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Referencias legislativas
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Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, cuya última modificación se ha producido por Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 Real Decreto 1637/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece la composición, competencias y régimen de funcionamiento de la Comisión Filatélica del Estado y se regulan las emisiones de sellos de correo y otros signos de franqueo Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, cuya última modificación se ha producido por Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, cuya última modificación se ha producido por Real Decreto 503/2007, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del servicio postal universal y de liberalización de los servicios postales Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, cuya última modificación se ha producido por Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, el Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, aprobado por el Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, el Real Decreto 3485/2000, de 29 de diciembre, sobre franquicias y exenciones en régimen diplomático, consular y de organismos internacionales y de modificación del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, y el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, cuya última modificación se ha producido por Orden INT/1008/2017, de 3 de julio, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las pistolas pistolas y los revólveres detonadores Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
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Resolución de 16 de enero de 2018, conjunta de la Subsecretaría de Fomento y de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, por la que se modifica la de 12 de junio de 2001, sobre canje de signos de franqueo denominados en pesetas por otros denominados en euros Resolución de 20 de diciembre de 2006, conjunta de las Subsecretarías de Fomento y de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos denominada «sellos personalizados»
Webgrafía
Origen de los documentos enlazados: https://www.boe.es. Fecha de consulta abril 2018
Objetivos
Conocer cómo se articulan los distintos procesos de admisión en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos Analizar los distintos sistemas de franqueo Examinar los distintos sistemas de pago admitidos en las oficinas de Correos
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1. FRANQUEO. PRINCIPI PRINCIPIOS OS GENERALE GENERALESS Según la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal (SPU), de los derechos de los usuarios y del mercado postal, los medios de franqueo son aquellos efectos o signos que acreditan el pago de los servicios postales a los operadores postales que presten servicios incluidos en el SPU. Se considerarán como tales medios los sellos de correos, que solo puede utilizar el operador designado con efecto liberatorio; los sobres; las tarjetas y cartas-sobres con sellos o signos distintivos previamente estampados; las impresiones de máquinas de franquear; y las estampillas de franqueo expedidas por distribuidoras automáticas instaladas por el operador designado, así como cuantos artículos o productos sean definidos mediante las correspondientes disposiciones como instrumentos de franqueo. El operador designado deberá admitir todos los envíos si se presentan con los medios de franqueo descritos en la Ley. Además, podrá acordar con sus clientes cualesquiera otros sistemas de pago, tales como el pago diferido, el franqueo en destino y el prepago, así como cualquier otro medio admitido en derecho. Los envíos postales internacionales debidamente franqueados en el país de origen tendrán franca circulación por el territorio español, de conformidad con la normativa de la Unión Postal Universal.
Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal
1.1 S IST EMA S DE FRAN QUE O A. Sellos S ellos de Correos Los sellos son trozos pequeños de papel, con timbre oficial de figuras o signos, grabados con la palabra “CORREOS ESPAÑA”. Los confecciona el Estado a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). No se emitirán sellos que representen la imagen de personas vivas, salvo los que se dediquen a la Familia Real. Excepcionalmente, la Comisión podrá proponer la emisión de sellos que incorporen la imagen de personas vivas cuando concurran circunstancias de índole cultural, deportiva, científica, institucional o cualquier otra análoga a las anteriores que así lo justifiquen. En todo caso, habrán de respetarse las previsiones establecidas en la normativa en materia de protección civil de derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, así como a la demás normativa que resulte aplicable. No se realizarán emisiones de sellos que representen efemérides o celebren aniversarios de acontecimientos con antigüedad inferior a veinticinco años, ni se reiterarán emisiones relativas a tales efemérides o aniversarios antes de que hayan transcurrido veinticinco años desde la anterior. Se respetarán las recomendaciones del Código deontológico de la Unión Postal Universal La elaboración del programa anual de emisiones de sellos se ajustará a las siguientes normas: - El número anual de emisiones de sellos y otros signos de franqueo, salvo decisión del Presidente, no excederá de 90. - El programa deberá contener las emisiones de carácter fijo y las series plurianuales. Además, podrán incluirse en el programa las nuevas series definidas por la Comisión, las efemérides y temas de actualidad, y las peticiones que la Comisión acuerde atender. - El programa deberá recoger, para cada emisión, su denominación y, en su caso, el motivo de la solicitud. La programación anual de emisiones de sellos y demás signos de franqueo será autorizada. Toda persona física o jurídica, pública o privada, podrá solicitar, a través de la Secretaría de la Comisión Filatélica del Estado, la emisión de un sello de correo o signo de franqueo.
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Las peticiones deberán hacerse, como mínimo, con doce meses de antelación a la fecha propuesta, en su caso, para su emisión. No se tomarán en consideración las reiteraciones reiteraciones de solicitudes denegadas denegadas hasta que hayan transcurrido al menos tres años desde la fecha de la anterior solicitud.
Sello de Correos, dedicado a la papiroflexia.
Las emisiones de sellos de correo y demás signos de franqueo serán autorizadas mediante resolución conjunta de los Subsecretarios de Fomento y de Economía y Hacienda. Siempre que esté oficialmente emitido, el sello de correos tiene poder liberatorio del importe del franqueo en la cuantía que en el mismo se consigna, solo puede ser utilizado con efectos liberatorios por el operador designado. También se emiten, como modalidad de franqueo, reproducciones del propio timbre postal, en sobre, tarjetas postales y cartas-sobre. En esta última modalidad se encuentran los sobres prefranqueados de venta en todas las oficinas de la red. Los sellos podrán venderse leyendo el código de barras que viene en el pliego o en los sellos individuales
a. Canje de sellos La Resolución de 16 de enero de 2018, conjunta de la Subsecretaría de Fomento y de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, establece que, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la normativa de introducción al euro (más de 15 años) y dado que el período de canje de billetes y monedas de pesetas a euros en el Banco de España se ha modificado, estableciendo un plazo que finaliza el 31 de diciembre de 2020, parece aconsejable que el canje de los signos de franqueo expresados en pesetas se realice por tiempo limitado. Por estas razones y al objeto de armonizar el periodo de canje de los signos de franqueo con el canje de billetes y monedas se considera conveniente modificar el punto quinto, párrafo segundo, de la Resolución de 12 de junio de 2001 estableciendo que el canje de estos signos de franqueo se pueda realizar hasta el 31 de diciembre de 2020.
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b. Proceso de caja en Correos Los canjes por valor mayor a 600 € no se pueden realizar en la Oficina, hay que informar al cliente que lo debe de hacer directamente en la Unidad Central de Canje. Canjear sellos o sobres, tarjetas y cartas-sobre cuyo valor total no supere los 600 €, se puede realizar por correo a través de las oficinas. Para ello, el cliente debe presentar: - Solicitud modelo modelo D2-sellos-euro cumplimentado por triplicado. Este modelo se descarga descarga desde Conecta.
Formulario cabe de sellos. - Fotocopia del documento de identificación. - Sobre apto apto para el envío del valor filatélico con la dirección dirección de: Unidad Central de Canje c/ Hiedra s/n -edificio de Correos- 28070 Madrid. - Todos los sellos a canjear. - Impreso M11 debidamente cumplimentado. Si el cliente no trae relleno el impreso D2, el empleado que va a cursar el canje debe descargarlo de la intranet y rellenarlos campos correspondientes a:
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Datos del solicitante. Datos de la oficina que admite el Canje. Detalle de los sellos a canjear agrupados por valor facial y nº de unidades, la aplicación devolverá el importe total en pesetas y el contravalor en euros del total de los sellos a canjear. - Indicar nombre y cargo del empleado. A continuación, se imprime por triplicado, se firma y sella, con el sello de fechas y se entrega al cliente para que lo firme. Una vez comprobados todos los datos, la persona de atención al cliente, introduce en el sobre: - El original del modelo D2-sellos-euro. - Todos los sellos a canjear. - Copia cotejada del documento de identidad. Cierra el sobre y lo cursa como Valor Filatélico. En el sobre indicará como declaración de valor el total del contravalor en euros de los sellos, le adhiere una etiqueta de código de barras de Valor Declarado, y precinta el sobre. El envío es gratuito para el cliente, por lo que, al registrar la admisión en el sistema, se debe indicar como franqueo inicial el total del valor del mismo. Al cliente se le entrega la segunda copia del modelo D2-sellos-euro y el M -11A validado. La tercera copia del modelo D2-sellos-euro se archiva en la oficina. Se dirigirá al cliente a la Unidad Central de Canje (Atención al público)
Las estamplillas, sellos de Andorra Andorra y los canjes por valor mayor a 600 € debe realizarlos el cliente directamente en la Unidad Central de Canje. Asimismo, se canjearán directamente en esta unidad los sobres, tarjetas y cartas-sobre con sellos previamente estampados cuyo valor facial esté denominado sólo en pesetas. Se excluyen de canje los efectos de las antiguas dependencias postales españolas, el importe de las sobretasas, así como los ya utilizados, los manipulados y los que hubieran sido matasellados.
B. Sellos u otros signos distintivos previamente estampados Servirán como franqueo, siempre que estén oficialmente emitidos, los sellos o signos distintivos que estén incorporados a la cubierta del envío postal, siendo la venta de la cubierta (sobres, tarjetas y cartas-sobre) y la realización del franqueo efectuadas simultáneamente.
C. Impresiones de máquinas de franquear Se podrán franquear con máquinas todos aquellos productos que estén incluidos en los anexos de los contratos entre el cliente, empresa colaboradora o entidad consolidadora y Correos, y que sean facturables por los sistemas de Correos. Correos, según los requerimientos definidos, aprobará los distintos modelos de máquinas de franquear y sistemas de recarga asociados prestados por los proveedores autorizados de servicio de franqueo. Del mismo modo determinará a los operadores autorizados a realizar las tareas de mantenimiento e inspección de los mismos. Los titulares de máquinas no pueden franquear otra correspondencia que la de su propiedad, con las excepciones siguientes: - Los hoteles o establecimientos establecimientos similares similares pueden franquear con con su máquina la correspondencia correspondencia de las personas alojadas en ellos.
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Las empresas, la de sus sucursales o filiales, siempre que se haga constar constar en los sobres o cubiertas cubiertas el nexo que las une. Las empresas de publicidad directa, la de de sus clientes clientes siempre que se exprese en las estampaciones el nombre o razón social de la empresa publicitaria. La correspondencia correspondencia franqueada a máquina debe depositarse en la oficina, acompañada acompañada del albarán de entrega correspondiente por duplicado.
a. Prohibiciones generales en el uso de máquinas de franquear Las máquinas de franquear no podrán ser utilizadas si no han sido previamente autorizadas por Correos, no podrán ser utilizadas si han sido modificadas de tal manera que difieran del diseño original con el que fueron autorizadas, ni podrán ser utilizadas si Correos retira su aprobación del modelo.
b. Solicitud de uso La solicitud deberá ser realizada por el propio solicitante. Los requerimientos son independientes de si el solicitante tiene previamente un contrato con Correos para otros servicios postales. Ello sin perjuicio de que toda autorización de franqueo por medio de máquinas, por cuanto se trata de un medio de pago, debe ir asociada a un contrato. Para proceder a emitir una autorización se requerirá cumplimentar la solicitud de Máquinas de Franquear MF1 y firmar las condiciones generales de uso de las Máquinas de Franquear. Entre los datos a enviar figuran: - Nombre y dirección fiscal del autorizado. - Número de contrato. - NIF/CIF del autorizado. - Fabricante y modelo de la máquina de franquear. - Número de serie del cabezal de la máquina. Es un número único por máquina de un mismo fabricante.
Carta franqueada a máquina
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El emplazamiento de la máquina a franquear donde será utilizada. El nombre nombre y dirección de de la oficina/centro de Correos donde el usuario realizará los depósitos. Código identificativo de la máquina (matrícula). (matrícula). Es un registro único de cada máquina par, compuesto compuesto por dos dígitos identificativos para el fabricante y un rango secuencial de números que proporciona Correos.
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c. El procedimiento de autorización Todos los usuarios deberán realizar una solicitud según el modelo MF1 a Correos a través de una oficina postal o bien de los servicios comerciales, quienes le facilitarán los términos y condiciones de uso de Máquinas de Franquear. Las máquinas de franquear no podrán ser utilizadas hasta que el usuario no haya obtenido la autorización de Correos para poder hacerlo. Las máquinas de franquear podrán quedar inutilizadas por inactividad a instancia de Correos o por falta de utilización durante un periodo ininterrumpido de 12 meses. Con todo, sus titulares podrán volver a utilizar en cualquier momento sus máquinas, comunicándolo previamente.
d. Pago del franqueo Todo el saldo residente en los equipos de franquear habrá sido prepagado previamente. Ninguna máquina podrá funcionar sin tener saldo. Ningún usuario podrá utilizar la máquina de franquear hasta que el saldo mostrado en su contador coincida con la actualización del importe prepagado. El valor de las marcas de franqueo debe coincidir con la tabla de tarifas por productos, pesos y destinos establecidos por Correos.
e. Operativa con la máquina de franquear Los sellos de seguridad en los equipos de franquear no se podrán romper, manipular ni duplicar. Únicamente los servicios autorizados por Correos podrán acceder a las partes de los equipos precintados. Las lecturas de los contadores de las máquinas deben mostrar siempre las cifras correctas de acuerdo al uso de la máquina.
f. Inspección, mantenimiento y reparaciones Las máquinas de franquear deben estar mantenidas en e n un buen estado de funcionamiento por parte del usuario. El usuario debe facilitar que cada equipo autorizado a él sea inspeccionado cuantas veces sea necesario, y al menos una vez al año por alguno de los proveedores de servicios de franqueo autorizados.
g. Marcas de franqueo Las marcas de franqueo serán exclusivamente producidas con la autorización de Correos. Las estampaciones o impresiones de la máquina de franquear deberán cumplir los siguientes requerimientos: - La marca deberá ser clara y completa. El color elegido para la marca es el azul, siguiendo las especificaciones del color en el logotipo corporativo de Correos. - Incluirá un código bidimensional (2D). - Deberá incorporar la siguiente información: · País (ES). · Identificador único único de la máquina máquina de franquear franquear (matrícula (matrícula de la máquina). máquina). · Contador ascendente de objetos postales franqueados. · Fecha del día en que se realiza el depósito en Correos. · Identificador de oficina/centro de depósito. · Código identificador del producto que se franquea. · Código identificador de los valores añadidos al producto. · Tarifa del envío, incluyendo valores añadidos si los tuviera.
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· Logotipo de Correos. · Identificador de la versión de software. La información incorporada, anteriormente mencionada, será visible en la marca de franqueo e irá codificada dentro de la simbología de 2D del signo de franqueo de manera que sea posible su lectura óptica con los medios adecuados. El usuario o propietario de la máquina podrá incorporar un eslogan publicitario de la empresa, siempre y cuando no sea considerado como ofensivo o produzca dificultades operativas. Las Entidades Colaboradoras y Empresas consolidadoras, además del tipo de relación que tienen con Correos, deberán hacer constar su nombre, razón social y dirección. El importe de franqueo se expresará en euros con céntimos en formato estándar xxx,xx €. Las marcas de franqueo deberán aparecer en la esquina superior derecha del sobre o en la parte frontal superior del mismo. La marca de franqueo también podrá ser impresa en una etiqueta adhesiva que se pegue al envío en las partes anteriormente mencionadas del envío. El eslogan publicitario debe ser autorizado por Correos y podrá ser cambiado a voluntad del usuario siempre que cuente con la debida autorización de Correos.
h. Incidencias -
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Insuficiencias de franqueo. Cuando se detecte insuficiencia de franqueo en el momento de la admisión, el usuario tendrá que completar el importe de todos los envíos con importe inferior. Esta insuficiencia será abonada mediante los siguientes medios de pago: en efectivo, por cheque, mediante ingreso en cuenta de Correos o por impresión de marca de franqueo mediante máquina de franquear. Exceso de de franqueo. En aquellos casos en los que se detecte exceso de franqueo el usuario será avisado de esta circunstancia. El usuario podrá optar por continuar con la admisión de los envíos, renunciando al importe de exceso de franqueo, o no realizar los depósitos de envíos e iniciar los trámites de franqueo inutilizado. Franqueo inutilizado. En aquellos casos en los que el usuario, por error, haya franqueado una serie de sobres o cubiertas perfectamente legibles y los presente junto a la solicitud de devolución del importe franqueado en la Jefatura Provincial correspondiente dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de impresión. Se deducirá, con carácter general, el 10% del importe inutilizado.
i. Condiciones de admisión Los envíos serán depositados en los puntos de Admisión autorizados por Correos para este fin y reflejados en el contrato. Deberá presentarse en el centro/oficina postal que conste en el documento, los envíos deberán ser depositados en Correos en la misma fecha que la indicada en la marca de franqueo. Los envíos se presentarán separados por máquina, por productos y valores añadidos y con su correspondiente albarán de entrega para cada máquina de franquear. En la actualidad se está trabajando siguiendo las directrices del Plan Estratégico para simplificar este tipo de admisión y usar un solo Albarán para todo tipo de productos admitidos de un mismo cliente. En el supuesto de que la fecha de la marca de franqueo sea diferente a la del día del depósito podrán admitir envíos con fecha atrasada de 24 horas siempre y cuando en el momento del depósito el usuario presente los envíos con una estampación adicional por importe “cero” €. No se podrá exceder de dos marcas de franqueo por envío, debiendo figurar en lugar completamente visible en el anverso del envío.
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Los envíos franqueados franqueados a máquina que se presenten presenten con insuficiencia de franqueo franqueo podrán completar esa insuficiencia con sellos cuando el cliente sea quien aporte los sellos. La Oficina no puede completar la insuficiencia con venta de sellos, sí utilizando otros admitidos en oficina.
j. Modelo de máquinas de franquear de tecnología digital. Características de la tecnología digital. Seguridad Cada impresión de franqueo con signos de 2 dimensiones (2D) es única. La impresión del símbolo de franqueo no es posible sin fondos en la memoria de la máquina. Con la tecnología digital no se utiliza ningún troquel mecánico, la impresión digital de 2D solo se puede generar con un cabezal digital (la placa electrónica está encriptada y herméticamente cerrada). No se puede manipular el cabezal sin perforarlo. Los cartuchos de tinta tienen configuradas sus características de tinta para las necesidades de cada país y son detectadas automáticamente por las máquinas de franquear. Los cabezales de franqueo no son activos, sin una conexión a un servidor seguro, y sin conexiones periódicas para validar su estado no pueden imprimir signo de franqueo alguno. Las comunicaciones entre las máquinas de franquear y el servidor de los proveedores de servicios de franqueo son automáticas vía módem. La máquina de franquear se puede programar periódicamente para que se conecte con el servidor y compruebe su estado mediante el módem que lleva incorporado. La información de producción almacenada en la máquina de franquear (nº de envíos e importes por categoría) se transmitirá al proveedor de servicios periódicamente vía módem desde la máquina de franquear. El usuario elabora el albarán de entrega de los envíos con las aplicaciones que Correos tiene puestas a su disposición.
k. Depósito El usuario deposita sus envíos y los correspondientes albaranes de entrega en el punto de admisión de Correos. Se realiza la admisión por la aplicación de albaranes (en oficinas o centros) de los envíos con el albarán. Se comprueba si hay saldo suficiente en esa máquina para hacer el depósito y se resta el importe declarado automáticamente del saldo del usuario mediante la admisión del albarán. Lógicamente, también se comprueba que la cantidad de envíos depositada coincide con la declarada en el albarán. Periódicamente la información de actividad de las máquinas de franquear es enviada a los servidores centrales de Correos por parte de los proveedores de servicios de franqueo. Esta información de producción de las máquinas se cruza con la de depósito de los albaranes para controlar el correcto uso de la máquina de franquear. La información mínima a suministrar por el proveedor de servicios a Correos será la siguiente: - Fecha de franqueo. - Nº de envíos totales franqueados. - Nº de envíos franqueados por producto. - Crédito total consumido. - Crédito total consumido por producto.
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D. Estamp Estampillas illas Son estampaciones en etiquetas autoadhesivas impresas por el valor seleccionado y emitidas por las estampilladoras de Correos, que agilizan la labor del admisor, facilitándole el peso, la tarifa y franqueo en un corto espacio de tiempo. Las estampillas de franqueo reflejarán el valor de la tarifa o precio exigido por la prestación del servicio de que se trate, adhiriéndose a la cubierta de los envíos. Son parecidas a los sellos con la salvedad de no tener valor facial hasta la impresión de la estampilla, este tipo de franqueo en la actualidad está más extendido en Oficinas Auxiliares, si bien se hace hincapié en la su venta solo para el franqueo de envíos que van a ser depositados directamente en ventanilla.
E. Estamp Estampillas illas ATM Las estampillas ATM son estampillas válidas para el franqueo, pero con una orientación especial hacia los coleccionistas filatélicos. Esta denominación proviene de la palabra alemana “AuTomatenMarken”, cuyo significado es “sello de máquina automática”. La venta de etiquetas franqueadoras de correspondencia es un elemento de coleccionismo filatélico que ofrecen numerosos países. Correos ha decidido retomar este servicio y ha adquirido un “Punto filatélico” dispensador de etiquetas de papel térmico, autoadhesivo y que permite marcar el franqueo con las tarifas A, A2, B y C. Este punto, se instalará normalmente en feria filatélicas y de forma estable en Madrid. Cada etiqueta lleva impresa una secuencia de dígitos. A modo de ejemplo: B4ES16 ES01-0001-001, que identifican: - B: modalidad de máquina - 4: mes - ES: país - 17: año - ES01: número de máquina - 0001: número de sesión (dígitos que que van incrementando con cada compra) - 001: número de la etiqueta dentro de la sesión (máximo (máximo de 875 etiquetas por sesión) En los equipos de autoservicio, el usuario puede seleccionar un valor facial, efectuar el pago y el expendedor emite en el acto el sello de valor variable adecuado a sus necesidades de franqueo. La máquina permite una compra máxima de 399,99 € por sesión y solo acepta pago por tarjeta de crédito o débito (excluidas American Express y Diners Club).
F. Franqueo de pago diferido Previo contrato con el remitente, los envíos circularán con una identificación de este medio de pago, procediéndose al pago del servicio correspondiente en el momento, lugar y condiciones que establezca el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal. En función de sus peculiaridades, este sistema podrá admitir distintas modalidades de pago, tales como el franqueo pagado, concertado y otras que se determinen por dicho operador.
a. Pago Diferido Paqueterí Paquetería a Este sistema requerirá contratación previa y se concede a clientes que se comprometan a depositar, como norma general, un mínimo de 1.000 paquetes anuales.
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b. Pago Diferido Libros Se utiliza para envíos de libros tanto de ámbito nacional como internacional por parte de empresas editoras, distribuidoras o centros de enseñanza por correspondencia.
c. Franqueo Pagado El sistema de franqueo pagado requiere contrato previo con el remitente. Los envíos deben depositarse en las oficinas autorizadas, debiendo reunir las siguientes características: - En el ángulo superior izquierdo del del anverso figura el membrete del remitente. - El ángulo superior derecho lleva impreso un cajetín de forma rectangular, de 50X20 mm, que contiene en su lado izquierdo la cornamusa y, a continuación, en dos líneas, la indicación “Franqueo Pagado” y debajo, el número de la autorización, precedido de una “I” si se trata de impresos.
Cajetín de Franqueo Pagado.
El depósito se acompaña del Albarán de Entrega correspondiente. La solicitud para poder acogerse a este sistema de franqueo se cursará a través de las Oficinas Postales en que radique el domicilio del solicitante o sede central del mismo, correspondiendo su autorización a la Dirección Comercial. Este sistema se admite en los siguientes productos: - Cartas (incluidas (incluidas las certificadas, con aviso de recibo y reembolso) de ámbito nacional e internacional. - Cartas Urgentes (incluidas las certificadas y con aviso de recibo) de ámbito nacional e internacional. - Notificaciones de ámbito nacional. - Publicorreo de ámbito nacional e internacional. - Publibuzón de ámbito nacional. En la presentación de estos depósitos se acompañará el correspondiente albarán de entrega y una relación de envíos depositados (para envíos registrados). Se entiende por depósitos masivos aquellos con un mínimo de 1.000 cartas o 10.000 envíos de Publicorreo en cada entrega, siempre que superen los 50.000 envíos de cartas o 50.000 de envíos de Publicorreo anuales. Para cartas urgentes el mínimo anual será de 4.000 envíos.
G. Franqueo Concertado El franqueo concertado solo puede aplicarse a aquellos periódicos que hayan sido calificados como tales por el Centro Directivo y posean autorización para utilizar este sistema de franqueo. Solamente es válido para los envíos de carácter ordinario, en todos los ámbitos geográficos dirigidos a suscriptores. En la cubierta de los envíos debe aparecer la indicación “Franqueo Concertado” y el número clasificador Concertado” clasif icador o concierto dado por el Centro Directivo.
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Los depósitos deben realizarse en la Oficina de Correos de la localidad donde esté radicado el domicilio del editor, o en la Jefatura Provincial de la demarcación. Excepcionalmente, el Centro directivo puede autorizar el depósito en otras Jefaturas Provinciales o Administraciones. Este tipo de franqueo se utiliza para envíos de publicaciones periódicas remitidas por las empresas editoras o distribuidoras siempre que hayan sido calificadas como periódicos por el Centro Directivo y posean autorización para utilizar este sistema de franqueo. El depósito se acompaña del albarán de entrega correspondiente.
H. Franqueo en Destino Este sistema permite que el franqueo no sea abonado por el remitente, sino por el destinatario, a través de un apartado especial FD previamente contratado en la oficina. Este tipo de envíos se depositan en los buzones de uso público, sin que sea necesario que el remitente adhiera franqueo alguno.
Sobre Franqueo en Destino
Solamente puede utilizarse para cartas, tarjetas postales y hojas-pedido de librería y, en cualquier caso, como correspondencia ordinaria dentro del ámbito geográfico nacional. Para solicitar este sistema de franqueo el usuario lo solicitará a la Dirección Comercial a través de las oficinas postales. La Dirección Comercial concederá al usuario un apartado especial y exclusivo, denominado FD, en el que se recibirá la correspondencia. (Previo depósito de fianza del 40% del importe de los envíos que recibirá de sus clientes durante un mes) El envío será entregado al titular del Apartado F.D. relacionados en una nota de retirada de envíos conforme al siguiente modelo: El nuevo diseño del sobre o tarjeta de Franqueo en Destino para el ámbito interior, nacional, presenta las siguientes características: - La inclusión de la identificación de Correos como proveedor del servicio que, necesariamente, llevará estos cuatro elementos: · La palabra “España”. · La cornamusa. · La indicación: “Franqueo en destino”. · Las siglas “F.D.” - Las medidas de referencia para estas indicaciones en cajetín serán de 52x22 mm o 19,8x22 mm - Barra vertical a color azul pantone 541C opcional o negro. - Espacio reservado para para la indexación: 15 mm mm en el borde inferior. Procesos de admisión
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Posibilidad de de utilización del color gris/negro en toda la grafía preimpresa. preimpresa. Posibilidad de de insertar en el ángulo superior izquierdo la frase: “Respuesta Comercial”. Posibilidad de incorporar imagen y publicidad del cliente en el margen izquierdo del anverso del sobre.
I. CCRI Los envíos CCRI son la “versión internacional” del Franqueo en Destino. Se denomina “Correspondencia comercial-Respuesta internacional (CCRI)”. Su aplicación se extiende a cartas y tarjetas postales normalizadas (23,5 por 12 cm), con un límite máximo de 250 gramos. Puede efectuarse el pago a la recepción de los envíos o bien facturarse en un periodo determinado, previa firma de un contrato. Para el cálculo de la tarifa a pagar por cada envío CCRI, se tienen en cuenta dos factores, el peso del envío y el país de procedencia (según las tarifas postales internacionales). En algunos países el servicio se denomina IBRS (International Business Response Service). Existen una serie de países a los que se les aplica las dimensiones y pesos máximos de la carta: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Noruega, Polonia, Rep. Checa, Rumania, Suecia y Suiza. El peso máximo del envío podrá ser de hasta 2 kg y el tamaño máximo (largo + ancho + alto), como mucho, de 90 cm (no excediendo de 60 cm la mayor). El tamaño mínimo, por su parte, será de 14 x 9 cm
J. Prepago El sistema de prepago permite que los sobres o embalajes que contengan los envíos postales incorporen el precio o tarifa de la prestación postal.
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K. Vales-Respue ales-Respuesta sta (“COUPON-RE (“COUPON-REPONSE” PONSE”)) No son exactamente un sistema de franqueo. Son efectos emitidos por la Oficina Internacional de la Unión Postal Universal (UPU). Son expedidos por los países miembros que hayan aceptado encargarse de los mismos. Su plazo de validez es el que figura en el propio vale. Se adquieren en un país y pueden canjearse en otro de la UPU por sellos de Correos equivalentes al franqueo mínimo de una carta ordinaria, dirigida al extranjero en un valor fijado en las tarifas vigentes. Su venta y canje se efectúa en todas las oficinas donde exista venta de sellos. Los vales-respuesta se imprimirán por la Oficina Internacional en papel con una filigrana que lleve las letras UPU. Para realizar el canje de vales UPU es necesario que en el almacén de la oficina existan suficientes sellos cargados por ese valor. El precio de canje de un vale UPU será el máximo valor de una carta internacional de la serie básica y se canjea exclusivamente por sellos, nunca por otros sistemas de franqueo.
CN01.Vale respuesta UPU
Los Vales Respuesta serán sellados en su fecha por la oficina que los ha canjeado. Los Vales UPU canjeados se enviarán a final de mes (en paquetes de 1.000), para su control, a la siguiente dirección: Dirección Adjunta de Operaciones. Unidad de Control (VALES UPU) Vía Dublín 7, 2a planta. 28070 Madrid
L. Franqueo Electrónico La página web de Correos online ha incorporado un sistema de franqueo electrónico de certificados, que permite la posibilidad de pagar a través de Internet una relación de envíos ordinarios o certificados. Este servicio busca ahorrar tiempo y trámites de admisión de los certificados que se llevarían a cabo en las oficinas postales y facilitar a las personas que deseen realizar depósitos su realización ya que no será necesario llevar dinero en efectivo, sino que será suficiente una tarjeta de crédito o débito. El uso del servicio de franqueo electrónico exige que el usuario haya registrado sus relaciones de certificados mediante el servicio de Identificación de Certificados. Dicho servicio permite crear una relación de envíos certificados gracias a la identificación de las cartas que la componen; para su posterior admisión en las Oficinas de Correos. Sobre con franqueo electrónico (correo online)
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M. Tu sello Tu sello se crea mediante la Resolución de 20 de diciembre de 2006, conjunta de las Subsecretarías de Fomento y de Economía y Hacienda, siendo posteriormente modificada por la Resolución de 18 de julio de 2014, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de correos denominada “sellos personalizados”. El servicio “Tu sello” permite la confección de sellos con imagen proporcionada por el cliente y validada por Correos, con las mismas características técnicas del sello tradicional, este servicio se presta a través de Correos Online. La Sociedad Estatal Correos y Telégrafos realizará la aprobación de imágenes, la impresión y el envío a domicilio de los sellos personalizados de cada modelo, en el plazo máximo de un mes desde la aprobación de la solicitud. El envío de los pliegos se realizará mediante el servicio de Paq Premium. Los contenidos y las imágenes de los sellos deberán presentarse en sentido positivo, con la sola excepción de los sellos dedicados a campañas de lucha contra las enfermedades u otros males personales o sociales. Correos se reserva el derecho a admitir las imágenes proporcionadas por los clientes que, en todo caso, respetarán las normas con “Tu sello”, que protegen los derechos sobre estas, así como las que protegen los derechos fundamentales de las personas según se recoge en el Protocolo de Validación de Pedidos. Con carácter general, como ya se comentó más arriba, no se admitirán imágenes de personas vivas. No obstante, podrán figurar en los sellos el Jefe del Estado, los miembros de la Familia Real u otras personas de relevancia notoria y que guarden relación con España. Dado que los sellos constituyen elementos de comunicación y entendimiento, no deben figurar acontecimientos o personajes presentes o pretéritos, aun cuando hubieran fallecido, cuando su representación pudiera ser causa de división, polémica, controversia, escándalo o conflicto.
a. Valores Los sellos personalizados tendrán el valor de franqueo que se indique en cada uno de ellos. En el caso de que este no figure expresado, tendrá las siguientes equivalencias: - La letra “A”, en caracteres latinos, a la tarifa vigente de las cartas normalizadas de hasta 20 gramos para el ámbito nacional. - La letra “A2”, en caracteres latinos, a la tarifa vigente de las cartas no normalizadas de hasta 20 gramos, o bien para cartas cuyo peso esté comprendido entre 20 y 50 gramos, en ambos casos para el ámbito nacional. - La letra “B”, en caracteres latinos, a la tarifa vigente de las cartas normalizadas de hasta 20 gramos para el ámbito internacional europeo. - La letra “C”, en caracteres latinos, a la tarifa vigente.
b. Características técnicas -
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Procedimiento de impresión: Offset, en azul (pantone 541 C). Papel: Autoadhesivo fosforescente. Dentado: 13 ¾ troquelado. Formato de los sellos: 40,9 40,9 x 28,8 mm mm (horizontal y vertical). Espacio libre para para la imagen imagen personalizada: personalizada: las palabras “España”, “Correos” y “TUSELLO”, y el espacio reservado para la impresión del valor del franqueo correspondiente ocuparán una superficie no superior a 10 x 28,8 mm, quedando libre el resto de la superficie.
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Formato del pliego: 297 x 210 mm (UNE A-4). Efectos en pliego: 25. Valor postal: Tarifas “A”, “A2”, “B” o “C” para los dos sellos (horizontal y vertical) o la cifra corresponcorrespondiente al valor del franqueo. - Tirada: Ilimitada para los dos sellos (horizontal y vertical).» Si la imagen es aceptada, se dará orden de impresión recibiendo el cliente comunicación por e-mail de la aceptación del pedido. Si, por el contrario, la imagen es rechazada por la no adecuación al Protocolo, se comunicará al cliente mediante email y se procederá a la inmediata devolución del importe cobrado. Los clientes podrán consultar los datos relativos a sus pedidos ya realizados y a sus facturas a través de la plataforma de Correos online. De cada uno de los modelos de sellos personalizados quedará reservado un pliego a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, a efectos de cumplimiento de la obligación de registro de todas las emisiones legales de signos de franqueo.
N. Franqueo mediante etiquetas IRIS (Admisión sin sellos) El sistema de admisión IRIS permite generar etiquetas adhesivas de franqueo para los envíos postales de línea básica, económica, urgente y de paquetería. Existen dos tipos de etiquetas: - Etiquetas pequeñas, solo contienen el franqueo y son válidas para envíos de menos de 250 gramos, siempre que no sean ni reembolso ni paquetería. En la etiqueta encontramos: tipo de envío, valor de franqueo, nombre oficina NIP trabajador, día y hora de admisión y código de barras. El producto se destaca mediante una letra de mayor tamaño y visibilidad: · C-Carta nacional. · U-Carta urgente nacional. · CU-Carta certificada urgente nacional. · VD-Carta certificada con valor declarado nacional. · R-Carta certificada internacional. - Etiqueta de paquetería. Contiene los mismos datos que la pequeña, más los datos de remitente y destinatario el peso en gramos y posibles valores añadidos. El uso de esta etiqueta es obligado para envíos con reembolso, paquetería o que tenga más de 250 (se clasifican en máquina de paquetería)
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1.2 Irregularidades en materia de franqueo Los envíos postales destinados a circular por el territorio nacional que ingresen en la red pública postal sin franqueo o con franqueo insuficiente deberán abonar en concepto de insuficiencia de franqueo, como mínimo, el doble de dicha insuficiencia, que será satisfecha por el remitente o por el destinatario, según proceda. A los envíos postales no franqueados o con franqueo insuficiente que vayan destinados o que procedan del extranjero les será de aplicación la normativa internacional. Cuando se estime que la insuficiencia del franqueo es abusiva o intencionada por la pluralidad y frecuencia de envíos mal franqueados realizados por un mismo remitente, no se cursarán a destino. Las previsiones anteriores serán de aplicación a los envíos cuyo pago se haya realizado, tanto a través de los sistemas de franqueo como mediante los medios de pago alternativos de impresiones de máquinas de franquear de estampillas de franqueo y de prepago, cuyo valor resulte insuficiente.
A. Operativa envíos con insuficiencia de franqueo En el caso de aparecer envíos insuficientemente franqueados se actuará con el siguiente procedimiento:
a. Envíos con remitente En este caso el responsable de la recogida de buzones o la persona designada al efecto procederá a matasellar los signos de franqueo y a identificar el envío como insuficientemente franqueado adhiriendo la etiqueta correspondiente en la zona central de la parte superior del anverso, mediante la que se identificará el envío como insuficientemente franqueado y en la que se indicará el importe a abonar correspondiente a la tarifa por insuficiencia de franqueo. El tratamiento posterior estará en función del peso del envío según las siguientes tipologías: - Envíos de hasta 100 gramos de peso. Se procede procede a: · Adherir en su reverso una etiqueta informativa para el remitente con el siguiente texto: Este envío ha sido devuelto por estar franqueado de forma insuficiente. Para que pueda ser cursado deberá presentarlo en cualquier oficina de Correos y abonar el importe de la tarifa por insuficiencia de franqueo que se indica en el anverso. Si desea depositarlo en un buzón habrá de franquearlo previamente por este importe.” · Devolver el envío al remitente de forma inmediata por correo ordinario. - Envíos de más de 100 gramos. Se procede a: · Confeccionar un aviso de insuficiencia de franqueo dirigido al remitente en el que se le comunica la existencia de uno/varios envíos con insuficiencia de franqueo, así como la forma de subsanar tal deficiencia mediante el pago de la tarifa correspondiente en la oficina de Correos y Telégrafos, advirtiéndole de que, si transcurridos diez días hábiles desde la fecha del aviso no ha subsanado la deficiencia, el envío le será devuelto. En los municipios con dos o más oficinas de Correos, trasladar de forma inmediata los envíos insuficientemente franqueados que deban ser avisados a la oficina más próxima al domicilio del remitente, que será la encargada de confeccionar el aviso de insuficiencia de franqueo dirigido al remitente. · Entregar el aviso por correo ordinario, el primer día hábil siguiente a la fecha de depósito. Si personado el remitente en la oficina abonara la tarifa por insuficiencia de franqueo, se procede a: - Admitir el envío según el tipo y formato, indicando el franqueo inicial en el sistema Iris. - Cobrar la cantidad indicada por el sistema. - Cancelar el envío · Cursar a destino.
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Si, por el contrario, el remitente desea retirar el envío o envíos, se le advertirá de que no podrá depositarlo de nuevo, salvo que sea franqueado por el importe que corresponda a la tarifa por insuficiencia de franqueo. - Pluralidad de envíos depositados por un mismo remitente que sumen un total de 25 o más, con independencia de su peso. En este supuesto, se procederá según lo establecido en el punto anterior para envíos de más de 100 gramos. ETIQUETAS UTILIZADAS PARA ENVÍOS CON INSUFICIENCIA DE FRANQ UEO T-1. Etiqueta que indica la tasa por la insuficiencia que se ha de abonar T-2-D. Etiqueta informativa que se adhiere cuando la carta se entrega al destinatario T-2-R. Etiqueta informativa que se adhiere cuando la carta se devuelve al remitente para que abone la tasa por insuficiencia de franqueo T-3. Aviso informativo que se deja al usuario en el buzón para indicarle que se tiene que pasar por la Oficina para abonar la insuficiencia de franqueo de envíos que pesan más de 100 gr o cuando son 25 o más envíos.
b. Envíos sin remitente consignado o este fuera desconocido El responsable de la recogida de buzones o la persona designada al efecto procederá a matasellar de la misma forma que en el caso anterior, si bien deberá además adherir una etiqueta informativa en el anverso del envío con el siguiente texto: “Este envío ha sido franqueado de forma insuficiente. De acuerdo con lo establecido en el artículo 76 del Reglamento que regula la prestación de los servicios postales, aprobado por Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, debe abonar el importe de la tarifa por insuficiencia de franqueo que se indica en el anverso, para lo cual presentará la cubierta de este envío en cualquier oficina de Correos y Telégrafos. Comunique al remitente la obligación de franquear correctamente para evitar molestias innecesarias”. Estos envíos deberán cursarse a la localidad de destino y entregarlos al destinatario como correo ordinario. Si el envío va dirigido al extranjero, la insuficiencia se hará constar adhiriendo la etiqueta correspondiente en la que se indicará el importe del franqueo faltante y, bajo una barra de fracción, el importe mínimo de su tasa no reducida correspondiente al primer escalón de peso de los envíos prioritarios o de las cartas expedidas al extranjero. Estos envíos se clasifican y cursan a destino con el resto de la correspondencia internacional. Cuando se estime que la insuficiencia de franqueo es abusiva o intencionada por la pluralidad y frecuencia de envíos mal franqueados realizados por un mismo remitente, el responsable de la recogida de buzones o la persona que se designe al efecto o pondrá en conocimiento del órgano del que dependa, a efectos de determinar la forma de proceder en cada caso concreto. Tanto en origen como en destino, el personal que atienda las insuficiencias de franqueo habrá de extremar la atención a remitentes y a destinatarios, facilitando folletos de tarifas y toda la información necesaria, de forma que la ocasión sirva para promocionar la imagen y los servicios de Correos.
Los envíos registrados, al ser admitidos y franqueados en ventanilla ventanilla no circularan nunca tasados, vsiendo responsable del franqueo el empleado que realiza la admisión.
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2. MEDI MEDIOS OS DE PAGO EN OFIC OFICINAS INAS DE CORR CORREOS EOS Por la venta de productos o prestación de servicios, esto es “ventas al contado”, que se realizan en las oficinas de Correos, se podrán aceptar, única y exclusivamente, los siguientes medios de pago, con l as restricciones y excepciones que Correos establezca en cada momento, en cuanto a productos y servicios a aplicar, importes o restricciones sobre los propios medios de pago: - Billetes y moneda metálica de curso legal. Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 7/2012 de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, no se puede gestionar el cobro en metálico por importe superior a 2.499,99 €. Se excluye de esta limitación los recibos emitidos por entidades financieras (actualmente Citibank, Cofidis y UCI, y la Dirección General de Tráfico). Asimismo, están excluidas de esta limitación las operaciones de Giro y Western Union, a falta de pronunciamiento a este respecto por parte de la Agencia Tributaria. - Transferencia bancaria bancaria e Ingreso en cuenta. El cliente deberá entregar resguardo de la transferencia realizada por el importe de la compra o prestación del servicio. El resguardo deberá estar mecánicamente validado y sellado por la entidad financiera de origen con fecha anterior a la realización de la compra o prestación del servicio. En este caso, la oficina debe confirmar que el abono de la transferencia figura en cuenta bancaria a través de la banca electrónica. Si la oficina es una de las que no operan con cuenta corriente, se debe facilitar al cliente el número de la cuenta de su Intervención de Zona. La Oficina comunicará tal circunstancia a la Intervención y, únicamente, cuando esta confirme el ingreso en cuenta se procederá a prestar el servicio al Cliente. - Tarjeta de crédito/débito. Todas las tarjetas autorizadas por los dispositivos o lectores de tarjetas distribuidos en las oficinas. No se utilizará este medio de pago para: · Admisión del Servicio de Giro. · Admisión de Western Union. · El servicio de cobro de recibos. · Las recargas de la tarjeta “Más cerca”. · Todos los importes cobrados en SGIE: reembolsos, importes de trámites aduaneros, aduaneros, factaje o devolución de paquetería. · Cualquier otro que no se cobre por Ia bolsa de Iris. La pasarela de pagos de Correos no tiene autorizadas las siguientes tarjetas: - Diners Club. - Tarjeta de de fidelización “Más cerca”. Esta tarjeta tarjeta tiene habilitado un un atributo denominado “prepago”, que para aquellas que lo incorporan, permite al cliente hacer ingresos en su tarjeta con la que poder realizar compras, exclusivamente en las oficinas de Correos, hasta consumir el saldo. No se puede utilizar este medio de pago para: - Admisión del Servicio de Giro. - Admisión de Western Union. - El servicio de cobro de recibos. - Las recargas de la tarjeta “Más cerca”
2.1 2. 1 EM EMIS ISIÓ IÓN N DE FACTUR AS PARA PA PAGO GOS S AL CON CONTADO TADO Aunque se pueden hacer facturas “recapitulativas”, debemos preguntar al cliente si va a querer la emisión de factura en el momento, por lo que se le preguntará antes de terminadas sus operaciones, si necesitan factura o no, con el fin de emitirlas en el momento, evitando así solicitudes y reclamaciones posteriores.
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En cumplimiento del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, estamos obligados a emitir factura simplificada a partir de 400 €, por ventas o servicios que no sean de terceros, así pues, siempre que se vaya a cobrar una bolsa superior a este importe y no se haya seleccionado la opción “con factura”, el sistema lanzará un mensaje para impedir cobrar la bolsa sin emitir la factura, obligando a introducir los datos del cliente y emitiendo la factura correspondiente. La emisión de facturas se deberá atener a las siguientes normas: - Está prohibido emitir cualquier tipo de factura (talonarios, plantillas de Excel, etc.) que no haya sido generada a través del sistema IRIS. - Las oficinas auxiliares y servicios rurales que tengan necesidad necesidad de obtener una factura para un cliente, deberán realizar el proceso de admisión, de los productos o servicios objeto de dicha factura, a través de su oficina técnica correspondiente, solicitando del cliente los siguientes datos necesarios para la emisión de la factura: · Nombre o denominación social. · Domicilio fiscal. · NIF
A. Facturas recapitulativas La oficina, a petición de un cliente, puede emitir facturas recapitulativas de operaciones realizadas en la propia oficina o en otra/s. Estas facturas sólo se pueden solicitar a posteriori, nunca en el momento de la compra. Las operaciones reflejadas en la factura recapitulativa aparecen desglosadas por día y ticket, de manera que la factura tendrá tantos bloques como tickets se hayan introducido en dicha factura. También aparece la oficina de admisión de cada ticket y un resumen de la factura, desglosado por tipo impositivo. A su vez, también, tiene un desglose en factura postal y no postal. La factura recapitulativa se emite a partir de uno o varios tickets de compra, emitidos en días e incluso meses atrás, con una antigüedad máxima de un año. Para que estos tickets puedan estar incluidos en la factura recapitulativa, no pueden haber sido incluidos en factura anterior alguna. En una misma factura recapitulativa pueden incluirse varios tickets diferentes, siempre que estos se hayan emitido el mismo mes y año. Por tanto, se tendrá que emitir una factura recapitulativa para cada ticket emitido durante un mismo mes y año. Además, los tickets deben pertenecer a una misma zona impositiva, esto es, no se pueden emitir facturas con tickets que, siendo del mismo mes y año, se hayan obtenido, por ejemplo, en oficinas de la península y de Canarias o Ceuta y Canarias, etc. Para llegar al módulo de creación de facturas recapitulativas, hay que seguir la siguiente ruta en IRIS: Menú>Gestión>Facturas Recapitulativas>Nueva Factura.
B. Servicios rurales Queda anulada la posibilidad de solicitar factura de tickets generados en estampilladoras de servicios rurales. Según establece el artículo 1 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, los empresarios o profesionales están obligados a expedir y entregar, en su caso, factura u otros justificantes por las operaciones que realicen en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, así como a conservar copia o matriz de aquellos. Correos, en su condición de persona jurídica que desarrolla una actividad empresarial, está sujeto a esa obligación, por lo que debe ajustarse a la normativa vigente y documentar sus operaciones con las correspondientes facturas. La obligación de expedir factura completa, en la que consten, entre otros datos, la identificación del destinatario (NIF, Apellidos y Nombre o Razón Social y Domicilio) se puede sustituir por la expedición de una factura simplificada (que hasta hace pocos años se denominaba “tique”) cuando su importe no exceda de 400€, impuestos incluidos, según el artículo 4 del Real Decreto 1619/2012, antes citado. Procesos de admisión
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No obstante lo anterior, en el caso de que el destinatario exija una factura completa con sus datos identificativos, porque así lo necesite para el ejercicio de cualquier derecho de naturaleza tributaria, Correos estará obligado a emitírsela. Por ello es imprescindible conocer el mismo día de la venta si el cliente va a precisar una factura completa, para que esta pueda ser generada en la Oficina Técnica correspondiente ese mismo día (bien por el mismo cartero o bien por personal de la Oficina en el caso de que sea el cliente quien acuda a esta), puesto que no será posible generar esa factura completa a posteriori.
2.2 2. 2 TARJ ETAS BAN CARIA S Se ha adaptado la funcionalidad de Iris para aceptar una nueva modalidad de pago, con tarjeta de débito y/o crédito. Los servicios para los que podemos aceptar determinadas tarjetas como forma de pago, son todos aquellos que se cobran por la bolsa de la aplicación IRIS. Quedan excluidos del pago con tarjeta, por distintos motivos, los siguientes servicios: - Recargas Telecor. - Western Union. - Giro Electrónico. - Cobro de Recibos. - Locutorio. - Importes cobrados en SGIE (reembolso, importes aduaneros, devoluciones de paquetería) - Cualquier otro que no se cobre por por la bolsa de Iris. No tiene importe mínimo y es un servicio válido para todas las tarjetas excepto las de Dinners Club.
2.3 2. 3 TARJE TA DE PRE PA PAGO GO COR CORRE REOS OS La Tarjeta Correos Prepago MasterCard es una tarjeta con la que el cliente puede realizar compras en cualquier comercio físico y online donde se aceptan tarjetas MasterCard. No necesita de cuenta corriente. Por eso, el cliente únicamente puede disponer del dinero que haya cargado previamente en la tarjeta. Además, se obtiene al instante en las Oficinas de Correos, o en dos semanas si se solicita a través de la web, sin comprobación del historial de deuda, con solo presentar el DNI. En caso de solicitarla por la web, una vez recibida, para poder recargarla, el cliente primero deberá acudir a una oficina de Correos para escanear su DNI. Las Tarjetas que se comercializan en las oficinas de Correos no son nominativas (no llevan impreso el nombre del titular de la tarjeta), llevan impresa la leyenda “No necesita identificación”. La normativa no exige presentar DNI para utilizar la tarjeta para pagar en comercios, ni al hacer ingresos en Correos, pero sí para realizar Reintegros. El número PIN de las tarjetas adquiridas en las oficinas de Correos se obtiene siguiendo las instrucciones detalladas en el reverso del pack de compra. Al dar de alta la tarjeta en la Oficina el cliente recibe el PIN a través de un SMS en su móvil. Las tarjetas no pueden venderse a menores de 18 años.
A. Tipo de tarjeta
Tarjeta prepago de Correos
Tarjeta Premium (KYC) (desaparece la Tarjeta SDD Diligencia Simple Debida).
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B. Limites -
Límite máximo de saldo 7.500 €. Límite máximo de recarga diaria 5.000€ (siempre que el saldo máximo no supere los 7.500€). Puede disponer de efectivo en cualquier país: retirada unitaria de hasta 300€, 2 retiradas máximas diarias. Una vez introducida la información, el sistema comprueba los datos del comprador en los listados penales y de sanciones, y aceptará o declinará la cuenta de la tarjeta en tiempo real.
C. Alta Una vez introducida la información, el sistema comprueba los datos del comprador en los listados penales y de sanciones, y aceptará o declinará la cuenta de la tarjeta en tiempo real. El número de la tarjeta, del que se tiene que informar en IRIS tiene 12 dígitos (20000…) No se debe confundir con el número de la tarjeta de 16 dígitos: 5304 8200 XXXX XXXX, válido para realizar compras en comercios.
D. Datos Para el alta de la tarjeta el cliente debe informar y aportar: - Nombre y Apellidos. - Tipo de DOI (DNI, DNI Europeo, NIE o Pasaporte). - Número de DOI. - Nacionalidad. - Fecha de caducidad del DOI. - País de emisión del DOI. - Dirección en la zona SEPA (Unión Europea, más: más: Islandia, Liechtenstein, Malta, Noruega, San Marino y Suiza). - Fecha de nacimiento (Iris bloquea el alta si el cliente es menor de edad). - Número de teléfono móvil (es obligatorio, se selecciona el país, por defecto: defecto: España). España). - E-mail (Opcional pero importante). Además de aportar documentación acreditativa de su identidad, si esta no lleva incorporada dirección (pasaporte o documentos identificativos de otros países), deberá aportar adicionalmente una prueba de dirección en forma de recibo del banco, factura de suministros, etc. Únicamente se puede dar de alta una tarjeta con tipo de documento DNI a ciudadanos con nacionalidad española. Para el resto de nacionalidades tiene que informarse DNI Europeo, NIE o Pasaporte. Una vez introducida esta información y pulsando Aceptar, el sistema comprueba los datos del cliente en los listados de PBC (Prevención Blanqueo de Capitales) y acepta o declina la cuenta de la tarjeta en tiempo real. Si la cuenta se declina, se informa al cliente de la imposibilidad de adquirir la tarjeta y el proceso de alta se termina. Si la cuenta se acepta, el empleado informa al cliente de la conformidad de sus datos.
E. Recarga de la tarjeta y costes Los clientes pueden cargar su tarjeta en oficinas: - Mediante dinero en efectivo. - Con cargo a otra tarjeta de débito/crédito. La tarjeta puede recargarse sin importe mínimo y hasta un máximo de 1.000€ en la primera recarga y 5.000€ en sucesivas, sin sobrepasar el límite de 7.500€ de saldo en la tarjeta. En caso de superación de
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dichos límites, el sistema muestra el mensaje correspondiente. Siempre se recarga 1 euro menos de lo introducido en Iris por la comisión que se cobra por la operación. Coste de emisión
Pago en comercios euro
Tarjeta Prepago Correos Retirada efectivo Recargas en oficinas Recargas de la eurozona de Correos tarjeta en web o APP
6€
0€
1€
1€
2€
El límite por transacción se rige por las siguientes normas: - En efectivo, no es posible realizar una recarga por importe superior a 1.000 euros. Para importes superiores la operación deberá realizarse con cargo a una tarjeta de débito/crédito. - Con cargo a otra tarjeta, el límite de la recarga es el límite diario o anual de la tarjeta. - El límite diario es de 5.000 €. A través de la Balanza (Epelsa) se genera un ticket para entregar al cliente como comprobante de la operación.
F. Reemplazo de tarjetas El procedimiento de remplazo no es aplicable a aquellas tarjetas que el cliente recibe en su domicilio por renovación automática, superado el periodo de validez. En el remplazo siempre se entrega al cliente una tarjeta de las disponibles en la oficina y se cobra por ella. No se debe realizar esta operativa si el cliente se presenta en la oficina con la tarjeta de renovación recibida en su domicilio. En el menú de Admisión, se selecciona Tarjetas Prepago >> Reemplazo de tarjeta para acceder a la pantalla de inicio de Reemplazo de tarjeta.
G. Google Pay Correos se suma a la tendencia de pago rápido y seguro a través del móvil, a la vez que aumentan las ventajas de la tarjeta prepago, con la que a partir de ahora se podrá comprar en millones de tiendas físicas, online y apps aún con más facilidad. La tarjeta Correos Prepago se adhiere a la plataforma de pago por móvil de Google, convirtiéndola en la primera tarjeta prepago en este tipo de dispositivo y apostando de esta manera por las últimas tendencias y demandas del mercado. Con este nuevo método de pago, el proceso para realizar las compras es muy sencillo: para pagar en la web, bastará con buscar el logo de Google Pay. En el caso del móvil, hay que descargar la app de Google Pay a través de Play Store, introducir los datos de la tarjeta Correos Prepago (o realizar una foto de la tarjeta) y ya estaría todo listo para poder efectuar las compras a través del móvil, sin necesidad de llevar la tarjeta encima.
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Además, a este servicio se le añade el beneficio de poder realizar el seguimiento de todas las compras, geolocalización de las mismas e incluso recibir sugerencias personalizadas. En el caso de pago online o a través de apps, no hay que introducir reiteradamente la información de pago.
2.4 2. 4 TARJE TA MÁS CE CERCA RCA La tarjeta “Más cerca” es la tarjeta de fidelización de Correos. Es una tarjeta que sirve para identificar a los clientes cuando realizan una compra. Pueden ser clientes de tarjeta tanto los particulares como las empresas, que firman un contrato de tarjeta aceptando las condiciones de uso. Un cliente que tenga contrato comercial en Correos puede ser también cliente de tarjeta. Siempre tiene que haber un DOI de una persona física. Si el cliente es empresa, el DOI asociado será el del representante legal de la misma. Un contrato de tarjeta permite una tarjeta titular (obligatoria) y varias tarjetas adicionales (hasta 4 gratuitas). La tarjeta puede, si el cliente quiere, usarse como una tarjeta prepago recargable, siendo solo válida para pagar en Correos. La tarjeta no tiene ningún dato en la misma, solo el número del cliente que se lee con el código de barras. Todos los demás datos asociados a ese número están en el sistema de Correos. Las recargas se hacen en la oficina a través de IRIS y no se puede recargar con tarjeta de crédito/débito. No es necesario que la recarga tenga que realizarla el titular o el representante legal, puede ser un autorizado. Las distintas tarjetas adicionales pueden tener asociadas diferentes condiciones. Pueden ser unas de prepago y otras no, según decida el cliente, y también pueden tener límites de gasto diario distintos. La tarjeta sirve para asociar las operaciones que realiza un cliente con su no de contrato. Para ello es imprescindible que nos aseguremos de que todos los clientes de tarjeta realicen sus operaciones identificándose como tales. No es necesario (salvo para pagos) que el cliente traiga físicamente la tarjeta, únicamente es necesario el número. Operativamente la tarjeta permite recuperar los datos del remitente para no tener que introducirlos manualmente en IRIS en los productos que necesitan capturar este dato. IRIS permite cambiar los datos de remitente, si el cliente necesita poner otros datos, pero esta modificación vale solo para la operación que se realiza, si hay cambios permanentes estos deben hacerse en la aplicación de la tarjeta.
A. Canjear vales Los nuevos vales descuento que le sean emitidos a los clientes dejarán de ser enviados a sus domicilios por carta ordinaria. En su lugar, se remitirán vía e-mail a cada una de las direcciones de correo electrónico que hayan informado en el momento en que dieron de alta sus contratos. Habrá un nuevo formato de vales descuento, cuya principal novedad es que se les remitirá un único vale. Su importe mínimo seguirá siendo 5 €, pero su importe máximo equivaldrá al 3 % de los consumos realizados por el cliente en el mes anterior. Si el 3 % de los consumos mensuales de un cliente fuese inferior a 5 €, no recibirá ningún vale. Este importe se acumular á con los consumos de meses posteriores hasta alcanzar los 5 €. El nuevo formato de vale descuento incluirá un enlace directo a la página web de Correos para que los clientes accedan a la Oficina Virtual, y puedan en ella consultar el saldo de sus tarjetas, sus facturas emitidas y los movimientos de sus tarjetas. Para los clientes que informen no haber recibido el mail con su respectivo vale descuento, o bien, no dispongan de él en el momento de ir a realizar una admisión en oficina, el empleado de ventanilla podrá obtener la numeración del vale descuento desde SGTC (Sistema de Gestión Tarjeta Mas Cerca) para aplicarlo posteriormente en IRIS y que el cliente lo pueda deducir de sus compras.
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Siempre que se haya identificado al cliente como cliente de tarjeta más cerca, se ha de introducir el código de descuento en la casilla “Codigo promoción vale dto.”, que se encuentra en la zona inferior de la pantalla. Al cobrar la bolsa hacemos click en “promociones” seleccionando la promoción de la ventana emergente.
B. Programa Postlibris Los clientes con la tarjeta “Más cerca” pueden acceder al programa Postlibris. Correos ha acordado mantener en 2018 las condiciones y descuentos especiales del Programa Postlibris para las empresas editoras, distribuidoras y establecimiento de venta por correo, para el envío de libros por correo. El estar adscrito al programa Postlibris da derecho a lo siguientes descuentos: - Aplicación del 25% de bonificación en la tarifa de “Libros” de ámbito nacional. - Descuento del 30% en la tarifa de “Paq Estándar”, modalidad “Entrega en Oficina Elegida. Este descuento es incompatible con cualquier otro descuento de Correos. Las empresas suscritas al programa Postlibris deberán deberán presentar siempre la Tarjeta Más Más Cerca de la que son titulares, en el momento de la admisión de estos envíos. Los clientes adscritos al Programa Postlibris, que utilicen Paq Estándar “Entrega en Oficina Elegida” para el envío de libros, podrán contratar los valores añadidos propios del producto. En ese caso, el descuento solo se aplicará a la tarifa del Paq Estándar, pero nunca en los valores añadidos que se contraten con el mismo.
Podrán acogerse al programa Postlibris, las empresas editoras o distribuidoras de libros y/o establecimientos de venta a distancia de libros que acrediten que tienen como actividad primera o secundaria, cualquiera de los epígrafes siguientes: - 476.1 Edición de libros. - 476.9 Otras ediciones NCOP. - 479.1 Comercio al por menor por correspondencia o Internet. - 619.6 Comercio al por mayor de libros, periódicos y revistas. - 659.4 Comercio al por menor de libros, periódicos y revistas. - 665 Comercio al por menor por correo o por catálogo. La admisión de los envíos con descuento Postlibris se realizará solo en Oficinas de Correos, no permitiéndose las admisiones en Centro de Admisión Masiva o con recogida a domicilio. El pago de estos envíos se podrá realizar en metálico, con tarjeta de crédito o con la propia Tarjeta Más Cerca. En el caso del producto “Libros”, además podrán utilizarse, sellos, estampillas o estampación con máquinas de franquear. El importe del franqueo será el que resulte de aplicar el descuento Postlibris a la tarifa vigente de “Libro nacional” o “Paq Estándar Entrega en Oficina elegida”, que corresponda al tramo de peso que tenga el envío.
2.5 2. 5 TARJE TA TR TRA AVE VEL L CL CLUB UB Travel Club es el Programa de fidelización líder en España, que permite a sus socios conseguir viajes y regalos canjeando los puntos acumulados en su Tarjeta Travel Club. Los puntos se consiguen comprando en cualquiera de los más de 12.000 establecimientos y 200 tiendas online. Dentro de ellas, se incluyen todas las oficinas de Correos. Los clientes también pueden obtener puntos a través de la Oficina Postal Virtual. Además, a lo largo de 2017 se podrán conseguir puntos a través de https://tucorreos.es/
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Tras las operaciones de IRIS, se pulsa “cobrar bolsa”, se selecciona la forma de pago. A continuación, se introducen los datos de la tarjeta de Travel Club, bien manualmente, o bien mediante la pistola lectora. Esta tarjeta de fidelización permite acumular puntos con la compra de productos de Correos. Este programa renueva su oferta periódicamente, por lo que para conocer los productos promocionados se deberá consultar en la Web de Correos > Servicios Adicionales > Programa Travel Club. Los socios pueden consultar los viajes y regalos disponibles en: - Web Travel Club. - App Travel Club. - Catálogo de viajes y más (disponible en las oficinas de Correos y puntos de venta de las empresas asociadas). Los premios disponibles incluyen: · Viajes y ocio: billetes avión, cruceros, estancias en hoteles, espectáculos, etc. · Regalos (envío gratuito a domicilio): hogar, bricolaje, automóvil, informática, etc.
2.6 2. 6 TARJE TA RE REGAL GAL O Correos aumenta su oferta de productos y servicios con Tarjeta Prepago Correos Regalo Mastercard. Un producto que sigue la estela de la Tarjeta Correos Prepago al no estar vinculado a una cuenta corriente, por lo que puede ser regalada y usada por una persona distinta al comprador, que únicamente podrá disponer del dinero cargado previamente en la tarjeta hasta 250 euros. Se trata de una tarjeta muy versátil porque, a diferencia de otras tarjetas regalo que únicamente pueden ser utilizadas en un comercio en concreto (closed loop), esta de la empresa postal es válida en cualquier comercio físico y online donde se acepten tarjetas Mastercard. Se puede adquirir en el acto previa recarga, con un mínimo de 20 euros. Se S e utiliza tras la activación vía SMS, durante un plazo de 24 meses desde su fecha de emisión. Además, se puede consultar el saldo a través de la web www.correosprepago.es y vía SMS al 603 655 250. No es válida para sacar dinero en cajeros automáticos ni en Oficinas de Correos. En el futuro está prevista la personalización de su packaging adecuándole a las diferentes festividades y celebraciones. No se necesita identificación. Son anónimas. No se registra ningún dato del cliente en el momento de la Venta / Entrega, pero no se pueden vender a menores de 18 años (ante la duda, preguntar al cliente la edad). El cliente coge una la tarjeta ficticia al expositor. El ATC coge una Tarjeta Regalo Correos y un Pack de Tarjeta. El número de la Tarjeta Regalo y el importe del dinero se introducen en IRIS. Para finalizar se introduce la Tarjeta regalo dentro del Pack y se lo entrega al cliente junto al ticket de compra. Se devuelve la tarjeta ficticia al expositor.
3. ADMISIÓN DE LAS DISTINTAS MODALID MODALIDADES ADES Y CATEGOR CATEGORÍAS ÍAS DE LA CORRESPONDENCIA CORRESPON DENCIA ORDINARIA, CERTIFICADA Y CON VALOR DECLARADO 3.1 3. 1 CON CEP TO Y FAS ASES ES La “admisión” es aquella actividad consistente en la recepción por parte del operador postal del envío que le es confiado por el remitente para la realización del proceso postal integral y del que se hace responsable en los términos previstos en el Reglamento de servicios postales.
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Dentro del circuito de la correspondencia y de los envíos postales la recogida corresponde al inicio de dicho circuito, que consta resumidamente de las siguientes fases: recogida, admisión, clasificación, tratamiento, curso, transporte, distribución y entrega.
3.2 3. 2 TIPO S DE ENV ÍOS En el Reglamento de Servicios Postales se diferencia tres tipos de envíos, en función de las garantías que se otorgan al envío:
A. Servicios de envíos generales Son aquellos para los que el operador postal correspondiente no otorga más garantías al envío que las ofrecidas con carácter general que, en todo caso, deberán ser, como mínimo, las l as contempladas en el Reglamento de servicios postales para todos los envíos postales. Tales envíos son confiados al operador, sin que medie recibo justificativo individualizado de cada uno de dichos envíos que permita identificar la dirección postal del remitente y del destinatario o, en su caso, documento comprensivo de varios envíos numerados en el que consten los citados datos.
B. Servicios de envíos certificados Son los que, previo pago de una cantidad predeterminada a tanto alzado, establecen una garantía fija contra los riesgos de pérdida, sustracción o deterioro, y que facilitan al remitente, en su caso a petición de este, una prueba del depósito del envío postal o de su entrega al destinatario.
C. Servicios de envíos con valor declarado Son los que permiten asegurar estos por el valor declarado por el remitente, en caso de pérdida, sustracción o deterioro.
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3.3 O PERACI ONE S DE ADM ISI ÓN Las operaciones de admisión tienen suma importancia, porque es la única fase donde se realiza el control del franqueo y porque en ella se incluye un contacto directo con los clientes y usuarios de Correos dando información, etc., debiendo procurar en todo momento mantener los criterios de calidad impuestos. Las operaciones de esta fase son básicamente las siguientes: - Informar y atender a los clientes. - Recepcionar los productos. - Comprobar el acondicionamiento del envío. - Aplicar las tarifas y cobrar. - Generar la documentación documentación exigida según el producto producto y tipo de envío. - Preclasificar y preparar los envíos para su curso. Recordando la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del SPU, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, dispone que la admisión por el operador al que se encomienda la prestación del servicio postal universal de los envíos que se lleven a cabo en el ámbito de este, se sujetará a las siguientes condiciones: - Realizar, al al menos, una recogida en los puntos puntos de acceso a la red postal postal todos los días laborables, de lunes a viernes, con independencia de la densidad de población e incluso en zonas rurales. - Disponer de una cobertura cobertura adecuada al ámbito territorial para el que haya sido designado y, en particular, asegurar la densidad de puntos de acceso a los servicios postales establecida en el plan de prestación y la accesibilidad a los citados puntos de las personas con discapacidad de cualquier tipo, así como de las personas con movilidad reducida. - No denegar la admisión de los envíos cuando estos reúnan los requisitos reglamentarios y se satisfaga el precio correspondiente. - Las dimensiones máximas y mínimas de los envíos postales postales admisibles en la red red postal serán las establecidas en las normas que incorporen al Derecho español las aprobadas por la Unión Postal Universal. - Los envíos postales serán de titularidad del remitente a efectos postales en tanto no lleguen a poder poder del destinatario quien podrá, mediante el pago del precio correspondiente, recuperarlos o modificar su dirección, salvo en los supuestos de imposibilidad material y sin perjuicio de los derechos de terceros sobre el contenido de los mismos. - Se considerarán objetos prohibidos como envíos postales, aquellos cuya circulación circulación no se permita por motivos de seguridad, de sanidad pública, utilidad general y de protección del servicio postal universal. Con la expresión “ventanilla única polivalente polivalente”” se alude a las Ventanillas de Admisión Polivalentes Polivalentes que se caracterizan caracterizan porque permiten la admisión de cualquier producto de Correos en ellas. En est a materia tiene especial importancia la implantación del programa IRIS, tendente a incrementar la calidad del servicio, mejorando la rapidez y eficacia de las Oficinas en la Atención al público.
3.4 OBJ ETOS PROHIB IDO S PARA CIRCU LAR POR CORRE OS Se considerarán objetos prohibidos como envíos postales, aquellos cuya circulación no se permita por motivos de seguridad, de Sanidad pública, utilidad general y de protección del servicio postal universal.
A. Enumeración de objetos prohibidos De conformidad con los principios enunciados en el párrafo anterior, no pueden incluirse en ninguna clase de envíos postales los objetos siguientes:
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Los productos sometidos a régimen de reserva y no provistos de autorización especial para circular por la red postal. Para que puedan ser admitidos a la circulación por la red postal, los productos sometidos a régimen de reserva y los estupefacientes, habrá de estar expedida por la entidad que ostente el derecho exclusivo de distribución. Los envíos cuya envoltura o cubierta contenga textos o dibujos que vulneren cualquiera de los derechos fundamentales de la persona. Los envíos de de armas, conforme a lo establecido en el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas. Los envíos que contengan armas armas de de las permitidas mediante la Instrucción Instrucción del del Presidente de la Sociedad Correos y Telégrafos S.A. de fecha 1 de junio de 2012, podrán ser remitidas exclusivamente por empresas fabricantes, distribuidoras o comercializadoras de las mismas, previa formalización del correspondiente contrato con Correos, pudiendo ser destinados, según conste en dicho contrato, tanto a territorio nacional como a otros países en que esta clase de envíos estén permitidos. En el referido referido contrato, el remitente remitente de los envíos deberá comprometerse, bajo su su responsabilidad, a que el contenido de los lo s envíos que deposite con arreglo al mismo es conforme a lo indicado en la instrucción ya mencionada, asumiendo expresamente que garantiza un adecuado acondicionamiento de los mismos, a fin de que no constituyan un peligro para los empleados de la Sociedad Estatal, ni causen deterioro a otros envíos. A tal fin, de deberá consignar de forma visible en el embalaje de los envíos el contenido de los mismos. Los productos productos a través de los que se cursen cursen las armas permitidas siempre siempre deberán ir registrados, aplicando las directrices de trazabilidad establecidas para este tipo envíos. Las armas armas reglamentarias permitidas permitidas para para circular circular por Correos para para las que no son necesaria guía de circulación son las que se detallan: · Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático semiautomático y de repetición; repetición; y revólveres revólveres de doble doble acción, accionadas por aire u otro gas no asimiladas a escopetas. · Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas. · Las armas blancas y en general las de hoja cortante o punzante no prohibidas. · Los cuchillos o machetes machetes usados por unidades militares o que sean imitación de los mismos. mismos. · Los arcos, las armas para lanzar líneas de pesca pesca y los fusiles de pesca submarina que sirvan para disparar flechas o arpones, eficaces para la pesca y para otros fines deportivos. · Los revólveres o pistolas detonadoras y las pistolas lanza bengalas. Las armas armas reglamentadas no detalladas anteriormente, es decir, las armas armas de fuego de todo tipo, así como las armas accionadas por aire u otro gas comprimido cuando la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24.2 julios, no podrán circular por Correos. Las materias explosivas, inflamables y otras peligrosas, salvo salvo las biológicas perecederas, intercambiadas entre laboratorios oficialmente reconocidos, y las radiactivas depositadas por expedidores debidamente autorizados. Los animales vivos, sin estar provistos de una autorización especial o ser intercambiados entre instituciones oficialmente reconocidas. Los objetos cuyo tráfico sea constitutivo de delito. Los objetos cuya naturaleza naturaleza o embalaje puedan constituir un peligro para los empleados de los operadores postales que los manipulan o causar deterioro a otros envíos. Los objetos cuya admisión admisión o circulación esté prohibida en el país al que van destinados. Los objetos cuya circulación circulación esté prohibida en España, con con arreglo a la normativa en vigor. Los que se determine en convenios internacionales en los que España sea parte signataria.
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Las baterías y pilas de litio que no vayan contenidas en un equipo, siempre siempre que el envío vaya a circular circular por vía aérea, tanto para envíos nacionales como internacionales. En la admisión de envíos internacionales que vayan a circular por vía aérea es de obligado cumplimiento, comprobar en la admisión la para verificar las prohibiciones específicas del país de destino y la lista de prohibiciones generales publicada por la Unidad Internacional. Los aerosoles, NUNCA pueden circular por vía aérea. Envíos postales que contengan restos y/o cenizas humanas.
B. Admisión mercancías peligrosas En la admisión de envíos postales, lo primero que hay que hacer es marcar si el envío contiene mercancía peligrosa de las permitidas para su circulación. Si se marca “N”, permite admitir todo tipo de envíos. Si se marca “S”, no permite admitir envíos ordinarios, puesto que los envíos deben ir registrados para poder tenerlos controlados en todo el proceso. A partir de este momento la admisión se realiza de forma habitual.
a. Mercancías peligrosas para el transporte aéreo Son mercancías peligrosas prohibidas para el transporte aéreo, las recogidas en las nueve clases detalladas: OBJETOS PELIGROSOS
EJEMPLOS
Explosivos
Municiones, fu fuegos ar artificiales, de detonadores, co cohetes y petardos
Gases comprimidos, no inflamables e inflamables
Productos en aerosol, butano, encendedores cargados con butano y extintores que contengan gas comprimido
Líquidos inflamables
Gasolina, solventes inflamables y compuestos para limpieza, pinturas y decapantes inflamables
Sólidos inflamables
Cerillas de todo tipo, películas de nitrato de celulosa y sustancias que se vuelven peligrosas cuando absorben humedad
Materias oxidantes
Sustancias que producen fácilmente oxígeno, peróxido orgánico tales como tintes para el cabello o para textiles, ciertos decolorantes y adhesivos
Objetos tóxicos o nocivos
Drogas y medicamentos, con excepción de muestras de veneno, de sustancias tóxicas, de drogas y de medicamentos con receta, embaladas y enviadas de acuerdo con las disposiciones vigentes
Materias radiactivas
Muestras para uso médico o científico que contengan fuentes de radiactividad
Materias corrosivas
Líquidos de limpieza corrosivos, productos decapantes o antioxidantes, instrumentos que contengan mercurio y fluido para baterías
Otros objetos peligrosos
Sustancias anestésicas, nocivas, tóxicas o que presenten otras características que puedan causar graves molestias o malestar en caso de fuga; objetos intensamente imantados
Otros objetos peligrosos: Sustancias anestésicas, nocivas, tóxicas o que presenten otras características que puedan causar graves molestias o malestar en caso de fuga: objetos intensamente imantados (ver excepción del punto 3)
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b. Mercancías peligrosas admisibles para su curso por vía aérea La UPU y OACI son los organismos que dictan las normas para transportar mercancías peligrosas por correo en las excepciones que se detallan: - Muestras de pacientes definidas, clasificadas clasificadas embaladas embaladas y marcadas según lo indicado en IITT. - Sustancias infecciosas de la categoría B (ONU 3373), embaladas según según Instrucción de embalaje 650 y hielo seco como refrigerante para 3373. - Material radiactivo, cantidad que que no exceda de una décima décima parte de lo indicado. - Baterías de ión litio o metal litio: · Baterías de ión litio instaladas en un equipo (ONU 3481) según la instrucción de embalaje 967. Máximo 4 pilas(=< 20wh) o 2 baterías(=<100wh) en un solo bulto. · Baterías de metal litio instaladas en un equipo (ONU 3091) según la Instrucción de de embalaje 970. Máximo 4 pilas(=<1 gr) o 2 baterías.
c. Obligaciones del remitente El remitente tiene la responsabilidad de: - Comunicar la presencia de MMPP. - Completar la documentación específica al tipo de envío elegido - Utilizar un un embalaje embalaje adaptado a la forma y naturaleza del contenido.
d. Obligaciones del personal de atención al cliente El empleado de admisión debe comprobar que se cumplen todos los requisitos exigidos y que el remitente es consciente de las restricciones del envío de MMPP. El personal de ATC debe preguntar al cliente por el contenido exacto del envío y además: - Entregar al cliente el folleto informativo sobre Mercancías Peligrosas que se tiene en las oficinas. - Verificar si el país país de destino acepta baterías de litio. - Comprobar que el embalaje embalaje es resistente, construido en un material adecuado y está adaptado a la forma y naturaleza del contenido (si existen dudas ver Condiciones generales relativas a los embalajes 4-1-1 BOE 71-24/03/2014). - Cuando se sospeche racionalmente racionalmente que un envío presentado en la oficina contiene algún objeto cuya circulación por la Red postal esté prohibida o no se ajusta al contenido declarado se invitará al remitente a que lo abra, y si no lo hiciese se denegará su admisión. - Informar al cliente que si con motivo del escaneo del envío postal en el primer centro de tratamiento se observara que contiene objetos cuya circulación está prohibida se procederá a su devolución a la oficina de origen, que dará seguidamente aviso al remitente para que lo retire. Si el envío contiene alguna de las MMPP de las admitidas para su curso por vía aérea debe admitirse como envío registrado para que en todo momento pueda estar identificado el remitente y destinatario.
e. Embalajes prohibidos Nunca se admitirá un envío cuyo embalaje tenga alguna de las marcas o etiquetas detalladas en la siguiente tabla aunque su contenido no se mercancía peligrosa, caso de reutilización de embalajes:
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Simbología de las mercancías peligrosas en embalajes
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f. Admitir el envío Realizadas las comprobaciones detalladas en los puntos anteriores se procede a admitir el envío, teniendo en cuenta siempre los siguientes puntos: - Se admitirá como envío registrado. - Se rellenarán en el sistema los campos de remitente y destinatario, indicando teléfono de remitente y destinatario si es posible. - En la pantalla de descripción del contenido se elegirá uno de estos dos tipos: documento o mercancía y, a partir de aquí, se realizará una descripción detallada, evitando poner generalidades. Realizados todos los puntos anteriores, se da de alta el envío, aparece la imagen de la tableta digital para que el cliente firme la aceptación de datos grabados, que el contenido declarado es correcto y que se hace responsable de las consecuencias de una declaración falsa o incompleta, una vez firmado, el usuario acepta la admisión y se imprime la etiqueta. Y se identificará el envío que contenga mercancías peligrosas, de las admitidas, con una etiqueta verde. Ahora es el momento de presentar al cliente estos impresos para que los firme, pues con su firma certifica que el contenido declarado es correcto y que se hace responsable de las consecuencias de una declaración falsa o incompleta. Etiqueta comercial con declaración de contenido para adjuntar a paquetería y cartas con destino a Unión Europa, para que se imprima en la admisión de cartas, siempre hay que marcar un contenido diferente a documentos.
C. Comprobación del contenido de los envíos Cuando se sospeche racionalmente que un envío presentado en una oficina Postal contiene algún objeto cuya circulación por la Red Postal esté prohibida o que no se ajuste al contenido declarado en el sobre o cubierta, cuando esto sea preceptivo, se invitará al remitente a que lo abra, y si este no lo hiciese se denegará su admisión. Análogo procedimiento se seguirá, en cuanto sea posible, con los objetos depositados en los buzones. Cuando Correos tengan fundada sospecha de que alguno de los envíos ya admitidos no pueda circular por la red postal o esté sometido a requisitos que no se hayan cumplido, procederá como se indica en el apartado anterior, si no hubiera salido todavía de origen, remitiéndolo, en otro caso, con separación de los demás, a la oficina de destino. Desde esta oficina se notificará al destinatario dicha circunstancia, a fin de proceder como se indica en el apartado anterior y, si se negase a su apertura, no se entregará y se dará traslado del hecho a la Secretaría General de Comunicaciones para que resuelva sobre el trato que deba darse al envío.
D. Procedimiento a seguir con los objetos prohibidos Cuando los operadores postales adviertan la presencia de objetos prohibidos, procederán, según los casos, en la forma que a continuación se detalla: - Si se trata de alguno de los objetos relacionados en los apartados 1, 2 y 10 del enunciado de Enumeración de objetos prohibidos, se seguirá el procedimiento que fije la normativa correspondiente. - Los envíos a que se refiere el apartado 6 del apartado Enumeración de objetos prohibidos cuando contengan animales dañinos, se comunicarán a la autoridad que corresponda. - Los objetos relacionados con armas de fuego que no se ajusten a lo descrito en el apartado Circulación postal de envíos que contengan determinada clase de armas, serán entregados a la guardia civil.
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Cuando se detecten objetos de los enumerados en el apartado 5 del enunciado Enumeración Enumeración de objetos prohibidos, se comunicará a la autoridad competente o a sus agentes, quienes determinarán, en cada caso, el procedimiento a seguir de acuerdo con la normativa vigente. - Los objetos prohibidos, cuya cuya circulación constituya materia delictiva, serán enviados a la autoridad judicial competente o a sus agentes. - Cuando se detecten envíos de armas, se dará aviso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que que corresponda. Esto sin perjuicio de que también se informe al remitente a fin de que retire su envío. Los objetos de circulación prohibida para los que no se establece un trato específico en los apartados anteriores serán devueltos a la oficina de origen, que dará seguidamente aviso al remitente para que los retire en los plazos reglamentarios. Los envíos no retirados oportunamente serán considerados como sobrantes, lo mismo que los de remitente desconocido. Cuando Correos haya procedido con objetos de circulación prohibida en cualquiera de las formas señaladas en los apartados anteriores, informará, si procede, al remitente y a la autoridad competente.
4. ADMISIÓN ADMISIÓ N DE PRODUCTO PRODUCTOSS En este apartado veremos la casuística de admisión dependiendo de los productos. En líneas generales se diferencian de forma notable los envíos ordinarios de los registrados. Estos requieren mayor control pues su pérdida da lugar a indemnización por parte de Correos.
4.1 4. 1 CARTA ORD IN ARI A La admisión puede realizarse: - En buzón. - En oficina. En aquellas poblaciones o núcleos de viviendas no atendidos por una oficina de Correos, la admisión de los envíos que forman parte del servicio postal universal podrá hacerse por el personal encargado del reparto domiciliario, al tiempo que realiza este, a cuyo efecto se informará a los vecinos de estos núcleos del horario habitual de paso de dicho personal.
A. Admisión en buzón -
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Requisitos previos: que el cliente deposite la carta en algún buzón de la red postal debidamente acondicionada y franqueada. Recogida. La oficina responsable de cada buzón establecerá, todos los días laborables, las recogidas que el volumen de correspondencia depositada demande. Correos controla el horario de recogida mediante lectores ópticos de los códigos de barra instalados en los buzones mediante el programa Marabu 2. La última recogida tendrá lugar inmediatamente inmediatamente después de la hora de de compromiso compromiso de “última recorecogida” establecida por el Centro Directivo para cada tipo de Oficina, nunca antes de esa hora. Corresponderá a la unidad responsable del servicio de recogida de buzones ocuparse de que estos dispongan, en lugar visible, de la información referida al calendario semanal y horarios de recogida. Tratamiento. Finalizada la recogida de buzones se procede a emparejar la correspondencia. correspondencia. Si se detectasen envíos urgentes correctamente franqueados en los buzones de recogida ordinaria, se les adherirá la parte izquierda de la etiqueta identificativa y la parte derecha se desprenderá y se destruirá, a partir de este momento estos se cursarán con carácter urgente desde ese momento. La correspondencia correspondencia se envía al centro centro de tratamiento, sin matasellar, matasellar, con con una bandeja tipo A y su correspondiente etiqueta de “BUZÓN” para que sea cancelada directamente por las máquinas automatizadas.
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Si se detectan envíos admitidos por otras Oficinas o Unidades en los que los signos de franqueo no han sido matasellados se procederá a su inutilización con el sello de puntos, o bien con el sello de la Oficina o Unidad, respaldando en este caso el envío en reverso. En ningún caso se procederá procederá a inutilizar los signos de franqueo mediante su rayado o emborronado con tinta o bolígrafo, o bien cercenando o arrancando parte del mismo.
B. Admisión en oficina Este tipo de envío puede entrar en el circuito a través de los puestos de admisión de IRIS que genera una etiqueta de franqueo que se adherirá en la parte superior derecha del envío, para facilitar la clasificación mecánica o mediante los buzones ubicados en la propia oficina y en alguna de las máquinas expendedoras de estampillas (según modelo) de uso público. Estos envíos no requieren impreso de imposición y su entrega se realiza mediante el depósito en los casilleros domiciliarios, en apartados particulares o Lista de correos, sin que quede constancia escrita de la entrega.
a. Admisión singularizada Si el cliente se persona en la oficina para solicitar el envío de una carta ordinaria, el empleado: - Comprueba que el embalaje es adecuado adecuado y garantiza la integridad del contenido. - Si el envío se presenta sin embalar, o el embalaje resulta inadecuado, se ofrecerá en venta al cliente uno de nuestros embalajes. - Pesa y calcula el franqueo que necesita el envío. - Cobra el importe y franquea o cancela el envío a la vista del cliente. - Encamina el envío a la unidad correspondiente correspondiente para proceder a su matasellado matasellado y curso. - En las admisiones unitarias y de menos de 30 envíos siempre se ha de imprimir imprimir y adherir adherir al envío la etiqueta que genera IRIS. También se pueden realizar admisiones de clientes bajo contrato, acompañando a los envíos el correspondiente Albarrán. Si los envíos están franqueados con estampillas, el empleado deberá: - Comprobar que las estampillas llevan nº de máquina y preguntar dónde han sido adquiridas. adquiridas. - Si el número de envíos no es significativo, se fotocopiará el anverso y reverso de un envío, de forma que sea legible el número de máquina y el remitente. Se dará curso a los envíos y se pondrá en conocimiento del responsable de la Jefatura de Red de Oficinas. - Si el número de envíos es masivo o se trata de un número significativo de envíos certificados, antes de proceder a su admisión se pondrá en conocimiento del responsable en la Jefatura de Red de Oficinas, fotocopiando el anverso y reverso de un envío en el que se vea con claridad el número o números de máquina que las ha expedido y remitente de los envíos, quedando a la espera instrucciones.
b. Admisión en cantidad Cuando un cliente solicita el curso de una pluralidad de cartas sin franquear se procede como sigue: - Si su número es reducido, se procede a su admisión como si se tratara de un solo envío realizándose las tareas descritas en la admisión singularizada. - Si la remesa presentada, bien por su número o bien por las características de los envíos, perturba el normal desarrollo de la admisión, el empleado: · Solicita a la persona que presenta los envíos el nombre, dirección y teléfono del cliente cliente remitente de la remesa, para posterior contacto. · Recoge los envíos de forma provisional. En cuanto sea posible y siempre antes de finalizar la jornada:
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Comprueba los diferentes tipos de cartas presentadas y número de unidades de cada uno de ellos. - Pesa y calcula el franqueo de cada tipo. - Calcula el importe total del franqueo de la remesa. - Contacta con el cliente para que abone el franqueo. Si el cliente no abona el franqueo, franqueo, los envíos se consideran como insuficientemente franqueados procediendo en la forma descrita para estos casos. - Facilita al cliente una factura por el importe cobrado. - Cancela los envíos y los encamina a la unidad correspondiente correspondiente para su curso. curso. - Si las cartas se presentan ya franqueadas franqueadas el empleado precede como como sigue: sigue: - Identifica los diferentes tipos de cartas que le presentan. - Comprueba mediante extracciones aleatorias en cada uno de los envases presentados que las cartas están franqueadas debidamente. - Si los envíos están correctamente franqueados se realiza la admisión, encaminándolos a la unidad correspondiente para proceder a su matasellado y curso. Cuando un mismo cliente realiza imposiciones masivas con cierta frecuencia, se le invitará a que contacte con los servicios comerciales para tratar de formalizar el oportuno contrato. Cuando el cliente es titular de un contrato con Correos presentará los envíos acompañados de Albarán de Entrega correctamente cumplimentados sin tachaduras ni enmiendas.
Para más de 30 envíos ordinarios admitidos admitidos en IRIS se envían al CTA CTA en la bandeja bandeja “sin cancelar” y adjuntando un listado de admisión de IRIS donde se detallan el número de envíos y su peso.
4.2 ADMISI ÓN DE ENVÍO S REGISTR ADOS (NORMA GENERAL ) A. Nuevas medidas Uno de los objetivos marcados por el Plan 100-300-500 es el de simplificar la operativa de admisión de productos registrados en ventanilla. En 2014 se fusionaron en dos únicos impresos [M-11A (envíos nacionales) y M11-I (envíos internacionales)] que sustituyeron a varios modelos anteriores y a distintas formas de admisión y rotulación. En 2018 se facilita aun más la admisión de productos registrados con tres nuevas medidas:
a. Formulario Online (Pre-registro por parte de clientes) Al objeto de que los clientes dispongan de un medio que les permita grabar en la web de Correos los datos de sus envíos previamente a su visita a la oficina de Correos, se ha creado el “Formulario online” para envíos de Oficina, es necesario entrar en la Web de Correos y buscar: Todas las Herramientas>>Formulario online para envíos de Oficina >>Accede al Formulario. El cliente puede recibir el código en su e-mail o por SMS. También puede realizar una impresión en papel. Por lo que puede presentarlo en la Oficina en distintos formatos, tanto en forma de dígitos como en código de barras. El cliente se presenta en la Oficina con el código que se genera en la web de Correos, una vez finalizado el “Formulario online”, sin necesidad de acceder ni registrarse en la OPV2.
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Si aporta el código de barras se deberá proceder a su captura con el lector del puesto de atención al cliente. El empleado de admisión accede a IRIS siguiendo el procedimiento habitual de admisión de correspondencia registrada (informa el peso del envío, C.P. de destino y se marca la casilla de contenido de mercancías peligrosas según sea el caso), con la particularidad de que debe marcar la casilla Datos Pregrabados antes de seleccionar el tipo de envío compatible. En caso de que el cliente que haya pre-registrado los datos quiera remitir un Fax/Burofax, para poder recuperar la información grabada por el cliente, se tiene que pulsar en IRIS sobre la casilla A continuación, se muestra una ventana en la que se tiene que informar del código que aporta el cliente. IRIS muestra los datos de los destinatarios que el cliente ha preregistrado con ese código y se selecciona uno de ellos. Es importante verificar el Código Postal de destino, pues una vez importado prevalece el que se ha informado en la pantalla inicial de IRIS y no el que el cliente ha indicado en el preregistro. En caso de que sea erróneo se tiene que modificar antes de finalizar la admisión. Los datos quedan grabados en IRIS; se comprueba que son correctos y se acepta la pantalla para dar de alta el envío. Una vez que se han utilizado los datos de un destinatario, desaparece del listado de datos pregrabados, quedando disponibles el resto de los destinatarios no utilizados. En caso de querer remitir un nuevo envío, a la misma dirección, el cliente deberá realizar un nuevo preregistro. El código es válido durante 15 días, transcurrido ese plazo los datos son borrados y no están disponibles para su captura en las oficinas de Correos, debiendo realizarse un nuevo preregistro por parte del cliente. Si el cliente incluye el número de móvil del destinatario, en la paquetería a oficina puedan enviarse los SMS, el fichero que ha de subir el cliente será un fichero Excel, el cliente podrá modificar las direcciones antes de generar el código, sin necesidad de abandonar la página. Los códigos generados siempre comenzaran por las letras FO, el formulario generado en la admisión podrá enviarse por mail, el formulario generado en la admisión se ha modificado para que se vean completos todos los campos de nombre y dirección, etc.) podrá enviarse por mail.
b. Portal de devolucion devoluciones es En el Portal de Devoluciones de Correos, sin necesidad de entrar ni registrarse en la OPV2, es posible generar las etiquetas para devolver un envío. Pasos a realizar: - Introducir artículos en su embalaje. - Cumplimentar datos de remitente y destinatario. - Imprimir etiqueta en tinta negra, en su tamaño original (10 x 15 cm), sin arrugas ni dobleces - Si no es posible imprimir la etiqueta, basta con anotar los 23 dígitos y comunicarlos en una Oficina de Correos. - El empleado facilita el resguardo del envío.
c. Admisión sin formulario preimpreso El objetivo de la digitalización de la firma del cliente es la eliminación de la documentación en papel, en los procesos de admisión de productos registrados en Oficina y la custodia de dicha firma en formato digital, en “e-documento”. Actualmente, en la admisión de un envío, el cliente presenta un formulario cumplimentado (M-11A y M-11i) y tras la admisión se le entrega una copia validada mecánicamente como justificante. Correos guarda, archiva y custodia una copia en papel de este formulario. Con la digitalización de la firma, el cliente, no tiene que cumplimentar y firmar el formulario preimpreso, la firma se recoge en la tableta y se almacena electrónicamente.
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El empleado de la oficina realiza la admisión en IRIS y entrega un formulario (o lo remite por e-mail) con los datos del envío: remitente y destinatario, tipo de producto, código de envío, oficina de admisión, fecha/ hora, peso, valores añadidos, importe a pagar y la firma digitalizada, junto al condicionado del servicio. El formulario de admisión firmado por el cliente se puede visualizar desde cualquier oficina, una vez admitido el envío, informando el número en el localizador de envíos MERCURIO. También se puede reimprimir el formulario de admisión en IRIS, únicamente en la oficina de admisión, con la imagen de la firma digitalizada, desde la opción Mantenimiento. Una vez seleccionado el tipo de envío y dependiendo del producto que queramos admitir, el check de digitalización aparecerá marcado o no por defecto. Los productos afectados por el proceso de firma digital son: - Carta certificada. - Carta certificada urgente. - Paq Premium. - Paq Estándar. - Paquete Azul. - Paq Retorno. - Paquete Postal Internacional Económico. - Paq Standar Internacional. - Paq Premium Internacional-EMS. - Fax. - Burofax. En los productos para los que no aparece marcado por defecto, se utilizará la Carta certificada. Siempre que no impacte de forma negativa en los tiempos de espera, se deberá marcar el check “Digitalización”. En caso de admitir paquetería se informa el Peso Volumétrico y en el apartado Referencia cliente, se marca la casilla No aporta (siempre que el remitente no sea un cliente registrado). A continuación, se informan datos del destinatario y remitente. Si se omite algún dato aparece un mensaje emergente e IRIS no permite finalizar la admisión. Una vez cumplimentados los datos del destinatario y remitente, al pulsar sobre la pestaña Aceptar, se despliega una ventana emergente con la imagen que el cliente visualiza en la tableta. Verifica que los datos son correctos y firma dentro del espacio destinado al efecto. La imagen de la tableta aparece por defecto en castellano, pero se ha habilitado en la tableta la opción de elegir el idioma cooficial en el que el cliente desea ver los datos, seleccionándolo se habilita el idioma elegido. Se pulsa Aceptar para finalizar el alta del envío. A continuación, el equipo multifunción imprime el formulario para ser entregado al cliente con los datos del envío, la firma que se ha digitalizado y el condicionado del servicio.
• Admisión con firma digitalizada y remisión de documento por e-mail El cliente puede solicitar que el formulario de admisión le sea remitido a una dirección de correo electrónico y no se le entregue en papel, la oficina marca la casilla Email. La casilla de “Digitalización” permanece activada. Se debe de ofrecer este servicio al cliente y potenciarlo por encima de la impresión del formulario. Es más cómodo para el cliente y ahorra tiempo, costes de impresión, archivo y consulta a la oficina. El cliente recibirá el formulario en formato PDF en su buzón de correo electrónico para disponer de él en la forma que precise.
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Cuando se selecciona la casilla de Email se despliega un campo para que se informe el correo electrónico. A continuación, se debe repetir para su verificación. Si no se cumplimenta, o no se informa el mismo email en ambos campos, se bloquea la aceptación del alta del envío. Una vez cumplimentados en IRIS los datos del destinatario y remitente, se activa la pestaña Aceptar. Al pulsarla se despliega una ventana emergente con la imagen que el cliente visualiza en la tableta. En la tableta aparece el email grabado. Si además el envío lleva el valor añadido Reembolso de ingreso en cuenta, también se muestra el número de cuenta (CCC) del cliente en la tableta. El cliente verifica que los datos son correctos y firma en la tableta. Cuando el cliente elige el envío por email, se entrega al cliente únicamente el ticket que genera la balanza al cobrar la bolsa. No se imprime ningún documento en la Oficina.
• Admisión de envíos de clientes con contrato Siempre que un cliente con contrato, u otra persona en su nombre, acuda a una oficina a depositar sus envíos y permanezca en la oficina mientras se realiza la admisión, se ha de introducir su nombre y apellidos en el campo Persona Depositaria y deberá firmar en la tableta. Si los envíos han sido recogidos en domicilio por distribución, en el campo Persona Depositaria se indica: “Recogido por distribución” y en la ventana de la tableta se elige la opción “Recogido por distribución”. No se requiere la firma del cliente en la tableta. Si los envíos los deposita el cliente en la oficina y no permanece en ella mientras se admiten, en el campo Persona Depositaria se ha de indicar: “Depositado por cliente” y en la tableta se elegirá la opción “Depositado por cliente”. No se requiere la firma del cliente en la tableta. Si los envíos vienen acompañados de M-11, se admiten sin digitalizar, validando el formulario.
d. Admisión sin firma digitalizada y validación mecánica En las ocasiones que la oficina no disponga “temporalmente” de impresora multifunción, en la admisión se ha de desmarcar la casilla de Digitalización y realizar la admisión validando el formulario (M-11A o M-11i) de la forma habitual. En estos casos se ha de abrir incidencia al CAU y tratar de que se solucione lo más rápidamente posible.
B. Impresos Como hemos visto en la actualidad se están dejando de usar los impresos de admisión, siendo sustituidos por el “formulario online” o la admisión en IRIS generando el resguardo de admisión, con la firma digitalizada por parte del remitente (impresora multifunción). Los impresos son:
a. M-11-A El cambio en la admisión de envíos registrados nacionales tiene como objetivos principales: - Unificar el impreso impreso de admisión, para los envíos con o sin reembolso. - Simplificar el “muestrario “muestrario de impresos de las oficinas y masivas”. - Generación de etiquetas de Paquetería homogéneas. - Mejorar el control de admisión. - Firma del cliente aceptando datos validados por el sistema.
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b. M-11-I La utilización del impreso M-11i en la admisión de envíos registrados internacionales tiene como objetivos principales: - Unificar los impresos de admisión en uno solo. - Simplificar el “muestrario de impresos de las oficinas y masivas”. - Generación de etiquetas de Paquetería homogéneas. - Mejorar el control de admisión. - Firma del cliente aceptando datos validados por el sistema. Antes de admitir un envío cuyo contenido es diferente a documentos, es necesario preguntar al cliente por el contenido del envío e indicarle que tipo de mercancías están prohibidas para su curso por correo.
4.3 ADM ISI ÓN CART CARTA A CERTIF ICADA En la admisión de la carta certificada, se ha añadido un campo para grabar los envíos admitidos en una oficina rural y que aporten un código del impreso M11-A válido. Se validará que el código sea válido y que no haya sido usado en otra admisión. En particular, el campo “Imprimir etiqueta” se podrá activar o desactivar según las necesidades del usuario. Una vez marcado el check, se seleccionará automáticamente la etiquetadora.
A. Admisión unitaria Se considera admisión individualizada cuando el cliente presenta envíos para realizar admisiones de una en una, debiendo grabar todos los datos del envío (en el caso de ser un cliente habitual que presente varios envíos, se le recomendará que para posteriores entregas utilice el formulario on line en la web de Correos). El cliente debe acondicionar los envíos de la siguiente forma: - En un envase que garantice la integridad del contenido y respetando el peso y dimensiones mínimas y máximas establecidas para cada tipo de producto. - Los sobres no pueden ir cerrados con cinta adhesiva ni presentar señales de haber sido abiertos y vueltos a cerrar. - Los datos de de remitente y destinatario no pueden pueden ir escritos a lápiz. - El dato remitente es obligatorio, salvo en los certificados dirigidos a concursos literarios. Una vez realizadas las comprobaciones anteriores, se realiza la admisión del siguiente modo: se graba el envío en Iris que genera la etiqueta y se adhiere, preferentemente, en el ángulo superior derecho, de modo que la etiqueta no perjudique la claridad de la dirección y al terminar dicha admisión el sistema genera un formulario que se entrega o envía por e-mail al cliente.
B. Admisión por pregrabados Este procedimiento de admisión es aplicable cuando el cliente presenta los envíos habiéndolos grabado en la web en el formulario on line. En este caso el cliente debe presentar: - El código que le ha generado el sistema y que es necesario para comenzar la admisión. - Los envíos correctamente acondicionados y preferentemente ordenados por código postal de menor a mayor, para adherir las etiquetas que genera IRIS en el momento de la admisión. Si elige el valor añadido AR debe haber rellenado los Avisos de recibo M-35 o PEE para nacional o el CN07 para internacional, se admitirá el envío. En caso de haber seleccionado impresión:
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Si ha sido sido por la impresora láser, se preguntará el cuadrante en el que se desea imprimir y posteriormente se imprimirá la etiqueta. - Si ha sido por la etiquetadora, se imprimirá directamente la etiqueta. En caso de no haber desmarcado validación se pedirá que se introduzca el impreso M11-A para proceder a su validación. En admisiones unitarias se adhiere la etiqueta “C” que genera el sistema al admitirla. Si la carta lleva el valor añadido reembolso, siempre se ha de imprimir etiqueta y adherir al envío y se destruye la etiqueta CD. Los envíos sólo pueden circular con una etiqueta de código de barras. Si la carta pesa más de 250 gramos Iris generará una etiqueta de paquetería para que el envío pueda ser clasificado clasif icado en las máquinas de paquetería, esta etiqueta ha de adherirse al envío sin que queda doblada o arrugada. Si la admisión es múltiple se le adhiere la etiqueta de Carta Certificada Nacional.
C. Admisión Admisión Múltiple La admisión múltiple no se verá afectada, por lo que se comportará tal y como se estaba haciendo hasta ahora. En caso de seleccionar la opción de ‘Imprimir etiqueta’, se deshabilitará la admisión múltiple.
D. Carta certificada nacional reembolso En la admisión de los envíos de cartas con el valor añadido reembolso, como es necesario grabar todos los datos en Iris para poder realizar la admisión, no es necesario que el cliente nos presente cumplimentado el M-11A, se graban los datos, se da de alta el envío, se valida el M-11i y se le presenta al cliente para que lo firme y acepte la grabación de los datos, como se hace en la admisión de otros productos.
E. Carta certificada internacional reembolso Cuando la carta certificada de ámbito internacional lleva el valor añadido de reembolso, se identifica con la etiqueta “Remboursement” y se adhiere además la etiqueta RF que genera el sistema, y se adjunta también el impreso MP1BIS (antes TFP3), que validada el sistema al admitir el envío. En este caso se utiliza el M-11i.
F. Notificaciones -
Notificaciones preregistradas preregistradas en OV2, han de darse de alta de forma unitaria o por admisión admisión ultrarrápida en Iris, nunca deben aportar albarán. - Notificaciones con fichero, se ha de desbloquear el fichero y admitir el albarán en Iris (oficinas autorizadas). - Notificaciones manuales con cargo a un contrato, deben presentarse con albarán que se dará de alta en Iris. Las etiquetas que deben llevar estas notificaciones serán: · Blancas y la numeración comenzar por NA cuando son notificaciones administrativas. · Verdes y la numeración comenzar por NJ cuando son notificaciones judiciales. judiciales. Las notificaciones administrativas de pago al contado y sin prerregistrar han de darse de alta en Iris. Al seleccionar notificación se activará el campo AR y la numeración comenzará por NA (se podrán admitir de forma unitaria o múltiple).
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G. Admisión por el sistema de procedimiento administrativo Correos admitirá solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos o entidades dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse: - En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos. - En las oficinas de de Correos, en la forma que que reglamentariamente se establezca. - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares consulares de España España en el extranjero. - En las oficinas de asistencia en materia de registros. - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo y común de las Administraciones Publicas define el sector público como el que comprende: - La Administración General del Estado. - Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. - Las Entidades que integran la Administración Local. - El sector público institucional, integrándose este, a su vez, por: · Cualesquiera organismos organismos públicos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. · Las entidades de derecho privado vinculadas vinculadas o dependientes de las Administraciones Administraciones Públicas, Públicas, que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas. · Las Universidades públicas.
a. Proceso de admisión -
Las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidas a los órganos de las Administraciones Públicas a través de Correos, se presentarán en sobre abierto, acompañadas de los correspondientes impresos de admisión (M11-A). - El empleado que admita el envío hará constar con claridad, en la cabecera de la primera hoja del documento que se quiera enviar y en el resguardo justificativo de admisión, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de admisión. - A petición del remitente, el empleado hará constar estos datos del envío en la primera primera página de la copia, fotocopia u otro tipo de reproducción del documento principal que se quiera enviar, previa comparación de su identidad con el original. - El propio remitente cerrará el sobre en presencia del empleado. - El empleado formalizará y le entregará el resguardo de admisión, cuya matriz archivará en la Oficina. Cuando interese a los remitentes conocer la fecha de entrega de estos envíos en las dependencias destinatarias, podrán solicitar aviso de recibo en las condiciones generales. En los supuestos de diversidad de documentos, correspondientes a diferentes remitentes, presentados por representantes de los interesados (por ejemplo, un gestor administrativo), no serán admitidos conjuntamente en un único sobre, sino que existirán tantos envíos certificados como documentos principales deban ser sellados, debiendo coincidir el firmante del documento con el remitente del envío consignado en el sobre y en el resguardo de imposición. En caso de duda sobre la naturaleza administrativa del organismo destinatario del envío, y con el fin de prestar el mejor servicio a los clientes, se realizará la admisión a través del procedimiento administrativo advirtiendo que, si aquel no reviste tal naturaleza, Correos no garantiza la eficacia legal del sistema.
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Se puede utilizar este sistema para los escritos dirigidos a las representaciones diplomáticas de España en otros países, ya que tienen la consideración de territorio español y es aplicable la legislación nacional. Cuando el destinatario de la comunicación sea un Organismo Internacional del que España sea Estado miembro, se podrá sellar la cabecera del documento principal y la copia en su caso, en la forma indicada antes, pero advirtiendo al interesado que Correos no garantiza la eficacia legal que en su momento puedan dar estas Instituciones a este procedimiento y que, por lo tanto, no se responsabiliza de las consecuencias que su no aceptación pueda provocar al remitente.
4.4 4. 4 VALORE S DEC LAR ADOS En este producto se tendrán en cuenta los criterios generales de admisión y los específicos que a continuación se detallan. Si el cliente trae el envío acondicionado, este puede venir en forma de sobre o de caja: - Forma de sobre. El envío habrá de estar cerrado de forma que no pueda ser sustraído su contenido sin ser destruido y provisto de precinto de seguridad constituido con una marca que identifique al remitente (nombre completo, razón social o iniciales) o bien con una cinta de seguridad modelo Segure Tape 820 o similar; o en su defecto, mediante sistema de cosido o cruzado con cuerda o bramante fino con un único nudo y cinco lacres con marca especial que identifique al remitente. El acondicionamiento de envíos con valores declarados mediante lacres no podrá realizarse en las oficinas de Correos, por lo que el cliente tendrá que traer el envío ya acondicionado de esta forma a la oficina. - Forma de caja (Objeto Asegurado). Asegurado). Las cajas serán de metal o madera con un espesor mínimo de 8 milímetros, perfectamente cerradas y provistas de precinto de seguridad constituido con una marca que identifique al remitente (nombre completo, razón social o iniciales) o bien con una cinta de seguridad modelo Segure Tape 820 o similar, de forma que queden selladas todas la aberturas de la caja; o bien con bramante fino y sin nudos, cruzado en las caras superior e inferior, y cuatro sellos de lacre sobre las caras laterales con marca especial que identifique al remitente. El acondicionamiento de los envíos con valores declarados con lacres no podrá realizarse en las oficinas de Correos, por lo que el cliente tendrá que traer el envío ya acondicionado de esta forma a la oficina. Si el cliente se presenta en la oficina de Correos con el envío sin acondicionar, entonces podremos tener estos dos casos: - En forma de sobre que aporta el cliente. Si el sobre del envío es consistente y aparece herméticamente cerrado, de forma que no pueda ser sustraído su contenido sin ser destruido, se comprobará que no tiene marcas de haber sido abierto y vueltos a cerrar. Se admite el envío con valor declarado, adhiriendo para ello la etiqueta de servicio en el anverso del envío - Con sobre de Segurimini. Cuando Cuando el sobre sobre o embalaje embalaje que presenta el cliente, no reúne garantías suficientes para ser cursado como valor declarado, o el cliente no dispone de embalaje, el empleado facilitará el sobre de seguridad (código producto SEGURIMINI), y una vez introducido el contenido por el cliente procederá a cerrarlo en su presencia. Si se produce la venta de algún embalaje se cobrará al cliente el importe establecido en tarifas, registrando la operación de venta en IRIS. Se admite el envío con valor declarado, adhiriendo para ello la etiqueta de servicio en el anverso del envío. Cuando el cliente no dispone de embalaje y el objeto no es posible cursarlo bajo el sobre de Segurimini, el objeto a enviar se incluirá en algunos de los embalajes (cajas o sobres) que dispone para la venta Correos. Una vez introducido el contenido por el cliente procederá a cerrarlo en presencia del personal de admisión. En el cierre de las cajas, se habrá comprobado que las solapas internas de la caja han sido desplegadas, para impedir el acceso al interior por los laterales de la misma. En la cara principal de la caja o sobre, se adherirá la etiqueta de servicio.
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Se cobrará al cliente el importe del embalaje (caja o sobre), establecido en tarifas, registrando la operación de venta en IRIS.
Los envíos de Valores Declarados nacionales nacionales se identifican con la inicial “V” y los envíos internacionales con las siglas “VV”.
4.5 CART CARTA A ORDI NAR IA URGEN TE Este tipo de envío puede entrar en el circuito a través de los puestos de admisión o mediante los buzones ubicados en la propia oficina y en alguna de las máquinas expendedoras de estampillas (según modelo) de uso público. Estos envíos no requieren impreso de imposición y su entrega se realiza mediante el depósito en los casilleros domiciliarios, en apartados particulares o Lista de correos, sin que quede constancia escrita de la entrega. Las cartas urgentes ordinarias han de llevar una etiqueta autoadhesiva. Los envíos llevan una etiqueta en el ángulo superior izquierdo del anverso. En ella figura la inscripción “Carta urgente nacional”, el número y el código de barras que identifican cada uno de los envíos. La parte izquierda se adhiere a la carta y la parte derecha de la etiqueta se desprende y se entrega al cliente, quien podrá utilizarlo para el posterior seguimiento del envío. El tipo de etiqueta descrito se utilizará para cartas admitidas en oficinas auxiliares o SSRR o para cartas que los clientes depositen en buzones, si las cartas se admiten en la oficina a través de Iris, en el proceso de admisión el sistema genera el número apareciendo este en la etiqueta de franqueo. El número del envío para que el cliente pueda hacer el seguimiento del mismo aparece en el ticket de caja.
A. Carta urgente internacional En la admisión desde Iris se genera una etiqueta de franqueo en la que aparece el logo de exprés, dicha etiqueta se adhiere en el ángulo superior derecho del envío, siempre que sea posible, para facilitar la clasificación automática. Las cartas admitidas mediante albarán han de traer adherida o se le adhiere una etiqueta de “EXPRES” al igual que ha de hacerse con las cartas admitidas por los SSRR, esta etiqueta ha de ir en el ángulo superior izquierdo del anverso del envío, si se carece de esta etiqueta se puede escribir la palabra “EXPRES” (en rojo y en mayúsculas)
4.6 4. 6 CARTA CERTI FIC FICADA ADA URGE NT NTE E La admisión de estos envíos se realiza lo mismo que el de carta certificada, teniendo en cuenta sus características: - Ámbito · Nacional (España, Andorra y Gibraltar). Se deberá adherir en el ángulo superior izquierdo la etiqueta CU, que genera el sistema en las admisiones unitarias, si la admisión es múltiple se adherirá en el ángulo superior derecho del anverso del envío la etiqueta de “CERTIFICADO URGENTE” destinada al efecto. · Internacional. Se deberán adherir en el ángulo superior izquierdo del anverso del envío la etiqueta RF, que genera el sistema que además lleva incorporado el logo de “exprés” para las admisiones unitarias. Si la admisión es múltiple se adherirá en el ángulo superior izquierdo del anverso del envío la etiqueta “EXPRÈS” y la preimpresa con un Código de Barras RR. - Zona 1 Europa incluida Groenlandia. Procesos de admisión
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- Zona 2: resto de países que admitan este servicio Servicios Adicionales · Aviso de recibo (cartas certificadas)
4.7 4. 7 PAQ LI GH T Sustituye al CUI. Indicado para los envíos de documentos o mercancías de poco peso, hasta 2 kg, en los que el cliente demande urgencia en la entrega. - Tiene trazabilidad hasta su entrega. - Contenido de poco valor que no requiera firma en la entrega. - Al ser un producto de entrega sin firma no cuenta con garantía en caso de pérdida o extravío. - Dimensiones máximas: máximas: Largo+alto+ancho= 90 cm, cm, sin que la mayor exceda de 60 cm - Puede realizarse DUA de exportación para terceros países (la operativa del DUA no cambia con respecto a otros envíos). - La etiqueta del paquete Light lleva incorporado incorporado el CN22 cuando el valor de la mercancía sea inferior a 371,55 euros. - Si el valor de la mercancía mercancía tiene un valor superior superior a 371,55 euros se imprimirá un CN23 por duplicado que el cliente ha de firmar.
5. ADMISIÓN PAQUETERÍ PAQUETERÍA A GENÉRICA En la admisión del Paquete Azul, Paq Premium y Paq Estándar no es necesario que el cliente rellene los datos en el M-11A, ya que el operador tiene que grabarlos en el sistema. Al dar de alta el envío aparece en la tableta digitalizadora los datos del envío, el cliente verifica que son correctos, firma el conforme y la aceptación del condicionado. El número de envío lo genera el sistema una vez se ha dado de alta en Iris. Si se valida el M-11A, aparecen los datos grabados por el operador y el cliente debe firmar la conformidad en el formulario. Una vez dado de alta en Iris el envío, en la etiqueta que genera el sistema aparece el número, esta se adhiere al paquete de forma que quede perfectamente legible ya que en ella van los datos necesarios para el curso, entrega y seguimiento del envío. Si el paquete azul es de clientes con contrato admitido por albarán, la etiqueta que debe llevar adherida es la etiqueta de P.Azul. Cuando el envío ha sido admitido en Iris y se ha impreso la etiqueta, el sistema genera el formulario digital, para entregar al cliente. Si no se ha seleccionado admisión con digitalización, se valida el M-11A, donde aparecerán todos los datos grabados en Iris: - Datos remitente - Datos Destinatario - Producto - Número de envío - Oficina de admisión - Importe del envío - Fecha de Admisión - Peso volumétrico - Valores añadidos, si los tiene.
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A continuación, se entrega el formulario M-11A al cliente para que firme la aceptación de los datos grabados en el sistema y el condicionado legal. Si se ha generado el formulario digital, la firma va embebida ya que el cliente ha firmado en la tableta digitalizadora.
5.1 ADM ISI ÓN DE PAQUETE RÍA INT ERN ACIONA L ( GENÉRICA) Para la admisión de la paquetería Internacional, el operador graba en Iris los datos completos de: remitente, destinatario y contenido del envío. El número del envío lo genera el sistema una vez se ha dado de alta en Iris. En los envíos dirigidos a Unión Europea desde Península y Baleares, al terminar la admisión, el sistema generará la “Etiqueta comercial con declaración de contenido”, que también se incluirá en la bolsa de documentación aduanera y viajará con el envío, para así poder comprobar en por parte de Seguridad el contenido del envío siempre que la imagen del escáner no sea clara. Una vez dado de alta en Iris el envío, en la etiqueta que genera el sistema aparece el número, se le adhiere al paquete de forma que quede perfectamente legible, ya que en ella van los datos necesarios para el curso, entrega y seguimiento del envío. Cuando el envío ha sido admitido en Iris aparecen en la tableta digitalizadora los datos grabados para que el cliente los verifique y acepte con su firma. A continuación, se imprime la etiqueta del envío y se genera el formulario con la captura de la firma del cliente. Si no se ha seleccionado la admisión con digitalización es necesario validar el M-11i, donde aparecerán todos los datos grabados en Iris: - Datos remitente. - Datos destinatario. - Producto. - Número de envío. - Oficina de admisión. - Fecha de admisión. - Peso volumétrico. Es obligatorio presentar el M-11i M-11i al cliente para que firme la aceptación de los datos datos grabados en el sistema y el condicionado del servicio.
5.2 5. 2 AD ADMI MISI SIÓN ÓN PA PAQ Q 10-14 -24 Cuando un cliente desea que sus envíos (documentos o mercancías) sean entregados con la máxima urgencia, tenemos la posibilidad de ofrecerle que los envíe, según el destino y urgencia en la entrega, por las siguientes modalidades: - Envíos nacionales: Paq10, Paq14 o Paq24 horas. · El Paq 10 tiene compromiso compromiso de puesta a disposición del cliente al siguiente día laborable de su admisión, antes de las 10 de la mañana. · El Paq 14 tiene compromiso compromiso de puesta a disposición del cliente, antes de de las 14 horas del siguiente día laborable de su admisión. · El Paq 24 tiene compromiso compromiso de puesta puesta a disposición disposición del cliente, cliente, al siguiente día laborable al de su admisión. - Envíos internacionales: Con embalajes libre servicio servicio y Paq 24 para para Portugal.
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El sistema informa de la fecha estimada de tránsito. En la pantalla de admisión, al seleccionar la localidad de destino, aparece un mensaje indicando el día de entrega. Para que se cumpla con esta calidad deben haber sido admitidos antes de: - 17 horas en oficinas que tengan turno de tarde. - 14 horas en oficinas que tengan turno de mañana. Cada oficina debe saber cómo se cursan estos envíos, al abrir la aplicación de Correos Express está indicado en la pantalla. Para admitir este tipo de envíos se accede a la aplicación de Correos Express desde la página principal de Iris haciendo la llamada a través de llamadas externas. Una vez en la aplicación, se puede elegir el país de destino: España o Portugal. A continuación, se introducen código postal de destino, número de bultos, peso, peso volumétrico y la aplicación devuelve el importe del envío según sea: Paq10, 14 o 24, (si se elige como destino Portugal, el único producto que se activa es el Paq 24) y una vez elegido el producto por el cliente se pasa a grabar los datos. Se graban los datos de remitente y destinatario (en el campo teléfono del destinatario se puede introducir un número de teléfono fijo). Siempre se ha de grabar el teléfono de remitente y destinatario para poder solventar, sin perder fecha, cualquier incidencia en la entrega. Se pueden grabar cinco bultos por expedición, con un peso total de 100 kilos y peso unitario máximo 30. El peso no se captura de la Epelsa automáticamente, ya que se trata de una aplicación externa a Iris. Servicios adicionales que pueden tener: - Reembolso. Puede admitirse hasta un valor de 2.499 € por expedición, la forma de abono al remitente siempre será por cuenta corriente, por lo que es imprescindible grabar el número de cuenta de ingreso. - Seguro. Puede asegurarse la expedición por un valor de hasta hasta 6.000 €. - Entrega en sábado, sólo para el Paq 14 Se pueden admitir envíos dirigidos a : - Apartados de Correos: para ello se marca marca esta opción en la aplicación y se introduce el número de apartado y código postal de destino y la aplicación devuelve la oficina en la que se encuentra el apartado. - CENTRO PENITENCIARIO: cuando los envíos lleven como dirección un Centro penitenciario, debe detallarse en el campo Observaciones: la contraseña o clave del interno (que deberá facilitar el remitente) y advertir al remitente que hay algunos centros penitenciarios que no admiten envíos. Siempre debe grabarse el teléfono del remitente. No se pueden emitir envíos con destino Lista de Correos.
A. Grabación datos La aplicación te solicitará una serie de datos obligatorios, con los que se realizará el cálculo del precio del envío: - Apartados postales: apartado apartado postal al que se va a enviar el envío. Esta opción permite que el destinatario del envío sea un apartado postal. - País: país al cual se va a realizar realizar el envío. Si su sucursal ofrece servicios internacionales, internacionales, podrá seleccionar cualquier país. - C. Postal Postal / Localidad: código código postal o localidad que indique el remitente. - Bultos: número de bultos del envío. - Con embalaje: sobre o caja de embalaje corporativo; si selecciona esta opción, el peso y los bultos del envío no serán necesarios.
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Peso: peso en gramos del envío. Medidas Alto/Ancho/Fondo: medidas del paquete o la mercancía que se desea transportar, expresadas en centímetros. Introducir los datos básicos para realizar la Simulación. Si el cliente ha optado por la opción de “con embalaje”, no hará falta rellenar los bultos y el peso del envío, puesto que Estos ya se han definido según la opción deseada. Los datos del remitente a cumplimentar serán: - Tlf. Móvil: teléfono móvil del remitente. Este dato quedará registrado, por lo que cuando tenga que realizar un nuevo envío del mismo remitente, con introducirlo el sistema mostrará el resto de la información. - Nombre: nombre del remitente. - Contacto: persona de contacto. - E-mail: correo electrónico del remitente. - C. Postal/Localidad: Código Postal del remitente. - Dirección y Número: domicilio del remitente. - Notas: información adicional - Ocultar datos del remitente en etiqueta: si selecciona esta opción, los datos del remitente no aparecerán en la etiqueta del envío. Los datos del destinatario a cumplimentar serán: - Tlf. Móvil: teléfono móvil del destinatario. - Nombre: nombre del destinatario. - Contacto: persona de contacto. - E-mail: correo electrónico del destinatario. - C. Postal/Localidad: Código Postal del destinatario. - Dirección y Número: domicilio del destinatario. - Código Contacto: esta opción permite guardar los destinatarios que desee, que quedarán registrados como contactos. Para ello sólo ha de introducir bien un número para identificar el contacto (1, 2, 3...n) o su código postal y pulsar “Guardar Contacto”. Para recuperar un contacto guardado previamente, sólo ha de introducir o el Código de Contacto o el Código Postal y seleccionar la lupa Para solicitar la factura se hace al terminar la grabación del envío, ampliando los datos que solicite la aplicación para poder expedirla, y se genera automáticamente por la impresora del sistema, por lo que el cliente se la lleva en el momento. Si al admitir el envío se olvida solicitar la factura, se puede solicitar a posteriori desde la aplicación, siguiendo las instrucciones del manual de usuario: FACTURAS DE ENVÍOS, que aparece arriba en la pantalla de la aplicación, como el resto de manuales. Si el cliente la solicita y se le extravía también se puede volver a solicitar, igualmente las instrucciones están en el manual. Una vez grabados todos los datos y comprobados con el cliente que son correctos, se admite el envío y se envía la orden de impresión de la etiqueta a la impresora de etiquetas. Se imprimen tantas etiquetas como bultos tenga la expedición. A continuación, se imprime el resguardo por que se entrega al cliente. Si cuando se ha impreso la etiqueta, se comprueba que hay algún error, existe la opción de modificar y volver a imprimir una nueva etiqueta y resguardo. Se comprueba con el cliente que todos los datos son correctos. De nuevo hay que pulsar “Grabar Envío”, aparece en pantalla un mensaje que indica que se ha enviado el resguardo a la impresora y que, a continuaciónn, se imprimirá la etiqueta.
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Solo se imprime una copia del resguardo que se entrega al cliente, la oficina no tiene que quedarse con ningúnn resguardo. Una vez admitido el envío, automáticamente la aplicación genera una orden de recogida en Correos Express, que la reporta también de forma automática al rutero que tenga asignada esa oficina. Nunca deberán pasar a recoger los envíos antes de la hora de calidad, es decir, las 17 horas o las 14 horas. El curso de los envíos es diferente según el horario de la oficina: - Todas las oficinas con turno de tarde, los envíos son recogido por personal de Correos Express. - Las oficinas de capital de provincia con turno de mañana también son recogidas por personal de Correos Express, siempre antes de las 15 horas. En estas oficinas si llegada esta hora no ha pasado el rutero de Correos Express, “extraordinariamente” se cursarán por la ruta provincial de Correos, para asegurar que no pierden fecha de calidad. - Resto de oficinas con turno de mañana, se cursan cursan los envíos a través de la ruta provincial de Correos. Como se ha indicado, cada oficina debe saber cómo se cursan estos envíos ya que al abrir la aplicación de Correos Express está indicado en la pantalla. Las oficinas que cursan los envíos por la ruta provincial de Correos, los incluirán en un contenedor exclusivo, identificándolos perfectamente con la etiqueta exclusiva de Correos Express. Los envíos se contenerizarán contenerizarán en bandejas o al descubierto según tamaño, tamaño, en estos estos se adherirá una etiqueta de Chrono cerca de la etiqueta de dirección para que puedan ser localizados con facilidad en los centros de tratamiento.
5.3 5. 3 PA PAQ Q RE RETOR TORNO NO Correos está potenciando la gran capilaridad de su red de oficinas en la captación de envíos de logística inversa, para envíos que han sido previamente cursados por Correos u otros operadores, igualmente este segmento trabaja envíos generados por particulares con destino empresas con contrato que se hacen cargo de los gastos. En su línea de innovación constante Correos ha creado dos productos: Paq Retorno y Paq Retorno Premium.
A. Paq Retorno Servicio especialmente enfocado para aquellas empresas en las que no es necesario vincular el tracking de la devolución del cliente al del envío de la venta inicial.
a. Opción A: Retorno de Paquetería con Preregistro -
Para envíos solo de vuelta, la empresa generará generará la Información del del envío de Vuelta en el momento que desee. - Plazo de validez del código de envío configurable: Hasta un plazo máximo máximo de 6 meses. - Disponibilidad de Embalajes: la empresa podrá poner a disposición de sus clientes los embalajes de Correos para la devolución de la Mercancía. El cliente le solicita a su empresa la devolución de un envío a través del sistema preestablecido por ella misma (Web, email, SMS...). La empresa autoriza la devolución con una referencia única y registra todos los datos del envío. Después notificará el Código o la etiqueta de envío a su cliente. Paq Retorno y Paq Retorno Premium están especialmente diseñados para que las empresas que trabajan en el mundo online, puedan garantizar a sus clientes una excelente política de devoluciones y cambios. La empresa genera un fichero de preregistros con los envíos correspondientes a las devoluciones solicitadas hasta ese momento, que estarán disponibles en Correos para ser admitidas el día siguiente.
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La empresa podrá generar los envíos por OV2, GECO, Fichero de Carga o Web Services. En este punto se indicará el Plazo de Validez del envío y si se autoriza el uso de Embalaje. El cliente se dirige a cualquier oficina de Correos con el envío y el Código de envío etiqueta de envío generada por la empresa. Al introducir dicho código, se recuperan los datos del envío. En la oficina se validan los datos y el peso, y se imprime la etiqueta del envío (si fuera necesario) y el resguardo de admisión. Por último, se admite el envío. En caso de discrepancia entre el peso indicado en la etiqueta del cliente y el peso real, se procederá a reetiquetar el envío con una etiqueta generada por IRIS en la que figure el peso real del mismo
b. Opción B: Retorno de Paquetería sin Preregistro Para envíos solo de vuelta, la empresa genera la etiqueta y el cliente va con la etiqueta impresa para su admisión en la oficina. Con esta modalidad no es configurable el periodo de validez, la etiqueta no caducaría en ningún momento. La empresa genera las etiquetas siguiendo la estructura indicada por Correos, y las distribuye a sus clientes por vía física o telemática. El cliente presenta el envío con la etiqueta impresa en cualquier Oficina de Correos. En la Oficina se comprobará la autenticidad del envío y que su empresa autoriza expresamente este servicio. Se procederá a grabar todos los datos de envío y se validarán los datos de peso y peso volumétrico. Si la etiqueta estuviera dañada se procedería a reetiquetar el envío. Se generará un resguardo de admisión. Se admite el envío.
c. Valores añadidos -
Plazo de validez del código de envío configurable (solo para Paq Retorno con pre registro): hasta un plazo máximo de 6 meses. Disponibilidad de Embalajes: la empresa podrá poner a disposición de sus clientes los embalajes de Correos para la devolución de la Mercancía. Seguro Todo Riesgo: los envíos del Paq Retorno pueden pueden asegurarse. Reembolso (Pago en la admisión): la empresa puede solicitar que el envío de PaqRetorno genere un pago en la admisión en oficina de Correos por parte del cliente que quiere realizar la devolución, para ingresarlo en su cuenta y por ejemplo, cubrir el coste del porte del envío. El importe máximo es de 1.000€.
B. PAQ PAQ RETOR NO PRE MIUM El máximo control de sus envíos, asociando el tracking de la devolución del cliente, al tracking del envío de la venta que realizó inicialmente.
a. Opción A: Generación del envío de vuelta junto al envío de ida La empresa generará el envío de ida y el envío de vuelta al mismo tiempo. Podrá generarlo mediante OV2, GECO, Fichero de Carga o Web Services. Plazo de validez del código de envío configurable: hasta un plazo máximo de 6 meses. Disponibilidad de Embalajes: la empresa podrá poner a disposición de sus clientes los embalajes de Correos para la devolución de la Mercancía. La empresa genera el envío de Ida mediante OV2, GECO, Fichero de Carga o Web Services, y a su vez genera el envío de vuelta. En este punto se indicará el Plazo de Validez del envío y si se autoriza el uso de Embalaje.
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El cliente solicita a su empresa la devolución del envío por el sistema preestablecido por la empresa (Web, mail, SMS…). La empresa autoriza la devolución y notificará el Código o la etiqueta de envío a su cliente. El cliente se dirige a cualquier oficina de Correos con el envío y el Código de envío o etiqueta de este generada por la empresa. Al introducir dicho código, se recuperan los datos del envío. En la oficina se validan los datos y peso, y se imprime la etiqueta del envío (si fuera necesario) y el resguardo de admisión. Se admite el envío. En caso de discrepancia entre el peso indicado en la etiqueta del cliente y el peso real, se procederá a reetiquetar el envío con una etiqueta generada por IRIS en la que figure el peso real del mismo.
b. Opción B: Generación del envío de vuelta en cualquier momento -
La empresa generará el envío envío de vuelta en el momento momento que desee, indicando el el envío de ida asociado. Podrá generarlo mediante OV2, GECO, Fichero de Carga o Web Services. - Plazo de validez del código de envío configurable: hasta un plazo máximo máximo de 6 meses. Disponibilidad de Embalajes, la empresa podrá poner a disposición de sus clientes los embalajes de Correos para la devolución de la Mercancía. - El cliente solicita solicita a su empresa la devolución del envío por el sistema preestablecido por la empresa (Web, mail, SMS…). La empresa autoriza la devolución con una referencia única y registra todos los datos del envío. Después notificará el Código o la etiqueta de envío a su cliente. La empresa genera un fichero de pre-registros con los envíos correspondientes a las devoluciones, que estarán disponibles en Correos para ser admitidas el día siguiente. La empresa podrá generar los envíos por OV2, GECO, Fichero de Carga o Web Services. En este punto se indicará el Plazo de Validez del envío y si se autoriza el uso de Embalaje. Al día siguiente, el cliente se dirige a cualquier oficina de Correos con el envío y el Código de envío o etiqueta de envío generado por su empresa. Al introducir dicho código, se recuperan los datos del envío. En la oficina se validan los datos y peso, y se imprime la etiqueta del envío (si fuera necesario) y el resguardo de admisión. Por último, se admite el envío.
c. Valores añadidos -
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Plazo de validez del código de envío configurable: hasta un plazo máximo de 6 meses. meses. De esta manera, la empresa puede decidir el plazo de tiempo que otorga a sus clientes para poder realizar una devolución. Disponibilidad de Embalajes: la empresa podrá poner a disposición de sus clientes los embalajes de Correos para la devolución de la Mercancía. Seguro Todo Riesgo: Los envíos del Paq Retorno Premium pueden asegurarse. Reembolso (Pago en la admisión): La empresa puede solicitar que el envío de Paq Retorno Premium genere un pago en la admisión en oficina de Correos por parte del cliente que quiere realizar la devolución, para ingresarlo en su cuenta y por ejemplo, repercutir el coste del porte del envío. El importe máximo es de 1.000€. Entrega con Recogida: Permite a cualquier empresa disponer de una solución para la entrega y recogida simultánea de cualquier tipo de documentación o mercancía, con la posibilidad de realizar cualquier acción adicional.
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5.4 5. 4 PA PAQ Q BI BICI CICLE CLE TA A. Admisión Para admitir un Paq Bicicleta se han de realizar dos pasos: 1) Venta del embalaje: embalaje: Caja bicicleta 2) Admisión de un Paq Estándar (libre de servicio) Accedemos a la pantalla de admisión de “envíos postales” en IRIS, y dentro de esta a la admisión de Paq Estándar poniendo un peso de 20 kilos. A continuación, se selecciona Pack libre servicio y se elige: Paq Bicicleta 72. Al elegirlo, cambia el importe del seguro a 300 € y se abre un desplegable de Tiempo en lista con varias opciones. Por defecto, son los 15 días del Paq Estándar, pero como opción tendrá 20, 30 o 60 días de permanencia en Lista, cuando elija uno u otro período, el precio del Paq bicicleta se incrementará según la tarifa del período de permanencia en lista. Eligiendo el período de 15 días: El precio se mantiene. La tarifa que aparece en la admisión del Paq bicicleta 72 es la obtenida de restar al total el importe del embalaje, de tal forma que una vez admitido el Paq de libre servicio, al cobrar la bolsa nos aparecerán los conceptos a cobrar. En el caso de haber elegido eleg ido cualquier otro tiempo de permanencia en lista en el desglose de la bolsa aparecerá el importe de la tarifa del tiempo elegido.
B. Internacional La admisión se realiza desde la pantalla de Paquete internacional Económico. Una vez se ponga el peso de 20 kilos, se desplegará la posibilidad de chek de Pack Libre Servicio donde elegiremos. “PAQ bicicleta económico Portugal”, o Francia o Resto en función del país elegido. En este caso no se desplegará ninguna opción de permanencia en lista, marcándose el importe del seguro de 300 €. Se completan las pestañas de Destinatario y Remitente y la de contenido del envío. Al no haber en el desplegable de descripción de contenido bicicleta, se elegirá “Artículos deportivos”.
5.5 A DMI SIÓ N EQU IPAJES REN FE El servicio se puede contratar y modificar a través de la web www.renfe.com hasta las 12 horas del día laborable anterior a la fecha de recogida del equipaje, e quipaje, y el cliente selecciona el punto de recogida y entrega: un domicilio, una oficina de Correos, un hotel, una estación de ferrocarril o allí donde desee. Las maletas se admiten, como máximo, hasta dos horas antes de la salida del tren. Al realizar la facturación se le genera una referencia que es la que se necesita en la oficina para realizar la admisión.
A. Oficina de admisión Este tipo de envíos para las oficinas son envíos prerregistrados de admisión por referencia. Pueden ser envíos: monobulto o multibulto, hasta veintisiete envíos con una referencia. El servicio de RENFE Equipajes permite contratar el envío de equipaje convencional como maletas, mochilas o bolsos de mano, con unas medidas máximas de 150 x 70 x 50 cm y un peso máximo de 25 kilos por bulto, el volumétrico no es necesario realizarlo. El tamaño y forma de los envíos puede romper los esquemas por su variedad, pueden ser una maleta, unos skies, un carrito de bebe, etc., pero sí deben estar bien embalados. A la oficina pueden llegar los equipajes por dos vías:
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El mismo cliente se presenta presenta en la oficina con el equipaje, para remitirlo a través de Correos una vez lo ha facturado en la web de RENFE al comprar su billete, debe portar una referencia, sin esta referencia no se puede admitir. Por el personal personal de distribución distribución que haya recogido en el domicilio del cliente el equipaje y lo ha de traer con la etiqueta de Paq Premium o adjuntar al equipaje la referencia que se le generó al cliente en el momento de realizar la facturación. Sin la etiqueta adherida a cada bulto o sin referencia no se puede admitir.
B. Proceso de admisión Situados en la pantalla inicial de admisión de envíos postales, se introduce la referencia en el campo “Código de envío”. Se pulsa intro y el sistema devuelve todos los datos del envío, si es un solo envío, o los números de todos los envíos si la expedición es multibulto: - MONOBULTO. A continuación, se pulsa aceptar y aparece el mensaje de impresión de etiqueta que se coloca al envío cuidando de que quede perfectamente adherida y validación del M-11A, como en cualquier otra admisión. - MULTIBULTO. Al haber introducido la referencia y pulsar intro, aparece una pantalla con todos los números de los envíos que forman la expedición. Cliqueando en cada uno de los números aparece toda la información del envío como si de una admisión monobulto se tratara, se acepta y se imprime la etiqueta que se coloca al envío cuidando de que quede perfectamente adherida y se valida el M-11A. La aplicación vuelve a la pantalla en la que aparecen todos los envíos que forman la expedición, se siguen admitiendo hasta finalizar todos. Puede ocurrir que alguno de los bultos incluidos en la referencia no lo traigan, no importa, se realiza la admisión de los que tengamos y el que falte puede ser admitido en otro momento siempre que nos aporten la referencia. Cada etiqueta que se genere se pega en cada uno de los equipajes y la copia del M-11A se reserva en la oficina para archivar con el resto de la documentación de la serie 2 y el original se ha de entregar al cliente o al personal de distribución para que lo entregue al cliente.
C. Otros bultos El cliente puede llevar junto a los equipajes que figuran en la referencia, algún otro bulto que desee enviar abonándolo en la oficina, este envío o envíos se admitirán por la modalidad que desee el cliente y con los requisitos habituales para el producto elegido.
D. Entrega E ntrega en oficina A la hora de la entrega en oficina no tiene ninguna característica diferenciadora puesto que llegará como Paq Premium, por lo que se introducirá en el canal correspondiente y pondrá a disposición del cliente.
5.7 ADMISI ÓN DE ENVÍOS CON CON TRÁMITE S ADUANE ROS A. Definición de envíos A efectos de aduanas existen dos tipos de envíos:
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Envíos comerciales: son los que contienen cualquier mercancía mercancía exportada o importada en el marco marco de una transacción comercial, tanto si esa mercancía se vende por dinero como si se intercambia. Envíos de Empresa-a-Empresa, de Empresa-a-Cliente o de Autónomo-a-Cliente. Envíos no comerciales: son aquellos envíos que se intercambian entre particulares, pudiendo pudiendo contener regalos, muestras u objetos personales con carácter ocasional, que por su naturaleza, valor o cantidad no se utilicen con fines comerciales.
B. Productos susceptibles de trámites aduaneros NACIONAL - Paquete Azul - Postal Exprés nacional - Paquete Postal (sólo válido para editoriales, distribuidoras y establecimientos de venta del sector del libro) - Paq Premium - Paq Estándar - Carta Certificada - Carta Certificada Urgente
INTERNACIONAL -
Paquete Internacional Económico Paquete Internacional Prioritario Postal Exprés Internacional Paquete Light Carta Certificada Internacional Carta Certificada Urgente Internacional
C. Ámbito Los envíos de/para los territorios con régimen fiscal distintos al de la España peninsular y Baleares están afectados por los trámites aduaneros: REGIÓN/PAÍS España Andorra y Gibraltar Unión Europea:
REGIÓN/PAÍS AFECTADO POR TRAMITES ADUANEROS Ceuta, Melilla, Canarias Andorra y Gibraltar (Fuera de la UE)
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Todos los países fuera de la UE Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Croacia.
D. Impresos/documentos a. CN22-CN23 El CN22 se utiliza para envíos de 300 DEG de valor y el C23 para mayores valores (se genera desde IRIS, para su firma por remitente)
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CN22
b. CP72 Es un impreso agrupar dos formularios en CN23/CEP71.
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c. Factura No puede ser sustituido por ningún otro documento (albarán, nota de entrega, etc.). Se debe aportar el original y las copias que sean necesarias. Datos obligatorios en factura: - NIF/CIF del remitente. - Nombre o razón social del remitente. - Domicilio del remitente. - NIF/CIF del destinatario. - Nombre o razón social del destinatario. - Domicilio del destinatario. - Valor de la mercancía (nunca igual a cero). - No puede incluir IVA o concepto similar (siempre valor cero) - Número y fecha de la factura. - Descripción suficiente de la mercancía de la que se trate - Expresión monetaria del precio de venta.
d. DUA Correos Se ha de aportar la factura por triplicado con los datos anteriormente remarcados y el Documento de Autorización y Despacho Representación firmado y sellado. Cuando el cliente solicita esta opción es necesario cumplimentar el Documento de autorización de despacho y representación. Este documento autoriza a Correos a actuar en representación del remitente ante los Órganos de Aduanas de la Agencia Tributaria en el procedimiento de Despacho Aduanero de Mercancías (DUA). Debe estar cumplimentado en todos los campos, firmado y sellado para el caso de empresas. Solo se considerarán válidos los documentos descargados desde la Web de Correos (www.correos.com), en los que se tienen que visualizar la marca de agua de Correos y con el logo al fondo. Hay un modelo para autónomos y otro para empresas. Al descargar el documento, se marca el número de envíos que componen la remesa aduanera y el sistema imprime tantas copias como envíos tiene la remesa. En el escrito de autorización debe constar: - Nombre de la empresa vendedora con su correspondiente CIF. - Nombre del representante legal de la empresa empresa con con su correspondiente CIF. - Firma del representante legal, firma firma y sello de la empresa. - Número de envíos que van del mismo remitente al mismo destinatari destinatario o y se entregan en el mismo punto. Debe haber coincidencia entre los datos del Escrito de Autorización con los datos que figuran en la factura.
e. DUA otros Se ha de aportar la factura por triplicado con los datos anteriormente remarcados y el anexo 9 del levante del DUA.
f. EAI-T2LF Esta opción es válida para envíos con un valor comercial entre 22 € y 3000€ sin (IVA/IGIC) o que se trate de transferencias dentro de la misma empresa. Siempre ha de generar una agrupación EAI. Además estos envíos deberán OBLIGATORIAMENTE tener una mención en la factura “T2LF - MERCANCÍA SIN DECLARACION DE EXPEDICIÓN” No válido para para envíos que contengan tabaco o alcohol.
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g. Facturas envíos a Canarias de valor inferior a 22 € h. Documentación suplementaria En el caso del DUA para envíos dirigidos a terceros países no pertenecientes a la UE con determinadas mercancías tales como productos farmacéuticos, fitosanitarios, etc., se requerirá, además, y según el caso: - Certificado de Control de Calidad SOIVRE. - Documento Oficial de Control Sanitario de Mercancías. - Certificado Fitosanitario. - Certificado Sanitario/ Control de Medicamento. - Etc. El cliente exportador debe presentar la documentación necesaria en cada caso teniendo que conocer la normativa. No obstante, si la desconociese se le puede remitir a la página web de Correos. La no presentación por el exportador de cualquiera cualquiera de los certificados legalmente legalmente necesarios, es motivo suficiente para la devolución de los envíos al remitente. Se presentará el original del certificado más una fotocopia del mismo.
E. Admisión (contenido mercancías) En el proceso de admisión en IRIS, tras señalar el destino, se activan los iconos de los productos compatibles con el destino señalado. Cuando marcamos alguno de los productos señalados en esta actividad, para alguno de los destinos indicados que requieren trámites aduaneros, IRIS lanza al usuario un mensaje de advertencia indicando que el envío puede estar sujeto a trámites aduaneros. Que efectivamente deba pasarlos o no, dependerá del contenido del envío. De la misma forma, en IRIS se activa el combo documentos DUA, con las opciones correspondientes al origen y al destino del envío. En caso de que alguna opción no sea posible entre los dos territorios aparecerá deshabilitada. Posteriormente, antes de finalizar la admisión, IRIS vuelve a lanzar un mensaje de alarma al usuario, advirtiéndole de nuevo si el envío requiere pasar trámites aduaneros. Cuando el contenido del envío no son documentos, se marca la opción mercancías, regalo, muestra comercial, etc. Tras marcar dicha opción nos aparece un combo denominado Documentación DUA cuando el envío pueda pasar algún trámite aduanero.
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F. Esquema de documentación trámites aduaneros exportación
5.8 PETICIÓ N DEVOLUCIÓ N PAQUETERÍA INTERN ACIONAL Los clientes suelen solicitar devolución o reexpedición de sus envíos con mucha urgencia, especialmente cuando descubren que han sido víctimas de fraude. Casi siempre lo solicitan antes de que se cumplan los plazos mínimos de reclamación, por ello es necesario este procedimiento que no tiene plazo mínimo. Este procedimiento consiste solamente en el envío de la solicitud al país de destino. No se hace ningún seguimiento de la actuación del país de destino, ni se responde al cliente. Si el cliente necesita respuesta debe formular reclamación una vez cumplido el plazo mínimo. Los modelos para tramitar estas solicitudes son: Procesos de admisión
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CN 17- Solicitud de devolución CN 17- Solicitud de reexpedición
Se imprime el documento pulsando el botón Imprimir y se envía al fax 21212.
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No es necesario enviarlo a la atención de nadie ni añadir carátula. Tampoco es necesario adjuntar M-11 ni CP72. En casos de fraude, tampoco es necesario adjuntar copia de la denuncia. Si el cliente ha formulado reclamación en Correos, en Consumo o ante otra instancia tampoco es necesario adjuntarla. Basta con enviar el CN 17 al fax indicado. Atención al Cliente envía el documento al operador de destino por la vía más rápida disponible con el operador de que se trate: - Postalizado - Por correo electrónico - Por el sistema web de reclamaciones Atención al Cliente no hace ningún seguimiento y no responde al cliente. Correos no asume ninguna responsabilidad por la actuación o ausencia de actuación del operador de destino. En caso de solicitud de de devolución, Correos no asume asume responsabilidad si el operador de destino entrega el envío al destinatario o a persona autorizada de acuerdo con su legislación nacional. Nunca se indemniza al cliente por solicitudes de devolución sin éxito.
6. ENVÍO ENVÍ O DE DINE DINERO RO 6.1 ADM ISI ÓN GIRO CON SED I Se crea nuevo acceso desde el frontal de IRIS, desaparece del menú de admisión la opción “Giros” por “Envío Dinero”. Dentro podemos elegir entre el Comparador y Alta Envío Dinero.
A. Acces Acceso o a la funcionalidad de alta de una orden de envío de dinero Se podrá acceder a la funcionalidad de alta de órdenes de envío de dinero desde el menú de “Admisión” de la aplicación, seleccionado la opción “Envío de dinero”, desde donde estarán disponibles las opciones: - Comparador: muestra el comparador de servicios de envío de dinero. - Alta de envío de dinero: muestra muestra el formulario de alta de una orden de envío.
a. Comparador de servicios Se accederá al comparador de servicios de envío de dinero haciendo click en la opción “Envío Dinero/ Comparador” del menú de la aplicación. Desde el comparador se podrá consultar en una única pantalla las opciones posibles de envío de dinero para un país de destino y una cantidad de envío. Para ello se deberán seguir los siguientes pasos: - Se indica el país de destino seleccionándolo de la lista de países soportados. - Se selecciona el importe a enviar. Se tendrán dos formas de seleccionar el importe a enviar: · Seleccionando el importe a cobrar: El operador indicará el importe a entregar por el ordenante. El beneficiario recibirá esa cantidad menos las tasas aplicadas. · Seleccionando el importe a enviar: El operador indicará el importe a recibir por el beneficiario. El ordenante deberá abonar dicha cantidad más las tasas. El importe a enviar se indicará en Euros. El importe a cobrar podrá indicarse en Euros o en la divisa del país de destino, así, por ejemplo, si se selecciona Suiza se podrá indicar el importe a cobrar en Euros o en Marcos Suizos. (Nota: En caso de envíos de entrega por WU, será posible que en un país se admitan varias monedas de pago, pero
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desde el comparador solo será posible seleccionar la moneda que tenga asociada el país por defecto). Una vez seleccionados los criterios de búsqueda, se deberá hacer click el botón “Buscar”. Al hacerlo se mostrarán todos los servicios de envío disponibles ordenados por prioridad. El operador deberá informar al cliente de los servicios disponibles por orden de prioridad. El comparador tendrá en cuenta los límites y restricciones de envío de dinero para el país de entrega seleccionado, por lo que solo se mostrarán aquellos servicios que cumplen con las características de entrega seleccionadas. Para cada servicio disponible se mostrará la siguiente información: - Nombre del producto. producto. Nombre del producto producto ofrecido, por ejemplo, Giro Nacional. - Modalidad. Indica, Indica, la modalidad de pago, por ejemplo, para para Giro Nacional tendremos tendremos la modalidad modalidad de pago “Envío Giro Inmediato”. - Canal de entrega. Indica el canal que se usará para realizar la entrega de dinero, por ejemplo, Eurogiro, Correos, UPU. - Tiempo de entrega. Indica el tiempo que que se tardará en hacer efectivo el pago. En caso de que se indique 0 minutos, significará que el pago se hará de forma urgente. - Medio de pago. Indica la forma en la que se se realizará el pago al destinatario, destinatario, por ejemplo, metálico. - Importe girado. Indica el importe a recibir por el beneficiario. - Tasa fija. Importe fijo cobrado por el envío. - Derechos. Indica la tasa tasa porcentual porcentual cobrada cobrada al remitente por el envío. - Importe total. Muestra el importe a abonar por el cliente por la contratación del servicio. En caso de que haya alguna promoción vigente, se mostrará tanto el importe con la promoción como el importe sin la promoción y la fecha de finalización de dicha campaña. - Servicios de entrega disponibles, por ejemplo, SMS a destinatario o entrega a domicilio y su tarifa. En caso de seleccionar o de-seleccionar un servicio adicional, se actualizará el importe total mostrado. El operador, por petición del cliente, podrá imprimir la información mostrada en el comparador haciendo click en la opción. La siguiente figura muestra un ejemplo, donde para los criterios seleccionados se muestran tres opciones disponibles. En la opción de “Giro Inmediato” se ve que hay una campaña vigente. En este caso se muestra el precio que aplicaría si no hubiese una campaña y el precio que aplica con la campaña. También se muestra la fecha de finalización de la campaña.
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B. Dar de alta de una orden de envío Se podrá acceder al formulario de alta de una orden de envío desde estos dos puntos: - Desde el menú de opciones, haciendo click en la opción “Envío Dinero/ Alta de envío de dinero”. - Desde el comparador de servicios, seleccionando sobre una de las opciones mostradas mostradas en el mismo. En ambos casos el formulario de alta será el mismo, con la diferencia de que, en caso de acceder desde el comparador, se mostrarán precargados los datos seleccionados en el comparador. El formulario de alta de una orden de envío se estructurará en las siguientes secciones: - Datos generales. en esta sección se indicará la información de entrega del dinero: cantidad económica, país de destino, canal de entrega y servicios adicionales de entrega. - Servicios adicionales: en esta sección se podrán indicar indicar los servicios adicionales a contratar. - Información del destinatario: en esta sección se indicarán los datos identificativos del beneficiario del envío de dinero. - Información del remitente: en esta sección se indicarán los datos. - Detalle económico de la transacción: en esta sección se muestra el detalle económico económico de la transacción: Importe a enviar, importe a recibir, tasas y tipo de cambio aplicado. Antes de rellenar los datos del destinatario y del remitente, deberá indicarse obligatoriamente los datos de la transferencia, ya que estos datos, determinan la información a solicitar para remitente y destinatario. Una vez rellenado todos los datos, se deberá pulsar el botón aceptar. Al aceptar la operación, el importe o cobrar por la orden de envío se suma a la bolsa. La siguiente figura el formulario de alta de una orden de envío.
C. Datos generales En caso de que el formulario de alta se muestre desde el comparador, esta información vendrá precargada. En caso de que el formulario de alta se muestre directamente desde el menú de opciones, el operador deberá indicar estos datos antes de poder continuar rellenando el resto de los datos. Estarán disponibles los siguientes productos y modalidades.
a. Giro Nacional Permite hacer envíos de entrega en España por correos. Este producto estará disponible cuando el país destino seleccionado sea España. Las modalidades disponibles para Giro nacional serán las siguientes: - Envío Giro inmediato - Envío Giro urgente de entrega en domicilio - Envío Giro ordinario de entrega en domicilio - Envío orden de ingreso en cuenta - Envío a Prisiones
b. Giro Oficial Nacional Mediante este producto se permite hacer envíos oficiales de entrega en España. Las modalidades disponibles son: - Envío ordinario oficial - Envío urgente oficial
c. Giro entrega internacional -
Eurogiro: permite hacer envíos de entrega internacional por Eurogiro. Este servicio estará disponible cuando se seleccione como país de destino un país con el que se tenga acuerdo con Eurogiro.
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Giro entrega internacional – UPU. Permite hacer envíos de entrega internacional por UPU.
d. Servicios de entrega adicionales Cada canal de entrega cuenta con una serie de servicios de entrega que podrán ser contratados por el remitente de la orden de envío. Estos servicios podrán tener cargos adicionales que automáticamente serán calculados por el sistema y requerirán que e l operador indique información relativa a los mismos. Se contarán con los siguientes servicios de entrega adicionales: - Envío de SMS a destinatario. El operador deberá indicar un número de teléfono móvil que se guardará como teléfono del destinatario. - Envío de SMS a remitente. El operador deberá indicar un número de teléfono móvil que se guardará como teléfono del remitente. - Envío de SMS al Destinatario y Remitente. Si existe está opción, al seleccionar ambos servicios de SMS se aplica la tarifa unificada, en vez de la individual de cada servicio. - Entrega a domicilio. Si se selecciona la opción de entrega a domicilio, el operador deberá indicar la dirección de entrega del envío pudiendo para ello indicar una dirección postal o un apartado postal: · Dirección postal del del destinatario. Se deberá indicar la calle, localidad y código postal. · Apartado postal postal del destinatario. destinatario. Se deberá indicar indicar el código código de la oficina de entrega y el número del apartado postal. Importantísimo para realizar correctamente la entrega en el destino. Nunca usar el campo dirección de un envío a domicilio.
• Entrega inmediata La modalidad de entrega inmediata tendrá los siguientes servicios adicionales: SMS a Remitente y a destinatario. En este caso, si se seleccionan ambos servicios adicionales se aplicará una tarifa reducida. Por ello, si se seleccionan ambos servicios adicionales, se mostrará tachado el importe mostrado para cada servicio adicional y se mostrará el precio total a aplicar. Como se ha dicho, la disponibilidad o no de estos servicios adicionales dependerán del canal de entrega seleccionado. El formulario de alta solo mostrará aquellos servicios adiciones disponibles para el canal de entrega seleccionado. Se deberá tener en cuenta que, en algunos casos, un servicio adicional podrá ser marcado como de obligada contratación. En ese caso, se mostrará seleccionado en el formulario y no será posible des-seleccionarlo. • Entrega a domicilio La opción de entrega a domicilio se presentará también como un servicio adicional. Así, al seleccionar una modalidad de entrega a domicilio se mostrará dentro de la sección de servicios adicionales los campos a ser rellenados para realizar la entrega a domicilio. El servicio de entrega a domicilio permitirá también la entrega en apartado, asi, lo primero que se deberá seleccionar es si la entrega deberá realizarse a domicilio (opción por defecto) o en un apartado postal. La siguiente figura muestra los campos a ser rellenados para la entrega a domicilio:
D. Envío E nvío a prisiones En caso de que se seleccione la modalidad de envío a prisiones, como datos del destinatario se deberá indicar tanto el centro penitenciario como el NIS del preso. La siguiente figura muestra el caso de que se haya seleccionado la modalidad de “Envío a Prisiones”: En este caso se deberá indicar la siguiente información:
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Centro. Permite Permite seleccionar el centro de destino de una una lista desplegable. desplegable. Una vez vez seleccionado seleccionado el centro, se mostrará el Número de cuenta asociado, el cual no será modificable. NIS. Permite indicar de forma opcional el número de interno (NIS). Nombre y apellidos del destinatario. IBAN del destinatario.
6.2 CORRE OS CASH ADMI SIÓ N En estos momentos el acuerdo de Correos Cash en vigor es con la entidad financiera Mediolanum. Los pasos a seguir son: 1) Solicitar operación en metálico desde APP de Entidad Financiera (Cliente) 2) El cliente de la Entidad Financiera necesita realizar una operación de caja (ingreso o reintegro en su CC) a través de la red de oficinas de Correos.
A. Solicitar ingreso en CC desde APP de su Banco (Cliente) El cliente solicita un ingreso en su CC a través de la APP de su Entidad Financiera. En esta parte del procedimiento Correos no participa. La relación y demanda de servicio se establece entre el cliente y su entidad financiera a través de los mecanismos que tengan establecidos para la prestación de servicios. Generalmente un APP. La Entidad Financiera devuelve a su cliente una nube de puntos con la información necesaria para realizar un giro en la modalidad de OIC. El único campo que no estará informado será el importe del ingreso, que lo podrá decidir libremente el cliente, siempre que no supere los límites establecidos por Correos para los movimientos de metálico. Una vez recibido el código de operación desde su Entidad Financiera, el cliente tiene que dirigirse a una oficina de Correos para realizar la operación de ingreso en CC. Este servicio se prestará desde cualquier oficina que preste servicio de envío de dinero. Una vez en la oficina de Correos, el cliente informa del servicio deseado. En este caso, ingresar efectivo en la cuenta de la Entidad Financiera XXX de la que es titular. El empleado que atiende al cliente debe acceder a IRIS / ENVÍO DE DINERO. Dentro de las opciones de Envío de Dinero, selecciona Ingreso CORREOS CASH. La lectura de Nubes de puntos exige que la pistola lectora está correctamente configurada. Para ello se deberá leer el código que aparece en la imagen. Dependiendo del modelo de pistola habrá que leer un código u otro. Solo hay que hacer única única lectura y la pistola quedará configurada. Los códigos de configuración los podrán encontrar también en Conecta / Envío de Dinero. El empleado situará el cursor en el campo que figura en la imagen y leerá mediante la pistola lectora la nube de puntos aportada por el cliente. Los campos aparecen ya rellenos. El campo que aparece vacío es el del importe que se desea girar. Para continuar es necesario poner la cantidad a ingresar en la cuenta. Antes hay que “Aceptar” el mensaje que aparece en la ventana emergente. Si el importe informado excede los límites para las operaciones de envío de dinero, el sistema impide realizar la operación. Al tratarse de una operación de ingreso de fondos en una CC, el sujeto obligado en lo relativo a la Prevención de Blanqueo de Capitales es Correos, ya que se debe controlar el origen de estos fondos. Por esto, tras la lectura de la nube de puntos e informar del importe a ingresar, de pincha en el botón “ PBC” de la pantalla de Iris. A los clientes que soliciten este servicio se aplicará los mismos controles que al resto de clientes que demanden servicios de envío de dinero. Se solicita la firma del cliente en el formulario de admisión de Envío de Dinero.
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Se solicita el importe al cliente. Una copia del resguardo de admisión de Envío de Dinero se entrega al cliente y otra es para la oficina.
B. Solicitar retirada efectivo en APP de su BANCO (Cliente) El cliente solicita la retirada de fondos de su CC a través de la APP o cualquier otro dispositivo. La retirada siempre deberá ser en una oficina de Correos. El banco traslada a SEDI la solicitud de retirada de fondos con las características que el cliente haya explicitado en su registro a través de la APP. SEDI genera un localizador que hace llegar a la Entidad Financiera solicitante. La modalidad será de Giro Imnediato, que con el localizador podrá ser cobrado en cualquier oficina de Correos de España. La Entidad Financiera haced llegar a su cliente el código localizador. Una vez recibido el localizador desde su Entidad Financiera, el cliente tiene que dirigirse a una oficina de Correos para realizar la operación retirada de fondos. Este servicio se prestará desde cualquier oficina que preste servicio de envío de dinero. Una vez en la oficina de Correos, el cliente informa del servicio deseado. En este caso, retirar efectivo en la cuenta de la Entidad Financiera XXX de la que es titular. El procedimiento en la oficina es el de pago de un giro inmediato. Esta operativa está detallado en el proceso de Envío de Dinero y en el Manual de SEDI. La única diferencia es que al introducir en el sistema el localizador del giro inmediato, de forma automática se completan los campos necesarios para el pago del giro. El empleado de la oficina no tendrá que informar de ningún dato al sistema. Estas operaciones a pesar de realizarse a través de la aplicación de Envío de Dinero de Correos no están sujetas a controles de PBC, ya que los fondos provienen de una cuenta corriente y el ordenante del pago es el propio Banco, por lo que és este el sujeto obligado a efectos de PBC. Tras realizar la operativa en SGIE, generamos el justificante para recoger la firma del cliente. El empleado entrega el importe al destinatario junto con el formulario de pago con su firma. Una copia firmada queda en la Oficina. Una copia del resguardo de admisión de Envío de Dinero se entrega al cliente y otra es para la oficina.
6.3 TRIODOS El servicio de colaboración con el Triodos Bank para las admisiones de envíos de dinero de abono en cuenta es muy similar al procedimiento de admisión en IRIS de giro administrativo. La única diferencia operativa existe tras completar la operación, el usuario entrega al cliente el justificante de admisión junto a otro documento de información generado por la impresora multifunción, en dicho documento se informa al cliente que Triodos Bank que posteriormente se le aplicará un coste por la ejecución del servicio y del importe. Dicho importe será cargado en la cuenta de destino de los fondos de dicha operación. La operación de admisión en IRIS no tiene coste para el cliente. Además, operativamente tendremos que recoger la firma del cliente en el impreso de información diseñado al efecto, para su posterior custodia en el mueble archivador de la oficina, en una nueva carpeta llamada Triodos, durante un año. En el caso de generarse generarse solo una copia del del documento informativo informativo de Triodos Triodos por la impresora multifunción será necesario realizar una fotocopia para entregársela al cliente y otra para recoger su f irma. Ejemplo del documento informativo de Triodos.
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6.4 WES TERN UNI ON A. Definición Correos tiene concertado con Western Union la transferencia de dinero entre nuestras oficinas y los países que prestan el servicio de “Transferenc “Transferencia ia de dinero en minutos” (Will Call) que tiene las siguientes características: características: - Permite enviar y retirar dinero en cualquiera de las oficinas que Western Union tiene en más de 200 países. - El dinero está disponible minutos minutos después de su admisión en ventanilla y se mantiene en el sistema para su pago durante 90 días. A partir de este momento, si el cliente quiere recuperar su dinero o, por otro lado, mantener su pago en el país de destino, la transacción debe de ser reactivada (renovada) por los Servicios Centrales. Para ello la oficina correspondiente, tiene que ponerse en contacto con el Call Center (23 340 // 91 596 3340), para que la transferencia sea reactivada o devuelta a origen por el monto principal, para su posterior pago en el sistema. - El remitente debe informar al beneficiario que puede cobrar la transferencia en las oficinas de cualquier agente Western Union del país de destino en que el servicio esté implantado. Debe proporcionarle los siguientes datos: · Nombre y apellidos del remitente. · Importe que espera recibir. · Ciudad y país de origen. · Número de control de la Transferencia, MTCN. - El envío de dinero puede incluir servicios adicionales - Opciones de entrega: mediante notificación telefónica. Mensajes. - El pago en España, se efectúa sólo cuando cuando se presenta la identificación válida y correcta junto con el correspondiente MTCN. - El límite de España por transferencia (envío o pago) es de 3.000 euros por persona y día, tanto tanto por remiremitente como por beneficiario. Wester Unión migra a una versión denominada KYC-02. Este nuevo sistema detectará cuando un cliente de Western Union ha realizado operaciones y por consiguiente tiene la documentación escaneada en los servicios de Wester Unión, no solicitando por lo tanto el volver a escanear la documentación, independientemente si la operación es de envío o de pago. Sí que será necesario escanear los documentos de todos aquellos clientes que vayan a las oficinas de Correos por primera vez y, por lo tanto, su documentación todavía no estaba alojada en los servidores de Wester Unión.
B. Acceso Una vez encendido el ordenador y el director de la oficina ha abierto tanto la oficina como el resto de las ventanillas que están operativas en la misma accedemos al servicio de transacciones de Western Union. El acceso a la aplicación se realiza por la siguiente URL o por Iris: - Acceso por IRIS. El acceso a la aplicación aplicación estará integrado en IRIS 6, desde el botón “Llamadas a sistemas externos”. - Acceso por enlace: https://wupos.westernunion.com.
C. Pantalla inicio con sus funciones principales El sistema informará al usuario de: - Avisos críticos críticos que aparecen en la sección del tablón informativo rojo de la pantalla.
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Los destinos usados con más frecuencias, para facilitar el acceso a los mismos. Opciones en “Otros Servicios”, a la izquierda de la pantalla informará de como Modificar transacción: modificación datos beneficiario Inscripción Tarjeta Tarjeta Gold Card: inscribir a los clientes en el programa de incentivos de la Tarjeta de WU Información del país: país: comprobar comprobar las restricciones específicas del país de destino. Reporte de transferencias: comprobar las transacciones realizadas por la oficina Búsqueda de agentes: localizar los agentes pagadores en el país de destino. Informe de actividad: registro de transacción transacción a sacar por la oficina al final del día. Estado de transferencias: transferencias: consultar en qué qué estado se encuentra la transferencia. transferencia. Firma del usuario: captura firma digital del empleado.
D. Formaliz Formalización ación Una vez que estamos dentro de la aplicación, procederemos a insertar cualquiera de los criterios de búsqueda de clientes de Western Union. Los datos a insertar en el sistema los podemos anotar desde el formulario rápido de envío de dinero si el cliente remitente ha querido cumplimentarlo o bien este puede comunicarlos verbalmente (los datos a insertar siempre han de ir verificados por el personal de Correos). Si el cliente ya ha realizado transferencias de envío de dinero por medio de Western Union, WUPOS informará de ello cuando se cumplimente alguna de las opciones de los recuadros de “BUSQUEDA DEL REMITENTE”. En el caso de que el remitente nunca haya enviado la aplicación informa de ello.
Hay que cumplimentar todos los campos con asteriscos en rojo (*) Si ya existe en la base de datos de Western Union, aparecerá una lista de posibles beneficiarios. Si el cliente desea enviar un dinero a un beneficiario de la lista, se seleccionará este y todos los datos serán volcados al sistema de WUPOS. En caso de que los datos del cliente remitente no coincidan con el documento aportado (calle, no teléfono) se seleccionará “Nuevo remitente”. Del mismo modo, si el cliente beneficiario no se encuentra en el desplegable se seleccionará “Nuevo beneficiario”.
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Al igual que en las tarjetas Western Union, realice la búsqueda por cualquiera de las tres opciones, se asigna el remitente-beneficiario-país (estos datos pueden ser modificados a excepción del remitente, a lo largo de la transacción). En caso de no existir el cliente remitente en la base de datos de Western Union, se tendrán que cumplimentar todos los datos que nos informe el sistema, y la próxima vez que se presente el cliente aparecerá en la lista de clientes de WUPOS. Una vez insertados los datos del remitente hay que cumplimentar los datos del país de destino en el apartado “INFORMACIÓN DE TRANSFERENCIA” Se elegirá el país a enviar, se insertará la moneda de envío o la moneda que se quiere recibir en destino.
Instrucciones: - Observar que puede haber varias opciones de moneda moneda de pago en el país de destino, por lo que se tiene que elegir correctamente la moneda de pago. - En caso de tener que cambiar de moneda de pago o el país de destino, se puede realizar el cambio de moneda desplegando nuevamente el check list, sin perder los datos grabados con anterioridad. - Ingresar la cantidad de dinero a enviar, esta puede ser ingresada en moneda local (euros) “Cantidad de envío”, en moneda del país de destino, “Cantidad a recibir” o en “Cantidad total” donde te calcula la cantidad del monto principal a enviar más la comisión. - Si el país admite el servicio de enviar mensajes, se desplegará el campo “añadir mensaje”, y se insertará el mensaje a enviar. - También informará el sistema, si el cliente tiene un código código de promoción. - Con estos datos datos el sistema calculará el importe de la transferencia. A continuación se cumplimentará los servicios de entrega del país de destino. Si el país no tiene servicio de entrega, en el sistema por defecto se seleccionará “ninguno” Tener en cuenta que tanto la Entrega Física, la Notificación por Teléfono o Direct to Bank, pueden tener cargos adicionales, que automáticamente serán calculados por el sistema, y se podrá visualizar su importe en la ventana de WUPOS que figura en la parte izquierda de la pantalla, en la información de la transferencia o en la confirmación de la transferencia. Si el país admite un servicio adicional de entrega, se cumplimentarán todos aquellos campos que el sistema requiera. Ejemplo; Direct to Bank. Una vez cumplimentado los servicios de entrega (si el cliente solicitó alguno de ellos), se velará para que todos los datos del cliente coincidan con la documentación aportada por el mismo. Si el cliente ya existe en la base de datos, el sistema vuelva todos los datos del mismo teniéndolos únicamente que cotejar viendo que coindicen con la documentación aportada. Si el cliente tiene dirección temporal, se introducirán en el sistema ambas direcciones. Es decir, en la parte datos del remitente se introduce el domicilio que figura en la documentación, sin embargo, en dirección temporal se podrá introducir el domicilio donde esté actualmente residiendo el cliente remitente.
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A continuación, el sistema realizará la siguiente pregunta, ¿envía el dinero en nombre de un tercero? No/Sí. Siempre habrá que seleccionar “NO” debido a que Western Union no admite envíos a nombre de un tercero ni autorizaciones. Se cumplimenta el nombre del receptor siendo opcional el segundo nombre. En “Elija formato” se puede modificar para poner apellido paterno y materno del beneficiario o sólo el paterno. Seleccionamos en Pre-imprimir. Wupos devolverá el mensaje de error “R5821 – Por favor introduzca propósito válido”. En motivo de la transacción aparecen las siguientes opciones: - Ayuda familiar / Coste de vida - Ahorro / Inversión Regalo Pago de bienes o servicios / Transacción comercial - Gastos de viaje - Matrícula escolar Alquiler / Hipoteca Emergencia / Ayuda médica Caridad / Ayuda para pagos Nóminas / Gastos de empleados - Juegos Debe seleccionarse “preimprimir recibo”, pero antes es necesario capturar la imagen de ID/Documento”. Procedemos a subir la imagen desde Gescan. Se confirma la operación por parte del empleado y confirmamos la cantidad total a cobrar al cliente anotándolo en el campo “Anote la cantidad total” y validamos en “Confirmar” Por último, obtendremos el número de control (MTCN) con el reguardo en pantalla que debemos imprimir para dárselo al cliente remitente como justificante del envío ya que en la oficina no nos quedamos con ninguna copia, el resguardo queda registrado en el servidor de WU.
E. Gold Card Sirve para inscribir a un cliente en el programa de puntos de la tarjeta de Western Union. Cumplimentados todos los datos del sistema, WUPOS, asignará un número de tarjeta al cliente, donde se le irán acumulando puntos, para que estos sean canjeados en futuras transacciones. No se entrega tarjeta física al cliente.
7. LÍNEA ECONÓMI ECONÓMICA CA La línea económica comprende los siguientes productos - Cecogramas. - Libros. - Libros con tarjeta. - Publicorreo. - Publicaciones periodicas. - Publicaciones periódicas de partidos politicos y sindicatos. - Publicidad sin direccion (publibuzon) - Publicorreo óptimo Todos circulan como envíos ordinarios. Una vez identificado el producto, se comprueba que cumple con todos los requisitos para circular por Correos según la opción elegida: peso, cantidad mínima de destinatarios, acondicionamiento. Se admiten comprobando que el acondicionamiento cumple los requisitos necesarios para garantizar la seguridad del contenido. Además, se debe tener en cuenta que debe presentarse abierto o
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en embalajes que faciliten su apertura, a fin de permitir la inspección del contenido. Estos sobres abiertos pueden sustituirse por embalajes de plástico transparente, que permitan ver su contenido, pero en este caso el modelo de envase debe estar autorizado y circular solo por el servicio interior.
7.1 Publicorre Pub licorreo o estándar Para Correos, el Reglamento que regula la presentación de los Servicios Postales, considera Publicidad Directa al envío que, destinado a la promoción y venta de bienes y servicios, reúna además los siguientes requisitos: - Que esté formado por cualquier comunicación comunicación que consista unicamente unicamente en anuncios, anuncios, estudios de mercado o publicidad. - Que contenga un mensaje similar, aunque aunque el nombre, nombre, la dirección dirección y cualquier número número concreto de identificación que se asignen a sus destinatarios, sean distintos en cada caso. - Que se remita a más de 500 destinatarios, aunque estos sean de ámbito nacional o internacional. - Que se dirija a las señas indicadas por el remitente en el objeto mismo o en su envoltura. - Que su distribución se efectúe en sobre abierto para facilitar su inspección postal. postal. - Que en su cubierta figure la expresión expresión PD (Publicidad Directa) a efectos de facilitar la identificación de los envíos. En la solapa se indicará “Para inspección Postal abrir aquí”. - Las comunicaciones comunicaciones que contienen la publicidad directa con otro objeto en el mismo envoltorio, tendrán la consideración postal que, por su naturaleza, pudiera corresponder a dicho objeto, con independencia del tratamiento que reciban a efectos de tarifación. - Los catálogos se consideran envíos de publicidad directa. Son formatos que contienen direcciones, puntos de venta u ofertas de productos. Es un servicio de ámbito nacional e internacional: - Ámbito Nacional: España y Andorra. · Zona A: Aplicable a la misma localidad de origen, a capitales de provincia, a localidades con Administraciones de Correos y a poblaciones de + de 50.000 habitantes. · Zona B: Resto de destinos. - Ámbito Internacional: todos los países.
7.2 Publicorre Pub licorreo o óptimo Sus requisitos son: - Que esté formado por cualquier comunicación comunicación que consista en comunicaciones publicitarias o promocionales, muestras, catálogos, estudios de mercado o publicidad. - Que contenga un mensaje similar, aunque el nombre, la dirección y cualquier número o código de identificación que se asigne a sus destinatarios, sean distintos en cada caso. - Que se remita a más de 100 destinatarios por remesa. Se caracterizan porque: - Son envíos con dirección. Las señas podrán figurar en el objeto mismo o en su envoltura. - El personal autorizado de Correos, en especial en el proceso de admisión, podrá comprobar comprobar que los envíos cumplen con características propias del producto contratado. - Que en su cubierta o envoltura debe indicarse que se trata de un envío de Publicorreo Óptimo. Despliega sus efectos en todo el ámbito nacional: España y Andorra. El peso máximo por envío será de 800 gramos.
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7.3 Publibuzón Mínimo de 100 ejemplares.
7.4 Libros Requieren que el remitente sea una editorial, distribuidora o centro de enseñanza por correspondencia autorizados.
7.5 Publicaciones periódicas Autorizados por la Dirección Comercial de Correos. Mínimo de 50 ejemplares por remesa.
7.6 Cecogramas Todos los envíos para ciegos enviados a una organización para ciegos o por una organización para ciegos o enviados a una persona ciega o para una persona ciega, estarán exonerados de las tasas postales, con exclusión de las sobretasas aéreas, en la medida en que esos envíos sean admitidos como tales en el servicio interno del operador designado de origen. “Persona ciega” significa toda persona registrada oficialmente como ciega o con discapacidad visual en su país o que responde a las definiciones de la Organización Mundial de la Salud para persona ciega o persona con baja visión. “Organización para ciegos” significa una institución o asociación que atiende o representa oficialmente a las personas ciegas. Los envíos para ciegos incluyen la correspondencia, la literatura, cualquiera sea su formato (material auditivo), y los equipos o los materiales producidos o adaptados para ayudar a las personas ciegas a superar los problemas derivados de su ceguera, tal como se indica en el reglamento relativo a Envíos de Correspondencia.
8. ENVÍOS TELEGRÁF TELEGRÁFICOS ICOS 8.1 TELEGRAMAS Los telegramas pueden ser ser depositados desde: -
Las oficinas de Correos.
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Teléfono 902 197 197 197..
-
Correos online.
El servicio de telegrama de Correos consiste en la transmisión por vía electrónica de un texto para su entrega urgente al destinatario en una dirección determinada, a través de un aparato télex o para su comunicación al destinatario telefónicamente.
A. Cumplimentación impreso El cliente debe rellenar el impreso de admisión TG-1, donde anotará los datos relativos al destinatario, domicilio y localidad. Asimismo, puede anotar el teléfono del destinatario. En el campo reservado para la dirección puede escribir como dirección válida: un número de teléfono, o de fax.
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Además, se consideran direcciones válidas: un Apartado de Correos o “Lista de Correos”; en estos casos se utilizará la vía indicada para la entrega del telegrama. Los telegramas solo pueden dirigirse a un único destinatario, por lo que aunque la dirección sea la misma, si el cliente quiere enviar un telegrama a varios destinatarios deberá confeccionar tantos telegramas como destinatarios haya. Bajo la dirección figura el espacio reservado al texto, donde escribirá el mensaje que quiere enviar. Debe informarse al cliente que los datos de remitente no se transmiten a destino a no ser que se incluyan en el texto.
B. Admisión La admisión de un telegrama implica dar de alta dicho producto con la información mínima para ser cobrado y almacenado en IRIS6. El usuario debe seleccionar el Tipo de telegrama que se quiere admitir. A medida que se introducen datos, el sistema va mostrando los campos necesarios para completar la admisión. Se introduce un código postal válido, se vuelve a hacer clip fuera del campo o se pulsa tabulador y se muestra como obligatorio el campo No palabras reales. Se introduce el número de palabras reales que tendrá el telegrama. Tras pulsar el botón aceptar, se da de alta el telegrama en IRIS6. A continuación, sube a bolsa el importe correspondiente y aparece un mensaje solicitando al usuario que introduzca el impreso TG-1 para imprimir la validación del telegrama. Cuando se realiza la admisión, el sistema crea una bolsa de compra (o añade el importe a la bolsa existente) y muestra un mensaje informativo en la parte superior de la pantalla indicando el número de telegramas pendientes de envío. Esta alerta también se muestra en la pantalla de inicio. Si se pulsa en el enlace, el sistema muestra el mantenimiento de telegramas con todos los telegramas pendientes de envío.
8.2 ADM ISI ÓN DE FAX PÚB LICO ( BUROFAX) A. Definición El cliente no tiene que cumplimentar ningún impreso. Los datos que se insertan en IRIS se recogerán del documento que aporta el cliente o verbalmente. Para realizar la admisión de un Burofax, en el menú de inicio de IRIS, dentro de las opciones de admisión seleccionamos “Fax”. Una vez que accedemos al frontal de admisión de Fax dentro del campo “Tipo” elegiremos dentro del desplegable el tipo de Burofax que el cliente desea contratar. A continuación, informamos el “Número de Páginas” que el cliente va a enviar. No se admitirán páginas en blanco para transmitirlas. En la pestaña “Datos Destino”, constará el país donde se envía el documento (por defecto viene ESP, España), el nombre y los apellidos del destinatario del documento, la dirección, el código postal y el teléfono/fax (opcional). Si el Burofax se remite a un destino internacional se selecciona en “País Destino” las iniciales del mismo, en caso de desconocer las pulsamos en la imagen de la lupa para su localización. El Burofax solo puede dirigirse a un único destinatario, por lo que aunque la dirección sea la misma, si el cliente quiere enviar un Burofax a varios destinatarios deberá confeccionar tantos Burofax como destinatarios haya. En la pestaña “Datos Origen”, consta el país (por defecto aparece ESP, España), el nombre y los apellidos del remitente, la dirección, el código postal, y el teléfono/fax (opcional).
El remitente tiene la facultad facultad de solicitar que sus datos datos sean ocultados al destinatario, de forma que no se transmitan t ransmitan a destino, pero quedan disponibles
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para la resolución de posibles incidencias en la of icina de admisión. Para ello activaremos la casilla ocultar datos del remitente.
B. Admisión Admisión múltiple Si un mismo remitente va a enviar varios Burofax a diferentes destinatarios deberemos activar el check de Admisión múltiple, de esta forma quedan bloqueados los Datos de origen y evitaremos tener que cumplimentarlos nuevamente para cada envío. Cuando hayamos dado de alta el último Burofax debemos pulsar en Fin Adm. Múltiple; de este modo en el resguardo de imposición para el cliente aparecerán agrupados todos ellos junto al condicionado del servicio. En caso de dar de baja algún Burofax de esa admisión múltiple se genera automáticamente un nuevo resguardo con la relación de los envíos correctos, en el que no figura el anulado. El primer resguardo debe ser destruido.
C. Servicios adicionales elegidos por el cliente Si el cliente dispone de contrato, hay que activar la opción de pago diferido. Esta opción solo se activa en el Burofax Premium, donde hay que detallar el número de cliente y de contrato correspondiente. El importe de dichas admisiones no subirá a bolsa. En caso de festividad en la localidad de destino, IRIS presentará una ventana informando de esa contingencia. En este caso, si el cliente decide a pesar de todo enviar el fax, se debe anotar en el reverso del mismo la indicación “Advertido del posible retraso” y recabar la firma del remitente bajo la anotación. Es importante que se rellenen rellenen correctamente los datos datos que nos facilitan los clientes, para evitar tener que modificarlos. Si se han de modificar, siempre se hará el mismo día de admisión y antes de que el Burofax haya sido transmitido. Los datos que se pueden modificar son los de remitente y destinatario, nunca los valores añadidos.
a. Prueba de entrega electrónica (PEE) o Física (PEF) Cuando se seleccione PEE (prueba de entrega electrónica), el cliente recibirá un correo informándole del resultado de la entrega del Burofax, en el e-mail que indicó en el momento de su admisión. Si se selecciona PEF, el cliente recibirá en papel la prueba de entrega (como el AR actual).
b. Certificaciones y Copias Certificadas Las copias certificadas se pueden solicitar en el momento de la imposición o con posterioridad a esta, abonando la tasa correspondiente. En el momento de la imposición el remitente, puede solicitar una copia certificada, quedándose la oficina en poder del documento original, solo hasta generar la certificación. Si la copia certificada es solicitada con posterioridad a la transmisión, Correos puede emitir certificaciones de los mensajes transmitidos sin que para ello sea necesario que se hayan quedado los documentos originales en la oficina pues dichos documentos se custodian en e-documento durante el plazo que haya elegido el cliente en el momento de la admisión (60 o 120 meses). En el caso de envíos dirigidos a otros países, solo se podrá emitir certificación de imposición, o copia certificada de burofax impuestos en nuestras oficinas, es por ello que la certificación ha de solicitarse en el momento de la imposición ya que la oficina no guardará documentos y de los burofaxes interna-
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cionales no se guarda copia en e-documento. En este sentido, es necesario informar al cliente que para que la certificación tenga validez en el país de destino, deberá ir al consulado de dicho país en España y pedir que le visen la certificación expedida por nuestra oficina.
C. Aviso de servicio (servicio tasado) Se solicita con posterioridad a la expedición de un mensaje. Mediante este servicio, el expedidor puede solicitar la modificación de la dirección de un mensaje o la anulación del mismo. También se deben atender desde las oficinas las solicitudes de anulación de burofax que han sido impuestos on line. Queda excluida de este servicio la petición de aclaración sobre la entrega de un burofax, para este servicio se utilizará la solicitud de certificación de entrega.
D. Generar carátula y resguardo Informados los datos en el sistema, se le leen al cliente los datos grabados, antes de aceptar la grabación en IRIS, para corregir los posibles errores que hubiéramos podido cometer. Una vez verificado se pulsa aceptar, y el sistema da de alta el Burofax, subiendo el importe a bolsa, generando una carátula con una numeración NBXXXX con todos los datos informados. Esta carátula acompañará siempre a los documentos a transmitir, en ella figura también la fecha, hora de admisión, tipo de envío, valores añadidos y oficina de admisión. En esta carátula figura el número de teléfono (RICO:26666) al que hay que enviar el Burofax. Junto a la carátula el sistema imprime otra hoja con el resguardo y el condicionado, que se ha de entregar al cliente. Generada la carátula del Burofax se la presentaremos al cliente, para que firme en el espacio reservado para ello, aceptando la transmisión de los documentos aportados. Cuando el número de Burofax a enviar es elevado y el cliente no va a permanecer en la oficina hasta que se termine la admisión de dichos envíos, debe aportar una relación donde figure detallado: - Nombre y dirección del remitente. - Nombre y dirección completa de los destinatarios. - Número de páginas de que consta cada Burofax. Esta relación tiene que estar firmada por el remitente y, en caso de ser persona jurídica, además deberá aparecer el sello de la empresa o entidad. Esta relación se acompañará a los Burofax una vez admitidos y transmitidos como prueba del conforme con los datos de dichos envíos. En caso de que los documentos a transmitir se presenten en un estado que hagan prever que no llegarán correctamente a destino, se hará constar dicha circunstancia en la cubierta del impreso, con indicación de que se hará la transmisión con riesgo del expedidor. Si los datos impresos en la carátula del envío contienen algún error, que impida el correcto encaminamiento a destino, y el Burofax aún no ha sido transmitido, podemos modificar los datos de remitente y destinatario, imprimiéndose de nuevo otra carátula y resguardo. Una vez reimpresa se ha de destruir la primitiva para evitar errores. Para realizar una modificación en el menú principal, accedemos a Gestión >> Mantenimiento >> Fax. A continuación, filtramos para localizarlo y posteriormente lo seleccionamos para poder consultar los datos del envío y modificarlos en caso de ser necesario.
E. Cobrar importes y entregar resguardo Realizada la admisión, generada la carátula y el reguardo con condicionado, se procede al cobro del importe correspondiente, tanto si el cliente ha realizado un envío como si ha realizado varios. Procesos de admisión
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F. Realizar la transmisión Una vez admitido el Burofax, se procede a su envío al número de teléfono del servidor (siempre es el 26666 o 91.418.84.28). Esta transmisión debe ser inmediata. Cuando se realiza la transmisión del Burofax y esta es correcta, el repositorio encamina automáticamente el Burofax a la unidad de reparto correspondiente, para su entrega en el domicilio del destinatario, o a la oficina cuando la entrega es en Lista o Apartados. Para la transmisión del Fax se procede de igual manera, sólo que se marcará siempre el número de fax facilitado por el cliente, que también figura en la carátula generada por el sistema. Esta transmisión debe ser inmediata, y en el caso de Fax antes de entregar el recibo al cliente. Cuando se han transmitido tanto el fax como el Burofax, el equipo fax emite un informe de transmisión, donde se indican el número de páginas transmitidas y el resultado de la transmisión. Si esta no es correcta u ofrece alguna duda se repetirá hasta que el resultado sea el esperado. Los documentos originales aportados por el cliente son devueltos a este una vez que ha finalizado la transmisión con resultado positivo. Los documentos que aportó el cliente no se devolverán a este cuando elige el servicio adicional de copia certificada en el mismo momento de la admisión, hasta que esta no se haya realizado por los responsables de la oficina. En el caso que el cliente que envíe un burofax nacional prevea que va a necesitar con posterioridad a la transmisión copia certificada, no es necesario que deje los documentos depositados en la oficina ya que el archivo de los mismos se realiza en e-documento por el tiempo elegido en la admisión. En caso de que el original se presente en un estado que haga prever que no llegará correctamente a destino, se anotará en la casilla de la carátula generada las siglas RE (Riesgo Expedidor) recogiendo la firma del cliente. A fin de evitar problemas posteriores, no se dará por completamente admitido un Fax hasta que se haya podido realizar la transmisión al destinatario. Una vez transmitidos los Fax/Burofax, recibido el ok y realizadas las copias certificadas cuando procedan, la documentación enviada se conservará durante una semana natural con el fin de poder resolver incidencias que puedan haber surgido en la transmisión, custodiándose en el mueble archivador de la Oficina. Transcurrido este plazo las carátulas y la documentación de dichos envíos, se ha de proceder a su destrucción de forma segura, no se custodian en la oficina ni se archivan en la serie 02. Se mantendrá una copia en la Oficina de la carátula y de los documentos transmitidos de todos los Burofax que no hayan podido ser transmitidos por fax y se postalicen. Estos documentos se han de archivar en el mueble archivador y siempre separados del burofax que sí se han podido transmitir por fax y que como se ha dicho en el punto anterior en una semana se han de enviar a destrucción segura.
9. ADMI ADMISIÓN SIÓN MASI MASIVA VA Los clientes con contrato pueden depositar los envíos adjuntando un albarán de entrega, en el que se contempla una serie de descuentos en función de los siguientes aspectos: - Destino. En función del destino se definen 3 ámbitos: · Local se aplica a los envíos cuyo destino sea la misma localidad en que se admiten. · Destino 1 (D1) se aplica a los envíos dirigidos a todas las capitales de provincia y a aquellas localidades incluidas en la relación disponible en el manual. · Destino 2 (D2) se aplica al resto de los destinos. - Volumen de envíos de cada depósito
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Grado de preparación: clasificación clasificación y presentación en la oficina. En función del nivel de clasificación de los envíos presentado en la oficina se definen 3 grados: · G0.- Cuando la preparación y presentación no se ajusta a lo requerido en los grados 1 o 2. · G1.- Clasificados por provincias, incluidos en contenedores por provincia o zona y correctamente identificados y rotulados. · G2.- Clasificados por código postal (5 dígitos), incluidos en contenedores a destino final y correctacorrectamente identificados y rotulados con código postal y localidad.
9.1 Albaranes El cliente puede presentar tres tipos de albaranes: - Albarán con nube de puntos. Este albarán contiene toda la información en un código legible para la pistola (2 copias) - Albarán con código de barras: Este tipo de albarán está prerregistrado por el cliente a través de una aplicación de Internet (2 copias) - Albarán confeccionado “a mano” (2 copias) Todos los albaranes deben grabarse en la aplicación IRIS, accediendo al menú Admisión>>Albaranes, y seleccionando el albarán que aporta el cliente. No pueden admitirse bajo la modalidad de albarán los siguientes productos: - EMS/Paq Premium Internacional - Paq Standard Internacional - Paquete Internacional Económico - Paq Premium - Paq Estándar La admisión de este tipo de productos debe hacerse de forma individualizada en la pantalla correspondiente de Iris. Seleccionando el tipo de franqueo: Pagado o Máquina de franquear, activándose los campos nº de contrato y cliente y es necesario introducirlos para imputar el importe de dicho envío al cliente. Este tipo de envíos no es necesario que vengan acompañados del correspondiente impreso de admisión: M-11A para Paq Premium o M-11i para EMS-PAQ Premium Internacional y Paq Standard ya que se pueden admitir con digitalización y al terminar la admisión se genera un formulario para el cliente.
9.2 Control Siempre se ha de verificar que el contenido del albarán coincide con las especificaciones definidas para cada producto y modalidad. Cuando el volumen de envíos depositados por el cliente en ventanilla sea muy numeroso, se actuará de la siguiente forma: Sobre una muestra extraída al azar se realiza el control cualitativo de los envíos; estos se deben adaptar a las especificaciones definidas para cada producto y modalidad. En los envíos franqueados a máquina se comprueba: - Calidad y fecha de las estampaciones. - Número de máquina que figura en las estampaciones. - Franqueo de los envíos según según producto, producto, modalidad, modalidad, tramo de de peso y destino. destino. En los envíos con Franqueo Pagado se comprueba que: - En el anverso de los envíos figura el cajetín de FP con la leyenda correspondiente. - Los envíos pertenecen al tramo y ámbito de destino que figura en el albarán.
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En los envíos con Franqueo Concertado se comprueba que: - En los envíos figura el cajetín / leyenda FC Nº... - El nº de FC coincide con el otorgado a la publicación. - El peso del ejemplar es correcto. - Los envíos pertenecen al tramo de peso y ámbito de destino que figura en el albarán de entrega. El control de los ámbitos de destino se hará mediante muestreos, utilizando la ayuda para verificar al que pertenece un determinado código postal. Cuando se detecten envíos de todos los ámbitos en cada uno de ellos y resulte imposible determinar cuántos pertenecen a cada grupo, los envíos se contabilizan todos como del ámbito D2. El control cuantitativo se efectúa sobre cada uno de los ámbitos de destino y tramo de peso diferente. Se comprueba que los grados de clasificación de cada ámbito de destino presentados por el cliente se corresponden con los detallados y que la rotulación se corresponde con el grado de clasificación.
9.3 Información al cliente en caso de incidencia Se ha de informar al cliente siempre que: - En el control de envíos se hayan advertido discrepancias con lo registrado en el albarán, ya que una vez leído este y antes de admitirlo será necesario modificarlo para facturar al cliente el importe correcto. - Iris de algún mensaje de error. - Si el albarán es de máquinas máquinas de franquear, franquear, en el momento de la admisión, IRIS informa informa si hay discrepancias, entre lo que figura en el albarán y la información de la aplicación: · Mensaje que emite IRIS en “Falta de franqueo”: franqueo”: El importe no coincide con con el franqueo. Aceptar o Cancelar · Mensaje que emite IRIS en “Sobrefranqueo” El albarán va a ser admitido con sobrefranqueo. sobrefranqueo. ¿Desea Continuar?
10. ADMI ADMISIÓN SIÓN OFIC OFICINAS INAS RURA RURALES LES Se debe identificar la modalidad elegida por el cliente. Los servicios rurales / oficinas auxiliares (SSRR) no pueden prestar los siguientes servicios: - Cobro de recibos: recibos: No se posee la aplicación aplicación y pudiera darse la circunstancia, circunstancia, al ser enviado en valija que el recibo venciera ese mismo día. - Giro urgente: No se puede puede cumplir cumplir con con los plazos de entrega. - Western Union: No se puede puede cumplir cumplir con los plazos de entrega. - Telegramas y Burofax: no se puede cumplir con los plazos de entrega No se pueden admitir aquellos objetos cuya circulación por Correos esté prohibida. Los pesos y medidas de los envíos deben estar incluidos dentro de los mínimos y máximos admitidos. Se contará en la Oficina con los documentos actualizados en cuanto a pesos, dimensiones y objetos prohibidos. Los envíos postales internacionales (Carta certificada, Paquete light, Paquete Económico internacional, Paquete Prioritario internacional y Postal Exprés internacional) utilizan impresos y etiquetas diferentes a los de ámbito nacional.
10.1 Impresos y etiquetas etiquetas de admisión admisión Los impresos son: - Carta certificada (en todas sus modalidades): M11i
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- Paquete light, paquete paquete prioritario y económico y postal postal express: M11i Las etiquetas son: - Carta certificada: RR o RF (certificado), VV (valor declarado), pero para envíos individuales no es necesario adherir etiqueta, sino que esta se imprime en la Oficina de la que depende el SSRR al dar de alta el envío en IRIS. - Producto: paquete prioritario y económico y postal express: la etiqueta se imprime en la Oficina de la que depende el SSRR al dar de alta el envío en IRIS. Para la admisión de la carta urgente ordinaria, se debe realizar la indicación de “Exprés” en el anverso del envío. En las admisiones unitarias de cartas certificadas, cartas certificadas urgentes y valores declarados, no es necesario adherir al envío ninguna etiqueta preimpresa, la etiqueta la generará IRIS cuando la oficina de la que depende el SSRR la grabe, así pues, al cliente solo es necesario entregarle su copia del M11i y por el número del código de barras que figura en él, podrá hacer el seguimiento de su envío, ya que este número ha de ser capturado por el admisor de IRIS en el momento de la grabación. El empleado admisor verifica que el cliente ha rellenado el impreso M11i en todos sus campos. Se ha de verificar que en el impreso los datos de destino y remite del envío están correctamente cumplimentados.
10.2 Franqueo Epelsa Teclear en la Epelsa la modalidad y valor añadido elegidos por el cliente y de esta manera obtener la estampilla con el importe del franqueo. Si no se dispone de Epelsa, se adhieren sellos de la FNMT que sustituirán a la estampilla de la Epelsa. La cantidad de cada uno de los valores faciales utilizados se registra en el listado de venta de productos para liquidarlos al finalizar la jornada. Tras la admisión de cualquier envío o venta de cualquier producto se debe cobrar al cliente la cantidad correspondiente. No se permite tener vales en caja. En el supuesto de envíos procedentes de la admisión al paso, y el enlace rural no disponga de sellos, y por tanto no hayan podido ser franqueados, se considera como una admisión provisional y los envíos serán admitidos por el personal de la Oficina. El Enlace rural entregará el resguardo definitivo de admisión al cliente con posterioridad. Igual tratamiento tendrán aquellos envíos cuya admisión deba realizarse necesariamente en una Oficina, como giros. Se debe solicitar al menos factura simplificada para entregar a cada cliente.
10.3 Alta IRIS Una vez recepcionado el envío y comprobado que todo está correcto y los impresos de admisión debidamente cumplimentados, se da de alta en IRIS, grabando los datos en el sistema de acuerdo con la categoría de cada envío. En el alta en IRIS de cartas certificadas, certificadas urgentes y Paquetería ha de grabarse la referencia del M-11 para el seguimiento del envío por parte del cliente. Si el rural es de los que utilizan estampillas, al dar de alta los envíos en IRIS ha de marcarse el check “Venta con estampilladora”, para que el gasto se cargue al control de la estampilladora correspondiente. En caso de detectar alguna anomalía, no se podrá realizar la admisión, informando al SSRR.
Procesos de admisión
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11.. TU CO 11 CORRE RREOS OS (TIENDAS POSTALES) “Tu Correos” es el nuevo tipo de oficinas retail de Correos. En 2016 se ha continuado implantando el nuevo modelo de modo que, a final de año 250 tiendas “Tu Correos” formaban parte de las 2.400 oficinas postales. Las nuevas tiendas “Tu Correos” reducen los tiempos de espera del cliente, mejoran la experiencia de compra y facilitan la accesibilidad, tanto a la oficina como a sus productos y servicios. El nuevo modelo, que se inició a finales de 2014 con la apertura de la primera oficina en Madrid, supone una evolución del concepto de oficina y está basado en tres pilares fundamentales y complementarios: un nuevo concepto de atención al cliente, un nuevo modelo de venta, y un nuevo estilo de comunicación con los clientes. Respecto a la atención al cliente, el gran cambio es el asesoramiento personalizado, a través de la figura del “embajador postal”, un empleado que orienta al cliente desde su llegada a la oficina, para detectar sus necesidades, ofrecerle las soluciones de Correos y ayudarle en lo que necesite.
Vestíbulo oficina retail “Tu Correos”
También se han instalado unos innovadores mostradores ergonómicos y totalmente accesibles para todos los colectivos, en cuyo diseño se ha contado, además de con la colaboración de 200 empleados de Correos que han ido aportando sugerencias de mejora, con el asesoramiento de varias organizaciones de discapacitados. Estos modelos favorecen la participación activa del cliente en la admisión y pago de envíos y facilitan que, tanto clientes como empleados, tengan todo lo que necesitan a su alcance, lo que agiliza las gestiones y reduce significativamente los tiempos de espera. Otro elemento que contribuye a esa agilidad es que se ha reducido la presencia de papel e impresos, gracias a la puesta a disposición de los clientes de tabletas digitales en las que el propio cliente rellena el formulario que corresponde a su envío, información que llega directamente al empleado encargado de atenderle. De este modo, el proceso de admisión es mucho más rápido y el empleado puede dedicar más tiempo a resolver las consultas más complejas que pueda plantear el cliente. En cuanto al modelo de negocio, “Tu correos” tiene como objetivo poner al cliente en el centro de la acción. Para ello, se han realizado mejoras en el espacio para ampliar la zona disponible para el cliente, con muebles expositores de productos y venta en autoservicio que facilitan su decisión de compra, y nuevos productos ordenados por áreas temáticas (productos de conveniencia, infantiles, librería, accesorios de viajes, etc.). Por último, en las nuevas oficinas se visualiza un nuevo modelo de comunicación con los clientes, a través de la cartelería que difunde y destaca los valores tradicionales y nuevos de Correos: seguridad, confianza y cercanía, así como tecnología, innovación, digitalización y servicios para el e-commerce. Esta tienda, de diseño vanguardista, presenta como grandes novedades en la diversidad de oferta:
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La comercialización de embalajes “libres de servicio”, Transferencias Wester Union. “El Rincón del coleccionista”, donde están expuestos los libros de Filatelia, las últimas emisiones de sellos y un vistoso muestrario de merchandising, con miniaturas de buzones, furgonetas de juguete y reproducciones de las viejas sacas postales. Un espacio 24/7, es decir, una zona permanentemente abierta y a disposición del cliente, que incluye el acceso a servicios como el CityPaq (máquinas de entrega automática de paquetería), el acceso a apartados personales sin límite horario.
11.1 11 .1 WE WEB B TU COR CORRE REOS OS En la tienda online, tucorreos.es, se pueden adquirir los artículos que actualmente se venden en las oficinas Tu Correos, libres de gastos de envío. Se trata de incorporar el merchandising de la compañía postal a este entorno a través de una tienda propia creada con Comandia, la solución integral por internet diseñada por Correos para facilitar el acceso al comercio electrónico. El puesto de atención al cliente en las nuevas oficinas, “Tu Correos” se llama mueble embajador y está dotado de los siguientes elementos: - 1 Ordenador (CPU, pantalla, teclado y ratón). - 1 Lector de códigos de barras inalámbrico. - 1 Eliminador de alarma. - 1 Cajón Portamonedas. - 1 Verificador de billetes. - 1 Impresora de Tickets. - 1 Impresora Validadora. - 1 Tableta de captura de firmas. - 1 PIN pad para el cobro con tarjeta. Con criterio general el mueble embajador estará conectado en red a un equipo multifunción que se encuentre en la zona de Back Office de la oficina. En las oficinas que por su actividad se considere necesario, se podrá dotar de un equipo multifunción en el propio puesto del embajador.
12. COM COMUNIC UNICACIÓ ACIÓN N EN LA OFIC OFICINA INA El Director o la persona responsable en ese momento en la oficina será la que debe leer la información que llega y procederá, según los casos, a: - Informar al resto de la oficina por medio del tablón de anuncios o en una reunión. - Actuando conforme conforme se establezca si se refiere a temas organizativos de la oficina. - Investigando el tema que se plantea, si se trata de una solicitud de información/documentación información/documentación relativa a alguna actividad, servicio prestado o hecho ocurrido en la oficina. El tipo de comunicación que se puede recibir es muy variado. Desde una Comunicación Interna a un e-mail. Desde la Dirección de Operaciones, en concreto desde la Dirección adjunta de Operaciones se puede solicitar a las oficinas, vía correo electrónico, información o documentación previamente solicitada a Correos por juzgados, comisarias, etc. Desde las oficinas se contestará por esta misma vía -correo electrónico a menos que, a causa de la naturaleza de la documentación que tiene que aportarse, se deba usar valija. Se puede utilizar también el fax para hacer llegar esta documentación.
Procesos de admisión
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Si por algún motivo se va a tardar más de una semana en facilitar la información solicitada, desde la oficina se remitirá un e-mail informando de este retraso y explicando el motivo del mismo. Una vez que se tenga la información y/o documentación que se había solicitado se remitirá lo antes posible conforme a lo dicho anteriormente. Las informaciones o instrucciones que pueden llegar a la oficina, como una Nota Informativa, pueden requerir que el Director o el responsable de la misma en ese momento, lleve a cabo alguna actuación, tendente a comunicar -a su vez a las personas de la oficina las directrices dadas. Esto se hará a través de reuniones, comunicados en el tablón de la oficina...etc. según sea más adecuado en cada caso. Este tipo de comunicaciones, son remitidos a la oficina, sin ningún tipo de registro. A la oficina llegan también Comunicaciones Internas. Son comunicaciones oficiales en papel o en correo electrónico, registradas, con número de salida y fecha. No es necesario llevar un registro de estas comunicaciones. Se deberá archivar copia de las comunicaciones oficiales recepcionadas en una carpeta en el mueble archivador de la oficina. Hay una serie de documentos o comunicaciones corporativas que obligatoriamente deben estar expuestos en la Oficina. En lo que respecta al Sistema de Gestión de la Calidad se debe disponer de una parte del tablón de anuncios que contenga los siguientes documentos: - Política de excelencia y sostenibilidad. - Cuadro de objetivos de calidad. - Cuadro resumen resumen de seguimiento de objetivos de calidad y de indicadores de procesos. La Política de Excelencia y Sostenibilidad no deberá exponerse en el Cuadro de Servicios del vestíbulo de la oficina. Para la comunicación de determinadas informaciones a los trabajadores de la oficina, a veces no es suficiente con la exposición en el tablón de anuncios interno. En estos casos y a criterio del director, se podrán realizar reuniones con los trabajadores de la oficina a fin de garantizar la transmisión y recepción de la información.
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