Estado de Excepción •
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El régimen de excepción es un medio jurídico, extraordinario y temporal aprobado para enfrentar ciertas situaciones que por diferentes razones internas o externas que atentan contra el Estado o ponen en peligro la nalidad esencial del Estado Es una respuesta a una crisis de orden público dentro de la cual se restringen algunos servicios públicos esenciales para la comunidad y funcionamiento de las instituciones democrticas de forma temporal! "as razones para aplicar el estado de excepción son acontecimientos reales o fcticos, originados por acción del pueblo, sea por anarquía o por resistencia a la opresión# o por acción del gobierno incurso en opresión o en tiranía! El Esta Estado do util utiliz iza a el pode poderr legí legíti timo mo de sí mism mismo o para para domi domina narr la situación y restablecer la normalidad $estado de excepción% El pueblo en cambio, legitimado por sí mismo mediante el derec&o de resistencia a la opresión, se impone al poder dando lugar a un nuevo poder o derec&o! "a constitución regula los casos y las circunstancias y alcances que pued puede e tene tenerr el esta estado do de exce excepci pción ón como como medi medida da extr extrao aord rdin inar aria ia,, siempre y cuando se presente un ambiente de peligrosidad para las instituciones del Estado o valores esenciales! El Estado de excepción es temporal y necesario para desarrollar una activi actividad dad inusua inusuall que aument aumente e efecti efectivid vidad ad y rapide rapidez z necesar necesaria ia para para &acer frente a al mal social social previniéndolo y conjurndolo! "a suspensi nsión de garan aranttías con constitucio cionale ales con conllevan un fortal fortalecim ecimien iento to de las facult facultades ades de las autori autoridad dades es milita militares res y del órga órgano no ejec ejecut utiv ivo o con con la nal nalid idad ad de salv salvag agua uard rdar ar y defe defend nder er la seguridad interna y externa del Estado! "as medidas utilizadas para enfrentar situaciones de emergencia son' $a% (uspensión de garantías constitucionales $b% (uspensión de derec&os fundamentales $c% )torg )torgami amient ento o de facult facultade ades s extraor extraordin dinari arias as a favor favor de un órgano del Estado, generalmente el Ejecutivo! Ejec utivo!
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Existen tres formas de estados y según su naturaleza son'
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Estado de alarma! *aturaleza no política de emergencia Estado de excepción! +risis política Estado de sitio! +risis de estado!
Estado Esta do de al alar arma ma!! Es una una res respues puestta a una una cat cats stro trofe natu naturral o tecn tecnol ológ ógic ica, a, es deci decirr, una una cat catstr strof ofe e no polí políti tica ca,, no prod produc ucid ida a intencionalmente por el ser &umano y puede utilizarse cuando existe una parali paralizaci zación ón de servic servicios ios públic públicos os esenci esenciale ales s o situaci situacione ones s de desabastecimiento! Estado de Exc Estado Excepc epción! ión! +risis política, respuesta a una crisis de orden público que restringe el libre ejercicio de los derec&os y libertades de los ciudadanos! Estado de sitio! +risis Estado +risis de Estado, Estado, (ucede cuando &ay un acto de fuerza $cuando se produce o amenace una insurrección% contra Estado contra la sobe sobera raní nía a o inde indepe pend nden enci cia a del del país país,, inte integr grid idad ad terr territ itor oria iall u ordenam ordenamien iento to consti constituc tucion ional! al! En ambos ambos casos casos se puede puede recurr recurrir ir al Ejército! El artículo - de la constitución establece que en casos de guerra, epidemias, catstrofe, rebelión, sedición, o invasión del territorio que gene genere re pert pertur urba baci cion ones es del del orde orden n públ públic ico o podr podrn n susp suspend ender erse se las las garantías de los artículos ., /, 0 y 1 de la misma constitución!
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+onclusión! *uestra postura a favor est sustentada en los artículos -, 23 y 24 de la +onstitución debido a que no es un decreto inconstitucional porque en ellos se establece como medida temporal y es la solución viable, que aunq aunque ue susp suspen ende de algu alguno nos s dere derec& c&os os fund fundam amen enta tale les, s, perm permit ite e la erradicación del origen del problema y evita una desestabilización al Estado! Esto siempre y cuando se aplique con las personas capacitadas y el plan de ejecución sea lo sucientemente racional adems que no sea un arma aplicada en contra de los derec&os de los ciudadanos! El estado de Excepción es una &erramienta que permite la solución de los problemas aun cuando las medidas o programas de inserción en el caso de la violencia estén fuera de control! En el caso de El (alvador, la medida puede aplicar a los &abitantes en la solución de los problemas en caso de epidemias o desastres naturales, sin distinción de raza o sexo, siendo una igualdad de condiciones!