ICONTERMS 1.990, 2.000 Y 2.010
LINA MARÍA ACEVEDO GIRALDO CÒDIGO 21102330
PROFESOR CARLOS GREGORIO MENA MOSQUERA
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA AUTÓNOMA DE LAS AMÉRICAS FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS INGENIERÍA ADMINISTRATIVA DISTRIBUCIÓN FÍSICA INTERNACIONAL MEDELLÍN 2.012
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ICONTERMS 1.990, 2.000 Y 2.010
COMPARACIONES Y DEFIRENCIAS ENTRE LOS INCOTERMS 1.990 Y LOS INCOTERMS 2.000 1.990 2.000 EXW Ex Works, en Fábrica Definición:
Definición:
Se define el término, indicando las obligaciones de las partes y la recomendación de hacer uso del FCA en caso de que el comprador se vea imposibilitado de hacer las formalidades de exportación, sea, directa o indirectamente
Debido a los cuestionamientos presentados por diversos comités nacionales con relación a la extensión de las obligaciones del vendedor para asumir los gastos de cargar la mercancía al transporte; se ha incluido un párrafo indicando que en dichos casos, se deberá establecer dicha obligación en el contrato de compraventa. En cuanto al uso del FCA, se agrega que se hará uso de dicho término ―... siempre que el vendedor consienta cargar a su costo y riesgo‖. B4 Recepción de la entrega:
Se señala que el comprador debe B4 Recepción de la entrega:
―recibir‖ la entrega de las mercancías
cuando hayan sido entregadas de Se señala únicamente que el comprador conformidad con A4 y A7 / B7‖ . se hará cargo de la entrega tan pronto Así, es responsabilidad del comprador como haya sido puesta a su disposición, hacerse cargo de la mercancía previo de acuerdo a lo establecido en A4. aviso del vendedor, estando dicha obligación contenida en A7 (Aviso al comprador) y B7 (Aviso al vendedor).
FCA Free Carrier, Franco Transportista Definición:
Definición:
Se incluían una serie de definiciones que Las definiciones de ―terminal de respondían a las diversas formas de transporte‖ y container han sido entrega dependientes del tipo de suprimidas pues se entendía que 2
transporte. Entre ellas, aparte de la limitaba la posibilidad de los usuarios de definición de ― transportista‖, se indicaba hacer uso de formas distintas a las lo que se entendía por ―ter minal de señaladas. transporte‖, y container Asimismo, se ha evitado hacer uso de ejemplos con relación a ―la persona diversa del transportista‖ (la versión 1990 habla de ―transitorio‖ o persona ―que no sea transportista‖) .
Se eliminan así los diferentes modos de transporte en FCA A4 de los Incoterms 1990 no se repiten en los Incoterms 2000. A3 Contrato de transporte y seguro: Contrato de Transporte
No existe obligación, sin embargo, si es requerido por el comprador o es práctica comercial y el comprador no da instrucciones en sentido contrario con la debida antelación, el vendedor puede controlar el transporte en las condiciones usuales, a riesgo y expensas del comprador.
A3 Contrato de transporte y seguro:
Se mantiene la posibilidad de que el vendedor contrate el transporte si ello es requerido por el comprador o es acorde a la práctica comercial.
A4 Entrega:
En cuanto al momento en que se produce la entrega, la versión 1990 señalaba en forma taxativa el punto en que la entrega al transportista se completa o concluye, dependiendo del tipo de transporte utilizado: ferroviario (haciendo la diferencia si la mercancía ocupa o no el vagón entero o container transportado por ferrocarril), por carretera (diferenciando si se hace la entrega en el domicilio del vendedor o del transportista) y vías navegables interiores (diferenciando si se hace la entrega en el domicilio del vendedor o del transportista).
A4 Entrega:
En los nuevos Incoterms se establece que, si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor, éste asume la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga.
FAS Free Alongside Ship, Franco al Costado del Buque Definición: Definición: En la definición se alude a ―... entrega La definición
del término ha sido 3
cuando la mercancía ha sido colocada al costado del buque, sobre muelle o en barcazas, en el puerto de embarque convenido‖.
simplificada, señalándose que la entrega se entiende producida ―... cuando las mercancías son colocadas al costado del buque en el puerto de embarque convenido‖, no interesando por tanto si la entrega se produce sobre muelle o barcazas, la modalidad dependerá del acuerdo entre las partes. A2 licencias, autorizaciones y formalidades:
En cuanto al despacho de las mercancías para la exportación, se ha producido un cambio sustancial en A2 licencias, autorizaciones consideración a la práctica actual, y formalidades: debido a que el vendedor —y no el El comprador es quien asume el comprador como establecía la versión despacho de la mercancía en aduana 1990— quien normalmente asumía para la exportación. estos costos, por lo que en los lncoterms 2000 es el vendedor quien se encargará del despacho de las mercancías para la exportación. Este cambio se señala también en el preámbulo en letras mayúsculas. A6 Reparto de gastos:
Se señalaba que, de acuerdo al reparto de gastos señalados en B6, se procederá a pagar todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4.
A6 Reparto de gastos:
Se señala en el reparto de gastos que los costos de trámites y derechos de exportación corresponden al vendedor. Esto añade un costo al FAS antes inexistente.
FOB Free on Board, Franco a Bordo Definición:
Definición:
Se hacía referencia a que, en el caso de que ―... la borda no revistiera ningún fin práctico, como en el caso del tráfico rollon / roll-off o en el contenerizado, es preferible utilizar el término FCA‖.
Se elimina el uso de los términos roll-on / roll-off y de ― contenerizado‖ ; toda vez que hablar de falta de fin práctico no era lo más ajustado a la práctica usual, sino que más bien la entrega no se producía pasando la borda del buque porque en el FCA el punto de entrega es en un lugar anterior a ésta. Así, el párrafo relativo a la recomendación del uso del FCA, ha quedado como sigue: ―Sí las partes no desean entregar las mercancías a 4
través de la borda del buque, debe usarse el término FCA‖.
CFR / CIF Cost and Freight, Coste y Flete / Cost, insurance and freight, Coste, Seguro y Flete
A8 Prueba de la entrega (documento de transporte mensaje electrónico equivalente):
El vendedor se obliga a proporcionar una copia, de la póliza de fletamento, siempre que el documento de transporte (por lo general el conocimiento de embarque) contuviera una referencia a la póliza dé fletamento.
A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente:
La práctica ha demostrado que la entrega de la póliza de fletamento ha ocasionado serios problemas, sobre todo cuando el medio de pago utilizado era la carta de crédito. La obligación de hacer entrega de la póliza de fletamento ha sido suprimida, a fin de facilitar el trámite documentario de la operación para el vendedor. Aquí entra a tallar el uso del término ―usual‖ para que se configure la prueba de la entrega documentaria.
CIP / CPT Carriage and Insurance Paid, Transporte y Seguros Pagados Hasta / Carriage Paid to, Transporte Pagado Hasta. Definición:
Se señala una definición más completa —repitiendo la definición del CPT e incluyendo la definición de Definición: ―transportista‖— y haciendo referencia a Se hacía referencia a las obligaciones en la parte introductoria en cuanto al pago CPT (que es el término CIP sin pago de del seguro (cobertura mínima). Se seguro) señala además que, en que caso de que el comprador deseara una cobertura mayor del seguro, necesita acordarlo con el vendedor o contratar su propio seguro adicional.
DAF Delivered at Frontier, Entregado en Frontera Definición:
Los nuevos Incoterms precisan en el El término fue pensado para ―entrega en último párrafo que su uso frontera‖, señalando que el uso del corresponderá únicamente en caso la mismo se daba independientemente del frontera sea terrestre, correspondiendo medio de transporte utilizado. hacer uso de los términos DES o DEQ en caso de que la entrega se produzca Definición:
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en el puerto de destino, a bordo de un buque o en un muelle (desembarcadero). Se deja el DAF únicamente para el transporte terrestre. Esto se debe a la práctica comercial internacional adquirida con el uso de la versión 1990, en donde los usuarios no hacían un uso frecuente del DAF; sin embargo, debido a su uso en Latinoamérica, se decidió mantenerlo pero únicamente para el uso de transporte terrestre. A4 Entrega: A4 Entrega:
Se señala que ésta se produce colocando la mercancía a disposición del comprador, en el lugar mencionado de entrega en la frontera, en la fecha o dentro de plazo estipulado.
Se aclara que la mercancía debe entregarse no descargada antes del despacho de importación. Si se desea asumir la responsabilidad de la descarga, incluyendo riesgos y costos, debe señalarse en el contrato de compraventa.
DES Delivered Ex Ship, Entrega Sobre Buque Definición:
Se hace la precisión del uso del DEQ en caso las partes decidan que sea el vendedor quien asuma los costos y Definición: riesgos de descargar las mercancías. Se hace alusión únicamente al contenido En cuanto al uso del medio de de las obligaciones del término. transporte, se añade que la entrega se podrá realizar ―... o por un transporte multimodal a bordo de un buque de destino‖.
DEQ Delivered Ex Quay, Entrega Sobre Muelle, Derechos Pagados Definición:
Definición:
La versión 1990 señalaba que el vendedor se encargaba del despacho de las mercancías para la importación y que se encargue del pago de todos los trámites, derechos, impuestos y demás cargas de la importación.
Las dificultades que se presentaban en el término FAS también se presentaban en el término DEQ en cuanto a responsabilizar al vendedor de todo gasto por concepto de la realización de la importación.
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades:
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades:
Se señala que el comprador El comprador obtendrá, a su propio proporcionará al vendedor, a petición, riesgo y costos, la licencia de 6
riesgo y expensas de éste, la ayuda precisa para conseguir cualquier licencia de importación u otra autorización oficial necesarias para la importación de la mercancía.
importación y realizar los trámites correspondientes. Si se desea que esta responsabilidad sea del vendedor, se señalará en el contrato de compraventa.
B6 Reparto de gastos:
B6 Reparto de gastos:
La versión 1990 señalaba al vendedor como encargado de los gastos relativos a la realización del despacho de importación.
Los nuevos Incoterms establecen que quien se hará cargo de los gastos relativos a la realización del despacho de importación será el comprador.
DDU Delivered Duty Unpaid, Entrega Derechos no Pagados Definición:
Definición:
Más allá de la definición del término, se busca orientar a los usuarios dando pautas de la correcta aplicación. En ese sentido, se ha agregado al último párrafo lo siguiente: ―Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, pero cuando se la entrega deba tener lugar en el puerto de destino a bordo del buque o en el muelle (desembarcadero) deben usarse
Se circunscribe al uso del término y el los términos DES o DEQ‖. contenido del mismo, señalando el tipo Así, se desea que el vendedor realice de transporte en el que se utiliza y los trámites de importación asumiendo gastos que se incluyen. costos y riesgos, deben señalarse en el contrato de compraventa, no añadiendo palabras al término DDU, tal como se indicaba en los lncoterms 1990. Si se desea que el vendedor asuma gastos adicionales como IVA (IGV), deben incluirse en el contrato de compraventa y no añadirse en el término, como se indicaba en los lncoterms 1990 (―IVA pagado‖ ).
DDP Delivered Duty Paid, Entrega Derechos Pagados Definición:
Definición:
Se recurre a la advertencia a los Únicamente se da la definición del usuarios del término, incluyendo un término, pero no hace referencia a último párrafo con relación al uso del alternativas en caso las partes quieran DDU: ―Si las partes desean que el agregar obligaciones a las establecidas. comprador asuma todos los riesgos y 7
costes de la importación, debe usarse el término DDU‖. En caso se desee excluir al vendedor de algún pago de la importación (IVA / IGV), debe señalarse en el contrato de compraventa y no agregarse al término, como recomendaban los lncoterms 1990 (―IVA no pagado‖) . Se aplica a todo medio de transporte, pero, si la entrega tiene lugar en un punto de destino a bordo del buque o en el muelle, debe usarse DES o DEQ. A parte de las diferencias anteriores, se puede decir que para el 2.000, los Incoterms fueron más estrictos con el vendedor, porque le delegó más responsabilidades que al comprador, obligándolo a comprometerse mucho más con la mercancía que envía a sus diferentes clientes. Por ejemplo con los contratos de compraventa, al vendedor le corresponde asumir los despachos y en algunas ocasiones el comprador debe de consultar al vendedor, sobre todo en la parte de seguro, por cuánto piensa asegurar la mercancía y que éste lo apruebe. Los cambios más significativos se dan en dos áreas: Las obligaciones de despachar las aduanas y pagar los derechos en condiciones FAS y DEQ, y en las obligaciones de cargar y descargar en condiciones FCA.
COMPARACIONES Y DEFIRENCIAS ENTRE LOS INCOTERMS 2.000 Y LOS INCOTERMS 2.010 2.000 2.010 EXW Ex Works, en Fábrica Definición:
Definición:
Debido a los cuestionamientos presentados por diversos comités nacionales con relación a la extensión de las obligaciones del vendedor para asumir los gastos de cargar la mercancía al transporte; se ha incluido un párrafo indicando que en dichos casos, se deberá establecer dicha obligación en el
Se ha incluido un párrafo que aclara: El término puede emplearse independiente del modo de transporte y que además puede utilizarse en más de un medio de transporte. En cuanto al lugar de entrega convenido se establece que las partes deben especificar el punto dentro del lugar 8
contrato de compraventa. En cuanto al uso del FCA, se agrega que se hará uso de dicho término ―... siempre que el vendedor consienta cargar a su costo y riesgo‖.
de entrega, puesto que los costos y riesgos hasta ese punto corren por cuenta del vendedor. Debido a que el vendedor no tiene la obligación de cargarle la mercadería al comprador se mantiene la recomendación de utilizar el FCA, siempre que el vendedor consienta cargar a su coste y riesgo.
B4 Recepción de la entrega:
B4 Recepción de la entrega:
Se señala que el comprador debe
Se señala que el comprador debe ―recibir‖ la entrega de las mercancías "recibir" la entrega de las mercancías cuando hayan sido entregadas de cuando A4 y A7 se han cumplido. Por conformidad con A4 y A7 / B7‖. tanto, es responsabilidad del Así, es responsabilidad del comprador comprador hacerse cargo de la hacerse cargo de la mercancía previo mercancía previo aviso del vendedor, aviso del vendedor, estando dicha estando dicha obligación contenida en obligación contenida en A7 (Aviso al A7 (Aviso al comprador) y B7 (Aviso comprador) y B7 (Aviso al vendedor). al vendedor).
FCA Free Carrier, Franco Transportista Definición: Las definiciones de ―terminal de transporte‖ y container han sido Definición :
suprimidas pues se entendía que limitaba la posibilidad de los usuarios de hacer uso de formas distintas a las señaladas. Asimismo, se ha evitado hacer uso de ejemplos con relación a ―la persona diversa del transportista‖ (la versión 1990 habla de ―transitorio‖ o persona ―que no sea transportista‖) .
Se eliminan así los diferentes modos de transporte en FCA A4 de los Incoterms 1990 no se repiten en los Incoterms 2000.
El término FCA hace referencia a un Incoterm polivalente y, posiblemente, al más flexible de todos los lncoterms 2010, ya que permite pactar distintos puntos de entrega de la mercancía; exige al vendedor despachar las mercancías para la exportación, cuando proceda. Sin embargo, no tiene la obligación de despachar las mercancías para su importación ni llevar a cabo ninguna formalidad aduanera relacionada a la importación.
A3 Contrato de transporte y seguro:
A3 Contrato de transporte y seguro:
Se mantiene la posibilidad de que el
Se mantiene la posibilidad de que el 9
vendedor contrate el transporte si ello es requerido por el comprador o es acorde a la práctica comercial A4 Entrega. En los nuevos lncoterms se establece que, si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor, éste asume la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga.
vendedor contrate el transporte si ello es requerido por el comprador o es acorde a la práctica comercial A4 Entrega. En los nuevos lncoterms 2010 se establece que, el vendedor no puede obligar al comprador a contratar seguro, pero debe proporcionar al comprador a riesgo y expensas de este, toda la información que el comprador requiera para obtener un seguro.
CIP / CPT Carriage and Insurance Paid, Transporte y Seguros Pagados Hasta / Carriage Paid to, Transporte Pagado Hasta. Definición:
Se señala una definición más completa repitiendo la definición del CPT e incluyendo la definición de "Transportista"- y haciendo referencia a la parte introductoria en cuanto al pago del seguro (cobertura mínima). Se señala además que, en caso el comprador deseara una cobertura mayor del seguro, necesita acordarlo con el vendedor o contratar su propio seguro adicional.
Definición :
Prácticamente se mantiene la misma definición, pero con una explicación más amplia y detallada.
DAT Delivered At Terminal, Entregado en Terminal Definición:
Los nuevos lncoterms 2010 precisan que ―Entregado en la Terminal‖ de
Definición:
El término no existía en esta versión.
transporte, significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador, sin despachar de aduana para la importación, en la terminal (puerto o lugar) de transporte convenida en el país de destino. Sin embargo, si las partes desean incluir en las obligaciones del vendedor riesgos y costes de la manipulación de la mercancía desde la terminal de transporte a otro lugar (almacén, fábrica, etc.) dentro o fuera de la terminal de transporte, se recomienda utilizar los términos DAP o DDP. 10
DAP Delivered At Place, Entregado en un Punto Definición:
Los nuevos lncoterms 2010 precisan que ―Entregado en un Punto‖ significa
Definición :
El término no existía en esta versión.
que el vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, no despachada de aduana para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido. Permite situar el momento de entrega en un punto convenido en el país de destino, Es ideal para régimen de carga completo ya que la des-consolidación de la unidad de carga se produce en los almacenes o fábrica del comprador. Cuando este punto sea una terminal de transporte el término apropiado es el DAT.
DDP Delivered Duty Paid, Entrega Derechos Pagados Definición: Definición : Se recurre a la advertencia a los ―Entregado, derechos pagados‖, usuarios del término, incluyendo un significa que el vendedor realiza la último párrafo con relación al uso del entrega de la mercancía al comprador, DDU: ―Si las partes desean que el despachada para la importación, y no comprador asuma todos los riesgos y descargada de los medios de transporte costes de la importación, debe usarse el a su llegada al lugar de destino término DDU‖. convenido. Mientras que el término En caso se desee excluir al vendedor de EXW representa la menor obligación algún pago de la importación (IVA / IGV), para el vendedor, DDP representa la debe señalarse en el contrato de obligación máxima. Este término no compraventa y no agregarse al término, debe usarse si el vendedor no puede, como recomendaban los lncoterms 1990 directa ni indirectamente, obtener la (―IVA no pagado‖). licencia de importación. Si las partes Se aplica a todo medio de transporte, desean que el comprador asuma todos pero, si la entrega tiene lugar en un los riesgos y costes de la importación, punto de destino a bordo del buque o en debe usarse el término DAP. el muelle, debe usarse DES o DEQ. FAS Free Alongside Ship, Franco al Costado del Buque Definición:
Definición:
La definición del término ha sido
Prácticamente se mantiene la misma 11
simplificada, señalándose que la entrega se entiende producida "(...) cuando las mercancías son colocadas al costado del buque en el puerto de embarque convenido", no interesando por tanto si la entrega se produce sobre muelle o barcazas, la modalidad dependerá del acuerdo entre las partes.
definición, pero con una explicación más amplia y detallada. Sin embargo, se ha agregado un párrafo indicando la obligación del vendedor de entregar la mercadería al costado del buque o por haber adquirido las mismas ya entregadas o embarcadas, entendiéndose la expresión ―haber adquirido‖ en razón de la aptitud de las
mercancías para múltiples ventas sucesivas, modalidad común en el comercio de mercancías. El término FAS sólo puede utilizarse en el transporte marítimo o fluvial, por lo que no debe utilizarse en otros modos de transporte ni en ninguna combinación de ellos, aunque el primer transporte sea marítimo. A2 licencias, formalidades:
autorizaciones
y
En cuanto al despacho de las mercancías para la exportación, se ha producido un cambio sustancial en consideración a la práctica actual, debido a que el vendedor -y no el comprador como establecía la versión 1990- quien normalmente asumía estos costos, por lo que en los lncoterms 2000 es el vendedor quien se encargará del despacho de las mercancías para la exportación. Este cambio se señala también en el Preámbulo en letras mayúsculas.
A2 licencias, formalidades:
autorizaciones
y
Se mantiene lo establecido en los Incoterms 2000.
A6 Reparto de gastos:
Se señala en el reparto de gastos que A6 Reparto de gastos: los costos de trámites y derechos de Se mantiene lo establecido en los exportación corresponden al vendedor. Incoterms 2000. Esto añade un costo al FAS antes inexistente.
FOB Free on Board, Franco a Bordo Definición:
Definición:
Se elimina el uso de los términos "roll-on Prácticamente se mantiene la misma 12
/ roll-off y de "contenerizado"; toda vez que hablar de falta de fin práctico no era lo más ajustado a la práctica usual, sino que más bien la entrega no se producía pasando la borda del buque porque en el FCA el punto de entrega es en un lugar anterior a ésta. Así, el párrafo relativo a la recomendación del uso del FCA, ha quedado como sigue:"Si las partes no
definición, pero con una explicación más amplia y detallada; sin embargo, se ha agregado un párrafo indicando la obligación del vendedor de entregar la mercadería al costado del buque o por haber adquirido las mismas ya entregadas o embarcadas, entendiéndose la expresión ―haber adquirido‖ en razón de la aptitud de las
desean entregar las mercancías a mercancías para múltiples ventas través de la borda del buque, debe sucesivas, modalidad común en el usarse el término FCA". comercio de mercancías.
CFR / CIF Cost and Freight, Coste y Flete / Cost, insurance and freight, Coste, Seguro y Flete Definición : En el medio de transporte marítimo, el documento principal es el B/L (Bill of Lading) que tiene una característica diferenciadora, ser un título de propiedad de la mercancía, circunstancia que es aprovechada, en algunos casos, en la venta de graneles Definición : (azúcar, trigo, algodón, café,…) donde Se eliminan los términos roll-on / roll off y se transmite la titularidad de la tráfico de contenedores haciendo una mercancía mientras el barco está propuesta más general para recomendar navegando. Los términos CFR y CIF el uso de CPT en caso que las partes no reflejan esta característica del deseen entregar las mercancías a través transporte marítimo, donde el vendedor de la borda del buque. asume el coste del transporte marítimo hasta destino, la entrega y el riesgo de la mercancía se traspasan cuando ésta ha sido cargada (sin incluir la estiba) en el puerto de origen. Estos términos no se deben utilizar en el transporte combinado, aunque parte del mismo se realice en transporte marítimo. A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente:
La práctica ha demostrado que la entrega de la póliza de fletamento ha ocasionado serios problemas, sobre todo 13
cuando el medio de pago utilizado era la carta de crédito. La obligación de hacer entrega de la póliza de fletamento ha sido suprimida, a fin de facilitar el trámite documentario de la operación para el vendedor. Aquí entra a tallar el uso del término "usual" para que se configure la prueba de la entrega documentaria.
A parte de las diferencias anteriores, se puede decir que para el 2.010, los Incoterms fueron son más equilibrados con respecto al comprador y al vendedor, es decir, se tiene más en cuenta el papel que tiene el comprador y se le da casi la misma importancia que al vendedor. Además de esto, los principales cambios se ven reflejados en: 1. Un nuevo Incoterm – DAP, que agrupó a tres anteriores (DAF, DES y DDU). 2. Se da la clasificación de los Incoterms en 2 clases principales: a. Cuando el transporte de los bienes no es relevante para el uso de una sigla (EXW, FCA, CPT, CIP, DAP y DDP). b. Cuando el transporte de bienes se realiza sólo por mar o por vías fluviales (FAS, FOB, CFR, CIF y DEQ) 3. Los Incoterms pueden aplicarse en contratos entre contrapartes de una misma nacionalidad o de diferentes países. 4. Se exigen notas guías que dan una explicación completa de cada sigla. 5. La Comunicación Electrónica es igualmente válida a la impresa. 6. Hay modificaciones en la normativa de la cobertura de los seguros. 7. Se implementan nuevas medidas de seguridad y verificación del tipo de productos que se están transportando. 8. Existe mayor claridad en la inclusión de los costos del transporte en las transacciones. 9. Evitar las ―string sales‖ o ventas simultáneas o más de una vez de una misma carga.
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