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53 LAS FINANZAS PUBLICAS DEL ESTADO ROMANO DURANTE EL ALTO IMPERIO
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Esta historia obra de un equipo de cuarenta profesores profesores de va rias universidades españolas preten pre tende de ofrecer el último últ imo estado de las investigaciones y, a la vez ser accesible a lectores de di versos niveles culturales. culturales. Una cuidada selecci selección ón de textos de au tores antiguos mapas, ilustraciones cuadros cronológicos y orientaciones bibliográficas hacen que cada libro se presente con un doble valor de modo que puede funcionar func ionar como como un capítu capítulo lo del conjunto más amplio en el que está inserto o bien como una monografía. monog rafía. Cada texto tex to ha sido redactado por por.. el especial especialista ista del tema, lo que asegura la calidad científica del proyecto.
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Director de la obra Julio Mangas Manjarrés
(Catedrático de Historia Antigua de la Universidad Complutense de Madrid)
Diseño y maqueta:
Pedro Arjona
«No está permitida la reproducción total o parcial de este libro, ni su tratamiento informático, ni la transmisión de ninguna forma o por cualquier medio, ya sea electrónico, mecánico, por fotocopia, por registro u otros métodos, sin el permiso previo y por escrito de los titulares del Copyright».
© Ediciones Akal, S.A., 1990
Los Berrocales del Jarama Apdo. 400 - Torrejón de Ardoz Madrid - España Tels. 656 56 11 -656 49 11 Fax: 656 49 95 Depó Depósi sito to Le gal:M .28007-1990 ISBN: 84-7600 274-2 (Obra completa) ISBN: 84-7600 654-3 (Tomo LUI) Impreso en GREFOL, S.A.
LAS FINANZAS PÜBLICAS DEL ESTADO ROMANO EN EL ALTO IMPERIO Joaquín Muñiz Coello
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Indice
..........................................................................................................................7 Las fue nte s do docu cu me ntal nt alee s y sus p r o b l e m a s .... ...................................................................................................................................... 7 Introducción
I. Los órganos de gobierno de la administración financiera altoimperial .........................................................................................................................9
1. El aerarium aerarium Saturni durante el Alto Imperio. Sus funcionarios. Sus Su s c om p e te n c ia s ........... ................ ........... ............ ........... .......... ........... ........... .......... ........... ............ ........... .......... ........... ........... .......... ........... ............ ........... ....... 9 2. Los Lo s ingr in gree sos so s y los g a s t o s .......... ................ ........... .......... ........... ........... .......... ........... ............ ........... .......... ........... ........... .......... ........... ............ ......... ... 12 3. El aerarium aerarium m ilita re ........................................................................................................14 4. Los orígenes del fi s c u s ...................................................................................................16 5. Los Lo s pro pr o c ur ad or e s im pe ri al es .......... ................ ............ ........... .......... ........... ........... .......... ........... ............ ........... .......... ........... ........... .......... ......... 18 6. Los ingresos del fi ............................................................................................ .................................................. ..... 20 f i s c u s ............................................... 7. Los gastos del fi ................................................................................................. ................................................... ..... 22 f i s c u s ................................................... 8. El pa p a tr im o n iu m c a e sa r is y la res res privata p rincipis ...............................................24 II. La recaudación tributaria .........................................................................................29
1. Los cens ce nsos os y su ela bo bora ra ción ci ón . Sus S us func fu nc io na rios ri os ...... ......... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ..... 29 2. Los intermediarios entre el estado y los contribuyentes ........................................ 32 3. Los problemas y la evolución del sistema recaudatorio .......................................35 III. Evolución de las finanzas públicas en el Alto Imperio .................................. 39
1. Los L os Ju lio li o -C la u d io s ............ ................. .......... ........... ............ ........... .......... ........... ........... .......... ........... ............ ........... .......... ........... ........... .......... ........... .......... 39 2. Los Fla F lavi vios os y los An A n to n in o s .......... ................ ........... .......... ........... ............ ........... .......... ........... ........... .......... ........... ............ ........... .......... ........ ... 41 3. Los Lo s Seve Se vero ross hast ha staa la cris cr isis is del siglo si glo m ...... ......... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ....45 .45 .......................................................................................... ............................................................................. ................................ 47 Bibliografía .............................................
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Las finanzas públicas del Estado romano en el Alto Imperio
Introducción
Las fuentes documenta les y sus problemas Decía Tácito (Annales, x t i i , 31,1), que era tradición debida a la dignidad del pu p u e b l o r o m a n o el e n c o m e n d a r a los lo s anales los sucesos resplandecientes y dejar los detalles a los diarios de la ciudad. Y en efecto, las fuentes litera rias nos informan sobre las grandes conquistas y anexiones, las guerras mantenidas por Roma contra toda cla se de enemigos, y nos dan toda clase de detalles sobre la vida y circunstan cias de aquellos personajes que se juz garon como protagonistas. Esta proli j i d a d d e d a t o s n o s h a p e r m i t i d o conocer con bastante precisión la his toria militar de Roma y la biografía apasionada de bastantes de sus perso najes. Todo ello fue del gusto de los lectores de la época a quienes iban di rigidas estas historias, que les permitía sentirse identificados con los héroes artífices del engrandecimiento de su común patria. Por el contrario, nada de heroico o destacablc en sí mismo encierra la par ticipación del ciudadano en las tareas y cargas que permitieron al estado es cribir en política exterior sus páginas doradas. Y nadie duda que la gloria de Roma sólo fue posible al sustentarse en el dinero que aportaron sus ciuda danos y súbditos provinciales. Esto
fue lo cotidiano; aquello, las gestas militares, lo extraordinario. Si tenemos en cuenta que para el ciudadano romano el hecho tributario tuvo altas cognotaciones peyorativas y deshonrosas, es normal encontrar que fueran pocos los autores que se ocupa ran de ello en sus escritos. ¿Para qué narrar algo que, presente en la vida diaria, se consideró casi vergonzante y nada aportó a la exaltación del nacio nalismo del individuo o la patria? Es tos “detalles”, como Tácito exponía, fueron asunto como tantos otros in mersos en la vida del ciudadano, de los diarios de la ciudad. El resultado de estas valoraciones es que apenas contamos con fuentes lite rarias que informen sobre los temas fi nancieros, los recursos del estado, los sistemas de gastos e ingresos y la debi da y real part icip ació n que todos los ciudadanos tuvieron en la financiación de las cargas del estado. De lodo ello conocemos a través de escasas referen cias, esporádicas puntualizaciones, in directas alusiones, todo ello en contex tos ajenos al fenómeno económico y refiriendo de pasada a estos hechos, como necesarios para argumentar las l í n e a s m a e st r a s d e l os i m p o rt a n t e s asuntos políticos o bélicos, que son mayoría en los autores al uso. Mejor información nos proporciona el material epigráfico. A través de él
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Ak al Hi sto ria d el Mu nd o A nti gu o
po d em os co n o c e r la e s tr u c tu r a de c a r gos y oficios que se creó para el servi cio financiero imperial; los tributos que administraron los funcionarios corres po p o n d i e n t e s ; las la s m o r a s , r e s c i s i o n e s y condonaciones fiscales que merecieron de una conmemoración lapidaria; las dificultades económicas que aquejaron a los municipios para cumplir con sus obligaciones fiscales, y las liberalida des que algunos proceres sufragaron, no sabemos bajo qué grado de volunta rismo, para paliar las crecientes necesi dades de sus conciudadanos. En fin, la epigrafía permite plantear estudios so bre la s ocie oc ieda dadd y las re laci la cion on es s ocia oc iale less de cuantos ciudadanos romanos desem peñ p eñ aron ar on un pape pa pell ac tivo ti vo en las fi na nz as del estado. Un último material documental me rece aquí citarse. Las monedas romanas pro p ro ce d en te s de las ex ca v a cio ci o n es p e r m i
ten establecer repertorios de emisiones, motivos conmemorativos y ocasiones de los mismos, y, sobre todo, el estudio intrínseco de sus leyes, sus contenidos en cobre, plata y oro, su relación crono lógica en el contexto económico en que aparecen; todo ello proporciona valio sos datos para establecer las deprecia ciones, devaluaciones, etcétera, como reflejo de las crisis económicas, y en suma, información precisa de las ten dencias financieras de amplios períodos y el rumbo marcado por el estado en cada momento. Acaso fuese más deseable una mayor colaboración entre la investigación de la historia económica y la numismática, áreas estrechamente conectadas, pero que a mi juicio aún adolecen de la mu tua ignorancia que tanto los dedicados a uno y otro campo presentan de Jos re sultados de ambas ciencias.
Denario con la efigie de César divinizado y denario de Q. Q. Cepio Cepio Bruto
Las finanzas públicas del Estado romano en el Alto Imperio
I. Los órganos de gobierno de la administración financiera altoimperial
Las finanzas públicas del Estado romano en el Alto Imperio
I. Los órganos de gobierno de la administración financiera altoimperial
1. El aerarium Saturni durante el Alto Imperio. Sus funcionarios. Sus competencias El aerarium Saturni fue el único órga no financiero de la República desde su creación a principios del siglo V a. de C. Situado en las traseras del templo de Saturno, al pie del Capitolio, su sede custodió el tesoro público del estado romano hasta el advenimiento del Prin cipado. El edificio, fechable hacia el 497 y restaurado de nuevo en el 42 a. de C., dio cobijo como archivo a toda la documentación generada por el go bie bi e r no r ep ub ubli lica cann o, ta nto nt o en los lo s asu as u ntos nt os financieros como en los de toda índole polí po líti ticc a, de sd e leye le yess a se nado na docc on onsu su ltos lt os.. El aerarium ven ía a ser, a fines fine s de la República, el centro de toda la docu mentación escrita generada por el esta do en su actividad de gobierno. La progresiva importancia del aera rium como sostén e instrumento de la polí po líti ticc a se na tor to r ial ia l c u lm in a en el sigl si gloo i a.de C., coincidiendo con la máxima ampliación de los límites del Imperio. La complejidad y magnitud de las fi n a n z as d el e s t ad o o b l i gó a i r reformando continuamente las leyes que regulaban este organismo, para ir
adecuándolo a las crecientes necesida des que las circunstancias históricas imponían. Ya en el 78 a. de C., como simbólico reflejo de este fenómeno, se constituye un nuevo edificio, próximo al del aerarium, con objeto de custo diar en él la documentación relativa a los temas financieros del estado. A este pr p r i m e r e d i f i c i o , tabularium, desde el Principado seguirán otros tabularia, para pa ra a r ch ivar iv ar c ua nto nt o s r e gist gi strr os pr o d u c í an los diferentes sectores del estado, y aún en las provincias, como continua ción del ámbito de gobierno de todo el Imperio. AI frente de estos tabularia, en el Imperio estuvieron los curatores tabu larum larum publicarum , sustituidos en el Ba jo I m pe rio ri o por po r p r a e fe c ti por lo que res pe p e c t a a los lo s s i t u a d o s en R o m a . En las la s pr p r ov i n c ias ia s , los tabularia, como archi vos de las finanzas provinciales, se su bo b o rdi rd i na ro n, al p ar e cer, ce r, a la a utor ut orid idaa d de los magistrados financieros correspon dientes, trabajando mediante una plan tilla de auxiliares de rango inferior y normalmente afecta a la condición ser vil. Pero en este caso este desarrollo no debe adscribirse al aerarium, sino al otro órgano financiero que surgiría con el Principado, el fis f is c u s , que vino a asi milar buena parte de la infraestructura de funcionamiento desplegada por e!
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los siglos republica
nos. Al frente del aerarium y desde el si glo v a. de C. estaban los quaestores, magistrados inferiores sine imperio , en número de dos, ampliados a cuatro des de el 421, dos de ellos u r b a n i y dos más desplazados como auxiliares de los cónsules, elegidos todos por los comi tia populi tributa. A lo largo de la Re púb p úbli licc a se ob obss er va c óm o e sta st a m a gi s tr a tura va ampliando el número de sus miembros, como secuela de la incorpo ración de nuevas provincias, hasta lle gar a sumar los cuarenta cuestores de época de César, si bien Augusto volve ría a fijar su número en veinte, siguien do lo dispuesto en la constitución silana, a través de su L e x C o r n e l i a d e viginti viginti quaestoribus. Desde Augusto ya no se modificaría ese número de magis trados, si bien acaso ello se debiera a la pé p é r d id a de c o m p e te n c ia s e inf in f l ue nc ia s que el aerarium va a sufrir en el marco general de la política iniciada por Au gusto. En efecto, para cualquier programa po p o lí ti c o a d e s a r r o l l a r d e s d e e l p od er , sus artífices debían asegurarse el res pa p a ld o y p l e n a c o l a b o r a c i ó n de a e r a rium, por lo que el control de éste se hacía imprescindible. Ya el dictador César, advertido de este hecho, introdu jo j o la pr im er a m od odif if ic a c ió n en la e s tr u c tura de gobierno del aerarium, al substi tuir a sus administradores tradicionales, los cuestores, por magistrados de rango superior, significando con ello la tras cendencia concedida a la administra ción y gerencia de ese tesoro público del pueblo romano. Así, en el 46, y an tes de partir para Hispania, los dos cuestores de Roma son reemplazados por po r do doss se nado na dore re s e x - pr et ore or e s c on tí tu tu lo de pr p r a e fe c ti a e ra r i S a tu rn i. Muerto César, de nuevo volverían los cuestores a hacerse cargo del tesoro, si bien esta reinstauración del orden constitucional de nuevo Sería invalida da con la llegada de Octavio al poder. En el 28 a. de C. Octavio Augusto, pri mer emperador, vuelve a revitalizar la
fórmula de César y ordena al senado que nombre a dos ex-pretores para que, con título de p r a e fe c ti , administren el aerarium cada año. Cinco años más tarde, en el 23 a. de C., el pr p r in c e p s da un primer paso efec tivo para desposeer al senado del con trol sobre el gobierno de este tesoro sena torial, al decidir que los administradores del aerarium habrían de ser elegidos por sorteo. De esta forma, el órgano senato rial por excelencia ve enajenada su ca pa c ida id a d de m an iob io b r a po polí lí tica ti ca al no c o n tar con certeza con fieles colaboradores en la dirección de la fuente financiadora de su programa político. Los admi nistradores del a e r a r i u m , desde ese año, serán dos pr p r a e to r e s en ejercicio, que entrarían en el el cargo el 1 de enero de cada año. Esta situación, que inclinaba la ba lanza del reparto del poder en Roma hacia el p ri n c e p s , a costa de los legíti mos representantes de la República, se mantendrá hasta el gobierno de Clau dio. En el año 44 este emperador da un pa so má s en el pr oc e so de as u n ci ón del control de los poderes públicos de la ya menguada administración senatorial. En una inteligente combinación de re sabios republicanistas, sólo superficia les, y pretensiones autoritarias, Claudio devuelve la dirección del aerarium a los antiguos cuestores. Pero estos cues tores serán elegidos directamente por el emperador, de entre los elegidos y nombrados cada año por el pueblo. Se aseguraba así, por un lado la plena ca pa c it a c ió n de los lo s d ir ec to re s del de l teso te sorr o pú p ú b l i c o , al d e v o l v e r l o a s us a n t i g u o s administradores, y por otro, la total fi delidad y confianza de contar con cola bor bo r a do dorr es de su ide id e a rio ri o po líti lí ticc o de e n tre los que dirigían tan vital organismo púb p úbli licc o. El control imperial del tesoro senato rial no necesitó de mayores medidas enajenadoras, como se demuestra de las escasas noticias que para época poste rior a Claudio tenemos sobre interven ción del pr p r in c e p s en esta caja pública. El crecimiento y consolidación del otro
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Las finanzas públicas del Estado romano en el Alto Imperio
tesoro del estado, el f i s c u s , como el más importante órgano de finanzas en el régimen imperial, fue a costa de sus traer competencias y fuentes de ingre sos al aerarium senatorial. Sólo algu nos retoques se sumaron a la política imperial de control fehaciente del órga no republicano, combinando medidas anteriores con otras implantadas en el reinado posterior a Claudio. Así, Nerón devolvió en el 56 la gerencia del tesoro a p r a e fe c ti , expretores, tal como Au gusto mantuvo entre el 28 y el 23 a. de C., pero aplicando la experiencia de Claudio al reservarse el derecho de designar directamente a estos pra p ra e fe c ti a partir de ahora sólo responsables ante
el emperador, y eliminando, por tanto, lo azaroso del sistema de sorteo, vigen te entre el 23 a. de C. y el 4 4 d. C. Nin N in gú n otro ot ro c amb am b io hu bo en la e v o lución del aerarium a lo largo de los si glos imperiales, y así fue por no ser ello necesario a los intereses del Princi pad p ado. o. N a d a te nía ní a ya qu quee v e r el te sor so r o senatorial del siglo ii d.C. con la pleni tud manifestada aún en los primeros años de Augusto. Completamente neu tralizado como órgano al servicio de un senado también domesticado, la histo ria del aerarium Saturni pasa a un se gundo plano en los siglos imperiales, hasta constituir un débil destello de lo que fue en la etapa republicana. El mis-
Tabla de equivalencias y precios
Precios de esclavos, propiedades y es pe p e c tá c u lo s
1 aureus = 25 denarios (*-) = 100 sestercios (HS) = 400 a s s e s .
Un esclavo ordinario oscilaba entre los 4 y 8.000 HS, siendo inferior el precio tra tándose de una mujer. Pero un esclavo “de lujo” podía alcanzar los 700.000 HS. De la misma forma, un ludus gladiato rio salía entre 30 y 200.000 HS, según la calidad de los contendientes empleados, cuyos beneficios medios eran de 2.000 HS H S a 15.000. Los precios en Roma llegaban a cua druplicar los del resto de Italia. Así, un modesto apartamento no bajaba de los 2.000-4.000 HS H S de alquiler anual, y una casa de lo más modesto no se encontra ba a la venta por menos de 100.000 HS, cantidad con la que se podía adquirir una propiedad de tamaño medio, de tipo agrí cola, en Campania. Cualquier casa lujosa en Roma, con baños, jardines, etc., no bajaba de 3 mi llones de HS. Finalmente, los gastos de enterra miento ordinario en Pompeya no solían superar los 200 HS, considerándose de gran lujo uno de 5.000, y las fuentes es critas recuerdan como cosa memorable el millón que para sus exequias gastó un liberto de la zona, fuera de toda medida H S si lo comparamos con los 200.000 HS que costó el funeral de Nerón.
A lg u n o s sala sa lari rios os
A fines del siglo i d. de C. un legiona rio percibía 1.200 H S al año, 10.000 los centuriones y de 100.000 a 300.000 H S los oficiales. Un pretoriano ingresaba unos 4.000 H S por sus do servicios. Pero generalmente los donativa llegaban a triplicar los ingresos totales en todos los casos. Precios de alimentos y objetos de uso diario
1 litr litro o de vino vino ordinario costaba de 2 a 4 a s s e s . Si el vino era de Falerno su bía a 8-16 a s s e s . El litro de aceite se H S . 1 m o d io vendía a unos 3 HS io ( u no no s ocho litros) de trigo ordinario costaba unos 3 HS, HS , llegando a los 7 u 8 H S si era candeal. Por 4 H S podían tres personas co mer modestamente en la Pompeya flavia, durante un día, a base de queso, pan, vino y aceite. Por 1 as podían podían com prarse en en esa esa misma ciudad una olla, un plato o una lámpara. Una modesta túnica costaba H S y un mulo, 520 HS . 15 HS
12 mo hecho observamos en sus antiguos administradores, los cuestores, que si bien bi en no l leg le g ar on a de sa par pa r ecer ec er , q u e d a ron como simple escalón en la carrera de honores públicos del rango senato rial. Totalmente desvirtuado, el cargo fue incluso adoptado por los emperado res para su servicio personal, al nom br b r a r de e n t r e e l l o s a d o s q u a e s t o r e s candidati principis, que le acompaña ban ba n en sus de sp laz la z a m ie n t os y via vi a jes je s c o mo meros auxiliares cajeros o pagado res. A fines del siglo iv d. de C. el aerarium populi romani era sinónimo poc po c o más má s q ue de la ca ja mu nic ni c i pa l de la ciudad de Roma, a tal se había llegado en el recorte de sus competencias eco nómicas.
2. Los ingresos y los gastos Los ingresos del aerarium Saturni pr p r o c e d í a n de do s f u e n t e s de r e c u r s o s pe p e r f e c ta m e nt e d i f e r e nc ia d a s a lo l arg ar g o de la República. Por una parte estaban las rentas de los bienes de dominio del estado romano, existentes tanto en Ita lia como en las provincias, y por otra, los tributos directos y tasas impuestas a las provincias en su condición de súbditas de Roma. A estos ingresos, que podíamos estimar como regulares, hemos de añadir los extraordinarios o irregulares generados por los resulta dos de la política imperialista y belige rante del senado frente a otros pueblos de fuera de las fronteras. El senado, como órgano represen tante del pueblo romano, poseía en su nombre numerosos bienes muebles e inmuebles cuya explotación proporcio naba rentas ordinarias que iban a parar al aerarium. Tanto en Italia como en las provincias existían importantes lo tes de agri pub lici, lici, cuya asignación en régimen de arriendo o venta definitiva era objeto de una subasta dirigida por los censores. Asimismo, eran objeto de explotación los monopolios estata les como las minas de oro y plata, las
Ak aI His tor ia de l M un do An tig uo
canteras y las salinas, encargándose de ello a particulares por cuyo arriendo el aerarium ingresaba porcentajes pre viamente definidos sobre la base del cálculo de los beneficios. El programa de construcciones de obras públicas, desde templos a calza das, mercados, termas, etc., era objeto asimismo de una adjudicación median te subasta a cargo de los censores, per cibiéndose rentas por cuanto servicio pú p ú b li c o p a s a r a a s er e x p lo ta d o po r la iniciativa particular. Junto a estos p u blica , ultro tributa en las fuentes clási cas, fueron cada vez más importantes los ingresos del aerarium en concepto de tributos recaudados en las provin cias. Al ser abolido en el 167 a. de C. el tributum ex censu que gravaba las for tunas de los ciudadanos romanos, el aerarium demostraba con ello una su ficiencia de recursos que hacía innece sario el apelar a los bienes de sus ciu dadanos. Este superávit estaba originado por las contribuciones fisca les extraídas de los territorios domina dos, lo que suponía una fuente cre ciente y regular de dinero hacia las arcas estatales, sin más garantía que la inapelable presencia de las legiones en las provincias. Los habitantes de estos territorios, en virtud de pasar de ser pro p ro p ie ta ri o s de su s u e lo a se r sus su s u s u fructuarios, puesto que el senado se erigía en su nuevo propietario, paga ba n un c a n o n o u n tr i b u to c u y a c o n vertibilidad final estaba en relación, tanto con la riqueza o producción ge nerada en aquellos territorios, como en las exigencias presupuestadas por el senado. Así, había provincias que pagaban un tanto alzado cada año, para perío dos de cinco años o lustrum, stipen dium, convertible a su vez en metales pr e c i o s o s , n u m e r a r io o s u pl e m e nt o s en especies. Otras provincias, de econo mía preferentemente cerealista, sol ventaban sus débitos con una decuma o vicésima del trigo o cebada cosecha da, yendo a satisfacer la fuerte deman-
Las finanzas públicas del Estado romano en el Alto Imperio
D u p o n d i u s del emperador
Vitelio (69 d. C.)
d a q ue d e a q ue l p r o d u c t o s i e m p r e agobió a Roma. A veces las contribu ciones en metales se suplementaban con vicesimae, y no estaba exenta de aplicación cualquier fórmula de pago que, adecuada a las circunstancias de cada región y circunstancia, repercu tiese favorablemente en ingresos para el aerarium. De esta forma, bosques, pastos y pe p e s q u e r í a s , o c u p a n t e s a q u e ll a s de i m po p o r t a n t e s e x t e n s i o n e s d e a g r i en las pr p r o v i n c i a s , e r a n e x p l o t a d a s m e d ia n t e concesiones a particulares, por cuyo usufructo el aerarium obtenía un ca non o scriptura ( a g e r c o m p a s c u u s o s c r i p t u r a r i u s ). Con las reservas que implica cualquier intento de cuantificación de los ingresos del aerarium, dada la carencia de una documenta ción completa o al menos sucesiva en cuanto a períodos cronológicos, algu nos datos son significativos al respec to. A mediados del siglo i a. de C. el tributo de las Galias y de Egipto su p o n í a u n t o t a l d e 8 0 . 0 0 0 . 0 0 0 H S (sestercios), y en tiempos de Pompeyo, Plutarco nos cifra las rentas tota les del aerarium para un año en unos trescientos cuarenta millones de ses tercios.
13 Es de suponer que la ascensión de Augusto al poder supuso el inicio del declive del aerarium como órgano fi nanciero más importante del estado, como anteriormente establecimos. Las medidas políticas que los emperadores adoptaron para anular la influencia de esta caja como instrumento senatorial fueron acompañadas de otras medidas económicas encaminadas al mismo co metido. De esta forma, si a fines de la República los ingresos medios anuales del tesoro público, pese a los gastos de guerras de esos decenios finales del siglo i, eran del orden de los 400.000.000 HS, H S, con Augusto la situación económica del aerarium, lejos de gozar del tradi cional superávit, necesitó de una in yección de 150.000.000 H S que el pro pi p i o e m p e r a d o r d i c e e n su p r o c l a m a po p o s t u m a h a b e r su m i n is tr a d o en un to to tal de cuatro ocasiones. El declive de la caja senatorial tiene en la fecha de enero del año 27 a. de C. su primer paso cuando Augusto se asigna para su gobierno gran parte de las provincias del Imperio. Ello supo nía la pérdida de abundantes recursos financieros para el tesoro senatorial, aún cuando asimismo se redujeran los gastos de aquellas administraciones. Las rentas provinciales del senado quedaron reducidas a las procedentes de las pro vin cias de de Acay a, Asia, África, Bética, Bitinia, Creta-Cirene, Chipre, Sicilia, Narbonense y Macedo nia, mientras que el resto del Imperio y las nuevas anexiones que en el curso de los siglos posteriores se irían pro duciendo, a costa de los actuales pro tectorados y monarquías clientes, pa saron a contribuir en las arcas creadas po p o r el P r i n c i p a d o h a s t a t o ta li z a r a l r e dedor de la veintena de provincias, en época de Augusto. Los gastos imputables al aerarium aumentaron desde la llegada al poder de Augusto y hasta la asunción por és te de parte de los mismos, por cuanto no hubo paralelismo en la transferen cia de ingresos con la transferencia de nuevos gastos originados a partir del
14 nuevo régimen. La equiparación de in gresos-gastos no llegaría al aerarium en el Imperio hasta la plena puesta en marcha y funcionamiento de la nueva estructura económica del Principado. Antes de Augusto, el aerarium su fragaba el mantenimiento del ejército, en sus pagas o stipendia -término éste que designaría desde época primitiva a las recaudaciones hechas con el fin de cubrir los sueldos militares, y por ex tens te nsió iónn lue l uego go sinón si nónimo imo de tributo— tri buto—, y suministros de legiones y flota; las obras públicas, la organización de es pec pe c tác tá c ulos ul os r egul eg ular ar es, es , los gastos de la administración del estado -fondos pa ra los magistrados provinciales y mer cedes y avituallamiento a la cohors apparitor ia -, organización del culto, tropas de Roma y defensa de la ciu dad, entre los gastos más importantes. Acaso Acas o la· la· partid par tidaa más relevante relevante desde el siglo i a. de C. fue la destinada a fi f i um en ta tion ti on e s, dona do nativ tiva a y congiaria, que en el Principado llegaran a supo ner una enorme carga económica para las arcas imperiales, pero que no podiían entenderse fuera del populismo desarrollado a partir de la actuación de los Gracos a fines del n a. de C. Con Augusto el mantenimiento de las 25 legiones en activo, más los su ministros de avituallamiento en cam paña pañ a de los socii —tropas tr opas auxili auxi liare aress de los aliados itálicos y provinciales-, el tiansporte y la flota suponían unos 240.000.000 IIS anuales , según cálcu cálc u II S anuales, los aproximados. A esto habría que añadir unos 35.000.000 HS de gastos de las cohortes urbanae y el cuerpo de 9.000 preteríanos de Roma. Los repar tos de trigo sumaron durante el gobier no de Augusto 60.000.000 HS, que be neficiaron a 200.000 ciudadanos, número en que quedó fijado los recep tores de estas distribuciones. Si uni mos estos dispendios a la carga que supuso para el tesoro senatorial el asu mir los gastos de funcionamiento del nuevo régimen imperial, muy pródigo en obras públicas y espectáculos en los primero momentos de consolida
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ción, se explica fácilmente que el défi cit crónico al que estuvo abocado no pudi pu diee ra se r e n ju g a d o ni aún aú n c on a qu quee l fondo tradicional de reserva, aerarium sanctius, que se nutría con el producto de la vicesima libertatis, o 5% sobre el importe de las manumisiones de esclavos. Por la vía de los hechos, el a e r a rium Saturni quedaba supeditado a las subvenciones de los emperadores co mo fórmula de existencia. Ni aún en sus provincias asignadas gozó del ex clusivo monopolio del aprovechamien to de sus recursos. A lo largo de los si glos altoimperiales, observamos cómo a través de decisiones imperiales que reorganizan el estatuto jurídico de al gunos territorios, de creaciones de nuevas tasas por el fis f is c u s , o por la me ra acumulación de intereses -legados, herencias, donaciones, confiscacio nes-, la presencia de las finanzas im pe r ial ia l es va e x t e n di é nd o s e po r l as p r o vincias senatoriales, hasta el punto de ser, si no de iure, sí de fac fac to, la admi nistración del p r i n c e p s la verdadera destinataria y beneficiaría de las rentas de todo el Imperio. A finales del siglo ii d. de C. podía resultar paradójico que la provincia senatorial de Bética fuese la más rentable a los intereses imperiales en Hispania.
3. El aera ae rariu rium m militare El licénciamiento de las legiones en activo suponía una perentoria necesi dad para descargar de gastos al ya abultado abultado presu puesto milit ar de dell esta do. Pero al mismo tiempo, la existen cia de miles de veteranos cuya vida había transcurrido en filas, con la in cierta expectativa de reincorporarse a la sociedad con algún medio de vida que les permitiera hacerlo, planteaba un serio problema al estado, toda vez que era impensable suponer que el mercado de trabajo que ofrecía la es tructura económica romana pudiera absorberlos sin dificultades. Todo esto
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además en una Roma donde ya el pro b l e m a p r i n c i p a l y c o t i d i a n o e r a el mantenimiento del gran número de desocupados que poblaban sus calles. Sin duda Augusto tuvo muy presen te el cúmulo de problemas que el li cénciamiento masivo de legionarios de los ejércitos de Mario, Sila o César ocasionó a la República. Problemas que aún coleaban, nunca resueltos a satisfacción de las partes, y que de al guna forma habían contribuido a crear la situación óptima en la que él había tomado el poder. En este contexto de pr p r e v is ió n es c u a n do en el añ o 6 d. de C. decide Augusto colaborar con el se nado en la asistencia económica al sol dado veterano que, tras cumplir su lar go servicio en el ejército, se licenciaba con la perspectiva de acceder a algún medio de vida, ya mediante la tradi cional parcela agrícola, ya con la dis po sic si c ió n de a lg ún di ne r o qu e le p e r m i tiera emprender la aventura de reincorporarse a la vida civil. Se constituye, por tanto, una caja de pr e v is i ó n e c o n ó m ic a , el aerarium mi litare, con cuyos fondos se entregaba al veterano una cantidad en razón de sus años de servicio y méritos bélicos. Esta caja recibía inicialmente un fon do de 170.000.000 H S a cargo de la fortuna personal del propio empera dor, al objeto de atender las primeras necesidades, y vista la penuria del a e ra r a r i u m S a t u r n i . S u l i q u i d e z f u t u ra quedaba asegurada al asignársela las rentas de dos vectigalia , uno de ellos creado expresamente para este fin. Se trataba de la antigua centesima rerum venalium , 1% del importe de todas las transacciones mercantiles realizadas en los mercados, y la nueva vicésima hereditatium, 5 % del valor de todas las herencias transmitidas entre ciuda danos romanos, a partir de un importe mínimo que, en tiempos de Trajano, acaso por la exte nsa nómina de sus sus eventuales contribuyentes, acaso por resultar suficiente los ingresos del otro vectigal para sus fines, se situaba en un valor patrimonial tan restringido
La obra de Augusto
“En cuatro ocasiones tuve que asistir al aerarium con mi propio dinero, transfi riéndole ... 150.000.000 HS, y en el con sulado de Marco Lépido y Lucio Arruntio, transferí de mi patrimonium 170.000.000 H S al aerarium militare, militare, que fue instituido por mi consejo para crear un fondo para los soldados que habían completado veinte o más años de servicio”. (Res Gestae Divi Augusti, Ed. Loeb
Classical Library, transi, by F. W. Shipley)
“(Augusto) legó al pueblo romano 40.000.000 HS, 3.5000.000 H S a las tri bus, 1.000 a cada uno de pretorianos, 500 a cada uno de los soldados de las cohortes y 300 a cada legionario. Ordenó que estas cantidades se hicieran efecti vas al contado, pues las tenía retenidas como fondos de reserva en su tesorería. Otorgó además otros muchos legados pero de cuantía muy diferente, algunos ascendían a 20.000 HS. Fijó para el pa go de estos legados un año como máxi mo. Se excusaba de que su fortuna per sonal no fuese mayor y hacía constar que sus herederos no percibirían más de 150.000.000 HS, pues aunque según de cía en los últimos veinte años hubiese in gresado 4.000.000.000 H S procedentes de los testamentos de sus amigos, no obstante había invertido esta cantidad casi íntegramente, así como las dos he rencias de sus padres, en favor del esta do.... El tercero (rollo de testamento) contenía un inventario de los recursos del imperio, consignando en él cuántos soldados había en filas y sus respectivos puestos de destino, las sumas disponi bles en el aerarium y el fiscus y a cuenta de los tributos pendientes aún de parte de su pago. Citaba también el nombre de los libertos y esclavos a quienes podía exigirse exigirse que rindieran rindieran cuentas ”. (Suetonio, Au A u g u s tu s , 101, 2-3, trad, de M. Bassols de Climent, Ed. Alma Ma ter, Barcelona, 1964)
16 como era el de valor igual o superior a 100.000 HS . Como el aerarium Saturni, al que en principio se asimiló, el aerarium militare estaba dirigido por un c o l l e gium de tres ex-pretores, electos al pr p r in c ip i o p o r so r t e o, l u e g o p o r d e s i g nación imperial, con título de p r a e f e c t i con cargo de duración trienal. Hay motivos para pensar que la nueva caja estuvo ubicada cerca del templo de Saturno, en el templo de la Con cordia, inaugurado por Tiberio para este fin en el año 10, cuando aún rei naba Augusto. Aunque no poseemos testimonios al respecto, la estructura de funciona miento del a e r a r i u m m i l it it a r e sería muy similar a la del aerari aerarium um Saturni , disponiendo de archivos en los tabula ria situados en lugar anejo, y del co rrespondiente cuerpo de auxiliares ne cesario para el funcionamiento interno de este nuevo organismo de las finan zas del Imperio.
4. Los orígenes del fis f iscc u s El término f i s c u s designa en primer término “cesta o esportilla de mimbre” destinada a contener dinero, y por ex tensión, el capital en metálico de cual quier ciudadano romano. Durante la República se empleaba el término f i s cus cu s en la estructura estatal para refe rirse al dinero que todo gobernador re cibía del senado para sufragar los gastos de administración de la provin cia a la que marchaba destinado. Co mo al parecer estos fondos, durante ba b a s t a n t e t i e m p o , n o r e q u i r i e r o n u n a ju j u s t i f i c a c i ó n u l t e r i o r de s u g a s t o , al término del oficio -no ocurría así con los dineros generados por la recauda ción tributaria-, era habitual que las sumas percibidas por este concepto se mezclasen con la fortuna particular del magistrado, de modo que finalmente se administrasen indistintamente. En este contexto establecido por la
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costumbre, cuando Augusto en el 27 a. de C. asume el control directo de bue na parte de las provincias del Imperio, en su calidad de procónsul, recibió co mo cualquier otro gobernador un pre supuesto de gastos a cargo del a e r a rium, que pasó a ser ingresado en cada uno de los fi f i s c i que, lógicamente, que daron constituidos en cada provincia. La duración del imperium recibido co mo procónsul, primero temporal, lue go de por vida, más la acumulación de po p o d e r y a u to r id a d qu e s u p o n í a el n ú mero de provincias administradas si multáneamente, fueron los factores que determinaron el fortalecimiento del fi f i s c u s del emperador, hasta llegar a constituirse, en principio, en una enti dad económicamente tan fuerte como el aerarium por la cantidad de recur sos acumulados. No p a re c e, p o r tan ta n to, to , a c ep ta b le p e n sar que la creación del fi f i s c u s , sus orí genes, sea un hecho producto de un acto jurídico ex novo, como sí ocurrió pa p a r a a l g u n a s o t r a s i n s t i t u c i o n e s d e l Principado. Más bien se presenta co mo resultado de la prominencia alcan zada por su usufructuario, el pr p r in c e p s , en los años que transcurrieron hasta la asunción total total del pode r del estado. estado. El poder de Augusto fue detonante del poder económico de su fi f i s c u s pri vado. El problema se planteará a la hora de la necesaria delimitación entre lo público y lo privado, conceptos és tos que marcharon unidos en los pri meros decenios del nuevo régimen, y que evolucionando en perfecta simbio sis acabarían por ser redefinidos, avanzado ya el período de los JulioClaudios. Durante gran parte de su vida, Au gusto consideró su actividad de go bi b i e r n o c o m o un p e r í o d o t r a n s i t o r i o , necesario para asentar de manera defi nitiva la paz en el Imperio. Transcurri do este período, de nuevo los poderes asumidos personalmente por él, serían devueltos al senado y la República quedaría reinstaurada. Así lo manifes tó públicamente en algunas ocasiones
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y a este sentido dado a su papel políti co responde la ausencia de directrices concretas en materia financiera, que resultaran un plan completo de abor dar una alternativa financiera total, pa ralela a la que el aerarium representa ba pa r a la a dm in is tr a c ió n se na to ria ri a l. Si su posición era transitoria en el dominio del estado, no cabía por tanto articular una administración financiera institucional nueva, ya que cumplida su tarea de servicio a Roma, Augusto devolvería al aerarium aerarium Saturni las ple nas competencias en todos los asuntos económicos del gobierno. Sólo cabía establecer, durante el tiempo en que a su juicio y con consentimiento del se nado sus servicios fueran necesarios, unos mínimos mecanismos de colabo ración en las tareas del estado, que evitasen un vacío de poder y de la ad ministración, sobre todo en aquellas pro p ro v in c ia s c uy uyaa di re c c ión ió n ha bía bí a r e c a í do en su persona. Así, y en tanto se volvía a la reins
tauración de la República, Augusto ad ministró las provincias imperiales des de el 27 mediante legados, según los usos aplicados desde Pompeyo, y en el pl p l a n o e c o n ó m i c o , l im i t á n d o s e a l i g e ras mejoras en los sistemas de recau dación tributaria, a través de su fi s c u s pa rt ic u la r , p o r lo q u e n a d a h a bí a qu quee impidiese la identificación del estado con su persona. Cuando Augusto se enzarzó en la laboriosa tarea de buscar un sucesor, estaba claro que en los planes del p r i n c e p s el retorno a la República cuando menos era ya una promesa cu y o c u m p l i m i en t o y a n o s e j u z g a b a dentro de lo posible, en los últimos años que le restaban en el poder. No nos es posible afirmar si, en estos últi mos años de gobierno, Augusto ya ha bía b ía to m a d o c o n c i e n c ia s ob obrr e la r e p e r cusión del régimen por él instaurado en vida política de la Urbs, y las difi cultades que surgirían para sus suceso res al intentar la vuelta a la constitu
Foro de las corporaciones de Ostia
18 ción republicana. En cualquier caso, nada hizo Augusto durante su gobier no que le identificase como contrario a la devolución de los poderes al sena do, pero al mismo tiempo, su fórmula transitoria de administrar el estado, de manera personal, por rechazar todo pr p r o g r a m a su sti st i tu t o r i o de la e s t r u c tu r a existente, sería adoptada por sus suce sores y elevada a la categoría institu cional, pasando este peculiar modo de gobierno a identificarse con el postu lado político del Principado. Cuando Tiberio accede al trono, re cibía de Augusto un conjunto de pro vincias que proporcionaban enormes sumas de dinero cada año, y que iban a parar a su fi f i s c u s de Roma. F i s c u s que al morir Augusto ya contaba con un superávit de 100.000.000 H S y que el sucesor de Tiberio, Cayo, recogería con 2.700.000.000 H S . Tiberio, por tanto, hereda como p r in c e p s e l fi f i s c u s de Augusto y a su vez Cayo lo recibe con máximos fondos de Tiberio. Supo nen estos pasos una primera desvincu lación de los bienes del estado, ingre sados en el fi f i s c u s , de la persona que los administra, el emperador, a cuya muerte tales fondos no son considera dos como personales o particulares, si no como institucionales. Pero parece ser opinión generalizada que no fue si no hasta Claudio, mediado el siglo i, cuando el f i s c u s q u eedd ó pl p l e n aam mente consagrado como la caja imperial del estado romano en contraposición al aerarium Saturni como caja del sena do. Claudio daría un paso adelante en la configuración de la administración financiera con centro en el fi f i s c u s , ade cuando el modelo augusto a los com ple pl e jos jo s c o m e tid ti d os a d e s e m p e ñ a r en los dominios del emperador por todo el Imperio. De este modelo pasamos aho ra a hablar.
5. Los procuradores imperiales Anteriormente habíamos puesto de
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manifiesto que Augusto se abstuvo de organizar una estructura financiera que viniera a asumir las competencias del aerarium. Pero en tanto se retornaba a la normalidad republicana, era necesa rio atender las necesidades cotidianas que el gobierno de un Imperio plantea ba. En e ste st e c o n te x to d e n o in te r f e re n cia con la institución senatorial, el em p e r a d o r , a r i s t ó c r a t a q u e s o b r e v i e n e con poder soberano, a la hora del go bie bi e r n o se insp in spii ra en la tr a di c i ón o c o s tumbre de los de su casta. Y así como los ricos senadores de la República tienen a su servicio cierto número de secretarios, libertos o esclavos, que di rigen los asuntos y administran su pa trimonio, así el César, sin ser excep ción a la regla, utiliza su personal pa p a r t i c u l a r p a r a a d m i n i s t r a r los lo s d o m i nios y bienes que, bajo su dirección como pr p r in c e p s , se reparten por todo el Imperio. Dominios que a mediados del si glo i se repartían en 31 provincias y pr p r o te c to r a d o s, y p a t r i m o n i o q ue s u p o nía el conjunto de las recaudaciones tributarias, pertenecientes ahora al f i s cus. Durante los Julio-Claudios serán los libertos imperiales quienes dirijan los distintos servicios financieros y administrativos que irán creándose en el incipiente organigrama de la admi nistración imperial. Desde los Flavios y sobre todo con los Antoninos, sin re legar definitivamente a los libertos, se incorporarán los equites a los distintos pu p u e st o s del de l s e r v ic io im p e ria ri a l , p r o p o r cionando a sus actuaciones una mayor p r o f e s i o n a l i d a d y e s p e c i a l i z a c i ó n , dentro de una burocracia cada vez más compleja y aún insuficiente para res po p o n d e r a las la s c r e c i e n t e s d e m a n d a s del de l estado. No N o p a r e c e q u e s e a a n t e s d el f i n a l del siglo II cuando podamos hablar de una administración imperial consoli dada en todos sus servicios, con un número no inferior a 200 puestos espe cializados y distribuidos en escalones je j e r á r q u i c o s , c u y o s a n t e c e d e n t e s m ás pr p r im it i v o s de sde sd e l ue go no s re m o n ta n a
Las finanza finanza s públicas del Estado romano en el Alto Imperio
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Augusto. Parece que ya con Augusto radores. No de otra forma podíamos se inició la articulación de un organi esperar que se actuara en una organi grama de los funcionarios adscritos a zación administrativa surgida del pe los distintos servicios imperiales. Es culiar concepto que cada emperador tos funcionarios, que lo fueron a partir tenía de la tarea de gobierno y del es de recibir un salario determinado por tado. Con tales premisas, la costumbre el servicio desempeñado, se integraron pr p r o v o c a r í a la i n s t i t u c i o n a l i z a c i ó n del de l a lo largo del siglo i en tres escalas de sistema a finales del siglo n. finidas según los emolumentos perci El nivel superior de puestos a de bi do s po r sus su s a c t i v i d a d e s . A sí, sí , y c on sempeñar por los servidores imperia el título administrativo de p r o c u r a to r , les, los trecenarios, abarcaba un limi expresión antigua que venía a definir tado número de servicios. Suponían el al ciudadano con poder delegado que codiciado final de cualquier carrera de cuida o dirige los asuntos de otro, en honores ejercida junto al emperador, y, este caso el p r i n c e p s , quedaron consti por po r su pu e s t o, e r a n c a r go goss e j e r c i do doss en tuidos tres grupos de procuradores, Roma. Consistían en las pr p r a e fe c tu r a e po r cu yo yoss se r vic vi c ios io s re c i b ie r o n 60 . 00 000, 0, de la Annona, de Egipto, de las flotas 100.000 y 200.000 H S al año. La ca sitas en Misena y Rávena, y del p r a e tegoría otorgada al servicio, ya fuera torium de la ciudad. También tenía es ejercido en la corte imperial o en Ro te rango el pr p r o c u r a to r a ra tio ti o n ib u s , d i ma, ya en las provincias donde aquella rector del f i s c u s central de Roma y corte tenía intereses, decidía la ads auténtico ministro de la hacienda im cripción en uno u otro de los niveles peri pe rial al.. De Dell a rationibus dependían to existentes. dos los procuradores generales de las Finalmente, cuando fueron los pr o v i n c ia s im p e r ia le s , q u e en no m b re equites quienes de modo general ocu del César dirigían los asuntos econó pa r on la m a y o r ía de ios io s p u e s t o s c i v i micos y financieros de sus regiones. les, la escala de ingresos quedó com Su nivel era ducenario si la provincia p l e t a d a c o n un n i v e l s u p e r i o r , el estaba dotada de un legado de rango trecenario (300.000 H S ) , reservado pa consular, y centenario si aquel lo era ra los principales servicios centrales de rango pretorial. Eran asimismo du de la administración económica impe cenarios (200.000 HS) H S) todos los pro rial. Quedó de esta forma configurada curadores que estaban al frente de al una auténtica carrera administrativa gún servicio centralizado en Roma, ya que para los equites venía a suponer la ejercido en la cancillería del empera satisfacción de unas aspiraciones dor -eran los ab epistulis latinis, ah surgidas para emulación del c u r s u s epistulis graecis, a cognitionibus, a honorum de los senadores. studiis, a libellis, a consiliis, a cubi Es necesario decir que la estructura culo, etcétera,- ya en los departamen de salarios según los servicios en don tos financieros y económicos imperia de se desempeñaba el puesto, a excep l e s . L o s m á s i m p o rt a n t e s d e e s t o s ción del nivel superior, no fue nunca últimos eran los servicios que admi algo inalterable, y un examen detenido nistraban cada uno de los impuestos de las fuentes epigráficas, fundamen pe p e r t e n e c i e n t e s al fi f i s c u s - pr p r o c u r a t o r tales para este apartado de la historia v i c e s i m a e h e r e d i t a t i u m o 5% de las socioeconómica de Roma, nos muestra herencias, p r o c u r a to r v ic e s im a e li b e r que cada emperador hizo los cambios tatis o 5 % sobre las manumisiones, que consideró oportunos, ya fuese por pr p r o c u r a to r p o r to r ii , o tasas entre el 2 la importancia cobrada por un deter y el 5% del valor de todo producto en minado servicio, como por el deseo tránsito - o de los los que de pendían los imperial de premiar de modo especial pr o c u r a d o r e s p r o v in c i a le s a s ig n a d o s a a sus favoritos y más íntimos colabo cada uno de estos tributos en sus dis-
20 tritos, y que tenían rango sexagenario (60.000 H S ) cuando la provincia era de rango pretorial, o centenario (100.000 H S ) si era consular o su ju risdicción comprendía a varias provin cias pretoriales a un tiempo. Cada fuente de ingreso que revertía en la caja imperial era administrada por po r un p r o c u ra d o r co n cr e to . El p r o c u r a t o r h e r e d i t a t i u m administraba los legados y herencias donadas al p r i n ceps, pudiendo generarse servicios es pe p e c íf i co s c u a n d o la m a g n i t u d del de l p a trimonio a administrar lo recomendaba -tal ocurría con el kalendarium Vegetiani -, situación que podía repetirse en el servicio del p r o c u r a to r a d b o na damnatorum, bienes confiscados a los reos, reos, -c om o en el caso de dell p r o c u r a tor ad bona Plautiani-. Un p r o c u r a tor ad bona caduca o vacantia admi nistraba los bienes legados en herencia sin heredero legítimo conocido. Finalmente, la fortuna pri vada del emperador era administrada po p o r un p r o c u r a to r p a tr im o n ii , del que más adelante hablaremos, a cuyas ór denes estaban los diversos procurado res que administraban este mismo ser vicio en las provincias. De la misma forma, los servicios que implicaban una fuente de gasto a cargo de las arcas imperiales estaban d i r i g i d o s p o r l os c o r r es p o n d i e n t e s pr oc ur ad or e s . El su m in is tr o d e l a c a s a imperial o de la ciudad de Roma - r a tionis tionis castrensi castrensis, s, a fru m en to -, la rea lización de obras pública s a cargo del fi f i s c u s - o p e r u m p u b l ic o r u m - , la cele br ac ió n p e r i ó d i c a de ju e g o s - l u d i m a t u t i n i , l u d i m a g n i - , o espectáculos gladiatorios - f a m i l i a r u m g l a d i a t o r i a r u m - , el mantenimiento de los silos de Roma o Italia - h o r r e o r u m , a n n o nae Ostiae-, el cuidado de los regis tros censuales ecuestres - a c e n s i b u s - , y otros muchos. Prácticamente no hu bo ser se r vic vi c io a d e s e m p e ñ a r qu quee no e s t u viera cubierto con un intendente espe cializado en el mismo. Una más extensa plantilla de subal ternos y colaboradores formaban la
Ak a! Hi sto ria de l M un do An tig uo
lista de integrantes de cada servicio. En un rango superior actuaron los subprocuratores o adiutores procura t o r i s , n o r m al m e n t e s e xa g e n a r i o s , y ios subpraefecti o adiutores praefecti, en el escalón superior del cursus. Por debajo y sin aparente estructuración je j e r á r q u i c a e ra n le g ió n los lo s dispensato res, curatores, exactores, arkarii, serv i , c o n t r a s c r i p t o r e s , s c r i b a e , etc...,
que atendían en cada una de las pres taciones originadas por la gestión del servicio.
fi s c u s 6. Los ingresos del fis Examinemos ahora qué ingresos eran administrados por el fi s c u s y cuál era la procedencia de los mismos. En prin cipio debemos agrupar las diversas fuentes de ingresos según fuesen de carácter regular u ordinario, generados de las distintas rentas imperiales, o con carácter extraordinario, sujetos, por po r ta nto, nt o, a m ú lti lt i p le s v a r ia c io n e s c a u sadas tanto por su naturaleza, como po p o r e sta st a r su j eto et o s las la s má s de las la s o c a s i o nes a una decisión imperial. Los ingresos regulares u ordinarios pr p r o c e d í a n de la s re nt a s y e x p lo ta c ió n de los dominios y bienes asignados a la administración imperial. Así, eran rentas imperiales los tributos directos e indirectos que pagaban los ciudada nos de las provincias y los ciudadanos romanos, tanto los domiciliados en pr p r o vi n c ia s i m p e r ia le s c om o en las la s s e natoriales. Entre los tributos directos, los principales eran herederos de las antiguas contribuciones republicanas, como el stipendium o las d e c u m a e o vicesimae, si bien ahora se recaudaban en virtud bien de una contribución te rritorial, tributum soli, la fórmula más extendida, bien de una contribución pe p e r s o n a l, tributum capitis, afecto sólo a algunas áreas del Imperio. Los tribu tos en especie, decumae o vicesimae, conservaron la misma entidad, e inclu so fue ampliado el número de provin cias que debían efectuar sus pagos en
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Las finanzas públicas del Estado romano en el Alto Imperio
Pórtico del del Macellum de Pompeya
tal modalidad, dada la voracidad cerealística que caracterizó a la ciudad de Roma a lo largo de los siglos im pe p e r ia le s . Los tributos indirectos -vectigalia-, afectaban a todos los ciudadanos ro manos ya de Italia, ya de las provin cias, y tendían a incrementar sus re caudaciones como consecuencia de la pr p r o m o c ió n ju r íd i c a qu quee p e r i ó d i c a m e n te dosificaban los emperadores entre las provincias más romanizadas. Los p o r t o r i a gravaban el tráfico de mer cancías entre ciudades, distritos y pro vincias. La vicésima hereditatium y la v i c e s i m a l i b e r t a t i s gravaban con un 5% las herencias a partir de cierta cuantía, y las manumisiones de escla vos, allí donde se producían. La cente sima rerum venalium imponía una contribución del 1% sobre los precios de venta de cualquier producto de los mercados. La quinta et vicesima re rum venalium mancipiorum afectaba a
las ventas de esclavos en los merca dos; Cayo añadió otro vectigal más a la actividad económica, gravando a los minoristas por sus puestos con un vec tigal tigal ansarii et foric ula rii pro merca lium; asimismo, toda venta en subasta
de productos, que incluía la participa ción de un p r a e c o o pregonero, desde b i e n e s d e c o n s u m o a s e r v i c i o s e n arriendo, estaba gravada con la cente sima auctionum o 1% de las ventas o arriendos efectuados. De menor enti dad fue la q u a d r a g e s s i m a l it i t iu iu m o 2,5% de gravamen sobre el importe de los litigios, y de alcance desconocido nos han llegado noticia de algunos otros vectigalia, que son buena prueba de la grotesca actitud de algunos em pe r a d o r e s e n su pa r a n o i a r e c a ud a t o r i a -vectigal lenocinii de Cayo, o vectigal urinae de Vespasiano-. E l fi f i s c u s imperial obtenía en el Alto Imperio ingresos extraordinarios pro cedentes de la explotación de sus mo
22 nopolios en Italia y las provincias, así como de las contribuciones que en vir tud de una decisión imperial podían ser impuestas a los distintos sectores de la sociedad en todo el Imperio. La importación de productos considera dos como de lujo, de lejanas zonas de Oriente, podían venir gravadas con ta sas de hasta un 30%, o estar definiti vamente monopolizadas por el empe rador. El f i s c u s i u d a i c u s , s e g ú n algunas opiniones, se creó exclusiva mente para recaudar el impuesto del comercio de dell balsamum , y según otras, esta misión la asumió el fi f i s c u s a sia si a titi cus, mientras que aquel simplemente se limitó a apropiarse de los 2 dracmas que cada judío pagaba al templo en Jerusalén. La explotación de las minas de oro y plata era atribución del correspon diente pro p ro c u ra to r m e ta ll o r u m , que ad ministraba los ingresos procedentes de estas actividádes, una vez adjudicadas en arriendo mediante subasta a la ini ciativa particular. Salinas, canteras, y el cinabrio eran asimismo monopolios de ingresos extraordinarios cuya cuan tía dependía de las condiciones más o menos ventajosas logradas por los pr oc ura ur a do dorr es en las la s c o ntr nt r a ta s de a d j u dicaciones de su explotación. Periódicamente al principio, casi anualmente desde el siglo fi, se recau daba el aurum coronarium, contribu ción a entregar por los grupos sociales más fuertes de Roma, o por las ciuda des y provincias de forma colectiva, con motivo de la coronación de cada nuevo emperador, y después, con oca sión del aniversario de esta efeméride de manera que se constituyó como contribución regular y ordinaria. Era siempre una cantidad en metales pre ciosos y suponía un recurso fácil para pal p alia iarr n e c es ida id a d e s im p e r i os a s del de l f i s cus cu s en momentos de penuria. De im port po rtaa ncia nc ia c r ec ie nte nt e f ue el i n g re so p r o cedente de los legados testamentarios, herencias, donaciones, bienes de con denados en tribunales imperiales o bien bi enes es sin un be n e f i c ia r io d e f in id o l e
A ka l H ist ori a de l M un do An tig uo
galmente, así como los p e c u li a de los siervos y libertos imperiales, que con figuraron rentas de muy diversa índo le, que el fi f i s c u s administraba por todo el Imperio. Por su carácter circunstancial, estos ingresos no podían estar sujetos a una pr p r e v i s i ó n p r e s u p u e s t a r i a , p o r lo q u e de forma paulatina iban constituyendo un patrimonio cuya rentabilidad irre gular fue preocupación de los empera dores. Por ello no es extraño ver cómo en ocasiones hubo tentación no disi mulada de regularizar las aportaciones de estas rentas o de aumentar su nú mero, a costa del uso y abuso arbitra rio de la presión por parte del empera dor, sobre los eventuales donantes. Tiberio o Domiciano utilizaron en nu merosas ocasiones los tribunales para confiscar fortunas que pasaban a su fi f i s c u s , y es proverbial la peligrosa re acción que algunos Césares mostraban cuando de ciertos patrimonios testa m e n t a ri o s n o re c i b í a n un “ r e g al o ” adecuado o proporcional a la alta dig nidad de su persona, como “volunta rio” destinatario.
fi s c u s 7. Los gastos del fis Pese a la enorme cuantía que supuso el capítulo de ingresos del fi s c u s altoim pe p e r i a l , m u y s u p e r i o r sin si n d u d a a la de los mejores momentos económicos de la República, no fue la situación de su pe r á vit vi t la tóni tó nicc a ha b itua it ua l en el Alto Al to I m peri pe rio. o. A tal ta l es i ng ngrr esos es os c o r r es po pond nd ier ie r on gastos similares, y la búsqueda de nue vas fuentes recaudatorias fue preocupa ción que pasó a primer plano en la polí tica imperial, acentuada desde la llegada lleg ada al poder po der de los Antón ino nos. s. Con las características peculiares de cada momento, tres grandes capítulos consumieron cuantos recursos generó la hacienda pública imperial. Ejército, bu b u r o c r a c i a y li b e r a li d a d e s p u e d e n s er en síntesis los tres sectores en que se movió el gasto público durante todo el Imperio.
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El capítulo militar englobaba toda la actividad desarrollada por el ejérci to ya en períodos de paz, ya en tiem pos po s de c a m p a ña , qu e d e sd e el s iglo ig lo 11 fueron para desgracia de las arcas pú bli bl i c a s m á s a m pl io s qu e los lo s p r im e r o s . Los sueldos de los legionarios, centu riones y equites oficiales fueron pron to asumidos por ¿[fiscus, descargando de ello a un aerarium incapaz de hacer frente a tal gasto, en virtud por un la do de ser mayoría las provincias per tenecientes a la administración del emperador las que albergaban la tro pa , y p o r o t r o , c o m o g a r a n t í a de la pl p l e n a a d h e s i ó n d e l e s t a m e n t o m i l it a r al p r in c e p s que les pagaba. El capítu lo de suministro y pagas de un ejérci to que a lo largo del Alto Imperio po cas veces tuvo menos de 25-30 legiones en pie de guerra, además de los auxilia correspondientes, era car ga más que suficiente para cualquier pr p r e s u p u e s to p úb lic li c o . Pero además debe añadirse desde el pr p r o p io A u g u s t o la in s t itu it u c i o n a li za c i ó n di reparto de donativa , cantidades en tregadas a los legionarios, centuriones y e q u i t e s , en proporción de simple, doble y triple cantidad, en concepto en pr inc in c ip io de r e c o m p e n s a po r se r vic vi c ios io s bri b ri lla ll a n te s, pe r o en la pr á c tic ti c a c o m o s o born bo rn o y a f i a n z a m i e n to de a p o yo s y l e altades al emperador reinante, frente a cualquier otro candidato o conspira ción contra el régimen. El donativum pasó de ser recompen sa a iniciativa voluntaria del otorgante a exigencia ineludible y regularmente exigida que cualquier emp erador debía debía afrontar si deseaba continuar siéndolo. Su cuantía pronto rebasó la del propio salario y aún creció a ritmo geométri co a lo largo del Imperio, por la latente necesidad de mejorar los comportamien tos que en este tema había demostrado los antecesores. En el siglo m prácticamente la elec ción de uno u otro candidato al trono era objeto de una subasta al mejor d o nativum, ofertado por los candidatos. En los dos primeros siglos, el donati
vum vu m y
los stipendia militares suponían bu b u e n a pa rt e del ga sto st o del de l e jé r c it o y el capítulo más gravoso de los asumidos p o r e l f i s c u s , sobre todo cuando se abrieron las hostilidades en los frentes del Rin, Danubio y Oriente, situación de lo más frecuente desde Trajano. En contexto muy análogo al del donativum, el capítulo de las liberali dades consumió grandes recursos fi nancieros de las arcas públicas, y no pa p a r e c e qu e n in gú n e m p e r a d o r de b ie ra s u s t r a er s e a e l l a s , p o r c u a n t o e s t a evergética actividad era clave para ganarse el apoyo popular al régimen, y por lanto de ella dependía la conso lidación del César de turno. Como el senador que diariamente revalida con su filantropía y liberalidad la adhe sión y reverencia de sus clientes e in feriores a costa de repartos de bienes o dinero, así actuó en esencia el Prin cipado con el pueblo de Roma y aún en las provincias, a modo de volunta rio y adicional coste de la propaganda del régimen. El sistema de fr u m e n ta ti o n e s , repar tos de trigo gratuito o a bajo precio, y de congiaria, repartos de vino y acei te, heredado de la República, reciben respaldo imperial y aún son ampliados desde la llegada al poder de los Césa res. La necesidad de conectar en todo momento con la plebe como medio de pr p r e c a u c i ó n p o l í t i c a , la i m p o s i b i l i d a d de prescindir de este apoyo en caso de riesgo en el sistema, el fuerte incre mento de la población de la Urbs, con secuencia del feroz capitalismo practi cado, generador a su vez de masas de desocupados, el mero prurito propa gandístico, etc., todas éstas fueron cir cunstancias que favorecieron una si tuación en la que le fi s c u s , a través de la A n n o n a , asumía la alimentación diaria de un mínimo de 200.000 ciudadanos. Por citar a Augusto, en su testamento pol p olít ític icoo de cla cl a r ó h a b e r g a s ta do en trig tr igoo pa p a r a r e p a r t o s y e n c o n g i a r i a , 12.000.000 X (den.) y 14.000.000 X respectivamente. Los cálculos realiza dos sobre el coste que para el fi f i s c u s
24 supuso este doble concepto hasta el si glo ni, no bajan de 1.732.000.000 X. Se explica así la ampliación del núme ro de provincias frumentarias observa da en el primer siglo de Principado. Finalmente, el tercer gran apartado de gastos fue capítulo que alcanzó su máximo desarrollo a finales del siglo n i . E n e f e c t o , c u an d o D i oc l e c i a n o asumió el poder no menos de 200.000 funcionarios articulaban los s e r v i ci o s e n q u e l a ad m i n i s t r a c i ó n imperial estaba constituida, desde la je j e r a r q u í a p r o c u r a t o r i a l , q u e e n t i e m po s de M a r c o A u r e l i o c o n o c í a h a s t a 124 denominaciones específicas, has ta los últimos empleados y s e r vi v i ddoo res, todos a expensas del fi f i s c u s . D e s de mediada la segunda centuria será cuando el sector de la burocracia to me importancia como fuente de gas tos públicos, y desde el siglo III, po p o r su continuo incremento, pasará a ser causa del anquilosamiento e inefica cia funcional del aparato administra tivo del estado. Junto a estos gastos principales, el fi f i s c u s altoimperial sufragó el coste de otros capítulos cuyas cuantías variaron según las prioridades observadas en cada gobierno imperial. Las obras pú blic bl ic a s en I ta lia li a o p r o vi n c ia s inc in c l u ye ro n la construcción de numerosos templos, anfiteatros, teatros, circos, arcos, ter mas, calzadas, acueductos y el mante nimiento y reparación de los existentes. Actuaciones todas ellas perfectamente conmemoradas en miliarios y dedica ciones epigráficas. La magnitud de es tas obras obligó en muchas ocasiones al fi f i s c u s a ir delegando en provincias y ciudades la iniciativa constructora, q u e d an d o p r á ct i c a m e n t e re d u c i d a a Roma e Italia la actividad desplegada en este sentido. El mantenimiento del culto de los distintos dioses oficiales de Roma y pr p r o v i n c i a s , m á s l a p u e s t a e n m a r c h a del nuevo servicio del culto imperial, abría un capítulo de gastos de liturgia, festividades, sacrificios, donaciones y ju j u e g o s pú b li c o s e n h o n o r de lo s ti tu l a
Ak aI Hi sto ria de l M un do An tig uo
res de los templos que, junto con el coste de una extensa clase sacerdotal, exigía considerables dispendios a las arcas del estado. Finalmente, y en un apartado que po p o d r í a m o s h a b e r i n c l u i d o d e n t r o de l pr p r o g r a m a p r o p a g a n d ís t ic o y de p o p u larización del régimen, la celebración de espectáculos en la ciudad de Roma durante numerosos días al año, en los que además se aprovechaba para com bi b i n a r la p ro p ia c e l e b r a c ió n con co n el r e pa p a r t o de s p o r t u l a e , congiaria y otras fórmulas de prodigalidad, exigía todo ello grandes cantidades de dinero que desde luego ningún emperador renun ció a emplear. L u d i M a g n i, lu d i s a e c u l a r e s , l u d i g l a d i a t o r i u m , etc..., que comprendían desde carreras de carros hasta simples exhibiciones de anima les exóticos, pasando por la construc ción de enormes y costosos artificios pa p a r a l l e g a r a s i m u l a r ba ta ll a s na v a l e s (naumachias), se repartían durante to do el año y era excepcional el mes en que no había varios días dedicados a congregar a la plebe en torno a estas celebraciones. A pesar de contar con la financia ción de ediles, cuestores y fl f l a m i n e s pa r a m uc h o s de es tos to s e s pe c t á c ul os , el pr p r o pi o p r in c e p s asumió el coste de la mayoría de ellos, revalidando en fas tuosidad y dispendio, en lógica actitud de quien se situaba en la cúspide del po p o d e r en toda to da R o m a . La combinación de los ingresos y los gastos a lo largo del Alto Imperio definieron la política financiera, llena de altibajos, seguida por los empera dores y de cuya evolución y pormeno res nos ocuparemos en otro capítulo de este trabajo.
p a t r i m o n i u m 8. El pa caesaris y la res privata priv ata pr p r inc in c ipis ip is La primera mención que poseemos del p a tr im o n iu m aparece en el testamento
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po p o lít lí t ic o de Au g u sto st o ( Re R e s G e sta st a e D ivi iv i A u g u st i ), y hace referencia a su fortuna pe r so n a l a ún c u a n d o de f o r m a tan ta n i n concreta, que estamos muy lejos aún de definir adecuadamente el pleno sentido de este término. El problema estriba en cuál fue la diferenciación real entre fi f i s c u s , tesoro imperial que administraba todas las rentas del nuevo régimen del Princi pa do do,, y el p a tr im o n iu m , expresión que venía a designar aquellas propiedades y sus rentas que de manera particular revertían en el emperador como miembro de la familia reinante. Y es
gusto convirtió de hecho al fis f is c u s en el tesoro público del Principado, pero en las fuentes literarias no se relega por ello aquella condición de uso personal y pr p r i v a d o qu e el fi f i s c u s tuvo en origen. Por ello el fis f is c u s era el fi s c u s de Augus to, “su” fis f is c u s , su tesoro personal, aún cuando sea a un tiempo el del estado. Y en los mismos términos se mani fiestan los textos cuando mencionan el pa p a tr im o n iu m , por lo que la actual in vestigación se encuentra con dificulta des para analizar y definir las esferas de funciones y alcances jurisdicciona les que cada uno de estos órganos eco-
A u r eu s de Trajano
p r o b l e m á t i c a la c u e s t i ó n p o r q u e si otorgamos un lógico carácter público al fi f i s c u s y un carácter privado ai p a trimonium, cómo circunstancias diferenciadoras, al examinar las noticias que sobre ambos poseemos esta consi deración de base no encuentra ratifi cación. Ya vimos anteriormente cómo el concepto de fi f i s c u s tenía unas raíces pe p e r so n a l e s , pr iv a d as , c o m o f o n do s a d ministrados por su propietario, ya el pr p r o c ó n su l de un a pr o v in c i a , ya en e ste st e caso por el emperador. La evolución del régimen que se instaura con Au-
nómicos, fi f i s c u s y p a tr im o n iu m , tuvie ron a lo largo del Principado. Veamos, no obstante, un resumen del estado actual de nuestros conocimien tos en que la polémica se plantea, se gún los términos por todos aceptados. El pa p a tr im o n iu m particular imperial, p a t r i m o n i u m c a e s a r i s , existe desde Augusto como antes quedó señalado. Parece que este órgano financiero en globaba todos los dominios e intereses econ ómico s, así como las las rentas que de su explotación se derivaban, perte necientes al emperador reinante. Estos bie bi e ne s p r o ce dí a n a su vez ve z de la f ortu or tunn a
26 familiar, como miembro ésta del esta mento económico más fuerte del censo romano, y resultaban sensiblemente acrecentados por la condición de poder ostentada por su titular, el p r i n c e p s , dueño de los designios del estado. En su calidad de fortuna imperial, el pa p a tr im o n iu m c a e s a r is se engrosaba por los legados, donaciones y herencias que muchos senadores y equites tenían a gala en instituir, tanto en vida como en las disposiciones testamentarias. Capítulo importante en este sentido era la libre disposición que el emperador tenía, como patrono y señor, de los p e culia o bienes de sus libertos y escla vos, como le estaba permitido a cual quier miembro de su clase. Pero se daba la circunstancia de que el empera dor era el mayor propietario de escla vos del Imperio. Con relación a este tipo de ingresos, hemos de volver a páginas anteriores cuando enumeramos los legados y do naciones de entre las fuentes de ali mentación del fis f is c u s . Las donaciones, testamentos, legados, ¿pasaron al f i s cus, caja imperial del estado, o al p a trimonium, caja privada del emperador reinante? Ambas posibilidades nos son confirmadas en las fuentes y en ello ra dica la clave del problema: fi f i s c u s y p a trimonium como cajas particulares, aún cuando otras referencias al primero lo contemplen además como caja imperial del estado. Estas evidentes posiciones antagóni cas de las fuentes han movido a algu nas tendencias actuales a reconsiderar la situación desde una nueva perspecti va. Así, pa p a tr im o n iu m vendría a desig nar a todas las propiedades, dominios, monopolios, rentas tributarias provin ciales y contribuciones recaudadas en virtud del derecho que asistía a los em pe p e r a d o r e s c or no a d m i n i s t r a d o r de las la s fuentes económicas a él asignadas. P a t r i m o n i u m tendría así una acepción globalizadora, de abarcár cuanto por derecho le correspondía al pr p r in c e p s , y una cognotación relativa al modo parti cular, privado, personal en que dichos
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bie bi e ne s eran er an y de b ía n se r ad m inis in is tra tr a do s. En esta perspectiva el concepto f i s cus cu s viene a complementar al del p a tr i monium, al ser aquel la caja, el tesoro concreto a donde iban a parar todos aquellos ingresos en metálico del p a tr i m o n i u m . F i s c u s sería el instrumento operativo de ingresos y pagos, sin senti do de no existir el pa trim tr im o n iu m . F iscu is cu s sería a pa p a tr im o n iu m lo que el aerarium S a t u r n i a los tributa, ultro tributa y vectigalia, o sea, las fuentes de ingresos y el órgano material que los contiene. No N o ob obst staa nte, nt e, no p ar e ce qu quee se acla ac lare re la cuestión con esta reducción del pro ble b lem m a a la rein re inte terr pre pr e taci ta ción ón de los té r m i nos. Quede hasta aquí esta sugerente e hipotética visión del tema. La documentación existente nos per mite situar en tiempos de Claudio el momento en que el servicio del p a tr i monium quedó regulado bajo una es tructura administrativa diferenciada y aparte de la del fi s c u s , en la que hasta ese momento se englobaba. Aparecen así los p r o c u r a t o r e s p a t r i m o n i i , con rango ducenario y de condición liberta en los primeros momentos, para adscri birs bi rsee al c e nso ns o ec ues ue s tre tr e a part pa rtir ir del de l sigl si gloo II del Imperio. De ellos dependerán en última ins tancia los procuradores del p a t r i m o nium caesaris en cada una de las pro v i n c i as d o n de el e m pe r a d o r t e n í a intereses, de rango sexagenario en la mayoría de los casos. Una provincia constituirá excepción a este esquema organizativo. La provincia de Egipto era prop pr opie iedd ad p ar tic ti c ula ul a r del e m p e r a d or r e i nante desde su constitución en el año 30 a. de C. Por ello su gobierno estaba asignado a una pr p r a e fe c tu s A eg y p ti, ti , lega do personal del emperador en el país, y su régimen financiero era diferente al del resto del Imperio. Las rentas fiscales de Egipto eran administradas por el idiologos, versión helénica de lo que representaba el p r o curator patrimonii en cualquier otra re gión del Imperio. Pero su rango era du cenario, como el titular de los servicios centrales del p a t r i m o n i u m de Roma.
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Muestra del carácter particular que los emperadores otorgaron a esta provincia es el hecho de que, desde Augusto, nin gún senador podía viajar al país sin pe p e r m is o im pe ri al , al i gu gual al qu e el p r o pie p ie ta r i o de un do m in i o t er r itor it or ia l ve la po p o r c o n tr o l a r a tod to d os los lo s vi si ta n te s al mismo. Durante el siglo ii se confirma la dualidad de cajas imperiales, fi f i s c u s y pa p a tr im o n iu m ca e sa ris, ri s, prosiguiendo és ta última su expansión a todas las pro vincias del Imperio, reflejo evidente de la presencia de los intereses particula res del pr p r in c e p s en todos los territorios. Esta perfecta configuración administra tiva no obsta para que a la hora de pre cisar qué gastos y que ingresos iban a una y otra caja, como antes estableci mos, nos resulte muy difícil delimitar lo. El emperador gastó tanto del fis f is c u s como del p a t r i m o n i u m para afrontar necesidades públicas y necesidades pri vadas, indistintamente. No hubo asomo de escrupulosidad a la hora de consig nar los gastos según el órgano que los asume. El volumen alcanzado por las rentas atribuidas al emperador y su p a t r i m o nium debió ser motivo que llevó a Septi mio Severo a fines del siglo 11 a afrontar una nueva estructuración interna de to dos los servicios financieros del estado. Parece que la política de confisca ciones realizada por este emperador so bre br e las f ortu or tuna nass de sus su s adve ad ve r sar sa r io s, los bona damnatorum, proporcionaron no al fi s c u s sino al pa p a tr im o n iu m un poten cial económico suficiente como para desdoblar su administración. En primer lugar Severo sustituye al fi f i s c u s como órgano receptor de los bienes confisca dos a los condenados por tribunales im pe r ia le s, po porr el pa p a tr im o n iu m c a e s a ri s. Pero estos bienes, muy abundantes du rante su gobierno, desde Severo no irán a parar a la res fam iliaris, al p a tr im o nium que los englobaba junto con los bie bi e nes ne s de la cor co r on ona, a, sino si no q ue será se ránn c o n tabilizados como propiedad personal del emperador, Septimio Severo, e irán, por po r tant ta nto, o, a su res res privata , con indepen
27 dencia de aquellos otros que eran ina lienables de la corona y los Severos. Para regular esta disposición, Septi mio Severo instituye como caja nueva e individualizada la R e s P r iv a ta P r in c i p i s o Ra R a tio ti o P r iv a ta , con los ingresos pr p r o c e d e n t e s de la s c o n f i s c a c i o n e s y aquellos otros que, de otras fuentes, los emperadores puedan asignarse en el fu turo, y cuyo titular era Septimio Severo como emperador reinante, y el p a t r i monium caesaris, con las rentas de los bie bi e nes ne s de la fa mil mi l ia de los lo s Seve Se verr os, os , c o mo anteriormente se configuraba, pero en claro detrimento de su volumen por no incluir los bienes del pr p r in c e p s . La administración del nuevo servicio y la nueva configuración de la hacienda imperial queda documentada en la epi grafía. Las rentas públicas del estado siguieron estando organizadas en el f i s cus, cuyo máximo responsable siguió siendo el a rationibus, rationalis desde Marco Aurelio, de rango trecenario. La nueva R e s P r iv a ta fue puesta bajo la dirección de un pro p ro c u r a to r rei re i pri p ri v a ta e , de rango similar al a rationibus, y que durante los siglos bajoimperialcs adop taría los títulos de magister rei privatae y comes privatarum finalmente. Todos sus titulares fueron del censo ecuestre. Por último, desde principios del siglo ni el pa p a trim tr im o n iu m c a e sa ris ri s es rebajado a mero departamento secundario de la Re R e s P ri v a ta , desapareciendo los equites de su dirección y pasando ésta a manos de los libertos imperiales con categoría centenaria, e incluso sexagenaria, se gún los vaivenes políticos de cada mo mento. Tales pueden ser los términos en que quede planteado el estudio de estos ór ganos financieros, en tanto no aumente la documentación al respecto. Docu mentación que, en cualquier caso, pa rece que con bastante seguridad proce derá del M o n s T e s t a c c i o , auténtico archivo de muchas de las actividades que en provincias desarrollaron tanto el fi f i s c u s como las rationes privatae de los emperadores del final del siglo 11 y siglo III.
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Retrato de muchacha romana (siglo II d. C.)
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II. La recaudación tributaria
1. Los censos y su ela bo b o r a c i ó n . S u s f u n c i o n a rios Las actividades censuales parece que fueron tan remotas como la génesis del pr p r o p i o e s t a d o r o m a n o , y la tr a d ic ió n historiográfica romana que cristaliza en la analística del siglo iii a.de C. no du da en atribuir a Servio Tulio la confec ción del primer censo de Roma, ya en la monarquía. Independientemente de la veracidad de este dato, no cabe duda que la existencia de un censo se consi dera elemento inseparable de la activi dad financiera del estado, sin el cual re sultaba imposible concebir una mínima operatividad al aerarium Saturni. En el 443 a. de C. la confección de los censos fue competencia asumida p o r l o s c e n s o r e s y p l a n i f i c a d a , al pr inci in cipi pio, o, para pa ra pe r íodo ío do s de c inc in c o años añ os,, po p o r lo qu quee el té r m i no lustrum venía a nombrar los períodos entre una y otra actividad censual. Lógicamente, la es tructura de funcionamiento del censo republicano estuvo pensada para un ámbito de actuación limitado a Roma y la La L a tiu ti u m . Posteriormente este ámbito se amplió al resto de las regiones de Italia a medida que la península pasó a estar bajo el control del senado.
La incorporación de provincias pla pl a n te ó un c ie rt o v ac ío c o n s tit ti t uc i o n a l de lo relativo a su tratamiento censual, quedando de manifiesto la invalidez de los esquemas censuales planeados par pa r a un a re gi ó n c o m o It alia al ia , y la n e c e sidad de arbitrar nuevas fórmulas que, adecuadas al marco cultural de cada pro p ro vin vi n cia ci a , pe r m i t ie r a n al aerarium e x traer de aquéllas sus rentas tributarias. Esto fue tarea que nunca acabó de configurarse a lo largo de toda la Re pú p ú b l i c a , en la m e d i d a en qu e se i ba n incorporando nuevos territorios y era pr p r e c i s o a r ti c u l a r n u e v o s in s t r u m e n to s de recuento de bienes y personas, co mo distintos eran los pueblos, econo mías y culturas de los ocupantes de esos territorios. Los largos períodos de guerra exte rior y luchas internas que caracteriza ron el último siglo republicano dieron al traste con las condiciones de un mí nimo de rigor en las tareas censuales, y éstas quedaron en suspenso durante muchos años, defecto éste que por otro lado fue endémico en el siglo anterior, sobre todo por lo que respecta a la ac tuación en provincias. No N o es p or ta nto nt o g ra tui tu i to a f ir m a r qu quee los censos provinciales de la Repúbli ca fueron mal hechos, sin la exhaustividad de los observados para Italia.
30 Carecieron de continuidad en la actua lización de datos y sólo en contadas ocasiones coincidieron con la apertura del lustrum en Roma. En la mayoría d e l o s ca s o s l as p r o v i nc i a s fu e r o n censadas al consumarse su conquista o anexión, y estos resultados se dieron po p o r v á li d o s d u r a n t e de c e ni o s . En es ta actitud hemos de ver por un lado la in capacidad del senado por asumir fe hacientemente y con regularidad tan inmensa tarea como el censo consti tuía, y por otro lado, la indiferencia del poder público ante los abusos que tal situación generaba, si a pesar de todo los tributos seguían afluye ndo a sus arcas. Con censos mal hechos y escasos, las recaudaciones fueron injustas y fi nalmente la protesta de los provincia les se convirtió en leitmotiv que acom pa p a ñ a r á al s e n a d o h a s ta la c r i s i s fi na l de la República. Augusto comprendió la necesidad de organizar este campo como paso pr ev io al s a n e a m ie n to de la e c o n o m í a del estado, tras 30 años de ausencia de actualización en las fuentes de ingre sos del erario público. Desde Actium el Imperio Romano será organizado en cuatro zonas, asignadas a cuatro de sus colaboradores, al objeto de proceder al censo y catastro de habitantes ciudada nos y bienes, distribuidos por provin cias que, junto con el censo ya realiza do en Italia —le x I u li a m u n ic ip a li s , al pa p a r e c e r y se gú n las la s úl ti m as te or ías ía s , del de l pr p r o p i o A u g u s t o y no de C é s a r - , p r o po p o r c io n a r á n un c o m p le to p a n o r a m a de los recursos del Imperio. Oriente fue terminado en el 31 a.de C. por Zenodotus; Occidente concluyó sus tareas en el 27 bajo la dirección de Didymus; el Norte fue asignado a Theodotus y finalizados sus recuentos en el 25, y el Sur, de Polycletus, hacia el 2-3 d. C. Datos extraídos de aquellos resultados sirvieron a Agrippa para confeccionar su mapa del Imperio. En concreto, sabemos que las Galias fue ron censadas en el 27 a. de C., 12 a. de C. y 14 d. de C. bajo Druso y Germá
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nico éstas dos últimas veces, y luego con Domiciano y Nerva. Judea fue in cluida en el censo de Siria del año 6 d. de C. y las Hispanias recibirían visitas de legados censores en los últimos años de Augusto y desde luego, tras la concesión del ius latii por Vespasiano, hacia 73/4. La actuación de Augusto y sus su cesores en la elaboración de los censos pa rt í a de u na situ si tuaa c ión ió n du duaa l, o c a s io n a da por las distribución de las provin cias del Imperio entre las del senado y las del emperador, como administrado res de las mismas. Las provincias im pe p e r i a le s , a q u e ll a s de m á s d if íc i l c o n trol o de muy reciente anexión, no solían disponer de una estructura cen sual indígena previa, por lo que la ac tuación en ellas tuvo que partir de cero y su normalización no fue un hecho hasta pasados varios decenios. Por el contrario, las provincias senatoriales cuyo censo era asumido por el propio emperador en ocasiones extraordina rias, como censor maximus (más tarde pe p e r p e tu u s ) , solían identificarse con re giones ya muy romanizadas, de amplia tradición de gobierno en la República, y con un pasado histórico de plena ci vilización en donde la existencia de avanzados sistemas de recuento en al gún caso tenía raigambres milenarias. El Principado asumió y adecuó a sus intereses aquellas fórmulas cen suales ya existentes y las utilizó de modelo para aquellas otras regiones de nueva incorporación, susceptibles de responder positivamente a esta im pl a n ta c ió n . Lo s c a s o s de Sic Si c ili il i a, A sia si a o Egipto, donde el censo era cada ca torce años y su práctica, secular, eran excepciones al resto del Imperio. La confección del censo tenía como cometido el registro de todos los ciu dadanos romanos domiciliados en pro vincias, y la contabilización de todos los agri existentes en las mismas, así como los propietarios, usufructuarios o colonos. La lista de los ciudadanos en provincias proporcionaba el núme ro de sujetos tributarios de los impues
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tos afectos a la condición de cives romani. Esta lista incluía sus bienes in muebles cuantificados en tierras, ga nados, pastos, minas, pesquerías, etcétera, y las rentas ponderadas de las mismas, en el período censual com pr p r e n d id o. Los habitantes de cada provincia no ciudadanos romanos eran censados en su eventual condición de propietarios, usufructuarios o colonos de tierras de cultivo, consignándose además cuan tas otras propiedades constituían sus fortunas y fueran susceptibles de im pue p ue sto. st o. Si los lo s da tos to s del de l c e n s o de S i c i lia fueron ejemplo aplicable a otras re giones, podemos considerar como aceptable que en las provincias de cla ra riqueza económica agraria, el censo de los agri hacía distinción de tierras según su uso, extensión y rendimien tos medios. Se consignaban las parce las según estuviesen destinadas a vi des, olivos o cereal, registrando la extensión mínima y máxima, número de vides o cepas y árboles, y cuantías cosechadas en los últimos años. Pastos y bosques eran asentados en apartados distintos, así como el número de cabe zas de ganado, especies y, al menos en E g i p t o , c a so e xt r e m o d e s d e l u e g o , conjunto de aperos y bestias de tiro o carga destinadas a la labranza. El registro de todos estos datos su po p o n í a u n a a r d u a l a b o r q u e de f o r m a honorífica presidía el el em perador como censor máximo del Imperio. La direc ción concreta de la elaboración del censo en cada provincia o a veces, grupos de provincias, era encargada al legado que, con rango pretorial o con sular según la provincia, gobernaba el territorio en nombre del emperador. Como la confección del censo era ta rea encomendada cada cierto número de años, no parece que fuera necesaria la configuración de un servicio perma nente a cargo de un procurador perma nente, por lo que tal función se añadía de manera específica y en el momento de ejecutarse al gobernador ordinario de la provincia, y así se constata en la
SVLLAE· SENNIF, REMOA REMOA ROEN ROE N TARI TAR I O
Estela del argentarius Sulla
epigrafía ( legatus augusti pro praetore ad census accipiendos, aut censibus accipiendis).
EI censor provincial coordinaba la labor de cierto número de auxiliares que eran los que, distribuidos por los distritos, conventos o departamentos territoriales en que las provincias se estructuraban, efectuaban realmente el trabajo directo de la recopilación de los datos. A d iu to r e s , c e n si to re s, c u r a tores, tabularii, scribae, librarii, con-
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son las distintas denominaciones del personal adscrito a las tareas censuales. La unidad cen sual desde la que se iniciaba el regis tro era la ciudad o municipio, en don de uno de los dos magistrados superiores sumaba a su título ordinario, d u o v i r , el de quinquennalis como determinativo de la tarea a realizar que, al menos en este primer escalón del censo, solía conservar la periodicidad de los cinco años o quinquennium. Las comunida des sin estatuto jurídico romano eran asumidas para el censo por los munici pios pi os o c o l o ni as en c uy uyoo s te r ri tor to r i os se asentaban. Los datos recopilados en el territo rio del municipio eran archivados en el tabularium conventual o de distrito, situado en la capital del mismo, y co pia pi a de todo to doss ello el loss i ba f i n a l m e n te al ta bularium provincial y de allí a Roma, donde se contenían todos los registros económicos relativos a todos los re cursos del estado en sus provincias. Finalizado el censo se procedía a la actualización de los débitos fiscales a recaudar en cada uno de los capítulos impositivos y demás tasas de las pro vincias. Las nuevas cuantías tendrían vigencia hasta la siguiente revisión censual y su delimitación o fijación era resultado del promedio estableci do para el último quinquenio, en cuanto a los impuestos que gravaban las cosechas.
2. Los intermediarios entre el estado y los contribuyentes En la República la explotación de los servicios y rentas del estado era una de las competencias asumidas por los cen sores. El sistema empleado era el de las adjudicaciones de estos servicios y ren tas, pu p u b lic li c a en la terminología, a las ini ciativas particulares, mediante una venta en subasta al mejor postor de cada una de estas contratas ( locatio censoria).
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Los particulares adjudicatarios de la subasta, que recibían el nombre de p u blicani por ser los usufructuarios de un pu p u b lic li c u m , entregaban por adelantado la totalidad o parte importante del benefi cio o renta a explotar como deposita rios de la confianza del estado, aña diendo una cuota de lucro propio al montante final en que las contratas se habían ajustado. Así se construyeron templos, termas, vías, anfiteatros, cloa cas y se suministró al ejército y la flota durante siglos, sin que la desventaja que para el estado pudiera suponer de sentenderse en bastante medida del óp timo aprovechamiento y control de sus recursos fuese superior a la ventaja que suponía el ahorro de gastos de per sonal para la recaudación y la disponi bi b i l id a d r á p id a de li q u i d e z en el a e r a rium.
La incorporación de territorios a la República aumentó las fuentes de in gresos del estado y las recaudaciones tributarias se sumaron al conjunto de p u b li c a que debían ser objeto de ad ju j u d i c a c i o n e s m e d i a n te la s u b a s ta c e n soria. Pero la magnitud de los nego cios a explotar fue desde estas incorporaciones provinciales, en el si glo ni a. de C., muy superior a las su ba s t a s q u e te n ía n lu g a r a nt es de la e x pa p a n s i ó n i m p e r i a l i s t a del de l s e n a d o . P or ello, el arriendo de cobranzas tributa rias que abarcaban provincias muy ri cas suponía grandes desembolsos e inversiones para estos p u b li c a n i, que adecuándose a los tiempos se consti tuían en s o c i e t a t e s de varios miem br os en d o n d e l a a p o r ta c ió n de c a p i ta l delimitaba la proporción del benefi cio a percibir. Las societates publicanorum de los dos últimos siglos de la República ju garon un papel muy importante no sólo en las finanzas del estado sino también en la marcha política del senado, en donde formaron auténticos grupos de pr e s ió n q ue m e di a tiz ti z ar on los plan pl anee s exex pa p a ns ion io n ista is ta s del de l go gobb ier ie r no no.. Má s de un unaa guerra y más de una anexión territorial tuvo su origen en la prevalencia de los
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intereses financieros de estas corpora ciones particulares, a través de los equites en otros casos, ambos suficien temente fuertes como para lograr medi das estatales que, presentadas como en interés del pueblo romano, sólo lo eran de sus fortunas. Pero los problemas de dependencia del aerarium de estos financieros no fueron los únicos que a la larga se plan tearon, por más que en el siglo I no era exagerado hablar de una mediatización del gobierno a las decisiones de estos grupos. Junto a esta carencia de auto nomía, estaban los problemas que el pr p r o p i o s i s t e m a de a r r i e n d o a c a r r e a b a entre los contribuyentes provinciales, objetos de la acción de los publicanos. Los abusos, las injusticias, los desórde nes públicos, las auténticas esquilmas, la arbitrariedad en la fijación de pagos y cuantías, los procedimientos opreso res en las recaudaciones, todo esto, uni do a la realidad de unos impuestos mal diseñados y peor censados, y a la falta de interés cuando no real connivencia de los gobernadores provinciales con los publicanos, había ocasionado y oca sionaba a fines del siglo i a. de C. pro testas, revueltas e incluso guerras y asesinatos de enviados senatoriales sin que Roma desease abordar de una vez y en profundidad las raíces del problema. Las fuentes clásicas son prolijas en de talles de este auténtico vicio y motor del deterioro del sistema, no por detec tado y denunciado en innumerables ocasiones, heredado intacto como pro bl b l e m a p e n d i e n t e p a r a el P r i n c i p a d o . Recordemos tan sólo los casos de C. Verres y Sicilia y de P. Rutilio y los pu blic bl icaa no noss de Asia. Asi a. En efecto, cuando Augusto llega al po p o d e r el s ist is t e m a f isc is c a l re p u b li c a n o ya no proporcionaba tantos beneficios co mo resentimientos, que entre los pro vinciales crecía hacia Roma por sufrir los abusos de los publicanos y goberna dores venales en las labores exactivas. Había que supervisar a los publicanos y pr e ve n ir las la s a r b itr it r a r ie d a d e s de los lo s g o bern be rn ado ad o re s, de m o do q ue n o fu er a este es te
33 antiguo y delimitado problema el que diera al traste con la paz instaurada tan a duras penas en todo el Imperio. Ya César abordó de primera mano el asunto de las recaudaciones dando las pr im e ra s m ed id a s p ar a a c o ta r sus su s atr at r i buci bu ci on onee s, aun au n qu quee no es difí di fíci cill ver ve r e n su intención el deseo de neutralizar las in fluencias políticas de estos poderosos grupos, incompatibles con la figura de un dictador del estado, más que el ser vir a los intereses de los provinciales. El problema de los publicanos será contrarrestado a lo largo del Alto Impe rio, pues es en ese período cuando se fraguó y consolidó una administración civil propia que fue paulatinamente sustituyendo, por un lado a los gober nadores en sus funciones económicas, y por po r otr ot r o, a a q ue ll o s p a r tic ti c u la r e s en la explotación de los recursos económicos del estado. Augusto da un primer paso al colocar al frente de algunos servicios a personal de su máxima confianza. Los impuestos directos de las provin cias imperiales serán recaudados bajo la dirección de los procuradores gene rales, que además percibirán un salario anual por tal función, de modo que no se propiciara la obtención de un lucro por po r la l abo ab o r de se m pe ñ a d a , c o m o su c e día con la tradicional justificación de concebir los los cargos como honores no remunerados. El mismo destino tendrá la recauda ción de los vectigalia de las provincias imperiales y senatoriales, y a lo largo del siglo i el régimen de los procura dores irá incorporándose a la dirección de todas las demás fuentes de ingresos que el estado disponía en todas las pr p r o v in c ia s . El p r o c e s o de s u s t i tu c i ó n fue lento y realmente no podemos dar lo por terminado hasta el siglo m. En época de Marco Aurelio aún se citan algunas sociedades de publicanos en la explotación de algunas tasas, pero és tas ya nada tenían que ver con las po derosas organizaciones del último si glo republicano. Los publicanos del Alto Imperio ya no reciben contratas que les adjudica-
34 ran el cobro de grandes bloques de tri but b utos os,, en un unaa o vari va rias as p r o v in c i a s. Al subdividirse las contratas a subastar en varias concesiones, el volumen del ne gocio baja proporcionalmente y de la misma manera serán inferiores los be neficios a obtener de las mismas. Así, los capitales necesarios fueron menores y las sociedades se disolvieron o dismi nuyeron en número de integrantes, por no ser necesarias grandes aportaciones. Los grupos financieros potentes perdie ron interés en invertir en negocios de volumen moderado y desviaron sus ac tividades a otras esferas más rentables, como la banca y el préstamo, o las in versiones comerciales, quedando en las adjudicaciones tributarias los grupos menores, por tanto fácilmente controla bles ble s p or el esta es tado do.. Tuvieron, no obstante, cierta impor tancia los publicanos que arrendaron a lo largo del Alto Imperio la explotación del po p o r to r iu m en las provincias danu bia b ia n a s , y los lo s q u e se a d j u d i c a r o n los lo s cuatro vectigalia más importantes de la pr o vin vi n c ia de A f ric ri c a (quattuor publica pro pr o vinc vi nc ia e A fr ic a e ), siempre bajo la vi gilancia y supervisión del procurador correspondiente y acaso como prueba de que, al menos en estos casos, la uti lización del sistema tradicional era más rentable que el nuevo. El nuevo sistema de percepción que conllevaba la administración de los pr ocur oc uraa do dorr e s, en r e al idad id ad era er a un unaa a pli pl i cación del antiguo sólo que sin las la cras que lo aquejaron. El procurador pr p r o v i n c i a l y lo s p r o c u r a d o r e s de los lo s impuestos indirectos también recurrie ron al sistema de concursos para la ad jud ju d ica ic a c ión ió n de las la s r e nta nt a s y serv se rvic icio ios. s. P e ro la entidad de las contratas era de tal magnitud que difícilmente podía serrentable su explotación para más de uno, dos o tres interesados. Los adjudi catarios, cuya integridad moral y sol vencia económica debían ser demostra das y valoradas positivamente por el correspondiente procurador, recibían el nombre de conductores, y su actividad era plenamente fiscalizada por el inten
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dente imperial de cuyo servicio depen día la contrata. Sólo en Africa parece que las loca tiones conductoribus (adjudicaciones a conductores) tuvieron cierta entidad, como la epigrafía evidencia, pero ello debió venir obligado por las peculiares circunstancias de las rentas, propieda des y economía de la zona, así como la Los recaudadores del tributo:
“A Crispino, promagistro de los dos tri butos, q u a d r a g e s s i m a del portorium y vicésima de la libertad de las provincias de Asia, Ponto, Bitinia, Galatia, Capadocia, Pisidia, Lycaonia, Panfilia, Licia, Arme nia M inor,... inor,...”” (,L’Ann L’Ann ée Epigraphique, 1924, nQ80, del 104-114 d.C.) “A Venus, Menophilo, siervo de los s o los cuatro impue stos de África, África, c ii de los hizo el voto con ánimo contento”. ( L’Année Epigraphique, 1900, n9 126). “A Tito Flavio Germano, hijo de Tito, cu rador del triunfo del emperador felicísi mo Marco Aurelio Comodo Antonino Augusto Pío Germánico, distinguido con un muy destacado sacerdocio, pon tífice menor, procurador de la vigésima de las herencias, procurador del patri monio, procurador de los grandes jue gos, procurador de los juegos matuti nos, procurador del presupuesto destinado a las vías que han de trazar se en las dos partes de la ciudad, pro curador de la vigésima de las herencias en Umbría, Tuscia, Piceno y región de Campania, procurador de los alimenta en Lucania, Bruttios, Calabria y Apulia, curador....de los edificios, de las obras públicas... edil, duovir, flamen de Au gusto divinizado, duovir quinquenal, pa trono de la colonia, Cerdo, su liberto a su incomparable patrono, con sus hijos Maximino, Germano y Rufino Flavio, distinguidos como caballeros, Lucio Va lerio Aries, liberto del mercado de es clavos de Zabda”. CIL XV 2922, de Praeneste.
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Λ J Fragmento de un sarcófago, Roma
abundancia de latifundios pertenecien tes al pa p a tr im o n iu m imperial. En la ma yoría de las provincias la subasta de re caudaciones y servicios fue a parar a individuos que, sólo en muy contadas ocasiones, vieron rentabilidad en el constituir sociedades, con uno o dos so cios más, dada la escasa envergadura y las muchas cortapisas que desde la ad ministración provincial envolvían a la contrata subastada. Pese a este sistema de concurso a los par p arti ticu cula la res, re s, la m a y o r par pa r te de las la s pr in cipales rentas tributarias provinciales fue exactada por las propias plantillas de auxiliares y subalternos de las ofici nas de los procuradores, apelando en el pr o c e so a los lo s s e r v ic io s f i n a nc ie r os de los municipios como responsables de los tributos de sus territorios, cada vez más comprometidos en las cuotas de pa rtic rt icip ipaa c ión ió n del fis f is c u s de Roma.
3. Los problemas y la evolución del sistema recaudatorio La sustitución de los publicanos en las recaudaciones supuso una importante mejora en los procedimientos percep tivos, y de ello sin duda se beneficia ron todos los súbditos del Imperio. Pe
ro la corrupción y los abusos, si bien disminuyeron, no desaparecieron del sistema y siguieron reproduciéndose aunque ahora vinculados a los procu radores y gobernadores de las provin cias. Cuando Galba era gobernador de la pr p r o vi n c ia Ci ter te r io r, las la s ra p iñ as y s a q u e o s c o m e t i d o s p o r l o s p r o c u ra d o r e s pro pr o v in c ia le s e r a a sun su n t o qu e e s ta b a a la orden del día. Con Tiberio, Domiciano y Trajano se nos documentan juicios contra gobernadores venales que se ja c ta b a n de h a b e r se e n r iq u e c id o a c o s ta de la esquilma de las fortunas de los súbditos tributarios. Y es de suponer que estos hechos eran cotidianos en otras zonas del imperio pese al mutis mo que en este tenor mantienen las fuentes escritas. La realidad era que el nuevo siste ma civil del Principado sólo había cambiado de individuos, pero la es tructura de funcionamiento seguía siendo básicamente la misma de la época anterior, por lo que la posibili dad de repetición de situaciones injus tas en las exanciones quedaba abierta de nuevo, aunque sus protagonistas fueran ahora los agentes imperiales. En el siglo π se creó la figura del a d v o c a t u s f i s c i , especie de abogado defensor de los intereses del fi f i s c u s en los litigios interpuestos contra él por
36 los ciudadanos provinciales. Parece que tal institución se hacía necesaria dado el número de conflictos legales que la actuación fiscal provocaba en los territorios a su cargo. Acaso el principal problema fue la pr o pi a e xt e ns ió n del de l im p e r io R o m a n o en la que debían desarrollarse las ope raciones exactoras. Pese al continuo aumento de funcionarios adscritos a los servicios fiscales, el incremento del territorio a administrar fue supe rior a las posibilidades de los órganos financieros del estado. Con un ámbito ju j u r i s d i c c i o n a l q u e a b a r c a b a d e s d e el río Tajo al río Tigris en Mesopotamia, cualquier mecanismo que implicase un control quedaba incapacitado para ob tener rendimientos de las operaciones b u r o c r á t i c a s . E s t o s u p o n í a u n t o t a l descontrol de las actividades financie ras en gran parte de las zonas, que se acentuaba proporcionalmente a la leja nía de Roma. La monarquía centraliza da y centralizadora del Principado no po d ía m í n im a m e n te r e s p o n d e r c o n e f i cacia a las necesidades de un imperio de tal envergadura. Los procesos recaudatorios se hacían cada vez más arduos y lentos, y el continuo aumento de la burocracia de agentes imperiales no sólo no servía pa ra a s e g u r a r los lo s c o b r o s y p a g o s, sino si no que lejos de agilizar las operaciones, c o n c eb i d a é s t a d e f i r m a p i r a m i d a l , añadía más obstáculos a los ya exis tentes. En el siglo m esta burocracia tenía semiparalizado el funcionamien to de las finanzas imperiales y su úni co servicio era el de aumentar con su coste aún más el déficit del estado. La inoperatividad del sistema hizo asunto corriente la incapacidad de co bra b ra r d é b ito it o s f i s c a l e s y las la s d e u d a s t r i bu tar ta r ia s a u m e n t a r on c on gr a v e p e r j u i cio del f i s c u s , d e s b o r d a d o p o r l o s gastos. Los emperadores comenzaron a condonar deudas atrasadas de varios años, presentando los cronistas este hecho como una nueva muestra de la divina munificiencia, cuando no serían po p o c o s lo s c a s o s e n q u e e n r e a l i d a d
A ka t H ist ori a d e l M un do An tig uo
existían pocos mecanismos capaces de hacer efectivo el cobro de aquellas deudas. Esta costumbre se hizo norma y pronto todo cambio de emperador era esperado por las provincias como momento oportuno de las ansiadas am nistías fiscales, sin que la crítica situa ción del tesoro moviera a los nuevos gobernantes a negarse a tal muestra de generosidad ante su pueblo. Desde la segunda mitad del siglo π los períodos de guerras se hicieron ca da vez más largos y frecuentes. Ello aumentó los gastos y por ende, las ne cesidades estatales de mayores ingre sos tributarios. La guerra ocasionó además una crisis en las economías de las regiones afectadas, y el comercio se fue ralentizando en su normal de senvolvimiento. La población laboral sufrió fuertes mermas de sus contin gentes por las continuas levas y, junto a los efectos directos de la guerra en los campos, la agricultura se fue em po p o b r e c i e n d o p a u la ti n a m e n t e . A esto se unió la continua devalua ción monetaria, con fuertes deprecia ciones del numerario circulante y fuertes subidas de precios en una inflacción de cuyas causas, los órganos financieros imperiales o no pudieron relacionar con sus consecuencias, o pr p r e f ir ie r o n o m i t ir l a s po r la e sp e r a n z a del rápido beneficio que la devalua ción oficial producía a las arcas del estado. El hecho es que la actividad económica se debilitó y la descon fianza en la moneda propició la bús queda y retorno a viejas alternativas. Los municipios comenzaron a de pa p a u p e r a r s e y p r o n t o m o s t r a r o n i n c a pa p a c i d a d de a f r o n t a r sus su s p a g o s o r d i n a rios. Frente a ello, el f i s c u s aacc t u ó redoblando su opresión tributaria y a r b i t ra n d o m e d i da s p a r a g a r a nt i z a r las recaudaciones. Los agentes civi les, incapaces de hacer frente a la ca da vez más manifiesta hostilidad de unos contribuyentes exhaustos, dieron pa p a s o a los lo s a g e n t e s m il i t a r e s. Colletion e s , s t a t i o n a r i i y f r u m e n t a r i i , que hasta ese momento eran cuerpos de
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tropas al servicio de las legiones para tareas complementarias de apresa miento de criminales, bandoleros, de sertores o .tareas de espiona je, pa sa ron a encargarse de recaudar por la fuerza de la coacción y las armas to do lo necesario al avituallamiento del ejército en su paso a las zonas en campaña. El paso de la legión por las provin cias comenzó a constituir situaciones de auténtica calamidad pública para los municipios directamente afecta dos. Estos sufrieron las consecuen cias de las requisas de las cosechas, ganados, animales de tiro e incluso pr p r o d u c t o s m a n u f a c t u r a d o s , e n s u ma , todo cuanto fuera susceptible de ser necesitado por la legión en marcha al frente militar. Se consagraba así la sustitución de los cobros en moneda po p o r lo s c o b r o s e n p r o d u c t o s p r i m a rios, no sujetos a devaluaciones, que dando militarizado el proceso como
garantía de su efectividad y descon fianza en la eficacia de los procedi mientos normales. Las haciendas municipales fueron intervenidas por los curatores reipublicae y aun las inversiones realizadas po r el c apit ap itaa l del de l m un i c ip i o no q u e d a ron exentas de una intervención a car go de otros agentes como los curatores kalendarii. Como único medio de asegurarse el funcionamiento de los servicios imprescindibles, el estado in tervino y dirigió la actividad económi ca en aquellas parcelas fundamentales como eran el suministro y transporte de trigo a los ejércitos y la ciudad de Roma. Las cuantías tributarias de las villas fueron asignadas a los miembros de las curias locales con responsabilidad final del pago en las fortunas particu lares de los decuriones, pero a medida que avanzó el siglo m el estado recu rriría cada vez más a los sistemas de
Termopolio de Herculano
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contribuciones extraordinarias, cuyo monto total comenzó a ser superior al de los ordinarias, y como demostradas las únicas eficaces en la obtención de recursos. A mediados del siglo m el fis f is c u s ya no era el principal órgano perceptor de tributos, ya que había quedado supcra-
do por la prefectura del pretorio, servi cio que centralizó todos los sistemas de requisa, confiscación y recaudación de tributos en especie, y que manifes taba la clara tendencia militarizadora que desde los Severos se impuso en los tradicionales servicios fiscales.
Tributos Tributos y cuestiones fis cales: cales:
el Imperio se desharía si las rentas de que se sostenía la república se veían disminuidas; porque si se suprimían los derechos de portazgo, se pediría luego la abolición de los tributos. Por otra par te, la mayoría de las sociedades de re caudación de impuestos habían sido constituidas por cónsules y tribunos de la plebe, cuando todavía no estaba em botada la libertad del pueblo romano; el resto se había dispuesto luego de ma nera que se se com pensaran la cuenta de de ingresos y los gastos necesarios. Des de luego que había que moderar la co dicia de los publicanos, no fuera que al go tolerado sin quejas por tantos años se convirtiera en motivo de resentimien to a causa de nuevas intemperancias”. (Tácito, An Ed. Gredos, Gred os, A n n a les le s , χ , 50, Ed. trad. José L. Moralejo, Madrid, 1980).
“Aunque el pueblo estaba descontento del impuesto de la centesima rerum venalium establecida tras las guerras civi les, Tiberio declaró que ese era el sos tén del aerarium militare". (Tácito, A n n a le s , I, 78, Ed. Gredos, trad. José L. Moralejo, Madrid, 1979). “(Cayo) condonó a Italia el impuesto de la ducentessima auctionum (0’5% de las ventas en pública subasta)”. (Suetonio, Caligula, 16, 3. trad, por M. Bassols de Climent, Ed. Alma Mater, Barcelona, 1964). “La herencia pequeña y escasa que dará libre de la carga de la vicésima y si el heredero agradecido así lo quiere, podrá dedicarse toda ella a los gastos del sepulcro, toda ella a los gastos del funeral; no habrá allí quien espíe ni censure. Todo el que venga a heredar una módica cantidad, podrá tenerla sin preocupaciones y disfrutarla tranquilo. La vicésima ha quedado de tal modo re glamentada que sólo se corre el riesgo de incurrir en ella cuando se está en la opulencia”. (Plinio el Joven, Panegírico de Trajano, 40, 1-2, Ed. A. D’Ors, Madrid, 1955). “Aquel mismo año (58 d. C.), ante re petidas reclamaciones del pueblo que protestaba de los excesos de los publi canos, dudó Nerón si ordenar la supre sión de todos los impuestos, haciendo al género humano el más hermoso de los dones. Pero su primer impulso, no sin antes alabar profusamente su gran deza de ánimo, lo contuvieron sus con sejeros de más edad, advirtiéndole que
“(Dedicado por) el senado romano y el pueblo al emperador César Trajano Adriano Augusto, hijo del divino Trajano Pártico, nieto del divino Nerva, pontifex máximo, en su segunda potestad tribu nicia, segundo consulado, el primero y único de todos los emperadores que canceló 900.100.000 H S adeudados al fiscus, por esta liberalidad que beneficia no sólo a los ciudadanos de su tiempo, sino a sus descendientes”. CIL VI 967, del 118 d.C. “Marco Aurelio condonó todas las deudas pendientes para con el fiscus o el aerarium por un período de 40 años, en adición a los 15 años de Adriano y ordenó que todos los registros de estas deudas fueran quemados en el foro”. (Dio Cassius Cocceianus, LXXI, 32,2, Ed. Loeb Class., transi. E. Cary, 1969).
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III. Evolución de las finanzas públicas en el Alto Imperio.
1. Los Julio-Claudios Ya vimos en capítulos anteriores la pol p olít ítii ca au g us ta re la tiv ti v a a la a d m i n is tración financiera del estado. Fruto de ella fue la aparición de nuevos orga nismos que sentaron las bases de los pr p r o g r a m a s e c o n ó m i c o s d e los g o b i e r nos posteriores. Tiberio fue severo y estricto ejecu tor de las ideas políticas de su prede cesor en materia económica. No em pr e n d i ó n u e v a s r e f o r m a s y c o n s i d e r ó suficientes las ya iniciadas por Augus to. El balance de su gobierno da como resultado un incremento de los ingre sos públicos y una contención de los gastos, ya de por sí considerables. Pa ra ello no parece que se excediera en las imposiciones tributarias sino que, antes bien, prefirió aumentar los in gresos saneando la pureza de los me canismos recaudatorios. Buen admi nistrador, como el mismo Tácito, su habitual detractor, le reconoce, no du dó en condenar a procuradores y go be b e rn a d o re s c uy uyaa ve n a li d a d fu e r a p u e s ta de manifiesto en los tribunales. Limitó la actuación de las legiones a los frentes abiertos que heredase de Augusto, no emprendiendo nuevas aventuras militares de incierto resulta do y que supusiesen nuevas cargas pa
ra el estado. Incrementó los ingresos pr p r o c e d e n t e s de l os bona damnatorum, resultado del régimen de terror instau rado en la segunda parte del reinado, y su actitud restrictiva hacia un au mento de las partidas destinadas a fr u m e n ta ti o n e s , d o n a ti v a y congiaria, así como a ampliar el programa de obras públicas y espectáculos a la ple be, le v ali al i ó e n a j e n a r s e el r e sp a ld o de sus coetáneos. Los resultados de esta política de auténtica estabilización financiera, en el marco del programa político hereda do de Augusto, darían sus frutos a su muerte. Dejó 2.700.000.000 H S a su sucesor, mientras que él mismo tan só lo había recibido unos cien millones de Augusto. Las finanzas de Cayo muestran el reverso de la política de Tiberio. En tan sólo tres años de gobierno este em pe p e r a d o r d e s p i l f a r r ó tod to d os l os re c ur sos so s del estado, abandonando la vigilancia de los mecanismos recaudatorios ins taurada por Tiberio, como inexcusable pri pr i nc ipi ip i o de b u e n g o bie bi e r n o. Do bló bl ó los donativa y elevó los congiaria y R o ma disfrutó de espectáculos tan sun tuosos como nunca se hubiera visto. Y ni siquiera la creación de extravagan tes y anecdóticos tributos, ni la siste mática política de confiscaciones, lo-
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Sextercio de Galba
graron paliar la bancarrota en que a su muerte quedaron sumidos el fi f i s c u s y el aerarium.
Cuando Claudio accede al poder, el saneamiento de la hacienda pública se pr p r e s e n t a b a c o m o p r im e r a e i n e x c u s a ble b le la b or de es tad ta d o. S i g u ie n do las la s lí n e as del ideario del fundador del régi men, aprovecha para dar cuerpo a la organización de éste mediante los pro curadores, como embrión del nuevo servicio civil de la administración. Asume gran parte del control de la ca ja j a se na to r ia l y la d e sc a r ga del ga st o de las fr u m e n ta ti o n e s , hasta ahora de en tre sus competencias, transfiriéndolas a la An A n n o n a , regida por un pr p r a e fe c tu s imperial. Hacia la mitad de su reinado la ha cienda debió estar ya equilibrada, tras el marasmo en que Cayo la había su mido, como se demuestra del progra ma de obras públicas que ahora se ini cia y en las que Claudio gastó no menos de 400.000.000 H S . Es posible que el buen funcionamiento que intro dujo en la administración del fi f i s c u s , creando servicios especializados en cada una de las fuentes de ingresos,
sea justificativo del ligero superávit fi nanciero con que el tesoro se encontró a su muerte en el año 54. El gobierno de Nerón tuvo una pri mera parte que llegó a ser considerada época aúrea en la historia de la Ciudad (quinquennium (quinquennium Neronis), por la estabi lidad y buen funcionamiento de las fi nanzas imperiales y su clara repercu sión en el desarrollo urbanístico de Roma y otras ciudades itálicas. Los in gresos aumentaron y los gastos queda ron en los límites de la época de Clau dio, y Roma vivió una expansión económica como no volvería a disfru tar ni en los mejores tiempos del siglo II . Pero a partir de la década de los se senta esta tendencia positiva se trunca, pa p a r a le l a m e n t e a los lo s c on f lic li c to s d o m é s ticos que comenzaron a surgir en la corte, seguramente motivados por el cambio sufrido en la personalidad de este último de los Julios. Un régimen ba b a s a d o en ú l t i m a i n s t a n c i a en la v o luntad mudable de un individuo estaba condenado a sufrir los embates que afectaran al mismo. Del 60 al 69 se abandona la política de moderación en los gastos públicos y comienzan a crecer sin freno las par tidas destinadas a las liberalidades im pe ria ri a les le s . N o de ot r a fo rm a se c on c e b ía la conjuración de los intentos desesta bi b i l i z a d o r e s sino si no a b a s e de r e a s e g u r a r la compra de las voluntades populares. En este contexto se repartió un donati vum vu m de 400 HS H S por cabeza a la plebe; se suprimió la antigua V et XX rer. ven. man, aunque sólo de manera for mal, pues tal gravamen pasó ahora a afectar a los compradores, que vieron incrementados así los precios de venta de esclavos, y aún Nerón estuvo a pu p u n t o de a b o l i r t o d o s los lo s vectigalia pa ra a c a b a r c o n las la s p r o t e s t a s qu quee los lo s abusos en las recaudaciones genera ban. ba n. A u n q u e su s c o n s e j e r o s f i n a n c i e ros le hicieron desistir de tal medida, que acarrearía la ruina del estado, no dejaba esta actitud de ser muestra de la incapacidad y renuncia a atajar los vicios que habían ido atenazando al
Las finanzas públicas del Estado romano en el Alto Imperio
sistema recaudatorio. Vicios que ya venían de antiguo, actualización de viejos problemas republicanos, pero que volvían a la luz por el paulatino abandono que de las riendas del Impe rio manifestó Nerón desde el año 60. Cu C u a n ddoo e l f i s c u s n o p u d o hhaa c e r frente a los exorbitantes gastos de un e m p e ra d o r de s e q u i l i b r a do , s e e c h ó mano al fácil recurso, ya utilizado por Tiberio y Cayo, de las confiscaciones a supuestos adversarios políticos y conspiradores, y por vez primera y sentando con ello un nefasto preceden te que todos los emperadores del siglo ni sufrirían, a la devaluación de la mo neda de oro, aureus, y plata, clenarius, en un 10%, para el desahogo temporal de un fi f i s c u s en bancarrota.
2. Los Flavios y los Antoninos Cuando tras la guerra civil del 69 Ves pa p a s i a n o a c c e d e al p o d e r , se e n c o n t r ó con una situación muy similar por el desorden y anarquía, a la que Augusto heredó tras la batalla de Actium. Sue tonio cifra en 40.000.000.000 H S l a cantidad que el fi f i s c u s necesitaba para situar al estado en los niveles mínimos que hiciese posible una labor de go bier bi erno no.. Hijo de recaudadores fiscales, Ves pa s ia no e m p r e n d e rá el sa n e a m ie n to de la hacienda pública legada de los Julio-Claudios, aplicando un programa económico que no dejó parcela por rentabilizar ni provincia del Imperio excluida de contribuir proporcional mente a las cargas del estado. Sin du da, la labor financiera de Vespasiano dejó saneadas por muchos decenios las bas b asee s e c o n ó m i c a s qu e nu tr ie r o n al te soro público. En el plano de los órganos centrales de las finanzas públicas, se vigorizó su rendimiento con la creación institucio nal de tres nuevos fi f i s c i provinciales, el asiaticus, el alexandrinus y el iudaicus, que completaban la red de f i s c i
41 pr p r o v i n c i a l e s q u e , es n u e s t r o pa re c e r, debía ya existir para todas las provin cias del Imperio. Redujo el excesivo gasto público derogando gran parte de las medidas arbitradas por Nerón, co mo fueron las numerosas exenciones e inmunidades fiscales, y la moderación a los límites fijados por Tiberio en cogiaria y donativa. Avaro y escrupuloso en las recau daciones, programó sus mayores ren dimientos sin necesidad de aumentar las cuotas tributarias, sino que, cono ciendo perfectamente de los excelen tes resultados que daba la vigilancia e intervención en los procedimientos exactores, se aplicó en controlar la pu reza del sistema. Los tributos en trigo de las provincias senatoriales fueron canalizados a la An A n n o n a imperial para las fr u m e n ta t io n e s , descargando de es ta hipoteca fiscal a las provincias im per p er ia le s. A m p li ó la lis li s ta d e c o n t r i b u yentes de los impuestos de los cives romani, promocionando a Hispania al disfrute del ius latii, con un programa que, si bien tenía efectos fiscales in mediatos, preveía el pleno beneficio del rango municipal a la vuelta de ge neraciones. Posiblemente obtuvo dinero en abundancia de la venta de numerosas pr p r o p ie d a de s de los lo s J u li o - C la u di os , a sí como de la venta de las tierras ocupa das ilegalmente ( subseciva ) en épocas anteriores, estabilizando la moneda de pl p l a t a y o r o e n los lo s p e s o s f i j a d o s p o r Ne rón. ró n. Al fina fi nall de su g ob obie ie rn o, las la s ar cas públicas ingresaban una media anual no inferior a 1.200.000.000 HS, H S, de los que tan sólo el 10% correspon dían a los tributos indirectos. Los últi mos años fueron ya de pleno superávit económico, y así lo evidencia la conti nuidad de un programa de obras públi cas que ahora se emprende, tras el pa réntesis que supuso la estabilización del tesoro. El trienio de Tito fue insuficiente pa ra el de sa r r o l l o de un a po polí lí tic ti c a e c o nómica, y por lo demás, un cúmulo de circunstancias adversas, externas al es
42 tado, impidió prolongar la buena posi ción en que Vespasiano había dejado a la hacienda pública. Junto a la munificiencia que para Tito resalta Suetonio, no aventajada por ninguno de sus pre decesores, abriendo su gobierno con grandes celebraciones en Roma, el es tado tuvo que destinar todos sus fon dos a paliar los efectos de tres catás trofes que asolaron Italia. Por un lado, la erupción del Vesubio, que borró del mapa las ciudades de Pompeya, Her culano y Stabiae. Luego un incendio que asoló Roma durante tres días y po s ter te r ior io r me nt e , un unaa e p id e m ia qu e tuvo tu vo una virulencia sin precedentes. Dema siadas calamidades para un gafado em p e r a d o r de c u a r e n t a y un a ñ o s , q u e moría el 13 de Septiembre del año 81, a ios dos años y dos meses de haber sucedido a su padre. Domiciano heredó la severa meticu losidad y buena capacidad como admi nistrador de su padre Vespasiano. Su gobierno se enraizó en el ideario polí tico de éste, de quien fue perfecto eje cutor de sus planteamientos económi cos. Del 81 al 92 Domiciano lleva a cabo una moderada política financiera, ba s a da en g a r a n t i z a r el p e r f e c t o f u n cionamiento de los mecanismos fisca les implantados en las provincias. El déficit de Tito quedó pronto paliado como manifiesta la continuación de las obras públicas emprendidas por Ves pas p asia iano no.. Los Lo s c ua tr o ú l ti m o s añ os de su vida, del 92 al 96, nos retrotraen a los últimos tiempos de Tiberio, y Roma volvió a sufrir las consecuencias del cambio patológico de la conducta de su máximo gobernante. En esos años se incrementaron las confiscaciones pr o c e de nte nt e s de los bona damnatorum , típico en estas situaciones. No N o pa r e c e , no o b s t a n te , q ue el I m pe p e r i o , ni s i q u i e r a I t a l i a , a c u s a r a l o s pr ob le m a s int in t e rno rn o s del de l r é g im e n, a c as o po p o r se r cu a tr o a ño ñoss in su fi ci e nt es c o m o par p ar a d ar al tr as te c on la dc a ba da o r g a n i z a ci ó n a d m i ni s t r a t i v a c r e a d a p o r Vespasiano. A la muerte del empera dor en el 96, la hacienda pública debió
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estar equilibrada y puede ello ser un síntoma de la incipiente independencia que la estructura financiera del Princi pa p a d o ib a a d o p t a n d o , r e s p e c t o a la s cambiantes actitudes de su primer res po p o n s a b l e . A c a s o é s t a se a la h e r e n c i a más importante legada por los Flavios a sus sucesores del siglo II. N e r v a a p e n a s p u d o e n d o s a ñ o s pla p la n t e a r s i q ui er a un p r o g r a m a de c o n trol del gasto público, aunque otras medidas de este emperador ponen en duda la sinceridad de aquella iniciati va. Su propagada austeridad no con cuerda con la creación de nuevas fuen tes de gastos públicos, como fue la I n s t i t u t i o A l i m e n t a r i a de Italia, por mucha justificación social que la sos tuviera, al al am par ar con los bajos réd i tos de préstamos agrarios a huérfanos y viudas de los municipios itálicos. Esta misma tendencia filantrópica pr p r e si de bu e n a p ar te de los r ein ei n a do s de los Antoninos, acaso como superficial contrapunto a la creciente demanda de recursos a los ciudadanos, de una ha cienda cada vez más agobiada para asumir todos los proyectos imperiales. Trajano inaugura la época de los em pe p e r a d o r e s f r ug ugaa le s y a u ste st e ro s del de l sigl si gloo II, actitud ésta más impuesta por las circunstancias que por un voluntaris mo político. La guerra y la administra ción se llevaron gran parte de los in gresos públicos y aún éstos resultaron insuficientes en la medida en que se abrían nuevos frentes militares. A cambio de esta paulatina hipote ca del estado, Trajano dio un paso más en el saneamiento de los meca nismos fiscales, único método de pre servar los ingresos y mantener la paz y el orden entre los súbditos. Incre mentó los límites exentos de la vicési m a h e r e d i t a t i u m y de los legados y herencias, renunciando a exigir el a u rum coronarium. Pese al buen funcio namiento de las instituciones y a la re nuncia de algunos ingresos como los citados, más simbólicos que sustan ciales, la sombra del déficit preocupó al emperador hasta su muerte, no pu-
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Las finanzas públicas del Estado romano en el Alto Imperio
diendo evitar el recurso a la devalua ción monetaria, un 15% en el denario, par p ar a pa lia li a r los lo s m o m e n t o s a dv er sos so s . Adriano representa un esfuerzo más en conciliar la doble imagen del esta do imperial, la faceta del estado filan trópico y promotor de liberalidades par p ar a el p u e b lo, lo , y la f ac e ta del de l e s t a d o cada vez más severo en sus exigencias tributarias y exactoras. Difícil misión que requirió la búsqueda de nuevas fuentes de ingresos, al objeto de no castigar más las tradicionales. En esta doble actitud, las finanzas de Adriano pr p r e s e n t a n la e v o l u c i ó n i n c o n g r u e n t e de dos actitudes antagónicas: conti nuación del evergetismo y la prodiga lidad, y aprovechamiento al máximo de todas las fuentes económicas sus ceptibles de generar ingresos que pa liaran el agobio del fi s c u s . En el primer plano, Adriano condo nó débitos fiscales de los municipios po p o r v a l o r de 9 0 0 . 0 0 0 . 0 0 0 H S , pero activó la recaudación de tasas olvida das y envió a las ciudades con hacien das en crisis a agentes interventores (ic u r a t o r e s r e i p u b l i c a e ) . Perdonó el aurum coronarium a Italia y lo redujo en provincias, gastando mucho dinero en obras públicas por todo el Imperio. En el segundo plano, Adriano profe sionalizó al máximo la estructura pro curatoria! a cargo de los equites, c o mo garantía del pleno rendimiento pe p e r c e p tiv ti v o . R e v i s ó los lo s c e n s o s del I m pe ri o c a da qu in c e a ño ños, s, e n c a r g a n d o de tal misión a sus procuradores, y pare ce que fueron creados nuevos impues tos, medidas que en conjunto lograron un equilibrio en el tesoro al final de su vida, pero con una estructura de gastos militares tan onerosa que difí cilmente podría ser mantenida por sus sucesores. Antonino Pío representa el último pe r í od o de a p og e o e c o n ó m ic o y e q u i librio de las finanzas del estado. Si Ti be ri o fue fu e el fiel fi el e j e c u to r de los p o s t u lados de Augusto, Antonino recoge la labor de saneamiento heredada de Adriano y se limita a utilizar los frutos
del esfuerzo político desplegado por su antecesor en pro de la estabilidad de la hacienda. Su reinado no se oscurece con gran des aventuras bélicas y, por unos años la voraz máquina de guerra permitió un respiro a las arcas públicas. Mode rado en sus gastos, frugal y austero hasta el punto de cubrir con su propio La crisis financiera del año 33 d. de C.:
“De ahí surgió una escasez de numera rio, al reclamar a un tiempo todas las deudas y porque habiendo sido tantas las condenas seguidas de subastas de bienes, la plata amonedada estaba re tenida por el fiscus o el aerarium. Ante ello, el senado había prescrito que ca da cual invirtiera en tierras de Italia los 2/3 del dinero prestado. Ahora bien, los acreedores reclamaban la totalidad y no resultaba decente para aquellos a quienes se reclamaba el hacer men guar su crédito, ... Las medidas que se habían arbitrado como remedios -la venta y la compra- se tornaban contra producentes puesto que los prestamis tas se habían guardado todo el dinero para comprar tierras. A la abundancia de ventas siguió la caída de los precios... El desfondamiento de los pa trimonios familiares estaba dando al traste con la dignidad y la reputación, cuando el César prestó su ayuda repar tiendo por las bancas 100.000.000 HS, autorizándose su préstamo sin intere ses durante tres años, si previamente el deudor ofrecía al aerarium del pueblo romano una garantía del doble en pre dios. Así se restauró el crédito y poco a poco se encontraron también presta mistas particulares”.
(Tácito, Arm A rm a les, le s, VI, 17, Ed. Gredos, trad. José L. Moralejo, Madrid, 1979).
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dinero particular los cada vez más f i s c u s , frecuentes descubiertos del fi Antonino Pío logra mantener el mis mo nivel de munificencia de sus pre decesores. En nueve ocasiones distri buyó bu yó dine di nero ro y trig tr igoo por po r un va lor lo r tota to tall de 800 denarios por cabeza, y muchos débitos tributarios de tiempos de Adriano fueron cancelados, en una ini ciativa que poco a poco se fue institu
cionalizando. Como Adriano, veló por las haciendas locales, reconociendo el importante papel que para la hacienda estatal el apoyo de los municipios re pres pr es e nta nt a ba. ba . Tanta moderación en el gasto públi co y, sobre todo, la fortuna de disfrutar de largos períodos de paz e inactividad en los frentes fronterizos, hicieron de este emperador el último de los que, al
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morir dejaban el tesoro en franco su per pe r ávit áv it.. Marco Aurelio no podía comenzar su gobierno con mejor augurio. Al acceder al trono disponía de 2.700.000.000 HS en el fi s c u s , cantidad igual a la que Ti be ri o le gó a C a yo yo.. Pe r o el r e in a do de Marco Aurelio presenta un empeora miento significativo de la situación fi nanciera. Guerras en las principales fronteras, terremotos desoladores en las pro p rovi vinc ncia ia s, pe río rí o do doss de ha m br e s se g ui ui dos de largos años de peste en Roma e Italia, riadas, etc., fueron funesto con trapunto de los dorados años de Anto nino Pío. Pese al continuo recorte de los gas tos en palacio, la casi cancelación de espectáculos financiados por la corona y la ausencia casi total de un programa de obras públicas, la hacienda imperial tuvo grandes problemas para atender sus necesidades. Comenzó a fallar el cumplimiento fiscal de los municipios y las más ricas provincias mostraron síntomas alarmantes de agotamiento económico. Sin este apoyo, las finan zas del estado entraron en la curva ha cia la bancarrota. Pese a un fuerte incremento del nú mero de funcionarios adscritos a las tareas recaudatorias, los ingresos no aumentaron y el estado comenzó a su frir los efectos adicionales de la exce siva burocratización de sus mecanis mos. En el 178 el emperador decretó una gran cancelación de deudas al f i s c u s y al a e r a r i u m , no como muestra de filantropía sino por la real imposi b i l i d a d de c o b r a r l a s . L a c o r t e t u v o que recurrir a la venta de parte de sus bie b ie n e s p a r a a l l e g a r d in e r o a las la s arc ar c a s. A pesar de todo, durante su gobierno s e r e p a r t i e r o n 7 0 0 . 0 0 0 . 0 0 0 H S e n congiaria. Actitudes anacrónicas co mo ésta justifican que al morir Marco Aurelio dejara el fi f i s c u s completamen te vacío. Comodo no fue el emperador que unas finanzas públicas en crisis nece sitaban en la Roma de finales del siglo II. Completamente ajeno a las tareas de
gobierno, acaso por consciencia de su incapacidad para frenar el rápido ca mino hacia el caos económico, Comodo se limitó a desplegar una po lítica doméstica en franca disposición de consumir los últimos recursos del estado. Volvieron los grandes espectá c u l o s a R o m a , r e m em o r á n d o s e co n nostalgia los años dorados de Claudic o Nerón, y hasta 10 nuevos procurado res fueron creados para dirigir 10 nue vos tipos de juegos públicos instaura dos ahora. Para sufragar los costes del despilfarro y boato de la corte, no se dudó en inventar nuevas contribucio nes que agravasen las cargas ya asumi das por los únicos grupos sociales sol ventes. Así, los senadores tuvieron que pag p ag a r 2 áu re os p or m i e m b r o f am ili il i a r y año, y los decuriones de los munici pios pi os,, 5 d ena en a rio ri o s. De nuevo se recurrió a las confisca ciones, a la venta de honores y por su pue p ue sto st o a la de v a l u ac ió n de la m on ed a, que ya había sufrido rebajas en su ale ación de oro o plata con Adriano y Marco Aurelio (10%). Pero los inme diatos efectos positivos de estas deva luaciones cada vez fueron más cortos, en una situación económica en la que la inflación, producto de las sucesivas devaluaciones, marcaba una clara de pr e c ia c ió n de la m o n e d a y el p a u la ti n o retorno a valores más seguros como eran los productos agrícolas. Tan sólo la estabilidad de los gastos militares al existir paz en las fronteras frenó, de momento, el avance hacia la ruina del estado.
3. Los Severos hasta la crisis del siglo m Desde Septimio Severo el denario su fre continuas devaluaciones que cul minan en el 260, en que aquella mo neda era ya mero cobre con un baño de plata. El recrudecimiento de las guerras hizo necesarios más ingresos p a r a m a n t e n e r a l o s a l r e d e d o r d e 200.000 soldados en armas, que, dis
46 tribuidos en 33 legiones, suponían un coste anual de unos 1.200.000.000 de narios. La política de confiscaciones a sus adversarios allegó importantes re cursos al nuevo órgano financiero, R e s P r i v a t a , pero aún así fue insufi ciente para equilibrar los gastos de la po p o d e r o s a m á q u i n a de g u e rr a de l e s t a do. Nuevos impuestos fueron levados y el recurso cada vez más utilizado de apelar a las contribuciones extraordi narias narias acabó por sembrar el pánico en tre las ciudades del Imperio. La desconfianza en la moneda trajo a un primer plano la validez de los pa gos en especie, y el anquilosamiento pr p r o g r e s i v o de la b u r o c r a c i a de l e s t a do, cada vez menos operativa y más descontrolada, dio paso a la aplica ción de los sistemas de requisas, sobre todo como justificación del suministro de las legiones en campaña. Cuando las fuentes de ingresos tradicionales mermaron sus rendimientos, el empe rador no vaciló en exigir contraparti das de servicios y prestaciones perso nales ( m u ñ e r a ) a los ciudadanos del Imperio. Cualquier fórmula se dio por válida si demostraba su eficacia a los intereses del fi s c u s . Con Caracalla los gastos del estado volvieron a amenazar bancarrota. De nuevo la moneda fue devaluada tras una estabilización artificial de la mis ma, al crearse el antoninianus, mone da de plata que pasaba a valer 2 dena rios de los antiguos, aún cuando su contenido en plata fuese tan sólo 2/3 del denario neroniano. El a u r e u s y a sólo tenía 1/3 de su contenido original de oro. Todo ello aceleró la espiral inflacionista, la subida de precios y la pé p é r d i d a de c o n f i a n z a e n la m o n e d a , e n pe p e r ju ic io del de l p o d e r a d q u is it i v o de los lo s ciudadanos. Los tributos tradicionales fueron doblados en sus tasas tradicionales - l a s vicesimae libertatis y hereditatium pasaron a ser d e c u m a e - y el a u rum coronarium y otras contribucio nes extraordinarias fueron exigidas regularmente, pasando a ser de hecho
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ingresos ordinarios. Se recaudó una annona en trigo o vestidos y manufac turas en Egipto - a n a b o l i c a e s p e c i e s pa p a r a los lo s ga s to s m il ita it a r e s. El número de contribuyentes de tri bu b u to s a f ec tos to s a la c o n d ic ió n d e c i u d a danos romanos se amplió al máximo, al conceder Caracalla en el 212 la c i vitas a todos los habitantes del Impe rio, a excepción, parece ser, de aque llos súbditos que tenían la condición de dediticii. Se puso enorme celo en asegurar la recaudación utilizando pa ra ello, junto a los procuradores, a la misma tropa legionaria, con lo que la tarea perceptora fue cada vez más una misión de despojo y rapiña institucio nalizada. La responsabilidad de la re caudación tributaria en cada munici pio pi o y en c a d a d i s t r i t o fu e a s ig n a d a a los d e c e m p r i m i , en Occidente, deca p r o t i e en Oriente, que designaba un censo de las diez primeras fortunas de cada villa, cuyas responsabilidades consistían en tener que cubrir las dife rencias fiscales entre el quantum orde nado a recaudar y lo realmente recau dado. El h o n o s de las magistraturas municipales pasó a convertirse en un m u n u s , al responder los decuriones con sus patrimonios particulares de cualquier déficit público, y cada vez se hizo más difícil configurar los cua dros dirigentes de la ciudad provin cial, por ausencia, cuando no huida, de los candidatos. A pesar de todo, Caracalla no dejó de repartir frecuentes donativa e in crementos de sueldos a las legiones. El caos financiero se hizo crónico y ninguno de los emperadores que si guieron, Macrino, Heliogábalo o Ale ja j a n d r o S e v e r o p u d i e r o n h a c e r n a d a , más que buscar los recursos para el diario sostenimiento de la corte, aban donando prácticamente cualquier polí tica financiera, por imposibilidad de aplicar la misma en las circunstancias vigentes. El Imperio quedaba abocado a la Gran Crisis que, gestada en el úl timo siglo, cubriría las décadas cen trales del siglo ni.
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