GUIA RAPIDA PARA ENTENDER LA NUEVA NORMATIVA DE ESTIBA EN CAMIÓN - RD 563 2017 -
2018 AUTORA: EVA MARIA HERNANDEZ RAMOS
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GUIA RAPIDA PARA ENTENDER ENTENDER LA NUEVA NORMATIVA DE ESTIBA EN CAMIÓN - RD 563/2017 -
1ª Edición, Edición, Abril 2018 Autoría: Eva María Hernández Ramos © Eva María Hernández Ramos Edición y divulgación: Instituto para la Seguridad en las Cargas (iSEC) Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta edición, incluido el diseño de la cubi cu bier erta ta,, pu pued edee se serr repr reprod oduc ucid ida, a, alma almace cena nada da,, tra trans nsmit mitid ida, a, dist distriribu buid ida, a, util utiliz izad ada, a, comunicada públicamente o transformada mediante ningún medio o sistema, bien sea elé eléctri ctrico co,, qu quím ímic ico, o, me mecá cáni nico co,, óp óptitico co,, de grab grabac ació iónn o elec electrtrog ográ ráfifico co,, sin sin la prev previa ia autorización escrita de la autora salvo excepción prevista por la ley ley..
Exoneración de responsabilidad El contenido de esta Guía, no reemplaza ni sustituye al consejo personalizado, ni la disputa y su propio trabajo con las disposiciones legales pertinentes. Todos los textos y modelos propuestos sirven como Guía de ejemplo y comprobación y deberán ser adaptados a su transacción concreta. Su autora, Eva María M aría Hernández, exime cualquier responsabilidad que pueda originarse en cuanto a la integridad, la exactitud y la actualización de los textos, contenido y modelos aportados en sus estándares.
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Eva María Hernández Ramos es Licenciada en Derecho, especializada en derecho marítimo y de transporte, Especialista de estiba de cargas en contenedor y carretera. Primera mujer maestra de las cargas, detectó una necesidad en el mundo de la estiba y creó el desarrollo jurídico de las “fichas de estiba”. Considerada primera lanza en derecho de estiba, colabora con instituciones en el desarrollo del trazado de responsabilidad de las labores de carga, estiba y trincaje de mercancías. Coautora de “fichas de estiba técnicas”, que ya utilizan grandes multinacionales del país.
La innovación y la creatividad son considerados su valor añadido, es creadora creadora de un nuevo nuevo concepto concepto de enseñanza. enseñanza. Dirige actualmente actualmente el área legal de iSEC y Grupo Inex Inversiones.
Es colaboradora en “Aquí Medios de Comunicación”, formadora y escritora. Cuenta con 3 libros publicados, y un gran número de estándares, relatos, herramientas de trabajo, de divulgación gratuita. Ha impartido formación en estiba y derecho de transporte en las principales escuelas como como ADL, ICIL, UB, iSEC, FUNDESEM. 3
Introducción. La Directiva 2014/47EU, aborda la regulación de las inspecciones técnicas en carretera en toda la Unión Europea. En su des desarro arrollllo, o, in ind dic icab aba a que que lo loss difer iferen enttes est estados ados deb debían ían transponer su contenido a sus ordenamientos jurídicos. En nuestro caso estatal, se promulgó el RD 563/2017, el cual ha entrado en vigor el 20 de mayo de 2018, generando gran expectación entre todos. Los dife iferen enttes estados han promulga lgado normas sim imiilar lares y preparado sus cuerpos de seguridad para llevar a cabo cientos de miles de inspecciones en toda la UE. Esta guía es una pequeña introducción a este importante cambio y sobre cómo ejecutarlo. 4
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1. La importancia de la estiba en el total de accidentes en el Transporte por carretera La “mala “mala estiba estiba” ” está detrás de un gran número de accidentes y de ahí su importancia. Se calcula que:
de accidentes en el transporte por carretera se deben a una mala sujeción de las cargas
s o m a R 2. ¿Qué es la estiba? z e d La estiba es un conjunto de acciones sobre la mercancía, n á enfocadas a conseguir una manipulación y transporte seguro n r e H a í r a M a v E ©
Cada una de estas partes tiene un responsable, ya sea definido por la Ley Ley, bie ien n pact pactad ado o en enttre las las part partes es,, me medi dian antte el oport ortun uno o contrato, acuerdo de voluntades y ahora la denominada: “ficha de estiba” la
cual aporta un trazado perfecto de las responsabilidades.
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3. ¿Qué hace que se vuelque o deslice la mercancía?. Las fuerzas G Suena a una serie de dibujos de los 80, pero no tiene nada que ver con ello. Las Fuerzas G son aquellas a que se somete la mercancía durante el transporte y se llaman así “G” por compararse con la fuerza de la gravedad.
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HDZ
S A H C I F
© E v a M a r í a H e r n á © Copyright Eva Hernández Ramos & Carlos Hernández Barrueco n d e 3.1 ¿Esto para qué se usa en la práctica? z R Sirve para saber a qué fuerza se podrá proyectar una carga (en a comparación con la fuerza G o fuerza de gravedad) y, por lo tanto, m o conocer cuánta fuerza será necesaria para retenerla. Se calcula s
Las Fuerzas G
con la segunda Ley de Newton; F = m x a.
EJEMPLO: Si tenemos una carga de 10000 kg, se proyectará: 10000 x 0,8 = 8000 daN (*) hacia adelante 10000 x 0,5 = 5000 daN hacia detrás y hacia los lados 10000 x 0,6 = 6000 daN hacia los lados en riesgo de vuelco.
Por lo tanto, esa es la fuerza con que debemos asegurar la carga para que no vuelque, deslice, desplace o balancee. (*) Un decanewton equivale a 1kg x 9,81m/s 2, que se redondea a 10N o 1 daN
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4. Con qué aliados contamos cont amos para asegurar la carga
Ejemplos de daños por mala estiba LA MASA
ANGULO
BLOQUEO LA FRICCIÓN
LOAD CAPACITY (RESISTENCIA A LA ROTURA) STF (FUERZA DE TENSIÓN ESTANDAR)
Para Para pode poderr suje sujeta tarr la carg carga a co con n segu segurridad idad tene tenemo moss dive divers rsos os elementos como:
1. STF (Stan (Standar dard d Tension Tension Force Force o Fuerza Fuerza de Tensió Tensión n Estánd Estándar ar)). Se
2. 3.
4. 5.
6.
trata de la fuerza, fuerza, medida en Decanewtons Decanewtons,, que es capaz de apli aplica carr un una a tens tensor ora. a. Suel Suele e esta estarr en entr tre e 300 300 y 1000 1000 daN. daN. Se aconseja usar tensoras de entre 500 y 750 daN. LC (Loa (Load d Capa Capacit cityy o capaci capacidad dad de carg carga) a). Es la fuerza que resiste una trinca antes de romperse. Suele situarse entre 2500 y 7500 daN en tiro recto y el doble en bucle. La Fric Fricci ción ón. Se trata de la resistencia al deslizamiento entre dos superficies. Se mide a través de coeficientes establecidos en la norma, que van de 0 a 1 (pero encontramos materiales con fricciones más altas). Por ejemplo antideslizante = 0,6 Cuantto más se aprox roxim ime e a 90º, en el amarre rre El áng ángulo. Cuan supe superi rior or,, me meno noss ci cint ntas as se ne nece cesi sittarán arán.. Idem Idem en el amar amarre re directo, cuyo ángulo ideal se sitúa entre 45 y 65º. La masa. Se mide en kg y cuanto más pesada sea, más fuerza 1G se aplica y por tanto, más difícil es de mover el bulto. Esto se aplica agrupando bultos en mayores conjuntos, pero nunca deben ir sin sujetar por mucha mu cha masa que éstos tengan. El bloq bloque ueo o. Es una fuerza que puede sumarse a la sujeción. A mayor fuerza de bloqueo, menos o ninguna cinta se necesitará.
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5. ¿Cómo podemos clasificar los daños? Uno de los problemas para medir los daños por mala estiba consiste en no saber qué tipo de daños corresponden a este concepto. Ello hace que en las empresas y organismos sea difícil tratar de mejorar loss rat lo ratio ioss de in inc ciden idenc cias ias. Es por por ello llo que que des desde el iSEC iSEC he hem mos potenciado el uso del sistema de clasificación de daños por mala estiba, que se compone de 25 grandes familias y múlti ltiples subfamilias y artículos.
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Ejemplo: Nº
Có d i g o
Fam i l i a2
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2.1
Vuelco
Den o m i n ac i ó n Mo t i v o Vuelco hacia Sujeción inexistente o insuficiente para adelante evitar el deslizamiento
Si tuvi tuviés ésem emos os que que cl clas asif ific icar ar este accidente, veríamos que es un 2.1. Si por ejemplo, la carga hubiese pesado 2000kg, se hubiese proy proyec ecta tado do 1600 1600DaN DaN haci hacia a delan lante, sie ien ndo in infferior la fuerza de retención aplicada. 8
6. ¿Cómo se regula la estiba actualmente? Exis Existe ten n do doss grand grandes es bloq bloques ues:: las norm normas as no obli obliga gato toririas as,, como normas técnicas o guías sólo pueden ser de obligado cumplimiento cuando se incorporan al ordenamiento jurídico incluyéndose en una norma pública.
s o m a R z e d lado tenemos las las normas normas obligator obligatorias ias. En este caso, n Por otro lad á n tenemos: r e • Las normas públicas (Directivas, leyes, reglamentos, etc.) que, H además, establecen sanciones por incumplimiento. a í r • Las normas privadas , acuerdos que se fijan entre dos o más a part partes es y que, que, puede pueden n ser; ser; co cont ntra rato tos, s, térm término inoss y co cond ndic icio ione nes, s, M a guías privadas de obligado cumplimiento, procedimientos… v E ©
6.1 ¿Qué normativa existía hasta ahora en España en lo relativo a la estiba de mercancías en camión?
Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003). Art. 14 De aplicación junto al RD 563/2017, por lo que la necesidad de que la carga vaya bien estibada no es algo nuevo. carga tran transp sport ortad ada a en un vehíc vehícul ulo, o, así así co como mo los los acce acceso sori rios os que que se “La carga utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos, sujetos, de tal forma que no puedan: A) Arra Arrast stra rar, r, caer caer tota totall o parc parcia ialme lment nte, e, o desp desplaz lazar arse se de mane manera ra peligrosa. B) Comprometer la estabilidad del vehículo. C) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas. evitadas.”
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RD 1032/2007 sobre la cualificación de conductores profesionales de vehículos de carretera. Anexo I. Punto I.4
Indic ndica a dentro de sus requisito itos de formació ión n, un contenido ido obligatorio de 1 hora y 30 minutos sobre estiba y sujeción de la carga.
La Ley 6/2014 sobre circulación de vehículos. Artículo 65.5.n)
Tipifica como infracción muy grave “circular con con un vehículo cuya carga ha caído a la vía, por su mal acondicionamiento, creando grave peligro para el resto de los usuarios”.
Código ADR. 7.5.7 Manipulación y estiba
Desde el año 2013, se viene estableciendo en este apartado que:
conside dera ra “Se consi
que que se sati satisf sfac acen en las las disp dispos osic icio ione ness del del pres present ente e párrafo cuando el cargamento está estibado conforme a la norma EN 12195-1:2010 ”. Observamos, por tanto, que la norma UNE EN 12195.1:2011, que se aplica a nivel estatal desde el 20 de mayo de 2018, no es algo novedoso o desconocido (ver artículo 14 del RD1428/2003). Desde el año 2013, se indicaba para estibar mercancías ADR y así cump cumplir lir las dispo disposi sici cion ones es del del párr párrafo afo relat relativo ivo a mani manipu pulac lació ión n y aseguramiento de la carga.
6.2 ¿Qué regula el RD 563 / 2017? Se trata de la transposición de la Directiva 2014/47 EU, que renueva la anterior regulación sobre inspecciones técnicas en carretera, y que, en su Anexo III regula la inspección y principios de la sujeción de las las carga argass. En la suj uje eció ión n de la carg carga a se debe deberá rá ten ener er en cuenta: -
Los coeficientes de aceleración de la norma. La distribución de peso. Resistencia de los anclajes y eficacia de los mismos. Técnicas de estiba Normas técnicas EN que se verificarán verificarán a tal efecto (por ejemplo: ejemplo: 10 Norma EN 12642 L y XL).
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7. ¿Qué normas técnicas incluye el RD 563 / 2017? Este nuevo RD, nos indica la aplicación de determinadas normas técn écnic icas as,, regu regula lado dora rass del del cálc cálcu ulo de las las fuer fuerza zass de suj ujec eció ión, n, características de los útiles de estiba, resistencia y estructura de los vehículos, y otros elementos como redes y lonas, postes, teleros e incluso; embalaje. NORMA EN12195-1 EN12195-2 EN12195-3 EN12195-4 EN12640 EN12642 EN283 EN12641 ISO 1161, ISO 1496 EUMOS 40511 EUMOS 40509
ASUNTO Cálculo de las fuerzas de amarre Cintas de amarre de fibras sintéticas Cadenas de amarre Cables de acero de amarre Puntos de amarre Resistencia de la estructura de la carroceria de los vehí culos culos Cajas móviles Lonas Contenedor ISO Postes - teleros Empaquetado para el transporte
De todas estas normas, la más crucial es la norm no rma a EN121 EN12195 95-1 -1 que obligará a calc calcul ular ar lo loss útil útiles es de fija ijación o sus características.
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También es importante la norma EN12642 sobr sobre e res resiste istenc ncia ia de las carrocerías, si van a usarse como co mo el elem emen ento toss de sujeción de la carga. 11
7.1 La norma EN12195 Es la más destacada de todas las normas obligatorias exigidas. Se compone de 4 partes:
EN12 EN1219 195-1 5-1:2 :201 010. 0. CÁLC CÁLCUL ULO O DE LAS FUERZAS DE SUJECIÓN Esta norma incluye las fórmulas, coeficientes y datos que se precisan para calcular cuestiones como el número de cintas de amarre necesarias para contrarrestar la fuerza G, o sus características.
EN12195-3:2001. CADENAS DE SUJECIÓN. Esta norma trata de las cadenas usadas para sujeción de la carga. Define sus sus cara caract cter erís ísttic icas as,, chap chapa a que deben portar, etc.
© E v EN12195-2:2002. CINTAS DE a AMARRE FABRICADAS A PARTIR DE M a FIBRAS QUÍMICAS. r a Esta parte de la norma aborda las í H características y obligaciones que e n debe satisfacer una cin intta de r á amarre p ar a poder estar n d homo ho molog logad ada. a. Tambi También én define define lo e z que debe llevarse en la etiqueta, y R que la etiqueta debe ser legible y a m vis visible ible.. El MARC no es o MARCAD ADO O CE no s obligatorio.
EN1 EN12195-4: -4: 2003. CABLES DE AMARRE DE ACERO. Esta parte de la norma aborda las características y obligaciones que que debe debe sat satisfa isface cerr de acer acero o 12 para poder estar homologado.12
8. ¿Qué va a inspeccionarse en el RD 563/2017? 563 /2017? Las inspeccion inspecciones es podrán podrán realizarse: realizarse: 1. Sobr Sobre e lo loss veh vehíc ícu ulo loss (si las las part partes es que que se usan usan sirve irven n para para contener e inmovilizar la carga):
2. Sobre las técnicas de fijación de la carga, comprobando que las cargas están realizadas acorde a las normas técnicas exigidas.
3. Sobre lo loss úti útile less, para ver ver si cumple len n normativa iva técn écnic ica a corr co rres espo pond ndien iente te,, llevan llevan etiqu etiquet eta a y está están n en buen buen esta estado. do. Así Así mismo, se verificará que el vehículo es apto para el transporte, con co n punt puntos os de ancl anclaj aje e sufi sufic cie ient ntes es y adec adecua uado doss, adem además ás de inspeccionar graneles o trozas, cuando corresponda.
4. Se considerará deficiencia peli peligr gros osa a cuan cuand do la car carga vaya vaya totalmente suelta (y no sea vehículo XL)
9. ¿Por qué razones nos pueden sancionar en una inspección en carretera acorde al Anexo III del RD 563/2017 (sujeción de la carga)? A continuación, veremos la clasificación resumida:
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20. RETENCIÓN DE LA CARGA POR CONTENCIÓN Evaluación de la deficiencia Deficiencias
Pared oxidada o deformada Parte fisurada que ponen en peligro la integridad del comportamiento de la carga Resistencia insuficiente (certificado o etiqueta si procede) Parte fisurada; faltan bisagras o cerraduras, o no funcionan Resistencia insuficiente del soporte (certificado o etiqueta si procede) Altura insuficiente en relación con la carga transportada Mal estado de los paneles de las paredes laterales Parte fisurada Parte oxidada o deformada; mal estado de bisagras o cerraduras Parte fisurada; faltan bisagras o cerraduras, o no funcionan Resistencia insuficiente (certificado o etiqueta si procede) Altura insuficiente en relación con la carga transportada Parte oxidada oxidada o deformada deformada o amarre insuficiente del vehículo Parte fisurada; amarre al vehículo inestable Mala resistencia o diseño Altura insuficiente en relación con la carga transportada Mal estado o diseño No pueden soportar las fuerzas de amarre necesarias Número insuficiente Número insuficiente insuficiente para soportar las fuerzas de amarre necesarias Mal estado, dañado Parte fisurada; no apta para soportar la fuerza de retención No apta para la carga transportada transportada Ausente Mal estado, dañado Parte fisurada; No apto para soportar carga Límite de carga insuficiente
Leve
Grave
Peligros a
x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x
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20. RETENCIÓN DE LA CARGA POR AMARRES DE CIERRE, BLOQUEO Y AMARRE DIRECTO
s o m a R z e d n á n r e H a í r a M a v E ©
Deficiencias Demasiada distancia con la pared frontal si se utiliza para la sujeción directa de la carga Más de 15 cm y riesgo de atravesar la pared Demasiada distancia con las paredes laterales si se utilizan para la sujeción directa de la carga Más de 15 cm y riesgo de atravesar la pared Demasiada distancia con la pared posterior si se utiliza para la sujeción directa de la carga Más de 15 cm y riesgo de atravesar la pared Fijación al vehículo inadecuada Fijación insuficiente No aptos para soportar las fuerzas de retención, flojos Sujeción inadecuada Sujeción insuficiente Totalmente ineficaces Equipo de sujeción poco adaptado Equipo de sujeción totalmente inadecuado Método escogido para la sujeción del embalaje: subóptimo Método elegido totalmente inadecuado Estado de las redes y de las lonas (falta la etiqueta/están dañadas pero pueden servir) Dispositivos de retención de la carga dañados Dispositivos de retención de carga muy deteriorados y que no son ya apropiados para el uso Resistencia insuficiente de las redes y lonas Capacidad inferior a dos tercios de las fuerzas de retención requeridas Fijación insuficiente de las redes y lonas Fijación con una capacidad menor para soportar dos tercios de las fuerzas de retención requeridas Adecuación insuficiente de las redes y lonas para la sujeción de la carga Totalmente inadecuadas Inadecuación de la unidad de separación y relleno Separación o espacios libres demasiado amplios Las fuerzas de sujeción requeridas son inadecuadas Inferiores a dos tercios de la fuerza requerida
Evaluación de la deficiencia Peligro Leve Leve Grav Grave e sa x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x
x x x x x x
Evaluación de la deficiencia
20. RETENCIÓN DE LA CARGA POR AMARRES DE CIERRE, BLOQUEO Y AMARRE DIRECTO
Peligro Leve Grave sa
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Inadecuación de los dispositivos de retención de la carga Dispositivo totalmente inadecuado Falta la etiqueta (por ejemplo ej emplo placa/remolque)/está dañada pero el dispositivo funciona adecuadamente Falta la etiqueta (por ejemplo ej emplo placa/remolque)/está dañada y el dispositivo está muy deteriorado Dispositivos de retención de la carga dañados Dispositivos de retención de carga muy deteriorados y que no son ya apropiados para el uso Tornos de amarre utilizados de forma incorrecta Tornos de amarre defectuosos Uso incorrecto de los dispositivos de retención de la carga (por ejemplo falta de protección de las aristas) Uso defectuoso de los dispositivos de retención de la carga (por ejemplo nudos) Fijación de los dispositivos de retención de la carga inadecuada Inferiores a dos tercios de la fuerza requerida Se emplea un equipo inadecuado Se emplea un equipo incorrecto o defectuoso Se emplea un equipo totalmente inadecuado Productos a granel que vuelan al circular el vehículo y que pueden distraer a otros vehículos Supone un peligro para los demás vehículos Productos a granel mal sujetos Pérdida de la carga que supone un peligro para los demás vehículos Productos ligeros sin cubrir Pérdida de la carga que supone un peligro para los demás vehículos Pérdida parcial del producto transportado (troncos) Fuerzas de sujeción de la unidad de carga inadecuadas Inferiores a dos tercios de la fuerza requerida
x x x
x x x x x x x
x x x x x x x x x x x x x x
10. ¿Qué técnicas de estiba podemos utilizar, según la norma EN 12195.1? Existen 2 grandes familias de técnicas técni cas de estiba: Fricción y Restricción: A / FRICCIÓN. Fija la mercancía al suelo mediante fricción y presión. En este tipo de técnica, en la cual se encuentra el amarre superior, debemos utilizar el valor de STF que aparece en la etiqueta de los útiles de estiba. La STF, como hemos visto es la fuerza de tensión esta estand ndar ariz izad ada, a, que que por por ló lógi gic ca no usar usarem emos os en las las técn técnic icas as de restricción. B/ RESTRICCIÓN. Inmo Inmov viliz iliza a la carg carga a me med diant iante e la res resist isten enci cia a de amarres, paredes o útiles de bloqueo. Se divide en 3 subfamilias:
1. CONTENC CONTENCIÓN IÓN; Contiene la mercancía mediante un vehículo o UTI. 2. RESTRICCIÓ RESTRICCIÓN N / SUJECIÓN SUJECIÓN; Retiene la mercancía por la resistencia del trincaje
3. BLOQUE BLOQUEO; O; inmoviliza la carga mediante bloqueos.
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1. Estos son los útiles más empleados en las técnicas de AMARRE:
FRICCIÓN
RESTRICCIÓN CONTENCIÓ N
SUJECIÓN
BLOQUE O
FRICCIÓN
Cintas ntas de amarre CONTENCIÓ N
AMARRE AMARRE EN BUCLE POR RESORTE
AMARRE DIRECTO
BLOQUEO
Cade adenas de amarre
Cables de acero
AMARRE SUPERIOR
Resorte con eslingas Directo transversal Bloqueo transversal Superior transversal
Redes y lonas de amarre
Cintas textiles o Grilletes, conexiones y cáncamos sintéticas de un uso
2. Esto Estoss son son los los útil útiles es más más empl emplea eado doss en las las técn técnic icas as de BLOQUEO: Resorte cruzado
Directo longitudinal Bloqueo longitudinal Superior longitudinal
Resorte con pales Directo en diagonal Bloqueo diagonal
Resorte con redes o toldos
Bloqueo vertical
Superior cruzado
Barras y tablas de bloqueo
Madera para estiba
Superior en cruz
Bloqueos sintéticos
Relleno con cartón de celda (voidfiller)
11. ¿Cómo interpretar la etiqueta de las cintas de amarre? Además de conocer los útiles, hay que saber interpretarlos y obtener la información necesaria para realizar los cálculos de estiba o la elección correcta. Comenzaremos por entender las etiquetas de las cintas de amarre. Recordar que el marcado CE no es obligatorio, por lo que si nuestra cinta de amarre está fabricada en EEUU, por ejemplo, no lo llevará y no es sancionable. Nombre o símbolo del fabricante Código de trazabilidad Norma Norma EN 12195-2 , cintas de amarre fabricadas a partir de fibras químicas. Año de fabricación Capacidad de amarre (LC), que es la fuerza máxima que la cinta de amarre está diseñada para resistir en tracción recta (*) SHF: Fuerza manual normalizada: fuerza de operación manual de 500N (50 DaN sobre la etiqueta). No debemos utilizar palancas para tensar las cintas. STF: STF: Stan Standa dard rd Tens Tensio ionn Forc Forcee -.Fu -.Fuer erza za de tensión normalizada , después del aflojamiento de la manivela del trinquete o fuerza del cabrestante basado en el nivel al cual el dispositivo tensor ha sido sometido en el ensayo tipo, cuando se ha diseñado para amarre friccional Longitudes en metros Material Alargamiento en % País de fabricación Aviso no uso para uso para elevación El marcado CE, en cualquier parte de la cinta en caso de fabricación europea
Consejos ofrecidos por:
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Las cintas de amarre no tienen fecha de caducidad, pero hemos de conocer cuando cambiarlas o dejar de utilizarlas por ser sancionable el uso de cintas defectuosas o en mal estado. Podemos observar que las etiquetas pueden ser de color azul (cintas fabricadas de poliéster), verdes (poliamida) y marrones (polipropileno). Todas ellas válidas y con resistencia a agentes químicos distinta, por lo tanto las elegiremos en función de si transportamos ADR, tipología y características del transporte y carga.
12. ¿Cuándo cambiar las cintas de amarre? Las ci cin ntas de amarre no se debe deberrán utiliz iliza ar en las siguientes situaciones, algunas de ellas muy peligrosas y sancionables consecuentemente en inspecciones en carretera. Es muy importante contactar con un buen proveedor que nos de garantías de certificación.
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1
Cintas con nudo. Pierden hasta hasta un 80% de su LC y rompen por el nudo ante tensiones muy bajas.
2
Cortes en la cinta. Estos cortes hacen que la cinta pueda abrirse fácilmente ante cualquier tensión tensión
3
Manchas o contaminación contaminación química. Esto hace que varíe la naturaleza naturaleza del material
4
Quemaduras producidas por contacto con fuentes de calor. Esto cambia las propiedades de la cinta, produciendo un efecto similar al del corte.
5
Pérdida de etiqueta. Una cinta sin etiqueta no tiene trazabilidad en caso de accidente y no puede usarse correctamente al carecer de datos.
5
Agujeros en la cinta. Pueden haberse producido por perforación de la mercancía o el vehículo e inhabilitan a la cinta para su uso.
6
Deterioro por luz ultravioleta y desgaste natural. La luz solar daña a las cintas, que presentan un color más atenuado y un deshilachado por los bordes.
13. ¿Debo renovar toda mi flota para adaptarla a la EN 12642 L y XL? La respuesta es negativa. Una pregunta que se repite jornada a jornada: ¿debo renovar mi flota? ¿debo certificarme en norma EN 12642 L y/o XL? Si utilizas la estructura de tus vehículos (paredes) para sujetar la carga, si deberás adaptar tu flota para que cumpla lo dispuesto en la norma EN v 12642 L y EN 12642 XL, puesto que deberá disponer de determinadas a resistencias. De lo con onttrar rario io,, debe deberá ráss util utiliz izar ar un una a de las las técnic cnicas as de suj uje eció ión n dispu ispues esttas o un una a co com mbin ina aci ción ón de ella llas para para tu me merc rcan anc cía, ía, si tus veh vehíc ícu ulo loss no cump cumple len n las las disp isposic osicio ione ness de suj ujec eció ión n y res resist isten enc cia estipuladas en estas normas.
a r a
e r n n e z La cert certif ific icac ació ión n no es ne nece cesa sari ria, a, simp simple leme ment nte e faci facililita ta la tare tarea a de a sujeción. De no estar certificados debemos amarrar la mercancía con m o una de las técnicas ya vistas anteriormente, con la consecuente revisión s
de que los puntos de anclaje son suficientes, resistentes y compatibles con los útiles de amarre.
Así pues, la norma EN 12642 regula lo relativo a la sujeción de la mercancía en transporte por carretera, en vehículos de más de 3,5 toneladas de MMA. Esta Establ blec ece e las co cond ndic icion iones es de resis resiste tenc ncia ia de la estr estruc uctu tura ra del camión, es decir, lo que resistirá longitudinal y transversalmente sin utilizar otro medio de sujeción para la carga. A con onttin inua uac ció ión n vemo vemoss lo loss porc orcen enttajes ajes de suj ujec eció ión n con las las estructuras fijas del camión (paredes laterales, trasera y testero en las normas EN 12642 L y XL, respectivamente*): r espectivamente*): *Valores generales orientativos, cabe ampliación y matizaciones en cada caso.
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Paredes laterales- EN 12642 XL Podemos ver, como la sujeción lateral que nos aporta un camión que cumple la norma EN 12642 XL; se corresponde a un valor del 40% de la carga útil (0,4P) repartida de forma homogénea por toda su longitud y hasta un 75% de altura. La aceleración lateral es de un 0,5G por lo que con anti antides desliz lizan ante te (0,6 (0,6 coefi coeficie ciente nte fricc fricción ión)) las pare parede dess sería serían n suficientemente sólidas para soportar las fuerzas laterales. Las paredes laterales se han de utilizar con precaución si las fuerzas de la carga no están repartidas uniformemente a lo largo de los lados.
¿Cuánto retiene el certificado L y XL? La IRU nos facilita unas tablas en las que podemos calcular las toneladas máximas que retiene el panel delantero, lateral, y trasero del camión, en cada caso (EN 12642 L y XL).
Panel delantero- EN 12642 L Los paneles delanteros según la norma EN 12642 L pueden resistir una fuerza del 40% de la carga útil, repartida de forma uniforme, sobre anchura y altura total del camión.
Cuando la carga útil supere las 12,5 tn, la resistencia que se requiere tiene su límite en 5 tn. En el cuadr cuadro o sigu siguien iente te (fue (fuent nte: e: Có Códig digo o IRU Buena Buenass práct práctica icass para para estiba segura), se indica peso de la carga que puede ser bloqueado cont co ntra ra test tester ero o co con n un una a res resiste istenc ncia ia lím límite ite de 5tn 5tn para para dife difere rent ntes es fricciones.
Si el peso de la carga supera el calor de la tabla, es obligatorio usar otro método de amarre o bloqueo.
Coeficiente de fricción
Peso de la carga (en toneladas) que se puede bloquear contra el panel delantero delanter o hacia adelante
0.25
9.2
0.30
10.1
0.35
11.3
0.40
12.7
0.45
14.5
0.50
16.9
0.55
20.3
0.60
25.4
Panel delantero- EN 12642 XL Los paneles delanteros según la norma EN 12642 XL pueden resistir una fuerza del 50% de la carga útil (0,5P), repartida de forma uniforme, en toda la anchura, hasta un 75% de la altura. Fuerza G: 0.8. Con una
fric fricci ción ón de 0.3 0.3 mínim mínimo, o, el pane panell dela delante ntero ro será será lo sufi sufici cien ente teme ment nte e resistente como para resistir la fuerza de aceleración hacia adelante, de una carga útil completa. Nota: SE RECOMIENDA USAR ANTIDESLIZANTE. Será una de las cosas que pue ued de in insspeccio iona narrse según el An Ane exo III del RD 563/20 /2017: idoneidad y uso adecuado el mismo.
© E v a M a r í a H e r n á n d e z R a m o s
Consejos importantes: No olvide consultar las resistencias en el resto de supuestos (paredes laterales, testero, pared trasera) y normas (según su vehículo sea L o XL). Por favor, por su seguridad, contacte siempre con un experto en temas temas técni técnicoco-leg legale aless para para aclar aclarar ar cualq cualquie uierr punt punto o de duda duda.. Un abog abogad ado o cert certif ific icad ado o en carg cargas as es un una a bue buena opción, instituto técnico o experto en seguridad y transporte.
13. ¿Quién es responsable de la estiba? La regu regulac lació ión n de las resp respons onsab abililida idade dess tiene tiene varios varios nive niveles les,, unas unas visib isible les, s, com omo o en un ic ice eber berg, y otra otrass más más com omp ple leja jass de ver ver y entender.
Las leyes. Constituirían la parte visible y se corresponden con la normativa pública escrita.
Los usos y costumbres.
“La costumbre hace Ley” y muchos de estos usos han sido ido in inc corporado ados al ordenamiento jurídi ídico dentro de la s normativa vigente, pero en menor rango o que la norma escrita.
m a R z e A partir de decisiones judiciales d encontramos diversos diversos posicion posicionamient amientos os n encontramos á n respecto a la responsabilidad en varios r e sentidos – a a veces veces contrapuest contrapuestos os -. H a í r a M La voluntad de las partes es esencial a la a v hora de regular responsabilidades, que a E © veces quedan ambiguas por la norma.
La jurisprudencia.
Pactos contractuales.
Aprenda más sobre l as responsabilidades derivadas de la jurisprudencia en este enlace:
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Regulación de las responsabilidades según la Ley. (Ley 15/2009) Artículo 20. Sujetos Sujet os obligados a realizar la carga y descarga. 1.
Las operacion operaciones es de carga de las mercancías mercancías a bordo bordo de los vehícu vehículos, los, así así como las de descarga de éstos, serán por cuenta, respectivamente, del cargador y del destinatario, salvo que expresamente se asuman estas operac operacion iones es por por el porte porteado adorr antes antes de la efect efectiva iva presen presentac tación ión del del vehículo para su carga o descarga. Igual régimen será de aplicación respecto de la estiba y desestiba de las mercancías. 2. El carga cargador dor y el dest destinat inatari ario o soporta soportarán rán las conse consecue cuenci ncias as de los los daños daños derivados de las las operaciones que les les corresponda rea realiz lizar de conformidad con lo señalado en el apartado anterior. Sin embargo, el porteador responderá de los daños sufridos por las mercancías debidos a una estiba inadecuada cuando tal operación se haya llevado a cabo por el cargador siguiendo las instrucciones del porteador. © E v Por lo tanto, es el CARGADOR, quien debe debe realizar realizar la estiba estiba y trincaje, trincaje, salvo a que lo pacte expresamente con el TRANSPORTISTA, expresamente y antes de M la efectiva presentación del vehículo. En este caso, la responsabilidad de a r í estas tareas corresponderá al TRANSPORTISTA. a H e REC RECOMEN OMEND DACIÓ ACIÓN N: En órd órdenes enes de car carga, ga, fich ficha as de esti estib ba o r n á contratos de transporte se identifique claramente este punto. n No obstante hay jurisprudencia que indica que el trincaje es algo propio del d porteador, mientras que la función del cargador debería ser la carga del e z vehículo y distribución del peso. En principio, estas serían las responsabilidades R a de las partes, acorde a normativa vigente: vigente: m o s Cargador/ Motivo Exped Exp edido idorr tra transp nsport ortist istaa Rec Recep eptor tor x Mal estado, vicio o insuficiencia del embalaje x Mala conducción o causas achacables al vehículo x Mal trincaje realizado por el conductor Mala distribución de de peso realizada por el cargador, siguiendo siguiendo instrucciones del porteador Mala estiba estiba o trincaje trincaje realizados realizados por el cargador/exp cargador/expedido edidorr Mal manejo en la descarga por parte del receptor Mal estado del del vehículo o contenedor contenedor (twist locks). Removidos posteriores de la mercancia para insertar mercancía de grupaje. Causa desconocida, sin haber firmado reservas el transportista a la recepción de la mercancía. Causa desconocida, habiendo firmado reservas el transportista tra nsportista a la recepción. Daños ocultos descubiertos fuera fuera de los 7 días posteriores a la descarga (con límite de plazo de reclamación reclama ción por Convenio de Viena Viena o contrato) contrato)
x x x x x x x 26 x
14. 14. ¿Qué ¿Qué herr herra amient ienta as de ayud yuda ten tenemos emos para implementar la nueva normativa? Las fichas de estiba HDZ son las fichas de estiba más populares y extendidas de la actualidad. Son las primeras y pioneras y han sido bien acogidas por varias administraciones. Se trata de un formato estandarizado creado por Eva María Hernández Ramos y Carlos Hernández Barrueco. Constan de una parte técnica (anverso) con vistas de la carga, útiles a emplear y tabla con cálculos hechos sobre el número o características de los amarres a usar. Pero también de una parte legal (reverso) perfecto cto trazado trazado de respons responsabi abilid lidad ad ac don do nde se disp dispo one un perfe acorde a lo anunciado por DGT y que configuran un pacto entre las partes ate lagunas legales. Se adjuntan a órdenes de carga o anexos/contratos de transporte. Pueden contratarse por licencia de uso de grandes datos de bases de fichas de estiba o se pueden contratar a la l a carta sobre las propias cargas.
© E v a M a r í a H e r n á n d La calcuestibadora es una app que calcula número de cintas necesarias. Tiene e z disponible una versión gratuita y otra personalizable a euskera y catalán . La R UNICA en mercado que adjunta fichas de estiba e instrucciones. Descárgala a m gratis en: www.seguridadenlascargas.com o s
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15. 15. ¿Por ¿Por qué qu é usar us ar fichas fic has de estiba? esti ba? En el mundo del transporte y la seguridad de las cargas, se presentan miles de casuísticas que deben resolverse para evitar complicaciones técnicas y legales. Cuestiones como: ¿C ¿ Cuántas uántas cintas ci ntas usar y qué técnica es técnica es mejor para mi carga? ¿Quién ¿Quién realiza el trincaje? trincaje? ¿quién “vigila” que la estiba es correcta? ¿Quién revisa el estado de las cintas de amarre? ¿ Quién debe aportar el antideslizante?... antideslizante?... Y si el transpor transportista tista hace el trincaje, trincaje, ¿está pactado? Y, la pregunta importante es: ¿Dónde pacto estas cosas, que son muchas, de forma clara y sencilla? Tener unas fichas de estiba dinámicas, que puedan verse on line en varios idiomas es una es una garantía de segurid ad para ad para el transportista, para el cargador y para los agentes de seguridad. seguridad . Las fichas transmiten seguridad y facilidad en la aplicación normativa, escl esclar arec ece e en caso casoss de acci accide dent ntes es,, recl reclam amac acio ione ness y DEFI DEFINE NEN N LA TRAZABILIDAD DE LA RESPONSABILIDAD. RESPONSABILIDAD. En caso de accidente o incidente, conoceremos qué se pactó y además recoge TODOS los puntos necesarios. El próximo peldaño es que, se realicen los cambios necesarios para que el inspector pueda sancionar directamente al responsable de un hecho defectuoso, defectuoso , no al transportista o cargador por cosas que no le corr corres espo pond nden en,, fome foment ntan ando do un tran transp spor orte te comp compet etititiv ivo o y empr empres esas as cargadoras de calidad.. El Libro Blanco de la Comisión, de 28 de marzo de 2011, en su capítulo dedicado a “hoja de ruta hacia un espacio único europeo en transporte: por una política de transporte competitiva y sostenible”, ya nos adelantaba la idea de la “competitividad”.
+
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© E v a M a r í a H e r n á n d e z R a m o s
POR UN TRANSPORTE DE CALIDAD La ficha de estiba potencia estiba potencia la calidad del sector de cargadores, cargadores , pero también aumenta la seguridad y compe competi titiv tivida idad d del del secto sector r transportista. transportista. El RD 563/2017 regula la forma en qué se debe estibar, pero incorpora una serie de normas técnicas las cuales tienen también responsabilidades: El RD no modifica el régimen de responsabilidad, debemos remitirnos a la Ley de Contrato de Transporte (Art. 20 Ley 15/2009), pero cada norma técnica tiene un régimen distinto que debe pactarse. Por ejemplo, en la norma EN 12195.2, reguladora de las cintas de amarre aplica a fabricante, pero ¿Quién debe revisar las cintas? ¿Y aportarlas?
DGT ha comentado últimamente, muy acertadamente que, podrá anotar en el boletín de denuncia estos temas, lo cual es de gran ayuda ayuda y valor. valor. Por ejemplo; ejemplo; mala estiba estiba por embalaje embalaje inadecuado: inadecuado: resp respon onsa sabl ble e el carga cargado dor/ r/e expe xpedido didorr. Hasta sta la acla claraci ración ón (y modificación/matización si cabe) de la normativa y el destinatario de la sanción, sanci ón, esto esto es un paso muy útil. úti l. No solo el transportista tiene obligaciones. Legalmente el cargador es quien está obligado a realizar la estiba (y trincaje), salvo que se pacte con el transportista (aunque ( aunque el cargador siempre conserva parte de responsabilidad), responsabilidad ), al igual que otras cuestiones que se nos escapan normalmente.
© E v a M a r í a H e r n á n d e z R a m o s
Cargadores ofrecen, de esta manera calidad añadida, puesto que si apor aporta tan n ello elloss la fich ficha a tien tienen en nume numero roso soss bene benefifici cios os lega legale les, s, pero pero el transportista también es beneficiado, y vicerversa. Una relación win-win. Sabiendo todos lo que hemos de cumplir, equitativamente, uno de los sectores clave como es el transporte, se reforzará y podrá ofrecer servicios de calidad.
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16. 16. ¿Cuá ¿Cuáll es el contenid co ntenido o mínimo legal de las fichas fic has de estiba?
s o m a R z e d n á n r e H a í r a M a v E ©
A tenor de lo anteriormente expuesto consideramos y aconsejamos que se realice la siguiente solicitud de contenido mínimo en las fichas de estiba que se emitan: 1. Norma Norma aplicable aplicable a la ficha de estiba estiba 2. Cuadro de responsabili responsabilidade dadess según incoterm incoterm 3. Cuad Cuadro ro de resp respon onsa sabil bilid idad ades es de las las part partes es según según cada cada norm norma a (ver página 13) 4. Persona Persona respo responsa nsable ble legal legal de la empre empresa sa que se respo responsa nsabil biliza iza de que la carga va correctamente 5. Cuad Cuadro ro de firm firman ante tess – legal y técnico – que emiten la ficha como certificado de estiba o arrumazón. Necesario abogado colegiado, experto certificado en cargas de camión/contenedor. Si bien esto sería un mínimo legal exigible, los emisores podrían añadir otros campos, como sucede, por ejemplo, en las fichas HDZ.
17. 17. ¿Cuál Cuál es el el contenid co ntenido o técnico técni co mínimo m ínimo de d e las las fichas fic has de estiba? La Administración está trabajando en los contenidos técnicos exigibles. Pero Pero,, pode podem mos defi defini nirl rlos os y adel adelan anta tarl rlos os con con argu argume ment ntac ació ión. n. En nuestro caso, aconsejamos que estos sean los contenidos mínimos que presente una ficha de estiba: 1. Nombre Nombre y código código de trazabilid trazabilidad ad de la ficha 2. Vistas Vistas de cómo realizar realizar una determina determinada da técnica técnica,, desde desde diferen diferentes tes perspectivas (ejemplo; vista general, frontal y superior) 3. Útiles Útiles que que se aconseja aconseja llevar llevar para para realizar realizar la operaci operación ón 4. Tablas con cálculos cálculos hechos que faciliten faciliten la compren comprensión. sión. Como en la parte legal, la parte técnica podría rellenarse con más datos, como sucede en las fichas HDZ. Vamos a ver a continuación un ejemplo de reverso legal y anverso técnico.
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AT-HU-008
Big Bags altos. Vehículos no EN12642 XL
Ficha: Norma Fecha: Versión Medidas Valores estándar:
MAR A
Elaborada por Ficha aplicable Recomenda Recomendación ción como (señale x)
UNE EN 12195-1:2011
Obligació Obligación n X
4/5/2018 Largo
Ancho
1,2 1. Cálculos válidos en los siguientes modos de transporte
CARRETERA
Eva María Hernández Ramos Carlos Hernández Barrueco
MAR B
1,2 m
MAR C
Alto
kg
1,46 m
936 kg
Vehículo requerido: requerido: semirremolque con con puntos de anclaje de 5000 DaN
2. EPIs obligatorios durante la estiba
FERROCARRIL
X
3. Vistas generales 3.1 Vista general
3.2 Vista frontal
3.3 Vista superior
v a a r a
se usan tiras de antideslizante, a las que previamente se les ha hec hecho un cort corte e para ara pasa pasarr la cint cinta a de amar amarre re
4. Útiles recomendados
e r n n e z a m o s
5. Resumen de los pasos principales
1
3
2
Antideslizante Fijación al camión: Cintas de amarre 2 piezas LC > 5000 daN en bucle Cantoneras
6. ¿Qu ¿Qué num numero de amarre rres nece necessitamos según la STF de las las cin cintas?. s?. Tabla co con n cálc cálcu ulos los hecho chos. Su el o o b j et o o em b al aj e
Madera serrada
Recomendación
Madera lisa Goma / antidesliz antideslizante ante
C. Fricción µ
0,3
0,4
μ
Su el o Cam i ó n Laminado, contrachapado Aluminio ranurado Laminado, contrachapado Laminado, contrachapado
0,45
0,45 0,4 0,3 0,6
0,6
LC de cada amarre
45ª
65º
85 º
45ª
65º
85º
45ª
65º
85º
45ª
65º
8 5º
2500 DAN 5000 DAN 7500 DAN
0,8 1,6 2,4
0,6 1,2 1,8
0,3 0,6 2,7
1 2 3
0,8 1,6 2,4
0,4 0,9 1,4
1,1 2,2 3,3
0,9 1,8 2,7
0,5 1,1 1,7
1,6 3,2 2,9
1,4 2,8 4,2
0,9 1,9 2,9
Según la tabla adjunta, podemos ver las toneladas que retiene cada amarre, comparándola con con el peso de los big bags a sujetar
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TERMINOS DE ESTIBA
CLAUSULAS APLICABLES
2. RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES NORMATIVA APLICABLE
Responsabilidad ¿Quién debe realizarlo?
COMENTARIO NORMA
1. NORMATIVA APLICABLE
s o m a R z e d n á n r e H a rí a M a v E ©
3. INCOTERM USADO Y RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD EN FUNCION DEL INCOTERM INCOTERM INCOTERM
CARGA
EXW
CLIENTE
NO PACTADA
PACTADA
SUJECION
SUJECION
QUÉ REGULA
EUMOS 40509 / LEY 15 2009 ART 21
EN 12195-2 EN 12195-3 EN 12195-4
EMBALAJE
Pactado trincaje con transportista CINTAS, CABLES Y CADENAS DE Sin pacto con el transportista AMARRE (Realiza estiba cargador)
EN 12640 EN 12641 EN 12642 ISO 1161
EXPEDIDOR
CARGADOR CARGADOR PORTEADO CONTRACTUA EFECTIVO R L
El cargador debe LEY 15/2009 ART IDONEIDAD DEL dar la inf ormación 17 VEHÍCULO necesaria para definirlo Por instrucciones CARGA Y LEY 15/2009 ART del transportista DISTRIBUCIÓN 20 Sin instrucciones del DEL PESO transportistas Si se ha pactado que el transportista realice la fijación de CALCULOS DE la carga SUJECIÓN Y EN 12195-1 FIJACIÓN DE LA Si no se ha pactado CARGA que el transportista realice la fijación de la carga
EUMOS 40511
FCA/FAS/ FOB
CONDICIONANTE
ISO 1496
ESTRUCTURA Y REQUISITOS DE LOS VEHÍCULOS
EN 283
CFR/CPT/CIF/CIP EXPEDIDOR DAP/DAT/DDP
EXPEDIDOR
Ejecución de la operación Debe inspeccionarse
4. RECOMENDACIONES
Contrata e indica necesidades
5. PLAZO DE VERIFICACIÓN 6. PLAZOS PARA RECLAMAR
7. CERTIFICADO DE ESTIBA / ARRUMAZON
8. CUADRO POLITICA DE PROTECCION DE DATOS (PRIMERA CAPA)
9. FIRMAS, NOMBRE, DNI, FECHA
NOTA NOTA IMPORTANTE: La propiedad La propiedad industrial y industrial y diseño de diseño de las fichas de estiba de estiba, tanto del anverso, como del reverso, corresponde a sus autores, Dª Eva María Hernández Ramos y D. Luis Carlos Hernández Barrueco. Está prohibida su copi copia a, uso, so, dis distribu ribuci ció ón, div divulga ulgaci ción ón,, publ publiicaci cación ón,, modi modifificcación ción o comercialización, sin su autorización expresa de sus autores.
RESUMEN: Las fichas de estiba es un conjunto único, para que el inspector en carretera conozca el ámbito de la carga: PARTE TÉCNICA MÍNIMA OBLIGATORIA: 1. Nombre Nombre y código de trazabilidad trazabilidad de la ficha 2. Vist Vistas as de cómo cómo real realiz izar ar una una dete determ rmin inad ada a técn técnic ica, a, desd desde e dife difere rent ntes es s o perspectivas (ejemplo; vista general, frontal y superior) m3. Útiles y complem complementos entos auxiliares auxiliares que se se aconseja aconseja llevar llevar para realizar realizar la a R operación z e4. Tablas con cálculos cálculos hechos que faciliten faciliten la compren comprensión. sión.
d n á CONTENIDO O MÍNIMO LEGAL L EGAL:: nCONTENID r e1. Norma Norma aplicab aplicable le a la la fic ficha ha de estiba estiba H responsabilidades ades según incoterm incoterm a2. Cuadro de responsabilid í r 3. Cuad Cuadro ro de resp respon onsa sabi bililida dade dess de las las part partes es según según cada cada norma norma (ver (ver a página 13) M a Persona na respo respons nsab able le legal legal de la empr empres esa a que que se respo respons nsab abililiz iza a de v4. Perso E que la carga va correctamente ©
5. Cuad Cuadro ro de de firm firman ante tess – legal y técnico – que emiten la ficha como certificado.
FIRMAS REQUERIDAS: contenido ido técnico técnico deberá deberá ser emitid emitido o por experto expertoss que acredite acrediten n • El conten formación como comisarios de averías/ingenieros y que aporten una experiencia práctica de más de 5 años en Transporte, a fin de asegurar la calidad de la recomendación. • La part parte e lega legal,l, debe deberá rá ser ser elab elabor orad ada a por por un abog abogad ado o expe expert rto o en derecho de transporte, con carnet de especialista en estiba de cargas en camión, contenedor y elevación, y colegiado. • Deberá firmar las fichas el responsable legal de la empresa emisora. así, no se reun reunir iría ían n los los cono conoci cimi mien ento toss nece necesa sari rios os para para • De no ser así, 33 realizar una ficha de forma segura, siendo válida la libre creación si se cumplen dichos requisitos.
18. ¿Por qué es importante regular un contenido mínimo legal en fichas de estiba? En primer lugar, existe un acalorado debate acerca de las responsabilidades del nuevo RD 563/2017. La responsabilidad de la estiba no cambia bia (Ley Ctto. Transport orte), pero si hay nuevas responsabilidades. Pero, tanto organismos como empresas, se centran en la responsabilidad respecto a las tareas de estiba y trincaje, obviando las numerosas normas técnicas en vigor junto con la EN 12195, y que no solo regulan los cálculos de trincaje y útiles de amarre. Debemos conocer que, cada una de estas normas técnicas tiene un régimen de responsabilidad que deberá fijarse en cada ficha de estiba o contrato/acuerdo. Que DGT pueda hacer obligatorio dicho contenido mínimo legal en las fichas de estiba, es útil en doble vertiente: A- Faci Fac i l i ta al i n s p ect ec t o r c o n o cer a q uien ui en c o r r esp es p o nde nd e l a responsabilidad.
s o m a R z e d n á n r e H a í r a M a v E ©
En primer lugar, los inspectores técnicos de estiba en carretera no tienen por qué ser expertos en derecho. Con la inclusión de un cuadro sencillo de responsabilidades y muy visua isual,l, en fich ficha a de esti estiba ba,, el agen agente te que que insp inspec ecci cion one e un cami camión ón,, solicitaría al conductor la ficha de estiba y rápidamente en 2 segundos sabe el trazado por si considera indicarlo en boletín, como DGT ha adelantado el pasado 04 de junio de 2018 en jornada de AECOC conde participé. Recordemos que la ficha de estiba acompañará a las mercancías y deberá contener los mínimos indicados en este informe.
En el cuad cuadro ro que que adjun adjunta tamo moss a cont contin inua uaci ción ón,, divid dividid ido o por por norm normas as técnicas como directrices, las partes del contrato de transporte deberán fijar quien es responsable de qué. Este ste cua cuadro está stá regi regist stra rado do y tiene tiene dere derech chos os de Propie ropieda dad d Industrial Industr ial a favor de Dña. Eva Eva María María Hernández Hernández Ramos, Ramos, toda to da cop ia, uso, modifica modificación ción,, altera lteración ción,, divulga divulgación, ción, publica publicación ción,, o toda acción destinada a ponerlo en conocimiento mediante cualquier medio, sin autorización de su autora, será perseguida mediante los instrumentos instr umentos jurídicos que correspondan. corr espondan.
© E v a M a r í a H e r n á n d e z R a m o s
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Ejemplo:
El inspector se encuentra encuentra un vehículo comercial comercial con cintas de amarre con nudo, cálculos de estiba y trincaje mal realizados y paredes laterales en muy mal estado. En el cuadro se especificará a quién debe corresponder revisar el estado del vehículo, quién debe hacer los cálculos de estiba y trincaje, así como revisar el estado de las cintas, entre otras cosas. ¿fácil verdad?
B- Aporta mayor seguridad jurídica y situaría la seguridad vial española como r eferente. eferente. Pero, ¿Y esto, por qué? Pues porque todos estamos preocupados en hablar sobre quién debe realizar la estiba y trincaje, pero en la práctica esto es algo mucho más complejo. La responsabilidad sobre estiba y trincaje se regula en la Ley 15/2009, y es clara al efecto, pero las responsabilidades de cada norma EN deben conocerse, pactarse en su caso, y fijarse en la ficha de estiba para facilitar la tarea de verificación del inspector, y análisis posteriores en caso de accidente. No sería adecuado, sancionar al conductor o transportista (en caso de ser titular titul ar de autorización autorización administrativa) dmini strativa),, si el embalaje embalaje s se encuentra en mal estado, las cintas tienen nudos o no tienen o etique ueta tass (si (si el comp compra rado dorr es el carg cargad ador or), ), … si esta estass labor labores es m etiq a acu erdo, ¿verdad? R corresponden al cargador por ley o acuerdo, z e vitemos mala malass práctica prácticas, s, simpleme simplemente nte estable stablecie ciendo ndo lo que d Evitemos n marcan las normas. á n r e Cada norma EN tiene un responsable, no se puede generalizar ni H a dejar todo en base a quién debe realizar la estiba. No solo entra en í r vigor el RD 563/2017 junto con la norma EN 12195.1:2010, sino que a M hay otras muchas a tener en cuenta. a v E ©
Lanzo el guante con la propuesta de modificación y aclaración del régimen sancion ador (no (no todo to do a titular tit ular de autorización). autor ización).
19. 19. ¿Quién ¿Quién debe emit emitir ir las fichas fi chas de estiba? esti ba? La emisión de las fichas de estiba debe pactarse. Es decir, no es posible imponer la obligación imperativa al cargador o transportista, puesto que debe imperar la voluntad de las partes, y decidirán según las ventajas que les aporta en cada situación. Entran en juego otros sujetos como; expedidor e incluso actores intermedios, que hay que tener en cuenta. También es importante el Incoterm 2010 que regla la compraventa. No es lo mismo, un transporte pagado por el cargador en Incoterm FCA, de un transporte pagado por cliente bajo Incoterm EXW. En cada cada caso caso,, las las fich fichas as pued pueden en ser ser entr entreg egad adas as o elab elabor orad adas as por por cargador o transportista según ventajas competitivas, comerciales y de seguridad. 20. VENTAJAS PARA CARGADOR (POR FACILITAR ÉL LA FICHA)
Entre otras: COMPROMISO Y CALID ALIDAD DEL CARGA ARGAD DOR: Si S i el tran transp spor ortitist sta a real realiz iza a el trin trinca caje je por por acue acuerd rdo o entr entre e las las part partes es,, y cargador le envía la ficha de estiba para dicho transporte junto con la orden de carga: facilitaría al transportista su labor al desconocer en muchas ocasiones lo que va a transportar. transportar. •
s o m a R z e d n á n r e H a í r a M a v E ©
• CUMPLIMIENTO DE UN DEB ER VIGILANCIA: VIGILANCIA:
DE
Puesto que el responsable legal de dichas labores es del cargador, además de conserv ervar un deber ber de vigilancia (“in vigilando”).
21. VENTAJAS PARA EL TRANSPORTISTA COMPETITIVIDAD: La respo sponsab nsabililiidad dad legal egal de la esti estib ba (y trincaje) corresponde al cargador, por lo tanto si el trincaje se pacta de forma expresa con el transportista (antes de la efectiva presentación del vehí vehícu culo lo)) es un serv servic icio io adic adicio iona nall suje sujeto to a ser ser fact factur urad ado o de form forma a independiente. •
OPERATIVIDAD: Indicarle OPERATIVIDAD: Indicarle al cargador cómo debe cargar y estibar, estibar, faci facililita tará rá enor enorme meme ment nte e las las labo labore ress de trin trinca caje je que que deba deba real realiz izar ar el transportista por pacto entre las partes. •
22. VENTAJAS PARA EL EXPEDIDOR CUANDO ES EL CLIENTE QUIEN PAGA EL TRANSPORTE
CALIDAD CAL IDAD DE SERVICIO SERVICIO:: Si el cliente contrata el porte, debe pactar © E v con el transportista la fijación de la carga (trincaje, bloqueo, etc. ) sin a cono conocer cer en prof profun undi dida dad d norm normal alme ment nte e el tipo tipo de técn técnic ica a que que se M precisa. Es por ello, que recibir de un proveedor una ficha de estiba a r í puede ser muy beneficioso y positivo para el e l servicio prestado. a
DEMOSTRACION DE DILIGENCIA: DILIGENCIA: Si el expedidor emite una ficha de estiba como recomendación está demostrando una diligencia para evit evitar ar daño daños, s, lo que pued puede e exone exonera rarl rle e de resp respon onsa sabi bililida dad d ante ante cualquier incidente. AYUDA A LA PLANI LANIFICACI ACIÓN DE LA CARGA ARGA.. En muchas ocasiones el expedidor recibe un transportista que no tiene medios para sujetar una carga más allá de los habituales. Si se requiriesen, la ficha permite anticiparse y ver qué útiles se necesitan para sujetar una mercancía en el mismo momento en que se emite junto a la orden de carga.
H e r n á n d e z R a m o s
TRADUCCIÓN. TRADUCCIÓN. Si el clie client nte e y su tran transp spor ortitist sta a son son extr extran anje jero ros, s, pueden entenderse mejor en el momento de la orden de carga, anticipando posibles problemas desde ese momento.
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23. 23. Conclusio Conclu siones nes y recomendacio nes . Para le aconsejamos que siga una serie de recomendaciones a fin de que sus relaciones sean lo más competitivas, transparentes y de calidad posibles. Carga Cargado dore ress y tran transp spor ortitist stas as puede pueden n trab trabaja ajarr de una una form forma a coor coordi dina nada da,, sabiendo las responsabilidades de cada uno, sin recaer todas ellas en la misma entidad: 1. Incorpore Incorpore la normativa normativa a sus sus procedimient procedimientos os internos internos de: 1. 2. 3. 4.
Prevenc Prevención ión de Riesgo Riesgoss Laboral Laborales es Cali alidad Instruccion Instrucciones es internas internas de trabajo Contra Contratos tos o acuerdo acuerdos. s.
2. Dótese Dótese de herramienta herramientass de aplicación aplicación rápida: 1. 2. 3. 4.
Fichas de estiba HDZ App App de cálcul cálculo o rápido rápido Tablas ablas de cálcul cálculo o rápido rápido Formac Formación ión a sus emplea empleados dos..
3. Forme Forme e instru instruya ya a su personal personal,, dejand dejando o consta constanci ncia a de dicha formaci formación ón ante cualquier incidencia, pero lo más importante es la conciencia por la seguridad y el trabajo bien hecho. 4. Actualice Actualice su document documentación ación contractu contractual al reflejan reflejando do quien quien debe realizar realizar el trincaje, aportar los útiles de estiba, revisarlos, etc: 1. 2. 3. 4.
© E v a M a r í a H e r n á n d e z R a m o s
Fichas ichas de estiba Términ Términos os y condic condicione ioness de venta venta Clausulados Clausulados de los contratos contratos de transporte transporte Órden Órdenes es de carg carga a
5. Realice comunicados comuni cados sobre el el cambio norm ativo y ativo y cómo les afecta a: 1. Persona Personall interno interno y ajen ajeno o o ext extern erno. o. 2. Prov Provee eedo dore ress 3. Clien liente tess 39
24. Preguntas frecuentes. Desde, y bastante antes, de la entrada en vigor del RD 563/2017, concretamente las que suscitan su Anexo III relativo a los principios aplicables a la sujeción de la carga, nos surgen distintas cuestiones y dudas que pocas personas nos pueden resolver. Hemos sele lec ccio ion nado algu lgunas de las las más importante ntes a fin de esclarecer su significado y solución.
¿Qué sucede si mi vehículo no está certificado en la EN 12642? s Si no está certificado certificado en dicha norma, deberás deberás usar los cálculos cálculos de las o fuerzas de retención para que la mercancía vaya sujeta porque, por m a Rejemplo en las “tautliner” consideramos que la lona tiene resistencia 0. z e dSi no hay certificado debemos considerar que la estructura del camión n áno of ofre rece ce ni ning ngun una a resi resist sten enci cia a para para suje sujeta tarr la carg carga a y debe debere remo moss n r eutilizar una (o varias) de las técnicas de amarre o restricción. H a í r ¿Debemos utilizar útiles de sujeción certificados? a M Debemo moss de util utiliz izar ar sie iemp mpre re ci cint ntas as de amar amarre re etiq etique ueta tada dass (c (con on aDebe v Eetiqueta legible), puesto que en ella tenemos los valores de STF y LC ©necesario para hacer los cálculos que nos indica la norma EN 12195.1.
¿Ten ¿Teng go que segui eguirr lo disp ispues uesto en la Guía uía Eur Europea opea de Mejor ejores es Prácticas sobre Sujeción de Cargas, como se ha indicado? La Guía Europea, como hemos definido, es una “norma” no obligatoria, sino directrices e interpretaciones de la norma EN 12195, entre otras. Como la norma EN 12195 es de aplicación, es muy recomendable seguir los consejos de la mencionada Guía, puesto que comunica el contenido de esta norma de una manera sencilla. 40
24. Preguntas frecuentes. ¿Qué significa el máximo de 15 cm entre la carga y la carrocería? Se refiere a: Un máximo de 15 cm entre la carga y la carrocería si hay riesgo de atravesar la pared o “demas para a lo loss amar amarrres “demasiada iada distan distancia cia” ” par mediante “bloqueo” o “directos”. El ejemplo más claro es la carga en vehículo XL bloqueada contra el testero. Utilizamos la carrocería para bloquear y sujetar la mercancía, razón por la cual “no debe haber espacios superiores a 15 cm si existe s riesg riesgo o de proy proyec ecci ción ón co cont ntra ra testero”, así así co com mo la ne nece cessidad idad de o bloquear la carga contra el testero si se utiliza para sujetar la carga. m
a R z En el resto de supuestos (amarre superior, resorte, bucle) no se aplica e desta norma de 15 cm. n á n r e H¿Debo certificarme en todas las normas EN que refiere el RD 563/2017 a í r en su Anexo III? a MNo, no es ne nece cessario ario.. En prim primer er lu luga garr no apli aplic can a la pues puesta ta en a v Ecirculación del vehículo y, por otro lado, son directrices que facilitan la ©sujeción (en caso de tener certificado) pero no son una imposición
para la circulación del vehículo.
Transporto troncos, ¿Debo certificar los postes (estoqueras)? No, es un No, una a reco recome mend ndac ació ión. n. Post Postes es cert certif ific icad ados os dis dispone ponen n de un una a resistencia que facilita la sujeción y por lo tanto, utilizaremos menos cintas u otros útiles para su transporte. Si no disponemos de certificado, debemos considerar que el poste tiene resistencia 0.
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25. 25. Por un sector de transporte transpor te fortalecido Sobre el transportista y conductores recaen numerosas normas (tiempos de descanso, inspecciones periódicas, etc …) y ahora además, en el Anexo III del RD 563/2017: Nueva normativa de estiba que aplicará al transporte realizado en tramos de carretera en la Unión Europea. DGT lanzó DGT lanzó la l a necesi necesidad dad de aclarar aclarar el régimen régim en de responsabili respon sabilidad dad,, me he atrevido a solu a solucionar cionar algunas de esas esas lagunas, lagunas , por supuesto mi desarrollo es mayor pero lo reservo para las formaciones puesto que es un tema que abarcaría mucha extensión de escritura. Las Las fich ficha as de estiba stiba no son son un enemig nemigo o , usándo usándolas las adecua adecuadam dament ente e E v pueden beneficiar al transportista y también al cargador. Lo que está claro es a que el transportista el transportista nece necesita sita que se aplique la normativa normativa de una forma M sca ar culpable bles o cargar la a cohere coherente nte y equitativa quitativa,, no se trata de busc r í a responsabilidad solo en una parte.
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H e r n Ambas partes, y todos los que conforman la cadena logística deben velar á para que la carga vaya segura. Es algo que se ha regulado desde 2003, con n d el RD 1428 (Reglamento General de Circulación), y que se sigue aplicando. e z R a Lanzo la propuesta de: m o s - Esclare Esclarecer cer el r égimen gimen sanciona sancionador: dor: A quien va dirigida la sanción,
puesto que existen algunas incongruencias.
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Necesida Necesidad d de que responda de la sanción sanción en inspección de estiba en carretera, e carretera, ell responsa responsable ble de la acción u omisión que omisión que ha propiciado la infracción o daño a la mercancía,
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Necesidad de de regular los contenidos mínimos de ficha de estiba mencionados en esta publicación.
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Conocimiento Conoci miento de las necesidades del sector y buena formación for mación de de los Cuerpos de Seguridad del Estado. 42
26. Para pensar … Red Bull vende aventura y libertad. Heuer Tag vende clase y status. BMW vende confianza Netflix vende simplicidad Sturbucks vende modernidad Nike vende estilo de vida Cola Cao vende tradición © E v Coca Cola vende éxito a M a iPhone vende versatilidad r í a H e r n á Y tú, ¿Qué vendes? n d e z En la época de la transformación digital, hemos pasado de vender R producto a vender producto + valor . Una empresa ligada a valores a m esenciales, esenciales, estará más adaptada adaptada al cambio digital y reportará reportará más o s valor reputacional y ventas.
La seguridad es un valor esencial . La seguridad como valor añadido a tu prod produ ucto cto es muy muy im impo port rtan antte. Empr Empres esas as que vela velan n por por la seguridad de sus operarios, transportistas, y todos los actores de la cadena logística, son sin duda empresas comprometidas con un marcado orgullo profesional y pasión por un trabajo bien hecho.
No cumplas la norma como obligación, sino como valor.
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2018 Editado por: Instituto para la Seguridad en las cargas www.seguridadenlascargas.com
Autoría: Eva María Hernández Ramos Abogada Maestra de cargas y estiba
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