REGLAMENTO INTERNO DE LA ASOCIACIÓN DE MUJERES PRODUCTORAS PRODUCTORAS AGROPECUARIAS Y ARTESANAS DE IDEPENDECNIA LA GRAMPA TITULO I CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES asociación de mujeres mujeres productoras productoras y artesanas artesanas de Independencia Independencia la Art. 1 La asociación Grampa Grampa de la la Primera Primera sección sección municip municipal al Yacu Yacuiba, iba, Distrit Distrito o VIII de la la Región Región Autónoma del Gran Chaco, del departamento de Tarija, que actuará bajo la sigla de A.M.P.A.A.I.G
Art. 2 Todas las integrantes de la A.M.P.A.A.I.G, sean cuales fueren sus funciones están obligados a cumplir el presente reglamento, el mismo que se considera compone componente nte de los documen documentos tos de constitu constitución ción de la asocia asociación ción de mujeres mujeres productoras y artesanas Asociación Asociación de Mujeres Productoras Productoras Agropecuarias y Artesanas Artesanas de Independencia Independencia la Grampa -
TITULO II CAPITULO II DE LOS REQUISITOS Y CONDICIONES PARA ASOCIARSE A LA A.M.P.A.A.I.G. afiliarse a la A.M.P.A.A.I.G A.M.P.A.A.I.G productoras productoras con sede en la comunidad comunidad Art. 3 Podrán afiliarse de La Grampa siempre y cuando tengan domicilio legal y cumplan los siguientes requisit requisitos os y otras otras comunida comunidades des que cumplan los requisit requisitos os estipula estipulados dos en el estatuto. a) Tendrá que ser necesariamente productoras o artesanas. b) Respetar y cumplir con el estatuto orgánico, reglamento interno y manual de
funciones funciones de la A.M.P.A.A.I.G A.M.P.A.A.I.G el que estará de acuerdo con las decisiones decisiones que se tomen entre las productoras o artesanas. c) Solicitar su inscripción por escrito y que al momento de su incorporación
paguen su inscripción de afiliación un monto de 100 bolivianos. d) Realizar los aportes económicos establecidos en el reglamento interno y
otros que se decidan para la buena marcha de la A.M.P.A.A.I.G.
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Art. 4 Forma de admisión: 1.- Toda Toda perso persona na que que quie quiera ra afili afiliar arse se a la Asoc Asocia iació ción, n, el mismo mismo debe debe realizar una solicitud al Directorio para su aceptación o negación. 2.- La persona solicitante acompañara a su solicitud los datos personales, ocupación 3.- Inmediatamente recibida la solicitud, y en primera sesión de directorio, la pres preside identa nta dispo dispondr ndrá á en orde orden n del del día la prior priorida idad d para para consi conside dera rarr la solicitud. 4.- El Directorio reunido considerará la solicitud, la resolución que emita será será con el voto voto de la simple simple mayoría mayoría utilizan utilizando do la parte parte resolut resolutiva iva la palabra palabra (Aproba (Aprobada) da) en caso caso de que la solicitu solicitud d obtenga obtenga un resultado resultado posi positi tivo vo y el térm términ ino o (Imp (Impro roba bada da), ), en caso caso de que que obte obteng nga a un resulta resultado do negativ negativo, o, esta esta resoluc resolución ión será será comunica comunicada da a la person persona a interesada. 5.5.- La pers perso ona admit dmitid ida a, será será comu comuni nica cada da ofic oficia ialm lme ente nte medi media ante nte comunicación firmada por la presidenta de la Asociación adjuntándose las condiciones entre la nueva asociada y la Asociación. 6.- Cumpliendo con el Art. 3 de este Reglamento, la asociada cancelara la suma de Bs.100.- (Cien Bolivianos) al momento de su incorporación. 7.- Se abrirá una base de datos para registro, de cada uno de las asociadas cont conten enie iend ndo o sus sus dato datos s pers perso onale nales, s, la fech fecha a de su ingr ingre eso y sus sus aportaciones aportaciones económicas económicas a la Asociación Asociación y las características características de su producción.
Art. 5 Retiro o exclusión: Las asociadas dejaran de tener la calidad de tales en los siguientes casos renuncia voluntaria voluntaria y aceptada por la A.M.P.A.A. A.M.P.A.A.I.G I.G y siempre que no a) Por renuncia sea deudora, codeudora o garante, hasta que estas obligaciones queden
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Por incum incumpli plimie miento nto de las las oblig obligac acio ione nes s esta estable blecid cidas as en el regla reglamen mento to c) Por interno de la A.M.P.A.A.I.G justificada a causa de actos en contra de los fines y objetivos d) Por exclusión justificada de la A.M.P.A.A.I.G e) Por Por infr infrac acci cion ones es just justif ific icad adas as,, la prime primera ra vez vez se dará dará una una llam llamad ada a de aten atenció ción n verba verbal, l, la segun segunda da vez vez en forma forma escri escrita ta y la terce tercera ra el retir retiro o obligatorio f) Incumplimiento a compromisos asumidos al interior de la Asociación de
mujeres A.M.P.A.A.I.G con terceras personas, ejemplo clientes. forma desleal desleal en contra contra de la organización organización económica económica de mujeres g) Actuar en forma y de la A.M.P.A.A.I.G h) Injurias, calumnias o difamación de sus representantes natos que son las
directivas tanto de las Organizaciones Económicas de mujeres como de la A.M.P.A.A.I.G A.M.P.A.A.I.G i) Por Por fall fallec ecim imie ient nto o. caso de fall fallec ecim imie ient nto o de una una asoc asocia iada da,, los los apor aporte tes s y bene benefi fici cios os Art.6 En caso correspondiente correspondientes s pasarán pasarán a los herederos herederos legales quienes quienes asumirán los derechos y obligaciones de la fallecida dentro de las normas establecidas de la organización
TITULO III CAPITULO III DE LA ESTRUCTURA DE LA A.M.P.A. A.I.G. Art. 7 La asamblea conforme lo establece el art. 9 del estatuto orgánico, indica que la estructura administrativa estará conformada por una Asamblea ordinaria, extr extrao aord rdin inar aria ia y el dire direct ctor orio io.. Por Por lo que que para para llev llevar ar a cabo cabo los los fine fines s de la asociación, se realizarán reuniones mensuales ordinarias y en caso de urgencia reuniones extraordinarias, para cuyo efecto deberá haber un quórum de la mitad mas uno uno de las las socia socias, s, tomán tomándo dose se las reso resoluc lucio ione nes s por por mayo mayoría ría de voto votos, s, haciendo haciendo constar constar las determinac determinacione iones s en el libro libro de actas actas donde donde firmaran firmaran las socias asistentes.
Art. 8 Derecho a voz y voto; Todas las asociadas tienen el mismo derecho de
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los argument argumentos, os, la presiden presidenta ta dispondr dispondrá á mediante mediante voto voto persona personall acredit acreditado, ado, la resolución de la propuesta, la aprobación será por simple mayoría de votos y en caso caso de empat empate, e, será será dirimi dirimido do por por la presid presiden enta ta,, cada cada reso resoluc lución ión debe deberr ser ser asen asenta tada da en el libr libro o de acta actas s cuya cuya cons consta tanc ncia ia debe debe ser ser veri verifi fica cada da por por la presidenta.
Art. 9 Quórum; En toda reunión para que exista Quórum deberá proceder con la presencia de cincuenta más uno de las asociadas, tomándose las resoluciones por mayoría de votos, haciendo constar las determinaciones en el libro de actas donde firmaran las asociadas asistentes.
TITULO IV CAPITULO IV DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL DIRECTORIO directorio, según el art. 14 del estatuto estatuto orgánico esta constituido constituido por Art. 10 Del directorio, una preside presidenta nta,, vicepres vicepresiden identa, ta, secreta secretaria ria de hacienda hacienda,, secreta secretaria ria de Actas, Actas, Secretaria de Producción y comercialización y la vocal. De igual manera se hace notar notar que la mesa directiva directiva no percibirá percibirá remunera remuneración ción alguna alguna o sueldo sueldo por los servicios que preste a la A.M.P.A.A.I.G Sin embargo se le reconocerá los pasajes, alimen alimenta tació ción, n, aloja alojamie miento nto,, cuando cuando real realice icen n viajes viajes en repr repres esen entac tación ión de la organización de productoras y artesanas. Para la elección elección del Director Directorio, io, se elegirá elegirá inicialment inicialmente e una comisión comisión Art. 11 Para electoral que dirigirá el acto eleccionario de acuerdo a modalidades directas de elecc elección ión que dete determi rmine ne la Asam Asamble blea. a. La comis comisió ión n esta esta compu compues esta ta por por tres tres miembros, Un presidente, un secretario relator y un vocal.
Art. 12 Concluido el acto eleccionario, y aprobado el acta, las personas elegidas serán posesionados posesionados en forma inmediata por una autoridad política, administrativa, administrativa, judicial y/o y/o Institucional, Institucional, debiendo debiendo elevarse elevarse acta acta notariada notariada de todo todo lo obrado. obrado. directorio rio deberá deberá present presentar ar informe informe de activida actividades des en las reunione reuniones s Art.13 El directo ordinarias y extraordinarias, el informe económico cada seis meses, tomando en cuenta los recursos propios y externos a los que la asociación pueda acceder.
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elegidas democráticamente en Asamblea Ordinaria que serán convocadas para este fin por A.M.P.A.A.I.G
Art. 15 Reuniones del directorio; se reunirán de manera regular de acuerdo a cronograma de actividades aprobadas que se ejecutarán en la gestión, y cuando considere que exista situación que ameritan evaluación.
TITULO V CAPITULO V DE LAS PRODUCTORAS ARTESANAS Art. 16 Los derechos y beneficios de los que serán acreedores como afiliadas son: a) A elegir y ser elegidos elegidos para la mesa directiva directiva de la asociación asociación de mujeres
Productoras y Artesanas de campo Grande b) Gozar de los servicios que preste la Asociación de mujeres Productoras y
artesanas artesanas de campo grande, grande, A.M.P.A.A.I.G A.M.P.A.A.I.G en la comercializa comercialización ción de su producción. c) Acceso a,
insumos, insumos, materias primas y uso de los instrumentos, instrumentos, herramientas y otros que adquiera la asociación orientados al mejoramiento de la producción artesanal,
d) Acceder Acceder a programas programas de crédito crédito favorables favorables e incrementar incrementar los volúmenes volúmenes de producción y mejorar la calidad de los mismos.
Art. 17 Las obligaciones a las que estarán sujetas las productoras y artesanas son: reuniones ordinarias ordinarias y extraordinarias extraordinarias de las asociaciones asociaciones a) Asistir a las reuniones A.M.P.A.A.I.G A.M.P.A.A.I.G b) Respetar Respetar y cumplir los estatutos, estatutos, reglamento reglamento interno y resoluciones resoluciones que se
emanen de las asambleas ordinarias y extraordinaria de A.M.P.A.A.I.G c) Cumpl Cumplir ir con con apor aporte tes s y compr compromi omiso sos s en dinero dinero,, insumo insumos, s, espe especie cie y/o
trabajos determinados. d) Pagar una cuota de inscripción por un monto de 100 Bs.
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f) Cumplir Cumplir fielment fielmente e con los mandatos mandatos,, nombramien nombramientos tos en cargos cargos directiv directivos os tant tanto o al inte interio riorr de la asoc asociac iación ión no pudie pudiendo ndo nega negarse rse o resis resistir tirse se sin sin razones justificadas. g) Velar por los intereses de la Asociación de mujeres productoras y artesanas
de A.M.P.A.A.I.G
CAPITULO VI DEL PATRIMONIO DE LA (A.M.P.A.A.I.G.) acuerd rdo o al art. art. 34 del del esta estatu tuto to orgá orgáni nico co,, el patr patrim imon onio io de la Art. Art. 18 De acue A.M.P.A.A.I.G A.M.P.A.A.I.G estará constituido constituido por bienes muebles muebles (escritorios, (escritorios, sillas, mesas, vitrina vitrinas, s, estante estantes s y otros), otros), activos activos fijos fijos (terren (terrenos, os, infraes infraestruc tructura tura y otros) otros) que procedan de la compra, donación o aportes que pudieran existir. De los cuales la persona que esté a cargo de los mismos deberá tener el cuidado necesario ya que es la respo responsa nsable ble por por el manej manejo, o, custo custodia dia y resgu resguar ardo do del del patri patrimon monio io de la A.M.P.A.A.I.G A.M.P.A.A.I.G
Art.19
Tambi También én exist existirá irá un fond fondo o de funcio funciona namie miento nto,, que que proce procede derá rá de los aportes de sus afiliadas a la asociación de Mujeres Productoras y Artesanas de A.M.P.A.A.I.G A.M.P.A.A.I.G del municipio municipio de Yacuiba. Yacuiba.
Art. 20 El destino de este patrimonio estará sujeto a los estatutos de la asociación, no pudiendo ninguna persona individual disponer por su cuenta del mismo.
TITULO VII CAPITULO VII DISPOSICIONES FINALES presente nte regla reglamen mento to de la asoc asocia iació ción n de mujer mujeres es Produc Producto toras ras y Art. Art. 21 El prese Artesanas Artesanas de A.M.P.A.A.I.G, A.M.P.A.A.I.G, del municipio municipio de Yacuiba Yacuiba entrará en vigencia vigencia plena el el día de su aproba aprobación ción Este Este cuenta con seis títulos, títulos, Siete Siete capítulos capítulos y veintiún veintiún artículos.