LA ESCUELA CLÁSICA DEL DERECHO NATURAL – EDGAR BODENHEIMER INTRODUCCIÓN: − Durante la Edad Media el centro de la vida de Europa fue la iglesia. Controlaba la educación y − − −
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la ciencia. La ciencia más importante era la teleología. El conocimiento emanaba sola y exclusivamente de las fuentes del dogma cristiano. Fue esta pretensión totalitaria de la glesia lo !ue atacó el protestantismo del siglo "#. El protestantismo sostenía a$n la concepción teológica de !ue es Dios !uien gobierna el mundo% mundo% pero pero conced concedía ía al indivi individuo duo un grado grado ma mayor yor de libert libertad ad de pensar pensar%% le permit permitía ía formarse su propia opinión de las intenciones de Dios y de las leyes y principios. rrumpió por todas partes un espíritu de individualismo y liberalismo. Campo económico: estaba económico: estaba contra el sistema económico feudal& la servidumbre& servidumbre& los gremios y otras manifestaciones de coacción medieval. Campo pol!ico: luc'a pol!ico: luc'a contra la noble(a feudal y sus privilegios. El Derec'o )atural sostuvo !ue se podía descubrir el Derec'o por medio de la ra(ón y solo por ella. Creían !ue 'abía un cuerpo de Derec'o eterno e inmutable. *recepto del Derec'o )atural+ El 'ombre nace libre e independiente. El 'ombre no vivía vivía originariamente originariamente en una sociedad& 'i(o un contrato contrato con otros individuos individuos y por este contrato& transfería a la sociedad cierta clase de sus derec'os y libertades& y la sociedad le garanti(aba la protección de su vida y propiedad. Los derec'os básicos del individuo no debían ser disminuidos por la sociedad& por!ue esos der derec ec'o 'oss los los 'abí 'abía a conf confer erid ido o Dios Dios al 'omb 'ombrre y eran eran ante anteri rior ores es a toda toda soci socied edad ad.. ,on ,on inalienables. Ri"al: la Ri"al: la doctrina de la ra(ón de Estado - )icolás Ma!uiavelo. Ma!uiavelo. *rincipal defensor de la política del poder pod er.. odos odos los pensadores pensadores políticos europeos europeos tuvieron !ue conciliar de alguna manera las pretensiones de la doctrina del Derec'o )atural con los postulados de la doctrina de la ra(ón de Estado. El Derec'o )atural se divide en tres periodos.
#$ EL DERECHO NA NATURAL TURAL GARANTI%ADO GARANTI%ADO &OR EL GOBERNA GOBERNATE TE 'p(ime(a e!apa) − Rep(e*en!an!e*: /rocio& 0obbes& ,pino(a& *ufendorf& 1urlama!ui y 2ol3. − ,e produ4o despu5s del 6enacimiento y la 6eforma& lo se7ala el protestantismo 86eligión9&
absolutismo 8política9 y mercantilismo 8economía9. garant antía ía $lt $ltima ima de la apl aplica icació ción n del Der Derec' ec'o o )at )atura urall re resi side de en la pru pruden dencia cia y au auto to − La gar moderación del gobernante.
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GROCIO: separa GROCIO: separa la ciencia del Derec'o de la teología y la religión Creía !ue 'ay un Derec'o )atural !ue tiene su fuente en la naturale(a del 'ombre. Este Derec'o existiría aun!ue no 'ubiese Dios& o aun!ue no se ocupase de los asuntos 'umanos. Encontraba clara expresión del impulso social del 'ombre. odo conforme a ese impulso social y a la naturale(a del 'ombre 'ombre como ser racional era bueno y 4usto. De+na ,e(ec-o na!.(al como: un como: un dictado de la recta ra(ón !ue indica !ue un acto& seg$n sea o no conforma a la naturale(a racional y social& tiene una cualidad de necesidad moral o de ba4e(a. &(incipale* po*!.la,o* ,el De(ec-o na!.(al: abstenerse na!.(al: abstenerse de lo !ue perteneces a otros% conformarse a los pactos y cumplir las promesas 'ec'as a otras personas% indemni(ar por cual!uier da7o causado culposamente a otro% e in:igir castigo a los 'ombres !ue lo merecen. *ara /rocio derec'o natural era contrario al derec'o voluntario 8fuente en la voluntad del 'ombre9. De+na E*!a,o como: una como: una asociación perfecta de 'ombres libres& asociados para go(ar de sus derec'os y para utilidad com$n. ,e originaba por un contrato. ,e otorgaba el poder soberano a un gobernante cuyas acciones no estaban sometidas a control 4urídico. ,i abusaba de su poder& los s$bditos no tenían derec'o a revelarse contra 5l.
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El gobernante $nicamente está obligado a observar los principios del derec'o natural y de gentes. THOMAS HOBBES: el 'ombre es un ser egoísta y malvado. El poder de la ra(ón in'erente al 'ombre le ense7o !ue el logro y el mantenimiento de la pa( era la meta más digna de sus propósitos y esfuer(os. De(ec-o na!.(al: cuerpo de principios !ue la ra(ón 'umana imaginó para 'acer la vida pací;ca y segura. Es necesario !ue los 'ombres 'agan un contrato mutuo por virtud del cual cada 'ombre aceptase transferir todo su poder y derec'os a un 'ombre o asamblea de 'ombres& con la condición de !ue todos los demás 'iciesen lo mismo. El deber supremo del gobernante es garanti(ar la seguridad y el bienestar del pueblo y 'acer aplicar los principios del Derec'o natural. Debe concederse a cada 'ombre una cierta cantidad de propiedad. )o deben imponerse a los ciudadanos penas !ue no puedan prever. odo 'ombre debe go(ar sin temor de los derec'os !ue las leyes le conceden. Ba*e *ocioló/ica ,e *. +lo*o0a+ comunidad formada por individuos iguales& !ue poseían propiedad privada& vivían del producto de su traba4o y regulaban sus relaciones mutuas por vía contractual& protegidos en su vida y posesiones por un gobierno fuerte. El monarca 'a de asegurar la vida& propiedad y felicidad de sus s$bditos& el bienestar y no esta ligado por ning$n freno legal en el e4ercicio de sus funciones. 0obbes es el precursor del moderno positivismo y de la 4urisprudencia analítica. BARUCH S&INO%A: creía como 0obbes& !ue el 'ombre en estado de naturale(a está
gobernado& no tanto por la ra(ón& cuanto por el deseo y la voluntad de poder. En el Estado de naturale(a& el derec'o de un individuo se extiende 'asta donde llega su poder. En el estado de naturale(a 'abrá siempre odio& envidia y guerra. Los 'ombres tienen !ue intentar superar esta situación& descubrirán !ue si se combinan entre sí obtendrán un poder muc'o mayor. El poder de la ra(ón in'erente al 'ombre lleva a abandonar el estado de naturale(a y a ordenar sus vidas de modo pací;co y racional. La libertad como la más alta ;nalidad del gobierno. Con el ob4etivo de conservar la pa( y la seguridad de las vidas de !uienes se 'ayan sometido a su autoridad. El ;n del Estado 'a sido instituido para !ue las almas y cuerpos de los 'ombres desarrollen sus funciones con seguridad y para emplear su ra(ón libremente% para !ue no muestren odio& cólera o astucia y se traten sin malevolencia.
SAMUEL &U1ENDOR1: posición intermedia entre /rocio y 0obbes. − El 'ombre está muy in:uido en sus motivaciones por el egoísmo y cierto grado de maldad y agresividad in'erente a su naturale(a 80obbes9. − 0ay en el 'ombre una fuerte inclinación a asociarse con otros 'ombres y convivir con ellos en comunidad sociable y pací;ca 8/rocio9. − &(incipio* 0.n,amen!ale* en el ,e(ec-o na!.(al: ordena al 'ombre& en la medida en !ue sea posible& protege su vida y sus miembros y conservarse 5l y su propiedad% y& pide !ue no perturbe la sociedad 'umana o !ue no 'aga nada de lo !ue pueda resultar una menor tran!uilidad para la sociedad.
Unión ,e lo* p(incipio*+ !ue cada uno trate celosamente de preservarse a sí mismo en forma !ue no perturbe la sociedad de los demás 'ombres. − &ac!o* 0.n,amen!ale*: los 'ombres deben abandonar el estado de libertad natural y entrar en una comunidad permanente% promulgarse un decreto !ue declare la forma de gobernó !ue se entroni(a% y& un segundo contrato& esta ve( entre los ciudadanos y el gobierno& en el cual el gobernante se obliga a cuidar de la seguridad com$n en tanto los ciudadanos le prometen obediencia y someten sus voluntades a su autoridad en todas las cosas para la seguridad del Estado. − Existe una obligación imperfecta del soberano por!ue no 'ay un tribunal ante el !ue pueda iniciarse una acción contra 5l y los ciudadanos no tienen derec'o de resistencia contra el soberano& solo en casos extremos. −
2EAN 2AC3UES BURLAMA3UI: la misma orientación !ue *ufendorf. − De(ec-o na!.(al: Derec'o !ue Dios impone a todos los 'ombres y !ue estos son capaces de descubrir y conocer por la sola lu( de la ra(ón y por una consideración atenta de su estado y naturale(a. − El principio de sociabilidad como fundamento de este Derec'o.
CHRISTIAN 4OL11: el más alto deber de los seres 'umanos es aspirar a la perfección. − El derec'o moral de autoperfeccionarse era para la base de la 4usticia y el Derec'o natural. − *ara !ue los 'ombres puedan convivir armónicamente tienen !ue estar gobernados por un soberano paternal y ben5volo !ue 'a de fomentar la pa(& la seguridad y la independencia& para garanti(ar a los ciudadanos del estado una vida satisfactoria.
RESUMEN DE LA &RIMERA ETA&A: creencia muy fuerte en principios eternos e inmutables !ue deben guiar la vida 'umana. 6ecomendaciones a la autoridad soberana pero no salvaguardias efectivas de la libertad. − *ero no 'ay garantías efectivas del cumplimiento de tales principios. − ,e sentía con gran fuer(a en toda Europa la necesidad de un gobernante absoluto !ue pusiera ;n a la multiplicidad de autoridades características de la 5poca feudal. − Derec'o como salvaguardia para el despotismo& instrumento político e;ca( para evitar la anar!uía y el caos. 5$ EL DERECHO NATURAL GARANTI%ADO &OR LA SE&ACIÓN DE &ODERES '*e/.n,o pe(io,o) − &en*a,o(e*: Loc=e y Montes!uieu. − Comien(a con la 6evolución *uritana de >?@A. Caracteri(ada por tendencia al capitalismo
libre 8economía9& liberalismo 8política y ;losofía9. − /aranti(a los derec'os naturales de los individuos contra invasiones indebidas por parte de gobernantes& mediante la separación de poderes. − El derec'o como instrumento para evitar la autocracia y el despotismo. − En esta etapa la teoría 4urídica acent$a especialmente la libertad.
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2OHN LOC6E: estado natural del 'ombre era de perfecta libertad y !ue en el los 'ombres estaban en situación de determinar sus acciones y disponer de sus personas y pertenencias seg$n les parecía oportuno. Estado de igualdad en el !ue ning$n 'ombre estaba sometido a la voluntad o autoridad de otro. Existió el estado de naturale(a& regido por el derec'o natural !ue ense7aba al 'ombre !ue siendo todos iguales e independientes nadie debía per4udicar a otro . odo tenía poder de llevar a la práctica ese Derec'o natural y de castigar por su propia mano las infracciones a sus normas. Los 'ombres 'icieron un pacto por el cual acordaron unirse en una comunidad y construir un cuerpo político en el !ue gobernase la voluntad de la mayoría. 6ec'a(aba la monar!uía absoluta como forma de gobierno. *ropugno una Monar!uía Constitucional limitada.
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El derec'o natural permanece como norma eterna para todos los 'ombres& legisladores o legislados. El poder legislativo está estrictamente limitado a la persecución de a!uellos ;nes para los !ue fue creado el gobierno 8saber& garanti(ar y conservar la vida& la libertad y la propiedad9. El gobierno no debe e4ercer un poder absoluto sobre las vidas y fortunas del pueblo& no debe privar a ning$n 'ombre de ninguna parte de su propiedad sin su consentimiento& no puede delegar ni transferir su poder legislativo a otro cuerpo individuo y tiene !ue /obernar con leyes sancionadas y promulgadas. El +n ,el ,e(ec-o: conservar y ampliar la libertad. )o menciona el poder 4udicial& y subraya& en cambio& el divorcio entre legislativo y e4ecutivo. odo el pueblo puede despla(ar a su legislativo e incluso resistir al gobierno& en caso de !uebrantamiento :agrante del ;deicomiso. MONTES3UIEU: precursor de la escuela sociológica del Derec'o El derec'o debe adoptarse a las condiciones geográ;cas& climáticas& religiosas y políticas de cada país. dear un sistema de gobierno ba4o el cual pudiera obtenerse la libertad y asegurarla& del modo más e;ca( posible. La libertad 'umana era la meta suprema !ue podía alcan(ar una nación& su ;losofía política constituyó un intento de idear un sistema de gobierno ba4o el cual pudiera obtenerse la libertad y asegurarla del modo más e;ca( posible. La forma más segura de gobierno será a!uella en la cual los tres poderes est5n estrictamente separados y cada uno de ellos limite a los otros dos% por este medio se evitará una extensión indebida del poder del gobierno general. 2AMES 4ILSON: representante de la ;losofía norteamericana del Derec'o natural.
7$ EL DERECHO NATURAL GARANTI%ADO &OR LA MA8OR9A '!e(ce( pe(io,o) −
En nglaterra y Francia se reconoció generalmente en los siglos "# y "# la existencia de un D) !ue solo podía ser protegido contra toda clase de violaciones mediante una estricta separación de poderes.
ED4ARD CO6E: nglaterra. dea de la supremacía del Derec'o natural sobre el poder político. − 0ay un Derec'o natural inmutable& !ue ning$n *arlamento podía alterar. − Creía !ue los tribunales del Common LaB tenían autoridad superior al rey y al *arlamento.
4ILLIAM BLAC6STONE: suponía !ue 'ay un Derec'o natural del !ue derivan su fuer(a y autoridad todas las leyes 'umanas. − )inguna ley 'umana es validad si es contraria a este el Derec'o natural. − El poder del parlamento es absoluto y no está sometido a control. − &(e"alece en In/la!e((a -a*!a -o: confía la aplicación del Derec'o natural a la prudencia de la mayoría parlamentaria& con la esperan(a de !ue las normas del Derec'o natural act$en como restricciones morales a la omnipotencia del *arlamento.
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2UAN 2ACOBO ROUSSEAU: Francia. /aranti(arse el Derec'o natural colocando su aplicación en manos de la mayoría. Cada individuo tiene !ue entregar& a la comunidad entera& mediante un contrato social& todos sus derec'os naturales. ,ostenía !ue la pertenencia al Estado& ba4o las condiciones del contrato social& no destruye la libertad e igualdad originarias del individuo. El 'ombre consigue& por medio del contrato social& la seguridad& la libertad civil y una garantía de su propiedad. La voluntad general tiene siempre la ra(ón& la ley tiene !ue emanar del pueblo& siendo expresión de voluntad general. El poder legislativo se encomienda al pueblo exclusivamente& no a un organismo representativo como un *arlamento. La ley es un decreto de todo el pueblo para todo el pueblo. La ley no puede ser dirigida a un 'ombre u ob4eto particular& todo acto de soberanía tiene !ue obligar a favorecer a todos igualmente. El gobierno es simplemente una comisión para e4ecutar la voluntad general. )o 'ay contrato entre el pueblo y el gobierno. El poder soberano no puede exceder los límites de las convenciones generales. El gobierno es un mandato !ue puede ser revocado& limitado o modi;cado a voluntad del pueblo soberano. )o 'ay garantía del Derec'o natural salvo la prudencia y la moderación voluntaria de la mayoría. 6ec'a(a la democracia representativa y acepta la Democracia pura o directa.
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DERECHO 8 MORALIDAD EN EL DERECHO NATURAL CLÁSICO
6ANT: el derec'o se ocupa solo de los actos externos& no de los motivos !ue conducen a ellos.
En la 5poca medieval& Derec'o& religión y moralidad social estaban íntimamente relacionados. Es patente la posibilidad de abusar arbitrariamente de tal ley. bre camino para perseguir criminalmente a todas las personas !ue est5n de alg$n modo en desacuerdo con las ideas de moralidad social mantenidas por el partido nacionalsocialista !ue gobierna. − El Derec'o es el $nico instrumento de coacción gubernamental mediante el cual puede establecerse con seguridad la libertad y autonomía del individuo. −
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La moralidad exige !ue una norma 4urídica sea observada por un sentido del deber 5tico y no simplemente por miedo a la coacción externa. CHRISTIAN TOMASIUS+ derec'o se re;ere $nicamente a las relaciones exteriores de los 'ombres& en tanto !ue las reglas morales apelan a la conciencia. El cumplimiento de deberes 4urídicos puede ser for(ado y el cumplimiento de los deberes morales no puede ser impuesto por coacción. 2OHANN COTTLIEB 1ICHTE: solo es posible la libertad si todo individuo libre reconoce una libertad análoga de parte de otras personas. odo ciudadano puede pedir a cada uno de los demás !ue se conformen en sus actos al Derec'o% pero no puede imponerles una conducta moral. El derec'o es una delimitación de esferas individuales de libertad garanti(adas por el gobierno& Estado liberal+ las limitaciones de la libertad 'umana establecidas por el Derec'o constituyen las $nicas limitaciones obligatorias de a!uella. La separación de poderes es una cierta garantía de libertad individual.
RESULTADOS &RÁCTICOS DE LA ESCUELA CLÁSICA DEL DERECHO NATURAL − la escuela clásica del Derec'o natural percibió la íntima relación entre el Derec'o y la libertad individual. − Consiguieron esclarecer los elementos constitutivos& los ingredientes indispensables de todo sistema 4urídico maduro y desarrollado. − Crearon instrumentos 4urídicos mediante los cuales pudo lograrse liberar al individuo de las ligaduras medievales. − Contribuyó a la abolición del vasalla4e y la servidumbre. − yudó a destruir los gremios y las restricciones medievales al comercio y la industria. − Liberó la propiedad territorial de las cargas feudales. − Creó la libertad de circulación y de elección de profesión. − nauguró una era de libertad religiosa y espiritual. − *urgó al Derec'o penal y su procedimiento de sus defectos más importantes al abolir la tortura y 'umani(ar el castigo. − *rincipio de igualdad ante la ley. − Elaboró los principios generales del Derec'o nternacional. − Fue un fuerte movimiento en pro de la legislación.