INSTRUCTIVO DE APLICACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, REGIONAL Y MUNICIPAL DERECHOS DE LOS TRABAJADORES: SAGRADOS PARA LA REVOLUCIÓN PROTECCIÓN AL PUEBLO
CRITERIOS GENERALES A APLICAR EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, REGIONAL Y MUNICIPAL 1.
SOBREE SAL SOBR SALAR ARIO IO MÍNI MÍNIMO MO Y TAB TABLA LASS SALA SALARI RIAL ALES ES:: a) El salario salario de arranqu arranque e es el salario salario mínimo. mínimo. No se gener generan an multiplic multiplicador adores es o arranque arranquess en múltiplos de éste. b) Se estable establecen cen las tablas tablas 1 y 2 anexas anexas como como parám parámetr etro o único único de aplicación aplicación para para toda toda la administración pública nacional, regional y municipal, así como entes adscritos (institutos, fundaciones, y demás instituciones no amparadas en convenciones colectivas). 2. SOBRE SOBRE LOS LOS CONC CONCEP EPTO TOSS QUE QUE APLIC APLICAN AN PAR PARA A LA LA ESTIM ESTIMAC ACIÓN IÓN DEL INGRE INGRESO: SO: a) Se proced procede e a salariza salarizarr todos todos los bonos, bonos, primas, primas, compen compensacio saciones nes y demás demás concep conceptos tos asociados a variantes de guerra, en la nueva base salarial de protección, en la reconversión, del salario mínimo. De la misma forma, los bonos de temporalidad no mensual no establecidos en convenciones colectivas o marco legal. b) Se mantien mantienen en como como conceptos conceptos de perio periodicid dicidad ad mensual, mensual, exclusi exclusivame vament nte, e, los asociados a antigüedad y profesionalización con los parámetros descritos en las tablas 3 y 4 anexas. c) En los los casos casos que proceda, proceda, se aplica aplicará rá la la prima prima por hijo equiv equivalen alente te a BsS 90. 90.
TABLA 1 SISTEMA DE REMUNERACIONES DE LAS FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
GRUPOS O CLASES DE CARGOS
NIVELES O RANGOS DE SUELDOS MENSUALES I
II
II
IV
V
VI
VII
PERSONAL ADMINISTRATIVO O BACHILLERES BI BII BIII
1.800,00 1.818,00 1.836,00 1.854,00 1.872,00 1.890,00 1.908,00 1.926,00 1.944,00 1.962,00 1.980,00 1.998,00 2.016,00 2.034,00 2.052,00 2.070,00 2.088,00 2.106,00 2.124,00 2.142,00 2.160,00 PERSONAL TECNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO
TI TII
2.178,00 2.196,00 2.214,00 2.232,00 2.250,00 2.268,00 2.286,00 2.304,00 2.322,00 2.340,00 2.358,00 2.376,00 2.394,00 2.412,00 PERSONAL PROFESIONAL UNIVERSITARIO
PI PII
2.430,00 2.448,00 2.466,00 2.484,00 2.502,00 2.520,00 2.538,00 2.556,00 2.574,00 2.592,00 2.610,00 2.628,00 2.646,00 2.664,00
TABLA 2 SISTEMA DE REMUNERACIONES DE LAS OBRERAS Y OBREROS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
GRADO
MINIMO
MAXIMO
1
1.800,00
1.827,00
2
1.854,00
1.881,00
3
1.908,00
1.935,00
4
1.962,00
1.989,00
5
2.016,00
2.043,00
6
2.070,00
2.097,00
7
2.124,00
2.151,00
8
2.178,00
2.205,00
9
2.232,00
2.259,00
NO CALIFICADOS
CALIFICADOS
TABLA 3 PRIMA DE PROFESIONALIZACIÓN
El valor económico de la Prima de Profesionalización será el siguiente: GRADO DE INSTRUCCIÓN
TÉCNICO UNIVERSITARIO PROFESIONAL
SUPERIOR
PORCENTAJE
12% 14%
ESPECIALISTA
16%
MAESTRÍA
18%
DOCTOR
20%
Este porcentaje calculará sobre el sueldo correspondiente a la ubicación de los cargos en la Escala de Sueldos y Salarios para la Administración Pública y
TABLA 4 PRIMA DE ANTIGÜEDAD
El valor económico de la Prima de Antigüedad Antigüedad será el siguiente: AÑOS DE SERVICIO
%
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
1% 2% 3% 4% 5% 6,2% 7,4% 8,6% 9,8% 11% 12,4% 13,8%
AÑOS DE SERVICIO 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 EN ADELANTE
% 15,2% 16,6% 18% 19,6% 21,2% 22,8% 24,4% 26% 27,8% 29,6% 30%
Este porcentaje calculará sobre el sueldo correspondiente a la ubicación de los cargos en la