Descripción: en el presente pdf se da a conocer a fondo el funcionamiento de la sunat.
Descripción: Organizacion de la SUNAT PERÚ
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Descripción: todo lo referente a la sunat
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EXAMEN DE CONOCIMIENTOS SUNAT
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Descripción: LA BANCARIZACION EN EL PERÚ
La SUNAT La SUNAT es una institución pública descentralizada del sector economía y financiera. Encargada de administrar administrar y recaudar los tributos tributos internos. Fue creada por ley 24829 el 8 de junio de 1988 y posee autonomía administrativa funcional técnica y financiera. Tiene domicilio legal y cede principal en la ciudad de Lima, puede establecer dependencias en cualquier lugar del territorio peruano y solo se expende con mandato de ley. FINALIDAD.- Administrar, Administra r, aplicar, fiscalizar y recaudar los tributos internos excepto los de la municipalidad; así como proponer y participar en la reglamentación de las normas tributarias. ESTRUCTURA ORGÁNICA I. ALTA DIRECCIÓN . 1.- Súper intendencia intendencia Nacional Nacional de Administración Tributaria. 2.- Súper Intendencia Nacional Adjunto de Administración Administr ación Tributaria. II. ORGANOS DE APOYO. 1.- Secretaria General. 2.- Instituto de Administración Tributaria (IAT) 3.- Oficina Nacional de Comunicaciones. 4.- Oficina Nacional de Atención al Contribuyente (ONAC) III. ORGANOS DE CONTROL. 1.-La Oficina de Control Interno IV. ORGANOS DE LINEA. 1.-Iindependencia Nacional de Administración. 2.- Independencia Nacional Jurídica. 3.- intendencia Nacional de Informática. 4.- intendencia Nacional de Operaciones. V. ORGANOS DESENTRALIZADOS 1.-Intendencia Regional. 2.- Oficinas Zonales. FUNCIONES: a) Administrar todos los tributos internos con excepción de los municipales. b) Recaudar todos los tributos internos con excepción de los municipales a través de entidades bancarias. c) Fiscalizar el incumplimiento de las obligaciones tributarias a efecto de combatir la evasión de tributaria. d) Otorgar el aplazamiento y fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria de acuerdo a ley. e) Designar los cargos de confianza y nombrar, controlar, suspender, cesar, remover o destituir al personal considerado en dichos cargos con aquel que no ejerce los mismos. f) Sistematizar y ordenar la legislación vinculada con los tributos que administra. g) Promover al Congreso de la República los lineamientos tributarios para la celebración de acuerdos y convenios internacionales así como de cooperación técnica y administrativa. h) Desarrollar programas de capacitación. capacitación.
IMPUESTOS QUE ADMINISTRA Impuesto general a las ventas (IGV) Impuesto a la renta (IR) Impuesto selectivo al consumo (ISC) Impuesto extraordinario de solidaridad Impuesto de solidaridad a favor de la niñez desamparada Aportaciones a ESSALUD y a la ONP Derechos arancelarios o avaloren Derechos específicos MISIÓN Incrementar sosteniblemente la recaudación tributaria y aduanera combatiendo de forma honesta y justa la evasión y el contrabando, mediante la generación efectiva de riesgo y servicio contribuyente y usuario de comercio exterior, así como promoviendo el cumplimiento de sus obligaciones tributarias para contribuir con el bienestar económico y social de los peruanos. VISIÓN Ser un emblema de distinción del Perú por su excelencia recaudadora y facilitadora del cumplimiento tributario y comercio exterior, comprometiendo al contribuyente y usuario de comercio exterior como aliado en el desarrollo y bienestar del país. y y y y y y y y
LEY 24829 ARTICULO 2º: Artículo 2º.- Créase la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria como Institución Pública Descentralizada del sector Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y autonomía funcional, económica, técnica, financiera y admi nistrativa.
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria tendrá por finalidad diseñar y proponer medidas de política tributaria; proponer la reglamentación de las normas tributarias; administrar, aplicar, fiscalizar, sancionar y recaudar los tributos internos del Gobierno Central y otros tributos cuya administración se le asigne. La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria asumirá íntegramente a partir de la vigencia de su Ley General, las funciones y atribuciones de la Dirección General de Contribuciones, Dirección General de Política Fiscal y del Instituto de Administración Tributaria, así como los recursos que se le transfiera en la forma y plazos que señale dicha Ley General. Contará para su presupuesto administrativo, hasta con el 2% de lo que recaude para el Tesoro Público.