BASES DEL XI CAMPEONATO DE CONFRATERNIDAD COLQUINA 2012 FULBITO ORGANIZA: “JUVENTUD COLQUINA EN AYACUCHO”
JUCA - 2012 PRESENTACIÓN El XI Campeonato Campeonato de Confraternidad Confraternidad Colquina, Colquina, llevará el nombre de un personaje que en vida se identificó bastante para con el deporte y la confraternidad colquina, en este caso la copa del campeonato llevará el nombre de la persona que los delegados elijan en la primera reunión programada por la JUCA (06-01-2012) y tendrá por finalidad el fomentar la unidad y la amistad entre los colquinos, hijos, nietos, bisnietos, etc., preservando la práctica del deporte en la juventud y la famili familia a colqu colquin ina, a, enten entendié diénd ndos ose e que que ser ser colqui colquino no signif significa ica habe haberr nacido nacido dent dentro ro de la jurisdicción del distrito de Colca (Colca, Quilla y San José).
I.
DE LOS ORGANIZADORES
Art. 1. La “JUCA “JUCA””
como como Insti Institu tuci ción ón,, es la respo respons nsab able le de la plan planif ific icac ació ión, n, conv convoc ocat ator oria ia y organización del XI Campeonato de Confraternidad Colquina 2012. Art. 2. El Campeonat Campeonato o se iniciará iniciará el 08 de Enero del 2012, 2012, con un Relámpago Relámpago entre entre todos los participantes y la primera fecha del Campeonato el 15-01-2012. organización por fecha, estará a cargo de dos equipos equipos participantes participantes previo un sorteo, Art. 3. La organización con excepción de la primera y última fecha, las cuales serán organizadas por la “JUCA”.
II.
DE LA INSCRIPCIÓN
Art. 4. El derecho de inscripción inscripción por equipo equipo participante participante asciende asciende a la suma de S/ 60.00 nuevos nuevos soles, cantidad que deberá ser cancelada hasta el 08 de Enero del 2012 como fecha límite. Toda la recaudación por derecho de inscripción de equipos participantes, será transferido para proseguir la construcción de Colcawasi. Art. 5. Todos los Clubes que participaron en el X Campeonato de Confraternidad Colquina 2011 y se inscriban en el XI Campeonato de Confraternidad Colquina 2012; mantienen inscritos a sus jugado jugadores res con los que parti partici cipar paron on en el 2011 2011 y solo solo paga pagará rán n por por derec derecho ho de inscripción de jugadores nuevos o por derecho de transferencia de jugadores de otros Clubes. El costo de inscripción de jugadores nuevos será de S/. 10.00 y la transferencia de un jugador de otro Club será de S/. 20.00 nuevos soles (incluye ficha de inscripción y carnet de jugador); jugador); dichas recaudaciones recaudaciones también serán transferidos transferidos para la construcción de Colcawasi. pueden inscribir jugadores jugadores libremente libremente (presentar Ficha Ficha de Inscripción Art. 6. Todos los equipos pueden con fotografía reciente, copia del DNI de los involucrados en la ascendencia colquina) o tran transf sfer erir ir juga jugado dore res s de otro otro Club Club,, prev previo io pago pago por por el dere derech cho o de insc inscri ripc pció ión n o transferencia, respectivamente; a partir del 01 al 15 de Enero del 2010, a partir de esta
Art.
fecha y hasta la culminación de la tercera fecha del campeonato; solo se permitirán las inscripciones inscripciones de jugadores jugadores nuevos, no aceptándose aceptándose por ningún motivo la transferencia transferencia de jug jugad ador ores es de otro otros s Club Clubes es,, salv salvo o que que el Club Club de orig origen en no esté esté insc inscri rito to en este este campe campeon onato ato,, en este este caso caso sólo sólo será será necesa necesario rio el pago pago por por derec derecho ho de inscri inscripi picón cón.. Finalizado la tercera fecha, no se aceptarán inscripciones nuevas o transferencias por ningún motivo. 7. La JUCA podrá podrá solicitar la regularización regularización de la documentación documentación de inscripción inscripción de jugadores jugadores que participaron en el X Campeonato de Confraternidad Colquina a través de correo electrónico al delegado correspondiente, en cualquier etapa del Campeonato, el mismo que debe ser saneado a satisfacción de la JUCA hasta antes de la próxima fecha, luego de cursada la notificación respectiva.
III. DE LOS EQUIPOS EQUIPOS PARTICIPANT PARTICIPANTES ES Art. 8. Podrán Podrán participar participar en el XI Campeonat Campeonato o de Confrat Confraterni ernidad dad Colquina, Colquina, todos todos los Clubes Clubes de los diferentes Anexos del Distrito de Colca (Colca, Quilla y San José); siendo 15 el número máximo de jugadores inscritos por equipo y hayan cumplido con pagar su derecho de inscripción hasta el 15 de Enero del 2012. Art. 9. Todo equipo al momento momento de su inscripción inscripción presentará presentará una nómina de 06 jugadores jugadores como mínimo, quienes tendrán ascendencia colquina de acuerdo al Art. 11; siendo 15 el número máximo de jugadores y deberán estar debidamente inscritos y registrados en el padrón de jugadores, con su Ficha correspondiente, Documentación sustentatoria y poseer su Carnet respectivo. Los integ integra rante ntes s de los equip equipos os parti particip cipant antes, es, se prese presenta ntará rán n al camp campo o depo deporti rtivo vo Art. 10 Los debidamente debidamente uniformados; con sus camisetas camisetas bien enumeradas, enumeradas, short y medias, portando
originales
sus respectivos Carnet’s y DNI’s . Aquel Club que participe con jugadores mal uniformados (sin la camiseta distintiva, short o medias correspondientes), se hará acreedor a un penalti por cada desuniformado. No se permitirá por ningún motivo que juegue un jugador sin tener el Carnet o DNI, sólo se permitirá jugar si porta uno de ellos y la regularización del otro documento hasta antes de empezar el segundo tiempo, caso contrario perderá el encuentro y se adjudicará 03 puntos al equipo rival.
IV. DE LOS JUGADORES Art. 11 Los jugadores participantes en el XI Campeonato de Confraternidad Colquina, deben tener ascendencia colquina, es decir, decir, deben ser colquinos natos (nacidos en Colca, Quilla o San José) o tener el parentesco siguiente: Consanguinidad (Línea Recta): Hijos, Nietos, Bisnietos, Tataranietos, etc., de Colquinos natos. Para tal efecto deberán presentar copias de los DNI’s de todos los involucrados en la ascendencia colquina (no se aceptarán aceptarán partidas de bautismo ni partidas de nacimiento) nacimiento) y demostrar de esta manera al colquino nato y a satisfacción de la JUCA, quien dará el visto bueno en última instancia.
Afinidad (Línea Recta): Yernos o Convivientes de colquinas natas o de las descendientes (esposos o convivientes de las hijas colquinas, nietas y tatara nietas colquinas). Para tal efecto deberán presentar copia del DNI del Yerno o Conviviente, copia del DNI de la esposa o convivienta y de ser el caso, de los parientes hasta demostrar al ascendiente
colquino nato; y en caso de convivientes, además; deberán presentar una copia del DNI del hijo o hija (no se aceptarán partidas de nacimiento). Art. 12. Es considerado considerado YERNO colquino, aquel que es casado por lo Civil o Católico con una hija colquina o parienta colquina hasta el 4to. Grado de consanguinidad; o aquel que demuestre convivencia con una hija colquina (conviviente con al menos un hijo o hija). Art. 13. La edad del jugador tiene carácter carácter ilimitado. Art. 14. Está Está totalm totalment ente e prohi prohibi bida da la parti particip cipac ación ión de jugad jugadore ores s que que no tenga tengan n ascen ascenden dencia cia colquina. colquina. El Club que haya inscrito jugadores jugadores con documentación documentación adulterada, adulterada, voluntaria voluntaria o involuntariamente; será expulsado del campeonato, reservándose la JUCA el derecho de aperturar los procesos legales y ante las instancias correspondientes por el delito de Estafa y contra la Fe Pública, además de solicitar la reparación civil correspondiente.
V.
DE LOS PARTIDOS
Art. 15. Al inicio de cada partido, los delgados (acreditados al inicio del campeonato), deberán presentar una relación de 06 jugadores como mínimo a la mesa de control, debiendo coincidir éstas con la nomina de integrantes inscritos inscritos en el padrón general por el equipo al inicio del campeonato. Art. 16. Los partidos se llevarán a cabo en función al Fixcture programado, programado, el cual será elaborado y aprobado por la JUCA al inicio del campeonato. Art. 17. El número mínimo de jugadores de cada Equipo para ingresar al campo deportivo; será de cuatro (04) jugadores, caso contrario se declarará W.O. y se le otorgará 03 puntos al equip equipo o contr contrar ario; io; adem además ás de valid validar ar una una victor victoria ia por por dos (02) (02) goles goles contr contra a cero cero (0), (0), descontándosele -1 punto al equipo que pierde por W.O. Art. 18. El cambio de jugadores durante el tiempo de juego es abierto e ilimitado, aceptándose aceptándose el reingreso de un jugador reemplazado. tendrán una duración de 15 minutos como mínimo por cada tiempo, tiempo, con un Art. 19. Los partidos tendrán descanso de 5 minutos en el entre tiempo. Art. 20. Se dará una tolerancia de 05 minutos como máximo para que los equipos inicien inicien el partido en relación a la hora programada, caso contrario se declarará W.O., adjudicándose 03 puntos al equipo presente y concediéndoles además, una victoria por 02 goles a 0 y se descontará -1 punto al equipo que perdió por W.O. Art. 21. Cuando Cuando un equipo equipo pierda por W.O. en 03 veces consecuti consecutivos vos o 05 veces alternos, alternos, será separ separad ado o defini definitiv tivam amen ente te del del Campe Campeon onato ato y vetad vetado o para para parti particip cipar ar en el próxi próximo mo campeonato año 2012. Así mismo se adjudicará una victoria por W.O. a todos los equipos con los cuales les faltaba jugar. Campeonato se jurará todos contra todos y en una sola ronda, resultando el cuadro de Art. 22. El Campeonato méritos de acuerdo al puntaje obtenido y en caso de empate la prelación se determinará por la diferencia de goles. Este artículo no podrá ser modificado por ningún motivo, ni por el Presidente de la JUCA, tampoco por los Delegados o cualquier instancia Art. 23. Los puntajes a adjudicarse serán serán de la siguiente siguiente manera: - Partid rtidos os ganados : 03 punt untos - Partidos empatados : 01 pu punto - Partidos perdidos : 00 pu puntos - Partidos por W.O. : -01 punto
VI. DE LOS ARBITROS Art. 24. Los árbitros serán los pertenecientes a la COREJA a solicitud de la JUCA. Art. 25. El árbitro es la máxima autoridad y sus fallos son inapelables, por ello se merecen nuestro respeto y consideración tanto dentro como fuera del campo de juego. Sus informes son
vinculantes y la solicitud de penalizar al jugador o su club automáticamente aceptadas por la JUCA. Art. 26. Cada equipo abonará abonará la suma de S/. 7.50 nuevos soles por derecho de arbitraje y en caso de W.O. W.O.;; el equipo equipo gana ganador dor adem además, ás, asum asumir irá á los S/. S/. 7.50 7.50 nuevo nuevos s soles soles del del equip equipo o perdedor para el pago de los árbitros. Equipo que no haya cancelado por derecho de arbitraje hasta la culminación del partido correspondiente, perderá por W.O.
VII.
DE LAS SAN SANCIONES
Art. 27. El jugador que sea expulsado del campo de juego, ya sea por una doble amonestación (2 tarjetas amarillas) o expulsión directa (1 tarja roja); será sancionado con una fecha de suspensión, también se le sancionará con una fecha de suspensión a los jugadores que acumulen 03 tarjetas amarillas en forma alterna o consecutiva. En caso que la falta sea grave y de acuerdo al informe de los árbitros; el jugador será castigado de la forma siguiente: - Ag Agresión Ve Verbal a otro Ju Jugador 01 fe fecha de de su suspensión. - Agresión Verbal al árbitro 01 fecha de suspensión. - Agresión Verbal al público 01 fecha de suspensión. - Agresión física a un jugador: 02 fechas de suspensión - Agresión física a l público: 03 f ec echas de suspensión - Agresión física al árbitro: 04 fechas de suspensión. Art. 28. En caso de agresión agresión física física de un simpatiz simpatizante ante,, miembro miembro de barra, barra, familia, familia, etc., etc., de un equipo hacia un jugador, el equipo a quien pertenezca dicho agresor será suspendido una fecha, perdiendo dicho partido por W.O. y en caso de reincidencia será expulsado del campeonato en forma definitiva. Art. 29. La agresión agresión Física Física de un Delegad Delegado, o, Jugador Jugador o simpatiz simpatizante ante;; dentro dentro o fuera fuera del Local Deportivo a algún Miembro de la Junta Directiva de la JUCA, será sancionada con la expulsión del equipo en forma definitiva del Campeonato.
VIII.
DE LOS PREMIOS Y ESTIMULOS
Art. 30. La Junta Directiva Directiva de la “JUCA” será el encargado de premiar y estimular estimular a los equipos y jugadores en la gran final del Campeonato, para tal fin; se cursarán diversos auspicios a nuestros paisanos y acumular todos los premios. Art. 31. Los equipos que ocupen en orden de mérito (puntaje (puntaje y/o diferencia de goles); el primer, segundo y tercer lugar, serán acreedores de los premios en el porcentaje de los fondos disponibles de la siguiente forma (los porcentajes se aplicarán a la mitad del fondo total, la otra mitad será para premiar a la disciplina de vóley): 1. Primer Puesto : 50%. Puesto : 25%. 2. Segundo Pu 3. Tercer Puesto : 15%. 4. Mejor Goleador : 10%.
IX.
DISP DISPO OSICI SICION ONES ES COMP COMPLE LEM MENTA ENTARI RIAS AS
Art 32. La Comisión Organizadora Organizadora velará por el fiel cumplimiento cumplimiento de la presente Base y no podrá modificarse por ningún motivo. Art. 33. La reunión de Delegados se llevará a cabo para el inicio del campeonato, la distribución de los los prem premio ios s y la conf confor orma maci ción ón de la Comi Comisi sión ón de Just Justic icia ia.. Para Para tal tal efec efecto to,, será serán n
convocados por la JUCA por medio de correo electrónico y con una anticipación de un mínimo de dos días. Art. 34. La asiste asistenci ncia a de los Deleg Delegad ados os a las reunio reuniones nes convoc convocad ados os por la JUCA, JUCA, no serán serán obligatorias, pero pasados los 10 minutos de tolerancia, las decisiones se tomarán con los asistentes, decisiones que están obligados a acatar todos los Clubes. Art. 35. Los equipos organizadores de cada fecha, serán responsables de la Mesa de Control y dispondrán de un Delegado para dicho efecto, el mismo que informará a la Comisión Orga Organiz nizad adora ora al final final del del día sobre sobre los los resu resulta ltado dos s del del campe campeon onato ato bajo bajo planil planilla la y debidamente firmados por el árbitro y los capitanes de cada equipo. No será necesaria la firma del capitán del equipo perdedor. Si los equipos organizadores de cada fecha no cumplieran con iniciar los partidos en el horario programado, serán castigados con -2 puntos, para tal efecto se requerirá la observación en planilla de al menos 04 equipos y en ese sentido. Equipo que administre mal el campeonato (planillas mal llenadas, puntajes mal otorgados, etc.), será penalizado con -1 punto. observación a un equipo por no presentar jugadores debidamente debidamente uniformados, uniformados, por no Art. 36. La observación presentar Carnet, DNI originales, etc., se anotarán en la planilla correspondiente y se presentarán a los árbitros para su penalización, debiendo éste aplicar un penalti por cada desuniformado y exigir la subsanación del Carnet o DNI hasta antes del segundo tiempo del partido. Si después de ello persistiera el reclamo, ésta también deberá anotarse en la planilla para que la Comisión de Justicia pueda resolver en un plazo máximo de 3 días. Comisió sión n de Just Justici icia a estar estará á integr integrad ado o por por 03 miem miembro bros, s, dicho dichos s miem miembro bros s serán serán Art. 37. La Comi personas notables del Distrito de Colca, de preferencia aquellas personas que no tengan vínculo con algún Club participante del X Campeonato de Confraternidad Colquina y sus decisiones serán inapelables y vinculantes. Ayacucho, Diciembre del 2011.
LA COMISION