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INFORME ESPECIAL Cómo conseguir financiamiento a través de la Factura Conformada .............................................................. X-1
Cómo conseguir financiamiento a través de la Factura Conformada Eco. Rosario Quispe Ramos / C.P. Marco Roca Peña
Miembros del Staff Técnico Interno de la Revista Actualidad Empresarial
A
través de la Ley Nº 28203 (13.04.04), se aprobó la Ley que promueve el financiamiento a través de la Factura Conformada, que modifica la Sección Tercera del Libro Segundo de la Ley Nº 27287, Ley de Títulos Valores, referente a la Factura conformada. Con la Resolución Conasev Nº 077-2004EF/94.10 (01.08.04), se aprobaron también los formatos estandarizados con y sin cláusulas especiales y que no son de uso obligatorio, que pueden ser adecuados a la naturaleza y condiciones de las transacciones específicas de la que se originen, observando la Ley de Títulos Valores. Cabe resaltar que, para la emisión de este título valor, se podrá utilizar una copia adicional del respectivo comprobante de Pago (Factura o Boleta de Venta), que indicará en el anverso de dicho documento «Copia no válida para efectos tributarios». ANTECEDENTES La Ley de Títulos Valores aprobada por Ley Nº 27287 dispone en su Quinta Disposición Final que la Superintendencia de Banca y Seguros y la CONASEV «están facultadas a aprobar los modelos y formatos estandarizados de los títulos valores que las cámaras y asociaciones gremiales les propongan, observando que reúnan los requisitos formales esenciales que la presente Ley u otras disposiciones establezcan». El formato estandarizado anterior fue aprobado por R-SBS Nº 680-2000 de fecha 01/10/2000. De acuerdo al artículo 237º de la Ley 26702, la factura conformada es un título valor que representa bienes entregados y no pagados, debidamente suscrita por el deudor en señal de conformidad, en cuanto a la entrega de los bienes allí precisados, su valor y fecha de pago. Incluye la descripción de los bienes objeto de la transferencia que quedan afectos a la prenda global y flotante. El comprador o adquirente del bien o usuario del servicio que haya dejado constancia de su conformidad, tendrá la calidad de obligado principal del pago de la acreencia que representa este Título.
CONTENIDO DE LA FACTURA CONFORMADA La Factura Conformada deberá expresar cuando menos lo siguiente: a) La denominación de Factura Conformada; b) La indicación del lugar y fecha de su emisión; c) El nombre, número del documento oficial de identidad, firma y domicilio del emitente, que sólo puede ser el vendedor o transferente, o el prestador del servicio, a cuya orden se entiende emitida; d) El nombre, número de documento oficial de identidad y domicilio del comprador o adquirente del bien o usuario del servicio, a cuyo cargo se emite; e) El lugar de entrega, en caso de tratarse de mercaderías o bienes descritos en el título; f) La descripción del servicio prestado, y en su caso, de la mercadería entregada, señalando su clase, serie, calidad, cantidad, estado y demás referencias que permitan determinar su naturaleza, género, especie y valor patrimonial; g) El valor unitario y total de la mercadería y, en su caso, del servicio prestado; h) El precio o importe total o parcial pendiente de pago de cargo del comprador o adquirente del bien o usuario del servicio, que es el monto del crédito que este título representa; i) La fecha de pago del monto señalado en el inciso anterior, que podrá ser en forma total o en armadas o cuotas. En este último
j)
caso, deberá indicarse las fechas respectivas de pago de cada armada o cuota; y, La indicación del lugar de pago y/o, en los casos previstos por el artículo 53°, la forma como ha de efectuarse éste.
I N F O R M E
En la Factura Conformada procede estipular acuerdos sobre tasas de interés compensatorio que devengará su importe desde su emisión hasta su vencimiento, así como las tasas de interés compensatorio y moratorio para el período de mora, de acuerdo al artículo 51º, aplicándose en caso contrario el interés legal.
E S P E C I A L
CAMBIOS IMPORTANTES 1. La Factura conformada (FC), se originará en la compraventa u otras modalidades contractuales de transferencia de propiedad de mercaderías, o en la prestación de servicios, en las que se acuerde el pago diferido del precio o de la contraprestación del servicio. 2. Según la Ley, el objeto de la compraventa será siempre mercaderías o bienes fungibles o no, identificables o no que sean materia de comercio, o servicios que generen la obligación de expedir comprobantes de pago. 3. La conformidad puesta por el comprador o adquirente del bien o usuario del servicio en la FC, será a la orden y transmisible por endoso, demostrará por si sola y sin admitirse prueba en contrario, que éste recibió la mercadería o bienes o servicios, descritos en el propio titulo valor a su total satisfacción. Desde su conformidad representará el crédito consistente en el saldo del precio o contraprestación citado en el mismo título. 4. El comprador o adquiriente del bien o usuario del servicio que haya dejado constancia de su conformidad, tendrá la calidad de obligado principal del pago de la acreencia que representa la FC. En tanto, este título valor no cuente con tal conformidad, la calidad de obligado principal recaerá sobre el emisor.
Modelo de Factura Conformada (sin cláusulas especiales)
PRIMERA QUINCENA - AGOSTO 2004
C O N T E N I D O
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Vea informe previo en su revista de la segunda quincena de Abril 2004, en el área Indicadores económicos financieros, pág. II-1.
A C T U A L I D A D E M P R E S A R I A L | N° 68
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INFORME ESPECIAL Reemplazando en la fórmula:
(Reverso de copia adicional de comprobante de pago)
PRIMERA QUINCENA - AGOSTO 2004
Aplicación Práctica COMPRA A PLAZOS DE UNA COMPUTADORA PENTIUM IV INTEL La empresa «Comercial Compuplaza SAC» dedicada a la comercialización de productos informáticos, realiza la venta de una computadora para la renovación de su equipo de cómputo por el valor de $ 800 a la empresa «Economika Consultores SAC» Las condiciones de la venta son las siguientes: Producto Vendido: 1 Computadora Pentium IV Intel 950 Fecha de la venta 04 de Ago. de 2004 Precio de Venta (Inc. IGV) $800.00 Tipo de Cambio S/.3.48 Precio de Venta (En Soles) S/.2,784.00 Datos Adicionales: Interés Pactado 24.67% TAMN Plazo 4 meses Se pide el cuadro de amortizaciones y la contabilización que realizará el emisor de la factura conformada (el vendedor) SOLUCIÓN: Aspectos Tributarios Las ventas realizadas a través de Facturas Conformadas, no exime de la obligación de emitir comprobantes de pago, a razón que la Factura Conformada es un título valor, pero no es un documento que acredite la realización de una venta o un costo y/o gasto para fines tributarios, debiendo para ello emitirse una factura comercial, de acuerdo a lo establecido en el Art. Nº 8 Num. 1 del Reglamento de Compro-
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INSTITUTO
DE
0.0185 (1+ 0.0185)4 = = 0.2617 (1 + 0.0185)4 1 = S/. 582.79
bantes de Pago aprobado mediante R.S. Nº 007-99/SUNAT (24.01.99) En el registro de la factura comercial se considerá la operación de venta sin los intereses pactados, es decir el precio de venta acordado por las partes, para el caso de los intereses, en este caso por cuatro periodos, se emitirá una Nota de Débito por parte del vendedor por cada mes en virtud a los intereses pactados entre las partes, de acuerdo a lo establecido en el Art. Nº 10 Num. 2 del Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado mediante R.S. Nº 007-99/SUNAT (24.01.99) Cronograma de Pagos Datos del Financiamiento: P= 2,784 n = 4 i = 1.85% men. 0.0185 TAMN: 24.67% Plazo: n = 4 meses Cuadro de Interes y Amortizaciones Cronograma de Pagos Saldo del Interes Amortiz. Cuota Mes Principal (1.85%) (2) Total (1) (3) 1 2,784.00 556.80 2 2,227.20 41.20 541.59 582.79 3 1,685.61 31.18 551.61 582.79 4 1,134.01 20.98 561.81 582.79 5 572.20 10.59 572.20 582.79
Cuota Inicial
Nota: (3) = (1) + (2) (1) Intereses (2) Tambien llamado CAPITAL (3) Resultado despues de hallar el FRC multiplicado por la deuda: S/. 2,227.20
Factor de Recuperación del Capital (FRC) Conociendo «n» e «i» i (1 + i)n FRC = (1 + i)n - 1
INVESTIGACIÓN EL PACÍFICO
A = P x FRC A= Cuota Total
CONTABILIZACIÓN De la venta y el cobro de la cuota inicial x Debe Haber 12 CLIENTES 2,887.96 121 Facturas por Cobrar 2,784.00 1211 Intereses 103.96 40 TRIBUTOS POR PAGAR 444.50 4011 IGV 49 GANANCIAS DIFERIDAS 103.96 491 Intereses diferidos 70 VENTAS 2,339.50 701 Computadora 04/08 Por la venta de una computadora $ 800 x S/. 3.48 más intereses. x 10 CAJA Y BANCOS 556.80 101 Caja 12 CLIENTES 556.80 121 Facturas por Cobrar 04/08 Por la cuota inicial de la venta de la computadora. x Por la Primera Cuota x 10 CAJA Y BANCOS 582.79 101 Caja 49 GANANCIAS DIFERIDAS 41.20 491 Intereses diferidos 12 CLIENTES 582.79 121 Facturas por Cobrar 541.59 1211 Intereses 41.20 77 INGRESOS FINANCIEROS 41.20 771 Intereses varios 04/09 Por la primera cuota de la factura conformada. x Este asiento se reiterará por las demás cuotas restantes, en total son 4 cuotas reconociendo el ingreso a caja y los intereses mensuales. Es importante precisar que la presente operación no está afecta a la bancarización establecida por la Ley Nº 28194, a razón que el monto de la operación no excede de los $ 1500. Además no está afecta al ITF porque el pago se realiza en efectivo. Base Legal: Ley Nº 28203 (13/04/2004): Ley que promueve el financiamiento a través de la factura conformada Resolución Conasev Nº 077-2004-EF/94.10 publicada el 01/08/2004. Ley Nº 27287: Ley de Títulos Valores (19/06/2000) Ley 26702: Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS (09/ 12/1996)