““AÑO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERÚ”
(CREADA POR LEY Nº 25265) FACULTAD: CIENCIAS EMPRESARIALES ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL: ADMINISTRACIÓN
MEDIOS DE ACCION ASIGNATURA : ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL II CATEDRÁTICO : LIC. ADM. VERGARA AMES, Alberto PRESENTADO POR :
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INTRODUCCION Los antecedentes del derecho laboral empiezan desde la prehistoria porque los hombres tenían que luchar contra otros y contra las fuerzas de la naturaleza. El primer documento importante, es el Código de Hamurabi, Rey de Babilonia, más de 2000 años antes de Cristo, en el que se reglamentaba algunos aspectos del trabajo. En Grecia se admiró inicialmente la actividad agrícola y mercantil y vemos como Toso y Soleen introdujeron el principio del trabajo en la constitución ateniense. Roma se nos presenta como una estructura orgánica extraordinaria y su armazón jurídico influye poderosamente en todo el mundo. El pueblo Israelita consagró en la Biblia, en los libros Pentateuco y Deuteronomio, marcan algunas reglas laborales. En la edad media nacieron los gremios que regulaban el trabajo desde entonces sé vislumbraba una relación laboral. La relación obrera patronal y los problemas que se suscitan tienen que ser resueltos por las leyes, entonces vigentes. Es el derecho del trabajo una de las ultimas ramas del derecho. Brun y Galland explican que el derecho del trabajo es una defensa de los asalariados por lo consecuente el patrón no tiene ninguna herramienta para defenderse. A continuación se presenta el tema de MEDIOS DE ACCION PATRONAL.
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CIERRE PATRONAL 1. CONCEPTO: Es un medio por excelencia de manifestación de la lucha colectiva por parte de los empresarios, aunque no el más efectivo, sí el mas claro, sincero y directo. También es un medio de lucha colectiva actuado por uno o varios empresarios frente a una colectividad de trabajadores, que consiste en el cierre total o parcial del centro de trabajo con carácter temporal, con el fin de presionar a los trabajadores a través de: la pérdida de salarios. Es un medio, una forma por el cual los empresarios y/o asociaciones empresariales utilizan con el fin y único propósito de contraatacar en caso de huelga o anuncio de esta. En el caso de que se utilice en forma indiscriminada, sin causas, ni límites o control, resultaría inútil incluso la previsión del derecho constitucional de huelga. CON CARÁCTER TEMPORAL… 0
UNO O VARIOS EMPRESARIOS
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CIERRE PATRONAL
EMPRES A ANUNCIO DE HUELGA
HUELGA INDEFINIDA
Históricamente el cierre patronal se enmarca en la defensa de los empresarios ante la ocupación de la empresa por los trabajadores en huelga. Resulta ser contradictorio con el de los trabajadores de recuperar el dominio de la situación, así como la plenitud de su poder de dirección y de conclusión del conflicto colectivo existente.
2. TIPOS: a) CIERRE DEFENSIVO: Se da con el anuncio o conocimiento de una huelga, en la cual el empresario procede al cierre total o parte de la empresa alegando fuerza mayor, los cuales hacen imposible proseguir el proceso productivo o peligros inminentes o graves de daños para las personas o las propiedades.
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Su objeto fundamental es, en servir de contraataque frontal a la huelga, dirigido contra los no huelguistas para que esto incida, a su vez contra los mismos huelguistas. Por cuanto se trata de una medida de fuerza contra las huelgas que se producen con ocupación del centro de trabajo, o contra los supuestos de huelga impropia.
ANUNCIO O CONOCIMIENTO DE HUELGA
EMPRESARIO
CIERRE TOTAL O PARCIAL
EMPRES A
HUELGA
b) CIERRE OFENSIVO: Se lleva acabo como medida para impedir la huelga, presionar para que se ponga fin a la misma, o sancionar a los huelguistas. El cierre ofensivo es una forma de anticiparse a la huelga anunciada para hacer fracasar la decisión de los trabajadores de ejercer ese derecho. El cierre de la empresa durante la huelga sin razón o causa que lo justifique sirve para privar el salario a los trabajadores que continúan en su puesto o cargo y por consiguiente presionar a los huelguistas para que desistan de su medida de lucha. Una vez que finaliza la huelga la empresa sanciona a los trabajadores que participaron en la huelga, privándolos de diferentes formas. PROCESO DE HUELGA
EMPRESARIO
CIERRE TOTAL
EMPRES A SANCIONA HUELGUISTAS
HUELGA
c) CIERRE PREVENTIVO: Se da ante una amenaza de una huelga inminente, con el único propósito de frustrar la táctica obrera y el ejercicio de un derecho fundamental de huelga. El empresario no pretende alterar las condiciones del contrato, ni tampoco quiere que los trabajadores lo pidan. Por esta razón, se
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procede al cierre sin dar oportunidad a los trabajadores a ir a huelga, pues ésta queda abortada.
AMENAZA DE HUELGA INMINENTE
EMPRESARIO
CIERRE TOTAL
EMPRES A
TÁCTICA DE HUELGA
d) CIERRE DE SOLIDARIDAD: El cierre de solidaridad es aquel que trata de coadyuvar a la lucha que sostiene otro empresario frente a sus trabajadores, a través de la presión de un tercer empresario sobre sus propios trabajadores, así como sobre la opinión pública y el poder público, soliendo tales empresarios pertenecer al mismo sector de la actividad profesional.
CUADYUVAR A LA LUCHA
EMPRESARIO
CIERRE TOTAL
EMPRES A
OTRO EMPRESARIO
HUELGA
e) CIERRE DE INTENCIONALIDAD POLÍTICA: Se trata de un cierre que sólo remotamente tiene que ver con las relaciones laborales, pues se dirige contra los órganos del poder político a través de la presión social que supone el privar de trabajo y salarios a los trabajadores durante un cierto tiempo. En la mayoría de casos, es mejor denominar estas conductas como meras protestas. ÓRGANOS DEL PODER POLÍTICO
EMPRESARIO
CIERRE PARCIAL
EMPRES A (Relacion es
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SANCIONA POR UN TIEMPO
HUELGUISTAS
HUELGA
CIRCUNSTANCIA S 1) EXISTENCIA DE NOTORIO
2) OCUPACIÓN ILEGAL DEL
PELIGRO DE VIOLENCIA
CENTRO DE TRABAJO O
PARA LAS PERSONAS O DE
PELIGRO CIERTO DE QUE
DAÑOS GRAVES PARA LAS
ÉSTA SE PRODUZCA
COSAS
SÓLO PUEDE SER ESTIMADO
ANTE INGRESO ILEGAL EN
LÍCITO CUANDO LOS
LOS LOCA-LES Y UNA
PELIGROS SEAN
NEGATIVA DE DESALOJO
REALMENTE CIERTOS Y
FRENTE A UNA ORDEN DE
GRAVES.
ABANDONO
3) SI EL VOLUMEN DE INASISTENCIA DEL
PROCEDE
AL
CIERRE
FRENTE
A
TRABAJO IMPIDE
LEGALES,
PERO
GRAVEMENTE EL
INCIDEN EN EL PROCESO
PROCESO NORMAL DE
HUELGAS QUE
NORMAL DE PRODUCCIÓN.
PRODUCCIÓN 6
Lista Negra Relación de trabajadores desvinculados por llevar a cabo acciones sindicales.
Es un medio ilícito de coacción porque los empresarios tachan de indeseables a los candidatos desde el punto de vista patronal y les impiden obtener empleo para ganarse la vida.
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CONCLUSIONES La memoria que elabore permite encontrar los derechos y obligaciones que surgen en las relaciones laborales, con esto me permite analizar las desventajas que tienen el trabajador en nuestros días y tener un margen más amplio con otros países. Con esta memoria sabemos como puede afectar en la empresa, localidad, estado y en el país los medios de productividad ya que con esto podemos tener un país estable para las empresas de la iniciativa privada. Todo lo que cumple los grandes organismos es por su buena disposición tanto del patrón como de sus trabajadores o en su caso el sindicato ya que cumplen con las reglas de la Ley Federal Del Trabajo. Los trabajadores en un período corto de tiempo han ganado terreno de acuerdo a la explotación del ser humano que se daba desde la esclavitud, la revolución industrial hasta nuestros días. Las nuevas legislaciones para beneficio de las clases trabajadoras es un estímulo al paso interrumpido para obtener la igualdad de derechos con el patrón sin obtener beneficios que no den resultado a la organización que laboran.
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