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INTRODUCCIÓN: En el presente trabajo !ere"os "ostrar la #a$t!ra% s! or&'en ( la )&stor&a *e esta% $o"o *&+ersos a!tores *&$en !e na$&, en Bras&l ( otros !e na$&,n en ort!'al. As/ "&s"o% *ar a $ono$er s!s $ara$ter/st&$as% t&pos e &"portan$&a *e !na #a$t!ra% a(!*n*onos *e la Le( *e Co"probantes
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Presentación: e*&ante la &n+est&'a$&,n real&a*a *e la #a$t!ra% "ostrare"os !e es !n *o$!"ento "er$ant&l !e re3eja to*a la &n#or"a$&,n *e !na opera$&,n *e $o"pra+enta ( es &"portante tener
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Dedicatoria: Este trabajo está dedicado para todas aquellas personas que dan todo su esuer!o para "acer de este #undo un lu$ar #ejor% ta#bi&n para las personas que deciden 'i'ir de pies ( no de rodillas en esta 'ida tan injusta que #u( pocos la saben 'i'ir ( #uc"os arruinar)
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I) II) III) I*)
Introducción: Presentación: Dedicatoria: +ndice: ,) C,PITU-O I: i) ii) iii) i')
Deinición de actura .istoria de la actura en ,#&rica .istoria de la actura en Per/ Dierencia entre actura co#ercial ( actura conor#ada
0) C,PITU-O II: i) I#portancia ii) Tipos de actura 1) -e( 23425 actura co#ercial 2) 6actura electrónica iii) Caracter7sticas i') Requisitos C) C,PITU-O III: i) Estructura de la actura D) Eje#plos E) ,ne8os
*) *I)
Conclusiones: 0iblio$ra7a:
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Cap7tulo I: a. De4n&$&,n *e #a$t!ra5 CONTABILIDAD 2016 - II
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Es Un documento mercantil que refleja toda la información de una operación de compraventa. La información fundamental que aparece en una factura debe reflejar la entrega de un producto o la provisión de un servicio, junto a la fecha de devengo, además de indicar la cantidad a pagar. La factura viene del latín y significa creación, resultado de un trabajo hecho!. La palabra latina factura viene del verbo facere que significa hacer!. Está formado por el participio factus "hecho#, más el sufijo $ ura, que indica una actividad o el resultado de esa actividad. %e factus nos llegan las palabras facticio, factoría y factor. &uando a uno le traen la factura, le traen la cuenta de los resultados hechos. Es así como se dice que la factura para ser e'pedida tiene que haberse prestado el servicio, efectivamente, pero de esto se hablara más adelante. Es un documento tributario de compra y venta que registra la transacción comercial obligatoria y aceptada por ley. Este comprobante tiene para acreditar la venta de mercaderías u otros afectos, porque con ella queda concluida la operación.
b. &stor&a *e la #a$t!ra en A"7r&$a (isto la etimología de la palabra factura ahora anali)aremos los antecedentes históricos de la factura cambiaria como título valor, algunos autores tienen diferencias en cuanto al origen de la factura como título valor, situando su origen en *rasil y otros lo ubican en +ortugal. # *rasil En la legislación de ese país, la factura en sí misma no es título valor. llí la duplicata es el documento aceptado como instrumento negociable, y constituye uno de los principales títulos valores del derecho brasilero. En esa
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UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRION legislación es un título de cr-dito aceptado por el adquirente de una mercancía o beneficiario de un servicio, derivada de la facturade la cual es copia, lo que e'plica su denominación /// que debe pagarse a pla)o cierto. En sentido etimológico, duplicata significa, copia reproducción0 pero el t-rmino duplicataduplicado jurídicamente no se entiende como la simple copia de la factura, sino como u instrumento negociable independiente, emitido con fundamento en la venta de mercancías o por la prestación de servicios debidamente facturados de antemano, en los que el precio se debe pagar a cr-dito. 1 ese duplicado de la factura original, debe ser aceptado por el el comprador o beneficiario del servicio. *# +234U5L En ese país se tiene noticia de su e'istencia desde 6786. En una ley de ese a9o, al regularse el contrato de compraventa, se creó el e'tracto de factura, como documento negociable, válido para cobrar el precio de los bienes vendidos, en una venta a pla)os. :os parece más acertado darles el origen de la factura como titulo valor a los brasileros por cuanto que algunos tratadistas sostienen que la duplicata ya e'istía desde el código de comercio de 6;<=, ya que era obligatorio a los comerciantes emitir una factura y además una relación escrita. &2L2>*? Es bien conocido que en &olombia la mayoría de las normas sobre títulos valores incluido el actual código de comercio son copias casi e'actas del proyecto ?:4L "instituto para la integración de m-rica latina#, así lo refiere el autor 3odrigo becerra, El parlamento latinoamericano, en el cual tiene asiento &olombia, en a9o 67@< encomendó al instituto para la integración de m-rica latina"?:4L#, órgano del banco interamericano de desarrollo, la redacción de un proyecto sobre la materia, que fue encomendado al eminente profesor mejicano 3UL &E3(:4EA BU>% y sometido a la
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UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRION discusión de un grupo de notables catedráticos y peritos del derecho comercial reunidos en argentina en el "67@@# conocido como proyecto ?:4L, el cual fue presentado a la consideración del citado parlamento, que recomendó su adopción a los países de nuestro continente.
$. Deren$&a *e la #a$t!ra $on#or"a*a $on la #a$t!ra $o"er$&al La factura conformada Se trata pues de un titulo – valor causa.
La factura comercial Es !n *o$!"ento tr&b!tar&o% $ontable ( $o"er$&al.
La factura conformada se rige por las normas relativas a los títulos valores, especícamente la Ley Nº 27287.
Es re'!la*a por el Re'la"ento *e Co"probantes *e a'o% nor"a *e $ar$ter tr&b!tar&o.
s de emisi!n optativa ya "ue no e#iste imperativo legal "ue la $aga de o%ligatoria utili&aci!n.
Es *e e"&s&,n obl&'ator&a en opera$&ones s!jetas al &"p!esto 'eneral a las +entas.
La factura conformada no puede tener tal calidad, es un título valor.
La #a$t!ra $o"er$&al t&ene la $al&*a* *e *o$!"ento probator&o *e !na transa$$&,n.
La factura conformada tal conformidad le otorga vocaci!n circulatoria pudiendo ser transmisi%le por endoso.
La #a$t!ra $o"er$&al solo *e"!estra la entre'a o presta$&,n *e ser+&$&os.
C
La e"&s&,n se pro*!$&r en to*a opera$&,n $o"er$&al% !e se real&$e $on pa'o al $onta*o% o al $r7*&to8 "&entras !e #a$t!ra $on#or"a*a solo se e"&te en opera$&ones $o"er$&ales !e &"porten entre'a *e b&enes o presta$&,n *e ser+&$&os no pa'a*os al $onta*o.
N'()* + desde el punto de vista scal, los deudores tri%utarios no pueden utili&ar el referido título valor como sustento de costo o gasto, crdito scal o del crdito deduci%le.
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*. *'s*'s#'#' II9
Capitulo II: a) I#portancia Lo más importante de solicitar una factura cuando realizas una compra, primero, es la responsabilidad del vendedor a garantizar lo que te vende ante un desperfecto o falla del material, segundo te aseguras que el vendedor pague el impuesto correspondiente, el cual ya está incluido en el precio, o sea que ante una compra sin factura, el comerciante se está quedando con esa cantidad de dinero que no le corresponde.
b) Clases de actura e clasiican por el lu$ar a donde se reali!an las operaciones de co#pra 'enta de e8portación: 6actura a la Pla!a: e lla#a actura de pla!a a la que se e8tiende cuando las 'entas se reali!an en la localidad donde radica el 'endedor) Por eje#plo; i nosotros co#pra#os #ercader7as a la casa
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c) Tipos de actura: i) 6actura ordinaria Es un docu#ento que sir'e para dejar constancia de una operación econó#ica% (a sea esta una co#pra'enta o la prestación de al$/n ser'icio) Este tipo de actura debe reco$er toda la inor#ación necesaria sobre dic"a operación) Esta actura ordinaria% que se suele lla#ar si#ple#ente actura% es la de uso #ás recuente (a que los de#ás tipos de actura solo cu#plen la unción de en#endarla o a$ili!ar su procedi#iento) En otras palabras% las otras acturas sie#pre se e#iten en unción a esta) ii) actura rectiicati'a Una actura rectiicati'a es precisa#ente un tipo de actura que se e#ite para corre$ir al$/n error o a$re$ar al$/n dato que sea necesario) Una actura rectiicati'a es un docu#ento que detalla al$una corrección en la actura ordinaria o bien la de'olución de la #ercanc7a) Esta actura se debe e#itir en caso que la actura ori$inal no cu#pla con los requisitos establecidos por la le( 'i$ente) ,si#is#o% ta#bi&n se debe e#itir una actura rectiicati'a en caso que se produ!ca al$/n error con la #ercanc7a% (a sean errores en el precio% descuentos% de'oluciones% etc) Para que esta actura sea 'álida% debe contar con cierta inor#ación #7ni#a indispensable) Es necesario que este docu#ento aclare de or#a e8pl7cita que se trata de una actura rectiicati'a) iii) acturas recapitulati'as Una actura recapitulati'a orece la posibilidad de a$rupar 'arias acturas e#itidas "acia un #is#o destinatario ( dentro de un #is#o #es) Pero para que este docu#ento sea 'álido% es necesario anular dic"as acturas) Esta actura% al tener el #is#o 'alor le$al que una actura ordinaria% ta#bi&n debe cu#plir los #is#os requisitos básicos) Por esta ra!ón% la actura recapitulati'a no solo debe #ostrar CONTABILIDAD 2016 - II
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el 'alor total de las 'entas del #es% sino que debe "acer una bre'e descripción de todas las operaciones que está a$rupando) Con estas pautas% una actura recapitulati'a a$ili!a ( si#pliica los procesos de acturación% pero sie#pre respetando la nor#ati'a 'i$ente establecida por la le() i') 6actura electrónica -a 6actura Electrónica no es un nue'o co#probante de pa$o% es la #is#a 6actura que se e#ite de #anera 7sica% con la dierencia que en este caso su $eneración es a tra'&s del iste#a de E#isión Electrónica =EE9% teniendo co#o caracter7sticas: •
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Es e#itida por la persona o ne$ocio que opte por ailiarse al iste#a de E#isión Electrónica en O-) -a inor#ación del docu#ento% al ser electrónico% estará e8presado en bits dentro de un arc"i'o di$ital% siendo su soporte distinto al tradicional =papel9) u serie será /nica ( alanu#&rica% identiicándose con los si$uientes > caracteres: E??1) u nu#eración será auto#ática ( correlati'a% siendo $enerada de #anera cronoló$ica por el iste#a de E#isión Electrónica en OContiene un #ecanis#o de se$uridad $enerado por #edios electrónicos que a@adido (Ao asociado al docu#ento% $aranti!a su autenticidad e inte$ridad)
Para e#itir la 6actura Electrónica solo tiene que ailiarse al EE% in$resando con su Cla'e O- a UN,T Operaciones en -7nea ( seleccione la opción correspondiente del #en/) -os requisitos para la ailiación son: •
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Tener en el RUC% el estado de ,CTI*O% ( la condición de do#icilio .,0IDO% Reali!ar acti'idades aectas al I#puesto a la Renta de Tercera Cate$or7a% us 'entas netas no deben superar las 1B?? UIT al a@o)
,dicional#ente deberá in$resar% se$/n corresponda% la si$uiente inor#ación:
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Nu#ero de RUC =e8cepto en casos de e8portación en los que se in$resara apellidos% no#bres o ra!ón social9 Descripción del bien o ser'icio Tipo de #oneda *alor 'enta unitario Tributos que $ra'an la operación)
-a 6actura Electrónica se considerará otor$ada al #o#ento de su e#isión% sal'o cuando sea e#itida por las operaciones de e8portación reali!adas con sujetos no do#iciliados% en cu(o caso se otor$ará #ediante su re#isión al correo electrónico que proporcione el adquirente o usuario o en la or#a que &ste estable!ca) d) Caracter7sticas: -a actura conor#ada tiene las si$uientes caracter7sticas: e ori$ina en la co#pra 'enta de #ercader7as% as7 co#o en otras #odalidades contractuales de transerencia de la propiedad de bienes susceptibles de ser aectados en prenda% en las que se acuerde el pa$o dierido del precio; El objeto de la co#pra 'enta u otras relaciones contractuales antes reeridas debe ser #ercader7as o bienes de co#ercio distintos a dinero% no sujetos a re$istro; -os bienes ( #ercader7as pueden ser un$ibles o no% identiicables o no) No deben estar sujetos a car$a o $ra'a#en al$uno% sal'o al que el titulo representa; -a conor#idad puesta por el co#prador o adquiriente en el te8to del t7tulo se #uestra por s7 sola ( sin ad#itirse prueba en contrario% que &ste recibió la #ercader7a o bienes descritos en la 6actura Conor#ada% a su total satisacción; ólo una 'e! que cuente con la conor#idad% el t7tulo puede ser objeti'o de trans#isión; Desde su conor#idad% representa ade#ás del cr&dito consistente en el saldo del precio se@alado en el #is#o t7tulo% el derec"o real de prenda que queda constituida
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sobre toda la #ercader7a ( bienes descritos en el #is#o docu#ento% a a'or de tenedor; Di#ensiones #7ni#as: 'enti/# =219 cent7#etros de anc"o ( catorce =1>9 cent7#etros de alto) Copias: -a pri#era ( se$unda copias serán e8pedidas #ediante el e#pleo de papel carbón% carbonado o autocopiado qu7#ico; -e(enda relati'a al no otor$a#iento de cr&dito iscal de las copias será i#presa dia$onal ( "ori!ontal#ente ( en caracteres destacados% sal'o en la acturas por operaciones de e8portación% en las cuales no será necesario i#pri#ir dic"a le(enda) Dentro de un recuadro cu(as di#ensiones #7ni#as serán de cuatro =>9 cent7#etros de alto por oc"o =9 cent7#etros de anc"o% en#arcado por un ilete% deberán ser i#presos /nica#ente% el n/#ero de RUC% la deno#inación del co#probante de pa$o ( su nu#eración) Dic"o recuadro estará ubicado en el e8tre#o superior derec"o del co#probante de pa$o) e) Requisitos: REUIITO EENCI,-E Todo titulo 'alor tiene requisitos or#ales esenciales% que de ser o#itidos o cu#plidos de #anera deiciente "ar7an que se perjudique el t7tulo 'alor en su e#isión) Estos requisitos son: -, DENO
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or#al% #ás no esencial) -a base para nuestra opinión esta en la supletoriedad de aplicación de las nor#as reeridas a la letra de ca#bio; por lo que% en caso de o#isión% de este dato% se debe presu#ir que ue e#itida en el do#icilio del e#itente% aplicación supletoria que no es inco#patible con la naturale!a de la actura conor#ada) -a ec"a de e#isión% a dierencia del lu$ar de e#isión% si constitu(e un requisito esencial% (a que nos per#ite deter#inar la nor#a aplicable en el tie#po de su e#isión% as7 co#o 'eriicar el có#puto correcto del pla!o de pa$o de las obli$aciones contenidas en el t7tulo ca#biario) F22G E- NO<0RE% NU
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DECRIPCIÓN DE- ER*ICIO PRET,DO O DE -,
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otros t7tulos 'alores% la actura conor#ada tiene la 'entaja de que su pa$o se puede reali!ar en ar#adas o cuotas% claro que para ese eecto se deberá consi$nar la ec"a de 'enci#iento de cada ar#ada) Es necesario precisar que la actura conor#ada% ad#ite cuatro or#as de 'enci#iento% se$/n lo pre'isto por el art7culo 144J de la -e( de T7tulos *alores% a saber: a9 , ec"a o ec"as ijas de 'enci#iento cuando se "a(a pactado pa$o en cuotas o ar#adas b9 , la 'ista c9 , cierto pla!o desde su conor#idad d9 , cierto pla!o desde su e#isión 6or#as de 'enci#iento% si#ilares a las que e8isten para la letra de ca#bio% por lo que% a nuestro criterio% la indicación de la ec"a de pa$o en la actura conor#ada% al i$ual que el lu$ar de e#isión; a #&rito de de la aplicación supletoria de las nor#as reeridas a la letra de ca#bio% puede ser subsanado por la le(% considerando en el supuesto de o#isión de este requisito% que ue e#itida con 'enci#iento a la 'ista) ,nterior#ente ta#bi&n se consideraba co#o un requisito or#al esencial% que se consi$ne el n/#ero de co#probante de pa$o correspondiente a la transacción) REUIITO NO EENCI,-E ,de#ás de los requisitos or#ales esenciales% la le( e8i$e que la actura conor#ada e8prese co#o #7ni#o otros datos% que a dierencia de los anteriores no perjudican al t7tulo 'alor% porque son considerados co#o no esenciales) -UH,R DE ENTREH, olo opera cuando la actura conor#ada se e#ite con #oti'o de la transerencia de #ercader7as% no pudiendo ser posible consi$nar tal requisito si nos encontra#os ante la prestación de ser'icios) *iene a ser un requisito no esencial% esto en ra!ón de lo pre'isto por el inciso 14K)1 del ,rt7culo 14KJ% que se@ala ) Entonces al uncionar esta presunción en caso de o#isión% el t7tulo 'alor no perder7a su eicacia ca#biaria) -UH,R DE P,HO •
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I$ual#ente% el lu$ar de pa$o% es un requisito que de o#itirse% es subsanado por la le(% es en tal sentido% que el inciso 14K)2 del art7culo 14KJ de la -e( de T7tulos *alores tiene pre'isto que a alta de indicación del lu$ar de pa$o% &ste se e8i$irá en el do#icilio del obli$ado principal% siendo la e8cepción% el supuesto de "aber pre'isto que el pa$o se reali!ará #ediante car$o en cuenta bancaria) Cabe se@alar que cuando se reiere a do#icilio del obli$ado se "ace #ención al do#icilio se@alado en el t7tulo 'alor) 6EC., DE CON6OR
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) E#isión Cuando la operación se realice con sujetos del I#puesto Heneral a las 'entas que ten$an derec"o al cr&dito iscal) Cuando el co#prador o usuario lo solicite a in de sustentar $asto o costo para eecto tributario) Cuando el sujeto del R&$i#en Lnico i#pliicado lo solicite a in de sustentar cr&dito deducible) En las operaciones de e8portación consideradas co#o tales por las nor#as del I#puesto Heneral a las *entas) En el caso de la 'enta de bienes en los estableci#ientos ubicados en la Mona CONTABILIDAD 2016 - II
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Internacional de los aeropuertos de la Rep/blica% si la operación se reali!a con consu#idores inales% se e#itirán boletas de 'enta o ticets) No están co#prendidas en este inciso las operaciones de e8portación reali!adas por los sujetos del Nue'o R&$i#en Lnico i#pliicado) En los ser'icios de co#isión #ercantil prestados a sujetos no do#iciliados% en relación con la 'enta en el pa7s de bienes pro'enientes del e8terior% sie#pre que el co#isionista act/e co#o inter#ediario entre un sujeto do#iciliado en el pa7s ( otro no do#iciliado ( la co#isión sea pa$ada en el e8terior) En las operaciones reali!adas con las Unidades Ejecutoras ( Entidades del ector P/blico Nacional a las que se reiere el Decreto upre#o NJ ?K53BPC< ( nor#as #odiicatorias% cuando dic"as Unidades Ejecutoras ( Entidades adquieran los bienes (Ao ser'icios deinidos co#o tales en el ,rt7culo 1 del citado Decreto upre#o; sal'o que las #encionadas adquisiciones se eect/en a sujetos del R&$i#en Unico i#pliicado o a las personas co#prendidas en el nu#eral 5 del ,rt7culo 4 del re$la#ento% o que se acrediten con los docu#entos autori!ados a que se reiere el nu#eral 4 del ,rt7culo del re$la#ento) En los ser'icios de co#isión #ercantil prestados a sujetos no do#iciliados% en relación con la co#pra de bienes nacionales o nacionali!ados% sie#pre que el co#isionista act/e co#o inter#ediario entre el=los9 e8portadores9 ( el sujeto no do#iciliado ( la co#isión sea pa$ada desde el e8terior)
III9 Cap7tulo III: a) Estructura de la actura:
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