la integridad física de los miembros de la comunidad educativa como navajas, esprays de defensa, sustancias tóxicas corrosivas, ácidos, etc. 23) La ausencia injustificada de la Residencia Escolar en tiempo de obligada permanencia en la misma, siempre y cuando el tiempo de dicha ausencia injustificada sea superior a una hora y anterior a las 22:30, momento en que se considera que termina el horario diurno”.
Sección 3ª: Medidas correctoras ante conductas contrarias a las normas de convivencia y gravemente perjudiciales para la convivencia. Art. 34 Son medidas correctoras ante conductas contrarias a las normas de convivencia: I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 119
1) La restricción del uso de determinados espacios y recursos del centro. 2) La sustitución del tiempo libre por la actividad alternativa de mejora, cuidado, limpieza y conservación del recinto residencial. 3) La realización de estudio obligatorio en tiempo libre en la biblioteca entre las 4 y las 6 de la tarde, o entre las 21:30 y 22:30 en el aula C5 durante un periodo de tiempo no superior a 4 días. 4) Amonestación privada verbal que quedará reflejada en el libro de faltas de los alumnos. 5) Realización de tareas que contribuyan a la reparación, mejora y/o sustitución de los objetos o instalaciones en horario de tiempo libre dirigidas a subsanar el daño causado. 6) Realizar tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades de la Residencia. 7) Retirar, en tiempo de estudio a lo largo de una semana, los teléfonos móviles, las cámaras fotográficas, mp3, mp4 o cualquier otro aparato audiovisual que se hubiera utilizado en tiempo de estudio en las aulas o biblioteca. Art. 35 Son medidas correctoras perjudiciales para la convivencia:
ante
conductas
gravemente
1) La realización de estudio obligatorio en tiempo libre en la biblioteca entre las 4 y las 6 de la tarde, o entre las 21:30 y 22:30 en el aula C5 durante un periodo de tiempo no inferior a 4 días ni superior a 30 consecutivos. 2) La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias durante un periodo que no podrá ser superior a un mes 3) El cambio de habitación. 4) Suspensión temporal del derecho a la plaza de la Residencia y a los servicios que ésta presta a los alumnos durante un periodo que no sea superior a 15 días lectivos para alumnos de enseñanza obligatoria, sin perjuicio de que asista o pueda asistir a las clases programadas en su respectivo Centro docente. 5) Restitución de los objetos, bienes o materiales sustraídos y expulsión de la Residencia durante un periodo de tiempo no superior a 15 días lectivos. 6) Pérdida de la plaza de Residencia Art. 36
Competencia para la imposición las medidas correctoras.
1) La imposición de medidas correctoras ante las conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del Centro corresponden, por delegación del Director, oído el alumno o alumna, a: (a) Cualquier profesor o profesora del centro adscrito a la Residencia (b)Cualquier A.T.E. I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 120
2) En todos los casos quedará constancia escrita de las medidas adoptadas 3) Las medidas correctoras previstas para las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro serán adoptadas por el director o directora, de lo que dará traslado a la Comisión de Convivencia. Art. 37
Procedimiento General
1) Para la adopción de las correcciones prevista en este reglamento será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna, las familias y el conocimiento del profesor o profesora responsable de la tutoría. 2) En todo caso, las correcciones así impuestas, serán inmediatamente ejecutivas. Art. 38
Reclamaciones.
1) Las correcciones que se impongan por la realización de conductas contrarias a la convivencia no serán objeto de ulterior recurso, sin perjuicio de la facultad general que asiste a los interesados de acudir ante la Dirección del Centro o la Delegación correspondiente, para formular la reclamación que estimen oportuna. 2) Las correcciones que se impongan por parte del director o directora en relación a las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres, madres o representantes legales del alumno. La reclamación se presentará en el plazo de dos días a contar desde el siguiente a la imposición de la corrección. Disposición final primera. La suspensión del derecho de asistencia al centro docente en el que el alumno esté matriculado, lleva aparejada la suspensión del derecho a la plaza de la Residencia por el mismo periodo de tiempo. Disposición final segunda. Si de manera intencionada o por negligencia se causare un daño al mobiliario, enseres u objetos ubicados en espacios comunes de la Residencia tales como: servicios, pasillos, aulas, biblioteca, etc. utilizados por todos o por gran número de alumnos, y no se identificase al alumno o alumnos causantes del daño, éste será sufragado de manera solidaria por el conjunto de todos los alumnos internos. Para ello, al iniciar el curso se le pedirá a cada alumno, en depósito, la cantidad de 20 euros, y con el dinero de ese fondo común se procederá a reparar los daños que bajo esta circunstancia se pudieran originar. Al terminar el curso, si hubiese dinero sobrante en dicho fondo, éste se devolverá a los alumnos equitativamente. Disposición final tercera. En el caso de que haya alumnos que, a lo largo del curso, de manera reiterada hayan manifestado una conducta disruptiva contraria a las normas de convivencia o gravemente perjudicial para la convivencia, se elevará a la autoridad competente propuesta para que no se les conceda plaza de Residencia en el siguiente curso escolar. Cuando un alumno tenga durante un trimestre un número de faltas injustificadas de I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 121
asistencia a clase igual o superior al 15% del total de las clases del mismo, se elevará la misma propuesta. Disposición final cuarta. El presente reglamento de organización, normas de convivencia y funcionamiento de la Residencia Escolar del I.E.S. “San José” será aprobado por el Consejo Escolar del Centro y entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el mismo. En cualquier momento del curso escolar, se podrá valorar el funcionamiento de las Normas de Convivencia de la Residencia Escolar para plantear posibles cambios ante el Consejo Escolar, siguiendo el procedimiento establecido en la disposición final quinta de las Normas de la Residencia, sin entrar en contradicción con lo establecido en las Normas del Centro. Disposición Final Quinta: Procedimiento de modificación de las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento de la Residencia. 1. Cualquier sector educativo de la Residencia puede plantear las modificaciones y cambios que considere convenientes para mejorar la convivencia, organización y funcionamiento de la Residencia. 2. Una vez planteadas las modificaciones o cambios a las Normas de Convivencia por cualquiera de los sectores educativos, los mismos se harán llegar al Consejo de Residentes y al Equipo Educativo que los valorarán y emitirán un informe en la siguiente reunión mensual preceptiva. 3. Los informes elaborados por el Consejo de Residentes y por el Equipo Educativo se remitirán a la Comisión de Residencia del Consejo Escolar que los estudiará e informará positiva o negativamente en la siguiente reunión trimestral preceptiva; si el informe es positivo, elaborará la correspondiente propuesta de cambio o modificación de la que informará al Consejo Escolar para su aprobación. 4. Las modificaciones y cambios aprobados entrarán en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo Escolar. El jefe de Residencia dará la máxima publicidad de estas modificaciones entre todos los sectores educativos. DILIGENCIA DE APROBACIÓN POR EL CONSEJO ESCOLAR Diligencia para hacer constar que las presentes Convivencia, Organización y Funcionamiento de la Residencia I.E.S. “San José” de Cuenca fueron aprobadas por el Consejo Centro en sesión ordinaria celebrada el día 21 de mayo de 2008 y por el mismo el 26 de enero del año 2009. Cuenca,
26 de enero de 2009
I.E.S. San José. Proyecto Educativo de Centro. 122
Normas de Escolar del Escolar del modificadas
ESQUEMA DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA RESIDENCIA ESCOLAR. I.E.S. “SAN JOSÉ” Título I. Disposiciones de carácter general. (pág. 2) Título II. Objetivos. (pág.2) Título III. Alumnos Residentes. (pág. 3) Personal docente. Título IV. Plantilla de personal de la Residencia (pág. 3) Personal no docente. a) Unipersonales Título V: Órganos de gobierno (pág. 4) b) Colegiados Normas de Convivencia,
Jefe de Residencia. jefe de Actividades. Tutores Orientador
Equipo Educativo. Consejo de Residentes. Comisión de Residencia del Consejo Escolar.
Organización y Funcionamiento de la
Título VI. Organización y Funcionamiento de la Residencia. (pág 8)
Residencia Escolar
Horario de la Residencia. Organización de los Estudios. Organización del Comedor. Organización de los Talleres. Organización de las Habitaciones.
Capítulo I Disposiciones de carácter general, Deberes de los alumnos y Derechos de los alumnos. Título VII. Normas de Convivencia: (pág. 13) Capítulo II Régimen disciplinario y sancionador . Disposiciones finales (pág. 20 y 21) Diligencia de aprobración por el Consejo Escolar ( pág. 22) Esquema (pág.23)
Sección I: Disposiciones generales. Sección II: Conductas contrarias a las normas de Convivencia y Conductas gravemente perjudiciales para la Convivencia Sección III: Medidas correctoras