CORPORACIÓN HIRAM SERVICIOS LEGALES corporacionhiramservicios corporacionhiramservicioslegales.blog legales.blogspot.com spot.com Abg. José María Pacori Cari
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------MODELO DE RECURSO DE APELACIÓN AL TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL Por José María Pacori Cari Miemro !e "a Asociaci#$ Ar%e$&i$a !e Derec'o A!mi$is&ra&i(o
)REA* DERECHO ADMINISTRATIVO L+NEA* SERVICIO CIVIL Uno de los Tribunales Administrativos en el Perú ms recurridos es el Tribunal Tribunal del !ervicio Civil" este Tribunal se encarga de administrar #usticia administrativa en materia de derecho laboral público o servici ser vicio o civil" civil" a contin continuac uaci$n i$n o%rece o%recemos mos un modelo modelo de recur recurso so de apelaci$n &ue es el medio de impugnaci$n &ue establece nuestra nor norma mati tivi vida dad d para para rec ecur urri rirr a es este te trib tribun unal al"" en las las re%er e%eren enci cias as encontrara la #usti'caci$n para cada una de las partes &ue contiene este recurso" adems de %acilitarle su elaboraci$n podr modi'carlo según sus intereses (AUT)* J)!+ MA*,A PAC)* CA*.
Mo!e"o !e Rec,rso !e A-e"aci#$ a" SERVIR E.PEDIENTE* E.PEDIENTE* /i$!icar si "o co$oce0 SUMILL SUMILLA A * Rec,r Rec,rso so A!m A!mi$i i$is& s&ra& ra&i(o i(o !e !e A-e"a A-e"aci# ci#$ $ SE1OR GERENTE DE RED ASISTENCIAL ASISTENCIAL /i$!icar e" car%o car%o !e "a a,&ori!a! 2,e emi&e "a reso",ci#$ ma&eria !e a-e"aci#$03 /Nomres 4 a-e""i!os !e" ser(i!or -5"ico0 " con /0 0ro. (1" laborando en (indicar cargo 2 lugar de traba#o 3 " con domicilio real en (1 2 domicilio procesal en (1 45 a Ud." respetuosamente" digo6 7 8l Art. 79" literal a" del /. !. ::9-3:7:-PCM establece &ue ;8l recurso de apelaci$n deber cumplir con los siguientes re&uisitos6 a 8star dirigido al $rgano &ue emiti$ el acto administrativo &ue se desea impugnar.< impugnar.<
3 8l art. 7=" segundo prra%o" del /. !. ::9-3:7:-PCM ::9-3:7:-PCM establece &ue ;Tienen legitimidad para presentar apelaci$n" la persona natural al servicio del 8stado o &uien no tiene dicha condici$n" pero &ue cuente con derecho o interés legítimo a%ectado por una decisi$n u omisi$n administrativa" re%erido a las materias se>aladas en el artículo 4 del *eglamento.< *eglamento.<
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E" Ar&íc,"o 3 !e" Decre&o S,-remo 667896368PCM : Re%"ame$&o !e" Tri,$a" !e" Ser(icio Ci(i" : es&a"ece 2,e "a Recurso administra administrativo tivo destinado destinado a contradeci contradecir r a-e" a-e"ac aci# i#$ $ es e" “ Recurso actos actos emitid emitidos os por las entida entidades des,, cuyo cuyo suste sustento nto sea la difere diferente nte inte interp rpre reta tació ción n de las las prue prueba bas s prod produc ucid idas as o cuan cuando do se trat trate e de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la autoridad que expi expid dió el acto cto que que se impu impugn gna a para ara que que elev eleve e lo actu ctuado ado al Tribunal.”
/entro de este conte?to" dentro del pla@o legal de &uince (7= días hbiles siguientes a la noti'caci$n del acto impugnado procedo a6
I;8 PETITO PETITORIO RIO < Como -re&e$si#$ -ri$ci-a"" interpongo *ecurso Administrativo de Apelaci$n en contra de la *esoluci$n (1 para &ue se declare su nulidadB por contravenir la Constituci$n 2 la le2 2" como consecuencia6 Como -re&e$si#$ accesoria" se declare nula la sanci$n de susp suspen ensi$ si$n n sin sin goce goce de rem emun uner erac acio ione ness por por el tiem tiempo po de 0)80TA (D: días.
4 8l Art. 79" literal b" del /. !. ::9-3:7:-PCM establece establece &ue ;8l recurso de apelaci$n deber cumplir con los siguientes re&uisitos6 (1 b denti'caci$n del impugnante" debiendo consignar su nombre 2 apellidos completos" domicilio" domicilio procesal" de pre%erencia se se>alar domicilio procesal dentro del departamento en el &ue tiene su sede el Tribunal" Tribunal" 2 el número de documento nacional de identidad o carné de e?tran#ería. 8n caso de actuaci$n mediante representante" se acompa>ar el poder respectivo< respectivo<
8ste pla@o según el Artículo 7E del /. !. ::9-3:7:-PCM ::9-3:7:-PCM &ue indica ;8l recurso recurso de apelaci$n deber interponerse dentro de los &uince (7= días siguientes de haber sido noti'cado el acto &ue se desea impugnar.<
= 8l Art. 79" literal a" del /. !. ::9-3:7:-PCM establece &ue ;8l recurso de apelaci$n deber cumplir con los siguientes re&uisitos6 (1 c 8l petitorio" &ue comprende la determinaci$n clara 2 concreta de la pretensi$n.<
B 8l Art. 7= del /. !. ::9-3:7:-PCM ::9-3:7:-PCM &ue indica ;8l recurso de Apelaci$n tiene por ob#eto contradecir una actuaci$n o silencio por parte de cual&uiera de las 8ntidades para &ue el Tribunal" Tribunal" previo procedimiento" procedimiento" lo revo&ue" revo&ue" anule" modi'&ue modi'&ue o suspenda sus e%ectos.< e%ectos.<
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II;8 =UNDAMENTOS DE HECHO > DE DERECHO ?UE SUSTENTAN SUSTENTAN @ EL PETI PE TITO TORI RIO O !e>ores ocales del Tribunal del !ervicio Civil" el presente recurso se sustenta en66
A;8 A=ECTACIÓN AL DEBIDO PROCEDIMIENTO 7.- 8l Ar&íc,"o 9 i$ciso !e "a Le4 9@ es&a"ece 2,e cicio de la potestad sancionadora se req requiere “ Para el ejercic oblig ligatoria riamente haber seguido el proc rocedimiento legal o reglamentariamente establecido caracteriado por! "#$ %. &oti'car a los administrados los hechos que se le imputen a t(tulo de cargo, la cali ca lifc fcac ació ión n de las las inr inrac accio cione nes s qu que e tale tales s hech hechos os pu pued eden en y la expresión de las sanciones que, en su caso, se le constituir y pudiera imponer, imponer, as( como la autoridad competente para imponer la sanción y la norma que atribuya tal competencia.”
(1 =.=.- Co Como mo se veri veri'c 'ca" a" rec ecié ién n en el ac acto to &ue &ue impo impone ne sa sanc nci$ i$n n se establece e?presamente las %altas de carcter disciplinario cometidas como son los incisos a" b 2 n del art. 9= de la Fe2 4::=E" inclusive rec ecié ién n se es esta tabl blec ece e ;a ;agr grav avan ante tes< s< co como mo so son n las las prev previs ista tass en los los incisos a 2 e del art. 9E de la Fe2 4::=E.
B;8 A=ECTACIÓN AL PROCEDIMIENTO REGULAR 7.7.- 8n el co cons nsid ider eran ando do prim primer ero o del del ac acto to &ue &ue aper apertu tura ra proc proces eso" o" *esoluci$n *es oluci$n /irectoral 3DE-7B-M0!A-G*C" 3DE-7B-M0!A-G*C" se indica lo siguiente6 (1 3.- Como se veri'ca" el sustento para el inicio del PA/ en mi contra %ue una denuncia presentada por mí misma persona" es decir" de la E 8l Art. 79" literal a" del /. !. ::9-3:7:-PCM establece &ue ;8l recurso de apelaci$n deber cumplir con los siguientes re&uisitos6 (1 d Fos %undamentos de hecho 2 de derecho &ue sustentan su petitorio.<
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condic cond ici$ i$n n de denu denunc ncia iant nte e pase pase a la co cond ndic ici$ i$n n de denu denunc ncia iado do"" situaci$n &ue a%ecta el procedimiento regular. 4.- 8n e%ecto" el numeral 77.4 de la /irectiva :3-3:7=-!8**HIPI!C &ue indica “11.3. El denunciante no es parte del procedimiento admini admi nist stra rati tivo vo disci discipli plina nario rio,, sino sino es un cola colabo bora rado dorr de la administración pública. “ .- Asimism Asimismo" o" el artícu artículo lo 7:=. 7:=. de la Fe Fe2 2 3E 3E establec establece e &ue “La entidad receptora de la denuncia puede otorgar medidas de protección al denunciante, garantiando su seguridad ! evitando se le aecte de algún modo."
=.- 8n el presente caso" presento denuncia en contra CA*F)! CC)* M*A0/A en el acto &ue me apertura PA/ se indica &ue este se>or no tiene responsabilidad" para luego incluirme como procesado" siendo lo correcto correcto archivar la denuncia en contra de CA*F)! CA*F)! CC)* M*A0/A M*A0/A e iniciar una investigaci$n preliminar en mi contra" situaci$n &ue no se hi@o en este PA/. B.- 8s evidente" &ue siendo denunciante se me inclu2$ como parte del PA/ iniciado en contra de otro servidor para desviarlo a mi persona" asimismo" la norma es clara en indicar &ue habiendo presentado una denuncia la entidad debi$ evitar se me a%ecta en la %orma reali@ada. E.- 8l Ar&íc,"o !e "a Le4 9@ es&a"ece 2,e “ )on )on requisitos
de valid alide e de los los acto ctos admi admini nis strat trativ ivo os! "#$ "#$ #. $rocedimiento regular.% *ntes de su emisión, el acto debe ser conformado mediante el cumplimien cumplimiento to del procedimien procedimiento to administrat administrativo ivo previsto previsto para su generación.” /e /e esta manera" se a%ecta el procedimiento regular al
incluirme como parte de un PA/ &ue inicié como denunciante para luego incluirme como procesado. procesado. III;8 III; 8 PRUEBAS PR UEBAS INSTRUMENTALES INSTR UMENTALES 7 !e ad#unta a la presente en la calidad de prueba instrumental un C/ &ue ha sido interpretado erradamente por la autoridad de primera instancia" con esta prueba se acredita &ue la declaraci$n testimonial del testigo 8usebio Fo@ano Cho&ue re&uiere de una ampliaci$n en sus declaraciones.
POR LO E.PUESTO* 9 8l Art. 79" literal a" del /. !. ::9-3:7:-PCM establece &ue ;8l recurso de apelaci$n deber cumplir cumplir con los siguientes siguientes re&uisitos6 re&uisitos6 (1 e Fas pruebas instrumentale instrumentales" s" de ser el caso" caso" debiendo enumerarlas correlativamente.< correlativamente.<
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A Ud. pido dar al presente recurso recurso el trmite &ue le corresponda corresponda 2 sea declarado %undado en su oportunidad.
PRIMERO OTROSI .- Ad#unto6 7.- copia del documento &ue contiene el acto administrativo &ue se impugna (*esoluci$n /irectoral 7:=-7EM0!A-G*CHUI*G" así como el cargo de su noti'caci$n D5 2 3.- copia de mi documento nacional de identidad. SEGUNDO OTROSI.- Con%orme al art. 7B de la Fe2 3E" so"ici&o se me conceda medida cautelar de suspensión de la sanción aún cuan cuand do res esu ultan ltan evid eviden ente tess las las nulid ulidad ade es impuesta" ms aún
indicadas" para lo cual sustento este pedido en los %undamentos de hecho 2 de derecho alegados en el presente recurso.7: Are&uipa" 3D de mar@o del 3:7E.
=irma !e" im-,%$a$&e
=irma !e" Ao%a!o 'ai"i&a!o co$si%$a$!o e" re%is&ro 33
D 8l Art. 79" literal a" del /. !. ::9-3:7:-PCM establece &ue ;8l recurso de apelaci$n deber cumplir con los siguientes re&uisitos6 re&uisitos6 (1 % Copia del documento &ue contenga el acto administrativo &ue se impugna" de contar con éste" así como la documentaci$n complementaria en la &ue se veri'&ue la %echa de su noti'caci$n" de ser el caso<
7: 8l Art. 7E del /. !. ::9-3:7:-PCM ::9-3:7:-PCM establece &ue ;!u interposici$n de la apelaci$nK no suspende la e#ecuci$n de la decisi$n &ue se desea impugnar" salvo medida cautelar del Tribunal.< Tribunal.<
77 8l Art. 79" literal a" del /. !. ::9-3:7:-PCM establece &ue ;8l recurso de apelaci$n
deber deber cumpli cumplirr con los siguie siguiente ntess re&ui re&uisit sitos6 os6 (1 g Fa 'rma 'rma del impugnan impugnante te o de su representante5 h Fa 'rma de abogado habilitado por el colegio pro%esional al momento de e#ercer la de%ensa" debiendo consignarse el registro correspondiente..< correspondiente..<
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