Seguridad e Higiene Industrial Pérez Carrera Sandra Nayeli
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL INDUSTRIAL EN MÉXICO Y EL MUNDO
1. An Ante teced ceden entes tes..
Desde los inicios de la especie humana, de la necesidad de alimentarse y proveerse medios de subsistencia, surge el trabajo y aunado a esto los accidentes y enfermedades productos de la misma actividad. Los primeros datos acerca del bienestar laboral, los encontramos hacia 400 400 años años A.C., A.C., cuand cuando o ip!cr ip!crate ates, s, conoci conocido do popu popular larme mente nte como como el padre dre de la medi edicin cina, reali ali"! las primer meras anotac tacion iones sob sobre enfermedades laborales de #ue se tenga noticia. $00 años despu%s, un m%dico romano llamado &linio '(l )iejo*, hi"o referencia de los peligros inherentes en el manejo del "inc y del a"ufre, y desarrollo el primer (&& +'(lementos de &rotecci!n &ersonal* respiratoria, fabricado con vejigas de animales, #ue se colocaba sobre la boca para impedir la inhalaci!n de polvos. (n -4/, -4/, lrich lrich (llemb (llembog og escri escribi! bi! su libro libro sobre sobre las enfer enferme medad dades es relacionadas con el ambiente de trabajo y c!mo prevenirlos, he hi"o renacer el inter%s de esta 1rea. (n -$$2 se public! un libro relacionado con los riesgos asociados con la miner3a. u autor '5eorgious Agr3cola', hace sugerencias para mejorar la venti entillaci! aci!n n en las mina inas y fab fabricar icar m1scar scara as, #ue proteja ejan efectivam efectivamente ente a los minero mineros6 s6 se discuten discuten ampliament ampliamente e los accident accidentes es en las minas y sus causas6 describe los defectos del 'pie de trinchera ', el cual es una enfermedad debida a la e7posici!n de los pies por largo tiempo a la humedad a las minas6 tambi%n trata de silicosis, enfermedad producida en los pulmones y causada por la inhalaci!n de polvos de silicio o cuar"o. (n el sigl siglo o 8)99 8)99 :er :ernar nardino dino ;ama" ama""i "ini ni inic inici! i! la pr1c pr1cti tica ca de lo #ue #ue actualmente se conoce como medicina del trabajo, al escribir de manera
sist sistem em1t 1tic ica a y ordena denada da las las enfe enferrmeda medade des s relac elacio iona nada das s diferentes o
con con
los los
&oco a poco, la salud en los trabajadores y las medidas de precauci!n para la dismi sminuci!n de accidentes se fueron desarrollando aceptablemente en la mayor3a de los pa3ses industriali"ados, sin #ue esto #uiera decir #ue se resolvieron todos los problemas al respecto. (n -=0 se publica en (..A. .A. 'La ley de seguridad e igiene >cupacional*, cuyo objetivo es asegurar en lo m17imo posible #ue todo homb hombrre y muje mujerr trab trabaj aje e en luga lugarres segu segurros y salu saluda dabl bles es,, lo cual cual permitir1 preservar sus cuerpos. (sta ley es posiblemente el documento m1s importante #ue se ha emitido a favor de la seguridad y la higiene, ya #ue cubre con sus reglamentos, re#uerimientos con casi todas las ramas ramas indust industri riale ales, s, los cuale cuales s han sido sido tomad tomados os por por mucho muchos s otro otros s pa3ses. 2. Antecedentes Antecedentes históricos históricos en México. México.
Los trabajadores de nuestro pa3s as3 como los de otros pa3ses estuvieron e7puestos e7puestos a circunstancias circunstancias de riesgo laboral laboral y de abandono por por parte de los empresarios #uienes no ten3an inter%s en la seguridad de los trabajadores, estas situaciones los llevaron a tomar la iniciativa para llevar a cabo acciones #ue disminuyeran los riesgos a los #ue estaban e7puestos. e7puestos. Con una ausencia ausencia de amparo amparo a los trabajadores trabajadores as3 como un plan de seguridad e higiene en los talleres y almacenes fabriles los patrones se vieron como los ?nicos responsables por los accidentes #ue surg3an como resultado de no aplicar las normas adecuadas para evitar los riesgos laborales. Antes del año -=-0 los trabajadores me7icanos contaban con el amparo de solo dos leyes a nivel local. La primera ley fue designada como @os% )icente )illada )illada en el año de -=04 y sus disposiciones disposiciones solo estaban para el (stado (stado de %7i %7ico, co, la segun segunda da dos años años despu despu%s %s fue nombra nombrada da :ernardo :ernardo ;eyes y su aplicaci!n aplicaci!n solo ten3a efectos en el estado de Buevo Le!n, en estas dos leyes #uedo estipulado al patr!n como el responsable de los accidentes laborales y por ello deber3a pagar una compensaci!n por los percances ocurridos durante la jornada laboral.
ue hasta la d%cada de los años treinta cuando surgieron las primeras dependencias gubernamentales encargadas de vigilar las condiciones de traba trabajo jo e7ist e7istent entes es en las indust industri rias6 as6 La ecr ecreta etaria ria de alu alubri bridad dad y Asistencia, con su direcci!n de igiene 9ndustrial, (l Departamento del Distrito ederal, con su Direcci!n de rabajo, con su >breroG >breroG por el desconoci desconocimien miento to ante los recurs recursos os de salud salud ocupacional.
c ector ector &rofesio &rofesionalH nalH%di %dicoG coG donde e7isten e7isten pocas facilidades facilidades en las universidades o instituciones tecnol!gicas, para la reali"aci!n de estudios de especiali"aci!n y la falta de demanda de especialistas en salud ocupacional. Como vemos, la seguridad e higiene ha logrado cimentarse como una parte muy importante de cual#uier empresa y es #ue principalmente se ha recon econoc ocid ido o y ente entend ndid ido o su impo import rtan anci cia a y util utilid idad ad para para el buen buen dese desemp mpeñ eño o de las las oper operac acio ione nes, s, por por las las tres tres part partes es dir directa ectame ment nte e involucradasG rabajadores, (mpresarios y 5obierno. 2.1.
Constitución
Política
de
los
Estados
Unidos
Mexicanos.
(l art3culo -I/ muestra las bases #ue en materia de seguridad e higiene industrial se han establecido para la protecci!n de los trabajadores. De estas bases se derivan las normas consignadas en la Ley ederal de rabajo, rabajo, #ue #ue constituye constituye un gran aparato protector protector del trabajo. trabajo. La fracci!n 89) hace responsable a los patrones de los riesgos de trabajo sufridos por los trabajadores, por tanto, est1n obligados a indemni"ar seg?n las consecuencias de dichos riesgos. racci racci!n !n 8). 8). (l patr patr!n !n est1 est1 obli obligad gado o a obser observar var,, de acuer acuerdo do con con la naturale"a naturale"a de su negociaci!n, los preceptos legales sobre la seguridad e higie higiene ne en las las insta instalac lacio iones nes de su establ estableci ecimi mien ento to y a adop adoptar tar las medidas adecuadas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las m1#uinas, instrumentos y materiales de trabajo, as3 como organi"ar de tal manera este este,, #ue #ue resul esulte te la mayo mayorr gara garant nt3a 3a para para la salu salud d y la vida vida de los los trabajadores y del producto de la concepci!n cuando se trate de mujeres embara" embara"ada adas s +Constitu +Constituci!n ci!n &ol3ti &ol3tica ca de los (stados (stados nidos nidos e7ican e7icanos, os, -==$.
Referencias
httpGJJtesis.uson.m7JdigitalJtesisJdocsJ--0$$JcapituloI.pdf httpGJJKKK.eumed.netJcurseconJecolatJm7JI0-IJsegurida httpGJJKKK.eumed.netJcurseconJecolatJm7JI0-IJseguridadHhigieneHindustrialH dHhigieneHindustrialH me7ico.html
httpGJJKKK.limpie"aindustrial.orgJantecedentesseguridadindustrial.asp7