SUBSECRETARIA DE EDUCACION MEDIA SUPERIOR DIRECCION GENERAL DE EDUCACION TECNOL OGICA INDUSTRIAL COLEGIO PARTICULAR DE ENFERMERIA FLORENCIA NIGHTINGALE TECNICO EN ENFERMERIA GENERAL CLAVE: 07PCT0028L RVOE: DGTI2001545
CERVICOUTERINO TEMA: CÁNCER CERVICOUTERINO OBJETIVO: Dar a conocer, qué es el cáncer cervico-uterino, cuáles son las causas, así como también cuales son la medidas preventivas, factores de riesgo que inducen a este padecimiento, y como se puede detectar oportunamente. DIRIGIDO A: Pacientes encamadas en el servicio de mujeres LUGAR: Hospital militar FECHA: 13 de febrero 2017 TÉCNICA DIDÁCTICA: expositiva RECURSO DIDÁCTICO: tríptico EVALUACION: se evaluara con una serie de preguntas del tema por ejemplo; ¿Cómo se llama la prueba para detectar el cáncer cervico-uterino? ¿Cuáles son los factores de riesgo del CACU.? ¿Mediadas de prevención del CACU.? ¿Cuáles son los signos y síntomas del cáncer cervico-uterino?
CÁNCER CERVICAL Es el cáncer que comienza en el cuello uterino, la parte inferior del útero (matriz) que desemboca en la parte superior de la vagina. El cuello del útero es la parte baja del útero (donde se desarrolla el feto), y lo conecta con la vagina (canal de nacimiento). El cáncer cervicouterino suele crecer lentamente por un período de tiempo. Antes de que se encuentre células cancerosas en el cuello uterino, sus tejidos experimentan cambios y empiezan a aparecer células anormales (proceso conocido como displasia).
CAUSAS
Tener relaciones sexuales a una edad temprana. Tener múltiples parejas sexuales. Tener una pareja o múltiples parejas que participen en actividades sexuales de alto riesgo.
Los factores de riesgo del cáncer cervical abarcan:
No recibir la vacuna la vacuna contra el VPH. Estar en condiciones económicas desfavorables. Mujeres cuyas madres tomaron durante su embarazo el medicamento DES (dietilestilbestrol) a comienzos de los años 60 para prevenir el aborto espontáneo. Sistema inmunitario debilitado.
VPH (virus del papiloma humano) Causas y formas de transmisión del VPH
Tener múltiples parejas sexuales. Tener alto riesgo social por mantener relaciones con parejas promiscuas. Mantener contacto sexual sin protección o sin utilizar condones. Tener un sistema un sistema inmunológico deprimido.
Diagnóstico de la infección por VPH El diagnóstico de la infección por VPH (virus del papiloma humano) se realiza con las siguientes pruebas:
CÁNCER CERVICAL Es el cáncer que comienza en el cuello uterino, la parte inferior del útero (matriz) que desemboca en la parte superior de la vagina. El cuello del útero es la parte baja del útero (donde se desarrolla el feto), y lo conecta con la vagina (canal de nacimiento). El cáncer cervicouterino suele crecer lentamente por un período de tiempo. Antes de que se encuentre células cancerosas en el cuello uterino, sus tejidos experimentan cambios y empiezan a aparecer células anormales (proceso conocido como displasia).
CAUSAS
Tener relaciones sexuales a una edad temprana. Tener múltiples parejas sexuales. Tener una pareja o múltiples parejas que participen en actividades sexuales de alto riesgo.
Los factores de riesgo del cáncer cervical abarcan:
No recibir la vacuna la vacuna contra el VPH. Estar en condiciones económicas desfavorables. Mujeres cuyas madres tomaron durante su embarazo el medicamento DES (dietilestilbestrol) a comienzos de los años 60 para prevenir el aborto espontáneo. Sistema inmunitario debilitado.
VPH (virus del papiloma humano) Causas y formas de transmisión del VPH
Tener múltiples parejas sexuales. Tener alto riesgo social por mantener relaciones con parejas promiscuas. Mantener contacto sexual sin protección o sin utilizar condones. Tener un sistema un sistema inmunológico deprimido.
Diagnóstico de la infección por VPH El diagnóstico de la infección por VPH (virus del papiloma humano) se realiza con las siguientes pruebas:
Examen macroscópico. Examen microscópico. Detección directa del material genético del virus por técnicas técn icas de biología molecular, que amplifican el ADN del virus y permiten la identificación de los distintos serotipos. SÍNTOMAS
Sangrado vaginal anormal entre periodos, después de la relación sexual o después de la menopausia. Flujo vaginal que no cesa, que puede ser pálido, acuoso, rosado, marrón, con sangre o de olor fétido. Periodos menstruales que se vuelven más abundantes y que duran más de lo normal.
El cáncer cervical puede diseminarse a la vejiga, los intestinos, los pulmones y el hígado. Con frecuencia, no hay problemas hasta que el cáncer esté avanzado y se haya propagado. Los síntomas del cáncer cervical avanzado pueden ser:
Dolor de espalda Fracturas o dolor en los huesos Fatiga Fuga o filtración de orina o heces por la vagina Dolor en las piernas Inapetencia Dolor pélvico Hinchazón en una sola pierna Pérdida de peso
PRUEBAS Y EXÁMENES
Una citología vaginal detecta precánceres y cáncer, pero no ayuda a hacer el diagnóstico final. Colposcopia. También se puede realizar un procedimiento llamado conización quirúrgica.
COLPOSCOPIA Una colposcopia es una forma especial de examinar el cuello uterino. Se utiliza luz y un microscopio de baja potencia para hacer que el cuello uterino aparezca mucho más grande. Esto le ayuda al médico a encontrar áreas anormales del cuello uterino y luego tomarles biopsias. tomarles biopsias.
Forma en que se realiza el examen Usted se acostará sobre una mesa y colocará los pies en estribos, justo como lo haría para un examen de la pelvis. El médico colocará un instrumento (llamado espéculo) dentro de la vagina. Esto le permite al médico o al personal de enfermería observar mejor el cuello uterino. El cuello uterino y la vagina se frotan suavemente con una solución de vinagre o yodo. Esto remueve el moco que recubre la superficie y resalta áreas anormales. El médico colocará el colposcopio en la abertura de la vagina y examinará el área. Se pueden tomar fotografías. El colposcopio no la tocará. Si algunas áreas lucen anormales, se extraerá una muestra pequeña de tejido usando pequeñas herramientas para biopsia. Se pueden tomar muchas muestras. Algunas veces, se retira una muestra de tejido del interior del cuello uterino, lo cual se denomina legrado endocervical (LEC). Antes del examen:
No se haga duchas vaginales (esto nunca se recomienda). No se coloque ningún producto dentro de la vagina. No tenga relaciones sexuales durante las 24 horas anteriores al examen. Coméntele al médico o al personal de enfermería si está o podría estar embarazada.
TRATAMIENTO El tratamiento del cáncer cervical depende de:
La etapa o estadio del cáncer El tamaño y forma del tumor La edad y salud general de la mujer Su deseo de tener hijos en el futuro
Los tipos de cirugía para el cáncer cervical precoz comprenden:
Procedimiento de escisión electroquirúrgica con asa (LEEP, por sus siglas en inglés), que utiliza electricidad para extirpar el tejido anormal. Crioterapia, que congela las células anormales.
Terapia con láser, que utiliza luz para cauterizar el tejido anormal.
Una histerectomía (cirugía para extirpar el útero pero no los ovarios) a menudo no se lleva a cabo para el cáncer cervical que no se ha diseminado. Se puede practicar en mujeres que se hayan sometido a procedimientos LEEP repetitivos. El tratamiento para el cáncer cervical más avanzado puede comprender:
Histerectomía radical, con la cual se extirpa el útero y mucho de los tejidos circundantes, que incluyen los ganglios linfáticos y la parte superior de la vagina. Evisceración pélvica, un tipo extremo de cirugía en la cual se extirpan todos los órganos de la pelvis, incluidos la vejiga y el recto.
Es posible utilizar la radioterapia para tratar los casos en que el cáncer se ha diseminado más allá del cuello uterino o el cáncer que ha reaparecido. La quimioterapia utiliza medicamentos para destruir el cáncer. Se puede administrar sola o con cirugía o radiación.
PREVENCIÓN
Hacerse aplicar la vacuna contra el VPH. Practicar relaciones sexuales con protección Limitar el número de compañeros sexuales que tenga y evitar las parejas que participen en actividades sexuales de alto riesgo. Hacerse citologías vaginales con la frecuencia que el médico le recomiende.
Vacuna contra el VPH La vacuna contra el VPH protege contra la infección por ciertas cepas del virus del papiloma humano (VPH), el cual puede causar cáncer de cuello uterino y verrugas genitales.
QUIÉN DEBE RECIBIR ESTA VACUNA La VPH2 (Cervarix) está aprobada para:
Mujeres de edades entre 10 y 26 años para ayudar a proteger contra el cáncer de cuello uterino.
Las niñas de 11 y 12 años deben recibir series de la vacuna contra el VPH:
La vacuna se aplica en 3 inyecciones durante un período de 6 meses. La segunda y tercera dosis se aplican a los 2 y 6 meses después de la primera. Una marca de la vacuna puede sustituirse por otra en la serie de las 3 dosis. La vacuna contra el VPH puede administrarse al mismo tiempo que otras vacunas. Las niñas incluso hasta de 9 años pueden recibir la vacuna si el médico lo recomienda.
Las niñas y las mujeres de 13 a 26 años:
Aquellas que no hayan sido vacunadas contra el VPH en el pasado deben recibir una serie de tres vacunas. Aquellas que no hayan completado el esquema de vacunación total deben hacerse vacunar para ponerse al día con las dosis faltantes.
RECOMENDACIONES 1.- Acudir al médico periódicamente y llevar un control 2.- Realizar un Papanicolaou por lo menos dos meses el primer año 3.- Usar ropa interior de algodón 4.- Usar preservativo al tener contacto sexual 5.- Tener solo una pareja sexual 6.- No fumar 7.- Aplicar la vacuna del VPH a niñas a partir de nueve años y mujeres de 26 años sin actividad sexual 8.- Llevar una dieta balanceada
HOSPITAL MILIATAR REGIONAL VII REGION MILITAR
TEMA: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-SSA3-2013, PARA LA PRÁCTICA DE ENFERMERÍA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD QUIEN INDICO: CAP 1/° ENFRA JENY AMERICA RIVERA
PASANTE DE ENFERMERIA: PEES 2 ANA ISABEL VAZQUEZ GALDAMEZ
ASESOR: SBTTE MONICA MARGARITA JIMENEZ GOMEZ
LUGAR DE EXPOSICION: AULAS DE ENSEÑANZA
LUGAR DE EXPOSION: AULAS DE ENSEÑANZA
FECHA: 23 DE ENERO 2017
TUXTLA GUTIERREZ CHIAPAS
NORMA Oficial Mexicana NOM-019-SSA3-2013, Para la práctica de enfermería en el Sistema Nacional de Salud. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. LUIS RUBÉN DURÁN FONTES, Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., fracción XI, 38, fracción II, 40, fracciones III y XI, 41, 43 y 47, fracción IV, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3o., fracciones I, III y VII, 13, apartado A, fracciones I y IX, 34, 45, 48, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 90, 91, 92 y 93, de la Ley General de Salud; 28, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3o., 4o., 5o., 7o., 8o., 9o., 10,21, 22 y 28, del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica y 2, apartado A, fracción I, 8, fracción V y 9, fracción IV Bis, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; he tenido a bien expedir y ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Norma Oficial Mexicana NOM-019-SSA32013, Para la práctica de enfermería en el Sistema Nacional de Salud. CONSIDERANDO Que con fecha 13 de agosto de 2012, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de esta norma, en cumplimiento a la aprobación del mismo por parte del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, de conformidad con lo previsto en el artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a efecto de que en los 60 días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentaran comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud. Que durante el periodo de Consulta Pública de 60 días, que concluyó el 12 de octubre de 2012, fueron recibidos en la sede del mencionado Comité, comentarios respecto del proyecto de la presente norma, razón por la que con fecha previa fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, la respuesta a los comentarios recibidos por este Comité, en los términos del artículo 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, se expide la siguiente: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-SSA3-2013, PARA LA PRÁCTICA DE ENFERMERÍA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD PREFACIO
En la elaboración de la presente Norma participaron: SECRETARÍA DE SALUD. Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud. Dirección General de Calidad y Educación en Salud. Dirección de Enfermería. Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad. INSTITUTO NACIONAL DE CARDIOLOGÍA DR. IGNACIO CHÁVEZ. HOSPITAL GENERAL DE MÉXICO. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA. Subsecretaría de Educación Superior. Dirección General de Educación Superior Universitaria. Dirección General de Profesiones. Dirección de Normatividad y Consulta. INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. Subdirección Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD E INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. Coordinación Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD E INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD EN BAJA CALIFORNIA SUR. Coordinación Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE. Dirección de Atención Médica. Jefatura Estatal de Enfermería. SERVICIOS DE SALUD DE COAHUILA. Subdirección de Integración y Desarrollo del Sector Salud. Jefatura Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE COLIMA. Departamento Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD E INSTITUTO DE SALUD EN EL ESTADO DE CHIAPAS.
Dirección de Atención a Redes de Servicios. Coordinación Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD Y SERVICIOS DE SALUD DE CHIHUAHUA. Coordinación Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL. Hospital General Xoco. SECRETARÍA DE SALUD EN EL ESTADO DE DURANGO. Dirección de Servicios de Salud. Departamento Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD DE GUANAJUATO. Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato. Coordinación Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE GUERRERO. Subsecretaría de Prevención y Control de Enfermedades. Dirección de los Servicios de Salud. Coordinación Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD Y SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO. Coordinación Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD JALISCO. Servicios de Salud de Jalisco. Departamento Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD E INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO. Jefatura Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD Y SERVICIOS DE SALUD DE MICHOACÁN. Departamento Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS. Dirección de Servicios de Salud a la Persona. Unidad Estatal de Enfermería. SERVICIOS DE SALUD EN NAYARIT. Dirección Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN. Dirección de Enfermería.
SECRETARÍA DE SALUD DE OAXACA. Unidad de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA. Departamento Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO. Coordinación Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE QUINTANA ROO. Coordinación Estatal de Enfermería. SERVICIOS DE SALUD DE SAN LUIS POTOSÍ. Subdirección de Hospitales. Jefatura Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD Y SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA. Coordinación Estatal de Sinaloa. SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA DE SONORA. Servicios de Salud del Estado de Sonora. Dirección General de Servicios de Salud a la Persona. Coordinación Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD Y SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE TABASCO. Subsecretaría de Servicios de Salud. Dirección de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD ESTATAL DE TAMAULIPAS. Coordinación Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD Y ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SALUD DE TLAXCALA. Dirección de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD DE VERACRUZ. Servicios de Salud de Veracruz. Coordinación Estatal de Enfermería. SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE YUCATÁN. Dirección de Prevención y Protección de la Salud. Coordinación Estatal de Enfermería. SERVICIOS DE SALUD DE ZACATECAS.
Jefatura Estatal de Enfermería. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. División de Programas de Enfermería de la Dirección de Prestaciones Médicas. INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. Coordinación Nacional de Enfermería. PETRÓLEOS MEXICANOS. Subgerencia de Servicios Médicos. Coordinación Nacional de Enfermería. Hospital Central Sur de Alta Especialidad. Hospital Central Norte. SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA. Coordinación Nacional de Enfermería. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. Facultad de Estudios Superiores Iztacala. Escuela Nacional de Enfermería y Obstetricia. INSTITUTO MARILLAC, A.C. GRUPO ÁNGELES SERVICIOS DE SALUD. Hospital Ángeles Lomas. Hospital Médica Sur. CONFEDERACIÓN NACIONAL DE ENFERMERAS, A.C. (CONEMAC). ÍNDICE 0. Introducción. 1. Objetivo. 2. Campo de aplicación. 3. Referencias. 4. Definiciones. 5. De la prestación del servicio de enfermería, aspectos generales. 6. De la prestación de servicios de enfermería, aspectos particulares. 7. Concordancia con normas internacionales y mexicanas. 8. Procedimiento para la evaluación de la conformidad. 9. Bibliografía. 10. Vigilancia de la norma.
11. Vigencia. 0. Introducción. La enfermería es una disciplina fundamental en el equipo de salud, su creciente aportación en los procesos de mantenimiento o recuperación de la salud del individuo, familia o comunidad en las diferentes etapas de la vida, ha demostrado la importancia del papel que desempeña. La formación académica del personal de enfermería, evoluciona a la par del avance tecnológico de los servicios de salud del país y al orden internacional, con el objetivo de ofrecer servicios de salud de calidad, acorde a los diferentes roles que ejerce en su contribución a la solución de los problemas que afectan a la población. Por esta razón, es de suma importancia situar de forma clara y organizada, el nivel de responsabilidad que el personal de enfermería tiene en el esquema estructural de los establecimientos para la atención médica en los sectores público, social y privado, así como los que prestan sus servicios en forma independiente. Ya que en la medida en que cada integrante cumpla su labor, acorde a su formación académica, la calidad en los servicios de salud se verá favorecida y el usuario obtendrá mayores beneficios. La expedición de esta norma tiene como finalidad precisar atributos y responsabilidades que deberá cumplir el personal de enfermería, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. 1. Objetivo Establecer las características y especificaciones mínimas para la prestación del servicio de enfermería en los establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud, así como para la prestación de dicho servicio que en forma independiente otorgan las personas físicas con base en su formación académica. 2. Campo de aplicación La presente norma es obligatoria en los establecimientos para la atención médica del Sistema Nacional de Salud en donde se presten servicios de enfermería, así como para las personas físicas que prestan dichos servicios en forma independiente. 3. Referencias Para la correcta interpretación y aplicación de la presente norma todo el personal de enfermería debe conocer de acuerdo a su preparación académica y la prestación del servicio que brinda, las siguientes Normas Oficiales Mexicanas o las que las sustituyan: 3.1. Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA3-2010, Para la práctica de hemodiálisis. 3.2. Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico. 3.3. Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA2-1993, De los servicios de planificación familiar.
3.4. Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA3-2010, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios. 3.5. Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA2-1993, Para la prevención y control de la tuberculosis en la atención primaria a la salud. 3.6. Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA3-2011, Para la práctica de la anestesiología. 3.7. Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio. 3.8. Norma Oficial Mexicana NOM-009-SSA2-1993, Para el fomento de la salud escolar. 3.9. Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-2010, Para la prevención y control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana. 3.10. Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA2-1994, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino. 3.11. Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus. 3.12. Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA2-2012, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera. 3.13. Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012, Que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. 3.14. Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA2-2012, Para la prevención y control de la brucelosis en el ser humano. 3.15. Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA3-2012, Que instituye las condiciones para la administración de la terapia de infusión en los Estados Unidos Mexicanos. 3.16. Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-1994, Para la prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médicopsiquiátrica. 3.17. Norma Oficial Mexicana NOM-026-SSA3-2012, Para la práctica de la cirugía mayor ambulatoria. 3.18. Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA2-2007, Para la prevención y control de la lepra. 3.19. Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009, Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones. 3.20. Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA2-2009, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la hipertensión arterial sistémica.
3.21. Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño. 3.22. Norma Oficial Mexicana NOM-034-SSA2-2002, Para la prevención y control de los defectos al nacimiento. 3.23. Norma Oficial Mexicana NOM-035-SSA2-2012, Para la prevención y control de enfermedades en la perimenopausia y postmenopausia de la mujer. Criterios para brindar atención médica. 3.24. Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2012, Prevención y control de enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, faboterápicos (sueros) e inmunoglobulinas en el humano. 3.25. Norma Oficial Mexicana NOM-038-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de las enfermedades por deficiencia de yodo. 3.26. Norma Oficial Mexicana NOM-039-SSA2-2002, Para la prevención y control de las infecciones de transmisión sexual. 3.27. Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama. 3.28. Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2012, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación. 3.29. Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales. 3.30. Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención. 3.31. Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, Protección ambientalSalud ambientalResiduos peligrosos biológico-infecciososClasificación y especificaciones de manejo. 3.32. Norma Oficial Mexicana NOM-206-SSA1-2002, Regulación de los servicios de salud que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos de atención médica. 3.33. Norma Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012, Para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos. 4. Definiciones Para efectos de esta norma se entenderá por: 4.1. cuidado: A la acción encaminada a hacer por alguien lo que no puede hacer la persona por sí sola con respecto a sus necesidades básicas, incluye también la explicación para mejorar la salud a través de la enseñanza de lo desconocido, la facilitación de la expresión de sentimientos, la intención de mejorar la calidad de la vida del enfermo y su familia ante la nueva experiencia que debe afrontar.
4.2. cuidados de enfermería de alta complejidad: A los que se proporcionan al paciente que requiere de atención especializada. Usualmente, es en áreas de atención específica, donde comúnmente el cuidado es individualizado, se apoya con la utilización de equipos biomédicos de tecnología avanzada y personal de enfermería especializado en la rama correspondiente. 4.3. cuidados de enfermería de baja complejidad: A los que se proporcionan al paciente que se encuentra en estado de alerta y hemodinámicamente estable, con mínimo riesgo vital o en recuperación de un proceso mórbido. El cuidado se enfoca a satisfacer las necesidades básicas de salud y de la vida cotidiana. 4.4. cuidados de enfermería de mediana complejidad: A los que se proporcionan al paciente que se encuentra en un proceso mórbido que no requiere de alta tecnología; los cuidados se relacionan con el grado de dependencia de las personas para cubrir sus necesidades de salud. El personal de enfermería requiere contar con conocimientos, habilidades y destrezas para la atención integral del paciente, familia o comunidad. 4.5. diagnóstico de enfermería: Al juicio clínico sobre las respuestas de la persona, familia o comunidad ante procesos vitales o problemas de salud reales o potenciales que son la base para la selección de intervenciones, y el logro de los objetivos que la enfermera responsable de la persona desea alcanzar. 4.6. enfermera(o): A la persona que ha concluido sus estudios de nivel superior en el área de la enfermería, en alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional y se le ha expedido cédula de ejercicio con efectos de patente por la autoridad educativa competente, para ejercer profesionalmente la enfermería. 4.7. enfermería: A la ciencia y arte humanístico dedicada al mantenimiento y promoción del bienestar de la salud de las personas, ha desarrollado una visión integral de la persona, familia y comunidad y una serie de conocimientos, principios, fundamentos, habilidades y actitudes que le han permitido promover, prevenir, fomentar, educar e investigar acerca del cuidado de la salud a través de intervenciones dependientes, independientes o interdependientes: 4.7.1. intervenciones de enfermería dependientes: A las actividades que realiza el personal de enfermería por prescripción de otro profesional de la salud en el tratamiento de los pacientes, de acuerdo al ámbito de competencia de cada integrante del personal de enfermería; 4.7.2. intervenciones de enfermería independientes: A las actividades que ejecuta el personal de enfermería dirigidas a la atención de las respuestas humanas, son acciones para las cuales está legalmente autorizado a realizar de acuerdo a su formación académica y experiencia profesional. Son actividades que no requieren prescripción previa por otros profesionales de la salud; 4.7.3. intervenciones de enfermería interdependientes: A las actividades que el personal de enfermería lleva a cabo junto a otros miembros del equipo de
salud; se llaman también multidisciplinarias, pueden implicar la colaboración de asistentes sociales, expertos en nutrición, fisioterapeutas, médicos, entre otros. 4.8. función administrativa: A las actividades que realiza el personal de enfermería para gestionar los recursos materiales, científicos y técnicos de equipo o recurso humano necesario, y complementario acorde a sus competencias y experiencia, para otorgar los cuidados de enfermería y alcanzar los objetivos de la organización y de los prestadores de los servicios. 4.9. función asistencial: A las actividades que realiza el personal de enfermería acordadas, disponibles o posibles, relacionadas con el cuidado directo o indirecto de las personas, familias o comunidades, según sea el caso y de acuerdo al ámbito de competencia del personal de enfermería. 4.10. función de investigación: A las actividades que realiza el personal profesional de enfermería para aplicar el método científico en sus vertientes cuantitativas o cualitativas para la producción, reafirmación y validación del conocimiento científico de esta disciplina, que permitan su aplicación en los servicios de salud basados en la evidencia científica contribuyendo así, en las mejores prácticas del cuidado de enfermería para contribuir a garantizar la calidad en la atención. 4.11. función docente: A las actividades que realiza el personal profesional de enfermería relacionadas a la educación para la salud, la educación continua y para la formación de recursos humanos para la salud. 4.12. personal de enfermería: A la persona formada o capacitada para proporcionar cuidados de enfermería que de acuerdo a las disposiciones jurídicas aplicables y su preparación académica, puede realizar actividades auxiliares, técnicas, profesionales o especializadas, según su ámbito de competencia, en las funciones asistenciales, administrativas, docentes y de investigación. El personal de enfermería, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, independientemente de si existe o no una relación laboral, puede ser: personal profesional de enfermería y personal no profesional de enfermería. 4.13. personal profesional de enfermería: A la persona que ha concluido sus estudios de nivel superior en el área de la enfermería, en alguna institución educativa perteneciente al Sistema Educativo Nacional y le ha sido expedida cédula de ejercicio profesional con efectos de patente por la autoridad educativa competente. En esta clasificación se incluyen: 4.13.1. enfermera(o) general: A la persona que obtuvo título de licenciatura en enfermería expedido por alguna institución de educación del tipo superior, perteneciente al Sistema Educativo Nacional y le ha sido expedida por la autoridad educativa competente la cédula profesional correspondiente; 4.13.2. enfermera(o) especialista: A la persona que, además de reunir los requisitos de licenciado en enfermería, obtuvo el diploma de especialización en términos de las disposiciones jurídicas aplicables y le ha sido expedida por la autoridad educativa competente la cédula profesional de especialización correspondiente a un área específica de competencia;
4.13.3. enfermera(o) con maestría: A la persona que, además de reunir los requisitos de licenciatura en enfermería, acredita el grado de maestría, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables y le ha sido expedida por la autoridad educativa competente la cédula profesional de maestría correspondiente; 4.13.4. enfermera(o) con doctorado: A la persona que, además de reunir los requisitos del grado de maestría, acredita el grado de doctorado, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables y le ha sido expedida por la autoridad educativa competente la cédula profesional de doctorado correspondiente. 4.14. profesional técnico de enfermería: A la persona que obtuvo el título o un diploma de capacitación expedidos por alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional. Se incluyen en esta clasificación 4.14.1. técnico en enfermería: A la persona que ha concluido sus estudios de tipo medio superior (técnico) en el área de la enfermería, en alguna institución educativa perteneciente al Sistema Educativo Nacional y le ha sido expedida cédula de ejercicio profesional con efectos de patente por la autoridad educativa competente. 4.14.2. técnico especializado en enfermería: A la persona que, además de reunir los requisitos de estudios de nivel medio superior, obtuvo un diploma que señala el área específica de competencia expedido por alguna institución de educación, perteneciente al Sistema Educativo Nacional. 4.15. personal no profesional de enfermería: A la persona que no ha concluido su preparación académica en el área de la enfermería en alguna institución educativa perteneciente al Sistema Educativo Nacional o habiéndola concluido no ha obtenido el documento correspondiente que demuestre tal circunstancia, para que la autoridad educativa competente la autorice para ejercer dicha actividad. En esta clasificación se encuentran la auxiliar de enfermería, los estudiantes y pasantes de enfermería: 4.15.1. auxiliar de enfermería : A la persona que obtuvo constancia que acredite la conclusión del curso de auxiliar de enfermería, de una duración mínima de un año expedido por alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional; 4.15.2. estudiante de enfermería: A la persona que se encuentra en proceso de formación en la carrera de enfermería de nivel medio superior o superior de alguna institución educativa perteneciente al Sistema Educativo Nacional; 4.15.3. pasante de enfermería: Al estudiante de enfermería de una institución educativa que ha cumplido los créditos académicos exigidos en el plan y programas de estudio, que para realizar el servicio social debe contar con la constancia de adscripción y aceptación expedida por la Secretaría de Salud.
4.16. prestación de servicios de enfermería: Al acto de brindar cuidados de enfermería en un establecimiento para la atención médica en los sectores público, social y privado, así como, los que prestan sus servicios de forma independiente. 4.17. proceso de atención de enfermería: A la herramienta metodológica, que permite otorgar cuidados a las personas sanas o enfermas a través de una atención sistematizada e integral, cuyo objetivo principal es atender las respuestas humanas individuales o grupales, reales o potenciales; está compuesto de cinco etapas interrelacionadas: valoración, diagnóstico de enfermería, planeación, ejecución y evaluación. 4.18. profesionales de la salud: Al personal que labora en las instituciones de salud como: médicos, odontólogos, biólogos, bacteriólogos, enfermeras, trabajadoras sociales, químicos, psicólogos, ingenieros sanitarios, nutriólogos, dietólogos, patólogos y sus ramas, que cuenten con título profesional o certificado de especialización que hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes. 4.19. revalidación y equivalencia de estudios: Al acto administrativo a través del cual la autoridad educativa competente otorga validez oficial a aquellos estudios realizados dentro o fuera del Sistema Educativo Nacional, siempre y cuando sean equiparables con estudios realizados dentro de dicho sistema. 4.20. urgencia: a todo problema médico-quirúrgico agudo, que ponga en peligro la vida, un órgano o una función y que requiere atención inmediata. 5. De la prestación del servicio de enfermería, aspectos generales 5.1. La prestación del servicio de enfermería se realizará en establecimientos para la atención médica en los sectores público, social y privado del Sistema Nacional de Salud, así como los que otorgan servicios en forma independiente, según su preparación académica o calificación requerida y el grado de responsabilidad para la toma de decisiones, de acuerdo a lo establecido en el apartado 6 de esta norma. 5.2. Las actividades mencionadas en los puntos 6.1 al 6.7 de esta norma, están ordenadas según su grado de complejidad, las mismas deberán ser realizadas por el personal de enfermería que se menciona en cada punto, sin embargo, éstas no son limitativas para el personal de enfermería que tenga mayor grado académico del que se enuncia en cada punto, pero sí son limitativas para quienes no tienen el grado académico mínimo que se menciona, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. 5.3. En los establecimientos del Sistema Nacional de Salud, así como, para los que prestan sus servicios de forma independiente, sólo se reconocerán los estudios de formación y capacitación en enfermería de las instituciones pertenecientes al Sistema Educativo Nacional y los documentos expedidos en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
5.4. Si los estudios se realizaron en el extranjero, deberán contar con el documento de revalidación de estudios emitido por la autoridad o institución educativa competente. 5.5. Para la prestación de servicios de enfermería en los establecimientos para la atención médica y la prestación de servicios en forma independiente, se requiere que las constancias, certificados, títulos profesionales o diplomas hayan sido legalmente expedidos y, en su caso, registrados por las autoridades educativas competentes y los demás documentos mencionados en las disposiciones jurídicas aplicables, hayan sido expedidos en términos de las mismas, tal y como se ha descrito en el apartado de definiciones. 5.6. Las autoridades de los establecimientos del Sistema Nacional de Salud, así como los que prestan sus servicios de forma independiente, deberán utilizar el contenido de esta norma para definir las estructuras de empleo y servicio correspondientes a fin de lograr la homogenización en los diferentes sectores que emplean personal de enfermería. 5.7. Las autoridades de los establecimientos para la atención médica que prestan servicios de enfermería deberán: 5.7.1. Procurar que el personal de enfermería cuente con la certificación profesional vigente expedida por los organismos colegiados que han obtenido el reconocimiento de idoneidad, expedido por el Consejo Consultivo de Certificación Profesional. 5.7.2. Dar la inducción al puesto a todo el personal de nuevo ingreso a una institución o sujeto a movimiento, en un área específica, de acuerdo a las necesidades detectadas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. 5.7.3. Evitar emplear al personal de enfermería en funciones fuera de sus competencias y capacidades, salvo en caso de urgencia con la condición de que sea: a título provisional; que cuente con la experiencia suficiente; supervisión, ya sea del personal médico o personal profesional de enfermería responsable de las actividades asignadas o de un experto del área de atención médica, ciencia o área de conocimiento, en su caso. 5.8. El personal de enfermería está obligado a: 5.8.1. Verificar oportunamente la existencia y funcionamiento óptimo del equipo que se utiliza para proporcionar el cuidado de enfermería y, en su caso, reportar los faltantes y las fallas que representen un riesgo para los usuarios de los servicios de salud o para el propio personal. En correspondencia, los establecimientos de atención médica proporcionarán los recursos necesarios de material y equipo, verificando con oportunidad el buen funcionamiento de los mismos; 5.8.2. Conocer y aplicar, cuando corresponda, las Normas Oficiales Mexicanas citadas en el apartado 3 de esta norma, de acuerdo a su ámbito de su competencia;
5.8.3. Asumir el compromiso responsable de actualizar y aplicar los conocimientos científicos, técnicos, éticos y humanísticos de acuerdo a su ámbito de competencia; 5.9. Cumplir con las normas institucionales y de orden técnico en materia laboral, que apliquen en el ámbito específico de su competencia, a fin de contribuir a la seguridad del usuario, la del equipo de salud, así como, para la conservación del medio ambiente. 6. De la prestación de servicios de enfermería, aspectos particulares 6.1. Las actividades en apoyo a la atención de las necesidades básicas de comodidad e higiene del paciente o actividades relacionadas con la preparación de equipo y material, corresponden preferentemente al personal no profesional, quien debido a su nivel de capacitación debe ejecutar cuidados de baja complejidad delegados y supervisados por personal técnico o profesional de enfermería, su función primordial es de colaborador asistencial directo o indirecto de los profesionistas de la salud. El personal no profesional está facultado para realizar intervenciones de enfermería interdependientes. 6.2. La prestación de servicios de enfermería que corresponden a los profesionales técnicos de enfermería en el ámbito hospitalario y comunitario, dada su formación teórico-práctica son los cuidados de mediana complejidad que los faculta para realizar acciones interdependientes derivadas del plan terapéutico e independientes como resultado de la aplicación del proceso atención enfermería. Su función sustantiva es asistencial y las adjetivas son de colaboración en las funciones administrativas y docentes. 6.3. La prestación de servicios de enfermería de naturaleza independiente o interdependiente en un campo específico de la enfermería, corresponde a los técnicos especializados en enfermería, debido a que por su nivel académico, este personal está facultado para otorgar cuidados de mediana complejidad que han sido determinados como resultado de la valoración del equipo de salud y establecidos en el plan terapéutico. Su función sustantiva es asistencial en un campo específico y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación. 6.4. La prestación de los servicios de enfermería con predominio de acciones independientes derivadas de la aplicación del proceso de atención de enfermería en los ámbitos hospitalario o comunitario, corresponde al licenciado en enfermería, debido a que su formación de nivel superior lo faculta para desarrollar un plan de intervenciones que puede valorar, ejecutar y evaluar. Es capaz de interactuar de manera interdependiente y desarrollar acciones derivadas del plan terapéutico. Su nivel académico lo hace competente para otorgar cuidados de mediana complejidad de predominio independientes. Cuenta con las competencias para colaborar en la formación de recursos humanos para la salud y para la realización de investigaciones de predominio operativo. Su función sustantiva es asistencial y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación.
6.5. La prestación de servicios de enfermería con predominio de acciones independientes derivadas de la aplicación del proceso de atención de enfermería en los servicios especializados de la atención a la salud, corresponde al personal de enfermería con estudios de posgrado en un área específica de la práctica profesional, debido a que cuenta con los conocimientos necesarios para desarrollar un plan de intervenciones independientes que pueda valorar, ejecutar y evaluar proporcionando cuidados de alta complejidad que se deriven del plan terapéutico interdisciplinario. Su ámbito de aplicación son unidades hospitalarias o comunitarias. Aplica modelos tendientes a incrementar la calidad del cuidado, promueve la utilización de modelos y técnicas innovadoras en su especialidad, así como la investigación de su práctica y la aplicación dehallazgos, incluyendo relaciones o colaboraciones interdisciplinarias o multidisciplinarias con profesiones vinculadas a la práctica de enfermería o a un tema o área de investigación aplicada. Su función sustantiva es la asistencial y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación. 6.6. La prestación de servicios de enfermería, relacionada con los roles de educador, investigador, consultor o asesor en los temas clínicos, de la salud pública, bioéticos o legales implícitos en la atención del personal de la salud con un nivel de participación y liderazgo, le corresponden al personal de enfermería con maestría, debido a que por su grado de formación con estudios avanzados posteriores a la licenciatura en un área específica, lo faculta para asumir esos roles. Identifica problemas de la práctica y sistemas de cuidado que requieran ser estudiados. Colabora en la generación de nuevos conocimientos y en estudios interdisciplinarios o multidisciplinarios. Su función sustantiva es de docencia, administración e investigación. 6.7. La prestación de servicios de enfermería, relacionada a las acciones para generar conocimiento en las diferentes áreas de la salud, corresponde al personal de enfermería con doctorado, debido a que por su grado de formación con estudios avanzados de posgrado en un área específica, está facultado para dirigir estudios de investigación interdisciplinaria o multidisciplinaria. Aporta evidencias científicas para la formulación de políticas que mejoren la calidad y la seguridad de los pacientes, así como para la formación de recursos humanos para la salud. Su función sustantiva es de investigación. 7. Concordancia con normas internacionales y mexicanas Esta norma no tiene concordancia con ninguna norma internacional ni mexicana. 8. Procedimiento para la evaluación de la conformidad Las personas físicas, morales, representantes legales o la persona facultada para ello en los establecimientos para la atención médica ambulatoria y hospitalaria de los sectores público, social y privado, así como, los que prestan sus servicios de forma independiente, en su caso, podrán solicitar la evaluación de la conformidad respecto de esta norma, ante los organismos acreditados y aprobados para dicho propósito.
9. Bibliografía 9.1. 1er. Taller para la reestructuración del Sistema Nacional de Enfermería. Secretaría de Salud, México, D.F. 1994. 9.2. Acuerdo por el que se crea la Comisión Permanente de Enfermería. Diario Oficial de la Federación. 25 de enero de 2007. 9.3. Alfaro-Lefevre, Rosalinda. Aplicación del proceso de enfermería, guía práctica. Tercera edición. Madrid. Editorial Mosby / Doyma. 1996. 9.4. Banner, P. Práctica progresiva en enfermería. México, D.F. Editorial Grijalva. 1987. 9.5. Cruz-Corona, V. Calidad de la enseñanza en el posgrado y su acreditación internacional. Asociación Universitaria Iberoamericana de posgrado, España. 2003. 9.6. Enfermeras universitarias al servicio de la comunidad. Revista UNAM-HOY, año 3, No. 12, mayo-junio de 1994. UNAM. pp. 55-60. 9.7. Iyer, P. Proceso y diagnóstico de enfermería. Tercera edición. México. Editorial Interamericana McGraw-Hill. 1997. 9.8. Legislación Universitaria Normas Fundamentales. Mírico. UNAM. 1991. 9.9. Ley 266 de 1996 (enero 25) Por la cual se reglamenta la profesión de enfermería en Colombia y se dictan otras disposiciones. El Congreso de Colombia. Diario oficial AÑO CXXXI.N.42710.5, febrero 1996. 9.10. Ley 298, Ley de ejercicio de enfermería. Sancionada el 25 de noviembre de 1999 por la H. Legislatura del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires. Argentina. 1999. 9.11. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, Boe núm. 280. España, 22 de noviembre 2003. pp. 41442-41548. 9.12. Ley 55/2003, 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, Boe núm. 301. España, 16 de diciembre de 2003, pp. 44742-44763. 9.13. Ley Colombiana, Ley No. 24004 ejercicio de la enfermería, sancionada el 26 de septiembre de 1991, promulgada el 23 de octubre de 1991. 9.14. Ley para reglamentar la práctica de la enfermería en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico: reorganizar la Junta Examinadora de Enfermeras y proveer la fuente de sus fondos operacionales; derogar la Ley Número 121 de 30 de junio de 1965, según enmendada; reglamentar lo relativo a la expedición de licencias y certificación y establecer penalidades. 10maAsamblea Legislativa Num. 9 11ma Sección Extraordinaria. Aprobada el 11 de octubre de 1997. 9.15. M.Schwirian, RN, PhD Patricia. Chapter 1: Professions and the Professionalization of Nursing. A Works in Procrees. Estados Unidos Lippincot. Tercera edición. 1998. pp.3-30. Traducido por Lic. Virginia López Casados.
9.16. Ministro de Sanidad y Consumo 20934 Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de España, del Consejo General y de Ordenación de la actividad profesional de enfermería. 9.17. Norma Mexicana NMX-Z-013-1-1977 GUÍA PARA LA REDACCIÓN, ESTRUCTURACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS NORMAS MEXICANAS. 9.18. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Clasificación internacional normalizada de la educación. UNESCO. 1997. pp. 49. 9.19. Reunión Regional de los Observatorios de Recursos Humanos en Salud. Llamado de Acción de Toronto. 2006-2015, Hacia una década de recursos humanos en salud para las Américas. Organización Panamericana de la Salud. Ontario, Canadá. 4-7 de octubre 2005. 9.20. Situación de Enfermería en el Uruguay y plataforma-2007. Aprobada por el Consejo Directivo el 17 de abril. 9.21. Subsecretaría de Innovación y Calidad, Comisión Interinstitucional de Enfermería. Código de Ética para enfermeras y enfermeros de México. Secretaría de Salud. México. 2001. 9.22. Subsecretaría de Innovación y Calidad, Comisión Interinstitucional de Enfermería. Perfiles de Enfermería. Secretaría de Salud. México. 2005. pp. 9-18. 9.23. Subsecretaría de Innovación y Calidad, Comisión Interinstitucional de Enfermería. Plan rector de enfermería 2001-2006. Secretaría de Salud. México. pp. 4. 9.24. Zulay Contreras, M. Ensayo. Desarrollo e implementación de la gestión clínica de profesionales en enfermería. ISSN 1409-1992/2005/26/1/5-12, Colegio de Enfermeras de Costa Rica. Costa Rica. 2005. pp.3. 9.25. Referencias electrónicas. 9.25.1. http://www.ceneval.edu.mx/. 9.25.2. http://www.ocenf.org/HUELVA/codigodeontologico.html. 9.25.3. http://www.salud.gob.mx/unidades/cie. 10. Vigilancia de la norma La vigilancia de la aplicación de esta norma, corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencias. 11. Vigencia Esta norma entrará en vigor a los 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 18 de julio de 2013.- El Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, Luis Rubén Durán Fontes.- Rúbrica.
HOSPITAL MILIATR REGIONAL VII REGION TEMA: HISTORIA CLINICA DE PREECLAMSIA QUIEN INDICO: TTE.CORONEL ENFRA MONSERATH GONZALEZ
PASANTE DE ENFERMERIA: PEES 2 ANA ISABEL VAZQUEZ GALDAMEZ
ASESOR: CAP 2/° ENFO ESTEBAS AYABAR
LUGAR DE EXPOSICION: AULAS DE ENSEÑANZA
FECHA: 13 DE MARZO 2017
TUXTLA GUTIERREZ CHIAPAS
HIPERTENSION EN LA EMBARAZADA: Caso Clínico
Resumen: Objetivos: presentación de un caso y revisión bibliográfica. Caso: Paciente que cursa 34 semanas de gestación presentó signos y síntomas compatibles con preeclampsia severa, por lo que se decide internarla y tratarla, al 6to día de internación y como la paciente no respondía al tratamiento medico se le realiza una operación cesárea obteniéndose un recién nacido vivo. Presentó buena evolución. La hipertensión arterial (HTA) es una enfermedad frecuente durante el embarazo. En la clasificación de la HTA cuando es inducida por el embarazo con el agregado de proteinuria y edema generalizado, la llamamos preeclampsia, en la HTA crónica agravada por el embarazo, puede existir también una preeclampsia sobreimpuesta, y ambos casos pueden evolucionar a la eclampsia, que puede ser convulsiva o comatosa. Es importante que todas las mujeres embarazadas cumplan con los controles prenatales, los que permitirán diagnosticar y tratar la enfermedad y de esta manera evitar posibles complicaciones.
Palabras claves: hipertensión en el embarazo, preeclampsia, eclampsia. INTRODUCCION La hipertensión es la complicación médica más frecuente en el embarazo, siendo una causa significativa de prematurez y morbimortalidad perinatal, y es además una de las primeras causas de muerte materna (1). Su frecuencia estadística es variable, la incidencia de esta complicación obstétrica en diferentes series a nivel mundial, está entre un 6 y 30% del total de embarazos (2). Objetivo: presentación de un caso y revisión bibliográfica. MATERIAL Y METODO Para la presentación del caso clínico se accedió a la historia clínica de una paciente de una institución privada (Sanatorio del Ibera) de la ciudad de Corrientes, Argentina. La búsqueda bibliográfica fue realizada utilizando palabras claves (Hipertensión en el embarazo, preeclampsia, eclampsia) por medio del Pubmed en la base de datos Medline.
CASO CLINICO Antecedentes de la enfermedad actual: Paciente de 25 años (G1 P0) que cursa una gestación de 34 semanas diagnosticada por ecografía del primer trimestre y fecha probable de parto cierta, consulta por cefalea frontal de 4 horas de evolución y vómitos, en 2 episodios, de tipo alimentario. Antecedentes Familiares: madre hipertensa. Examen físico: TA: 170/90 mmHg. FC: 82 por min. FR:19 por min. Tº: 36,6º C Paciente lúcida y colaboradora, ubicada en tiempo y espacio, con edema facial, facie abotagada, buena suficiencia cardiorrespiratoria, con edema en miembros inferiores y superiores, resto del examen físico sin particularidades. Examen obstétrico: Altura uterina: 29 cm., Dinámica uterina: -/10, Latidos cardiofetales: 145 por minuto, Movimientos fetales activos:+, Tono normal, Maniobras de Leopold: feto único, situación longitudinal, dorso derecho, presentación cefálica. Tacto vaginal: P2 R2 E2 L2 Dilatación 0 cm. Sin hidrorrea ni ginecorragia. Exámenes complementarios: Laboratorio: Glóbulos rojos: 3.700.000/mm3. Hematocrito: 30%. Glóbulos blancos: 7.500/mm3. Plaquetas: 160.000/mm3. Creatinina: 0.7 mg/dl. Uricemia:6.8 mg/dl. Glucemia: 87mg/dl. Prote inuria: 5 g/lt. Ecodoppler fetal: normal. Diagnóstico: Primigesta, preeclampsia severa con signos de eclampsismo. Alto riesgo. Tratamiento: Se decide internación y se indica Alfametildopa 2 gr/día. y sulfato de magnesio dosis de ataque y de mantenimiento, como la TA continua elevada se decide asociar Nifedipina 20 mg/día V.O.. Al 3er día de internación se realiza maduración pulmonar fetal con Betametasona 12,5mg/ 12 hs. IM. (2 dosis). Al 6to día de internación y debido a que la paciente se encuentra refractaria al tratamiento se decide culminar la gestación por vía abdominal obteniéndose un R.N. vivo de sexo masculino de 2.250gr. de 36 semanas por examen físico. En el alumbramiento se constata un desprendimiento del 15% de la torta placentaria. La paciente pasa a sala con 140/80 mmHg. de TA. Al 5to día de postoperatorio la paciente es dada de alta ya que evolucionó favorablemente y se encuentra sin medicación antihipertensiva manejando cifras tensionales de 120/90 mmHg
REVISION BIBLIOGRAFICA Las alteraciones hipertensivas durante el embarazo son una importante causa de muerte materna y morbimortalidad fetal en todo el mundo. (3) Se habla de hipertensión en el embarazo cuando la tensión arterial diastólica es > 90 mmHg y la sistólica es > 140 mmHg, TA sistólica de por lo menos 30 mmHg del valor basal o de diastólica de por lo menos 15 mmHg sobre el valor basal (4). Los factores de riesgo para desarrollar hipertensión en el embarazo son: primer embarazo, gestación múltiple, mola hidatidiforme, polihidramnios, desnutrición, historia familiar de hipertensión en embarazo, enfermedad vascular subyacente, diabetes, enfermedad renal, edad < 21 ó > 35 años, obesidad, alcoholismo, tabaquismo, drogadicción, clase social baja. (5) La clasificación comúnmente aceptada de hipertensión durante el embarazo es la de Gant y Pritchard modificada: (6) A- Hipertensión inducida por el embarazo o gestacional. 1- Sin Proteinuria: * Leve * Severa 2- Con Proteinuria o preeclampsia: * Leve * Severa B-Hipertensión crónica C-Hipertensión crónica agravada por el embarazo: 1- Preeclampsia sobreimpuesta. 2- Eclampsia sobreimpuesta. D-Eclampsia: 1- Convulsiva. 2- Comatosa. E-Emergencia hipertensiva. F-Hipertensión arterial tardía, transitoria o inclasificable. La Preeclampsia se define por la presencia de hipertensión acompañada de proteinuria, edema generalizado o ambos. Clásicamente se la define como leve o severa. 1. Preeclampsia leve: Hipertensión de al menos 140/90 mmHg en dos ocasiones, con seis horas de diferencia después de la semana 20 de embarazo y proteinuria significativa de > 300 mg en 24 horas, edema moderado y volumen urinario en 24 horas > 500 ml. 2. Preeclampsia severa: Tensión arterial > 160/90 mmHg en dos ocasiones con seis horas de diferencia después de la semana 20 de gestación ; TA sistólica > 60 mmHg sobre el valor basal ; TA diastólica > 30 mmHg sobre el valor basal ; proteinuria > 5g en 24 horas, edema masivo, oliguria (< 400 ml en 24 hs), síntomas sistémicos como edema de pulmón, cefalea, alteraciones visuales, dolor en hipocondrio derecho, elevación de las enzimas hepáticas o trombocitopenia. La aparición de una convulsión de tipo gran mal en pacientes con signos y síntomas de preeclampsia sin datos de traumatismos o enfermedad neurológica identifica a la paciente con eclampsia. (7)
La Eclampsia se define como: el desarrollo de convulsiones, debidas a encefalopatía hipertensiva en una paciente preeclámptica, no atribuidas a otras causas.(8) Se discute el caso clínico de una paciente primigesta de 34 semanas de gestación que presenta síntomas compatibles con eclampsismo (vómitos y cefaleas), cifras tensionales elevadas, edema generalizado, y proteinuria significativa por lo que se diagnostica preeclampsia severa.
Evaluación de la Preeclampsia 1. Historia Clínica: para documentar factores de riesgo. 2. Examen físico: para buscar edemas, cambios en la TA, hiperrreflexia, clonus, cambios en la retina. 3. Laboratorio: Hemograma, uremia, creatininemia, hepatograma, coagulograma. Ácido úrico. Grupo samguíneo. Factor RH. Clearence de creatinina, proteinuria de 24 hs. Recuento de plaquetas. (9) A la paciente se le realizó anamnesis, exámen físico y diferentes estudios complementarios mencionados anteriormente. Tratamiento de la Preeclampsia: 1. Manejo ambulatorio: HTA sin proteinuria significativa, se recomienda el reposo en cama. Monitoreo de TA, peso, presencia de proteínas en orina. Ecografías periódicas para ver el feto y evaluar posibles retardo de crecimiento. 2. Manejo hospitalario: para mujeres con HTA inducida por el embarazo y/o con proteinuria significativa y en quienes falló el manejo ambulatorio. 3. Laboratorio y evaluación del peso: debe realizarse diariamente. Evaluación de la dinámica fetal. Monitoreo de síntomas como cefalea, alteraciones visuales y dolor epigástrico. 4. El parto es el tratamiento de elección: el cual debe realizarse cuando el feto está maduro pero puede realizarse en forma temprana si la salud de la madre está en peligro o si hay evidencia de distress fetal. El parto está indicado cuando la paciente cumple con los criterios de preeclampsia severa. Betametasona 12.5 mg IM dos veces por día puede estimular la maduración de los pulmones fetales. 5. Terapia antihipertensiva: está indicada sólo si la TA es persistentemente > 160/110, es importante disminuir la TA hasta una diastólica de 90 a 100 mmHg porque la presión normal podría resultar en hipoperfusión de la placenta. Los diuréticos nunca están indicados, estas pacientes ya son hipovolémicas. Los IECA no deben ser usados durante el embarazo. Las medicaciones de largo plazo, incluyen alfa metildopa, atenolol y labetalol. (10) 6. Terapia anticonvulsivante: a- Profilaxis de las convulsiones: está indicada en todas las pacientes preeclámpticas durante la labor y el parto y por un mínimo de 24 hs luego del
mismo. Algunos mantienen la terapia con magnesio hasta que comienza la diuresis. El Sulfato de Magnesio es la droga de elección. La dosis profiláctica es de 4 a 6 g de sulfato de magnesio I.V. y continúa con 2 g c/hora. b- Tratamiento de las convulsiones: Sulfato de Magnesio 1 g/min IV hasta controlar las convulsiones hasta un máximo de 4 a 6 g. El nivel terapéutico es de 4 meq/l. Toxicidad del magnesio: ausencia de reflejo patelar, debilidad muscular, parálisis respiratoria y depresión cardíaca, 10 ml al 10 % de gluconato de calcio puede ser administrada I.V.. La terapia con sulfato de magnesio continúa por lo menos 24 horas en el post parto, la terapia puede detenerse si la excreción urinaria es > 200 ml/h por cuatro horas consecutivas. c- Prevención: 81 mg de aspirina diarios pueden ser administrados luego del primer trimestre en mujeres con hipertensión crónica o historia previa de preeclampsia, sin embargo la eficacia de esta indicación ha sido cuestionada.(11) Debido a la severidad del caso se decidió internar a la paciente y comenzar el tratamiento con drogas antihipertensivas (alfametildopa y nifedipina), y posteriormente se decide culminar con la gestación ya que la paciente no respondía al tratamiento médico, coincidiendo con la bibliografía, ya que el parto es el tratamiento de elección en estos casos (12).
Complicaciones de la Preeclampsia: (13) · Eclampsia. · Abruptio placentae. · Síndrome HELLP. · Sufrimiento fetal agudo y crónico. · Muerte materna y/o fetal. La presencia de cifras tensionales elevadas, el edema generalizado y la significativa Proteinuria en una paciente primigesta de 34 semanas de gestación permitieron concluir con el diagnóstico de preeclampsia severa. Aunque en la actualidad no existe ningún método pr eventivo conocido para esta enfermedad, es importante que todas las mujeres embarazadas se sometan a controles prenatales tempranos y periódicos, los cuales permiten el diagnóstico y tratamiento oportunos de condiciones como la preeclampsia. Un tratamiento adecuado de la preeclampsia puede evitar que se presente la eclampsia. BIBLIOGRAFIA 1. Dechend S, Luft R, F. C. (2004). New Aspects in the Pathophysiology of Preeclampsia. J Am Soc Nephrol 15: 2440-2448 2. Skjærven R, Wilcox AJ, Lie RT. The Interval between Pregnancies and the Risk of Preeclampsia. New England Journal Medical January 3, 2002 Number 1; Volume 346:33-38. 3. Sibai B, Dekker G, Kupermin C. Preeclampsia. Lancet 2005;365:785-799. 4. Schwarcz R, Díaz A, Duverges C. Obstetricia. Quinta Edición. Buenos Aires: Editorial El Ateneo; 1996. 254-270
5. Levine RJ, Maynard SE, Qian C, et al. Circulating angiogenic factors and the risk of preeclampsia. N Engl J Med 2004;350:672-683. 6. Casavilla A, Martínez Viademonte R, Casavilla F, Pérez Volpe D. Hipertensión arterial en el embarazo. Obstetricia y Ginecología Latino-americanas 1990; 48 (1): 60-62. 7. Barreto Rivero S. Preeclampsia, eclampsia y Síndrome HELLP: Características maternas y resultado neonatal. Revista del Hospital Materno Infantil Ramón Sardá 2002; 21 (1): 17-23. 8. Myers JE, Baker PN. Hypertensive diseases and eclampsia. Curr Opin Obstet Gynecol 2002; 14: 119-125 9. Pridjian G, Puschett JB. Preeclampsia. Part 1: Clinical and Pathophysiologic Considerations. Obstet and Gynecol Survey 2002; 57 (9): 598-618 10. Votta R, Parada O. Compendio de Obstetricia. Buenos Aires: López Libreros Editores: 2000.162-174. 11. Barrilleaux PS, Martin JN. Hypertensión Therapy During Pregnancy. Clin Obstet Gynecol 2002; 45 (1): 22-34 12. Dwinell J, Marshall G. Parto abdominal. En: Frederickson H, Wilkins –Haug L. Secretos de la ginecoobstetricia. 2ª ed. México: Mc Graw-Hill Interamericana, 1999: 380 –383. 13. Pampus M, Wolf H, Buller H. Underlying disorders associated with severe preeclampsia and Hellp syndrome. Am J Obstet Gynecol; 1997;176 s26; (abst SPO 1997).
INTRODUCCIÓN En la actualidad se consideran como agentes etiológicos de la TBC humana: M. tuberculosis, M. bovis, M. africanum y el bacilo de Calmette y Guérin (BCG). Aunque algunos investigadores les han otorgado la categoría de especies independientes, con criterios taxonómicos rigurosos, M. bovis, M. africanum y algunas cepas aisladas de pacientes con TBC en el continente asiático deben considerarse como simples variedades deM. tuberculosis M. tuberculosis es un bacilo de 1-4 por 0,3-0,6 &µm, inmóvil y no esporulado. Como las restantes especies del género Mycobacterium posee una pared celular muy rica en lípidos (40% de su peso en seco total), lo cual reduce notablemente su permeabilidad y dificulta su tinción. Ésta puede requerir el calentamiento de la célula hasta casi los 100 °C para permitir que el colorante penetre en ella. Una vez conseguida la tinción, la descoloración puede resultar igualmente difícil, incluso utilizando una solución ácido-alcohólica. Éste es el fundamento de la tinción de Ziehl-Neelsen y de otras variantes de tinción con fluorocromos (auramina). Es un microorganismo aerobio estricto, cuyo desarrollo es óptimo a 35-37 °C. Con fines de aislamiento se emplean sobre todo medios sólidos a base de huevo coagulado, como el de Löwenstein-Jensen, que es el más universalmente utilizado, y los semisintéticos con agar de Middlebrook y Cohn. Una atmósfera enriquecida con CO2 estimula su desarrollo. Su velocidad de crecimiento es mucho más lenta que la de otras bacterias (su tiempo de división es de unas 18 h), tardando varias semanas en dar colonias visibles en medios convencionales. Éstas son bastante características, de color crema, rugosas ("en coliflor") y de superficie seca. Las colonias aisladas se identifican por la producción de niacina, por la reducción de nitratos, por poseer una catalasa termolábil y ser resistentes a bajas concentraciones de hidrazida del ácido tiofén-2-carboxílico. Actualmente existen sondas genéticas que permiten una identificación directa de las colonias aisladas. Su lentitud de desarrollo en medios convencionales ha favorecido la introducción en los laboratorios clínicos de sistemas de detección rápida del crecimiento (sistema BACTEC). En éstos se utiliza un medio líquido semisintético (7H12 de Middlebrook) que contiene ácido palmítico marcado con 14C. El crecimiento de M. tuberculosis se comprueba al detectar, mediante un aparato adecuado, la aparición de CO2 radiactivo en el frasco de cultivo. Esto ocurre en un período de tiempo muy inferior al necesario para visualizar la aparición de colonias en los medios sólidos. Recientemente se han comercializado, con la misma finalidad, diversos sistemas no radiométricos de lectura automatizada a base de medios líquidos semisintéticos. En la mayoría de los países con condiciones sanitarias avanzadas, la TBC humana producida por M. bovis es escasa o casi inexistente. La pasteurización de la leche de vaca es un método eficaz para la erradicación de la TBC bovina en el hombre; su aplicación y la eliminación del ganado enfermo produjeron un descenso espectacular del número de infecciones por M. bovis. Por esta razón, en
adelante nos referiremos específicamente a M. tuberculosis, que es el agente etiológico más importante. El principal reservorio de M. tuberculosis es el hombre enfermo. El bacilo se transmite por vía aérea. Al toser o expectorar, los enfermos con TBC pulmonar activa producen aerosoles contaminantes. Las gotas de secreción, en el exterior, pierden una parte de su contenido acuoso por evaporación y dejan un núcleo con uno o pocos bacilos que son los verdaderos vehículos de la transmisión; tienen 12 &µm de diámetro y se dispersan sin dificultad al quedar en suspensión en el aire. Los mecanismos de defensa del árbol respiratorio son incapaces de impedir que, cuando estos núcleos contaminantes son inhalados, lleguen hasta los alvéolos pulmonares, donde los bacilos encuentran las condiciones adecuadas para multiplicarse. En la primoinfección, una vez que M. tuberculosis llega al pulmón, es conducido por la corriente aérea hasta regiones subpleurales, por lo general de los lóbulos inferiores, que son los que proporcionalmente tienen más ventilación. El bacilo es fagocitado por los macrófagos alveolares, y consigue evitar su destrucción, impidiendo la unión del fagosoma que lo contiene con los lisosomas. De esta manera el bacilo consigue multiplicarse en el interior del macrófago hasta el punto de destruirlo. Al igual que ocurre con otros patógenos intracelulares, el macrófago infectado secreta citocinas (entre ellas el TNF-a) y quimiocinas (especialmente del grupo b) que desencadenan un proceso inflamatorio local y con ello una respuesta inespecífica de defensa que se caracteriza por el acúmulo inicial de neutrófilos y posteriormente de monocitos en el foco de infección. Los monocitos fagocitan a los bacilos que han destruido a los macrófagos alveolares y potencian su crecimiento, puesto que al no estar activados constituyen a su vez un excelente medio para el crecimiento intracelular de los mismos. La respuesta innata del huésped fracasa así en la contención del bacilo, de manera que éste consigue diseminarse sistémicamente, invadiendo directamente las vénulas terminales o mediante el drenaje de monocitos infectados y bacilos extracelulares hacia los ganglios linfáticos hiliares y vasos linfáticos eferentes. Esta situación cambia cuando la concentración de antígenos bacilares consigue traspasar el umbral a partir del cual las células presentadoras de antígenos profesionales, situadas en los ganglios linfáticos, son capaces de estimular a los linfocitos T naïve o previamente no estimulados, transformarlos en linfocitos de tipo Th0 y posteriormente de tipo CD4 (o helper) del subtipo 1 (o Th1), y CD4 capaces de desencadenar una hipersensibilidad retardada. Estos linfocitos específicos estimulados entran por vía sistémica y se localizan tanto en el foco inicial de infección como en todos los focos secundarios originados a partir de la diseminación sistémica inicial del bacilo, que pueden incluir prácticamente a todos los tejidos del huésped, aunque los que llegan a los vértices del pulmón, parénquima renal, metáfisis óseas y corteza cerebral encuentran las mejores condiciones para su establecimiento. De esta manera se empieza a generar el granuloma, que consta de un núcleo con macrófagos infectados y linfocitos a su alrededor. La primoinfección tuberculosa se localiza generalmente en los pulmones y se produce muchas veces sin dar signos o síntomas de enfermedad o en forma tan
ligera que pasa inadvertida y sólo es presumible por la positivación de la reacción tuberculínica. Sin embargo, en una proporción variable de casos, según los factores predisponentes enumerados y lo masivo de la infección, se presentan las manifestaciones clinicorradiológicas de la infección primaria con su típico componente bipolar: parenquimatoso y ganglionar. El pericardio puede afectarse por contigüidad, en general secundariamente a una pleuritis, por un ganglio mediastínico o por vía hematógena, solo o junto con otras serosas. La afección pericárdica puede limitarse a una alteración serofibrinosa, con dolor, roces y cambios electrocardiográficos, o bien llegar a producir un taponamiento cardíaco por pericarditis constrictiva. Es importante establecer el diagnóstico etiológico mediante la búsqueda de otros focos tuberculosos o el estudio microbiológico del exudado o de una biopsia obtenida por toracotomía. Diagnostico de la infección tuberculosa Prueba de la tuberculina: Esta reacción consiste en poner en contacto al individuo en estudio con un extracto de bacilo tuberculoso (tuberculina), con la finalidad de detectar su sensibilización a la infección tuberculosa. Diagnóstico microbiológico de la enfermedad tuberculosa: Para el diagnóstico directo de la TBC se sigue el mismo procedimiento que el de otras infecciones bacterianas: examen directo, cultivo e identificación. Tratamiento Los esquemas terapéuticos de primera elección basan su éxito en el hecho de que puedan darse simultáneamente isoniazida y rifampicina (y pirazinamida en las pautas de 6 meses). Si uno de ellos no puede utilizarse o se ha de sustituir, es necesario cambiar la pauta terapéutica de la siguiente forma. Si no es posible emplear isoniazida, se administrarán etambutol, rifampicina y pirazinamida durante 2 meses y etambutol y rifampicina durante 10 meses más. Si no se puede utilizar rifampicina, se darán isoniazida, etambutol y pirazinamida durante 2 meses y etambutol e isoniazida durante 10 meses más. Por último, si no se puede dar pirazinamida, se administrarán durante 2 meses isoniazida, rifampicina y etambutol y, durante 7 meses más, rifampicina e isoniazida.
Materiales Papel. Bolígrafo. Computadora. Libro de texto. Revistas. Periódicos.
Métodos Se utilizaron un conjunto de métodos que admitieron cumplir el objetivo planteado y dar respuesta al problema científico asumido. El método dialéctico-materialista como la base metodológica mas general y universal de todas las ciencias permitió realizar el análisis , determinar puntos de vista a la luz de los postulados de la filosofía marxista-leninista, constituyendo la base del sistema de métodos y poder establecer y comprender las relaciones entre estos y los mecanismos que componen la propuesta de acciones educativas.
Análisis – Síntesis: Permitió la búsqueda de referencias bibliográficas para indagar investigación sobre la temática estudiada y en el procesamiento de la información obtenida producto a los instrumentos investigativos aplicados. Este método ayudó a descubrir lo esencial de los fenómenos pues a través de un procedimiento predominante analítico se separó mentalmente al objeto investigado en sus partes, propiedades y relaciones así como la bibliografía realizada facilitó extraer los postulados teóricos necesarios y esenciales para la solución del problema científico que se presenta en la tesis. Inducción-Deducción: Si bien se establecieron generalizaciones, a través de las cuales se configuró el cumplimiento de los objetivos y la firme ratificación de tareas de investigación; el proceder fue deductivo, por cuanto los contenidos de SC, como eje de la investigación, son ciencia constituida y se partió de los conocimientos que de manera general existen sobre ellos. Histórico- lógico: Se realizó por todos los aspectos conceptuales, clínicos y de tipo educativo. Todo ello, para demostrar la eficacia y el beneficio y procedencia de la investigación que sobrelleva a la Tesis. Utilizado para establecer el estudio y antecedentes del objeto de investigación en su devenir histórico así como las leyes generales del funcionamiento y desarrollo del fenómeno. El enfoque de sistema permitió ofrecer una concepción integral y aseguró la fundamentación teórica y metodológica de la propuesta de acciones diseñado para el mejoramiento de las mujeres durante el SC. Desarrollo Caso Clínico Resumen de historia clínica Edad 25ª
Sexo: M Raza: blanca Ocupación: Estudiante de Medicina Procedencia: Rural Escolaridad: Universitario Datos sociales y ambientales: PTE de procedencia rural que vive acompañado de su madre y 9 hermanos en una vivienda humilde con piso de tierra, paredes de madera y techo de guano, con solamente dos habitaciones No presenta red de agua potable, ni red de alcantarillado, con fecalismo al aire libre. APP: N/S APF: padre fallecido neoplasia de pulmón Madre DM tipo I HEA: Vemos pte de 25 años de edad que acude a nuestra consulta por presentar hace más o menos una semana febrícula de 37,5 grados en horario de la tardenoche que hace mas menos dos días comienza a presentar fiebre elevada de 39 grados acompañándose de falta de aire y dolor en la región anterior del tórax de ligera intensidad que aumenta con el esfuerzo físico y se alivia con analgésicos, además refiere fatiga y malestar general. Examen físico Mucosas Húmedas y normocoloreadas. Sist. Respiratorio: MV conservado no estertores FR 35 x min SCV: ruidos cardiacos rítmicos, no soplos FC 100 x min TA:105/60mm/Hg Abdomen: negativo TCS: No infiltrado Se le pone Tto médico con analgésicos, antipiréticos y antibióticos Evolución del caso Pcte que después de haber recibido este Tto durante 5 días no se aprecia mejoría clínica, al contrario aumenta la disnea, la fiebre se eleva y el dolor toráxico persiste por lo que se decide indicarle exámenes complementarios. Hemograma completo. Hb- 9.5g/l Leucograma Leucocitos:19 x 10/L Linfocitos:075 % Eosinófilos: 0.24% Eritrosedimentación: 53mm/h Rx de tórax (se muestra a continuación) Electocardiograma(se muestra en la siguiente diapositiva) Posteriormente al análisis exhaustivo de los exámenes complementarios que no se corresponden con la clínica del paciente se decide remisión para estudio y Tto. Inmediatamente se decide por parte de el equipo de cirugía cardiovascular realizarle la pericardiocentesis .donde se realiza un estudio del liquido extraído sin resultados de interés diagnóstico, pero sí hay mejoría clínica del paciente. se trata con antibióticos, antiinflamatorios y se diagnosticó una pericarditis idiopática.
Aproximadamente 10 días después el paciente sufre una regresión en su estado de salud , aumenta la disnea , el dolor torácico se hace insostenible , además reaparecer síntomas como fatiga , astenia , anorexia y comienza a presentar nuevamente febrícula vespertina de 37.5 grados . Al examen físico encantamos (Datos positivos) Mucosas: húmedas e hipocoloreadas. Sist. Resp: -Inspección: expansibilidad torácica disminuida de hemitórax derecho. Presencia de tiraje intercostal -Palpación: vibraciones vocales abolidas en base pulmonar derecha -Percusión: Matidez en base pulmonar derecha. - Auscultación: MV abolido en base pulmonar derecha. Sist. cardiovasc: -Inspección: Latido de la punta no visible -Auscultación: Ruidos Cardiacos rítmicos se ausculta soplo Aórtico y pulmonar mesosistólico III/VI, rose pericárdico en el momento sistólico. TA 100/60 mm/hg FC: 100 x min. Abdomen: Inspección: Distendido, piel brillosa Auscultación: Ruidos hidroaéreos disminuidos - Percusión: Matides. TCS: Infiltrado en miembros inferiores hasta el tercio superior de la pierna Se le realiza la Toracosentesis y posterior estudio del líquido sin resultados relevantes Posteriormente al cavo de 5 días comienza con el siguiente cuadro clínico. -Hipotensión arterial -Taquicardia -Taquipnea -Toma del estado general -Ingurgitación yugular -presencia de pulso paradójico Trasladándolo inmediatamente hacia la sala de terapia intensiva con el diagnostico de un taponamiento cardiaco y realizándose una Pericardiotomía parcial donde microscópicamente este tejido se encuentra fibroso, granulomatoso, con presencia de tabicaciones. Y se decide su estudio histológico, donde finalmente se aísla un Bacilo Gram Positivo, delgado inmóvil, aerobio, deforma ligeramente curvada y fusiforme con una longitud que oscila entre 1 y 4 micras. Al microscopio óptico se tiñe con la coloración Ziehl-Neelsen Mycobacterium Tuberculoso o Bacilo de Koch ID: Tuberculosis Extrapulmonar
Referencias bibliográficas
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