Lengua, cultura y educación: derechos necesarios. “Toda cultura que se universaliza pierde singularidad y muere” Jean Baudrillard México ha sido sujeto por 300 años a la colonización española y por 200 años a lo que Bonfil Batalla llamó “colonialismo interno”, caracterizado por una política culturalmente y lingüísticamente homogeneizadora, aunado a un trato social y económico desigual y opresivo; en el proyecto de nación del México independiente no hay lugar para “el indio”: el mestizo retoma el lugar dejado vacante vacante por el colonizador colonizador y dirige los destinos del nuevo Estado, desconociendo desconociendo al indio como sujeto de derecho y condenándolo a la exclusión. En 1992 la reforma salinista al artículo 4º constitucional reconoce que México no es un país mestizo, sino un país pluriétnico y multicultural, es decir, un país conformado por muchos pueblos, portadores de lenguas y culturas diferentes; sin embargo, los derechos derechos territorial territoriales, es, políticos y culturales culturales de estos pueblos no han sido reconocidos aún por ninguno de los tres poderes del Estado; las razones no se encuentran ya en la pretendida superioridad de las culturas europeas, sino en un proyecto económico fincado en el incremento de las utilidades de unos cuantos y la pobreza de las grandes mayorías; de acuerdo con este proyecto, caracterizado por la globalización económica y cultural, las identidades locales y su defensa de modelos de vida sustentados en valores no monetarios constituyen una amenaza y un tope a su política económica de depredación ambiental y sujeción política. A finales de los ochenta la lucha de los movimientos indígenas para la inco incorp rpora oraci ción ón de los los derec derecho hoss que que les les corre correspo sponde nden n como como pueblos s e v e reforzada reforzada por los desafíos planteados planteados por el modelo neoliberal, por sus múltiples múltiples encue encuent ntro ross nacio nacional nales es e inte interna rnaci ciona onale les, s, y por la difu difusi sión ón de los los prim primero eross instrumentos o proyectos de las Comisiones Internacionales sobre derechos de los pueblos indígenas, que piden se les reconozca como naciones distintas al interior de un Estado. En 1982 la ONU establece un Grupo de Trabajo destinado a la elaboración de un “Proyecto de Declaración Universal de los Derechos de los 1
Pueblos Indígenas”; allí se mencionan también los derechos culturales y étnicos colectivos, entre ellos el de auto-definición y auto-identificación; tal Proyecto, aprobado sólo en 1999, proporciona las normas mínimas que garantizan la supervivencia física y cultural de los indígenas del mundo, al afirmar que todos los pueblos tienen el derecho de ser diferentes y ser respetados como tales, contribuyendo así a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas que constituyen el patrimonio común de la humanidad. Reconoce a la vez que “el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación adecuada del medio ambiente”1, y recalca el derecho de todos los pueblos a la libre determinación. La Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, por otro lado, aprobada ya en 1997, afirma que “algunas de las concepciones e instituciones democráticas consagradas en las Constituciones de los Estados americanos tienen origen en instituciones de los pueblos indígenas, y muchos de sus actuales sistemas participativos de decisión y de autoridad contribuyen al perfeccionamiento de las democracias en las Américas”; “los pueblos indígenas – añade- tienen el derecho a sus lenguas, filosofía y concepciones lógicas como componente de la cultura nacional y universal, y como tales los Estados deberán reconocerlos, respetarlos y promoverlos, en consulta con los pueblos interesados”; además, “en las áreas de predominio lingüístico indígena, los Estados realizarán los esfuerzos necesarios para que dichos lenguajes se establezcan como idiomas oficiales, y para que se les otorgue allí el mismo status de los idiomas oficiales noindígenas”. Desgraciadamente, tales declaraciones no tienen un valor vinculante y obligatorio, y los gobiernos son renuentes a llevarlas a la práctica y los intentos por cancelar la diversidad cultural contradicen el derecho de los grupos sociales de poseer una cultura propia, pues la identidad étnica se ha manifestado como un elemento de cohesión de primer orden para la lucha a favor de sus demandas. En una resolución de la Comisión de Derechos Humanos del 9 de abril de 1998 se afirma también el “valor y la diversidad de las culturas y formas de organización social de los pueblos indígenas y su convencimiento de que el desarrollo de éstos en sus propios países contribuirá al adelanto socioeconómico, cultural y ambiental de todos los p aíses del mundo.” 1
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Hemos hablado de la cultura como un elemento importante de los derechos colectivos, pues en su conservación, desarrollo y libre transmisión se fincan los rasgos distintivos y peculiares de cada pueblo; “las culturas -afirma R. Stavenhagen- son patrones complejos de relaciones sociales, objetos materiales y valores espirituales que dan sentido e identidad a la vida comunal y que constituyen un recurso para la solución de los problemas cotidianos.” 2 Mariano Herrera, por su parte, define la cultura como “todo lo que los grupos humanos han imaginado, escogido, creado, aprendido, construido para adaptarse y vivir en un medio natural determinado y en condiciones históricas y sociales precisas”; es así que las diferencias de otras culturas con las occidentales pueden servir como un espacio emancipador de la humanidad.. 3 Algunos autores consideran la diferencia cultural como una nueva forma de discriminación que se practica a través de la escuela, y la UNICEF afirma que a causa de las inconsistencias teóricas y metodológicas de la educación en general “no se logra superar la contradicción entre un discurso que reconoce la diversidad y una práctica cuyo resultado es la homogeneización”. 4; pero las razones de estas inconsistencias son sociopolíticas más que pedagógicas. En efecto, cultura y educación son inseparables, pues es a través de la educación que la cultura se transmite; pero las políticas educativas de los Estados no respetan las culturas indígenas ni se preocupan por su conservación, trasmisión y reproducción; por el contrario, al tratar de imponer sus modelos culturales en la educación atentan contra la realidad histórica y los valores de los grupos étnicos. Para los pueblos indígenas, “educar es crear conciencia de los valores que hacen al hombre más humano, más justo consigo mismo y con los otros, es decir, más consciente de sus deberes y derechos dentro de una comunidad concreta, en la que más se humaniza y personaliza cuanto más la sirve” 5, pero “si la educación “Los derechos indígenas: nuevo enfoque del sistema internacional”, de R. Stavenhagen, en Hector Díaz Polanco, comp., ETNIA Y NACIÓN EN AMÉRICA LATINA, México 1995, CONACULTA, p155. 3 ibidem, p.116. 4 Citado por Ernesto Barnach-Calbó en “La nueva educación indígena en Iberoamérica”, en Revista Interamericana de Educación n. 13, OEI, p. 13. 5 “Indígenas y chicanos: educación para la libertad”, Zinacantepec, 1980; EL FINAL DE L SILENCIO, op. cit., p. 215. 2
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se imparte solamente sobre la base de la cultura invasora y en el idioma del conquistador, dejando a un lado las diversas culturas nativas del país, se terminará destruyendo totalmente a estas últimas, y a sus idiomas.” 6 La cultura es el soporte de la identidad, y el idioma es un aspecto esencial de la cultura, que atañe a las políticas educativas de los Estados nacionales; es por ello que, para abatir el elevado índice de analfabetismo entre las etnias y comunidades indígenas, Ernesto Barnach-Carbó sugiere una “educación diferenciada que tenga en cuenta la pluralidad de lenguas y, por tanto, de culturas”; en lugar del modelo tradicional de educación bilingüe, -definida como un instrumento de subordinación de la cultura indígena a la cultura dominante, cuya finalidad era únicamente la de aprender la lengua oficial y mejorar el rendimiento escolar, “la interculturalidad -afirma el autor- no debe recaer únicamente sobre la población indígena (...) sino que ha de involucrar a toda la sociedad para poder así fomentar un auténtico conocimiento y comprensión recíprocos.”7 También para R. Stavenhagen, “las lenguas constituyen una parte integral de toda cultura: (...) están vinculadas a procesos mentales y a la forma en que los miembros de determinada comunidad lingüística perciben la naturaleza, el universo y la sociedad. Las lenguas expresan patrones culturales y relaciones sociales y a su vez ayudan a moldear estos patrones y relaciones” 8; la dominación lingüística –prosigue- es frecuentemente la expresión de una dominación política y económica; en la mayoría de los países las lenguas indígenas no son reconocidas legalmente, no se usan en asuntos oficiales ni se enseñan en las escuelas, al punto que “los estudiosos han observado que esta situación puede producir serios trastornos psicológicos y de aprendizaje entre los niños en edad escolar.” 9. José R. Martínez Cobo, relator especial de la ONU para las poblaciones indígenas,10 considera necesario ”reconocer de una vez por todas la pluralidad 6
“Declaración de Conocoto”, Quito 1977, en DERECHO INDÍGENA, op. cit., p.44. “La nueva educación indígena en Iberoamérica” de Ernesto Barnach-Calbó, en Revista Interamericana de Educación n. 13, OEI, p. 12. 8 “Los derechos indígenas: nuevo enfoque del sistema internacional”, en ETNIA Y NACIÓN EN AMÉRICA LATINA, op.cit., p.152. 9 ibidem, p.154. 10 citado por R. Stavenhagen en ETNIA Y NACIÓN EN AMÉRICA LATINA, op.cit. 7
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lingüística y cultural de los países en que habitan poblaciones indígenas y la explícita adopción de políticas que permitan y fomenten el mantenimiento, desarrollo y difusión de la especificidad étnica de esas poblaciones y su transmisión a las generaciones futuras.” 11 Más aún: “hablar de la discriminación lingüística -dice Jesuo de las Herasno es hablar de una rama de la discriminación sino que se trata del tronco de árbol, de la parte que une todas sus ramas y nos guía hacia las raíces mismas de la discriminación”; “reconozcamos que los ciudadanos de países pobres se ven obligados a aprender una o varias lenguas europeas, siempre hegemónicas, mientras la opinión de los europeos respecto a sus lenguas es de absoluto desprecio, desconociendo incluso sus nombres a pesar d ser habladas por millones de hombres, tildándolas de dialectos o jergas” 12. Para concluir, nos remitiremos a las sabias palabras pronunciadas por el Movimiento Indígena Mazahua, que en el Pacto del Valle Matlazinca afirma: “Por más de 400 años la mayoría de los que han dirigido este país han querido acabar con nuestra cultura, han querido negar nuestra existencia, nuestros valores, imponiéndonos otros que para nosotros son ajenos. Creemos que negar nuestra existencia, nuestro derecho a participar como grupo étnico, es negar a México. ¿Qué nacionalidad pretenden formar, en qué principios se basan, en qué modelo de identidad nos colocan? ¿Podremos hablar de conciencia nacional, negando que México es nación pluriétnica, pluricultural? ¿Podemos hablar de una cultura nacional, negando el pasado histórico, negando la presencia actual de las diversas culturas étnicas?”13
ibidem, p.155. Jesuo de las Heras, “La lengua como arma cultural”, en Casi Nada, Revista en el WWW 13 en EL FINAL DEL SILENCIO. DOCUMENTOS INDÍGENAS DE MÉXICO, op. cit., p.155. 11 12
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