Glosario de Civil II – Bienes
1
CONCEPTO ABUSO DEL DERECHO
2
ACCESIÓN
3 ! #
ACCESIÓN DE FRUTOS (DISCRETA) ACCESIÓN DE POSESIONES ACCESIÓN PROPIAMENTE TAL (CONTINUA) ACCIÓN ACCIÓN PUBLICIANA
& )
DEFINICIÓN Situac Situación ión que se produc produce e cuando cuando los actos actos que import importa a su ejerci ejercicio cio son contrari contrarios os a los fines fines económicos o sociales del mismo o cuando se realizan principalmente para causar mal a otro. Modo de adquirir el dominio por el cual el dueño de una cosa pasa a serlo de lo que ella produce o de lo que se junta a ella. Cosas corporales muebles o inmuebles. Accesión que proviene proviene de la cosa por el nacimiento o por la producción. producción. A"re"ación a la posesión posesión propia la posesión posesión de una serie ininterrumpida ininterrumpida de antecesores. antecesores. $a que resulta al a"re"arse una cosa a otra distinta % que forman un todo con individualidad propia. 'erec(o que se (ace valer en juicio para obtener que sea reconocido satisfec(o o respetado.
31 32 33
Acción que se concede aunque no se pruebe dominio al que (a perdido la posesión re"ular de la cosa % se (allaba en el caso de poder "anarla por prescripción. Acción que tiene el dueño de una cosa sin"ular de que no est+ en posesión para que el poseedor de ACCIÓN REIVINDICATORIA ella sea condenado a restitu,rsela. Aquellas que tienen por objeto conservar o recuperar la posesión de bienes ra,ces o de derec(os ACCIONES POSESORIAS reales constituidos en ellos se llaman tambi/n interdictos posesorios0. $os que cada cual puede ejecutar en lo su%o. ACTOS DE MERA FACULTAD FACULTAD $os que cada cual puede permitir a un etraño sin que importe "ravamen. ACTOS DE MERA TOLERANCIA Accesión de mueble a mueble 'os cosas muebles pertenecientes a distintos dueños se juntan una a ADJUNCIÓN otra pero pudiendo separarse % subsistir despu/s de separadas. 4ersona que por la tradición adquiere el dominio. ADQUIRENTE Accesión de inmueble inmueble a inmueble Aumento que que recibe la ribera de de la mar o de un r,o o la"o por el el lento ALUVIÓN e imperceptible retiro de las a "uas. $os que viven naturalmente libres e independientes del (ombre. ANIMALES BRAVÍOS Animales brav,os brav,os que en cierta forma reconocen el imperio del (ombre. (ombre. ANIMALES DOMESTICADOS ANIMALES DOMÉSTICOS 5species que viven bajo la dependencia del (ombre. ANIMUS 6ntención de comportarse como propietario. $o que (ace que la tenencia se convierta en posesión. AVULSIÓN Accesió Accesión n de inmuebl inmueble e a inmueble inmueble Aumen Aumento to de un predio predio cuand cuando o por una avenid avenida a o por otra otra fuerza fuerza natural natural violenta le es transportada parte del suelo de otro predio. 'ueño tiene un año para reclamar su terreno0. Cosas que produciendo utilidad al (ombre son susceptibles de propiedad. BIEN Conciencia de (aberse adquirido el dominio de una cosa por medios le",timos eentos de fraude % de BUENA FE (En la po!"#n) todo otro vicio. 7acultad de todo propietario de cerrar % cercar su predio % de (acer que contribu%an a esto los dueños CERRAMIENTO de los predios colindantes. COMUNIDAD 5specie de cuasicontrato "enerado cuando dos o m+s personas se (allan respecto de una cosa en la misma situación jur,dica. COMUNIDAD SOBRE COSA SIN$ULAR $a que recae en un bien determinado dividido en cuotas. COMUNIDAD SOBRE COSA UNIVERSAL $a que recae en una universalidad. 8eunión perfecta e irrevocable de ambos predios en manos de un mismo dueño. CONFUSIÓN CONSTITUTO POSESORIO 5l dueño de la cosa celebra un contrato en el que retiene la mera tenencia de la cosa que pasa a ser de otro. 5l que le da la cosa a otra persona con el "ravamen de entre"arla a un tercero si se cumple una condición. CONSTITU%ENTE 7acultad de perse"uir la cosa aun frente a terceros % las facultades que cada uno de ellos otor"a en CONTENIDO DEL DERECHO REAL relación con la cosa objeto del derec(o. 'erec(o de dominio com9n que tienen dos o m+s personas en una parte espiritual de una cosa no COPROPIEDAD dividida materialmente. CORPUS 4osibilidad de disponer de la cosa. Situación de (ec(o. :odo :odo lo que es relevante o tomado en cuenta por la le% % que pueda ser objeto de relaciones jur,dicas. COSA Cosas que dependen de una principal. COSAS ACCESORIAS
3! 3# 3& 3)
COSAS ALIENABLES COSAS APROPIABLES COSAS COMERCIABLES COSAS COMPUESTAS
3* 3! !1 !2 !3 !! !# !& !) !* !#
COSAS CONSUMIBLES COSAS CORPORALES COSAS DETERIORABLES COSAS DIVISIBLES COSAS ESPECÍFICAS COSAS FUN$IBLES COSAS FUTURAS COSAS $ENÉRICAS COSAS INALIENABLES COSAS INAPROPIABLES COSAS INCOMERCIABLES COSAS INCORPORALES COSAS INDIVISIBLES COSAS INMUEBLES COSAS INMUEBLES POR ADHERENCIA
* 1 11 12 13 1! 1# 1& 1) 1* 12 21 22 23 2! 2# 2& 2) 2* 23
#1 #2
Cosas que pueden enajenarse. Cosas susceptibles de propiedad. Cosas que pueden ser objeto de relaciones jur,dicas privadas. $as que resultan de la unión material de dos o m+s cosas simples que no pierden su individualidad. Son siempre creadas artificialmente por el (ombre. Cosas que conforme a su destino se destru%en para el que las usa. $as que tienen un ser real perceptibles por los sentidos. Aquellas que se destru%en destru%en por su uso pero no de forma tan sensible. sensible. Cosas que pueden fraccionarse de modo que cada parte ten"a la misma función que el todo. $as que consisten en un individuo determinado de un "/nero determinado. Cosas cu%as caracter,sticas caracter,sticas aun cuando eistan no importan % pueden omitirse. $as que no eisten al constituirse la relación que en al"unos casos es condicional % en otros aleatoria. $as que consisten en un individuo indeterminado de un "/nero determinado. Cosas que no pueden enajenarse. Cosas no susceptibles de propiedad. Cosas que no pueden ser objeto de relaciones jur,dicas privadas. $as que consisten en meros derec(os sólo pueden ser percibidos por la in teli"encia. Cosas que no pueden fraccionarse. 6ndivisibilidad f,sica o de cuota. Cosas que no pueden transportarse de un lu"ar a otro. 4or naturaleza destinación o ad(erencia. Cosas que ad(ieren permanentemente a las que no pueden transportarse de un lu"ar a otro.
Glosario de Civil II – Bienes
#3
COSAS INMUEBLES POR DESTINACIÓN Cosas que siendo muebles por naturaleza est+n permanentemente destinados al uso cultivo o
#! ##
COSAS INMUEBLES POR NATURALE&A Cosas que no pueden transportarse de un lu"ar a otro. Cosas que pueden transportarse de un lu"ar a otro. 4or naturaleza o anticipación. COSAS MUEBLES COSAS MUEBLES POR 6nmuebles que se consideran muebles para efecto de constituir un derec(o sobre ellos en favor de otra persona distinta al dueño del inmueble. ANTICIPACIÓN Cosas que no pueden transportarse de un lu"ar a otro. Semovientes o inanimadas. COSAS MUEBLES POR NATURALE&A Sólo pueden transportarse mediante una fuerza eterna. COSAS MUEBLES POR NATURALE&A ' INANIMADAS $as que pueden transportarse de un lu"ar a otro por s, mismas. COSAS MUEBLES POR NATURALE&A ' SEMOVIENTES Cosas que se pueden usar indefinidamente sin que el uso las destru%a o modifique. COSAS NO CONSUMIBLES COSAS NO FUN$IBLES Cosas no id/nticas en cuanto a su valor socioeconómico % por ende no intercambiables unas por otras. $as que tienen eistencia al constituirse la relación jur,dica que en ellas recae. COSAS PRESENTES Cosas que poseen vida jur,dica independiente. COSAS PRINCIPALES COSAS SIMPLES $as que tienen una individualidad or"+nica unitaria. Son indivisibles sin destruir su esencia. ;sufructo de cosas fun"ibles. CUASIUSUFRUCTO Conjunto de operaciones que tiene por objeto fijar los l,mites de dos predios colindantes de distinto dueño. DEMARCACIÓN Aquella que tiene por objeto la suspensión de los trabajos de una obra nueva a fin de prevenir un daño. DENUNCIA DE OBRA NUEVA Acción que se puede ejercer para obtener la demolición enmienda o reparación de un edificio o DENUNCIA DE OBRA RUINOSA
beneficio de un inmueble.
#& #) #* #& &1 &2 &3 &! && &) &*
&)
DERECHO DE HABITACIÓN DERECHO DE USO
)1
DERECHO PERSONAL
)2
)& ))
DERECHO REAL DERECHOS REALES LIMITADOS DERECHOS REALES LIMITADOS DE $ARANTÍA DERECHOS REALES LIMITADOS DE $OCE O USO DESPOJO DE LA POSESIÓN DOMINIO (PROPIEDAD)
)* )-
EMPRESA ENAJENACIÓN (S!n"o A*pl"o)
* *1 *2
ENAJENACIÓN (S!n"o E+",o) ENTRE$A ENTRE$A BREVI MANU
*3 *! *# *&
ENTRE$A FICTA ENTRE$A LONGA MANU ENTRE$A REAL ESPECIFICACIÓN
*) **
- -1
E-CEPCIÓN E-PENSAS NECESARIAS E-TRAORDINARIAS E-PENSAS NECESARIAS ORDINARIAS E-PENSAS .TILES E-PENSAS VOLUPTUARIAS
-2
FACULTAD DE DISPOSICIÓN
-3 -! -# -& -)
FACULTAD DE $OCE FACULTAD DE USO FIDEICOMISARIO FIDEICOMISO FIDEICOMISO DE RESIDUO
)3 )! )#
*-
FRUTOS CIVILES FRUTOS CONSUMIDOS 1 FRUTOS NATURALES 11 FRUTOS PENDIENTES -* --
construcción vecina que amenacen ruina o el afianzamiento o etracción de +rboles mal arrai"ados o epuestos a ser derribados. 'erec(o de uso sobre una casa referido a la utilidad de morar en ella. 'erec(o real que consiste en la facultad de "ozar de una parte limitada de las utilidades % productos de una cosa. 5l que sólo puede reclamarse de ciertas personas que por un (ec(o su%o o la sola disposición de la le% (an contra,do las obli"aciones correlativas. 5l que se tiene sobre una cosa sin respecto a determinada persona. $os que no confieren todas las facultades del dominio. $os que dan derec(o sobre una cosa para (acer efectiva en ella una obli"ación (ipoteca prenda % censo0. Aquellos que dando el uso o "oce de la cosa el titular no tiene todas las facultades que confere el dominio usufructo uso (abitación servidumbres0. 4rivación injusta total o parcial de la posesión. 'erec(o real en una cosa corporal para "ozar % disponer de ella arbitrariamente no siendo contra le% o derec(o ajeno. Conjunto de bienes or"anizados por su propietario para el ejercicio de una actividad económica. Acto en virtud del cual se transfiere el dominio de una cosa o se constitu%e un derec(o real sobre ella en favor de un tercero. :ransferencia del dominio. Materialización del acuerdo de las partes de transferir el dominio. 5l mero tenedor de la cosa la retiene con +nimo de señor % dueño porque celebró un acto translaticio de dominio con el dueño de ella. 4or medio de una ficción. Simbólica longa manu brevi manu constituto posesorio. :radente muestra la cosa al adquirente. $a que se (ace f,sicamente traspasando materialmente el tradente la cosa al adquirente. Accesión de mueble a mueble 'e la materia perteneciente a una persona (ace otra persona una obra o artefacto cualquiera. :oda defensa que el demandado puede oponer a la acción del demandante.
Glosario de Civil II – Bienes
12 FRUTOS PERCIBIDOS 13 HERENCIA 1! ÍNDICE $ENERAL 1# INSCRIPCIÓN DE PAPEL 1& INTERRUPCIÓN CIVIL DE LA
PRESCRIPCIÓN
1) INTERRUPCIÓN DE LA
PRESCRIPCIÓN
1* INTERRUPCIÓN NATURAL DE LA
PRESCRIPCIÓN
1- INVENCIÓN O HALLA&$O 11 LE% 111 MEDIANERÍA 112 MERA TENENCIA 113 ME&CLA 11! MODO 11# MODOS DE ADQUIRIR A TÍTULO 11& 11) 11* 11-
$os que (an sido separados de la cosa productiva. 'erec(o real que se ejerce sobre todo el patrimonio de una persona difunta o sobre una cuota de /l. $ibro que se lleva por orden alfab/tico % que se forma a medida que se va%an (aciendo las inscripciones en los tres re"istros. 6nscripción que no va acompañada de la tenencia con +nimo de señor % dueño. Cesación de la inacción judicial del dueño todo recurso judicial intentado por el que se pretende verdadero dueño contra el poseedor. Situación que se produce cuando se pierde la posesión se (ace imposible el ejercicio de actos posesorios o termina la inactividad del dueño produciendo el efecto de (acer perder el tiempo de prescripción transcurrido o de descontarse el tiempo que duró la interrupción se"9n el caso. Cuando sin (aber pasado la posesión a otras manos se (a (ec(o imposible el ejercicio de actos posesorios o cuando se (a perdido la posesión por (aber entrado en ella otra persona.
tradición % prescripción0. SIN$ULAR Aquellos en que se adquiere todo el patrimonio o una cuota de /l. MODOS DE ADQUIRIR A TÍTULO UNIVERSAL MODOS DE ADQUIRIR DERIVATIVOS Aquellos en que se considera el dominio del anterior dueño de la cosa. =ec(os jur,dicos a los que la le% atribu%e la facultad de (acer nacer o traspasar el dominio. MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO MODOS DE ADQUIRIR $RATUITOS Aquellos que no importan sacrificio pecuniario para el adquirente ocupación sucesión M.C.
12 MODOS DE ADQUIRIR ONEROSOS 121 MODOS DE ADQUIRIR ORI$INARIOS 122 MODOS DE ADQUIRIR POR ACTO
prescripción0. Aquellos que imponen al adquirente un sacrificio pecuniario la le%0. Aquellos por los que se adquiere el dominio independientemente del dominio anterior ocupación accesión prescripción la le%0 Aquellos que no requieren la muerte de una persona.
ENTRE VIVOS 123 MODOS DE ADQUIRIR POR C AUSA
DE MUERTE 12! MOLESTIA O EMBARA&O EN LA POSESIÓN 12# NUDA PROPIEDAD 12& NUDO PROPIETARIO 12) OBJETO DEL DERECHO REAL 12* OCUPACIÓN
12- OCUPACIÓN DE COSAS ANIMADAS 13 PATRIMONIO 131 POSESIÓN (REAL) 132 POSESIÓN CLANDESTINA 133 POSESIÓN EFECTIVA 13! POSESIÓN IRRE$ULAR 13# POSESIÓN LE$AL 13& POSESIÓN NO TRANQUILA 13) POSESIÓN NO VICIOSA (.TIL) 13* POSESIÓN RE$ULAR 13- POSESIÓN TRANQUILA 1! POSESIÓN VICIOSA (IN.TIL) 1!1 POSESIÓN VIOLENTA 1!2 PREDIO DOMINANTE 1!3 PREDIO SIRVIENTE 1!! PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA 1!# PRESTACIONES MUTUAS 1!& PROPIEDAD ABSOLUTA
Aquellos que suponen la muerte de una persona sucesión M.C.0. :odo (ec(o o acto que sin despojar de la posesión impide al poseedor ejercerla tranquilamente turbación0. Aquella en que el titular no tiene el uso % el "oce de la cosa. >uien estando despojado de las facultades de usar % "ozar de la cosa conserva la facultad de disposición. $a cosa sobre la que se puede (acer valer. Modo de adquirir el dominio de cosas que no pertenecen a nadie % cu%a adquisición no es pro(ibida por las le%es c(ilenas o por el 'erec(o 6nternacional mediante su apre(ensión material con +nimo de (acerse dueño de ellas. Sólo bienes corporales muebles. Caza % pesca. Conjunto de relaciones % situaciones jur,dicas de una persona apreciables en dinero. :enencia de una cosa con +nimo de señor % dueño sea que el dueño o el que se da por tal ten"a la cosa por s, mismo o por otra persona que la ten"a en lu"ar % a nombre de /l. $a que se ejerce ocult+ndola a los que tienen derec(o para oponerse a ella se opone a su publicidad. 8esolución judicial que reconoce a un (eredero su calidad de tal. $a que carece de uno o m+s requisitos de la posesión re"ular. $a que el (eredero adquiere de la (erencia por el (ec(o de (aberse deferido no requiere ni de corpus ni de animus0. $a que adolece de violencia o clandestinidad o cu%o poseedor (a%a sido demandado por el dueño o por otro poseedor. $a que no es violenta ni clandestina. $a que procede de justo t,tulo % (a sido adquirida de buena fe aunque /sta no subsista despu/s de adquirida la posesión. $a que no es violenta ni clandestina % sin que el poseedor (a%a sido demandado por el dueño o por otro poseedor. $a que adolece de violencia o clandestinidad. $a que se adquiere por la fuerza debe (aber eistido al iniciarse la posesión0? el que en ausencia del dueño se apodera de la cosa % volviendo el dueño le repele. 5l que reporta la utilidad. 5l que sufre el "ravamen. Modo de adquirir el dominio de las cosas ajenas por (aberlas pose,do durante cierto tiempo concurriendo otros requisitos. Cosas corporales muebles e inmuebles derec(os reales que no est/n epresamente eceptuados. 8estituciones % pa"os rec,pricos que deben (acerse el reivindicante % el poseedor vencido entre s,. Aquella que no est+ sujeta a condición al"una.
Glosario de Civil II – Bienes
PROPIEDAD CIVIL PROPIEDAD FIDUCIARIA PROPIEDAD INDIVIDUAL PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL 1#1 PROPIEDAD PLENA 1#2 PROPIETARIO FIDUCIARIO 1#3 QUERELLA DE AMPARO 1!) 1!* 1!1#
1#! QUERELLA DE RESTABLECIMIENTO
(D!po/o V"ol!no)
1## QUERELLA DE RESTITUCIÓN 1#& RE$ISTRO DE HIPOTECAS %
$RAV0MENES
1#) RE$ISTRO DE INTERDICCIONES % 1#* 1#1& 1&1 1&2 1&3 1&! 1 1&& 1&)
PROHIBICIONES DE ENAJENAR RE$ISTRO DE PROPIEDAD REPERTORIO RES DERELICTAE RES NULLIUS RESTITUCIÓN SERVIDUMBRE SERVIDUMBRE ACTIVA SERVIDUMBRE APARENTE SERVIDUMBRE CONTINUA SERVIDUMBRE DE ACUEDUCTO
1&* SERVIDUMBRE DE LU& % VISTA 1&- SERVIDUMBRE DE TR0NSITO
1) 1)1 1)2 1)3 1)!
SERVIDUMBRE DISCONTINUA SERVIDUMBRE INAPARENTE SERVIDUMBRE LE$AL SERVIDUMBRE NATURAL SERVIDUMBRE NE$ATIVA
1)# 1)& 1)) 1)* 1)1*
SERVIDUMBRE PASIVA SERVIDUMBRE POSITIVA SERVIDUMBRE VOLUNTARIA SUBINSCRIPCIÓN SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE SUSPENSIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN
1*1 TESORO 1*2 1*3 1*! 1*# 1*& 1*) 1** 1*1-
TÍTULO TÍTULO FALSIFICADO TÍTULO INJUSTO TÍTULO JUSTO TÍTULO PARA LA POSESIÓN TÍTULO PUTATIVO TÍTULO TRANSLATICIO DE DOMINIO TRADENTE TRADICIÓN
1-1 UNIVERSALIDAD 1-2 UNIVERSALIDAD DE DERECHO 1-3 UNIVERSALIDAD DE HECHO 1-! USUFRUCTO 1-# USUFRUCTUARIO
$a que re"lamenta el Códi"o Civil. Aquella sujeta al "ravamen de pasar a otra persona por el (ec(o de verificarse una condición. Aquella cu%o titular es una sola persona. Constituida por las producciones del talento o in"enio de sus autores. $a que autoriza a su titular para ejercer todas las facultades del dominio. 5l que recibe esta cosa con el "ravamen de restituirla. Aquella que tiene por objeto conservar la posesión de bienes ra,ces o de derec(os reales constituidos en ellos. Aquella que tiene por objeto el restablecimiento en la posesión o mera tenencia de los bienes ra,ces o derec(os reales constituidos en ellos cuando dic(a posesión o mera tenencia (a%an sido violentamente arrebatadas. Aquella que tiene por objeto recuperar la posesión de bienes ra,ces o derec(os reales constituidos en ellos cuando el poseedor (a sido injustamente privado de ella. $ibro en el que se inscriben las (ipotecas censos derec(os de usufructo uso % (abitación fideicomisos servidumbres % otros "rav+menes semejantes. $ibro en el que se inscriben las interdicciones pro(ibiciones de enajenar e impedimentos relativos al derec(o de enajenar. $ibro en el que se inscriben todas las translaciones del dominio. $ibro en que el Conservador anota todos los t,tulos que se le presenten para ser inscritos. Cosas que tuvieron dueño pero (an dejado de tenerlo. Cosas que nunca (an tenido dueño. :ranslación de la propiedad de manos del fiduciario al fideicomisario. @ravamen impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto dueño. 8especto del predio dominante. $a que est+ continuamente a la vista tr+nsito cuando (a% camino0 $a que se ejerce sin necesidad de un (ec(o actual del (ombre acueducto0. Servidumbre que consiste en que puedan conducirse las a"uas por la (eredad sirviente a epensas del interesado. o son verdaderas servidumbres constitu%en m+s bien limitaciones al derec(o de propiedad. 'erec(o que tiene el dueño de un predio que se (alla destituido de toda comunicación con el camino p9blico por la interposición de otros predios para ei"ir paso por al"uno de /stos pa"ando la indemnización correspondiente. $a que se ejerce a intervalos m+s o menos lar"os de tiempo % supone un (ec(o actual del (ombre tr+nsito0. $a que no se conoce por señal eterior tr+nsito sin camino0 $as impuestas por la le%. $a que proviene de la natural situación de los lu"ares. $a que impone al dueño del sirviente la pro(ibición de (acer al"o que sin la servidumbre le ser,a l,cito ej no elevar paredes0 8especto del predio sirviente. $a que sólo impone al dueño del predio sirviente la obli"ación de dejar (acer ej tr+nsito acueducto0 $as constituidas por un (ec(o del (ombre. 7orma de efectuar las rectificación de los errores % omisiones por parte del Conservador. Modo de adquirir el dominio de todo o parte del patrimonio de un difunto. Beneficio que otor"a la le% a ciertas personas % a la (erencia %acente en cu%a virtud no corre el plazo de prescripción en su contra mientras dura la causa de la suspensión. 5fectos preciosos que elaborados por el (ombre (an estado lar"o tiempo sepultados o escondidos sin que (a%a memoria o indicio de su dueño. =ec(o o acto jur,dico que da la posibilidad de adquirir el dominio le sirve de antecedente su causa remota. 5specie de t,tulo injusto 5l no otor"ado por la persona que se pretende. 5l que por ser falsificado aparente o nulo no (abilita para (acer nacer posesión re"ular. =ec(o o acto jur,dico que es apto para (acer nacer posesión re"ular. 5l que no es injusto. =ec(o o acto jur,dico que (ace nacer la posesión en una persona. 5specie de t,tulo injusto 5l aparente. 5l que por su naturaleza sirve para transferir el dominio. 4ersona que por la tradición transfiere el dominio. Modo de adquirir el dominio que consiste en la entre"a que el dueño de ellas (ace a otro (abiendo por una parte la facultad e intención de transferir el dominio % por otra la capacidad o intención de adquirirlo. Complejo patrimonial resultante de la reunión no material sino ideal de una pluralidad de cosas que formen una entidad compleja. Complejo patrimonial (etero"/neo unificado por la pertenencia a una determinada persona o por una particular función unitaria. 4luralidad de cosas muebles autónomas que se presente como una unidad social % jur,dicamente apreciable. Su destino unitario se lo da el (ombre. 'erec(o real que consiste en la facultad de "ozar de una cosa con car"o de conservar su forma % sustancia % de restituirla a su dueño si la cosa no es fun"ible? o con car"o de volver i"ual cantidad % calidad del mismo "/nero o de pa"ar su valor si la cosa es fun"ible. >uien tiene las facultades de uso % "oce de la cosa.
Glosario de Civil II – Bienes