ECB Laboral
Gratifcaciones por Navidad I. CASOS PRÁCTICOS
PAGO DE GRATIFICACIONES
Lostrabajadoressujetosalrégimenlaboraldelaactividadprivada,tienenderechoapercibir dosgraticacionesenelaño,unaporFiestasPatriasyotraporNavidad,deacuerdoconlo establecidoporlaLeyNº27735(28.05.02)ysuReglame establ ecidoporlaLeyNº27735(28.05.02)ysuReglamento,D.S. nto,D.S.Nº0 Nº005-2002-T 05-2002-TR(04.07 R(04.07.2002), .2002), modicadoporlaFedeErratasdel05.07.2002yelD.S.Nº017-2002-TR(05.12.2002).
Requisitos Parapercibirlasgratificacionessedebeestarefectivamentelaborandoenelmesque correspondasupago,oestarenusodeldescansovacacional,delicenciacongocede remuneración o percibiendo los subsidios por maternidad o incapacidad temporal en caso de accidente de trabajo o enermedad proesional.
Oportunidad de pago y monto Lasgratificacionesseabonarándentrodelaprimeraquincenadejulioydiciembre, respectivamenteyequivaleaunsueldoó30jornales,queincluyelaremuneraciónbásicay toda otra cantidad que en orma fja y permanente perciba el trabajador en dinero o en especie
comocontraprestacióndesulabor,cualquieraqueseasuorigenoladenominaciónqueseles dé,siemprequeseadesulibredispo dé,siemp requeseadesulibredisposición. sición. Sinembargo,sisetrataderemuneracionescomplementariasdenaturalezavariable oimprecisa, oimprec isa, laLeyseñalaqueseconsider laLeyseñalaqueseconsiderarácumpl arácumplidoelrequisi idoelrequisitode tode regu regulari laridadsiel dadsiel trabajadorlashapercibido,cuandomenos,en3mesesduranteelsemestrecorrespondiente (art.3ºdelaLey).
I. GRA G RATIFICACIÓN TIFICACIÓN ORDINARIA 1. Trabajador de remuneración mensual
En el presente caso un trabajador con carga amiliar cuenta con más de 6 meses de servicios y percibe mensualmente una bonifcación por trabajo en altura todos los meses en un monto fjo.
a. Datos • Fec Fecha hade dein ingr gres eso o : 10. 0.06 06.2 .200 001 1 • Ti Tiem emp po computable : 6 meses
• Remune Remunerac ración iónmen mensu sual al novi no viem embbre re2 200 0088(1) – Básico : S/. 2,250.00 – Bonifcación por
trabajo en altura :
– Asignación
familiar
:
• Totalc coomputable
:
250.00 55.00
––––––––
S/.2 2,,555.00
(1) De acuerdo con el punto 3.2 del artículo artículo 3º del D.S. Nº 005-2002-TR, la remuneración computable para la gratifcación de Navi- dad es la vigente al 30 de noviembre.
Forma de pago Lasgraticacionesseabonará Lasgraticaci onesseabonaránen nen form formaíntegraa aíntegraa lostraba lostrabajador jadoresque esquehaya hayanlaborado nlaborado durantelos6mesesanteri durante los6mesesanterioresalafec oresalafechadelaoportun hadelaoportunidaddelgoce idaddelgocedelbenecio. delbenecio.Encasode Encasode nocontarconeltiemporequerido,peromantenervínculolaboralvigente,lagraticaciónse abonará en orma proporcional a los meses completos laborados más la proporción por los días que no llegan a conormar un mes calendario completo.
Gratifcación trunca Elartículo7ºdelaLeyseñalaquesieltrabajadornotienevínculolaboralvigenteenla fechaquecorrespondepercibirelbenecio,perohubieselaboradocomomínimounmesenel semestrecorrespo semest recorrespondiente ndiente,deberápercibirlagraticació ,deberápercibirlagraticaciónrespectivaenformaproporcion nrespectivaenformaproporcionala ala los meses calendario eectivamente laborados.
MYPES DeacuerdoconloestablecidoenelrégimenlaboralespecialparalasMYPES(D.S. Nº007-2008-TRyD.S Nº0072008-TRyD.S.Nº008-2008-TR) .Nº008-2008-TR):: :notienenderechoagraticac hoagraticaciones. iones. – Trabajadores de microempresa:notienenderec lescorrespon spondegratic degraticacio acionesa nesa razó razónde nde medi media a – Trabajadores de pequeña empresa: lescorre remuneración.
b. Cálculo de la gratificación por Navidad Remuneración noviembre 2008
Nº de meses computables
––––––––––––––––––
S / . 2 ,5 5 5 .0 0
Total gratifcación
––––––––––––––
÷6
x 6
–––––––––––––
=
S/. 2,555.0 0
c. Monto total de gratifcación El monto que corresponde pagar por concepto de gratiicación de Navidad por el período julio - diciembre será de
S/.2,555.00,elcualdeberáserabonadoal trabajador dentro de la primera quincena del mes de diciembre. 2. Trabajador con remuneracion variable e imprecisa
Un trabajador con carga amiliar percibe una remuneración que está compuesta por una remuneración básica y comisiones por
ventas.Asimismo,percibemen ventas.As imismo,percibemensualmentey sualmentey de manera fja un monto correspondiente a alimentación principal.
ESTUDIO C ABALLERO BUSTAMANTE
Fuente: www.caballerobustamante.com.pe Derechos Reservados
a. Datos • Fe Feccha hade dein ingr gres eso o : 24 24.1 .111.2 .200 0011 • Re Remun munera eració ciónj nja a (no novi vieemb mbre re2 200 008) 8) – Básico : S/. 2,400.00 – Asignación
familiar
:
55.00
– Alimentación principal (1)
: 200.0 0 –––––––– • Totalc coomputable : S/.2 2,,655.00 (1) La alimentación principal es con- siderada un concepto de carácter remunerativo, toda vez que se otorga al trabajador como contraprestación por la labor realizada. Ésta ue per- cibida todos los meses en el mismo monto.
b. Comisiones – Julio – Agosto – Setiembre – Octubre – Noviembre – Diciembre Total
2 0 08 : S/. 875.00 2008 : 7720.00 2 0 08 : 640.00 20 08 : 890.00 200 0088 : 1 1,,090.00 20 0 8 : 825.00 –––––––– S/. 5,040.00
Promediodelascomisiones S/.5,040.00÷6=S/.840.00 c. Cálculo de la gratifcación – Remuneración jja : S/.2 2,,655.00 –Remuneración variable (promedio
de comisiones)
Gratifcación por
Navidad
Remuneración computable
840.00
––––––––
:
S/. 3,495.00
Nº de meses computables
––––––––––––
S /. 3 ,4 9 5 .0 0
:
Total gratifcación
–––––––––––
÷6
x 6
–––––––––––
=
S/. 3,495.0 0
d. Total de gratifcaciones El monto que se deberá pagar por concepto de gratifcaciones de Navidad por el período de julio - diciembre será de S/.3,495.00.Debeserabonadoaltraba jador dentro de la primera quincena del mes de diciembre. 3. Trabajador de remuneración mensual que percibe incrementos por AFP
En este ejemplo consideramos a un tra-
bajadorconmásdeseismesesdeservicios, quesealióalSistema quesealió alSistemaPrivadode PrivadodePensiones Pensiones (SPP)antesdel18dejuliode1995,portanto percibeincrementosporAFP.Asimismo, tiene carga de amilia.
a. Datos • Fec echa had de ein ingr gres eso o : 20 20.1 .10. 0.991 • Tie Tiemp mpoc ocom ompu puta tabl ble e: : 6m 6mes eses es Fuente: www.caballerobustamante.com.pe Derechos Reservados
TRIBUTOS Y APORTACIONES QUE GRAVAN LAS GRATIFICACIONES
EMPLEADOR CONCEPTO
ESSALUD SCTR SENATI
GRATIFICACIONES • Gr Grat atif ifca caci cion ones esd de eju julilio oyd ydic icie iemb mbre re • Gr Grat atif ifca caci ción ónp pro ropo porc rcio iona nall(t(tru runc nca) a) • Otras gr gratifcaciones or ordinarias • Gratifcaciones ex extraordinarias
SÍ SÍ SÍ NO
SÍ SÍ SÍ
SÍ SÍ SÍ
NO
NO
NO
NO
(remuneración en el momento de su incorporación al
SPP): S/.122.76 3%d dee S/. 1,322.76 (S/. 1,200.00 +
S/.1 1662.44 –––––––– S/.4 4,,417.44
––––––––––––––
x 6
––––––––––––––
=
S/. 4,417.44
4. Trabajador que ha laborado menos de un mes
a. Datos • Fe Feccha hade dein ingr gres eso o : 15 15.1 .111.2 .200 0088 • Tie Tiempo mpodese deservi rvicio cios s:: 16 16días días (al3 (a l30d 0den enov ovie iemb mbre re)) • Re Remu mune nera raci ción ón mensual
– Asignación
a. Datos • Fec echa had dei eing ngre reso so : 17.0 .077.2 .200 0088 • Tie Tiempo mpocom comput putabl able e:: 5mes 5meses es 15 días • Re Remun munera eració ciónva nvaria riable ble (novie iemb mbre re2 200 008) 8) – Comisiones : S/. 830.00
familiar
Nº de meses Total computables gratifcación
novi vieemb mbre re2 200 0088 – Básico
únicamenteporcomisionesdeventas,se lehaotorgado lehaotorg ado enelmesde ago agosto sto una graticaciónextraordinaria.
– Asignación
b. Cálculo de la gratifcación por NaviNavidad
÷6
SÍ SÍ SÍ SÍ
– Gratifcación
10.23%):S/. 39.68 – Totaliinncrementos: T Tootalc coomputable :
S/. 4,417.44
NO NO NO NO
ex exttra raoord rdin inar aria ia(1) :
incremento de
–––––––––––––––––
Renta SPP CONAFOVICER 5ta. Cat.
SÍ SÍ SÍ
n
Remuneración noviembre 2008
SNP
SÍ SÍ SÍ
• Remun Remunera eració ciónme nmensu nsual al den de noovi viem embr bree2 200 0088 – Bá Básico : S/. 4,200.00 55.00 – Asignación amiliar : – In Incr crem emen ento tos spo por rAF AFP P 10. 0.23 23%d %de e S/. 1,200.00
n
TRABAJADOR
:
familiar : Totalc coomputable :
S/. 750.0 0 55.0 0 –––––– S/. 8805.00
b. Cálculo de la gratifcación Si el tr trab abaj ajad ador ornotien notienepor eporlomeno lomenos s
600.00
:
55.00
–––––––
• Totalc coomputable :
S/.8 8885.00
(1) La gratiicación extraordinaria no se considera como remuneración computable para eectos de la grati- fcación ordinaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 27735 (28.05.2002) y el inciso a) del artículo 19º del D.S. Nº 001-97-T 001-97-TR R (01.03.97).
b. Comisiones – Julio – Agosto – Setiembre – Octubre – Noviembre – Diciembre
20 08 2 0 08 20 08 20 0 8 2 0 08 20 0 8
Total
: : : : : :
S/. 690.00 1,200.00 870.00 945.00 830.00 740.00
:
S/. 5,275.00
––––––––
Promed Prom edio iodia diari riod odela elasc scom omis isio ione nes s(2) S/.4 S/ .4,5 ,535 35.00 .00÷1 ÷137 37=S =S/./.33 33.4 .400 (2) Si el período a liquidar es menor a un semestre, la remuneración computable se debe determinar sobre la base del promedio diario de lo percibido durante dicho período.
un mes completo laborado dentro del
c. Remuneración computable S/.3 S/ .311.4 .40x 0x30 30= =94 942. 2.00 00
de la gratifcación por navidad.
d. Cálculo de la gratifcación – Re Remu mune nera raci ción ón
períodojulio-diciembrede2008,como enestecaso,nolecorrespondeelpago 5. Trabajador que sólo percibe comisiones por su labor
A un trabajador con carga amiliar que percibe una remuneración compuesta
variable (promedio
de comisiones) : – Asignaciónf faamiliar : Total
:
S/. 942.00 5 555.00 ––––––––
S/. 997.00
ESTUDIO C ABALLERO BUSTAMANTE
Informe Especial e. Total de gratifcaciones
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
S/.913.91.Estemontodebeserabonado al trabajador dentro de la primera quincena del mes de diciembre.
las gratifcaciones, es necesario que el trabajador las haya realizado por lo menos en 3 meses dentro del semes- tre correspondiente (julio - diciembre 2008). Una vez cumplido dicho requisi- to se integrará al cálculo, un promedio de las horas extras realizadas en el semestre bajo análisis.
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
6. Trabajador de remuneración semanal
Deacue Dea cuerdo rdocon conelpu elpunt nto5. o5.3de 3delar lartíc tículo ulo 5°delD.S.N°005-2002-TR,laremune -
TRABAJADOR CON DERECHO A GRATIFICACIÓN BENEFICIOS
GRATIFICACIONES
PERSONAL
–––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
Empleados SÍ Obreros SÍ –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Personalnosujetoa SÍ TRABAJADO- scalizacióninmediata –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– RES Sociostrabajadores SÍ de cooperativas Deentidadesde
SÍ
intermediación
Benefciarios de NO modalidades ormativas EXCLUSIONES ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
Ap Aprendices del SENATI NO De dirección SÍ CATEGORÍA –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– De conanza SÍ M e n o s d e 4 h o r a s SÍ –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– JORNADA 4 o más horas SÍ
A plazo jo SÍ DURACIÓN DEL –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– CONTRATO A plazo indeterminado SÍ En moneda nacional SÍ E n m o n e d a e x t r a n j e r a S Í –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– REMUNERA- Re Remuneración integral SÍ CIÓN (puede ir incluida ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
en su remunera-
ción mensual)
Con onn neego goci ciaaci ción ónc col olec ecti tivva SÍ NEGOCIACIÓN C –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– COLECTIVA S Sin inn neegocia iacció iónnc coolectiv ivaa SÍ Trabajadores del hogar
SÍ (50% de la remuneración) –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Trabajador de NO microempresa ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
Trabajador de REGÍMENES pe pequeña empresa ESPECIALES
SÍ (50% de la remuneración) –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Trabajadores agrarios SÍ (incorporada en
su remuneración) –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Trabajador extranjero SÍ En período de prueba Superadoelperíodo
SÍ
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
SÍ ANTIGÜEDAD de prueba –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Meenosd M dee1 1m meesd deel laabor NO –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– En descanso vacacional En SÍ Delicenciacongoce SÍ de remuneraciones ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
SITUACIÓN Percibiendosubsidios por: DEL TRABAJADOR – Enermedad
SÍ
– Accidente de trabajo ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
– Maternidad Delicenciasingoce dehaber
SÍ
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
Promedio de remuneraciones S/. 997.0 0
NO
Nº de meses Total Tot al computables gratifcación
–––––––––––––––––
÷6
–––––––––––––––
S/ S/. 997.0 0 ÷ 6 ÷ 30 30
x 4
=
Nº de días
Total gratifcación Por los 4 meses Por los 15 días Total
=
: : :
ESTUDIO C ABALLERO BUSTAMANTE
trabajo riesgoso :
8.0 0
– Asignación amiliar
(55.00 00÷ ÷3 300= =1 1..83): To Total jo jornal di diario :
1.83 S/. 52.83 –––––
b. Cálculo de la gratifcación Jornal diario ––––––– S/. 52.83 x
Nº de Remuneración días computable ––––– ––––––––––––– 30 = S/. 1,584.90
Remuneraci ón Nº de meses Remuneración Total computable computables gratifcación –––––––––––– ––––––––––– –––––––––––– S/. 1 584,90 ÷ 6 x 6 = S/. 1 584,90 II. GRATIFICACIÓN TRUNCA
ración computable para la gratifcación trunca es la vigente al mes inmediato anterior al que se produjo el cese.
b. Cálculo de la gratifcación trunca Debe De bemo moseva sevalu luar ar cu cuán ánto tosmes smeses es calendarioscompletoshalaboradoefec tivamente el trabajador. En el presente
caso,enelsemestredejulioadiciembre de2008eltrabajadorhallev de2008eltrabaja dorhallevadoacabo adoacabo efectivam efec tivament ente esus sus labo laboresen resen 4meses calendarioscompletos(julio,agosto, setiembreyoctubre)porlocualdeberá realizarseelpagodelagratificación demaneraproporcional,delsiguiente modo: Remuneración computable setiembre 2008
Nº de meses computables
–––––––––––––––––
S/. 3,967.0 0
––––––––––––––
÷6
x 4
Total gratifcación trunca
–––––––––––––
= S/. 2,644.67
III. REGÍMENES ESPECIALES 1. Trabajadores de la micro y pequeña empresa
1. Caso de un trabajador con remuneración de periodicidad mensual
DeacuerdoconelD.S.Nº008-2008-TR (30.09.2008)lagraticacióndeNavidadde
presenteañoyqueasuvezcuentaconmás
ciónmensual.Sinembargo,sieltrabajad ciónmensual.Sinembargo ,sieltrabajador or renunciaraocesaraantesdedichomesse
los trabajadores de la pequeña empresa Setratadeuntrabajadorcuyarelación debe ser abonada en la primera quincena de laboralterminaantesdel15 laboralterminaan tesdel15dediciembred dediciembredel el diciembreyequivaleal50%delaremunera de un mes calendario completo de labor.
a. Datos • Fe Feccha hade dein ingr gres eso o : 18 18.0 .077.2 .200 0066 • Fechad deec ceese : 31.10.200 0088 • Tie Tiempo mpocom compu putab table le:: 4me 4meses ses • Re Remu mune nera raci ción ón setie set iem mbre re2 200 0088 – Básico
– Asignación
aplicarán en orma supletoria las normas del régimen general. • TRABAJADOR CON REMUNERA-
CIÓN DE PERIORICIDAD MENSUAL DE LA MICROEMPRESA
La norma descrita anteriormente señala que los trabajadores de la microempresa
mensual de
: S/. 3,540.0 0
S/. 830.83 83.08 –––––– S/. 913.91
(1) Las horas extras constituyen un con- cepto remunerativo, pero tienen la naturaleza de un pago complementario e impreciso. Para que ormen parte de la remuneración computable de
–––––––––––––
x x 15 15
– Bonifcación por
S/. 83 83.08
S/. 830.83
Total Total gratifcación
–––––––
a. Datos • Fe • Feccha hade dein ingr gres eso o : 12 12.0 .04. 4.20 2002 02 • Re Remu mune nera raci ción ónde de novi viem embbre re2 200 0088 – Jornal básico : S/. 43.0 0
familiar : – Promediod dee horas extras(1) : Total computable :
–––––––––––––– ––––––––––––––
Remuneración computable
El monto que se deberá pagar por concepto de gratiicación de Navidad por el período julio - diciembre será de
55.0 0 372.0 0
––––––––
S/. 3,967.0 0
notienenderechoapercibirelbenecio delasgraticacionesporFiestasPatriasy por Navidad. • TRABAJADOR CON REMUNERACIÓN DE PERIORICIDAD MENSUAL DE LA PEQUEÑA EMPRESA
En el presente caso el trabajador se
encuentralaborandoal15dediciembredel presente año. La empresa se inscribió en
laREMYPEeldía20deoctubrede2008, yeltrabajadoringresóalaborarel1ºde noviembre del presente año. Fuente: www.caballerobustamante.com.pe Derechos Reservados
a. Datos • Fe Feccha hade dein ingr gres eso o : 01.1 .111.2 .200 0088 • Tie Tiempo mpocom compu putab table le:: 2me 2meses ses (del (d el0 011.1 .111.2 .2008 008 al3 al 311.1 .12. 2.20 2008 08)) • Rem Remun unera eració ciónme nmensu nsual al novi vieemb mbre re2 200 0088(1) – Bá Básico : S/. 70 0.0 0 – Asignación amiliar: : 55 55.0 .000 –––––– Tootalc T coomputable : S//.7 S 7555.00 (1) De acuerdo con el punto 3.2 del del artículo 3º del D.S. Nº 005-2002-TR (04.07.2002), la remuneración computable para la gratifcación de Navidad es la vigente al 30 de noviembre.
b. Cálculo de la gratifcación por Navidad El semestre a considerar para el pago de la gratifcación por Navidad es el de
c. Total de gratifcaciones El monto que se deberá pagar por concepto de gratifcaciones de Navidad por el período noviembre - diciembre será de S/.125.83.Debeserabonadoaltrabaja dor en la primera quincena del mes de diciembre. 2. Trabajadores Trabajadores del hogar
(1) De acuerdo con el punto 3.2 del del artículo 3º del D.S. Nº 005-2002-TR (04.07.2002), la remuneración computable para la gratifcación de Navidad es la vigente al 30 de noviembre.
b. Cálculo de la gratifcación por Navidad El semestre a considerar para el pago de la gratifcación por Navidad es el de
DeacuerdoconlaLeyNº27986(03.06.2003)
julio-diciembrede2008,períododentro
la gratifcación gratifcación de Navidad debe ser abonada en la primera quincena de diciembre y equi-
del que debemos evaluar cuantos meses calendarioscompletoshalaboradoefec tivamente el trabajador. En el presente caso,enelsemestreindicadoeltraba -
valeal50%delaremuneraciónmensual.Sin embargo,sieltrabajadorrenunciaraocesara antesdedichomesseaplicaránenformasu pletoria las normas del régimen general. • TRABAJADOR CON REMUNERA-
jadorha jado rha llev llevadoa adoa cab caboefectiva oefectivamen mente te sus labores por lo cual le corresponderá su gratifcación íntegra de la siguiente
forma:
CIÓN DE PERIODICIDAD MENSUAL
En el presente caso el trabajador se Remuneración Nº de meses Total julio-diciembre,períododentrodelque encuentralaborandoal15dediciembredel computable computables gratifcación debemos evaluar cuantos meses calenda–––––––––––––– –––––––––––––– ––––––––––––– rioscompletoshalaboradoefectivamente presente año. S/. 265.0 0 ÷ 6 x 6 = S /. 2 6 5 .0 0 eltrabajador.Enelpresentecaso,enel a. Datos (50% de su semestreindicadoeltrabajadorsoloha remuneración • Fec echa had dei eing ngre reso so : 18 18.0 .02. 2.20 2003 03 llevadoacabosuslaboresdurante2meses, mensual) • Tiempo Tie mpocom comput putabl able e : : 6meses 6mes es por lo cual le corresponderá su gratifcación (del (d el0 01 1 .07 .0 7 .2008 .2 008 proporcionaldelasiguienteforma: al3 al 311.1 .12. 2.20 2008 08)) c. Total de gratifcaciones • Re Remun munera eració ciónme nmens nsual ual Remuneración Nº de meses Total El monto que se deberá pagar por novi viem embr bre e20 20008(1) computable computables gratifcación concepto de gratifcaciones de Navidad –––––––––––– ––––––––––– ––––––––––– – Bá Básico : S/. 475.00 por el período julio - diciembre será de S/. 377.50 ÷6 x 2 = S/. 125.83 – Asignación S/.265.00.Debeserabonadoaltrabaja (50% de su familiar : 55.00 dor en la primera quincena del mes de remuneración ––––––– diciembre. n Total computable : S/.5 5330.00 m e n s u a l)
II. REGISTRO EN LA PLANILLA ELECTRÓNICA
ElPDT601,quereemplazadesdeel01.01.2008alaplanilla Almomentodelpagodelaliquidacióndebeneciossociales,se manualodeusoconvencional,recogeelregistrotantodemontos deberegistrarenlaplanillaelectrónicaelpago deberegistrarenlaplanillaelectrónicaelpagodelaGRA delaGRATIFICACIÓN TIFICACIÓN remunerativoscomonoremunerativos,beneciossociales,indem - PROPORCIONALograticacióntrunca. nizacionesycualquierotrotipodeingresoquepercibaeltrabajador Sinembargo,existenformasdegraticacionesquesonotor con ocasión de la relación laboral.
gadas como liberalidades del empleador y no como obligaciones
declaradas en la planilla electrónica al momento de la generación de la obligación y del pago de la misma.
declaradas en la planilla electrónica.
sea cual uere la modalidad del contrato de trabajo e independien-
cualquier eecto o monto no remunerativo.
Deacuerdoalomencionado,beneciossocialescomolasGRA - labor laborales, ales, quepueden serconcep serconceptosremun tosremunerativ erativoscomono oscomono re TIFICACIONE TIFICA CIONES SDE DEFIES FIESTTASPA ASPATRIA TRIASYDE SYDE NAV NAVIDADdeberánser IDADdeberánser munerativos; de la misma orma estas gratifcaciones deberán ser Esasíque,porejemplo,sehadeterminadoatravésdelar Esasíque,porejemplo ,sehadeterminadoatravésdelartículo tículo Debemosrecordarque,tienenderechoalasgraticacionestodos Debemosrecordarque,tienenderechoa lasgraticacionestodos 19°delD.S.N°001-97-TR(01.03.97)quelaGRATIFICACIÓNEX lostrabajadoressujetosalrégimenlaboraldelaactividadprivada, TRAORDINARIAnoseaconsideraremuneracióncomputablepara temente,deltiempodelaprestacióndeservicios. Enelcasodelrégimenpúblico,lostrabajadoresperciben AGUINALDOSENJULIO AGUINAL DOSENJULIOYDICIEMBRE,siendo YDICIEMBRE,siendoel elmontoden montodenido ido a través de normas presupuestarias(1),lascualeshandeterminado paraesteañolasumadeS/.200.00comoaguinaldoporestas patriasynavidad.Enestecaso,elregistroenlaplanillaelectró -
Porotrolado,existenliberalidadeso Porotrolado,existe nliberalidadesotorgadas torgadasalostrabajad alostrabajadores ores queconstituyenconceptosremunerativos,seaporlaperiodicidad ensu entr entregao egaopornohabersidoespecí pornohabersidoespecícamen camenteconsid teconsiderada eradas s remuneraciones no computables por alguna norma; en este caso
nosreferimosalasGRATIFICACIONESORDINARIAS.
Es necesario mencionar que todo monto entregado con ocasión
delarelaciónlaboralyqueconstituyaventajapatrimonial,sinque hayasidoconsideradoremuneraciónnocomputablepornorma Lostrabajadoresdelrégimenlaboralprivadotienenderechoal expresa,seráconsideradoremuneración.
nica de los aguinaldos mencionado s también es obligatorio en los meses de julio y diciembre. pago de gratifcaciones desde el primer mes de labor y cualquiera
seaeltiempoquehayaduradola seaeltiempoquehayadurado lapres prestació tacióndelservici ndelservicio.Deeste o.Deeste modo,si modo ,si elvínculo labo laboraltermin ralterminaantesde aantesde laprimera quin quincena cena dejulioodiciembre, dejulioodiciem bre,el eltrab trabajado ajadortendrá rtendráderech derechoalpagodeuna oalpagodeuna gratifcación trunca por cada mes calendario completo laborado. Fuente: www.caballerobustamante.com.pe Derechos Reservados
n
Registro de pago de las gratifcaciones
Al momento del registro de las gratifcaciones en la planilla
electrónica,debemostenerencuentaquesedebenregistrar:
ESTUDIO C ABALLERO BUSTAMANTE
Informe Especial • • • • •
Graticacion Gratica cionesdees esdeestaspat taspatriasynav riasynavidad idad.. Otrasgrati Otra sgraticac caciones ionesordina ordinarias. rias. Gratica Grat icacion cionesextr esextraord aordinari inarias. as. Aguina Agu inaldo ldosde sdejul julioyd ioydici iciemb embre. re. Gratica Grat icacion cionesprop esproporci orcional onales. es.
Pararegistrarlasgraticaciones,debemos: 1.IngresaraDETALLEDELADECLARACIÓN,endondedeberá elegir el trabajador a quien se registrará la gratifcación.
2.Posteriormente,sedebeentraraINGRESOS,TRIBUTOSYCON CEPTOSdonde,nalm CEPT OSdonde,nalmente ente,,sedebendeclara sedebendeclarar rlasgrati lasgraticaci cacioo -
5.ElconceptodeGRATIFICACIONESPORFIESTASPATRIASY NAVIDADseencuentraconelcódigo0401,elcualdeberáser registrado al momento del devengue y del pago.
Esneces Esne cesari ario,en o,eneste estepunt punto,re o,recor cordar darquela quelasgra sgrati ticac cacion iones es
por festas patrias y por navidad son de pago obligatorio en
laprimeraquincenadejulioydiciembre,respectivamente. Encasonoserealiceelpagoenlafechaoportunasedeberá registra regi strar r enDEVENG enDEVENGADO ADO,, elmontoquele cor corresp responde onde al trabajadory,sedeclararáenPAGADOenelmesdepagoreal del benefcio.
nes. Registroenlosmesesde julioydiciembre,obliga toriamente.
Sedebeelegiraltrabajador a quien se le registrará la gratifcación.
Registroenlosmesesde julioydiciembre,obliga toriamente.
Seingresaráparael posterior registro de las gratifcaciones.
6.EnINGRESOS:GRATIFICACIONES/AGUINALDOSademásse debenregistrarlosconceptosde:OTRASGRATIFICACIONES ORDINARIAS(Código0402),GRATIFICACIONESEXTRAORDINARIAS(Código0403),AGUINALDOSDEJULIOYDICIEMBRE 3.AlmomentodeingresaraINGRESOS,TRIBUTOSYCONCEPTOS (Código0404)yGRATIFICACIONESPROPORCIONALES(Código correspo cor respondien ndientesal tesal traba trabajador jador(a)elegido, (a)elegido, sedeberá busc buscar ar 0405). registrarinformaciónenINGRESOS:GRATIFICACIONES/AGUI Entodos Ento dosloscas loscasosse ossedebe deberáreg ráregist istrar rarloscon losconcep ceptos tosenDE enDE NALDOS. VENGADOyPAGADO,encasosepaguenenlaoportunidad quesedevenguen;delo quesedevengu en;delo cont contrario rario,se ,seregis registrarálosmonto trarálosmontos s DEVENGADOenunmesyPAGADOenelmesdecancela ción.
LIBERALIDADDELEMPLEADOR,considerada monto NO remunerativo. Al entrar se encontrará los conceptos de gratifcaciones que se desea declarar.
LIBERALIDADDELEMPLEADOR,considerada monto remunerativo.
Entregada a los trabajadoresdelRégi-
menPúblico.
GRATIFICACIÓNTRUNCA,entre gada al momento con motivo del cese.
4.Elcódigoqu 4. Elcódigoqueidenticaelrubro eidenticaelrubrodegraticaciones degraticacionesyaguinaldos yaguinaldos esel0400,elcualpodremosvisualizaralmomentodeingresar alDETALLEDEINGRESOS,TRIBUTOSYCONCEPTOS. ESTUDIO C ABALLERO BUSTAMANTE
NOTA
(1) Ley N° 29142 (10.12.2007), Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008. n Fuente: www.caballerobustamante.com.pe Derechos Reservados
III. GRATIFICACIONES: PREGUNTAS FRECUENTES
1. ¿Quiénes tienen derecho al pago de las gratifcaciones? Tod odos oslos los tr trab abaj ajad ador ores esdep depen endi dien ente tes s o subordinados pertenecientes al régimen laboral de la actividad privada.
Así,í,ti As tien enen ende dere reccho hoag agra ratitic cac ació ión: n:
– – – –
Los trabajadores trabajadores permanentes. Los trabajadores trabajadores temporales. temporales. Los trabajadores trabajadores a tiempo tiempo completo. Los trabajadores a tiempo parcial. parcial.
–Trabajadornocalicado. –Trabajadordedirecciónoconanza. –Trabajadorconremuneraciónja. –Trabajadorremuneradoporrendi miento(comisiónodestajo). –TTrabajad – rabajadoresnacion oresnacionalesyextranjero alesyextranjeros. s. 2. ¿Quiénes no tienen derecho a gratifcación? – Los servidores servidores independientes independientes (loca-
doresdeservicios).
– Los accionistas. – Los directores. – Los beneiciarios de modalidades ormativas laborales.
3. El trabajador del Sector Público ¿tiene derecho a gratifcación? – Trabajado rabajadordel rdelEstado Estadosujet sujetoal oalrégimen régimen laboraldelaactividadprivada:Sí. – Trabaj rabajador ador delEstado suje sujetoa toa la carreraadministrativadelD.Leg.Nº 276:No(estostrabajadoresreciben unaguinaldo unaguin aldo,establec ,establecidoenla idoenla Ley dePresupuestodecadaejercicio).
poral para el trabajo como el descanso pre y post natal son considerados como eectivamente laborados para el cálculo de la gratifcación.
8. ¿Cuáles son los períodos computables de gratifcaciones? – Grat Gratific ificació ación n porFiesta porFiestasPatrias sPatrias:: Enero - junio.
– Graticación GraticaciónporNavidad:Julio-di porNavidad:Julio-diciembre.
9. ¿Qué remuneraci ón se toma en cuenta para el pago de la gratifcación? – Par Para alagratic lagraticació ación ndeFiestas deFiestas Patrias:Laremuneraciónpercibidapor el trabajador en el mes de junio.
– Parala Paralagraticación graticacióndeNavid deNavidad: ad:
La remuneración percibida por el trabajador en el mes de noviembre.
Cuando en el semestre computable se
hanpercibidodistintasremuneraciones variables e imprecisas complementarias (talescomohorasextras,pagoportrabajo en día eriado o en día de descanso
semanalobligatorio),lacomprobaciónde laregularidadsedebehacerenformaindependiente y no de manera conjunta.
13. Si el trabajador no labora todo el semestre, ¿entre cuánto se divide la base de cálculo para hallar el promedio de la remuneración variable e imprecisa? Sinose Si nosehala halabo bora rado dodur duran ante tetod todoel oel semestre,parahallarelpromediode las remuneraciones variables e impre-
cisas,sedividelasumatoriadedichas remuneraciones entre los meses eectivamente laborados.
14. Si se ha laborado todo el semestre pero se han percibido horas extras sólo durante 4 meses, ¿entre cuánto se divide el total de horas extras para hallar el promedio? Enest En estec ecaso aso,p ,para arah halla allar rel elpro promed medio iode de lashorasextrassesumanysedividen la remuneración del mes anterior a la entreelnúmerodemeseslaborados, fechadepago(junio,paralagrati (6mesessisehalaborad (6meses sisehalaboradotodo otodoelse else cación cac ión dejulio dejulio;;onovie onoviembr mbre,parala e,parala mestre),aúncuandolashorasextras graticacióndediciembre),aúncuando sehayanpercibidosóloen4oportunidades mensuales. sehayaproducidounincrementoouna
10. ¿Qué remuneración se utiliza como base de cálculo si en el periodo computable se produjo una variación en la remuneración del trabajador? Siempr Sie mpres eseu eutil tiliza izacom comob obase ased dec ecálc álculo ulo
reducción de la remuneración.
Enest En estecas ecaso, o,nodeb nodeben en pr prom omed edia iars rse e 15. ¿Cuándo se habla de gratifcación ordinaria y cuándo de gratifcación trunca? – Gratif Gratificación icación ordin ordinaria:Es aria:Es aquell aquella a gratifcación gratifcaci ón que se otorga cuando el horasextras,lascomisiones,eldestajo, trabajador se encuentra laborando en lasbonicaciones,etc.) las remuneraciones obtenidas porque no es el caso de una remuneración variable e imprecisa (como sí lo son las
4. ¿Tiene derecho a gratifcación el trabajador que ha laborado menos de un mes? No,e No ,elt ltrab rabaja ajador dorti tiene enequ queh ehabe aberl rlabo abola oportunidad de pago de las gratifrado,porlomenos,unmescalendario caciones (primera quincena de julio completoparatenerderechoapercibir 11. ¿Qué remuneraciones variables son computables para el pago de oprimeraquincenadediciembre). la gratifcación correspondiente. gratifcaciones? – Grat Gratica icación ción trun trunca:Es ca:Esaque aquellaque llaque se otorga cuando el trabajador cesa Soncom So ncompu puta tabl bles eslasrem lasremun uner erac acio ione nes s 5. ¿Al trabajador con remuneración antes de la oportunidad de pago de variableseimprecisassiguientes: integral se le debe abonar la gralas gratifcaciones correspondiente correspondientess – Principal Prin cipales(comolas es(comolas comisiones comis iones tifcación? (1) oeldestajo),aúncuandonosean (julioydiciembre). Sielpac Si elpacto toderem deremun uner erac ació iónin ninte tegr gral al regulares,esdecir,aúncuandonose celebrado entre el trabajador y el empleahayanpercibidoen3oportunidades 16. ¿Las gratifcaciones se pagan sólo dorincluyelagraticación,yanohabría por meses completos o también en el semestre. que abonarla en julio o diciembre. por racción de mes? – Comp Complemen lementaria tarias s(com (como olashoras lashoras extras,trabajoendíaferiadooendo– Grat Graticac icaciónordin iónordinaria: aria:Se Sepag pagapor apor 6. ¿El trabajador de una MYPE tiene minical),siemprequeseanregulares, meses completos y por un a racción derecho a gratifcación? esdecir,que esdecir ,quesehayan sehayan perc percibi ibidoen doen demes;esdecir,sepagapormeses – Trabajad rabajador or de microem microempresa:No presa:No por lo menos en tres oportunidades y días. tienederechoagraticación. mensuales en el semestre de cómputo – Graticacióntrun Graticacióntrunca:Sepag ca:Sepagasólopor asólopor – Trabaj rabajador adorde depequ pequeñaempre eñaempresa:Sí sa:Sí mes calendario completo. (enero-junioójulio-diciembre). tienederechoamediaremuneración como gratifcación.
7.
¿El período subsidiado es computable para el cálculo de las gratifcaciones? Sí,tan Sí, tanto toel elper períod íodo ode deinc incapa apacid cidad adtem tem-
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12. Para verifcar la regularidad de de las remuneraciones variables e imprecisas de carácter complementario, ¿el análisis debe realizarse en orma conjunta o por separado?
17.. ¿Se debe registrar la gratifcación 17 en la planilla electrónica? y de ser así, ¿cuándo debo registrarla? Sí,de Sí ,debe bereg regis istr trar arse seelmo elmont ntode odela la graticaciónenlaplanillaelectrónica, ESTUDIO C ABALLERO BUSTAMANTE
Comentario siendo el mes de registro el mes en
Las gratifcaciones son consideradas
montosremunerativos;porlotanto,
GADOmasnoenaquelqueindicael montodelconceptoPAGADO;deeste
diciembre.
se considerarán base imponible al momento de calcular las contribuciones y aportaciones de ley.
modo se cumple con la obligación de registrarelconceptoquesehagene rado por las gratifcaciones de festas
queserealizaelpago,esdecirjulioy 18. ¿En qué casilla debo registrar la gratifcación al momento de declarar la planilla electrónica? La gratifcación deberá ser registrada en la planilla electrónica dentro de las
siguientescasillas:
400 Ingresos: Ingresos:graticacione graticaciones/aguin s/aguinal aldos
401 40 1 Grat Gratica icacion cionesporestaspatr esporestaspatrias ias y navidad
405 Graticacion Graticacionesproporcionales esproporcionales 19. Al declarar las gratifcacione gratifcacioness en la planilla electrónica, ¿se encuentran éstas gravadas por alguna contribución o aportación?
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20. ¿El hecho de no pagar las gratifcaciones genera algún interés? Sí,apar Sí ,aparti tirde rdeldí ldíasig asigui uien ente tedel delven vencimiento del pago de la gratifcación se genera en orma automática (sin
necesidaddequeeltrabajadorhaga algúnrequerimientoalempleador)el interés legal laboral.
21. Si no pago las gratiicaciones, ¿cómo realizo el registro en la planilla electrónica? La gratifcación deberá ser registrada
conelcódigo0401perosóloenel recuadroqueindicaelmontoDEVEN -
patriasonavidad,segúncorresponda. Posteriormenteycuandoserealiceel pago delasgratic delasgraticacio aciones,sedeberá nes,sedeberá registrardentrodelconcepto0401pero enelrecuadroqueindicaelmontoP enelrecuadroquein dicaelmontoPA AGADOmásinteresesyDEVENGADOel monto del interés. NOTA
(1) El empleador puede puede pactar con sus trabajado- res que perciban una remuneración remuneración mensual no menor a 2 UIT, una remuneración integral, computada por período anual, que comprenda todos los benefcios legales y convencionales aplicables en la empresa, excepto la participa- ción en las utilidades. n
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