EXPEDIENTE Nª: ESPECIALISTA : ESCRITO Nª
: 01.
-DEMANDA DE HABEAS CORPUS. SEÑOR JUEZ PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA: MARIA ANGELICA ANGELI CA IPARRAGUIRRE ZAVALETA con DNI. Nª 1 1888 888097 0975 5 Sal ave rr y Sant Sa ntia iago go
con dom domici icilio lio rea real l en la C Call alle e Nª
de
50, 50 , Cao, Ca o,
Cartavio io, , Prov Pr ovin inci cia a
de
Distrito
de
sco s co!e !e, ,
"a
"i#ert "i# ertad$ ad$ con domicil domicilio io !rocesa !rocesal l en Pi% Pi%arr arro o Nª 515, &er. Piso, '(. )D*, de esta ci+dad$ a d., digo-
I.-DENUNCIADO: ANDRES
RODOLFO
PEREZ
PAREDES,
+e %
de "
Seg+nd ndo o
+% +%g gado
/s!ecia /s!eciali% li%ado ado en lo Civil Civil de sco! sco!e, e, S+stit S+stit+to +to de amil amilia, ia,
con
sede en el local del Poder +dicial de la Provincia de sco!e, "a "i#ertad.
II.-PETITORIO: Inter! Int er!ong ongo o Pro Proces ceso o Con Consti stit+ci t+ciona onal l de HABEAS CORPUS, contra el den+n de n+nci ciad ado, o,
!or
a#e a #er r
2I'" 2I '"D D' '
Dere De rec cos os
Consti Constit+ t+ci ciona onale les, s,
!or
cci3n y4+ 'misi3n de ctos de c+m!limiento o#ligatorio, a(ectando la "I "I/6 /6 D D IN INDI DI2I 2ID D" " de mi me meno nor r i ia a MARIA DEL ROSARIO DIAZ dis!one !oner r s+ IN IN/6N /6NI/ I/N' N' IPARR IPARRAG AGUI UIRR RRE, E, DE 1 AÑOS AÑOS DE EDAD EDAD, , al dis P6/2/NI2', en el Centro +venil )Santa argarita*, de la ci+dad de LIMA! violando el D/ID' P6'C/S' : " /" P6'C/S" //CI2 y " 'I2CI'N C'66/C D/ "S 6/S'"CI'N/S$ re!oniendo las cosas al
es tad o
ant eri o r
a
la
v io lac i3 n
de
lo s
de rec os
constit constit+ci +ciona onales les cit citado ados$ s$ de# de#iend iendo o ces cesar ar el agr agravio avio !rod+ci !rod+cido do y dis!oner s+ inmediata li#ertad de mi citada ia.
1
III.-FUNDAMENTOS FACTICOS DE LA DEMANDA: ".1.; Seg008;6P"";DI2P'", redactado !or la Polic?a de Santiago de Cao, se atri#+ye a mi menor ia ar?a
del
6osario
D?a%
I!arrag+irre
y
a
ar?a
"isset
rias
S@nce%, a#er ocasionado "esiones Araves a /"S NA/"IC ANI"' A'/B, ad+ntado como reca+do las ani(estaciones de las menores, de la agraviada y de +n testigo, as? como el C#$%&'&()*+ M*&(+-
L#) "./.-
anto
en
la
Den+ncia
de
la
iscal?a
de
s.
5&
y
en
la
6esol+ci3n Nª N' 1>;08;08 del +%gado, ti!i(ican err3neamente la In(racci3n, s+!+estamente inc+rrida !or mi menor ia, como
LESIONES GRAVES, !revisto en el rt. 1>1, n+meral > y con el agravante
de la
del
C.P.,
modi(icado !or
la "ey
>8878, !or ser la agraviada miem#ro del a Polic?a$ el ti!o !enal y el n+meral citado dice-
El que causa a otro daño grave en el cuerpo o en la salud, será reprimido
con
pena
privativa
de
…………………….Se libertad
considera
lesiones graves:
/.-Las que mutilan un miembro u órgano principal del cuerpo o lo hacen impropio para su función, causan a una persona incapacidad para
el
trabajo,
invalidez
o
anomalía
psíquica
permanente
o
la
desfiguran de manera grave y permanente.
".".-
/l
Certi(icado
convicci3n
!ara
ad+ntado
al
edico
"egal
determinar In(orme
si
de las
Policial,
s.
5>,
lesiones llega
son a
elemento
graves
las
o
de no,
sig+ientes
C'NC"SI'N/S1 L#2&+3#2 T$)456%&()2 *# +$ (+3%42+ 7 (+3%42+ )%89&(+ 9+$
5)3+ )#3). / R#;4$#: A%#3(&<3 ')(4%)%&=): > C4)%$+. I3()9)(&*)* M*&(+ L#): 1/ D+(# *8)2, salvo Com!licaciones. /s decir el Certi(icado N' descri#e la m+tilaci3n de +n miem#ro + 3rgano !rinci!al del c+er!o, ocasionado
invalide% o des(ig+raci3n 2
en
el
agraviado,
%$)2(#3*#3%)
lo
E+e
&59+$%)3(&)
!r+e#a y
E+e
E+e no
las
lesiones 3+
determinan
la
2+3
*#
magnit+d
de
gravedad de las mismas y el grado de inca!acidad de &0 d?as o m@s$ !or tanto las lesiones N' S'N A62/S SIN' "/2/S, con(orme el rt. 1>> del C.P.
".>.-/n acci3n
la 6esol+ci3n Nª N' del +%gado, E+e dis!one !romover la !enal
contra
mi
menor
ia,
se
limita
a
ti!i(icar
eE+ivocadamente el eco como "esiones Araves, SIN MOTIVAR POR ?UE
CONSTITU@EN LESIONES GRAVES @ SIN DESCRIBIR LA GRAVEDAD DE LAS MISMAS! de modo E+e no s3lo VIOLA # DEBIDO PROCESO 7 LA TUTELA , al no a#erse res!etado JURISDICCIONAL EFECTIVA a!lica#le
correctamente,
"esiones
leves,
sino
la ley !enal !or
E+e
adem@s
C6/C/ D/ N C'66/C MOTIVACION, eFigencias !revistas en el rt. 1&9 inc. & y 5 de n+estra Constit+ci3n Pol?tica, E+e esta#lece como +no de los Princi!ios y Derecos de la +nci3n +risdiccional
la motivación escrita de las resoluciones judiciales en todas las instancias,
excepto
los
decretos
de
mero
trámite,
con
mención
expresa de la ley penal aplicable y de los fundamentos de hecho en que se sustentan “ Norma E+e conc+erda con el rt. 1> del ..'.
de la ".'. del P.., modi(icado !or el rt. 8=90, en c+ya o#servancia se de#e !roceder a la '43*)5#3%)(&<3 *#
)2 $#2+4(&+3#2 (+$$#29+3*%#2. Sin !erder de vista E+e el rt. 185 del C de los N. y . esta#lece E+e “!"# $%&L'()'*' %'+' (' -!$%& %' (# L!+'*$% (!& -& /$%$*&
'()!*&
0
/&*!$%&
%'L
1#'2,
………………..34
E+e
a
s+
ve%
conc+erda con el rt. >08 del acotado E+e esta#lece E+e el “'l 1uez
en
m5rito
a
la
denuncia,
e6pedir7
la
esolución
motivada,
………..3.
/ntendiGndose E+e la 'I2CIHN de#er@ ser C'66/C y "/A", con +na adec+ada (+ndamentaci3n de la ley a!lica#le y los (+ndamentos de eco E+e lo am!aran.
"..-Por lo eF!+esto, se a violado el D/ID' P6'C/S' : " /" 6ISDICCI'N" //CI2, " C'66/C 'I2CI'N de la decisi3n del 3
+%gador,
dis!oniendo SI2/N/ el internamiento de mi ia y
v+lnerado
s+
"I/6D
INDI2ID",
al
encontrarse
a
la
(eca
interna en el Centro +venil )Santa argarita* de la ci+dad de "ima
IV.-FUNDAMENTACION JURIDICA: >.1.; ART. /, INC.
/> *# ) C+32%&%4(&<3, E+e !rescri#e E+e toda
!ersona tiene dereco a la "i#ertad y a la Seg+ridad !ersonal.
>./.-ART. 1" INC. " 7 *# ) C+32%&%4(&<3 , E+e !rescri#e E+e son Princi!ios y Derecos de la +nci3n +risdiccional "a '#servancia del De#ido Proceso y la +tela +risdiccional, y la motivaci3n escrita de las 6esol+ciones en todas las instancia, con menci3n eF!resa de la ley a!lica#le y los (+ndamentos de dereco en E+e se s+stenta.
>.".-ART. II DEL T.P. DEL CPC., !or E+e los !rocesos constit+cionales garanti%an la !rimac?a de la Constit+ci3n y la vigencia e(ectiva de los Derecos Constit+cionales.
>.>.-ART. VIII *# T.P.. *# CPC., !or E+e el 3rgano +risdiccional de#e a!licar el dereco E+e corres!onda al !roceso, a+nE+e no aya sido invocado !or las !artes. =.5.; ART. 1 DEL CPC.,
!or E+e los !rocesos constit+cionales tienen
!or (inalidad !roteger los Derecos Constit+cionales, re!oniendo las cosas al estado anterior a la violaci3n o amena%a de violaci3n de +n Dereco Constit+cional.
>..-ART. / DEL CPC., !or E+e los !rocesos constit+cionales, !roceden c+ando se amenace o viole los derecos Constit+cionales !or acci3n +
omisi3n
de
actos
de
c+m!limiento
o#ligatorio,
!or
!arte
de
c+alE+ier a+toridad, (+ncionario o !ersona.
>..-ART. > DEL CPC.,
!or E+e el @#eas Cor!+s !rocede c+ando +na
6esol+ci3n +dicial (irme v+lnera en (orma mani(iesta la li#ertad individ+al y la t+tela !rocesal e(ectiva, E+e im!lica o#tener +na 6esol+ci3n
(+ndada
en
dereco,
a
acceder
a
los
medios
4
im!+gnatorios
reg+lados
y
a
la
o#servancia
del
Princi!io
de
"egalidad Procesal Penal.
>..-ART. 1" DEL CPC., !or E+e los +eces tramitar@n de P6//6/NCI los !rocesos constit+cionales.
>..-ART. / EL CPC., !or E+e !rocede los @#eas Cor!+s ante la acci3n
+
omisi3n,
en+nciativamente,
E+e
amenace
con(ormen
la
o
v+lnere
li#ertad
los
derecos
individ+al$,
y
E+e
tam#iGn
!rocede en de(ensa de los Derecos Constit+cionales, coneFos con la li#ertad individ+al, es!ecialmente c+ando se trata del De#ido Proceso.
>.10.-ART.
""
INC.
,
DEL
CPC.,
!or
E+e
!+eden
!resentarse
doc+mentos, !ara ser merit+ados !or el +e%.
V.-MEDIOS PROBATORIOS: .1.-"a
6esol+ci3n
Nª
no
del
1>;08;08,
Demandado, en la E+e se constata E+e
emitida
!or
el
+e%
no 'I2 C'66/C/N/, !or
E+e el eco atri#+ido a mi menor ia constit+ye "esiones Araves y
se dis!one s+ internamiento !reventivo
en el Centro
+venil
)Santa argarita* de "ima.
./.;/scrito del >5;08;09, !or el c+al la rec+rrente solicita E+e se modi(iE+e la Cali(icaci3n del ti!o !enal a "esiones "eves y se dis!onga la inmediata li#ertad de mi menor ia.
.".-6esol+ci3n Nª S/IS del >7;08;08, emitida !or el +e% demandado, E+e
declara
IP6'C/D/N/
mi
!etici3n
de
modi(icaci3n
de la
cali(icaci3n !enal y $#&%#$) # 5&25+ #$$+$ *# 3+ 5+%&=)$ 9+$ ;4#
+2 #(+2 (+32%&%47#3 #2&+3#2 $)=#2. VI.-ANEXOS: 1.A.- DNI. S?rvase acceder a n+estra !etici3n !or ser de ley. r+illo, & gosto del >008.
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