................................ ..................... ..................... ................................ .....................27 27 #(S'*#. E EL L 182 # %O.....................
............................... ..................... ...................... ..................... .................................................. ........................................ 33 Capítulo ':..................... I
EL 4E5 & L% NO$%6 EL %!/CLO ,II DEL !.P. DEL CÓDIO CI,IL & DEL ............................... ..................... ..................... ..................... ..................... ................ .....33 33 CÓDIO POCE"%L CI,IL.................... '.1 EL PINCIPIO DEL 77I% NO,I! NO,I! CI%88........................................34 '.2 EL %!/CLO ,II & EL PINCIPIO DE DIECCIÓN DEL POCE"O ...36 '.# EL %!/CLO ,II & EL O+4E!O DEL POCE"O ...................................38 '.' PINCIPIO I% NO,I! CI% & EL %!/CLO ,II ............................39 '.( EL PINCIPIO DE ECONO$I% POCE"%L & EL %!/CLO ,II ..........41 '.9 EL %!/CLO ,II & EL PINCIPIO DE EL%"!ICID%D O %DEC%CIÓN DE L%" 0O$%" POCE"%LE" % L%" E3IENCI%" ""!%N!I,%" ""!%N!I,%" DE L% ............................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ................................. ....................... 42 C%"% .................... '. CI!IC% ECON,EN"ION%L %L %!;CLO )I% NO,I! CI%* CI%* ....42 ............................... ..................... ...................... ..................... .................................................. ........................................ 44 Capítulo (:..................... ............................... ..................... ..................... ................44 .....44 "EN!ENCI%" DE L% CO!E "PE$% .................... ............................... ..................... ..................... ...................... ..................... ..................... .............. ...44 44 & 4I"PDENCI%..................... ................................ ..................... ..................... ..................... ........................................... ................................. 58 +I+LIO%0;% .....................
I
Capítulo I: Consideraciones preliminares
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1 .La Pretensión El instituto de la pretensión tiene sus raíces ?ura de la intentio, contenido de la =órmula6 @ue consistía en una instrucción escrita con la @ue el ma?istrado nomAraAa al Bue >BaAa los elementos soAre los cuales este deAería =undar su Buicio. Pero las instit instituci ucione oness proces procesale aless ro roman manas as durmie durmieron ron durant durante e si?los =ue así como6 despus del si?lo ,I6 cuando 4"!INI%NO codi>có la Burisprudencia romana estaAleció la procación6 su desarrollo se estancó para reFiFir solo en el si?lo 3II6 cuando Arilla la escuela de +olonia con INEIO a la caAea despus6 solamente en %lemania6 en el si?lo 3I36 con los estudios nalmente lo entre?ó realiado como típica >?ura del derec
LEO
O"EN+E
en
Italia
con
0%NCE"CO
C%NEL C%NEL!! !!I6 I6 en su traAaBo traAaBo contin continuan uando do de la elaAor elaAoraci ación ón a partir de lasd teorías aAstractas de la acción. La idea acerca de si la acción es o no independiente del derec
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GIND GIND"C "CE EID ID a inde indepe pend ndi iar ar los los tres tres conc concep epto tos: s: dere derec< cn. Es sola solame ment nte e a parti partirr de las teor teoría íass aAst aAstra ract ctas as de la acció acción n cuando el instituto de la pretensión procesal lo?ra autonomía conc concep eptu tual al se inic inicia ia el Ferd Ferdade adero ro desa desarr rrol ollo lo cien cientí tí>c >co o del del mismo. Las Las teor teoría íass conc concre reta tas6 s6 por por lo demH demHs6 s6 intr introd oduc ucen en una una nueF nueFa a con=usión al acudir al concepto de demanda6 al cual atriAuen las cual cualid idade adess trat tratam amie ient ntos os @ue @ue conF conFie iene nen n a la pret preten ensi sión ón.. %l aludir a la demanda estas teorías eMpresan @ue ella es en realidad un trmino muc i>ca cado do para parale lelo lo @ue @ue @uep @uepa a al trm trmin ino o dema demand nda a =ren =rente te al trm trmin ino o pret preten ensi sión ón66 puede puede eMpr eMpres esar arse se ?rH> ?rH>ca came ment nte e con con el sími símill @ue @ue corresponde a la carta @ue contiene el mensaBe6 para reclamar ale?óricamente a la demanda @ue conten?a la pretensión. Pero de tal tal mane manera ra @ue @ue la escu escuel ela a conc concre reta ta de la acci acción ón nitiFo del proceso6 el oABeto mismo del proceso de la pretensión procesal apenas un capítulo de la demanda. %l paso @ue la escuela aAstracta eri?e como instituto de esencia en el proceso el de la pretensión procesal conserFa el trmino demanda6 en las le?islaciones positiFas ciFiles6 laAorales contencioso-administratiFas6 contencioso-administratiFas6 para si?ni>car apenas ese primer acto procesal de parte @ue ori?ina un proceso @ue contiene la pretensión. Pero de tal manera @ue aun cuando la demanda se presentara como el continente @ue en su seno conBunta muc?uratiFa
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de la misma eMpresando @ue ella era pura potencia 6 e=ec e=ecti tiFa Fame ment nte6 e6 la acci acción ón se mues muestr tra a como como esa esa posi posiAi Aili lidad dad de reali ealia arr todos dos los act actos6 os6 o situ situac acio ion nes proc proces esal ales es66 com como mate materi rial ali iac ació ión n de ese ese dere derec< c
se cons consttitu itue e
como como mate aterial riali iac ació ión n
del del der derec< ec
aAst aAstra ract cto o de acci acción ón.. La dema demand nda a en el proc proces eso o @ue @ue sirF sirFe e al derecrmarse @ue la pretensión Fa diri?ida contra el demandado6 mientras @ue en las declaratiFas de declaración constitutiFa6 la pretensión se =ormula =rente al demandado. En el proc proces eso o @ue @ue sirF sirFe e al dere derec< cscal6 el acto @ue contiene la pretensión punitiFa. Pero esta distinción taBante @ue intenta plantear el traAaBo entre los tres conceptos procesales6 a saAerK acción6 pretensión
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procesal demanda6 no es aceptada por todos los doctrinantes6 como como se diBer diBeraK aK adem ademHs Hs de la escu escuel ela a conc concre reta ta de la acci acción ón66 disc discre repa pa de ello ello el ?ran ?ran "%L "%L,%!OE !OE "%!! "%!!%6 %6 @uie @uien n soAr soAre e el partic particula ularr así se eMpres eMpresa: a: )L )La a acción acción cierta ciertamen mente te implic implica a una pretensión nadie
respecto
conFiene
tamAin
recordar
a
ENICO
EDE EDEN! N!I6 I6 @uie @uien n esta estaAl Alec ecie iera ra @ue @ue )con )con la acci acción ón Qact QactiF iFid idad ad procesalR6 se propone al Bue la acción QpretensiónR6 el dirH sí eMiste la acción Qderece re>ere ren n a los los mJltiples si?ni>cados de la palaAra actio: e@uiFale a la totalidad de un proce procedim dimie ient nto: o: el de las acti actio o legi legiss compuesto por una serie de accionesK puede si?ni>car tamAin una parte de los actos de esa seri serie e en el anti anti?u ?uo o r?i r?ime men n de las actio legis6 legis6 a@uella parte del procedimiento @ue se desarrollaAa ante el pretor6 como =ase in ius6 ius6 o mera =ase =ormal del proceso. Actio proceso. Actio66 es tamAin para los los ro roma mano noss la =órm =órmul ula6 a6 en el proc proced edim imie ient nto o =orm =ormul ulari arioK oK esa esa indicación @ue el pretor redactaAa en la cual condensaAa los eMtr eMtrem emos os @ue @ue deAí deAía a decid decidir ir el iudex arbitro6 arbitro6 al mismo @ue l asi? asi?na naAa Aa el cono conoci cim mien iento del del =ondo ondo del del asun asuntto. & es actio6 actio6 tamAin la intentio o intentio o contenido de la =órmula. La actio para los romanos es entonces una =ase del procedimiento6 o el mismo derec
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por Jltimo6 en la comparecencia directa ante el ma?istrado en procura de tutela Burídica. La doctrina moderna en ?eneral6 pese a los matices de impo import rtan anci cia a @ue @ue le conc conced edan an66 acep acepta ta la disti distinc nció ión n entr entre e los los conceptos de pretensión de acción en los modernos códi?os procesales6 tanto ciFiles como penales6 se alude eMpresamente al trmino pretensión6 como al acto de reclamo concreto6 a la par @ue de acción acción66 como como de derec< derec
@uerer
@ue
se
=ormula
como
deprecación
re=erida
concretamente a un derecne la pretensión como la eMi?encia de @ue un inters aBeno se suAordine al propio. O"EN+E6
como
la
petición
diri?ida ?ida a
oAtener
una
declaración susceptiAle de la autoridad de la cosa Bu?ada6 de una consec consecuen uencia cia Burídi Burídica ca @ue se caract caracteri eria a por la solici solicitud tud presentada en cuanto sea necesario por las circunstancias de
QUINTERO, Beatriz y PRIETO, Eue!i". Te"r#a Te"r#a $e!era% &e% Pr"'e(". E&it"ria% Te)i( Te)i( *.+., 3 E&i'i-!, B""t, 2000. P. P. 256.
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sostiene el concepto de la pretensión es eMtrao a la anti?ua teoría @ue lo @ue caAa como derec
en
los
cons consid ide eraci ració ón
linderos
del
ri?u ri?urrosam osame ente nte
derec
procesal: resul esulta ta
para
una
nec necesar esario io
aAandonar a la doctrina del derecrmando @ue lo importante es centrar6 en camAio6 el tema en el estudio del acto al cual estH condicionado el proceso6 como nomAre adecuado6 %"P le endil?a el cali>catiFo de pretensión procesal. La misma6 la de>ne como como la decl declar arac ació ión n de Folu Folunt ntad ad en la @ue @ue se soli solici cita ta una una actuación del ór?ano Burisdiccional =rente a persona determinada distinta del autor de la declaración. Por@ue @ue los los sím símile iles con contriAu riAue en n a la inte intelli?e i?encia ncia de conc concep epto toss
espe especi cial alme ment nte e
teór teóric icos os66 perm permít ítas asen enos os uno uno
para para
eMplicar cómo el derec
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1.1.2.-
NOCIÓN DE PE!EN"IÓN: El pro=esor espaol 4aime %"P6 sostiene @ue el concepto
de acci acción ón deAe deAe ser ser elaA elaAor orad ado o =uer =uera a del del HmAi HmAito to del del dere derec< cne como: )na declaración de Foluntad6 en la @ue se solicita una actuación del ór?ano Burisdiccional =rente a persona determinada distinta del autor de la declaración*2. %simismo6 si?uiendo a DE,I" EC%ND/% puede de>nirse de>nirse la pretensión así: )el e=ecto Burídico concreto @ue el demandante Qen los procesos ciFiles6 laAorales contenciosos-administratiFosR contenciosos-administratiFosR o el @uerel @uerellan lante te o denunc denuncian iante te el Estado Estado a traFs traFs del Bue Bue o del >sca >s cal6 l6 se?J se?Jn n el sist sistem ema a Fi?e Fi?ent nte e Qen Qen los los proc proces esos os pena penale lesR sR66 persi?uen con el proceso6 e=ecto al cual se @uiere Fincular al demandado Qsi lo nido la pretensión6 es conFeniente estudiar su naturalea oABeto6 a @ue esta noción interFiene en el estudio de institutos procesales tan importantes como los de la demanda6 cosa